Presentación Diplomado Unt - Linea Base Social - Participacion Ciudadana (1)

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DIPLOMADO: ELABORACIÓN Y EVALUACIÓN DE ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL 1 Jessica Obeso Cuadra Abogado de la Sub Gerencia de Medi Ambiente y Asuntos Regulatorios MINERA AURIFERA RETAMAS S.A. www.marsa.com.e

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Transcript of Presentación Diplomado Unt - Linea Base Social - Participacion Ciudadana (1)

Presentacin de PowerPoint

DIPLOMADO:

ELABORACIN Y EVALUACIN DE ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL1Jessica Obeso CuadraAbogado de la Sub Gerencia de Medio Ambientey Asuntos RegulatoriosMINERA AURIFERA RETAMAS S.A.www.marsa.com.peTEMA: LINEA BASE SOCIALPARTICIPCIN CIUDADANACONSULTA PREVIA

Jessica Obeso Cuadra2INTRODUCCIN Y TRMINOS GENERALES:Jessica Obeso Cuadra3

EL MEDIO AMBIENTE:

ELEMENTOS ECONMICOSELEMENTOS CULTURALESELEMENTOS BITICOSELEMENTOS ABITICOSESPACIO Y TIEMPO DETERMINADOJessica Obeso Cuadra4ELEMENTOS SOCIALESJessica Obeso Cuadra5

1750Estocolmo en junio de 1972Jessica Obeso Cuadra6LA PREOCUPACION POR EL MEDIO AMBIENTE:

FACTORES DE LA CRISIS AMBIENTAL:Jessica Obeso Cuadra7RECURSOS NATURALES:ELEMENTOS NATURALESJessica Obeso Cuadra8La renovacin es un tema muy popular (renovables o no renovables). La diferencia entre unos y otros est determinada por la posibilidad que tienen los renovables de ser usados una y otra vez, siempre que la sociedad cuide de la regeneracin.9Jessica Obeso Cuadra10desarrollo que es capaz de satisfacer las necesidades actuales sin comprometer los recursos y posibilidades de las futuras generaciones. una actividad sostenible es aqulla que se puede mantener.

Esta definicin es la del informe de la Comisin Brundlandt. La seora Brundlandt es la primera ministra de Noruega y en el ao 1990 recibi el encargo de la ONU de redactar un primer informe para preparar la Cumbre de la Tierra de Ro de Janeiro dos aos ms tarde.DESARROLLO SOSTENIBLE:

Jessica Obeso Cuadra11TEORIAS SOBRE EL ACCESO A LOS RECURSOS NATURALES:Jessica Obeso Cuadra12

LA TRAGEDIA DE LOS COMUNES

Jessica Obeso Cuadra13ANTECEDENTESGARRETT HARDIN LA TRAGEDIA DE LOS COMUNES (1968) 1915-2003 Eclogo norteamericano Ensayo titulado Tragedia de los Comunes en Science 1968

Jessica Obeso Cuadra14ESTAMOS ANTE UN PASTIZAL QUE SE ENCUENTRA AL ALCANCE DE TODOS

Jessica Obeso Cuadra15Como un ser racional, cada pastor busca maximizar su ganancia. Explcita o implcitamente, consciente o inconscientemente, se pregunta, cul es el beneficio para m de aumentar un animal ms a mi rebao?Tragedia de los bienes comunes? (Hardin)

Jessica Obeso Cuadra16Al sumar todas las utilidades parciales, el pastor racional concluye que la nica decisin sensata para l es aadir otro animal a su rebao, y otro ms... Pero esta es la conclusin a la que llegan cada uno y todos los pastores sensatos que comparten recursos comunes. Y ah est la tragedia. Cada hombre est encerrado en un sistema que lo impulsa a incrementar su ganado ilimitadamente, en un mundo limitado. La ruina es el destino hacia el cual corren todos los hombres, cada uno buscando su mejor provecho en un mundo que cree en la libertad de los recursos comunes. La libertad de los recursos comunes resulta la ruina para todos.Tragedia de los bienes comunes? (Hardin)Jessica Obeso Cuadra17Un mundo finito puede mantener nicamente a una poblacin finita; por tanto, el crecimiento de la poblacin debe, con el tiempo, igualarse a cero. Logrado esto, cul ser la situacin de la humanidad? Jessica Obeso Cuadra18

ENTONCES: HABLEMOS DE LA TRAGEDIAIsla de Pascua

Jessica Obeso Cuadra19

LA TRAGEDIA CONSECUENCIAS EN EL MUNDO Cambio climtico Deforestacin

Jessica Obeso Cuadra20Regulacin Estatal (Estado)Propiedad Privada (Mercado) oJessica Obeso Cuadra21TIENE SOLUCIN ESTE PROBLEMA?????PRIMERA SOLUCIN: EL ESTADO Hobbes desarrolla su idea del contrato o pacto social, desarrollado por los hombres como garanta de la seguridad individual y como forma de poner fin a los conflictos que, por naturaleza, generan estos intereses individuales.

Thomas Hobbes: El estado de naturaleza La guerra de todos contra todos" Jessica Obeso Cuadra22PROBLEMAS Y DIFICULTADES DEL ESTADO:El Estado no (siempre) tiene la informacin completa Costo de obtener/ mantener la informacin Para saber hay que excedernos; se aprende por ensayo y error Corrupcin / Captura de funcionarios pblicos Exige un nivel de monitoreo elaborado Inflexible Jessica Obeso Cuadra2323SEGUNDA SOLUCIN: PROPIEDAD PRIVADA

Lotizar / Parcelar el pastizal Cercar el pastizalJessica Obeso Cuadra24CARCTERSTICAS DE LA PROPIEDAD PRIVADA: EXCLUSIVIDAD: todos los beneficios y costos asociados con el resultado de poseer y usar los recursos son asumidos por el propietario DERECHOS BIEN DEFINIDOS: contenido claro, registrables TRANSFERIBILIDAD: los derechos de propiedad son transferibles Es susceptible de HACERSE CUMPLIR (law enforcement) Jessica Obeso Cuadra25

Y EN EL CASO DE CONTAMINACIN HAY SOLUCIN?

Jessica Obeso Cuadra26Hernando de Soto:

Se necesita incorporar a los pobres al mercado formal, mediante empresas constituidas legalmente y ttulos formales de propiedad

TEORA EVOLUCIONISTA DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD

Jessica Obeso Cuadra27Sin propiedad formal que extraiga su potencial econmico y lo convierta a una forma fcil de transportar y controlar, los activos de los pases en vas de desarrollo y de los que salen del comunismo son como agua de un lago en lo alto de los Andes o de los Urales: una fuente desaprovechada de energa potencial

Jessica Obeso Cuadra28Derechos de propiedad ambientalLa propiedad individual puede evolucionar un paso ms inclusive, hacia sistemas ms sofisticados de propiedad, como los derechos de propiedad ambiental -Transacciones sobre el carbono -Servidumbres ambientales -Cuotas individuales de pesca

Carol M. Rose Marzo, 2008 Jessica Obeso Cuadra29La proteccin medioambiental, y los regmenes de derechos de propiedad sobre el medioambiente, son una variedad de infraestructura pblica. Pero este tipo de infraestructura suele desarrollarse tardamente en comparacin con otros dos tipos de infraestructura pblica que son especialmente importantes para el desarrollo econmico: primero, vas pblicas, y a continuacin derechos de propiedad convencionales o modernistas. Jessica Obeso Cuadra30Jessica Obeso Cuadra31LA MALDICIN DE LOS RECURSOS

La carencia de RRNN no es un impedimento para el desarrollo econmico: Hong Kong, Corea, Singapur, Taiwan. Muchos pases ricos en RRNN han fracasado en despegar econmicamente y han cado en crisis profundas.

MALDICIN DE LOS RECURSOS NATURALES:

Problemas en la industria extractiva: Estado - menos informacin que la empresa extractiva sobre el valor de los recursos. No hay Transparencia sobre pago de rentas Qu porcentaje se debe ahorrar y dnde? Cuntos recursos deben permanecer fuera y qu inversiones domsticas deben hacerse? La maldicin est vinculada con el manejo pblico de las rentas de los RRNN. La maldicin ocurre en pases con pobre gobernabilidad.

La Maldicin del Recurso describe la incapacidad de pases ricos en recursos para beneficiarse de los mismos. Paradjicamente, muchos pases ricos en RR.NN. son ms pobres y miserables que pases con menos recursos. Ejem. Congo, Angola, Sudn, Nigeria; mientras que Burkina Faso y Ghana con menos recursos naturales- son pobres pero ms pacficos y democrticos.

PRINCIPALES PROBLEMAS DE LA MALDICIN DE LOS RECURSOS NATURALES

LA ENFERMEDAD HOLANDESAEn la dcada de 1970, luego del descubrimiento de un yacimiento importante de gas natural en Holanda, dicho pas encontr un declive en la industria manufacturera, a medida que los ingresos por el gas empezaron a incrementarse. El aumento sbito en el valor de las exportaciones de RRNN produce la apreciacin del tipo de cambio, y hace que las exportaciones de otros sectores se dificulte.

VOLATILIDAD Aqu el problema no es la CANTIDAD sino el TIMING del ingreso de divisas: -Volatilidad en el ndice de extraccin del recurso -Volatilidad en el pago de las empresas al Estado -Volatilidad del precio de los RR.NN. Producidos Esto genera problemas para planificar el largo plazo. Picos de inversin en buenos aos, seguidos de cadas de inversin en malos aos.Riesgo de que los efectos de los buenos aos sean transitorios Proclividad a pedir crditos internacionales en buenos aos 1970s: Venezuela, Mxico y Nigeria acceden a prstamos usando como garanta los ingresos futuros.CORRUPCINEmpresas y polticos tienen incentivos para usar mecanismos polticos para capturar las rentas de RR.NN. La disponibilidad de rentas importantes aumenta las oportunidades para robar las rentas. Usan los recursos para mantenerse en el poder.

Ejemplo: Expresidente Abacha de Nigeria acusado de robar $3,000 millones AUMENTO DE GASTO PBLICOLos Estados no saben cmo gastar las rentas, Nigeria, Irn y Venezuela elaboran programas de gasto sin precedentes financiados por petrodlares. Resultado visible: consumo interno creci (artculos de lujo, vehculos). En todos los todos los pases petroleros el consumo interno creci en 7% entre 1970-79.

ESTADOS DBILES Y NO RESPONSABLESLos Estados que dependen de los RRNN son menos dependientes de los ciudadanos (no necesitan de sus impuestos), pues requieren menor vinculacin entre gobierno-ciudadano. La necesidad de cobrar impuestos a la poblacin es una de las razones que coadyuv a crear Estados fuertes y fortalecer las instituciones democrticas (Ross).

AMENAZAS A LA DEMOCRACIA

Se han estudiado correlaciones entre abundancia en RRNN y las probabilidades de tener sistemas democrticos o pasar a regmenes democrticos. SE PUEDE EVITAR LA MALDICIN? - Instituciones democrticas slidas y confiables - Seguridad Jurdica.Evita influencia excesiva de los comodities. Crear fondos. Caso Alaska- Fideicomisos. Caso Noruega- Activismo civil y representacin poltica - Rgimen legal y administrativo sostenible. - Transparencia, responsabilidad y eleccin del consumidor. En Ruanda, la sobrepoblacin desemboc en violencia tnica y genocidio.

Al contrario que en la Repblica Dominicana, las dictaduras haitianas durante el siglo XX colapsaron el pas

En Groenlandia, los Inuit, al contrario que los noruegos, emplearon los recursos de manera sostenible.

La autocracia china trata de colocar a su ms de 1300 millones de habitantes en niveles de desarrollo primermundistas

Culpar a la riqueza natural de la pobreza de un pueblo es como culpar a un tesoro por la existencia de piratas KENNY 2010

Sistemas de PROPIEDAD sobre los recursos naturales

Se aprecian tres sistemas para establecer el derecho sobre los recursos naturales:

1. Sistema de Accesin o Fundiario:Quien es propietario del suelo, tambin lo es de los recursos naturales ubicados bajo el mismo. Concepcin absolutista que viene desde el Derecho Romano. utilizado principalmente en Sudfrica, EEUU., Gran Bretaa, Nueva Zelanda, Sri Lanka, Canad y otros ex dominios de la Corona Britnica.

2. Sistema de Ocupacin:Teora propugnada a fines del siglo XVIII por Turgot.Yacimientos son cosa de nadie (res nullius), por lo que su descubridor tendr derecho a ocuparla.

3. Sistema Regalista o DominialistaParte de la premisa que el Estado es el dueo de todos los RRNN y, por ende, decide cmo deben ser aprovechados. El Estado puede, en ejercicio de su ius imperium, exigir el pago de una retribucin o tributo al particular por otorgarle la concesin minera, as como establecer causales para la extincin de la concesin.

Sistema Dominial de los Recursos Naturales en el Per:Los recursos naturales son patrimonio de la Nacin y el Estado se constituye en su administrador (art. 66 Constitucin)El aprovechamiento de los recursos naturales, si bien puede estar a cargo de particulares, se encuentra vinculado con intereses nacionales.Los beneficios derivados de su aprovechamiento deben alcanzar a la Nacin.El Estado determina las condiciones para su aprovechamiento (permisos, licencias, autorizaciones, concesiones)No queda anulada la injerencia del Estado ni renuncia a sus competencias propias y exclusivas de carcter indelegable.

Situacin Legal Actual:En los ltimos aos hemos sido testigos de una serie de manifestaciones, que en muchos casos exceden el marco legal vigente, las cuales constituyen un discurso que no contribuye a un clima favorable a las inversiones y que repercuten en la imagen de nuestro pas y en las seguridades necesarias para atraer nuevos capitales.

Con diversos dispositivos legales se trata de impedir el desarrollo de actividades mineras (razones polticas y de coyuntura), desconociendo los derechos conferidos a travs de un ttulo otorgado por el Estado, como son las concesiones mineras o las certificaciones ambientales.

PRINCIPALES PROBLEMAS ENTORNO A LA ACTIVIDAD MINERA:

ACUERDO CON EL TITULAR DEL TERRENO SUPERFICIAL

LICENCIA SOCIALLos dueos de la tierra, en los hechos, controlan el acceso a los minerales ubicados bajo su predio toda vez que su consentimiento es necesario para que los proyectos mineros puedan materializarse. AL FINAL

Evaluacin de Impacto AmbientalJessica Obeso Cuadra59Evaluacin de impacto ambiental como sistema Evaluacin de impacto ambiental como procesoEvaluacin de impacto ambiental como instrumento

CarcteristicasLa evaluacin es previa, carcter preventivoProceso de participacin ciudadana

Jessica Obeso Cuadra60ScopingSeguimientoElaboracindel EIAEvaluacin y Aprobacin del EIAFiltro de de los proyectos que ingresan al sistemaDeterminacin del alcance del estudio y de los trminos de referenciaElaboracin del estudio que correspondeProcedimiento administrativo de aprobacin.Certificacin Ambiental Supervisin de los compromisosScreening o Determinacin del mbito de aplicacinEvaluacin Ambiental Previa - EtapasJessica Obeso Cuadra61LINEA DE BASE SOCIALJessica Obeso Cuadra62

LINEA DE BASE SOCIALJessica Obeso Cuadra63Es la medicin inicial de todos los indicadores contemplados en el diseo de un proyectopermitiendo conocer el valor de los indicadores al momento de iniciarse las acciones planificadas, es decir, toma lo foto inicial del proyecto facilitando la comparacin tanto en el monitoreo como en la evaluacin.Es parte de la etapa de Identificacin y Diseo, es un componente transversal ya que es fundamental para hacer un adecuado monitoreo y evaluacin.

Jessica Obeso Cuadra64La Lnea Base Social abarca tres componentes importantes:Jessica Obeso Cuadra65La Lnea de Base Socio Econmica:

Es un anlisis de las caractersticas iniciales de las comunidades en el rea de influencia del proyecto. Sirve como referencia para analizar los cambios que puedan ocasionar el desarrollo del proyecto sobre la situacin social inicial.Se debe centrar el anlisis en las personas que puedan ser impactadas (llamadas Grupos de Inters) y en aquellos aspectos de sus vidas que probablemente sean transformados (Variables Socio Econmicas)

Grupos de Inters:Stakeholders, trminoque define a todasaquellas personas uorganizaciones que severn influenciadas porel proyecto y con lascuales es necesarioestablecer mecanismosde informacin y dilogoantes y durante eldesarrollo de lasactividadesJessica Obeso Cuadra66familias, barrios, organizaciones econmicas (gremios, asociaciones de productores), sociales (vaso de leche, clubesde madres) y polticas (alcaldas, dirigencias comunales, federaciones campesinasy nativas).

Jessica Obeso Cuadra67Jessica Obeso Cuadra68Variables para una Lnea de Base Socio Econmica:Los aspectos que interesa estudiar en la Lnea de Base son aquellos que pueden sufrir una transformacin atribuible al proyecto. Este anlisis nos permitecentrar el estudio sobre informacin pertinente y til para un posterior monitoreo. Tambin posibilita deslindar los problemas preexistentes en la comunidadde aquellos que puede ocasionar el proyecto.

Jessica Obeso Cuadra69Mtodos de Investigacin Social:

Deben utilizar el mtodo msadecuado de acuerdo a los recursos con los que dispongan y el tipo de poblacinque deban analizar.

Jessica Obeso Cuadra70Jessica Obeso Cuadra71Tipos de Impactos:Impactos Socio Econmicos DirectosSon aquellos que producen cambios producidos como consecuencia directa de las actividades del proyectoImpactos en el uso de la tierra: cambios en la cantidad disponible de tierras productivas calidad de agua disponible. Impactos en la actividad econmica local: ej. cambios en el nivel de empleo e ingresos local.Impactos Socio Econmicos Indirectos:Son aquellos impactos sociales,culturales y econmicos que se originan en la reaccin de las comunidadesante los efectos directos del proyecto.Impactos Sociales: cambios en los indicadores de salud y seguridad (nmero de asaltos mensuales), en las formas de organizacin local (clubes de madres) en las relaciones sociales (creacin/destruccin de redes sociales de amigos, vecinos, parientes), en los roles de gnero (mayor/menor participacin de la mujer en actividades polticas, sociales o econmicas en la comunidad). Impactos Polticos: percepcin de las principales organizaciones polticas y sociales del rea respecto al proyecto y probable reaccin.Impactos Econmicos Indirectos: incremento en los ingresos econmicos locales, aparicin de nuevos negocios en la zona, aumento de precios.Impactos Demogrficos: Cambios en el tamao de la poblacin local, en la proporcin de hombres y mujeres, la edad promedio y el nivel educativo de la poblacin la inmigracin de nuevas personas en busca de trabajo y oportunidades econmicas en la zona. Impactos Culturales: cambio en los valores sociales y la identidad, cambio en el estilo de vida de la comunidad y en las creencias tradicionales.Jessica Obeso Cuadra72Evaluacin de los Impactos:

Ver los cambios proyectados a futuro en una comunidad con y sin el proyecto. Puede ayudar a controlar los efectos producidos por la empresa y los efectos producidos por otros agentes. til para evaluar impactos negativos. Muchas comunidades acusan a los proyectos de generar efectos indeseables como la prostitucin y el aumento de la delincuencia. Un anlisis participativo, en el que la misma poblacin analice los problemas sociales que ya existen, puede ser de utilidad para deslindar los impactos causados por el proyecto de situaciones preexistentes en la localidad.Jessica Obeso Cuadra73

El Manejo de Impactos Socio Econmicos:Por manejo entendemos las acciones tomadas en el proyecto para:Jessica Obeso Cuadra74Jessica Obeso Cuadra75Las medidas de manejo previstas por el proyecto se incluyen en un Plan deRelaciones ComunitariasJessica Obeso Cuadra76

PARTICIPACIN CIUDADANAJessica Obeso Cuadra77

Jessica Obeso Cuadra78INTRODUCCINGestin AmbientalGestin Ambiental PblicaGestin Ambiental Privada (Sistemas Integrados de Gestin - SIG)Jessica Obeso Cuadra79Sin una adecuada gestin ambiental el Estado no podr cumplir con sus obligacionesJessica Obeso Cuadra80

80Definicin: Actividades humanas que buscan la ordenacin del ambiente (Ral Braes)

Actividades que deben ser llevadas a cabo por el Estado y por los ciudadanos e instituciones privadasTOMA DE DECISIONES ACCIONES + Gestin AmbientalJessica Obeso Cuadra8181Objetivos: - Proteccin de la calidad de vida- Proteccin de la calidad del ambiente- Conservacin de los Recursos Naturales- Promocin del desarrollo sostenible- Otorgar seguridad jurdicaGestin AmbientalJessica Obeso Cuadra8282PolticaInstitucionalidadLegislacinGestin AmbientalJessica Obeso Cuadra83Componentes de la Gestin Ambiental:83MECANISMOS PARA ALCANZAR LOS OBJETIVOS DE LA POLTICA AMBIENTAL (O INSTRUMENTOS):

Mecanismos orientados a la ejecucin de la poltica ambiental; medios operativos diseados, normados y aplicados con carcter funcional o complementario, para efectivizar el cumplimiento de la poltica nacional ambiental y las normas ambientales que rigen en el pas.

Tipos: instrumentos podrn ser de planificacin, promocin, prevencin, control, correccin, informacin, financiamiento, participacin y fiscalizacin, entre otros. Ejemplos: evaluacin de impacto ambiental, planes de cierre y de contingencias, garantas ambientales, certificacin ambiental, sistemas de informacin ambiental, participacin ciudadana.Jessica Obeso Cuadra84INSTITUCIONALIDAD AMBIENTALInterrelacin entre los organismos que integran la Administracin Pblica Ambiental:

La Institucionalidad ambiental en el Peru ha cambiado significativamente en los ltimos aos con la creacin del Ministerio del Ambiente.

Se han producido cambios en la institucionalidad ambiental en el manejo de los recursos hdricos (ANA), de las reas Naturales Protegidas (SERNANP), del manejo de recursos forestales (OSINFOR), de la supervisin de las actividades de minera e hidrocarburos (OEFA, entre otras.

Jessica Obeso Cuadra85La Repblica del Per es democrtica, social, independiente y soberana. El Estado es uno e indivisible. Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza segn el principio de la separacin de poderes.

Art. 43, Constitucin Poltica del PerGobierno Unitario

Jessica Obeso Cuadra8686Estructura administrativa de las autoridades ambientales (gestin ambiental pblica)

Jessica Obeso Cuadra8787AUTORIDAD POR LA MATERIADireccin General de Salud AmbientalANA ALA OSINERGMINLicencia de Uso de Agua OTF VertimientosTratamiento de AguaCombustibleAgua Obras HidrulicasAutorizacin de Vertimientos Ministerio de CulturaRestos ArqueolgicosMINEM / DICSCAMECExplosivosPRODUCEInsumos Qumicos FiscalizadosSUNATManejo y Disposicin Final en las Operaciones Residuos Slidos TransporteMINEM - OEFADIGESAOTAN - IPENMaterial RadiactivoGerencia Regional de SaludEstablecimientos de SaludDireccin Ejecutiva de Salud AmbientalEstablecimientos de AlimentacinMin. de Transportes y ComunicacionesCarreterasSERNANP - MINAGRIFauna y Flora SilvestreJessica Obeso Cuadra8888ReginProvinciaAUTORIDAD POR EL TERRITORIODistritoMunicipalidadMunicipalidadGobierno Regionalrea Natural ProtegidaSERNANPMar territorial / Ros puertosDICAPIJessica Obeso Cuadra8989PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROSMINISTERIOSMINAGPRODUCETRABAJODEFENSAORGANISMOS CONSTITUCIONALES AUTONOMOSMTCMINSACONGRESO DE LA REPUBLICAContralora GeneralMinisterio PblicoDefensora del PuebloMINAMGOBIERNOS REGIONALESMUNICIPALIDADESSERNANPDGFFSSENASAMEMDICAPISENAMHIDIGESAPODER EJECUTIVOOSINERGMINOEFAJessica Obeso Cuadra9090

EXISTE UNA NECESIDAD DE gestin integralLotes de contratosreas Naturales ProtegidasJessica Obeso Cuadra9191LEGISLACIN AMBIENTALJessica Obeso Cuadra92GESTIN AMBIENTAL PBLICATratados y Convenios Internacionales:Convencin para la proteccin de la flora, de la fauna y de las bellezas escnicas naturales de los pases de AmricaTratado sobre la AntrtidaConvencin sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres - CITESConvenio para la conservacin y ordenacin de la vicuaAcuerdo internacional sobre las maderas tropicalesConvencin de Viena sobre responsabilidad civil por daos nuclearesConvenio de Cambio ClimticoConvenio sobre la Diversidad BiolgicaConvenio sobre Desertificacin y SequaDeclaracin de RoProtocolo de BioseguridadConvenio de Brasilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminacin Convenio RAMSAR, sobre la proteccin de humedalesProtocolo de Montreal sobre las sustancias que agotan la capa de ozonoProtocolo de Kyoto sobre reduccin de los gases de efecto invernaderoConvenio de Rtterdam, sobre el Consentimiento Previo Fundamentado para la Utilizacin de Sustancias Qumicas y PlaguicidasConvenio de Estocolmo, sobre Contaminantes Orgnicos PersistentesJessica Obeso Cuadra93Art. 2 inciso 22

Jessica Obeso Cuadra94Art. 66Norma general, sistematizadora del rgimen legal-ambiental del pas. Esencialmente, la norma apunta a establecer los principios y organizar la estructura del sistema, sin entrar a detalles en todas las reas que son materia de regulacin en el rgimen legal-ambiental general. Ley General del Ambiente - Ley 28611Jessica Obeso Cuadra9595Establece el marco normativo legal transectorial para la gestin ambiental en el territorio peruano.

Derog al Cdigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales del ao 1990 (Decreto Legislativo 613)

Regula las acciones necesarias para proteger el ambiente y lograr el desarrollo sostenible de las actividades productivas as como el uso sostenible de los recursos.

No regula, de manera especfica, aspectos ambientales como residuos slidos, uso y descarga de aguas, reas naturales protegidas, biodiversidad, etc.Jessica Obeso Cuadra969697Gestin Ambiental PrivadaLos procedimientos y sistemas diseados y aplicados por las empresas con el objetivo de alcanzar un desempeo ambiental ptimo. Una premisa fundamental para entender a cabalidad el alcance de la gestin ambiental privada es DESCARTAR la idea de que las obligaciones de contenido ambiental provienen nicamente de las normas legales.

Jessica Obeso Cuadra98FUENTES DE OBLIGACIONES AMBIENTALES

Jessica Obeso Cuadra99Sistema de Gestin Ambiental Privado

Empresa industrial generadora de impactos ambientalesDescarga de efluentesObligaciones Ambientales provenientes de normas, EIA, contratos, etcRegistro y Seguimiento de obligaciones legales aplicables a la empresaJessica Obeso Cuadra100Aprobada mediante Ley 27446 el 23-Abr-2001.Incluye en su mbito de aplicacin las polticas, planes y programas de nivel nacional, regional y local que puedan originar implicaciones ambientales significativas.El sector proponente es el encargado de aplicar una Evaluacin Ambiental Estratgica- EAEIncluye el concepto de certificacin ambiental.

Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto AmbientalPresentacin SolicitudClasificacinEvaluacinResolucinSeguimiento y controlJessica Obeso Cuadra101Listado de Inclusin del reglamentoCategora I- DIACategora II-EIA-sdCategora III- EIA-dLey del Sistema Nacional de Evaluacinde Impacto AmbientalcategorasJessica Obeso Cuadra102Autoridad Ambiental Nacional: Ministerio del Ambiente, con su creacin la direccin del SEIA es asumida por ste.InstitucionalidadJessica Obeso Cuadra103 Funciones delMINAM- Revisar de manera aleatoria los EIA. Aprobar las EAE. Llevar un registro de las certificaciones ambientales concedidas y denegadas. Controla y supervisa la aplicacin de la Ley. Resuelve en segunda instancia los recursos por infracciones a esta norma.

OEFAJessica Obeso Cuadra104Autoridades Sectoriales NacionalesEmitir la certificacin ambiental de los proyectos o actividades de alcance nacional o multiregional.

Autoridades de nivel regional y localEmiten la certificacin ambiental de los proyectos de inversin que resulten de su competencia y cuyos efectos se circunscriban a la respectiva regin o localidad

Jessica Obeso Cuadra105Decreto Supremo 019-2009-MINAMReglamento de la Ley 27446Aprobado el 25- Set-2009.Certificacin Ambiental Principios del SEIAIndivisibilidad.Participacin.Complementariedad.Responsabilidad compartida.Eficacia.Eficiencia.Jessica Obeso Cuadra106Certificacin AmbientalImplica pronunciamiento de la Autoridad Competente del sector sobre la viabilidad del proyecto.No se puede otorgar la certificacin en forma parcial, fraccionada, provisional o condicionada.La autoridad competente es aquella del sector correspondiente a la actividad del titular por la que ste obtiene sus mayores ingresos brutos anuales.

Jessica Obeso Cuadra107Contexto ActualIncremento de actividad de hidrocarburos (proyectos en la selva peruana. En 4 aos hemos pasado de un 13% a ms del 70% de rea amaznica cubierta por lotes de hidrocarburos. Boom minero: En 1992 la minera cubra 3 millones de hectreas y al finalizar la dcada alcanzaba los 22 millones de Has. Mayor exploracin minera cada ao de acuerdo con estadsticas de INGEMMET.Segn el MINAG y de la Defensora del Pueblo las comunidades nativas suman 1, 345 y las comunidades campesinas suman 5, 818.Implementacin del convenio 169 OIT en marco legal peruano.Observacin de la Ley a la Consulta Previa.

Jessica Obeso Cuadra108Los impactos del pasado y en algunos casos del presente se centran en:

Contaminacin ambiental.Amenaza a recursos naturales.Exclusin.Violacin de derechos.Fragmentacin social.Beneficios econmicos que no llegan a los afectados.Conflictividad social.

PROYECTOS DE INVERSIN

Pero: y qu hay de los impactos sociales positivos?

QU ES LA GESTIN SOCIAL?Es un proceso que promueve el desarrollo sostenible de las poblaciones involucradas en las actividades productivas, en el marco de la participacin, equidad e inclusin, mediante la formulacin de polticas de responsabilidad social y la promocin de las relaciones armoniosas entre los actores.

Transparencia. Inclusin Social como instrumento para la lucha contra la pobreza y el desarrollo sostenible.Respeto de Derechos y Deberes.Dilogo Continuo.Participacin y Vigilancia Ciudadana.Gobernabilidad e Institucionalidad Interculturalidad.

COMPROMISO CON EL DESARROLLO SOSTENIBLE D.S. 052-2010-EM

Para orientar las acciones voluntarias de los titulares, con una estrategia de gestin social.Para fortalecer el concepto de responsabilidad social con el de desarrollo sostenible.Para procurar la articulacin e integracin de la responsabilidad social con la poltica social del Estado, con el fin de contribuir de manera conjunta al cumplimiento de los objetivos del milenio, especialmente lucha contra la pobreza.Promociona las relaciones armoniosas entre los actores y facilita la iniciativas de gestin social de las empresas.Privilegiar el dilogo y la bsqueda de concertacin, como herramienta para la prevencin de conflictos sociales.

D.S. N 052-2010-EM - NUEVOS PRINCIPIOSContribucin al desarrollo sostenible y procurar la participacin activa y conjunta de y con la poblacin de las reas de influencia. La excelencia ambiental y social.El cumplimiento por parte de todos los involucrados de los acuerdos o compromisos sociales asumidos. El relacionamiento responsable, que involucra el respeto a personas, autoridades, costumbres y cultura locales y la promocin de acciones que fortalezcan la confianza, como mecanismo de prevencin y gestin de conflictos.Fomento preferente de la contratacin local. Contribucin al desarrollo econmico local a travs de la adquisicin preferente de bienes y servicios locales yo regionales.Dialogo continuo y oportuno de conformidad con las normas de participacin ciudadana. EL PROCESO DE PARTICIPACION CIUDADANAJessica Obeso Cuadra115

Participacin en la gestin ambiental La participacin esta reconocido en el art. III del ttulo preliminar de la Ley General del Ambiente (Ley 28611) Toda persona tiene el derecho a participar responsablemente en los procesos de toma de decisiones, as como en la definicin y aplicacin de las polticas y medidas relativas al ambiente y sus componentes, que se adopten en cada uno de los niveles de gobierno. El Estado concerta con la sociedad civil las decisiones y acciones de la gestin ambiental.Jessica Obeso Cuadra116Participacin en la gestin ambientalTtulo I, Captulo 4 de la LGA.Reconoce el acceso a la informacin ambiental.Obliga a las entidades pblicas con competencias ambientales a informar Informar sobre el estado de las denuncias presentadas ante cualquier entidades pblica respecto de infracciones ambientalesDeber de participacin responsable

Jessica Obeso Cuadra117Mecanismos de participacin ciudadanaArt. 48 LGALas autoridades establecen mecanismos formales de participacin ciudadana.Promueve la generacin de capacidades en las organizaciones dedicadas a la defensa y proteccin del ambiente y los recursos naturales.Establecer lineamientos para el diseo de mecanismos de participacin ciudadana ambiental (consultas, audiencias pblicas, encuestas, buzones, etc.)

Jessica Obeso Cuadra118Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental (Ley 27446)Toda actividad Requiere EIA Con participacin Ciudadana Reglamentado por el Decreto Supremo 019-2009-MINAM

Jessica Obeso Cuadra119MineraHidrocarburosElectricidadSe reconoce el principio de respeto a la diversidad cultural.La consulta no otorga a las poblaciones un derecho a veto.Se reconocen mecanismos de participacin en la exploracin, explotacin, beneficio y cierre de minas.Se promueve el ejercicio de los derechos sociales, econmicos y culturales de los pueblos indgenas.Participacin en el proceso de negociacin y suscripcin del contrato, evaluacin y elaboracin del EIA

Talleres informativos antes, durante y despus de la elaboracin y/o presentacin del EIA.Evento presencial en el caso de contar con una concesin temporal en trmite.Jessica Obeso Cuadra120QUE ES LA PARTICIPACIN CIUDADANA?Es un proceso pblico, dinmico y flexible que, a travs de la aplicacin de variados mecanismos, tiene por finalidad: Conocer y canalizar las opiniones, posiciones, puntos de vista, observaciones u aportes respecto de las actividades mineras. Promover el dilogo y la construccin de consensos.Poner a disposicin de la poblacin involucrada informacin oportuna y adecuada respecto de las actividades mineras proyectadas o en ejecucin.Para la toma de decisiones de la autoridad competente en los procedimientos administrativos a su cargoPROCESO DE PARTICIPACIN CIUDADANA EN MINERA

Corresponde al Estado garantizar el derecho a la participacin ciudadana en el sub sector minero a travs de la correcta aplicacin del Reglamento de Participacin Ciudadana (D.S. 028-2008-EM) y la norma que regula el proceso de participacin (R.M. 304-2008-MEM/DM)

PARTICIPACINToda persona tiene el derecho a participar responsablemente en los procesos de toma de decisiones por parte de la autoridad, sobre asuntos referidos a la actividad minera que pudieran tener alguna incidencia sobre sus intereses, sin perjuicio de las competencias que les corresponden a las autoridades en cada uno de los niveles de gobierno.ACCESO A LA INFORMACIN Solicitar y recibir informacin y acceder adecuada y oportunamente a la informacin pblica.RESPETO A LA DIVERSIDAD CULTURALRespeto a las caractersticas y particularidades de las diversas culturas. Proceso inclusivo e intercultural. (uso de interpretes).

DERECHOS Y PRINCIPIOS GARANTIZADOS POR EL D.S. N 028-2008-EMNO DISCRIMINACIN Participacin efectiva de toda persona, sin distinguir raza, tnia, gnero, religin, cultura, idioma, opinin poltica, origen nacional o social, posicin econmica, orientacin sexual, nacimiento o cualquier otra condicin.VIGILANCIA CIUDADANAParticipacin a travs del control y seguimiento de las medidas, acciones, obligaciones y compromisos adoptados por el titular minero respecto a los aspectos ambientales y sociales relacionados con su actividad DIALOGO CONTINUOMantener el dilogo continuo a fin de promover y mantener un adecuado relacionamiento social. DERECHOS Y PRINCIPIOS GARANTIZADOS POR EL D.S. N 028-2008-EMDEFINICIONESREA DE INFLUENCIA: Espacio geogrfico sobre el que las actividades mineras ejercen algn tipo de impacto ambiental y social y que se determinar en el estudio ambiental respectivo.AUTORIDAD COMPETENTE: Dirige, orienta y lleva a cabo los procesos de participacin ciudadana.La Direccin General de Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM) MINEM. El Gobierno Regional, a travs de su rgano competente.POBLACIONES INVOLUCRADAS: Aquellas que se encuentran dentro del rea de influencia de la actividad minera.MECANISMOS DE PARTICIPACIN CIUDADANAPromueven la participacin ciudadana durante todo el ciclo de la actividad minera

Acceso de la poblacin a los Resmenes Ejecutivos y al contenido de los Estudios Ambientales. Publicidad de avisos en medios escritos y radiales.Encuestas, o Entrevistas o Grupos Focales. Distribucin de materiales informativos. Visitas guiadas al rea o a las instalaciones del proyecto.Interaccin con la poblacin a travs de facilitadores.Talleres participativos.Audiencia Pblica.Presentacin de aportes, comentarios u observaciones ante la autoridad competenteOficina de Informacin Permanente: Monitoreo Ambiental Participativo.Uso de medios tradicionales.Mesas de Dilogo.COMO SE SELECCIONA UN MECANISMO DE PARTICIPACIN?El Reglamento establece criterios bsicos como:Caractersticas de la poblacin.Particularidades del proyecto.Identificacin y delimitacin del rea de influencia del proyecto en funcin a sus impactos.Identificacin de los centros poblados, comunidades, autoridades locales, a quienes alcance los impactos del proyecto.DURANTE LA ELABORACIN DEL EIA O EIAsd (elaboracin de los estudios de lnea base)

Se requiere como mecanismo de participacin, por lo menos un taller informativo y cualquier otro de los mecanismos de participacin previstos en el artculo 2 R.M. N 304-2008-MEM/DM.El objetivo es el recojo de observaciones y sugerencias que debern ser merituadas e incorporadas en el EIA o EIAsd a presentarse ante la autoridad competente.PARTICIPACIN CIUDADANA EN LOS PROYECTOS DE EXPLOTACIN Y BENEFICIO129129PARTICIPACIN CIUDADANA EN EL PROCESO DE EVALUACIN DEL EIA O EIAsdEl EIA o EIAsd que presente el titular minero ante la autoridad competente deber efectuarse en dos copias digitalizadas e impresas y contener: El Resumen Ejecutivo. El Plan de Participacin Ciudadana. Los requisitos que establezca el TUPA correspondiente. PARTICIPACIN CIUDADANA EN LOS PROYECTOS DE EXPLOTACIN Y BENEFICIO130130PARTICIPACIN CIUDADANA EN EL PROCESO DE EVALUACIN DEL EIA O EIAsdPlan de Participacin CiudadanaEs el documento mediante el cual el titular minero propone a la autoridad competente, los mecanismos de participacin ciudadana que se usaran durante la evaluacin del EIA o EIAsd y durante la ejecucin del proyecto minero.El contenido del Plan de Participacin Ciudadana est precisado en el artculo 15 de la RM 304-2008-MEM-DM: Antecedentes sobre las actividades de participacin desarrolladas. Propuesta de mecanismos durante procedimiento de evaluacin. Propuesta de mecanismos durante ejecucin de proyecto. Propuesta de cronograma de ejecucin.

PARTICIPACIN CIUDADANA EN LOS PROYECTOS DE EXPLOTACIN Y BENEFICIO131131MONITOREO Y VIGILANCIA PARTICIPATIVOQu es vigilancia ambiental?

Es un derecho y un mecanismo de participacin ciudadana que se ejerce para fiscalizar o controlar la gestin ambiental y consensuar propuestas con el fin de hacerla de dicha gestin una eficiente. Que es monitoreo ambiental?

La observacin, medicin y evaluacin repetitiva y continua de informacin sobre salud, ambiente, o ambos, datos tcnicos con propsitos definidos, de acuerdo protocolos establecidos, y utilizando mtodos comparativos para inferir y reunir informacin.

Obtencin de informacin especfica sobre el estado de las variables ambientales, destinada a alimentar los procesos de seguimiento y fiscalizacin ambiental.

http://www.gea.com.uy/glosario.php?Bk=0&Palabra=M

MONITOREO Y VIGILANCIA PARTICIPATIVOEL MONITOREO Y VIGILANCIA PARTICIPATIVOS Y LEY GENERAL DEL AMBIENTE LEY N 28611La participacin ciudadana puede adoptar las formas siguientes:a. Fiscalizacin y control visual de procesos de contaminacin.b. Fiscalizacin y control por medio de mediciones, muestreo o monitoreo ambiental.c. Fiscalizacin y control va la interpretacin o aplicacin de estudios o evaluaciones ambientales efectuadas por otras instituciones.En ningn caso como sustitucin de las funciones que le competen a las entidades fiscalizadoras (Osinergmin OEFA).

REGLAMENTO DE PARTICIPACIN CIUDADANA COMITES DE MONITOREOPodr estar integrado por organizaciones de la sociedad civil.Podr contar con asesora tcnica de una organizacin especializada, tanto para la elaboracin de su Reglamento como para sus labores propias.El monitoreo no sustituye las funciones de OSINERGMIN, DIGESA, DREMs, slo puede servir de sustento para la presentacin de denuncias ante dichas entidades competentes.El financiamiento para los comits puede provenir de fondos constituidos por las propias empresas o por la autoridad competente.El Plan de Participacin Ciudadana deber contener una propuesta de programa de participacin ciudadana posterior a la aprobacin del EIA o EIAsd. Plan de Participcin documento en el que se proponen los mecanismos de participacin ciudadana que se usaran durante la evaluacin del EIA o EIAsd y durante la ejecucin del proyecto.Mecanismos de Participacin: (de manera preferente)- Implementacin de una Oficina Permanente de Informacin y Participacin Ciudadana.- Conformacin de un Comit de Monitoreo Ambiental Participativo.REGLAMENTO DE PARTICIPACIN CIUDADANA PROCEDIMIENTO: PARTICIPACIN CIUDADANA POSTERIOR A LA APROBACIN DEL EIA O EIAsd136136ALGUNAS PRECISIONESLa R.M. N 304-2008-MEMDM, precisa que el monitoreo y vigilancia ambiental participativo es el mecanismo que se implementa luego de aprobado el EIA o EIAsd (explotacin); sin embargo, nada impide que el mismo pueda implementarse para la etapa de exploracin minera.

La autoridad competente puede disponer la implementacin del mecanismo en la etapa de exploracin o explotacin como parte de las obligaciones fijadas al aprobar el estudio ambiental.

Jessica Obeso Cuadra138CONSULTA PREVIALa Consulta y el ConsentimientoConsulta: Es un proceso dinmico y abierto que a travs del dilogo, influir en la toma de decisiones y contribuye a su resultado final, pero no es un resultado final en s.Convenio 169, la consulta tiene por objeto:

Determinar si los intereses de las poblaciones que habitan en el rea de influencia de las actividades podran verse afectadas y en que medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de actividades.

La consulta no otorga derecho de veto a las actividades o a las decisiones de la autoridad.La Consulta y el ConsentimientoConsentimiento: Es un resultado del proceso de toma de decisiones. Implica manifestacin de voluntad sobre la medida a tomarse.Jurisprudencia e informes de la CIDH refieren que el consentimiento slo es aplicable para:Reasentamientos de poblaciones indigenas.Desecho de materiales txicos en tierras habitadas por pueblos indgenas.

Convenio 169Instrumento jurdico internacional Adoptado por la OIT (Organizacin Internacional del Trabajo).Aprobado por el Per mediante Resolucin Legislativa N 26253 (05- Dic-93)Promueve el dilogo entre gobiernos y pueblos indgenas y tribalesObjetivo: superar la situacin de pobreza de dichos pueblos

Jessica Obeso Cuadra141A quin se aplica?Pueblos indgenasDescienden de poblaciones indgenas que habitan el pasEstn regidos por sus propias costumbres Se distinguen de otra parte de la sociedad por sus condiciones sociales, culturales y econmicas Jessica Obeso Cuadra142Derecho a la Consulta PblicaSegn artculo 6 del Convenio 169 OIT, los gobiernos debern:Consultar a los pueblos interesados, cada vez que se prevean:

Establecer medios de participacin libre, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la poblacin.Las consultas debern realizarse de buena fe y con la finalidad de:

susceptibles de afectarles directamenteMedidas legislativas y/o medidas administrativasLlegar a un acuerdoLograr el consentimiento de las medidas propuestasJessica Obeso Cuadra143El Aprovechamiento de Recursos Naturales y el Convenio 169 Promueve la participacin y consulta de las poblaciones sobre proyectos u operaciones extractivas.No otorga a las poblaciones derecho a veto sobre los proyectos u operaciones que se realicen en su territorio.Para que sea eficaz, la participacin debe ser previaInformacin adecuada y exhaustivaJessica Obeso Cuadra144Ley del Derecho a la Consulta previa a los pueblos indgenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 OIT

Convenio 169 de la OIT

Convenio 169 de la OITTratado de Derechos HumanosParte del derecho interno (norma de derechos humanos de rango constitucional)Principio pacta sunt servanda.Disposiciones exigibles ante tribunales nacionales e internacionalesSu incumplimiento o violacin compromete responsabilidades internacionales.Art. 1 Ley 29785Pueblos Indgenas

Sujetos de derecho del C169 OIT

(El C169 no define estrictamente quienes son pueblos indgenas. Describe los pueblos que pretende proteger)

CRITERIO OBJETIVO: (i) continuidad histrica, (ii) ligazn ancestral con el lugar que habitan, (iii) propias y distintivas instituciones sociales, econmicas, culturales y polticas. CRITERIO SUBJETIVO: conciencia de su identidad indgena u originaria (criterio fundamental)

Criterios de Identificacin de los PPIIArt. 5, 6 y 7 Ley 29785Hay que tener en cuenta, que los dos criterios son concurrentes. 149Consulta y Participacin

DerechoParticipacin ciudadanaParticipacin en la gestin ambientalConsulta(C169)FinalidadParticipar en la vida poltica, econmica, social y cultural del pas.Fiscalizar el correcto cumplimiento de los deberes de la administracin pblica (Ley 26300).PPII: adicionalmente, conocer sus apreciaciones sobre como entender el desarrollo y cmo garantizar la continuidad de su cultura. Informacin a la poblacin sobre los proyectos que se van a llevar a cabo en su zona.Proporcionar aportes, comentarios y/o sugerencias en la gestin ambiental.Se tome en cuenta las opiniones de la poblacin en el marco de toma de decisiones por parte de las autoridades.PPII: adicionalmente, conocer sus apreciaciones sobre como entender el desarrollo (en este caso, en materia ambiental).Garantizar que los pueblos indgenas puedan influenciar a travs de su inclusin en los procesos de toma de decisiones del Estado, aquellas medidas administrativas o legislativas que pudieran afectarles directamente.Alcanzar un acuerdo o consentimiento a travs del dilogo intercultural Titular- Todos los ciudadanos - Todos los ciudadanosLos pueblos tribales en pases independientes; yLos pueblos en pases independientes, considerados indgenas.MecanismosSufragioReferndumDerechos de control ciudadanoConstitucin y reconocimiento de partidos, movimientos y organizaciones polticas.Mecanismos de participacin reconocidos. - Audiencias pblicasTalleres participativosEncuestas de OpininBuzones de SugerenciasComisiones Ambientales Regionales y LocalesGrupos TcnicosComits de Gestin.Otros.Proceso de dilogo intercultural entre el Estado y los pueblos, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente. Los mecanismos a ser utilizados no han sido definidos en el Convenio 169 de la OIT.Participacin ciudadana, Participacin ciudadana en la gestin ambiental y ConsultaDerecho a la Consulta Contenido Esencial

Derecho a la Consulta

Qu busca reconocer el Art. 6 del C169 OIT?Art. 1 y 2 Ley 29785Derecho a la Consulta Contenido constitucionalmente protegido(STC 0022-2009-PI/TC; STC 0025-2009-PI/TC)No forman parte del contenido: el veto o la negativa de los pueblos indgenas a realizar la consultaContenido constitucionalmente protegido:

156Caractersticas esenciales del derecho a la consulta (TC)Obligaciones que se derivan directamente del C169 en lo relativo a la regulacin normativa del derecho a la consulta Contenido esencial detalladoArt. 2, 3 y 4 Ley 29785Art. 9, al 16 Ley 297851.- Dilogo interculturalPautas a fin de que se configuren claramente las etapas del proceso de consulta Secuencia fctica (TC)De acuerdo con lo establecido en el artculo 8 de la Ley 29587, las entidades estatales promotoras de una medida legislativa o administrativa, debern cumplir las siguientes etapas mnimas al llevar a cabo un proceso de consulta:Identificacin de las medidas legislativas o administrativas que debe ser objeto de consulta.Identificacin de los pueblos indgenas u originarios a ser consultados. Publicidad de la medida legislativa o administrativa. Informacin sobre la medida legislativa o administrativa.Evaluacin interna en las organizaciones de los pueblos indgenas u originarios sobre las medidas legislativas o administrativas que les afecten directamente. Proceso de dilogo entre representantes del Estado y representantes de los pueblos indgenas u originarios. Decisin. Entidad Competentergano Tcnico Especializado en materia indgena del Poder Ejecutivo Viceministerio de InterculturalidadMinisterio de CulturaLas entidades del Estado que van a emitir medidas legislativas o administrativas relacionadas de forma directa con los derechos de los pueblos indgenas son las competentes para realizar el proceso de consulta.

Poder LegislativoMinisteriosGobiernos RegionalesGobiernos LocalesTiene como funciones:

Concertar, articular y coordinar la poltica estatal de implementacin del derecho a la consulta. Brindar asistencia tcnica y capacitacin previa a las entidades estatales y a los pueblos indgenas, as como atender las dudas que surjan en cada proceso en particular. Mantener un registro de las instituciones y organizaciones representativas de los pueblos indgenas e identificar a las que deben ser consultadas respecto a una medida administrativa o legislativa. Emitir opinin, de oficio o a pedido de cualquiera de las entidades facultada para solicitar la consulta, sobre la calificacin de la medida legislativa o administrativa proyectada por las entidades responsables, sobre el mbito de la consulta y la determinacin de los pueblos indgenas, a ser consultados. asesorar a la entidad responsable de ejecutar la consulta y a los pueblos indgenas que son consultados en la definicin del mbito y caractersticas de la consulta.Laborar, consolidar y actualizar la base de datos relativos a los pueblos indgenas y sus organizaciones representativas. Supuestos de aplicacin del Derecho a la Consulta

MEDIDASAFECTACION DIRECTADERECHOSMedidas Legislativas(Ley, decreto legislativo, reglamento, etc.)

Medidas Administrativas(licencias, permisos, autorizaciones, etc.)

Los planes, programas y proyectos de desarrollo nacional y regional se aprueban a travs de medidas legislativas o administrativas Cuando la medida pueda generar cambios relevantes y directos en la situacin jurdica de los pueblos indgenas.

Afectacin directa (positiva o negativa) a su existencia fsica, identidad cultural, calidad de vida o desarrollo.

No se puede reducir a una frmula clara y precisa cundo una medida afecta directamente los derechos colectivos de los pueblos indgenas.

Sin embargo, no es difcil entender que se encuentran comprendidas las medidas estatales cuyo efecto sea el menoscabo, perjuicio, influencia, o una alteracin directa.

Identidad cultural Uso de la lengua o Idioma Poder elegir sus prioridades de desarrollo. Conservar sus costumbres. Jurisdiccin especial. Acceso a procedimientos justos / adecuados. Tierras y territorio. A no ser trasladados sin su voluntad. Uso tradicional de los recursos naturales que se ubican dentro de sus territorios. Condiciones justas de empleo. Educacin intercultural (P.ej.: ensear a leer y escribir a los nios en su propio idioma indgena). Etc. Para Consultar Casos de derechos afectados directamente

Consulta y Derecho a la VidaIntangibilidad de las reservas territoriales donde habitan pueblos en situacin de aislamiento. Propuesta de modificacin de la Ley de PIACIConsulta y Derecho a la Educacin InterculturalEnsear a leer y escribir a los nios en su propio idioma indgena; uso del idioma nativo. Ley de Educacin Intercultural Bilinge.Consulta y Derecho a la Salud Intercultural

Uso de prcticas ancestrales y conocimiento tradicional en el cuidado de los enfermos dentro de las acciones de los funcionarios de salud. Ley de Medicina TradicionalConsulta y Derecho a contar con condiciones Justas de EmpleoOrganizacin y funcionamiento de programas especiales de formacin profesional.Normas que sanciones actos de discriminacin laboral a personas pertenecientes a pueblos indgenas. Consulta y Derecho a la Identidad

P.ej.: Acceso al reconocimiento de las comunidades (inscripcin)

Ley de Comunidades Nativas / Propuesta de modificacin en la parte correspondiente)Consulta y Derecho a vivir en un ambiente adecuadoP.ej.: uso de recursos hdricos que se han utilizado de manera tradicionalEstudio de Impacto AmbientalAlgunos supuestosConsulta y Propiedad Comunal (Tierras y territorio)

Articulacin entre la pertenencia o vnculo del grupo con la tierra que ocupan y una manera propia de usar los recursos naturales, que ah se puedan encontrar.

Los RRNN son usados de una manera propia al grupo, lo que representa una ligazn con la cultura.

La espiritualidad/religiosidad y la ocupacin territorial constituyen una serie de componentes que debern ser garantizados en pos de la existencia fsica y cultural del pueblo indgena (continuidad).

1.- Antes de la prospeccin o explotacin de recursos naturales que se encuentran dentro de sus territorios. Estudios de Impacto ambiental2.- Al considerar la enajenacin o la transmisin sobre sus tierras a personas ajenas a su comunidad. No existe como parte de la actuacin del Estado; si se presentase este supuesto, esto sera ilegal. 3.- Cuando excepcionalmente se considere necesario el traslado de esos pueblos de las tierras que ocupan y su reubicacin.Expropiacin.

Servidumbre.4.- Cuando se considere almacenar o eliminar materiales peligroso en territorios indgenasDentro de nuestro sistema legal, este es un acto que no puede realizar el Estado (sera ilegal)5.- Cuando se trate de planes de desarrollo o de inversin a gran escala que tendran un mayor impacto dentro del territorio indgena .Estudios de Impacto Ambiental6.- Otros supuestosCambios de Uso del territorio; creacin de reas naturales protegidas, instalacin de bases militares.

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Muchas Gracias

Jessica Obeso Cuadra Abogada Especialista en Derecho Minero y Medio [email protected]@gmail.comRPC 951766474Jessica Obeso Cuadra170DESARROLLO DE TALLER DE PARTICIPACIN CIUDADANA

Jessica Obeso Cuadra171Muchas Gracias

Jessica Obeso Cuadra Abogada Especialista en Derecho Minero y Medio [email protected]@gmail.comRPC 951766474