Presentación del Seminario sobre Control Social de la Escuela de Gestión Pública y Participación...

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Control social a la función pública

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Control social a la función pública

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VICE MINISTERIO PARA LA PARTICIPACIÓN E IGUALDAD DE DERECHOS

VICE MINISTERIO DE RELACIONES POLÍTICAS

Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción

Comunal

Dirección de gobierno y Gestión territorial

Dirección de asuntos Legislativos

Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías

Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afro, Raizales y Palenqueras

Dirección de consulta previa

Dirección de derechos humanos

Ministerio del Interior

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DIRECCIÓN PARA LA DEMOCRACIA, LA

PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y LA ACCIÓN COMUNAL

Ana María Almario DreszerDirectora

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Contribuir a la construcción de un Estado más democrático mediante el apoyo y la promoción de programas de impacto Nacional, Departamental Distrital o Municipal que estimulen

la participación ciudadana.

¿Cuál es el objetivo de la Dirección?

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URIEL

Asuntos electorales

Coordinación de política pública

Grupo de Participación Ciudadana

Inspección, control y vigilancia

Grupo de Acción Comunal

Personas con discapacidad

Género

Control social

Propiedad horizontal

Jóvenes Observatorio de

asuntos electorales

Promoción de nuevos liderazgos

Asistencia y asesoría a entidades territoriales

Asesoría a la organización comunal

Infancia y Adolescencia

Grupo de Democracia y Asuntos Electorales

Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal

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En síntesis, se propone generar un ambiente seguro de aprendizaje y

reflexión compartida

Concentración en el taller Participación activa

Valorar las opiniones de todos/as

Cuidado en el manejo del tiempo

Escucha activa

Disposición a dar y recibir

Celulares en silencio

¿Otras?

Para trabajar bien…

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Expectativas del taller

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Algunos datos52% de los ciudadanos conoce algún espacio de participación ciudadana

6,6% de los ciudadanos ha usado algún espacio de participación ciudadana

22% De los ciudadanos considera que se promueve y permite que los ciudadanos hagan control social a la gestión pública

27% De los ciudadanos considera que se facilita el acceso a la información pública

50% de los ciudadanos que participan en auditorias visibles repite ejercicios de control social

87% de los ciudadanos considera que más de la mitad de los funcionarios públicos son corruptos

1 de cada 5 ciudadanos considera que la gente siempre o casi siempre cumple sus acuerdos

Fuente: DANE, ECP, 2015 Corpovisionarios, ECC,

2013

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¿Cómo estamos en control social?1. ¿Cómo facilita la Alcaldía desde sus diferentes

secretarías el control social?

2. ¿Cómo ha sido el control social por parte de la sociedad civil en el municipio?

3. ¿Saben cuantas veedurías están operando y cuáles han tenido incidencia?

4. ¿Hay articulación del trabajo con la Red Institucional de Apoyo a veedurías?

5. Está incluida la promulgación del Control social dentro del Plan de Desarrollo Municipal?

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Es el derecho y deber que tiene todo ciudadano para vigilar el buen uso de los recursos públicos y así poder garantizar la correcta consecución de los fines del Estado.

¿Qué es el control social?

Es la forma de participación ciudadana que permite a los individuos y a las organizaciones

de la sociedad influir en las condiciones de modo, tiempo y lugar como se desarrolla la

gestión pública.

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¿Cuál es su objetivo?

Fortalecer la cultura de lo público en el ciudadano.

Prevenir los riesgos y los hechos de corrupción en la

gestión pública.

Fortalecer la participación ciudadana para que ésta

contribuya a que las autoridades hagan un manejo transparente y

eficiente.

Apoyar y complementar la labor de los organismos de control en la realización de

sus funciones legales y constitucionales.

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¿Qué puede hacer el control social?

• Solicitar la información pública que se requiera para el desarrollo de su labor.

• Presentar observaciones de la labor desarrollada a la entidad correspondiente.

• Presentar peticiones, denuncias, quejas y reclamos ante las

autoridades competentes. • Presentar acciones populares, acciones de tutela y acciones de

cumplimiento.

• Participar en Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la entidad correspondiente.

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¿Qué puede hacer el control social?

• Hacer uso de los recursos y acciones legales que se requieran para el desarrollo del control social.

• Propender por el cumplimiento de los principios constitucionales que rigen la función pública.

• Promover el liderazgo y la participación, con miras a democratizar la gestión pública.

• Poner en evidencia las fallas en la gestión pública por parte de agentes estatales y no estatales, y formular propuestas para mejorarla.

• Contribuir a la garantía y al restablecimiento de los derechos sociales, económicos y culturales.

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¿Cuáles aspectos están sujetos al control social?

Todos los niveles de la administración pública pueden ser objeto de vigilancia ciudadana.

Todo contrato que celebren las instituciones del Estado estará sujeto a la vigilancia por parte de las personas,

entidades y organizaciones que quieran hacerlo.

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¿Cuáles son los principios del control social?

Actuar para y en representación de las comunidades destinatarias de los bienes y servicios públicos, centrados en el interés general

Busca el impacto preventivo de su acción, informando en el momento

adecuadoSolidaridad

Oportunidad

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¿Qué deberes tienen las entidades sujetas al control social?

• Promover, proteger, implementar y acompañar instancias de participación.

• Garantizar la participación ciudadana en los temas de planeación del desarrollo, de políticas sociales, de convivencia ciudadana y reconciliación, y de inclusión de poblaciones tradicionalmente excluidas.

• Respetar, acompañar y tomar en consideración las discusiones de las instancias de participación no establecidas en la oferta institucional y que sean puestas en marcha por iniciativa de la ciudadanía, tales como redes ciudadanas y mesas de trabajo y discusión sectorial e intersectorial, entre otras.

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¿Qué deberes tienen las entidades sujetas al control social?

• Proteger a los promotores de las instancias de iniciativa ciudadana, para que se puedan desenvolver en condiciones apropiadas sus ejercicios de participación ciudadana.

• Asistir a las convocatorias realizadas por las instancias de participación de iniciativa ciudadana a las que sean invitados, toda vez que en ellas se debatan asuntos de su competencia.

• Emitir conceptos sobre las sugerencias, recomendaciones y propuestas derivadas del desarrollo de las instancias de participación, de iniciativa ciudadana o gubernamental que no se encuentran dentro de la oferta institucional.

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¿Las entidades pueden impedir el control social?

NO, la administración de las entidades públicas o privadas que ejercen funciones públicas, deberán entregar información relacionada con la prestación del servicio, el proyecto o el uso de los recursos públicos y de acuerdo con los objetivos perseguidos por el control social correspondiente, según sea el caso, a los agentes de control para el ejercicio de su función y brindar las condiciones y las garantías necesarias a los ciudadanos, las organizaciones y redes para que puedan ejercer ese derecho.

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¿Quiénes pueden ejercer el control social?

• El control social puede ser ejercido por la ciudadanía, de manera individual o por intermedio de organizaciones como:

• Organizaciones comunitarias, profesionales, juveniles, sindicales, benéficas o de utilidad común, no gubernamentales, sin ánimo de lucro constituidas para tal fin, como por ejemplo las veedurías ciudadanas.

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¿Cuáles son las instancias del Control Social?

Veedurías CiudadanasLey 850 de 2003

Juntas de VigilanciaLey 454 de 1988

Comités de desarrollo y Control Social de los servicios públicos domiciliariosLey 142 de 1994

Auditorías CiudadanasPor reglamentar

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¿Cómo sería el proceso del control social?

Fase de preparación

• Identificación del problema

• Recopilación de información

Fase de diagnóstico

• Apreciación actual del objeto de control

• Comparación lo que se ve y un primer análisis de la información

Fase de análisis

• Relación de causa y efecto

• Alternativas de solución y seguimiento de resultados

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¿Cómo ubicar el objetivo del control social?

¿Qué nos preocupa?

¿Qué puede estar pasando?

¿Cómo podemos conocer mejor lo que preocupa?

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¿Qué necesidades tiene la comunidad?

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Veedurías Ciudadanas

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Preguntas

En grupos responder las siguientes preguntas para cada paso:

¿Cuáles son las principales dificultades para realizar la veeduría ciudadana?

¿Cuáles son los principales logros o resultados de realizar la veeduría ciudadana?

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¿Qué se entiende por veeduría ciudadana?

Las veedurías ciudadanas son los mecanismos democráticos de representación que le permite a las personas y a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia respecto de la gestión de las entidades públicas, así como de la gestión de las entidades privadas encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público.Art. 1 Ley 850 de 2013

Dicha vigilancia se ejercerá en aquellos ámbitos, aspectos y niveles en los que en forma total o parcial, se empleen los recursos públicos.Art. 270 CPC / Art. 100 - Ley 134 de 1994

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A organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país y ejecuten

programas , proyectos y contratos con recursos del

Estado, o presten un servicio público.

A entidades u organismos de carácter nacional o

territorial, de naturaleza pública o privada, que

ejerzan funciones publicas y que por lo tanto desarrollan

la gestión publica

¿A quienes vigilan las veedurías

ciudadanas ?

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¿Qué aspectos vigilan las veedurías?

La correcta aplicación y

asignación de recursos

La cobertura efectiva de

beneficiarios

La calidad, oportunidad y

efectividad de la intervención y

contratación pública

La diligencia de las autoridades en garantizar los

objetivos del Estado

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¿Para qué se realiza una veeduría ciudadana?

Fortalecer los mecanismos de control contra la

corrupción en la contratación estatal

Fortalecer los procesos de participación ciudadana y comunitaria en la toma de

decisiones

Apoyar las labores de las personerías municipales en

la promoción y fortalecimiento de los

procesos de participación ciudadana

Velar por los intereses de las comunidades

Promocionar el liderazgo y la

participación ciudadana

Democratizar la administración pública

Crear una relación constante entre los

particulares y la administración para evitar

las irregularidades de la acción gubernamental

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Pasos para ejercer una veeduría ciudadana

Convocar a la comunidad

Definir el objeto de la vigilancia

Conformar la veeduría

Formulación y seguimiento del plan de trabajo

Establecer criterios de evaluación

Recoger y analizar

información

Informes de veeduría

Seguimiento a las sugerencias

Comunicar a la ciudadanía

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Actividad de pasos

En grupos dificultades y soluciones de los nueve pasos

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Procedimiento para definir el objeto de vigilancia

El objeto de la vigilancia:• se debe enunciar en forma precisa, la entidad, el programa, proyecto, obra,

contrato o prestación del servicio, entre otros, sobre el cual se va a hacer control social.

La duración de la veeduría:• Está relacionada con el objeto por vigilar; así, esta debe durar como mínimo

el mismo tiempo que el programa, proyecto u obra a la cual se le va a hacer control social.

Ámbito del ejercicio de la vigilancia:• De acuerdo con el objeto por vigilar debe definirse el ámbito de vigilancia

bien sea:– Por orden territorial: Nacional, departamental, municipal o demás entidades

territoriales.– Por nivel administrativo: Central o descentralizado

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¿Cómo convocar a la comunidad?

• Identifique quiénes están interesados en la temática (Base de datos). espacios de participación formal e informal.

• Realice campaña de difusión y sensibilización para dar a conocer el problema: videos caseros, radio comunitaria, carteleras del barrio, tiendas, colegios, iglesias, redes sociales, boletines, etc.

• Promover foros o agendas deliberativos sobre el tema de interés con colegios, universidades o expertos.

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¿Cómo? ¿Cuándo? ¿Dónde?

Se puede realizar mediante recomendación escrita y oportuna ante las entidades que ejecutan el programa, proyecto o contrato.

Las veedurías ejercen vigilancia preventiva y posterior del proceso de gestión. Es decir, se puede realizar en cualquier momento de la gestión pública: antes, durante y después de la ejecución de un proyecto.

La veeduría puede ser realizada en las entidades, organizaciones o dependencias privadas o públicas que se encuentren instaladas en el territorio nacional.

¿Cómo, cuando y dónde se puede realizar una veeduría?

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¿Cómo se conforma una veeduría ciudadanía?

Elección democrática de

veedores

Acta de constitución

Inscripción en Personería o Cámara de Comercio

Registro de veeduría

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¿Qué debe tener el acta de constitución?

Nombre de los

integrantes

Documento de identidad

Objeto de la vigilancia

Nivel territorial Duración Lugar de

residencia

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¿Cómo se hace la inscripción?

Cámara de Comercio

• Acta de constitución• Estatutos• Formulario de registro (entidad

sin ánimo de lucro)• RUT• Firma de presidente y secretario

Personería• Acta de constitución• Documento de identidad• Estatutos

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¿Cómo se debe planear el ejercicio de la veeduría?

1. Defina el objetivo de la vigilancia2. Identifique ¿Qué actividades realizar?. Incluya actividades para recoger información, diseñar evaluación, realizar el análisis, presentación de informes, seguimiento y comunicar a la comunidad3. ¿cuándo hacerlas?4. ¿Quién es responsable? Crear grupos de trabajo según necesidades identificadas y actividades5. ¿Qué recursos se necesitan?

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RECOGER Y ANALIZAR INFORMACIÓN:

• ¿De qué recursos se dispone para realizar la evaluación?• ¿Se requiere de conocimiento técnicos específicos que

exigen apoyo técnico de algún experto o instituto?• ¿Tienen los evaluadores formación y competencias

apropiadas en las técnicas que se les pide que apliquen?• ¿Qué información tengo?• ¿Qué otra información requiero?• ¿Donde consigo la información?• ¿Quien tiene la información?

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RECOGER INFORMACIÓN:

• Solicitar información a la administración

• Definir que clase de información va a pedir y para qué?. Clasificación y registro

• Mediante herramientas de recolección: entrevistas, listas de chequeo, visitas de observación, etc.

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RECOGER INFORMACIÓN:

Hacer uso del derecho de petición, El cabildo

abierto, Las Audiencias Publicas

Las carteleras, Publicidad de la

Entidad, Pagina Web, Informes de control

Interno

Consultar las normas vigentes

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ANALICE LA INFORMACIÓN RECOGIDA

• Comparar las acciones realizadas y las acciones programadas

• Comparar entre la acción realizada y lo dispuesto en las normas legales

• Comparación entre las acciones realizadas y las necesidades ciudadanas

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REALICE SU INFORME DE VEEDURIA

• El informe con observaciones y sugerencias y peticiones, debe contener

– Descripción de la realidad encontrada– Identificación de inconsistencias– Sugerencias para corregir el problema

• Envió de Peticiones y Observaciones demandadas o denuncias a autoridad competente

• Acudir a organismos de control para la atención de denuncias: CGR, PGN, Personerias

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Estructura del informe

• Introducción

• Metodología

• Resultados

• Recomendaciones

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HÁGALE SEGUIMIENTO A

• La respuesta a sus sugerencias.• Las respuestas de las autoridades públicas• Analice y defina su correspondencia con la

pregunta formulada• Un pregunta siempre obliga una respuesta.

Comuníquele los resultados a la comunidad (art. 15 y art. 18 Ley 850 de 2003

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Derechos de una veedurías ciudadanas

A conocer: A solicitar: A obtener de:

Políticas Adopción de mecanismos correctivos y sancionatorios por incumplimiento de las especificaciones o por causar graves perjuicios a la comunidad

Supervisores, interventores, contratistas o entidades contratantes, la información sobre los criterios que sustentan la toma de decisiones de la gestión fiscal y administrativa

Proyectos

Programas

Contratos

Recursos presupuestales asignados

Metas físicas

Metas financieras

Procedimientos administrativos

Cronograma de ejecución

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¿Cuáles son los deberes de una veeduría ciudadana

Recibir informes, observaciones, y sugerencias

Comunicar a la ciudadanía los avances en los procesos de control y vigilancia que estén realizando

Definir su propio reglamento de funcionamiento y los mecanismos de regulación del comportamiento de sus miembros

Inscribirse en el registro de las personerías municipales y distritales o Cámaras de Comercio

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¿Cuáles son los deberes de una veeduría ciudadana

Acatar el régimen de prohibiciones e impedimentos señalados por la ley

Realizar audiencias públicas para rendir informes de control preventivo y posterior ejercido por la veeduría

Solicitar información de las entidades oficiales o privadas que ejecuten recursos del Estado o prestan un servicio público

Informar a las autoridades sobre los mecanismos de financiación y el origen de los recursos con que cuenta para realizar dicha vigilancia

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Los contratistas, interventores, proveedores y trabajadores adscritos a la obra, contrato o programa objeto de veeduría.

Quienes hayan laborado durante el año anterior en la obra, contrato o programa.

Quienes tengan algún interés patrimonial directo o indirecto en la ejecución.

Quienes estén vinculados por matrimonio, unión permanente o parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil.

Quienes tengan vínculos contractuales, extracontractuales o participación en organizaciones vinculadas al proceso objeto de la veeduría

¿Quiénes NO pueden hacer veeduría ciudadana?

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Los trabajadores o funcionarios públicos, municipales, departamentales o nacionales, cuyas funciones estén relacionadas con la obra, contrato o programa sobre el cual se ejerce veeduría.

Los ediles, concejales, diputados y congresistas.

Los miembros de una organización civil a la que le ha sido cancelada o suspendida la inscripción en el registro público.

Cuando la persona ha sido condenada penal o disciplinariamente, con excepción de quienes lo han sido por delitos políticos, o por delitos culposos o, en el caso de los servidores públicos, por haber sido sancionado con destitución.

¿Quiénes NO pueden hacer veeduría ciudadana?

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¿Las veedurías pueden conformar redes?

• Pueden establecer entre sí mecanismos de comunicación, información , coordinación y colaboración, coordinación de actividades y aprovechamiento de experiencias en su actividad y funcionamiento.

• La formación de una red debe ir con miras a fortalecer a la sociedad civil y potenciar la capacidad de control.

• Si se conforma una red, ésta se debe registrar de la misma manera que una veeduría ciudadana.

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Ministerio del Interior

Procuraduría General de la Nación

Contraloría General de la República

Departamento Administrativo de la Función Pública

Departamento Nacional de Planeación

Defensoría del PuebloEscuela Superior de Administración Pública

¿Dónde pueden conseguir apoyo las veedurías ciudadanas y funcionarios?

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Participación de las veedurías en los consejos de participación

Los Consejos de Participación Ciudadana, asesorarán en la definición, promoción, diseño, seguimiento y evaluación de la política pública de participación ciudadana en Colombia.

En la composición del Consejo Nacional de Participación Ciudadana se contará con un representante de las federaciones o asociaciones de veedurías ciudadanas.

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¿Puede un menor de

edad integrar una veeduría ciudadana?

La Corte constitucional se pronuncia: “El interés por

lograr una mejor administración, libre de corrupción y dirigida a

cumplir con los cometidos constitucionales, no es

exclusivo de los adultos”

la expresión ciudadana comprende el derecho

de los menores a participar en la

vigilancia de la gestión pública

Los menores de edad tienen “el derecho a

participar en la vigilancia de la gestión

pública” podrán integrar Veedurías

ciudadanas”.

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Las actividades en relación con la duración de la veeduría se traduce en que esta duración, no se puede crear por un tiempo indefinido y que son los ciudadanos los que determinan durante que periodo de tiempo deben ejercer la labor veedora con respecto al objeto de control escogido.

¿Qué determina la duración de una veeduría ciudadana?

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El registro de una V.C., se realiza en el momento en que se efectúa la anotación en el correspondiente registro público por parte de la personería, autoridad indígena o la cámara de comercio y se entiende notificado a partir de ese momento, de conformidad con al articulo 70 del código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo (Ley 1437 de 2011)

¿A partir de que momento se considera realizado el registro de una veeduría ciudadana?

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¿Ante quién se presentan las presuntas irregularidades detectadas por las veedurías ciudadanas ?

Los organismos de control y las entidades públicas están en la obligación de habilitar líneas telefónicas, buzones, correos electrónicos y otras estrategias

para facilitar la denuncia, preservando la seguridad e integridad de los denunciantes.

Ante la autoridad competente, por escrito, vía telefónica, correo

electrónico, bien se trate de actuaciones, hechos u omisiones

en que incurran los servidores públicos o los particulares que

ejerzan funciones publicas.

Si el hecho es un presunto delito contra la administración publica debe informarse ante la Fiscalía

General de la Nación

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Ejemplos de veeduríasSector Objetos de la veeduría

1. Educación Seguimiento a presupuestos participativos.

2. Juventud Cabildos de juventud

Seguimiento y evaluación de la Política Pública de Juventud

3. Hábitat y servicios públicos

Seguimiento al proceso de legalizaciónurbanística

4. Ambiente Seguimiento al megaproyecto de descontaminación del río

Seguimiento al Contrato de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado

5. Movilidad Contrato No. XXX Construcción de las obras de ampliación de la Av. XXXX

6. Salud Seguimiento al proyecto de construcción, ampliación y dotación del hospitalSeguimiento al proceso de reapertura del Hospital

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Los veedores ciudadanos por su actividad, son parte de la población objeto de la Unidad Nacional de Protección (UNP) creada mediante decreto 4065 de 2011 y modificada por el decreto 1225 de 2012.

Esta unidad articula, coordina y ejecuta la prestación del servicio de protección de los derechos a la vida, la libertad, la integridad y seguridad de personas, grupos y comunidades.

Dirección Avenida Calle 26 No. 59-41/65 - PBX: (571) 4 26 98 00Bogotá D.C. ColombiaResto del país: 018000 118 228Dirección de correspondencia: Carrera 69B No. 17A - 75 Barrio MontevideoBogotá D.C. Colombia Horario de atención al público : lunes a viernes 8:00 a.m. - 4:30 p.m.

¿Qué protección tienen los veedores ciudadanos amenazados o que consideren que esta en peligro su integridad física?

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La Ley no autoriza a entidades o autoridades

públicas para la expedición de carnés de

acreditación como integrantes de una

veeduría .Articulo 123 de la Constitución Política

1991.

A tener en cuenta…

Las veedurías ciudadanas tienen carácter autónomo y

deben definir su reglamento de

funcionamiento o estatutos.

El ejercicio del control social no cuenta con un ingreso

Si la veeduría sufre alguna modificación ésta se debe hacer ante Personería o Cámara donde fue inscrita

A las veedurías ciudadanas les está prohibido, retrasar, impedir

o suspender los programas, proyectos o contratos objeto de

la vigilancia.Artículo 20 de la Ley 850 de 2003

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¿Cuáles son los beneficios del control social?

Brinda valiosos aportes en los procesos de planificación, ejecución y control de la gestión pública.

Desarrolla habilidades en los ciudadanos para controlar la gestión pública y coadyuvar con el manejo eficiente de los recursos del Estado.

Contribuye en la organización de la sociedad en torno a metas e intereses comunes.

Contribuye a mejorar su calidad de vida al exigir oportunamente el suministro de los bienes y la prestación eficiente de los servicios públicos.

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¿Cuáles son los beneficios del control social?

Genera una cultura de equidad y de corresponsabilidad

Promueve el desarrollo de capacidades de los actores sociales para mejorar la calidad de vida y de los servicios públicos.

Intercambio de saberes y buenas prácticas

Complementariedad entre participación social y política en función del desarrollo humano

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Recomendaciones finales para el control social

Derechos humanos

Respeto y relaciones

interpersonalesComunicación

Resolución de conflictos

Equidad e igualdad Ética y cultura

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¿Cómo debe ser la relación entre el control social y entidades?

Propositiva Comunicativa Respetuosa

Transparente Asertiva

Mediación

Negociación

¿?

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¿Qué herramientas tienen las veedurías?

Mecanismos para obtener información.

Mecanismos para intervenir ante los riesgos

de la gestión pública.

Mecanismos de participación política.

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Mecanismos para obtener información

Derecho de petición

Audiencia pública

Consulta previa

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Mecanismos para intervenir ante los riesgos de la gestión pública

Acción popular

Acción de tutela

Acción de cumplimiento

La denuncia

La queja

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Mecanismos de participación política

La ley 134 de 1993 reglamenta otros mecanismos de participación señalados en la constitución que vinculan a la gente en la toma de decisiones políticas y parten del derecho que tiene todo ciudadano a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político.A través de los mecanismos de participación política, cada ciudadano ejerce el derecho que tiene de elegir y ser elegido, tomar parte en referendos plebiscitos, consultas, constituir partidos, revocar el mandato de alcaldes y gobernadores.

Iniciativa popular legislativa

Referendo

Consulta popular

Revocatoria del mandato

Plebiscito

Cabildo abierto

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Derecho de Petición(ver situaciones)

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DERECHO DE PETICIÓN: Constitución Política, Art 23.Ley 1755 de 2015

(Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.)

Toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el ejercicio del derecho de petición

consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, sin que sea necesario invocarlo.

Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades, en los términos señalados en este código, por motivos

de interés general o particular, y a obtener pronta resolución completa y de fondo sobre la misma.

El ejercicio del derecho de petición es gratuito y puede realizarse sin necesidad de representación a través de abogado, o de persona mayor

cuando se trate de menores en relación a las entidades dedicadas a su protección o formación

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DERECHO DE PETICIÓN: Constitución Política, Art 23.Ley 1755 de 2015

TÉRMINOS PARA RESOLVER LAS DISTINTAS MODALIDADES DE PETICIONES:

Por Regla General: Estará sometida a término especial la resolución de las siguientes peticiones:

Las peticiones de documentos y de información

Si en ese lapso no se ha dado respuesta al peticionario, se entenderá, para todos los efectos legales, que la respectiva solicitud ha sido aceptada y, por consiguiente, la administración ya no podrá negar la entrega de dichos documentos al peticionario, y como consecuencia las copias se entregarán dentro de los tres (3) días siguientes.

Consulta a las autoridades en relación con las materias a su

cargo

Cuando excepcionalmente no fuere posible resolver la petición en los plazos aquí señalados, la autoridad debe informar esta circunstancia al interesado, antes del vencimiento del término señalado en la ley expresando los motivos de la demora y señalando a la vez el plazo razonable en que se resolverá o dará respuesta, que no podrá exceder del doble del inicialmente previsto.

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DERECHO DE PETICIÓN: Constitución Política, Art 23.Ley 1755 de 2015

PRESENTACIÓN Y RADICACIÓN DE PETICIONES:

Las peticiones

podrán presentarse verbalment

e

y deberá quedar constancia de la misma, o por escrito, y a través de cualquier medio idóneo para la comunicación o transferencia de datos

Las autoridades podrán exigir que ciertas peticiones se presenten por escrito, y pondrán a disposición de los interesados, sin costo, a menos que una ley expresamente señale lo contrario, formularios y otros instrumentos estandarizados para facilitar su diligenciamiento

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DERECHO DE PETICIÓN: Constitución Política, Art 23.Ley 1755 de 2015

CONTENIDO DE LAS PETICIONES:1. La designación de la autoridad a la que se dirige

2. Nombres y apellidos completos del solicitante y de su repre sentante y o apoderado, documento de identidad y de la dirección de correspondencia. Si es una persona privada, estará obligada a indicar su dirección electrónica.

3. El objeto de la petición.

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DERECHO DE PETICIÓN: Constitución Política, Art 23.Ley 1755 de 2015

CONTENIDO DE LAS PETICIONES:

4. Las razones en las que

fundamenta su petición.

6. La firma del peticionario cuando fuere el caso

En ningún caso podrá ser

rechazada la petición por motivos de

fundamentación inadecuada o incompleta.

5. La relación de los documentos que desee

presentar para iniciar el trámite.

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DERECHO DE PETICIÓN: Constitución Política, Art 23.Ley 1755 de 2015

PETICIONES IRRESPETUOSAS, OSCURAS O REITERATIVAS.Solo cuando no se comprenda la finalidad u objeto de la petición esta se devolverá al interesado para que la corrija o aclare dentro de los diez (10) días siguientes

En caso de no corregirse o aclararse, se archivará la petición. En ningún caso se devolverán peticiones que se consideren inadecuadas o incompletas.

Respecto de peticiones reiterativas ya resueltas, la autoridad podrá remitirse a las respuestas anteriores, salvo que se trate de derechos imprescriptibles, o de peticiones que se hubieren negado por no acreditar requisitos, siempre que en la nueva petición se subsane.

Toda petición debe ser

respetuosa so pena de rechazo.

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DERECHO DE PETICIÓN: Constitución Política, Art 23.Ley 1755 de 2015

ATENCIÓN PRIORITARIA DE PETICIONES:

Las Autoridades darán atención prioritaria a las peticiones de reconocimiento de un derecho fundamental cuando deban ser resueltas para evitar un perjuicio irremediable al peticionario, quien deberá probar sumariamente la titularidad del derecho y el riesgo del perjuicio invocado.

Cuando por razones de salud o de seguridad personal esté en peligro inminente la vida o la integridad del destinatario de la medida solicitada, la autoridad adoptará de inmediato las medidas de urgencia necesarias para conjurar dicho peligro, sin perjuicio del trámite que deba darse a la petición.

Si la petición la realiza un periodista, para el ejercicio de su actividad, se tramitará preferencialmente.

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DERECHO DE PETICIÓN: Constitución Política, Art 23.Ley 1755 de 2015

DEBERES ESPECIALES DE LOS PERSONEROS DISTRITALES Y MUNICIPALES Y DE LOS SERVIDORES DE LA PROCURADURÍA Y LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO.

Los servidores de la Procuraduría General de la Nación, de la Defensoría del Pueblo, así como los personeros distritales y municipales, según la órbita de competencia, tienen el deber de prestar asistencia eficaz e inmediata a toda persona que la solicite, para garantizarle el ejercicio del derecho constitucional de petición

Si fuere necesario, deberán intervenir ante las autoridades competentes con el objeto de exigirles, en cada caso concreto, el cumplimiento de sus deberes legales. Así mismo recibirán, en sustitución de dichas autoridades, las peticiones, quejas, reclamos o recursos que aquellas se hubieren abstenido de recibir, y se cerciorarán de su debida tramitación.

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DERECHO DE PETICIÓN: Constitución Política, Art 23.Ley 1755 de 2015

DERECHO DE PETICIÓN ANTE ORGANIZACIONES PRIVADAS PARA GARANTIZAR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES.

Toda persona podrá ejercer el derecho de petición para garantizar sus derechos fundamentales ante organizaciones privadas con o sin personería jurídica, tales como sociedades, corporaciones, fundaciones, asociaciones, organizaciones religiosas, cooperativas, instituciones financieras o clubes.

Las peticiones ante las empresas o personas que administran archivos y bases de datos de carácter financiero, crediticio, comercial, de servicios y las provenientes de terceros países se regirán por lo dispuesto en la Ley Estatutaria del Hábeas Data.

ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.

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DERECHO DE PETICIÓN: Constitución Política, Art 23.Ley 1755 de 2015

DERECHO DE PETICIÓN ANTE ORGANIZACIONES PRIVADAS PARA GARANTIZAR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES.

Derecho de petición de los usuarios ante instituciones privadas.

Las Cajas de Compensación Familiar, las

Instituciones del Sistema de Seguridad Social Integral, las entidades que conforman el sistema financiero y bursátil y a aquellas empresas que prestan servicios públicos y servicios públicos domiciliarios, que se rijan por el derecho privado, se les aplicarán en sus relaciones con los usuarios, en lo pertinente, las disposiciones sobre derecho de petición previstas

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[email protected]

En la página www.procuraduría.gov.co se ha dispuesto el vínculo “Solicitudes y Denuncias” / “Solicitud de Supervigilancia al Derecho de Petición”.

Los ciudadanos que hayan formulado un derecho de petición y no hayan recibido respuesta oportuna o de fondo, podrán ahora solicitar la intervención de la Procuraduría General de la Nación ante la autoridad administrativa, persona natural, organización o institución privada que haya desconocido este derecho fundamental, a través de la página web www.procuraduria.gov.co.

El recurso web se suma a la opción que los ciudadanos tienen de formular la solicitud de supervigilancia a través del [email protected], a la cual pueden enviar copia de la petición debidamente radicada y de la cual no hayan recibido respuesta en el término legalmente previsto (15 días hábiles para peticiones de información, 10 días hábiles para peticiones de documentos y 30 días hábiles para resolver consultas), así como en los casos en que la respuesta no está acorde con su solicitud.

[email protected]

DERECHO DE PETICIÓN: Constitución Política, Art 23.Ley 1755 de 2015

SOLICITUD DE SUPERVIGILANCIA AL DERECHO DE PETICIÓN

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Audiencia Pública(ver sitiuaciones)

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AUDIENCIA PÚBLICA:

Audiencias públicas en el marco del proceso contractual, ya sea para aclarar los términos de referencia o pliegos

de condiciones o para adjudicar los contratos.

Audiencias públicas ambientales sobre decisiones en

trámite, cuando se desarrolle o pretenda desarrollar una obra o

actividad que pueda causar impacto al medio ambiente o a los recursos

naturales renovables y para la cual se exija permiso o licencia

ambiental.Audiencias públicas para que los ciudadanos reciban

información y audiencias de rendición de cuentas de las

entidades sobre aquellos procesos que son objeto de control social o para que informen a las

comunidades que representan acerca de los procesos de seguimiento que han adelanta- do.

Igualmente, para que los ciudadanos expresen su opinión, presenten sugerencias y evalúen la

gestión de la entidad convocante.

Algunas Modalidades

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AUDIENCIA PÚBLICA:¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITARLA?

1. En el proceso contractual:

• Los Oferentes

• El Contralor

• La Entidad.

2. En las decisiones ambientales:

• El Procurador General de la Nación o su Delegado

para Asuntos Ambien- tales.

• El Defensor del Pueblo.

• El Ministro del Medio Ambiente.

• Las Autoridades Ambientales.

• Los Gobernadores.

• Los Alcaldes.

• Por lo menos 100 personas o 3 organizaciones sin

ánimo de lucro

3. En los procesos de control

social:

• Representantes de entidades

oficiales del orden nacional o

territorial o instituciones privadas

que ejecuten recursos del Estado

o presten un ser- vicio público.

• Ciudadanos u organizaciones

sociales.

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AUDIENCIA PÚBLICA:¿A QUÉ AUTORIDAD LE COMPETE ASUMIR LA AUDIENCIA?

1. En los procesos contractuales:

• Todas las entidades estatales, empresas comerciales e

industriales del Estado, en cabeza del director o quien este

delegue.

2. En materia ambiental:

• El Ministro del Medio Ambiente, para casos de explotación petrolera, construcción de presas,

represas o embalses con capacidad superior a 200 millones de m3 de agua y generación de

energía nuclear, entre otros que están establecidos en la Ley 99 de 1993.

• Las Corporaciones Autónomas Regionales, para casos de construcción de depósitos de

combustible, establecimiento de industrias manufactureras de textiles y cueros,

establecimiento de zoocriaderos comerciales, entre otros establecidos en la Ley 99 de 1993.3. En el ejercicio de control social:

• La entidad pública objeto de control social.

• La Contraloría General de la República.

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AUDIENCIA PÚBLICA:

¿QUIÉNES PUEDEN INTERVENIR EN UNA AUDIENCIA

PÚBLICA?1. En las de procesos contractuales:

• El jefe de la entidad o la persona en quien se haya

delegado la facultad de

• adjudicar el contrato.

• Los servidores públicos que hayan elaborado los

estudios y evaluaciones de las propuestas.

• Los proponentes.

• Las corporaciones de elección popular (Concejo, JAL).

• Los órganos de vigilancia y control.

• Cualquier otra persona que desee asistir

2. En las de trámites ambientales:

• El Procurador General de la Nación o el Delegado para

Asuntos Ambien-tales.

• El Defensor del Pueblo.

• El Ministro del Medio Ambiente.

• Las Autoridades Ambientales.

• Los gobernadores.

• Los alcaldes.

• Un representante de los peticionarios.

• Los interesados.

• Expertos y organizaciones sin ánimo de lucro que hayan

registrado con anterioridad escritos pertinentes al debate.

3. En las de procesos de control social:

• Representantes de entidades oficiales o privadas que ejecuten recursos del Estado o presten un servicio

público.

• Organizaciones sociales.

• Ciudadanos en general.

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CONSULTA PREVIA:( ver situaciones )

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CONSULTA PREVIA:

¿QUÉ ES?: Es un mecanismo que Es un mecanismo que pretende garantizar el goce pleno de los derechos y libertades fundamentales de los pueblos indígenas y comunidades negras tribales.

¿PARA QUÉ SIRVE? La consulta previa con comunidades indígenas y negras tiene colectivo en donde habita un pueblo o comunidad indígena o negra. como principal objeto proteger la integridad de éstas comunidades a través de un proceso en el que se de a conocer plena y anticipadamente todo proyecto, obra o actividad que se prev é́realizar en un territorio.

¿Quién debe hacer la consulta Previa? El interesado en realizar el proyecto, obra o actividad, sea persona natural o jurídica de carácter privado o público. • Para efectos de consultar a estas

comunidades las medidas legislativas y administrativas, se ha reglamentado la creación de espacios de concertación con los pueblos y organizaciones indígenas y consultivas de alto nivel de las comunidades negras, respectivamente.

Page 89: Presentación del Seminario sobre Control Social de la Escuela de Gestión Pública y Participación Ciudadana de Norte de SantanderSeminario sobre Control Social de la Escuela de

CONSULTA PREVIA:

¿Quién debe hacer la consulta Previa? El interesado en realizar el proyecto, obra o actividad, sea persona natural o jurídica de carácter privado o público. • Para efectos de consultar a estas

comunidades las medidas legislativas y administrativas, se ha reglamentado la creación de espacios de concertación con los pueblos y organizaciones indígenas y consultivas de alto nivel de las comunidades negras, respectivamente.

Cuando se UtilizaEs obligatorio siempre que se van a realizar proyectos de exploración o explotación de recursos naturales, obras o actividades en territorios colectivos de comunidades negras o resguardos indígenas o territorios habitados de manera regular o permanente por estas comunidades. De igual forma sobre todas las medidas legislativas y/o administrativas susceptibles de afectarles directamente.

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2. MECANISMOS PARA INTERVENIR ANTE LOS RIESGOS DE LA GESTION PÚBLICA

• Acción de Cumplimiento

• Acción de Tutela

• Acción Popular

• La Denuncia

• La Queja

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Acción Popular

(ver situaciones)

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2. MECANISMOS PARA INTERVENIR ANTE LOS RIESGOS DE LA GESTION PÚBLICA

ACCIONES POPULARES

Son un mecanismo para la defensa y protección de los derechos e intereses

colectivos, es decir, aquellos que afectan el patrimonio, el espacio, la seguridad

pública, la moral administrativa, la libre competencia económica, el ambiente y la

salud pública. ¿PARA QUE SIRVE?

Sirven para evitar el daño, detener el peligro, la amenaza o agravio

sobre los dere- chos e intereses colectivos o, cuando sea posible,

para devolver las cosas a su estado anterior. La acción popular

puede ser preventiva, restitutiva e indemnizatoria.

Se pueden utilizar frente a toda acción u omisión de las

autoridades públicas o de los particulares que amenace con causar

o que cause un agravio a cualquier derecho colectivo.

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2. MECANISMOS PARA INTERVENIR ANTE LOS RIESGOS DE LA GESTION PÚBLICA

ACCIONES POPULARES

¿QUIÉNES PUEDEN INTERPONER ACCIONES POPULARES?

✴ Cualquier persona puede convertirse en vocero de los intereses generales

o comunitarios.

✴ Organizaciones No Gubernamentales, organizaciones populares o cívicas.

✴ Entidades públicas con funciones de control o vigilancia, siempre y cuando no sean las

responsables de la amenaza o daño a los derechos colectivos.

✴ El Procurador General de la Nación, el Defensor del Pueblo y los personeros distritales

y municipales.

✴ Los alcaldes y demás servidores públicos que tengan como función pro- mover la

protección y defensa de los derechos e intereses colectivos.

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Acción De Tutela(ver situaciones)

Page 95: Presentación del Seminario sobre Control Social de la Escuela de Gestión Pública y Participación Ciudadana de Norte de SantanderSeminario sobre Control Social de la Escuela de

Acción de TutelaEste es un mecanismo que cualquier persona puede utilizar, para lograr ante un juez en todo momento y lugar la protección rápida y efectiva de sus derechos fundamentales, consagrada en la constitución en el Art. 86 y reglamentada en los decretos 2591 de 1991 y 306 de 1992.

¿Ante quien se interpone la tutela? Ante cualquier juzgado o tribunal del lugar donde ocurra la amenaza o violación del derecho fundamental, no pudiéndose interponer en varios juzgados.

¿Como se formula?No es necesario que intervenga un abogadoSe dirigen en contra de la autoridad, representante legal de la institución, o el particular que amenaza o presuntamente violo el derecho fundamentalSi existe persona alguna con interés directo en este proceso puede coadyuvar.En caso de incapacidad de elaborar el escrito o de urgencia se puede presentar de manera verbal, o cuando sea un menor.

2. MECANISMOS PARA INTERVENIR ANTE LOS RIESGOS DE LA GESTION PÚBLICA

ACCION DE TUTELA

Page 96: Presentación del Seminario sobre Control Social de la Escuela de Gestión Pública y Participación Ciudadana de Norte de SantanderSeminario sobre Control Social de la Escuela de

Acción de TutelaEste es un mecanismo que cualquier persona puede utilizar, para lograr ante un juez en todo momento y lugar la protección rápida y efectiva de sus derechos fundamentales, consagrada en la constitución en el Art. 86 y reglamentada en los decretos 2591 de 1991 y 306 de 1992.

¿Quién puede interponer una tutela?Cualquier persona que considere violado o amenazado uno o mas de sus derechos fundamentales.Un tercero o el defensor del pueblo cuando una persona no pueda interponerla por si misma.

2. MECANISMOS PARA INTERVENIR ANTE LOS RIESGOS DE LA GESTION PÚBLICA

ACCION DE TUTELA

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¿Qué debe contener la acción de tutela?Un relato claro de los hechos que han violado o amenazado el derecho, acompañado de todas las pruebas.El nombre de la autoridad o el particular que violo o amenaza el derecho.En lo posible, señalar el derecho que se considere violado.

Restricciones a la TutelaCuando existen otros mecanismos de defensa. Cuando el derecho se pueda defender por habeas corpus.Para derechos colectivos y de carácter general impersonal y abstracto, para los cuales no se pueda identificar al responsable o el derecho violado o amenazado.

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¿Qué es? Es un mecanismo para la protección de los derechos que busca atacar el incumplimiento de normas (Constitución, Política, leyes, decretos), actos administrativos, deberes y obligaciones de la Administración Pública.

¿En que normas se basa? La acción de cumplimiento se basa en el articulo 87 de la Constitución Política y se desarrolla en la ley 393 de 1997.

¿Para que sirve?Sirve para hacer cumplir una norma o un acto administrativo que impone deberes y obligaciones a una entidad que esta reacia a cumplirlos. Un acto administrativo es cualquier manifestación de la voluntad de la administración en cumplimiento de sus funciones administrativas, puede ser verbal o escrito.Para poder iniciar el trámite es necesario haber solicitado el cumplimiento da la ley a la entidad y que esta se haya mantenido en el cumplimiento o no haya respondido dentro de los diez días siguientes a la presentación de la solicitud.

2. MECANISMOS PARA INTERVENIR ANTE LOS RIESGOS DE LA GESTION PÚBLICA

ACCION DE TUTELA

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Denuncia(ver situación )

Page 100: Presentación del Seminario sobre Control Social de la Escuela de Gestión Pública y Participación Ciudadana de Norte de SantanderSeminario sobre Control Social de la Escuela de

DENUNCIA

¿Qué es?Es el acto de poner en conocimiento de la autoridad aquellos hechos que constituyan un delito, es decir, una infracción a la ley penal, conformada por los códigos penal y de procedimiento penal.Los delitos relacionados con la gestión publica son aquellos actos que enturbian, alteran, obstaculizan o impiden el normal funcionamiento de las entidades publicas, o que llevan a que su gestión no se desarrolle con objetividad, rectitud, honradez diligencia y eficacia.Por lo general, quienes cometen delito contra la administración publica son servidores públicos o particulares que temporalmente cumplen funciones publicas.

¿Para que sirve?En lo que se refiere a los delitos relacionados con la administración publica, la denuncia sirve para que las conductas irregulares sean investigadas y se apliquen los correctivos y las sanciones pertinentes.

2. MECANISMOS PARA INTERVENIR ANTE LOS RIESGOS DE LA GESTION PÚBLICA

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¿Quién puede presentar una denuncia? Toda persona que viva en el territorio colombiano y que este en conocimiento de un delito, incluso si este no la afecta, debe denunciarlo (los menores de edad también pueden hacerlo). los servidores públicos están obligados a denunciar todo delito del que tengan conocimiento, no hacerlo puede dar lugar a sanciones como la perdida del empleo.

hay circunstancias en las que la persona no esta obligada a denunciar. Por ejemplo, cuando se trata en hechos en los cuales se esta implicado, o de hechos que se conocen en el ejercicio de una profesión legalmente protegida por el secreto (tal es el caso del sacerdote , el abogado y el medico; tampoco hay obligación de denunciar al cónyuge, al compañero o compañera permanente, o apacientes o apacientes dentro del cuarto lado del consanguinidad (padres, tíos, abuelos, hermanos y primos), segundo de afinidad (suegros, cuñados) o primero civil (hijos o padres adoptivos).

¿A quien se denuncia?Siempre y cuando la conducta objeto de la denuncia este contemplada como delito, a cualquier persona natural mayor o menor de edad, así como a servidores públicos, por el ejercicio ilegal de sus funciones.

2. MECANISMOS PARA INTERVENIR ANTE LOS RIESGOS DE LA GESTION PÚBLICA

DENUNCIA

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Queja(ver situación)

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LA QUEJA

Es la manifestación de inconformidad que presenta una persona con

relación a la conducta irregular de uno o varios servidores públicos por la forma como desarrollan sus funciones.

¿para que sirve?Para corregir la conducta del servidor publico que ha incumplido sus deberes y si el caso lo amerita, sancionarlo con una multa, suspenderlo o destituirlo.

¿A quien se presentan?• Cuando las quejas tratan de las

conductas de funcionarios:• La personería• La Procuraduría General de la

Nación

2. MECANISMOS PARA INTERVENIR ANTE LOS RIESGOS DE LA GESTION PÚBLICA

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¿Cómo se presenta una queja?Una queja debe llevar la misma información de una denuncia (identificación de la autoridad a quien se dirige, identificación de la persona que presenta la queja, relato de los hechos, pruebas, direcciones para las notificaciones y firma del quejoso). Si bien las quejas pueden ser anónimas para que su tramite sea efectivo es importante que sean presentadas con el mayor numero posible de pruebas.

¿Qué pasa con la queja?Cuando se presenta una queja se da

inicio a un proceso disciplinario contra el servidor publico acusado. El quejoso puede solicitar en que estado se encuentra la investigación; puede ampliar la queja y aportar nuevas quejas; y en caso de que se decida archivar la investigación puede interponer recurso de apelación.

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3. Mecanismos de participación

Iniciativa Popular

Legislativa

1.Referendo Consulta

PopularRevocatoria

del Mandato

Plebiscito Cabildo Abierto

2. 3. 4. 6.5.

La ley 134 de 1993 reglamenta otros mecanismos de participación señalados en la constitución que vinculan a la gente en la toma de decisiones políticas y parten del derecho que tiene todo ciudadano a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político.A través de los mecanismos de participación política, cada ciudadano ejerce el derecho que tiene de elegir y ser elegido, tomar parte en referendos plebiscitos, consultas, constituir partidos, revocar el mandato de alcaldes y gobernadores.

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INICIATIVA POPULAR LEGISLATIVA

(ver situaciones)

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Iniciativa Popular Legislativa ¿PARA QUE SIRVE?: Para presentar un proyecto de acto legislativo y de ley, de ordenanza, de acuerdo o de resolución. Para que sean debatidos y posteriormente aprobados, modificados o negados por la corporación pública correspondiente. ¿ANTE QUIEN SE INTERPONE?: Registraduría del Estado Civil correspondiente. ¿QUIEN LA INTERPONE?: Promotores o voceros, organización cívica sindical, gremial, indígena o comunal del orden nacional, departamental, municipal o local, o un partido o movimiento político.

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REFERENDO

(ver situaciones)

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REFERENDOArtículo 3 de la Ley 134 de 1994. ¿PARA QUE SIRVE?: Para que el pueblo apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica, derogar o no una norma ya vigente. Puede ser nacional, regional departamental, distrital, municipal o local, derogatorio o aprobatorio. ¿ANTE QUIEN SE INTERPONE?: Registraduría del Estado Civil correspondiente para la aprobación de un proyecto de ley, de ordenanza, de acuerdo o de resolución local de iniciativa popular o solicitar la derogación de leyes, ordenanzas, acuerdos o resoluciones locales ¿QUIEN LA INTERPONE?:Mínimo el 10% del censo electoral nacional, departamental, municipal, distrital o local. Para referendo constitucional mínimo el 5% del censo electoral o el Gobierno

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CONSULTA POPULAR

(ver situaciones)

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¿PARA QUE SIRVE?: Sirve para someter una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local, a consideración del pueblo para que este se pronuncie formalmente al respecto. ¿ANTE QUIEN SE INTERPONE?: Senado de la RepúblicaAsambleaConcejoJunta Administradora Local ¿QUIEN LA INTERPONE?: Presidente de la RepúblicaGobernadorAlcalde

CONSULTA POPULAR

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(ver situaciones )

REVOCATORIA DEL MANDATO

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¿PARA QUE SIRVE?: Derecho político por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido al gobernador o alcalde. ¿ANTE QUIEN SE INTERPONE?: Registraduría del Estado Civil correspondiente ¿QUIEN LA INTERPONE?: Los ciudadanos (por lo menos el 40% del total de votos que obtuvo el elegido) ¿CONTRA QUIEN SE INTERPONE?:Alcalde o gobernador

REVOCATORIA DEL MANDATO

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PLEBISCITO

(ver situaciones )

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PLEBISCITO

Pronunciamiento del pueblo, convocado por el Presidente de la República, mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del ejecutivo acorde a tratados que el gobierno celebre con otros Estados o con entidades de derecho internacional. Por medio de dichos tratados podrá el Estado, sobre bases de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional, transferir parcialmente determinadas atribuciones a organismos internacionales, que tengan por objeto promover o consolidar la integración económica con otros Estados ¿ANTE QUIEN SE INTERPONE?: Congreso de la República y Corte constitucional ¿QUIEN LA INTERPONE?: Presidente de la República con la firma de todos sus ministros

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CABILDO ABIERTO

(ver situaciones )

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CABILDO ABIERTO

Es una reunión publica de los consejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.

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Control social y acuerdos de paz

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¿Se puede ejercer control social en el marco del cumplimiento del acuerdo de paz?

Cada punto de la agenda va a requerir una estrategia que se formulará a partir de acciones

del Estado que se concretarán en políticas públicas que tienen como actor fundamental a la ciudadanía y el ejercicio del control social.

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¿Cuál es la importancia del ejercicio del control social a la gestión pública en la construcción de paz?

Garantizar derechos

Potencializar la organización social

Visibilidad de la ciudadanía

Visibilizar territorios olvidados

Interlocución adicional

Fortalecer organizaciones

para defender los derechos

Fortalecer estrategias

garantes de los acuerdos

Nuevos liderazgos

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Control social a los acuerdos

¿A que punto le harían control social?

¿Qué recomendación le darían a los que van a hacer control social al cumplimiento de los acuerdos?

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GRACIASCarrera 8ª N° 12B-31

Piso 9. Edificio Bancol, BogotáTeléfonos: 2427400 ext. 2920

[email protected]

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El proyecto para construir una cárcel en el municipio, todavía no es

compatible con las necesidades e intereses de la comunidad de la zona en donde se va a

llevar a cabo el proyecto.

2SITUACION

CONSULTA PREVIA

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AUDIENCIA PUBLICA:

Los vecinos de Fernanda están

intranquilos ya que parece que no se están adelantando de forma

adecuada las obras para la construcción del

nuevo parque del barrio.

24

SITUACION

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DERECHO DE PETICION:

No se difunden los diferentes

mecanismos de participación en el

municipio

1SITUACION

Las y los jóvenes del municipio, no saben

cuando se van a hacer las campañas de

prevención y educación sobre salud sexual

reproductiva.

6SITUACION

A la ciudadanía en general no se les ha informado sobre las

líneas de crédito para proyectos productivos

que hay en el municipio.

13SITUACION

Las madres y padres de familia no tienen

acceso a la información sobre el

manejo de los recursos del Colegio

Público.

36SITUACION

La ciudadanía no tiene claro porqué los impuestos son

tan altos y no saben en que proyectos se

invierten

8SITUACION

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ACCION POPULAR:

Dentro de un parque natural se está realizando una

construcción de un Hotel para motivar el

Eco Turismo en la región.

39

SITUACION

El excesivo uso del carro particular

amenaza el derecho de la ciudadanía a

un medio ambiente sano

25

SITUACION

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ACCION DE TUTELA:

A los integrantes del barrio en donde vive Mariana, se

les prohibió hacer una manifestación pública en el parque principal, en pro de la paz y la convivencia en el

barrio.

44SITUACION

A la niñez de comunidades afrocolombianas, no se les

ha permitido inscribirse para participar en el

campeonato intercolegiado del

Municipio

43SITUACION

A las niñas y niños de grado 4º no se les ha

permitido participar en las votaciones para elegir el

gobierno escolar

34SITUACION

La líder de las mujeres del municipio, presentó un

derecho de petición, hace mes y medio, y no ha recibido ninguna respuesta que le

permita compartirla con el grupo de mujeres del

municipio.

37SITUACION

Un periódico popular, que expresa la opinión respetuosa de la

comunidad del Municipio, ha sido clausurado por las autoridades municipales.

22SITUACION

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ACCION DE CUMPLIMIENTO:

Falta interés y toma de decisiones por parte de las

autoridades locales y municipales, para hacer cumplir las normas de

protección del humedal cercano a la casa de Juan

David

14SITUACION

A pesar de las normas que establecen sus tareas y responsabilidades, la

Secretaria de Educación no Ejerce control sobre las

instituciones de educación.

16SITUACION

En el Plan de Desarrollo Municipal se asignaron

recursos para construir la cancha de Fútbol del Barrio; sin embargo han pasado tres años y no se han iniciado las

obras.

38SITUACION

La Empresa de Acueducto y Alcantarillado no ha iniciado las

obras de mejoramiento de la red de desagüe en la calle

donde vive María José, aún cuando se habían

comprometido por escrito a realizarlo.

12SITUACION

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DENUNCIA:

Los directivos de la JAC del barrio de Juana, impiden que

jóvenes del barrio disfruten del parque, ya que lo “prestaron” para parquear carros, buses y

motos.

20SITUACION

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INICIATIVA POPULAR LEGISLATIVA

Los ciudadanos van al Congreso de la

República para proponer la

construcción de un Mandato Popular en

Salud y Seguridad Social

60

SITUACION

Un grupo de ciudadanos presenta al Concejo Municipal la propuesta de un día sin carro para la

ciudad

59

SITUACION

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REFERENDO:

Consultar a la ciudadanía si la Ley 100 debe mantenerse o cambiarse.

SITUACION57 Se le pregunta a la

ciudadanía si se debe dar cadena perpetua para abusadores y agresores de niños y niñas menores de 14 años

58

SITUACION

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CONSULTA POPULAR:

Los ciudadanos se acercan a votar frente dejar o no la minería en su municipio

55

SITUACION

Los ciudadanos se acercan a votar frente dejar o no la minería en su municipio

SITUACION56

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REVOCATORIA MANDATO:

Se juntan firmas de los ciudadanos para que el alcalde no continúe ejerciendo el mandato debido a incumplimientos

54

SITUACION

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PLEBISCITO:

El Presidente de la República llama a la ciudadanía a contestar si o no para aprobar los términos finales de un tratado con una entidad

53

SITUACION

Una compañía extranjera se instale en la región para realizar perforaciones del terreno en busca de petróleo. El Presidente le pregunta a las personas si quieren o no la perforación.

52

SITUACION

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CABILDO ABIERTO:

Un grupo de ciudadanos le pide al Concejo Municipal

discutir el tema de la construcción de una calle

que está afectando la comunidad

50SITUACION

Un grupo de líderes sociales con el respaldo de más de ocho mil firmas de ciudadanos se acercó a la Registraduría para hacer válidas las firmas y poder hablar en el Concejo contra una empresa de energía

51SITUACION

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QUEJA:

La comunidad ha notado que hace falta

capacitación a las personas encargadas de la manipulación de

alimentos en el comedor comunitario

21

SITUACION

En el barrio de Felipe el servicio público de

acueducto se está prestando con

interrupciones, su calidad no es buena y los recibos de cobro

llegan con altos valores.

10

SITUACION

Las rutas Escolares no pasan en los

horarios requeridos.

26

SITUACION

La empresa de energía corto el suministro de este servicio, desde hace varios días, sin explicación alguna.

29

SITUACION

La ciudanía no es atendida de forma respetuosa, por los

servidores públicos que prestan la atención en las entidades públicas

del municipio.

32

SITUACION

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Un ciudadano desea conocer el monto de los gastos en viáticos de los

funcionarios de una entidad pública que se ha ejecutado en lo que

va corrido del año 2015.

Una ciudadana requiere a un sujeto obligado (en términos

de la Ley 1712 art. 5o ) la expedición de copias

impresas de la normatividad interna (resoluciones,

circulares) que ha adoptado para implementar la política

de cero papel en su funcionamiento.

Un periodista solicita al INPEC información

relacionada con el registro de visitas que ha recibido en su sitio de reclusión un excongresista condenado por parapolítica. El INPEC

niega el acceso a esta información alegando la

protección de la intimidad del condenado

Si una persona solicita mediante un derecho de

petición, información a una entidad y ésta información

es considerada por la entidad como

CLASIFICADA. Por daño de derechos a personas

naturales o jurídicas. Qué debe hacer la Entidad?

Si una persona solicita mediante un derecho de

petición, información a una entidad y ésta información

es considerada por la entidad como RESERVADA.

Por daño a los intereses públicos. Qué debe hacer

la Entidad.

Si una persona solicita mediante un derecho de

petición, información a una entidad y ésta información

es considerada por la entidad PARCIALMENTE

RESERVADA O CLASIFICADA. Qué debe

hacer la Entidad?

3 5

18

11

97SITUACION

SITUACIONSITUACION

SITUACION SITUACION SITUACION

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La comunidad de Soplaviento en Bolívar desea conocer la calidad del agua en su municipio.

La comunidad de La Calera en Cundinamarca necesita conocer el estado del proceso de contratación para el mejoramiento de la planta de sacrificio de ganado

Un ciudadano solicita conocer los nombres de los testigos que la Fiscalía ha entrevistado durante la indagación en un caso de corrupción en la contratación de alimentación escolar de un municipio. ¿Está obligada la entidad a entregar esta información pública?

La comunidad de un municipio petrolero solicita a Ecopetrol le informe cuál es la producción de petróleo estimada para el año 2107.

Un ciudadano solicita a una empresa de servicio público masivo de transporte le informe cuáles son sus planes de expansión de las rutas en su municipio.

Un ciudadano solicita a la Cámara de Comercio de Bogotá le informe el número de comerciantes registrados.

70

71

72

SITUACION

SITUACIONSITUACION

SITUACION SITUACION SITUACION73

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1. Derecho de petición.2. Consulta previa4. Derecho de petición6. Derecho de petición8. Derecho de petición12. Acción de cumplimiento13. Derecho de petición14. Acción de cumplimiento15. Derecho de petición16. Acción de cumplimiento17. Derecho de petición20. Denuncia ante alcaldía21.Queja24. Audiencia publica -DP25. Acción popular36. Derecho de petición37. Acción de tutela38. Acción de cumplimiento

39. Acción popular42. Acción de tutela43. Acción de tutela44. Acción de tutela45. Audiencia publica derecho de petición50. Cabildo abierto 51. Cabildo abierto 52. Plebiscito 53. Plebiscito 54. Revocatoria mandato 55. Consulta popular 56. Consulta popular 57. Referendo 58. Referendo 59. Iniciativa popular60. Iniciativa popular