Precontratos, contratos y nulidades
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Capitulo vCapitulo v
precontratos, precontratos, contratos y nulidadescontratos y nulidades
ADRIANA MARCELA GUEVARA ADRIANA MARCELA GUEVARA RODRÍGUEZRODRÍGUEZ
Promesa de formar una Promesa de formar una sociedadsociedad
Toda promesa de contraer es un convenio Toda promesa de contraer es un convenio preliminar en el que ambas partes o una de preliminar en el que ambas partes o una de ellas (si es unipersonal), se obligan a concluir ellas (si es unipersonal), se obligan a concluir en le futuro, mas o menos próximo, un en le futuro, mas o menos próximo, un contrato determinado. para esto es necesario:contrato determinado. para esto es necesario:
Determinar el próximo vinculo contractual:
Prefijar el contenido esencial de ese contrato definitivo y
Señalar la fecha de su celebración.
Este convenio debe constar por escrito, y se tendrá por fallido si no se cumple en el termino de dos años, articulo 119 del C
de C
Promotores de Promotores de sociedadessociedades
Conforme en lo dispuesto en el articulo Conforme en lo dispuesto en el articulo 140 y 141 del C de C, promotores son 140 y 141 del C de C, promotores son
quienes planean la organización de una quienes planean la organización de una empresa con estudios técnicos de empresa con estudios técnicos de
factibilidad, llevan a cabo las gestiones factibilidad, llevan a cabo las gestiones para construir una sociedad, sufragan para construir una sociedad, sufragan
los gastos necesarios y responden los gastos necesarios y responden solidariamente e ilimitadamente por la solidariamente e ilimitadamente por la
obligaciones contraídas por tal fin.obligaciones contraídas por tal fin.
Relación de causa a efecto Relación de causa a efecto entre contrato y sociedadentre contrato y sociedad
Las nociones de contrato y sociedad Las nociones de contrato y sociedad se vinculan estrechamente, para la se vinculan estrechamente, para la valides del primero son elementos valides del primero son elementos esenciales los de todo acuerdo de esenciales los de todo acuerdo de
voluntades tendientes a voluntades tendientes a constituir ,regular o extinguir entre constituir ,regular o extinguir entre
dos o mas partes una relación dos o mas partes una relación jurídica patrimonial.jurídica patrimonial.
Aspectos distintos pero Aspectos distintos pero complementarioscomplementarios
Toda sociedad cuenta con dos Toda sociedad cuenta con dos factores importantes:factores importantes:
La de su origen en un negocio La de su origen en un negocio jurídico y.jurídico y.
La de sujeto de derecho dotado de La de sujeto de derecho dotado de organización que perdura a lo largo organización que perdura a lo largo de su ciclo vital.de su ciclo vital.
Elementos de contrato Elementos de contrato generador de una sociedadgenerador de una sociedad
Según el articulo101 del C de C para Según el articulo101 del C de C para la valides de un contrato es la valides de un contrato es
necesario que todos los socios necesario que todos los socios tengan capacidad legal, que su tengan capacidad legal, que su
consentimiento aparezca exento de consentimiento aparezca exento de error , así como objeto y causa lisitos error , así como objeto y causa lisitos
de las obligaciones que se de las obligaciones que se contraigan.contraigan.
Capacidad legal para Capacidad legal para asociarseasociarse
No toda persona con capacidad para obtener obligaciones No toda persona con capacidad para obtener obligaciones tiene aptitudes jurídicas para asociarse, por existir tiene aptitudes jurídicas para asociarse, por existir factores que impiden la vinculación a una compañía.factores que impiden la vinculación a una compañía.
La ley 27 de 1977 fijo la mayoría de edad, para todos los La ley 27 de 1977 fijo la mayoría de edad, para todos los efectos legales en 18 años por lo tanto existen dos tipos efectos legales en 18 años por lo tanto existen dos tipos de menores:de menores:
a)a) adultos (hombres mayores de 14 y menores de 18 y adultos (hombres mayores de 14 y menores de 18 y mujeres mayores de 12 y menores de 18).mujeres mayores de 12 y menores de 18).
a)a) Impúberes: los primeros, con autorización y los segundos Impúberes: los primeros, con autorización y los segundos por conducto de su representantes legales, pueden ser por conducto de su representantes legales, pueden ser socios de compañías en las que no se comprometa socios de compañías en las que no se comprometa ilimitadamente la responsabilidad.ilimitadamente la responsabilidad.
Otra situaciones especificas son:Otra situaciones especificas son:
a)a) Sociedad entre cónyugesSociedad entre cónyuges: según el articulo 102 de C de : según el articulo 102 de C de C , es valida aunque ellos sean los únicos asociados, el C , es valida aunque ellos sean los únicos asociados, el contrato no es de prestaciones reciprocas sino de contrato no es de prestaciones reciprocas sino de colaboración.colaboración.
b)b) Sociedad entre padres e hijosSociedad entre padres e hijos: son pertinentes las : son pertinentes las concideracione hechas respecto a la sociedad entre concideracione hechas respecto a la sociedad entre conyugues, pues el dominio de los bienes aportados por conyugues, pues el dominio de los bienes aportados por los padres o los hijos son de sociedad.los padres o los hijos son de sociedad.
c)c) Sociedad socia o accionista de otraSociedad socia o accionista de otra: cuando en una : cuando en una cláusula se estipula que la sociedad puede ser socia o cláusula se estipula que la sociedad puede ser socia o accionista de compañías con fines distintos o similares, accionista de compañías con fines distintos o similares, tendrá capacidad legal para asociarse.tendrá capacidad legal para asociarse.
d)d) Incapacidades particularesIncapacidades particulares: son prohibiciones que la ley : son prohibiciones que la ley impone a determinadas personas para ejecutar ciertos impone a determinadas personas para ejecutar ciertos actos.actos.
consentimientoconsentimiento
El consentimiento es la aceptación clásica El consentimiento es la aceptación clásica de dos o mas voluntades sobre un mismo de dos o mas voluntades sobre un mismo objeto jurídico, debe reunir estas objeto jurídico, debe reunir estas condiciones:condiciones:
a) provenir igualmente de todos los socios.a) provenir igualmente de todos los socios.
b) Dirigirse hacia una finalidad común.b) Dirigirse hacia una finalidad común.
c) Surgir la voluntad libre de cada socio y con c) Surgir la voluntad libre de cada socio y con conocimiento pleno del objeto del contrato.conocimiento pleno del objeto del contrato.
d) Estar exento de todo vicio de error.d) Estar exento de todo vicio de error.
Vicio de errorVicio de error
En cuanto al error prevalecen las leyes En cuanto al error prevalecen las leyes mercantiles que enfatizan el las siguiente clases:mercantiles que enfatizan el las siguiente clases:
Error esencial: puede referirse a la naturaleza Error esencial: puede referirse a la naturaleza misma del contrato.misma del contrato.
Error de hecho respecto a los asociados: cuando Error de hecho respecto a los asociados: cuando priman las consideraciones personales de los priman las consideraciones personales de los socios.socios.
Error sobre la especie o tipo de sociedad: se Error sobre la especie o tipo de sociedad: se presenta cuando la sociedad sea distinta a la que presenta cuando la sociedad sea distinta a la que le participante entendió integral, O cuando el le participante entendió integral, O cuando el socio adquiere un grado de responsabilidad socio adquiere un grado de responsabilidad mayor al que deseaba obtener. mayor al que deseaba obtener.
Objeto licito y la causa Objeto licito y la causa licitalicita
Se afirma que el contrato tiene objeto lisito Se afirma que el contrato tiene objeto lisito cuando no contraviene la ley o el orden cuando no contraviene la ley o el orden publicó.publicó.
En el contrato generador de la sociedad la En el contrato generador de la sociedad la causa es la razón determinante o el interés causa es la razón determinante o el interés jurídico que impulsa a cada una de las jurídico que impulsa a cada una de las partes a adquirir el status socii.partes a adquirir el status socii.
Régimen de las Régimen de las nulidadesnulidades
Las nulidades son los instrumentos Las nulidades son los instrumentos utilizados para declarar inexistente utilizados para declarar inexistente una sociedad entre estas están:una sociedad entre estas están:
Nulidad absoluta: el articulo 899 del Nulidad absoluta: el articulo 899 del C de C indica los casos en los que el C de C indica los casos en los que el negocio jurídico es absolutamente negocio jurídico es absolutamente nulo cuando, contraria una norma nulo cuando, contraria una norma imperativa, cuando tenga causa u imperativa, cuando tenga causa u objeto ilícito, cuando se celebre por objeto ilícito, cuando se celebre por una persona incapaz.una persona incapaz.
Anualidad: como medida de protección Anualidad: como medida de protección que es, la persona en cuyo favor se que es, la persona en cuyo favor se concede puede rechazar el acto concede puede rechazar el acto impenetrando su anulación o impenetrando su anulación o aceptándola.aceptándola.
Nulidad parcial: el negocio jurídico Nulidad parcial: el negocio jurídico queda afectado en cuanto al vinculo queda afectado en cuanto al vinculo de una de las partes o en una o mas de una de las partes o en una o mas de sus cláusulasde sus cláusulas
Efectos de la declaración de Efectos de la declaración de la nulidadla nulidad
Toda nulidad debe ser declarada en sentencia judicial o Toda nulidad debe ser declarada en sentencia judicial o arbitral, tales efectos se concretan así:arbitral, tales efectos se concretan así:
• Si la declaración de nulidad se pronuncia respecto de un Si la declaración de nulidad se pronuncia respecto de un socio, este queda excluido de la sociedad, tiene derecho a socio, este queda excluido de la sociedad, tiene derecho a que se le reembolse el aporte.que se le reembolse el aporte.
• Si el reembolso de la aportacion del socio excluido afecta a Si el reembolso de la aportacion del socio excluido afecta a terceros la superintendencia de sociedades podrá terceros la superintendencia de sociedades podrá intervenir.intervenir.
• Si la declaración judicial de nulidad afecta a la sociedad, Si la declaración judicial de nulidad afecta a la sociedad, esta queda disuelta y se debe proceder a la liquidación del esta queda disuelta y se debe proceder a la liquidación del patrimonio social.patrimonio social.
¡gracias! ¡gracias!