Prácticas tema 2

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PRÁCTICAS TEMA 2 Blanco Díaz, Virginia Magisterio de Primaria Grupo A 2º Curso Autoevaluación: 0.75/0.75 Práctica 2a: Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres en el marco legal (LOMCE, LOE, Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de Educación de Castilla la Mancha). Informe con el análisis y conclusiones. LOMCE ( Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de dic. de 2013) LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación). Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. (Título I Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional). Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha (Ver Infantil o Primaria según corresponda a la titulación que cursa). LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, DE 3 DE MAYO, DE EDUCACIÓN) - La responsabilidad del éxito escolar de todo el alumnado no sólo recae sobre el alumnado individualmente considerado, sino también sobre sus familias, el profesorado, los centros docentes, las Administraciones educativas y, en última instancia, sobre la sociedad en su conjunto, responsable última de la calidad del sistema educativo. - Conseguir que los padres y las madres se impliquen en la educación de sus hijos, no es posible sin un profesorado comprometido en su tarea. - Las familias habrán de colaborar estrechamente y deberán comprometerse con el trabajo cotidiano de sus hijos y con la vida de los centros docentes.

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PRÁCTICAS TEMA 2

Blanco Díaz, VirginiaMagisterio de Primaria Grupo A 2º Curso

Autoevaluación: 0.75/0.75

Práctica 2a:

Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres en el marco legal (LOMCE, LOE, Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de Educación de Castilla la Mancha). Informe con el análisis y conclusiones.

LOMCE ( Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de dic. de 2013) LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación). Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. (Título I Comunidad

Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional).

Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha (Ver Infantil o Primaria según corresponda a la titulación que cursa).

LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, DE 3 DE MAYO, DE EDUCACIÓN)

- La responsabilidad del éxito escolar de todo el alumnado no sólo recae sobre el alumnado individualmente considerado, sino también sobre sus familias, el profesorado, los centros docentes, las Administraciones educativas y, en última instancia, sobre la sociedad en su conjunto, responsable última de la calidad del sistema educativo.

- Conseguir que los padres y las madres se impliquen en la educación de sus hijos, no es posible sin un profesorado comprometido en su tarea.

- Las familias habrán de colaborar estrechamente y deberán comprometerse con el trabajo cotidiano de sus hijos y con la vida de los centros docentes.

- Las familias, el profesorado, los centros, las Administraciones, las instituciones y la sociedad en su conjunto constituyen el complemento necesario para asegurar una educación de calidad con equidad.

- Esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad.

- Con objeto de respetar la responsabilidad fundamental de las madres y padres o tutores en esta etapa, los centros de educación infantil cooperarán estrechamente con ellos.

- Las familias podrán presentar al centro en que deseen escolarizar a sus hijos las solicitudes de admisión, que, en todo caso, deberán ser tramitadas.

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- La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.

- Corresponde a las Administraciones educativas garantizar la escolarización, regular y asegurar la participación de los padres o tutores en las decisiones que afecten a la escolarización y a los procesos educativos de este alumnado. Igualmente les corresponde adoptar las medidas oportunas para que los padres de estos alumnos reciban el adecuado asesoramiento individualizado, así como la información necesaria que les ayude en la educación de sus hijos.

- Los padres o tutores, en relación con la educación de sus hijos o pupilos, tienen derecho, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, a escoger centro docente tanto público como distinto de los creados por los poderes públicos, a los que se refiere el apartado 3 del presente artículo.

- La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.

- Las Administraciones educativas fomentarán, en el ámbito de su competencia, el ejercicio efectivo de la participación de alumnado, profesorado, familias y personal de administración y servicios en los centros educativos.

- Los padres y los alumnos podrán participar también en el funcionamiento de los centros a través de sus asociaciones. Las Administraciones educativas favorecerán la información y la formación dirigida a ellos.

- A fin de hacer efectiva la corresponsabilidad entre el profesorado y las familias en la educación de sus hijos, las Administraciones educativas adoptarán medidas que promuevan e incentiven la colaboración efectiva entre la familia y la escuela.

- Los centros promoverán compromisos educativos entre las familias o tutores legales y el propio centro en los que se consignen las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento académico del alumnado.

- Uno de los representantes de los padres en el Consejo Escolar será designado por la asociación de padres más representativa del centro, de acuerdo con el procedimiento que establezcan las Administraciones educativas.

- Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas

- Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos.

- Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los compromisos educativos que los centros establezcan con las familias, para mejorar el rendimiento de sus hijos.

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LOMCE (LEY ORGÁNICA PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA DE 10 DE DIC. DE 2013)

- Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos y alumnas.

- Proponer, en su caso, a la Administración la autorización para establecer percepciones a las familias de los alumnos y alumnas por la realización de actividades escolares complementarias.

- Uno de los representantes de los padres en el Consejo Escolar será designado por la asociación de padres más representativa en el centro.

- Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

- Aprobar, a propuesta del titular del centro, las aportaciones de las familias de los alumnos y alumnas para la realización de actividades extraescolares y los servicios escolares cuando así lo hayan determinado las Administraciones educativas.

DECRETO 54/2014, DE 10/07/2014, POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA. [2014/9028]

LEY DE EDUCACIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA 7/2010 DE 20 DE JULIO. - Los centros promoverán compromisos con las familias y con los propios alumnos y

alumnas, en los que se especifiquen las actividades que unos y otros se comprometen a desarrollar para facilitar el progreso educativo. Aprobarán, además, un plan de participación de las familias, que se incluirá en las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro.

- Los resultados y el nivel obtenido en las evaluaciones individualizadas serán indicativos de una progresión y aprendizaje adecuados, o bien, de deficiencias en la adquisición de competencias y objetivos de la etapa. En este caso, los equipos docentes deberán adoptar las medidas ordinarias o extraordinarias previstas en la normativa vigente. Se considerarán especialmente, y siempre en colaboración con las familias, planes de mejora de resultados colectivos o individuales, y medidas o programas dirigidos al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

- Los derechos y los deberes básicos de las familias del alumnado, así como su participación en el proceso educativo en general y en el gobierno de los centros en particular, vienen recogidos en la Ley como elementos que sustentan la eficacia del sistema. Un sistema que cuenta con la profesionalidad del personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria, cuyos derechos y deberes básicos también se definen en la Ley.

- La participación de toda la comunidad educativa y el intercambio de experiencias y la colaboración entre el profesorado, el alumnado, las familias y otras instituciones, en el marco de los proyectos educativos.

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- La búsqueda del éxito educativo para todas las personas, basado en el esfuerzo individual, colectivo y conjunto del alumnado, las familias y el profesorado y la Administración educativa.

- El esfuerzo del alumnado, conjuntamente con el del profesorado y las familias, y con el apoyo de la sociedad en su conjunto, es el requisito principal del éxito educativo.

- Los padres y madres, y los tutores o tutoras legales tienen derecho a elegir y participar en la definición del modelo de educación de sus hijos e hijas o pupilos, a asociarse en defensa de sus derechos y a participar en el gobierno de los centros de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

- Artículo 22. El papel de las familias. Las familias del alumnado constituyen una parte esencial del proceso educativo y, actuando en colaboración con el profesorado como miembros de la comunidad educativa, son agentes básicos para la mejora de la educación.

- Artículo 23.La participación de las familias en el proceso educativo:1. Los padres y madres, y los tutores o tutoras legales tienen derecho a elegir y participar en la definición del modelo de educación de sus hijos e hijas o pupilos, a asociarse en defensa de sus derechos y a participar en el gobierno de los centros de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.2. La Consejería competente en materia de educación impulsará programas de formación de las familias o tutores legales para mejorar su papel como educadores y para contribuir a una colaboración más efectiva en la educación de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas.3. La Consejería competente en materia de educación pondrá a disposición de los centros docentes públicos los medios y programas adecuados para desarrollar vías electrónicas de comunicación con las familias, favoreciendo la realización de consultas y el intercambio de información por medios telemáticos, sin detrimento de la relación personal y directa entre las familias y el profesorado de los centros. 4. El Consejo de Gobierno desarrollará los derechos y deberes de las familias del alumnado en tanto que miembros de la comunidad educativa, incluidos los que les reconoce la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, y regulará y garantizará su ejercicio.

- Artículo 24. Otros derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales. Los derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales se sustentan en el derecho a la educación de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas, y a que éstos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. Tienen derecho a la libre elección de centro, al conocimiento y la participación en el proyecto educativo y las normas que regulan la vida en el centro, al conocimiento de los criterios de evaluación y la opinión sobre las decisiones que afecten al progreso académico de sus hijos e hijas o pupilos, y a la información personal sobre su evolución educativa y su rendimiento académico.

- Artículo 25. Deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales.

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1. Los deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales se sustentan en la obligación de conocer y respetar el proyecto educativo y las normas del centro, la colaboración con el profesorado y la contribución al desarrollo educativo de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas.2. Los centros docentes promoverán la suscripción por las familias o tutores legales de compromisos orientados a la mejora del estudio y la convivencia de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas.

- Artículo 26. Asociaciones de madres y padres del alumnado. 1. Los padres y madres o tutores y tutoras legales del alumnado matriculado en un centro educativo podrán asociarse de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y demás normativa vigente. 2. Los fines de las Asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas serán los que se establecen en el artículo 27 de la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación.

- Artículo 28. La participación de las familias en los consejos escolares. Las familias tienen el derecho y el deber de participar, en los términos previstos en la ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y a través de sus representantes elegidos democráticamente, en el Consejo Escolar del centro y de la localidad, así como en el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha.

- Artículo 29. La colaboración de las familias. Los centros docentes propiciarán la colaboración de las familias, de forma voluntaria y siempre bajo las directrices del profesorado, en tareas educativas no lectivas del centro cuyo objetivo sea la mejora de la convivencia y el aprendizaje.

- Las madres, padres y tutores cooperarán estrechamente con los centros docentes.- La acción tutorial y el asesoramiento específico en orientación tendrán un papel

relevante en cada uno de los cursos para adaptar el proceso educativo a las necesidades, estilos y ritmos de aprendizaje de todos y cada uno de los alumnos y alumnas, para asegurar la cohesión y el mejor funcionamiento del grupo, y para garantizar la comunicación con las familias y su asesoramiento.

- Los centros docentes colaborarán con las familias y los profesionales de otras administraciones para el mejor desempeño de su tarea a la hora de planificar, desarrollar y evaluar la respuesta educativa.

- La atención a este alumnado se prestará a través de equipos específicos de profesionales que se localizan en distintas áreas o zonas sanitarias de la Comunidad Autónoma y, en su caso, por entidades sin ánimo de lucro mediante convenio específico con la Consejería competente en materia de educación. Su tarea se desarrolla en colaboración con la familia, los centros docentes y los centros hospitalarios.

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Práctica 2b:

Tras el visionado de "la comunicación familia escuela", sobre la forma de actuar en una tutoría con padres y al que se accede al principio del módulo, realiza una breve síntesis de los elementos que aporta y una valoración crítica personal en relación a la comunicación que se establece entre la familia y la escuela.

No siempre la relación existente entre la familia y la escuela es fácil. Los actos de mayor importancia entre éstos, se da en las tutorías que se dan a lo largo del curso, en los cuales hay que crear un clima de confianza y debe haber una buena comunicación, para ellos es imprescindible que aparezca la comunicación verbal como ciertos comentarios y la entonación; la comunicación no verbal como los gestos o las miradas y el contexto.

El vídeo nos muestra tres maneras de afrontar estas situaciones.

- El modelo de comunicación agresivo, el cual nos muestra a tanto la madre como el tutor con gestos agresivos o amenazantes, sus tonos son inadecuados (voz alta), se mantienen de pie, se interrumpen sin escuchar, no llegan a ningún acuerdo, se culpan mutuamente…

- El modelo de comunicación inhibido.- El modelo de comunicación asertivo, el tutor es positivo y recompensante, crea un

clima de acogida invitándola a sentarse, comparte sentimientos, resume acuerdos finales y acuerda un nuevo encuentro, ofrece apoyo a la madre y la pide colaboración. Las posturas se relajan, llegan al entendimiento, se escuchan, empatizan…

Práctica 2c:

Causas de la baja participación de los padres en los centros educativos. Propuestas y medidas de mejora para promover dicha participación.

Las causas de la baja participación de los padres en los centros educativos son:

- Falta del estímulo a la participación de los padres, pues la mayoría no conocen las funciones del consejo escolar ni cómo participar.

- Ven inútil la participación.- Falta de motivación por parte de las familias como por ejemplo falta de

responsabilidad, comodidad…- No tienen demasiada relación entre ellos como para elegir un representante de

padres.- Incapacidad por parte del centro para mover a las familias.- Los padres no se sienten preparados.- El interés de los padres se centra en los profesores que imparten clase a sus hijos,

dejando de lado el centro.- Los horarios laborales son incompatibles.- Dejan la educación de sus hijos en los profesionales del centro.- Problemas de desplazamiento.

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- La participación también depende del nivel socioeconómico familiar y la edad de los hijos.

- Escasez de cultura de participación.

Propuestas y medidas de mejora para la participación de los padres:

- Los padres como apoyo del centro educativo.- Los padres como profesores, es decir, utilizar programas dirigidos a la mejora de las

condiciones académicas del hogar, la inclusión de los adres en las aulas y las visitas de los profesores a la casa del alumno.

- Los padres como alumnos, haciendo talleres, escuela de padres, actividades de adultos y educación familiar, debates, excursiones…

- Los padres como socios, participando en los consejos escolares.

Práctica 2d:

Programación de una actividad con padres en formato de presentación audiovisual (ppt, cuadernia, prezi...). Tras la visión de los ejemplos que incluye la plataforma en relación a actividades de participación de padres en aulas de educación infantil y primaria, se propone la elaboración de una propuesta de intervención esporádica o sistemática para informar, programar talleres, actividades o cualquier otra actuación donde docente y padres tengan que trabajar de forma coordinada.

A menudo nos encontramos con el gran debate de: ¿la educación de los niños es deber de la escuela o de los padres?, y hay que dejar claro que es algo que entre los dos deben impartir, porque la educación no sólo corresponde a los conocimientos que adquiere el niño, sino también a los valores que éste posee, al comportamiento…

Según especialistas, la colaboración de los padres en la educación de sus hijos es muy positivo, pero anteriormente hemos visto que algunas de las causas que impiden esta participación son la falta de motivación o la escasa relación que existe entre los padres, por eso he querido realizar esta actividad, y así animar a los padres a que se involucren cada vez más en el ámbito escolar.

Mi actividad consiste en que cada curso es el encargado de algún evento, como por ejemplo el belén de navidad, el teatro, las gimkanas… pero me voy a centrar en el curso de 6º de primaria (por ser el que cierra el ciclo) que organizará una fiesta para primavera, en la que los padres colaborarán, ya que los preparativos se hacen en el colegio, tanto decorados como aperitivos, de manera que a la vez que colaboran se relacionen entre ellos. Al final todos los padres estarán deseando que sus hijos lleguen a 6º para poder organizar la fiesta.

El ppt será como un anuncio que se les presentará a los padres de 6º de Primaria para realizar esta fiesta.