Observaciones Pendientes Osinergmin Opt1

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14 1437-2012 10 SIN FECHA PENDIENTE 22 1437-2012 23 10/19/2011 Días Calendarios PENDIENTE 27 1437-2012 38 10/29/2011 Días Calendari PENDIENTE 146 5253-2012 1 SIN FECHA PENDIENTE 147 5253-2012 2 SIN FECHA PENDIENTE 149 5253-2012 3 SIN FECHA PENDIENTE perforado, Incumpliendo lo indicado en la carta VOP-000062.2011 del 22 de julio de 2011. donde comunicó que la instalaciones de la batería serían paralizadas durante las operaciones de perforación. Art. 114° Decreto Supremo N° 032-2004-EM DPTO. DE PERFORACIÓN Los pozos con sistema de bombeo hidráulico cuentan con una escalera de 10 metros de altura para la recuperación de las bombas de subsuelo, en operaciones de cambio de bomba, los cuales no tiene protección. Art. 58 DS 043-2007- EM DPTO. DE PRODUCCIÓN Existe material fuera de servicio en: Ex Batería La Gallera, separador y tuberías. • Planta de Iny. de Agua Parcela 25, tubos y maderos. -Savia debe retirar los equipos indicados._x000D_ IDENTIFICADOR DE OBSERVACIONES: 197024-1 - 14053 - 021 - E1050031 Art. 217 DS 032-2004-EM Mediante escrito SP- OM-527-2012 se presentó a OSINERGMIN el sustento para el levantamiento de la observación. DPTO. DE PRODUCCIÓN Las baterías de producción ubicadas en tierra: Panamá, Punta lobos, Yapato, Capullana, Providencia N°1, N°1 Peña Negra, N°2 Peña Negra y Primavera, no cuentan con sistema de alarma audible ni con alarma luminosa para emergencias. Art 72° Decreto Supremo N° 043-2007-EM Los caminos de acceso a los pozos de swab L3-11 y L3-16 de Litoral 3-4 tierra, no están señalizados ni identificados. Art 154° Decreto Supremo N° 043-2007-EM tierra están deterioradas. b Se almacena material (estructuras metálicas) que no está siendo utilizado en las operaciones de la Batería Providencia N°1, cerca al pararrayos de dicha instalación. Este material debe ser retirado. Art 217° Decreto Supremo N° 032-2004-EM

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MUY BUENO

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10/19/2011 20 Días Calendarios PENDIENTE

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Durante la visita de supervisión se observó que Savia se encuentra utilizando las instalaciones de la Batería Panamá para la prueba del Pozo Nuevo Foiche 1D, recientemente perforado, Incumpliendo lo indicado en la carta VOP-000062.2011 del 22 de julio de 2011. donde comunicó que la instalaciones de la batería serían paralizadas durante las operaciones de perforación.

Art. 114° Decreto

Supremo N° 032-2004-EM

DPTO. DE PERFORACIÓN

Los pozos con sistema de bombeo hidráulico cuentan con una escalera de 10 metros de altura para la recuperación de las bombas de subsuelo, en operaciones de cambio de bomba, los cuales no tiene protección.Savia deberá presentar el Análisis de Riesgo en la operación de recuperación de las bombas de subsuelo del sistema de bombeo hidráulico.

Art. 58 DS 043-2007-EM

DPTO. DE PRODUCCIÓN

Existe material fuera de servicio en:• Ex Batería La Gallera, separador y tuberías.• Planta de Iny. de Agua Parcela 25, tubos y maderos.-Savia debe retirar los equipos indicados.IDENTIFICADOR DE OBSERVACIONES: 197024-1 - 14053 - 021 - E1050031

Art. 217 DS 032-2004-EM

Mediante escrito SP-OM-527-2012 se presentó a OSINERGMIN el sustento para el levantamiento de la observación.

DPTO. DE PRODUCCIÓN

Las baterías de producción ubicadas en tierra: Panamá, Punta lobos, Yapato, Capullana, Providencia N°1, N°1 Peña Negra, N°2 Peña Negra y Primavera, no cuentan con sistema de alarma audible ni con alarma luminosa para emergencias.

Art 72° Decreto

Supremo N° 043-2007-EM

Los caminos de acceso a los pozos de swab L3-11 y L3-16 de Litoral 3-4 tierra, no están señalizados ni identificados.

Art 154° Decreto

Supremo N° 043-2007-EM

Falta de mantenimiento a las siguientes instalaciones:a Bordes de las cantinas de los pozos de swab L3-11 y L3-16 de Litoral 3-4 tierra están deterioradas.b Se almacena material (estructuras metálicas) que no está siendo utilizado en las operaciones de la Batería Providencia N°1, cerca al pararrayos de dicha instalación. Este material debe ser retirado.

Art 217° Decreto

Supremo N° 032-2004-EM

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a Las siguientes baterías de producción, ubicadas en tierra, no cuentan con extintores portátiles contraincendios: Panamá, Punta Lobos , Yapato, Capullana y N°2 Peña Negra.b Falta de letreros de seguridad y de usos de EPPs en las siguientes baterías de producción, ubicadas en tierra: Panamá, Punta Lobos, Ypato, Capullana y N°2 Peña Negra.

Art 275° Decreto

Supremo N° 032-2004-EM

a La batería de Producción N°2 Peña Negra, ubicada a menos de 800 metros de caminos hacia zonas de esparcimientos (playas cercanas), donde transitan vehículos particulares y personas extrañas a las operaciones, no cuenta con cerco de protección.b Los cabezales de los pozos de swab L3-11 y L3-16 de Litoral 3-4 tierra, que se encuentran cerca a la playa por donde circulan personas extrañas a las operaciones, no cuentan con cercos de protección.

Art 236° Decreto

Supremo N° 032-2004-EM

El extintor rodante, código local AP-150-201, instalado en la batería Panamá, no cuenta con las inspecciones mensuales actualizadas, sólo se ha inspeccionado hasta el mes de octubre de 2011.

Art 82° Decreto

Supremo N° 043-2007-EM

En las siguientes baterías de producción ubicadas en tierra: Panamá, Punta Lobos, Yapato, Capullana, N°2 Peña negra y Primavera; así como las siguientes Plataformas Marinas: PN9, PN3, PN 8, OO, PN1,LL, TT, YY, FF, SS, R, A2, KK, PN 4 y DD del área de Peña Negra, LO16 y LO13 del área Lobitos, LT3, LT1, LT2, 3J, LT12 y LT6 del área Litoral , PV X8 y PQ del área Providencia, SAVIA no cuenta con ninguna medida de seguridad (vigilancia entre otras) para prohibir el acceso a personal no autorizado a sus operaciones e instalaciones indicadas.

Art 15° Decreto

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SIN FECHA PENDIENTE

Las baterías de producción ubicadas en tierra: Panamá, Punta Lobos, Yapato, Capullana, Providencia N°1, N°1 de Peña Negra, N°2 de Peña Negra y Primavera, no cuentan con cartilla de Seguridad de Material Peligroso (CSMP) para el manejo adecuado de un derrame o fuga de los productos almacenados (hidrocarburos).

Art 70° Numeral 1

Decreto Supremo N°

043-2007-EM