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Nuevas perspectivas de investigación
en Historia Moderna: Economía, Sociedad, Política y Cultura en el Mundo
Hispánico
Mª Ángeles Pérez Samper y José Luis Betrán Moya
(eds.)
3
ISBN: 978-84-949424-0-2
© Los autores
© De esta edición: Fundación Española de Historia Moderna, Madrid, 2018.
Editores: Mª Ángeles Pérez Samper y José Luis Betrán Moya.
Colaboradores: Alfonso Calderón Argelich y Francisco Fernández Izquierdo
Fotografía de cubierta: Vista de Barcelona, de Anton van den Wyngaerde (1535).
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Los duques de Medina Sidonia y las fundaciones de conventos en Sanlúcar de Barrameda: imagen y
consolidación del poder señorial
The dukes of Medina Sidonia and the foundations of convents in Sanlúcar de Barrameda: image and consolidation of the power of the people
José María Vidal Vargas
Universidad de Sevilla
RESUMEN:
En la primera mitad de la Edad Moderna se va a producir un importante incremento de fundaciones de conventos en la mayor parte de la geografía hispana. Este fenómeno se va a desarrollar de manera intensa en Sanlúcar de Barrameda, llegando a albergar esta ciudad diecisiete casas conventuales. La configuración del sistema conventual sanluqueño fue fruto de la negociación, no exenta de conflictos, entre las distintas fuerzas que intervinieron en el mismo: la iniciativa de las órdenes religiosas, el patrocinio de la Casa Ducal de Medina Sidonia, el impulso de familias nobles y de mercaderes, la decisión de las autoridades eclesiásticas y la posición del cabildo civil. De entre todos ellos, el factor decisivo fue la política de patrocinio de la Casa Ducal que, además de aumentar el prestigio de los Pérez de Guzmán, contribuyó a cimentar su autoridad en la capital de sus estados. La fundación y dotación de un convento constituían una exhibición de poder, pero también una demostración de generosidad y magnanimidad que debía alimentar la aceptación y la asunción de la dominación y de la dependencia.
PALABRAS CLAVES:
Patronazgo, conventos, órdenes religiosas, Casa de Medina Sidonia y Sanlúcar de Barrameda.
ABSTRACT:
In the first half of the Modern Age there will be an important increase of convents foundations in most of the Hispanic geography. This phenomenon is going to develop in an intense way in Sanlúcar de Barrameda, housing seventeen conventual houses. The configuration of the conventual system in Sanlúcar de Barrameda was the result of a negotiation, not exempt of conflicts, between the different forces involved: the initiative of the religious orders, the sponsorship of the Ducal House of Medina Sidonia, the promotion of noble families and merchants, the decision of the ecclesiastical authorities and the position of the civil chapter. Of all of them, the decisive factor was the policy of sponsorship of the Ducal House which, in addition to increasing the prestige of the Pérez de Guzmán, helped to cement its authority in the capital of its states. The founding and endowment of a convent constituted an exhibition of power, but also a demonstration of generosity and magnanimity which had to fuel the acceptance and assumption of domination and dependence.
KEYWORDS:
Patronage, convents, religious orders, Ducal House of Medina Sidonia and Sanlúcar de Barrameda.
Los duques de Medina Sidonia y las fundaciones de conventos en Sanlúcar de Barrameda: imagen y consolidación del poder señorial
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España en la Edad Moderna va a experimentar un aumento importante de fundaciones
de conventos. La época más intensa abarca el último tercio del siglo XVI y la primera mitad
del XVII. Después de 1650 se aprecia un rápido descenso, producto de la saturación, del
cansancio y de la adversa coyuntura económica1.
La iniciativa de las casas nobiliarias como impulsadoras de fundaciones conventuales
ocupó un lugar preeminente en la medida que actuaron como benefactoras de casas y
colegios en regiones donde contaban con una fuerte implantación jurisdiccional y clientelar.
Además de todo esto, no tardaron en desplegar mecanismos de tutelaje y control sobre
otras cuestiones de orden interno de las religiones. Los principales linajes trataron entonces
de dar estatuto legal al ascendiente, que ya ejercían sobre las comunidades religiosas,
tratando de ostentar el derecho de patronato sobre los principales conventos de la
población. En este artículo daremos cuenta de esta política de control eclesiástica que
ejerció la Casa de Medina Sidonia en la capital de sus estados, Sanlúcar de Barrameda.
El patronato conventual.
El Diccionario de Historia Moderna de España define el término patrono como:
«Titular que ejerce el derecho de patronato. En algunas órdenes religiosas se aplica este
término a determinadas personas, casi siempre de posición privilegiada, que ejercen una
especie de protectorado sobre un instituto, una provincia o un convento en concreto, al
que donan numerosas limosnas a cambio de beneficios espirituales»2.
Esta definición nos puede servir como primera aproximación hacia el fenómeno del
patronato que fue tan frecuentado por la Casa de Medina Sidonia. Las fundaciones
promovidas por la nobleza titulada, igual que las impulsadas por los miembros de otros
grupos e instituciones, se vieron, por lo general, acompañadas de procesos de negociación
con la orden religiosa beneficiaria en torno a las condiciones en las que se establecería el
nuevo cenobio3. Normalmente, en los acuerdos fundacionales de los conventos se
contemplaba que el patronato conventual debía de quedar en manos de la familia
fundadora, y, además, solía ser ésta una de las primeras condiciones que imponían los
benefactores a la orden religiosa elegida, antes de pasar a desglosar los capítulos que
constituirían el contenido del patronato.
No obstante, los acuerdos fundacionales no fueron el único camino de acceso al
patronato de un convento. La acumulación de patronatos en los linajes aristocráticos de
mayor renombre, en este caso la Casa de Medina Sidonia, no fue sólo el resultado de los
pactos y negociaciones que se producían en torno a la institución de un nuevo convento. El
patronato se podía conseguir por otras vías y a posteriori de la fundación. El caso más
común fue la absorción de títulos ya existentes4. La asimilación de patronatos fue
protagonizada por los grandes señores que adquirían derechos de patronato que no poseían
1DOMÍNGUEZ ORTIZ, ANTONIO: La sociedad española en el siglo XVII: El estamento eclesiástico, CSIC-CSIC Press, 1992, p. 70. 2MARTÍNEZ RUIZ, ENRIQUE: Diccionario de historia moderna de España. I, La Iglesia, Tres Cantos (Madrid), Istmo, 2007, p. 210. 3ATIENZA LÓPEZ, ÁNGELA: Tiempo de Conventos. Una historia social de las fundaciones en la España moderna, Madrid, Marcial Pons, 2008, p. 275. 4EADEM, “La apropiación de patronatos conventuales por nobles y oligarcas en la España Moderna”, Investigaciones históricas, 28 (2008), pp. 80-82.
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sobre conventos establecidos con anterioridad en sus señoríos. En Sanlúcar registramos un
ejemplo de esta práctica que en las siguientes páginas expondremos.
Tampoco se puede olvidar que hubo una indudable vinculación entre la política
fundacional de la aristocracia señorial y el dominio jurisdiccional que ejercían sobre las
élites municipales de sus estados, lo que permitió que este fenómeno fuera algo más que un
acto de religiosidad por parte de sus promotores. La potencia fundacional de alguna de las
familias de la aristocracia castellana fue en algunos casos extraordinaria. La Casa Ducal de
Medina Sidonia, que es la que nos concierne para este estudio, llegó a fundar en su señorío
de Sanlúcar de Barrameda nada menos que trece de los diecisiete conventos que se
establecieron hasta mediados del siglo XVII.
Hay que tener en cuenta que su programa fundacional no se limitó solamente a la
capital de sus estados, ya que también impulsará establecimientos de casas religiosas en
otros lugares como Medina Sidonia y Niebla. Además, patrocinará y dará apoyo económico
a aquellas fundaciones que no surgieron por iniciativa propia, como veremos que ocurre en
los casos de San Francisco el Viejo y el colegio inglés de San Jorge.
Otro de los grandes linajes andaluces que ostentó el patronato sobre sus posesiones fue
la Casa de Osuna. Entre las instituciones que poseía el patronato se encontraba la
universidad y el hospital de la villa de Osuna y la práctica totalidad de monasterios e iglesias
asentados en su villa5.
Otro tipo de fundación nobiliaria fue el protagonizado por la nobleza cortesana, que
realizará numerosas fundaciones conventuales en la capital madrileña, como manera de
legitimar su ascenso social, a la par de aumentar su prestigio. Entre los personajes más
destacados vamos a encontrar a algunos de los validos de la monarquía. El Duque de
Lerma llegó a patrocinar cuatro conventos situados en las cercanías de su residencia en el
Prado6.
Los patronatos conventuales de la Casa de Medina Sidonia en Sanlúcar de
Barrameda
Desde muy pronto, los duques se van a reservar el patronato del primer convento que
se asentó en la por entonces villa de Sanlúcar de Barrameda. Don Juan de Guzmán, al
comenzar a gobernar sus estados en 1436, cedió la ermita de Santa María de Barrameda,
ubicada en las cercanías de Bonanza, a los monjes jerónimos del convento de San Isidoro
del Campo (Santiponce, Sevilla)7. No obstante, las escrituras del convento no se van a
otorgar hasta el año 1491, reconociendo así a su hijo don Enrique como patrono, título que
se le otorgó de manera perpetua a él y a todos sus sucesores. También se le concedió al
patrono voz en el capítulo, en las elecciones y en las visitas del convento8.
5ATIENZA HERNÁNDEZ, IGNACIO: Aristocracia, poder y riqueza en la España moderna: la Casa de Osuna, siglos XV-XIX, Madrid, Siglo Veintiuno de España, 1987. 6IZQUIERDO MARTÍN, JESÚSet alii.: “Así en la Corte como en el cielo: patronato y clientelismo en las comunidades conventuales madrileñas (siglos XVI-XVIII)”, Hispania, 59 (1999), pp. 156-157. 7MORENO OLLERO, ANTONIO: Sanlúcar de Barrameda a fines de la Edad Media, Cádiz, Diputación de Cádiz, 1983, p. 157. 8 Archivo General de la Fundación Casa Medina Sidonia [AGFCMS], leg. 1001, 25 de abril de 1491. «…demos e otorguemos el patronazgo de este dicho monasterio para vos e para los que después de vos vinieren sucesivamente».
Los duques de Medina Sidonia y las fundaciones de conventos en Sanlúcar de Barrameda: imagen y consolidación del poder señorial
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Hacia 1440 será fundado el monasterio de jerónimos de Santa María de Barrameda9 por
el duque don Juan de Guzmán. En un primer momento, el monasterio no tenía prior
propio, sino que dependía del prior de San Isidoro del Campo, quien era su prepósito
general10. El momento exacto en el que el monasterio de Barrameda pasó a tener un
superior independiente al de San Isidoro lo desconocemos, lo que sí es cierto, es que, en las
escrituras de 1491, donde se concede el patronato perpetuo del convento, aparece ya los
religiosos con prior propio11. Don Juan de Guzmán fue dotando al convento con diversos
recursos, aunque fue su hijo don Enrique quien reedificó el edificio, hizo construir una
iglesia nueva y aumentó sus dotaciones.
A este patronato le siguió el de los conventos dominicos de la ciudad. La instalación
definitiva de los frailes de Santo Domingose va a dilatar en el tiempo debido a varias
circunstancias, entre las que destaca la falta de apoyo mostrado por algunos de los duques
en un primer momento. Esto es llamativo ya que, como la misma Casa Ducal se atribuía, la
orden de predicadores había sido fundada, supuestamente, por un antepasado benemérito:
Santo Domingo de Guzmán.
La entrada de los dominicos en Sanlúcar se va a producir acompañando a las monjas de
su orden. El señor don Enrique de Guzmán, II duque de Medina Sidonia, inició su
fundación a través de la bula que le concedió Sixto IV el 30 de julio de 147912. Este duque
les erigió un convento en la ermita del Espíritu Santo, que se encontraba a extramuros de la
ciudad. Con su hijo don Juan, III duque, los dominicos abandonaron la ermita para
trasladarse a unas viviendas que se encontraban próximas al convento de sus hermanas
dominicas de Madre de Dios.
Allí permanecieron hasta 1532, año en el que se volvieron a mudar a unas ocho casas
adquiridas por el señor don Juan de Guzmán, VI duque de Medina Sidonia, y doña Ana de
Aragón, nieta del rey Fernando el Católico. La nueva morada se situaba en el arrabal de la
Mar, donde actualmente se encuentra la iglesia de Santo Domingo. Con estos duques
quedó definitivamente asentados los dominicos en la villa13. Sin embargo, doña Leonor
Manrique de Sotomayor, mujer de don Juan Claros, IX conde de Niebla, será quien
desarrolle el mayor programa constructivo en favor de la orden tras enviudar. No debe de
pasarse por alto el detalle de que la fundación de esta iglesia se proyectó como mausoleo
familiar, en sustitución del tradicional enterramiento de los Pérez de Guzmán en el
9 Javier Jiménez López de Eguileta nos advierte que la advocación mariana de este monasterio no debe de ser confundida con la imagen de Santa María de Sanlúcar, la cual parece que fue donada por Alfonso X. Probablemente desde los albores de la Edad Moderna la imagen pasó a ser conocida bajo el título de Nuestra Señora de la O, titular de la parroquia mayor de la ciudad. JIMÉNEZ LÓPEZ DE EGUILETA, JAVIER: “Devociones marianas en Jerez y su comarca durante los primeros tiempos de la conquista cristiana”, Asidonense, 10 (2016), pp. 60-61. 10 AGFCMS, leg. 1032, 10 de abril de 1443. En este documento el conde don Juan concede la renta de tejas, cal, ladrillos y barro a «frey Iohan de Robres, prepósito general de la Orden de los monjes de Sant Gerónimo e prior del mi monesterio de Sant Esidro de la dicha Orden». Además, el duque señala que el monasterio sanluqueño debía estar «…sujecto al dicho prepósito general e prior». 11 AGFCMS, leg. 1001, 25 de abril de 1491. «Manifiesto sea a todos cuantos este público instrumento vieren, como nos fray Fulgencio de Cabrera, prior del monasterio de Santa María de Barrameda...». 12GUILLAMAS GALIANO, FERNANDO: Historia de Sanlúcar de Barrameda, Madrid, Imprenta del Colegio e Sordo-Mudos y de Ciegos, 1858, p. 83. 13CRUZ ISIDORO, FERNANDO: “El Convento de Santo Domingo de Sanlúcar de Barrameda: patronazgo de los Guzmanes, proceso constructivo y patrimonio artístico (1528-1605)”, Laboratorio de Arte, 23 (2011), pp. 79-89.
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monasterio de San Isidoro del Campo. En el altar mayor de ella se enterró la condesa doña
Leonor junto a su marido y algunos de sus hijos14.
El patronato sobre el convento de Santo Domingo fue concedido a la Casa de Medina
Sidonia en el capítulo provincial de la dicha orden que se celebró en Osuna en el año 1544
y será ratificado por el general el 31 de octubre de 154915. En este mismo capítulo también
se les entregó a los duques el patronato sobre la provincia de Andalucía16. En cuanto al
patronazgo masculino, los señores de Sanlúcar obtuvieron grandes privilegios, entre ellos el
de poder nombrar al prior del convento, siempre y cuando estuvieran de acuerdo con el
provincial, y el de llamar a uno o varios religiosos para oírle en confesión o para tratar
algún negocio.
Además, a lo largo de la segunda mitad del siglo XV y primera mitad del XVI, la Casa
de Medina Sidonia tuvo a gala su guzmanismo17, consolidando los patronatos obtenidos y
otorgando otras mercedes a la orden de Santo Domingo.
El mismo año que será ratificado por el general el patronato sobre el convento de Santo
Domingo de Guzmán, las dominicas de Madre de Dios otorgarán al duque el de su
convento, concretamente será el 31 de octubre de 154918. En un primer momento, se
estableció un beaterio en el año 1480 de la mano de don Enrique de Guzmán, II duque, y
de su mujer doña Leonor de Ribera y Mendoza. Será la duquesa quien ponga más empeño
en traer a las religiosas, ya que compró con sus propios caudales unas casas, un corral y un
juego de pelota contiguo, situados en el antiguo arrabal de la Mar, a Ruy García e Isabel
García para albergar allí a las beatas. Las primeras monjas fueron unas beatas de voluntaria
reclusión procedentes de Sevilla, a las que pronto se sumaron sanluqueñas y mujeres del
entorno19.
No obstante, fue don Juan de Guzmán, III duque, quien transformó el beaterio en un
monasterio de clausura por bula del Papa Julio II20. Por escritura del 13 de mayo de 1506 lo
dotó con 30.000 maravedíes «por juro de heredad, situados en el mi almoxerifadgo i aduana
de la dicha ciudad de Sanlúcar de Barrameda», y continuó con la construcción, llegando a
cerrar la clausura21. Unos años más tarde, será la condesa doña Leonor Manrique de
Sotomayor, gran mecenas de los conventos dominicanos de la ciudad, quien realice
numerosas obras en el monasterio, donde llegó a labrar sus propias habitaciones, ya que
pasó los últimos años de su vida siendo monja profesa en su clausura.
14SALAS ALMELA, LUIS: “Fundaciones conventuales en Sanlúcar de Barrameda: una imagen de poder señorial en el camino de los eclesiásticos a Indias (1492-1641)”, Historia y Genealogía, 1 (2011), pp. 198-200. 15 AGFCMS, leg. 776, 31 de agosto de 1549. 16HUERGA, ÁLVARO: Los dominicos en Andalucía. Sevilla, Convento de Santo Tomás de Aquino, 1992, p. 117. 17Ibídem, p. 122. Término con el que Álvaro Huerga se refiere a todo el patronato y mecenazgo con el que la Casa de Medina Sidonia honró a la orden dominica. 18VELÁZQUEZ GAZTELU, JUAN PEDRO: Fundaciones de todas las iglesias, conventos y ermitas de la muy noble y muy leal ciudad de Sanlúcar de Barrameda, estudio preliminar y transcripción del manuscrito por Manuel Romero Tallafigo, Sanlúcar de Barrameda, A.S.E.H.A, 1995 [Ms. del año de 1758], p. 172. Este patronato fue de nuevo ratificado a principios del siglo XVII, AGFCMS, leg. 5657, 19 de diciembre de 1605. 19GARCÍA TORIBIO, MANUEL: La Historia y el Arte en el monasterio de Madre de Dios de Sanlúcar de Barrameda, Sanlúcar de Barrameda, A.S.E.H.A, 1995, pp. 80-83. MIURA ANDRADES, JOSÉ MARÍA: Frailes, monjas y conventos. Las órdenes mendicantes y la sociedad sevillana bajomedieval, Sevilla, Diputación de Sevilla, p. 152. 20VELÁZQUEZ GAZTELU, JUAN PEDRO: Fundaciones de todas las iglesias…, p. 170. 21 AGFCMS, leg. 5657, 13 de mayo de 1506.
Los duques de Medina Sidonia y las fundaciones de conventos en Sanlúcar de Barrameda: imagen y consolidación del poder señorial
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Los siguientes patronatos fueron concedidos en la primera mitad del siglo XVII a don
Manuel Alonso, VIII duque de Medina Sidonia. En primer lugar, tenemos el de los
recoletos de la Orden de la Merced que fue otorgado el 11 de diciembre de 161522. Hay que
tener en cuenta que tanto el duque don Manuel Alonso como su esposa doña Juana Gómez
de Sandoval, hija del Duque de Lerma, mostraron una gran predilección por la recién
reformada rama mercedaria. Ellos no sólo van a fundar en Sanlúcar, sino que también
promoverán el establecimiento de estos religiosos en Huelva y Vejer de la Frontera23. Este
apoyo será decisivo para la consolidación de estos frailes, ya que el capítulo general de
Guadalajara de 1603 había dejado antiguas heridas sin cerrar y el primer intento de fundar
un convento sujeto a la nueva norma en Rivas se había visto frustrado24.
Esta devoción por los recoletos mercedarios se produce cuando el VIII duque de
Medina Sidonia va a centrar gran parte de su política en los presidios del norte de África.
La intervención de la Casa de Medina Sidonia en Berbería se debió más a un proceso de
dejación por parte de la Corona que a la designación de un cargo explícito. El interés
mostrado por controlar las plazas africanas se debía al comercio. Don Manuel Alonso
aspiraba a que los nuevos enclaves africanos tendieran a concentrar los intercambios con
esa región, lo que hubiera supuesto alterar el predominio de los presidios mediterráneos y
de Cádiz en dicha actividad. Ante estas políticas no parece casual que la orden religiosa más
favorecida por el duque fuera aquella que se dedicaba a la redención de cautivos25.
Fray Francisco de Rivera, general mercedario, y fray Gerónimo de Orellana, provincial
de Andalucía, fueron quienes concedieron las licencias pertinentes dentro de la orden para
que se estableciera el nuevo cenobio en Sanlúcar. Sin embargo, hasta que el arzobispo de
Sevilla, don Pedro de Castro y Quiñones no autorizó la fundación, los padres fray
Hernando de Santa María y fray Juan del Espíritu Santo no pudieron tomar la posesión
jurídica de la ermita de Nuestra Señora de Belén. Este acto jurídico tuvo lugar el 26 de
diciembre de 161526.
Una vez obtenidas las licencias referidas para la realización de la fundación, los duques
se comprometieron a dotar al convento con rentas, viviendas y huertas27. A cambio de todo
lo otorgado, don Manuel y doña Juana exigieron a los religiosos una serie de condiciones
entre las que destacan las dos primeras:
«1º. Que el patronado de dicho convento había de pertenecer a sus excelencias, a sus
descendientes y demás personas, que sucediesen en su Casa y estados para siempre jamás».
22 AGFCMS, leg. 1008, 11 de diciembre de 1615. 23 Para más información sobre esta fundación véase VIDAL VARGAS, JOSÉ MARÍA: “Apuntes históricos sobre los gastos de los duques de Medina Sidonia en el convento de mercedarios descalzos de Vejer (1620-1656)”, Real Sociedad Económica de Amigos Del País de Vejer, 21 (2017), pp. 14-20. 24GARCÍA BERNAL, JOSÉ JAIME: “La conflictividad fundacional de los conventos mercedarios descalzos andaluces y su reinterpretación en las crónicas de la Orden: el caso sevillano”, en LÓPEZ-GUADALUPE
MUÑOZ, MIGUEL LUIS y IGLESIAS RODRÍGUEZ, JUAN JOSÉ (coords.): Realidades conflictivas: Andalucía y América en la España del Barroco, Sevilla, Universidad de Sevilla, 2012, pp. 51-72. 25SALAS ALMELA, LUIS: Medina Sidonia: el poder de la aristocracia, 1580-1670, Madrid, Marcial Pons, 2008, pp. 273-275. 26 Archivo General del Arzobispado de Sevilla [AGAS], leg. 4, exp. 7, gobierno de las órdenes religiosas. Documentos relacionados con la fundación de los mercedarios descalzos en Sanlúcar de Barrameda. 27 AGFCMS, leg. 1008, año de 1615. «…nos, dichos duque y duquesa, nos obligamos de que ante todas cosas daremos y entregaremos a el dicho convento y religiosos tres huertas…que tenemos a la salida de esta nuestra ciudad…».
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«2º. Que no se sepultase en la capilla mayor, ninguna persona eclesiástica ni seglar, sino
sólo a sus excelencias y a los sucesores y señores de su Casa»28.
Los duques van a dejar claro desde el principio del acuerdo el interés por hacerse con el
patronato del monasterio para ellos y sus sucesores. La segunda condición que exigen es el
derecho a reservarse la capilla mayor para su propio enterramiento. Aunque en el
documento no aparezca, la Casa Ducal también obtendrá los derechos funerarios de todas
las capillas de la iglesia.
Tras dejar clara la titularidad del patronato y los espacios funerarios, la mayor parte de
las condiciones del documento se centran en establecer la liturgia en honor y recuerdo de
los duques y su linaje. Don Manuel Alonso y su esposa van a contar con un convento
entero concebido para la oración y sufragio permanente de sus almas. El matrimonio
articuló en beneficio propio un conjunto de obligaciones religiosas realmente denso que
comprometía a todos los miembros de la comunidad en diferentes momentos del año
litúrgico29.
Si la orden mercedaria había sido la predilecta del duque don Manuel, la de los mínimos
de San Francisco de Paula fue la de su padre, don Alonso Pérez de Guzmán, VII duque de
Medina Sidonia y general de la Armada Invencible. Estos frailes llegaron a Sanlúcar de
Barrameda el 13 de octubre de 1590 a instancia del VII duque y de la duquesa doña Ana de
Silva, instalándose en un principio en la ermita de Nuestra Señora de Belén. Unos años más
tarde se trasladaron al nuevo convento e iglesia situados en la ribera de la Mar debido a la
estrechez de la ermita30.
El 27 de diciembre de 1616, el duque don Manuel Alonso obtuvo el patronato del
convento de la Victoria de una forma un tanto singular, puesto que se le nombró patrón de
todos los conventos de la provincia de Sevilla de los mínimos de San Francisco de Paula31.
Este privilegio se debe a que la Casa Ducal fundó monasterios de esta orden en Sanlúcar,
Conil, Medina Sidonia y Huelva.
El último de los patronatos que obtendrá el VIII duque de Medina Sidonia será el de
los frailes capuchinos por una patente expedida en Antequera el 7 de octubre de 1634. A
los 51 años de edad y tras haber finalizado su gran obra personal del convento de la
Merced, don Manuel Alonso, continuando con su gran labor de mecenazgo, decidió fundar
un convento de capuchinos(1634) en su señorío de Sanlúcar de Barrameda.
El lugar seleccionado para establecer a estos religiosos fue la ermita de Nuestra Señora
del Buen Viaje. El duque, además de realizar la construcción del convento, integró la
pequeña ermita en la nueva iglesia y lo dotó de huertas que compró a particulares, para que
28 Las condiciones para la fundación aparecen en la escritura original AGFCMS, leg. 1008, año de 1615, y en SAN CECILIO, FRAY PEDRO (O. de M): Annales de la orden de Descalzos de Nuestra Señora de la Merced Redentora de Cautivos Cristianos, Barcelona, Dionisio Hidalgo, 1699, fol. 1065 rº. 29ATIENZA LÓPEZ, ÁNGELA: Tiempo de Conventos…, p. 90. 30CRUZ ISIDORO, FERNANDO: “El mecenazgo arquitectónico de la Casa Ducal de Medina Sidonia entre 1559 y 1633”, Laboratorio de Arte, 18 (2005), p. 178. También en El Convento de la Victoria; historia, arquitectura y patrimonio artístico, Sanlúcar de Barrameda, A.S.E.H.A, 2008, p. 25. 31 AGFCMS, leg. 1001, 27 de diciembre de 1616.
Los duques de Medina Sidonia y las fundaciones de conventos en Sanlúcar de Barrameda: imagen y consolidación del poder señorial
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así los religiosos obtuvieran su propio sustento32. La orden en agradecimiento al duque lo
reconoció como su fundador y patrono.
«Nos fray Félix de Granada, comisario general, aunque indigno, de los frailes menores
Capuchinos de Nuestro Padre San Francisco de la Provincia de Andalucía… aceptamos a
su Excelencia por singularísimo patrón y fundador del dicho convento, concediéndole
todos los privilegios y prerrogativas que suelen tener los que lo son…»33.
Tras esto se producirán unos sucesos fuera de lo común. En primer lugar, en 1640 se le
concedió al IX duque don Gaspar el patronato del convento de los franciscanos descalzos
de San Diego, con la condición de que el duque les labrase un nuevo monasterio e iglesia.
Mientras tanto, él los estableció en la ermita de San Blas34. El problema se produjo cuando
don Gaspar se vio imposibilitado de cumplir lo pactado debido a que en 1645 la Corona le
arrebató su señorío de Sanlúcar como castigo por participar en la conjura contra el rey.
«Con nuevos accidentes se embarazó el Duque y, corriendo estos con la variedad que todas
las cosas de este engañoso Mundo, se imposibilitó la piadosa intención de su Excelencia, y
no se pudieron efectuar las condiciones pactadas, conque fue preciso acomodar en mejor
disposición el Convento en el mismo sitio y dexarnos correr a la bolubilidad de los
tiempos»35.
Una situación similar se produjo con los carmelitas descalzos. El 11 de septiembre de
1640, el referido duque y el padre provincial de los carmelitas, fray Luis de San Jerónimo,
otorgaron dos escrituras ante Luis Díaz Palomino, escribano público. En éstas se
establecían las condiciones, para, primero, fundar un convento a los carmelitas descalzos
masculinos y, después, otro a la rama femenina, el cual no fue finalmente costeado por el
duque. En los capítulos otorgados se concedía también a la Casa de Medina Sidonia el
patronato provincial de Andalucía, de Nueva España y de Tierra Firme de la dicha orden36.
En cuanto al patronato del convento de las clarisas de Regina Coeli, la Casa Ducal va a
acceder a él unos setenta años después de su fundación. Este convento fue fundado en el
año 1519 por García Díaz de Gibraleón37. Posteriormente, tras el programa constructivo
desarrollado por la duquesa doña Ana de Silva y Mendoza, la Casa recibió el 8 de
noviembre de 1603 el patronato de la iglesia y del convento38.
Todo lo expuesto hasta aquí son patronatos pertenecientes a la Casa Ducal, pero, en la
capital del señorío de los Guzmanes, también existieron fundaciones cuyo patronato fue
ejercido por particulares, aunque en la mayoría de los casos los duques fueran quienes
llevaran a cabo la fundación. Es el caso de Pedro de Peñalosa quien, tras hacer grandes
32 AGFCMS, leg. 1002, 14 de febrero y 8 de mayo de 1635. Compras de huertas y viñas en la zona de la Balsa y en la zona del Buen Viaje realizadas por el duque para regalarlas al convento de capuchinos. 33 AGFCMS, leg. 1002, 7 de octubre de 1634. 34 AGFCMS, leg. 2140, 15 de mayo de 1640. Escritura donde el duque se compromete entre otras cosas a construir a los dieguinos un nuevo convento. 35JESÚS MARÍA, FRAY FRANCISCO DE (O.F.M): Primera parte de las Chronicas de la provincia de San Diego en Andalucía de Religiosos Descalzos de N.P. San Francisco, Sevilla, 1724, fol. 697 rº. 36 AGFCMS, leg. 1091, 11 de septiembre de 1640. 37RODRÍGUEZ DUARTE, MARÍA DEL CARMEN: El Convento de Regina Coeli: un modelo de vida monástica en la Sanlúcar del Barroco, Sanlúcar de Barrameda, Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda, 2004. 38 AGFCMS, leg. 352, 8 de noviembre de 1603.
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donaciones a los religiosos agustinos, obtuvo el patronato sobre la capilla mayor de la
iglesia39.
El duque don Alonso Pérez de Guzmán se vio obligado en 1575 a permitir que los
frailes de San Agustín se asentaran en la villa tras protagonizar una curiosa escena. Los
agustinos ocuparon ilegalmente unas casas pertenecientes a la cofradía del Nombre de
Jesús que se encontraban en la esquina de la calle Ancha con la calle de las Cruces. El
cabildo presentó este problema al duque, quien decidió expulsar a los religiosos40.
Según aparece en el libro de protocolos del convento y en el texto de Gaztelu, los
agustinos se marcharon de la ciudad el 6 de enero de 1575 cantando en tono lúgubre el
salmo In exitu Israel de Aegypto. A la salida de la villa se descalzaron, sacudiendo el polvo de
sus zapatos para causar una mayor impresión sobre la población. Toda esta procesión
parece ser que asustó a la condesa de Niebla, llevándola a ordenar que trajeran a los
religiosos, cediéndoles la ermita de la Trinidad. Allí permanecieron hasta 1578, año en el
que el duque les pidió que se trasladasen a la antigua ermita de Santiago y al anexo hospital
de San Bartolomé.
En 1584 comenzaron las obras para adecuar el nuevo convento a la residencia de los
religiosos. Estas obras fueron costeadas por el duque don Alonso y quedaron concluidas en
1600. En el año 1621 Pedro de Peñalosa, mayordomo mayor del duque, dejó todos sus
bienes a los agustinos y gracias a esta donación pudieron los frailes ampliar la iglesia y
agrandar el convento y el claustro41.
El segundo caso es el patronato sobre el convento de los clérigos comendadores del
Santo Espíritu. No se sabe con exactitud cuándo llegaron estos religiosos a la ciudad. Según
la historiografía sanluqueña y la poca documentación encontrada, estos religiosos llegaron a
Sanlúcar sobre la década de 1630. No obstante, Hipólito Sancho ha encontrado referencia
de esta orden en Sanlúcar datada a mediados del siglo XVI42. La documentación sí es clara
al señalar el año 1668 como aquel en el que estos religiosos se establecieron de manera
definitiva en la ciudad, debido a la donación de la iglesia de San Juan Bautista43. Los
familiares de Alberto Lumel, constructor de la iglesia, se van a reservar el patronato sobre
ésta44.
Tampoco podemos olvidar quiénes fueron los fundadores del convento de San
Francisco el Viejo. Los religiosos franciscanos se asentaron en la ciudad por la iniciativa de
varios vecinos ilustres, entre los que se encontraba Alonso Fernández de Lugo, adelantado
39 AGFCMS, leg. 1325. Libro de protocolos del convento de San Agustín de Sanlúcar de Barrameda. 40 Archivo Municipal de Sanlúcar de Barrameda [AMSB], nº 4707. Libro de AA.CC. Nº 5. Años 1563-1573. Fol. 246. «En este cabildo se trató que porque los hermanos de la Cofradía del Nombre de Jesús, ha muchos días que tienen y poseen su casa que les dejó por título de donación intervivos Bartolomé de Guisa... Y porque ahora, de hoz y por fuerza se han entrado unos frailes, que dicen ser agustinos, sin título por do lo que dan hacer. Y si lo suso dicho se permitiere, sería de grande inconveniente así por haber en esta villa cinco monasterios de frailes y monjas, y estar el monasterio y orden de dichos agustinos una legua de esta villa, que es la casa de nuestra señora de Regla…». 41 AGFCMS, leg. 1325, año 1573. Pedro de Peñalosa obtuvo del convento el patronato de la capilla mayor de la iglesia de San Agustín. 42SANCHO DE SOPRANIS, HIPÓLITO: “La Orden de Sancti Spiritus en el Arzobispado Hispalense (1500-1600)”, Archivo hispalense, 110 (1961), pp. 233-260. 43VELÁZQUEZ GAZTELU, JUAN PEDRO: Fundaciones de todas las iglesias…, pp. 419-425. 44 AGFCMS, leg. 776, 26 de febrero de 1620. Es curioso el dato de que nombre Alberto Lumel a los duques de Medina Sidonia como patronos en el caso de que su familia se quede sin sucesión.
Los duques de Medina Sidonia y las fundaciones de conventos en Sanlúcar de Barrameda: imagen y consolidación del poder señorial
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de las costas de África. Posteriormente, la señora doña Leonor de Ribera y Mendoza, mujer
del II duque, llevó a cabo la construcción de un edificio de más amplitud sobre el
emplazamiento de este primero que llegará a ser conocido como monasterio de San
Francisco el Viejo, y su hijo, el duque don Juan, fue quien costeó la iglesia45.
En la primera mitad del siglo XVIII, los franciscanos decidieron abandonar el convento
de San Francisco el Viejo para trasladarse a la calle del Ángel, donde habían adquirido una
serie de casas, y donde finalmente realizarán la construcción del templo barroco de San
Francisco46.
En la ciudad existieron más establecimientos religiosos de los cuales no nos consta si
tuvieron patrono o no. Con todo, la Casa Ducal siempre ejercerá una amplia política
benefactora hacia ellos. Los duques les fundarán convento, sin obtener el patronato sobre
ellos, a los religiosos de la Compañía de Jesús (1627)47 y del Carmen calzado (1641)48. La
fundación de las religiosas del Carmen descalzo se vio frustrada por el traslado de don
Gaspar, IX duque, a Valladolid. No obstante, las religiosas contarán con ciertas ayudas
provenientes, sobre todo, de la segunda esposa del duque, doña Ana María de Guzmán49.
Por otro lado, los clérigos ingleses de San Jorge y los hospitalarios de San Juan de Dios van
a recibir numerosas limosnas de la Casa Ducal.
Conclusiones.
No fue habitual que sectores de la baja y media nobleza fundasen conventos en
municipios bajo la jurisdicción señorial de un gran linaje. En estos territorios la iniciativa
siempre corría a cargo de los propios señores. No obstante, los ejemplos anteriores
demuestran que en Sanlúcar prosperaron una fundación y el patronato de dos iglesias por
iniciativa de familias de la oligarquía urbana. Claro que fueron personajes estrechamente
vinculados con la Casa, que formaban parte de la corte señorial del VII duque, siendo
Pedro de Peñalosa su contador y tesorero y Alberto Lumel su ayudante de cámara.
Ahora bien, hay que tener en cuenta que el patronato no sólo beneficiaba a los
patronos, sino que también aportaba ventajas al clero regular. Desde el último tercio del
siglo XVI, coincidiendo con el triunfo de la Contrarreforma, los conventos se vieron
obligados a buscar patrocinio entre la nobleza, comerciantes e incluso campesinos
acomodados a cambio de enterramientos y lugar de asiento preferente en las iglesias. El
patronato laico les garantizaba a los religiosos unos ingresos mínimos, con los que cubrir
45 AGFCMS, leg. 1001, 5 de julio de 1495. El duque don Juan pagó a Francisco Rodríguez, cantero de Jerez, 1.400 maravedíes para la construcción de San Francisco el Viejo. 46 En la construcción de este nuevo convento e iglesia jugará un papel transcendental fray Pedro Buceta, famoso albañil y cañero en su tiempo, que con sus trabajos en Nueva España costeó gran parte de la construcción. CRUZ ISIDORO, FERNANDO: “Patrimonio artístico desamortizado del convento de San Francisco “el nuevo” de Sanlúcar de Barrameda (1821-1835)”, Laboratorio de Arte, 21 (2008), pp. 173-174. 47 AGFCMS, leg. 989, año 1627. «Ofrecí [duque don Manuel Alonso] a la dicha religión de la Compañía de Jesús dos mil ducados en contado para que de ellos se comprasen casas para los dichos religiosos y para las escuelas de leer y escribir… que son las adyacentes a la iglesia de la Veracruz, que se compraron de su cofradía». 48VELÁZQUEZ GAZTELU, JUAN PEDRO: Fundaciones de todas las iglesias…, pp. 451-458. 49 Para más información véase OSLÉ MUÑOZ, JULIÁN: El convento de Santa Teresa de las carmelitas descalzas, Sanlúcar de Barrameda, A.S.E.H.A, 1996.
José María Vidal Vargas
249
las necesidades materiales de la comunidad y, además, les permitía controlar las cotas de
mendicidad en villas y ciudades donde se encontraban sus conventos50.
Como hemos señalado, en Sanlúcar de Barrameda se va a erigir diecisiete fundaciones
conventuales. Tal densidad conventual se debe fundamentalmente al mecenazgo que va a
desarrollar los Pérez de Guzmán en la capital de sus estados y a la privilegiada posición que
va a jugar la ciudad siendo antepuerto natural de la sede del comercio con Indias, Sevilla.
Esta excepcional geolocalización atraerá a un elevado número de población flotante, en la
que se encontraba gran cantidad de frailes que tenían que aguardar un tiempo en la ciudad
mientras esperaban a que la flota de Indias zarpase. Además, este fenómeno fundacional
provocó diferentes consecuencias para la ciudad, destacando, por un lado, su impacto
sobre la geografía urbana y, por otro, la conflictividad que se produjo entre las distintas
religiones.
El patrocinio conventual, además de aumentar el prestigio de los Pérez de Guzmán,
contribuyó a cimentar la autoridad de la Casa Ducal en la capital de sus estados. La
fundación y dotación de un convento constituían una exhibición de poder, pero también
una demostración de generosidad y magnanimidad que debía alimentar la aceptación y la
asunción de la dominación y de la dependencia51. Además, la mayoría de estas comunidades
se encontraban al servicio de la Casa, contribuyendo así a la expansión de su poder ante el
resto de la sociedad sanluqueña.
50CATALÁN MARTÍNEZ, ELENA: “La aventura de fundar. La versión heroica de las crónicas religiosas”, en ATIENZA LÓPEZ, ÁNGELA(coord.), Iglesia Memorable. Crónicas, historias, escritos... a mayor gloria. Siglos XVI-XVIII, Madrid, Silex, 2012, p. 235. 51ATIENZA LÓPEZ, ÁNGELA: “Nobleza, poder señorial y conventos en la España Moderna. La dimensión política de las fundaciones nobiliarias”, en SARASA SÁNCHEZ, ESTEBAN y SERRANO MARTÍN, ELISEO (eds.): Estudios sobre señorío y feudalismo. Homenaje a Julio Valdeón, Zaragoza, Instituto Fernando el Católico, 2010, p. 246.
Los duques de Medina Sidonia y las fundaciones de conventos en Sanlúcar de Barrameda: imagen y consolidación del poder señorial
250
Anexo I: Cuadro cronológico del proceso fundacional en Sanlúcar de Barrameda FECHA ORDEN FUNDADORES
1440
JERÓNIMOS
Traídos y fundados por el
primer duque de Medina Sidonia,
Juan de Guzmán.
1443 FRANCISCANOS DE LA
OBSERVANCIA
Alonso Fernández de Lugo y
otros vecinos de la ciudad.
1479
DOMINICOS
Traídos por el duque don
Enrique y fundados por Alonso, V
duque, y Ana de Aragón.
1480
DOMINICAS
Fundadas por Leonor de Rivera
y Mendoza, duquesa de Medina
Sidonia.
1517
CLÉRIGOS INGLESES
Fundado por comerciantes
ingleses y entregada a frailes de ese
país. Posteriormente se asentarían en
el dicho convento jesuitas de la
misma nacionalidad.
1519
CLARISAS
Fundadas por García Díaz de
Gibraleón. Refundadas en el
convento actual por la duquesa Ana
de Silva y Mendoza (1605).
1573
AGUSTINOS
Fundado por don Alonso Pérez
de Guzmán, VII duque de Medina
Sidonia.
1590 MÍNIMOS O VICTORIANOS
DE SAN FRANCISCO DE PAULA
Traídos y fundados con casa e
iglesia por don Alonso, VII duque.
1590 HOSPITALARIOS DE SAN
JUAN DE DIOS
Traídos por Alonso, VII duque
de Medina Sidonia.
1615
MERCEDARIOS
Fundados por el duque don
Manuel y su mujer doña Juana de
Sandoval y la Cerda.
1627 JESUITAS Fundados por el VIII duque
don Manuel.
1630
CLÉRIGOS REGULARES
DEL SANCTI SPIRITUS
Fundados por el duque don
Manuel.
1634 CAPUCHINOS Fundados por el duque don
Manuel.
1640
DIEGUINOS
Introducidos por el duque don
Manuel y fundados por su hijo don
Gaspar.
1641
CARMELITAS CALZADOS
Fundados por don Gaspar de
Guzmán, IX duque de Medina
Sidonia.
1641 CARMELITAS DESCALZOS Fundados por el duque don
Gaspar.
1644
CARMELITAS DESCALZAS
Introducidas por el duque don
Gaspar y la duquesa doña Ana María
de Guzmán.