Maximo Gonzalez Jurado contra la violencia de género
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CONSTRUYENDO CONSTRUYENDO LA NUEVA ENFERMERÍA DEL LA NUEVA ENFERMERÍA DEL
SIGLO XXI: SIGLO XXI:
NUEVO PARADIGMA DE LANUEVO PARADIGMA DE LAENFERMERÍA ESPAÑOLAENFERMERÍA ESPAÑOLA
Prof. Máximo A. González Jurado
Presidente del Consejo General de Enfermería
Consejo General
Organización Colegial de Enfermería
ÍNDICE
Concepto de profesión sanitaria regulada
Los atributos de una profesión regulada
La situación actual de la enfermería española:
La Educación
La Práctica
La Prescripción enfermera
El nuevo paradigma profesional
De ayer a hoy
ÍNDICE
Concepto de profesión sanitaria regulada
Los atributos de una profesión regulada
La situación actual de la enfermería española:
La Educación
La Práctica
La Prescripción enfermera
El nuevo paradigma profesional
De ayer a hoy
NUESTRO AYER
ESTATUTO DE LA PROFESIÓN(Decreto 1960)(Decreto 1960)
Subordinación al Médico
Habilitación para tareas Auxiliares supervisadas
Oficio Subordinado
Sin definición Sin autonomía Sin responsabilidades Sin cuerpo de doctrina Sin funciones propias
“Los Ayudantes Técnicos Sanitarios, así como los Auxiliares Sanitarios con títulos de Practicante, Matrona o Enfermera, obtenidos con arreglo a la legislación anterior al Decreto 4 de diciembre de 1953 podrán ejercer sus funciones tanto en centros oficiales, instituciones sanitarias, sanatorios y clínicas públicas o privadas como en trabajo profesional libre, siempre que su actuación se realice bajo la dirección o indicación de un médico y que se hallen inscritos en los respectivos Colegios Oficiales”
Decreto 1960. Artículo 1
Decreto 1960. Artículo 2
“Los Ayudantes Técnicos Sanitarios, serán habilitados para realizar las siguientes funciones:a. Aplicar medicamentos, inyecciones o vacunas y
tratamientos curativos
b. Auxiliar al personal médico en las intervenciones de cirugía general y de las distintas especialidades.
c. Practicar las curas de los operados
NUESTRO HOY
ESTATUTO DE LA PROFESIÓN
(Real Decreto 2001)(Real Decreto 2001)
Profesión autónoma
Con definición Con autonomía Con responsabilidades Con cuerpo de doctrina Con funciones propias
Sin subordinación Práctica
interdisciplinar
Aplica la Constitución Española y la Ley de
Colegios Profesionales
ÍNDICE
Concepto de profesión sanitaria regulada
Los atributos de una profesión regulada
La situación actual de la enfermería española:
La Educación
La Práctica
La Prescripción enfermera
El nuevo paradigma profesional
De ayer a hoy
Formación superior
Autonomía profesional
Capacidad autoformativa
Código deontológico
Espíritu de servicio
Ciencia
Conciencia
Compromiso
CONCEPTO SOCIOLÓGICO DE PROFESIÓNCONCEPTO SOCIOLÓGICO DE PROFESIÓN
LOPS 2003
“Se reconocen como profesiones sanitarias, REGULADAS Y TITULADAS, aquellas que la normativa universitaria reconoce como titulaciones del ámbito de la salud, y que en la actualidad gozan de Colegio Profesional reconocida por los poderes públicos.”
C
C
C
LOPS 2003
CONCEPTO JURÍDICO DE PROFESIÓNCONCEPTO JURÍDICO DE PROFESIÓN
ÍNDICE
Concepto de profesión sanitaria regulada
Los atributos de una profesión regulada
La situación actual de la enfermería española:
La Educación
La Práctica
La Prescripción enfermera
El nuevo paradigma profesional
De ayer a hoy
Definición
Formación
Competencias
Autonomía
Calidad y excelencia
Capacidad de prescripción
Autorregulación
ATRIBUTOS DE UNA PROFESIÓN REGULADAATRIBUTOS DE UNA PROFESIÓN REGULADA
ÍNDICE
Concepto de profesión sanitaria regulada
Los atributos de una profesión regulada
La situación actual de la enfermería española:
La Educación
La Práctica
La Prescripción enfermera
El nuevo paradigma profesional
De ayer a hoy
Formación a lo largo
de la vida
Enfermero/a Especialista
Enfermero/a Generalista
MODELO UNIVERSITARIO
ÚNICO DE FORMACIÓN
ENFERMERA
LA EDUCACIÓN
• Integración plena en la Universidad: 1977
• Nuevo modelo de educación universitaria superior en Europa.
Meta para 2010 (45 países)
Grado Postgrado
Licenciatura1º ciclo
Master2º ciclo
Doctorado3º ciclo
EVOLUCIÓNEVOLUCIÓN
ENFERMERO/A GENERALISTA
LOS REALES DECRETO DE GRADO Y POSTGRADO
Fecha de aprobación: BOE 25 de enero de 2005
25 enero 2005
Antes 1 mayo 2005 (?)
Antes 1 octubre 2007
Aprobación Decretos Grado y Postgrado
Relación catálogo Títulos Oficiales de Gradoy su denominación
Aprobación Directrices Generales propias de cada titulación
1ª Etapa
2ª Etapa
ENFERMERO/A GENERALISTA
ESPACIO ESPACIO EUROPEO EUROPEO
EDUCACIÓN EDUCACIÓN SUPERIORSUPERIOR
LICENCIATURA
GRADO
1er CICLO
POSTGRADO
MASTER
2º CICLO
UNIVERSITARIO
DOCTORADO
3er CICLO
Modelo de Estudios
180 créditos y tres años(Ministerio de Educación)
240 créditos y cuatro años(Consejo General de Enfermería)
¿Por qué nos oponemos radicalmente?
• Porque nuestras competencias exigen una formación como mínimo de 240 créditos y cuatro años
• Porque nuestros alumnos no pueden seguir estando discriminados con respecto al resto de universitarios
• Porque no aceptaremos seguir siendo la “hermana pobre” de las carreras universitarias
• Porque si no lo conseguimos quedarán “congelados” nuestros salarios
Planteamiento retributivo
DOS NIVELESDOS NIVELES
NUEVO ESTATUTO DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS
A 1
A 2
240 créditos y 4 años
180 créditos y 3 años
¡AQUÍ NO ESTARÁN LAS ENFERMERAS Y ENFERMEROS ESPAÑOLES!
Nuestro Plan de Acción
240 créditos europeos240 créditos europeos
y cuatro añosy cuatro años
P
L
A
T
A
F
O
R
M
A
P
L
A
T
A
F
O
R
M
A
• Organización Colegial
• Conferencia Directores de Escuela
• Sindicato de Enfermería
• Federación de Sociedades Científicas
• Asociación de Directivos de Enfermería
• Asociaciones de Estudiantes de Enfermería
Nueva Real Decreto de Especialidades 22/4/05
• VINCULACIÓN del Título a las competencias y al puesto de trabajo
• MODELO de formación: residencia, a tiempo completo
• CATÁLOGO de especialidades actualizado
ENFERMERO/A ESPECIALISTA
VINCULACIÓN DEL TÍTULO DE ENFERMERO/A ESPECIALISTA
El Título de Enfermero Especialista expedido por el
Ministerio de Educación y Ciencia, tiene carácter oficial y
validez en todo el territorio del Estado y será necesario será necesario
parapara utilizar, de modo expreso, la denominación de
Especialista, para ejercer la profesión con tal para ejercer la profesión con tal
carácter y para ocupar puestos de trabajocarácter y para ocupar puestos de trabajo con tal con tal
denominacióndenominación en Centros y Establecimientos
públicos y privados
Art. 1
MODELO DE FORMACIÓN
En Unidades Docentes acreditadas para la formación especializada
Formalizando un contrato de trabajo retribuido
Con dedicación a tiempo completo
Por el sistema de Residencia
EE
II
RR
EE
II
RR
1. Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matronas)
2. Enfermería de Salud Mental
3. Enfermería Geriátrica
4. Enfermería del Trabajo
5. Enfermería de Cuidados Médico-Quirúrgicos
6. Enfermería Familiar y Comunitaria
7. Enfermería Pediátrica
CATÁLOGO DE ESPECIALIDADES
4 años acreditados
4 años acreditados
ENFERMEROS ESPECIALISTAS ENFERMEROS ESPECIALISTAS SIN TÍTULOSIN TÍTULOENFERMEROS ESPECIALISTAS ENFERMEROS ESPECIALISTAS SIN TÍTULOSIN TÍTULO
(*)Cumplida si el candidato acredita estar en posesión de un titulo de postgrado de carácter universitario no inferior a 20 créditos ó 200 horas.
2 años Acreditados
+40 créditos/formación
Continuada (*)
2 años Acreditados
+40 créditos/formación
Continuada (*)
EVALUACIÓN DE LA COMPETENCIA PROFESIONALEVALUACIÓN DE LA COMPETENCIA PROFESIONAL
ACCESO EXTRAORDINARIO
Acreditación Internacional
Delegación: Mº Sanidad Mº Educación
Delegación: Consejo Internacional de Enfermeras (CIE)
Acreditación Nacional
ACR E D I T AC I ON
Certificación con Validez Nacional
Certificación con Validez
Internacional
CONSEJO GENERAL DE ENFERMERÍA
FORMACIÓN A LO LARGO DE LA VIDA
ÍNDICE
Concepto de profesión sanitaria regulada
Los atributos de una profesión regulada
La situación actual de la enfermería española:
La Educación
La Práctica
La Prescripción enfermera
El nuevo paradigma profesional
De ayer a hoy
COMPETENCIA PROFESIONAL
CALIDAD Y EXCELENCIA
PRINCIPIOS DEONTOLÓGICOS
CAPACIDAD DE PRESCRIPCIÓN
ENFERMEROS
AUTONOMÍA
EVIDENCIA CIENTÍFICA
LL
OO
PP
SS
ENFERMEROSENFERMEROS
LA LEY DE ORDENACIÓN DE LAS PROFESIONES SANITARIAS
“Corresponde a los Enfermeros/as la dirección, evaluación y prestación de los cuidados de enfermería orientados a la promoción, mantenimiento y recuperación de la salud así como a la prevención de enfermedades y discapacidades.”
(Artículo 7. LOPS)
Definición
COMPETENCICOMPETENCIAA
PROFESIONALPROFESIONAL
LA LEY DE ORDENACIÓN DE LAS PROFESIONES SANITARIAS
“ Es la aptitud de la enfermera/o para integrar y aplicar los conocimientos, habilidades y actitudes asociadas a las buenas prácticas de su profesión para resolver los problemas que se le plantean.”
(Artículo 7. LOPS)
Definición
LA LEY DE ORDENACIÓN DE LAS PROFESIONES SANITARIAS
(Artículo 7. LOPS)
“El ejercicio de la profesión enfermera se llevará a cabo con plena autonomía técnica y científica, sin más limitaciones que las establecidas en esta ley y por los demás principios y valores contenidos en el ordenamiento jurídico y deontológico”
AUTONOMÍAAUTONOMÍA
EVIDENCIAEVIDENCIACIENTÍFICACIENTÍFICA
LA LEY DE ORDENACIÓN DE LAS PROFESIONES SANITARIAS
(Artículo 4. LOPS)
“Se tenderá a la unificación de los criterios de actuación que estarán basados en la evidencia científica
LA LEY DE ORDENACIÓN DE LAS PROFESIONES SANITARIAS
NORMALIZACIÓN
Estandarización de guías asistenciales
Desarrollo de sistemas de clasificación de pacientes
Desarrollo de sistemas normalizados de información
PRÁCTICA BASADA EN LA EVIDENCIA CIENTÍFICA
Unificación de criterios
Basados en la evidencia científica
ACREDITACIÓN
Acreditación de la calidad de los centros y servicios sanitarios
Certificación de la competencia de los profesionales
Acreditación de la formación continuada
NORMALIZACIÓN
Estandarización de guías asistenciales
Desarrollo de sistemas de clasificación de pacientes
Desarrollo de sistemas normalizados de información
PRÁCTICA BASADA EN LA EVIDENCIA CIENTÍFICA
Unificación de criterios
Basados en la evidencia científica
ACREDITACIÓN
Acreditación de la calidad de los centros y servicios sanitarios
Certificación de la competencia de los profesionales
Acreditación de la formación continuada
CALIDAD YCALIDAD YEXCELENCIAEXCELENCIA
LA LEY DE ORDENACIÓN DE LAS PROFESIONES SANITARIAS
(Artículo 4. LOPS)
“Los profesionales tendrán como guía de su actuación el servicio a la sociedad, el interés y salud del ciudadano a quien se le presta el servicio, el cumplimiento riguroso de las obligaciones deontológicas, determinadas por las propias profesiones conforme a la legislación vigente”
PRINCÍPIOSPRINCÍPIOSDEONTOLÓGICODEONTOLÓGICO
SS
ÍNDICE
Concepto de profesión sanitaria regulada
Los atributos de una profesión regulada
La situación actual de la enfermería española:
La Educación
La Práctica
La Prescripción enfermera
El nuevo paradigma profesional
De ayer a hoy
“Emitir un criterio profesional sanitario dirigido al
paciente por el que se propone la realización de
una acción en base a un juicio clínico y terapéutico
o de cuidados”
Aproximación Delphi realizada vía correo electrónico
PRESCRIBIR: Los enfermeros dicen:
RECETAR: Los enfermeros dicen:
“Cumplimentar un formulario que contiene la
medicación o el objeto de la prescripción que el
profesional sanitario indica a un paciente
acompañándose de instrucciones genéricas
sobre su uso y que normalmente se expide para ser
presentado en una farmacia para su adquisición. Es
aplicar la prescripción con respaldo legal”
Aproximación Delphi realizada vía correo electrónico
“Se debe dotar de un catálogo cerrado de prescripciones a los profesionales de enfermería.
Se realizará siempre bajo supervisión médica y previaformación del personal.
Tenemos que dar un salto claro en el papel de laenfermería. ”
ALGUNAS OPINIONES RECIENTES (1)
Dr. Jaume PadrósSecretario del Colegio de Médicos de Barcelona
“No nos oponemos si hay consenso entre profesionales y
Administración y una colaboración interdisciplinar con
protocolos escritos, donde quede claro el rol de cada uno.
Es enriquecedor trabajar en equipo y puede disminuir el
burn-out que provoca trabajar sólo”
ALGUNAS OPINIONES RECIENTES (4)
Irene ScottDirectora ejecutiva de la Asociación de Directores
de Enfermería del Reino Unido
“El médico debe compartir competencias con enfermería para lograr
una mejor asistencia sanitaria
Es irrelevante si la atención la lleva a cabo un médico u otro
profesional sanitario mientras se realice de forma óptima.
Los médicos deben entender que las enfermeras no quieren ocupar
su sitio ni quitarles atribuciones, sino que simplemente se tienen
que aprovechar sus conocimientos y aptitudes para ganar eficiencia
en el sistema y calidad en la atención”
1. Australia
2. Canadá
3. Estados Unidos
4. Nueva Zelanda
5. Reino Unido
6. Suecia
Informe del Consejo Internacional de Enfermeras (CIE)Implementing Nursing Prescribing
PAÍSES CON PRESCRIPCIÓN ENFERMERA AUTORIZADA:
¿REQUIEREN FOMACIÓN ESPECÍFICA?
1. En Canadá, Reino Unido y Suecia, las enfermeras
siguen, de una forma u otra, cursos específicos de
formación
2. En Estados Unidos, se requiere una formación
avanzada de postgrado y en algunos estados el nivel
de Licenciatura en Enfermería
3. En Nueva Zelanda, se requiere formación de
postgrado
4. En Australia no está establecido seguir ninguna
formación específica
Informe del Consejo Internacional de Enfermeras (CIE)Implementing Nursing Prescribing
LA PRESCRIPCIÓN ENFERMERA CONTRIBUYE A LA MEJORA DE LOS SIGUIENTES ASPECTOS:
1. La gestión de los problemas de salud y/o enfermedad de los ciudadanos
2. La gestión de las prestaciones sanitarias, asistenciales y de cuidados
3. La optimización de los recursos
4. El desarrollo del rol autónomo de la enfermería
ACCIONES
UN PUNTO DE PARTIDA
TRES HERRAMIENTAS
BÁSICAS
UN OBJETIVO DE IMPACTO
LA PROPUESTA DE LA CONSEJERA DE CATALUÑA
DEBATE INTERNOESTUDIO COMPARADO
DEBATE
PÚBLICO
NEGOCIACIÓN POLITICA
PRÓXIMA RESOLUCIÓN DE LA ORGANIZACIÓN COLEGIAL SOBRE LA PRESCRIPCIÓN ENFERMERA EN
ESPAÑA
ÍNDICE
Concepto de profesión sanitaria regulada
Los atributos de una profesión regulada
La situación actual de la enfermería española:
La Educación
La Práctica
La Prescripción enfermera
El nuevo paradigma profesional
De ayer a hoy
Un Nuevo Paradigma Un Nuevo Paradigma global de la Profesión global de la Profesión EnfermeraEnfermera...
... para la calidad de los cuidados de para la calidad de los cuidados de saludsalud...
... la excelencia profesionalla excelencia profesional ... ... y la seguridad clínica de las personasy la seguridad clínica de las personas.
CompetenciaProfesional
EducaciónSuperior
Universitaria
Responsabi-lidad propia
Especializaciónenfermera
EvidenciaCientífica
Calidad y Excelencia Autonomía
profesional
PrescripciónEnfermera