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    MANUAL PARA LA EVALUACIÓN DE HABILIDADES,DESTREZAS Y CONOCIMIENTOS DE LA FUNCION,PARA EL PERSONAL DE LAS INSTITUCIONES DESEGURIDAD PÚBLICA 2011

    México, D. F., Junio de 2011

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    Presentación

    El presente Manual ha sido elaborado conforme a los lineamientos emitidos por laDirección General de Apoyo Técnico del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacionalde Seguridad Pública, como lo establece el Anexo Técnico Único del Convenio deCoordinación 2011.

    Participaron en su elaboración, revisión y aprobación los integrantes de los Consejos Académicos Consultivos de las Regiones Occidente, Noreste, Noroeste, Sureste yCentro, integrados por los titulares de las Academias e Institutos de las Institucionesde Seguridad Pública de las entidades federativas de cada una de las Regionesreferidas, y cuyo objetivo es establecer el procedimiento homologado para laevaluación de los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública, respecto a las

    habilidades, destrezas y conocimientos de la función, señaladas en el Anexo TécnicoÚnico del Convenio de Coordinación en Materia de Seguridad Pública, suscrito para elejercicio 2011 y en las Reglas para el otorgamiento del subsidio a los municipios y, ensu caso, a los estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzancoordinadamente con los municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal en susdemarcaciones territoriales.

    Las Instituciones de Seguridad Pública de las cinco Regiones (Occidente, Noroeste,Noreste, Sureste y Centro), se comprometen a aplicar las evaluaciones deHabilidades, Destrezas y Conocimientos de la Función conforme al presente Manual,el cual solo será utilizado para el ejercicio presupuestal del año 2011.

    Las evaluaciones se efectuarán por las Academias e Institutos a que se refiere elartículo 47 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, encoordinación con los Consejos Estatales de Seguridad Pública de las EntidadesFederativas.

    Glosario

    Para efectos del presente Manual se entiende por:

    I. Anexo Técnico:  Documento específico derivado del Convenio de

    Coordinación en materia de Seguridad Pública, en el que las partes acuerdanlos objetivos, los recursos, acciones, cuadro de metas programáticas ymontos, mecánica operativa e indicadores de seguimiento y evaluación de losprogramas en materia de seguridad pública.

    II. Aplicador:  Personal propuesto por las Instituciones Académicas deSeguridad Pública, cuya función consiste en aplicar el examen deconocimientos a los sustentantes.

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    las que se indica la cantidad de elementos programados para la evaluación deservidores públicos que laboran en las Instituciones de Seguridad Pública.

    XIII. Órgano Interno de Control:  Son los órganos que tienen la función devigilar y auditar el proceso de evaluación, acorde a la normatividadestablecida.

    XIV. Personal de apoyo:  Personal que labora en el Instituto o Academia,determinados por éstas, para apoyar en tareas relativas al desarrollo de laevaluación.

    XV. Personal sustantivo en activo: Todos aquellos elementos que integranlas instituciones policiales, las cuales se someten al examen de habilidades,destrezas y conocimientos de la función.

    XVI. SESNSP:  Al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad

    Pública.XVII. SNSP o Sistema: Al Sistema Nacional de Seguridad Pública.

    Marco Jurídico

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley General del SistemaNacional de Seguridad Pública, las Academias e Institutos, serán responsables deaplicar los programas rectores de profesionalización y tendrán, entre otras la función

    de aplicar los procedimientos homologados del Sistema.

    En términos de lo anterior corresponde a las Academias e Institutos de la Federacióno de las Entidades Federativas, la evaluación de las habilidades, destrezas yconocimientos, de conformidad con el procedimiento siguiente:

    Mecánica Operativa

    I. De la intervención de las Academias o Institutos.

    1. Las Academias o Institutos en materia de Seguridad Pública, realizarán lasevaluaciones de habilidades, destrezas y conocimientos, en las fechas, horarios ylugares establecidos, en cumplimiento a la meta de las Instituciones de SeguridadPública de los tres órdenes de gobierno.

    Estas evaluaciones se aplicarán conforme a la mecánica operativa que aquí seestablece con los procedimientos de control de todas las pruebas y con laparticipación del Consejo Estatal de Seguridad Pública o el representante quedesigne la autoridad correspondiente.

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    Las Academias e Institutos se coordinarán a solicitud de las dependencias, paraestablecer la programación de los sustentantes y su calendarización para laevaluación.

    El personal programado que no asista a sus evaluaciones, podrá ser reprogramadopor única vez con la autorización del titular de la Institución de Seguridad Pública ynotificación a la Academia o Instituto, siempre y cuando justifique la causa de lainasistencia, debiendo asistir a la evaluación en la fecha, hora y lugar quenuevamente se le indique.

    En caso de nueva inasistencia, se deberá dejar constancia de la no disposición delelemento para asistir a sus evaluaciones, anexándose un tanto de la misma a suexpediente, para los efectos procedentes

    Las Academias e Institutos establecerán y gestionarán la logística para la evaluacióncorrespondiente.

    Las Academias e Institutos, previo al inicio del programa, solicitarán a la Entidad y/oMunicipio, designe un enlace para coordinarse en la ejecución del programa deevaluaciones.

    Este enlace, tendrá las siguientes funciones:

    a) Remitir la información en la forma y tiempos, que le solicite la Academia oInstituto, relacionada con el personal que será evaluado.

    b) Notificar al personal el día, hora y lugar en que deberán presentarse a susevaluaciones, apercibiéndoles de que, en caso de no presentarse sin mediarcausa justificada conforme a las normas aplicables, no serán vueltos a

    programar y se les dará por no presentados, salvo el supuesto previsto en eltercer párrafo del presente punto.

    c) Supervisar que los elementos se presenten con identificación oficial confotografía, atendiendo los requisitos específicos de este instrumento ysupervisar que registren y firmen su ingreso y salida de la sede deevaluaciones.

    d) Verificar que el personal de la corporación se comporte con disciplina y orden,además de atender en todo momento las indicaciones de las instanciasevaluadoras.

    e) En su caso, tener disponibles y proporcionar los recursos humanos,

    financieros, de seguridad, espacios físicos, papelería, equipamiento y otrosque sean necesarios para la operación del programa.

    f) Si las evaluaciones se realizan en el Municipio, este deberá contar con aulas osalones con mesa-bancos para los exámenes teóricos y prácticos.

    g) Gestionar ante la instancia respectiva en la Entidad o Municipio, ladisponibilidad de recursos humanos, financieros, de infraestructura y

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    equipamiento así como de servicios generales, que se requieran para laoperación del Programa de Evaluación

    h) Ser el conducto para gestionar ante la Academia o Instituto lasreprogramaciones y solicitudes excepcionales, a fin de que ésta o ésteresuelva respecto de la viabilidad de la petición.

    i) Coordinarse con la instancia evaluadora estatal para que las evaluaciones dehabilidades, destrezas y conocimientos se apliquen en un solo día a fin de nointerferir con la operación de las Instituciones de Seguridad Pública.

     j) Coordinar y verificar la entrega de los resultados al Instituto o AcademiaEstatal, al Estado o Municipio, según corresponda, así como, la remisión alCentro de Evaluación y Control de Confianza Estatal, para su registro.

    k) Tramitar ante la instancia Estatal o Municipal respectiva, la cuota de

    recuperación establecida en los anexos técnicos derivados de los Conveniosde Coordinación para su entrega en los tiempos y forma que se acuerden, asícomo los gastos de traslado y operación que de la aplicación del programa sederiven.

    l) Enviar reporte de información mensual a la Dirección General de ApoyoTécnico del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de SeguridadPública, conforme el formato anexo.

    m) Atender cualquier otro requerimiento relacionado con el tema, que le solicite elSecretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública o la

     Academia o Instituto responsable de la aplicación de las evaluacionesreferidas.

    Las Academias o Institutos, al término del programa de evaluación, entregarán losresultados de las evaluaciones de habilidades, destrezas y conocimientos a laentidad o municipio que correspondan, para que éstos, a su vez, programen lacapacitación en las áreas de oportunidad detectadas.

    II. Participantes en el proceso de Evaluación

     A fin de transparentar el proceso de evaluación de habilidades, destrezas yconocimientos, así como para verificar, en su caso, la condición física y o la salud de

    los sustentantes, deberá intervenir en el mismo el siguiente personal:a) El Representante de la Institución de Seguridad Pública Estatal o Municipal;

    b) El Representante del Órgano Interno de Control o su equivalente;

    c) El Titular o representante de la Academia o Instituto;

    d) Los Aplicadores;

    e) El Personal de apoyo;

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    f) Los Sustentantes;

    g) Los Instructores Evaluadores y Docentes Acreditados;

    h) Los Representante del Consejo Estatal de Seguridad Pública;i) El Médico y

     j) El Paramédico.

    La estructura y las atribuciones necesarias para el funcionamiento del Comité deEvaluación, además de las señaladas en el cuerpo del presente instrumento,deberán ser emitidas y aprobadas en el pleno del propio Comité.

    III. Desarrollo para la ejecución de las evaluaciones de habilidades, destrezas y

    conocimientos

    El desarrollo de la aplicación de las evaluaciones será la siguiente:

    a) El proceso de evaluación de habilidades, destrezas y conocimientos de lafunción dará inicio en cada Entidad Federativa y Municipio, una vez que hayansuscrito el Convenio de Coordinación y su Anexo Técnico Único, o el Anexodel Convenio de Adhesión del Subsidio para a los Municipios y, en su caso, alos estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamentecon los municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal en susdemarcaciones territoriales (SUBSEMUN) 2011, para conocer las metas

    establecidas en ellos.b) El representante del Órgano Interno de Control se encargará de coordinarse

    con el responsable de la Institución de formación en el desarrollo de laevaluación.

    c) El responsable de la Academia o Instituto, propondrá a la autoridad estatal omunicipal, según corresponda, la fecha y horario probable para la realizaciónde la evaluación y dará seguimiento al adecuado desarrollo de la evaluación,asimismo, elaborará la lista de asistencia, definirá sede de la aplicación,número total de evaluaciones, requerimientos didácticos y demásrequerimientos para la práctica de la evaluación.

    d) Todos los sustentantes por examinar deberán contar con su número de claveúnica de identificación permanente (CUIP), identificación oficial con fotografíay pase de examen que será entregado en forma oportuna por la Institución deSeguridad Pública.

    IV. Disposiciones comunes para la aplicación de las evaluaciones

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    a) En la aplicación de los exámenes, estarán los representantes de laInstitución de Seguridad Pública, del Órgano Interno de Control y del Institutoo Academia; así como los aplicadores, los instructores evaluadores

    acreditados, el personal de apoyo y los sustentantes.b) El representante del Instituto o Academia, dará a conocer la mecánica de la

    evaluación y presentará a los participantes que intervienen en el proceso deevaluación.

    c) Corresponde al aplicador:

    1. Indicar a los sustentantes que al firmar la lista de asistencia deberánrevisar que sus datos se encuentren correctamente escritos, en caso dehaber algún error, debe realizarse la corrección y señalarse en el acta decierre correspondiente a la evaluación.

    2. Informar a los sustentantes que no podrán hacer uso de códigos, libros ocualquier otro material impreso en la contestación del examen, por lo quesólo deben tener a la mano el sobre que se les proporcione, lápiz ybolígrafo; así como, que deberán apagar todos los aparatos deradiocomunicación (celulares, radios, localizadores, entre otros).

    3. Informar a los sustentantes que deberán portar identificación oficial confotografía.

    4. Verificar la posición en que están sentados los sustentantes y reubicar aquienes consideren pertinentes.

    5. Verificar que los sustentantes sean nombrados uno por uno e indicarles

    que pasarán al frente con su identificación, la cual entregarán alrepresentante del OIC, con el objeto de verificar su identidad, esta se lesdevolverá al finalizar el examen.

    6. Una vez confirmada la identidad de los sustentantes, verificará que se lesentregue el sobre con el cuadernillo de preguntas y la hoja de respuestas,mismo que no deben de abrir hasta que se les indique.

    6.1. El aplicador proporcionará a los sustentantes las instrucciones dellenado de la hoja de respuestas que a continuación se citan:

    6.1.1. El nombre y la firma serán anotados y suscritosrespectivamente con bolígrafo.

    6.1.2. El llenado de la hoja de evaluación será con lápiz delnúmero 2 ó 2½, en caso de que la evaluación sea mediante alvéolos,estos deberán ser llenados oscureciéndolos bien sin que se marqueel alveolo por la parte de atrás, en caso de error, deberá borrarperfectamente el alvéolo sin dañar la hoja, en caso de no borrarcorrectamente, el lector óptico puede invalidar la respuesta.

    6.1.3. No deberá seleccionar dos respuestas, de lo contrario, se

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    invalidará la pregunta.

    6.1.4. Informar que todas las respuestas tienen una solarespuesta correcta.

    6.1.5. No deben escribir sobre el cuadernillo de preguntas.

    6.1.6. Indicará la hora de inicio y término del examen (el tiempoque tendrán para resolver el examen será de 2 horas como máximo).

    6.2. El sustentante entregará al aplicador el sobre con la hoja derespuestas y el cuadernillo de preguntas en su interior.

    6.3. El aplicador recibirá las hojas de respuestas y cuadernillos de lossustentantes, verificando que hayan llenado correctamente loscampos de datos, y en su caso, los alvéolos correspondientes, de noser así, solicitará al sustentante que complete la información

    requerida o, en su caso, rellene o remarque bien los alvéolos.6.4. Se entregarán al representante del Órgano Interno de Control, las

    hojas de respuesta de los sustentantes y las que no fueronutilizadas, para proceder a su cancelación.

    6.5. Una vez concluida la evaluación, el representante del instituto deformación o academia, colocará en sobre cerrado las hojasutilizadas cerrándolos con sello y firma del representante del ÓrganoInterno de Control. Asimismo, coordinará que todos los sustentantesentreguen sus cuadernillos de preguntas, mismos que serándestruidos en su totalidad, haciéndolo constar en el acta de cierre.

    6.6. Al término de la aplicación, por cada grupo de sustentantes sesuscribirá un Acta de cierre de examen que dé cuenta del númerode personal evaluado, los incidentes que en su caso se hayanpresentado. El acta deberá ser firmada por el personal que participóen la coordinación del proceso de evaluación.

    Para los efectos del presente numeral, en aquellas Entidades Federativas que nocuenten con Academias o Institutos, o que las existentes no tienen la capacidad parala aplicación de los procedimientos señalados en el presente Manual, se podráncoordinar para la aplicación de los mismos, con los Consejos Locales de Seguridad

    Pública.Concepto de gasto:  los recursos programados para la evaluación de “Habilidades,Destrezas y Conocimientos de la Función Policial”, en los Convenios deCoordinación suscritos con el Gobierno Federal en materia de Seguridad Pública,deberán realizarse de conformidad con los dispuesto en el Presupuesto de Egresosde la Federación, la Ley de Coordinación Fiscal, en las Reglas para la Operación delPrograma para la Fiscalización del Gasto Federalizado, en las Reglas de Operación

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    del Subsidio y demás normatividad aplicable, podrá ser ejercido de la siguienteforma:

    I. Para la aportación financiera a las Academias o Institutos, por concepto deevaluaciones del personal en habilidades, destrezas y conocimientos,conforme al convenio establecido con las Instituciones de Seguridad Pública.

    II. En su caso, para adecuación o arrendamiento de espacios físicos para llevar acabo las evaluaciones.

    III. Para papelería en general: cajas para archivo, carpetas, folders, etiquetas,cartuchos de tinta para imprimir, papelería.

    IV. Gastos de traslado del personal a los lugares sedes de las evaluaciones. Elenlace se encargará de gestionar el traslado de los sustentantes y la provisiónde los alimentos al personal que se esté evaluando.

    V. Cualquier gasto que se realice, deberá atender lo señalado en las reglas deoperación y a la normativa aplicable.

    VI. Las economías y rendimientos que se generen en el programa, seránorientadas a fortalecer las áreas de oportunidad detectadas en los elementoso, en su caso, en la capacitación para fortalecer el nuevo modelo policial.

    Las Instituciones de Seguridad Pública Estatales y Municipales, darán cumplimientoa este Manual, para que las evaluaciones se apliquen en tiempo y forma.

    Las Instituciones señaladas en el párrafo anterior, cumplirán con las metasprogramadas para la evaluación de habilidades, destrezas y conocimientos de lafunción, comprometidas en los convenios de coordinación y sus anexos técnicos.Deberá considerarse que para efectos de cumplir con la meta programada, esnecesario que la Dirección General de Apoyo técnico del Secretariado Ejecutivo delSistema Nacional de Seguridad Pública, apruebe el presente Manual.

    Las Instituciones de Seguridad Pública de los Estados y Municipios ofrecerán a lossustentantes, todas las facilidades para que acudan a la aplicación de cada uno delos exámenes en las fechas, horas y lugares que se determinen, evitando enviarlosfatigados o inmediatamente después de que hayan cubierto servicio o comisión.

    Es responsabilidad de la instancia evaluadora custodiar en todo momento ladocumentación del proceso de evaluación -particularmente lo que comprende a los

    reactivos-, que recibe de la Dirección General de Apoyo Técnico (Anexo 1), yasimismo una vez efectuada la evaluación, deberá concentrar los resultados enforma escrita y electrónica, y resguardar los expedientes generados de cadaevaluado por el periodo de vigencia que establece la evaluación.

    La instancia evaluadora entregará a la Institución de Seguridad Pública quecorresponda, la documentación en original, escrita y en medio magnético, los

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    resultados de las evaluaciones, para que ésta proceda a cargarlas en el RegistroNacional de Personal de Seguridad Pública (Kardex).

    Las instancias de Seguridad Pública que intervienen en las evaluaciones mostraránlos resultados de las mismas, cuando así se requiera para inspección o auditoría porlas instancias de control y fiscalizadoras.

    Las Instituciones de Seguridad Pública Estatales y Municipales, deberán realizar unanálisis de los resultados de las evaluaciones, para diseñar y aplicar programas decapacitación orientados a subsanar las debilidades y oportunidades deconocimientos, habilidades, destrezas identificadas tanto en el personal que fueevaluado como en el resto de sus integrantes.

    De la evaluación de habilidades y destrezas del personal de las Instituciones de

    Seguridad Pública

    Elementos a evaluar  

    El personal de las Instituciones de Seguridad Pública que sustentará lasevaluaciones comprende el siguiente:

    Policía Preventivo Estatal y Municipal, Policía Vial, Custodio Penitenciario y Custodiode Centros de Diagnóstico e Integración para Adolescentes o sus equivalentes,Policías Ministeriales o sus equivalentes (activos).

    En el caso del Programa SUBSEMUN, el personal a evaluar es el comprometido enlos Anexos Técnicos Únicos de los Convenios de Adhesión, conforme a los

    programas establecidos:I. Mandos de nivel superior a inferior.

    II. Integrantes de las Unidades de Análisis con perfil policial.

    III. Integrantes de las Unidades de Reacción.

    IV. Resto del personal policial.

    Alcance de la evaluación 

    Identificar las habilidades, destrezas y conocimientos correspondientes a la funciónde cada uno de los integrantes de las Instituciones Policiales a evaluar, así como, losconocimientos básicos de cómputo y paquetería, cuando por el desempeño de sufunción requieran de dichos conocimientos.

    Las habilidades y destrezas a evaluar que abajo se relacionan serán de carácterobligatorio, siempre y cuando correspondan a la función específica del evaluado:

    1) Armamento y Tiro

    2) Capacidad Física

    3) Defensa Personal

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    4) Detención y Conducción de Probables Responsables

    5) Manejo de Bastón Policial

    6) Conducción de Vehículos Policiales7) Operación de Equipos de Radio Comunicación.

    Instrumentos de evaluación

    a) Cuadernillos de preguntas y/o ejercicios, uno por cada habilidad a evaluar;éste sólo será para el instructor-evaluador.

    b) Hoja de respuestas: el instructor-evaluador destinará una a cada habilidad decada elemento evaluado, llenando ésta con el puntaje obtenido del elemento.

    c) Hoja concentradora de resultados, la cual contiene los resultados de cada unade las habilidades y destrezas evaluadas, debidamente validados por el

    instructor evaluador acreditado.d) Hoja de consentimiento del sustentante debidamente requisitada y firmada.

    Requisitos que deben cumplir los sustentantes con el apoyo de susInstituciones

    a) Acudir a la evaluación con un mínimo de 12 horas de descanso el día y horaprogramado en el lugar señalado.

    b) Presentar identificación oficial con fotografía.

    c) Presentar certificado médico expedido por una Institución de Salud Pública ode las Instituciones de Seguridad Pública en la que esté adscrito el

    sustentante.d) Portar ropa y calzado adecuado que le señale su dependencia.

    e) Haber desayunado ligero.

    f) En caso de que el sustentante tuviese algún padecimiento crónicodegenerativo, estado de gravidez o lesión que le impida realizar algunaevaluación específica, deberá indicarlo al responsable de la evaluación y/o alinstructor-evaluador y en su caso presentar la documentación médica que loacredite.

    En el caso de que algún sustentante durante el proceso de evaluación refiera

    o manifieste un malestar, será remitido para su valoración al médico asignadoal proceso de evaluación, quien definirá si puede o no puede continuar con laevaluación, emitiendo el documento correspondiente que avale su dicho, elcual se integrará al acta circunstanciada que se elabore.

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    Requisitos que deben cumplir las Instituciones de Seguridad Pública, cuyopersonal será evaluado

    Para garantizar el buen desarrollo del proceso de evaluación del personalsustentante deberá cumplir con lo siguiente:

    a) Dotar al sustentante del uniforme y equipo requerido para cada una de lasevaluaciones que se le aplicarán, y supervisar que lo porte adecuadamente

    b) Proveer del servicio de refrigerio y alimentación requeridos, considerando laduración y el horario de inicio y conclusión del proceso de evaluación

    Apoyos logísticos que deberá proporcionar la instancia evaluadora

    1) Cuadernillo de preguntas y hoja de respuestas.

    2) Exámenes debidamente foliados para cada evaluación.

    3) Personal administrativo que apoye en la aplicación.4) Papelería

    Apoyos logísticos que deberá proporcionar la sede donde se llevarán a cabolas evaluaciones

    1) Espacios físicos idóneos para las evaluaciones a aplicar

    2) Aula con capacidad para 50 elementos en promedio

    3) Mesa –banco por cada elemento a evaluar

    4) Espacios abiertos o estacionamiento amplio y despejado

    5) Equipo de fotocopiado

    6) Personal disciplinario

    7) Comedor o área física acondicionada

    8) Agua potable

    9) Sanitarios

    10)Servicio médico con ambulancia

    Los requerimientos específicos a aportar por la Institución de Seguridad Pública y la

    institución sede para la evaluación de habilidades y destrezas, deberán ser lossiguientes:

    I. Armamento y tiro policial 

    1) Stand de tiro o simulador (sede de la aplicación de la evaluación)

    2) Equipo (por elemento)

    a) Uniforme operativo;

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    b) Arma corta o larga, según sea el caso;

    c) Equipo de limpieza de armas;

    d) Fornitura completa (sin cartuchería); e) 10 cartuchos para pistola correspondientes al armamento de cargo; 

    f) Protectores para ojos y oídos, y 

    g) 2 Siluetas.

    II. Detención y conducción de probables responsables  

    1) Cada elemento deberá llevar su fornitura 

    2) Candados de manos por elemento con llaves

    3) Un vehículo policial

    4) Uniforme oficial

    III. Conducción de vehículos 

    1) Un vehículo policial 

    2) 30 Conos viales

    3) Uniforme oficial 

    IV. Manejo de bastón policial 

    1)  Área mínima de 40 metros cuadrados, plana, horizontal y sin obstáculos 

    2) Equipo policial a cargo (fornitura, candados de manos y sus llaves y bastón

    policial)3) Uniforme oficial

    V. Operación de equipos de radio-comunicación: 

    1) Equipo portátil de radio comunicación del Sistema MATRA y/o equiposanálogos portátiles (tres radios proporcionados por la instancia de loselementos a evaluar).

    2) Contar con los permisos necesarios de C4 o controlador central según sea elcaso.

    3) Material que contenga la impresión de códigos y claves usados en lacorporación en cuestión (proporcionado por la instancia de los elementos aevaluar).

    VI. Defensa personal: 

    1) Área mínima de 40 metros cuadrados, plana, horizontal y sin obstáculos

    2) Uniforme oficial

    3) Equipo policial de cargo

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    VII. Capacidad física: 

    1) Certificado de salud

    2) Pista de 400mts planos, cuando menos.3) Barra para dominadas

    4) Ropa deportiva

    5) Servicio médico

    Evaluación de Conocimientos

    Elementos a evaluar

    El personal de las Instituciones de Seguridad Pública que sustentará lasevaluaciones comprende el siguiente:

    Policías Ministeriales o sus equivalentes, Policía Preventivo Estatal Municipal yPolicía Vial, Custodio Penitenciario y Custodio de Centros de Diagnóstico eIntegración para Adolescentes.

    Los Institutos o Academias, podrán elaborar los exámenes para la evaluación delconocimiento, conforme a los reactivos elaborados, revisados y aprobados por elConsejo Académico de la Región Occidente y validados por la Dirección General de

     Apoyo Técnico del Secretariado Ejecutivo, los cuales deberán contemplar lassiguientes áreas atendiendo al perfil del sustentante:

    I. Marco jurídico; II. Técnicas y Tácticas de la función policial; 

    III. Ética; 

    IV. Comunicación y lenguaje, y

    V. Cómputo y Paquetería (examen de aplicación  –encaminado a la labor policialcomo la captura del IPH y la elaboración de informes)  

    Las instituciones de Seguridad Pública, deben implementar programas decapacitación en las áreas de oportunidad detectadas.

    Evaluación de resultados y calificaciónLos resultados se deben calificar por cada función y área de conocimiento de lasiguiente manera:

    I. Acreditado.- El sustentante que resulte con una calificación igual o mayor de70/100. 

    II. No acreditado: El sustentante que resulte con calificación inferior de 70/100.  

    III. No presentó: El sustentante que no acudió a la evaluación 

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    En caso de que el resultado sea No acreditado, se le debe capacitar y evaluar parauna segunda y única ocasión en las áreas no acreditadas, en un plazo no mayor aseis meses. Misma situación comprenderá para quien justificadamente no se haya

    presentado a las evaluaciones.

    Compromiso de capacitación

    Las instancias evaluadas obligatoriamente deberán coordinarse con las Academias oInstitutos de formación, capacitación y profesionalización policial, para crear un plande capacitación en las áreas de oportunidad detectadas, en un plazo no mayor a dosmeses, terminando las capacitaciones programadas en un plazo máximo de cuatromeses posteriores.

    Sera obligación de los Municipios o Estados programar un presupuesto para lascapacitaciones mencionadas.

    El Municipio o Estado tiene la obligación de evaluar y capacitar en las áreas deoportunidad detectadas, por lo menos al 30% de sus elementos operativosanualmente, con el propósito de contar con personal de seguridad pública capacitadoen las habilidades, destrezas y conocimientos de la función policial.

    Del control, verificación y seguimiento

    Le corresponde al Secretariado Ejecutivo a través de la Dirección General de ApoyoTécnico, la verificación y seguimiento del cumplimiento del presente Manual, sólo encuanto a la aplicación de procedimientos homologados para la instrumentación de lasevaluaciones de habilidades, destrezas y conocimientos de la función, la cual serealizará a través de los informes en el Formato de reporte de Verificación ySeguimiento.

    Los informes a que se refiere el párrafo anterior, los realizarán las instituciones deSeguridad Pública a través de sus instancias competentes, reportando en soporteelectrónico e impreso, de manera trimestral a la Dirección General de Apoyo Técnico,los avances alcanzados en relación a la meta programada.

    El presente Manual fue elaborado y aprobado por unanimidad por los Consejos Académicos Consultivos de las Regiones Occidente, Noroeste, Noreste, Sureste yCentro, el 22 de octubre de 2010, en base a la propuesta de la Dirección General de

     Apoyo Técnico del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de SeguridadPública. Actualización aprobada el 11 de marzo de 2011 en la Primera Sesión

  • 8/16/2019 MANUAL_EVALUACION_HABILIDADES_DESTREZAS_CONOCIMIENTOS_ANEXO I.pdf

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    Extraordinaria del Consejo Académico Consultivo de la Región Occidente y validadapor la Dirección General de Apoyo Técnico el 30 de junio de 2011.