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MANUAL DE SANA CONVIVENCIA
ESCOLAR.
LICEO “MARÍA AURORA GUÍÑEZ
RAMÍREZ”
PURÉN
2014-2015.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 1
INDICE.
PAG.
-Presentación. 003
-Objetivos. 004
-Fundamentación. 005
-Organigrama. 007
-Perfil del alumno. 008
-Perfil de Apoderado. 009
-Normas técnico administrativas sobre Estructura y
Funcionamiento General del Establecimiento.
011
-Organización Administrativa Docente. 023
-Tipo de Organización de los Docentes. 029
-Personal Administrativo. 037
-Proceso de ingreso de Alumnos(as). 043
-Deberes y Derechos de los Alumnos(as). 044
-Estímulos. 050
-Observaciones generales sobre medidas disciplinarias. 051
-Prohibiciones. 053
-Convivencia escolar 055
-Momentos en las normas de Convivencia Escolar. 056
-Mecanismos de resolución de conflictos. 057
-Medidas disciplinarias. 060
-Comité Sana convivencia 063
-Falta y medida disciplinaria 064
-Descripción de los procedimientos. 078
ANEXOS
Protocolo de actuación en situación de acoso escolar. 084
Protocolo de actuación para violencia entre alumnos y 093
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alumnas al interior del Establecimiento Educacional.
Protocolo de actuación para la violencia entre adultos que
desempeñan funciones al interior del Establecimiento.
095
Protocolo de actuación frente a accidente escolar. 097
Protocolo de Prevención y actuación en casos de
Consumo y Tráfico de alcohol o drogas en el
Establecimiento.
101
Protocolo para la retención en el sistema escolar de
estudiantes embarazadas.
106
Protocolo de actuación frente a situaciones de maltrato y
abuso sexual infantil y adolescente.
114
Protocolo para la derivación a atención de casos. 128
Reglamento Electoral Centro de Alumnos 132
Estatutos centro de Padres y Apoderados. 153
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PRESENTACIÓN
El Liceo Humanista Científico “María Aurora Guíñez Ramírez”, tiene
como Misión entregar una educación de calidad que le permita al alumno
desarrollarse como persona internalizando el espíritu de autonomía
individual, enfatizando el desarrollo de valores, teniendo claro su
compromiso para desarrollar un trabajo efectivo.
Forman parte del Liceo y, por tanto, deben cumplir y hacer cumplir
el presente reglamento:
Los Directivos.
Los Docentes Técnicos.
Los Profesores.
Los Alumnos.
Los padres y/o apoderados.
El personal Asistente de la educación.
Y todas las personas que se integren temporalmente al Establecimiento por
cualquier situación.
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1. OBJETIVOS.
- Establecer los deberes, derechos y normas de convivencia y relaciones
interpersonales de todos los estamentos que conforman el
establecimiento para ser respetados logrando un clima organizacional
basado en los documentos legales y valores universales.
- Asumir como alumnos su responsabilidad mediante el conocimiento de
sus deberes y derechos en el Establecimiento.
- Permitir la aplicación de estrategias que eviten conflictos entre los
diferentes integrantes del establecimiento utilizando el sistema de
mediación para lograr una convivencia escolar de buena calidad.
- Establecer la responsabilidad del padre y apoderado en su rol con el
Establecimiento.
- Permitir la aplicación de metodologías de evaluación en su aspecto
social e intelectual al alumno, estableciendo la retro-alimentación
necesaria en cada caso.
- Permitir la aplicación de estrategias metodológicas educacionales y de
profesionales afines para evitar acciones punitivas referidas a faltas en
el alumno con relación a su responsabilidad con el Establecimiento.
- Establecer normas de comportamiento y respeto mutuo entre los
integrantes de la comunidad educativa para lograr una convivencia
escolar de buena calidad.
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2. FUNDAMENTACIÓN.
Una actuación profesional basada en valores será más coherente y
estable que una basada sólo en el conocimiento del deber ser, que se
aplica a partir de motivos externos al ser humano, como la exigencia de los
superiores o la presión del colectivo. La motivación interna que funciona en
una actuación basada en valores supera el nivel de actuación cognitiva
motivada por causas externas ajenas a la personalidad de la persona
misma.
Los valores guían la actividad humana en todas sus manifestaciones,
convirtiéndose en elementos indispensables en la regulación de la
conducta de los seres humanos. Por tanto, es imprescindible significar que
la apropiación de valores deseables, reflejados en conductas deseables a
nivel individual, no son un acto mecánico o derivado de una aspiración
voluntarista, sino un proceso prolongado de apropiación, de construcción
personal, de conformación individual en la propia y cada vez más
compleja interacción que el sujeto va estableciendo con la realidad. No
obstante y para garantizar que las conductas individuales no afecten el
colectivo y la sana convivencia interna, se hace absolutamente necesario
en cualquier organización establecer reglas o normas de conducta que
garanticen el trabajo de todos los estamentos del establecimiento
educacional y a su vez el cuidado individual de cada integrante de la
comunidad educativa.
No podemos olvidar que cuando en nuestra institución se intenta
formar hábitos de conductas, valores y normas elementales de
convivencia, como las buenas maneras y costumbres, solidaridad y
respeto, se está trabajando no sólo para el presente, sino también para el
futuro.
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Nuestra función como maestros, líderes, personajes influyentes en la
vida de las personas, es lograr que los valores a los que aspiramos
socialmente, sean los que intervengan realmente en las relaciones sociales
que establecemos durante todo el proceso y que todos regulemos
nuestras acciones motivados por la satisfacción ante el cumplimiento de
estas normas sociales positivas.
Es imprescindible entonces, que las personas integrantes de la
comunidad escolar conozcan, comprendan, practiquen y apliquen el
manual de convivencia basado en deberes y derechos.
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3. ORGANIGRAMA
ALCALDE
D.A.E.M.
DIRECTOR. SECRETARIA
C.E.E. C. E.G.E.P.A
INSPECTOR(A) GENERAL
CONSEJO ESCOLAR
Asistentes de la Educación
DOCENTES
EQUIPO GESTIÓN
DIRECTIVA
ALUMNOS
APODERADOS
1 Ciclo.
4º
3º
1º
2º
JEFE U.T.P. ORIENTADOR
1º
1º
4º 2º
2º
3º
Prof. Jefes
Aula
3º
P.I.E
PSICOLOGA
1 Ciclo.
2 Ciclo.
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4. PERFILES
4.1. PERFIL DEL ALUMNO QUE SE QUIERE FORMAR.
OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS.
- Asista regularmente a clases según horario de curso.
- Puntual en el ingreso a clases.
- Uniforme de acuerdo al Manual de Convivencia.
- Presentación adecuada de hábitos e higiene personal.
- Cuidado y mantención de los bienes fiscales de la institución.
RENDIMIENTO ACADÉMICO.
- Responsabilidad en las tareas asignadas
- Cumplimiento de sus deberes en los plazos estipulados.
- Ser capaz de manifestar su inteligencia mediante paradigmas
intelectuales.
- Manifiesta interés para logro de objetivos académicos superiores
PERFIL CONDUCTUAL.
- Respeto a los miembros de la Institución y sus pares.
- Ser solidario con la institución.
- Autoestima positiva.
- Ser capaz de tomar decisiones propias.
- Respetar los valores patrios.
- Manifestar un correcto equilibrio entre lo permitido y lo no permitido.
- Tener capacidad para escuchar y emitir opiniones válidas de acuerdo
al contexto intelectual.
- Reconocer errores propios y superarlos.
- Ser responsable de decisiones propias.
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- Manejar conflictos en forma adecuada.
- Valorar la familia como base de realización personal.
- Ser colaborador de las actividades de la institución.
- Participar de las actividades de la institución de acuerdo a su nivel
educacional.
- Ser capaz de discernir entre una conducta positiva de una negativa.
- Cuidar los bienes propios y de los demás.
- Respeto y tolerancia a la diversidad sociocultural y de ideas.
- Identificarse y valorar a la Institución formadora Liceo “María A. Guíñez
R” de Purén.
4.2. PERFIL DEL APODERADO
AREA ESPIRITUAL Y MORAL
- Conocer y comprender el proyecto educativo del Liceo.
- Generar instancias propicias para estimular el planteamiento valórico
ante situaciones adversas.
- Motivar permanentemente el desarrollo integral: estimular en sus
hijos, a través de su conducta, la valorización y el ejercicio de todas
las áreas del quehacer humano en su proceso de ser persona.
- Educar y formar a sus hijos a la luz de los principios y valores del
Proyecto Educativo del Establecimiento.
- Promover en su hijo(a) permanentemente el desarrollo de actitudes,
gestos, expresiones y actos respetuosos hacia los demás estudiantes,
los profesores, y todos los funcionarios del Liceo.
AREA ACADÉMICA.
- Manifestar confianza y apoyo al Proyecto de enseñanza-aprendizaje
del Establecimiento.
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- Contribuir positivamente en el logro de las actividades
programáticas y extra programáticas.
- Contribuir a orientar a su hijo(a) en el descubrimiento de sus
aptitudes e intereses.
- Preocuparse que su pupilo(a) tenga sus útiles escolares, textos de
estudio, cuadernos, uniforme completo que el establecimiento
exige.
- Asistir a reuniones programadas por su correspondiente curso, y
otras que el profesor(a) Jefe u otro integrante del Liceo solicite.
AREA SOCIAL.
- Integrarse y participar con actitud positiva en el micro-centro de
padres y apoderados correspondiente al curso en que está su hijo(a).
- Establecer y mantener una actitud de respeto y cordialidad en las
diversas ocasiones de encuentro.
- Manifestar responsabilidad en sus compromisos con el Liceo.
- Identificarse con los valores democráticos como justicia y solidaridad,
actuando en consecuencia con ellos.
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5. NORMAS TÉCNICO ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y
FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO.
5.1. ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA.
5.1.1. DEL DIRECTOR.
El Director es el docente que como Jefe del establecimiento
educacional es responsable de la administración y funcionamiento del
mismo, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes.
DEBERES:
- Dirigir el Establecimiento, de acuerdo a los principios de la
administración educacional vigente, nacional y comunal.
- Determinar con el Consejo de Profesores, la visión, misión y objetivos
estratégicos del Establecimiento en concordancia con los
requerimientos de la comunidad escolar y de Reforma Educacional.
- Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su
cargo.
- Presentar al DEM el PEI en forma anual con la Planificación del
Establecimiento; la proyección de matrículas y curso, la carga horaria,
personal y necesidades.
- Integrar el E.G.D.
- Mantener su liderazgo y su tipo de administración participativa para
lograr un buen clima organizacional.
- Conocer todos los documentos legales y hacerlos cumplir.
- Presidir los diversos consejos y delegar funciones cuando corresponda.
- Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y
seguridad dentro del Establecimiento Educacional.
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- Cumplir las normas e instrucciones emanadas de las autoridades
educacionales competentes.
- Remitir a las autoridades competentes del Ministerio de Educación, las
actas, estadísticas y otros documentos que le sean exigidos conforme a
la reglamentación y legislación vigente.
- Arbitrar las medidas necesarias para que se realice normalmente la
supervisión y la inspección del Ministerio de Educación.
- Mantener una comunicación constante e información al DAEM.
- Delegar en el Inspector General y/o Jefe Técnico Pedagógico y/o
Docente Idóneo, el control de las actividades propias del
Establecimiento que estructuran la rutina escolar. Delegar en cada
integrante del E.G.D. la responsabilidad.
- Informar oportunamente a la autoridad municipal respecto de las
necesidades surgidas en el Establecimiento.
- Autorizar los permisos administrativos de los docentes según Art. Nº 36
párrafo III 19070/92.
- Elaborar Proyectos Educativos en conjunto con el Grupo de Gestión.
- Supervisar el trabajo de aula para optimizar el proceso de enseñanza
aprendizaje.
- Gestionar ante las autoridades comunales para que posibiliten la
ejecución del Proyecto Educativo Institucional.
- Vincular al Establecimiento con las Instituciones Fiscales, Municipales y
Organizaciones Sociales y Vecinales de la Comuna.
- Contar con los datos estadísticos de todos los funcionarios y alumnos
del Establecimiento.
- Administrar eficaz y eficientemente los recursos económicos del
Establecimiento.
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- Administrar eficaz y eficientemente los recursos humanos del
Establecimiento.
- Recaudar los recursos económicos por concepto de pago de
matrícula y OTROS.
- Realizar oportunamente los depósitos bancarios e informes de
contabilidad correspondiente a la gestión financiera del
Establecimiento.
DERECHOS.
El Director para desempeñar su labor debe ser apoyada con recursos
humanos y materiales por parte del Sostenedor.
- Contar con el apoyo y comunicación permanente con las autoridades
municipales y comunales de educación para administrar el
Establecimiento.
- El Director tiene el derecho de exigir colaboración en la ejecución de
las tareas a desarrollar por el personal a su cargo.
- Contar con el 100% de los ingresos económicos por concepto de
matrícula, Financiamiento Compartido y Asignación de Mantenimiento,
para ser utilizados en beneficio del proceso educativo y
Establecimiento.
- Contar con una oficina adecuada en espacio físico, mobiliario y
materiales dentro del Establecimiento.
- Representar al Establecimiento en cualquier circunstancia y lugar.
- Ausentarse del Establecimiento para asistir a reuniones y actos públicos
previa designación de su subrogante.
- Presidir reuniones en el Establecimiento tales como Consejo de
Profesores, Grupo de Gestión, Unidad Técnico Pedagógica y otros
según se considere necesario.
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- Delegar funciones en el Inspector General, Jefe Técnico Pedagógico,
Orientador o Docente, cuando se ausente del Establecimiento.
- Sugerir a la U.T.P. actividades a realizar con el personal docente.
- Solicitar personal al DAEM cuando corresponda.
- Recibir oportunamente correspondencia de las autoridades
municipales y educacionales e informaciones a nivel comunal según
corresponda a la gestión educacional.
- Tiene derecho a participar en la Comisión Calificadora de Concursos
Públicos pedagógicos a nivel comunal.
- Evaluar el proceso educativo, programas en ejecución y personal a
contrata.
- Participar, opinar y emitir juicios en el Consejo de Directores de la
Comuna.
- Realizar los ajustes y distribuir el personal para lograr eficacia y
eficiencia en el proceso administrativo y curricular.
- Ingresar al aula para supervisar el desarrollo de enseñanza aprendizaje.
- Realizar evaluaciones periódicas del trabajo desarrollado en el
Establecimiento.
- Calificar el desempeño del personal del Establecimiento.
- Contar con el apoyo económico del Sostenedor para asistir a
reuniones, talleres u otros eventos relacionados con el cargo.
5.1.2. DEL INSPECTOR GENERAL.
El Inspector General es el docente que tiene como responsabilidad
velar porque las actividades del Establecimiento se desarrollen en un
ambiente de disciplina, bienestar y sana convivencia. Bajo su
responsabilidad está el Economato, Seguridad e Inventario. Liderar en la
planificación del PEI, en la dimensión organizativa-operativa.
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DEBERES.
- Confeccionar los documentos y registros que acrediten la calidad del
Establecimiento como cooperador de la función educacional del
estado y aquellos que se requieran para impetrar la subvención estatal,
en formularios de boletines y estadísticas del Ministerio de Educación.
- Subrogar al Director en su ausencia.
- Atender alumnos con casos de indisciplina mayor derivados por
docentes u otro funcionario del Establecimiento, aplicando el Manual
de Sana Convivencia del Liceo.
- Elaborar los horarios de clases y actividades complementarias en
coordinación con la U.T.P., controlando su cumplimiento.
- Distribuir a los alumnos en los diferentes cursos.
- Distribuir los espacios existentes para las diferentes actividades
curriculares y no curriculares.
- Controlar el cumplimiento de los horarios de trabajo del personal
docente, monitores, administrativo, co-docente, auxiliar y otros según
contrato de trabajo.
- Autorizar la salida extraordinaria de alumnos fuera del Establecimiento,
a petición personal del apoderado o docente.
- Planificar, organizar, controlar y evaluar el trabajo de los asistentes de la
educación y personal de servicios menores.
- Llevar un registro individual de observaciones positivas y negativas de
los funcionarios, como jefe directo.
- Supervisar y controlar presentación del alumnado diariamente y en
cualquier acto interno o público.
- Velar por la buena presentación, higiene, mantención y aseo del local.
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- Verificar la correcta confección de las actas de evaluación, los
certificados anuales de estudios elaborados por los profesores jefes de
curso.
- Mantener el kardex de los alumnos actualizados.
- Autorizar la salida extraordinaria de funcionarios en su jornada de
trabajo, previa solución de subrogancia temporal.
- Aplicar el Manual de Convivencia con equidad a los funcionarios,
alumnos y apoderados.
- Informar por escrito al Director el incumplimiento al Manual de
Convivencia por algún funcionario, cuando la ocasión lo amerite.
- Organizar, dirigir y controlar recepción, elaboración y entrega de
alimentos a los alumnos, en coordinación con la empresa proveedora
del servicio de alimentación y personal de manipuladoras.
- Realizar y actualizar el inventario de bienes del Establecimiento, en
forma semestral entregando un informe a la Dirección.
- Hacer cumplir las normativas de cuidar bienes públicos, identificar y
delegar responsabilidades a los usuarios de los diferentes
departamentos y bienes.
DERECHOS.
El Inspector General para cumplir su responsabilidad de velar por el
buen funcionamiento de las actividades del Establecimiento tiene los
siguientes derechos.
- Establecer una buena comunicación con todo el personal para el
buen desarrollo de su trabajo.
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- Tiene derecho a exigir colaboración al personal docente, monitores,
administrativos, asistente de la educación y auxiliares en las diversas
actividades a realizar.
- Contar con una oficina adecuada en espacio físico, mobiliario y
ubicación dentro del Establecimiento.
- Poseer material de oficina necesario para todo el desempeño
administrativo.
- Subrogar al Director y representar al Establecimiento cuando el Director
se encuentre ausente, e informar a éste por escrito de su gestión.
- Citar a los apoderados al Establecimiento cuando se requiera.
- Tiene derecho a ser informado de las actividades en forma oportuna a
realizarse en el Establecimiento. (Técnico Pedagógico, culturales,
sociales, extraescolares, de bienestar estudiantil, etc.)
- Tiene derecho a perfeccionamiento en materias relacionadas con su
función.
- Exigir el cumplimiento a las normas de este Manual de Convivencia y
aplicar las metodologías y sanciones a los alumnos cuando la situación
lo requiera.
- Facilitar o negar el préstamo de bienes del Establecimiento.
- Exigir a cada funcionario o persona con bienes a su cargo la
responsabilidad de resguardarlos y conservarlos.
- Contar con el apoyo económico del Sostenedor para asistir a
reuniones, talleres u otros eventos relacionados con el cargo.
5.1.3. DEL JEFE DE LA UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA.
La Unidad Técnico Pedagógica es el organismo encargado de
estimular y concretar iniciativas que lleven al mejoramiento del proceso
educativo en materias de orden pedagógico. Además debe programar,
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organizar, supervisar y evaluar el desarrollo de las actividades curriculares.
Esta Unidad debe contar con un jefe responsable de su organización y
funcionamiento.
DEBERES:
- Liderar en la planificación, organización, ejecución, y evaluación del
PEI; en la dimensión pedagógica-curricular.
- Crear canales de comunicación con los docentes directivos y
docentes de aula que favorezcan el mejoramiento del proceso
educativo.
- Informar oportunamente al personal de su dependencia de las normas
legales y reglamentarias vigentes, en especial aquellas referidas a
planes y programas de estudio, sistema de evaluación y promoción
escolar, supervisando su correcta aplicación.
- Velar para que el profesorado realice sus actividades en forma
planificada y coordinada fomentando la interacción de subsectores.
- Estimular el perfeccionamiento y/o capacitación de los docentes.
- Velar para mantener la existencia de recursos materiales pedagógicos
y audiovisuales necesarios para un mejor ejercicio de la función
docente en los diferentes subsectores y en el Centro de Recursos de
Aprendizaje.
- Colaborar a Inspectoría General en la confección de horarios de
docentes y curso.
- Crear estrategias para superar dificultades de alumnos con bajo
rendimiento, evitar deserciones y repitencias.
- Supervisar proyectos colaborativos entre los diferentes sectores y
subsectores del establecimiento.
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- Propiciar la integración entre los programas, planes y unidades
especiales que se deben desarrollar en el año escolar y velar por el
logro de los Objetivos Transversales.
- Asesorar y supervisar al profesorado en la planificación y evaluación de
los planes de estudio.
- Participar activamente en E.G.D.
- Programar, presidir y animar reuniones de G.P.T. y Consejos Técnicos y
de Evaluación que correspondan a la Dimensión
- Informar permanentemente a la Dirección acerca del funcionamiento
y desarrollo de las actividades que correspondan a la Unidad.
- Elaborar informe de los docentes a contrata en relación a su
Dimensión.
- Subrogar a la Dirección cuando se le delegue dicha función y entregar
informe por escrito de ella.
- Realizar análisis y estadísticas semestrales de la labor técnico-
pedagógica del Establecimiento.
- Elaborar calendario de actividades semestrales y finalización de año
académico.
- Coordinar el aspecto técnico pedagógico de los proyectos y Planes de
Acción.
- Coordinar el proceso de exámenes de validación de estudios y
laborales.
DERECHOS:
El Jefe de la U.T.P. para realizar las funciones enunciadas anteriormente
debe contar con los siguientes elementos y situaciones.
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- Contar con una oficina adecuada en cuanto a materiales, mobiliario,
ubicación dentro del Establecimiento, para mantener documentos y
archivos, realizar reuniones, atender a docentes y otros.
- Asesorar a la Dirección en cuestiones técnicas que correspondan a la
Unidad.
- Presidir reuniones Técnico-pedagógicas y G.P.T.
- Participar en reuniones y consejos programados por la Dirección del
Establecimiento.
- Supervisar a los docentes del Establecimiento en su labor pedagógica
dentro y fuera del aula.
- Representar a los docentes del Establecimiento en consejos o reuniones
con supervisores y otras personas que tengan relación con el trabajo
técnico pedagógico.
- Postular a Becas y Cursos que dicten las Universidades Chilenas,
Institutos y otros para el perfeccionamiento técnico pedagógico.
- Exigir el cumplimiento de las funciones académicas de los docentes.
- Contar con el apoyo económico del Sostenedor para asistir a
reuniones, talleres u otros eventos relacionados con el cargo.
5.1.4. DE LA ORIENTADORA.
El Orientador es el profesional de la educación que planifica,
organiza, coordina, controla y evalúa las actividades de orientación
vocacional y educacional.
Su función es coordinar y asesorar la aplicación del Plan Camur,
especiales IFAPRE, senescencia, drogas, alcoholismo, entre otras, sugeridas
por los profesores jefes de curso o alumnos.
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DEBERES:
- Liderar el proceso de orientación inmerso en el proceso educativo.
- Planificar, organizar, coordinar, controlar y evaluar las actividades de
orientación educacional y profesional de la Unidad Educativa.
- Mantener un diálogo permanente con los alumnos, docentes,
funcionarios y apoderados para orientar y solucionar conflictos de
relaciones humanas, definición de roles u otros.
- Asesorar en forma específica y técnica a los profesores jefes de curso,
en su labor de guías de los alumnos a través de su jefatura, consejo de
curso, Asignatura Juvenil y actividades complementarias.
- Coordinar la programación y ejecución de los objetivos transversales y
temas específicos como: integración de la familia, alcoholismo,
drogadicción, sexualidad y embarazo juvenil, etc.
- Contribuir al auto perfeccionamiento docente en materia de
Orientación a través de talleres.
- Asesorar a padres y apoderados para que participen mejor en el
proceso orientador educacional de sus hijos y derivarlos a especialistas
cuando la situación lo amerite.
- Coordinar programas de formación de hábitos para los alumnos y
afianzar sus valores.
- Aplicar a los alumnos, documentos de orientación como test,
cuestionarios, tabularlos y trabajarlos con los alumnos.
- Mantener las carpetas individuales de los alumnos en forma
actualizada y controlar que los documentos propios del proceso de
orientación se lleven en forma correcta. Realizar un seguimiento
adecuado de los alumnos y de los ex alumnos del Establecimiento.
- Atender actividades propias de la orientación encomendadas por la
Dirección y/o U.T.P.
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- Participar en consejos de profesores o sesiones de estudio en
situaciones educativo pedagógicas.
- Realizar la función de coordinador en el proceso de inscripción de la
PSU y postulación a las Universidades.
- Establecer contacto con Establecimientos de Educación Superior para
coordinar charlas vocacionales y laborales.
- Gestionar visitas de representantes de Universidades, Instituciones de
Educación Superior y Fuerzas Armadas.
DERECHOS:
- Contar con una oficina adecuada en cuanto a materiales, mobiliario,
ubicación dentro del Establecimiento, para mantener documentos y
archivos, realizar reuniones, atender a alumnos, docentes, apoderados
y otros.
- Contar con el apoyo de todo el personal del Establecimiento para
cumplir con su labor.
- Citar a los apoderados al Establecimiento cuando se requiera.
- Dirigir las reuniones de Profesores Jefes.
- Participar en reuniones del E.G.D.
- Exigir el cumplimiento de la atención a los apoderados por parte de los
Profesores Jefes.
- Contar con el apoyo de la Dirección para la atención de visitas de
Universidades e Instituciones de Educación Superior y Fuerzas Armadas.
- Contar con el apoyo económico del Sostenedor para asistir a
reuniones, talleres, viajes con alumnos u otros eventos relacionados con
el cargo.
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6. ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA – DOCENTE
6.1. DE LOS DOCENTES.
Docente es el profesor titulado como tal y autorizado en conformidad
a la ley.
DEBERES:
- Orientar, educar a los alumnos y enseñar su especialidad o la labor
pedagógica asignada.
- Cumplir el horario de trabajo según contrato y asignación de horario de
la Dirección del Establecimiento.
- Planificar, desarrollar y evaluar sistemáticamente las actividades
docentes de su asignatura y/o curso.
- Fomentar e internalizar valores, hábitos y actitudes positivas que
permitan desarrollar autodisciplina en los alumnos.
- Integrar los contenidos de su asignatura con las de otras disciplinas de
acuerdo a objetivos transversales.
- Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de índole técnico
pedagógica impartidas por el Ministerio de Educación y/o sugeridas
por Equipo de Gestión del Establecimiento aprobadas por la Dirección.
- Cuidar los bienes del Establecimiento, la conservación de los bienes y
comunicar oportunamente a la encargada de inventario cualquier
deterioro.
- Aceptar la supervisión en el aula por el Director y/o el Jefe Técnico
Pedagógico.
- Buscar y crear estrategias que favorezcan el aprendizaje de todos los
alumnos y todas las alumnas.
- Cumplir con los horarios de trabajo.
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- Conocer el Estatuto Docente y Estatuto Administrativo de Funcionarios
Municipales.
- Aplicación de protocolos de actuación. Y sanciones correspondientes
incluidas en el Manual de Convivencia Escolar.
DERECHOS:
Para que los docentes desempeñen sus funciones como tal, deben
contar con derechos específicos dentro del Establecimiento.
- Contar con un aula pedagógica adecuada.
- Contar con laboratorios, talleres, sala de música, camarines, gimnasio,
material audiovisual y otros materiales pertinentes para desempeñar su
labor de enseñanza aprendizaje.
- Ser considerado un profesional de la educación.
- Asistir a reuniones o consejos gremiales.
- Recibir atención oportuna ante un accidente o enfermedad ocurrida
en el establecimiento.
- Conocer y regirse por el Manual de Convivencia y otros instructivos
emanados de la Dirección del Establecimiento.
- Citar a los alumnos y/o apoderados cuando las circunstancias lo
requieran, ya sea para comunicar sobre el rendimiento escolar u otro
tema relacionado con su función docente.
- Presidir reuniones de profesores de asignaturas o de niveles cuando
corresponda.
- Postular a becas, cursos, talleres, seminarios, postítulos u otro nivel de
perfeccionamiento que dicten las Universidades, Institutos o el Ministerio
de Educación.
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- Tendrán derecho a solicitar seis días administrativos durante el año
escolar y será privativo del Inspector General del Establecimiento
autorizarlo.
- Tendrán derecho a organizarse en forma gremial.
- El docente tiene derecho a contar con materiales que se requieran
para el desempeño de su función.
- Los docentes tienen derecho a conocer las observaciones de su hoja
de vida para su calificación dentro de las 48 horas siguientes de
haberse registrado. Retroalimentación de pauta de observación de
clase por UTP.
- Los docentes tienen derecho a exigir cancelación de todos los
beneficios según la Ley 19.070 y/o Código del Trabajo.
- Recibir todos los beneficios de pre y post natal, becas, asignaciones
especiales y otros beneficios que por ley le corresponden.
- Ser elegido como integrante de la comisión calificadora de concurso,
dentro de su área.
- Postular a excelencia docente y hacer prevalecer el estatuto docente
y administrativo.
- Respeto a los horarios de entrada y salida.
6.2. DEL PROFESOR JEFE DE CURSO.
DEBERES:
- Planificar, ejecutar, supervisar y evaluar el proceso de orientación
educacional de su grupo curso.
- Organizar, supervisar y evaluar las actividades específicas del Consejo
de Curso.
- Velar por el logro de los objetivos planificados para su curso.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 26
- Informar a los padres y apoderados de la situación de los alumnos del
curso a su cargo, entregando informes de notas como mínimo dos
veces por semestre.
- Mantener al día el libro de clases con la identificación de cada alumno
y marcha pedagógica del curso.
- Asistir y o presidir los consejos técnicos de profesores de su curso,
cuando se haya solicitado o se solicite por la U.T.P.
- Procurar el comportamiento adecuado del curso, estimulando formas
de conducta deseables.
- Dar cuenta a quien corresponda de las situaciones especiales de su
curso a fin de acordar el tratamiento más consecuente. (Orientador,
Inspector General, Jefe Técnico, Director, Psicólogo.)
- Celebrar reuniones mensuales con los apoderados de los alumnos del
curso, con el objeto de dar a conocer informaciones que favorezcan el
rendimiento académico y el comportamiento.
- Al producirse un problema de trascendencia con algún alumno,
deberá citar al apoderado indicando horario de atención dejando
constancia escrita de su gestión en el libro de clases del curso que
corresponde el alumno.
- Elaborar según corresponda, las actas, fichas e informes
correspondientes al curso.
- Presidir reuniones de profesores de su curso cuando las circunstancias lo
requieran.
- Elaborar la planificación de su curso junto a la Orientadora del
Establecimiento al inicio del año escolar.
- Realizar una hora semanal de atención a sus alumnos y apoderados de
su curso.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 27
6.3. DEL PADRE O APODERADO:
DEBERES:
Es deber del padre y/o Apoderado:
- Apoyar con decisión y continuidad el proceso educativo de su
pupilo(a), asistiendo oportunamente al Establecimiento para
informarse acerca de su rendimiento y comportamiento,
orientando y controlando el uso de su tiempo libre en el hogar y
velando por el cumplimiento de sus obligaciones escolares,
manteniendo una comunicación permanente con el Profesor Jefe.
- Conocer normas, reglamentos, y decisiones que el Liceo adopte en las
materias de naturaleza educativa que le son de dominio exclusivo en
cuanto a institución responsable de la educación del estudiante.
- Promover en su pupilo(a) permanentemente el desarrollo de actitudes,
gestos, expresiones y actos respetuosos hacia los demás estudiantes,
los Profesores, los Apoderados y todos los Funcionarios del
Establecimiento.
- Establecer y mantener una actitud de respeto y cordialidad hacia
todos los miembros de la comunidad escolar. La trasgresión de estos
principios (por ejemplo, conductas ofensivas, agresiones físicas o
verbales, etc.), dará derecho al Liceo para exigir el cambio de
apoderado titular por quien otorgue a la comunidad mayores
garantías en el respeto necesario para la buena convivencia escolar, y
en su forma más grave la cancelación inmediata de matrícula de una
familia. De no existir la posibilidad de cambio de Apoderado. El
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 28
Comité de Sana Convivencia Escolar podrá resolver limitar la
participación del apoderado a ciertas instancias de su relación con el
colegio.
- Velar porque su pupilo(a) tenga sus útiles escolares, textos de estudio,
cuadernos, equipo y uniforme que el Establecimiento exige y revisarlos
periódicamente para observar su orden, limpieza y presentación.
- Informar oportunamente al Establecimiento sobre el estado general de
salud, física mental, de su pupilo(a) haciendo llegar los documentos
médicos y profesionales correspondientes.
- Asistir a reuniones programadas por su correspondiente curso, por el
Centro General de Padres y Apoderados, y otras que el Profesor Jefe
u otro integrante del Liceo solicite.
- Integrarse y participar en el Micro-Centro de Padres y Apoderados
correspondiente al curso en que esta su pupilo(a).
DERECHOS:
- Ser tratado con respeto y consideración por la comunidad educativa.
- Hacer uso de la hora de atención de apoderados.
- Elevar solicitudes a las autoridades pertinentes y de ser estas
respondidas a la brevedad.
- Recibir toda la información relacionada con el rendimiento, la
conducta y asistencia de su pupilo en forma oportuna y cuando la
solicite, de acuerdo a los procedimientos administrativos del Liceo.
- Participar en el sub-centro y centro general de padres y apoderados.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 29
- Plantear sus inquietudes sobre el proceso, respetando el conducto
regular establecido por el Establecimiento de acuerdo al origen de
ellas:
Si es por disciplina: Profesor Jefe, Inspectoría General.
Si es Académica: Profesor(a) de Asignatura, Profesor(a) Jefe, Jefe de
Unidad Técnico Pedagógica.
En cualquiera de los casos la última instancia es la Decisión del
Director del Establecimiento.
TIPO DE ORGANIZACIÓN DE LOS DOCENTES.
6.4. EQUIPO DE GESTIÓN DIRECTIVA (E.G.D)
Es el Equipo que gestiona todas las acciones contempladas en la
planificación estratégica del Establecimiento. Trabaja con autonomía en
su área específica, debiendo consensuar criterios en las reuniones.
OBJETIVOS DEL E.G.D.:
- Analizar la de Gestión del Establecimiento:
- Gestionar el buen desarrollo y logro del PEI, y otros proyectos como:
PIE, PME, y otros planes de acción.
- Realizar una planificación estratégica para los objetivos propuestos en
el PEI.
- Determinar necesidades del Establecimiento Educacional en las áreas
de infraestructura y de aspecto técnico pedagógico.
- Realizar formulación de proyectos y su presentación donde
corresponda a fin de contribuir a solucionar dichas necesidades
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 30
PARTICIPANTES:
- Director.
- Inspector General.
- Jefe U.T.P.
- Orientador(a).
- Coordinador ACLE.
- Profesor(a) Asesor Centro de Padres.
- Profesor(a) Asesor Centro de Alumnos.
- Representante de los Profesores (elegido por docentes).
- Representante de los Asistentes de la Educación (elegido por sus
pares).
- Presidente del Centro General de Padres y Apoderados.
- Presidente Centro de Alumnos.
- Coordinadora Plan de Mejoramiento Educativo.
- Coordinadora de Programa de Integración Escolar.
PERIODICIDAD.
Mensual.
6.5. CONSEJO ESCOLAR
El Consejo Escolar se constituyó como tal, el día 04 de Julio 2005, y
estará integrado por: Directora, Sostenedor, Docente elegido por sus pares,
Presidente Centro de Alumnos, y Presidente Centro de Padres.
Sesionarán: cuatro veces en el año.
6.6. GRUPOS PROFESIONALES DE TRABAJO (G.P.T)
El Grupo Profesional de Trabajo G.P.T.: Es un grupo organizado de
profesores y profesoras que se reúnen semanalmente para potenciar los
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 31
elementos profesionales, personales y sociales de la acción docente con la
finalidad de mejorar la calidad de los aprendizajes y consensuar el trabajo
en equipo.
Para su funcionamiento se establecen 2 horas cronológicas semanales
en la carga horaria de cada docente, estableciendo un horario fijo
semanal para el desarrollo del G.P.T.
Los docentes podrán trabajar en conjunto, por subsectores de
enseñanza acorde a las necesidades y planificación existente.
De las reuniones y acuerdos se deberá llevar un Registro detallado.
OBJETIVOS DEL G.P.T.
- Analizar la Dimensión Pedagógica curriculares para superar las
deficiencias del proceso de enseñar y de aprender logrando mejorar la
calidad de las prácticas pedagógicas y por ende de los aprendizajes
de todos los alumnos.
- Planear, coordinar y evaluar el trabajo anual de cada asignatura,
sector y subsector.
- Generar innovaciones metodológicas tendientes a desarrollar, las
potencialidades y aptitudes de los alumnos (as).
INTEGRANTES.
- Docentes Directivos
- Docentes Técnicos y
- Todos los docentes de aula.
6.7. CONSEJO DE PROFESORES
Es el conjunto de docentes Directivos, Técnicos y de aula del
Establecimiento que se reúnen semanalmente para:
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 32
Informarse, analizar y proyección de las diversas tareas que
contempla el Proyecto Educativo Institucional referida a la formación
integral de los alumnos.
El consejo de profesores tiene carácter consultivo en materias
administrativas y resolutivas en las de carácter técnico pedagógico según
ley Nro. 19.070 estatuto docente
En el Establecimiento funcionan los siguientes tipos de Consejos de
Profesores:
- Consejo General de Profesores.
- Consejo de profesores jefes.
- Consejo de profesores de curso.
Para el Funcionamiento de los Consejos de Profesores, se asignan dos
horas pedagógicas semanales de actividades curriculares no lectivas
fijadas por horario. Por ello, para los efectos legales se entenderá que estas
reuniones se efectuaran en horario normal de funcionamiento del Plantel.
Todo Consejo de Profesores considerara para su funcionamiento los
siguientes criterios:
- La asistencia de los integrantes será obligatoria fijada por horario.
- Se nombrara un Secretario de Actas, quien llevara un Libro de Actas y
un archivo con el material que el Consejo determine.
- El Secretario de Actas será nombrado por el Director del
Establecimiento, y por esta actividad le será otorgada una hora de
colaboración de su jornada de trabajo.
- A los Consejos podrán ser invitados otros funcionarios, padres y o
alumnos del Establecimiento cuyo quehacer e interés este relacionado
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 33
con algún tema especifico a tratar, previo acuerdo del Consejo o por
iniciativa de la Dirección.
- El Consejo General de Profesores elegirá mediante votación secreta al
representante de ellos ante el E.G.D., cuando por alguna razón de buen
servicio el E.G.D. solicite cambio del que está en servicio.
- El Consejo General de Profesores será presidido por el Director de
preferencia, aun cuando puede ser coordinado y dirigido por otro
Docente Directivo o Técnico.
FUNCIONES DEL CONSEJO GENERAL DE PROFESORES.
Serán funciones propias del Consejo General de Profesores las
siguientes:
- Coordinar, programar y evaluar las actividades que se desarrollen en el
Liceo.
- Participar en la planificación, ejecución y evaluación del Proyecto
Educativo Institucional.
- Analizar documentos y asuntos técnicos sugiriendo y /o adaptando las
medidas que se estiman procedentes para el mejoramiento del
proceso educativo.
- Promover e impulsar medidas tendientes a mejorar el proceso
educativo, acentuando su acción en la formación de los valores
humanistas.
- Analizar los resultados del proceso educativo y proponer acciones
pedagógicas de refuerzo o correctivas.
- Adecuar su correcta aplicación, las disposiciones vigentes que afectan
la vida del Establecimiento.
- Analizar situaciones específicas referidas al alumnado y proponer
soluciones.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 34
- Establecer criterios de unidad en la aplicación de métodos y técnicas
pedagógicas.
- Coordinar e integrar los subsectores del Plan de Estudio.
- Difundir y apoyar las experiencias del valor educativo.
- Estudiar y proponer medidas formativas para solucionar problemas de
adaptación de los alumnos al medio escolar.
- Recomendar acciones y procedimientos a seguir para adoptar la
medida de expulsión o cancelación de matrícula.
- Garantizar la integración y participación democrática de todos los
componentes de la comunidad escolar.
- Proponer e impulsar acciones que promuevan al perfeccionamiento
del proceso educativo.
6.8 FUNCIONES DEL COORDINADOR DEL PIE Y DEL EQUIPO PIE.
Sin perjuicio de las responsabilidades propias que caben a
sostenedores y directores, son funciones del Coordinador del PIE y del
Equipo PIE:
-Coordinar la elaboración, ejecución y evaluación de las distintas etapas y
actividades comprometidas en el PIE.
-Conocer la normativa vigente y preparar las condiciones en los
establecimientos educacionales para el desarrollo del PIE.
-Conformar los equipos técnicos y establecer las funciones y
responsabilidades de cada uno de los integrantes del PIE.
-Informarse de los diversos programas que el establecimiento se encuentra
implementando y colaborar con el equipo de gestión para articular el PIE
con dichos planes y programas (PME).
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 35
-Gestionar el buen uso del tiempo, de los espacios y los materiales
comprometidos en la planificación, liderando la instalación de una cultura
de colaboración en los establecimientos.
-Asegurar la inscripción de los profesionales en el “Registro Nacional de
Profesionales de la Educación Especial para la Evaluación y Diagnóstico”,
de acuerdo con las orientaciones del MINEDUC y la normativa vigente.
-Definir y establecer procesos de detección y evaluación integral de
estudiantes con NEE permanentes y/o transitorias.
-Conocer y difundir el Formulario Único y otros protocolos disponibles a
través de la página web: www.educacionespecial.mineduc.cl
-Asegurar que el Plan de Apoyo Individual (PAI) del estudiante considere
los resultados de la evaluación diagnóstica registrada en el Formulario
Único.
-Establecer una relación de colaboración con el Departamento Provincial
de Educación y mantenerse informado.
-Coordinar en el marco del PIE, el trabajo entre los equipos de salud y
educación en el territorio.
-Velar por la confidencialidad y buen uso de la información de los alumnos
y sus familias.
-Monitorear permanentemente los aprendizajes de los estudiantes.
-Asesorar y hacer seguimiento al uso del Registro de Planificación y
Evaluación PIE.
-Participar en los equipos de observación de clases, retroalimentar, etc.
-Establecer y coordinar mecanismos de evaluación del PIE,
implementando, entre otras medidas, estrategias para conocer la
satisfacción de los usuarios.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 36
-Coordinar acciones de capacitación, a partir de las necesidades
detectadas en las comunidades educativas, en función de las NEE de los
estudiantes.
-Cautelar el cumplimiento del número de horas profesionales que exige la
normativa, asegurando las 3 horas cronológicas destinadas al trabajo
colaborativo para los profesores de educación regular que se
desempeñan en cursos con estudiantes en PIE.
-Conocer la realidad comunal; contar con catastros de Instituciones y
empresas eventuales colaboradoras del proceso educativo; así como con
información actualizada de la realidad socio cultural de las familias.
-Disponer sistemas de comunicación con la familia, para que éstas
cuenten con información oportuna sobre los establecimientos que
implementan respuestas educativas de calidad a las NEE que presenten
sus hijos e hijas. Además, estén informadas y participen en el Plan de
Apoyo individual de su hijo/a.
-Liderar y coordinar procesos de demostración de la práctica pedagógica
asociada al PIE (estrategias de trabajo colaborativo; evaluación
diagnóstica integral de calidad) a fin de difundir buenas prácticas, y como
medio de capacitación de otros docentes del establecimiento y de otros
establecimientos.
6.9 FUNCIONES DEL COORDINADOR/A DEL PME-SEP.
-Participar en la elaboración del Plan de Mejoramiento.
-Velar por la correcta implementación del Plan de mejoramiento dentro
del Establecimiento.
-Trabajar de forma coordinada con el equipo directivo para la correcta
ejecución de las acciones del Plan de Mejora.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 37
-Llevar registro económico de los recursos, respecto de los ingresos y
egresos.
-Realizar cronograma de gastos y gestionar la compra de los recursos
necesarios.
-Distribuir los recursos de forma oportuna, llevando un registro de dicha
actividad.
-Recopilar los medios de verificación correspondientes a la ejecución de
las acciones.
-Mantener un registro actualizado en la página web de comunidad
escolar, dentro del Plan de Mejoramiento, correspondiente a las distintas
etapas en ejecución.
-Realizar la difusión del Plan de Mejoramiento entre los docentes del
Establecimiento, informando las actividades a realizar de forma oportuna y
el estado general del Plan de Mejoramiento.
-Mantener una comunicación constante y fluida con la coordinación del
Plan de Mejoramiento del DEM.
-Participar de la evaluación del Plan de Mejoramiento al finalizar el año
escolar.
6.10 COORDINADOR ACLE.
El Coordinador Extraescolar del Plantel, es el Docente que la
Dirección determine. Responsable de planificar, coordinar, supervisar y
evaluar las actividades no lectivas pertinentes a las tareas de acción de
este Departamento. Así también es el Docente responsable de la
coordinación de las ACLES en las cuales el Establecimiento participe.
Contará con 2 horas pedagógicas en su carga horaria.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 38
Serán funciones del coordinador las siguientes:
FUNCIONES DEL COORDINADOR ACLE:
- Establecer una adecuada y permanente interacción entre los grupos y
las áreas de acción, entre el Departamento y el Establecimiento y la
Comunidad.
- Administrar los planes, programas y proyectos generales por cada una
de las áreas del Departamento de Educación Extraescolar.
- Fomentar la creación y funcionamiento de Talleres de Libre Elección
para los alumnos (as).
- Motivar y organizar la participación del alumnado y profesorado en
todas las acles
- Proyectar el resultado de las actividades realizadas dentro del Liceo a
los eventos comunales, provinciales y regionales y de finalización de
año escolar, programadas por el Establecimiento o por el
Departamento de Educación Extraescolar.
6.11 COORDINADOR CRA (CENTRO DE RECURSOS PARA EL APRENDIZAJE).
El Centro de Recursos para el Aprendizaje es el lugar del Liceo donde
se reúne, en un espacio dinámico y de encuentro, una diversidad de
recursos educativos, que contienen información actualizada y apoyan, a
través de múltiples servicios, el proceso de enseñanza aprendizaje.
FUNCIONES DEL COORDINADOR(A) CRA:
El coordinador(a) pedagógico del CRA será un docente, cuya labor
principal es promover y fortalecer los vínculos entre el CRA y las
definiciones curriculares y pedagógicas del Liceo.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 39
- Difundir en beneficio de alumnos y profesores el material existente en el
Centro de Recursos para el Aprendizaje.
- Promover actividades orientadas a desarrollar la cultura al interior del
Liceo.
- Facilitar información y difusión sobre los recursos disponibles.
- Velar por el buen funcionamiento de los recursos e implementación
existentes, informando a U.T.P. o Dirección y consejo de profesores,
para realizar las reparaciones cuando fuere necesario.
- Integrar efectivamente la biblioteca con el currículo.
- Desarrollar la biblioteca como un lugar de encuentro, intercambio y
cooperación de toda la comunidad.
- Supervisar la gestión de la biblioteca.
6.12 FUNCIONES DEL COORDINADOR LABORATORIO DE INFORMATICA:
- Garantizar el acceso de profesores(as) y estudiantes al Laboratorio.
- Apoyar el trabajo desarrollado tanto por profesores como por
alumnos(as) al interior de la sala ocasionalmente.
- Apoyar el trabajo administrativo en lo relacionado al uso de la
Informática o Internet de U.T.P., Orientación, Inspectoría General u
otros.
- Garantizar y velar por el buen funcionamiento de los equipos con los
que cuenta el Establecimiento.
- Llevar un registro escrito de las actividades desarrolladas al interior de la
sala.
- Informar a Inspectoría General. desperfectos, pérdidas u otras
situaciones que escapen a la normalidad del funcionamiento del
Laboratorio.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 40
- Promover la responsabilidad del buen uso de los equipos y software
por parte de los usuarios.
- Mantener al interior de la sala un clima con los alumnos de disciplina,
en caso de que sea necesario.
PERSONAL ADMINISTRATIVO.
DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO.
El personal Administrativo es el que desempeña labores de oficina,
cautela la conservación y cuidado de los recursos materiales del
Establecimiento y se ocupa de los demás asuntos administrativos
correspondientes a todo el personal.
DE LOS ADMINISTRATIVOS:
SECRETARIA.
- Recepcionar, organizar la correspondencia oficial del Establecimiento
entregando la información en forma oportuna al Director para su
conocimiento y distribución.
- Llevar al día un acabado registro de todo el personal del
Establecimiento.
- Clasificar y archivar la documentación oficial del Establecimiento.
- Cumplir las demás tareas inherentes a las funciones que correspondan
a la Secretaría del Establecimiento.
- Despachar en forma oportuna toda la correspondencia del
Establecimiento.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 41
- Recibir y atender oportunamente al público, derivando su atención a
otros funcionarios según corresponda.
CONTADOR.
- Llevar los registros de ingresos y egresos actualizados de recursos de
acuerdo a los ítems que señala la administración delegada.
- Adquisición de los recursos establecidos en el PEI.
- Mantener una comunicación fluida con Director y Jefe de Finanzas del
DAEM.
- Mantenerse informado de la normativa legal que rige el uso de los
recursos establecidos en el PEI.
- Remitir informe financiero actualizado cuando el Director lo solicite.
ENCARGADO(A) DE LA BIBLIOTECA:
- El funcionario del Centro de Recursos de Aprendizaje C.R.A., debe
mantener al día todo el material existente en dicho centro (libros,
revistas, diarios, materiales audiovisuales, instrumentos y otros según
corresponda)
- Responsabilizarse por los bienes a su cargo.
- Aplicar efectivamente el Reglamento del C.R.A.
- Mantener actualizado el inventario a su cargo para su revisión
correspondiente a dos veces en el año.
- Despachar en forma oportuna toda la correspondencia y resguardar la
documentación del Establecimiento.
- Recibir y atender oportunamente al público.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 42
- Organizar el Centro de Recursos en distintas secciones de acuerdo a
normas y técnicas de uso corriente u otras que la hagan funcionar en
forma eficiente.
DERECHOS DE LOS ADMINISTRATIVOS.
- Contar con una oficina adecuada para sus funciones.
- Contar con material de oficina suficiente para desempeñar su trabajo.
- Obtener de los docentes datos y documentos personales para llevar el
registro de datos.
- Tomar una colación de 10 minutos en su jornada sin entorpecer la
atención a público.
- Organizarse sindicalmente en su comuna.
7.-DEBERES Y DERECHOS DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN.
Asistentes de la Educación son los funcionarios que tienen como
responsabilidad apoyar supletoria y complementariamente el proceso de
enseñanza aprendizaje del Establecimiento Educacional, en labores
relacionadas con inspectoría, biblioteca, secretariado, etc.
DEBERES INSPECTORES:
- Apoyar en toda labor de Inspectoría General, manteniendo una
comunicación fluida y franca de trabajo con Inspectoría General.
- Vigilar a los alumnos, orientándolos en sus conductas y actitudes de
acuerdo a las normas existentes en el Establecimiento.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 43
- Controlar diariamente a la entrada del alumnado el uso de uniforme,
presentación personal y puntualidad.
- Detectar los casos o situaciones de indisciplina en los recreos.
- Controlar la formación de los alumnos en los actos internos y/o
públicos.
- Controlar el aseo, cuidado de mobiliario, infraestructura para que no
sea deteriorado por los alumnos.
- Colaborar en las actividades extraescolares y extra programáticas que
se le confíen.
- Elaborar horarios en los Libros de Clases, registrar asistencia de los
alumnos y llevar Libro de Registro de Matrícula en forma actualizada.
- Atender los cursos con un material de apoyo cuando el docente se
encuentra ausente.
- Controlar atrasos, inasistencia, atender a los apoderados, recepción de
Certificados Médicos.
- Recibir las justificaciones únicamente del apoderado o tutor registrado
en el libro de matricula.
- Mantener informado al apoderado de las inasistencias de sus hijos o
pupilos. Otorgando los pases según el Manual de Convivencia.
- Prestar atención de primeros auxilios a los alumnos y/o acompañarlos al
hospital en caso necesario.
- Orientar y aplicar el Manual de Convivencia a los alumnos en caso que
estos transgredan las normas establecidas.
- Derivar alumnos a atención, según protocolo de derivación de casos,
al profesional respectivo; (Orientadora, Inspector General, Psicóloga).
- Ante situaciones especificas actuar conforme a los protocolos
establecidos.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 44
DERECHOS:
- Tienen derecho a llamar a los apoderados y solicitar suspensiones
cuando corresponda.
- Contar con una oficina adecuada para desempeñar su labor.
- Contar con material de oficina necesario para extender certificados,
justificaciones y realizar todo lo necesario para el buen desempeño de
su función.
- Ser informado oportunamente de las actividades de los alumnos y del
Establecimiento.
- Asistir a los Consejos de Profesores cuando se traten temas de disciplina
y Convivencia escolar.
- Disponer de 10 minutos en su jornada para su colación sin entorpecer
normas o atención de apoderados.
- Mantener una fluida comunicación con Inspectoría General.
7.1PERSONAL AUXILIAR.
El personal auxiliar es el encargado de mantener todo el
Establecimiento limpio y confortable para realizar todo el proceso
educativo, además está encargado de vigilar, cuidar y mantener los
bienes muebles e inmuebles.
DEBERES:
- Mantener el aseo y orden de todas las dependencias del
Establecimiento.
- Desempeñar funciones de portero del Establecimiento.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 45
- Retirar, repartir y franquear mensajes correspondientes al Liceo.
- Ejecutar reparaciones, restauraciones e instalaciones que se le
encomienden.
- Cuidar y responsabilizarse del uso y conservación de herramientas y
maquinaria que le hubieren sido asignadas.
- Ejecutar encargos debidamente visados por la autoridad respectiva
del Establecimiento.
- Realizar funciones de jardinero, cuidando y manteniendo en buenas
condiciones los jardines del Establecimiento.
- Distribuir citaciones, invitaciones, comunicaciones, informes a las
autoridades y a los apoderados.
- Acudir al Establecimiento cuando sus superiores lo requieran.
- Cuidar y mantener las llaves del edificio que le fuesen entregadas.
DERECHOS:
- Contar con un lugar adecuado donde guardar sus útiles personales.
- Tener 10 minutos para una colación en su jornada siempre que no
interfiera con su trabajo.
- Contar con los materiales e implementos indispensables para cumplir sus
funciones.
- Formar parte de su agrupación comunal.
- Disponer de un día para celebrar el “Día del Asistente de la Educación”,
cuando corresponda.
- Portar las llaves del Establecimiento.
- Cambiar su turno con otro colega previa autorización de Inspectoría
General.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 46
- Tienen derecho a ser uso de 6 días de permiso administrativo, con goce
de remuneraciones.
8.-ALUMNOS(AS)
PROCESO DE INGRESO DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS:
Para ingresar al Establecimiento se debe cumplir con los siguientes
requisitos:
-Contar con la Documentación requerida en el proceso de Matrícula,
acorde a los lineamientos dados por el Mineduc.
-Para los alumnos de Primeros Medios y Traslados o ingresos a cursos
superiores se solicitará Informe de Conducta y/o Fotocopia de la Hoja de
Vida del Libro de Clases del establecimiento y curso del cual proviene.
-Para la conformación de los cursos de Primero Medio, se tendrá referencia
de su promedio de octavo año básico y de una prueba de lenguaje y
matemáticas que se aplicará al inicio del año escolar.
-Contar con un apoderado(a) (padre, madre o tutor) y un Apoderado
Suplente en el caso que el alumno (a) viva fuera de la ciudad o sea
interno, para ello el Apoderado suplente debe vivir obligatoriamente en el
sector urbano de Purén.
-Acreditar oportunamente situaciones de problemas en su salud, mediante
Certificado Médico en los casos que lo amerite.
-Los alumnos con situaciones especiales (PIE, Chile Solidario) deben
presentar documentación que los acredite.
-El Liceo se reservará el derecho de recibir o no alumnos (as) que por
problemas disciplinarios, psiquiátricos y/o Judiciales se constituyan en una
amenaza real para la convivencia interna. Previo a acuerdo del Comité de
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 47
Sana Convivencia Escolar, quienes determinarán acuerdos y compromisos
con el alumno para su mejor adaptación.
8.1 DEBERES Y DERECHOS DE LOS ALUMNOS(AS)
OBJETIVO
El presente Manual tiene como finalidad dar a conocer los deberes y
derechos de los alumno del Liceo “M.A.G.R.”, los cuales deberán ser
acatados por todo el alumnado para que el quehacer estudiantil se
desarrolle en un ambiente de disciplina, responsabilidad, honestidad,
sencillez y valores sociales, que conduzcan a la autodisciplina y auto
aceptación del alumno, llegando a ser socialmente adaptado.
Este reglamento fue un trabajo en conjunto con funcionarios, consejo
de profesores, profesores jefes, padres y apoderados, y alumnos. Realizado
y aprobado en reuniones de micro-centros, consejo de curso y centro de
padres y apoderados y centro de alumnos.
Recordado y analizado en reuniones con funcionarios por parte de
Inspectoría General y Encargada de Convivencia.
DEBERES:
DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL
Los alumnos deben presentarse con su uniforme completo, de lo
contrario no podrán ingresar a clases sin una explicación razonable en
Inspectoría General para su autorización.
Para el Liceo “María Aurora Guíñez Ramírez” de Purén, el uniforme es
el siguiente:
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 48
VARONES:
Camisa blanca adentro del pantalón, pantalón gris, corbata del
Establecimiento ó polera del Liceo, suéter, chaquetón o parka azul marino,
no se estipulan joyas. Gorro y bufanda de color azul marino, sólo en época
de invierno.
El varón debe tener un corte de pelo moderado de acuerdo a su
condición de estudiante. No se les permite el uso de aros, pearcing ni
moños.
DAMAS:
El uniforme de las damas consta de: blusa blanca, corbata azul del
Establecimiento, jumper azul marino con un largo moderado ó polera del
Liceo, zapatos negros sin taco alto, calcetas azul marino, suéter o chaleco
azul marino, chaquetón o parka oscura. ( en los meses mayo a septiembre
pueden hacer uso de pantalón azul marino).
Mientras permanezcan en el Establecimiento no se aceptará el uso
excesivo de joyas ni maquillaje. Podrán usar pantalones del mismo color
del jumper se excluye el jeans.
Para actos públicos se usarán calcetas blancas y deberán presentarse
impecables. El pelo debe ser llevado ordenado y limpio.
8.2 PUNTUALIDAD Y RESPONSABILIDAD.
-La puntualidad desarrolla el sentido de la responsabilidad y el respeto por
el tiempo propio y el de los demás será exigida en el cumplimiento de
horarios, presentación de tareas, pruebas y/o cualquier otro compromiso
contraído en el quehacer estudiantil.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 49
-El toque de campana que indica recreo, los alumnos deberán abandonar
la sala cuando el profesor dé por finalizada la clase, para la renovación
del aire.
-Todo ingreso fuera del horario establecido, entiéndase al término de
recreos, en cambios de hora, Talleres, Educación Física, etc. deberá
realizarse con el PASE correspondiente otorgado por Inspectoría. El
docente a cargo del curso, deberá solicitar el pase y registrar el atraso. Los
atrasos deberán ser justificados solo con el apoderado o tutor, el día
después de ocurrido el atraso.
-Los alumnos deberán rendir pruebas y presentar sus trabajos en las fechas
acordadas con sus profesores.
-Es deber de todos los alumnos, al término de cada semestre y término de
año escolar tener regularizada su situación académica.
-Es deber de todos los alumnos participar en actos y eventos que organice
el Establecimiento.
-Es deber de todos los alumnos confeccionar el diario mural de su sala de
clases.
-El alumno debe velar por el buen uso y cuidado de todos los bienes de la
Institución.
-El alumno debe hacer devolución oportuna de libros, revistas y materiales
facilitados, considerando el CRA y la sala de computación de acuerdo a
reglamento en cada una de ellas.
8.3 ASISTENCIA.
El Establecimiento exige asistencia a clases a cada uno de sus alumnos
para fortalecer el aprendizaje en condiciones óptimas sin vacíos.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 50
El Ministerio de Educación por su parte exige un 85% de asistencia para
ser promovido, por lo tanto:
-La inasistencia quedará registrada en el libro de clases.
-La inasistencia deberá ser justificada en Inspectoría y en forma personal
por el apoderado, antes o inmediatamente después cuando el alumno
ingrese a clases, (no se aceptarán familiares que no estén autorizados por
los apoderados para justificar). Se registrará el motivo de la inasistencia y
de existir certificado médico, éste debe entregarse oportunamente.
-Todo alumno presente en las primeras horas de clases, debe estarlo
durante toda la jornada.
-Está establecida una hora para el almuerzo, de 13:00 a 14:00 horas.
-A las clases de Educación Física deberán asistir todos los alumnos aún
teniendo certificado de eximición. Si existen situaciones especiales que
ameriten eximición del subsector, la Unidad Técnico Pedagógica lo
resuelve previa revisión de antecedentes médicos.
-Es deber de todos los alumnos asistir a todas las asignaturas del plan de
estudio diseñadas por el Establecimiento.
-Cada alumno debe contar con su libreta de comunicaciones, y
presentarla en Inspectoría para efectuar cualquier tramite de pases y
justificaciones.
8.4 PERMISOS.
-Los permisos para faltar a clases serán dados en casos justificados y a
solicitud personal del apoderado, serán otorgados por el Inspector
General, quedando registrada la autorización en la hoja personal del
alumno en Inspectoría. Además del registro respectivo en el libro de
situaciones especiales y de Convivencia Escolar.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 51
-Ningún alumno podrá retirarse del Establecimiento sin autorización, si lo
hace comete una falta grave. (no se aceptarán solicitudes por teléfono de
parte de los apoderados).
-El alumno debe permanecer durante toda su jornada, no habiendo
autorización para salir a las 13:00 horas, en el horario destinado para
almorzar los alumnos deben hacerlo dentro del Establecimiento. En casos
especiales de alumnos con certificado médico o por decisión de sus
padres puede ir a almorzar a su hogar previa firma de su padre o
apoderado, con la cual se compromete en responsabilizarse de lo que
suceda a su pupilo en el lapso de este tiempo que se ausenta del
establecimiento. A los alumnos en esta situación al alumno se le entregará
una credencial, la pérdida de ella indica perder el beneficio.
8.5 RESPETO.
-Los alumnos deben mantener una actitud de respeto hacia sí mismo y con
los demás, en actos públicos y en la formación y en todo momento.
-Es deber de los alumnos emplear correctamente el idioma, no se permite
el trato con garabatos y vulgaridades.
-Todos los alumnos deben respeto a los símbolos patrios.
-Todo alumno debe recordar siempre que las cosas ajenas no se toman sin
autorización.
El no cumplimiento de estas normas será considerado una falta de
respeto y se registrará en su hoja de vida del libro de clases y sancionada
de acuerdo a la gravedad.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 52
8.6 CUIDADO Y ASEO DEL ESTABLECIMIENTO.
-Es deber de todos los alumnos cuidar la mantención de la infraestructura,
colaborar con el aseo de las salas, biblioteca, laboratorio, comedor,
pasillos, paredes, patio, baños, pasillos y hacer uso constante de los
papeleros.
-Los alumnos de cada curso deben responsabilizarse de sus salas y
mobiliario existente.
-Los alumnos que deterioren la infraestructura o el mobiliario del
establecimiento deberán reponerlo a la brevedad posible; en caso de no
ser identificado deberá responsabilizarse el curso y/o el grupo. Esta
conducta es considerada falta grave.
-Es deber de los alumnos cuidar el material de apoyo que se utiliza durante
el año y devolverlo en forma oportuna.
-Los alumnos no harán uso del teléfono del Establecimiento, solo los
funcionarios recibirán y transmitirán los mensajes.
DERECHOS.
Tienen derecho a:
-De acuerdo a la realidad del Establecimiento y a los recursos que se
dispone. Los alumnos tienen derecho a permanecer en una sala con
mobiliario adecuado y contar con biblioteca y material de apoyo para
realizar sus experiencias de aprendizaje, además contar con baños
higiénicos, duchas, laboratorio, y lugares de recreación.
-Solicitar postergación de pruebas o trabajos al profesor respectivo
teniendo causas bien fundamentadas como por ej. enfermedad y
problemas que el apoderado justificará.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 53
-Asistir a clases participativas y motivadoras.
-Ver y analizar sus pruebas y trabajos realizados en las diferentes
asignaturas, conocer el puntaje asignado a ella y/o escalas de evaluación
antes de ser aplicados los instrumentos.
-Acudir al CRA. y consultar textos existentes, en el horario fijado para su
jornada y cumpliendo con los requisitos normados.
-Plantear sus problemas a los profesores jefes, orientador, u otro profesor
que tenga mayor comunicación.
-Ser tratados en forma afable y respetuosa por toda la comunidad
educativa.
-Postular a los beneficios otorgados por el Ministerio de Educación, siempre
que cumplan con los requisitos.
-Conocer la redacción de sus observaciones y citaciones a apoderados.
-Conformar y participar en el Centro de Alumnos; organización que
recogerá y encauzará sus ideas e intereses.
-Ser informados permanentemente de las actividades y acciones del
Establecimiento referidas a su estamento.
-Participar en las ACLES o actividades para ocupar su tiempo libre en forma
positiva.
-Permanecer en el sistema escolar aún si han cambiado de estado civil.
-Toda alumna que se encuentre embarazada tendrá las facilidades de
tiempo que en conjunto con la Dirección, Unidad Técnico Pedagógica y
familia se definirá el sistema de estudio, según la situación como también
las alumnas que estén amamantando pueden salir del Establecimiento en
un horario convenido con la Inspectoría General, y que éste irá en directo
beneficio de la madre y su hijo. Además de los apoyos establecidos en el
protocolo de actuación para esta situación.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 54
-Pueden participar en actividades fuera del Establecimiento y/o comuna,
previa autorización y firma del apoderado en Inspectoría.
8.7 ESTÍMULOS.
Todo alumno que se destaque siempre positivamente en toda
actividad estipulada en este Manual recibirá según corresponda.
- Observaciones positivas en el libro de clases.
- Será destacado en cuadro de honor de su sala de clases y/o del
Establecimiento.
- Serán reconocidos en actos académicos, recibiendo diplomas y/o
estímulos especiales.
- Desde segundo medio los alumnos con promedio 5,5 o superior tienen
derecho a elegir el curso donde estarán los mejores promedios.
- Al curso que se destaque en el cuidado de infraestructura, presentación
y aseo se le estimulará pintando su sala.
-Los cursos que obtengan en el mes un 95% y más de asistencia podrán
hacer uso de un día con ropa de color. El día lo acordará el jefe de
madurez con Inspectoría General.
-Los cursos que los alumnos se destaquen no contemplando observaciones
negativas en sus hojas de vida, serán premiados con un día de color.
9.-OBSERVACIONES GENERALES SOBRE MEDIDAS DISCIPLINARIAS.
-La facultad de aplicar este Manual de Convivencia Escolar es de todos
los funcionarios, estando avalado por un juicio criterioso y sobre todo
orientador en la formación personal del alumno.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 55
-El Establecimiento está facultado para actuar de acuerdo al protocolo
establecido ante cualquier situación de sospecha o estado evidente de
ingesta de alcohol o droga en los estudiantes.
-Las amonestaciones verbales, escritas y citaciones a los apoderados las
puede realizar cualquier funcionario del Establecimiento en el momento
que ocurra la situación conflictiva o cuando y donde se le indique al
alumno. Serán las más utilizadas, pues conllevan a un diálogo beneficioso
para el cambio conductual. Estas amonestaciones se aplicarán cuando la
actitud equivocada del alumno sea reiterativa o si la gravedad lo amerita.
Se debe dejar consignada la situación en la hoja de vida del alumno en el
libro de clases.
-Trabajos comunitarios vistos como una forma de colaboración y
reparación de la falta, siempre que la situación lo amerite y con
conocimiento y aceptación del apoderado, el que deberá ser fuera de
hora de clases. Estos trabajos corresponderán a limpiar salas, mobiliarios y
patios, pintar paredes, pequeñas reparaciones. (El alumno(a) podrá
negarse, recibiendo a cambio la medida disciplinaria correspondiente por
la falta cometida), será aplicado por profesores de asignatura, profesores
jefes, Directivos y Asistentes de la Educación.
-Las suspensiones pueden ser solicitadas por cualquier funcionario del
Establecimiento o el Inspector General previa exposición de la situación
ocurrida.
-Las suspensiones temporales de clases corresponde otorgarlas cuando la
falta de disciplina sea reiterativa o cuando la gravedad de esta lo amerite.
Esta sanción será aplicada por Inspector General y/o Encargado de
Convivencia Escolar una vez conocidos los antecedentes. El alumno
iniciara la suspensión después de que el apoderado tome conocimiento y
firme en la hoja de vida del alumno.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 56
-En los casos de conducta difíciles y que se haya realizado amonestación
verbal, escrita, suspensión y no se note un cambio positivo en Conducta y
convivencia de los jóvenes se derivará obligatoriamente a la Orientadora,
Inspector General y /o Psicóloga quién llevará un seguimiento con
observaciones y entrevista realizada tanto a los alumnos como a los
apoderados respectivos.
-La condicionalidad de matrícula. Para realizar este tipo de sanción el
Establecimiento debe haber agotado todas las instancias anteriores, haber
sido estudiado su expediente en Orientación entregando un informe que
se analizara en el Comité de Sana Convivencia Escolar y determinara la
condicionalidad de matricula, comunicando inmediatamente al alumno y
su apoderado o tutor. Dejándolo consignado por escrito.
-En caso de una amonestación extrema superior para casos graves e
irreversibles en los cambios conductuales, luego de agotar todas las
instancias y tener acuerdo unánime en el Comité de Sana Convivencia
Escolar, Equipo de Gestión, y Consejo de Profesores, la medida se debe
comunicar a entidades superiores como Jefe de Departamento de
Educación Comunal, Dirección Provincial y Secretaría Ministerial de
Educación.
10.-PROHIBICIONES.
-Ingresar al Establecimiento en estado de intemperancia o portar
bebidas alcohólica, y otras drogas.
-En la sala de clases se prohíbe lanzar papeles y objetos, gritar o comentar
cualquier falta que impida una clase ordenada y armoniosa.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 57
-Ingresar al Establecimiento con cualquier tipo de arma que pueda
ocasionar daño físico como cadenas, cuchillos, elemento cortante o
contundente, o cualquier otro objeto que sea, o pueda ser considerado
como un arma que pueda atentar contra la seguridad de cualquier
miembro de la comunidad educativa.
-Fumar cigarrillos, ingresar droga y / o consumirlas dentro del liceo.
-Adoptar actitudes o situaciones indecorosas en el recinto.
-Pololear dentro del Establecimiento Educacional.
-Traer artefactos electrónicos sin ser solicitados por los docentes
(incluido celulares).
-El Liceo no responderá frente a los apoderados por perdida de
dinero u otras especies personales.
-Pintar o realizar bromas que causen daños físico o material a otros
compañeros tanto dentro como fuera del Establecimiento.
-Enjuiciar el desempeño técnico – pedagógico de los docentes.
-Maltrato Escolar y otras que se considerarán constitutivas de maltrato
escolar.
-Exposición de material fotográfico o audiovisual en las redes sociales, que
atente contra la integridad emocional, moral y física de cualquier
integrante de la Comunidad Educativa.
-Enjuiciar el desempeño del personal del Establecimiento, por medio de las
redes sociales, y por otras formas de comunicación.
-Mostrar conductas que no dañen la imagen del Establecimiento,
respetando en todo momento a todos los integrantes de la Comunidad
Educativa.
-Respetar a las autoridades del Liceo, no atribuyéndose representatividad,
sin la autorización pertinente (ejemplo: paros, huelgas, tomas etc.).
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 58
-Respetar todos los documentos oficiales del Liceo, en especial Libro de
Clases, carpetas y cualquier otro documento de uso exclusivo de
Profesores o personal del Establecimiento.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 59
CONVIVENCIA ESCOLAR.
NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR.
El Establecimiento fundamenta su accionar basado en que el alumno
es un ser en pleno período evolutivo, por lo que las normas de conducta
que se establezcan tienen importancia capital y de ellas depende lo que
el adolescente habrá de ser en el futuro. El conjunto de esas normas de
comportamiento, los estímulos y recursos que se ponen en juego para
conseguirlos, para contribuir a la evolución de la personalidad del alumno
y de su ajuste social, constituye la disciplina escolar.
Se procurará brindar al adolescente un sentimiento de seguridad al
saber donde se encuentran sus fronteras, límites y libertades eliminando el
modo de confusión.
Se le permitirá vivir y desarrollar su trabajo de acuerdo a ciertas
normas para experimentar menores sentimientos de culpabilidad cuando
cometa errores.
Se orientarán las acciones que aseguren la confianza en sí mismo.
Es necesario que todos los funcionarios del Establecimiento tomen
conciencia de las normas laborales y de interrelación y comunicación
fluida entre pares y en el rol que le corresponde asumir en el Proyecto
Educativo del Establecimiento.
Se debe propender a establecer un clima de convivencia en que
estén presentes los valores de autodisciplina y control de sí mismo,
democracia en el respeto por la opinión diferente, orden en las labores de
trabajo, autoridad en el respeto por la conducción de líderes
educacionales y disciplina personal en asumir cada funcionario el rol que
le corresponde dentro y fuera del aula.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 60
El personal docente y asistente de la educación no presentará
motivos para que los alumnos interpreten en forma dual una decisión o
manejo de situación, considerando que las decisiones de la autoridad
educacional se deberán tomar en forma no apresurada y debidamente
consultadas para evitar errores en la conducción de conductas fuera de la
norma.
MOMENTOS EN LAS NORMAS DE CONVIVENCIA.
COMO ACCIÓN DE PREVENCIÓN.
Socialización de las normas de Convivencia Escolar y protocolos de
actuación con todos los estamentos de la Comunidad Educativa.
Aprender a convivir sanamente en el entorno escolar, por medio de la
aplicación y desarrollo de unidades de temáticas relacionadas con la
Convivencia Escolar, en la hora de Orientaciòn y en reuniones de Micro
centros de Padres y Apoderados.
COMO ACCIÓN EDUCATIVA.
Establecimiento de vínculos positivos entre alumnos, docentes,
apoderados, directivos, y Asistentes de la Educación de la institución, por
medio de estrategias de participación y formación, en conductas y
acciones de promoción de la Sana Convivencia Escolar.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 61
COMO ACCIÓN DE REPARACIÓN O DE COMPENSACIÓN.
Se entenderán como tareas o acciones orientadoras y formativas
encomendadas a los alumnos, dirigidas a remediar acciones no
compatibles con las normas de Sana Convivencia, y a promover
conductas y acciones positivas y/o favorables para un clima de buena
convivencia en el resto de los Estudiantes de la Comunidad Educativa.
MECANISMOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS:
Los conflictos están presentes en todo grupo humano de hecho no
podemos evitarlos, pero sí podemos aprender a manejarlos, la comunidad
liceana debe desarrollar esa habilidad, lo que se transformará en una
oportunidad para crecer y convivir mejor, respetando las diferencias y
desacuerdos”, de allí la importancia de buscar mecanismos para su
resolución.
Como Liceo hemos establecido tres formulas de resolución, basados
en:
ARBITRAJE:
Regulación de un litigio o conflicto, en el cual se nombra un arbitro,
quien conocido el motivo del conflicto dictamina una sentencia o
resolverá de acuerdo a los antecedentes existentes, la que será
inapelable, ambas partes deben validar la autoridad del arbitro y aceptar
su dictamen.
MEDIACIÓN:
Se busca una persona de la comunidad liceana de igual o superior
autoridad, que cuente con la confianza de los actores involucrados en el
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 62
conflicto, la mediación funciona cuando las partes en conflicto recurren a
una tercera para que los ayude a encontrar una solución por medio del
dialogo.
NEGOCIACIÓN:
Se nombra un negociador que puede ser un integrante de la
comunidad de igual o superior grado, validado por las partes en conflicto
quien una vez conocido el problema negocia con ambas partes para
lograr un acuerdo, ambas partes deben ceder para establecer dicho
acuerdo.
ACTORES. TIPO DE
CONFLICTO.
MECANISMO
DE
RESOLUCION
QUIEN RESUELVE.
Alumno –
Alumno
- Disciplinario
- Agresión
- Robo
- Discusiones
Mediación.
Arbitraje.
Profesor aula.
Prof. Jefe.
General.
Enc. Convivencia.
Profesor -
Alumno
- Téc. Pedag.
- Conductual.
- Delictual.
Mediación.
Arbitraje.
- U.T.P.
- I. General.
- Director.
- Cons. De Profesores.
- Enc. Convivencia.
Profesor –
Profesor
- Tec.
Pedagógico.
- Criterios de
disciplina.
- Convivencia.
- Agresión.
Mediación
Negociación.
- U.T.P.
- I. General.
- Dirección.
- Enc. Convivencia.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 63
Profesor–
Asistente de la
Educación
- Cumplimiento
de roles.
- Agresión Verbal.
Mediación
Negociación.
- I. General.
- Enc. Convivencia.
Asistente de la
Educación –
Alumno
-Imagen de
Autoridad.
-Agresión Verbal.
Mediación.
Negociación.
-I. General
-Dirección.
-Enc. Convivencia.
Alumno – Auxiliar -Falta de Respeto.
-Agresión Verbal.
Arbitraje. -Insp. General.
-Enc. Convivencia.
DEL PROCEDIMIENTO PARA EJECUTAR LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS.
El docente, inspector que sorprenda a algún alumno que esté
incurriendo en una infracción deberá registrar la falta de manera
inmediata en la hoja de vida del alumno(a) del libro de clases, junto con la
sugerencia al Profesor Jefe que debe orientar en primera instancia al
alumno, de ser pertinente deberá realizar la derivación, al estamento que
corresponda según el protocolo de actuación establecido (Orientadora,
Inspector General y Psicólogo).
Asimismo, cualquier alumno(a) u otro miembro de la Institución podrá
denunciar una infracción a este Manual a las autoridades del
Establecimiento, teniendo derecho a que se guarde reserva de su
identidad si está en riesgo su seguridad o integridad.
Las infracciones de carácter GRAVE O GRAVÍSIMAS serán notificadas a
cualquier miembro directivo docente o a la dirección del establecimiento,
quién procederá y determinará de acuerdo a Manual y a los protocolos
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 64
establecidos, por medio de lo que se determinará las medidas disciplinarias
y orientadoras.
Sólo en aquellos casos en que la infracción es reiterativa y gravísima, el
Comité de Sana Convivencia Escolar, podrá sancionar con consulta al
cuerpo docente.
Corresponderá al Comité de Convivencia Escolar, elaborar un informe
por escrito que contenga la descripción de la situación a investigar, y
comunicar a los organismos correspondientes.
En casos debidamente calificados por la dirección del establecimiento,
se podrá suspender al alumno sujeto a investigación. Si fuese sobreseído o
declarado inocente, tendrá derecho a recuperar las exigencias
curriculares que no haya podido cumplir a causa de la suspensión.
La dirección tendrá la facultad de actuar por propia iniciativa ante una
falta grave o gravísima.
DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS.
Las faltas a este reglamento disciplinario serán abordadas de
acuerdo a su gravedad, recurrencia y las circunstancias atenuantes y
agravantes que concurran.
Se podrán aplicar las siguientes sanciones:
Amonestación verbal: es el llamado de atención que hará el profesor,
inspector o autoridad escolar ante una infracción de carácter leve que
suceda durante el desarrollo de la clase o fuera de ella.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 65
Amonestación escrita: es la censura realizada por el profesor, Inspector,
Directivo, docente o dirección del colegio frente a la reiteración de alguna
falta leve o falta grave. Siempre será registrada en el libro de
observaciones con una notificación y/o citación del apoderado o tutor del
alumno.
Suspensión temporal: se refiere a la separación del alumno de toda
actividad académica o extra curricular, por un período que va de 1 a 5
días.
La gradualidad de la falta y la sanción están estipulados en el
Manual de Convivencia, sin embargo teniendo en cuenta la conducta
previa del alumno o su disposición al cambio de actitud y/o de mejorar su
comportamiento, puede considerarse una rebaja de los días de suspensión
establecidos en el Manual, o ser combinados con una sanción formativa.
Siempre será registrada en su hoja de vida con citación y notificación del
apoderado y/o tutor del alumno.
Condicionalidad: es aquella sanción que condiciona la matrícula del
alumno que ha incurrido en sanciones graves o gravísimas. No obstante lo
anterior, será motivo de condicionalidad la suspensión de un alumno por
más de cinco días. Siempre será registrada en su hoja de vida del libro de
clases y en el libro de novedades de Inspectoría General, con citación y
notificación al apoderado y/o tutor del alumno.
Con todo, El Comité de Convivencia Escolar, el Equipo de Gestión
Directiva y el Consejo de Profesores, puede levantar la condicionalidad si
los méritos de comportamiento y rendimiento del alumno(a) lo amerita.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 66
Expulsión: Consiste en la separación total del alumno del establecimiento
educacional, quedando inhabilitado para volver de manera definitiva.
Siempre será registrada en la hoja de vida del alumno en el libro de clases
y en el libro de novedades de Inspectoría General, con citación al
apoderado y/o tutor del alumno, y autoridades educacionales provinciales
y Regionales, Centro General de padres, Centro de Alumnos y Consejo
Escolar.
Las sanciones derivadas de la investigación practicada por la
instancia que corresponda, podrá ser objeto de un recurso de apelación,
que debe presentarse por escrito dentro de los cinco días siguientes a la
notificación de la decisión, antes mencionada.
La resolución final quedará archivada en la Dirección del Liceo,
Inspectoría General y en la carpeta personal con los antecedentes del
alumno.
En casos calificados, tales como la existencia de buenos
antecedentes académicos del alumno o su irreprochable comportamiento
anterior, el Comité de Convivencia Escolar, El Equipo de Gestión y/o el
Consejo de Profesores podrán imponer al infractor una medida disciplinaria
de menor gravedad que las señaladas en los artículos anteriores.
CUALQUIER SITUACIÓN DE CONVIVENCIA ESCOLAR NO CONTEMPLADA EN
ESTE REGLAMENTO SERÁ RESUELTA POR EL CONSEJO DIRECTIVO.
____________________________________________________
PÁG. 34…36 TÍTULO 8º y 9º.. Del procedimiento para ejecutar las sanciones
MINEDUC.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 67
COMITÉ DE SANA CONVIVENCIA ESCOLAR.
Existirá un Comité de Sana Convivencia Escolar, que estará integrado por
un Representante de cada uno de los siguientes estamentos:
a) Dirección.
b) Encargado/a de Convivencia Escolar del Establecimiento.
c) Los profesores.
d) Los alumnos.
e) Los padres y apoderados.
f) Los asistentes de la educación.
EL COMITÉ TENDRÁ ENTRE OTRAS, LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES.
-Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al
mantenimiento de un clima escolar sano.
-Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del
establecimiento.
-Informar y capacitar a todos los integrantes del establecimiento acerca
de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de
cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar.
- Designar a uno o más encargados de convivencia escolar.
- Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de
convivencia escolar.
- Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes,
reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar.
- Determinar con alcance general, que tipo de faltas y sanciones serán de
su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 68
por los profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los
procedimientos a seguir en cada caso.
-Aplicar sanciones en los casos fundamentales y pertinentes.
FALTA Y MEDIDA DISCIPLINARIA.
Según la situación en la que se cometan las faltas se clasifican en:
FALTAS LEVES:
Se entenderán como faltas leves aquellas que se producen
ordinariamente durante el desarrollo regular de las horas de clases,
durante los recreos, en general durante la permanencia de los estudiantes
en el establecimiento, y que no dañan la integridad física ni la autoridad
establecida, pero que están alterando el normal desarrollo de la clase.
FALTA MEDIDA DISCIPLINARIA
Llegar atrasado al Liceo sin justificación de su
apoderado.
-Anotación en su hoja de vida en
caso de reincidir.
-Citación al apoderado.
Ingresar atrasado a la clase luego del recreo,
cambio de hora u hora de colación.
Salir de su sala de clases, dentro del horario
de las mismas, sin autorización del Docente a
cargo de la clase.
-Anotación en su hoja de vida.
-Citación al apoderado, por parte
del docente.
Manifestar modales displicentes ante
requerimientos de docentes o asistente de la
educación.
-Amonestación verbal registrada
en su hoja de vida.
-Citación al apoderado. Demostrar negligencia en su desempeño
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 69
escolar o en su proceso de formación
personal.
-Trabajo de limpieza de su sala en
caso de ensuciarla, en caso de no
cumplir comete una falta grave.
Desórdenes menores en la sala de clases
(comer en clases, tirar papeles, gritar,
maquillarse)
Ocasionar daños en vidrios, puertas u otros
no premeditado.
-Reposición del material dañado
en un plazo determinado.
-En caso de no cumplimiento dará
origen a una falta grave.
Presentarse al Establecimiento sin su Libreta
de Comunicaciones en Inspectoría.
-Citación del apoderado.
-Se otorga pase de ingreso con
previa citación a apoderado o
tutor.
No cumplimiento parcial o total de la
presentación personal y deficiencias en su
higiene.
-Amonestación Verbal.
-Registro en su hoja de vida.
No traer materiales de trabajo pedidos con
anterioridad para el desarrollo de la
actividad escolar.
-Amonestación Verbal.
-Registro en su hoja de vida.
-Cambio de la actividad en la sala
de clases.
Faltar a pruebas fijadas por calendario sin
previa justificación por parte del apoderado.
-Registrar en la hoja de vida.
-Debe rendir la evaluación en la
clase siguiente que asista.
Desatender al desarrollo de un subsector por
realizar actividades de otro.
-Amonestación verbal.
-Registro en su hoja de vida.
No contribuir a la mantención del aseo de la -Reparar y/o limpiar lo destruido.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 70
sala de clases ni a la limpieza del mobiliario y
de las dependencias del establecimiento.
-Amonestación verbal y
observación en la hoja de vida.
Uso no adecuado y/o no autorizado de
dependencias y bienes del Establecimiento.
-Amonestación verbal.
-Observación en la hoja de vida.
-Citación apoderado.
-Suspensión 24 horas.
Pololear dentro del Establecimiento
-Amonestación verbal.
-Su reiteración será consignado
como falta grave (suspensión 24
horas y registro en la hoja de vida)
Demostrar resistencia o apatía a recibir
apoyo de orientación personal y
educacional en el proceso formativo.
-Citación al apoderado y registro
en hoja de vida.
No dar a conocer al apoderado(a) las
comunicaciones enviadas por el Liceo.
-Registro en la hoja de vida.
Uso de celulares, Notebook, tablets, u otros
en clases sin ser solicitados por el profesor del
subsector.
-Los docentes y asistentes de la
educación requisan la especie y la
entregan en I. General, para ser
retirada por el apoderado.
- Registro en la hoja de vida.
Portar y /o revisar el libro de clases sin
autorización del Profesor.
-Amonestación Verbal.
-Registro en la hoja de vida.
No asistir a clases durante un período de
quince o más días continuados, sin aviso.
-Estipular constancia de la
situación en la Hoja de Vida.
-Citación del Apoderado.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 71
-Visita domiciliaria.
- Promover la reincorporación del
alumno al Establecimiento.
Atraso en la devolución del material
facilitado en el CRA o llevar el material
facilitado para trabajar en la sala de clases a
su casa sin autorización.
-Si el atraso es superior a cinco días:
-Observación en el libro de clases.
-Citación al apoderado.
-Suspensión de 24 horas.
Acumulación de tres observaciones por
faltas leves corresponde a una falta grave.
Los profesores jefes deben: revisar
la hoja de vida del alumno y
solicitar la suspensión en
Inspectoría General hasta por dos
días previa citación e información
al apoderado.
FALTAS GRAVES:
-Faltar el respeto a alumnos(as), apoderados(as), o a cualquier funcionario
del Establecimiento Educacional, ya sea alzar la voz, decir improperios, dar
portazos, hacer gestos groseros o amenazantes o cualquier otra conducta
similar.
-Fuga del Liceo o Salida y entrada por donde no corresponde, destrozo
intencional de bienes materiales del Liceo, compañeros, profesores u otro
integrante de la unidad educativa.
-Adulterar pases, libretas de notas, libreta de comunicaciones.
-Hurtar, no devolver, y deteriorar material facilitado en el establecimiento.
-Llegar al Establecimiento con hálito alcohólico o ingerirlo dentro del Liceo.
-No cumplir compromiso o negarse a participar o presenciar actos
públicos, u otra actividad planificada por el establecimiento.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 72
- No asistir al establecimiento sin conocimiento del apoderado.
- Inasistencia del apoderado a citaciones o reuniones.
-Al considerar la Falta Grave o la reiteración de ésta y vistos todos los
antecedentes del caso, el Comité de Sana Convivencia Escolar aplicará
Condicionalidad de Matrícula.
-En forma remedial, la Orientadora, Inspector General, Encargado/a de
Convivencia Escolar y profesor jefe tratarán al alumno, y cuando la
situación lo amerite lo derivarán a las instancias correspondientes que
tenga acceso el Liceo.
Se deberá citar periódicamente el apoderado del alumno(a)
manteniéndolo informado de los cambios o reincidencias, aplicando las
medidas disciplinarias mencionadas en este Manual. De su actuar deberá
llevar el registro el responsable del seguimiento del caso.(según protocolo
de derivación de casos).
Si además, seguido todos estos pasos anteriores, el alumno continúa
cometiendo estas faltas graves, serán reunidos todos los antecedentes se
determinará la sanción máxima como es cancelación de matrícula y se
comunicará la situación a las autoridades educacionales comunales,
provinciales y regionales.
FALTA. MEDIDA DISCIPLINARIA.
Negarse a devolver material solicitado en
calidad de préstamo al establecimiento en
la fecha indicada o devolverlo
deteriorado.
-Observación en la hoja de vida.
-Citación al apoderado.
-Reposición de la especie.
-Suspensión 48 horas
Fumar fuera del establecimiento durante
actos que impliquen representación del
Liceo.
-Observación en la hoja de vida.
- Citación del Apoderado.
Suspensión de 48 horas.
Recibirán apoyo en orientación
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 73
sobre prevención.
Fumar dentro del establecimiento.
Se prohíbe fumar dentro del
establecimiento y otros espacios
utilizados para realizar el proceso
educativo. (Ley 19419, artículo 10).
-Suspensión de dos días de clases.
-Recibirán apoyo en orientación
sobre prevención.
Demostrar resistencia o negarse a
participar en representaciones oficiales del
Liceo en una actividad determinada, sin
dar razones convincentes.
No cumplir compromiso contraído.
-Observación en hoja de vida.
- Citación a Apoderado.
- Suspensión de dos días de clases.
Salir del Establecimiento sin autorización.
-Observación en hoja de vida.
- Citación a Apoderado.
- Suspensión de dos días de clases.
El uso de joyas tales como aros
excesivamente largos, anillos y collares.
(prohibido por el peligro que reviste)
-Observación en hoja de vida.
- Después de 3 llamados de
atención, citación a su apoderado.
Rayar o ensuciar dependencias del
Establecimiento.
-Observación en hoja de vida.
-Citación a Apoderado.
-Reparación inmediata.
Tomar el nombre de cualquier funcionario
para realizar actos indebidos.
-Observación en hoja de vida.
-Citación a Apoderado.
-Acción reparatoria y formativa.
-Suspensión 3 días.
Agredir y/o pintar a los alumnos y a sus -Observación en hoja de vida.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 74
pertenencias, dañando física y/o
sicológicamente.
(BULLYING)
-Citación a Apoderado.
-Acción reparatoria y formativa.
-Suspensión 3 días.
Fuga del Liceo o Salida y entrada por
donde no corresponde.
-Observación en hoja de vida.
-Citación a Apoderado.
- Suspensión de dos días de clases.
Introducir a las estufas materiales
inflamable.
-Observación en hoja de vida.
-Citación a Apoderado.
- Suspensión de dos días de clases.
- Acción reparatoria y formativa.
Actitudes; gestos o conductas inmorales.
-Observación en hoja de vida.
-Citación a Apoderado.
- Suspensión de 3 o 4 días de clases.
- Acción reparatoria y formativa.
Manifestar un comportamiento
irrespetuoso grosero o descortés con sus
compañeros y funcionarios del
Establecimiento.
-Observación en hoja de vida.
-Citación a Apoderado.
- Suspensión de 3 o 4 días de clases.
- Acción reparatoria y formativa.
Otras que por su naturaleza provoquen alarma o conspiren al normal
funcionamiento o prestigio del Liceo, que analizará Dirección Equipo de Gestión y
Comité de sana convivencia, Consejo de Profesores.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 75
GRAVÍSIMAS.
Según lo definido por este Manual de Convivencia se consideran
faltas gravísimas las siguientes:
-Reincidencia en cualquiera de las faltas Graves.
-Portar armas en cualquiera de sus formas (se incluye cuchillo cartonero o
tijeras con puntas, que no sean solicitadas para una actividad específica
de algún subsector. Será motivo de denuncia a las autoridades
competentes).
- Adulterar calificaciones, asistencia en libros de clases y/o falsificar firmas
en documentos oficiales.
-Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno
y/o cualquier otro miembro de la institución educativa.
-Maltratar verbal o psicológicamente a cualquier integrante del
establecimiento.
-Amenazar, amedrentar, chantajear, hostigar, ofender o burlarse
reiteradamente de un alumno o cualquier otro integrante de la institución,
o realizar un acto de discriminación en su contra, ya sea por su condición
social, religión pensamiento político o filosófico, raza, ascendencia étnica,
nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad o cualquier otra
circunstancia.
-Hacer uso de Internet para ofender, amenazar, injuriar o desprestigiar a un
alumno o cualquier otro integrante de la comunidad escolar, así como
para exhibir o difundir cualquiera de estas conductas, ya sea mediante
chats, blogs, servidores que almacenan videos o fotografías webs,
teléfonos y cualquier otro medio tecnológico virtual o electrónico.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 76
-Las agresiones, acosos o ataques de connotación sexual, aunque no sean
constitutivas de delito.
-Portar, consumir y/o traficar drogas, alcohol o pornografía dentro del
establecimiento, en las inmediaciones o en actividades pedagógicas (será
motivo de denuncia a las autoridades competentes, Ley 20.000).
-Propiciar acciones o actitudes que denosten la imagen del Liceo dentro o
fuera de él.
-Toma del establecimiento u otra situación que altere el normal
funcionamiento de las actividades.
Observación:
Todas estas medidas irán de acuerdo a manual convivencia propuesto por
el MINEDUC.
FALTA MEDIDA DISCIPLINARIA
Reincidencia en cualquiera de las faltas
Graves.
-Registro en hoja de vida del Alumno.
-Citación al Apoderado.
-3 días de suspensión.
-Derivación a Orientaciòn.
Portar armas en cualquiera de sus
formas.
-Registro en hoja de vida del Alumno.
-Citación al Apoderado.
-5 días de suspensión.
-Denuncia a Carabineros.
-Derivación a Orientaciòn.
Extracción y o falsificación de
documentos utilizados en el
Establecimiento.
-Registro en hoja de vida del Alumno.
-Citación al Apoderado.
-5 días de suspensión.
-Informe a Carabineros o Fiscalía.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 77
-Sanción reparatoria y formativa.
-Derivación a Orientaciòn.
Maltrato Escolar físico y psicológico
constitutivas de BULLYING.
-Registro en hoja de vida del Alumno.
-Citación al Apoderado.
-Aplicación de Protocolo de Actuación.
-Informe Final de Proceso.
-Suspensión de 5 días.
-Informe a Fiscalía o Carabineros.
-Sanción reparatoria y formativa.
-Derivación de Víctima al hospital de
Purèn, (Salud Mental), y derivación de
victimario a Psicólogo del Liceo, o
viceversa, según la situación lo amerite.
Agresiones físicas y psicológicas a
cualquier integrante de la comunidad
educativa.
BULLYING
-Registro en hoja de vida del Alumno.
-Citación al Apoderado.
-Aplicación de Protocolo de Actuación.
-Informe Final de Proceso.
-Suspensión de 5 días.
-Informe a Fiscalía o Carabineros.
-Sanción reparatoria y formativa.
-Derivación de Víctima al hospital de
Purèn, (Salud Mental), y derivación de
victimario a Psicólogo del Liceo, o
viceversa, según la situación lo amerite.
Destrozo intencional de bienes materiales
del Liceo, de compañeros, de profesores
o de otros integrantes de la comunidad
-Registro en hoja de vida del Alumno.
-Citación al Apoderado.
-Reposición de la especie.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 78
liceana.
Hurto de Dinero o especies valiosas del
Establecimiento.
-Registro en hoja de vida del Alumno.
-Citación al Apoderado.
-Suspensión de 5 días.
-Devolución de la especie,
dependiendo del caso.
-Comité de Convivencia Escolar define
sanción formativa.
-Informe a Carabineros o Fiscalía si la
situación lo amerita.
Introducir y/o ingerir alcohol o drogas en
el establecimiento.
-Registro en hoja de vida del Alumno.
-Citación al Apoderado.
-Aplicación protocolo de actuación
establecido.
-Registro de la situación en el libro de
situaciones especiales y de Convivencia
Escolar.
-Denuncia a Carabineros.
-Elaboración informe de la situación.
-Suspensión de 5 días.
-Comité de Convivencia Escolar define
sanción formativa.
-Derivación a Orientadora o Psicóloga
del Establecimiento
Abuso Sexual. -Aplicación de Protocolo de Actuación.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 79
Hacer uso de Internet para ofender,
amenazar, injuriar o desprestigiar a un
alumno o cualquier otro integrante de la
comunidad escolar.
-Registro en hoja de vida del Alumno.
-Citación al Apoderado.
-Aplicación protocolo de actuación
establecido.
-Registro de la situación en el libro de
situaciones especiales y de Convivencia
Escolar.
-Suspensión de 5 días.
-Comité de Convivencia Escolar define
sanción formativa.
-Derivación a Orientadora o Psicóloga
del Establecimiento
Propiciar acciones o actitudes que
denosten la imagen del Liceo.
-Registro en hoja de vida del Alumno.
-Citación al Apoderado.
-Registro de la situación en el libro de
situaciones especiales y de Convivencia
Escolar.
-Suspensión de 5 días.
-Comité de Convivencia Escolar define
sanción formativa.
-Derivación Orientadora del
Establecimiento.
Toma del establecimiento u otra
-Registro en hoja de vida del Alumno.
-Citación al Apoderado.
-Registro de la situación en el libro de
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 80
Las sanciones son acciones destinadas a modificar el comportamiento de
los estudiantes en el marco de la Convivencia Escolar y tendrán directa
relación con la falta. Dependiendo del carácter de la falta, las sanciones y
los responsables de su aplicación son los siguientes:
SANCIONES. RESPONSABLES.
Diálogo personal o grupal (según sea el
caso), pedagógico y correctivo.
-Profesor Jefe.
-Profesor de Subsector.
-Inspectora de sector.
-Orientadora.
Amonestación Verbal.
-Profesor Jefe.
-Profesor de Subsector,
-Inspectora de sector.
- Orientadora.
-Profesor Jefe.
situación que altere el normal
funcionamiento de las actividades.
situaciones especiales y de Convivencia
Escolar.
-Suspensión de 5 días.
-Comité de Convivencia Escolar define
sanción formativa.
-Reposición de bienes dañados.
Otras que por su naturaleza provoquen alarma o conspiren al normal
funcionamiento o prestigio del Liceo, que analizará el Comité de Convivencia
Escolar, Equipo de Gestión Directiva y Consejo de Profesores.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 81
Amonestación Escrita. -Profesor de Subsector,
-Inspectora de sector.
-Orientadora.
Observación en el Libro de Clases.
-Profesor Jefe.
-Profesor de Subsector,
-Inspectora de sector.
-Orientadora.
-Inspector General.
-Jefe Unidad Técnico Pedagógica.
-Administrativos.
-Encargada de Convivencia Escolar.
Compromiso con Docente.
Profesor Jefe.
-Profesor de Subsector,
-Orientadora.
-Inspector General.
-Jefe Unidad Técnico Pedagógica.
Citación a Apoderado.
-Profesor Jefe.
-Profesor de Subsector,
-Inspectora de sector.
-Orientadora.
-Inspector General.
-Jefe Unidad Técnico Pedagógica.
-Administrativos.
-Encargada de Convivencia Escolar.
Sanción Formativa /Reparatoria. -Comité de Sana Convivencia.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 82
Suspensión de Clases y/o de
actividades planificadas.
-Inspectoría General.
-Enc Convivencia Escolar.
Derivación Psicosocial.
-Profesor Jefe.
-Orientadora.
-Enc Convivencia Escolar.
Cambio de Curso.
-Comité de Sana Convivencia.
-Equipo de Gestión Educativa.
-Consejo de Profesores.
Condicionalidad Simple.
-Comité de Sana Convivencia.
-Equipo de Gestión Educativa.
-Consejo de Profesores.
Condicionalidad Extrema.
-Comité de Sana Convivencia.
-Equipo de Gestión Educativa.
-Consejo de Profesores.
Suspensión de clases con asistencia
solamente para rendir pruebas y/o
trabajos.
Traslado de establecimiento.
-Comité de Sana Convivencia.
-Equipo de Gestión Educativa.
-Unidad Técnico Pedagógica.
--Consejo de Profesores.
Cancelación de Matrícula.
-Comité de Sana Convivencia.
-Equipo de Gestión Educativa.
-Consejo de Profesores.
EL (LA) DIRECTOR (A) DEL LICEO TIENE LA FACULTAD DE CANCELAR LA
MATRÍCULA DE LOS ALUMNOS(AS) EN CUALQUIER PERÍODO DEL AÑO
ESCOLAR, SI LA GRAVEDAD DE LA SITUACIÓN LO AMERITA.
DE LAS ACCCIONES DESTINADAS A CORREGIR EL COMPORTAMIENTO DE LOS
(LAS)ESTUDIANTES:
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 83
Los procedimientos de: Condicionalidad Simple, Condicionalidad
Extrema o Cancelación de Matrícula, serán informados personalmente al
apoderado para realizar la firma del respectivo documento.
La citación a cualquiera de los padres o a su apoderado, se hará
mediante COMUNICACIÓN ESCRITA y/o mediante llamado telefónico
para su presentación.
Los procedimientos de Registro de observaciones en libro de clases o
compromiso con el estudiante, serán registrados en el Libro de Clases
correspondiente, e informados al (la) apoderado (a), en el momento en
que sea citado ya sea por Docentes o Directivos.
DESCRIPCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS.
Los diferentes procedimientos serán aplicados en la medida en que
sean necesarios, de acuerdo al comportamiento del (la) estudiante y
consistirán en:
Observación escrita en el libro de clases: se conversará y escuchará al
estudiante y se procederá a registrar la observación correspondiente
describiendo objetiva y textualmente la falta.
Compromiso con el Docente: Se aplicará cuando el alumno (a) reitere sus
faltas leves previamente consignadas en el libro de clases respectivo. Este
compromiso se dejará consignado con el nombre, run y firma del
alumno(a) en el Libro de Clases respectivo.
Citación a Apoderado: Se aplicará este procedimiento cuando el
estudiante no cumpla con el Compromiso anteriormente realizado con el
Docente. Se realizará entrevista con el Apoderado y se procederá a
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 84
registrar en libro de clases el compromiso (deberá considerarse este
compromiso como una PRE-CONDICIONALIDAD), esta vez realizado con
alumno (a) y apoderado (a), el cual deberá considerar:
a) Problema del estudiante, causas y consecuencias.
b) Objetivos a lograr por el estudiante, y los plazos para su consecución
(resultados deseados).
c) Compromiso de Padres y/o Apoderados (as).
d) Estrategias y procedimientos aplicados por el Liceo.
e) Monitoreo periódico de la situación (Docente con quien se realiza el
compromiso, Orientación).
f) Resultados Obtenidos.
g) Toma de conocimiento a través de la firma del alumno (a), apoderado
y Docente registrado en libro de clases.
De no cumplirse este compromiso, se aplicará CONDICIONALIDAD SIMPLE.
Condicionalidad Simple: Deberá establecerse claramente:
a) Problema del alumno (a) causas y consecuencias.
b) Objetivos a lograr por el alumno (a), y los plazos para su consecución
(resultados deseados).
c) Compromiso de Padres y/o Apoderados (as).
d) Estrategias y procedimientos aplicados por el Liceo.
e) Monitoreo periódico de la situación (Docente con quien se realiza el
compromiso, Orientación).
f) Resultados Obtenidos.
g) Toma de conocimiento a través de la firma del alumno (a), apoderado
y Docente registrado en libro de clases.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 85
De no cumplirse este compromiso, se aplicará CONDICIONALIDAD
EXTREMA.
Condicionalidad Extrema: Deberá establecerse claramente:
a) Problema del alumno (a) causas y consecuencias
b) Objetivos a lograr por el alumno (a), y los plazos para su consecución
(resultados deseados).
c) Compromiso de Padres y/o Apoderados (as)
d) Resultados Obtenidos.
e) Toma de conocimiento a través de la firma del alumno (a), apoderado
y Docente registrado en libro de clases.
EL INCUMPLIMIENTO DE LA CONDICIONALIDAD EXTREMA IMPLICARÁ LA
CANCELACIÓN DE LA MATRÍCULA DEL ALUMNO (A).
LA NEGATIVA DEL (LA) APODERADO (A) A FIRMAR CUALQUIERA DE LOS
PROCEDIMIENTOS ANTERIORMENTE DESCRITOS, SERÁ CONSIGNADA COMO
UN ANTECEDENTE, SIN AFECTAR SU APLICACIÓN.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 86
A N E X O S.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 87
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN SITUACIÓN DE ACOSO
ESCOLAR.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 88
PROTOCOLO DE ACTUACIÒN EN SITUACIÒN DE ACOSO
ESCOLAR.
Este protocolo constituye una guía de actuación, de carácter
orientativo, que pretende facilitar la intervención. Se hace necesaria una
intervención rápida, urgente y efectiva. El procedimiento deberá realizarse
con la debida discreción pues lo contrario podría generar más violencia.
ACOSO ESCOLAR.
Se considera que existe acoso escolar cuando un niño y/o
adolescente recibe un continuo y deliberado maltrato verbal, físico y/o
psicológico por parte de uno o varios compañeros que se comportan con
él cruelmente con el objeto de someterlo, apocarlo, asustarlo y/o
amenazarlo atentando contra su dignidad.
Es necesario diferenciar el acoso respecto de agresiones esporádicas
y otras manifestaciones violentas.
Para poder considerar un comportamiento como acoso escolar
deben cumplirse tres criterios diagnósticos que deben darse
simultáneamente, prescindiendo de la personalidad de la posible víctima.
Los criterios son:
1. La existencia de intención de hacer daño.
2. La repetición de las conductas agresivas.
3. La duración en el tiempo, con el establecimiento de un esquema de
abuso de poder desequilibrado entre víctima y agresores.
El acoso escolar puede llevarse a cabo mediante las siguientes
conductas y adoptando más de una modalidad:
1-Comportamientos de desprecio y ridiculización.
2-Coacciones.
3-Agresiones físicas y/o verbales.
4-Comportamientos de intimidación y amenaza.
5-Comportamientos de exclusión, marginación social y ninguneo.
6-Robos, extorsiones, chantajes y deterioro de pertenencias.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 89
7-Utilización de internet, mensajes de móviles, etc., con la intención de
hacer daño mediante (envío masivo de correos electrónicos, difusión de
imágenes sin consentimiento del interesado).
POSIBLE SITUACIÒN DE ACOSO ESCOLAR.
El primer paso será comunicar dicha situación a una de las personas que a
continuación se mencionan:
1. Un profesor o profesora con el que pueda existir más confianza.
2. Un Inspector o Asistente de la Educación con el que pueda existir
más confianza.
3. Al Inspector General.
4. A la Encargada de Convivencia Escolar.
5. Algún miembro del Equipo Directivo.
6. Al alumno Encargado de Convivencia Escolar por curso.
Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga
conocimiento de una posible situación de acoso escolar, debe ponerla en
conocimiento del Equipo Directivo del Establecimiento, ya sea por escrito o
de forma verbal solicitando una entrevista.
Si el denunciante decide hacerlo mediante entrevista por escrito, el
Equipo Directivo utilizará el Anexo I para la recogida inicial de información.
2. Constitución inmediata del Equipo de Convivencia Escolar en el
Establecimiento, que estará formado por el Director, el Inspector General,
la Orientadora, la Encargada de Convivencia Escolar y los Profesores Jefes
de los alumnos involucrados.
3. Se valorará, según la situación, la conveniencia de informar a las
familias de los involucrados, puesto que en este primer momento se trata
de una sospecha.
PROCEDIMIENTO A SEGUIR ANTE SITUACIONES DE ACOSO ESCOLAR.
1. VALORACIÒN DE LA SITUACIÒN.
El objetivo de este paso es investigar la posible situación de acoso
para evitar actitudes alarmistas.
Un miembro del Equipo de Convivencia (Director, el Inspector General,
la Orientadora, la Encargada de Convivencia Escolar y los Profesores Jefes
de los alumnos involucrados), recabará información de la situación.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 90
Este proceso se realizará con la máxima confidencialidad en los
contextos de la denuncia y en otros que puedan surgir.
Al mismo tiempo, la Dirección podrá establecer medidas preventivas
de protección a la presunta víctima y de vigilancia en aquellos lugares
donde pueda producirse el supuesto acoso siempre teniendo presente la
imprescindible confidencialidad de todo el proceso.
2. VERIFICACION DE LA SITUACIÒN.
En el plazo más breve posible de tiempo se analizarán y contrastarán
las informaciones para consolidar la existencia de indicios, tipo y gravedad
de los hechos denunciados.
3. PROCEDIMIENTO A SEGUIR.
Un integrante del Equipo de Convivencia realizará una investigación
de la situación que se llevará a cabo con el procedimiento siguiente y
procurando la no coincidencia de las partes presuntas acosada y
acosadora en el lugar de las entrevistas.
a) Entrevista con el alumno presuntamente acosado.
Deberá garantizarse al alumno la confidencialidad de sus
informaciones. (Podrá utilizarse el Anexo II).
b) Entrevista con observadores no participantes.
Estos son miembros de la comunidad educativa que pueden
conocen los hechos pero no participan activamente en los mismos.
(Podrá utilizarse el Anexo III).
c) Entrevista con los padres de la presunta víctima.
Se informará de los hechos que se investigan, de las medidas
adoptadas, de los pasos a seguir en la gestión del conflicto, en función de
la gravedad del hecho y se solicitará su colaboración para la solución del
mismo. (Podrá utilizarse Anexo IV).
c) Entrevista con el presunto agresor o agresores. (Podrá utilizarse el
Anexo V)
d) Entrevista con los padres del presunto o presuntos agresores.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 91
Se informará de las acusaciones existentes, de las evidencias que
existen en relación a las mismas, de las actuaciones legales que competen
al centro educativo si se confirma la existencia de acoso, de los pasos a
seguir en la gestión del conflicto y se solicitará su colaboración para la
solución del mismo. (Anexo VI)
e) Informe sobre la presunta situación de acoso escolar. (Anexo VII)
4. SI NO SE CONFIRMA LA SITUACION DE ACOSO ESCOLAR.
Si no se confirma la existencia de acoso, puede ser un momento
oportuno para revisar las medidas de prevención y sensibilización que de
forma ordinaria deben llevarse a cabo en los centros educativos.
Si ha habido comunicación previa a la familia de la sospecha de
acoso, deberá comunicársele que no se confirma tal sospecha.
5. SI SE CONFIRMA LA SITUACIÒN DE ACOSO ESCOLAR.
a) Comunicación de la situación.
Una vez confirmada la situación de acoso, el Equipo de Convivencia
Escolar, informará a las familias. Así mismo, se informará a los profesores
Jefes de los alumnos implicados para ofrecer una información veraz.
Cuando las situaciones conflictivas (actos vandálicos, agresiones
físicas, peleas, hurtos, etc.) trasciendan de los recursos y competencias del
sistema educativo, o cuando los órganos competentes del centro sientan
que no pueden abordar el problema, es necesario solicitar ayuda externa
y ponerlo en conocimiento de los servicios competentes en función de la
situación. (Carabineros, Fiscalía, Policía de Investigaciones)
Cuando alguno de los menores implicados en un caso de acoso o
violencia escolar se encontrara en alguna de las situaciones de
desprotección infantil previstas en la legislación vigente, el establecimiento
trasladará esa información a los servicios sociales de protección de
menores.
b) Aplicación de medidas disciplinarias.
Cuando la situación se resuelva en el establecimiento, se aplicará el
Reglamento de Convivencia Escolar. En su aplicación deberán tenerse en
cuenta las circunstancias personales, familiares o sociales del alumno.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 92
Los agentes implicados que deberán conocer la situación existente
son: Consejo escolar, Comité de Convivencia Escolar, familias y alumnos
implicados.
6. PLAN DE ACCION.
El Liceo María Aurora Guiñez Ramírez elaborará un Plan de
Actuación. Este plan tiene que definir conjuntamente las medidas a aplicar
en el Centro, en las aulas afectadas y con el alumnado en conflicto, y
debe garantizar el tratamiento individualizado tanto de la víctima como
de cada una de las personas agresoras y de los alumnos “espectadores”.
MEDIDAS DE APOYO A LA VICTIMA.
a) Designación de una persona del establecimiento quien estará a
cargo de llevar coordinar el plan de acción.
b) Tener en cuenta el momento en que se encuentra dicha situación:
– Si está en las primeras fases (insultos, bromas pesadas, estigmatización de
un compañero por un detalle sobresaliente…): Trabajo inmediato con la
víctima para que, no se culpabilice, reduzca su nivel de estrés, no haga
generalizaciones, ni adquiera una autoestima negativa.
– Si está en fases posteriores (la víctima puede creerse culpable de la
agresión o manifestar cambios de conducta): En este caso hay que valorar
la posibilidad de apartarla del alumnado agresor y tejer una red de
protección afectiva a su alrededor. Sin embargo, ha de tenerse en cuenta
que las medidas de protección que supongan establecer una separación
física entre la víctima y las personas agresoras o espectadoras deben
valorarse en extremo, teniendo siempre cuidado de no crear una
sensación de exclusión para evitar dar la impresión de una nueva victoria a
la persona agresora y estigmatizar más a la víctima, perjudicando su
autoestima.
- Trabajar la mejora de su autoestima.
- Entrenamiento en habilidades sociales: conductas de autoprotección y
asertividad.
-Si se considera necesario, derivar a Servicios Externos (previo
consentimiento de los padres y apoderados.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 93
INTERVENCION CON EL AGRESOR.
- Intervención inmediata con las personas acosadoras transmitiendo un
mensaje nítido de tolerancia cero a cualquier agresión.
- Organizar entrevistas individualizadas para:
– Concienciación de la gravedad del problema.
– Identificación de conductas violentas.
– Análisis sobre la causa de su actitud.
– Reflexión y reconocimiento del daño causado.
– Trabajar la empatía y el razonamiento moral.
– Entrenamiento en Habilidades Sociales.
– Aplicación de medidas educativas, correctoras y/o sancionadoras:
– Las sanciones deben tener una orientación educativa, tendente a la
reflexión y toma de conciencia de los hechos, al cambio de actitud
y a la reparación del daño. Sin embargo también debe transmitirse
la idea de que las actuaciones negativas o antisociales no van a
resultar impunes.
– Promover la reparación o compensación de los daños causados.
– Apertura de expediente disciplinario.
– Otras, que el comité de Convivencia Escolar estime convenientes.
MEDIDAS CON LOS TESTIGOS O COMPAÑEROS DE CURSO, (EXPECTADORES).
- Realización de actividades que posibiliten el rechazo y la denuncia
explícita de conductas violentas en la convivencia entre iguales:
- Definir claramente los comportamientos que deben ser denunciados.
- Definir claramente el papel que los espectadores juegan en estas
situaciones.
- Analizar la diferencia entre la conducta solidaria de denunciar la
injusticia y el ser chivato.
- Fomentar actitudes de desaprobación de estas conductas, mediante
sesiones de análisis, discusión y búsqueda de respuestas alternativas.
- Debatir sobre la falsa seguridad que proporcionan las pandillas y el
aparente atractivo de las bandas.
- Desarrollar estrategias de ayuda entre iguales.
- Integración de todo el alumnado en el grupo y desarrollo de
habilidades pro sociales a través de trabajos cooperativos.
- Enseñar a los alumnos a pedir ayuda, a superar el miedo o a
convertirse ellos mismos en víctimas.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 94
– Informar sobre la posibilidad y recursos existentes en el
Establecimiento para denunciar situaciones de intimidación,
garantizando la confidencialidad.
ACTUACIONES CON LAS FAMILIAS.
– Mantener una relación fluida, amable y continuada, ofreciendo
espacios y oportunidades para que las familias puedan expresar sus
puntos de vista.
– Acordar un calendario de reuniones.
– Informar de los pasos que se están dando por parte del
Establecimiento. (Subrayando la importancia de la discreción).
– Solicitar colaboración y adquirir compromisos comunes.
– Proporcionar a las familias de las víctimas y de los agresores pautas
de actuación con sus hijos/as.
ACTUACIONES CON EL EQUIPO DOCENTE.
– Acordar y unificar criterios de actuación.
– Mostrar apoyo inmediato a la persona agredida y garantizar su
protección.
– Utilizar un sistema disciplinario positivo, con normas, consensuadas y
definidas claramente.
– Intervenir rápidamente ante cualquier conducta de acoso o falta de
respeto.
– Facilitar cauces para que el alumnado pueda hacer llegar la
información a los miembros de la Comunidad Escolar.
– Promover la implicación del alumnado en la gestión de
determinados conflictos (organizar programas de alumnos/as
ayudantes o mediadores).
7. PONER EN CONOCIMIENTO DE LAS FAMILIAS IMPLICADAS LAS
MEDIDAS DEL PLAN
Debe informarse a las familias del alumnado implicado de las
medidas de carácter individual adoptadas con los alumnos/as
afectados/as, así como de aquellas de carácter organizativo y preventivo
propuestas para el/los grupo/s, nivel/es y/o Establecimiento Educacional.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 95
8. SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS.
La Dirección del Establecimiento se responsabilizará de que se lleven
a cabo las medidas previstas en el Plan de Actuación, informando
periódicamente al Comité de sana Convivencia Escolar.
9. DENUNCIA DEL HECHO A INSTITUCIONES CORRESPONDIENTES.
En el caso que este método, u otros similares no diesen el resultado
deseado, o la familia no preste la atención solicitada el Establecimiento
podrá tomar otras acciones según sea el caso. Será llevado ante el
Consejo de Profesores para tomar medidas de acuerdo al Manual de
Convivencia del Establecimiento.
10. Elaborar un informe por escrito para que el Director determine si se
hará la denuncia formal ante el Ministerio Público, Carabineros o Policía de
Investigaciones. En esta etapa se debe adjuntar la Pauta de Informe
Concluyente y todos los antecedentes recopilados hasta el momento.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 96
PROTOCOLO DE ACTUACION PARA LA VIOLENCIA ENTRE
ALUMNOS Y ALUMNAS AL INTERIOR DEL
ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 97
PROTOCOLO PARA LA ACTUACIÒN FRENTE A HECHOS DE VIOLENCIA ENTRE
ALUMNOS O ALUMNAS.
1. El funcionario o alumno/a que pesquise un hecho o situación de
agresión entre, alumnos/as debe informar de inmediato al Inspector
General, el que deberá entrevistar a él o a los alumnos para
recopilar antecedentes de la situación.
2. El Inspector General deberá comunicar el hecho al Profesor Jefe del
o de los alumnos involucrados.
3. En el caso de tratarse de una agresión física se deberán constatar las
lesiones en el Hospital de Purèn, esta derivación será de
responsabilidad del Inspector General.
4. En el caso de constituirse en una agresión física grave, se solicita la
presencia de personal de Carabineros.
5. El funcionario o docente que recibió la información de la agresión
será el responsable de registrar el hecho en la hoja de vida de los/las
involucrados.
6. El Inspector General citará a los apoderados de los alumnos para
entregar los antecedentes de la situación.
7. Aplicación del Manual de Convivencia Escolar. Definiéndose
medidas punitivas y formativas en torno al caso.
8. Derivación del caso a Orientadora, Psicóloga del Establecimiento o
al Departamento de Salud Mental del Hospital de Purèn.
9. El Profesor Jefe del o los alumnos involucrados, será el responsable
del seguimiento del caso.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 98
PROTOCOLO DE ACTUACION PARA LA VIOLENCIA ENTRE
ADULTOS QUE DESEMPEÑAN FUNCIONES AL INTERIOR
DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 99
PROTOCOLO PARA LA ACTUACIÒN FRENTE A HECHOS DE VIOLENCIA ENTRE
ADULTOS QUE DESEMPEÑAN FUNCIONES AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO
EDUCACIONAL.
1. El/la docente o funcionario/a deberá informar al Encargado Escolar
los hechos ocurridos, quedando los antecedentes por escrito y con
firma de la persona que denuncia.
2. Si corresponde el afectado/a deberá constatar lesiones en el
Servicio de Urgencia del centro de salud de la comuna y realizar la
denuncia en Carabineros, PDI, Fiscalía o Juzgado.
3. Se entregarán los antecedentes del hecho al director y al Jefe de
Departamento de Educación Municipal.
4. De ser necesario se realizará sumario administrativo o investigación
sumaria.
5. Seguimiento del caso, encargado de Convivencia Escolar.
6. En el caso que la agresión sea verbal, se llevará a cabo una
mediación a cargo del Equipo de Convivencia Escolar, y los
involucrados en la situación.
7. En el caso de no cumplir los términos de la mediación anterior, el
director del establecimiento y el Equipo de Convivencia Escolar
dejaran constancia de la situación en la hoja de vida del
Funcionario.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 100
PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A ACCIDENTE
ESCOLAR.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 101
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES.
1.-GENERALIDADES:
Un accidente escolar es toda lesión física que un estudiante
pueda sufrir a causa o en el desarrollo de de actividades escolares que,
por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño.
Dentro de esta categoría se encuentra también los accidentes que
puedan sufrir los estudiantes en el trayecto desde su domicilio hasta sus
establecimientos educacionales y viceversa.
En caso de accidente escolar todos los y las estudiantes, de los niveles:
parvulario, básico y media, están afectos al Seguro Escolar decretado por
el estado de chile, desde el instante que se matriculen en el
establecimiento.
2.- SEGURIDAD ESCOLAR:
Es un conjunto de condiciones, medidas y acciones enfocadas al
desarrollo del auto cuidado y a la prevención de riesgos requeridos para
que los miembros de la comunidad educativa puedan participar de un
ambiente sano y seguro.
3.-PREVENCIÓN DE RIESGOS:
Son el conjunto de medidas para anticiparse y minimizar un daño
que podría ocurrir en el colegio. El establecimiento debe disponer de un
comité de higiene y seguridad, encargado de canalizar y coordinar con
los distintos estamentos de la comunidad educativa las acciones de auto
cuidado y prevención de riesgos.
EN CASO DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD REPENTINA DE UN ALUMNO(A)
DURANTE LA ACTIVIDAD ESCOLAR, SE PROCEDERÁ DE LA SIGUIENTE MANERA:
1.-Frente a la ocurrencia de un accidente o enfermedad de un estudiante,
el propio alumno o alumna accidentado, sus compañeros o cualquier
funcionario que lo detecte, por leve o sin importancia que parezca,
deberá dar cuenta de inmediato a inspectoría.
2.-Detectado un accidente, un inspector, docente o paradocente
procederá de acuerdo a la siguiente:
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 102
a.-Ubicación y aislamiento del accidentado.
B.-Evaluación de la lesión o enfermedad, de acuerdo a los conocimientos
existentes y de acuerdo al grado de ella, se determinará la necesidad de
mantener al o la accidentada en el mismo lugar a trasladarlo a
inspectoría.
c.-En cualquiera de los casos, el inspector, docente o paradocente,
realizarán los primeros auxilios correspondientes.
d.-En aquellos accidentes que requiera de asistencia médica inmediata,
como heridas sangrantes por cortes profundos, fracturas, pérdida del
conocimiento por golpes en la cabeza, inmovilidad por golpe en la
columna, quemaduras u otros, que el personal que está atendiendo
determine que se requiera ambulancia al Servicio de Salud deberá
solicitarla. De no ser posible su concurrencia, se tomará la decisión de
traslado en vehículo particular.
e. Simultáneamente a la prestación de los primeros auxilios, se dará aviso
por cualquier medio a apoderado, dando cuenta del hecho y se le
solicitará que concurra al establecimiento o indicarle que concurra al
hospital por cuanto su pupilo está siendo trasladado a ese servicio de
urgencia.
f.- Secretaría procederá a elaborar el formulario correspondiente para el
uso de la ley sobre seguro de accidente escolar.
g.-El alumno(a) que sea trasladado al hospital, será acompañado por
personal del colegio, inspector, profesor o paradocente, quien deberá
permanecer en el hospital con el alumno hasta la llegada de sus padres o
apoderados. El alumno(a) nunca debe quedar solo.
h.- NO se deberá suministrar ningún medicamento al enfermo o
accidentado.
i.-En caso que al accidente ocurra fuera del establecimiento, en alguna
actividad escolar, uno de los acompañantes, deben trasladar de
inmediato a la o el alumno a un centro de salud más cercano.
Simultáneamente, se debe informar el hecho a la secretaría o inspectoría
del colegio, quien lo comunicará al apoderado y elaborará el formulario
de accidente escolar, este formulario i debe hacerlo llegar al hospital. El
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 103
profesor o inspector acompañante debe permanecer con el alumno(a)
hasta la concurrencia de su apoderado. Si la persona está solo a cargo del
grupo, debe solicitar ayuda al establecimiento para que un inspector
concurra al lugar de los hechos y acompañe al grupo de alumnos.
j.- En caso de accidente de trayecto, es responsabilidad de los padres o
apoderados el traslado de su pupilo(a) al hospital, los que deben
comunicar al colegio para elaborar el formulario de accidentes escolares,
el cual deben retirar de inspectoría. Si algún funcionario o alumno del
establecimiento presencia el accidente deberá asistir al estudiante y dar
aviso al colegio y/o apoderado o solicitar la asistencia pública.
k.-En caso de enfermedad a accidente menos grave, el alumno(a) será
llevado a inspectoría, por la persona que detecte o perciba el caso, se
realizarán los primeros auxilios, NO se suministrará ningún tipo de
medicamentos, inspectoría o un profesor deberá comunicar al
apoderado o familia, para que ellos trasladen al alumno al centro de
salud, inspectoría entregará el formulario de seguro escolar de salud
estatal con que todo alumno está cubierto. En caso de enfermedad leve
el apoderado junto a inspectoría decidirán si el alumno debería ser
trasladado a un centro asistencial, su domicilio o regresar a clase.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 104
PROTOCOLO DE PREVENCIÒN Y ACTUACIÒN EN CASOS
DE CONSUMO Y TRÁFICO DE ALCOHOL O DROGAS
DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 105
PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN EN CASOS DE CONSUMO Y
TRÁFICO DE ALCOHOL O DROGAS EN EL ESTABLECIMIENTO:
La ley de Alcohol y Drogas Nº 20.000 obliga a denunciar, cuando exista
sospecha o consumo en establecimientos educacionales. La normativa
procesal penal obliga a directores, profesores o cualquier funcionario del
establecimiento educacional, denunciar los delitos que afectaren a
estudiantes o que hubieran tenido lugar en el establecimiento.
1.- El Liceo asume la responsabilidad de implementar políticas de
prevención de alcohol, tabaco y drogas, en todos los cursos,
responsabilidad que debe dirigir la Orientadora, el Comité de Sana
Convivencia Escolar y los respectivos profesores jefes. El programa de
prevención debe enmarcarse dentro de las siguientes directrices:
a.-Desarrollo efectivo de los programas emanados de orientación e
implementados por los profesores jefes.
b.-La incorporación de la familia como los principales agentes preventivos
dentro del desarrollo psicosocial de los alumnos.
c. -Coordinación activa con las redes de apoyo referidas a la temática.
d. -Detección eficaz del consumo abusivo de alcohol o drogas por los
alumnos, para realizar el trabajo de intervención y derivación a las
instancias pertinentes.
e.- La promoción de hábitos saludables en los alumnos y su familia.
2.- EN CASO DE CONSUMO DE DROGAS DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO:
a.-Cualquier funcionario del Liceo que sospeche, o sorprenda a un alumno
consumiendo, droga o alcohol en alguna dependencia del
establecimiento, debe comunicar la situación acontecida de forma
inmediata a la Dirección, Inspectoría General, Profesor Jefe o Encargado
de Convivencia Escolar.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 106
b.- Inspectoría General, Encargado de Convivencia Escolar o Profesor Jefe,
se entrevistará con el alumno para dialogar sobre la situación y determinar
la efectividad de la sospecha o del hecho.
c.- Se deberá dejar registro de la entrevista firmada por el alumno y el
funcionario del colegio, además de consignar la falta en su hoja de vida
del estudiante.
d. -Inspectoría General, Encargada de Convivencia Escolar o Profesor Jefe
deberá comunicarse, por cualquier medio, con el apoderado para
convenir una entrevista para tratar el caso.
e.-En la entrevista con el apoderado, alumno y funcionarios del
establecimiento se abordaran los siguientes puntos:
* Informar al apoderado los hechos en los cuales está involucrado su
pupilo.
*Recepcionar los antecedentes que pudiera aportar el alumno y
apoderado.
*Informar sobre las medidas disciplinarias a las cuales está expuesto.
* Establecer acuerdos que debe cumplir el alumno y apoderado.
*Establecer las medidas de carácter remédiales o de orientación a las
cuales debería acogerse el alumno
*Las consecuencias para el alumno en caso de reincidir.
*Registrar por escrito la entrevista, y deberá ser firmada por el apoderado,
alumno y funcionario a cargo de la entrevista y adjuntarla a la carpeta del
caso.
* Inspectoría General, Encargado de Convivencia Escolar deberán
establecer el seguimiento y monitoreo del caso.
* Encargado de Convivencia Escolar en conjunto con el apoderado
podrán convenir la derivación del caso a especialistas o programas
pertinentes.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 107
f.-En caso de que un alumno se presente bajo la evidente influencia de
drogas, sustancias psicotrópicas o alcohol en el colegio:
*El funcionario o alumno que detecte el caso debe informar de inmediato
a la dirección, Inspectoría General o Encargada de Convivencia Escolar.
*Se conducirá al alumno a oficina de Inspectoría General, se aislará y
protegerá del resto de compañeros y personal del colegio.
*Inspectoría General, Profesor Jefe o Encargada de Convivencia Escolar
conversará con el estudiante indagando las causas de su estado.
* El funcionario que realizó la entrevista al alumno deberá dejar registro del
hecho en hoja de observaciones del estudiante.
*Se llamará al apoderado o familia para que retire al alumno y citarlos
para el día siguiente y aplicar las sanciones establecidas en el reglamento
de convivencia.
*Si el alumno presentará signos de intoxicación por las causas
anteriormente señaladas, se llamará a la asistencia pública y se trasladará
al hospital local. En el intertanto se comunicará al apoderado para que
concurra al hospital local
*Posteriormente se procederá según lo establecido en el punto e.
g.-En caso de sospecha de porte o tráfico de drogas dentro del
establecimiento y/o en actividades organizadas por el colegio y fuera de
este, se actuará de la siguiente forma:
*El miembro de la comunidad educativa que detecte la falta dará aviso a
la Dirección, Inspectoría General, o Encargada de Convivencia.
*En caso de encontrar droga en cualquier circunstancia, se deberá llevar a
la dirección del establecimiento, se levantará un acta de entrega y se
resguardará mientras llega carabineros o PDI.
*El director del establecimiento, inspector General o encargado de
convivencia Escolar debe dar cuenta a Carabineros o PDI, procurando
que se constituyan en el lugar e inicien la investigación.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 108
* Continuar el actuar de acuerdo a lo establecido en los puntos Nº2, letras
c, d, e, de este protocolo.
h.-El Liceo favorecerá siempre la protección del alumno en situaciones de
riesgo por consumo de drogas, así mismo, entenderá que un menor de
edad involucrado en tráfico de drogas está siendo víctima y deberá
agotar todas las instancias para su tratamiento y permanencia en el
sistema educativo.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 109
PROTOCOLO PARA LA RETENCIÓN EN EL SISTEMA
ESCOLAR DE ESTUDIANTES EMBARAZADAS, MADRES Y
PADRES ADOLESCENTES.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 110
PROTOCOLO PARA LA RETENCIÓN EN EL SISTEMA ESCOLAR DE ESTUDIANTES
EMBARAZADAS, MADRES Y PADRES ADOLESCENTES.
1. ACCIONES PARA LA ETAPA DEL EMBARAZO, DE MATERNIDAD Y CRIANZA
1.1. RESPECTO DEL REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCIÓN.
La estudiante tendrá derecho a contar con un tutor (profesor jefe)
quien supervisará las inasistencias, apoyo pedagógico especial, horarios
de salida para amamantamiento y controles de salud y la elaboración e
implementación del calendario de evaluación, resguardando el derecho a
la educación de la alumna.
El profesor Jefe tendrá las siguientes funciones:
Ser un intermediario/nexo entre alumna(o) y profesores de asignatura
para organizar la entrega de materiales de estudio y evaluaciones;
supervisar las inasistencias; supervisar e informar a dirección el
cumplimiento de los docentes en todos los sectores.
Apoyo pedagógico especial: supervisar entrega de materiales de
estudio, supervisar entrega de calendario de evaluación alternativo
cuando sea necesario, supervisar entrega de guías de aprendizaje.
Este apoyo se dará mientras que la alumna se ausente por
situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto, control de
niño sano y enfermedades del hijo menor de un año. Acreditado por
certificado médico.
Si el/la estudiante se ausentara por más de un día, el/la
apoderado(a) deberá hacer retiro de materiales de estudio.
El/la estudiante tendrá derecho a acceder a un sistema de
evaluación alternativo, en tanto la situación de embarazo o de
maternidad/paternidad le impida asistir regularmente al
establecimiento.
Cada vez que la alumna se ausente por situaciones derivadas del
embarazo, parto, post parto, control de niño sano y/o enfermedades
del hijo menor de un año, presentando certificado médico o carné
de salud, podrá acceder a una reprogramación de evaluaciones.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 111
El/la estudiante tiene derecho a ser promovido(a) de curso con un
porcentaje de asistencia menor a lo establecido, siempre que sus
inasistencias hayan sido debidamente justificadas por: los/las
médicos tratantes, carné de control de salud y cumplan con los
requisitos de promoción establecidos en el reglamento de
evaluación.
Se dará flexibilidad en las evaluaciones garantizando el logro de
aprendizajes y objetivos mínimos establecidos en los Programas de
Estudio.
La estudiante tiene derecho a ser evaluada de la misma forma que
sus compañeros. El establecimiento le otorgará las facilidades
necesarias para cumplir con el calendario de evaluación.
1.2. RESPECTO DEL CONSEJO ESCOLAR:
El Consejo Escolar deberá tener conocimiento del protocolo de
Retención de Estudiantes Embarazadas, Madres y Padres Adolescentes.
Esto será informado en la primera reunión del Consejo Escolar, quedando
en acta correspondiente.
1.3. RESPECTO DEL REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR.
Se registrará la asistencia, permisos y horarios de ingreso y salida de
el/la estudiante diferenciando las etapas de embarazo, maternidad
y paternidad. Para esto existirá una carpeta por alumna que estará
ubicada en INSPECTORIA.
Los inspectores se encargarán del registro en la carpeta. En esta
carpeta se deberá además archivar los certificados médicos. Esta
carpeta además debe contener el certificado médico que acredite
la situación de embarazo de la alumna.
El/la estudiante deberá presentar el carné de salud o certificado
médico, cada vez que falte a clases por razones asociadas al
embarazo, maternidad y paternidad.
El Profesor Jefe verificará en forma regular las inasistencias en
carpeta de estudiante.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 112
El Inspector General del Establecimiento, incorporará datos de la
alumna embarazada, madre o padre adolescente, en el libro de
Registro Interno de Situaciones Especiales.
Finalmente se procederá a ingresar a la alumna embarazada al
SIGE, tal registro será responsabilidad de la Coordinadora de Enlaces.
Sera de responsabilidad de la Orientadora, Psicólogo, o Encargado
de Convivencia Escolar, realizar una entrevista exploratoria del caso,
para descartar que el embarazo sea el resultado de un delito. De
confirmarse el hecho anterior, se tomará contacto con el apoderado
para orientar las acciones respectivas a seguir.
En caso que el apoderado no muestre intenciones o no manifieste
abiertamente la decisión de realizar la denuncia, el establecimiento
realizará la denuncia correspondiente en las instituciones pertinentes.
La alumna embarazada será derivada para recibir apoyo en el
Departamento de Salud Mental de Purèn.
Por último se enviará informe al Departamento de Educación
Municipal.
1.4. RESPECTO AL PERIODO DE EMBARAZO:
El Liceo María Aurora Guiñez Ramírez establece, dentro de los derechos
de la estudiante embarazada o progenitor adolescente, el permiso para
concurrir a las actividades que demanden el control prenatal y del
cuidado del embarazo, todas ellas documentadas con el carné de salud o
certificado emitido por el médico tratante o matrona emitido por el Centro
de Salud Familiar o consultorio correspondiente. Previo autorización del
Apoderado.
Además, cada vez que falte a clase por razones asociadas al
embarazo, maternidad/paternidad deberá mantener informado a su
profesor jefe y a Inspectoría.
En el caso de la alumna, la institución educativa velará por el
derecho de ir al baño cuantas veces lo requiera, sin tener que
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 113
reprimirse por ello, previendo el riesgo de producir infección urinaria
(primera causa de síntoma de aborto).
El establecimiento facilitará durante los recreos, a las alumnas
embarazadas, la utilización de las dependencias de la biblioteca u
otros espacios del establecimiento, para evitar estrés o posibles
accidentes.
El Liceo María Aurora Guiñez Ramírez facilitará el proceso de
evaluaciones parciales o globales de las alumnas embarazadas, que
disponen de su tiempo de pre y post natal, por lo que se adecuará el
término del semestre o del año escolar, según sea el caso, para que
de acuerdo a criterios pedagógicos realicen trabajos o guías de
aprendizajes que le permitan terminar su año escolar.
1.5. RESPECTO DEL PERIODO DE MATERNIDAD Y/O PATERNIDAD.
Se brindará el derecho de la madre adolescente a decidir el horario
de alimentación del hijo o hija, que debiera ser como máximo una
hora, la que no considera los tiempos de traslado, evitando con esto
que se perjudique su evaluación diaria. Este horario debe ser
comunicado formalmente al Director/a del establecimiento
educacional durante la primera semana de ingreso de la alumna a
su jornada escolar.
Para las labores de amamantamiento en caso de no existir sala cuna
en el propio establecimiento educacional, se le permitirá la salida de
la madre en el horario predeterminado para acudir a su hogar o sala
cuna.
Cuando el hijo/a menor de un año, presente alguna enfermedad
que necesite de su cuidado específico, según conste en un
certificado emitido por el médico tratante, el establecimiento dará,
tanto a la madre como al padre adolescente, las facilidades
pertinentes, para ausentarse y dar el cuidado adecuado a su hijo
(a), y al reingreso se elaborará un calendario para que sean
tomadas las evaluaciones faltantes, considerando que esta es una
causa frecuente de deserción escolar post parto.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 114
1.6. Otros
La estudiante tiene derecho a adaptar su uniforme escolar a su
condición de embarazo.
La alumna tiene derecho a recibir las mismas condiciones que el
resto del alumnado referente al ingreso, la permanencia o progreso
en el sistema.
En su calidad de adolescente embarazada, la alumna debe tener
claro que será tratada con los mismos deberes y derechos que sus
pares en relación a las exigencias académicas y conductuales.
La alumna deberá asistir a clases de educación física, debiendo ser
evaluada y eximida en caso de ser necesario. Después del parto,
será eximida hasta que finalice un periodo de seis semanas
(puerperio). Asimismo, en casos calificados por el/la médico tratante,
podrá eximirse de la actividad física. En estos casos, la alumna
deberá realizar trabajos alternativos designados.
2. CONSIDERACIONES PARA LOS ADULTOS RESPONSABLES DE LAS Y LOS
ESTUDIANTES EN SITUACION DE EMBARAZO, MATERNIDAD Y PATERNIDAD
Tanto el padre como la madre que es apoderado/a de un
adolescente en situación de embarazo, maternidad o paternidad, deberá
incorporar en este rol las siguientes responsabilidades:
Informar al establecimiento educacional que él o la estudiante se
encuentra en esta condición, el director/a o profesor/a responsable
le informará sobre los derechos y obligaciones, tanto del/la
estudiante, como de la familia y del establecimiento educacional.
Se firmará un compromiso de acompañamiento al adolescente, que
señale su consentimiento para el/la alumno/a asista a los controles,
exámenes médicos y otras instancias que demanden atención de
salud, cuidado del embarazo y del hijo/a nacido, que implique la
ausencia parcial o total del/la estudiante durante la jornada de
clases.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 115
Notificar al establecimiento educacional situaciones como cambio
de domicilio o si la hija en condición de embarazo, maternidad o
paternidad quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra
persona.
En su calidad de adolescente embarazada, la alumna debe tener
claro que será tratada con los mismos deberes y derechos que sus
pares en relación a las exigencias académicas y conductuales.
La alumna deberá asistir a clases de educación física, debiendo ser
evaluada y eximida en caso de ser necesario. Después del parto,
será eximida hasta que finalice un periodo de seis semanas
(puerperio). Asimismo, en casos calificados por el/la médico tratante,
podrá eximirse de la actividad física. En estos casos, la alumna
deberá realizar trabajos alternativos designados.
2. CONSIDERACIONES PARA LOS ADULTOS RESPONSABLES DE LAS Y LOS
ESTUDIANTES EN SITUACION DE EMBARAZO, MATERNIDAD Y PATERNIDAD
Tanto el padre como la madre que es apoderado/a de un
adolescente en situación de embarazo, maternidad o paternidad,
deberá incorporar en este rol las siguientes responsabilidades:
Informar al establecimiento educacional que él o la estudiante se
encuentra en esta condición, el director/a o profesor/a responsable
le informará sobre los derechos y obligaciones, tanto del/la
estudiante, como de la familia y del establecimiento educacional.
Se firmará un compromiso de acompañamiento al adolescente, que
señale su consentimiento para el/la alumno/a asista a los controles,
exámenes médicos y otras instancias que demanden atención de
salud, cuidado del embarazo y del hijo/a nacido, que implique la
ausencia parcial o total del/la estudiante durante la jornada de
clases.
Notificar al establecimiento educacional situaciones como cambio
de domicilio o si la hija en condición de embarazo, maternidad o
paternidad quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra
persona.
Con el fin de que los/las estudiantes en situación de embarazo,
maternidad y paternidad no abandonen el sistema escolar, puedan
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 116
continuar sus estudios y completar su trayectoria educativa, los
docentes y directivos del establecimiento deben orientar y
asegurarse que ellos accedan a los beneficios que entrega el
Ministerio de Educación, estos son:
Salas cuna Para que Estudie Contigo (PEC): Ingreso preferente a los
jardines y salas cunas de la red JUNJI.
Beca de Apoyo a la Retención Escolar (BARE): Aporte económico
otorgado por JUNAEB, que beneficia a estudiantes con riesgo de deserción
escolar por su condición de embarazo, maternidad y paternidad.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 117
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE
MALTRATO Y ABUSO SEXUAL INFANTIL Y ADOLESCENTE.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 118
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE MALTRATO Y ABUSO
SEXUAL INFANTIL Y/O ADOLESCENTE.
1.-DEFINICIONES:
a.- Maltrato Infantil: Se entiende como todos aquellos actos de violencia
física, sexual o emocional, sea en el grupo familiar o en el entorno
social, que se cometen en contra de un niño/a y adolescentes, de
manera habitual u ocasional.
El maltrato puede ser ejecutado por omisión (entendida como falta
de atención y apoyo de parte de del adulto a las necesidades y
requerimientos del niño, sea en alimentación, salud, protección física,
interacción social u otro), supresión (que son las diversa formas en que
se le niega al niño el ejercicio y goce de sus derechos: ejemplo,
impedirle que juegue o que tenga amigos, no enviarlo a la escuela,
etc.) o transgresión (entendida como todas aquellas acciones o
conductas hostiles, rechazantes o destructivas hacia el niño, tales como
malos tratos físicos agresiones emocionales, entre otros) de los derechos
individuales y colectivos e incluye el abandono completo y parcial.
b.- Maltrato Físico: Cualquier acción no accidental por parte de
cuidadores, madres o padres, que provoque daño físico enfermedad
en el niño/a o adolescente o signifique un grave riesgo de padecerlo.
Puede tratarse de un castigo único o repetido y su magnitud es variable
(grave, menos grave o leve).
c.- Maltrato Emocional o Psicológico: Se trata del hostigamiento verbal
habitual por medio de insultos, críticas o descréditos, ridiculizaciones, así
como, la indiferencia y el rechazo explicito o implícito hacia el niño/a o
adolescente. Se incluye también en esta categoría, aterrorizarlo, ignorarlo
o corromperlo. Ser testigo de violencia entre los miembros de la familia es
otra forma de maltrato emocional o psicológico.
d.- Negligencia: Se refiere a la falta de protección y cuidado mínimo por
parte de quienes tienen el deber de hacerlo. Existe negligencia cuando
los responsables del cuidado y educación del niño/as y adolescentes
no atienden ni satisfacen sus necesidades básicas, sean estas físicas,
sociales, psicológicas o intelectuales.
e. -Abandono Emocional: Es la falta persistente de respuesta a las señales
(llanto, sonrisas), expresiones emocionales y/o conductas del niños/as y
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 119
adolescentes que buscan proximidad y contacto afectivo, así como la
falta de iniciativa de interacción y contacto, por parte de una figura
adulta estable.
f. -Abuso Sexual: Existen distintas definiciones de abuso sexual infantil, todas
ellas identifican los siguientes factores comunes:
*Relación de desigualdad o asimetría de poder entre el niño y el agresor/a
ya sea por madurez, edad, rango, jerarquía, etc.
*Utilización del niño como 0bjeto sexual, involucrándolo en actividades
sexuales de cualquier tipo.
*Maniobras coercitivas de parte del agresor: seducción, manipulación y/o
amenazas.
g.-El abuso sexual involucra cualquier conducta de tipo sexual que se
realice con un niño o adolescente, incluyendo, entre otras, las
siguientes:
-Exhibición de sus genitales por parte del abusador/a a un niño o
adolescente.
-Tocación de genitales del niño o adolescente por parte del abusador/a.
-Tocación de otras zonas del cuerpo del niño o adolescente por parte del
abusador/a.
-Incitación, por parte del abusador/a, a la tocación de sus propios
genitales.
- Contacto bocogenital entre el abusador/a y el niño o adolescente.
- Penetración vaginal o anal, o intento de ella, con sus genitales, con otras
partes del cuerpo o con objetos, por parte del abusador/a.
-Utilización del niño o adolescente en la elaboración de material
pornográfico (Ej: fotos, películas, imágenes en internet).
-Exposición de material pornográfico a un niño o adolescente (Ej: revistas,
películas, fotos, imágenes de internet.
-Promoción o facilitación de la prostitución infantil.
-Obtención de servicios sexuales de parte de un menor de edad a cambio
de dinero u otras prestaciones.
2.- ACCIONES PREVENTIVAS:
a.- La prevención del maltrato y abuso sexual del niño y adolescente es
una tarea ineludible de la comunidad educativa en su conjunto, ya que
en este ámbito se espera contribuir a que los estudiantes alcancen un
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 120
desarrollo afectivo y social pleno y saludable. Especialmente relevantes
para este tema alcanzan los objetivos transversales del currículum
nacional, donde a través del conocimiento, habilidades, actitudes,
valores y comportamientos se espera que los estudiantes se desarrollen
en el plano personal, intelectual, moral y social en todos los niveles
educativos.
b. -Especialmente relevantes para este tema son los objetivos que refieren
al ámbito:
-Crecimiento y Autoafirmación Personal, ya que promueven en los
estudiantes un desarrollo físico personal en un contexto de respeto y
valoración por la vida y el cuerpo humano, el desarrollo de hábitos
higiene, el cumplimiento de normas de seguridad y la promoción de
una adecuada autoestima.
-Educación en Sexualidad y Afectividad que permita a los estudiantes
manejar situaciones ligadas a la vulneración y adquirir capacidades de
auto cuidado.
c. -Responsabilidades de los diferentes estamentos frente a las tareas
preventivas:
- Al director/a: Le competen responsabilidades legales indeclinables
frente a las denuncias y/o derivación de casos a las instituciones
pertinentes. Tiene la obligación de generar las condiciones prácticas
que permita compartir el tema, informarse y coordinarse con docentes,
asistentes de la educación y apoderados.
-Orientadora y Comité de Convivencia Escolar: Crear las condiciones,
diseñar las acciones, determinar las unidades orientadoras del tema y
supervisar su ejecución y cumplimiento.
-Los/las Docentes: Implementar en el aula las actividades y unidades
temáticas destinadas a desarrollar las capacidades de auto cuidado,
contempladas en el plan de orientación. Deben escuchar y ser
depositario de las problemáticas personales y familiares de sus alumnos,
asumir las tareas de contención e informar y derivar a las instancias
correspondientes. Convocar a los apoderados o familia para hacerlos
partícipe de las temáticas relacionadas, en reuniones de padres y
apoderados o talleres.
-Los/las Asistentes de la educación: Tienen responsabilidades de apoyo
a la labor pedagógica en el aula, pero especialmente fuera de ella,
donde deben manifestar su función educadora y protectora de la
integridad psicológica y física de niños y o adolescentes. Los espacios
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 121
fuera del aula permiten observar comportamientos que alerten
situaciones de maltrato o abusos sexuales.
-La Familia: Como primer agente educativo de los niños/as requiere
involucrarse y participar en las instancias que el establecimiento
educacional les ofrece, para apoyar y reforzar la acción educativa y
aprendizajes de sus hijos/as.
3.- INDICADORES PARA LA DETECCIÓN DEL MALTRATO Y ABUSO SEXUAL
INFANTIL.
En términos general, un adulto detecta una situación de abuso, cuando
se produce al menos una de las siguientes situaciones:
a.- El propio niño/a o adolescente le revela que está siendo víctima de
maltrato, abuso sexual o de otra situación abusiva.
b.- Un tercero (algún compañero del niño o afectado, otro adulto) le
cuenta que un niño/a o adolescente determinado está siendo o ha sido
víctima de maltrato, abuso sexual u otra situación abusiva.
c.-El mismo adulto nota señales que le indican que algo está sucediendo
con un niño/a o adolescente en particular, es decir, identifica
conductas que no evidenciaba anteriormente, o nota un cambio en su
comportamiento, en sus hábitos o formas de relacionarse con los
demás. Entre estas señales, es importante prestar atención a lo
siguiente:
- Cambios bruscos de conductas: aislamiento, baja de ánimo, tristeza,
llanto.
- Brusco descenso de notas, repentina desmotivación por los estudios y/o
actividades habituales de su interés (deportes, música, talleres)
-Lesiones físicas reiteradas y/o que no sean comúnmente atribuible de
actividades habituales a su edad y etapa de desarrollo.
-Miedo o rechazo a volver a su hogar.
-Miedo o rechazo a asistir al colegio o estar en lugares específicos de este.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 122
4.-COMO ACTUAR FRENTE A SITUACIONES DE MALTRATO Y ABUSO SEXUAL
INFANTIL:
a.- No notificar o desestimar un caso de maltrato o abuso sexual nos hace
cómplices de esta situación.
b.- Frente a la sospecha que algún estudiante está siendo víctima de
maltrato o abuso sexual, se sugiere:
Si un niño/a o adolescente entrega señales que desea comunicarle
algo delicado y lo hace espontáneamente, invítelo a conversar en
un espacio que resguarde su privacidad.
Genere un clima de acogida y confianza.
-Manténgase a la altura física del niño/a o adolescente. Por ejemplo,
invítelo a tomar asiento.
-Haga todo lo posible por ser empático y mantenga una actitud
tranquila, no mostrarse horrorizado.
-Procure que el niño/a o adolescente se sienta acogido, creído y
respaldado a medida que va relatando los hechos. No interrumpa,
no lo presione, no haga preguntas innecesarias respecto a detalles.
-Intente reafirmar en el niño/a o adolescente que no es culpable de
la situación.
-No induzca el relato del niño/a con preguntas que sugieran quién
era el abusador/a.
-No solicitar que muestre sus lesiones o que se quite la ropa.
-Informarle que la conversación será privada y personal pero que si
es necesario para su bienestar, la información será revelada a las
instancias legales.
-Señalar las posibles acciones futuras, explicando claramente los
pasos que se seguirán y lo importante que es hacerlo para que el
abuso se detenga.
c.- Registre en forma textual el relato del niño/a o adolescente (puede
servir de evidencia al momento de denunciar).
d.- Lo que no se debe hacer:
- Una investigación sobre lo acontecido.
- Un enfrentamiento con el posible agresor.
- Poner en duda lo narrado, intentando descartar o confirmar.
- Presionar al niño/a o adolescente para que aclare alguna situación.
e.-Pedir apoyo, contactándose con la orientadora o encargado de
convivencia escolar, ya que ellas son las personas competentes para
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 123
manejar estas situaciones. Es importante evitar en todo momento
contaminar el discurso del niño/a o adolescente, por cuanto este
procedimiento requiere de un delicado abordaje. Se debe el cuidado y
protección al niño/a o adolescente que ha sido abusado, no exponerlo
a contar reiteradamente la situación, esta estrategia apunta a la
medida de protección de los alumnos involucrados en los hechos.
f.- Comunicación con la familia: Es importante tomar contacto con el
apoderado/a a adulto que asuma la protección del niño y comunicarle
sobre la información que se maneja en el colegio y ofrecer el apoyo
correspondiente. Se debe tener especial preocupación cuando el
maltrato o abuso proviene de parte de algún familiar ya que se
produce resistencia a colaborar o la develación de la situación de
abuso puede generar una crisis familiar que obstaculice el proceso de
reparación.
g.- La Orientadora o la encargado del Comité de Convivencia Escolar,
debe informar al Director del establecimiento educacional o en
ausencia de él al Inspector General, para determinar las líneas a seguir
y las derivaciones donde corresponda.
h.-Derivación Externa: Si se observan señales físicas en el cuerpo del niño/a
o adolescente, o este expresa alguna molestia física que haga
sospechar de maltrato y/o abuso sexual, el personal encargado del
protocolo de actuación, debe acompañarlo al centro asistencial más
cercano para que lo examinen, como lo haría si se tratase de un
accidente escolar. Paralelamente se debe contactar a la familia o
apoderado/a del niño para avisarle que lo llevarán a dicho centro.
i.-De acuerdo a disposiciones legales y los antecedentes recopilados, se
considerara la existencia o sospecha de un delito, se debe denunciar al
Ministerio Público, Policía de Investigaciones o carabineros y colaborar
en la investigación si estos así lo requieren.
j.- Se tendrá un catastro actualizado con las instituciones especializadas
en el diagnóstico, prevención, protección y reparación ante situaciones
de maltrato y abuso sexual a menores, estableciendo acuerdos y
compromisos de colaboración que optimicen los procesos de consulta
y derivación. Entre estas instituciones se encuentra la red de apoyo de
SENAME, con oficinas de protección de derechos (OPD), Proyecto de
intervención breve (PIB), a los cuales se podrían hacer derivaciones.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 124
k.-Informar por escrito a las instancias educativas superiores: DAEM,
DEPROV, SECREDUC, SUPERINTENCIA DE EDUCACIÓN.
l.- Si el abusador/a es un funcionario del establecimiento educacional,
inmediatamente de haber conocida la denuncia de maltrato o abuso
sexual a un alumno o se tome conocimiento directo de los hechos, se
debe comunicar a la dirección del establecimiento, quién deberá
comunicar a sus superiores antes de 24 horas.
-Disponer como medida administrativa, separación del eventual
responsable de sus funciones directa con los estudiantes y reasignarle
funciones que no tenga ningún contacto directo con niños/as o
adolescente mientras dure la investigación. Sin perjuicio de lo anterior,
el equipo directivo debe hacer la denuncia formalmente ante la
justicia.
-Es importante insistir que, al no denunciar o detener una situación
abusiva, quienes saben de ella se convierten en cómplices de un delito.
- Mantener una comunicación clara y honesta con las familias, no solo la
del o los niños afectados, sino con la comunidad educativa en general
y evitar un ambiente de secretismo y recelo.
m.-Cuando el agresor es otro menor de edad:
- Es importante tener presente que la ley Penal Adolescente sanciona a
los adolescente mayores de 14 años y menores de 18 años que son
declarados culpables de agresión sexual, los menores de 14 años son
inimputables, no son sancionados penalmente, pero su situación es
abordada por los tribunales de familia, quienes pueden decretar su
derivación algún centro de atención especializada.
- Cualquier integrante de la unidad educativa que tome conocimiento
de alguna situación de maltrato a abuso sexual entre alumnos deberá
informar de inmediato al Director, Inspector general, Orientadora o
Encargada de Convivencia Escolar.
- El o la funcionaria a la cual se le informó de algún tipo de maltrato o
abuso sexual entre alumnos, deberá entrevistar por separado a los
alumnos involucrados para obtener testimonio de lo ocurrido.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 125
- Se debe registrar por escrito en el libro de Registro Interno de
Situaciones Especiales y de Convivencia, los testimonios y firma de los
involucrados.
- Es importante resguardar la identidad de los involucrados activos u
observadores al igual que sus testimonios.
-Se cita a los apoderados de los alumnos involucrados, para informar,
dar a conocer los hechos, la información obtenida por el colegio y las
acciones a seguir según el reglamento de convivencia y protocolares
establecidos para estos casos.
- El Director, Inspector General, Encargada de Convivencia Escolar u
Orientadora y si los hechos y antecedentes lo ameritan, procederán a
realizar la denuncia ante las instancias correspondiente.
5.-DISPOCISIÓN DE MEDIDAS PEDAGÓGICAS Y DE PROTECCIÓN ALUMNOS
VICTIMAS Y ALUMNOS AGRESORES:
a.-El establecimiento educacional debe velar por el resguardo de la
dignidad e intimidad del niño agredido, de su familia y de los demás
involucrados, sin que esto signifique ocultar los hechos.
b.-Interrumpir la situación de vulneración de derechos del niño/a o
adolescente, alejando la victima del agresor/a, para evitar la
mantención el abuso y el agravamiento del daño.
c.-El establecimiento educacional deberá evaluar las condiciones de
protección y seguridad de instalaciones, infraestructura, espacios
abiertos, rincones, iluminación y verificación anual de antecedentes de
todo el personal y de las nuevas contrataciones.
d.-Se recomienda en forma explícita la prohibición de los funcionarios del
establecimiento, incluyan a los y las estudiantes como contacto de sus
redes sociales( Facebook, twitter, otros).
e.-Velar por la protección del niño abusado, preferentemente le
corresponde a la familia el cuidado de sus hijos, cuando la familia a
consideración del colegio no garantice esta protección, el
establecimiento educacional debe considerar la presentación de una
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 126
denuncia o requerimiento de protección en los tribunales de familia y
acompañar a la familia en el proceso de mantener un seguimiento del
caso, para asegurar la detención del maltrato y la restitución de los
derechos del niño/a o adolescente.
f.-El colegio debe disponer las medidas psicosociales, pedagógicas y
de seguimiento:
Contribuir en la medida de lo posible a que el niño afectado
conserve su rutina cotidiana, evitar su estigmatización y promover a
la contención desde su curso.
El Director, Orientadora, encargado de Convivencia Escolar, deben
liderar estrategias de comunicación con la familia de los afectados y
solicitar apoyo en el seguimiento, monitoreo y rendimiento de los
alumnos.
De común acuerdo con la familia y dependiendo la evolución del
afectado, solicitar derivaciones con especialistas del Servicio
Nacional de Salud u otros.
-El Comité de Convivencia Escolar, realizará un seguimiento del
proceso judicial, a través de reuniones con los apoderados de los
alumnos involucrados.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 127
PROTOCOLO PARA LA DERIVACIÓN A ATENCIÓN DE
CASOS.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 128
PROTOCOLO PARA LA DERIVACIÒN ATENCION DE CASOS.
Estimado Profesor Jefe:
Antes de realizar la derivación a atención de caso de su alumno, considere
las siguientes recomendaciones.
Realice una conversación previa con el alumno, e indique la sugerencia de
que sea atendido por algún miembro del equipo de Convivencia Escolar.
(Deje constancia de la entrevista, en la hoja de vida del alumno).
Cite al apoderado del alumno (en hora de atención de apoderado), para
informar situación por la que se considera que el alumno debe recibir
apoyo.
(Deje constancia de la entrevista, en la hoja de vida del alumno, y en el
registro de entrevista al apoderado que fue entregado por Orientaciòn).
Clasifique el problema de su alumno en:
Motivacional Actitudinal Valòrico: Orientadora.
Conductual Indisciplina Agresión Insp. General.
Emocional C. Impulsos Depresión
Psicóloga.
Abuso Maltrato Amenaza
Registre en la hoja de vida del alumno fecha en que entrega ficha
de derivación.
El Profesor Jefe será el encargado de solicitar información del proceso del
alumno, y de monitorear avances y retrocesos respectivos al motivo de
derivación.
Cabe destacar que la hoja de vida del alumno es el único registro
valido para verificar la aplicación y seguimiento del debido proceso de apoyo o medida disciplinaria de un alumno. (Circular nº1 versión 4, Superintendencia de Educación Escolar, pág. 32)
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 129
FICHA DE DERIVACIÒN ATENCIÒN DE CASOS.
(Confidencial)
1.-IDENTIFICACIÒN DEL ALUMNO.
Nombre:
_____________________________________________________________________
Fecha de Nacimiento:
________________________________________________________
Curso: ________________________________________________
Profesor Jefe:_________________________________________
Fecha Derivación:_____________________________________
2.-Describa el motivo fundamental por el que usted considera que es un
alumno/a que requiere apoyo.
3- Acciones realizadas actualmente por el Profesor Jefe para intentar solucionar
la problemática que presenta el alumno.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 130
4.-Expectativas que tienen el Profesor Jefe y el Apoderado al enviar al alumno a
atención.
5.-IDENTIFICACIÒN DEL ADULTO RESPONSABLE. Nombre: _________________________________________________________
R.U.N: _________________
Edad: _________________
Parentesco con alumno: __________________
Domicilio: ________________________________________________________
Fono Contacto:___________________
___________________ ___________________
Firma Profesor Jefe. Firma Apoderado.
_________________
Firma Alumno.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 131
6. IDENTIFICACIÒN RECEPTOR FICHA.
Nombre Completo del
Profesional________________________________________________
Cargo o Función:______________________________________________
R.U.N:_____________________________
Fecha Inicio de Intervención:__________________________
Horario Asignado para el apoyo; _____________________________________
______________________
Firma Receptor Ficha.
En Purén a ___ días del mes de ________________2014.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 132
REGLAMENTO ELECTORAL CENTRO DE ALUMNOS.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 133
ESTATUTO DEL CENTRO DE ALUMNOS DEL LICEO “MARÍA AURORA GUÍÑEZ
RAMÍREZ”
CAPITULO 1: DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1:
El Centro de Alumnos del Liceo “M.A.G.R.” de Purén es el organismo
representativo de sus alumnos en aquellas materias y actividades que son
propias a su calidad de tales.
El centro de alumnos está al servicio del estudiante del Liceo, teniendo
por fin esencial el crear las condiciones que permitan a todos y a cada
uno de sus miembros su pleno desarrollo tanto material como espiritual
durante su permanencia en el establecimiento.
ARTÍCULO 2:
El accionar del centro de alumnos se lleva a cabo en todas aquellas
áreas que interesen al alumnado, y principalmente a las de bienestar,
académica, cultural, deportiva, y de extensión.
Para el desarrollo del trabajo en estas áreas su directiva podrá crear
todos los órganos que estime pertinente, y actuará en forma subsidiaria a
aquellas agrupaciones creadas para tales efectos al interior del liceo.
Corresponde a la directiva el velar por la igualdad de participación de
todos los miembros del centro de alumnos en los órganos y agrupaciones
aludidas, y en la responsabilidad de coordinar sus acciones a fin de evitar
entorpecimientos, procurando la plena participación e integración en las
actividades generales del liceo u otras instancias, cualquiera sea su
naturaleza o condición.
ARTÍCULO 3:
El centro de alumnos es democrático y representativo.
En la generación y funcionamiento de sus órganos se asegura la
participación de todos sus miembros en igualdad de oportunidades.
En el ejercicio de cargos de representación estudiantil, quienes los
detentan deberán interpretar y expresar la voluntad y las legítimas
aspiraciones de los estudiantes.
El centro de alumnos no podrá realizar acción alguna de opiniones que
se aparten de sus fines propios y específicos, ni se adscribe a manifestación
particular de pensamiento, credo o ideología.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 134
CAPÍTULO 2: ÓRGANOS DEL CENTRO DE ALUMNOS
TÍTULO I:” DE LA DIRECTIVA”
ARTÍCULO 4:
La directiva del centro de alumnos será elegida anualmente en
votación universal, unipersonal, secreta e informada, no más allá de 60
días después iniciado el año lectivo del establecimiento. Para optar a
cargos en la directiva del centro de alumnos, el o la postulante deberá
cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser alumno regular del Liceo “ M.A.G.R”.
b) No haber sido destituido de algún cargo del centro de alumnos por
infracción a sus reglamentos.
c) No ser alumno de cuarto medio para el cargo de vicepresidente
d) No ser alumno repitiente en el último año
e) No tener observaciones negativas en su hoja de vida, demostrando
ser un(a) alumno (a) representativo(a) del liceo en todos los
aspectos y en todas las circunstancias.
La directiva estará constituida a lo menos por un presidente,
vicepresidente, secretario ejecutivo, secretario de finanzas y secretario
de actas.
ARTÍCULO 5:
La directiva durará en el ejercicio de sus funciones por el lapso de un
año, pudiendo cualquier miembro del centro de alumnos
desempeñarse en cualquier cargo de la mesa sólo por dos periodos
consecutivos, debiendo presentar su renuncia con 30 días de
anterioridad a la elección en caso de repostular a un cargo de la
directiva, excepto el de presidente.
ARTÍCULO 6:
Son funciones inherentes a la directiva dirigir, planificar, coordinar y
evaluar las diversas acciones que el centro de alumnos implemente
para la consecución de sus fines. Para ello la directiva podrá crear
secretarías especiales destinadas a la obtención de sus fines,
nombrando personas de su exclusiva confianza y/o de la asamblea
general que voluntariamente quieran ocupar dichos cargos. Así mismo
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 135
podrá ponerles fin en cualquier instante cuando estime que no es
necesario su existencia, debiendo señalar los antecedentes que
motivan dicha decisión.
ARTÍCULO 7:
Son funciones exclusivas del Presidente del centro de alumnos:
1. El gobierno del centro de alumnos, velando por la ejecución cabal
de las decisiones de la Directiva, el Consejo de Delegados o la
Asamblea.
2. Establecer en conjunto con la directiva las medidas necesarias para
la buena administración del centro de Alumnos.
3. La representación del Centro de Alumnos ante cualquier instancia,
no pudiendo (cualquiera sea el fin) ningún otro órgano o persona
actuar en nombre del alumnado del Liceo “María Aurora Guíñez
Ramírez”. Tal representación será consultada previamente al
Consejo de Delegados.
4. La presidencia de las reuniones de la Directiva, el Consejo de
Delegados o Asamblea demostrando responsabilidad en la
asistencia y puntualidad en cada sesión e informando
oportunamente de los acuerdos y decisiones tomadas, a las
instancias pertinentes
5. La representación ante la asamblea de una Cuenta Pública en la
que se de cuenta de la gestión realizada durante su mandato.
ARTÍCULO 8:
Son funciones exclusivas del Vicepresidente del Centro de Alumnos:
1. Subrogar al presidente en caso de algún impedimento temporal o
total en el ejercicio de su cargo. Para ello debe ser avisado con 24
horas mínimo de antelación.
2. Convocar al Consejo de Delegados o a la Asamblea a reunión
extraordinaria en los casos que amerite.
3. Asesorar al presidente en todas aquellas materias en que este lo
solicite.
ARTÍCULO 9:
Son funciones exclusivas del Secretario de Actas del Centro de
Alumnos:
1. Llevar al día el acta de todas las reuniones ordinarias y
extraordinarias programadas por el Centro de Alumnos
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 136
2. Llevar al día toda la correspondencia que ingrese y que sea emitida
por la Directiva, debiendo para ello archivar cronológicamente los
documentos y sus respectivas copias
3. Autorizar con su firma las resoluciones y escritos que emita la
Directiva, sin el cual el documento será nulo.
4. En caso de ausencia, justificar con profesores asesores y dejar
reemplazante de confianza quien cumplirá su función.
ARTÍCULO 10:
Son funciones exclusivas del Secretario Ejecutivo del Centro de
Alumnos:
1. Comunicar oportunamente a todos los delegados de curso los
horarios y lugar de las reuniones programadas por el centro de
alumnos
2. Dar la debida publicidad a las actividades del Centro de Alumnos y
resoluciones que adopte la Directiva, el Consejo de Delegados o la
Asamblea utilizando recursos disponibles.
3. Coordinar y celebrar acuerdos con grupos culturales, deportivos u
otros de diversa índole para realizar actividades a favor del
alumnado
4. Designar las personas que estime necesario para que colaboren en
el cumplimiento de sus funciones.
ARTÍCULO 11:
Son funciones exclusivas del secretario de Finanzas del Centro de
Alumnos:
Administrar el patrimonio del Centro de Alumnos
Llevar al día la contabilidad del Centro de Alumnos, y en especial un libro
de ingresos y gastos
Presentar cada trimestre ante el Consejo de Delegados un informe
financiero del centro de alumnos y/o cuando lo solicite la asamblea.
Presentar al término del periodo para el cual fue electo, un estado de
cuenta de la gestión económica financiera.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 137
TÍTULO II : “DEL CONSEJO DE DELEGADOS”
ARTÍCULO 12: El Consejo de Delegados del Centro de Alumnos es un
órgano encargado de asesorar a la Directiva en todas aquellas
materias en que ésta solicite su opinión, y de representar los intereses de
cada curso ante el Centro de Alumnos.
Le corresponde además ejercer las funciones de contralor del accionar
de cada uno de los integrantes de la directiva.
ARTÍCULO 13: El Consejo de Delegados estará conformado por los
delegados, y en su ausencia enviará un representante de cada curso y
será válido toda vez que sea acompañado por la directiva del Centro
de Alumnos.
ARTÍCULO 14: El Consejo sesionará tanto en forma ordinaria como
extraordinaria.
ARTÍCULO 15: En sesión ordinaria se reunirá con la periodicidad que
determine la Directiva en conjunto con los profesores asesores,
debiendo ser convocado a lo menos dos veces al mes para efectos de
que esta informe el accionar del Centro de Alumnos. El Consejo para
actuar válidamente requiere entrar en sesión con la concurrencia de a
lo menos la mitad de sus miembros.
ARTÍCULO 16: El Consejo de Delegados podrá ser convocado a reunión
extraordinaria por el vicepresidente en cumplimiento de un acuerdo de
la Directiva o a solicitud de a lo menos la mitad de los miembros del
propio Consejo con 24 horas de anticipación como mínimo. En dicha
sesión solo podrán abordarse los temas específicos de la convocatoria.
ARTÍCULO 17: Los acuerdos del Consejo tanto en sesión ordinaria como
extraordinaria se podrán adoptar por la mayoría absoluta de los
miembros presentes.
TÍTULO III: “ DE LA ASAMBLEA”
ARTÍCULO 18: La Asamblea es toda reunión de los miembros del Centro de
Alumnos, con todos los alumnos del Liceo en la forma establecida en el
presente estatuto.
ARTÍCULO 19: La Asamblea tiene por finalidad:
1. Modificar los fines propios y específicos del Centro de Alumnos
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 138
2. Establecer y modificar las áreas de trabajo que deba implementar
el Centro de Alumnos
3. Conocer y resolver sobre todas aquellas materias que la Directiva o
el Consejo sometan a su consideración.
ARTÍCULO 20: La Asamblea podrá ser ordinaria o extraordinaria.
ARTÍCULO 21: En Asamblea ordinaria se reunirán los miembros del Centro
de Alumnos al término de su administración, a fin de que en ella el
Presidente de cuenta de la gestión realizada por dicha directiva.
ARTÍCULO 22: Es Asamblea extraordinaria aquella convocada por el
vicepresidente en virtud de un acuerdo de la directiva o a solicitud de a
lo menos la mitad de los miembros del Consejo de Delegados y solo
podrá ocuparse de los asuntos incluidos en la convocatoria.
ARTÍCULO 23: La Asamblea, tenga el carácter de ordinaria o extraordinaria,
no podrá entrar en sesión ni adoptar acuerdos sin la concurrencia de la
mitad de sus miembros.
La Asamblea sesionará dirigida por el Presidente, quien velará por el
orden y correcto desarrollo de ésta, pudiendo si lo estima necesario
suspenderla o postergarla hasta por 48 horas.
Las decisiones dentro de la asamblea se adoptarán por la mayoría de
los presentes, teniendo cada uno de los miembros del Centro de
Alumnos derecho a un voto por curso. La decisión que se adopte es
soberana y no podrá ser desconocida por ningún miembro del Centro
de Alumnos.
TÍTULO IV: “ DE LAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONES”
ARTÍCULO 24: Corresponde al Consejo de Delegados ejercer las funciones
de contralor respecto de los miembros de la Directiva, de los
encargados de las Secretarías creadas por la Directiva, de los
representantes de cada curso ante el Consejo de Delegados y del
Comité Electoral Liceano (CEL).
ARTÍCULO 25: El Consejo de Delegados podrá determinar la
responsabilidad de las personas enumeradas en el artículo anterior,
cuando estas incurran en abandono manifiesto y reiterado de deberes,
o violación grave y abierta de las normas del presente estatuto.
Podrá también determinar si existe o no malversación de fondos por
parte del Secretario de Finanzas, haciéndolo personalmente
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 139
responsable del reintegro de las sumas desfalcadas y sin perjuicio de
sancionarlo con alguna de las penas del artículo 28 y/o con las
sanciones estipuladas en el Reglamento Interno del Liceo.
ARTÍCULO 26: El proceso sancionatorio podrá iniciarse a requerimiento
escrito y/ o verbal de la Directiva o de 2 o más miembros del Consejo
de Delegados, comunicándosele oportunamente al imputado para
que formule sus descargos.
ARTÍCULO 27: Si el imputado fuere un integrante de la Directiva del Centro
de Alumnos o bien un delegado de curso, por este sólo hecho quedará
inhabilitado de su cargo, debiendo funcionar el Consejo sin su
presencia para efectos de quórum, deliberaciones y votaciones.
ARTÍCULO 28: Aceptada la acusación formulada, el Consejo podrá aplicar
atendida la gravedad y reincidencia en la falta una o más de las
siguientes sanciones a las personas:
1. Amonestación verbal o escrita
2. Suspensión en el ejercicio de su cargo por un periodo que ira de dos
a ocho semanas.
3. Destitución del cargo que ejerza, siendo reemplazado por su
contendor de lista o alguien del Consejo de Delegados por
acuerdo de la asamblea.
4. Prohibición de reelección para el siguiente período
ARTÍCULO 29: Para aceptar una acusación e imponer una sanción es
preciso el voto de la mayoría absoluta de los miembros del Consejo de
Delegados presentes en la sesión.
CAPÍTULO 3 : “GENERACIÓN DE ÓRGANOS”
ARTÍCULO 30: La generación de los órganos del Centro de Alumnos se
regirán por las normas siguientes. Con todo, la generación de la
directiva de Centro de Alumnos será de forma democrática toda vez
que exista el espíritu de participación y representación por parte del
alumnado.
ARTÍCULO 31: En casos excepcionales, de no existir ninguna lista que se
postule a los cargos que demanda la Directiva del Centro de Alumnos,
éstos deben seguir vigentes con la directiva anterior por un periodo no
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 140
superior a los 90 días contados de la fecha estipulada en el artículo 4
del presente reglamento.
ARTÍCULO 32: Dentro de los 90 días debería quedar resuelto la situación de
una nueva directiva, habiéndose convocado a un nuevo proceso
eleccionario. Si la situación anómala persiste, ésta quedará en manos
del Consejo de Delegados quien decidirá la suerte de este organismo,
siendo en última instancia el Consejo de Profesores quien resuelva la
situación.
En el evento de presentarse una lista única aún cuando expiren todos
los plazos, deberá convocarse a un plebiscito, siendo el voto popular
quien aprueba o rechaza la propuesta.
TÍTULO I : “ DEL COMITÉ ELECTORAL LICEANO” ( C.E.L.)
ARTÍCULO 33: El Comité Electoral Liceano ( CEL) técnico y autónomo cuya
finalidad principal es la de velar por el correcto desarrollo del proceso
electoral. Está conformado por tres miembros que permanecerán en
sus cargos mientras dure el proceso eleccionario.
ARTÍCULO 34: Los miembros del CEL serán elegidos por el Consejo de
Delegados por mayoría absoluta y/o por la asamblea general.
ARTÍCULO 35: Será función específica del Comité Electoral Liceano las
siguientes:
1. Velar por el normal desarrollo de los procesos electorales al interior
del Centro de Alumnos
2. Recibir las postulaciones a los cargos de la Directiva y revisar los
antecedentes para verificar el cumplimiento de los requisitos según
el Artículo 4.capítulo 2
3. Dirigir el proceso de propaganda electoral de las candidaturas de
manera imparcial
4. Instalar las mesas receptoras de sufragio que estime conveniente
5. Conocer del escrutinio general y de la calificación de las
elecciones
6. resolver las reclamaciones a que diesen lugar
7. Proclamar a los que resulten electos en este proceso
8. Todo el proceso debe ser supervisado por el Consejo de Delegados
antes de oficializar los resultados.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 141
TÍTULO II : DEL PROCEDIMIENTO PRE-ELECTORAL
ARTÍCULO 36: Las mesas receptoras de sufragio podrán funcionar en las
salas de clases del Establecimiento y se instalará a lo menos una por
cada nivel ( 1° a 4° )
ARTÍCULO 37: Serán responsables de cada mesa de sufragio tres alumnos
elegidos por sorteo en la matrícula de cada nivel, los que ocuparán el
cargo de presidente, secretario y comisario respectivamente. Además
se elegirán tres suplentes en cada mesa, los que estarán presentes a la
hora de constituirse las mesas.
ARTÍCULO 38: No podrán ser vocales de mesa aquellos alumnos que tienen
la condición de candidatos, apoderados o integrantes del CEL.
ARTÍCULO 39: Podrán participar como observadores los apoderados de lista
debidamente acreditados y tendrán derecho a voz durante el proceso
eleccionario y en el recuento de votos.
ARTÍCULO 40: La negativa a participar en la función que se le hubiere
asignado a cada alumno en el sorteo previo, será penalizado con una
multa de $2.000.
ARTÍCULO 41: Las inscripciones de los candidatos será oficializada
personalmente o por los apoderados de lista con 72 horas antes de
iniciarse el proceso electoral
ARTÍCULO 42: Recibidas y declaradas las candidaturas, deberán
confeccionarse las cédulas con los nombres completos de los
candidatos enumerados correlativamente, separados por listas, las que
serán sorteadas dentro de las 24 horas después de cerradas las
inscripciones
ARTÍCULO 43: Las cédulas deben ser foliadas e impresas en color blanco
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 142
TÍTULO III : “DEL PROCESO ELECCIONARIO”
ARTÍCULO 44: Podrán sufragar los alumnos regulares que aparezcan en la
nómina o padrones confeccionados por el CEL. No podrán hacerlo los
alumnos que se encuentren suspendidos el día de la votación.
ARTÍCULO 45: Las mesas receptoras de sufragio funcionarán durante 3
horas el día fijado para la elección, para ello deberán contar con el
padrón electoral, cédulas suficientes, actas de escrutinio, urnas de
sufragio, lápices grafito, cámaras secretas y todos los elementos
necesarios para llevar a efecto este proceso.
ARTÍCULO 46: El elector al presentarse a la mesa debe identificarse con su
cédula de identidad o la credencial entregada por el CEL, luego se
coteja en el padrón electoral y firma el registro respectivo. Una vez
realizado este trámite, recibe de manos del presidente de la mesa el
voto que llenará en la cámara secreta para luego depositarlo en la
urna respectiva.
ARTÍCULO 47: El elector tendrá derecho a solicitar un segundo voto en el
caso de haberse equivocado en el primero. El voto anulado debe ser
destruido por el elector en presencia del presidente de la mesa
ARTÍCULO 48: Tras haber funcionado por 3 horas, la mesa receptora de
sufragios procederá a realizar un único escrutinio, el que será público.
Así también lo puede hacer la mesa que haya completado su nómina
de empadronados antes de cumplidas las tres horas.
ARTÍCULO 49: Una vez abierta la urna, el presidente de la mesa procederá
a contar y firmar las cédulas, luego cotejará el número de firmas con las
colillas aparecidas. Cualquier anomalía será registrada en el acta
correspondiente.
ARTÍCULO 50: Para que los votos sean válidos debe marcarse claramente la
o las preferencias señalándose con una línea vertical que corte la línea
horizontal frente al nombre del candidato.
ARTÍCULO 51: Se consideran votos nulos aquellos que contengan más de
una preferencia por cargo o que presenten enmendaduras, marcas,
frases o escritos.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 143
ARTÍCULO 52: Son votos objetados aquellos que la línea vertical se extiende
más allá de sus límites, pero se advierte claramente la preferencia inicial
y por tanto se contabiliza a favor de dicha preferencia.
ARTÍCULO 53: La mesa receptora de sufragios deberá levantar un acta en
triplicado con los resultados del escrutinio, asimismo con los reclamos
que se formulasen. Estas actas deben ser firmadas por los integrantes de
la mesa y los apoderados de lista acreditados si estiman hacerlo. De
igual modo los apoderados podrán pedir, certificar los resultados de la
elección al presidente y secretario de la mesa. Una vez completado
este proceso los votos se guardan en sobre sellado junto con las actas y
se envían al Comité Electoral inmediatamente concluido el escrutinio.
ARTÍCULO 54:
Será función específica del CEL en este proceso:
1. Constituirse como tal y enviar el acta correspondiente a la Directiva
del Centro de alumnos
2. Difundir e informar sobre el acto electoral a todos los estudiantes
3. Formalizar las inscripciones de los candidatos, enviando copia de
las listas postulantes, tanto al Centro de Alumnos y la Dirección del
Liceo en un plazo máximo de 48 horas posteriores al cierre de las
postulaciones.
4. Proveer de todos los insumos y materiales a las mesas receptoras de
sufragios para desarrollar de buena forma y sin retrasos el acto
eleccionario ( urnas, cámaras secretas, lápices ,etc.)
5. Enviar los resultados de la elección con la nómina oficial de los
cargos y los candidatos electos, a la Dirección del Liceo.
6. En caso de anomalías detectadas en alguna de las mesas, deberá
repetirse el proceso para dicha mesa
TÍTULO IV : “ DE LAS MESAS ELECTORALES Y APODERADOS”
ARTÍCULO 55: Además de las funciones estipuladas en los artículos 45 al 53,
los encargados de las mesas deben responsabilizarse por cumplir con
los cargos de PRESIDENTE, SECRETARIO Y COMISARIO los que tendrán la
misión de:
ARTÍCULO 56:
Será función específica del PRESIDENTE.
1. Responsable de efectuar el escrutinio de la mesa
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 144
2. Cautelar el resguardo, sellado y secreto de la urna, función que
compartirá con los demás integrantes de la mesa y los
apoderados acreditados
3. Debe solicitar las credenciales a los apoderados de lista o
apoderados generales que se presentan durante el proceso
4. Debe firmar al dorso las cédulas válidas
5. Debe firmar en conjunto con el apoderado u otro miembro
acreditado de la mesa que objetan un voto anotando la causa
de dicha objeción
6. De igual modo firmará con el secretario, comisario y
apoderados, siempre que estos últimos así lo solicitaran, los
votos.
ARTÍCULO 57:
Será función específica del SECRETARIO.
1. Colaborar con el presidente en el cumplimiento de las funciones
asignadas
2. Redactar con la ayuda de los integrantes de la mesa, las actas de
escrutinio, observaciones y reclamos que se produzcan en el proceso
electoral
3. Deberá entregar la información relativa al escrutinio, el que será
público y estará avalado por la presencia de los apoderados
4. Deberá dejar constancia en el acta del número de votos que se
recibieron para cada nivel y de los sobrantes l final del proceso,
tomando notas de la foliación de las cédulas ocupadas y sobrantes
5. Deberá reemplazar al presidente en ausencia justificada de éste
ARTÍCULO 58:
Será función específica del COMISARIO.
1. Colaborar con el presidente y secretario en el cumplimiento de las
funciones asignadas
2. Responsabilizarse de la recepción y devolución de todos los
materiales utilizados en el proceso eleccionario
3. Debe enviar copias de los resultados en sobre sellado dirigido a la
Dirección del Establecimiento y Centro de Alumnos, antes de 24
horas culminado este proceso
4. Deberá reemplazar al secretario en ausencia justificada de éste
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 145
TÍTULO V: “ DE LA CONSTITUCIÓN DE MESAS”.
ARTÍCULO 59: Las mesas receptoras de sufragios deberán constituirse tres
días antes de desarrollarse el proceso eleccionario. En esta ocasión se
instruye a los alumnos seleccionados para este fin y se resuelven los
inconvenientes de última hora
TÍTULO VI: “ DE LA PROPAGANDA”.
ARTÍCULO 60:
La propaganda electoral debe cumplir los siguientes requisitos:
1. Estas se inician el día que se cierran las inscripciones de los
candidatos y finalizan dos días antes del día de votación
2. La propaganda pegada se podrá realizar en paneles especialmente
habilitados para este efecto, pudiendo utilizarse los diarios murales
de curso
3. Podrán utilizarse “volantes” en los recreos
4. Queda estrictamente prohibido pegar, pintar, rayar propaganda en
muros interiores y exteriores, pasillos, baños, salas, talleres u otras
dependencias del Liceo. Se autoriza el uso de lienzos, pendones u
otros similares colgados dentro y/o fuera del establecimiento
5. Las infracciones al presente artículo será responsabilidad del
candidato o listas de candidatos y será penalizado de acuerdo al
presente reglamento y/o Reglamento Interno del Liceo
CAPÍTULO 4 : DE LOS BENEFICIOS Y ESTÍMULOS
ARTÍCULO 61:
Por el solo hecho de pertenecer al Centro de Alumnos se considera
un honor y una distinción que todo buen estudiante debería acceder,
no obstante se incorporan algunos estímulos de carácter tangible para
quienes desarrollen de buena forma su liderazgo y representatividad
entre los que se mencionan:
1. Observaciones positivas en su hoja de vida por parte de los
profesores asesores y/o la dirección del Liceo
2. Reconocimiento público en actos internos del Liceo o externos hacia
la comunidad
3. Distinciones a través de diplomas de honor y galvanos que acrediten
su buen desempeño
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 146
4. Flexibilidad frente a permisos o autorizaciones especiales
5. Evaluación especial en la Asignatura Juvenil, la que permite
incrementar los rendimientos en otro subsector con déficit.
6. Los delegados que asisten con regularidad y participan
constantemente de las reuniones tienen derecho a distinciones
según su desempeño.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 147
ESTATUTOS DEL CENTRO DE PADRES Y APODERADOS.
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 148
TITULO I
DENOMINACIÓN, OBJETIVOS, DOMICILIO Y DURACIÓN.
ARTICULO 1º: La organización comunitaria funcional denominada CENTRO
GENERAL DE PADRES, APODERADOS Y AMIGOS DEL LICEO “MARIA
AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ”, en adelante “CEGEPA LICEO”; se regirá por
los presentes estatutos y la ley 19418, Organización constituida en la sala
Nº5 del establecimiento el día 29 de septiembre del año 2004 en la
comuna de Purén, novena región de la “Araucanía”.
ARTICULO 2º: SON FINES DE LA ORGANIZACIÓN.
1. Considerar a los padres, apoderados y amigos a fin de colaborar en
la solución de los problemas educacionales y respetando sus
diferencias bio-sicológico de los alumnos.
2. Fomentar la preocupación de sus miembros por la formación y
desarrollo personal de sus hijos, pupilos y en consecuencia, con ellos
promover acciones de estudio y capacitación que sean de
conocimiento para el mejor cometido de las responsabilidades
educativas de las familias.
3. Integrar activamente a sus miembros promoviendo el sentido de
comunidad y solidaridad a través de la convivencia y la realización
de acciones comunes, canalizado a través de ellos, las actividades,
intereses aptitudes y capacidades personales.
4. Establecer Y fomentar vínculos en el hogar y el establecimiento, que
faciliten la comprensión y el apoyo familiar hacia las actividades
programadas y el ejercicio del rol que corresponda desempeñar a
los padres y apoderados en el fortalecimiento de los hábitos, ideales
y valores, y actitudes que la educación fomenta a los alumnos.
5. Favorecer la organización y la participación activa de los padres,
apoderados y amigos en el quehacer del establecimiento, pudiendo
expresar sus inquietudes y hacerse representar para contribuir a
lograr mejores y mayores aprendizajes, sean formales o informales,
durante la jornada escolar o fuera de ella, interna o comunitaria.
6. Promover el espíritu de comunidad y solidaridad en sus miembros a
través de la convivencia y la realización de acciones comunes.
7. Apoyar la labor educativa del establecimiento, aportando esfuerzos
y recursos para fortalecer el desarrollo integral de los estudiantes,
ene el marco del programa educativo institucional, debidamente
acordado, implementado para cada periodo anual.
8. Postular a ingresos de recursos municipales, regionales y de cualquier
otra índole, públicos o privados, para la ejecución de todo tipo de
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR – LICEO MARÍA AURORA GUÍÑEZ RAMÍREZ 149
proyecto que vaya en beneficio de los alumnos del establecimiento,
y de los padres, apoderados y amigos del liceo, según corresponda.
9. Ofrecer a los padres, apoderados y amigos del liceo, alternativas del
desarrollo personal y familiar, mediante cursos, charlas, talleres y
actividades y competencias deportivas y recreativas a fin de
contribuir a su recuperación personal y familiar.
10. Fomentar el ahorro grupal desarrollando actividades en conjunto
para la obtención de bienes materiales o inmateriales para la
institución.
11. Proyectar acciones hacia la comunidad, difundiendo los propósitos
del CEGEPA-LICEO, promoviendo la cooperación de las instituciones
y agentes comunitarios en las labores del establecimiento,
participando en todos aquellos programas de progreso social que
obren en beneficio de la educación, protección y desarrollo de la
adolecía y juventud.
12. Proponer y patrocinar en el establecimiento y en la comunidad
iniciativas que favorezcan la formación integral de los alumnos, en
especial en aquellas relacionadas con el mejoramiento de las
acciones económicas, culturales, sociales y de salud que puedan
afectar las oportunidades de su normal desarrollo físico y psíquico.
13. Comunicar periódicamente y anualmente al cuerpo directivo,
docente y no docentes de las actividades del CEGEPA, sea para
información o para solicitar su colaboración.
14. Mantener comunicación permanente con los niveles directivos y en
particular con todos los funcionarios del liceo, tanto para obtener y
difundir entre sus miembros la información relativa a las inquietudes,
motivaciones y sugerencias de los padres, apoderados y amigos del
liceo.
15. Participar en las comisiones del establecimiento: seguridad, gestión,
reglamento interno para los alumnos y apoderados.
16. Participar en las comisiones, en que se solicite la representación del
CEGEPA, para determinar inversiones de fondos entregados
directamente por los apoderados al establecimiento u otras fuentes
de financiamiento.
17. Realizar, en definitiva todo lo que vaya en beneficio de los alumnos,
funcionarios, apoderados y amigos del liceo.
18. Dar a conocer al establecimiento el plan anual y presupuesto del
CEGEPA-LICEO. Al mismo tiempo, presentar el balance anual y recibir
las observaciones que se estime necesario, por parte del
establecimiento.
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ARTICULO 3º: Para todos los efectos legales el domicilio de la organización,
es Dr. Garriga Nº1089, de la comuna de Purén, edificio del Liceo “María
Aurora Guiñez Ramírez”, cuya duración es indefinida y la incorporación
de socios es limitada al número de fundadores de la organización.
Se deja establecido que el Centro General de Padres, Apoderados y
Amigos del Liceo “María A. Guiñez Ramírez”, tiene el siguiente E-Mail: