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MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS PECUARIAS EN LA PRODUCCIÓN PRIMARIA EN OVINOS DE CARNE Y CAPRINOS DE LECHE EN ESTABULACIÓN 2010 SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE C e o d l s o e m r b o t i l a u c C o a n i p v r i O n o y c s u e l t r o N a n c o i i o c n a i a c l o d s e A I . C . T .

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MANUAL DE BUENAS PRÁCTICASPECUARIAS EN LA PRODUCCIÓNPRIMARIA EN OVINOS DE CARNE

Y CAPRINOS DE LECHE ENESTABULACIÓN

2010

SERVICIO NACIONAL

DE APRENDIZAJE

C eo d l so em rb oti la ucC o

a nip vr i On o y c su el t ro

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Darío Montoya MejíaDirector General SENA

Juana Pérez MartínezDirectora Planeación y Direccionamiento Corporativo.

Sandra Patricia CorreaCoordinación de Innovación y Desarrollo Tecnológico SENA

Daniel Santiago Durán SochaAsesor SENA Dirección General

MANUAL DE BUENAS PRÁCTICASPECUARIAS EN LA PRODUCCIÓNPRIMARIA EN OVINOS DE CARNE

Y CAPRINOS DE LECHE ENESTABULACIÓN

2010

SERVICIO NACIONAL

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Iván Vélez PalacioPresidente de ANCO

Guillermo Eslava BowdenDirector Ejecutivo de ANCO

Constanza Castillo de ArregocésCoordinadora del Convenio SENA-ANCO

HÉCTOR CORTÉS LÓPEZMV. UNIVERSIDAD NACIONALAUTOR

PAOLA HIDALGO BENÍTEZMV. UNIVERSIDAD NACIONALAUTORA

Esta cartilla fue elaborada bajo la asesoría pedagógica del INSTITUTO DE CAPACITACION PARA EL TRABAJO I.C.T por solicitud de la Asociación Nacional de Caprinocultores y Ovinocultores de Colombia, ANCO, dentro del convenio 047 de 2009 suscrito entre ANCO y el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

Bogotá. Marzo 2010

I .C .T.

SERVICIO NACIONAL

DE APRENDIZAJE

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CAPRINOS DE LECHE EN ESTABULACIÓN

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TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCION

1. UBICACIÓN DEL PREDIO.

2. INFRAESTRUCTURA (INSTALACIONES Y ÁREAS).

2.1. Cerca perimetral

2.2. Instalación para el alojamiento de los animales.

2.3. Áreas de desplazamiento.

2.4. Áreas de manejo.

2.5. Áreas de carga y descarga de animales.

2.6. Áreas para almacenamiento de insumos.

2.7. Áreas para almacenamiento de alimentos.

2.8. Áreas para almacenamiento de medicamentos veterinarios.

2.9. Área para almacenamiento de químicos y pesticidas.

2.10. Área para almacenamiento de equipos y maquinaria.

2.11. Área de aislamiento.

2.12. Área para el tratamiento de animales enfermos.

2.13. Área de esquila.

2.14. Área de ordeño.

2.15. Comederos, bebederos y saladeros.

3. REGISTROS E IDENTIFICACION ANIMAL.

3.1. Identificación animal.

3.2. Registros.

3.2.1. Registros administrativos y financieros.

3.2.2. Registros técnicos.

3.3. Trazabilidad.

Pags.

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ccccccccccccccccccccccccccccccccccccccccccccccccccccc (BPUMV).

6.1. Evitar que los animales pasen hambre, sed o presenten una mala nutrición.

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4. MANEJO SANITARIO.

4.1. Salud animal.

4.2. Bioseguridad.

4.3. Medidas higiénicas generales.

4.4. Control de plagas.

4.5. Buenas Prácticas para el uso de Medicamentos Veterinarios. (BPUMV).

5. ALIMENTACION Y PROVISION DE AGUA.

5.1. Buenas Prácticas en Alimentación Animal.

5.2. Suministro de alimento.

5.3. Suministro de Agua.

6. BIENESTAR ANIMAL.

6.1. Evitar que los animales pasen hambre, sed o presenten una mala nutrición.

6.2. Proporcionar condiciones confortables.

6.3. Impedir el dolor, daño o enfermedad.

6.4. Asegurarse que los animales estén libres de temores.

6.5. Permitir que los animales expresen su comportamiento natural.

6.6. Transporte.

7. SALUD, SEGURIDAD Y BIENESTAR DE LOS TRABAJADORES.

7.1. Seguridad de los trabajadores.7.2. Capacitación de los trabajadores.

8. MANEJO MEDIOAMBIENTAL.

9. ORDEÑO.

ANEXOS.

BIBLIOGRAFÍA.

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INTRODUCCIÓN

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La globalización de la economía ha generado un tipo de consumidor que demanda alimentos con mayor valor nutricional, sanos e inocuos, lo que conduce a la implementación de procedimientos de aseguramiento de la calidad y a su programa de requisitos previos (PRP) denominado Buenas Prácticas Agrícolas (BPAs), que en el caso de la ganadería se conocen como Buenas Prácticas Ganaderas (BPGs), y para efectos de este manual, en el que se establecen las buenas prácticas en ovinos de carne y caprinos de leche, se denominarán Buenas Prácticas Pecuarias (BPPs).

Las Buenas Prácticas Pecuarias se entienden (según la FAO) como la aplicación del conocimiento disponible para la utilización sustentable de los recursos naturales básicos en la producción, de manera benévola, de productos agropecuarios alimentarios y no alimentarios inocuos y saludables, a la vez que procurar la viabilidad económica y la estabilidad social.

La FAO también define las BPP de una manera más sencilla como “Hacer las cosas bien y dar garantía de ello”.

El Decreto 1500 de 2007, por el cual se establece el reglarnento técnico a través del cual se crea el Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos, destinados para el Consumo Humano y los requisitos sanitarios y de inocuidad que se deben cumplir en su producción primaria, b e n e f i c i o , d e s p o s t e , d e s p r e s e , procesamiento, a lmacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o exportación, define la producción primaria como ¨ producción, cría o cultivo de productos primarios, con inclusión de la cosecha, el ordeño y la cría de animales domésticos de abasto público previos a su sacrificio. Incluye la zoocría. ̈ Las buenas prácticas pecuarias (BPP), se definen para efectos de este manual c o m o t o d a s a q u e l l a s a c c i o n e s involucradas en la producción primaria de productos alimenticios provenientes de

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los predios ovinos (de carne) y caprinos (de leche), que pretenden asegurar el cumplimiento de cuatro objetivos principales: la disponibilidad de alimentos inocuos para la población, c u i d a n d o e l m e d i o a m b i e n t e , protegiendo la salud y seguridad del trabajador pecuario y velando por el bienestar animal.

Para efectos de este Manual se tendrán en cuenta las definiciones establecidas en la prec i tada norma, que a continuación se consignan:

Buenas Prácticas en el Uso de Medicamentos Veterinarios (BPMV): Se define como el cumplimiento de los métodos de empleo oficialmente recomendados para los medicamentos de uso veterinario, de conformidad con la información consignada en el rotulado de los productos aprobados, incluido el tiempo de retiro, cuando los mismos se utilizan bajo condiciones prácticas.

Buenas Prácticas en la Alimentación Animal (BPAA): Son los modos de empleo y p r á c t i c a s r e c o m e n d a d a s e n alimentación animal, tendientes a asegurar la inocuidad de los alimentos de origen animal para consumo humano minimizando los peligros físicos, químicos y biológicos que implique un riesgo para la salud del consumidor final.

Buenas Prácticas de Higiene (BPH): Todas las prácticas referentes a las condiciones y medidas necesarias para garantizar la

inocuidad y salubridad de los alimentos en todas las etapas de la cadena alimentaria.

Buenas Prácticas de Manufactura (BPM):

Son los principios básicos y prácticas

generales de higiene en la manipulación,

p r o c e s a m i e n t o , p r e p a r a c i ó n ,

elaboración, envasado, almacenamiento,

transporte y distribución de alimentos

para el consumo humano, con el objeto

de garantizar que los productos se

fabriquen en condiciones sanitarias

adecuadas y se disminuyan los riesgos

inherentes a la producción.

La aplicación de estas prácticas requiere

de la participación de diversos actores,

c o m o p r o d u c t o r e s , t é c n i c o s e

investigadores ya que las Buenas

Prácticas están relacionadas con el saber

básico, la gestión, la docencia y la

capacitación tanto en el sector público

como en el privado.

Es posible y deseable hacer una

producción con procedimientos mejores

a los realizados tradicionalmente; no se

requiere por parte del productor una gran

inversión para la implementación de estas

prácticas, sino una actitud de cambio en el

sistema de producción, atendiendo a la

responsabilidad que se tiene con la

sociedad como surtidores de alimento y

con las generaciones futuras en la

preservación del medio ambiente.

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Entender y ser consientes de la necesidad

de mejorar la calidad de vida de la

población rural y reconocer el derecho

que tienen los seres vivos, incluyendo los

animales, a estar exentos de sufrimiento.

Además, impera la necesidad de ser

sostenibles aprovechando los recursos al

máximo pero garantizando su utilización

en el futuro para depender, cada vez

menos de insumos externos, lo que

ayudará a conseguir la rentabilidad de la

producción.

Este manual de “BUENAS PRÁCTICAS

PECUARIAS EN LA PRODUCCIÓN

PRIMARIA EN OVINOS DE CARNE Y

CAPRINOS DE LECHE EN ESTABULACIÓN”

tiene como propósito ofrecer los

instrumentos que hacen posible la

aplicación de las Buenas Prácticas

Pecuarias en los sistemas de producción

ovina de carne y caprina de leche en

c u a l q u i e r s i s t e m a p r o d u c t i v o

colombiano.

Este documento está dir ig ido a

productores y a los demás actores

estrechamente vinculados al sector, a fin

de que puedan orientar e implementar las

BPP´s.

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1. UBICACIÓN DEL PREDIO.

as Buenas Prácticas Pecuarias se

inician con la ubicación precisa del Lpredio, en lugar apto para la

explotación de animales y estableciendo

el propósito (leche, carne, o carne y leche,

otras) que se le dará al sistema

productivo.

Al definir la ubicación de la finca se debe

tener en cuenta que:

1.1. Esté localizada de acuerdo con el

Plan de Ordenamiento Territorial

(POT) aprobado por el municipio y

que su función, objetivo o propósito

esté acorde con lo estipulado en éste

y ajustado a la reglamentación con

respecto al uso de los recursos

naturales.

1.2. Esté ubicada en un lugar donde no se

afecten las actividades de los predios

vecinos y donde no existan peligros

potenciales para los animales, el

producto y los trabajadores; alejado

de fuentes de contaminación como

basureros y rellenos sanitarios.

1.3. Las vías de acceso al predio deberán estar en buenas condiciones y poseer drenajes suficientes y el acceso claramente señalado.

1.4. Debe inscribirse ante el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA de acuerdo con la reglamentación vigente para tal efecto.

2. INFRAESTRUCTURA (INSTALACIONES Y ÁREAS)

El diseño, la ubicación y el mantenimiento de las instalaciones y áreas de los predios de producción primaria, deberán garantizar el mínimo riesgo para la producción, proteger al trabajador, facilitar el adecuado manejo de los animales, promover la salud y el rendimiento productivo de los animales en todas las etapas de su vida, y garantizar su bienestar.

Se debe contar como mínimo con las siguientes instalaciones y áreas:

2.1. Cerca perimetral

El predio deberá disponer de cercas, broches, puertas u otros mecanismos con cierres en buen estado, que permitan delimitar la propiedad e impedir el libre paso de personas no autorizadas y de animales.

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2.2. Instalación para el alojamiento de los animales.

La instalación de alojamiento debe permitir el adecuado manejo de los animales y facilitar las rutinas de trabajo sin riesgos para los operarios y animales; para ello se debe tener en cuenta que:

• Deben orientarse teniendo en cuenta las inclemencias ambientales propias de la región.

• El área de la instalación deberá ser suficiente para albergar los animales según: raza, edad, peso, estado productivo y número de animales.

• Los pisos deben ser de un material que evite caídas y problemas podales y facilite la limpieza y el drenaje de excretas.

• Los pisos sólidos (tierra, cemento), cuenten con paja o cama de otro tipo.

• Deberá estar bien ventilada y proveer resguardo a los animales para las condiciones climáticas extremas.

• Estar construidos y contar con superficies de tal manera que faciliten su limpieza y desinfección.

• Poseer un área de descanso limpia y bien drenada.

• Poseer comederos y bebederos suficientes.

• Estar bien señalizada.• Estén construidos con materiales no

tóxicos para el operario y los animales.

2.3. Área de desplazamiento

El diseño y construcción de estas áreas deben proporcionar bienestar y

seguridad tanto al personal como a los animales, por lo que se debe verificar que:

Tengan las dimensiones adecuadas para guiar a los animales a otras áreas sin golpearlos.

2.4. Áreas de manejo

Estas áreas deben igualmente ofrecer bienestar tanto al personal como a los animales; pueden ser corrales, bretes, mangas u otro tipo de construcción que permita la realización de diversas actividades de manejo. Se debe asegurar que:

• Estén construidos de manera que los animales no sufran daño y faciliten la labor de los trabajadores o del Médico Veterinario sin que corran peligro de accidentes.

• Permitan un manejo ordenado y tranquilo de los animales.

2.5. Áreas de carga y descarga de animales:

Estas áreas deben igualmente ofrecer la máxima seguridad y bienestar tanto al personal como a los animales, por lo tanto se debe garantizar que:

• Existan rampas para el embarque y d e s e m b a r q u e d e a n i m a l e s , preferiblemente con escalones, para evitar resbalones.

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2.6. Áreas para almacenamiento de insumos.

Todos los predios dedicados a la producción pecuaria, deben contar con instalaciones para almacenamiento de estos productos, que cumplan con los siguientes requisitos:

• Á r e a s c e r r a d a s y s e p a r a d a s físicamente para el almacenamiento de los medicamentos y los alimentos utilizados en la producción, y los equipos e implementos utilizados en su administración, de tal forma que se mantenga su calidad y se minimice el riesgo de contaminación cruzada.

• Áreas separadas físicamente para los plaguicidas y fertilizantes utilizados en la producción, y los equipos e implementos uti l izados en su aplicación, de tal forma que se mantenga su calidad y se minimice el riesgo de contaminación cruzada.

• Los materiales utilizados en la construcción de las áreas de almacenamiento deben facilitar las labores de limpieza y desinfección.

• Los alrededores deben permanecer l ibres de desechos orgánicos, escombros, maquinaria, equipos inhabilitados, entre otros.

• Cada área de almacenamiento debe estar debidamente identificada en un lugar visible.

• Deberán estar bien ventiladas e iluminadas.

• Las bodegas deberán estar construidas de manera que se impida el ingreso de animales.

2.7. Áreas para almacenamiento de alimentos.

La organización, utilización y manejo de estas áreas deben seguir como mínimo las siguientes indicaciones:

• Apilar los productos sobre estivas (preferiblemente de plástico o material inerte) que los separen del suelo y a 15 cm de la pared.

• Identificar los alimentos.• Mantener siempre limpias y sin ningún

tipo de humedad estas instalaciones.• Registrar siempre las entradas y

salidas de cada uno de los productos allí almacenados.

• La actividad de almacenamiento de alimentos debe estar documentada.

2.8. Áreas para almacenamiento de medicamentos veterinarios

Las Áreas para almacenamiento de medicamentos veterinarios deben:

• Tener instalaciones y equipos adecuados (refrigerador, estantería, etc.) para tal fin, verificando que cumplen con las condiciones óptimas d e t e m p e ra t u ra , h u m e d a d y luminosidad para su correcta conservación.

• Disponer de instalaciones en donde se almacenen únicamente los productos veterinarios, y por ningún motivo sean m e z c l a d o s c o n p l a g u i c i d a s , fertilizantes y/o alimentos.

• Ser mantenidas bajo llave y fuera del alcance de personal no autorizado.

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• Estar a cargo de una sola persona y sea ésta quien lleve el control y manejo de los medicamentos y demás insumos pecuarios empleados en la finca.

• Contar con registros de las entradas, usos y salidas de cada uno de los productos veterinarios.

• Estén adecuadamente identificadas y señalizadas.

La actividad de almacenamiento de medicamentos debe ser documentada.

2.9. Área para almacenamiento de químicos y pesticidas

• Para el almacenamiento de químicos y pesticidas se debe:

• Destinar instalaciones y/o bodegas únicamente para almacenar este tipo de productos.

• Identificar, clasificar y almacenar adecuadamente los productos según su composición, destino y uso.

• Tener acceso a estas instalaciones en donde solo sea permitido la entrada al personal debidamente capacitado en el manejo y utilización de éstos y se mantenga bajo llave.

• Llevar registro de las entradas usos y salidas de cada uno de los productos que allí reposan.

• Señalizar pertinentemente estas instalaciones.

Las actividades contempladas en el 2.9 deben ser documentados.

2.10. Área para almacenamiento de equipos y maquinaria.

• Destine un área única y exclusiva para el almacenamiento de la maquinaria y equipos empleados en las diferentes labores de la finca.

• Asegúrese de que el acceso a esta área sea permitido únicamente a personal autorizado.

• Mantenga siempre limpio y ordenado el lugar.

2.11. Área de aislamiento.

Su finalidad será para aislar a los animales que ingresen como nuevos a la finca y a los animales del predio que salen y de nuevo ingresan a este.

Esta actividad debe ser documentada.

2.12. Área para el tratamiento de animales enfermos.

Para los animales que requieran tratamiento veterinario y manejo especial.

2.13. Área de esquila.

Su diseño y construcción deben garantizar a seguridad del operario, el bienestar de los animales y el uso de materiales que no afecten la calidad de la lana.

2.14. Área de ordeño.

En caso que el sistema de ordeño sea manual:

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• Contar con una instalación que en su c o n j u n t o p r o p o r c i o n e n l a s condiciones adecuadas de bienestar animal y seguridad a los operarios

• Garantizar que el sitio de ordeño c u e nte c o n c o n d i c i o n e s q u e minimicen el riesgo de contaminación de la leche.

• El sistema de transporte de la leche desde el sitio de ordeño al sitio de refr igeración deberá en todo momento minimizar el riesgo de contaminación de la leche.

• Garantizar que el ordeño se lleve a cabo bajo techo y que otros animales no tengan acceso durante el mismo.

• Para el ordeño mecánico tener un establo fijo con piso en cemento o establo portátil, localizados sobre un terreno de fácil drenaje, que permita realizar un ordeño en buenas condiciones sanitarias.

• Disponer de agua abundante potable o de fácil potabilización que no deteriore o altere la leche.

• Los establos fijos deben disponer por lo menos, de las siguientes secciones:

- Para el ordeño.- Para equipos de almacenamiento

de leche.

• Cuarto de maquinas, si se requiere.• Zona de espera de ganado.• Disponer de bodega techada y piso en

cemento para el almacenamiento de insumos y utensilios.

• Si se dispone de equipos de ordeño mecánico y almacenamiento de leche, e s t o s d e b e n c o n t a r c o n l o s

p ro c e d i m i e n t o s d e l i m p i e za , desinfección, y mantenimiento d e b i d a m e n t e e s t a b l e c i d o s y documentados.

• En hatos con ordeño mecánico y almacenamiento de la leche, las instalaciones tendrán una adecuada y suficiente iluminación y ventilación que garantice la ejecución higiénica y efectiva de todas las actividades. Las aberturas para circulación del aire estarán protegidas con mallas de material no corrosivo y serán fácilmente removibles para su limpieza y reparación.

• En donde se cuente con establos fijos, el manejo del estiércol debe hacerse por técnicas adecuadas para evitar toda posible contaminación y garantizar los requisitos técnicos de prevención de insectos y roedores.

• Debe contar con servicios sanitarios adecuados para el personal vinculado al ordeño, separados de la sala de ordeño con la disposición de aguas s e r v i d a s y e x c r e t a s ; d e b e n mantenerse limpios y proveerse de los recursos necesarios para garantizar la higiene y desinfección del personal.

• Los utensilios y equipos empleados en los hatos para el manejo de la leche deben.

• cumplir con los siguientes requisitos:• Los equipos y utensilios empleados en

el manejo de leche deben estar fabricados con materiales resistentes al uso y a la corrosión, así como a la utilización frecuente de los agentes de limpieza y desinfección.

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• Todas las superficies de contacto directo con la leche deben poseer un acabado l i so, no poroso, no absorbente y estar libres de defectos, g r i e t a s , i n t e r s t i c i o s u o t ra s irregularidades que puedan atrapar p a r t í c u l a s d e a l i m e n t o s o microorganismos que afectan la calidad sanitaria del producto.

• Todas las superficies de contacto con la leche deben ser fácilmente accesibles o desmontables para la limpieza e inspección.

• Los ángulos internos de los equipos en contacto con la leche deben poseer una curvatura continua y suave, de manera que puedan limpiarse con facilidad.

• En los espacios interiores en contacto con la leche, los equipos no deben poseer piezas o accesorios que requieran lubricación ni roscas de acoplamiento u otras conexiones que generen riesgo de contaminación.

• Las superficies de contacto directo con la leche no deben recubrirse con pinturas u otro tipo de material que represente un riesgo para la inocuidad del alimento.

• Los equipos deben estar diseñados y construidos de manera que se evite el contacto de la leche con el ambiente que lo rodea.

• Las superficies exteriores de los equipos deben estar diseñadas y construidas de manera que faciliten su limpieza y eviten la acumulación de suciedades, microorganismos, plagas

u otros agentes contaminantes de la leche.

• Las tuberías empleadas para la conducción de la leche deben ser de materiales resistentes, inertes, no porosas, impermeables y fácilmente desmontables para su impieza y las p a r t e s d e g o m a , c a u c h o o empaquetaduras deben ser de grado alimenticio y deberán remplazarse según lo indique el fabricante. Las tuber ías f i jas se l impiarán y d e s i n f e c t a r á n m e d i a n t e l a recirculación de las sustancias previstas para este fin.

E s t a s a c t i v i d a d e s d e b e n s e r documentadas.

2.15 . Comederos , bebederos y saladeros.

Se debe tener en cuenta que:

• Los bebederos ubicados en cada sitio deberán ser suficientes para el número de animales que requieran hacer uso de estos.

• Los bebederos deberán estar fabricados de manera que se facilite su limpieza y desinfección.

• Los bebederos deberán estar fabricados con materiales inertes, no tóxicos, resistentes a la corrosión y no podrán estar recubiertos con pinturas o materiales desprendibles que puedan presentar riesgos para la salud de los animales.

• Estén debidamente techados.

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• Estén ubicados y distribuidos de m a n e r a q u e a s e g u r e n s u funcionalidad y aprovechamiento.

3. REGISTROS E IDENTIFICACION ANIMAL.

Los sistemas de producción ovina y caprina requieren de un manejo administrativo que permita planear, organizar, integrar, dirigir y controlar todas las actividades que allí se lleven a cabo por pequeñas que sean. De esto depende que los recursos con que cuenta la empresa sean utilizados de manera eficiente y efectiva para hacerla auto sostenible.

Para una adecuada organización y gestión en la finca es fundamental documentar y registrar los diferentes eventos allí ocurridos; por tanto, se debe tener en cuenta:

3.1. Identificación animal.

Para la identificación de los animales se debe asegurar que:

• Asignar a cada animal un número o código de identificación único e irrepetible durante toda su vida productiva.

• El sistema de identificación debe ser legible, duradero y seguro. Sin repetir los números de identificación dentro de la finca.

• La identificación debe hacerse al momento de ingreso al plantel, sea éste por nacimiento o por compra.

• El procedimiento de identificación debe realizarse según las indicaciones del fabricante y de acuerdo a lo señalado por la autoridad sanitaria.

• El sistema de identificación empleado debe asegurar su recuperación al momento del sacrificio del animal.

3.2. Registros.

Los productores deben mantener registros de datos disponibles que permitan demostrar que todas sus actividades cumplen con las buenas prácticas pecuarias y que puedan trazar la historia del producto o de los animales desde su origen a través de la producción primaria.

• Es necesario diseñar y manejar un formato para las actividades más importantes desarrolladas en la finca.

• Los formatos no generen confusión y que su diligenciamiento sea fácil y práctico.

• Los datos allí registrados sean relevantes al momento de identificar problemas y con base en esto tomar decisiones.

• Permitan el seguimiento completo de cada animal, producto o actividad realizada.

• Pueden ser diseñados para registrar diaria, semanal, mensual, semestral o anualmente dependiendo del tipo de actividad y frecuencia con que se realice.

A continuación se presentan las características de los registros mínimos a utilizar:

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3.2.1. Registros Administrativos y Financieros.

• Historia general del predio.: Nombre de la finca, razón social, propietario, ubicación geográfica, condiciones agroclimáticas, (análisis de suelos y agua) y propósito de la finca.

• Inventario completo y actualizado de los animales, materiales y equipos con que cuenta la finca.

• Registros de ingresos y egresos: Compra y venta de animales, material genético y productos ( leche), adquisición de insumos, materiales, maquinaria y equipo, contratación de transporte y movimientos financieros en general.

3.2.2. Registro técnicos.

• Historia del animal: Fecha de nacimiento, sexo, identificación o número, peso al nacer, peso al destete, e información básica a cerca de los padres.

• Registros Productivos: Lactancias, producciones diarias de leche, ganancias de peso.

• Registros Reproductivos: Celo, servicios, inseminaciones, chequeos reproductivos, identificación del reproductor o registro de pajillas, preñeces, partos, abortos, intervalo entre partos,

• Registros de Manejo sanitario que i n c l u ye n : V i s i ta s d e l m é d i co veterinario y actividades realizadas, planes de vermifugación. Registro de

m a n e j o d e M e d i c a m e n t o s Veterinarios: Animal tratado (número de identificación), causa o diagnóstico, medicamento utilizado, dosis, vía de aplicación, duración del tratamiento, tiempos de retiro, persona encargada.

E s t a s a c t i v i d a d e s d e b e n s e r

documentadas.

3.3. Trazabilidad.

Un s istema de rastreabi l idad o

trazabilidad debe permitir el seguimiento

a todos los eventos de la vida del animal,

desde su nacimiento hasta el último

eslabón de la cadena productiva, el

consumidor. Una rastreabilidad confiable

y segura se logra a través de la

sistematización de todos los eventos

ocurridos en la finca, en lo posible en una

base de datos fácil de diligenciar y un

sistema de identificación claro, duradero

y seguro.

En lo posible sistematizar los datos e

información ya sea en forma manual o

electrónica; y en el mejor de los casos

utilizando un software para tal fin.

Todos los predios dedicados a la

producción pecuaria deben implementar

el sistema de trazabilidad oficial de

conformidad con lo establecido en la

normatividad vigente en esta materia.

Esta actividad debe ser documentada.

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4. MANEJO SANITARIO.

4.1. Salud animal.

• Implementar acciones para la prevención y el control de las enfermedades declaradas de control oficial.

• Implementar programas para la prevención, control y vigilancia de los agentes zoonóticos, endémicos y exóticos que afectan a las poblaciones de animales.

• Programa sanitario documentado diseñado por un mv o un mvz, teniendo en cuenta consideraciones como: prevalencia, dinámica de las enfermedades en la zona y carácter enzootico de las mismas

• Se debe contar con asistencia periódica de un médico veterinario, quien será el encargado de:

• Desarrollar programas sanitarios para la finca, priorizando los aspectos relativos a la medicina preventiva con el fin de reducir la posibilidad de que los animales enfermen.

• Realizar las actividades diagnósticas, preventivas y curativas que considere p e r t i n e n t e s ( t r a t a m i e n t o s , c u a r e n t e n a s , e x á m e n e s d e laboratorio, sacrificios, necropsias, disposición de cadáveres, etc.).

• Velar por el bienestar animal y el cumplimiento de las Buenas Prácticas Pecuarias.

• Observe regularmente a los animales para la detección de posibles enfermedades.

• En caso de muerte de animales por causas desconocidas, el Médico Veterinario que asesora el hato deberá realizar la necropsia correspondiente y enviar las muestras que se consideren n e c e s a r i a s a u n l a b o ra t o r i o veterinario.

Además:

• Se debe contar con un programa de prevención y control de mastitis.

• Contar con un registro de las visitas efectuadas por el Médico veterinario.

• El productor y los trabajadores deberán seguir las instrucciones que establezca el Médico Veterinario en cuanto a la prevención y tratamiento de enfermedades.

4.2. Bioseguridad.

Instalaciones

• Asegurarse de contar con cercas en buen estado que delimiten el predio e impidan en ingreso de personas no autorizadas o animales extraños a la finca.

Animales

• Someter a cuarentena los animales que provengan de otras explotaciones y de ser necesario tomar las medidas preventivas que el médico veterinario considere pertinentes durante este periodo.

• Los animales enfermos deberán estar plenamente identificados y deberán ser separados de los demás animales

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• Cuando ingresen animales al predio, deberán hacerlo con la licencia sanitaria de movilización expedida por el ICA o por quien este autorice, y preferiblemente aislarlos por un tiempo determinado con el fin de minimizar el riesgo de ingreso de enfermedades y plagas.

Trabajadores, visitantes y vehículos

• Establecer una señalización de las diferentes áreas de la finca con letreros fáciles de comprender y que den instrucciones claras de ubicación, peligro, advertencia, etc.

• Destinar a la entrada de la finca un área exclusiva para la desinfección de los vehículos que ingresan.

• El personal encargado del cuidado de los animales enfermos debe evitar el contacto con otros animales con el fin de minimizar el riesgo de transmisión de enfermedades.

• S e d e b e d ef i n i r u n á re a d e estacionamiento que impida la posibilidad de contacto de los vehículos que ingresen al predio, con los animales que habitan la finca o con las áreas de manejo de los mismos.

• Los vehículos que realizan la entrega o salida de productos o animales que se requieran para el funcionamiento de la explotación deberán disponer de un área definida para el cargue y descargue, alejada de las áreas de producción.

• Contar con un programa continuo de capacitación, para el personal

involucrado en el proceso productivo, que garantice el conocimiento y la ap l icac ión de las normas de bioseguridad establecidas.

• El ingreso de trabajadores y visitas a las instalaciones deberá hacerse previa utilización de uniformes y calzado apropiado, los cuales deberán estar limpios y en perfecto estado.

• Los trabajadores solo podrán utilizar los uniformes y el calzado dentro del hato.

• Los trabajadores y las visitas deberán s e g u i r c o n d u c t a s h i g i é n i c a s apropiadas.

• Las fincas deberán contar con un registro del ingreso y salida de personas, vehículos y animales, conteniendo la siguiente información:

- Fecha.- Hora de ingreso y salida.- Numero de identificación o placa

del vehículo.- Número de animales movilizados e

identificación de los mismos.- Lugar de origen y destino.- Objeto de la visita.- Persona encargada de diligenciar el

registro.

• Todos los trabajadores deben estar familiarizados y entender los procesos de bioseguridad que son establecidos en la unidad de producción.

• El personal que labora en los predios debe evitar el contacto con otros animales ante la posibilidad de transmitir enfermedades. El médico veterinario debe ser especialmente

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c u i d a d o s o co n e ste a s p e c to, manteniendo la limpieza de sus botas y ropa de trabajo, y la desinfección de equipos potencialmente dañinos.

• Se deben evitar algunas conductas que puedan contaminar las áreas de la producción pecuaria, tales como escupir, orinar o defecar donde son mantenidos los animales.

• Si una persona padece de una e n f e r m e d a d q u e p u e d e s e r transmitida a los animales, no se le permitirá trabajar con los animales. Ejemplo de estos casos son la tuberculosis o brucelosis.

4.3. Medidas higiénicas generales

Todo predio destinado a la producción pecuaria deberá minimizar y controlar los riesgos asociados a la producción, a través de la implementación de programas de saneamiento que incluyan las siguientes actividades:

• Se debe contar con un programa d o c u m e n t a d o d e l i m p i e z a y desinfección de las instalaciones, áreas, las maquinarias y los equipos utilizados. Este plan debe considerar el método de limpieza, los agentes desinfectantes, los períodos de aplicación, la frecuencia de aplicación, las máquinas y equipos empleados, y los responsables de realizarlo.

• Cerciorarse de dar a conocer el programa a todo el personal, principalmente a aquellas personas encargadas de esta labor.

• Todo producto químico utilizado en la higiene y desinfección debe estar aprobado por las autoridades sanitarias pertinentes.

• Manejo de residuos sólidos.• Los establos en los que se confinan

animales deberán contar con camas suficientes para los animales que se encuentran alojados.

• El material de las camas deberá brindarle confort a los animales y permitir la remoción frecuente de excrementos y otras suciedades.

• Se debe remover con frecuencia las camas que estén húmedas y sucias y reemplazarla por material limpio y seco.

4.4. Control de Plagas.

Contar con un programa de manejo integrado de plagas. Se deberán adoptar medidas que involucren el concepto de control integral, incluyendo la aplicación armónica de diferentes medidas preventivas y de control.

• Asegurarse de realizar un diagnóstico de las especies de plagas presentes en el predio y su población aproximada.

• Contar con estudios suficientes que indiquen las plagas y roedores presentes, su incidencia, su ubicación d e n t r o d e l p r e d i o , f a c t o r e s predisponentes y métodos de control.

• Deberán existir un programa de control de los factores predisponentes a la aparición de plagas y roedores en el predio, basuras, animales muertos, placentas, fetos y residuos orgánicos.

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• Definir el método de control físico, mecánico, biológicas, y en última instancia el uso de plaguicidas de uso pecuario con registro ICA.

• Asegurarse de llevar registros de las a c c i o n e s i m p l e m e n t a d a s especificando: producto empleado, fecha, cantidad, lugar de aplicación y responsable.

• M a n t e n e r l a s b o d e g a s d e almacenamiento ordenadas, limpias y cerradas; disponer los bultos de alimento sobre estibas; evitar el contacto de los bultos con las paredes; mantener los empaques en buen estado; almacenar los alimentos bajo condiciones adecuadas de humedad y temperatura.

• Procurar que el espacio entre el piso y el borde inferior de la puerta en las bodegas sea máximo de 1 cm. evitando así la entrada de roedores.

• Contar con un sistema para la disposición final y tratamiento de basuras y desperdicios que minimice el riesgo de proliferación de plagas.

• Cerciorarse de disponer adecuada e inmediatamente de los animales muertos.

4.5. Buenas Prácticas para el uso de Medicamentos Veterinarios.

Se deberán cumplir con los siguientes requisitos:

• Únicamente podrán emplearse los medicamentos y productos de uso veterinario registrados ante el ICA.

• En ningún caso se deben utilizar sustancias prohibidas por el ICA.

• Todos los tratamientos que incluyan antibióticos, analgésicos, narcóticos, b a r b i t ú r i co s , t ra n q u i l i za nte s , hipnóticos no barbitúricos, productos hormonales para animales, agentes anabólicos y relajantes musculares deberán ser formulados por escrito por un médico veterinario o médico v e t e r i n a r i o Z o o t é c n i s t a d e conformidad con la reglamentación vigente. La copia de esta fórmula médica se deberá conservar por un periodo mínimo de dos (2) años.

• Cumplir con el tiempo de retiro consignado en el rotulado del producto.

• Administrar los medicamentos veterinarios siguiendo todas las instrucciones consignadas en el rotulado aprobado por el ICA.

• Registrar en un formato determinado el uso de todos los medicamentos veterinarios utilizados en el predio, contemplando los siguientes aspectos:

- Fecha de administración.

- Nombre del medicamento.

- Laboratorio productor.

- Número del Registro ICA.

- Fecha de vencimiento.

- Dosis administrada, v ía de administración y duración del tratamiento.

- Identificación del animal tratado.

- Nombre del responsable de la administración.

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- Tiempo de retiro cuando este contemplado en el rotulado del producto.

• C l a s i f i c a r l o s m e d i c a m e n t o s veterinarios por grupos de acuerdo con su uso e indicación y almacenarlos bajo llave siguiendo las instrucciones consignadas en el rotulado. Los productos biológicos deben ser mantenidos en condiciones de refrigeración, según las instrucciones del rotulado.

• Mantener un registro del inventario de los medicamentos veterinarios y de los biológicos almacenados en la finca, que incluya las entradas y salida de los mismos.

• No utilizar sustancias antimicrobianas como promotores de crecimiento, cuando tales sustancias se empleen como agentes terapéuticos en medicina humana o medicina veterinaria, de acuerdo con la reglamentación del ICA vigente.

• El médico veterinario debe supervisar l a a d m i n i s t r a c i ó n d e l o s medicamentos veterinarios.

• No deben conservarse medicamentos vencidos.

• P a r a l a a d m i n i s t r a c i ó n d e medicamentos inyectab les se recomienda la utilización de jeringas y agujas desechables.

• Los equipos para la administración de medicamentos orales deben estar limpios y calibrados.

• Los equipos para la administración de los medicamentos deben estar limpios, desinfectados y calibrados.

• La disposición final de envases de medicamentos veter inar ios y plaguicidas vacíos, se realizará conforme a lo establecido por el ICA y el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

• Los residuos de carácter biológico infeccioso, guantes desechables, e l e m e n t o s q u i r ú r g i c o s y cortopunzantes entre otros, se deberán manejar conforme a la normatividad establecida por el ICA y los Ministerios de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y de Protección Social según sus competencias.

5. ALIMENTACIÓN Y PROVISIÓN DE AGUA.

5.1. Buenas Prácticas en Alimentación Animal.

• Todos los predios dedicados a la producción pecuaria, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

• No se podrán emplear alimentos y suplementos al imentic ios que contengan harinas de carne, sangre y hueso vaporizado, de carne y hueso y despojos de mamíferos, de acuerdo con la reglamentación del ICA vigente.

• Todos los alimentos, suplementos alimenticios y sales mineralizadas utilizadas en la alimentación bovina y bufalina, deben contar con registro ICA.

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• Cuando se utilice como parte de la dieta, productos y subproductos de cosechas y de la industria de alimentos, se debe conocer y registrar el origen y el uso, con el propósito de minimizar los riesgos para la salud de los animales y de los consumidores.

• L a u t i l i za c i ó n d e m a t e r i a l e s transgénicos en la alimentación o salud animal, deberá contar con la expresa autorización del ICA, de conformidad con lo dispuesto en las normas que regulen la materia.

• En los forrajes y cultivos destinados a la alimentación de los animales, únicamente se deben emplear plaguicidas, fertilizantes y demás insumos agrícolas que cuenten con registro ICA, respetando en los casos a que haya lugar los respectivos períodos de carencia.

• Se deben controlar las condiciones de temperatura y humedad para el almacenamiento de los alimentos b a l a n c e a d o s , p r o d u c t o s y s u b p r o d u c t o s d e c o s e c h a e industr ia les empleados en la alimentación animal, con el fin de evitar su deterioro o contaminación por hongos.

• No suplementar con subproductos de c o s e c h a s q u e p u e d a n e s t a r contaminados con plaguicidas.

• Cuando se empleen como parte de la dieta, productos y subproductos de cosechas y de la industria de alimentos, se debe conocer y registrar su origen y uso.

• El suministro de agua para los

animales debe ser permanente, sin restricciones y en condiciones higiénicas.

• El agua empleada en la alimentación animal debe ser de una calidad tal, que no afecte la inocuidad de los productos obtenidos de los animales.

• L o s s i t i o s d e o b t e n c i ó n y almacenamiento de agua deben ser protegidos de la contaminación.

• Debe practicarse un análisis anual de la calidad del agua.

• Los alimentos deben ser almacenados e n b o d e g a s d e s t i n a d a s exclusivamente para este fin, estas deben permanecer cerradas, para impedir el ingreso de plagas y animales.

5.2. Suministro de alimento.

Ofrecer a los animales el adecuado suministro de nutrientes de manera que se satisfagan las necesidades de los animales en sus diferentes etapas de crecimiento y estados productivos y fisiológicos.

Se debe garantizar que todos los animales obtengan su ración diaria de alimento, a través de adecuados espacios de comedero o carga animal en pradera, para que no se generen competencias por el alimento. En períodos de escasez de alimento, se debería contar con reservas adecuadas.

El agua, el forraje, los productos y subproductos de cosecha, los materiales de origen vegetal, mineral y los

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alimentos balanceados destinados a la alimentación de los animales, no deben presentar riesgos de introducción, directa o indirecta en la leche, de agentes químicos o microbiológicos peligrosos en cantidades tales que entrañen riesgos inaceptables para la salud de los consumidores.

5.3. Suministro de Agua.

• Disponer de agua con la calidad y cantidad suficiente, de manera que satisfaga las necesidades de los animales y se eviten riesgos sanitarios y a la inocuidad.

• Verificar que la provisión de agua fresca y limpia a los animales sea permanente.

• Si se cuenta con sistemas automáticos y carece de otra fuente improvisada asegúrese diariamente que estén dispensando agua correctamente.

• Asegurarse de disponer de un adecuado aprovisionamiento de agua potable o de fácil potabilización en caso de fallar el procedimiento normal (épocas de sequía).

• En los programas de limpieza y desinfección se debe considerar la limpieza de los bebederos, de manera de mantener el suministro de agua limpia.

6. BIENESTAR ANIMAL.

Manejar humanitariamente a los animales protege su salud, optimiza su eficiencia productiva y asegura la calidad de los productos, además disminuye el

riesgo de accidentes para el personal encargado. Por lo tanto se deben cumplir con los 5 pilares de este concepto:

6.1. Evitar que los animales pasen hambre, sed o presenten una mala nutrición verificando que:

• A diario se suministre el alimento (forraje y/o pienso) suficientes ajustando las raciones o cantidades a su estado productivo.

• Disponer de agua de bebida a voluntad y en condiciones higiénicas que no afecte la salud de los animales ni la inocuidad de los productos que de ellos se obtenga.

6 . 2 . P r o p o r c i o n a r c o n d i c i o n e s confortables a través de:

• Diseñar y construir las instalaciones de manera que puedan desarrollar las formas normales del comportamiento animal sin ocasionarse daño.

• Proporcionar espacios amplios y que los protejan de las condiciones climáticas extremas.

6 . 3 . I m p e d i r e l d o l o r, d a ñ o o enfermedad:

• Implementar programas de manejo s a n i t a r i o , p a r a p r e v e n i r l a presentación de enfermedades, además del tratamiento oportuno de los animales enfermos.

• Verificar que los animales estén libres d e i n c o m o d i d a d e s , d o l o r e s , enfermedades o lesiones.

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• Asegurar que las actividades de tipo quirúrgico serán realizadas por personal adecuadamente capacitado y procurando causar el menor dolor y estrés posible al animal.

• De ser necesario el sacrificio de algún animal, debe hacerse de forma humanitaria, sin demora y por un experto.

• Los manejos reproductivos, como inseminación artificial, transferencia de embriones, etc. serán realizadas solo por un médico veterinario o por el p e r s o n a l c o n c o m p e t e n c i a s a c r e d i t a d a s , s e g ú n l a s especificaciones adoptadas por ANCO.

• Las mangas, bretes, básculas y otro tipo de construcciones o instalaciones para la sujeción y manejo de los animales, deben permitir una operación eficiente y segura para éstos y los operarios.

• Las intervenciones como descornado, topizado, castración, marcado y otras que produzcan dolor a los animales, deben ser realizadas por personal capacitado, bajo condiciones de higiene y empleando las prácticas adecuadas.

6.4. Asegurarse que los animales estén libres de temores y estrés:

• Proporcionarles espacios iluminados, libres de sombras, obstáculos y peligros que generen temor e inseguridad.

• Asegurar la capacitación a los operarios acerca del comportamiento de los ovinos y caprinos y técnicas de manejo adecuadas para su cuidado.

• Procurar conducirlos en los grupos sociales previamente formados sin golpearlos con elementos (trozos de madera, tubos de metal o plástico, picanas u objetos corto punzantes) que impliquen trauma para los animales.

• Los elementos utilizados para arrear los animales deben motivar y dirigir su movimiento sin entrar en contacto físico con ellos.

• Las instalaciones del predio deben estar construidas de manera tal que garanticen el bienestar de los animales y los trabajadores.

6.5. Permitir que los animales expresen su comportamiento natural.

• En condiciones de confinamiento y estabulación los animales deben disponer de espacio suficiente para manifestar su comportamiento natural.

6.6. Transporte.

• Para proteger los animales, los vehículos deben contar con las condiciones adecuadas de ventilación, protección ante las inclemencias del tiempo y pisos antideslizantes.

• Se debe impedir el hacinamiento, los amontonamientos y agresiones entre los animales.

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• Durante el transporte de los animales,

evitar el derramamiento de orina y

heces en las vías.• Siempre que se transporte a los

animales, el vehículo debe lavarse y

desinfectarse.• El transportador debe portar la guía

sanitaria de movilización expedida por

el ICA.• No se permite transportar en el mismo

vehículo, animales de diferentes

edades o de otras especies a menos

que se separen adecuadamente;

tampoco se deben transportar

conjuntamente con implementos o

insumos.• De ser posible transportar los

animales en lotes uniformes en cuanto

a tamaño, porte y condición.• No movilizar animales caídos en

posición de no reposo o cuando estos

soporten el peso de otro animal• El personal a cargo del transporte debe

conocer los cuidados para manejar

idóneamente a los animales evitando

agresiones hacia ellos.• Los vehículos transportadores deben

contar con: piso antideslizante, con

algún tipo de protección contra el sol y

la lluvia (Carpas).• Transportado el número de animales

adecuado para la capacidad del

vehículo, por supuesto teniendo en

cuenta la raza, edad, peso y estado

f is iológico de los animales a

transportar.

7. SALUD, SEGURIDAD Y BIENESTAR DE LOS TRABAJADORES.

Todo propietario o tenedor de un predio de producción primaria debe garantizar que el personal vinculado:

• Cuente con buen estado de salud, para lo cual deberá garantizar la realización un examen médico, mínimo una vez al año.

• Cumpla con prácticas higiénicas y de bioseguridad, establecidas.

• Asegurarse de garantizar al personal vinculado a la empresa la afiliación al sistema de seguridad social y al sistema de riesgos profesionales, según la legislación vigente. Ley 100 de 1997.

7.1. Seguridad de los trabajadores.

• D e b e n e va l u a rs e l o s r i e s g o s p o te n c i a l e s d e l p re d i o, p a ra desarrollar un plan de acción que promuevan condiciones de trabajo seguro y saludable.

• Se debe contar con un botiquín de primeros auxilios en el predio, que esté ubicado en un lugar conocido por todo el personal. Al menos un trabajador debe estar capacitado en brindar primeros auxilios en caso que sea necesario.

• Proporcionar todos los implementos ropa, botas, guantes, delantales y mascarillas, necesarios para las labores en que se utilicen sustancias potencialmente peligrosas, o que representen un riesgo para el

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trabajador, de conformidad con la reglamentación vigente.

• La señalización y documentación existentes respecto a la seguridad de los trabajadores debe ser de fácil entendimiento.

• La finca debe contar con instrucciones precisas para enfrentar riesgos de incendios, inundaciones u otros. Los equipos para enfrentar estos riesgos deben ser mantenidos en forma adecuada.

• Proporcionar instalaciones necesarias como baños, áreas de descanso, áreas de alimentación que le procuren bienestar y protección a la salud del trabajador.

• A los trabajadores se les deberá dotar de uniformes y calzado suficientes y con una periodicidad adecuada.

7.2. Capacitación de los trabajadores

• Todos los trabajadores de un predio deben recibir capacitación con relación a:

- Higiene personal- Manejo y necesidades de los

animales.

• C a d a t ra b a j a d o r d e b e e s t a r capacitado y entrenado en la labor específica que realiza en el predio.

• Las personas que manejen drogas v e t e r i n a r i a s , a g r o q u í m i c o s , desinfectantes y/o que operen algún equipamiento complejo, deben recibir la adecuada capacitación para el manejo de estos elementos.

• Si las personas son cambiadas de una f u n c i ó n a o t r a , d e b e n s e r apropiadamente entrenadas en su nueva función.

• Los trabajadores deberán conocer las buenas prácticas pecuarias, y su importancia en mantener la seguridad de los alimentos, el medio ambiente y el bienestar animal.

• Seguridad y riesgos ocupacionales• Manejo de alimentos para animales• Sanidad animal y bioseguridad.• Es necesario que todo el personal

vinculado a la empresa sea capacitado acerca de la importancia del uso y manejo adecuado de los recursos naturales y la gestión de los residuos.

Además tener en cuenta:

• Las normas de manejo entregadas en las actividades de capacitación, deben ser proporcionadas por escrito.

• Deben mantenerse registros de las acciones de capacitación a las que han estado sujetos los trabajadores del predio.

8. MANEJO MEDIOAMBIENTAL.

La producción primaria implica la adecuación de las condiciones de producción para alcanzar los fines productivos esperados. Esta incluye la modificación de las condiciones físico químicas y biológicas del suelo y de la flora y la fauna existentes con la finalidad de establecer los pastos y forrajes necesarios.

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La concentración de un alto número de animales en áreas pequeñas implica, además, que la producción de desechos (orina, heces, gases, camas, aguas servidas) es mayor y que el riesgo de contaminación del ambiente circundante también es mayor.

La intensidad y la manera como se hagan las adecuaciones necesarias para poner en funcionamiento el aprisco lechero, generarán un mayor o menor impacto ambiental, pero este, definitivamente es inevitable.

Disposición y Aplicación de los Desechos Orgánicos.

En la disposición final de las heces hay cinco puntos a considerar:

• Tipo de deyecciones.• Volumen a almacenar.• El sistema de recogida.• El sistema de almacenaje.• Disposición final.

En cualquier caso el volumen de almacenaje deberá permitir manejar un margen de seguridad suficiente como para evitar desbordamientos eventuales.

Sistemas de recolección de efluentes.

• El sistema de recolección debe tratar de controlar, en el conjunto de la explotación, la recogida de efluentes de origen animal (deyecciones líquidas o sólidas, aguas sucias) y los líquidos del ensilaje. El control debe ejercerse

esencialmente sobre dos factores: el volumen de almacenamiento y la dilución.

• Las áreas de ejercicio y de espera de los animales, y las redes de alcantaril lado no deben tener f i l traciones hacia el suelo ni condic iones que permitan e l e s c u r r i m i e n t o h a c i a a g u a s superficiales que abandonen el predio.

• Debe evitarse la dilución de los desechos por efecto de las aguas lluvias o de las aguas de lavado. En espec ia l en c l imas con a l tas precipitaciones.

Sistemas de Almacenamiento.

• En todos los casos, la obras de a l m a c e n a j e n o d e b e n t e n e r filtraciones, y de esta forma evitar que los vertidos contaminen el medio natural.

• Las construcciones para el almacenaje de heces y orina se deberán ubicar a una distancia prudente de quebradas y cursos de agua, y deberán contar con medidas preventivas para evitar los desbordes.

• La capacidad de almacenamiento debe estar calculada en general para soportar la producción de orina en épocas en que no es recomendable su uso como abono orgánico.

• Para el depósito de productos sólidos como estiércol y ensilajes deben tener un punto bajo de recogida de los líquidos rezumados (orina, líquidos de ensilajes).

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DE APRENDIZAJE

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Uso de Fertilizantes Orgánicos.

• Para la utilización de las heces y la o r i n a d e l o s a n i m a l e s co m o fertilizantes orgánicos se deben considerar la cercanía con cursos de aguas, para evitar la contaminación de ellas.

• Se recomienda la elaboración de compost con las heces antes de su utilización como abono orgánico con la finalidad de disminuir los riesgos sanitarios que su utilización conlleva, así como para aumentar su eficiencia como abono orgánico.

Transporte de las heces.

• En el caso de traslado de orina o heces, dentro del predio, se deben emplear sistemas de transporte que eviten derrames, escurrimiento, y en el caso de las heces secas, la contaminación por partículas en suspensión.

• Al final de la faena de transporte el vehículo debe ser limpiado mediante barrido para evitar la descomposición de restos de heces.

Manejo de las Aguas Servidas.

• Con relación a las aguas servidas (de lavado de maquinaria, salas de ordeño), para evitar el tratar con volúmenes muy importantes, la producción de estas aguas debe limitarse al mínimo.

• Con la finalidad de disminuir la carga contaminante de este tipo de aguas se debe realizar un efectivo control de los

detergentes y desinfectantes usados, ciñéndose a las recomendaciones de los fabricantes, utilizando en lo posible productos biodegradables.

Manejo de los Animales Muertos.

• Las opciones de eliminación pueden incluir el entierro de los animales

• Los animales muertos deben ser dispuestos dentro de las 48 horas de ocurrida la muerte o una vez que el Medico Veterinario constate la causa de muerte, esto ultimo determinará la opción de su disposición final.

Eliminación de Desechos Médicos.

El desecho de estos productos, dentro de los cuales se incluyen los envases, las agujas hipodérmicas y las jeringas, deben ser eliminados de una manera adecuada, minimizando el riesgo para la población y el medio ambiente.

Manejo y Eliminación de otros Desechos Físicos y Químicos.

• L o s p r o d u c t o r e s d e b e r á n familiarizarse con las buenas prácticas de manejo o bien tomar cursos que describan la forma adecuada de manejar estos productos químicos como insecticidas, herbicidas y sus envases.

• Cuando se use algún insecticida, pesticida o herbicida, deberá seguirse un procedimiento adecuado de m a n e j o d e e l l o s : s e g u i r l a s instrucciones de la etiqueta y de la ficha del producto químico.

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DE APRENDIZAJE

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• Dentro de la eliminación de estos productos deberán incluirse los envases y el remanente que quede luego de su uso. Se debe seguir la técnica de triple lavado e inutilización de los envases.

• Debe considerarse además la disposición final de la maquinaria vieja que ya no se usa, las baterías, los desechos de aceite y los derivados del petróleo.

• De ninguna manera reutilice los envases vacíos de agroquímicos, elimínelos siguiendo lo establecido en la normatividad vigente.

• Conserve provisionalmente los agroquímicos vencidos, obsoletos o sin identif icación en estantes separados y claramente identificados, mientras procede a desecharlos adecuadamente o a devolverlos a sus fabricantes.

• Por ningún motivo arroje productos químicos, agrícolas o veterinarios en lugares en los que puedan filtrarse a drenajes, aguas superficiales o aguas subterráneas.

• Utilice siempre productos químicos registrados y siga estrictamente las i n d i c a c i o n e s d e l f a b r i c a n t e consignadas en la etiqueta.

• Cerciórese de contar con áreas y procedimientos adecuados para el a l m a c e n a m i e n t o t e m p o r a l y disposición final de éste tipo de desechos.

• Verifique que los procedimientos e instalaciones establecidos para tal fin garantizan una eficiente labor de

separación, recolección, conducción, transporte (interno y externo), almacenamiento y disposición final de estos desechos.

Emisiones Atmosféricas.

Para controlar olores y otras emisiones atmosféricas provenientes del manejo de las heces de los animales, se deben cumplir los siguientes puntos:

• Mantener las heces lo más secas posible.

• Disminuir la superficie de emisión, (por ejemplo las pilas de heces para compostaje).

Para controlar las emisiones atmosféricas desde las instalaciones del plantel, se debe considerar:

• Proveer una circulación de aire fresco y uniforme en todo el recinto.

• Considerar la dirección predominante del viento antes de remover las heces, para minimizar la posibilidad de olores y partículas de heces en áreas residenciales o lugares públicos.

Se recomienda crear cortinas vegetales con árboles o arbustos aromáticos para minimizar la emisión de olores hacia sectores poblados o viviendas aisladas.

Biodiversidad.

Debe prohibirse la destrucción y la perturbación de la flora y fauna nativa en protección, considerando la legislación vigente al respecto.

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Impacto Territorial.

Se debe proteger el patrimonio cultural y natural de las zonas de influencia de las actividades productivas, considerando la legislación vigente. Se recomienda utilizar forrajes que minimicen la producción de metano.

9. ORDEÑO

SALUD E HIGIENE DEL PERSONAL DE ORDEÑO:

• El personal de ordeño debe estar en buen estado de salud, poseer un certificado médico que reconozca su aptitud para manipular alimentos.

• Antes de iniciar las operaciones de ordeño deberá lavarse y desinfectarse las manos y antebrazos.

• Usar la ropa adecuada durante el ordeño, la cual debe estar limpia al inicio de cada periodo de ordeño.

• No debe tener abrasiones o cortes expuestos en las manos o antebrazos y aquellas que conozcan o sean sospechosas de sufrir o ser portadoras de una enfermedad susceptible de transmitirse a través de la leche.

• Cualquier persona afectada debe reportar la enfermedad o los síntomas de la misma al superior.

RUTINA DE ORDEÑO.

El ordeño debe llevarse a cabo en condiciones que garantice la sanidad de la ubre, permita obtener y conservar un producto con las características de calidad que incluyen:

1. Las operaciones de ordeño deben reducir la introducción de gérmenes patógenos provenientes de cualquier fuente y de residuos químicos procedentes de las operaciones de limpieza y desinfección.

2. Las zonas de espera donde se e n c u e n t r a n l o s a n i m a l e s inmediatamente antes del ordeño deben estar en condiciones higiénico sanitarias adecuadas. Estas zonas deben estar l impias evitando acumulaciones de estiércol, lodo o cualquier otra material no deseable, y mantenerse de forma que se reduzca al mínimo el riesgo de la infección de los animales o la contaminación de la leche.

3. El área de ordeño e instalaciones comunicadas entre s í , deben mantenerse libres de animales, tales como perros, gatos y aves de corral entre otros.

4. Antes del ordeño los animales deben estar limpios y verificar que la primera leche que se extrae tenga una apariencia normal, de otra forma estas leches deben rechazarse.

5. El agua utilizada para limpiar la ubre, el equipo de ordeño, tanques de almacenamiento y otros utensilios debe ser de tal calidad que no contamine la leche.

6. Los procesos de limpieza y secado de la ubre deben ser adecuados evitando daños en los tejidos. En caso de emplearse selladores de pezón o desinfectantes para estos, debe

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evitarse la contaminación de la leche con tales productos.

7. El equipo y utensilios deben ser diseñados de tal forma que no dañen los pezones durante las operaciones de ordeño; deben limpiarse y desinfectarse después de cada operación de ordeño, deben limpiarse bien con una solución de detergente apropiada, enjuagarse con agua limpia para remover el detergente, y luego desinfectarse y escurrirse. El enjuague del equipo o cisternas, baldes de almacenamiento después de la limpieza y desinfección debe remover todo residuo de detergente y d e s i n f e c t a n t e , s a l v o s i l a s instrucciones del fabricante indican que este no es necesario.

8. Las cantinas de leche deben ser l a v a d a s , d e s i n f e c t a d a s e inspeccionadas antes de su uso. Y los empaques deben ser revisados y reemplazados periódicamente. Una vez depositada la leche en las cantinas, estas deben taparse y colocarse en un lugar fresco.

UTENSILIOS Y EQUIPO DE ORDEÑO.

• Las superficies en contacto con la leche no deben estar recubiertas con pinturas u otro tipo de material que represente un riesgo para la inocuidad del alimento.

• Los equipos deben estar diseñados y construidos para que la leche no entre en contacto con el ambiente que la rodea.

• Las superficies exteriores de los equipos deben estar diseñadas y construidas de manera que faciliten su limpieza y eviten la acumulación de suciedades, microorganismos, plagas u otros agentes contaminantes de la leche.

• Las tuberías empleadas en la conducción de la leche estén fabricadas de materiales resistentes, inertes, no porosos, impermeables y sean fáciles de desmontar para su limpieza, las partes de goma, caucho o empaquetaduras sean de grado alimenticio y reemplazado según lo indique el fabricante.

• Para las tuberías fijas, verificar que su limpieza y desinfección se realice mediante la recirculación de las sustancias previstas para tal fin

• Limpiar y desinfectar el equipo y utensilios después de cada operación de ordeño con una solución de detergente apropiada, enjuagarlos con agua limpia para remover el detergente, y luego desinfectar y escurrir.

• Al enjuagar el equipo o cisternas y baldes de almacenamiento después de la l impieza y desinfección asegurarse de remover todo residuo de detergente y desinfectante, salvo si las instrucciones del fabricante indican lo contrario.

• Cerciórese de lavar, desinfectar e inspeccionar las cantinas de la leche antes de su uso, también revise y reemplace periódicamente sus empaques.

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• Verificar que el equipo y utensilios empleados en el predio para el manejo de la leche cumplen los siguientes requisitos:

• Los materiales con que estén fabricados sean resistentes al uso y a la corrosión, así como a la utilización frecuente de los agentes de limpieza y desinfección.

• Todas las superficies que tengan contacto directo con la leche cuenten con un acabado liso, no poroso, no absorbente y estén libres de defectos, g r i e t a s , i n t e r s t i c i o s u o t ra s irregularidades que puedan atrapar p a r t í c u l a s d e a l i m e n t o s o microorganismos que afecten la calidad sanitaria del producto.

• Todas las superficies de contacto con

la leche sean fácilmente accesibles o

desmontables para su limpieza e

inspección.

• Los ángulos internos de los equipos en

contacto con la leche cuenten con

curvaturas continuas y suaves, de

manera que puedan l impiarse

fácilmente.

• Los equipos no tengan en los espacios

interiores que están en contacto con la

leche piezas o accesorios que

requieran lubricación ni roscas de

acoplamiento u otras conexiones que

generen riesgo de contaminación.

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CAPRINOS DE LECHE EN ESTABULACIÓN SERVICIO NACIONAL

DE APRENDIZAJE

C eo d lo sm erb oti la ucC oa nip vr i On o y c su t rl eo

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DE APRENDIZAJE

C eo d lo sm erb oti la ucC oa nip vr i On o y c su t rl eo

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DE APRENDIZAJE

C eo d lo sm erb oti la ucC oa nip vr i On o y c su t rl eo

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DE APRENDIZAJE

C eo d lo sm erb oti la ucC oa nip vr i On o y c su t rl eo

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DE APRENDIZAJE

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a Nn co ii oc na aic l dos e

A

4444

BIBLIOGRAFIA

1. Guía para la implementación de las buenas prácticas ganaderasMinistro de Agricultura y Desarrollo Rural, CORPOICA, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

2. Decreto número 1500 de 2007 Ministerio de la protección social3. Decreto numero 616 de 2006 Ministerio de la protección social4. Resolución número 2341 de 2007 Instituto Colombiano Agropecuario ICA.5. Resolución 3585 de 2008. Instituto Colombiano Agropecuario ICA.6. Buenas prácticas ganaderas en la producción de ganado bovino y bufalino

destinado al sacrificio para el consumo humano Instituto Colombiano Agropecuario ICA.

7. Código de buenas prácticas de producción de leche para Colombia Universidad nacional de Antioquia.

8. Buenas prácticas en el uso de medicamentos veterinarios Instituto Colombiano Agropecuario ICA 2007.

9. Buenas prácticas en alimentación animal. Instituto Colombiano Agropecuario ICA.

10. Especificaciones técnicas de buenas prácticas agrícolas para la producción ovina.Ministerio de Agricultura, Gobierno de Chile, 2004

11. Especificaciones técnicas de buenas prácticas agrícolas para la producción caprina Ministerio de Agricultura, Gobierno de Chile, 2005.