LECCION_IV_PARA_PLATAFORMA_DE_INTRODUCCCION.doc

download LECCION_IV_PARA_PLATAFORMA_DE_INTRODUCCCION.doc

of 10

Transcript of LECCION_IV_PARA_PLATAFORMA_DE_INTRODUCCCION.doc

  • 7/25/2019 LECCION_IV_PARA_PLATAFORMA_DE_INTRODUCCCION.doc

    1/10

    UNIVERSIDAD NACIONAL DE PILAR

    FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES

    LECCION IV

    Introduccin

    La presente unidad desarrolla a los valores jurdicos como categora especial del

    reino de los objetos ideales. Los valores de accin. Los valores jurdicos, su definicin y

    caractersticas; su enumeracin y jerarqua.

    Reconocers la justicia, su etimologa y acepciones; el sentimiento de justicia. La

    idea de justicia, su acepcin amplia y restringida. Los elementos lgicos de la justicia.

    Valores coneos. !species de justicia. Los smbolos y representaciones artsticas.

    La equidad, su etimologa. "esarrollo #istrico y definicin. $unciones de la

    equidad. La equidad en el "erec#o %araguayo. &'rt. ()( inc. *+ y (+ inc. *) de la -../.'prende los sinnimos de las palabras, pues as tendrs facilidad para las mismas.

    Objetivos:

    *0 -omprende los valores jurdicos como categora especial del reino de los objetos

    ideales. Los valores de accin.

    (0 Reconoce los valores jurdicos, su definicin y caractersticas; su enumeracin y

    jerarqua.

    0 "istingue la justicia, su etimologa y acepciones; el sentimiento de justicia. La ideade justicia, su acepcin amplia y restringida. Los elementos lgicos de la justicia. Valores

    coneos. !species de justicia. Los smbolos y representaciones artsticas.

    10 2nterpreta la equidad, su etimologa. "esarrollo #istrico y definicin. $unciones de

    la equidad. La equidad en el "erec#o %araguayo.

    Esquemas de contenidos.

    Los valores como categora especial del reino de los objetos ideales.

    Los valores de accion.

    Los valores jurdicos: definicin caracterstica.

    La justicia: etimologia acepciones.

    El sentimiento de justicia.

    La idea de justicia: acepcin amplia restringida.

    Elementos lgicos de la justicia.

  • 7/25/2019 LECCION_IV_PARA_PLATAFORMA_DE_INTRODUCCCION.doc

    2/10

    UNIVERSIDAD NACIONAL DE PILAR

    FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES

    Valores cone!os.

    Especies de justicia.

    "imbolos representaciones artisticas.

    La e#uidad: etimologia$ desarrollo %istorico definicion

    &unciones de la e#uidad.La e#uidad en el derec%o paraguao.

    Desarrollo de contenido.

    Los valores como categora especial del reino de los objetos ideales:

    Los valores pertenecen al reino de los objetos ideales, expresan el sentido espiritual,

    siempre admiten la clasificacin de buenos o malos, bellos o feos, justos e injustos, tiles

    o intiles.

    Los valores son cualidades ideales, inespaciales e intemporales que captamos

    mediante una intuicin especial no sensible, denominado estimacin, es as la belleza de

    un cuadro, la justicia de una ley que no forman parte del ser de esos objetos; son

    cualidades ideales que ellos tienen referidos a ideas de valor.

    Los valores son a priori (toda idea o juicio que la inteliencia formula sin el concurso

    de la experiencia !istrica" y objetivos. Los valores no est#n en el objeto sino fuera de $l.

    %or ejemplo el cuadro es bello, la belleza es independiente y puede desaparecer del

    cuadro, por !aberla $ste perdido, sin embaro dic!o valor continuar# existiendo.

    Los valores de accin.

    &l valor al referirse a las cosas, se lo denominan bienes. 'l referirse a los actos

    !umanos se !abla de conducta, valiosa o no.

    Los valores $ticos o de conducta se imputan a las acciones como a las personas que

    la ejecutan. &l valor positivo se interpreta como un deber ser; el valor neativo como alo

    que no debe ser.

    Los valores jurdicos: definicin caracterstica.

    Los valores jurdicos son aquellos que los !ombres deben realizar en la sociedad,mediante normas cuyo cumplimiento puede exiirse coercitivamente. La valoracin

    jurdica representa valores sociales o de comunidad. odos los valores jurdicos presentan

    la nota de alteridad (alterna" o bilateralidad (oblia a ambas partes" como caracterstica,

    condicin necesaria para que un valor cualquiera de conducta pueda ser considerado un

    valor jurdico.

  • 7/25/2019 LECCION_IV_PARA_PLATAFORMA_DE_INTRODUCCCION.doc

    3/10

    UNIVERSIDAD NACIONAL DE PILAR

    FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES

    "u enumeracin jerar#ua.

    &n la actualidad los filsofos del )erec!o enumeran siete valores jurdicos*

    +. justicia

    . orden

    -. seuridad

    . paz

    /. poder

    0. cooperacin

    1. solidaridad

    La justicia: etimologa acepciones.

    Etimologa* el vocablo justicia tiene el mismo orien de jus. &n la $poca inicial de la vida

    jurdica romana los conceptos de jus y justicia se confundan.

    'cepciones:

    a) En sentido corriente* justicia sinifica exactitud o conformidad de una accin o cosa

    por otra. &j* aquel traje !a sido confeccionado justo a la medida.

    b" En sentido t(cnico* el t$rmino se aplica a las relaciones entre, la ley como principio

    reulador de las acciones sociales que tiene una funcin especfica cual es la de se2alar

    un lmite y una armnica proporcin. %or ej* el 3.3. en su 'rt. 1-1.4 La compraventa tiene

    por objeto la transferencia de la propiedad de una cosa, u otro derec!o patrimonial, por un

    precio en dinero que debe paar el comprador. 'rt. -. &l deudor ser# responsable por

    los da2os y perjuicios que su morosidad ocasionare al acreedor en el cumplimiento de la

    obliacin.

    El sentimiento de justicia

    Las relaciones !umanas caen bajo el sentimiento y la idea de justicia.

    &l sentimiento de justicia consiste en la percepcin emocional (intuicin" de un valor

    absoluto que reclama un tratamiento iual para situaciones iuales, ante las interferenciasintersubjetivas de conductas. &l sentimiento de justicia contiene dos elementos* el emotivo

    y la calificacin valorativa.

    &l sentimiento de lo justo nace espont#neamente en la conciencia del pueblo.

  • 7/25/2019 LECCION_IV_PARA_PLATAFORMA_DE_INTRODUCCCION.doc

    4/10

    UNIVERSIDAD NACIONAL DE PILAR

    FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES

    &s el poder autnomo que tiene el !ombre cualquiera sea su cultura para distinuir lo

    lcito de lo ilcito.%or ej* nos indinamos cuando son tratados iualmente el !onrado y el

    ladrn.

    La idea de justicia: acepcin amplia restringida.

    )esde la anti5edad la justicia !a sido considerada como el valor jurdico supremo.

    6lpiano enunciaba que la 7usticia es la voluntad perpetua y constante de dar a cada uno

    lo suyo

    &s voluntad porque se refleja en la conducta de cada uno;

    &s perpetua desde el punto de vista de la intencin recta del sujeto

    &s constante porque se debe preservar en ella.

    En conclusin* La justicia consiste en dar a cada uno lo suyo, lo que le pertenece por

    derec!o. %or ej* as deben darse las cosas a su due2o, los impuestos al estado, la pena al

    delincuente.

    Elementos lgicos de la justicia.

    +" 'lteridad o bilateridad* consiste en la simult#nea consideracin de diversos sujetos,

    colocados idealmente en el mismo plano. 8adie puede actuar justa e injustamente

    consio mismo, sino siempre en relacin con otros.

    " )aridad o igualdad* la justicia es un criterio de medida, no se deben establecer

    diferencias de proteccin jurdica para relaciones !umanas id$nticas, a las mismas

    situaciones de !ec!o, deben corresponder id$nticas resoluciones de )erec!o.

    -" *ecriprocidad o correlacin* el obrar de cada uno, slo es considerado cuando

    interfiere el obrar de otro. ' la exiencia corresponde la obliacin, al se2oro la

    subordinacin.

    " Contracambio o compensacin* constituye un medio de comunicacin o interferencia

    entre sujeto y sujeto donde predomina la valoracin de cada acto.

    /" *emuneracin* exiencia de que cada sujeto se reconocido por los otros en lo que

    vale y retribudo con lo que le corresponde.

  • 7/25/2019 LECCION_IV_PARA_PLATAFORMA_DE_INTRODUCCCION.doc

    5/10

    UNIVERSIDAD NACIONAL DE PILAR

    FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES

    Valores cone!os.

    La justicia es el valor supremo, sin perjuicio de que existan otros valores que creen

    las condiciones en que ella debe actuar.

    - El orden* consiste en la oranizacin de la sociedad para que pueda cumplir sus

    fines, es un elemento necesario para el desarrollo armnico de las actividades sociales.

    - La seguridad* consiste en un conjunto de medidas indispensables para que el orden

    jurdico sea estable y duradero.

    - El bien com+n* consiste en el bienestar y perfeccionamiento de la sociedad, en

    donde los intereses de la colectividad se antepone a los individuales.

    Especies de justicia.

    &l principio de justicia como idea y sentimiento, consiste siempre en dar a cada

    uno lo suyo. 9i alo es debido a la colectividad entera la justicia que lo establece es

    eneral, si lo debido concierne a los individuos, la justicia que lo rie es particular.

    La justicia particular se divide en*

    +" 7usticia distributiva

    " 7usticia iualadora, correctiva o sinalam#tica

    "mbolos representaciones artsticas.

    &xisten diversos smbolos y representaciones artsticas de la justicia. &l prof. )el

    :ec!io recuerda los smbolos num$ricos con los que oriinariamente se se2al la esencia

    de justicia, el nmero caracterizado por su particular divisibilidad y los nmeros -, , / y

  • 7/25/2019 LECCION_IV_PARA_PLATAFORMA_DE_INTRODUCCCION.doc

    6/10

    UNIVERSIDAD NACIONAL DE PILAR

    FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES

    )e la misma idea de una nivelacin de dos partes contrapuestas, es el smbolo

    m#s comn La balanza.

    Las escuelas neopitaricas emplearon como smbolo la letra &, tal vez por su

    semejanza a una balanza, se le are como atributo caracterstico de la justicia laespada, el cual no es solamente smbolo de potencia en manos de la justicia, sino

    tambi$n de precisin.

    ' la justicia se la representa como una viren, smbolo de incorruptibilidad y

    ausencia de toda pasin. &n mitoloa riea fiuran como diosas de la justicia a emis y

    su !ija 'strea.

    La e#uidad: etimologa$ desarrollo %istorico definicin.

    Literalmente equidad sinifica iualdad, se oriina en la antiuedad cl#sica*a" En grecia* epiqueya era el nombre de la =nstitucin, para 'ristteles la equidad

    consista en la moderacin de la ley escrita por circunstancias relativas a las personas y

    cosas, al tiempo y luar. La justicia es eneral, no se preocupa m#s que de los principios,

    la equidad contrariamente se interesa por las circunstancias particulares del caso.

  • 7/25/2019 LECCION_IV_PARA_PLATAFORMA_DE_INTRODUCCCION.doc

    7/10

    UNIVERSIDAD NACIONAL DE PILAR

    FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES

    b" En roma* aequitas era el nombre de la institucin. 8uestor vocablo equidad deriva del

    mismo, el cual es sinnimo de justicia y prudencia, dentro y fuera del derec!o, sin la

    equidad no existe derec!o romano.

    ,efinicin* la equidad es un criterio de justica que se aplica para moderar el rior leal yadaptar las normas enerales a los casos particulares y concretos. 9e funda en un

    sentimiento justo y bueno.

    &unciones de la e#uidad.

    a" &uncin correctora* consiste en la adaptacin de una norma eneral a las

    circunstancias particulares del caso. 3uando la aplicacin literal de la norma conduzca a

    resultados contrarios al fin de la ley, corresponde a la equidad rectificarla. )e acuerdo con

    nuestro )erec!o %ositivo viente* !l 3ue4 debe siempre resolver seg5n la ley. unca le

    es permitido ju4gar del valor intrnseco o de la equidad de la ley'rt. *6 -.%.-.

    b" &uncin supletiva* si una cuestin civil no puede resolverse, ni por las palabras ni por

    el espritu de la ley, se atender# a los principios de leyes an#loas; y si an la cuestin

    fuere dudosa, se resolver# por los principios enerales del derec!o, tomando en

    consideracin las circunstancias del caso. )e acuerdo con nuestro )erec!o %ositivo

    viente* Los jueces no pueden dejar de ju4gar en caso de silencio, obscuridad o

    insuficiencia de leyes.'rt. 78 -.-.

    c" &uncin interpretativa* la equidad sirve para la interpretacin judicial de las normas

    jurdicas, que consiste en desentra2ar el sinificado y alcance, la misma evita las

    consecuencias injustas que pueden derivar de la aplicacin de los textos leales cuandos

    estos contrarien la razn de la ley.

    La e#uidad en el derec%o paraguao.

    a" Constitucin Nacional.&l %residente de la >epblica tiene la atribucin constitucional de conmutar penas

    y conceder indultos 3.8. ('rt. - inc. +?" que expresa taxativamente*

    'rtculo - 4 )e los deberes y atribuciones del %residente de la >epblica

  • 7/25/2019 LECCION_IV_PARA_PLATAFORMA_DE_INTRODUCCCION.doc

    8/10

    UNIVERSIDAD NACIONAL DE PILAR

    FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES

    9on deberes y atribuciones de quien ejerce la )residencia de la *ep+blica*

    =ndultar o conmutar las penas impuestas por los jueces y tribunales de la >epblica, de

    conformidad con la ley, y con informe de la 3orte 9uprema de 7usticia; LE- /01230 45E

    *E6L'7EN8' EL '*89C5LO /0$ N57E*'L ; ,E L' CON"8I85CION N'CION'L

    "O

  • 7/25/2019 LECCION_IV_PARA_PLATAFORMA_DE_INTRODUCCCION.doc

    9/10

    UNIVERSIDAD NACIONAL DE PILAR

    FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES

    Libros *ecursos de ampliacin:

    2ntroduccin al "erec#o %araguayo por el %rofesor "octor 3uan 3. 9oler. :adrid

    *61. !dic. -ultura e4, !d. 'suncin

    *+.

    2ntroduccin al !studio del "erec#o por el %rofesor "octor $?li %aiva. !d.

    'suncin. *)*.

    %rof. 'rturo @rga4A 2ntroduccin !nciclop?dica al "erec#o y a las -iencias

    9ociales, B !dic. -rdoba &Rep. 'rgentina/ *6.

    %rofesoresA !nrique R. 'ftalin, $ernando =arca @lano y 3os? VillanovaA

    2ntroduccin al "erec#o +B !dicin. La Ley >s. 's. *7C.

    %rofesor Dagner =oldsc#idtA 2ntroduccin filosfica al "erec#o &La teora tralista

    del mundo jurdico y sus #ori4ontes/ 1B !d. "esalma >s. 's. *C.

    %rofesor =eorgio del Vicc#ioA $ilosofa del "erec#o 6B !d. -orregida y revisada

    por el profesor Lus Legas y Lacambra. >arcelona *1C.

    %rofesor =eorgio del Vicc#ioA La justicia, traduccin de $rancisco %. Lapla4a. !d.

    "esalma >s. 's. *6(.

    %rofesor Lus Recasens $ic#esA !studio de $ilosofa del "erec#o B !d. :?ico.

    %rofesor !nrique :artne4 %a4. 9istema de $ilosofa del "erec#o B !d. >s. 's.*1).

    %rofesor -laude "e %asquaerA 2ntroduccin a la Eeora =eneral del "erec#o y la

    $ilosofa 3urdica, Eraduccin del franc?s por 3uan >autista de Lavadile catedrtico titular

    de 2ntroduccin al "erec#o y "erec#o -omparado en el Fniversidad :ayor de 9an

    :arcos &Lima/ y 3ulio 'yasta =on4le4 miembro correspondiente del 2nstituto 'rgentino

    de $ilosofa 3urdica y social. !d. Lima &%er5/ *11.

    %rofesor 3ulin >onnecaseA 2ntroduccin al !studio del "erec#o, Eraduccin de la

    B !d. $rancesa por el Lic. 3os? :. -ajipal %uebla &:?ico/.

    %rofesor !duardo =arca :anesA 2ntroduccin al !studio del "erec#o. !d. :?ico

    ".$. *11.

    %rofesor Lus Leya4 y LacambraA 2ntroduccin a las -iencias del "erec#o !d.

    >arcelona *1.

  • 7/25/2019 LECCION_IV_PARA_PLATAFORMA_DE_INTRODUCCCION.doc

    10/10

    UNIVERSIDAD NACIONAL DE PILAR

    FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES

    6losario

    =deal* ()el lat. ideGlis".adj.%erteneciente o relativo a la idea. EE/.Fue no existe sino en

    el pensamiento.

    &spiritual* ()el lat. spirituGlis". adj. %erteneciente o relativo al espritu.

    : alores* /.>econocer, estimar o apreciar el valor o m$rito de aluien o alo.

    =ntuicin* ()el lat. mediev. intuitHo, 0Inis". f. Bacultad de comprender las cosas

    instant#neamente, sin necesidad de razonamiento. EE/.>esultado de intuir. EE

    3 oercitivamente* ()el lat. coercHtum, supino de coercJre, contener". adj. Fue sirve para

    forzar la voluntad o la conducta de aluien. EE/.>epresivo, in!ibitorio.

    7 usticia* ()el lat. iustitHa". f. 6na de las cuatro virtudes cardinales, que inclina a dar a cada

    uno lo que le corresponde o pertenece. EE/.)erec!o, razn, equidad. EE.3onjunto detodas las virtudes, por el que es bueno quien las tiene. EE =.'quello que debe !acerse

    sen derec!o o razn. %ido justicia.

    & quidad* ()el lat. aequHtas, 0Gtis". f. =ualdad de #nimo. EE /. Dondadosa templanza

    !abitual. %ropensin a dejarse uiar, o a fallar, por el sentimiento del deber o de la

    conciencia, m#s bien que por las prescripciones riurosas de la justicia o por el texto

    terminante de la ley. EE.7usticia natural, por oposicin a la letra de la ley positiva.