La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

64
La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria Del Proceso Penal Venezolano Desde La Criminalística

Transcript of La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

Page 1: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

  

La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria Del Proceso Penal Venezolano

Desde La Criminalística

Page 2: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

  

UNIVERSIDAD DE CARABOBO

FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS

POSTGRADO DE ESPECIALIZACION EN CRIMINALISTICA

NAGUANAGUA- EDO. CARABOBO

La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria Del Proceso Penal Venezolano

Desde La Criminalística

AUTOR: JOSÉ ARNALDO ESCALONA MEJIA

BARBULA, ABRIL DE 2016

Page 3: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

  

UNIVERSIDAD DE CARABOBO

FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS

POSTGRADO DE ESPECIALIZACION EN CRIMINALISTICA

NAGUANAGUA- EDO. CARABOBO

La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria Del Proceso Penal Venezolano

Desde La Criminalística

Trabajo Especial de Grado para optar al Título de Especialista en Criminalística

AUTOR: JOSE A.ESCALONA MEJIA

C.I.; V-20.162.704

TUTORA: MARIA A. PINTO G.

C.I: V- 18.252.865

BARBULA, ABRIL DE 2016

Page 4: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

  

UNIVERSIDAD DE CARABOBO FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS

POSTGRADO DE ESPECIALIZACION EN CRIMINALISTICA NAGUANAGUA- EDO. CARABOBO

APROBACIÓN DEL TUTOR

Quien suscribe Esp. MARIA DE LOS ANGELES PINTO GIL, titular de la

cedula de identidad No. V- 18.252.865, en mi carácter de Tutora del Trabajo de

Especialización en Criminalística, titulado: “LA RECONSTRUCCIÓN DE LOS

HECHOS EN LA FASE PREPARATORIA DEL PROCESO PENAL

VENEZOLANO DESDE LA CRIMINALÍSTICA”, presentado por el Abogado,

JOSE ARNALDO ESCALONA MEJIA, titular de la cedula de identidad No. V-

20.162.704, para optar al título de Especialista en Criminalística de la Facultad de

Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad de Carabobo. Considero que dicho

trabajo reúne los requisitos y meritos suficientes para ser sometido a la presentación

pública y evaluación por parte del Jurado examinador que se designe.

En Barbula , abril de 2016

__________________

Tutora: MARIA DE LOS ANGELES PINTO GIL

Esp. Derecho Penal

C.i: V- 18.252.865

Page 5: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

  

INFORME DE ACTIVIDADES

Participante: Abog. JOSE ARNALDO ESCALONA MEJIA, titular de la cedula de identidad No. V- 20.162.704 Tutor: Esp. MARIA DE LOS ANGELES PINTO GIL. Cédula de identidad No. V-

18.252.865

Título del Trabajo: “LA RECONSTRUCCIÓN DE LOS HECHOS EN LA FASE PREPARATORIA DEL PROCESO PENAL VENEZOLANO DESDE LA CRIMINALÍSTICA”

Declaramos que las especificaciones anteriores representan el proceso de dirección, orientación y revisión del trabajo de Grado de Especialidad arriba mencionado. Esp. Maria Pinto Gil Abog. Jose A. Escalona Mejia Tutor Participante C.I. V-20.162.704

Sesión Fecha Hora ASUNTO TRATADO Observación 1 07/10/

14 5.00 a 7.00 p.m

Selección del Tema. Título tentativo.

Seleccionado el Tema y el Título

2 15/11/14

6.00 a 8.00 p.m

Revisión del Capítulo I: Objeto de estudio. Se ahondó en el área problemática.

Revisión

3 04/01/15

4.00 a 5.00 p.m

Se revisaron los Objetivos de la Investigación: General y Específicos y la Justificación.

Revisión y Corrección

4 10/03/15

5.00 a 7.00 p.m

Capítulo II: Las Bases Teóricas, legales de la investigación. Términos.

Revisión y Corrección.

5 15/04/15

4.00 a 6.00 p.m.

Capítulo III: Metodología utilizada. Se revisó el instrumento.

Se cumplieron con las observaciones

6 11/05/15

5.00 a 7.00 p.m

Capítulo IV, Análisis e interpretación de los resultados.

Revisión y Corrección

7 15/06/15

4.00 a 6.00 p.m

Capítulo V. Se procedió con la revisión del Capítulo V del análisis del objeto de estudio

Revisión

8 27/07/15

4.00 a 7.00 p.m

Se analizó la información de resultados para emitir conclusiones.

Revisión y Corrección

Page 6: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

  

ÍNDICE GENERAL

Pág.

RESUMEN……………………………………………………………………ii

ABSTRACT…………………………………………………………………..iii

INTRODUCCIÓN……………………………………………………………06

CAPITULO I: EL PROBLEMA

Planteamiento del Problema.…………………………..……………………..07

Formulación del Problema………………………..………………………….09

Objetivos de la Investigación…………………………………..…………….10

Objetivo General…………………………………….……………………….10

Objetivo Especifico……………………………………………………….….10

Justificación……………………………………………………………..……10

CAPITULO II: MARCO TEORICO

Antecedentes de la Investigación…………………………………………..…12

Bases Teóricas……………………………………………………….……….14

Bases Legales…………………………………………………………..……..25

Definición de Términos Básicos………………………………………..…….28

CAPITULO III: MARCO METODOLOGICO

Tipo de Investigación………………………………………………………...31

Diseño de la Investigación…………………………………………………...32

Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos…………………………..33

Técnicas de Recolección de Datos……………………………………...........33

Instrumentos de Recolección de Datos………………………………………34

Page 7: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

  

Validez de los Instrumentos………………………………………………….35

Aspectos Administrativos…………………………………………………....35

CAPITULO IV: RESULTADOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Analisis e Interpretación de Resultados…………………………………………......37

Conclusiones………………………………………………………………………...49

Recomendaciones…………………………………………………………………...50

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS……………………………………….51

ANEXOS……………………………………………………………………..54

Page 8: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

  

UNIVERSIDAD DE CARABOBO FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS

POSTGRADO DE ESPECIALIZACION EN CRIMINALISTICA NAGUANAGUA- EDO. CARABOBO

LA RECONSTRUCCIÓN DE LOS HECHOS EN LA FASE PREPARATORIA

DEL PROCESO PENAL VENEZOLANO DESDE LA CRIMINALÍSTICA

Autor: Abg. José Escalona Tutora: María A. Pinto Gil. Fecha: 10/03/2015

RESUMEN

La reconstrucción de los hechos es la reproducción en el sitio del suceso a través de los diferentes actores del proceso desde el punto de vista probatorio, de cuyas declaración, peritaje y experticia se arrojaran las herramientas necesarias para establecer la certeza de la defensa o la fiscalía sobre sus fundamentos del caso llevado ante el juez penal. Pero esta diligencia investigativa en la práctica es poco utilizada de manera rutinaria durante la fase preparatoria como en la fase de juicio durante el proceso penal perseguido contra un imputado como herramienta de investigación de cuyos resultados se obtendrá la certeza de las pruebas. La práctica de tal diligencia, tiene como causas del poco uso, el desconocimiento técnico que existe sobre los participantes y expertos o resultados de dictámenes periciales que serán los confrontados con la práctica de dicha diligencia; de allí el objetivo principal del presente trabajo de investigación a los fines de complementar la información técnica teniendo como norte la criminalística como una ciencia multidisciplinaria, en virtud de utilizar las diferentes ciencias conexas, disciplinas científicas y ciencias forenses de cuyo conocimiento documental, se aporta de manera significativa el conocimiento técnico necesario para entender la importancia de la solicitud de práctica de la reconstrucción de los hechos y poder así brindar al proceso penal y sus partes la información esencial con el objetivo de brindar aun mas herramientas de investigación a las ya utilizadas de manera rutinaria durante la fase de investigación o la fase de juicio que absuelven o condenen a un ciudadano, logrando así el resarcimiento al daño causado al ordenamiento jurídico penal venezolano. Palabras Clave: Reconstrucción, Hechos, Diligencia, criminalística, investigación. Línea de Investigación: Derecho y Criminalística Sub-Categoría: Derecho Procesal Penal

Page 9: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

  

UNIVERSIDAD DE CARABOBO

FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS POSTGRADO DE ESPECIALIZACION EN CRIMINALISTICA

NAGUANAGUA- EDO. CARABOBO

THE RECONSTRUCTION OF THE FACTS IN THE PREPARATORY PHASE OF VENEZUELAN CRIMINAL PROCEDURE FROM THE

CRIMINALISTIC

Author: Abg. José Escalona Tutora: María A. Pinto Gil. Fecha: 10/03/2015

ABSTRACT

The reconstruction of the facts, is the reproduction on the site of the event through the different actors in the process from the point of evidence, whose declaration, examination and expertise necessary tools are thrown to establish the certainty of the defense or the prosecution on the merits of the case brought before the criminal court. But this investigative diligence in practice is rarely used routinely during the preparatory phase and the trial phase during the criminal proceedings pursued against an accused as a research tool of certainty the results of the tests will be obtained. The practice of such diligence, is of little use causes, technical ignorance about the participants and experts or expert opinions that results will be confronted with the practice of that proceeding; the main objective of this research in order to supplement the technical information having as criminalistics as a multidisciplinary science, under use different related sciences, scientific and forensic science disciplines whose documentary knowledge, provides background significantly the technical knowledge required to understand the importance of the application practice of the reconstruction of the facts so we can provide the criminal process and parts essential information in order to provide even more research tools to those already used so routine during the investigation or the trial phase that absolve or condemn a citizen, achieving redress the damage caused to the Venezuelan criminal law.. Key Words: Reconstruction, facts, diligence, criminalistic, research. Research Line: Law and Criminalistic Subcategory: Criminal Procedural Law

Page 10: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

6  

INTRODUCCIÓN

La utilización de la criminalística como ciencia multidisciplinaria se hace en la

era actual de modernidad y tecnología, una herramienta esencial en la génesis de la

investigación de los hechos delictivos, a los fines de realizar un estudio

pormenorizado de los elementos actuantes en el sitio del suceso, para poder

determinar evidencias que relacionen al autor con el delito cometido y lograr su

individualización. Su importancia estriba a los fines de establecer los tipos de

experticias que arrojen resultados primordiales en la investigación penal, cuyo tema

es objeto de estudio en el presente trabajo sobre la inspección de reconstrucción de

los hechos solicitada mediante una diligencia investigativa al órgano investigador,

como lo es el Ministerio Publico durante la fase preparatoria o fase de juicio. Durante

el presente trabajo de investigación documental se buscara establecer la relación a

través de la inspección de reconstrucción de hechos con la utilización de la

criminalística con la finalidad de obtener la fundamentación necesaria, para solicitar

dicha diligencia investigativa con el objetivo de determinar cuáles son las disciplinas

científicas idóneas para lograr aportar al proceso de búsqueda de la verdad, las

herramientas necesarias para una sentencia libre de vicios y apegada a los principios

de la justicia en el proceso penal venezolano.

Page 11: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

7  

CAPITULO I

EL PROBLEMA

Planteamiento del Problema

La investigación científica como base fundamental de todo conocimiento objetivo

y sustentado en pruebas de hechos acontecidos en un tiempo en específico, es

utilizada en distintas ramas de la vida del ser humano, ya sea para la superación de su

intelecto, su supervivencia o nuevas formas de facilitar la existencia en el planeta

tierra, debido a que se toma en cuenta, un resultado que ha sido probado, que según

el objetivo perseguido arrojara aquello que se busca ante un problema que resultara

en su solución. De igual manera a los fines de garantizar su subsistencia en armonía,

para su desarrollo integral, es importante investigar el comportamiento social, sobre

todo aquel que afecte su desarrollo humano e intelectual producto de una acción

violenta o delictiva, produciendo una alteración en el orden social establecido por las

leyes que rigen un país en concreto. Todos estos actos delictivos, transgresores de la

vida en sociedad son investigados desde el punto de vista científico, ya sean sus

causas, como lo hace la criminología o sus efectos materiales al perpetrarse un hecho,

siendo este último objeto de estudio de la criminalística, ambas ciencias que

resuelven el por que?, para que?, como? Cuando? y donde? del delito, de allí la

importancia de que los científicos de cuerpos encargados de investigaciones de

carácter penal y criminalístico sean los profesionales más idóneos, al momento de

evaluar cada caso con sus características particulares. Cada hecho delictivo

acontecido arroja un resultado que puede afectar el patrimonio o la vida de una

persona, teniendo como el mas grave, la comisión del delito de homicidio que sería la

terminación por medios violentos de una vida. Tal hecho condenado radicalmente por

la sociedad y penado por ley , es objeto de investigación a través de una serie de

experticias y pruebas que deben ser practicadas por un equipo investigador de

Page 12: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

8  

carácter científico para complementar la investigación y sustanciar de manera

correcta, la imputación por parte del Fiscal del Ministerio Publico. Todo resultado

sobre evidencias recolectadas en el sitio del suceso, depende única y exclusivamente

de una investigación complementada por las distintas ciencias auxiliares que

conforma la criminalística.

La criminalística como ciencia multidisciplinaria y práctica, es aporte

fundamental a la investigación realizada por los cuerpos de policía científica

debidamente facultados por el Ministerio Publico como rector del proceso penal

venezolano, decididos de manera irrestricta e irrenunciable a recabar a través del

análisis de evidencias físicas, la verdad del ¿cómo? sucedieron los hechos y la

determinación sin duda alguna del autor de tales hechos penados por el Código Penal

Venezolano vigente.

El Ministerio Publico fundamenta su imputación con el acervo probatorio derivado

de las diferentes pruebas documentales y periciales aportadas por su propia labor

investigativa y por las obtenidas por el Cuerpo de Investigaciones Penales y

Criminalísticas. Siendo las pruebas idóneas las practicadas sobre evidencias físicas y

los testimonios obtenidos de la declaración de la víctima, testigos presenciales y

referenciales, estos últimos siendo aquellos que gozarían de mayor riesgo de ser

manipulados, a través del dinero o la coacción a los fines de enturbiar una

investigación y encubrir al posible autor del delito investigado.

Los testigos y sus declaraciones plasmadas en las actas de investigación penal,

pueden ser objeto del principio de contradicción de la prueba, una vez hayan sido

admitidas y evacuadas en juicio, para que tanto el Defensor como el Fiscal, logren a

través de técnicas de interrogación, comprobar la veracidad de los hechos o lo

contrario demostrar su falsedad. Pero la oportunidad de interrogatorio en la fase de

juicio durante el tiempo de un proceso penal, no es la única manera de establecer la

veracidad de los hechos a través de las declaraciones obtenidas por testimonios, sino

que surge una diligencia investigativa, poco utilizada por las partes intervinientes en

Page 13: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

9  

el proceso penal, como es el análisis y reconstrucción de los hechos como la

actividad que tiene como objetivo, recabar información del sitio del suceso mediante

la fijación, para posteriormente, dar un resultado escrito y gráfico que genera una

visión lo mas próxima a lo posiblemente ocurrido, siendo esta diligencia definida por

el Doctrinario Erick Pérez Sarmiento (2011)como:“una inspección en el sitio del

suceso, con incorporación de testigos, imputados, victimas y expertos, con la

finalidad de hacer una reproducción o dramatización de los actos ejecutados durante

la perpetración de los hechos objeto de la investigación, de la forma más fidedigna

posible”. (p. 148)

Dentro de este orden de ideas, es importante señalar que esta diligencia

investigativa de reconstrucción de hechos es poco utilizada dentro de la fase

preparatoria del proceso penal en virtud de su desconocimiento practico y de que

pruebas o mecanismos son necesarios para su realización, razón por la cual es

importante determinar los aportes de la ciencia multidisciplinaria de la criminalística

a la reconstrucción de hechos, como fin de esclarecer el metodo de práctica de esta

diligencia. Su objetivo es de aportar desde el punto de vista cientifico los resultados

arrojados por la ciencias auxiliares de la criminalística y aportar el conocimiento

necesario para ser valorada en la práctica como método de obtención de prueba en

aquellos casos cuyas declaraciones y experticias no se basten por si solas, para

cumplir con el objetivo establecido como principio fundamental en la Constitución de

la República Bolivariana de Venezuela como lo es un estado de derecho y de justicia.

Formulación del Problema

-Determinar la relación entre la criminalística en la práctica de la reconstrucción de

los hechos en la fase de investigación del proceso penal venezolano.

Page 14: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

10  

Objetivos De La Investigación

Objetivo General

-Develar los elementos esenciales de la reconstrucción de los hechos en la fase

preparatoria del proceso penal venezolano desde la criminalística.

Objetivos Específicos

-. Conocer la importancia de la aplicación de la Criminalística, en la fase preparatoria

en el proceso penal venezolano.

-. Definir la reconstrucción de los hechos, como medio de apreciación de pruebas

dentro del proceso penal venezolano.

-.Establecer la relación entre la criminalística y la reconstrucción de los hechos como

aportes a la investigación durante la fase preparatoria del proceso penal venezolano.

Justificación

La práctica de diferentes experticias y pruebas para la obtención de resultados de

orientación y de certeza de carácter científico, son esenciales para la determinación de

la verdad de los hechos, objeto de una investigación instruida por el Ministerio

Publico como rector de la investigación penal. Dentro de este cumulo de herramientas

científicas a los fines del complemento de la fase de investigación penal, es

importante destacar la poca utilización de uno de los medios para la apreciación de

los resultados practicados por expertos en ciencias forenses, como lo es la práctica de

Page 15: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

11  

la inspección de reconstrucción de los hechos, definida por Gustavo Peláez Vargas

(2001) como : “la reproducción más o menos completa de los hechos constitutivos del

delito, tal como se desprende de las declaraciones del imputado, de la víctima, del

testigo y del perito y su importancia ha sido destacada por ser una reproducción

artificial e imitativa de los hechos que resulta doblemente probatoria,”. (p.64).

Siendo esta inspección una herramienta al servicio de los operadores de justicia,

resulta de relevante interés como se desvanece de la investigación penal el uso de este

método de apreciación de pruebas, vinculado estrechamente a la criminalística como

ciencia multidisciplinaria, por aportar las herramientas necesarias para la

reproducción de los hechos a través de pruebas de planimetría, inspección ocular,

fijación fotográfica y colección de evidencias físicas, entre otras, esenciales para

representación practica del hecho delictivo acontecido.

Es de relevante importancia conocer y abordar desde el punto de vista práctico, la

realización y promoción de la reconstrucción de los hechos, así como también su

contraste con las pruebas obtenidas por medio de la criminalística como método de

obtención de resultados científicos de certeza y orientación. Con la finalidad de

definir a través de la presente tesis de índole explicativo, las herramientas aportadas

por parte de la criminalística para la práctica de la reconstrucción de los hechos y dar

a conocer su importancia como inspección dependiente del conocimiento cientifico

de las ciencias forenses, cuyos métodos y conocimientos auxiliares basados en las

pruebas obtenidas previamente por expertos en ciencias forenses servirán de manera

primordial a la práctica de la reconstrucción de los hechos y así facilitar a la

investigación penal, la información necesaria para la obtención del objetivo

primordial de la justicia, como lo es, el esclarecimiento de los hechos y la obtención

de la verdad.

Page 16: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

12  

CAPITULO II

MARCO TEORICO

Antecedentes de la Investigación

Se realizó el análisis de diversas fuentes bibliográficas, monográficas y

electrónicas referente a la criminalística como herramienta auxiliar a la inspección de

reconstrucción de los hechos, desde la perspectiva del derecho penal y la

criminalística de campo , pudiéndose concluir en cuanto al rol practico del

investigador técnico científico, en la práctica de la investigación criminal y

experticias en el sitio del suceso, lo cual se hace significativo mencionar el estudio

realizado en 2007 presentado en la Universidad José Antonio Páez de tesis especial

de grado, titulado “LA CRIMINALÍSTICA COMO CIENCIA

MULTIDISCIPLINARIA Y AUXILIAR DEL DERECHO PENAL Y SU

RELACION CON LOS CASOS DE HOMICIDIO EN EL ESTADO CARABOBO”,

por Hernández M. Yoel, como requisito para optar el título de Abogado, quien

considera con relación a la importancia de la criminalística como: “ Se concluyó que

la criminalística es vista como ciencia fáctica, aplicativa del método científico al

mismo momento en que se cubre la observación, recaudación de información,

aprehensión de personas, recolección de muestras y evidencias en el lugar de los

hechos” ( p. 88)

Dicho estudio monográfico tiene como objetivo, ofrecer un acercamiento a los

temas que centran la atención de investigadores del área técnico científico para

detectar la existencia, de la relación practica en la ocurrencia de un hecho delictivo y

su método de investigación.

De igual manera, en el ámbito internacional se destaca el estudio realizado en

2009 presentado ante la Universidad de el Salvador de tesis especial de grado,

titulado “LA IMPORTANCIA DE LA CORRECTA RECONSTRUCCIÓN DE LOS

Page 17: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

13  

HECHOS EN RELACIÓN A LA ADECUADA INVESTIGACIÓN CRIMINAL

POR PARTE DE LAS INSTITUCIONES ENCARGADAS DE LA MISMA, EN EL

DELITO DE HOMICIDIO EN EL SALVADOR, EN EL PERIODO

COMPRENDIDO ENTRE EL AÑO 2007 AL 2008”. Realizado Por Alfaro M, Rosa,

Franco B. Yasmin, Vasquez R. Jacqueline, como requisito para optar al titulo de

Licenciados en Ciencias Juridicas, establecen de manera directa la existencia esencial

entra la criminalística y sus métodos de investigación con la realización directa de la

reconstrucción de los hechos, sobre lo cual consideran:

“La diligencia referida, ha podido ser, el medio más idóneo para el

descubrimiento de la Verdad Real, pero se frustra este objetivo debido al

poco interés o acomodamiento de los juzgadores, al no ordenarla de forma

oficiosa en la etapa de Instrucción, cuando se supone que son ellos los

interesados en tener una apreciación clara de los hechos, dado que sobre

sus hombros recae la decisión de la existencia del delito y la participación

del imputado o imputados en el mismo”. (p. 345)

Finalmente en el trabajo de investigación prenombrado, se presentan las

consideraciones de índole técnico científico, que van a hacer de vital importancia al

momento de realizar dicha diligencia investigativa. Siendo estos aspectos los

siguientes:

“Si no existe una adecuada investigación criminal, al momento de

realizarse la Diligencia de Reconstrucción de los Hechos, ésta misma

carecerá de valor probatorio, lo cual generaría la frustración de la

Reconstrucción de los Hechos en los delitos de homicidio, responde a uno

de los fines principales del Proceso Penal, siendo este, el determinar con la

mayor precisión posible, la forma en que ocurrieron los hechos que se

están enjuiciando, y así llegar al descubrimiento de la Verdad Real.” (p.

346).

Page 18: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

14  

Ambas investigaciones de ámbito nacional e internacional ayudan en la

comprensión de los procesos prácticos y teóricos sobre la criminalística en referencia

a sus herramientas científicas de investigación, en el sitio del suceso y la práctica de

la poco utilizada diligencia de investigación conocida como reconstrucción de los

hechos, con la finalidad de dar referencia a la sustanciación de índole comparativo y

conceptual del presente trabajo de investigación.

Bases Teóricas

Reconstrucción De Los Hechos

Según Vargas (2001), La reconstrucción de los hechos la definido “como la

reproducción más o menos completa de los hechos constitutivos del delito, tal como

se desprende de las declaraciones de imputado, testigos y perito” y su importancia ha

sido destacada diciendo que “Esa reproducción artificial e imitativa de los hechos

resulta doblemente probatoria, en cuanto se sirve de confrontación y por cuanto

consiente comprobaciones más precisas, si no nuevas” (p.64) .

En relación a los requisitos que establecen los mismos para cualquier inspección,

y como factor principal su necesidad, en virtud de los elementos probatorios que se

hayan consignado en el proceso, sera ordenada de oficio o a petición de parte; en este

último caso se requiere que el peticionario indique con claridad la finalidad

perseguida, a fin de que el funcionario califique su pertenencia.

Page 19: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

15  

Su Objeto radica en la similitud a la diligencia de inspección, en este caso en la

referente a la reconstrucción de los hechos, de lo cual Vargas (2001) semana “se debe

comprobar el estado de las personas, lugares, rastros y otros efectos materiales que

fueren de utilidad para la averiguación de la conducta desplegada o la

individualización de los autores o participes en el sitio del suceso”. (p.72), Así es

procedente no solamente en lo referente al hecho mismo y los partícipes

involucrados, sino todo cuanto pueda ofrecer luz a la investigación como lo es la

fijación de la distancia a través de la planimetría, audibilidad del ambiente y

visibilidad de los testigos, comprobación de evidencias y rastros, Entre otros.

De esta manera, las circunstancias necesarias para asegurar la mayor fidelidad en

la reproducción imitativa del hecho, debe ajustarse a la circunstancias probables del

lugar, tiempo y modo en que consta que aconteció, es decir, identificado el lugar,

debe realizarse dicha reconstrucción a la hora, de día o de noche y como debe estar

necesariamente facultado el perito para practicar dicha inspección,así como también

la necesaria presencia del imputado, testigos y demás personas consideradas

convenientes. La comparecencia de testigos no es para un nuevo interrogatorio, sino

con la finalidad de que ubicados en los lugares correspondientes, puedan apreciar el

funcionario si les fue posible percibir en realidad lo que declararon en actas; mas si

sus declaraciones son claras no ha lugar a nuevo interrogatorio, pues de lo contrario

resultaría inútil y peligrosa la repetición que se puede crear confusión; ya que lo que

se pretende es que si existen puntos oscuros, sea aprovechada la oportunidad para

hacer claridad sobre ellos.

Esta importantísima y poco requerida diligencia, debe ser realizada personalmente

por el funcionario competente y designado por el juez para su práctica, ya que los

funcionarios actuantes de órganos policiales no pueden actuar de oficio, sin existir

una designación directa del juez por requerir esta diligencia del concurso de una

Page 20: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

16  

capacidad técnica alta y prudencia del mismo. Ha de actuar con sumo cuidado al

decretarla y abstenerse de hacerlo cuando pueda con ella ofender el pudor u otras

consideraciones de moral y respeto a la dignidad humana de los involucrados.

En su realización habrá de ponerse todo empeño en verificar la hipótesis o las

hipótesis que se plantean en el proceso. Para ello, cada una de las versiones será

sometida a la experimentación, a tratar de verificar su viabilidad, para lo cual se

tomaran todos los pormenores que se presenten como conducentes a la demostración,

y a medida que vayan corriendo los hechos, deberá indicar el funcionario, la

viabilidad que en su concepto tiene cada hipótesis, explicando, naturalmente las

razones en que se funda; Esto es por cuanto se trata precisamente de una diligencia de

inspección, en donde los sentidos sirven de medio de percepción de la prueba. De

tales explicaciones dependerá en gran parte el valor que pueda otorgarle al juez que

este en conocimiento de la investigación en la fase preparatoria.

La Reconstrucción de los hechos en Venezuela

La reconstrucción de los hechos ha sido definida, según los doctrinarios

Venezolanos cómo la reproducción artificial del delito de alguna fase o circunstancias

de importancia del mismo realizada por orden del juez a su presencia y la de las

partes, o una persona elegida por el o por el procesado, a fin de darse cuenta de la

verosimilitud o inverosimilitud de algunos extremos narrados por los testigos o el

imputado o simplemente conjeturados. Por su parte Erick P. Sarmiento (2012),

reconoce que:

La reconstrucción de los hechos es una inspección en el sitio del suceso con

la incorporación de testigos, imputados, víctimas y expertos con la finalidad

de hacer una reproducción o dramatización de los actos ejecutados durante

Page 21: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

17  

la perpetración de los hechos objeto de la investigación, de la forma más

real posible (p. 148)

La diligencia de reconstrucción de los hechos no es contemplada en el código

orgánico procesal penal, pero si en el código de procedimiento civil, que en su

artículo 503, regula esta prueba solicitada ante el ministerio público durante la fase

preparatoria.

La reconstrucción de los hechos como tal no es más que la reproducción

ilustrativa, descriptiva, testimonial y perceptiva de las conductas presumiblemente

delictuosas perpetradas en determinadas circunstancias.

Sobre la misma se ha dicho que es dada su naturaleza y objetivos no están

dirigidos a ser un medio de prueba autónomo sino un procedimiento o mecanismo

para la valoración efectiva de otros medios como son los testimonios y experticias y

que se debe tener presente el principio de inmediación como pilar fundamental del

debido proceso por lo que la eficacia de este medio dependerá de la observación de

dicho principio pues es el juez de la valoración de la prueba, quien en principio debe

presenciar la reconstrucción salvo caso excepcional de la prueba anticipada.

Por otra parte, debe resaltarse que la naturaleza de la reconstrucción de los hechos

puede considerarse como ilustrativa conforme a la jurisprudencia lo cual resulta

lógico por cuanto es en la etapa del juicio oral y público donde podrá ser apreciada

por el juez , siempre y cuando la misma este acompañada y sea adminiculada con

otros medios probatorios es decir, la reconstrucción de los hechos por sí sola no

puede tenerse como una prueba autónoma e independiente, ya que requiere de otras

pruebas que la sustenten para que pueda ser valorada debidamente por el juzgador.

De igual manera, la jurisprudencia se ha mostrado contraria a acordar dicha

diligencia como prueba anticipada con fundamento en el artículo 289 del copp, dado

el carácter excepcional de la norma, a la cual deben darse estrictamente los supuestos

que hagan previsible el impedimento a una dificultad para su realización en la etapa

Page 22: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

18  

de juicio, evitando con ello que se convierta en una práctica frecuente que lesione el

principio de inmediación de la prueba que rige nuestro proceso penal acusatorio.

Otros jueces, en cambio, han considerado que siempre que se cumpla los

supuestos del artículo 289 del COPP, es posible la evacuación de esta prueba en

forma anticipada, o preferiblemente durante el juicio, aún cuando no descarta que la

reconstrucción del hecho se pueda efectuar mediante una diligencia ordenada por el

ministerio público. Al respecto el Tribunal Supremo de Justicia de la República

Bolivariana de Venezuela, a sentado criterio jurisprudencial con respecto a este tema

en Sentencia Nº 447 de la Sala de Casación Penal, Expediente Nº A08-100 de fecha

11/08/2008, en los términos siguientes:

Por tanto puede tener lugar en la fase preparatoria, con fundamento en lo

dispuesto en el artículo 202 del código orgánico procesal penal, como

diligencia de investigación ordenada y dirigida por el ministerio público, la

cual puede ser ejecutada por los órganos de investigación o por el fiscal del

ministerio público encargado de la investigación para lo cual el ministerio

público puede hacer comparecer a funcionarios, testigos, víctimas, expertos

y hasta los imputados con su respectivo defensor, siempre y cuando el

imputado se encuentre privado de libertad, pues en ese caso hay que atender

el principio previsto en el artículo 250 del código orgánico procesal penal

referido a que el imputado privado de libertad sólo declarará ante el juez.

La otra forma de realización de esta diligencia u actuación de investigación,

es mediante el procedimiento de la prueba anticipada, cuando se cumplan

los requisitos de procedencia de esta, establecidos en el artículo 307 del

código orgánico procesal penal.

También en la fase de juicio puede ser realizada la reconstrucción de los

hechos, cuando las partes lo soliciten o de oficio, ante las dudas que surgen

Page 23: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

19  

en el debate de la forma o manera en que los hechos ocurrieron o cuando se

aleguen hechos nuevos que requieren su demostración con la actuación en el

sitio del suceso, todo a tenor de lo dispuesto en el artículo 359 del código

orgánico procesal penal.

Otro aspecto relevante que se debe tomar en cuenta en la Reconstrucción de

los Hechos, es la promoción y ejecución de los actos que la conforman, pues

debe tenerse en cuenta las garantías y derechos fundamentales de los

intervinientes, como la no obligación de declarar y reconocer culpabilidad

del imputado, previsto en el ordinal 5 del artículo 49 de la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela, el respeto a la dignidad humana de

todos los intervinientes, previsto en el artículo 46 de la misma Carta Magna,

el derecho de no someterse, sin su consentimiento el imputado a

experimentación técnica, el respeto al pudor, la paz ciudadana y la

convivencia social, entre otras garantías, como la inviolabilidad del

domicilio y los derechos especiales de los niños y adolescentes.

También hay que salvaguardar en todo momento, el derecho a la seguridad

personal de los intervinientes y, el derecho a la defensa del imputado, que se

vería cercenado si se hace una mera reconstrucción de los hechos, de

acuerdo con una sola versión que se haya dado de los mismos, pues de haber

versiones y opiniones diversas sobre los acontecimientos, deben quedar

plasmadas y representarse todas, para que el Juez en el momento de la

valoración, con aplicación de las reglas previstas en el artículo 22 del

Código Orgánico Procesal Penal, tome la decisión conforme a la verdad que

las pruebas reflejen.

Finalmente en lo referente a la conceptualización mas cercana a la práctica, se

establece que la diligencia de reconstrucción de los hechos, es la reproducción

ilustrativa, descriptiva, testimonial y perceptiva de los hechos, realizada con la

Page 24: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

20  

garantía del principio del contradictorio en conjunto con el principio de la

inmediación, razón por la cual para que pueda ser apreciada como prueba en juicio se

requiere que haya sido evacuada en presencia de un juezcon la participación de las

partes o de sus representantes.

Criminalística

Según Santaella (2008), la criminalística es una ciencia multidisciplinaria “porque

se vale de ciencias auxiliares, que contribuyen a la aplicación de métodos y técnicas

científicas”(p.89). cuyo fin es la ubicación, reconocimiento, identificación y

validación de evidencias, hallazgos, circunstancias e indicios que correspondan a

elementos de convicción sobre la presunción de un delito cometido, para la

identificación al victimario o sujeto activo del hecho, reconocer a la víctima o sujeto

pasivo y establecer una posible forma de participación en los hechos y los medios o

modos de perpetración del delito, entre otras informaciones relevantes dentro del

ámbito de la investigación penal.

La Criminalística nace después de la disputa académica surgida entre

profesionales del derecho con los hombres de la ciencia en Europa a mediados del

siglo XIX, cuando grupos de estos eminentes científicos trataban de acreditarse la

supremacía y preeminencia del estudio del hombre y su relacion con el delito o el

crimen. En aquella oportunidad Cesare Lombroso. Padre de la Antropología Criminal

y prestigioso médico psiquiatra y sus confraternos Enrico Ferri, abogado y sociólogo

célebre por su obra Sociología Criminal y Rafael Garofalo, Profesional del derecho y

autor de varias obras entre ellas un libro que trata sobre la criminología . Luchaban

por mantener posiciones y firmes criterios aduciendo que este estudio era propio de la

antropología criminal que luego paso a llamarse criminología.

Page 25: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

21  

El Objeto de Estudio de la Criminalística

La razón de ser y la esencia de la criminalística dentro del proceso penal

venezolano y por ende para la investigación penal y criminal reside taxativamente en

la identificación y la individualización, de la persona del autor o participes del hecho,

así como el objeto o de los objetos empleados para la perpetración del hecho,

comprometidos en la comisión de un delito de acción pública, que aunada al apoyo

irrefutable de las ciencias forenses contribuirán incontrovertiblemente con el

esclarecimiento del hecho y el descubrimiento de la verdad.

La normativa penal Venezolana contempla sin lugar a dudas, que existe una

relación directa de reciprocidad mutua entre el objeto de la ciencia criminalística y la

imputación a un individuo de un delito perpetrado por sus acciones, ya que se

sustentan en la identificación y la individualización como los factores precisos para

determinar al autor, autores y otros participes del hecho. Así mismo ocurrirá con el

medio o los medios empleados para la comisión del mismo hecho, que podrán

igualmente ser identificados e individualizados, tales como: arma, drogas, sustancias

orgánicas e inorgánicas, documentos, explosivos, y otras evidencias de carácter

físico, bien sea, genético, óseo, dental o digital entre otros.

Ciencias y Disciplinas que rigen la Criminalística

La criminalística debe contar irrestrictamente con el apoyo, soporte y auxilio de

otras ciencias básicas y sociales, de las disciplinas científicas y de las herramientas

técnicas que garanticen la transparencia de sus resultados y la objetividad de sus

enunciados para la correcta aplicación en el campo del derecho penal, las cuales son

las siguientes:

-Ciencias Conexas: Son aquellas herramientas e instrumentos que emplean las

ciencias básicas y sociales, para aplicar, formulas y procedimientos y explicar

razonadamente sus enunciados. Se debe tener en cuenta la utilización de fórmulas y

Page 26: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

22  

reactivos químicos con el uso correcto de los valores numéricos y exponer

dictámenes con la aplicación de la lógica, en este caso las matemáticas y la lógica son

herramientas para ser utilizadas a los fines de establecer características numéricas y

enunciado de valores científicos en ámbito de la criminalística al momento de

establecer un dictamen pericial. Estas disciplinas son las siguientes:

-La Matemática

-La Lógica

-La Física

-La Química

-La Biología

-Disciplinas Científicas: Son aquellas especialidades o áreas que se desprenden

de la ciencia criminalística que poseen una relativa independencia o autonomía

propia, que dependerá, por supuesto, de la naturaleza, propiedades y características de

las evidencias físicas sometidas a estudio. En concordancia con los conceptos básicos

de la criminalística como ciencia encaminada a esclarecer el hecho y a descubrir la

verdad, la cual tiene como objeto sustancial determinar el reconocimiento, la

identificación y la individualización de las personas y los objetos involucrados en la

perpetración del hecho punible a través de los resultados obtenidos en los dictamenes

periciales, y de los medios de prueba previamente procesados que es precisamente, la

razón de ser de la existencia de la ciencia criminalística en el proceso penal.

Por consiguiente las disciplinas científicas que circundan la ciencia criminalística,

deben estar facultadas para reconocer, identificar e individualizar a las personas y a

los objetos comprometidos en el hecho punible, de acuerdo ala naturaleza y

propiedades de las evidencias físicas y determinar así, la relación de reciprocidad

mutua preexistente y la secuencia lógica concordante y congruente entre. 1) El autor

Page 27: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

23  

del hecho 2) el medio empleado para la comisión 3) las circunstancias del hecho , y 4)

el delito perpetrado.

Por ejemplo el laboratorio de balística criminal está facultada para identificar e

individualizar “el arma de fuego comprometida en el hecho con el proyectil disparado

sometido a estudio”, mas no se encarga de identificar e individualizar al tirador. Por

tanto, existen otras especialidades científicas como la dactiloscopia, que procura

identificar e individualizar a una persona por medio de huellas o rastros dactilares. La

investigación criminal se encargara de establecer la relación existente entre las

huellas o rastros dactilares hallados en el arma de fuego con la persona comprometida

en el hecho punible y establecer la relación de reciprocidad correspondiente sumado a

otros medios de prueba que fortalezcan dicha relación, tales como: las actas de

entrevista, el reconocimiento del imputado, el protocolo de autopsia, la inspección del

sitio del suceso y del cadáver, el informe médicoforense, entre otros. Las disciplinas

científicas utilizadas como métodos rutinarios y no rutinarios de investigación, son

las siguientes:

- Balística Criminal

- Documentologia

-Lofoscopia

- Laboratorio de Microanálisis (Área: Biológica, Química y Física)

- Siniestros

- Avalúos

- Activaciones Especiales

- Soporte Técnico y Analisis Instrumental

- Planimetría y Retratos Hablados

- Fotografía y Videografia

Page 28: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

24  

- Inspecciones, Registros y Barridos

-Análisis y Reconstrucciones y otros

Ciencias Forenses

Las ciencias forenses, son especialidades multidisciplinarias que pueden ser de

carácter intelectual, técnica o científica, cuyos aportes contribuyen

incuestionablemente al cabal desenvolvimiento de la investigación científica en

proceso penal venezolano. Las ciencias mas importantes y utilizadas dependiendo del

caso a investigar, son las siguientes:

-La Genética

-La Informática

-La Auditoria

-La Antropología

-La Psiquiatría

-La Toxicología

-La Medicina

-La Psicología

-La Cibernetica-Robotica

-La Sociología y otras

Page 29: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

25  

Bases Legales

Como base fundamental y génesis del proceso penal, la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela, establece las garantías que se deben respetar al

iniciar una investigación que conlleve durante todo el proceso la participación de un

ciudadano Venezolano, lo cual refiere el artículo 49 en sus parágrafos iníciales lo

siguiente:

Articulo 49: El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones judiciales y

administrativas y, en consecuencia:

La defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables en todo estado y

grado de la investigación y del proceso. Toda persona tiene derecho a ser

notificada de los cargos por los cuales se le investiga, de acceder a las pruebas

y de disponer del tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa.

Serán nulas las pruebas obtenidas mediante violación del debido proceso.

Toda persona declarada culpable tiene derecho a recurrir al fallo, con las

excepciones establecidas en esta Constitución y la ley. Toda persona se

presume inocente mientras no se pruebe lo contrario.

El código orgánico procesal penal no establece de manera taxativa la razón del

legislador para la realización de la diligencia de reconstrucción de los hechos y su

procedimiento a seguir, pero su conceptualización ha sido plasmada en el código de

procedimiento civil, que en su artículo 503, explica la razón y forma de dicha

diligencia, en los términos siguientes:

Para comprobar que un hecho se ha producido un pudo haberse producido en

una forma determinada podrá también ordenarse la reconstrucción de ese

hecho, haciendo eventualmente ejecutar su reproducción fotográfica o

cinematográfica , el juez debe asistir al experimento y si lo consideras

Page 30: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

26  

necesario podrá encomendar la ejecución a uno o más expertos que designará

al efecto.

El Código Orgánico Procesal Penal Vigente desde el año 2012, no conceptualiza

de forma precisa la reconstrucción de los hechos, pero en su defecto si establece sus

bases jurídicas para solicitar dicha diligencia, basada en el principio de la libertad de

prueba, como lo refiere el siguiente artículo:

Articulo 182: Salvo previsión expresa en contrario de la ley, se podrán probar

todos los hechos y circunstancias de interés para la correcta solución del caso y

por cualquier medio de prueba, incorporado conforme a las disposiciones de

este Código y que no esté expresamente prohibido por la ley. Regirán, en

especial, las limitaciones de la ley relativas al estado civil de las personas”.

Un medio de prueba, para ser admitido, debe referirse, directa o

indirectamente, al objeto de la investigación y ser útil para el

descubrimiento de la verdad. Los tribunales podrán limitar los medios de

prueba ofrecidos para demostrar un hecho o una circunstancia, cuando haya

quedado suficientemente comprobado con las pruebas ya practicadas. El

tribunal puede prescindir de la prueba cuando ésta sea ofrecida para acreditar

un hecho notorio.

De igual manera, definiendo la reconstrucción de los hechos como una diligencia

investigativa, basada en una inspección en el sitio del suceso, es menester resaltar la

forma como el Código Orgánico Procesal Penal la enmarca, a lo cual se hace mención

del siguiente artículo:

Artículo 186. Mediante la inspección de la policía o del Ministerio Público,

se comprueba el estado de los lugares, cosas, los rastros y efectos

materiales que existan y sean de utilidad para la investigación del hecho, o

la individualización de los partícipes en el. De ello se levantará informe que

Page 31: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

27  

describirá detalladamente esos elementos y, cuando fuere posible, se recogerán

y conservarán los que sean útiles.

Si el hecho no dejó rastros, ni produjo efectos materiales, o si los mismos

desaparecieron o fueron alterados, se describirá el estado actual en que fueron

encontrados, procurando describir el anterior, el modo, tiempo y causa de su

desaparición o alteración, y la fuente de la cual se obtuvo ese conocimiento.

Del mismo modo se procederá cuando la persona buscada no se halle en el

lugar”.

Se solicitará para que presencie la inspección a quien habite o se encuentre en

el lugar donde se efectúa, o, cuando esté ausente, a su encargado o encargada,

y, a falta de éste o ésta a cualquier persona mayor de edad, prefiriendo a

familiares del primero o primera. Si la persona que presencia el acto es el

imputado o imputada y no está presente su defensor o defensora, se pedirá a

otra persona que asista. De todo lo actuado se le notificará a el o la Fiscal del

Ministerio Público.

Vale mencionar la referencia al modo y fondo del ¿porque? una inspección en el

sitio del suceso; estableciendo una relación directa sobre los conceptos referidos a la

reconstrucción de los hechos, basados en trasladar al sitio del suceso las diferentes

partes involucradas en el proceso penal y velar por que se cumpla con las garantías

del debido proceso, y el derecho a la defensa así como también por tener un criterio

estrictamente científico, del cual solo se tendrán como válidas y pertinentes aquellas

pruebas que tengan relacion directa con el hecho.

El imputado que considere pertinente como medio de defensa ante la imputación

fiscal la necesidad de la práctica de la reconstrucción de los hechos, tiene su

fundamento en el artículo siguiente:

Artículo 287: El imputado o imputada, las personas a quienes se les haya dado

intervención en el proceso y sus representantes, podrán solicitar a el o la Fiscal

Page 32: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

28  

práctica de diligencias para el esclarecimiento de los hechos. El Ministerio

Público las llevará a cabo si las considera pertinentes y útiles, debiendo dejar

constancia de su opinión contraria, a los efectos que ulteriormente

correspondan.

Su participación en los actos referentes a la investigación penal y el derecho que

asiste al imputado, su defensa, victimas y demás personas con cualidad de parte en la

causa, podrán asistir de manera legal a la reconstrucción de los hechos, como lo

establece el artículo siguiente:

Artículo 288. El Ministerio Público podrá permitir la asistencia del imputado o

imputada, la víctima y de sus representantes, a los actos que se deban practicar,

cuando su presencia fuere útil para el esclarecimiento de los hechos y no

perjudique el éxito de la investigación o impida una pronta y regular actuación”

Estos preceptos jurídicos prenombrados, fundan las bases dentro del ordenamiento

jurídico penal venezolano, a los fines de sentar los fundamentos útiles para proponer

ante los órganos de investigación penal, la diligencia de investigación de

reconstrucción de los hechos, teniendo como titular de tal acción al Ministerio

Publico y el poder judicial, el cual cumpliendo con su deber , deberá realizar la

reconstrucción de los hechos como medio de obtención y verificación de las pruebas

admitidas en el proceso penal, teniendo como norte la justicia y la verdad.

Definición de Términos Básicos

Autopsia: Procedimiento por medio del cual el especialista diseca un cadáver para

determinar, si fuere posible, la causa de muerte y, a veces, para aumentar el

conocimiento médico.

Page 33: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

29  

Bala: Conjuntos de elementos que forman las municiones para arma de fuego, sus

partes son: Proyectil, concha, pólvora y fulminante.

Balística Forense: La balística forense, como rama de la balística general y parte

fundamental de la criminalística, tiene como objetivo que en sus laboratorios se

lleven a cabo todos los procedimientos y estudios necesarios de los cartuchos, balas y

armas relacionadas con los homicidios suicidios, accidentes y lesiones personales.

Cadena de custodia: Herramienta utilizada que garantiza la seguridad, preservación

e integridad de los elementos probatorios colectados, recibidos y examinados que

aportan indicios y pruebas a la investigación penal, lo cuales están bajo la estricta

responsabilidad de los cuerpos de investigaciones penales y su guarda y almacenaje

deben corresponder con las normativas establecidas en el manual único de

procedimientos en materia de cadena de custodia de evidencias físicas bajo criterios

metodológicos científicos de registro y clasificación.

Criminalística: es un conjunto de técnicas y procedimientos de investigación cuyo

objetivo es el descubrimiento, explicación y prueba de delitos, asi como la

verificacion de sus autores y víctimas. La criminalística se vale de los conocimientos

científicos para reconstruir los hechos, la misma está compuesta por disciplinas

auxiliares las cuales se denominan ciencias forenses.

Croquis: es un dibujo que esboza una imagen o una idea, confeccionado a mano

alzada o copiado de un modelo, previo a la ejecución del dibujo definitivo o de

alguna obra de arte. Puede ser considerado un bosquejo inicial o un ejercicio de

observación y técnica previo a la realización de una obra. Generalmente, no suele ser

muy exacto y a veces sólo es legible para el autor.

Page 34: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

30  

Evidencia: Es la respuesta a los estudios y análisis realizados a indicios, es real, es

factico, se da, se da en la naturaleza y por lo tanto no se puede dudar de su origen o

resultado. Es observable, determinable y perceptible por los sentidos.

Fotografía Forense: Es una valiosa técnica de extensa aplicación Criminalística.

Debe cumplir con dos condiciones principales: exactitud y nitidez. Con el fin de

obtener los dos requisitos es necesario utilizar un material adecuado, tanto en lo que

se refiere a la totalidad del aparato fotográfico en sí, como al material fílmico, ya sea

en negativos y positivos.

Fijación Fotográfica: Consiste en fijar a través de una cámara fotográfica toda

evidencia que guarde relación con cualquier hecho punible, esto con la finalidad de

dejar constancia.

Homicidio: La palabra homicidio deriva de la expresión latina (Homicidium), que a

la vez se compone de dos elementos: homo y caedere. Homo que significa hombre y

caedere que significa matar. En esta forma, homicidio significa muerte de hombre

causada por otro hombre.

Patología Forense: Se define por el tipo de problemas con respecto a la muerte de

un ser humano al que se tiene que dar respuesta. Su campo de actuación de la

patología forense abarca: La patología de la violencia en todas sus formas, ya sea

mecánico-traumática o tóxica. La patología humana que produce muertes súbitas o

inesperadas. Cualquier muerte que suscite un procedimiento judicial.

Page 35: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

31  

CAPITULO III

MARCO METODOLOGICO

El capítulo III, sobre el marco metodológico, hace referencia al tipo y método

aplicado en la presente investigación. También se explica el procedimiento seguido

para procesar los datos obtenidos a través de los diferentes recursos bibliográficos,

electrónicos y audio visuales tomados de las referencias documentales emanadas de la

presente investigación, teniendo como base conceptual los estudios académicos,

doctrinarios y prácticos sobre la materia e igualmente se muestran las técnicas

utilizadas para el análisis.

Al respecto, sobre el presente capitulo, Tamayo y Tamayo (2003) define al marco

metodológico como “Un proceso que, mediante el método científico, procura obtener

información relevante para entender, verificar, corregir o aplicar el conocimiento”,

dicho conocimiento se adquiere para relacionarlo con las hipótesis presentadas ante

los problemas planteados”.(p.37)

Tipo de Investigación

La presente investigación es de carácter descriptivo, porque se encarga de explicar

la relación existente entre la reconstrucción de los hechos y la criminalística,

teniendo como base el establecimiento de las definiciones conceptuales que rigen a

cada área sometida al presente estudio. El presente tipo de investigación es definida

por Hernández, Fernández y Baptista (2003), de la siguiente manera:

Los estudios de carácter descriptivo miden, evalúan o recolectan datos sobre

diversos aspectos, dimensiones o componentes del fenómeno a investigar.

Desde el punto de vista científico, describir es recolectar datos. Esto es, en un

Page 36: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

32  

estudio descriptivo se selecciona una serie de cuestiones y se mide o recolecta

información sobre cada una de ellas, para así describir lo que se investiga.(P.

117).

Para Méndez (1999), la descripción: “permite reunir los resultados de la

observación y de las observaciones, si es el caso, en una exposición relacionada de

los rasgos del fenómeno que se estudia” (p. 51).

Diseño de la Investigación

La presente investigación se encuentra orientada hacia un tipo de investigación

documental. Al respecto, en el Manual para la elaboración de Trabajos de

Especialización, Trabajos de Grado de Maestrías y Tesis Doctorales de la

Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL, 2011), la define como: “Es

el estudio de problemas con el propósito de ampliar y profundizar el conocimiento de

su naturaleza con apoyo, principalmente en trabajos previos, información y datos

divulgados por medios impresos, audiovisuales o electrónicos” (P.20).

De igual manera se toma como referencia la definición sobre la cual se orienta la

base del tipo de investigación, es la referida por Arias (2006):

La investigación documental “es un proceso basado en la búsqueda,

recuperación, análisis, crítica e interpretación de datos secundarios, es decir,

los obtenidos y registrados por los otros investigadores en fuentes

documentales: impresas, audiovisuales o electrónicas. Como en toda

investigación, el propósito de este diseño es el aporte de nuevos

conocimientos. (p 48)

Con respecto a los datos manejados, la investigación se desarrollara con enfoque

documental y bibliográfico, documental porque la información se obtuvo de

Page 37: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

33  

documentos, tales como trabajos de investigación, publicaciones en revistas, fuentes

electrónicas y fuentes bibliográficas, a través de diferentes obras de carácter

doctrinario en el área de la criminalística, derecho penal y derecho procesal penal

como fuente de conocimiento científico.

Instrumentos y Técnicas de Recolección de Datos

Para el desarrollo de la presente investigación fueron requeridos datos que

permitieron estudiar el comportamiento de las variables involucradas, en este sentido,

Tamayo, M. y Tamayo (2003), definen la recolección de datos como:

La etapa del proceso de investigación que sucede en forma inmediata al

planteamiento del problema. Es decir, cuando se obtienen los elementos que

determinan lo que se va a investigar, seguidamente se pasa al campo en

estudio para proceder a efectuar la recopilación o recolección de datos. (p.

281).

Durante la recolección de datos se requiere de la aplicación de técnicas e

instrumentos que faciliten la obtención de los mismos, a continuación se definen las

estrategias a utilizar en la presente investigación.

Técnicas de Recolección de Datos

Las técnicas de recolección de datos son definidas por Pérez (2002) como: "El

procedimiento, instrumento o herramienta que utiliza el investigador para registrar y

organizar posteriormente la información". (p. 67). Entre las técnicas más utilizadas

para este fin, se tienen las señaladas por Brito (1999) “se pueden nombrar: encuestas,

entrevistas, observación, análisis de contenido y análisis de documento". (p.50).

Page 38: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

34  

Con el fin de alcanzar los conocimientos necesarios que permitirán alcanzar el

objetivo del estudio darán respuesta al estudio se empleará la técnica documental

para la recolección u obtención de información y datos. Ésta tiene por objeto elaborar

un marco teórico conceptual para formar un cuerpo de ideas sobre el objeto de

estudio, a través de las fuentes primarias de información tales como libros, revistas,

monografías, tesis, entre otras, así como de las fuentes secundarias como

enciclopedias, manuales y otros. Con el uso de ésta técnica se sentarán las bases

teóricas y legales fundamentales para lograr el manejo del tema con propiedad.

De igual manera se requiere de un análisis profundo de las fuentes documentales

se utilizarán las técnicas denominadas observación documental, presentación

resumida, resumen analítico y análisis crítico .La primera de ellas será el punto de

inicio ya que permite realizar una lectura general de los textos de fuentes bibliografías

y electrónicas, dando el enfoque necesario para el inicio de la investigación.

Instrumentos de Recolección de Datos

Los instrumentos de recolección de datos son definidos por Sabino (2003)

como:“cualquier recurso del que se vale el investigador para acercarse a los

fenómenos y extraer de ellos información”. (p. 143).

La aplicación de las técnicas adecuadas conduce a la necesidad de guardar en un

medio material la información, para su posterior procesamiento, los cuales son

representados a través de los siguientes instrumentos:

Revisión Documental: Para el levantamiento de información se empleó la

revisión documental, como punto de partida en el análisis de las fuentes

documentales, mediante una lectura general de los textos; se inició la búsqueda

Page 39: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

35  

y observación de los hechos presentes en los materiales escritos consultados

que son de interés para esta investigación (Balestrini, 1998).

Algunas de las técnicas operacionales para el manejo de las fuentes documentales,

que se emplearán, a fin de introducir los procedimientos y protocolos instrumentales

de la investigación documental en el manejo de los datos ubicados en éstas,

requeridos en la presente investigación, son: de subrayado, fichaje, bibliográficas, de

citas y notas de referencias bibliográficas

Validez de los instrumentos

Los instrumentos utilizados para la medición deben ser los correctos. Con esto se

quiere decir que deben indicar lo que interesa medir con facilidad y eficiencia, tal

como lo indica Namakforoosh (2002), para ello es necesario que dichos instrumentos

consideren tres características principales que son: Validez, el grado en que la prueba

mide lo que en realidad se quiere medir; Confiabilidad: la exactitud y precisión de

los procedimientos de medición; y la Factibilidad, se refiere a los factores que

determinan la posibilidad de realización. Es por tanto que mientras los instrumentos

mantengan en consideración dichas características serán válidos para la realización de

la investigación

Aspectos Administrativos

Al momento el presente proyecto de investigación se utilizaron como herramientas

y recursos para la revisión documental, una serie de elementos que garantizan la

fiabilidad de un estudio con el carácter metodológico, necesario a los fines de dar

respuestas a las variables existentes y los objetivos a perseguir, los cuales son

especificados de la siguiente forma:

Page 40: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

36  

Recursos Humanos:

Persona responsable del proyecto

Tutor Académico

Tutor Metodológico

Recursos Institucionales:

Universidad de Carabobo

Biblioteca de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas

Recursos Materiales y Financieros

RECURSO CANTIDAD VALOR

Conexión de Internet 150 Bs x mes No calculado

Dispositivo USB 1 300 Bs

Papel/ tinta 1 Resmas/8 Cartuchos 6.000 Bs

Bolígrafo/Lápices/Etc. 1 caja c/u 250 Bs

Encuadernado/Empastado 4 c/u No calculado

Impresión 5 bs x Hoja No calculado

Inversión en Libros y leyes .6 y 8 5200 Bs

Gastos de Transporte 70 Bs x viaje No calculado

TOTAL Bs 21500

Page 41: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

37  

CAPITULO IV

RESULTADOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Análisis e Interpretación de Resultados

Al inicio del presente trabajo documental titulado: “LA RECONSTRUCCION DE

LOS HECHOS EN LA FASE PREPARATORIA DEL PROCESO PENAL

VENEZOLANO”. Se enfocan aspectos importantes, para brindar los fundamentos

teóricos y prácticos necesarios, al momento de hacer la solicitud de esta diligencia

ante el órgano jurisdiccional competente. Se plantean una serie de interrogantes a

través de objetivos específicos formulados en el capítulo I, con la finalidad de brindar

una respuesta a nuestro planteamiento del problema, es por lo cual este trabajo se

orienta de manera directa a brindar soluciones teóricas a la argumentación probatoria

de la reconstrucción de los hechos y facilitar las herramientas comúnmente aceptadas

en la práctica de la misma durante la fase preparatoria en el proceso penal

venezolano.

A continuación se presentan de manera organizada y relacionada con los objetivos

que dieron motivo para la presente investigación, los resultados, arrojados del análisis

de fuentes documentales consultadas, mediante una lectura general de los textos

relacionados con la materia objeto del presente trabajo.

Importancia de la aplicación de la Criminalística en la fase preparatoria en el

proceso penal venezolano

La razón de ser y la esencia de la ciencia criminalística dentro del proceso penal

venezolano, teniendo como enfoque la fase preparatoria o de investigación, reside en

Page 42: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

38  

la identificación y la individualización, de la persona o personas autores y participes

del hecho investigado, asi como el objeto o de los objetos como medios empleados

para la perpetración del hecho punible de acción pública, que aunada al apoyo

irrefutable de las ciencias forenses contribuirán de forma absoluta con el

esclarecimiento del hecho y el descubrimiento de la verdad.

El ordenamiento jurídico Venezolano, en la actualidad y su proceso penal bajo la

tutela del sistema acusatorio, se basa en la participación directa y personal por parte

del Ministerio Publico manifestándole a través de un acto de imputación formal a la

persona investigada, que a través de una serie de elementos de convicción, actas

procesales y medios de prueba se presume su participación en la comisión de un

hecho punible, en cuyo caso, conforme al derecho a la defensa, su abogado de

confianza se encargara de refutar y atacar aquellas pruebas que incriminen su

defendido y aportar aquellas que determine sean útiles y necesarias para la

exculpación del mismo. Entonces, podemos relacionar de manera directa y sin lugar

a dudas, la importancia que existe entre la ciencia criminalística y la imputación

realizada por el Fiscal, los cuales se sustentan en la identificación y la

individualización, como aspectos exactos para determinación sin lugar a dudas de los

partícipes del acto investigado.

De igual manera se logra a través de la aplicación de la criminalística, la

identificación de los medios utilizados, tales como: armas, drogas, sustancias

orgánicas e inorgánicas, documentos, explosivos y otras evidencias físicas, tales

como, genéticas, ósea, dental, digital, entre otras.

Así mismo, la importancia de la criminalística es el papel que va a desempeñar, en

los resultados de la administración de justicia, como lo son el mismo hecho de

impartir una sentencia justa y legal, que haga responsabilizar a un culpable y exculpe

a un inocente. El Ministerio Publico, como parte de buena fe, durante el ejercicio de

su acción penal, debe mantener extrema vigilancia, de los resultados de las

experticias realizadas por su órgano de investigación auxiliar, por excelencia el

Page 43: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

39  

Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas, ya que estos elementos

recabados durante la investigación, serán los utilizados para establecer la verdad de

los hechos y realizar una correcta imputación sobre el autor suficientemente probado

del hecho punible.

Dentro de este mismo orden de ideas, a modo de concreción de la importancia de la

criminalística, su razón de ser, dentro del proceso penal, reside precisamente en la

identificación e individualización a través del estudio de todos los medios que se

dispongan, para hacer posible que la verdad procesal este muy próxima a la verdad

verdadera. Así, se entiende como el objeto de la ciencia criminalística, es descubrir la

verdad. Para lograr este propósito vital, es necesario cumplir con una serie de

procedimientos metodológicos y utilización del método científico, cuidadosamente

tratados desde el mismo inicio de conocerse la perpetración de un hecho punible,

hasta la apreciación de las pruebas por el tribunal.

La reconstrucción de los hechos como medio de apreciación de pruebas dentro

del proceso penal venezolano.

La reconstrucción de los hechos como actividad probatoria, se puede definir según

Del Giudice (2014) como:

La práctica de un procedimiento o de una diligencia que consiste en

reproducir o repetir dramáticamente los hechos mediante la declaración

de cada uno de sus participantes, con la finalidad de describir, como

ocurrieron los hechos realmente y, reconducirlo al descubrimiento de la

verdad.

En el presente trabajo de investigación, se acepta esta definición con la finalidad

de brindar una conceptualización racional de la reconstrucción de los hechos,

Page 44: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

40  

conforme a la práctica en la investigación criminal. Sin embargo es de vital

importancia, resaltar que no existe norma que regule esta diligencia, pero según lo

contenido en el COPP, se expresa lo siguiente:

Articulo 186: Si el hecho no dejo rastros, ni produjo efectos materiales,

o si los mismos desaparecieron o fueron alterados, se describirá el

estado actual en que fueron encontrados, procurando describir el

anterior, el modo, tiempo y causa de su desaparición o alteración, y la

fuente de la cual se obtuvo ese conocimiento.

Del artículo anterior, no se establece de manera directa y organizada la definición

de la reconstrucción de los hechos, aunque si se puede inferir los parámetros para su

práctica. Esta práctica no ha sido motivo de interés por parte del legislador

venezolano, al momento de desarrollar su forma de realización así como su finalidad

directa en el proceso penal venezolano.

Esta actividad probatoria innominada con respecto a su solicitante por excelencia,

como lo es, el Ministerio Publico como ente titular de la acción penal, podrá ordenar

la reconstrucción del hecho durante la fase preparatoria del proceso a través de la

práctica de un informe técnico solicitado ante el área de análisis y reconstrucción del

hecho; Pero esta actividad probatoria, dirigida por el Ministerio Publico, se presta a

que solo sea utilizada para al beneficio de su teoría del caso, comprobando la

dirección de la investigación y estableciendo nuevos elementos de convicción que

serán promovidos en su escrito acusatorio.

La defensa, tanto pública como privada, como afirmación del principio de

presunción de inocencia, no permiten de manera automática, la participación del

imputado, por considerarlo violatorio a su condición y a sus garantías que lo amparan

durante todo el proceso; salvo que la misma defensa, la convenga, por considerarla

como un medio para la demostración de la inocencia del imputado o para la solicitud

de un beneficio procesal.

Page 45: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

41  

De igual manera, ante la evidente falta de fundamentación de la reconstrucción de

los hechos, el legislador y sus asesores, no han concretado la unificación de un

criterio de cómo debe ser concebida esta práctica a nivel procesal, de lo cual se

pueden extraer de manera superficial, al menos los participante en el acto, de los

cuales dependerá la dirección de la misma, así como su percepción en favor o en

contra de la absolución del imputado.

Sujetos Activos y Pasivos que participan en la reconstrucción total del hecho

Según la práctica comúnmente aceptada por el órgano rector de la reconstrucción

de los hechos, como actividad probatoria, se entienden que participaran todos los

actores que participan en el proceso penal. Los cuales son los siguientes:

1. El tribunal, su secretaria o secretario y asistente.

2. La Victima o víctimas y su representante legal (Ministerio Publico, querellantes o

acusadores privados).

3. El imputado (s) o acusados(s) y su representante legal (defensores públicos o

privados)

4. Los Testigos presenciales, referenciales y de excepción relacionados en el hecho.

5. Los expertos o peritos, criminalisticos y forenses del Cuerpo de Investigaciones

Científicas Penales y Criminalísticas, del Ministerio Publico, o de la Guardia

Nacional u otros órganos de investigación penal.

6. Los investigadores del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y

Criminalísticas.

7. Los funcionarios de otros órganos de investigación penal, distintos al CICPC.

8. El dibujante planimetrico encargado de la realización del plano.

9. El fotógrafo o quien practicara la videografía.

Page 46: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

42  

Procedimiento de Aplicación de la Reconstrucción del Hecho

Los sujetos tanto activos como pasivos, deben ser protagonistas de este acto, los

cuales proporcionaran cada una de sus exposiciones por separado. Por consiguiente,

estas personas tendrán la obligación de mantenerse aisladas y no deben tener

comunicación, bajo ninguna circunstancia entre sí. En aquellos casos que durante la

reconstrucción, se necesitara aclarar una declaración con base criminalística o forense

suministrada por la victima, el imputado o un testigo, se solicitara la presencia de

expertos o peritos que practicaron la experticia o la inspección correspondiente y,

conjuntamente con el informe se determinara, si la exposición se ajusta o no a la

verdad de los hechos.

Los consultores técnicos pueden sugerir preguntas a través de las partes que los

requirieron; puesto que estos, no pueden hacer preguntas directas a los intervinientes,

porque solo se deben a su función asesora y no protagónica en el acto. Cualquier

actor del proceso puede hacer las preguntas que a bien tenga en sus dudas a los fines

de respaldar o atacar a la parte contraria brindando lo necesario para aportar

elementos de convicción según el interés con el cual se invoquen.

Todo el procedimiento debe estar debidamente registrado en acta, fotografiado o

videograbado y acompañado con las experticias respectivas, útiles y necesarias para

su realización. Finalmente, se levanta un acta que será suscrita por todos los sujetos

activos y pasivos que participan en dicha reconstrucción.

Relación entre la criminalística y la reconstrucción de los hechos como aportes a

la investigación durante la fase preparatoria del proceso penal venezolano.

La reconstrucción de los hechos, solo tiene sentido cuando se reproducen de

manera casi teatral, la verdad de los hechos, tal y como ocurrieron según sus

protagonistas. Aportando su versión, cada actor, según el papel que desempeñó

Page 47: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

43  

durante la obra. Pero esta reproducción del hecho, será solo posible cuando sean

aportadas las herramientas necesarias para poner en marcha el mismo hecho, con

tanto sujeto como objeto participante en el mismo.

De lo anterior, se precisa el enfoque el presente punto a resaltar las herramientas

más importantes, aportadas por la criminalística, como ciencia multidisciplinaria,

cuya finalidad es facilitar a través de los instrumentos técnicos, conocimientos

científicos y protocolos de aplicación, la verdad de los hechos como ocurrieron,

explicando desde el punto de vista práctico, desde el sitio del suceso, cuáles fueron

los métodos utilizados por los sujetos participante en el hecho para perpetrar el hecho

delictivo, cuya finalidad será aportar los suficientes elementos de convicción para

determinar el papel del victimario en la perpetración de su delito.

Las evidencias físicas y medios de prueba que respaldan el acto de reconstrucción

del hecho, deben estar debidamente procesadas y admitidas en el proceso penal. Los

medios de prueba que lo respaldan serán todos aquellos aportes de la ciencia

criminalística y ciencias forenses que brinden las suficientes herramientas para

reproducir el hecho en su imagen real. Los más resaltantes según el presente trabajo

de investigación para la práctica de la reconstrucción de los hechos son: las actas de

investigación, las actas policiales, los informes de los consultores técnicos, las

experticias y dictámenes periciales, siendo estos últimos, la columna vertebral de

este acto, los cuales siendo el objetivo del presente trabajo de investigación,

establecer su relación con la reconstrucción de los hechos, resaltamos como los más

importantes, los siguientes:

1-Protocolo de Autopsia Médico Forense

Es parte primordial de las herramientas necesarias para iniciar la reconstrucción

gráfica y visual de los hechos, por ser complemento a la trayectoria balística para

determinar conforme a criterio del experto, la ubicación del cadáver, la influencia

ambiental, las heridas y de existir impactos de balas por arma de fuego, determinar la

entrada y salida del proyectil. Su finalidad es establecer, la ubicación, modo y forma

Page 48: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

44  

del cadáver, para que al momento de iniciar la reproducción de los hechos, exista

certeza de su ubicación como objeto dentro del lugar en su totalidad de espacio.

2-Acta de la inspección técnica del sitio del suceso

La inspección del sitio del suceso se materializa a través de la elaboración del Acta

de inspección técnica del sitio del sitio del suceso, tal como lo contempla el Código

Orgánico Procesal Penal en su artículo 116, segundo párrafo, donde señala que: “…

se levantara informe que describirá detalladamente esos elementos y , cuando fuere

posible, se recogerán y se conservaran los que sean útiles..”. El acta de inspección del

sitio del suceso es un medio de prueba de primer orden que debe estar inserta en la

causa por la importancia que de este informe se desprende. Esta acta de inspección

debe tener necesariamente las fijaciones fotográficas pertinentes, de carácter general,

particular y detallada cuya utilidad sea determinante para sustentar la acusación del

Ministerio Publico y la defensa del imputado.

Para realizar la inspección correspondiente, el experto encargado de practicar esta

actividad probatoria o uno de sus asistentes debe obligatoriamente elaborar un croquis

del lugar señalando en el grafico la distribución geográfica y espacial del lugar, la

entrada para acceder a la escena del crimen, las referencias de ubicación de la víctima

(en caso de homicidio) y de las evidencias físicas y otras notaciones de interés para la

inspección.

3-Inspección técnica practicada al cadáver

Es un medio de prueba que se desprende del área de inspecciones técnicas. La

inspección técnica practicada al cadáver es una actividad probatoria de primer orden

que debe ser practicada por los funcionarios de los órganos de investigación penal

competente y debe estar obligatoriamente inserta en la causa. La inspección técnica

practicada al cadáver esta conjugada simultáneamente con las disposiciones

Page 49: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

45  

establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal, en sus artículos 186 y 200, este

último referido al levantamiento e identificación del cadáver, señalando en su primer

párrafo lo siguiente:

Artículo 200: En caso de muerte violenta o cuando existan fundadas

sospechas de que la muerte es consecuencia de la perpetración de un

hecho punible, antes de proceder a la inhumación del occiso o occisa, la

policía de investigaciones penales auxiliada por el médico o la médica

forense, realizara la inspección corporal preliminar, la descripción de la

posición y ubicación del cuerpo; evaluara el carácter de las heridas y hara

los reconocimientos que sean pertinentes, además de las diligencias que

le ordene el ministerio público.

Su importancia radica en la necesidad vital de procurar la identificación del occiso

o a través de cualquier medio posible. La materialización de este medio de prueba se

realiza a través del acta de inspección técnica practicada al cuerpo. De igual manera

debe tener anexadas las fijaciones fotográficas correspondientes de carácter general y

particular las características de la víctima, donde debe dejarse constancia de la

existencia del cuerpo del occiso y las lesiones halladas en su cuerpo, la cual tendrá

como finalidad las informaciones pertinentes que requieren los actores protagonistas

del proceso que servirán de utilidad para sustentar los argumentos de la acusación

por parte del Ministerio Publico y la defensa del imputado.

4-Experticia Balística

La balística es una disciplina científica que se desprende de la ciencia

criminalística encargada de determinar la identificación e individualización del medio

empleado para la comisión de un hecho punible, siendo por definición conceptual, las

armas de proyección balística, que son instrumentos de proyección mecánica,

automática o semiautomática capaces de expulsar un proyectil al aire mediante una

Page 50: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

46  

fuerza propulsora, las cuales pueden ser: de fuego, neumáticas, de otros fluidos,

incluyendo a las futuras armas de proyección luminosa, electrónica entre otras.

La finalidad de esta experticia, es el establecimiento de las circunstancias del

hecho a través de la relación existente entre el autor del disparo, el arma de fuego y la

victima. Según el manual se contempla el área de balística en dos fases, de la cual la

fase I, en el trabajo de campo se desprende los medios de prueba referidos al informe

de la trayectoria balística, la reconstrucción balística y análisis criminalistico. En la

fase II correspondiente a el laboratorio donde se procesan experimentalmente: La

experticia de reconocimiento e identificación de las evidencias de naturaleza balística,

la experticia de comparación balística, la experticia de reactivación de seriales

limados, alterados o borrados y finalmente, el informe de rastreo o seguimiento

balístico.

5-Levantamiento Planimetrico:

El levantamiento planimetrico, es un medio de apoyo y sustento probatorio para la

investigación criminalística, para cual es entendido como un método de fijación

gráfica, que se practica en el área de análisis y reconstrucción de hechos junto a la

trayectoria balística y el retrato hablado. Por consiguiente, el levantamiento

planimetrico tendrá una utilidad de incuestionable valor durante el proceso penal

porque entre otras actividades relevantes servirá para ilustrar a los actores

protagonistas del proceso e investigadores, lo ocurrido o hallado en una inspección

técnica del lugar, en una trayectoria o en un allanamiento entre otros.

De acuerdo con el manual único de procedimientos en materia de cadena de

custodia de evidencias físicas, el levantamiento planimetrico, se elabora en tres fases:

1- El experto en planimetría recaba informaciones preliminares a través de datos

aportados de los órganos de prueba contenidos en la causa como testigos, expertos,

Page 51: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

47  

victimas e incluso del o los imputados. 2- De acuerdo al manual, el experto en

planimetría debe estar presente en el sitio del suceso, quien realizara las

observaciones pertinentes y tomando las medidas conducentes para luego elaborar un

croquis, a fin de dejar constancia de la ubicación y localización exacta de los objetos

entre otras actividades y 3- Una vez obtenidas todas las informaciones pertinentes

conjuntamente con el croquis practicado previamente, el experto en planimetría en el

laboratorio procederá a elaborar el levantamiento planímetrico correspondiente.

6-Trayectoria balística:

Es un medio de prueba elaborado por especialistas experimentados en campo de

la balística Criminal y en el análisis integrado de pruebas físicas relacionadas con el

tipo y características del sitio del suceso, la escena del crimen, impactos, orificios,

bisel, armas de fuego, balas, conchas, proyectiles, proyecciones sanguíneas, tales

como: las salpicaduras, caída libre, escurrimiento, volumen de sangre, entre otras. La

evaluación del resultado del protocolo de autopsia, el recorrido intraogranico del

proyectil y otras informaciones indispensables y necesarias para determinar: La

relación existente entre el tirador y la víctima, índice de proximidad o distancia,

ángulo de tiro, dirección de sentido y orientación. De la misma forma establece la

existencia del homicidio, el suicidio o la muerte accidental, bien sea por falla humana

o mecánica.

7- Fotografía Forense

Según el procedimiento establecido, por el Ministerio Publico en el manual único

de procedimientos en materia de cadena de custodia de evidencias físicas, el área de

la fotografía forense se ventila a través de las fases previstas en el instrumento

procedimental, es decir, tanto en el trabajo de campo, como el de laboratorio. Su

Page 52: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

48  

utilidad es determinante para la investigación penal por que deja constancia grafica de

la fijación del sitio del suceso y de la escena del crimen, de los sujetos y objetos,

activos y pasivos relacionados con el hecho y de las distintas actividades probatorias

que se desprendan de la investigación criminal donde se requiera su presencia.

Este método de fijación grafica cuya metodología de la toma de exposiciones

fotográficas mediante una secuencia lógica y concordante, a saber: Exposiciones

fotográficas de carácter general, exposiciones de carácter particular y exposiciones

fotográficas a detalle.

La fotografía forense, será entonces, el soporte sustancial de los medios de prueba,

específicamente de las inspecciones técnicas del sitio del suceso y del cadáver, de las

trayectorias balísticas, las reconstrucciones y del allanamiento, así como de cualquier

otra actividad donde sea requerida su presencia. Ninguna prueba, puede tener valor

alguno y no puede ser considerada por el tribunal cuando no presentan sus

exposiciones fotográficas, porque de lo contrario estaríamos dándole pie a la

intromisión de las evidencias sembradas, ocultas, silenciadas, cambiadas o

transferidas y otras anomalías que pudieran presentarse por ausencia de las

fotografías. Esta área, según el manual, debe contar con los equipos necesarios que

se requieran para cumplir con los objetivos trazados para lograr el esclarecimiento de

los hechos, estos instrumentos, son: cámara fotográfica, flas y lentes intercambiables,

filtros, trípodes, cable disparador, testigos ( flechas y métricos), película fotográfica

de 100 o 400 ASA ( película de color) de 400 o 600 ASA (película en blanco y negro)

, memoria expandible, cargadores, pilas baterías , entre otras herramientas necesarias

para la correcta aplicación de esta experticia.

Page 53: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

49  

CONCLUSIONES

La importancia de la criminalística como ciencia multidisciplinaria, radica en su

correcta aplicación conforme a sus métodos científicos y protocolos de actuación

metodológica en conjunto con un personal altamente capacitado de carácter

científico. De igual manera su aplicación se presta a distintas áreas de la investigación

durante la fase preparatoria del proceso penal venezolano. Siendo objeto de estudio

de este trabajo documental, la relación existente entre la criminalística y la práctica de

la reconstrucción de los hechos, como diligencia o inspección , cuya práctica se

encuentra íntimamente ligada a la criminalística, porque necesita de ella para su

nacimiento, ya que tal y como se desprenden de actas de investigación, testimonios y

experticias, se depende el aporte total de las herramientas brindadas por la práctica de

la investigación criminalística, teniendo en cuenta que según el presente trabajo de

investigación serán: El acta de inspección técnica del sitio del suceso, croquis,

inspección técnica practicada al cadáver, la experticia balística, el levantamiento

planimetrico, la fotografía forense y la trayectoria balística.

Finalmente, se evidencia que, a mayor fundamentación en la solicitud de la

realización de la reconstrucción de los hechos, por parte de los actores del proceso, se

coadyuva a una correcta aplicación de las leyes penales, por brindar una forma más,

de apreciación de los hechos, para así, brindarle al juez lo elementos de convicción, a

través de su percepción en el espacio, para sentenciar culpable o inocente a una

persona investigada, conforme a la justicia como objetivo del proceso penal

venezolano.

Page 54: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

50  

RECOMENDACIONES

Luego de concluir la presente tesis con sus respectivas consideración finales, se

orienta el presente capitulo, a realizar las recomendaciones siguientes:

A.) Desde el punto de vista institucional, a nivel de los órganos de investigación

penal, se debe mantener el enfoque científico de sus actuaciones al momento

de realizar sus experticias, ya que cualquier relajo de normas metodológicas

que practiquen durante sus procedimientos, se traducen en vicios, que se

traducen en anulación y percepción errónea de los medios de prueba al

momento de ser promovidos en el proceso penal venezolano.

B.) La reconstrucción de los hechos, se encuentra definida en su objetivo final,

siendo este la reanimación del hecho punible con la participación de los

actores del proceso. Sin embargo, su tutela jurídica, su marco conceptual y su

procedimiento no está claramente establecido en el Código Orgánico Procesal

Penal, a lo cual se insta al legislador en esta materia a profundizar en su

concepto y aceptar como forma de concepto, el comúnmente aceptado en la

práctica en el sistema judicial.

C.) Al considerar el ámbito profesional, se insta a los profesionales del derecho a

motivar conforme a la doctrina nacional y extranjera, la solicitud de

reconstrucción de los hechos para asi colaborar en la aceptación de un criterio

doctrinario para suplir las deficiencias conceptuales en el proceso penal.

D.) A nivel académico, se recomienda la difusión del presente trabajo, como

instrumento informativo y generador de nuevas investigaciones, cuyos aportes

serán de gran utilidad al enriquecimiento teórico de este tema.

Page 55: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

51  

REFERENCIAS BILIOGRAFICAS

ARIAS, F. (2006).“El proyecto de investigación: Introducción a la metodología

científica”. (5º. ed.) Caracas - Venezuela: Episteme.

BAPTISTA, P.FERNÁNDEZ, C.; HERNÁNDEZ SAMPIERI, R.

(2003).“Metodología de la Investigación”. Editorial McGraw-Hill Interamericana de México

BALESTRINI, M. (1998).“Cómo se elabora el Proyecto de Investigación”. Venezuela:

Consultores Asociados. Servicio Editorial. Venezuela. Bazant, J. (2007)

BRITO, J. (1999).”Como elaborar una Tesis”, Caracas: CENDES-UCV.

DEL GIUDICE, M.,(2014)“La criminalística, la lógica y la prueba en el copp”, 7ma

edición, Editorial Vadell hermanos, caracas Venezuela

DEL GIUDICE M. DEL GIUDICE L.,(2014)“La investigación penal, la

investigación criminal y la investigación criminalística en el COPP” 3ra

Edicion,Editorial Vadell hermanos, caracas Venezuela .

MÉNDEZ, C.(1999) “Metodología, Guía para Elaborar Diseños de Investigación

en Ciencias Administrativas, Económicas y Contables”. Editorial Mc.Graw – Hill,

México,

NAMAKFOROOSH, M.  (2002)“Metodología de la Investigación” Editorial

LIMUSA, 2ª edición. México (s/f),

PELAEZ VARGAS, G,(2001)“Manual de Pruebas Penales”, editorial librería

señal, Medellín Colombia

Page 56: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

52  

PÉREZ, A.(2002)“Guía metodológica para anteproyecto de investigación”

Editorial, Fedupel, Caracas, Venezuela,

PÉREZ SARMIENTO, E. (2013)“Los Fundamentos de la Defensa Penal ( Una

guía para enfrentar la práctica penal y el desarrollo científico del abogado

penalista)” 2da Edición,Vadell Hermanos Editores. Caracas-Valencia, República

Bolivariana de Venezuela

POPOLI RADEMARKER, M, (2014)“Los Aportes de la criminalística en la fase

preparatoria en el proceso penal Venezolano”. Vadell Hermanos Editores.

caracasRepública Bolivariana de Venezuela

RODRIGO RIVERA MORALES,(2009)“Las Pruebas en el Derecho Venezolano,

referencia a los procedimientos civil, penal, agrario, laboral y de niños y

adolescentes” 6ta Edición, Editorial Librerías J. Rincon G c.a, Barquisimeto,

República Bolivariana de Venezuela.

SABINO, C. (2003).“El Proceso de la Investigación”, Editorial Panapo, Caracas,

República Bolivariana de Venezuela.

SANTAELLA, C. (2008)“Criminalística” Editoriales UCV .Venezuela,

CaracasRepública Bolivariana de Venezuela

TAMAYO Y TAMAYO.(2003) “El Proceso de la Investigación Científica”. Limusa

Noriega Editores. 4ta Edición. México.

ZAMBRANO, F.,(2009)“Derecho Procesal Penal”, editorial atenea, caracas

Venezuela.

NORMATIVAS LEGALES

CONSTITUCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE

VENEZUELA, (1999) Gaceta Oficial 5.453 del 24 de Marzo del 2000, Enero 2001,

Reedición actualizada a Enero 2010.

Page 57: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

53  

CODIGO PENAL,Gaceta Oficial N° 5.494 Extraordinaria de fecha 20 de Octubre

de 2000 Revisión Código Penal Venezolano (2005) Extraordinaria N° 5768 de fecha

13 de Marzo de 2005, Caracas, Venezuela.

CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL, Decreto Presidencial 9.042, 12 de

Junio de 2012, Caracas, Venezuela.

MANUAL ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE CADENA DE

CUSTODIA DE EVIDENCIAS FÍSICAS, Ministerio Publico de la República

Bolivariana de Venezuela, 2012.

Page 58: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

54  

ANEXOS

Page 59: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

55  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO 1: Acta de Levantamiento del Cadáver

Page 60: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

56  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO 2: Protocolo de Autopsia

Page 61: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

57  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO 3: Acta de Levantamiento del Cadáver (Conclusiones)

Page 62: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

58  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO 4: Practica de la Fotografía Forense

ANEXO 5: Trayectoria Balística

Page 63: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

59  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO 6: Plano de Levantamiento Planimetrico

Page 64: La Reconstrucción De Los Hechos En La Fase Preparatoria ...

 

60  

 

 

 

 

 

 

ANEXO 7 : Plano de Levantamiento Planimetrico