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Clío, 2004, Nueva Época, vol. 4, núm. 32 La propiedad de la tierra y su evolución en el norte de Sinaloa: El caso de El Fuerte Pedro Cázares Aboytes 1 La Ley de Desamortización promulgada en 1857, se constituyó en una verdadera catástrofe a nivel nacional para las comunidades indígenas propietarios de tierras comunales, pues, lejos de lesionar los intereses y bienes eclesiásticos, finalidad principal en teoría de dicha promulgación, trastocó de manera bastante radical el ritmo de vida rural existente en gran parte del país, incluido el norte de Sinaloa como a continuación se verá. Los indígenas tenían plazo de seis meses, desde la fecha de aprobación de la Ley de Desamortización, para presentar la documentación que los acreditara como propietarios de las tierras en que vivían y labraban; los encargados de hacer llegar este mensaje serían los comandantes militares, obviamente los indígenas no eran muy conocedores de cuestiones legales, y no acataron en tiempo y forma estas disposiciones. Los efectos de esta ley rápidamente se dejaron sentir y claro, los notables e influyentes de esta región no tardaron en aprovechar estas facilidades otorgadas por el marco jurídico emitido por el gobierno en turno. Por supuesto que estas medidas no fueron del agrado de las comunidades indígenas, incluidos los indios mayos, y para muestra un botón: en 1859 se rebelaron los indios mayos, casi a la par del levantamiento de los indios yaquis del vecino estado de Sonora, lo cual obligo a emprender una campaña para batirlos; el motivo principal de este levantamiento: la restitución de sus tierras. Fueron reprimidos de manera cruenta Restándole importancia a estos convulsos acontecimientos, personas como Blas Ibarra y Zacarías Ochoa entre otros, hicieron denuncios de tierras en diversos puntos de distrito como San Miguel, Mochicahui, Ahome, Bachomobampo y Bateve. 2 Ante esta situación doscientos indígenas de –––––––––––––– 1 Estudiante de la Maestría en Historia-UAS. 2 Archivo Histórico General del Estado de Sinaloa (en adelante AHGES,). Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo Gobernación, 1860, exp. s/n.

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Clío, 2004, Nueva Época, vol. 4, núm. 32

La propiedad de la tierra y su evolución en el norte de Sinaloa: El caso de El Fuerte

Pedro Cázares Aboytes1

La Ley de Desamortización promulgada en 1857, se constituyó en una verdadera catástrofe a nivel nacional para las comunidades indígenas propietarios de tierras comunales, pues, lejos de lesionar los intereses y bienes eclesiásticos, finalidad principal en teoría de dicha promulgación, trastocó de manera bastante radical el ritmo de vida rural existente en gran parte del país, incluido el norte de Sinaloa como a continuación se verá.

Los indígenas tenían plazo de seis meses, desde la fecha de aprobación de la Ley de Desamortización, para presentar la documentación que los acreditara como propietarios de las tierras en que vivían y labraban; los encargados de hacer llegar este mensaje serían los comandantes militares, obviamente los indígenas no eran muy conocedores de cuestiones legales, y no acataron en tiempo y forma estas disposiciones. Los efectos de esta ley rápidamente se dejaron sentir y claro, los notables e influyentes de esta región no tardaron en aprovechar estas facilidades otorgadas por el marco jurídico emitido por el gobierno en turno.

Por supuesto que estas medidas no fueron del agrado de las comunidades indígenas, incluidos los indios mayos, y para muestra un botón: en 1859 se rebelaron los indios mayos, casi a la par del levantamiento de los indios yaquis del vecino estado de Sonora, lo cual obligo a emprender una campaña para batirlos; el motivo principal de este levantamiento: la restitución de sus tierras. Fueron reprimidos de manera cruenta

Restándole importancia a estos convulsos acontecimientos, personas como Blas Ibarra y Zacarías Ochoa entre otros, hicieron denuncios de tierras en diversos puntos de distrito como San Miguel, Mochicahui, Ahome, Bachomobampo y Bateve.2 Ante esta situación doscientos indígenas de

–––––––––––––– 1 Estudiante de la Maestría en Historia-UAS. 2 Archivo Histórico General del Estado de Sinaloa (en adelante AHGES,). Correspondencia

de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo Gobernación, 1860, exp. s/n.

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Mochicahui y San Miguel que se vieron afectados con estos denuncios solicitaron la intervención de las autoridades con el fin de mantener sus propiedades de antaño.3

Los abusos siguieron su marcha y los naturales de estas tierras a merced de los designios legales y de la ambición de los hacendados. Corre la versión de boca en boca por los indios que aun habitan las márgenes del Río Fuerte, de que unos tales Luques y Mendozas, llegaron a los pueblos de San Miguel y Mochicahui y compraron muchísimas parcelas después de una borrachera con aguardiente.4

A fines de 1865 y principios de 1866 en el marco del conflicto de la intervención Francesa en el país, nuevamente se sublevaron los indígenas de los distritos de El Fuerte y de Sinaloa. Los líderes de los indígenas de Mochicahui fueron Juan Espinosa y Carlos Alcorcha y los líderes de los indígenas de San Miguel y Camayeca, Albino Galaviz, natural y vecino de La Bajada, quien ataco las Higueras de Zaragoza.5

Tanta fuerza adquirió este levantamiento que los indígenas Mayos incendiaron el puerto de Agiabampo y el pueblo de Mavari al mando de sus capitán y gobernador Albino Galaviz,6 el levantamiento seguía tomando fuerza al grado que las fuerzas de Juan Espinoza intentaron atacar la Villa Del Fuerte. Toda la primera mitad del año las huestes de los indios Mayos continuaban todavía sublevadas bajo el aguerrido liderazgo de sus cobbanaros Juan Espinoza, Carlos Alcorcha y Albino Galaviz según se les notificó a las autoridades en turno.7

El panorama lucia complicado y desolador, sumado a esto, el conflicto intervencionista seguía su marcha, y ambos movimientos desquiciaban la tranquilidad del distrito de El Fuerte y del distrito de Sinaloa, principalmente de las poblaciones de Guasave, Bamoa y Nío y otros pueblos inmediatos la

–––––––––––––– 3 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Justicia, 1860, exp. s/n. 4 Benito Ramírez Meza, “Felipe Bachomo: Rebelión indígena y Revolución en la región de

El Fuerte, Sinaloa, 1911-1916”, en Ciencia y Universidad, IIES-UAS, Culiacán, Tercera Época, núm. 11, p. 72.

5 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo Gobernación, enero, 1866, exp. s/n.

6 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo Gobernación, 1866, exp. s/n.

7 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo Gobernación, 1866, exp. s/n.

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ribera del río8 cuyos pobladores no adeptos a ninguna de las causas que se disputaban buscaban refugio en las villas o emigraban a otras partes; mientras que las poblaciones indígenas estaban vacías, pues sus pobladores se encontraban remontados en lugares apartados juntos con sus guerreros, haciendo causa común y asistiéndolos.

Ramón Corona fue encargado de pacificar la región del Río Sinaloa, y posteriormente marchó hacia El Fuerte donde la situación todavía era algo complicada, respecto a los indios mayos sublevados y los intervencionistas franceses, de tal forma que se esmeró en ocupar dicha población y nombrar autoridades como fue el caso de Juan Francisco Azcárate, quien fue nombrado prefecto de distrito.9

Buscando estabilizar un poco la situación, el jefe de la brigada de occidente, general Ángel Martínez, decretó un indulto para todos los rebeldes, así como para las personas y autoridades que secundaron el movimiento intervencionista, para resolver los asuntos de las propiedades comunales afectadas. Hubo algunos rebeldes que se cobijaron a este indulto, como fue el caso del indígena Lucas Damián, del pueblo de Tehueco, a quien el Gobierno aceptó indultar.10 Pese al decreto de indulto los alzamientos continuaron, por lo tanto, el general Martínez nuevamente ocupó El Fuerte con 350 hombres, y mandó al coronel Correa, a batir a los indios de Mochicahui, quines se encontraban desplazados en la comunidad de Tehueco, y comandados por Juan Espinoza,11 fueron sorprendidos por las fuerzas gobiernistas, siendo derrotados y dispersados.

Ante esta situación el gobierno empezó a tomar cartas en el asunto de manera más resuelta, con acciones como amparar y autorizar a personas para que cultivaran terrenos pertenecientes a indígenas de los poblados insurrectos que se rebelaron contra el gobierno.12

La población pudiente de la región también hizo sus acciones en aras de resolver esta situación de una vez por todas, de manera que personas como Patricio Robles, director político del partido de Mochicahui, y otros rancheros

–––––––––––––– 8 Eustaquio Buelna, Apuntes para la Historia de Sinaloa: 1821- 1882, México,

Universidad de Sinaloa, 2da Edición, 1966, p. 106. 9 Ibíd., p. 107. 10 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Noviembre,

1866, exp. 21. 11 Eustaquio Buelna, op. cit., p. 107. 12 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Marzo,

1867, exp. 30, f. 2

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adinerados armaron pequeñas guerrillas para operar de manera conjunta con las fuerzas regulares, y los resultados a favor del gobierno se empezaron a ver de manera inmediata.

Patricio Robles los derrotó en el Cantón de Jasón, los sublevados intentaron tomar Higueras de Zaragoza como anteriormente lo hicieron, sin embargo ahora no corrieron la misma suerte pues fueron rechazados enérgicamente, optando por refugiarse en Sonora,13 donde fueron finalmente derrotados y desechos por fuerzas de Álamos. Esta última acción fue respaldada por la derrota que les infligió el coronel Adolfo Alcántara, quien con una sección de la brigada de Occidente, batió a los indios mayos en Bayajari y en Bacome.14 Dos meses después, los últimos reductos de los insurrectos mayos fueron desechos cuando atacaron “Minas Nuevas,” cerca de Álamos, y fueron derrotados contundentemente por el coronel Adolfo Palacio, prefecto del distrito de El Fuerte, haciéndolos huir.15

En el caso del norte de Sinaloa, se siguió la misma dinámica de distribuir la propiedad en parcelas individuales y la cuestión fue la siguiente. Se entregaron títulos de propiedad de sitios de terrenos en jurisdicción de El Fuerte que expidió el gobierno federal a favor de varios vecinos del distrito de El Fuerte.16

Respecto a los indígenas sublevados se intentó acallarlos otorgándoles títulos de propiedad, como fue el caso de los indígenas de Mochicahui a quines se les entregaron terrenos de su propiedad, por parte del prefecto de El Fuerte.17

Los conflictos proseguían, como el caso de Camilo Vega quien solicitó ante el gobierno del estado, se revocara la orden del prefecto de distrito de El Fuerte, el cual mando suspender los procedimientos relativos al denuncio realizado de los terrenos denominados La Guaza.18

–––––––––––––– 13 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Gobernación, 1866, exp. s/n. 14 Eustaquio Buelna, op. cit., p. 109. 15 Ibíd., p. 111. 16 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Fomento, Diciembre, 1866, exp. 49, p. 9. 17 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Fomento, Julio, 1867, exp. 1, f. 43. 18 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Fomento, Agosto, 1867, exp. 14, f. 50.

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En el caso de los indígenas de San Miguel, la Prefectura del Fuerte consultó con el gobernador la forma en que se aplicaría o validaría la circular del 30 de Septiembre de 1867, la cual amparaba a los indígenas propietarios de tierras comunales.19 Los indígenas de Charay probablemente en acción conjunta o emulando a sus hermanos de San Miguel solicitaron se les diera posesión de sus terrenos de conformidad con la circular 30 de Septiembre último.20 Un año después a los indígenas del pueblo de Sivirijoa se les repartieron terrenos al igual que a los de los demás pueblos.21

El gobierno del estado estuvo muy pendiente de esta situación, pues de todas partes del estado le llegaban solicitudes de denuncios de terrenos, a las cuales les dio luz verde, ya que eran mucho los intereses en juego y los compromisos contraídos, y las relaciones estaban muy lejos de ser armoniosas. Todavía estaba muy fresca en la memoria de los que combatieron en la lucha pasada la idea de llevarse algo del botín del triunfo, por lo tanto el gobierno del estado emitió una circular previniendo las reglas que debían observarse para el reparto de terrenos comunales y baldíos.22

Respecto a la venta de terrenos baldíos en Sinaloa, el Congreso del Estado autorizó a las municipalidades a tomar la mitad del producto de las ventas, arrendamientos o explotación de dichos terrenos y se aplicarían a la beneficencia pública.23

Con todo y esa tensión los repartos siguieron ahora fue el turno de los poblados de Charay y Vaca a quienes se les dieron en posesión sus terrenos;24 de manera casi simultanea a los indígenas de Ahome también se les repartieron terrenos en posesión por parte de la Prefectura del Fuerte.25

–––––––––––––– 19 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Gobernación, Diciembre, 1867, exp. 6, f. 75. 20 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Fomento, Diciembre, 1867, exp. 9, f. 76. 21 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Fomento, Diciembre, 1868, exp. 3, f. 157. 22 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Gobernación, Enero, 1869, exp. 21, f. 167. 23 María del Carmen Azalia López González , Las Leyes de Reforma y la propiedad civil

en Sinaloa, Memoria del X Congreso de Historia Regional, Culiacán, Facultad de Historia-UAS, 1996, p. 125.

24 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo Gobernación, Febrero, 1869, exp. 13, p. 170.

25 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo Gobernación, Febrero, 1869, exp. 21, p. 172.

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Al parecer en esta parte del estado hizo su aparición el sistema de sociedades de comuneros, lo cual evidencia un cambio en la forma de propiedad y organización de la vida interna de las poblaciones indígenas. Este proceso redujo sensiblemente la posesión colectiva sobre la tierra para fomentar en la práctica la propiedad individualizada, sin embargo esto no vino más que a favorecer el despojo, pues al estar en circunstancias apremiantes era muy probable que primeramente acudieran al comunero principal para vender su propiedad con pacto de retroventa, cosa que muy rara vez sucedía o prácticamente no pasaba. Un ejemplo de esto se encuentra en el caso de Rafael Hernández, quien perteneció a la comuna denominada Guallepa, ubicada en la alcaldía de Choix, el cual vendió a Filemón Serrano su posesión de tierra en la cantidad de 125 pesos.26

Las Sociedades de Comuneros Agrícolas se constituyeron en una última alternativa de las comunidades indígenas de seguir conservando sus costumbres, de arraigo a la tierra. Al efectuarse repartición de terrenos a los indígenas de Tehueco y Tesila, fue airada la oposición de Francisco Orrantia y Sarmiento,27 así como de Miguel Seseña, vecino del pueblo de Chinobampo, quien pidió al gobierno el retraso de la división de los terrenos que se repartirían a los indígenas de ese mismo pueblo, pues el era el comunero principal de este punto poblacional.28

La labor de despojo de las comunidades indígenas, prosiguió durante el Porfiriato, ahora las compañías deslindadoras fueron las encargadas de seguir actuando sobre las propiedades indígenas, al amparo de las leyes de colonización y deslinde de terrenos las cuales abrieron más las puertas para que se cometieran un sin fin de arbitrariedades y abusos. Esta actividad descanso en gran parte en las autoridades políticas locales de los distritos, y en el caso del distrito de El Fuerte, al delegársele esta responsabilidad se vieron con gran poder para decidir que tierras eran baldías o no, utilizando desde el engañó hasta la represión con fuerza, como fue el caso de Zacarías Ochoa, quien en

–––––––––––––– 26 María del Carmen Azalia López González, Las Leyes de Reforma y la propiedad civil en

Sinaloa, op. cit., p. 127. 27 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Febrero,

1869, exp. 22, p. 172. 28 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Agosto,

1870, exp. 223, p. 246.

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calidad de director político de Ahome persiguió y encarceló a algunos rebeldes de la región que se resistieron a los repartos de tierras baldías.29

Los hombres fuertes de la región y algunos representantes políticos se valieron de estos cargos para amasar una gran cantidad de tierras, ya fuera para ensanchar sus propiedades, o para lucrar con ellas tanto con connacionales o extranjeros, en lo individual o representando empresas. Un ejemplo en este sentido, fue la familia Ibarra, quienes seguían adelante, y fue ahora Aurelio Ibarra quien compró a la señora Bartola Gastelum viuda de Guerrero, varias acciones del terreno de comunidad en Jambiolobampo, en la alcaldía de Tehueco con una extensión de 2 mil 541 hectáreas al precio de 7 mil 680 pesos.30 Otro contrato de este tipo es de Celso L. Gil, quien realizó un compromiso de venta con pacto otorgado al mismo Aurelio Ibarra sobre varias acciones de terreno de comunidad denominado San Juan Bautista de Cachorime ubicado en la alcaldía de Maviri Higuera de Zaragoza, cuya extensión era de 4 mil 248 hectáreas y el precio de su venta fue de 5 mil pesos.31

Las reparticiones a comunidades indígenas fueron menores y en el mejor de los casos se les dieron largas. A principios del Cañedismo indígenas del pueblo de Charay recibieron sus títulos, que los acreditaban como dueños de los terrenos que habitaban y cultivaban, así lo notificó el Prefecto de El Fuerte al gobernador del estado, anexando el expediente completo de todo la repartición de tierras.32

A partir de ese año a 1877, (en un periodo de diez años) se otorgaron 83 títulos de propiedad que abarcaron una extensión de 135 mil 988 hectáreas con un valor de 21 mil 800 pesos.33

Los indígenas de Mochicahui no corrieron con la misma suerte, pero sí algunos particulares, que a la par de las comunidades indígenas de este pueblo denunciaban tierras comunales como baldías y obtuvieron fallos positivos; tal

–––––––––––––– 29 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Gobernación, Febrero, 1887, exp. 12, f. 17. 30 Archivo General de Notarias del Estado de Sinaloa (en adelante AGNES), El Fuerte, Jesús

M. Cuen, 10 – IV – 1908, L – 44, F. 77. 31 AGNES, El Fuerte, Jesús M. Cuén, 19 – VI – 1907, L – 109, FS. 264 – 267. 32 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Julio, 1879,

exp. 6, f. 81. 33 Mario Alberto Lamas Lizarraga, “Los orígenes de la formación del latifundio

sinaloense”, Ciencia y Universidad, Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales, Universidad Autónoma de Sinaloa, Culiacán, núm. 12, Abril, 1980, p. 4.

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fue el caso de José Corona, el cual años atrás desempeñó el cargo de prefecto de distrito en dos ocasiones, quien con la asistencia de Manuel Borboa, director político de Mochicahui remitió una lista de dieciocho adjudicaciones de terrenos baldíos a su favor.34 Dicho hacendado era propietario de 1 mil hectáreas, ubicadas en Mochicahui y dedicadas a la siembra de maíz y a la ganadería y con un valor fiscal alrededor de 24 mil pesos.

Los indígenas de Mochicahui no desitían en su intento de tener documentos que ampararan sus propiedades comunales de tal manera que elevaron un ocurso ante el gobernador del estado pidiendo se les repartieran los terrenos que ocupaban en esos momentos.35 Quienes seguían teniendo luz verde en ese tipo de trámites eran los particulares como fue el caso de Blas Ibarra, quien por medio del Juzgado de primera instancia, puesto ocupado por su primo Jorge Ibarra, remitió las diligencias del denuncio de las demasías de los terrenos La Lana y Ranchito de los Apodaca.36

En Ahome se vivió una situación muy similar debido a la indiferencia del gobierno para con las comunidades indígenas. En el caso de Ahome fue el indígena Saturnino Carlón quien para sí y a nombre de otros indígenas de este poblado solicitó al gobierno del estado se les repartieran los terrenos que tenían en dicho punto y de los cuales se decían poseedores.37

En Charay se repitió el mismo patrón: la desidia del gobierno en no atender a las comunidades indígenas, y hacer oídos sordos antes las demandas. Fue el turno de Antonio Facocame del pueblo de Charay, quien se quejo ante las autoridades estatales de que el prefecto de El Fuerte no los ponía en posesión de sus terrenos.38

Ahome seguía en las mismas y nuevamente Saturnino Carlón se dirigió al gobernador del estado quejándose de que el prefecto de El Fuerte no los ponía en posesión de sus terrenos.39 En el caso de Mochicahui el gobierno ––––––––––––––

34 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Julio, 1879, exp. 8, f. 81.

35 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo Fomento, Junio, 1887, exp. 10, f. 67.

36 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo Fomento, Abril, 1887, exp. 10, f. 42.

37 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo Fomento, Julio, 1888, exp. 16, f. 229.

38 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo Fomento, Octubre, 1888, exp. 5, f. 226.

39 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo Fomento, Octubre, 1888, exp. 7, f. 226.

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finalmente accedió a entregar una copia certificada al apoderado de los indígenas de este pueblo, para favorecer a los que justificaran el derecho de sus propiedades.40

Mas esto no era una garantía, pues en 1895 todavía indígenas de Mochicahui que quedaron al margen, se dirigieron ante las autoridades federales –Secretaría de Fomento– para que exigiera al gobierno de esta entidad procediera a practicar el deslinde de sus terrenos, de acuerdo a los a los títulos de los indígenas moradores de ese poblado.41 Las medidas coercitivas no se hicieron esperar y fue un hacendado de la población, Manuel Borboa, sobre quien recayeron las sospechas de haber quemado las cosechas de los indígenas de Mochicahui.42

Nuevamente se dejó ver el trato de complicidad y favoritismo para con los particulares al darle cabida de muy buena forma recibiendo y despachado el trámite realizado por los señores Fernando Miranda y Casimiro Luque, quienes mediante el Juzgado de distrito hicieron llegar a la capital del Estado las diligencias practicadas del denuncio de tierras baldías.43

Contrario a los años que esperaron los indígenas Mayos del pueblo de Mochicahui , tanto el denuncio como las diligencias practicadas hechos por los señores, Joaquín, Martín y Jesús Vega en el poblado de Mochicahui, no tardaron mucho tiempo en ser enviados por el juzgado de distrito, a la capital sinaloense,44 resultaba muy evidente el favorecimiento de parte del gobierno para las personas connotadas de la región.

En el caso del pueblo de San Miguel Zapotitlán la situación estuvo más complicada aún pues se cruzaron intereses entre varios hacendados, en medio de la incertidumbre vivida por los indígenas, sumado a esto la incursión de una compañía deslindadota, la Sinaloa Land Company: el clima distó mucho de ser pacífico.45

–––––––––––––– 40 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Fomento, Octubre, 1893, exp. 1. 41 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Fomento, Junio, 1895, exp. 3, f. 13. 42 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Gobernación, Agosto, 1895, exp. 30, f. 15. 43 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Fomento, Octubre, 1893, exp. 5. 44 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Fomento, Julio, 1894, exp. 5. 45 En adelante SLC.

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Lo irónico en el poblado de San Miguel es que el apoderado de los indígenas de esta población ante las autoridades de diversa índole fue Patricio Robles, hacendado de la región, quien años atrás fue uno de los principales represores de las sublevaciones de los indios mayos durante los años de la intervención Francesa. Así estaban los papeles años después: Patricio Robles, en calidad de apoderado, solicitó que en lugar del prefecto de El Fuerte, fuera a dicho pueblo Leoncio Ruiz, el director político de Mochicahui para que hiciera la repartición de los terrenos de Nacapules y Goros.46

Ante esto, el prefecto de El Fuerte consultó si para el repartimiento de los terrenos de Goros y Nacapules debe sujetarse a la circular del 9 de Octubre de 1856 o a la del 23 de Mayo de 1869.47 Esto era sólo el principio, pues cada vez salían a la luz nuevas dificultades en el pueblo de San Miguel. Al haber sido segregada la celaduría de Las Cruces del pueblo de San Miguel, hubo dificultades entre las directorías políticas de Ahome y Mochicahui, con motivo de la diferencia de linderos; así lo comunicó el juez de primera instancia a la prefectura de El Fuerte.48

La cosa no paraba ahí, en 1868 cuando fueron otorgados títulos de propiedad a cuatrocientos setenta y uno indígenas por el entonces prefecto de distrito José Corona. Surgieron dificultades y trastornos respecto a que estos documentos no especificaban la ubicación de los terrenos a repartirse, tampoco las colindancias, ni la superficie de hectáreas a otorgarse a cada individuo, y además no se marcó la superficie del fundo legal del pueblo de San Miguel.49

Después de su ingerencia en la repartición de los terrenos de Los Nacapules y Goros, Patricio Robles como patrono y apoderado de los indígenas gestionó ante las autoridades correspondientes un nuevo fraccionamiento de los terrenos del pueblo de San Miguel, el cual se verificó hasta 1890 por el ingeniero Rómulo Rico, haciéndose una división de 471 lotes de magnitudes variables con una superficie de total de 8 mil 455 hectáreas, reservándose 101 hectáreas para el fundo legal del pueblo. Patricio Quiñones

–––––––––––––– 46 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Fomento, Julio, 1880, exp. 2, f. 211. 47 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Fomento, Febrero, 1880, exp. 2, f. 160. 48 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Enero,

1881, exp. 8, f. 2. 49 Archivo del Registro Agrario Nacional (en adelante ARAN) Caja 32, Exp. 115, Foja 7.

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recibió cuatro lotes que juntos sumaban la cantidad de 63 hectáreas, ubicados en la zona número dos.50

Lejos de solucionarse las dificultades anteriores, éstas en realidad estaban empezando a empeorar más pues casi de manera simultanea a la gestión de Patricio Robles, en 1882 los señores Andrés y Patricio Quiñones denunciaron ante el juzgado de distrito de Mazatlán un terreno denominado Choacahui a cuyo denuncio se opuso Patricio Robles, pues comprendía parte de los terrenos pertenecientes al pueblo de San Miguel. Según la argumentación de las autoridades, como no promovió en tiempo y forma las pruebas conducentes a justificar dichos derechos, el juez adjudico el terreno a los denunciantes, y no obstante que Robles apeló, no pudo mejorar la sentencia.

Ante esto el hacendado y los quejosos giraron una excitativa haciendo la recomendación que se hiciera una nueva revisión para el caso Choacahui, sin obtener resultados muy alentadores.51

De 1904 a 1906 varios vecinos de San Miguel buscando soluciones ante tan tensa situación acordaron dividir los terrenos del pueblo en cinco fracciones denominadas La Tea, Pueblo Viejo, Juricachi, Bainoro y Capomos, con el fin de obtener los títulos de los mencionados terrenos que se expidieron finalmente en 1890. Para enracer aún más el panorama, el 25 de Diciembre de 1904 los señores Francisco P. Álvarez y José María Cázarez celebraron un contrato en virtud del cual el primero, haciendo uso de una concesión que le otorgó la Secretaría de Fomento, se agenciaba el predio La Tea a su favor, mediante el pago de un peso veinte centavos por hectárea.52

En esa misma dinámica Patricio Quiñones sacando provecho de la situación trató de avivarse vendiendo al mismo José María Cázarez una porción del predio La Tea a cuatrocientos pesos, anexando planos levantados por el Ingeniero José Villaburo, planos por ciertos falseados, pues fueron tomados de manera integra de los levantados años atrás por el ingeniero Rómulo Rico.53 Quiñónez vio cierta factibilidad de hacer esa transacción, tomando en cuenta que el predio La Tea colindaba con el predio Natoches propiedad de José María Cázarez y en teoría sólo habría necesidad de ampliar el cercado.

–––––––––––––– 50 ARAN, Caja 32, exp. 115, foja 8. 51 ARAN, Caja 32, exp. 115, foja 9. 52 ARAN, Caja 32, exp. 115, foja 10. 53 ARAN, Caja 32, exp. 115, foja 11.

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Más actores se siguieron incorporando al drama, pues para 1907 el señor Ricardo Tena, como representante de la SLC, solicitó composición ante la Secretaría de Fomento para las personas siguientes: Evaristo Mendoza y Robles la fracción de Pueblo Viejo Lino Velásquez la fracción de Juricachi, Salomé Puente la fracción de Bainoro y Capomos para Albino Galaviz,54 quien fuera años tras un aguerrido líder de los indígenas Mayos durante la intervención Francesa.

Retomando a las compañías deslindadoras y sus acciones desplegadas a lo largo y ancho del distrito de El Fuerte hubo básicamente tres empresas de esta índole, que dejaron huellas considerables en la región. Respecto a las compañías figuraron la SLC, Compañía Deslindadora Becerra Hermanos y la Compañía Colonizadora y Deslindadora Luis Martínez de Castro. Esta última compañía tuvo cierta presencia en la región, entre otras cosas por los acuerdos entre Antonio B. Gastélum y Luis Martínez de Castro, para que este último deslindara el terreno llamado Gipago de 553 hectáreas.55 Esta compañía siguió en activo respecto a la especulación de la tierra, pues nuevamente Luis Martínez de Castro deslindó el terreno llamado El Descanso, ubicado en la alcaldía de Baca, con la finalidad de obtener el título de las demasías y excedencias a favor de David Gibson por el precio de 2 mil pesos.56 Claro que estas llamadas “demasías, huecos o terrenos baldíos” siempre tenían dueños, pero con el uso de todo tipo de artificios legales y relaciones de poder, estos hombres de negocios siempre salían avantes en sus propósitos.

Otro ejemplo en este sentido, fue el accionar de la SLC en las comunidades indígenas. Para 1905, adquirió en la municipalidad de El Fuerte, en las alcaldías Givirigua, Yecorato, Tehueco y Sivirijoa, un total de veinticinco predios, de los cuales hay información de la extensión de lo que compraron de sólo doce predios, los cuales suman la cantidad de 10 mil 026 hectáreas.57 Su presencia en el distrito de El Fuerte no paró ahí, en 1907 consiguió una concesión para derivar las aguas del río Fuerte y regar los predios Bolsa de San Pablo, Isla Partida, Matacahui, Cerro Pelón que conformaban una extensión de 23 mil hectáreas y 5 mil 083 hectáreas del predio de Bachomobampo.58 ––––––––––––––

54 ARAN, Caja 32, exp. 115, foja 12. 55 AGNES, El Fuerte, Jesús M. Cuén, 12 – III – 1906, L – 40, Fs. 87 – 88. 56 AGNES, El Fuerte, Jesús M. Cuén, 12 – III – 1906, L – 40, Fs. 87 – 88. 57 Francisco Padilla Beltrán et al., Historia de los Empresarios en Sinaloa: 1880-1920,

Cuadernos de Investigación, Culiacán, DIFOCUR, 1994, P. 32. 58 Ibíd., pp. 36, 37.

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José Maria Becerra, quien era oriundo de Urique, Chihuahua, llegó al norte del estado en 1882, y un año después formó la empresa La Compañía Deslindadora Becerra Hermanos, en la cual nombró como su socio y apoderado a Cosme Almada, su cuñado, y a través de él empezó a comprar predios en la entidad. Su primera compra la hizo a Blas Ibarra y Benjamín Carman, la cual consistió en los predios de Navachiste, Ohuira y La Abundancia, ubicados en la parte costera del Distrito de El Fuerte, en la cantidad de 3 mil pesos, estos predios los vendieron indígenas nativos del lugar a Ibarra y a Carman.59

Al parecer Blas Ibarra fue una buena relación inicialmente, en su incursión en la región pues también del predio Bateve le compró cinco acciones en la cantidad de mil pesos.60 Posteriormente se avocó a medir terrenos comunales del pueblo de Huites a los cuales considero como baldíos. El predio afectado fue el de El Descanso de Nuestra Señora de Dolores, con 1 mil 301 hectáreas de extensión.

Los indios comuneros al verse afectados interpusieron un juicio de oposición ante las autoridades agrarias, lo cual desencadenó un conflicto legal con duración de un año, que terminó con el reconocimiento de los derechos de los indios, pero con la salomónica decisión de parte del gobierno, ante la presión de la compañía deslindadora de que el terreno ya estaba medido y deslindado, la cual exigía el pago de sus servicios a los indígenas y al carecer de recursos terminaron por pagarle con porciones de terrenos; de esta manera la compañía siguió sumando propiedades en el distrito.61

Ante la expedición de títulos por parte de la Compañía Deslindadora Becerra Hermanos, no fue una razón de fuerza que les infundiera confianza a los indígenas del pueblo de Huites, por lo que encabezados por el indígena Francisco Mummi mandaron un escrito al gobernador del estado, pidiendo la revisión y rectificación de los documentos que en calidad de título les expidió la compañía José Becerra Hermanos, de los terrenos que estaban poseyendo.62

Esto no disminuyó en lo más mínimo el deseo de José Becerra de seguirse expandiendo. Para 1890 se contabilizaban ya en propiedad de la compañía deslindadora Becerra hermanos los siguientes predios rústicos: ––––––––––––––

59 Francisco Padilla Beltrán, Los empresarios del Valle del Fuerte durante el Porfiriato, Culiacán, COBAES-DIFOCUR, 1996, p. 59.

60 Ibíd., p. 64. 61 Ibíd., p. 65. 62 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Fomento, Febrero, 1893, exp. 7, f. 8.

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Aguacaliente, Bibajahui, Bajada del Monte, Los Altos de Tesila, predios en Sivirijoa, Santa Rosa y Buehuracahui, sumando una totalidad de 31 mil 843 hectáreas.63 El acaparamiento de propiedades no tenía otra finalidad más que especular con ella.

En 1891 a través de los norteamericanos Eduard Lycan y Benjamin Francis Johnston le vendió al señor Lanford Huemaken parte de los predios Bajonea y Medano de Pozole ubicados en Higueras de Zaragoza, los cuales tenían una extensión de 2 mil 658 hectáreas, en la cantidad de 4 mil 340 pesos. A cambio de los servicios prestados en calidad de intermediarios, Lycan y Johnston recibieron la cantidad de quinientos pesos y diez por ciento de las acciones de los terrenos.64 Ya para principios del siglo XX, Becerra Hermanos continuaba con su agresiva política de adquisición de tierras, y se encuentra por ejemplo la compra del terreno de Bajonea de 2 mil 658 hectáreas de extensión. Este predio, anteriormente propiedad de indígenas, estaba ubicado en la alcaldía de Higuera de Zaragoza. Dicho trato se celebró entre la compañía ya aludida y Leo Walton en la cantidad de 2 mil 269 pesos.65 Como podrá verse fue fuerte el acaparamiento de tierra, en muy poco tiempo y enfocado en su mayoría en predios comunales, blanco predilecto de las compañías deslindadoras.

Los conflictos por el control de la tierra, en aras de fincar un respaldo para futuras empresas o algunas ya en desarrollo, estuvieron a la orden del día en el distrito de El Fuerte, llegando hasta el asesinato, como fue el caso de Stephen Zakany quien en el año de 1888 fue ultimado por Santiago Miranda, aunque en primera instancia el entonces director político de Ahome atribuyó como autor material del crimen a Cipriano Murillo recomendando a las autoridades su aprehensión.66 Santiago Miranda fue contratado por medio de Martín Valdés, pero los interesados fueron otras personas quienes estaban descontentos por la forma en que se dieron los deslindes del predio La Florida. Años después las sospechas recayeron sobre los hermanos Lauro y Ramón Castro.67

–––––––––––––– 63 Francisco Padilla Beltrán, Los empresarios del Valle del Fuerte, op. cit., p. 65. 64 Ibíd., p. 66. 65 AGNES, El Fuerte, Jesús M. Cuén, 31 – I – 1905, L – 5, f. 15. 66 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Gobernación, Mayo, 1888, exp. 9, f. 197. 67 Filiberto Leandro Quintero. Historia Integral de la región de la región del Río Fuerte, Los

Mochis, ed. El Debate, 1978. p. 572.

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Pedro Valenzuela fue otro hacendado que en el marco de estas disputas perdió la vida, su verdugo fue Amado Montiel vecino del poblado de San Miguel, y enemigo acérrimo de la familia Valenzuela,68 entre otras cosas por disputas añejas que se recrudecieron por los deslindes del predio El Porvenir y otras fincas, aparte del celo de los giros comerciales a los que ambas familias se dedicaban. Pedro Valenzuela fue padre de Blas Valenzuela y Teodoro M. Valenzuela. Este último fue socio de Francisco Orrantia y Sarmiento, el cual descontento por las utilidades recibidas y las condiciones impuestas por Orrantia en 1896 decidió demandarlo, enfrascándose en un largo y desgastante litigio acerca de la repartición de propiedades de lo que inicialmente fue el ingenio La Constancia. El conflicto vio su fin hasta 1905, recuperando Valenzuela el terreno de El Porvenir que medía 643 hectáreas y un canal que las irrigaba.69

Este tipo de conflictos alcanzaron también a la familia Ibarra en la persona de Adolfo Ibarra quien fue asesinado por Gustavo Delgado, hijo de un exprefecto del distrito de El Fuerte, así lo notificó Zacarías Ochoa, director político de Ahome a la gubernatura del estado.70 Al parecer tal fue el pesar en la familia a raíz de ese crimen que Leonardo R. Ibarra, hermano del desaparecido, quien se desempeñaba como Juez de Primera Instancia de aquel distrito, intentó quitarse la vida, así lo hizo saber el prefecto del distrito al gobernador del estado.71 Cabe recordar que desde años atrás la familia Ibarra se vio condenada al ostracismo político de cargos de peso en la política estatal, y en constante confrontación con Francisco Orrantia y Sarmiento.

En el caso de la The Credit Foncier Company (CFCo) la confrontación fue de grandes magnitudes, al empezar a surgir diferencias la colonia se dividió en dos bandos antagónicos, con ideas irreconciliables: uno denominado “Saints” o santos, liderado por Albert Kimsey Owen, fieles al sistema de cooperación integral y, el otro, los disidentes llamados “ kickers “, quienes apostaban al individualismo y a la propiedad privada de la tierra, y cuya cabeza más visible y líder fue Christian Hoffman. Estos conflictos se trataran a continuación.

–––––––––––––– 68 Ibíd., p. 571. 69 Francisco Padilla Beltrán, “Los empresarios del Valle del Fuerte”, op. cit., p. 41. 70 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del estado de Sinaloa, Ramo

Gobernación, Agosto, 1888, exp. 15, f. 235. 71 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Justicia, Noviembre, 1888, exp. 28, f. 276.

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Hoffman, fundó en Estados Unidos la empresa The Kansas-Sinaloa Investement Company (KSICo) el 11 de Julio de 1889, cuya carta consultiva establecía como una empresa mercantil destinada a adquirir tierras en Sinaloa y asegurarlas para los colonos. Esta sí era una inversión atractiva ante los ojos de los inversionistas capitalistas, pues las excelentes condiciones de la región prometían alta plusvalía en aquellas tierras. Con gran ímpetu KSICo inició sus actividades, pues en sólo tres meses logro adquirir 10 mil 520 hectáreas. Además, Owen le transfirió los derechos de su convenio con John Rice, fideicomisario del predio Los Mochis, para que estas tierras fueran adquiridas por KSICo.72

Luego se procedió a la construcción de un canal de riego para echar a producir las tierras adquiridas. Meses atrás Hoffman inició una campaña de publicidad de la colonia, la cual arrojó prontos resultados, pues en Diciembre de 1890 arribó un contingente de 166 personas con equipo e implementos de excavación para trabajar en el canal, meses después ya en 1891 llegaron 195 colonos más.73 A pesar de eso no todos eran aptos para el duro y desgastante trabajo de desmonte, destroncamiento, excavación y acarreo de la tierra suelta. Contrario a los principios de la colonia, se emplearon en calidad de peones un cierto número de indígenas mayos, a los cuales se les asignó un salario de 50 centavos por jornada de ocho horas de trabajo, más una ración de maíz y fríjol.74

Tras 180 días de arduo trabajo el canal de Tastes finalmente quedó terminado y empezó a funcionar, en Julio de 1892,75 e inmediatamente se procedió a elegir un lugar dentro del predio de Los Mochis para el establecimiento de los colonos. Los colonos que arribaron cuando se iniciaron las obras de construcción estaban de acuerdo con los principios de cooperación integral, pero decían que debería haber cierta flexibilidad, para permitir la acción individual para obtener los máximos resultados. Estos colonos exigían la titulación privada de la tierra que había de pertenecerles a cada quien, a cambio del efectivo entregado al inscribirse en la colonia, o bien por el crédito de servicios prestados por ellos después de haber llegado a la colonia.

–––––––––––––– 72 Sergio Ortega y Noriega, El Edén Subvertido. La colonización de Topolobampo 1886-

1896, México, SEP-INAH, 1978, p. 143. 73 Ibíd. 74 Ibíd., p. 146. 75 Ibíd., p. 151.

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En 1893 sus líderes intentaron resolver estas desavenencias, pero esto no se logro, entonces Hoffman vendió sus derechos al Coronel A. J Streeter; Owen al igual que Hoffman y otros cabecillas de ambos bandos se desentendieron definitivamente de la colonia.76 Este conflicto trajo efectos negativos como la disminución de colonos: para 1893 se marcharon más de doscientos colonos y finalmente el terreno de La Logia fue vendido a particulares mexicanos.77

Otro problema que también afectó y vino a dar colofón a la caótica situación de la colonia, fue la lucha por la posesión de las tierras, así como el control del canal de Tastes, entre la CFCo y KSICo. Las instancias tanto estatal como federal estuvieron informados de dicha situación, pues el prefecto de distrito remitió un expediente a ambas instancias, el cual contenía documentos relativos a las dificultades ocurridas entre los colonos con motivo del uso del canal.78

Después de una serie de litigios ahora contra el Coronel Streeter, que duraron varios años los colonos recibieron la posesión del canal en pésimas condiciones, pero por esos mismas días caducó la concesión otorgada por parte del gobierno federal a Owen, de tal manera los colonos quedaron desamparados sin tierras y sin agua en buenas condiciones: el canal quedó sin dueño.79

En cuanto a la situación del predio Los Mochis la situación estaba tan tensa que Antonio B. Gastelum, apoderado de Carlos Retes pidió por conducto de la prefectura de El Fuerte se le autorizara mandar gente armada al terreno de Los Mochis, a fin de amparar la posesión del terreno.80

Respecto al destino de la tierra, cuando estalló el conflicto se encontraba de la forma siguiente: cuarenta y dos por ciento en poder del fideicomiso John H. Rice, treinta y ocho por ciento de KSICo y veinte por ciento en poder de Carlos Retes y la Sucesión de Blas Ibarra. The Credit Foncier Company no poseía ningún terreno formalmente.81 Para aquellos años Benjamín Francis

–––––––––––––– 76 Ibíd., p. 167. 77 Thomas Robertson, Utopía del Sudoeste: Una colonia americana en México, 2da

edición, Los Ángeles, The Ward Ritchie Press, 1964, p. 97. 78 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Fomento, Diciembre, 1895, exp. 8. 79 Sergio Ortega y Noriega, El Edén Subvertido..., op. cit., pp. 168-169. 80 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Gobernación, Julio, 1895, exp. 2, f. 14. 81 Sergio Ortega y Noriega, op. cit., p. 172.

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Johnston siguió muy de cerca el desarrollo de todas estas situaciones, de modo que su entrada en escena no se hizo esperar, fue quien sacó los mejores dividendos de todo el largo trabajo desarrollado por los colonos de CFCo, Johnston concretó acuerdos para apoderarse de manera muy ventajosa tanto de la tierra (predio Los Mochis) como del agua (canal de Tastes).

Johnston obtuvo una concesión para tomar el agua del río Fuerte y construir el canal de Los Mochis, el cual extrañamente coincidía con el trazo del canal de Tastes. Al mismo tiempo se dedicó a comprar todo el script circulante emitido por al KSICo en menos del diez por ciento de su valor nominal. Ese papel podía hacerse válido ya sea en dinero o con derechos sobre el agua del canal, y cuando Johnston tuvo el control de la mayor parte del script exigió la entrega del canal.82 En lo tocante al predio Los Mochis, nuevamente Johnston jugó un papel importante al entrar en arreglo con los propietarios del predio Los Mochis, y en 1902 logró adquirir la mayor parte de dicho predio. Johnston les propuso a los colonos venderles la tierra que ocupaban a razón de de 61.80 dólares la hectárea con derecho a agua.83

Obviamente que esta cuestión no fue del agrado de los colonos, aun así hubo algunos principalmente los “ kickers “, que aceptaron las nuevas reglas del juego y se convirtieron en propietarios de la tierra, mediante su compra a Johnston, los “ saints “ se rehusaron a emularlos y se dispersaron en diferentes puntos del valle. Sin embargo los primeros estuvieron expuestos de manera continua a las decisiones de Johnston, quien a veces les bajaba el precio de la caña o bien les incrementaba las cuotas del agua.

Otra cuestión íntimamente ligada con la colonia y su desarrollo final fue la construcción de un ferrocarril. Después de cambios de concesiones, propietarios e inversionistas, pudo echarse a andar su construcción, cuestión que causó asombro entre propios y extraños, inclusive el entonces presidente de la República deseaba saber con qué elementos comenzó su construcción la empresa de dicho ferrocarril.84 Los intereses de los propietarios de Ferrocarril Kansas City México y Oriente se entrecruzaron con los intereses de algunos mexicanos acaudalados, que fueron atropellados de manera constante con la complacencia del gobierno. ––––––––––––––

82 Mario Gill, La Conquista del Valle del Fuerte, Culiacán, Universidad Autónoma de Sinaloa, Instituto de Investigaciones de Ciencias y Humanidades, Colección Rescate, 19, 1983, p. 64.

83 Sergio Ortega y Noriega, El Edén Subvertido…, op. cit., p. 177. 84 AHGES, Correspondencia de la Secretaría de Gobierno del Estado de Sinaloa, Ramo

Fomento, Marzo, 1896, exp. 1.

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Los magnates ferrocarrileros amparados bajo la Ley de 1899 en materia de ferrocarriles, la cual daba amplios poderes de expropiar para causas de utilidad pública, terrenos, edificios y extraer para su beneficio recursos materiales donde se encontrasen. Contando con este soporte legislativo, el 9 de Julio de 1902, el representante de Kansas City, Manuel L. Choza dirigió un ocurso al juez del distrito del estado licenciado Francisco Labastida y Anguiano en que exponía que faltando poco para terminar la obra de terraceria de la Villa del Fuerte a Topolobampo, era necesario tomar y utilizar para su derecho de vía y demás, las extensiones de setenta metros de ancho por 5 mil 600 metros de largo para la vía y una superficie de 35.5 hectáreas en la cual quedarían las oficinas y demás dependencias del ferrocarril. Dicho representante argumentaba que no fue posible llegar a un acuerdo con los dueños de los expresados terrenos, por ser algunos de ellos desconocidos e ignorándose su paradero, y de los demás decía tenían pretensiones monstruosas respecto a la indemnización solicitada.85

Este era sólo el inicio de un largo proceso de despojo y especulación. A dichos terrenos pretendían tener derecho: la sucesión de Benjamín Carman, cuya albacea era desconocida; la de don Miguel G. Careaga, cuyo representante era Baldomero Herrerías; la de Josefina Ibarra Vda. de Retes de la cual se titulaba representante el señor Carlos Retes, y por último, los señores Enrique C. Creel y Carlos Zaloago.

Dada la urgencia de la compañía, su representante gestionó se aplicaran las fracciones VI y VII del articulo 70 de la Ley de Ferrocarriles del 29 de Abril de 1899 y se les autorizara la inmediata ocupación provisional de los terrenos. Días después de la primera comunicación a que hacemos referencia, el juez licenciado Francisco Labastida y Anguiano dictó la resolución siguiente: En virtud del dictamen del Ingeniero Natividad González y con fundamento en la fracción VI del artículo 70 de la Ley de Ferrocarriles (….) Previo deposito en la sucursal del Banco de la Nación en esta ciudad, de la suma de quinientos pesos, se autoriza a la Compañía Kansas City México y Oriente, para la inmediata ocupación provisional de los terrenos.86

Habían transcurrido tan sólo dos meses para que este caso se resolviera favorablemente a la compañía, desde la solicitud, la resolución provisional y la

–––––––––––––– 85 Mario A. Lamas Lizarraga y Sergio Beltrán C., “El Ferrocarril Kansas City México y

Oriente y la nueva concentración de tierras: El caso Topolobampo”, Memoria del VII Congreso de Historia Regional, Culiacán, IIES-UAS, 1987, p. 401.

86 Ibíd., p. 403.

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definitiva y la publicación de la orden de posesión de los citados terrenos. Lo anterior denota claramente el apoyo e impulso que el gobierno Porfiriano profirió a los inversionistas de los ferrocarriles, sobre todo si eran extranjeros.

En 1903 uno de los propietarios afectados, Carlos Retes, hizo patente su molestia plasmándola en un documento en donde mencionaba ciertos elementos para dar marcha atrás al proceso de expropiación. Inicialmente contradijo la idea que la compañía no pudo llegar a un acuerdo de compra-venta con los afectados, ya que anteriormente ésta había adquirido un predio de 75 hectáreas en una transacción con la señora Virginia Delgado. Por otra parte también argumentaba que la adjudicación de estas propiedades representa “gravísimos peligros y amenazas para los intereses públicos y privados de todos los vecinos y conciudadanos.87

El mismo Carlos Retes continúa haciendo sus conjeturas y llega a la conclusión de que hasta la persona menos experimentada en estos menesteres se da cuenta que las 110.5 hectáreas, es demasiada superficie para los fines aludidos por la empresa ferrocarrilera, y asevera que la finalidad es acaparar el mayor número de tierra posible y después especular con esos terrenos. Vislumbra también la enorme posibilidad de que el terreno empleado para el muelle y atracadero se convierta en la única entrada a tierra firme, convirtiéndose la empresa en la soberana absoluta de la entrada al puerto de Topolobampo.88

La cosa no terminaba ahí, pues para las misma fecha Retes exponía su descontento, la compañía ya había empezado a arrendar solares como fue el caso del contrato celebrado entre la empresa y Severiano León, por un solar de veinte metros de largo por diez metros de ancho a un precio de de cincuenta centavos mensual; así como otros muchos contratos de arrendamiento de solares de diferentes extensiones y precios en fechas posteriores al anteriormente señalado.89

En ese aspecto Retes no se equivocó, y era solo el principio. Por esas mismas fechas la Kansas City México y Oriente aparte de las pugnas y dificultades con otros particulares, se enfrentó al problema de que sus trabajadores tanto de obra como operarios del ferrocarril se manifestaron en un

–––––––––––––– 87 Ibíd., p. 404. 88 Ibíd., p. 405. 89 Ibíd.

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conato de huelga al negarse a trabajar por menos de 2 pesos diarios en lugar del 1 peso y 25 centavos por el cual estaban contratados.90

Las dificultades continuaban, el 27 de Mayo de 1904 los señores Ricardo L. Miranda, L. Gastelum, Anacleto Hernández y otras treinta y ocho personas más enviaron un escrito a la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas solicitando su atención en relación a una injusticia que presentaban contra la compañía Kansas City México y Oriente, al quererlos ésta despojar de los terrenos que ocupaban en el pueblo de Topolobampo. Solicitaban se hiciera desistir de sus intenciones a la compañía, dado que ésta no respetaba el fundo legal donde estaban localizadas sus casas, pues la empresa ya aludida se creía propietaria de esos terrenos.91

Lejos de anteponer su actitud hostil hacia los avecindados de Topolobampo, y a pesar de recomendaciones escritas giradas por la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas,92 esta multicitada compañía mandó destruir algunas casas, y de manera inmediata dispuso cercar los terrenos con alambre de púas, pues se sentía con cierto fuero puesto que el Jefe de Policía era su empleado.93

Por otra parte, en lo que al uso de la tierra se refiere, el total de tierra empleadas en diversas actividades productivas oscilaba alrededor de noventa y ocho mil ciento cincuenta hectáreas, distribuidas entre setenta y tres propietarios, entre los que destacaba la Sinaloa Sugar Company, ubicada en la hacienda El Águila, de la alcaldía de Ahome, con una extensión de 3 mil 800 hectáreas, produciendo azúcar y alcohol con un valor fiscal de 144 mil 740 pesos, (esta misma empresa era propietaria de una extensión de 14 mil hectáreas, localizadas en el predio Los Mochis, también destinada a la industria azucarera y cuyo valor fiscal oscilaba en los 33 mil 850 pesos); otra propiedad raíz de extensión y valor considerable era de Francisco Orrantia y Sarmiento, con 5 mil hectáreas y dedicada al igual que la empresa aludida, a la producción azucarera y alcoholera y con un valor fiscal 112 mil 390 pesos; un tercer caso lo constituye Zakany Sucesores, propietarios de 1 mil 500 hectáreas, ubicada en la hacienda La Florida y con un valor fiscal de 22 mil 721 pesos.94

–––––––––––––– 90 Filiberto Leandro Quintero, op. cit., p. 552. 91 Mario Lamas y Sergio Beltrán, op. cit., p. 406. 92 Ibíd. 93 Ibíd., p. 407. 94 Archivo Municipal del Fuerte (en adelante AMDF), 1905, Caja 34, exp. 3. FS. 1 – 4.

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Clío, 2004, Nueva Época, vol. 4, núm. 32 154

Cabe destacar que estas tres empresas eran propietarias de una extensión de 24 mil 300 hectáreas cuyo valor fiscal era de 313 mil 701 pesos, frente a los 63 propietarios de tierras dedicadas principalmente a la siembra de maíz y cuyo valor ascendía a los 240 mil 256 pesos. Lo importante de este aspecto es que estas 63 personas, no tenían invertida la misma cantidad de capital respecto a los cuatro ingenios azucareros que funcionaban por esos años. De ese número de tierra 16 mil 565 hectáreas eran terrenos de temporal, 8 mil 275 eran tierras irrigadas. Por esos años la superficie total del distrito de El Fuerte se encontraba clasificada de la forma siguiente: 345 mil 382 tierras sin cultivar, de las cuales 205 mil hectáreas eran de pastizales y 135 mil hectáreas eran de bosques.95 Como podrá verse, a lo largo de la segunda mitad del siglo XIX las iniciativas para modificar la propiedad de la tierra en el norte de Sinaloa tuvieron resultados gratificantes para los hombres de poder, así como para los inversionistas extranjeros.

–––––––––––––– 95 AMDF, 1905, Caja 34, exp. 3. FS. 5 – 10.