La educación media vista como una pos secundaria y su relación con la educación terciaria

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LA EDUCACIÓ N MEDIA VISTA CÓMÓ UNA PÓS-SECUNDARIA Y SU RELACIÓ N CÓN LA EDUCACIÓ N TERCIARIA. Por: Mg. Saúl Romero Morales. Para abordar este tema, es necesario retomar algunos REFERENTES DE POLÍTICA EDUCATIVA EN COLOMBIA, con antecedentes posiblemente desde hace una década; en especial, por la relevancia que tiene el documento del "Plan sectorial de Educación 2006- 2010, conocido como Revolución Educativa, a partir del cual, se plantea el énfasis en la educación, como un vehículo para lograr una sociedad más equitativa; impulsándose en consecuencia, los procesos de ampliación de cobertura y mejoramiento de la calidad. Pero, este plan se queda corto, frente a las demandas de los sectores productivos, en una economía globalizada, ya que se requiere construir un país más competitivo, que permita brindar una mejor calidad de vida a sus habitantes. En respuesta a lo anterior, el país asume unos compromisos específicos a través del Plan Nacional Decenal de Educación 2006 - 2015, como un pacto social, que ha venido desarrollando cuatro políticas fundamentales: cobertura, calidad, pertinencia y eficiencia; proponiéndose, para cada una de estas políticas, una serie de metas y estrategias que se constituyeron en el derrotero que orientaron la acción del sector educativo en este tiempo, con el fin de avanzar hacia el logro de los macro-objetivos que se formuló la sociedad y el país en la °Asamblea Nacional por la Educación", especialmente en: el fortalecimiento de la educación para la primera infancia; el fortalecimiento de los procesos lectores y escritores; el acceso, pertinencia y permanencia en el sistema educativo; la creación de modelos educativos flexibles; el fortalecimiento e incorporación de las TIC y el bilingüismo en la educación; además, de la profesionalización del docente. En concordancia con lo anterior, se han tenido avances como los siguientes: En PRIMERA INFANCIA, se reglamenta la atención integral de los niños y las niñas de los sectores clasificados como 1, 2 y 3 del SISBEN, en desarrollo de políticas relacionadas con la educación superior a través de la Ley 1295 del 6 de Abril de 2009; especialmente reguladas, en su Artículo 7°, en donde establece que el Ministerio de Educación Nacional, con el acompañamiento del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, promoverá el diseño y la discusión de lineamientos curriculares, que puedan ser incorporados por las normales superiores, con miras a promover la formación de profesionales capacitados para atender a los niños y las niñas de la primera infancia, de los niveles 1, 2 Y 3 del SISBEN, en labores de atención en nutrición, logro de competencias específicas por medio de metodologías flexibles y especiales; además, de formación en valores. Los hospitales deberán crear programas de recuperación nutricional ambulatoria, que involucren procesos de valoración, tratamiento y seguimiento al niño; y capacitación en mejores prácticas

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LA EDUCACIÓ N MEDIA VISTA CÓMÓ UNA PÓS-SECUNDARIA Y SU RELACIÓ N CÓN LA EDUCACIÓ N TERCIARIA.

Por: Mg. Saúl Romero Morales.

Para abordar este tema, es necesario retomar algunos REFERENTES DE POLÍTICA

EDUCATIVA EN COLOMBIA, con antecedentes posiblemente desde hace una década; en

especial, por la relevancia que tiene el documento del "Plan sectorial de Educación 2006-

2010, conocido como “Revolución Educativa”, a partir del cual, se plantea el énfasis en la

educación, como un vehículo para lograr una sociedad más equitativa; impulsándose en

consecuencia, los procesos de ampliación de cobertura y mejoramiento de la calidad. Pero,

este plan se queda corto, frente a las demandas de los sectores productivos, en una

economía globalizada, ya que se requiere construir un país más competitivo, que permita

brindar una mejor calidad de vida a sus habitantes.

En respuesta a lo anterior, el país asume unos compromisos específicos a través del Plan

Nacional Decenal de Educación 2006 - 2015, como un pacto social, que ha venido

desarrollando cuatro políticas fundamentales: cobertura, calidad, pertinencia y eficiencia;

proponiéndose, para cada una de estas políticas, una serie de metas y estrategias que se

constituyeron en el derrotero que orientaron la acción del sector educativo en este tiempo,

con el fin de avanzar hacia el logro de los macro-objetivos que se formuló la sociedad y el

país en la °Asamblea Nacional por la Educación", especialmente en: el fortalecimiento de

la educación para la primera infancia; el fortalecimiento de los procesos lectores y

escritores; el acceso, pertinencia y permanencia en el sistema educativo; la creación de

modelos educativos flexibles; el fortalecimiento e incorporación de las TIC y el bilingüismo

en la educación; además, de la profesionalización del docente.

En concordancia con lo anterior, se han tenido avances como los siguientes:

En PRIMERA INFANCIA, se reglamenta la atención integral de los niños y las niñas de los

sectores clasificados como 1, 2 y 3 del SISBEN, en desarrollo de políticas relacionadas con

la educación superior a través de la Ley 1295 del 6 de Abril de 2009; especialmente

reguladas, en su Artículo 7°, en donde establece que el Ministerio de Educación Nacional,

con el acompañamiento del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, promoverá el

diseño y la discusión de lineamientos curriculares, que puedan ser incorporados por las

normales superiores, con miras a promover la formación de profesionales capacitados para

atender a los niños y las niñas de la primera infancia, de los niveles 1, 2 Y 3 del SISBEN,

en labores de atención en nutrición, logro de competencias específicas por medio de

metodologías flexibles y especiales; además, de formación en valores. Los hospitales

deberán crear programas de recuperación nutricional ambulatoria, que involucren procesos

de valoración, tratamiento y seguimiento al niño; y capacitación en mejores prácticas

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alimentarias dirigida a los padres de familia y/o cuidadores. En el Parágrafo de este mismo

artículo, especifica que de igual manera, el Ministerio de Educación Nacional realizará un

diagnóstico sobre la oferta existente en las Normales Superiores, las Universidades e

Instituciones de Educación Superior, de programas de formación integral para la primera

infancia, para los niños con o sin algún tipo de discapacidad o niños genios y con

habilidades especiales.

De otra parte, mediante la Ley 1804 del 2 de agosto de 2016, se establece la política de

estado, para el desarrollo integral de la primera infancia de cero a siempre y se dictan otras

disposiciones como las siguientes:

Se concibe la primera infancia como una población prioritaria para el Estado, dado su

carácter estratégico para el desarrollo y la sostenibilidad del país.

Se da prioridad a la articulación intersectorial como mecanismo de gestión fundamental

para lograr la concurrencia de propósitos y recursos del gobierno nacional, territorial, y

otros sectores de la sociedad poniendo en el centro de sus esfuerzos el desarrollo

integral de los niños y las niñas desde la gestación hasta los 6 años.

Se proponen esquemas de gestión y financiación que permitan avanzar hacia la

universalización de la atención y el ejercicio pleno de los derechos de la primera

infancia.

Se establece una visión clara sobre el desarrollo esperado para nuestros niños y niñas

durante este periodo de vida, y de las líneas de trabajo gubernamental y social

necesarias para alcanzarlo.

Finalmente, reitera que la intervención debe ser diferenciada según la edad, el sexo, las

particularidades de cada individuo y las condiciones en las que viven las niñas, los niños

y sus familias.

En cuanto al FORTALECIMIENTO DE LOS PROCESOS LECTORES Y ESCRITORES, que

se inició oficialmente desde los años ochenta, con el movimiento pedagógico; este se

formalizo con el PNLE (plan nacional de lectura y escritura) desde Colombiaaprende,

complementado con “leer es mi cuento” del mismo MEN; a través del cual, se busca que

los niños y jóvenes de las escuelas de Colombia, tengan la oportunidad de acceder a

materiales de lectura de calidad y que además, cuenten con bibliotecas escolares como

verdaderos lugares de aprendizaje y disfrute, con el fin de mejorar las competencias en

lectura y escritura.

Como evidencia importante de este proceso, se puede destacar también, “La Feria

Internacional del Libro de Bogotá” (FILBO), que es el evento de promoción de lectura y de

la industria editorial más importante de Colombia y uno de los más significativos de América

Latina, que se realiza cada año, con la participación de los escritores, los libros y los lectores

que se convierten en los protagonistas de este escenario cultural, que se remata con el

“concurso nacional del cuento” según convenio entre RCN y MEN, para estimular y

promover la creación literaria en los estudiantes de nivel básico, medio y superior

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La importancia de estas actividades radica en que son vinculantes y en consecuencia,

coadyuvan en los PROCESOS DE ACCESO, PERTINENCIA Y PERMANENCIA EN EL

SISTEMA EDUCATIVO, previsto desde el plan sectorial de educación 2010-2014 donde se

prioriza la Educación de Calidad como el camino para la prosperidad, en razón a la amplia

relación entre los procesos educativos del país con el crecimiento, la productividad, la

competitividad y la disminución de la pobreza e inequidad. Premisas básicas que hay que

defender y proteger al hacer parte de una sociedad democrática; por tanto, la observancia

de una EDUCACIÓN INCLUSIVA ha venido adquiriendo un lugar relevante en el mundo,

que sumado a la educación de las personas con discapacidad, y el INICIO DE UNA

EDUCACIÓN PARA TODOS (EPT), potencia y valora la diversidad, promoviendo al tiempo,

el respeto a ser diferentes, garantizando en consecuencia, la participación de la comunidad

dentro de una estructura intercultural, en los procesos educativos, lo cual se debe

evidenciar en primera instancia, en las diferentes instituciones educativas del país.

De acuerdo con lo anterior, la educación inclusiva, como estrategia, pretende combatir la

exclusión social y para ello, fomenta un proceso multidimensional, caracterizado por una

serie de factores materiales y objetivos, relacionados con aspectos económicos y político-

jurídicos (ingresos, acceso al mercado de trabajo y a activos, derechos fundamentales entre

otros…), y factores simbólicos y subjetivos, asociados a acciones determinadas que atentan

contra la identidad de la persona, cuando por ejemplo, hay rechazo e indiferencia o

simplemente esta no es tenida en cuenta como parte activa en un contexto o región en

particular.

En coherencia con lo anterior, desde el 2009, el MEN apoyado en la guía 33, comienza un

proceso de reorganización del sistema educativo, para que funcione de manera

descentralizada, teniendo claro que el objetivo básico, es hacer efectivo el derecho

fundamental a la educación de los niños, niñas y jóvenes colombianos. En este proceso de

descentralización administrativa, las competencias y responsabilidades en educación

varían según se trate de una entidad territorial certificada o no, pero siempre teniendo

presente lo establecido en la Ley 715 de 2001.

Ahora, están previstos en este proceso de descentralización, algunos órganos consultivos

para planear y diseñar políticas educativas, que pueden ejercer evaluación y control, y

cuyas funciones, en términos generales, dependen de su nivel territorial, como la JUNE

(Junta Nacional de Educación) JUDE (Juntas Departamentales de Educación), JUDI

((Juntas Distritales de Educación) y JUME (Juntas Municipales de Educación). Su

composición y funciones, se encuentran consagradas en los artículos 155 a 163 de la Ley

115 de 1994, artículos 130 y 131 del Decreto 2150 de 1995; también, establecidos en la

Ley 715 de 2001, en especial en el artículo 20, cuando especifica que los departamentos y

distritos, son entidades territoriales certificadas, al igual que los municipios que al momento

de expedirse la ley contaban con más de 100.000 habitantes. El criterio del tamaño de la

población, fue el establecido en su momento y va hasta el 2002. Posteriormente, los criterios

son los determinados en los Decretos 2700/2005 y 3940 /2007. En concordancia con lo

anterior, es que la nación transfiere a los entes territoriales los montos, según una

tipificación previamente establecida por mandato de los artículos 356 y 357 de la

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Constitución Política, para la financiación de los servicios educativos de su región. Sin

embargo, estas juntas como órganos consultivos no están operando y nuevamente las

decisiones prácticamente se toman desde el gobierno central; como, por ejemplo, lo

relacionado con los cuatro niveles de enseñanza que componen el sistema educativo para

todo el país, según los conceptos generales de la educación preescolar, básica y media, lo

cual se establece y se cumple según lo referenciado por el MEN en los términos señalados

para cada nivel, en este caso, como se puede ver en la página 11 de su guía 33 así:

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En desarrollo de lo anterior y de la Ley, se definió para la zona rural, la asociación de centros

educativos que como instituciones ofrezcan ciclos articulados en el proceso completo de

educación, en especial aplicando MODELOS EDUCATIVOS FLEXIBLES como escuela

nueva y pos primaria, entre otras establecidas por el mismo MEN, en el marco de la escuela

activa, como un modelo que debe trascender a todo el país, ya que está fundamentado en

el trabajo por competencias, el cual se debe aplicar en las diferentes áreas y cursos

contemplados para la educación preescolar, básica y media, pero que en la actualidad, no

avanza, especialmente en el sector rural, por la carencia de acompañamiento, de

capacitación para los nuevos maestros y escasez de recursos; no tanto logísticos, sino de

cofinanciación ya que la federación de cafeteros por ejemplo, dejo de articular procesos y

proyectos de desarrollo rural con las secretarias de educación, en sus zonas de influencia;

situación, que hay que incentivar nuevamente y además vincular para las otras regiones,

aquellas empresas importantes del sector productivo, en cada zona de la geografía

nacional, especialmente, las minero energéticas, para que participen en estos proyectos

educativos, integrándolos con los productivos, para fortalecer una educación integral que

incluya la formación para el trabajo.

Para consolidar la propuesta anterior, se requiere que los centros e instituciones educativas,

periódicamente ajusten sus PEI, como proyectos institucionales o PER para los sectores

rurales, atendiendo a la metodología de planeación estratégica, para poder hacer estudios

situacionales que reflejen los aspectos de fortaleza y sobre los cuales debemos mejorar,

sistematizando no solamente necesidades, sino también, oportunidades, a través de un

CURRICULO PERTINENTE, que permita establecer proyectos desde las instituciones, que

además tengan articulación con programas de los planes territoriales, para garantizar su

viabilidad, seguimiento y control de resultados.

Acorde con lo anterior, el gobierno nacional en desarrollo de sus políticas educativas a

través del MEN, le ha venido haciendo seguimiento en especial a dos áreas en particular,

como son el caso de las TIC y la enseñanza del inglés como segunda lengua, acatando lo

dispuesto en el plan decenal 2006 – 2015.

En relación con la primera, desde marzo de 2008, el Ministerio de Educación Nacional,

presentó a la comunidad educativa el documento APROPIACIÓN DE TIC, en el desarrollo

profesional docente, para orientar los procesos de formación en el uso de TIC, que se

estaban ofreciendo a los docentes del país. La ruta se definió “con el fin de preparar a los

docentes de forma estructurada, para enfrentarse al uso pedagógico de las TIC, participar

en redes, comunidades virtuales y proyectos colaborativos; además, de sistematizar

experiencias significativas con el uso de las TIC.” (Ministerio de Educación Nacional, 2008).

Para la educación básica primaria desde la Ludomática y la Escuela Virtual, se trató de

empoderar a los docentes y estudiantes en cuatro elementos a saber:

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Repensar la forma de enseñar a partir de pedagogía activa; Articular los recursos tecnológicos y no tecnológicos a las propuestas

metodológicas; Hacer formación en servicio de los docentes, con seguimiento a lo largo del proceso

de innovación; Evaluar efectos en estudiantes y docentes.

Y desde la educación media se propuso:

Utilizar las TIC como herramienta de apoyo en el desarrollo de las áreas integradas. Fomentar el uso frecuente de las TIC como recurso de información para facilitar la

construcción de conocimiento. Mejorar la práctica pedagógica formando niños y niñas más comprometidos con su

desarrollo y el de la sociedad. Utilizar las TIC como herramientas que faciliten la construcción del conocimiento

matemático, permitiendo la interacción y participación activa de los educandos Aplicar las clases Integradas con las Tics para desarrollar en los estudiantes

habilidades cognitivas y sicomotoras de manera creativa y divertida

En síntesis, la propuesta metodológica sugiere, integrar curricularmente las TIC en una

institución educativa que ofrezca los niveles de educación básica y media, para hacer

seguimiento a etapas secuenciales relacionadas con: Diagnosticar, capacitar, planear,

desarrollar y evaluar; para cumplir con un ciclo de mejoramiento continuo.

Otro de los objetivos en relación con el seguimiento de áreas, está referido en el

PROGRAMA NACIONAL DE BILINGÜISMO, que pretende tener ciudadanos y ciudadanas

capaces de comunicarse en inglés, con estándares internacionalmente comparables, que

inserten al país en los procesos de comunicación universal, en la economía global y en la

apertura cultural. Con este propósito, el programa ha venido consolidando estrategias tales

como: la definición de estándares de competencia en inglés, la evaluación de competencias

en estudiantes, docentes y egresados de las licenciaturas y programas de lenguas, la oferta

de programas de mejoramiento para la formación del profesorado tanto en lengua como en

metodología de la enseñanza del inglés y la vinculación de nuevas tecnologías y medios

para la enseñanza y aprendizaje del inglés.

En coherencia con lo anterior, el artículo 21 de La Ley General de Educación (Ley 115 de

1994) dispone que los establecimientos educativos, deban ofrecer a sus estudiantes el

aprendizaje de una lengua extranjera, desde el nivel básico. En consecuencia, el Ministerio

de Educación Nacional define en la década de los noventa, los lineamientos curriculares

para orientar el proceso de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes en la educación

básica y media. Sin embargo, la mayoría de los estudiantes, aún continúa teniendo un bajo

nivel de inglés (<A1-A1: básico), el cual se deriva de la baja competencia comunicativa en

lengua extranjera de la mayoría de los docentes del área (A1 – A2: básico).

El programa actual de "Colombia Bilingüe 2014-2018" del Ministerio de Educación Nacional,

se ha propuesto la meta de subir para el año 2018, el nivel Pre Intermedio B1 del 2% al 8%

y del 7% al 35% de los estudiantes en nivel Básico A2. Llegar a esta meta permitirá que los

estudiantes de todo el sistema educativo, se comuniquen cada vez mejor en inglés y puedan

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acceder a mejores oportunidades laborales y profesionales; para reforzar esta iniciativa, se

reforzó el programa con nativos, provenientes de países de habla inglés, que se vinculan a

las instituciones educativas, atendiendo a convenios suscritos previamente con los entes

territoriales; sin embargo, vemos que los nativos si aprenden el español, pero nuestros

estudiantes, no logran asimilar y apropiar esta segunda lengua; por tanto, hay que

considerar una nueva visión para este tipo de inmersión.

Obviamente, el mejoramiento en el rendimiento y pertinencia de estas áreas y de las demás

consagradas en el artículo 23 de la ley general de educación, depende en buena medida

de la PROFESIONALIZACION y ACTUALIZACION DE LOS DOCENTES; situación, que ha

venido siendo de interés inmediato, para mejorar lo relacionado con la política de calidad

educativa, con la expedición de normas como las siguientes:

Decreto 3782 de 2007, sobre “la evaluación anual de desempeño” la cual hace

referencia a cualquier cargo que desempeñe el docente, bien sea en: preescolar, básica

primaria, básica secundaria o media. En esta, se pretende evaluar al docente, a partir

de competencias, teniendo en cuenta unas condiciones específicas a nivel institucional;

que implican además, la aplicación en contexto de conocimientos, habilidades y

capacidades; de igual forma, esta valoración, se relaciona con el desempeño laboral,

puesto que determina con que veracidad los docentes enfrentan las diferentes

situaciones con creatividad y flexibilidad; como también prevé que competencias

funcionales y comportamentales afloran alrededor del ejercicio de sus funciones en

relación con actitudes, valores, intereses y motivaciones.

Resolución No. 15711 del 24 septiembre de 2015 “Por la cual se establece el

cronograma de actividades para el proceso de evaluación de carácter diagnóstica

formativa de los educadores oficiales regidos por el Decreto Ley 1278 de 2002, que no

han logrado ascenso de grado o reubicación de nivel salarial y se fijan los criterios para

su aplicación” la cual reemplaza la evaluación por competencia que se realizaba a

través de prueba escrita desde el MEN, a través del ICFES.

Decreto 1335 de 2015 Que establece los requisitos para los etnoeducadores.

Decreto 915 de 2016 Concursos de ingreso para la carrera docente.

Resolución 09317 del 6 mayo de 2016 por la cual se adopta e incorpora el Manual de

funciones, Requisitos y Competencias para los cargos directivos docentes y docentes

del sistema especial de carrera docente y se dictan otras disposiciones.

Resolución 15683 del 1 de agosto de 2016 Por la cual se subroga el Anexo I de la

Resolución 9317 de 2016 que adoptó el Manual de Funciones, Requisitos y

Competencias para los cargos de directivos docentes y docentes del sistema especial

de Carrera Docente.

Complementario a las normas anteriores, el gobierno, también se ha preocupado por

relacionar y contextualizar el ambiente jurídico educativo; por esta razón, expide el Decreto

1075 de 2015, conocido como Decreto Único Reglamentario del Sector Educación, el cual

pretende racionalizar y simplificar del ordenamiento jurídico como una de las principales

herramientas para asegurar la eficiencia económica y social del sistema legal y para

afianzar la seguridad jurídica. Ya para la vigencia de 2016, se expide el Decreto 501 sobre

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Jornada única, como parte de una estrategia de retención escolar, que se relaciona con

planes complementarios focalizados, tales como: Alimentación y transporte escolar.

Se espera para el segundo semestre de 2016 y 2017 orientaciones para:1

Continuar organizando el sistema educativo para asegurar una educación de calidad

para todos, independientemente de la edad, el género, el nivel socio-económico, el

grupo étnico o cualquier otra condición.

Implementación de modelos educativos flexibles e innovación en metodologías

educativas. Para ello, se deberá observar aspectos relacionados en la Misión para la

Transformación del Campo que lidera el DNP donde se está promoviendo el Programa

de Desarrollo Rural con Enfoque Territorial (PDRIET) (DNP, 2014b) como estrategia de

intervención en el sector rural. Se busca con este programa, la inclusión productiva de

los diferentes actores sociales rurales. Se toman como base territorial del programa

zonas o provincias que respondan a criterios de proximidad geográfica; en

consecuencia, se parte de la existencia en el país de 141 provincias con un promedio

de 8 municipios cada una. Finalmente, se propone una institucionalidad que asuma la

coordinación de las acciones del programa en cada provincia.2

Articulación entre la educación media y la educación superior, para avanzar en la

propuesta de educación terciaria, presentada en el foro educativo nacional de 2013

como “MODERNIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN MEDIA Y TRÁNSITO A LA

EDUCACIÓN TERCIARIA”.

En relación con este último aspecto, se encuentra como evidencia que a través de la

Ley 1753 de 2015 del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 se plantea el Sistema

Nacional de Educación Terciaria, el cual pretende poner a conversar tanto la Educación

Formal, tradicional de títulos académicos de la educación superior universitaria, con la

denominada Formación Profesional, vocacional o técnica, en el lenguaje internacional, la

cual tiene en el SENA su máxima expresión.

Desde el punto de vista internacional, este sistema ha sido promovido por la OCDE para

relacionar todo tipo de educación y/o formación posterior a la educación secundaria, la

cual identifica y logra reconocer el proceso educativo y formativo progresivo de una

1 A manera de conclusiones del trabajo realizado por docentes en formación del quinto semestre del programa de

formación complementaria de educadores PFCE de la Escuela Normal Superior de Villavicencio ENSV, como ejercicio

académico del curso de Gestión Educativa, sobre políticas educativas del estado colombiano, desarrollada en el

marco del proyecto: °CÓMO GARANTIZAR UNA EDUCACION INCLUSIVA, EQUITATIVA Y DE CALIDAD AL 2030,

PROMOVIENDO OPORTUNIDADES DE APRENDIZAJE DE CALIDAD, A LO LARGO DE LA VIDA, DE CONFORMIDAD

CON EL FORO MUNDIAL SOBRE LA EDUCACION 2015°, en especial con el capítulo °Estado actual y consideraciones

especiales en el transcurso de la implementación de estas políticas con una visión de futuro°, orientado por el Mg.

Saúl Romero Morales, durante ocho sesiones de trabajo de seis horas cada una, realizadas los lunes desde el 18 de

julio hasta el 12 de septiembre de 2016.

2 MEN. Colombia territorio rural: apuesta por una política educativa para el campo. Viceministerio de Educación Preescolar, Básica y Media. 2015

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persona, cualquiera que sea su ruta, definida mediante niveles de cualificación a través

de competencias.

Para el caso de Colombia, esta expresión, se introduce inicialmente con un documento

publicado por el Banco Mundial en 2003, denominado ‘La Educación Terciaria’ y,

posteriormente, en un documento de política pública, presentado al gobierno nacional en

2014 por el CESU, denominado ‘Acuerdo por lo Superior al 2034’. Más allá de esta

expresión, la concepción que como sociedad construyamos sobre este particular en

definitiva logrará el cometido de podernos comparar en el contexto internacional, sobre la

base de reconocer que no existe una única y exclusiva vía para el desarrollo económico

y social, a partir de la formación de capital humano altamente cualificado.

No obstante, lo anterior, los organismos internacionales como UNESCO, la Organización

para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) o el Banco Mundial (BM) utilizan

más bien el término de educación terciaria, como ya se dijo antes, para referirse a la

mayoría de estudios postsecundarios. Tal vez a partir de esta premisa, a futuro se tendría

que hablar de educación terciaria y no de educación superior en Colombia.

Pero, ¿Cuál es el concepto real de educación terciaria que hasta ahora maneja el MEN? y

tal vez, se resume en estructurar un sistema de educación terciario que de alguna forma

modificaría abiertamente la Ley 30 de 1992, en lo relacionado con niveles de formación y

tipología institucional, lo que llevaría a un cierre de los programas técnicos profesionales

ofertados por las instituciones de educación superior entre ellos el de formación de

educadores desde las escuelas normales superiores. Situación que ya tiene sus avances

con la certificación que deben tener las Universidades de alta calidad y con la expedición

de la resolución 02041 del 3 de febrero de 2016 "Por la cual se establecen las

características específicas de calidad de los programas de Licenciatura para la obtención,

renovación o modificación del registro calificado"; porque algo que, si es claro, es que para

mejorar la educación de un país, los profesores deben ser los mejores, lo cual está apoyado

por los estudios de la fundación COMPARTIR, cuando indica que para ejercer la docencia

como mínimo se debe tener el título de licenciado.

En relación con lo anterior, Semana Educación y la revista Dinero, explican las cinco claves

de la reforma a las licenciaturas como se describe a continuación:3

1. La práctica hace al maestro. Este dicho es literal en la reforma. La antigua ley

recomendaba una práctica de mínimo un año, pero daba libertad a las universidades

para decidirlo. En la actual reforma se obliga a que sea mínimo de 50 créditos,

convirtiéndola así en la principal herramienta para enseñar. Además, las instituciones

con licenciaturas deberán hacer un seguimiento riguroso del proceso.

2. Profesores: todos, bilingües. Maestros, les tocó aprender inglés. La nueva reforma

obliga –sin importar el área de énfasis del docente– a que los maestros sean bilingües

3 http://www.dinero.com/edicion-impresa/educacion/articulo/importantes-universidades-colombianas-anunciaron-crear-nuevos-programas-de-licenciatura/219408.

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y certifiquen nivel intermedio B1. Para aquellos que dicten idiomas, el nivel tendrá que

ser mayor (C1). Para lograrlo, las instituciones de educación superior tendrán que incluir

plan de estudios y estrategias para que los futuros docentes logren los estándares.

3. No más carreras 100% virtuales. La virtualidad de las carreras reduce la experiencia

de la práctica. Por eso, el MEN decidió que, dada la necesidad de practicar la docencia

para ser el mejor profesor, las licenciaturas no pueden ser completamente virtuales. Es

por ello que los programas a distancia se deben modificar a una metodología mixta.

4. Usted sabe quién soy yo, el profesor. De ahora en adelante las instituciones de

educación superior que tienen en sus pregrados licenciaturas deben tener un perfil claro

del egresado que sea acorde con el sector en el que se va a emplear. También deben

generar convenios de cooperación que faciliten el proceso de búsqueda laboral.

5. ¿Cuál es su nombre? Licenciatura en… Con la nueva reforma, los nombres de las

licenciaturas deben darle al estudiante y a quienes estén interesados información básica

sobre lo que se enseña en esa carrera. Lo que ocurría antes es que no existía un límite

en la manera de llamar los programas. Eso derivó en una gama demasiado amplia de

opciones. En algunos casos, no era claro qué se dictaba en una u otra licenciatura. La

nueva norma establece entonces que sean nueve grandes ramas y 47 denominaciones.

Igual se asimilaría, para las demás profesiones, que requerirían como mínimo de un título

profesional.

Pero retomando nuevamente lo relacionado con los fundamentos de la educación terciaria,

encontramos que existe una propuesta del PND, construida sin la consulta ni aval de las

instituciones de educación superior y menos aún de las que ofertan programas técnicos

profesionales, que dice: "Créese el Sistema Nacional de Educación Terciaria (SNET),

conformado por toda aquella educación o formación posterior a la educación media, cuyo

objeto es promover el aprendizaje a un nivel elevado de complejidad y especialización", y

nada más al respecto, lo que nos permite pensar que aún no existe claridad ni articulación

en el mismo gobierno, frente a qué aspectos se deben vincular a este nuevo sistema, en

relación con la educación formal, no formal e informal, para garantizar la continuidad en el

sistema educativo, el cual debe empezarse a considerar como uno solo, para que a futuro

se tenga una sola ley general para la educación Colombiana y no como hasta ahora, en la

que tenemos una para los niveles de preescolar hasta media y otra para la educación

superior.

Como en el engranaje de estas dos leyes se presentan inconsistencias, entonces, surgen

necesidades específicas, especialmente en la articulación de la media con la superior, para

subsanar vacíos jurídicos o híbridos como es el caso de los programas de formación de

educadores de las Escuelas Normales, que, para no desaparecer, solo tienen la

oportunidad de convertirse en Institutos técnicos o tecnológicos de Educación Superior, lo

cual solo se puede hacer a través de una nueva ley específica para estas ENS.4

4 ROMERO M Saúl. Una ley específica para Escuelas Normales Superiores en Colombia 2016. en: http://es.slideshare.net/Saul_Romero/9-una-ley-para-escuelas-normales-en-colombia-propuesta-de-mg-sal-romero-morales

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Igual ocurre, en relación con la articulación entre la media y la superior desde la formación

para el trabajo, en donde se requiere modificar en la ley 115 de 1994 los artículos 27 al 35

sobre la educación media; si se toma como una tipología, en relación con lo que se prevé

para el nuevo sistema de educación terciaria, lo cual solo se puede modificar únicamente

con otra ley, ya que establecería unas nuevas condiciones y requisitos en relación con:

Duración y finalidad por cuanto se tomaría la educación media como pos-secundaria

muy similar a la preparatoria de algunos países pertenecientes a la OCDE, que

integraría la media académica y media técnica, reguladas actualmente en los artículos

28 al 34 de la ley 115 de 1994; pero ahora, enfocada básicamente a la formación para

el trabajo y para ello, las instituciones educativas que opten por esta posibilidad, tendrán

que tramitar su reconocimiento como INSTITUTOS TECNICOS DE FORMACION

LABORAL, atendiendo en consecuencia, la normatividad de registro calificado, que en

estos momentos regulan solamente los programas de educación superior.

En esta perspectiva, se tendría que analizar si en los dos años previstos 10 y 11, se

puede preparar a un estudiante para el desempeño laboral, en uno de los sectores de

la producción y de los servicios, y al tiempo, tener la oportunidad, para la continuación

en la educación superior. De lo anterior, analizando las experiencias de los convenios

con las instituciones educativas con el SENA, por la práctica, generalmente se requiere

de tiempo adicional; por tanto, se debería retomar la iniciativa del grado 12, para validar

esta práctica laboral, con el año mínimo de experiencia que vienen solicitando las

empresas para ingreso; pero, esto conlleva unos costos adicionales para el gobierno

nacional.

Los institutos técnicos de formación laboral propuestos, tendrían el carácter de

instituciones educativas de conformidad con las leyes 115 de 1994 y 715 de 2001 y

podrían ofrecer, además, la educación preescolar y básica, tomando estos niveles como

unidades de apoyo académico y estarían condicionados para sus cuatro primeras

cohortes de pos-secundaria a la asesoría y acompañamiento de una institución de

educación superior, afín a la modalidad técnica que desarrolle, en función de las

necesidades del contexto local y del Ente Territorial.

Se podría mantener lo relacionado en el artículo 32 de la ley general de educación, en

lo referente a que la formación calificada estaría orientada a especialidades tales como:

agropecuaria, comercio, finanzas, administración, ecología, medio ambiente, industria,

informática, minería, salud, recreación, turismo, deporte y las demás que requiera el

sector productivo y de servicios. Debe incorporar, en su formación teórica y práctica, lo

más avanzado de la ciencia y de la técnica, para que el estudiante esté en capacidad

de adaptarse a las nuevas tecnologías y al avance de la ciencia. Adicionalmente, se

tendría que incorporar todas aquellas especialidades vinculadas con las ciencias

humanas, que hasta ahora vienen siendo responsabilidad de la media académica.

Page 12: La educación media vista como una pos secundaria y su relación con la educación terciaria

Las instituciones actuales que no quieran constituirse en Institutos técnicos de

formación laboral, podrán ofrecer solamente servicios educativos para los niveles de

preescolar y básica; titulando bachilleres básicos, únicamente y de conformidad con las

normas vigentes serán reconocidos como Centros Educativos; en consecuencia, se

tendría que modificar también, el artículo 138 de la ley 115 de 1994.

Previendo lo anterior, entonces ¿COMO ARTICULAR LA EDUCACION MEDIA Y

SUPERIOR UNIVERSITARIA, CON LA FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN

PARA EL TRABAJO? y ahí es cuando cobra sentido la propuesta del CESU, en su Acuerdo

por lo Superior, cuando manifiesta la necesidad de "desarrollar un espacio nacional común

de concertación, a manera de comisión de empalme de los niveles (media, superior

universitaria, de formación profesional y educación para el trabajo) en torno de planes

curriculares, objetivos de formación, de titulación, competencias básicas, socioemocionales

y laborales, mecanismos de movilidad, reconocimiento de estudios y de títulos, incentivos

y fomento de la educación terciaria. Allí deben participar el Ministerio de Educación

Nacional, del Ministerio de Trabajo, Planeación Nacional, el SENA, los gremios de la

producción, las instituciones de educación superior, los establecimientos educativos con

nivel de media, las secretarías de Educación y las instituciones de educación para el trabajo

y el desarrollo humano".

Adicionalmente, sería importante, considerar los resultados de los dos gobiernos de Uribe

y el primero de Santos, sobre lo pertinente, más la estrategia implementada para fortalecer

la formación T y T (Técnica profesional y tecnológica), teniendo en cuenta, que los

resultados del mercado laboral, han mostrado que salarial y culturalmente el país poco le

camina a esta formación, lo cual es evidente, según estadísticas del mismo gobierno, la

disminución en la oferta y demanda de estos programas por parte de las IES. Además del

mercado laboral (que en promedio remunera bajo estas actividades), la razón se encuentra

en el SENA (que ofrece formación gratis en laboratorios mejores que los de la IES) y en la

formación para el trabajo y el desarrollo humano, que es más práctica, más corta, en

muchos casos más económica, con menos requisitos y exigencias académicas y con

mejores posibilidades de enganche laboral; pero habría que resolver el problema de

movilidad y flexibilidad que tienen los actuales egresados, para continuar estudios de mayor

nivel.

Para buscar alternativas, frente a lo anterior, es necesario enterarse de la INCOHERENCIA

LEGISLATIVA ENTRE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACION PARA EL TRABAJO

y para ello iniciamos retomando a Francisco Cajiao que frente al sistema educativo, dice

que…°más parece un archipiélago de subsistemas que no se comunican…para crear un

lenguaje común …pero si hay…profusión de reglamentaciones y procesos que riñen con la

posibilidad de llevar a la práctica mayor flexibilidad y adecuación de los procesos de

formación a las necesidades del mercado y la indispensable articulación con la educación

básica y media°. (El subrayado es mío).

Existe, por otro lado, el concepto de formación profesional (de carácter vocacional o

técnica) el cual viene posicionándose muy fuertemente en el mercado laboral, como

Page 13: La educación media vista como una pos secundaria y su relación con la educación terciaria

aquella formación más cercana al mundo productivo; ya que su énfasis está más ligado a

las concepciones de orden teórico-práctico y de formación para el trabajo. Por lo tanto,

responde con mayor precisión y oportunidad a los requerimientos de un mundo productivo

dinámico y cambiante. Sin embargo, no es considerada educación formal en nuestro

sistema educativo y formativo, por lo que sus estudiantes no logran obtener el (supuesto)

privilegio que otorga la obtención de un título.

Como producto mismo de la incoherencia legislativa de nuestro país, esta formación

profesional, que desarrolla con reconocida experiencia el SENA, se ha querido enmarcar

(quizás por conveniencia política) en el mundo de la educación o formación académica,

desnaturalizando su característica particular: la de ser formación para el trabajo. Esta

incoherencia, hace parte de la construcción institucional que ha viene prolongando el país

desde su misma conquista. Mientras que la formación académica es ampliamente

reconocida y valorada, la formación vocacional o técnica es despreciada. Ese mismo

desprecio ha logrado marginarnos, por siglos, de las posibilidades de tener en ella la

capacidad de un verdadero desarrollo social y económico, pues este tipo de educación y

formación, es la base del desarrollo tecnológico y productivo que tanto ha requerido el

país.

El reto que tiene Colombia, es centrarse en la formación de capital humano, para facilitar

con éxito su inserción al mundo competitivo y global; pero ello conlleva, resolver de una

vez por todas su incoherencia institucional, reconociendo que tanto la formación

académica como la formación profesional, hacen parte de una misma necesidad y

posibilidad de formar personas cualificadas, de acuerdo con cada naturaleza, según los

requerimientos del mundo productivo y social de nuestra nación; pero, para ser más

pertinente, debe fundamentarse en acciones como:

1. Fortalecimiento de los proyectos de vida, como un medio para desarrollar retos

personales y de confianza para los estudiantes desde el sí mismo, con el fin de estimular

su proactividad y espíritu emprendedor, para que, de esta manera, se sume a los

esfuerzos en colectivo, para fortalecer el país.

2. Buscar alternativas de solución a los elementos que generan desarticulación y poca

movilidad entre los niveles educativos y el bajo reconocimiento que tienen programas

de formación técnica, tecnológica y de educación para el trabajo y el desarrollo humano.

3. Crear canales de comunicación, fundamentados en experiencias desde la enseñanza

universitaria y la técnica, así como los demás procesos formativos tendientes a mejorar

la inclusión social y la empleabilidad de colombianos, para generar equidad e igualdad

de oportunidades entre los jóvenes que culminan su educación media.

4. Vincular a la actual Institucionalidad y Gobernanza, para que definan instancias claves

en la consolidación del sistema de educación terciaria y en ella, la viabilidad de los

institutos técnicos de formación laboral, que desde la educación pos-secundaria,

relacionen la continuidad entre el bachillerato básico y la educación superior, para

alcanzar los beneficios planteados desde el MEN, para:

Page 14: La educación media vista como una pos secundaria y su relación con la educación terciaria

Dignificar la condición social y económica a través del reconocimiento de aprendizajes.

Brindar mayores oportunidades de acceso a procesos educativos. Generar información para una mejor toma de decisiones educativas y laborales. Afianzar la relación entre los sectores educativo y productivo. Fortalecer el diseño y la innovación. Estructurar las cualificaciones en función del mejoramiento del capital humano. Asimismo, en esta misma propuesta del MEN, es fundamental el establecimiento del Marco Nacional de Cualificaciones (MNC) que se constituirá en un instrumento que permitirá: Facilitar la movilidad de estudiantes en el sistema educativo. Promover el aprendizaje permanente ampliando las oportunidades de acceso de los

adultos a la educación y la capacitación. Desarrollar un lenguaje común a través del enfoque de competencias que permita

dialogar a los sectores productivo y educativo. Mejorar la empleabilidad de las personas mediante la certificación de competencias

y el reconocimiento de aprendizajes previos, incluidos aquellos que se adquieren en el trabajo.

Ofrecer al sector productivo las señales que necesita para definir sus necesidades ocupacionales y garantizar así procesos de selección de personal más eficientes.

Promover la pertinencia de la educación y de la formación garantizando que las cualificaciones respondan a las necesidades de las personas y del entorno socio-productivo.

Orientar a las personas en sus opciones de formación.

En síntesis, para posibilitar acciones inmediatas, frente a lo analizado en este documento de acuerdo con las prioridades desarrolladas, se propone:

1. Tramitar en primera instancia la ley específica para Escuelas Normales en Colombia. 2. Otra ley que se debe formalizar es la relacionada con la creación de los institutos

técnicos de formación laboral, la cual debe facilitar al tiempo un debate que sirva a la vez, como estrategia nacional de concertación, para empalmar los niveles de educación media, superior y universitaria, desde la concepción de una formación profesional y de educación para el trabajo, según la propuesta del CESU, en el marco del sistema de educación terciaria.

3. Establecimiento de un decreto ley, para la implementación de modelos educativos flexibles e innovación en metodologías educativas, observando los aspectos relacionados en la Misión para la Transformación del Campo Colombiano, que lidera el DNP.

4. Apoyar al SENA, en su iniciativa de convertirse en una institución de educación superior, para que coordine y asesore la organización de la educación para el trabajo, desde la educación pos-secundaria a través de la propuesta de institutos técnicos de formación laboral.

Villavicencio (Meta), 14 de septiembre de 2016.