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ADOPCIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL JUNTA DE ANDALUCÍA Esteban Román Velarde

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ADOPCIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL

JUNTA DE ANDALUCÍAEsteban Román Velarde

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Adopción nacionalCaracterísticas de los menores susceptibles de

adopción en Andalucía- Se trata de niños abandonados o que han padecido situaciones de

negligencia, malos tratos o cualquier otra circunstancia dolorosa y/o traumática .

- Características que presentan a causa de este motivo: déficit en su desarrollo afectivo, dificultades para sus relaciones sociales, dificultades cognitivas, problemas de apego, trastornos de conducta, diferencias étnicas, etc.

- Algunos presentan necesidades especiales: menor de 7 años, grupos de 3 hermanos o más, niños con enfermedades crónicas, niños con anticuerpos VIH o de Hepatitis C (VHC), niños que desarrollen esa enfermedad, niños con discapacidades (físicas, psíquicas, sensoriales), niños con antecedentes hereditarios de riesgo, otras necesidades especiales subyacente de sus problemas.

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Adopción nacionalCriterios para promover una adopción- Interés superior del niño.- Irreversibilidad de la situación familiar.- Preferencia por la adopción por parte de parientes del menor.- Acogimiento familiar preadoptivo para lograr la integración

satisfactoria del menor.- Consentimiento del menor si tiene al menos 12 años.

Requisitos de los solicitantes de adopción- Tener al menos 25 años (14 de diferencia). No ser abuelo,

hermano o cuñado.- Ser considerado idóneo para la adopción.- Para adoptar en Andalucía, residir en un municipio de la C.

Andaluza.

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Adopción nacionalDerechos de los menores adoptados- Convivencia familiar: Convivencia con una familia o persona

adecuada. Competencia de selección de la Administración de la Junta de Andalucía.

- Relaciones personales: Tendrán derecho a mantener los vínculos afectivos con sus hermanos. La Junta de Andalucía, actúa en caso de separación familiar.

- Información: Tendrán derecho a que se les informe según el grado de madurez, sobre: causa de separación de su familia, su condición de adoptado, derechos que le asisten, etc.

- Audiencia: Tendrán derecho a ser oídos, si tienen la madurez suficiente, en la tramitación de los procedimientos de adopción. Si tiene 12 años, se requiere de su consentimiento para la adopción.

- Trato individualizado: Se le asigna un profesional que hará de interlocutor durante la tramitación del procedimiento.

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Adopción nacionalPasos a realizar para la adopción1. Información general: se puede solicitar contactando con la

Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía .

2. Presentación de la solicitud y documentos: Certificado de nacimiento, fotocopia del documento de identificación, fotografía de cada solicitante, fotocopia de todas las páginas del Libro de familia, fotocopia del IRPF y IP, certificados médico, municipal, de antecedentes penales y de actividad laboral/profesional, otros. En la solicitud se reflejan los intervalos de edad y características de la persona dispuesta a adoptar.

3. Declaración de idoneidad: Trata de garantizar que los adoptantes sean aptos para cubrir las necesidades del menor. Dos fases: información-formación (en grupos de 18-20 personas, impartida por profesionales de la Psicología y el Trabajo Social), y valoración de idoneidad (entrevistas, visita al domicilio, comprobar que se tienen las capacidades suficientes para afrontar las características del menor). Declaración de idoneidad tiene una vigencia de 3 años, debiendo ser actualizada.

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Adopción nacionalPasos a realizar para la adopción4. Selección de la familia para un menor o grupo de hermanos: El

informe de idoneidad es relacionado con el núcleo familiar de Andalucía que más se ajuste a las características del niño. Para la selección de los solicitantes más idóneos, se utilizarán los siguientes criterios: preferencia por matrimonios o familias de hecho, preferencia por la edad que debe ser menor que la del hijo menor y prioridad por antigüedad en el registro de solicitantes de acogimiento/adopción.

5. Acoplamiento y formalización del Acogimiento Familiar Preadoptivo: Información a la familia adoptiva sobre el niño a adoptar. A éste se le pide su opinión o consentimiento si tiene, al menos, 12 años. El acoplamiento busca que las partes interesadas se conozcan, adapten y acepten mutuamente. Tras él, se produce el acogimiento preadoptivo. Si los padres biológicos se oponen, se requiere de un acogimiento jurídico.

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Adopción nacionalPasos a realizar para la adopción6. Seguimiento de la integración del menor y apoyo técnico: Se trata de

un seguimiento de la evolución del menor realizada por la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar social durante un periodo de, al menos, 6 meses, para comprobar que los acogidos reciben la atención y cuidados que necesitan. Cuando se constate que los cuidadores están capacitados para conseguir el desarrollo psicosocial del menor, finaliza el periodo preadoptivo.

7. Propuesta de adopción y auto de adopción: Si el resultado del periodo preadoptivo es satisfactorio, la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, presentará su propuesta de adopción. Un juez emite el auto de adopción, que se inscribe en el Registro Civil (Vinculo irrevocable con la nueva familia y ruptura con la familia origen).

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Adopción internacional- Se trata de niños que no pueden ser cuidados por sus propias

familias ni en su país.- Se debe considerar el interés superior del niño.- La adopción internacional se enmarca , internacionalmente, en el

Convenio de Haya y, a nivel estatal, en Ley Orgánica 1/1996 y sobretodo en la Ley 54/2007 de Adopción Internacional y a nivel autonómico por la Ley 1/1998, de los Derechos y la Atención al Menor y el Decreto 282/2002, de Acogimiento Familiar y Adopción.

- Adoptar, requiere de un proceso de decisión y maduración sobre los siguientes factores: situación de adoptabilidad, historia personal y familiar (vivencias negativas), situación socio-política, económica y sanitaria del país (desconocimiento de antecedentes sanitarios, deprivación afectiva y socio-ambiental e inestabilidad política) y carácter interétnico e intercultural (aptitud familiar para aceptar diferencias étnicas y culturales).

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Adopción internacionalProceso de adopción- Los pasos del proceso de adopción internacional en nuestra

Comunidad Autónoma, son:1. Solicitud de declaración de idoneidad para adopción

internacional: Pueden solicitar dicha declaración los matrimonios, parejas de hecho o personas individuales mayores de 25 años (al menos uno). No homosexuales.

2. Declaración de idoneidad: Existen dos etapas, de información-formación de las familias (disponen de información de las Delegaciones Provinciales para la Igualdad y Bienestar Social. Sesiones formativas obligatorias para preparar a los padres) y valoración psicológica y social (la realizan los profesionales de la Psicología y el Trabajo Social , para valorar la capacidad de las familias para ser padres adoptantes: visitas, pruebas de aptitud…)

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Adopción internacionalProceso de adopción- Los pasos del proceso de adopción internacional en nuestra Comunidad

Autónoma, son:3. Resolución de idoneidad y elección de país: La idoneidad tiene una validez

de 3 años. Es posible tramitar en dos países diferentes (hay que tener en cuenta las características de los niños y normativa del país), aunque si una es asignada, se suspenderá la otra.

4. Preparación del expediente y envío al país: El expediente se prepara para su envío al país teniendo en cuenta la legislación y requisitos del estado, el sistema de tramitación y/o necesidad de traducción.

5. Aceptación del expediente por el país y asignación de un o una menor: La declaración de idoneidad de las familias no da derecho a la adopción hasta que las autoridades competentes del país extranjero acepta la adopción. La documentación del niño llega a manos de la Dirección General de Infancia y Familias, quien con su conformidad da continuidad al proceso. En caso de países que no forman parte del Convenio de la Haya de adopción internacional, la asignación puede llegar directamente a la familia

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Adopción internacionalProceso de adopción- Los pasos del proceso de adopción internacional en nuestra

Comunidad Autónoma, son:6. Estancia en el país y proceso judicial o administrativo de

adopción: El proceso de adopción se realiza conforme a lo establecido por la legislación del país de origen. Existe un periodo de convivencia previo a la adopción. Se lleva a cabo el proceso judicial de adopción y se inscribe en el Registro Civil.

7. Llegada del menor a Andalucía: La familia debe entregar una copia de su sentencia de adopción o resolución administrativa. Revisión del estado de salud e inmunológico del niño. Éste debe fortalecer sus vínculos afectivos con la nueva familia.

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Adopción internacionalProceso de adopción- Los pasos del proceso de adopción internacional en nuestra

Comunidad Autónoma, son:8. Seguimientos postadoptivos: Exigido por los estados de

origen, para conocer la integración del niño en su familia adoptiva. También ellos establecen la periodicidad.

9. Servicio postadopción: La Consejería para la Igualdad y Bienestar Social ha puesto en marcha un servicio especializado de postadopción que ofrece: Información y asesoramiento, intervención individual y/o familiar y mediación en búsqueda de orígenes.

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Adopción internacionalDeclaración de idoneidad de las familias- Trata de garantizar la aptitud de las personas solicitantes

para cubrir las necesidades del menor:- Objetivos: facilitar información, provocar la reflexión,

determinar la idoneidad de la familia y valorar características de la persona adoptada, valoración de los recursos de los que dispone la familia y pronóstico de las capacidades de la familia.

- Dos fases: Palpitación en sesiones informativas (voluntarias) y

formativas (obligatorias): Aspectos generales sobre la adopción internacional.

Realización de entrevistas: Exploración de criterios de idoneidad de las familias. Un quipo profesional elabora un informe.

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Adopción internacionalDeclaración de idoneidad de las familias

Trabajador social

psicólogoInforme

Delegación Provincial de la Consejería

para la Igualdad y Bienestar

social

Comisión Provincial de Medidas de Protección

Trámite de audiencia (15

días)

Resolución desestimada

Resolución estimada

1 año

Solicitar nueva adopción

Inscripción en el Registro de

Solicitantes de Acogimiento y Adopción de Andalucía

Validez de 3 años

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Adopción internacionalDeclaración de idoneidad de las familiasActualización de idoneidad- La actualización se produce por fin de su vigencia o

cambios en las circunstancias sociales o familiares.- Los equipos autorizados EULEN realizarán la valoración. Si

esta determina que la familia continúa siendo idónea se dicta una nueva Resolución de Idoneidad (3 años). En caso contrario, se produce la extinción de la idoneidad y la cancelación de la inscripción en el Registro de Solicitantes de Acogimiento y Adopción en Andalucía. se comunicará al país el archivo del expediente y se solicitará la devolución del mismo.

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Adopción internacionalEntidades Colaboradoras de Adopción

Internacional (ECAIS).- Son asociaciones sin ánimo de lucro que actúan de

mediación en el proceso de adopción internacional.- Sus funciones son: tratamiento individualizado, tramitación

del expediente en España, preparación y formación sobre adopción, acompañamiento de las personas solicitantes y seguimiento y apoyo a la adaptación.

- El ECAI se tramita en caso de ser requisito exigido del Estado de origen o cuando haya acredita una ECAI en Andalucía y la familia lo decida.

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Adopción internacionalProcedimiento de legalización de la

documentación- La legalización de los documentos se hace siempre sobre los

documentos originales, excepto en el caso del DNI, pasaporte o libro de familia que se hará sobre copia notarial del mismo.

LEGALIZACIONES Todos los documentos deben ser legalizados por las autoridades

españolas y autenticados por el consulado del Estado de origen del o la menor en España. La legalización de los documentos de la Entidad Pública se realiza en el Ministerio de Asuntos Exteriores y la autenticación en el Consulado del país al que va dirigido el expediente en España. Si se tramita por ECAI la legalización y autenticación de todos los documentos se gestiona a través de la misma.

Sistema de legalización y autenticación de los documentos más comunes:

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Adopción internacionalEmpresa pública:

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Adopción internacionalProcedimiento de apostilla de la

documentación- Hay países que han suscrito el Convenio de la Haya para

suprimir la exigencia de la legalización de los documentos públicos.

- Se certifica la autenticidad de las firmas (ológrafas) mediante la apostilla, que es un sello que se coloca sobre la misma.

- Las autoridades competentes para colocar la apostilla son:

(próxima diapositiva)

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Adopción internacionalEmpresa pública:

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Adopción internacionalServicio postadopción- Proceso lleno de emociones y satisfacciones, pero también

complejo. Algunos adoptados o adoptantes necesitan de ayuda una vez efectuado el proceso.

- Servicio postadopción especializado puesto en marcha por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social. Se ofrece:

Información y asesoramiento: sobre adopción, historia personal, diferencias étnicas…

Intervención individual y familiar: ayudarles a resolver dificultades.

Mediación en la búsqueda de orígenes - Es un servicio gratuito financiado por la Dirección General

de Infancia y Familias.

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Adopción internacionalPermisos, ayudas económicas y beneficios fiscales Permisos:o Por maternidad: - Permiso pos adopción internacional: 16-18 semanas (en función de

número de adoptados y discapacidad)- Permiso para desplazamiento previo: hasta 3 meses (cuando sea

necesario el traslado de los padres adoptivos al país origen. Este periodo podrá ser fraccionado. Retribuciones básicas).

- Permiso adicional: 4 semanas (una vez agotado e permiso pos adopción. Sólo uno de ellos puede disfrutarlo)

o Por paternidad:- 13-15 días naturales ininterrumpidos (según número de hijos. Sólo

uno puede disfrutarlo)- 15 días naturales ininterrumpidos (a partir de la resolución judicial.

Independiente de los permisos por maternidad).

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Adopción internacional Ayudas económicas- 600 € a partir del 3º hijo adoptado teniendo uno menor de 3 años.- Adopciones múltiples: 1.200€ dos menores 2.400€ tres menores 3.600€ cuatro menores 4.800 cinco menores- Requisitos: Que no se supere 3 SMI (familias de 1 miembro), 4,8 SMI

(familias de 2 miembros), 6 SMI (familia de 3 miembros)… se añade 1 SMI por cada nuevo miembro.

Ser titular de la patria potestad o acogimiento/adopción. Mantenimiento de las condiciones que permitieron su concesión. Que el menor de 3 años no haya sido considerado para la concesión de

una ayuda anterior.- La duración es anual por 3 años.

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Adopción internacional Beneficios fiscales- Con respecto al IRPF: En deducciones estatales Reducción Base Imponible de

1.200€ anuales En reducciones autonómicas Reducción Base Imponible de

600€ anuales (siempre que la tributación individual y conjunta no superen los 39.000€ y 48.000€ respectivamente. Si son los dos contribuyentes, la reducción se distribuye. Compatible con las ayudas de la C. Andaluza)

Deducciones para los beneficiarios de ayudas económicas: 50€ por hijo menor de 3 años 50€ por hijo por adopción múltiple Si son los dos contribuyentes, se distribuye a partes iguales

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Conclusión personal A lo largo del documento hemos aprendido mucho acerca de la

adopción nacional e internacional y la complejidad de la operación que subyace bajo uno y otro proceso, siendo más ardua la segunda por la necesidad de consensuar tanto con la legislación nacional como con la del país del cual proceda en menor.

Esta difícil operación, los cursos de información y formación, la valoración de idoneidad… nos hace conscientes de la responsabilidad que requiere la tarea a la cual nos encomendamos, el tratar de educar a un menor que, en la mayoría de los casos, o bien presenta un problema deficitario a nivel físico o psíquico, o bien está traumatizado por una infancia pésima o incluso no habla la lengua española ni posee las costumbre típicas de dicho país, lo cual dificulta aún más la misión del adoptante: velar por en Bienestar e Interés Superior del Niño, proporcionándole una infancia lo más feliz y llevadera posible, como forma de colaborar en la constitución de su formación integral.