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AUTOR: DR. PABLO A. RODRÍGUEZ REGALADO INTRODUCCIÓN El término “Escena del Crimen”, nos es bastante conocido, sobre todo porque los medios de pren- sa, la televisión; y, el cine, se han encargado de difundir su signi- ficado, el mismo que a su vez se encuentra contenido en los diver- sos tratados criminalísticos y de ciencias forenses, publicados en muchos países. La expresión “Escena del Crimen”, es de mayor relevancia en las esferas policiales y judicia- les, pues existe preponderancia en cuanto a su manejo, sobre todo, cuando se trata de hechos crimi- nales de connotación y que de por medio comprometen la vida de las personas. Y, en ese entender, también es importante que tengamos en con- sideración los alcances doctrina- rios que lo circundan, de tal forma que podamos verificar si estamos en el sentido correcto de su sig- nificado o es que existen algunas contradicciones con la realidad del mundo que nos rodea. Para ello, examinemos algunos aspectos que considero necesarios e importantes para comenzar con el desarrollo del tema propuesto. En principio debemos de tener en claro el significado del término “Doctrina”, que no viene a ser sino una palabra que encuentra su ori- gen en el latín “doctrina”, y hacien- do la consulta necesaria tenemos lo siguiente: “Doctrina: 1. Conjunto de ideas, enseñanza o principios básicos defendidos por un movimiento religio- so, ideológico, político, etc. 2. Conjunto de conocimientos teóricos sobre un tema. 3. Opinión o conjunto de ideas de un autor o escuela. 4. DER. Conjunto de trabajos que tienen por objeto expo- ner o interpretar el derecho, y que cons- tituye una de las fuentes de las ciencias jurídicas.” 1 No obstante lo acotado por esta vertiente,, profundizare- mos algo más; y, encontramos que: “Doctrina: Enseñanza instructiva. Ciencia o sabiduría. Opinión de uno o varios autores acerca de una materia... Doctrina Común: Opinión que por lo común profesan la mayor parte de los autores que han escrito acerca de un mismo asunto o materia...” 2 . Queda entonces claro que cuan- do hablamos de “Doctrina”, nos referimos a “unos conocimientos que forman parte de una opinión compar- tida por autores o tratadistas, que por consenso la admiten como tal”. En consecuencia, el tema a tra- tar, versa justamente en verifi- car, si el sentido o significado del término “Escena del Crimen”, se ajusta a la realidad vigente, tenien- do en consideración el tiempo transcurrido desde el inicio de su empleo; y, el entorno en el que éste surgiera; toda vez que, los conoci- mientos al emplear términos que definen aspectos que le son pro- pios, requieren necesariamente una revisión que compruebe su vigencia, de lo contrario, habría un desfase entre la realidad y lo que se dice de ella. No está demás verificar lo que nos dice el término “Definir”, bajo el rigor científico, encontrando que: “Para comprender lo que se dice es menester descubrir lo que las pala- bras significan; es aquí cuando apare- ce la necesidad de las definiciones. Un propósito de la definición, por ende, es enriquecer el vocabulario de la persona para la cual se da la definición... Otro propósito al que puede servir la defini- ción es eliminar la ambigüedad” 3 . Pero también tenemos que: “Otra finalidad que podemos perseguir aún al definir un término es formular una caracteri- zación teóricamente adecuada o cientí- ficamente útil del objeto al cual deberá aplicársele.” 4 Teniendo esto debidamen- te aclarado, pasamos a nuestro siguiente tema. ANTECEDENTE QUE DIERON ORÍGEN AL TÉRMINO “ESCENA DEL CRIMEN” Es en la obra del insigne profesor HANNS GROSS, nombrado como el “Padre de la Criminalística”, cuando dentro de la organización sistemática que le diera a éstos conocimientos en 1892, consideró como parte del “Procedimiento de la Inspección Ocular” (actividad pro- pia de éste funcionario judicial) la denominada: “Descripción de la esce- na del delito que contenía como activi- dades fundamentales a la descripción del ambiente próximo al cuerpo, a la descripción de las ropas o lo que se encontró en ellas; y, a la determina- ción de la data de la muerte como de la presencia de necróforos en el cadáver”; es decir, “ésta fue la concepción de HANNS GROSS, para lo que debía entenderse como “escena del delito”; no olvidemos el título singular de su obra: “Manual del Juez de Instrucción como Sistema de Criminalística”, que es el nom- bre resultante de la traducción del alemán que era: “Handbuch für Untersuchungsrichter als System der Kriminalistik” 5 . Traducción, que dicho sea de paso, es tal cual se nos ha hecho conocer; pero tam- bién cabe señalar, que al ser tradu- cida al español, sólo se le citó como “Manual del Juez”, mutilándose- le parte del título original. Otro pequeño detalle que se desprende del mismo contenido de la obra, es el relacionado a los delitos en los que éstos jueces en aquel enton- ces, se constituían a practicar su “Inspección Ocular”, que eran los siguientes y que aparecen mencionados en el punto “B. PARTE ESPECIAL. 4. Delitos especiales y modalidades que emplean los delincuentes para cometerlos: Lesiones, Hurtos, Estafas o estelionato, Daños y perjuicios a la propiedad, Accidente”. Como vemos, el propio HANNS GROSS, especifi- caba en que casos era de aplicación la “Inspección Ocular”, en la “Escena del Crimen”, según su entender de la época. COMO ENTIENDE LA DOCTRINA VIGENTE A LA “ESCENA DEL CRIMEN” En el claro entendido de que la doctrina está constituida por las opiniones de tratadistas, obvia- mente compenetrados con un conocimiento particular, que para el presente caso es el criminalísti- co, hemos recurrido a verificar las definiciones que con el transcurso del tiempo se le han venido a dar; y, que se encuentran contenidas en algunos libros, manuales o tra- tados que versan sobre la materia, con el resultado siguiente: 01. HEFFRON: “Es el área donde se ha cometido un delito 6 , así como la porción de los alrededores de esa área a través de la cual pueden ingre- sar las personas en la escena o salir de ella. Asimismo, todas las partes del área adyacente a la escena por la cual los sospechosos o la víctima pue- dan haber pasado o donde puedan ubicarse las evidencias o cualquier indicio que se presuma vinculado con el delito” 7 . 02. POLICÍA DE INVESTIGACIONES DEL PERÚ: “Teniendo en considera- ción que la escena del delito es «el área donde se ha cometido el acto delictuoso», así como la porción de sus alrededores a través de la cual pueden haber ingresado o salido los presuntos responsables; es decir, incluye el área adyacente a la esce- na misma” 9 . 03. OLGA NIETO: “es el espacio donde se diploma con profesiona- lismo el fiscal y donde se aprende la verdadera universidad. No se puede aplicar justicia sin que el investiga- dor se involucre y se entregue de lleno a la investigación del delito en el sitio donde sucedió” . 04. LÓPEZ Y GÓMEZ: “El lugar de los hechos es el sitio relativo a la comisión del delito (no necesaria- mente un homicidio) en alguna de sus fases, y en él debe haber queda- CONTINUA EN LA PÁGINA - C2 C1 LUNES 10 DE FEBRERO DE 2014 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 10603 ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com Dirección: Panamericana Norte Km 3 1/2 y Nazareth | Telf: 2475723 al 728 | E-mail: [email protected] Editora LCDA. NATHALY SALAZAR BRITO Director DR. FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Escena del Crimen

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RevistajudiCialC00 LUNES

24de nOviemBRe de 2008La Hora QuitO, eCuadOR

Autor: Dr. PAblo A. roDríguez regAlADo

INTRODUCCIÓNEl término “Escena del Crimen”,

nos es bastante conocido, sobre todo porque los medios de pren-sa, la televisión; y, el cine, se han encargado de difundir su signi-ficado, el mismo que a su vez se encuentra contenido en los diver-sos tratados criminalísticos y de ciencias forenses, publicados en muchos países.

La expresión “Escena del Crimen”, es de mayor relevancia en las esferas policiales y judicia-les, pues existe preponderancia en cuanto a su manejo, sobre todo, cuando se trata de hechos crimi-nales de connotación y que de por medio comprometen la vida de las personas.

Y, en ese entender, también es importante que tengamos en con-sideración los alcances doctrina-rios que lo circundan, de tal forma que podamos verificar si estamos en el sentido correcto de su sig-nificado o es que existen algunas contradicciones con la realidad del mundo que nos rodea.

Para ello, examinemos algunos aspectos que considero necesarios e importantes para comenzar con el desarrollo del tema propuesto. En principio debemos de tener en claro el significado del término “Doctrina”, que no viene a ser sino una palabra que encuentra su ori-gen en el latín “doctrina”, y hacien-do la consulta necesaria tenemos lo siguiente: “Doctrina: 1. Conjunto de ideas, enseñanza o principios básicos defendidos por un movimiento religio-so, ideológico, político, etc. 2. Conjunto de conocimientos teóricos sobre un tema. 3. Opinión o conjunto de ideas de un autor o escuela. 4. DER. Conjunto de trabajos que tienen por objeto expo-ner o interpretar el derecho, y que cons-tituye una de las fuentes de las ciencias jurídicas.” 1 No obstante lo acotado por esta vertiente,, profundizare-mos algo más; y, encontramos que: “Doctrina: Enseñanza instructiva. Ciencia o sabiduría. Opinión de uno o varios autores acerca de una materia... Doctrina Común: Opinión que por lo común profesan la mayor parte de los

autores que han escrito acerca de un mismo asunto o materia...” 2.

Queda entonces claro que cuan-do hablamos de “Doctrina”, nos referimos a “unos conocimientos que forman parte de una opinión compar-tida por autores o tratadistas, que por consenso la admiten como tal”.

En consecuencia, el tema a tra-tar, versa justamente en verifi-car, si el sentido o significado del término “Escena del Crimen”, se ajusta a la realidad vigente, tenien-do en consideración el tiempo

transcurrido desde el inicio de su empleo; y, el entorno en el que éste surgiera; toda vez que, los conoci-mientos al emplear términos que definen aspectos que le son pro-pios, requieren necesariamente una revisión que compruebe su vigencia, de lo contrario, habría un desfase entre la realidad y lo que se dice de ella.

No está demás verificar lo que nos dice el término “Definir”, bajo el rigor científico, encontrando que: “Para comprender lo que se dice es menester descubrir lo que las pala-bras significan; es aquí cuando apare-ce la necesidad de las definiciones. Un

propósito de la definición, por ende, es enriquecer el vocabulario de la persona para la cual se da la definición... Otro propósito al que puede servir la defini-ción es eliminar la ambigüedad”3 . Pero también tenemos que: “Otra finalidad que podemos perseguir aún al definir un término es formular una caracteri-zación teóricamente adecuada o cientí-ficamente útil del objeto al cual deberá aplicársele.” 4

Teniendo esto debidamen-te aclarado, pasamos a nuestro siguiente tema.

ANTECEDENTE QUE DIERON ORÍGEN AL TÉRMINO “ESCENA DEL CRIMEN”

Es en la obra del insigne profesor HANNS GROSS, nombrado como el “Padre de la Criminalística”, cuando dentro de la organización sistemática que le diera a éstos conocimientos en 1892, consideró como parte del “Procedimiento de la Inspección Ocular” (actividad pro-pia de éste funcionario judicial) la denominada: “Descripción de la esce-na del delito que contenía como activi-dades fundamentales a la descripción

del ambiente próximo al cuerpo, a la descripción de las ropas o lo que se encontró en ellas; y, a la determina-ción de la data de la muerte como de la presencia de necróforos en el cadáver”; es decir, “ésta fue la concepción de HANNS GROSS, para lo que debía entenderse como “escena del delito”; no olvidemos el título singular de su obra: “Manual del Juez de Instrucción como Sistema de Criminalística”, que es el nom-bre resultante de la traducción del alemán que era: “Handbuch für

Untersuchungsrichter als System der Kriminalistik”5. Traducción, que dicho sea de paso, es tal cual se nos ha hecho conocer; pero tam-bién cabe señalar, que al ser tradu-cida al español, sólo se le citó como “Manual del Juez”, mutilándose-le parte del título original. Otro pequeño detalle que se desprende del mismo contenido de la obra, es el relacionado a los delitos en los que éstos jueces en aquel enton-ces, se constituían a practicar su “Inspección Ocular”, que eran los siguientes y que aparecen mencionados en el punto “B. PARTE ESPECIAL. 4. Delitos especiales y modalidades

que emplean los delincuentes para cometerlos: Lesiones, Hurtos, Estafas o estelionato, Daños y perjuicios a la propiedad, Accidente”. Como vemos, el propio HANNS GROSS, especifi-caba en que casos era de aplicación la “Inspección Ocular”, en la “Escena del Crimen”, según su entender de la época.

COMO ENTIENDE LA DOCTRINA VIGENTE A LA “ESCENA DEL CRIMEN”

En el claro entendido de que la doctrina está constituida por las opiniones de tratadistas, obvia-mente compenetrados con un conocimiento particular, que para el presente caso es el criminalísti-co, hemos recurrido a verificar las definiciones que con el transcurso del tiempo se le han venido a dar; y, que se encuentran contenidas en algunos libros, manuales o tra-tados que versan sobre la materia, con el resultado siguiente:01. HEFFRON: “Es el área donde

se ha cometido un delito 6 , así como la porción de los alrededores de esa área a través de la cual pueden ingre-sar las personas en la escena o salir de ella. Asimismo, todas las partes del área adyacente a la escena por la cual los sospechosos o la víctima pue-dan haber pasado o donde puedan ubicarse las evidencias o cualquier indicio que se presuma vinculado con el delito” 7 .

0 2 . P O L I C Í A D E INVESTIGACIONES DEL PERÚ: “Teniendo en considera-ción que la escena del delito es «el área donde se ha cometido el acto delictuoso», así como la porción de sus alrededores a través de la cual pueden haber ingresado o salido los presuntos responsables; es decir, incluye el área adyacente a la esce-na misma” 9.

03. OLGA NIETO: “es el espacio donde se diploma con profesiona-lismo el fiscal y donde se aprende la verdadera universidad. No se puede aplicar justicia sin que el investiga-dor se involucre y se entregue de lleno a la investigación del delito en el sitio donde sucedió” .

04. LÓPEZ Y GÓMEZ: “El lugar de los hechos es el sitio relativo a la comisión del delito (no necesaria-mente un homicidio) en alguna de sus fases, y en él debe haber queda-

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Directordr. Francisco ViVanco rioFrío

“escena del Crimen”

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do alguna huella o signo del autor o algunas de las características pro-pias del incidente” 10.

05. J U V E N T I N O MONTIEL SOSA: “Se entien-de como lugar de los hechos el sitio donde se ha cometido un hecho que puede ser delito” 11.

06. ABEL GUTIERREZ CHÁVEZ: “Lugar del hecho es el sitio o espacio en donde se ha come-tido un acto ilícito, y en donde se encuentran los indicios y evidencias. También se le conoce como el lugar del delito, la escena del crimen, o el escenario del delito; el propósito fundamental de su estudio es el de lograr tanto la reconstrucción del hecho como su verdad histórica” 12

07. JORGE O. SILVEIRA: “La escena del crimen o lugar del hecho, es aquella porción de espacio donde se materializó el acto, suscep-tible de revelarse por vestigios obje-tivamente constatables; es la fuente por excelencia de los indicios pes-quisables inmediatamente, capaces de posibilitar el esclarecimiento del hecho” 13.

08. JOSÉ ADOLFO REYES CALDERÓN: “Se entiende por escena del crimen el lugar donde los hechos sujetos a investigación fueron cometidos, los rastros y restos que quedan en la víctima y victimario y en algunos casos en personas pre-senciales de los hechos u omisiones. Entiéndase por lugar de los hechos en donde acaeció el suceso o se omi-tió una acción y el recorrido que los protagonistas del crimen hayan realizado para su comisión, desen-volvimiento y consumación y ocul-tamiento” 14.

09. POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ: “Es el lugar o esce-nario donde se ha desarrollado un hecho que puede ser delito y que ame-rita una investigación policial. Su importancia radica en que guarda los indicios y/o evidencias que van a permitir el esclarecimiento de la verdad, mediante una investigación ordenada y cuidadosa de esta esce-na” 15.10. POLICÍA NACIONAL

DEL PERÚ: “La «Escena del Crimen», es el lugar donde se presume que se ha cometido un delito y amerita una investigación policial. No existe norma que pueda definir con exactitud las dimensiones de la escena. Las evi-dencias físicas se encuentran normal-mente en el lugar donde ha actuado el autor contra la víctima o sus bienes...”16

De la lectura de todas éstas, pode-mos verificar que la idea principal

se encuentra centrada en función de un “espacio físico” en el que se han hecho presentes las personas del “agente” como la “víctima” o sino sobre el “espacio” en el que actúa de alguna forma el prime-ro de los nombrados en atención a su intencionalidad, cual es la de cometer un “delito” acto humano que para comprenderlo con mayor claridad citaremos lo expresado por el profesor AMADO EZAINE CHÁVEZ, cuando nos dice que éste es “La conducta humana penada por la ley, he allí la idea primigenia del delito” 17.

De tal forma, que ya podemos ir captando la idea de como se viene interpretando actualmente en los diversos medios (policiales, judi-ciales, etc.) el significado de lo que implica el término: “Escena del Crimen”.

CONTROVERCIA DOCTRINARIA EN CUANTO AL TÉRMINO “ESCENA DEL CRIMEN”

Merece nuestra atención en materia de doctrina criminalís-tica, la multiplicidad de sinóni-mos dados al término “Escena del Crimen”; también se le conoce como “Lugar del Suceso”, “Lugar de los hechos”, “Sitio del hecho”, “Sitio del evento criminal”, etc., términos que no sabemos si obedecen a alguna característica particular, o es el estilo del autor de nombrar algo ya conocido de una forma más “perso-nalizada” o sui géneris, para marcar una diferencia con el referente his-tórico y de ésta forma implementar su “sello personal”.

Ahora bien, tengamos en cuenta lo citado por ANTÓN BARBERÁ y DE LUÍS Y TURÉGANO:

“Para llegar a un resultado concor-dante en su totalidad con la realidad del hecho criminal, se tiene que cumplir unas etapas exploratorias, que comien-zan normalmente, con la realización de la Inspección Ocular del lugar en donde se consumó el hecho delictivo. La obser-vación de la escena en donde se ha pro-ducido el crimen.

La Inspección Ocular Técnico-Policial tiene su origen en el acto de reconocimiento del lugar del suceso, misión atribuida desde antiguo a los jueces, que posteriormente fueron auxiliados por los médicos legistas. La primera noticia de inspección ocular se tiene en el Libro de las Siete Partidas de Alfonso X el Sabio (s. XIII). Posteriormente en el año 1643, el tra-tado «El juez Criminalista» del Juez Antonio María Cospi, refiere la con-veniencia de presentarse el Juez en el lugar del suceso, así como, el de que se le tomare inmediata declaración a los testigos y sospechosos...” 18

Está claro que entre los Siglos XIII y XVII, esa “Escena del Crimen”

(HANNS GROSS), era aquella que debía de ser examinada por el Juez de la época, justamente momen-tos inmediatos a la ocurrencia del hecho criminal; añadiendo, citamos algo más de los mismos autores:

“El aumento del número de actos delictivos, la complejidad de medios, modos y formas utilizados por los crimi-nales, el haber adquirido la actividad policial un mayor significado científico, la exigencia de que en el lugar del cri-men se practiquen operaciones técnicas especializadas, hizo necesario que los

Jueces encomendasen a los Policías Técnicos parte de sus funciones primi-tivas...” 19

Esto permite comprender por qué la policía, a través de sus cuerpos especializados es la que se constituye a practicar el “Examen de la Escena del Crimen” en un primer momento; y porqué, con mucha posterioridad, el Juez puede disponer la realización de la “Inspección Ocular”, como un medio de verificar lo sucedido para for-mar convicción.

En pleno Siglo XXI, vemos que hay delitos en los que al momento de producirse el hecho, interac-túan la víctima y el victimario; tal es el caso de un homicidio, en el que el sujeto “A” luego de una riña acalorada, toma un cuchillo y se lo introduce en el pecho al sujeto “B”, quien muere en el acto; dándose a la fuga el agente, abandonando de este modo ese “escenario” genera-do; en éstos casos, si es aplicable la interpretación que dan la mayor parte de las definiciones anterior-mente consideradas. Por tanto, hay ese espacio físico (que desde antaño suele ser observado direc-tamente por los jueces), en el que quedaron las evidencias físicas (sangre, arma, huellas de pisadas, etc.); y en algunos casos hasta el cuerpo de la víctima, listos para ser

procesados criminalísticamente como es conocido.

Pero también tenemos, según las distintas Leyes Penales de los diversos países, tal cual suce-de con el Código Penal Peruano, otros actos calificados como “deli-tos”, como por ejemplo aquel que se encuentra previsto en el Art. 113° como: Instigación o ayuda al suicidio, cuyo texto inicial dice : “El que instiga a otro al suicidio o lo ayuda a cometerlo...”; nos pregunta-mos entonces ¿Cuál sería el espa-cio físico de la escena de éste acto

ilícito, en el que encontraríamos las evidencias físicas de su come-tido?; y, ¿Cuáles serían entonces éstas evidencias resultantes?; o quizá, este otro caso, como el que se contempla en el Art. 183° del mismo cuerpo legal, referido al delito de “Exhibiciones y publicacio-nes obscenas”, en cuyo numeral 2. se describe uno de los “actos ilícitos” (delito), de la siguiente forma “El que incita a un menor de dieciocho años a la práctica de un acto obsceno...”, por lo que también nos preguntamos ¿Cuál es su “Escena del Crimen”?, y ¿Cuáles los indicios o evidencias físicas resultantes?...; por último, éste otro caso; contenido en el Art. 364° como Participación en ejerci-cio ilegal de la profesión que cita lo siguiente : “El profesional que ampara con su firma el trabajo de quien no tiene título para ejercerlo...”; y, converge-mos en las mismas preguntas que para las situaciones anteriores.

Como podemos apreciar, la cali-ficación de “Escena del Crimen”, “Lugar del Suceso”, etc., no puede aplicarse de modo general para todos los “actos criminales” resultantes de la variedad de tipos de delitos previstos en la legislación penal sustantiva del Siglo XXI, pues éstas definiciones tienen su antecedente acuñado en el Siglo XIX, en épocas en las que se suce-den “Crímenes”, que por su natu-

raleza, generaban necesariamen-te “indicios”, “evidencias” o “rastros” físicos verificables por los senti-dos, como muy bien se deja senta-do en la obra del profesor HANNS GROSS (Lesiones, Hurtos, Estafas o estelionato, Daños y perjuicios a la propiedad; y, Accidentes); y, que como consecuencia de esa “Inspección Ocular” que se valía de un procedimiento que era el de la “Descripción de la Escena del Delito” como bien fuera llamada, se logra-ban aprehender éstos.

Vemos entonces que existe una dicotomía entre lo que se entien-de como “Escena del Crimen” e “Inspección Ocular” en donde ésta última significa: “Medio de prueba de eficacia excepcional, ya que consiste en el examen o reconocimiento que el juez, el tribunal colegiado o el magistrado en que éste delegue, hace por sí mismo, y a veces en compañía de las partes, de testigos o peritos, para observar direc-tamente el lugar en que se produjo un hecho o el estado de la cosa litigiosa o controvertida, y juzgar así con elemen-tos más discutibles”20.

Surge entonces la siguiente pre-gunta :

¿Todos los actos calificados como “Delitos” por el Derecho Penal, tie-nen una “Escena del Crimen”, tal y cual la concibe la doctrina vigente?

Vemos que la respuesta es ¡No!.De inmediato viene otra cues-

tión para ser aclarada:¿Cabe seguir utilizando el tér-

mino de “Escenario del Crimen”, para describir al espacio en el que se comete aquel acto humano cali-ficado como “Delito”?

En este caso la respuesta no surge espontáneamente, por cuanto la “Definición” que hasta hoy manejábamos sobre “Escena del Crimen” (lugar del hallazgo de evidencias físicas), ya no se ajusta al momento actual, como hemos visto líneas atrás, cuando citamos aquellos delitos que no nos pre-sentan un “Escenario tradicional”, claro, han sido cometidos en algún “espacio” o “lugar”, pero a la vez, no nos han dejado esas “evidencias físicas” como se suele esperar den-tro del marco de la definición tra-dicional. En consecuencia la res-puesta emerge igualmente como un rotundo ¡No!.

¿Y, porqué tendría que preocu-parnos esto?, es evidente que el conocimiento doctrinario, no es permanente, debe ser actualizado para ajustarse a la realidad que nos proporcionan las circunstancias y el momento de su comisión.

Hay que tener en claro, que en materia de conocimiento científi-co, no sólo debemos de pensar que la práctica repetida de un acto, por si mismo va a generar la dialéctica

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del conocimiento; sino, es indis-pensable analizar los contenidos teóricos de la ciencia que estamos aplicando para comprobar si éstos se encuentran aún vigentes. En el tema presente en particular, vemos que no ha habido mayor preocupa-ción para la innovación, lo que fácil se de verifica en los tratados dis-ponibles, lo que desde ya, afecta el marco teórico disponible. En éste estado, surge una pregunta más.

¿Cuál sería el término genérico a que universalmente se pueda utilizar para definir a éste “espa-cio” en el que se comete un delito o hecho criminal, si nos consta que no podemos emplear como tér-mino genérico el de “Escena del Crimen”?

El tema tampoco es simple y va de la mano con otra cuestión:

¿No sería mejor, redefinir lo que se conoce como “Escena del Crimen”, y así poder manejar mejor el término?

Con el objeto de aportar un solu-ción a éste problema, proponemos la siguiente definición de carácter general:

“Es aquel espacio, en el que se

ha llevado a cabo la comisión de un acto calificado como delito, el mismo que puede o no dejar como resultado evidencias físi-cas, las que a su vez pueden o no esta focalizadas en ese mismo lugar”

A continuación, pasamos a explicar la propuesta planteada:01. Debe de tener necesariamen-

te un espacio: Implica como elemento fundamental, que el hecho sea llevado a cabo en un lugar determinado, lugar que puede estar enclavado en un área pequeña (una habitación) o sumamente extensa (ciberes-pacio).

02. El acto debe de estar califi-cado necesariamente como delito: Si la aplicación del cono-cimiento criminalístico que implica el examen de la escena es a consecuencia de un acto criminal, entonces es propia la nominación, pues el hecho en particular está comprendido en el Código Penal de cada país.

03. Que puedan quedar o no evidencias físicas: Esto es dependiente del tipo de acto

criminal cometido; por ejem-plo, veíamos que para el delito de “Instigación al suicidio” el mismo que pudo haber suce-dido al momento de tomar un café en un lugar público, donde “Juan” le dice a “María”: “María, lo mejor que puedes hacer en tu caso, es suicidarte” (María es Gerente de una empresa que por una decisión lamentable, ha per-dido una ingente cantidad de dinero, afectando a la totalidad de sus accionistas; y, el hecho es irrecuperable), como vemos son palabras; y, éstas salvo el caso de que sean grabadas, no van a dejar evidencia física en el lugar; y, si María se suicida, no dejando una carta en la que diga “Juan me instigó para que me suicide” entonces no hay indicios físicos al respecto.

04. La escena focalizada o no: Existen actos criminales que son practicados en ambientes definidos, tal es el caso de una habitación, un departamento, una cancha deportiva, etc.; pero hay otros como el caso de los delitos informáticos que com-

prometen áreas sumamente extensas que pudieran corres-ponder a continentes o cuando menos países, en donde el sen-tido de “espacio” es francamen-te muy amplio y hasta podría escapar a la jurisdicción de las autoridades de un país.

Dr. Pablo A. RODRÍGUEZ REGALADOCoronel PNP (r) – Abogado – Perito CriminalísticoDoctor en Ciencias Forenses y Criminalísticapor la Universidad Nacional San Agustín-ArequipaDocente Universitario de Pre y [email protected]

LAROUSSE; “El Pequeño Larousse Ilustrado”, Ediciones Larousse S. A. De C. V., Décimo Tercera Edición, Colombia, 2007, p. 358. RAMÓN SOPENA; “Enciclopedia Concisa Sopena”, Tomo 2°, Editorial Ramón Sopena S. A., Barcelona-España, 1982, p. 786. COPI, Irving M.; “Introducción a la Lógica”, Eudeba, Cuarta Edición, Bs. Aires-Argentina, 2000, pp. 123-124. COPI; op. cit., p. 127. POLICÍA DE INVESTIGACIONES DEL PERÚ; “Manual de Criminalística”, Editorial Tipografía Offset Peruana S. A., Lima-Perú, 1966, pp. 05-06. El subrayado es nuestro. POLICÍA DE INVESTIGACIONES DEL PERÚ, “Manual de Criminalística”, Servicio de Prensa y Publicaciones de la PIP, Lima-Perú, 1965, p. 27. POLICÍA DE INVESTIGACIONES DEL PERÚ; “Introducción a la Investigación Policial y Manual de Procedimientos de Investigación Criminal”, Distribuidora Comercial Murakami S. A., Lima-Perú, 1989. p. 27. LÓPEZ CALVO, Pedro y GÓMEZ SILVA, Pedro;

“Investigación Criminal y Criminalística”, Editorial Temis S. A., Bogotá-Colombia, 2000. p. 13. LÓPEZ CALVO, Pedro y GÓMEZ SILVA, Pedro; “Investigación Criminal y Criminalística”, Editorial Temis S. A., Bogotá-Colombia, 2000. p. 13. MONTIEL SOSA, Juventino; “Criminalística”, Tomo 1, Editorial Limusa, México, 2002, p. 99. GUTIERREZ CHÁVEZ, Abel; “Manual de Ciencias Forenses y Criminalística”, Segunda Edición, Editorial Trillas, México, 2002, p. 39. SILVEYRA, Jorge O.; “Investigación Científica del Delito-La escena del crimen”, Ediciones La Rocca, Bs. Aires-Argentina, 2004, p. 28. REYES CALDERÓN, José Adolfo; “Tratado de Criminalística”, Tercera Edición, Cárdenas Velasco Editores, México, 2005, p. 17. POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, “Guía de Procedimientos Criminalísticos PNP”, Lima-Perú, 2005, p. 17. POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ; “Manual de Criminalística”, Primera Edición, Servicios Gráficos JMD, Lima-Perú, 2006, p. 14. EZAINE CHÁVEZ, Amado; “Diccionario de Derecho Penal”, Tercera Edición, A. F. A. Editores Importadores S. A., Lima-Perú, 1999, p. 329. ANTÓN BARBERÁ, Francisco; y, De LUIS Y TURÉGANO, Juan Vicente; “Policía Científica”, Volumen II, 3ra. Edición, Editorial Tirant lo Blanch, Valencia-España, 1998, p. 736. Op. cit.; p. 736. CABANELLAS, Guillermo; “Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual”, 28° Edición, Editorial Heliasta, Bs. Aires-Argentina, 2003, p. 441.

DIVORCIOSUNIDAD JUDICIAl TERCERA

DE lA FAMIlIA, MUJER , NIÑEZ Y ADOlESCENCIA DE QUITO, pROVINCIA DE

pICHINCHACITACIÓN JUDICIAL A JOSE ARTURO GARZÓN ARTEAGAEXTRACTOCAUSA: DIVORCIO POR CAUSALNo. DE JUICIO :46721-2013 D.G.AACTORA: MERY ALEXANDRA MORALES VERADEMANDADO: MANUEL SANTOS NAULA GUAMANJUEZ: DRA. DELICIA GARCÉS ABAD, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO.PROVIDENCIA:CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECILIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 10 de diciembre del 2013, las 09h12.- VISTOS: Avoco conoci-miento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante Resolución 024-2013 de fecha 23 de abril del año 2013 con acción de personal No. 7709- DNP y en virtud del sorteo de ley.- En lo principal se califica la demanda presentada por la Sra. MERY ALEXANDRA MORALES VERA como clara y que reúne los requisitos de Ley y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 118 del Código Civil, se la acepta al trámite verbal sumario.- En mérito al juramen-to rendido por el accionante y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al demandado Sr. JOSE ARTURO GARZON ARTEAGA por medio de la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito mediando ocho días hábiles entre una y otra publicación.- Agréguese a los autos los documentos que acompaña.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo elec-trónico señalados por la accio-nante, para sus notificaciones.- CITESE Y NOTIFIQUESE.- FDO).- DRA. DELICIA GARCÉS ABAD , JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE

LA FAMILIA , MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO.Lo que comunico a Usted para los fines de leyAB. KARLA VIÑA CASTILOSECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Existe firma y selloP.A.P/58285/p.n

UNIDAD JUDICIAl TERCERA DE lA FAMIlIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOlESCENCIA DE QUITO, pROVINCIA DE pICHINCHA.

CITACIÓN JUDICIAL A LA SEÑORA MARIA ROSA BASTIDAS OBANDOEXTRACTOCAUSA: DIVORCIO POR CAUSALNo. DE JUICIO: 56234-2013 D.G.AACTOR: MANUEL MECIAS FERNANDO LEONDEMANDADA: ZOILA MARIA ROSA BASTIDAS OBANDOJUEZ: DRA. DELICIA GARCÉS ABAD, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA , MUJER , NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO.PROVIDENCIA:CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA , MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 3 de febrero del 2014, las 15h59.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura , mediante Resolución 024-2013 de fecha 23 de abril del año 2013 con acción de per-sonal No. 7709-DNP y en virtud del sorteo de ley.- Agréguese al expediente el escrito que ante-cede.- En lo principal se califi-ca la demanda presentada por el Sr. LEON MANUEL MESIAS FERNANDO como clara y que reúne los requisitos de Ley y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 118 del Código Civil, se la acepta al trámite verbal sumario.- En mérito al juramento rendido por el accionante y de conformi-dad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a la demandada Sra. ZOILA MARIA

ROSA BASTIDAS OBANDO por medio de la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito median-do ocho días hábiles entre una y otra publicación.- Agréguese a los autos los documentos que acompaña.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo elec-trónico señalados por el actor, para sus notificaciones.- CITESE y NOTIFIQUESE.- FDO).- DRA. DELICIA GARCÉS ABAD, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO.Lo que comunico a Usted para los fines de leyAB. KARLA VIÑA CASTILOSECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Existe firma y selloP.A.P/58476/p.n

Se envía al casillero 4007 EXTRACTO

UNIDAD JUDICIAl TERCERA DE lA FAMIlIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOlESCENCIA DE QUITO, pROVINCIA DE pICHINCHA

JUICIO DE DIVORCIO POR CAUSAL CAUSA N. 15279-2013 M.B.J CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: VERBAL SUMARIO ACTORA: MORETA CHANGO MARIA ROSARIO CITACION JUDICIAL A: CHIMBORAZO QUISHPE MARIO RAUL U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 21 de octubre del 2013, las 09h21. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa así como de su alcance en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito.- EN LO PRINCIPAL.- La demanda que antecede reúne los requisitos de ley por lo que se le califica como clara y precisa ADMITIENDOLE al Trámite Verbal Sumario, previsto en el art. 118 del Código Civil. DISPONIENDOSE.- Dada la Declaración Bajo Juramento por parte del señor MORETA CHANGO MARIA ROSARIO de la imposibili-dad de determinar la individuali-dad y residencia del señor MARIO RAÚL CHIMBORAZO QUISHPE,

cítese al señor MARIO RAÚL CHIMBORAZO QUISHPE, por tres veces en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito al haberse contraido el acto matrimonial. advirtiéndole su obligación de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones caso contrario se le declarará en rebeldía, con-forme el art. 82 inciso último del Código de Procedimiento Civil.- Las publicaciones de citación se harán mediando un término de ocho días por lo menos entre la una y la otra.- Agréguese al proce-so los documentos que acompa-ñan la demanda. Tómese nota de la casilla judicial y correo electró-nico consignados así como auto-rización conferida a la defensa.- NOTIFIQUESE.- F) DRA. KATHYA SUSANA BURBANO IÑIGA, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL. PROVIDENCIA: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 26 de noviembre del 2013, las 14h45. Agréguese al proceso el escrito presentado el 18 de noviembre del 2013, a las 16h22, atento el mismo, de conformidad con el artículo 130.8 del Código Orgánico de la Función Judicial se aclara el auto de calificacion que por un lapsus calamitis se hace constar “ por tres veces en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito al haberse contraido el acto matrimonial “siendo en su lugar “por tres veces en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia de Tungurahua al haberse contraido el acto matri-monial y en esta ciudad de Quito, por haberse presentado esta acción en esta Jurisdicción” en lo demas el referdo auto queda igual.-NOTIFIQUESE.- F) DRA. KATHYA SUSANA BURBANO IÑIGA, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL.

Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consi-guientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito. DRA. MARÍA BELÉN JAQUE SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO REALIZADO POR: Abogada Mayra ZarumaHay firma y sello P AC/23060/tf

REpUBlICA DEl ECUADORCITACION JUDICIAl

U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIAA LA SEÑORA MAGGIE OLGA MONCAYO MORALES Y AL PÚBLICO EN GENERAL SE LE HACE SABER LO SIGUIENTE:JUICIO: DIVORCIO No. 55304 – 2013-C.E.CUANTIA: INDETERMINADAACTOR: SEGUNDO RAMIRO REVELO PEÑAFIELDEMANDADA: MAGGIE OLGA MONCAYO MORALESCORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 03 de enero del 2014, las 11h26.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, creada mediante Resolución No. 116-2012, por el Pleno del Consejo de la Judicatura de Transición de fecha once de sep-tiembre del dos mil doce, publi-cada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 810 de martes 16 de octubre del 2012.-

La demanda de DIVORCIO que presenta SEGUNDO RAMIRO REVELO PEÑAFIEL, en contra de MARGGIE OLGA MONCAYO MORALES, reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la acepta al trámite correspondien-te por la vía VERBAL SUMARIA, prevista en el art. 828 y siguien-tes del Código de Procedimiento Civil, en acatamiento a lo dis-puesto en el art. 118 del Código Civil.- Sobre la base de la aseve-ración juramentada del actor en el sentido de que le ha sido impo-sible determinar la residencia o domicilio de la demandada, pese a las averiguaciones que ha reali-zado, y de conformidad con el art. 82 del Código de Procedimiento Civil, se dispone CITAR a través de la prensa en uno de los perió-dicos de mayor circulación de esta ciudad con un extracto de la demanda y esta providencia a la demandada MARGGIE OLGA MONCAYO MORALES, en la forma dispuesta en el art. 119 del Código Civil.- Por Secretaría ela-bórese el extracto correspondien-te.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por el demanda-do y la autorización que le con-fiere a su Abogada Defensora.- Agréguese al proceso la docu-mentación aparejada a la deman-da.- Actúa la Dra. Fanny Arguello Arbito, en calidad de Secretaria Encargada de la Unidad Judicial, mediante acción de personal No. 5178-DP-DPP, de fecha 18 de octubre del 2013.- [Causa No. 2013-55304-Dra. C.E.V.].- CITESE y NOTIFIQUESE.-Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consi-guientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito.DRA. FANNY ARGUELLO ARBITOSECRETARIA (E)Hay un selloP.A.C./97822

REpUBlICA DEl ECUADOR UNIDAD JUDICIAl

ESpECIAlIZADA TERCERA DE lA FAMIlIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOlESCENCIA DEl CANTON

QUITO EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL A: PABLO XAVIER LOPEZ OÑA CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL Nro.: 49716 – 2013 (W) ACTOR (A): DR. PROAÑO CORDONES GONZALO HERIBERTO PROCURADOR JUDICIAL DE LA SEÑORA

KATHERINE ANDREA MEDINA RODRIGUEZ DEMANDADOS (A): PABLO XAVIER LOPEZ OÑA CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: VERBAL SUMARIO JUEZ: DR. WASHINGTON ROBALINO SILVA AUTO INICIAL. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 27 de diciembre del 2013, las 12h34. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa y en mi calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial y atención a la razón sentada por el Secretario de la Unidad.- Cumplido lo dispues-to en providencias iniciales; la demanda que antecede, es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que se le admite a trámite, en juicio verbal sumario; en lo principal se dispone: Entréguese copia de la demanda y este auto al demandado señor PABLO XAVIER LOPEZ OÑA, para cuyo efecto en virtud del juramento rendido y bajo estricta responsabilidad del actor y del Procurador Judicial, cítese por la prensa en uno de los periódicos diarios de mayor circulación que se editan en la ciudad de Quito; y, en el lugar donde se celebro el Matrimonio esto es en la ciudad de Londres, para cuyo efecto enviese aten-to EXHORTO por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores, para lo cual remítase el despacho suficiente para tal fin para que se publique la cita-cion al demandado, quien pueda contestar y hacer valer sus dere-chos, señale domicilio judicial para recibir sus posteriores noti-ficaciones, advirtiéndole de su obligación de comparecer a juicio bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía, en la forma indicada en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil; debiendo mediar por lo menos ocho días hábiles entre cada publicación; una vez citado el demandado, provéase de un Curador Ad-litem al menor de edad Jason Paolo Lopez Medina; para lo cual óiga-se al señor Agente Fiscal de lo Penal de Pichincha citando con todo lo actuado, incorpórese al expediente los documentos acompañados y téngase en cuen-ta el domicilio judicial señalado para el efecto.- Notifíquese.- F).- DR. WASHINGTON ROBALINO

SILVA.- JUEZ. Lo que le comunico a usted, Y LO CITO para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futu-ras notificaciones en la Unidad Judicial y dentro del perímetro legal.- CERTIFICO.- DR. GABRIEL RODRIGUEZ SECRETARIO Hay firma y sello P AC/97962/tf

EXTRACTO JUICIO DE DIVORCIO pOR

CAUSAl No. 46168-2013-RDg CUANTIA: INDETERMINADA ACTORA: MARIVEL RAMIREZ EGUE DEMANDADO: RAUL CASUSO PEREZ TRAMITE: VERBAL SUMARIO CITACION A: RAUL CASUSO PEREZ CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 14 de enero del 2014, las 11h37. VISTOS: Avoco conocimien-to de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, pro-vincia de Pichincha, en virtud de la Resolución No. 116-2012, dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, de fecha 11 de septiembre del 2012, publi-cada en el Registro Oficial No. 810 de 16 de octubre de 2012; y Acción de Personal No. 11007 DNTH-SAF de 15 de octubre del 2013.- Agréguese al proceso el escrito presentado el día nueve de enero del dos mil catorce a las doce horas y veinte y dos minu-tos y en atención al mismo: La demanda de divorcio presentada por MARIVEL RAMIREZ EGUE, se la califica de clara, precisa, completa y que reúne los demás requisitos de ley señalado en el Art. 67 del C.P.C.; por lo tanto, se la acepta a trámite en la vía del juicio verbal sumario.- CITESE al señor RAUL CASUSO PEREZ, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la parte acto-ra ha declarado bajo juramento desconocer el domicilio del demandado, mediante tres publi-caciones mediando ocho días por

C3

RevistajudiCial

LUNES 10 de FeBReRO de 2014

La Hora QuitO, eCuadOR

La sabiduría suprema es tener sueños bastante grandes para no perderlos de

vista mientras se persiguen.

F aU l k n e r , W i l l i a m

Page 4: Judicial 10 febrero 2014

lo menos entre la una y la otra, en un periódico de esta ciudad de Quito, provincia de Pichincha con un extracto de la demanda y este auto. Si contados 20 días desde la última publicación la parte demandada no compare-ciere se sustanciará la causa en rebeldía. Tómese en cuenta la cuantía, domicilio judicial, correo electrónico y autorización con-ferida al abogado patrocinador del accionante.- Una vez citada la demandada se proveerá lo que en derecho corresponda respec-to al curador ad litem.- Actúe el Dr. Rodrigo Durán García en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial. CAUSA No. 2013-46168.- Cítese y notifíque-se.- Fdo. DR. PABLO ALEJANDRO JACOME JARAMILLO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL.- Lo que llevo a su conocimien-to para los fines legales con-siguientes, previniéndole al DEMANDADO de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificacio-nes en esta causa, en esta ciudad de Quito.- DR. RODRIGO DURAN GARCIA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHAHay firma y sello P AC/97959/tf

EXTRACTO UNIDAD JUDICIAl

ESpECIAlIZADA TERCERA DE lA FAMIlIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOlESCENCIA DEl CANTON QUITO DE lA pROVINCIA DE

pICHINCHA JUICIO DE DIVORCIO POR CAUSAL No. 55712-2013 CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: VERBAL SUMARIO ACTORA: QUIZHPI GUILLCA ANDRES BOLIVAR CITACION JUDICIAL A: MARCIA NATALI LEMA MEDINA. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito 19 de Diciembre del 2013, las 10h27. Vistos: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial. En lo principal, la demanda de divorcio por causal presentada por QUIZHPI GUILLCA ANDRES BOLIVAR, por ser clara y com-pleta reúne con los requisitos de Ley razón por lo que se la acepta al trámite del juicio verbal suma-rio conforme lo determina el Art. 118 del Código Civil, y artículos 110 numeral 11 del Código Civil, en consecuencia cítese con el contenido de a demanda y esta providencia a la señora LEMA MEDINA MARCIA NATALI advir-tiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad para sus posterio-res notificaciones, en uno de los diarios de mayor circulación en el País, previo rendir el juramento de desconocimiento de domicilio del actor que los realizara el día 21 de diciembre del 2013 a las ocho de la mañana en esta uni-dad judicial, tómese en cuenta el casillero judicial No. 4074 para las posteriores notificaciones del actor, así como la autorización conferida a su defensor para que intervenga en esta causa; y, los documentos adjuntos agrégue-se al proceso para los fines de Ley. Notifíquese y Cítese. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA. UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 17 de enero del 2014, las 08h26. Agréguese al proceso el escrito que ante-cede presentado por ANDRES BOLIVAR QUIZHPI GUILLCA. En lo principal. Una vez que se ha realizado bajo juramento el desconocimiento del domici-lio de la demandada. Cítese a MARCIA NATALI LEMA MEDINA por medio de tres publicaciones

en uno de los diarios de mayor circulación y que se editan en ésta de Quito conforme lo que dispone el articulo 82 del Código de Procedimiento Civil., con un término de 8 días cada uno. Notifíquese. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consi-guientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de QuitoDRA. NORMA VARGAS ARMIJOSECRETARIAP/85829

UNIDAD JUDICIAl DE lA FAMIlIA, MUJER, NIÑEZ Y lA ADOlESCENCIA DE SANTO

DOMINgO DE lOS TSACHIlAS Dr. ÁNGEL P. ROBALINO V. JUEZAb. VERÓNICA P.MARIÑO SILVASECRETARIA ACTOR ELSA ERRAEZ OJEDADEMANDADA AJAYKUMAR SUMANBEAI PATELTRAMITE DIVORCIO POR CAUSALCAUSA NRO. 2013-0994 VM UNIDAD JUDIICAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE SAZNTO DOMINGO DE LOS TSACHILAS. Santo Domingo, miércoles 13 de diciembre del 2013, las 13h54. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en razón de haber sido nombrado Juez de la Unidad de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Santo Domingo de los Tsáchilas, por cuanto se ha transformado el Juzgado Primero de la Niñez y Adolescencia a la Unidad de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, en cumplimien-to a la Resolución Nro. 135-2013 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 20 de septiembre del 2013; misma que fue publicada en el Segundo Suplemento del R.O. Nro. 102 del día miércoles 16 de octubre del 2013; y al haberme reintegrado a mis funciones de Juez de esta Unidad de Familia, el día lunes 28 de octubre del 2013, luego de mi ausencia cuyo permiso se me concedió a partir del día jueves 17 de octubre del 2013; y al haber operado el resorteo de la causa signada anterior-mente con el número 23302-2013-1459 y actualmente con el número 23201-2013-0994, con fecha catorce de octubre del 2013, al estar pendiente de despacho la misma se lo realiza .Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo dispues-to en providencia que antecede, conforme consta en el acta de declaración conforme el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. En lo principal.- La deman-da de divorcio presentada por ELSA ERRAEZ OJEDA en. contra de AJAYKUMAR SUMANBEAI PATEL, que antecede por reunir los requisitos de ley determina-dos en el Art. 67 de la Codificación al Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa, completa, por lo que se la acep-ta a trámite respectivo bajo el procedimiento verbal sumario conforme prescribe el Art. 118 Y 119 del Código Civil en concor-dancia con el Art. 828 del Código de Procedimiento Civil. Por lo que se dispone: 1) Cítese inmediata-

mente conforme establece la ley a la parte demandada AJAYKUMAR SUMANBEAI PATEL, una vez que la actora bajo juramento ha manifestado que le es imposible determinar la individualidad o residencia y por ende desconoce el domicilio de la persona deman-dada conforme lo establece el Art. 82 de la Codificación al Código de Procedimiento Civil, por ello cítese a través del periódico de circulación de esta ciudad por tres ocasiones mediando térmi-no de ocho días, por lo menos, entre una y otra citación confor-me el Art. 119 del Código Civil; y, al tenor de lo que contempla el artículo antes referido procé-dase también a citar a la parte demandada a través de un perió-dico de la capital de la provincia donde se celebró el matrimonio, a fin de que dentro de los veinte días a contarse desde la última publicación comparezca a juicio y señale casillero judicial para sus notificaciones cuyo extrac-to de demanda será entregado por la señora Secretaria de ésta Unidad Judicial.- 2) Tómese en cuenta la casilla judicial y forma de notificaciones señalada por la actora para recibir las notifica-ciones que le correspondan y la autorización que le confiere a su abogado defensor.- 3) Se dispone que la señora Secretaria en forma inmediata cumpla con lo que se ha dispuesto. Agréguese a los autos los documentos apareja-dos a la demanda. CÚMPLASE, NOTIFÍQUESE Y CITESE. Ab. Verónica Mariño SilvaSECRETARIAHAY FIRMA Y SELLOP-190887/DG

MENORESREpÚBlICA DEl ECUADOR

CITACIÓN JUDICIAlSECRETARÍA DEL JUZGADO SEGUNDO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITOAL SEÑOR LUIS ERNESTO PILLA MUCHAGALO Y AL PUBLICO EN GENERAL LES HAGO SABER LO SIGUIENTE:EXTRACTOACTORA: ROSA HORTENCIA TIMBILA TIMBILADEMANDADO: LUIS ERNESTO PILLA MUCHAGALOMENORES: LUIS ERNESTO PILLA TIMBILACAUSA: ALIMENTOS 2001-964CUANTIA: INDETERMINADAJUEZ: SEGUNDO DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO.PROVIDENCIAJUZGADO SEGUNDO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO. 30 de enero del 2014, a las 08h58.- VISTOS: Por cuanto se ha dado cumplimiento con lo ordenado en providencia inme-diata anterior este Juzgado dis-pone que la demanda de aumen-to de la pensión alimenticia que antecede, se la califica de clara precisa y por reunir los requisi-tos de ley se la acepta a trámite Especial. En lo principal cítese al demandado el señor LUIS ERNESTO PILLA MUCHAGALO por la prensa de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil e inciso segundo del Art. Innumerado 35 de la Ley Reformatoria al Título V, Libro II de la Ley reformatoria al Código Orgánico de Niñez y Adolescencia. Téngase en cuenta la prueba anunciada por la parte actora y ofíciese como solicita. De conformidad con lo dispuesto en el Art. Innumerado 25 de la Ley Reformatoria al Código de Niñez y Adolescencia, se ordena: Como medida cautelar se ordena la PROHIBICIÓN DE SALIDA DEL PAÍS del señor LUIS ERNESTO PILLA MUCHAGALO, portador

de la C.C 170448650-3 quien no podrá abandonar el Ecuador sin la Autorización de este Juzgado.- Ofíciese en este sen-tido a la Gerencia de Proyectos de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio. Notifíquese. CITESE Y NOTIFIQUESE. F) Dr. Richard Chinde Chamorro.Particular que cito para los fines de Ley.DRA. ALBA PALAGUACHISECRETARIA JUDICIALJUZGADO SEGUNDO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.Hay firma y sello P AC/23085/tf

EJECUTIVOSlA R DEl E

JUZgADO VIgÉSIMO QUINTO DE lO CIVIl DE pICHINCHA

CITACION JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR EDDY DIMITRI MEDINA ROSERO ACTOR: SILVA RODRÍGUEZ FELIX ALBERTO DEMANDADOS: JATIVA SÁNCHEZ AMPARO GEOCONDA, HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR EDDY DIMITRI MEDINA ROSERO JUICIO EJECUTIVO: No. 910-2013-OER CUANTIA: $ 15.0000,oo JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 13 de enero del 2014, las 14h52.- VISTOS: Una vez que el accionante ha dado cumplimien-to a lo dispuesto en auto inicial se califica a la demanda de clara, precisa, completa y que reúne los demás requisitos que exige la Ley. Dese el trámite Ejecutivo. Los demandados en el término de tres días y bajo prevenciones legales cumplan con la obligación exigida o propongan las excepcio-nes a las que se crean asistidos. Cítese a los demandados JATIVA SANCHEZ AMPARO GEOCONDA en el lugar que se indica para el efecto remitiendo el suficiente despacho a la oficina de citacio-nes; y atento al juramento rendido por el accionante y de conformi-dad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil se dispone que se cite a los herederos pre-suntos y desconocidos del señor Eddy Dimitri Medina Rosero por la prensa en uno de los perió-dicos de mayor circulación que se editan en la ciudad de Quito. Agréguense los documentos que se acompañan. Téngase en cuen-ta la autorización conferida a su Abogado Patrocinador, correo electrónico y casilla judicial para sus notificaciones. Notifíquese y Cítese. f) Dr. Paúl Narváez Narváez – Juez. Lo que comunico y CITO para los respectivos fines de Ley, previ-niéndole la obligación de señalar casillero judicial para futuras notificaciones. Quito, 18 de sep-tiembre del 2013. Certifico. Dr. Luis Fernando Serrano Meneses SECRETARIO JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO CIVIL PICHINCHAHay firma y sello P AC/23067/tf

R DEl E. JUZgADO DECIMO SEgUNDO

DE lO CIVIl DE pICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: Paulina Alexandra Chiluisa Cayo y Cristina Elizabeth Tacuri Cayo ACTOR: Banco del Austro S.A. DEMANDADO: Paulina Alexandra Chiluisa Cayo y Cristina Elizabeth Tacuri Cayo JUICIO: Ejecutivo No. 304-2013-DLV OBJETO: Cobro del valor cons-tante en el pagaré a la orden adjunto a la demanda CUANTIA: $. 4.000,oo FECHA DE INICIO: 03 de junio del 2013 PROVIDENCIA: JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 3 de junio del 2013, las 15h40.- VISTOS: VISTOS.-Avoco conocimiento de la pre-sente causa en mi calidad de Juez Encargado del Juzgado Décimo Segundo de lo Civil de Pichincha, en virtud de la acción de personal No 1831-DP-DPP de fecha 29 de Mayo del año 2013.- En lo prin-cipal, la demanda que antecede es clara, precisa y por reunir los demás requisitos de Ley, se la admite al trámite Ejecutivo.- En consecuencia, los ejecutados PAULINA ALEXANDRA CHILUISA CAYO y CRISTINA ELIZABETH TACURI CAYO en el término de tres días, paguen el valor adeu-dado o propongan excepciones de las que se crean asistidos. Cítese a los demandados en el lugar indicado en el escrito que antecede, debiendo para el efecto remitir las boletas respectivas a la oficina de citaciones. De confor-midad con el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejándo-se copias certificadas y recibo en autos, devuélvase la documen-tación solicitada por la parte actora y entréguese a la persona autorizada para su retiro. Tómese en cuenta el casillero judicial que señala y la designación de su abo-gado patrocinador.- Por licencia concedida a la señora secreta-ria de esta Judicatura actúe el Dr. Rodrigo Escobar Herrera en calidad de Secretario Encargado mediante acción de personal 1527-DP-DPP de fecha 10 de mayo del 2013. NOTIFIQUESE. F) Ab. Oscar Lanata Alava, Juez (E) JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.

Quito, jueves 31 de octubre del 2013, las 09h28.- En virtud del juramento de la parte actora, de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a los ejecutados Paulina Alexandra Chiluisa Cayo y Cristina Elizabeth Tacuri Cayo, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito.-Notifíquese. F) Ab. Oscar Lanata Alava, Juez (E).Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que seña-lar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 13 de Enero del 2014. Certifico AB. ANDREA ESCALERAS PARDO SECRETARIA (C) DEL JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHAHay firma y sello P AC/23033/tf

ORDINARIOSJUZgADO VIgÉSIMO

TERCERO DE lO CIVIl DE pICHINCHA

CITACIÓN JUDICIALA: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES RAFAEL ALFONSO RODRIGUEZ HIDALGO Y ROSA ELINA ESPINOZA FIALLOS RAMON ALFREDO RODRIGUEZ ORTIZ Y ALEJO SALOMON RODRIGUEZ FALCONIACTOR: GERMAN IGOR ALBORNOZ RODRIGUEZJ U I C I O : O R D I N A R I O P R E S C R I P C I Ó N EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO No. 377-2.013CASILLERO JUDICIAL No. 1292FUNDAMENTO LEGAL: ARTS. 603,715,2392,2398,2411 ,2413 y siguientes del Código Civil.ABOGADO: DR. MAURICIO SALGADOCUANTIA: INDETERMINADAPROVIDENCIA:JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 13 de junio del 2013, las 09h14.- VISTOS.- La compe-tencia de esta causa se ha radica-do en esta judicatura , por lo tanto avoco conocimiento de la misma en calidad de Juez titular y en virtud del sorteo realizado.- Una vez que se ha dado cumplimiento a providencia anterior.- En lo prin-cipal la demanda que antecede es clara precisa y reúne los requisi-tos de Ley , por lo que se le da el trámite ORDINARIO.- CÍTESE a los demandados señores ROSA MAITÉ ALBORNOZ RODRÍGUEZ, JOSÉ ERNANDO GALARZA GONZÁLEZ y FANNY GRACIELA RODRÍGUEZ ESTRELLA en el lugar señalado para el efecto .- Atento al juramento rendido

por el actor y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil , CÍTESE de los herederos pre-suntos y desconocidos de los causantes señores Rafael Alfonso Rodríguez Hidalgo y Rosa Elina Espinoza Fiallos, Ramón Alfredo Rodríguez Ortíz y Alejo Salomón Rodríguez Falconí , por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación y que se editan en esta ciudad , con esta providencia, a fin de que contesten dentro del término de 15 días proponien-do las excepciones dilatorias y perentorias que se creyeren asistidos bajo prevenciones de Ley, de conformidad al Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, en lo principal notifíquese al mismo a fin de que tome nota de este particular en los libros respectivos .- Cuéntese con los señores Alcalde y Procurador Síndico del Distrito Metropolitano .- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 1292 del Dr. Mauricio Salgado señalada por el compa-reciente.- Agréguese al proceso la documentación acompañada .- NOTIFIQUESE .- Dra. Rita Ordoñez Pizarro. JUEZ....Lo que comunico a usted para los fines de ley, le prevengo de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para recibir pos-teriores notificaciones.- Certifico.AB. RAUL VELEZ NARANJO.SECRETARIO.Existe firma y selloP.A.P/58474/p.n

JUZgADO CUARTO DE lO CIVIl DE pICHINCHA EXTRACTO JUDICIAl

CITACIÓN JUDICIAL A: MARCO VINICIO GUERRA CHÁVEZ y GLORIA DEL ROSARIO SOTO CHAVEZ, se les hace conocer el EXTRACTO de la demanda de Juicio Ordinario signado con el No. 2013-0308-ECP y PROVIDENCIAS, que a continua-ción siguen: EXTRACTO: ACTOR: GLORIA ESTELA CHÁVEZ RODRÍGUEZ.- DEMANDADOS: GLORIA DEL ROSARIO SOTO CHÁVEZ, MARCO VINICIO y MÓNICA PATRICIA GUERRA

CHÁVEZ; y, HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MARÍA INÉS CHÁVEZ DUQUE.- ASUNTO: Comparezco ante usted y en Juicio Ordinario demando la nulidad de la Sentencia ejecutoriada dictada por la señora Jueza Vigésima Tercera de lo Civil de Pichincha, dentro del Juicio N° 0803-2003-EB, seguido por la señora MARIA INES CHAVEZ DUQUE en contra del señor Registrador de la Propiedad del cantón Quito.- TRAMITE: Ordinario.- CUANTÍA: INDETERMINADA.- FECHA DE INICIACIÓN: 9 de abril del 2013.- DEFENSOR: DRA. SOILA TRUJILLO FONSECA, ABOGADA.- JUICIO ORDINARIO No.: 2013-0308-ECP JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, lunes 22 de abril del 2013, las 11h06.- Vistos.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de ésta Judicatura, mediante acción de personal No. 2922-DNP, de 25 de julio del 2012.- Agréguese al proceso el escrito que antecede y la docu-mentación adjunta.- La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. En consecuencia se le dará el trámite ORDINARIO.- Cítese a la demandada, señora MARIA INES CHÁVEZ DUQUE.- Para la prác-tica de esta diligencia remítase despacho suficiente a la oficina de citaciones.- Inscríbase la deman-da en el Registro de la Propiedad del cantón Quito, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil.- Cuéntese con los persone-ros del I. Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado para recibir futuras noti-ficaciones y la autorización con-ferida a su Abogado defensor.- Notifíquese. f).- DR. ARMANDO ACELDO GUALLI, JUEZ JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 16 de enero del 2014, las 10h35.- En lo principal, una vez que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto por esta Judicatura mediante decreto inmediato anterior, rendido que ha sido el juramento al cual hace referen-cia el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, se dispone

C4

RevistajudiCial

LUNES 10 de FeBReRO de 2014La Hora QuitO, eCuadOR

La ciencia genuina, hasta donde alcanza su verdadera doctrina,

carece de profundidad. La profundidad es cosa de la sabiduría.

H U S S e r l , e d m U n d

Se convoca a los señores accionis-tas de la compañía UDSS SPECIA-LIZED SERVICES ECUADOR S.A. a Junta General Extraordinaria de accionistas a realizarse el día vier-nes 21 de Febrero de 2014, a las 10H00 en el local social de la com-pañía ubicado en la calle Catalina Aldaz N 34-155 y Av. Portugal, edifi-cio Catalina Plaza, piso 6 oficina No. 607 de esta ciudad de Quito, con el objeto de tratar el siguiente orden del día:

1. Aumento de capital y reforma de estatutos sociales

Atentamente,

Wilson Suárez RoseroGERENTE GENERAL

CONVOCATORIA

A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAñÍA

UDSS SPECIALIZED SERVICES ECUADOR S.A.

P AC/23056/tf

Servicio de CesantíaPO LI CIA NA CIO NAL DEL ECUADOR

AVI SO

Se va a pro ce der al pa go de: DEVOLUCIÓN DE APORTESDel que en vi da fue: POLI. PILCO CUZQUILLO LUIS HERNÁN

Quie nes se cre ye ren con de re cho a es te be ne fi cio, po drán acer car se a pre sen tar el re cla-mo res pec ti vo en el Ser vi cio de Ce san tía de la Po li cía Na cio nal en Qui to, en el trans cur so de TREIN TA (30) DIAS a con tar se de la pre sen te pu bli ca ción.

JE FE FI NAN CIE RO DEL SER VI CIO DE CE SAN TIA DE LA PO LI CIA NA CIO NALP.A.C./23049

Quito, 7 de Febrero del 2014

Conforme al Artículo Décimo Noveno de los Estatutos Sociales, y 119 de la Ley de Compañías, me permito convo-car a todos y cada uno de los socios de la Compañía “COBEINS CIA. LTDA.” a la Junta General Universal Extraor-dinaria de Socios que se efectuará el día martes 25 febrero del 2014, a las 15h00, en la oficina No 501 del Edificio Gómez ubicado en la calle Carlos Iba-rra N12-11 y Santa Prisca de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, para tratar el siguiente Orden del Día:

1) Constatación del quórum por parte de Secretaría;

2) Traslado de las oficinas a otro sector de la ciudad; y,

3) Análisis de la situación societaria de la Compañía y exclusión de socios.

Por su gentil atención anticipo mi agra-decimiento.

Geovanny Heriberto Valle Torres PRESIDENTE

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL UNIVERSAL

EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAñÍA “COBEINS.

CIA. LTDA.”

P AC/23100/tf

Page 5: Judicial 10 febrero 2014

que cite a los demandados, seño-res MARCO VINICIO GUERRA CHÁVEZ y GLORIA DEL ROSARIO SOTO CHAVEZ, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor cir-culación a nivel nacional editados en esta ciudad de Quito. Al efecto confiérase el extracto respectivo.- Notifíquese.- f) DR. ARMANDO ACELDO GUALLI, JUEZ.Lo que pongo en su conocimiento para los fines de ley, previnién-dole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones.- CERTIFICO. AB. JENNY BELTRANSECRETARIA(E)Hay un selloP.A.C./22978

JUZgADO VIgESIMO TERCERO DE lO CIVIl DE

pICHINCHACITACION JUDICIALA el señor (a) CLAUDIO HERNESTO, DIEGO FRANCISCO, JUAN CARLOS y RAFAEL ANTONIO ANDRADE VILLACIS, se le hace conocer EL EXTRACTO DEL JUICIO ORDINARIO, que a continuación sigue:EXTRACTOActor(a): TOMAS FARINANGO CABEZAS Y OTROS.-Demandado(a): CLAUDIO HERNESTO, DIEGO FRANCISCO, JUAN CARLOS, RAFAEL ANTONIO ANDRADE VILLACIS y al Dr. Homero López Obando, en su calidad de Notario Vigésimo Sexto de este cantón Quito.Cuantía: INDETERMINADATrámite: ORDINARIOFecha de iniciación: 26 DE DICIEMBRE DEL 2012Causa No. 2012-1567- AB. JOHN AYALA MARTINEZJUZGADO VIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.-

Quito, jueves 16 de mayo del 2013, las 10h56.-VISTOS: Los escritos que anteceden agré-guese al proceso.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley y se declara procedente el trámite ordinario.- De conformi-dad con los Arts. 396 y 397 del Código de Procedimiento Civil, córrase traslado a los señores CLAUDIO HERNESTO, DIEGO FRANCISCO, JUAN CARLOS, RAFAEL ANTONIO ANDRADE VILLACIS y al Dr. Homero López Obando, en su calidad de Notario Vigésimo Sexto de este cantón Quito, con la demanda por el tér-mino de quince días, una vez que han sido citado legalmente, a fin de que proponga las excepciones a que se crean asistidos.- CITESE a los demandados en los luga-res que se indican.- Agréguese los documentos acompañados.- Se dispone la inscripción de la demanda en el Registro de la propiedad, de conformidad con el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil.- Tómese en cuenta el casillero judicial señala-do por la actora y la autorización dada a su abogado.- Notifíquese.JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, viernes 24 de enero del 2014, las 08h07. El escrito que antecede agréguese al proceso.- En virtud del juramento que ante-cede, cítese a los demandados señores CLAUDIO HERNESTO, DIEGO FRANCISCO, JUAN CARLOS, RAFAEL ANTONIO ANDRADE VILLACIS, por la prensa de acuerdo a lo previsto en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.- Se acepta la insinuación realizada por parte de los actores con respecto al nom-bramiento de procurador común al señor TOMAS FARINANGO CABEZAS, se dispone tomar en

cuenta con el mismo en lo poste-rior.- Notifíquese.-DRA. RITA ORDOÑEZ PIZARROJUEZLo que comunico para los fines de ley, advirtiendo de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial en el palacio de justicia de esta ciudad.- Certifico.- Quito, 03 DE FEBRERO DEL 2014.-AB. RAUL VELEZ NARANJOSECRETARIOHay un selloP.A.C./23010

REMATESR DEl E

JUZgADO DÉCIMO TERCERO DE lO CIVIl DE pICHINCHA

AVISO JUDICIAL DE REMATEJUICIO EMBARGO Y REMATE No. 2010-0634-MYSe pone en conocimiento del público en general que en la Secretaria de esta Judicatura, el día VEINTE Y CINCO de febrero del año dos mil catorce, desde las TRECE horas hasta las DIECISIETE horas, se realizará el remate del bien mueble, que a continuación se detalla:DETALLE:Marca: HYUNDAITipo: AUTOMOVILPlacas: PBJ 3376 Modelo: I 10 GXX 5D TM CMS6E3315DD120Clase: AUTOMOVILColor: PLATAAno de fabricación: 2009No. De puertas: 4No. De motor: G4HG8M601406N o . D e c h a s i s : MALAM51BP9M183190 EQUIPAMIENTO:4 llantas marca HANKOOK4 tapacubos2 espejos retrovisores 1 antena1 llanta de emergencia

4 apoya cabezas1 encendedor-cenicero1 espejo retrovisor interne5 moquetas4 forros de asientos1 radio4 cinturones de seguridad1 gata1 llave de ruedas 1 llave de encendidoVentilación-calefacción OBSERVACIONES:No se puede comprobar su fun-cionamiento, no tiene batería. Kilometraje 62.258, conforme a lo que consta en el acta de embar-go. Capot y guardachoques pinta-dos de color negro.AVALUO: Tomando en conside-ración el estado de conserva-ción del vehículo, se lo avalúa en USD $ 7.600,00 (SIETE MIL SEISCIENTOS DÓLARES).Se recibirán las posturas que cubran las dos terceras partes del avalúo aprobado por tratar-se del PRIMER señalamiento, al que deben acompañar el diez por ciento de la oferta, en dinero en efectivo o en cheque certificado a nombre del Juzgado.Lo que comunico al público en general para los fines de ley. Certifico.DR. NILO GONZALO ALMACHISECRETARIOHay un selloP AR/94367/cc

R. del E. JUZgADO DECIMO pRIMERO DE lO CIVIl DE pICHINCHA

AVISO JUDICIAL DE REMATE JUICIO No. 1724-2010 MZ. Se pone en conocimiento del público en general que el día JUEVES VEINTE DE MARZO DEL DOS MIL CATORCE, desde las trece horas hasta las diecisiete horas, en la secretaría de este Juzgado, tendrá lugar el Remate

en pública subasta, del inmueble embargado en la presente causa de las características que a con-tinuación se detallan. El inmueble embargado que se ordena avaluar, se identifica como la Casa número seis (N° 6), con una alícuota del 1.580580%, sitio de lavado y secado y servicio, con tiria alícuota del 0.072283% y el Estacionamiento N° 6, con una alícuota del 0.180706%, y terreno de uso exclusivo con una alícuota del 34.225823%, y una alícuota total del 36.059392%; del inmueble bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, ubicado en la Calle Teofilo Carrera, con nomenclatura actual N9-178 del barrio Mangahuantag, jurisdic-ción de la parroquia Puembo, del Cantón Quito Metropolitano, Provincia de Pichincha. Los linderos específicos, del inmueble embargado de acuer-do con laescritura de Hipoteca y Acta de Embargo de fojas 20, siguientes: LINDEROS SINGULARES DE LA CASA N° 6.- Norte: Con Pasaje Comunal, en 63,00 m. Sur Con propiedad de la Corte de Justicia, en 112,70 m.Este: Con terreno de uso exclu-sivo de las casas N° 4 y 5, en 91,00 m.-Oeste: Con Calle Pública, hoy denominada Teofilo Carrera, en 73,50 m. Arriba: Cielo, en 5.724,00 m2.- Abajo: Suelo, en 5.724,00 m2.- Superficie: 5.724,00 m2.- LINDEROS GENERALES. -Norte: Con propiedad de Eduardo Duque y Silvio Hernández en toda su extensión zanjas medianeras. Sur: En parte con propiedad de los cónyuges Segundo Simón Portugal y María Duque y en otra con propiedad de Flavio Godoy.

Oriente: Con propiedad de Ignacio Godoy, zanja medianera.- Oeste: En parte con propiedad de Flavio Godoy y en otra con camino principal.- El terreno de uso exclusivo de la Casa N° 6, es de forma trapezoi-dal, de topografía plana, dispone de los servicios de energía eléctri-ca, agua potable, alcantarillado, la calle principal denominada Teofilo Carrera se encuentra ado-quinada y el Pasaje Comunal, es destapado. Avalúo.- Para la determinación del precio, de las tierras, se han realizado encuestas, del precio comercial del sector, inmuebles que se han vendido, o que se encuentran en proceso de venta y criterios de moradores del sec-tor; para las construcciones se ha considerado la época en la que se ha edificado y el estado actual de mismo, así como los precios establecidos por la Cámara de la Construcción y el estado actual de conservación; Terreno, con un área de 5.724 m2., a razón de USD 50,00 c/m2 lo que da un valor total USD 286.200,00.- En el interior del terreno, se encuentra construida una casa, de una planta, con un altillo, su estructura es de madera, con paredes de ladrillo, cubierta de tejas en estructura de madera, con vigas vistas de madera, tum-bados de triples, pisos de cerámi-ca, puertas y ventanas de madera y vidrio, con la siguiente distribu-ción: sala comedor principal, con chimenea, y pisos de cerámica, biblioteca, Con pisos de marmo-lina sin pulir, un baño social con pisos, paredes a media altura y ducha con cortina de aluminio y acrílico, con dos piezas sanitarias blancas, lavamanos empotrado en mueble de madera, hall de dis-tribución, sala de estar pisos de cerámica, grada de acceso al alti-llo; dos dormitorios dobles, con pisos de cerámica, un cuarto de huéspedes con pisos de gres, un baño familiar, con pisos, paredes a media altura y ducha revestidos de cerámica, cortina de aluminio y acrílico, tres piezas sanitarias blancas, lavamanos con pedestal; cocina y comedor del diario, con pisos de cerámica, mesones de hormigón revestidos de azulejo, muebles de madera, un corredor con pisos de ladrillo y pasamanos de madera rústica, lugar en el que se encuentra un horno de leña y un mesón; en la parte posterior, se encuentra un taller de pintu-ra, con pisos de cerámica; en el altillo, se encuentra una sala y un dormitorio, con entrepiso de madera, tumbados de triples y una claraboya de vidrio; un baño con pisos y ducha revestidos de cerámica, cortina de aluminio y acrílico, dos piezas sanitarias blancas, lavamanos con pedestal, la casa tiene un área total 314,50 de m2, su estado de conservación es regular, de acuerdo con sus acabados y época de construc-ción se valoran a razón de USD 120 c/m2, lo que da un valor total de USD 37.740,00.- Lavandería y bodega, paredes de ladrillo, pisos de cemento, cubierta de eternit en estructura de madera, con un área de 46 m2, en buen estado de conservación, se valora a razón de USD 80 c/m2, lo que da un valor total de USD 3.680,00.- Adosado a la construcción anterior se encuentra un área de estacionamientos, con pisos empedrados y cubierta de eternit en estructura de madera, con un área de 28,80 m2., que se valora a razón de USD 50 c/m2., lo que da un valor total de USD 1.440,00.- Casa cuidador, tipo mediagua, con paredes de ladrillo, con cubierta de tejas en estructu-ra de madera, puerta de hierro tol, ventanas de hierro vidrio y protectores, con un área de 40 m2, conforma tres cuartos y una bodega con pisos de cemento, y tumbados de triples, un baño con pisos de cemento, ducha e inodo-ro, su estado de conservación es regular, se valora a razón de USD 60 c/m2, lo que da un valor total de USD 2.400,00.- Un taller en estructura de made-ra forrada con madera bambú y cubierta de madera, pisos de madera, con un área de 8,50 m2., su estado de conservación es regular y esta destinada como bodega; se valora a razón de USD 60 c/m2, lo que da un valor total de USD 510,00.- Cerramiento, con paredes de ladrillo y columnas de hormigón, con frente al Pasaje común, 63 m., a razón de USD 35 c/m, da un valor total de USD 2.205,00.-

En el interior del inmueble, se encuentran plantas ornamenta-les, como palmeras, árboles de ciprés, arupos, nísperos, guabas, chirimoyas, cerezas, nogales, duraznos, mandarinas y limo-nes, de diferentes edades, que contados dan un número total de 165 plantas, las mismas que se valoran a razón de USD 30 promedio, lo que da un valor total de USD 4.950.00,. AVALÚO TOTAL DEL INMUEBLE: USD 339.125,00 SON: TRECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO VEINTE Y CINCO 00/100 DÓLARES AMERICANOS.-Se recibirán posturas que cubran sobre la base de las dos terceras partes del valor del avaluó como base, por tratarse de primer seña-lamiento, al que deben acompa-ñar el diez por ciento de la oferta, en dinero efectivo o cheque certi-ficado a nombre del juzgado.- Lo que pongo en conocimiento del público en general, para los fines de Ley.- Certifico. DR. LUIS CHULDE RUANOSECRETARIO ENCARGADOP.A.C./23055

EXTRACTO JUDICIAl JUZgADO pRIMERO DE lO

CIVIl DE pICHINCHA SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL QUE EN LA SECRETARIA DE ESTA JUDICATURA EL DIA LUNES VEINTE Y CUATRO DE MARZO DEL DOS MIL CATORCE DESDE LAS TRECE HORAS A LAS DIECISIETE HORAS, SE LLEVARA A EFECTO EL REMATE DEL BIEN INMUEBLE QUE SE DETALLA A CONTINUACIÓN. JUICIO EJECUTIVO No. -852-2009-NV UBICACIÓNLa propiedad se encuentra en la calle “E” lote No. 3 de la manzana 11 del programa La Bretaña de la Parroquia de Chillogallo pertene-ciente al Distrito Metropolitano de Quito.DESCRIPCIÓN LEGALEscritura de compraventa, Hipoteca, y encargo Fiduciario.Otorgada por: Compañía de vivienda provisional, Coviprov.A favor de: Lupe M. Venegas Córdova y Jorge Cortez Rodríguez. Notaria: TerceroNotario: Dr. Roberto Delgado DelgadoFecha: 9 de Febrero 2000LINDEROSNORTE: En 19,00 m. con lote No. 2 de la manzana No.11SUR: En 19.00 m. con lote No. 4 de la manzana No. 11ESTE: En 6,00 m. con calle “E”.OESTE: En 6,00 m. con lote No. 16 de la manzana No. 11.AREA = 114,00 m2.DESCRIPCIÓN DE LA PROPIEDADTERRENOPlanoDe forma rectangularLa propiedad tiene todos los ser-vicios básicos de infraestructura como agua potable, alcantarilla-do, luz eléctrica y teléfonos.La propiedad tiene una casa de vivienda.Existe una lavandería de cemen-to.La propiedad tiene delimitada en su totalidad con cerramiento definidos.CASA DE VIVIENDA Constituida de: Sala, comedor, cocina, dos dormitorios, baño, patio posterior. Construido de: - Estructura de plintos, columnas, losa de hormigón armado. - Mampostería de bloque - Enlucidos internos y externos - Tumbados chafados - Ventanas de hierro vidrio y pro-tecciones. - Puertas de madera en interior y de tool en exterior. - Pisos de cerámica, dormitorios de cemento. - BAÑO: Con recubrimientos de cerámica en pisos y paredes, sanitarios económicos. - COCINA: Pisos de cerámica, muebles altos y bajos de madera con mesón de fórmica pos for-mada. AREA= 68,00 m2. AVALUO DE LA PROPIEDAD

Terreno 114,00 m2 a $ 55,00 c/m2 $ 6.270,00 Casa de vivienda. 68,00 m2 a $ 185,00 c/m2 $ 12.580,00 TOTAL: $ 18.850,00 SON: DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA, con 00/100 DOLARES AMERICANOS. JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miér-coles 8 de enero del 2014, las 08h58.- Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez Primero de lo Civil de Pichincha (E), mediante acción de personal N° 4059-DP-DPP. de fecha 26 de agosto del 2013.- El escrito que antecede agréguese al proceso.- En consecuencia, se señála para el día lunes 24 de Marzo del 2014, desde las trece horas hasta las diecisiete horas, para que en la Secretaria de esta Judicatura tenga lugar el remate del bien inmueble embargado y avaluado en el presente juicio, cuyas características se detallan a continuación: Lote de terreno N° 3, de la Manzana 11, del Programa La Bretaña, parroquia Chillogallo, de este Cantón y Ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, cuyos lin-deros a saber son: Por el Norte.- En una longitud de diecinueve metros, con lote dos de la man-zana once; Por el Sur.- En una longitud de diecinueve metros, con lote cuatro de la manzana once; Por el Este.- En una longitud de seis metros, con la calle “E”; y, Por el Oeste.- En una longitud de seis metros, con el lote dieciséis de la manzana once.- El inmue-ble posee una superficie total de: Ciento catorce metros cuadrados (114 m2); y las demás especifi-caciones se encuentra detallado en el certificado de gravámenes conferido por el Registrador de la Propiedad de este Cantón Quito y que obra de autos, para lo cual se harán las respectivas publica-ciones en uno de los diarios de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, y se fijarán los carteles en la forma que dispone la ley.- Por tratar-se del primer señalamiento se aceptarán posturas que cubran las dos terceras partes del avalúo, las mismas que se recibirán en dinero en efectivo o en cheque certificado a nombre del Juzgado Primero de lo Civil de Pichincha.- NOTIFÍQUESE.DR. FRANCISCO ROBALINO OCAÑAJUEZ ENCARGADOLo que comunico al público en general para los fines de ley. ATENTAMENTE DR. JUAN PABLO TORO CARRILLO SECRETARIOHay firma y sello P AC/23048/tf

R. del E. JUZgADO DECIMO pRIMERO DE lO CIVIl DE pICHINCHA

AVISO JUDICIAL DE REMATE JUICIO ORDINARIO No. 712-2007-RG. Se pone en conocimiento del público en general que el día TRECE DE MARZO DEL 2014, desde las trece hasta las diecisie-te horas, en la secretaría de este Juzgado, tendrá lugar el Remate en pública subasta, del inmueble embargado en la presente causa de las características que a con-tinuación se detallan. UBICACIÓN. La propiedad se encuentra en la Av. 10 de Agosto N21-123 y N21-127 edificio EPSILON y calle San Gregorio de la Parroquia de Santa Prisca perteneciente al Distrito Metropolitano de Quito. LINDEROS GENERALES DE LA PROPIEDAD (Según escrituras) NORTE: Con propiedad del Sr. Efraín Piedra Solís, pared propia. SUR: Con propiedad del Sr. Víctor Tello Torres, Humberto Tumipámba Salgado, pared propia. ESTE: Con la Av. 10 de Agosto. OESTE: Con propiedad de la Sra. Elvira Estupiñan, pared propia. AREA= 452,04 m2 LINDEROS, ALICUOTAS SEGÚN LA DECLARATORIA DE PROPIEDAD HORIZONTAL,

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RevistajudiCial

LUNES 10 de FeBReRO de 2014

La Hora QuitO, eCuadOR

Por ir en pos del placer, se aparta el hombre del bien. Cuando lo piensa mejor, vuelve al bien, y se topa con

el placer perseguido y no alcanzado.c o n S ta n c i o c. v i g i l

REPÚBLICA DEL ECUADORSUPERINTENDENCIA DE COMPAñÍAS

EXTRACTODE LA ESCRITURA PÚBLICA DE DISOLUCIÓN VOLUNTARIA Y ANTICIPADA, LIQUIDACION Y

CANCELACION, DE LA COMPAñÍA EXPORTADORA DE MADERA ALIANZA S.A. EXPOALIANZA.

1.- Se pone en conocimiento del público que, la Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.Q.14.0456 de 6 FEB 2014, aprobó la escritura pública de disolución voluntaria y an-ticipada, liquidación y cancelación, de la compañía EXPORTADORA DE MADERA ALIANZA S.A. EXPOALIANZA, otorgada ante el Notario Primero del Distrito Metropolitano de Quito, el 19 de noviembre de 2013, a fin de que quienes se creyeren asistidos del derecho de opo-sición previsto en el artículo 33 de la Ley de Compañías, como acto previo a su inscripción, puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Super-intendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía y al cumplimiento de los demás re-quisitos legales.

2.- Al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada compa-rece la abogada Alexandra Fierro y Tamarit, en su calidad de Gerente General de PETERS & FIERRO, ESTUDIO JURIDICO C. LTDA., so-ciedad que a su vez es apoderada del señor Luke Evan Landers Fin-ley, Presidente y Representante Legal de la compañía EXPORTADO-RA DE MADERA ALIANZA S.A. EXPOALIANZA. La compareciente es de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casada y domiciliada en el Distrito Quito. La junta general de 02 de julio de 2013, resol-vió nombrar Liquidadora a la abogada Dayra Jaramillo Bahamon-de, quien para los efectos del artículo 393 de la Ley de Compañías, notifica a los acreedores de la empresa para que en el término de veinte días contado a partir de la última publicación de este Extracto, presenten los documentos que acrediten su derecho en a dirección domiciliaria de la compañía.

Distrito Metropolitano de Quito, a 06 FER 2014

Dra. Rosario Carvajal Calvache DIRECTORA JURIDICA DE DISOLUCION

Y LIQUIDACIÓN DE COMPAÑÍAS, ENCARGADA P AC/23057/tf

La com pa ñía SPAZONOVO CONSTRUCTORA S.A. se cons ti tu yó por es cri tu ra pú bli ca otor ga da an te el No ta rio Vigésimo Séptimo del Dis tri to Me tro po li ta no de Qui to, el 16 de Enero de 2014, fue apro ba da por la Su pe-rin ten den cia de Com pa ñías, me dian te Re so lu ción SC.IJ.DJC.Q.14.000305 de 24 de Enero de 2014.

1.- DO MI CI LIO: Dis tri to Me tro po li ta no de Qui to, pro vin cia de Pi chin cha.

2.- CA PI TAL: Sus cri to US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00

3.- OB JE TO: El ob je to de la com pa ñía es: A) LA CONSTRUCCIÓN DE TODA CLASE DE VIVIENDAS FAMILIARES O UNIFAMILIARES, DE EDIFICIOS, CENTROS COMERCIALES, ESPACIOS COMERCIALES, RESIDENCIAS, CONDOMINIOS;...

Qui to, 24 de Enero de 2014.

Dr. Oswaldo Noboa LeónDIRECTOR JURÍDICO DE

COMPAñÍAS

CONSTITUCIÓN DE LA COMPAñÍASPAZONOVO CONSTRUCTORA S.A.

RE PU BLI CA DEL ECUA DORSU PE RIN TEN DEN CIA DE COMPAñIAS

EX TRAC TO

P AR/94373/cc

Page 6: Judicial 10 febrero 2014

APROBADA POR EL MUNICIPIO DE QUITO. ALICUOTAS DEL EDIFICIO EPSILON Garajes del Subsuelo dos: núme-ros: UNO, aIícuota de 0,794%, DOS, alícuota de 0,783%, TRES, alícuota de 0,783%, CUATRO, alí-cuota de 0,819%, CINCO, alicuo-ta de 0,850%, SEIS, alícuota de 0,716%, SIETE, alícuota de 0,649 %, OCHO, alícuota de 0,778%, NUEVE, alícuota de 0,763%, DIEZ, alícuota de 0,763%, ONCE, alícuota de 0,778% y DOCE 0,711%, Bodegas del subsuelo dos: núme-ros: UNO, Alícuota de 0,165%, dos, Alícuota de 0,170%, TRES, Alícuota de 0,178%, CUATRO, Alícuota de 0,186%, CINCO, Alícuota de 0,206% y SEIS, Alícuota de 0,227%: Garajes del subsuelo uno: núme-ros UNO, Alícuota de 0,794%, DOS, alícuota de 0,783%, TRES, Alícuota de 0,783%, CINCO, Alícuota de 0,675%, SEIS, Alícuota de 0,649%, SIETE, Alícuota de 0,631%, OCHO, Alícuota de 0,778%, NUEVE, Alícuota de 0,763% y ONCE, Alícuota de 0,794%.Bodegas del subsuelo uno: núme-ros: UNO, Alícuota de 0,165 %, DOS, alícuota de 0,170%, TRES, Alícuota de 0,178%, CUATRO, Alícuota 0,186% y SEIS, Alícuota de 0,227%, Almacén del Mezanine, Alícuota de 5,591%, Oficina del Mezanine, Alícuota de 3,225%, Oficinas de la primera planta alta números: TRES, Alícuota de 3,066% y CUATRO, Alícuota de 3,447%, Oficinas de la segunda planta alta: números: UNO, Alícuota de 3,793%, DOS, Alícuota de 3,298%, TRES, Alícuota de 3,066%, y CUATRO Alícuota de 3,447%, Oficinas de la tercera planta alta: números: UNO, Alícuota de 3,694%, DOS, Alícuota de 3,298%, TRES, Alícuota de 3,066% y CUATRO, Alícuota de 3,447%, Oficina de la cuarta planta alta: números: UNO Alícuota de 3,576%, DOS, Alícuota de 3,298%, TRES, Alícuota de 3,066% y CUATRO, Alícuota de 3,447%, Oficinas de Quinta planta alta: números: UNO, alícuo-ta de 3,468%, DOS, alícuota de 3,298%, TRES, alícuota de 3,066% y CUATRO, alícuota de 3,447% LINDEROS SINGULARES DEL SUBSUELO DOS. PARQUEADEROS.GARAJE NUMERO UNO.- NORTE : en cinco punto tres cero (5.3) metros del parqueadero dos; SUR: en cinco punto tres cero (5.30) metros con pared diviso-ria propia ESTE.- en dos punto seis nueve(2.69)metros con vía de circulación vehicular; OESTE.- en dos punto seis nueve (2.69)metros con las bodegas uno y dos; ARRIBA: en uno cuatro punto dos cinco siete (14,257) metros cuadrados con el tumbado del parqueadero uno ABAJO.- en uno cuatro punto dos cinco siete (14,257) metros cuadrados con cimientos del edificio. AREA 14,257 m2 GARAJE NUMERO DOS.- NORTE: en cinco punto tres cero (5.30) metros del parqueadero tres; SUR: en cinco punto tres cero (5.30) metros con parqueadero uno; ESTE.- en dos punto seis nueve (2.69) metros con vía de circulación vehicular. OESTE.- en dos punto seis nueve (2.69) metros con las bodegas tres y cuatro; ARRIBA en uno cua-tro punto dos seis (14,26) metros cuadrados con el tumbado del parqueadero dos; ABAJO.- en uno cuatro punto dos seis (14,26) metros cuadrados con cimientos del edificio.- AREA 14,26 m2 GARAJE NUMERO TRES.- NORTE: en cinco punto tres cero (5.30) metros del parqueadero cuatro; SUR: en cinco punto tres cero (5.30) metros con parqueadero dos; ESTE.- en dos punto ocho cero (2.80)metros con vía de circulación vehicular ;y; OESTE.- en dos punto ocho

cero(2.80)metros con las bode-gas cinco y seis; ARRIBA: en uno cuatro punto ocho cuatro (14,84) metros cuadrados con piso del parqueadero tres y; ABAJO.- en uno cuatro punto ocho cuatro (14,84) metros cuadrados con cimientos del edificio. AREA = 14,84m2 GARAJE NUMERO CUATRO.- NORTE: en cinco punto tres cero (5.30) metros con pared divisoria propia; SUR: en cinco punto tres cero (5.30) metros con parqueadero tres; ESTE.- en dos punto ocho cero (2.80)metros con vía de circulación vehicular ;y, OESTE: en dos punto ocho cero(2.80) metros con gradas internas; ARRIBA: en uno cuatro punto ocho cuatro (14,84) metros cuadrados con piso del parquea-dero cuatro y; ABAJO.- en uno cuatro punto ocho cuatro (14,84) metros cuadrados con cimientos del edificio.AREA = 14,84 m2 GARAJE NUMERO CINCO.- NORTE: en cinco punto cinco seis (5.56) metros del parquea-dero seis; SUR: en cinco punto cinco seis (5.56) metros con rampa de circulación vehicu-lar; ESTE.- en dos punto cuatro cinco (2.45)metros con espacio aéreo; y; OESTE.- en dos punto cuatro cinco (2.45)metros con circulación vehicular; ARRIBA: en uno tres punto seis dos (13,62) metros cuadrados con piso del parqueadero cinco; y; ABAJO.- en uno tres punto seis dos (13,62) metros cuadrados con cimientos del edificio.AREA = 13,62 m2 GARAJE NUMERO SEIS.- NORTE: en cinco punto cinco seis (5.56) metros con vía de circulación vehicular; SUR: en cinco punto cinco seis (5.56) metros con parqueadero cinco; ESTE: en dos punto tres dos (2.32)metros con pared de ascensores y.- OESTE.- en dos punto tres dos (2.32) metros con circulación vehicular.- ARRIBA.- en uno dos punto nueve cero (12,90) metros cuadrados con piso del parqueadero seis; y; ABAJO: en uno dos punto nueve cero (12,90) metros cuadrados con cimientos del edificio.AREA = 12,90 m2 GARAJE NUMERO SIETE.- NORTE: en cinco punto cinco cero (5.50) metros pared diviso-ria propia; SUR: en cinco punto cinco cero (5.50) metros con parqueadero ocho; ESTE: en dos punto ocho uno (2.81) metros con planta eléctrica y; OESTE; en dos punto ocho uno (2.81) metros con circulación vehicular. ARRIBA: en uno cinco punto cua-tro seis (15,46) metros cuadrados con piso del parqueadero siete; y; ABAJO: en uno cinco punto cua-tro seis (15,46) metros cuadrados con cimientos del edificio.-AREA= 15,46 m2 GARAJE NUMERO OCHO.- NORTE: en cinco punto chico cero (5.50) metros con parqueadero siete.- SUR: en cinco punto cinco

cero (5.50) metros con parquea-dero nueve.- ESTE: en dos punto ocho uno (2.81)metros con cuar-to de planta eléctrica y, OESTE: En dos punto ocho uno (2.81)metros con circulación vehicu-lar.- ARRIBA: en uno cinco punto cuatro seis (15,46) metros cua-drados con piso del parqueadero ocho; y; ABAJO: en uno cinco punto cuatro seis (15,46) metros cuadrados con cimientos del edificio.-AREA = 15,46 m2 GARAJE NUMERO NUEVE.- NORTE: en cinco punto cinco cero (5.50) metros con parqueadero ocho; SUR: en cinco punto cinco cero (5.50) metros con parquea-dero diez; ESTE: en dos punto tres dos (2.32)metros con cuarto de bombas y; OESTE: en dos punto tres dos (2.32)metros con cir-culación vehicular.- ARRIBA: en uno dos punto siete seis (12,76) metros cuadrados con piso del parqueadero nueve; ABAJO: en uno dos pinto siete seis (12,76) metros cuadrados con cimientos del edificio.AREA = 12,76 m2 GARAJE NUMERO DIEZ.- NORTE: en cinco punto cinco cero (5.50) metros con parqueadero nueve; SUR: en cinco punto cinco cero (5.50) metros con pared diviso-ria propia; ESTE: en tres (3,00)metros con cuarto de bombas y; OESTE: tres (3,00)metros con cir-culación vehicular.- ARRIBA: en uno seis punto cinco cero (16,50) metros cuadrados con piso del parqueadero diez y; ABAJO: en uno seis punto cinco cero (16,50) metros cuadrados con cimientos del edificio.AREA = 16,50 rn2 GARAJE NUMERO ONCE.- NORTE: en cinco (5,00) metros con parqueadero doce; SUR: en cinco (5,00) metros con pared divisoria propia ; ESTE: en tres punto cero seis (3.06) metros con circulación vehicular y; OESTE: en tres punto cero seis (3.06)metros con pared divisoria propia.- ARRIBA: en uno cinco punto tres cero (15,30) metros cuadrados con piso de la rampa vehicular y; ABAJO: en uno cinco punto tres cero (15,30) metros cuadrados con cimientos del edificio.AREA= 15,30 m2 GARAJE NUMERO DOCE .- NORTE: en cinco (5,00) metros con puertas de los ascensores; SUR: en cinco (5,00) metros con parqueadero once; ESTE: en dos punto tres ocho (2.38)metros con circulación vehicular y; OESTE: en dos punto tres ocho (2.38)metros con pared diviso-ria propia.- ARRIBA: en uno uno punto nueve cero (11,90) metros cuadrados con el piso del par-queadero once y; ABAJO: en uno uno punto nueve cero (11,90) metros cuadrados con cimientos del edificio.AREA= 11,90 m2 LINDEROS DEL SUBSUELO DOS.BODEGAS: BODEGA UNO: NORTE: en uno punto nueve cero (1,90) metros con la bodega ocho; SUR: en uno punto nueve cero (1,90) metros con pared divisoria propia; ESTE: en uno punto tres tres (1.33)metros con parqueadero doce y; OESTE: en uno punto tres tres (1,33) metros con pared divisoria propia.- ARRIBA: dos punto cinco dos siete (2,527) metros cuadra-dos con el piso de la bodega uno y/ABAJO: en dos punto cinco dos

siete (2,527) metros cuadrados con cimientos del edificio.AREA = 2,527 m2BODEGA DOS: NORTE: en uno punto nueve cero (1,90) metros con la bodega nueve; SUR: en uno punto nueve cero (1,90) metros con la bodega siete ; ESTE: en uno punto tres tres (1.33)metros con parqueadero doce y; OESTE: en uno punto tres tres (1,33) metros con pared divisoria propia.- ARRIBA: en dos punto cinco dos siete (2,527) metros cuadrados con el piso de la bodega dos y; ABAJO: en dos punto cinco dos siete (2,527) metros cuadrados con cimientos del edificio.AREA = 2,527 m2 BODEGA TRES: NORTE: en uno punto nueve cero (1,90 ) metros con la bodega diez; SUR: en uno punto nueve cero (1,90) metros con la bodega ocho; ESTE: en uno punto tres tres (1.33)metros con parqueadero trece y; OESTE: en uno punto tres tres (1,33)metros con pared divisoria propia.- ARRIBA: en dos punto cinco dos siete (2,527) metros cuadrados con el piso de la bodega tres y; ABAJO: en dos punto cinco dos siete (2,527) metros cuadrados con cimientos del edificio.AREA= 2,527 m2 BODEGA CUATRO: NORTE: en uno punto nueve cero (1,90 ) metros con la bodega once; SUR: en uno punto nueve cero (1,90) metros con la bodega nueve; ESTE: en uno punto cinco tres (1.53)metros con parqueadero trece y; OESTE: en uno punto cinco tres (1,53)metros con pared divisoria propia.- ARRIBA: en dos punto nueve cero siete (2,907) metros cuadrados con el piso de la bodega cuatro y; ABAJO: en dos punto nueve cero siete (2,907) metros cuadrados con cimientos del edificio.AREA= 2,907 m2 BODEGA CINCO: NORTE: en uno punto nueve cero (1,90 ) metros con la bodega doce; SUR: en uno punto nueve cero (1,90) metros con la bodega diez; ESTE: en uno punto cinco tres (1.53)metros con parqueadero catorce y; OESTE: en uno punto cinco tres (1,53)metros con pared divisoria pro-pia.- ARRIBA: en dos punto nueve cero siete (2,907) metros cuadra-dos con el piso de la bodega cinco y; ABAJO: en dos punto nueve cero siete (2,907) metros cua-drados con cimientos del edificio.AREA= 2,907 rn2. BODEGA SEIS: NORTE: en uno punto nueve cero (1,90 ) metros con gradas interiores; SUR: en uno punto nueve cero (1,90) metros con la bodega once; ESTE en uno punto seis cero (1.60)metros con parqueadero catorce y; OESTE: en uno punto seis cero (1,60)metros con pared divisoria propia.- ARRIBA: en tres punto cero cuatro (3,04) metros cua-drados con el piso de la bodega seis y; ABAJO: en tres punto cero cuatro (3,04) metros cuadrados

con cimientos del edificio. AREA 3,04 m2. LINDEROS DEL SUBSUELO UNO PARQUEADEROSGARAJE NUMERO UNO.- NORTE : en cinco punto tres cinco (5.35) metros del parqueadero dos; SUR: en cinco punto tres cinco (5.35) metros con pared divi-soria propia; ESTE.- en tres (3)metros con vía de ingreso vehi-cular desde la diez de agosto y; OESTE.- tres (3)metros con las bodegas uno y dos; ARRIBA: en uno seis punto cero cinco (16,05) metros cuadrados con el piso de salón comunal y; ABAJO.- en uno seis punto cero cinco (16,05) metros cuadrados con el tumba-do del parqueadero número uno del subsuelo dos AREA 16,05 m2 GARAJE NUMERO DOS.- NORTE: en cinco punto tres cinco (5.35) metros del parqueadero tres; SUR: en cinco punto tres cinco (5.35) metros con parqueadero uno; ESTE.- en (3,00)metros con vía de ingreso vehicular desde la 10 de agosto y; OESTE.- en tres (3,00) metros con las bodegas tres y cuatro; ARRIBA: en uno seis punto cero cinco (16,05) metros cuadrados con el piso del salón comunal y; ABAJO.- en uno seis punto cero cinco (16,05) metros cuadrados con el tunado del par-queadero dos del subsuelo dos.AREA 16,05 m2 GARAJE NUMERO TRES.- NORTE: en cinco punto tres cinco cero (5.35) metros del par-queadero cuatro; SUR: en cinco punto tres cero (5.30) metros con parqueadero dos ESTE.- en dos punto ocho cero (2.80)metros con vía de circulación vehicular internar; y; OESTE.- en dos punto ocho cero(2.80)metros con las bodegas cinco y seis; ARRIBA: en uno cuatro punto nueve ocho (14,98) metros cuadrados con piso del salón comunal y; ABAJO.- en uno cuatro punto nueve ocho (14,98) metros cuadrados con el tumbado del parqueadero tres del subsuelo dos.AREA = 14,98 m2 GARAJE NUMERO CINCO.- NORTE: en cinco punto cuatro cero (5.40) metros del parquea-dero seis; SUR: en cinco punto cuatro cero (5.40) metros con rampa ingreso vehicular; ESTE.- en dos punto ocho cero (2.80)

metros con espacio aéreo; y: OESTE.- en dos punto ocho cero (2.80)metros con circulación vehicular; ARRIBA: en uno cinco punto uno dos (15,12) metros cuadrados con piso del lobi del edificio. y ABAJO.- en uno cinco punto uno dos (15,12) metros cuadrados con el tumbado del parqueadero cinco del subsuelo dos.- AREA= 15,12m2 GARAJE NUMERO SEIS.- NORTE: en cinco punto cuatro cero (5.40) metros con vía de circu-lación vehicular; SUR: en cinco punto cuatro cero (5.40) metros con parqueadero cinco; ESTE: en dos punto ocho cero (2.80)metros con el ducto de la basu-ra.- OESTE.- en dos punto ocho cero (2.80)metros con vía de cir-culación vehicular.- ARRIBA.- en uno cinco punto uno dos (15,12) metros cuadrados con el piso del lobi del edificio; y, ABAJO: en uno cinco punto uno dos (15,12) metros cuadrados con el tum-bado del parqueadero seis del subsuelo dos AREA = 15,12m2 GARAJE NUMERO SIETE.- NORTE: en cinco punto cuatro tres (5.43) metros pared diviso-ria propia; SUR: en cinco punto cuatro tres (5.43) metros con parqueadero ocho; ESTE: en dos punto ocho uno (2.81)metros con la cámara de transformación y; OESTE; en dos punto ocho uno (2.81)metros con vía de circu-lación vehicular.- ARRIBA: en uno cinco punto dos seis (15,46) metros cuadrados con piso del local comercial; y; ABAJO: en uno cinco punto dos seis (15,26) metros cuadrados con el tumbado del parqueadero siete del subsuelo dos.AREA = 15,26 m2 GARAJE NUMERO OCHO.- NORTE: en cinco punto cuatro tres (5.43) metros con parquea-dero siete.- SUR: en cinco punto cuanto tres (5.43) metros con parqueadero nueve.- ESTE: en dos punto ocho uno (2.81)metros con la cámara de transformación y, OESTE: en dos punto ocho uno (2.81)metros con vía de circu-lación vehicular.- ARRIBA: en uno cinco punto dos seis (15,26) metros cuadrados con piso del local comercial y; ABAJO: en uno cinco punto dos seis (15,26) metros cuadrados con el tumbado del parqueadero ocho del subsuelo dos AREA = 15,26 m2. GARAJE NUMERO NUEVE.- NORTE: en cinco punto cuatro cero (5.40) metros con parquea-dero ocho; SUR: en cinco punto cuatro cero (5.40) metros con parqueadero diez; ESTE: en dos punto tres cero (2.30)metros con área de medidores y; OESTE: en dos punto tres cero (2.30)

metros con circulación vehicular.- ARRIBA: en uno dos plinto cua-tro dos (12,42) metros cuadrados con el piso del ingreso peatonal y; ABAJO: en uno dos punto cuatro dos (12,42) metros cuadrados con el tumbado del parqueadero nueve del subsuelo dos.- AREA = 12,42 m2 GARAJE NUMERO ONCE.- NORTE: en cinco punto cero ocho (5,08) metros con puerta de ascensores; SUR: en cinco punto cero ocho (5,08) metros con vía de circulación vehicular; ESTE: en dos punto tres cinco (2.35)metros con circulación vehicular y; OESTE: en dos punto tres cinco (2.35) metros con espacio aéreo. ARRIBA: en uno uno punto nueve tres ocho (11,938) metros cuadra-dos con el piso del ingreso pea-tonal y; ABAJO: en once punto nueve tres ocho (11,938) metros cuadrados con el tumbado del parqueadero doce del subsuelo dos.-AREA = 11,938 m2 LINDEROS DEL SUBSUELO UNO.BODEGAS: BODEGA UNO: NORTE: en uno punto nueve cero (1,90 ) metros con la bodega dos: SUR: en uno punto nueve cero (1,90) metros con pared divisoria propia; ESTE: en uno punto tres tres (1.33)metros con parqueadero uno y; OESTE: en uno punto tres tres (1,33)metros con pared divisoria propia.- ARRIBA: en dos punto cinco dos siete (2,527) metros cuadrados con el piso del salón comunal y; ABAJO: en dos punto cinco dos siete (2,527) metros cuadrados con el tumbado de la bodega uno del subsuelo dos.-AREA 2,527 m2 BODEGA DOS: NORTE: en uno punto nueve cero (1,90 ) metros con la bodega tres; SUR: en uno punto nueve cero (1,90) metros con la bodega uno ; ESTE: en uno punto tres tres (1.33) Metros con parqueadero uno y; OESTE: en uno punto tres tres (1,33)metros con pared divisoria propia.- ARRIBA: en dos punto cinco dos siete (2,527) metros cuadrados con el piso del salón comunal y; ABAJO: en dos punto cinco dos siete (2,527) metros cuadrados con el tumbado de la bodega dos del subsuelo dos.- AREA = 2,527 rn2 BODEGA TRES: NORTE: en uno punto nueve cero (1,90 ) metros con la bodega cuatro; SUR: en uno punto nueve cero (1,90) metros con la bodega dos; ESTE: en uno punto tres tres (1.33)metros con parqueadero dos y; OESTE: en uno punto tres tres (1,33)metros con pared divisoria propia.- ARRIBA: en dos punto cinco dos siete (2,527) metros cuadrados con el piso del salón comunal y; ABAJO: en dos punto cinco dos siete (2,527) metros cuadrados

con el tumbado de la bodega tres del subsuelo dos.AREA = 2,527 m2 BODEGA CUATRO.- NORTE: en uno punto nueve cero (1,90 ) metros con la bodega cinco; SUR: en uno punto nueve cero (1,90) metros con la bodega tres; ESTE: en uno punto cinco tres (1.53)metros con parqueadero tres y; OESTE: en uno punto cinco tres (1,53)metros con pared divisoria propia.- ARRIBA: en dos punto nueve cero siete (2,907) metros cuadrados con el piso del salón comunal y; ABAJO: en dos punto nueve cero siete (2,907) metros cuadrados con el tumbado de la bodega cuatro del subsuelo dos.- AREA 2,527 m2BODEGA SEIS: NORTE: en uno punto nueve cero (1,90) metros con gradas interiores; SUR: en uno punto nueve cero (1,90) metros con la bodega cinco; ESTE: en uno punto seis cero (1.60) metros con parqueadero cuatro. y OESTE: en uno punto seis cero (1,60) metros con pared divisoria propia.- ARRIBA: en tres punto cero cuatro (3,04) metros cuadra-dos con el piso del salón comunal, y ABAJO: en tres punto cero cua-tro (2,907) metros cuadrados con el tumbado de la bodega seis del subsuelo dos. AREA = 2,907 m2 LINDEROS DE LA PLANTA BAJA.- ALMACEN.- NORTE: en uno dos punto uno tres(12,13) metros con pared divisoria propia, SUR.- en uno dos punto uno tres (12,13) metros con vía de ingreso pea-tonal; ESTE.- en cinco punto seis cinco (5,65) metros con la ave-nida 10 de agosto en la planta baja y en Mezanine en uno uno punto ocho cero (11,80) metros a la misma avenida y; OESTE: en cinco punto seis cinco (5,65) metros con los Ascensores y Lobi del edificio en planta baja y; en uno uno punto ocho cero (11,80) metros el Mezanine con los ascensores y pasillo de circula-ción.- ARRIBA: ocho seis metros (86,00) metros cuadrados con e! piso de las oficinas uno y dos del primer piso; y; ABAJO: en ocho seis (86,00) metros cuadrados con la cámara de transformación y los parqueaderos siete( 7) y ocho (8). AREA= 86,00 m2 MEZZANINE: ALMACEN.- NORTE: en nueve punto dos (9,2) metros con pared divisoria pro-pia; SUR: en uno dos punto cinco cero( 12,50) con pared divisoria propia; ESTE: en tres punto ocho cero (3,80) con vacío al almacén y; OESTE: en seis (6,00) metros con área de circulación y en cinco punto ocho (5,80) metros con pared divisoria con los ascenso-res; ARRIBA; en uno cero ocho

C6

RevistajudiCial

LUNES 10 de FeBReRO de 2014La Hora QuitO, eCuadOR

Si el sexo es un fenómeno tan natu-ral, ¿cómo es que hay tantos libros

sobre como hacerlo? B e t t e m i d l e r .

Actriz y cantante EE.UU.

La com pa ñía REPRESENTACIONES KRYOLANECUADOR CIA. LTDA. se cons ti tu-yó por es cri tu ra pú bli ca otor ga da an te el No ta rio Décimo Segundo del Dis tri to Me tro po li ta no de Qui to, el 28 de Enero de 2014, fue apro-ba da por la Su pe rin ten den cia de Com pa ñías, me dian te Re so lu ción SC.IJ.DJC.Q.14.000393 de 31 de Enero de 2014.

1.- DO MI CI LIO: Dis tri to Me tro po li ta no de Qui to, pro vin cia de Pi chin cha.

2.- CA PI TAL: Sus cri to US$ 400,00 Número de Participaciones 400 Valor US$ 1,00

3.- OB JE TO: El ob je to de la com pa ñía es: "UNO) LA IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE TODO TIPO DE PRODUCTOS COSMÉTICOS..."

Qui to, 31 de Enero de 2014.

Dr. Oswaldo Noboa LeónDIRECTOR JURÍDICO DE COMPAñÍAS

CONSTITUCIÓN DE LA COMPAñÍAREPRESENTACIONES KRYOLANECUADOR

CIA. LTDA.

RE PU BLI CA DEL ECUA DORSU PE RIN TEN DEN CIA DE COMPAñIAS

EX TRAC TO

P AB/7633/cc

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL

EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE

PLUSAMBIENTE S.A.Se convoca a los Señores Accionistas de la Empresa PLUSAMBIENTE S.A. a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se realizará el día lunes 24 de febrero del 2014 a partir de las 17h30 en el domicilio de la Com-pañía ubicado en la Av. De los Shyris N34-108 edificio Alfa 4to piso, cantón Quito, provincia de Pichincha, con el objeto de tratar el siguien-te orden del día:

1. Designación y/o reelección de Presidente de la Compañía.

Se convoca especial e individualmente al Co-misario Principal de la Compañía, señor Lcdo. Ramiro Cañas, sin perjuicio de la comunica-ción individual enviada por escrito.

Atentamente,

NAPOLEÓN BAEZ MERAGerente General

Quito, febrero 10 del 2014.P AB/7635/cc

AVISO A LOS ACREEDORES DE LA COMPAñÍA MARTIN TRAVEL ASESORES DE TURISMO S.A.

EN LIQUIDACIÓNDe acuerdo con los dispuesto en el art. 393 de la Ley de Compa-ñías, notifico a quienes se consideren acreedores de la compañía MARTIN TRAVEL ASESORES DE TURISMO S.A. EN LIQUIDA-CIÓN, que deben presentar los documentos que acrediten sus derechos como tales en la dirección, calle La Pinta E6-29 y La Rábida Edif. Alcatel, dentro de los 20 días siguientes a la tercera y última publicación de este aviso. Se les previene que, de no hacerlo, solo se tomará en cuenta en la liquidación las acreencias que aparezcan registradas en la contabilidad de esta compañía.

Quito, 10 de Febrero del 2014

Adriana Valeria Poveda RodríguezLIQUIDADOR

P AR/94372/cc

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punto cinco cero ( 108,50) metros cuadrados con oficinas uno y dos de la primera planta alta; ABAJO: en uno cero ocho punto cinco cero ( 108,50) metros cuadrados con ingreso peatonal, vehicular y local comercial.-AREA = 108,50m2 MEZZANINE: OFICINA: NORTE: en uno cero punto cuatro cero (10,40) metros con pared divi-soria propia; SUR: en uno cero punto cuatro cero (10,40) metros con espacio abierto de la sala comunal; ESTE; dos puntos en cinco punto nueve cinco ( 5,95) con circulación y tragaluz sur y; al OESTE; el cinco punto nueve cinco (5,95) con espacio aéreo a la calle Murillo; ARRIBA; en seis uno punto ocho ocho (61,88) metros cuadrados con el piso de las oficinas tres y cuatro de la primera planta alta; y, ABAJO; seis uno punto ocho ocho (61,88) metros cuadrados con el tumba-do de la sala comunal y el apar-tamento del conserje. AREA= 61,88 m2 LINDEROS DE LA PRIMERA PLANTA ALTA.-OFICINA NUMERO TRES.- NORTE.- en diez (10,00) metros con la oficina cuatro (4) de la primera planta alta.- SUR.- en diez (10,00) metros con pared divisoria propia; ESTE: en cinco punto nueve cinco (5,95) metros con circulación y traga-luz sur y OESTE: en cinco punto nueve cinco (5,95) metros con espacio aéreo a la calle Murillo.ARRIBA: en cinco nueve punto cinco cero (59,50) metros cua-drados con piso de la oficina tres (3) de la segunda planta alta y; ABAJO: en cinco nueve punto cinco cero (59,50) metros cua-drados con tumbado de la oficina del mezzanine.-AREA = 59,50 m2 OFICINA NUMERO CUATRO .- NORTE: en uno uno punto uno cinco (11,15) metros con pared divisoria propia; SUR: en uno uno punto uno cinco (11,5) metros con oficina tres(3) de la primera planta alta, ESTE: en seis (6,00) metros con circulación, y; OESTE: en seis (6,00) metros con espacio aéreo a la calle Murillo.- ARRIBA: en seis seis punto nueve cero (66.90) metros cuadrados con piso de la oficina cuatro (4) de la

segunda planta alta; y, ABAJO: en seis seis punto nueve cero ( 66.90) metros cuadrados con oficina del mezzanine. AREA= 66,90 m2 LINDEROS DE LA SEGUNDA PLANTA ALTA OFICINA NUMERO UNO: NORTE: en uno dos punto ocho cinco (12,85 ) metros con oficina dos de la segunda planta alta y pasillo de circulación; SUR: en uno dos punto ocho cinco ( 12,85) metros con pared divisoria propia; ESTE: en cinco punto nueve cero (5,90) metros con la Avenida Diez de Agosto y; OESTE: en tres punto ocho cinco (3,85) con el traga-luz sur del edificio.- ARRIBA: en siete tres punto seis cero (73,60) menos cuadrados con el piso de la oficina uno (1) de la tercera planta alta y; ABAJO : en siete tres punto seis cero (73,60 m2) con el tumbado de la oficina uno (1) de la primera planta alta; AREA= 73,60 m2 OFICINA NUMERO DOS: NORTE: en nueve punto siete cero (9.70) metros con pared divisoria pro-pia; SUR: en ocho (8,00) metros con la oficina uno (1) de la segun-da planta alta; ESTE: en cinco punto nueve cero (5,90) metros con avenida Diez de Agosto, y; OESTE: en cinco punto nueve cero (5,90) metros con tragaluz norte y vía de circulación. ARRIBA: en sesenta y cuatro metros (64,00) metros cuadrados con piso de la oficina dos (2) de la tercera planta alta; y, ABAJO: en sesenta y cuatro metros (64,00) metros cuadrados con tumbado de la oficina dos (2) de la primera planta alta.-AREA = 64,00 m2 OFICINA NUMERO TRES.- NORTE: en diez metros (10,00) con la oficina cuatro (4) de la segunda planta; SUR: en diez (10,00) m con pared divisoria propia; ESTE: en cinco punto nueve cinco (5,95) metros con cir-culación y tragaluz sur, y; OESTE: en cinco punto Nueve cinco (5.95) metros con espacio aéreo a la calle murillo,- ARRIBA: en cinco nueve punto cinco cero (59,50) metros cuadrados con piso de la oficina tres (3) de la tercera planta alta; y, ABAJO: en cinco nueve punto cinco cero (59,50) metros cuadrados con tumbado de la oficina tres (3) de la primera

planta alta.-AREA = 59,50 m2 OFICINA NUMERO CUATRO.- NORTE; en uno uno punto uno cinco (11,15 ) metros con pared divisoria propia; SUR: en uno uno punto uno cinco (11,15) metros con la oficina tres (3) de la segun-da planta alta; ESTE: en seis (6,00) metros con circulación; y OESTE en seis (6,00) metros con espacio aéreo a la calle Murillo; ARRIBA: en seis seis punto nueve cero ( 66.90) metros cuadrados con piso de la oficina cuatro (4) de la tercera planta alta; y ABAJO: en seis seis punto nueve cero (66.90) metros cuadrados con tumbado de la oficina cuatro (4) de la primera planta alta.- AREA = 66,90 m2 LINDEROS DE LA TERCERA PLANTA ALTA OFICINA NUMERO UNO : NORTE: en uno dos punto ocho cinco (12,85 ) metros con oficina dos de la tercera planta alta y pasillo de circulación; SUR: en uno dos punto ocho cinco ( 12,85) metros con pared divisoria propia; ESTE: en cinco punto nueve cero (5.90) metros con la Avenida Diez de Agosto y; OESTE: en tres punto ocho cinco (3.85) con el traga-luz sur del edificio.- ARRIBA: en siete uno punto siete cero (71,70) metros cuadrados con el piso de la oficina uno (1) de la cuarta planta alta y; ABAJO : en siete uno punto siete cero ( 71,70) metros cuadrados con el tumbado de la oficina uno (1) de la segunda planta alta; AREA= 71,70 m2 OFICINA NUMERO DOS.- NORTE: en nueve punto siete cero (9.70) metros con pared divisoria pro-pia; SUR: en ocho (8,00) metros con la oficina uno (1) de la tercera planta alta; ESTE: en cinco punto nueve cero (5,90) metros con ave-nida Diez de Agosto, y; OESTE: en cinco punto nueve cero (5,90) metros con tragaluz norte y vía de circulación. ARRIBA: en sesenta y cuatro metros (64,00) metros cuadrados con piso de la oficina dos (2) de la cuarta planta alta; y, ABAJO: en sesenta y cuatro metros (64,00) metros cuadra-dos con tumbado de la oficina dos (2) de la segunda planta alta.AREA = 64,00 m2 OFICINA NUMERO TRES.- NORTE: en diez metros (10,00)

con la oficina cuatro (4) de la tercera planta; SUR: en diez (10) con pared divisoria propia; ESTE: en cinco punto nueve cinco ( 5,95) metros con circulación y traga-luz sur, y; OESTE: en cinco punto nueve cinco ( 5.95) metros con espacio aéreo a la calle murillo.- ARRIBA: en cinco nueve punto cinco cero ( 59,50) metros cua-drados con piso de la oficina tres (3) de la cuarta planta alta; y, ABAJO: en cinco nueve punto cinco cero ( 59,50) metros cua-drados con tumbado de la oficina tres (3) de la segunda planta alta.AREA = 59,50 m2 OFICINA NUMERO CUATRO.- NORTE; en uno uno punto uno cinco (11,15) metros con pared divisoria propia; SUR: en uno uno punto uno cinco (11,15) metros con la oficina tres (3) de la ter-cera planta alta; ESTE: en seis (6,00) metros con circulación y; OESTE: en seis (6,00) metros con espacio aéreo a la calle Murillo; ARRIBA: en seis seis punto nueve cero ( 66.90) metros cuadrados con piso de la oficina cuatro (4) de la cuarta planta alta; y ABAJO: en seis seis punto nueve cero (66.90) metros cuadrados con tumbado de la oficina cuatro (4) de la segunda planta alta.- AREA = 66,90 m2 LINDEROS DE LA CUARTA PLANTA ALTA.- OFICINA NUMERO UNO: NORTE: en uno dos punto cinco cero (12,50) metros oficina dos de la cuarta planta alta y pasillo de circulación; SUR: en uno dos punto cinco cero ( 12,50) metros con pared divisoria propia; ESTE: en cinco punto nueve celo (5,90) metros con la Avenida Diez de Agosto y; OESTE: en tres punto ocho cinco (3,85) con el traga-luz sur del edificio.- ARRIBA: en seis nueve punto cuatro cero (69.40) metros cuadrados con el piso de la oficina uno (1) de la quinta planta alta y; ABAJO: en seis nueve punto cuatro cero (69,40) metros cuadrados con el tumbado de la oficina uno (1) de la tercera planta alta; AREA = 69,40 m2 OFICINA NUMERO DOS.- NORTE: en nueve punto siete cero (9.70) metros con pared divisoria pro-pia; SUR: en ocho (8,00) metros con la oficina uno (1) de la cuarta planta alta; ESTE: en cinco punto nueve cero (5,90) metros con ave-nida Diez de Agosto, y; OESTE: en cinco punto nueve cero (5,90) metros con tragaluz norte y vía de circulación. ARRIBA: en sesenta y cuatro metros (64,00) metros cuadrados con piso de la oficina dos (2) de la quinta planta alta; y, ABAJO: en sesenta y cuatro metros (64,00) metros cuadra-dos con tumbado de la oficina dos (2) de la tercera planta alta.AREA= 64,00 m2 OFICINA NUMERO TRES .- NORTE: en diez metros (10,00) con la oficina cuatro (4) de la cuarta planta; SUR: en diez

(10,00) metros con pared diviso-ria propia; ESTE: en cinco punto nueve cinco (5,95) metros con cir-culación y tragaluz sur, y; OESTE: en cinco punto nueve cinco ( 5.95) metros con espacio aéreo a la calle murillo.- ARRIBA: en cinco nueve punto cinco cero ( 59,50) metros cuadrados con piso de la oficina tres (3) de la quinta planta alta; y, ABAJO: en cinco nueve punto cinco cero ( 59,50) metros cuadrados con tumbado de la oficina tres (3) de la tercera planta alta.AREA= 59,50 m2 OFICINA NUMERO CUATRO.- NORTE; en uno uno punto uno cinco (11,15) metros con pared divisoria propia; SUR: en uno uno punto uno cinco (11,15) metros con la oficina tres (3) de la cuarta planta alta; ESTE: en seis (6,00) metros con circulación y OESTE: en seis (6,00) metros con espacio aéreo a la calle Murillo; ARRIBA: en seis seis puinto nueve cero (66.90) metros cuadrados con piso de la oficina cuatro (4) de la quinta planta alta; y ABAJO: en seis seis punto nueve cero (66.90) metros cuadrados con tumbado de la oficina cuatro (4) de la tercera planta alta.-AREA = 66,90 m2 LINDEROS DE LA QUINTA PLANTA ALTA. OFICINA NUMERO UNO : NORTE: en uno uno punto dos cero (11,20 ) metros con oficina dos de la quin-ta planta alta y pasillo de circula-ción; SUR: en uno uno punto dos cero (11,20 ) metros con pared divisoria propia; ESTE: en cinco punto nueve cero (5,90)metros con la Avenida Diez de Agosto y; OESTE: en tres punto ocho cinco (3,85) con el traga-luz sur del edificio.- ARRIBA: en seis siete punto tres cero (67,30) metros cuadrados con la terraza del edificio y; ABAJO : en seis siete punto tres cero (67,30) metros cuadrados con el tumbado de la oficina uno (1) de la cuarta planta alta; AREA = 67,30 m2.OFICINA NUMERO DOS.- NORTE: en nueve punto siete cero (9.70) metros con pared divisoria propia; SUR: en ocho (8) metros con la oficina uno (1) de la quinta planta alta; ESTE: en cinco punto nueve cero (5,90) metros con ave-nid Diez de Agosto, y; OESTE: en cinco punto nueve cero (5,90) metros con tragaluz norte y vía de circulación ARRIBA: en sesenta y cuatro metros (64,00) metros cuadrados con la terraza del edifi-cio; y, ABAJO: en sesenta y cuatro metros (64,00) metros cuadra-dos con tumbado de la oficina dos (2) de la cuarta planta alta. AREA= 64,00 m2 OFICINA NUMERO TRES .- NORTE: en diez metros (10,00) con la oficina cuatro (4) de la quinta planta alta; SUR: en diez (10,00) metros con pared divisoria propia; ESTE: en cinco

punto nueve cinco ( 5,95) metros con circulación y tragaluz sur, y; OESTE: en cinco punto nueve cinco ( 5.95) metros con espacio aéreo a la calle murillo. ARRIBA; en cinco nueve punto cinco cero ( 59,50) metros cuadrados con la terraza del edificio; y. ABAJO: en cinco nueve punto cinco cero ( 59,50) metros cuadrados con tumbado de la oficina tres (3) de la cuarta planta alta.-AREA = 59,50 m2 OFICINA NUMERO CUATRO.- NORTE; en uno uno punto uno cinco (11,15 ) metros con pared divisoria propia; SUR: en uno uno punto uno cinco (11,15) metros con la oficina tres ( 3) de la quinta planta alta; ESTE: en seis (6,00) metros con circulación y; OESTE: en seis (6,00) metros con espacio aéreo a la calle Murillo; ARRIBA: en seis seis punto nueve cero ( 66.90) metros cuadrados con la terraza del edificio; y ABAJO: en seis seis punto nueve cero (66.90) metros cuadrados con tumbado de la oficina cuatro (4) de la cuarta planta alta.- AREA= 66,90 m2 DESCRIPION DE LA PROPIEDAD EDIFICIO Constituido de: Subsuelos N° uno en dos niveles Subsuelo N°2 en dos niveles Planta baja: local comercial, incluyen baño. Mezzanine: oficina y almacén, incluyen baño Primera planta alta: dos oficinas, incluyen baños Segunda Planta alta. Cuatro ofi-cinas incluyen baños Tercera planta alta: Cuatro ofici-nas, incluyen baños. Cuarta Planta alta: Cuatro ofici-nas, incluyen baños. Quinta planta alta: Cuatro ofici-nas, incluyen baños. Construido de: - Estructura de vigas de cimenta-ción, muros laterales, columnas, gradas, losas y cajón de ascenso-res de hormigón armado. - Gradas de acceso interno a los parqueaderos de perfiles de hie-rro y hormigón en huellas. - Mampostería de bloque - Enlucidos internos y externos - Ventanas de aluminio y vidrio - Puertas de acceso a parquea-deros y local comercial de planta baja de hierro tipo lanfor - Dos ascensores marca Mitshubishi. - Mamparas de aluminio y vidrio - Pisos en oficinas de parquet - Pisos en áreas de circulación de cerámica de 15 x 20. - Pisos en parqueaderos de cemento - Tumbados champeados - Puertas de madera - BAÑOS: Con recubrimientos de azulejo en paredes y vinil en pisos, puerta de madera, tumbados falsos en baños tipo Armstrong. - PARQUEADEROS: Pisos de cemento, cubiertos por las losas del edificio. ESTADO: Regular TIEMPO DE CONSTRUIDO: 20 años CARACTERISTICAS DE LA ZONA - El sector donde se encuentra la propiedad es una zona, con asentamientos de personas de nivel social medio a alto. - Cerca a la propiedad se encuen-tran viviendas particulares, y establecimientos educativos. - En el contorno de la propie-dad existen los colegios Borja, Spellman, Universidad Central

- Muy cerca de la propiedad exis-ten sectores turísticos, como la Av. Amazonas, La Fosh. - A pocas distancias y como influencia a la propiedad se encuentran Centros comerciales de Los Artesanos, Caracol. - Se encuentra en el sector Centro Norte de Quito. VIAS DE COMUNICACIÓN - Cruza por la propiedad una vía asfaltada, la Av. 10 de Agosto. - Cerca de la propiedad existen la Av. Amazonas, Av. América, Av. Pérez Guerrero- Todas las vías aledañas a la pro-piedad son asfaltadas. SERVICIOS BASICOS - La propiedad tiene los servicios básicos de infraestructura como agua potable, luz eléctrica, alcan-tarillado, teléfonos ESTADO GENERAL DE LA ZONA Por la ubicación privilegiada de la zona y al tener los servicios básicos de infraestructura, de existir viviendas, edificios de pri-mera el desarrollo de la zona, es inmediato y total FUNDAMENTO TECNICO DEL COSTO UNITARIO DEL TERRENO Para el avalúo del terreno se ha considerado la siguiente fórmula de cálculo: AP = ((Cdu*Cs*I%m)-Da)*Sp Siendo: AP: Costo del predio Cdu: Costos directos de urbani-zación Cs: Coeficiente de sectorización I% m: Indice porcentual del mercado Da: Diferencia por afectación Sp: Area del predio - El índice contiene el estudio de rentabilidad por uso del suelo y por la implantación de proyectos en marcha. M E TO D O U T I L I ZA D O : COMPARATIVO - Mercado potencial existente - Obras de inversión efectivas - Obras de factibilidad - Márgenes de índices conside-rados - Costo de definición macro - Corrección de los costos por niveles de desviación - Adopción de índice - Costo unitario FUNDAMENTACIÓN DEL VALOR UNITARIO DE LA PROPIEDAD La base para el valor unitario del costo del terreno se determino en base a la investigación del merca-do en el sector de la implantación de la propiedad en las propieda-des colindantes y cercanas de la propiedad que tienen las mismas características: De la investigación tomando en cuenta el área, forma, frentes, la ubicación. Tipo de suelo proyec-ción de desarrollo, se realizo el calculo del valor unitario de la propiedad.FACTIBILIDAD COMERCIAL DE LA ZONA La propiedad se encuentra en un sector comercial y residencial un sector consolidado de la ciudad por su ubicación privilegiada, la factibilidad de servicios básicos, que se encuentran cerca de la ciudad nos da una factibilidad de desarrollo inmediato.AVA L U O D E L A PROPIEDAD Garajes del subsuelo dos:Garaje N°1:Área; Alícuota; Terreno16,05m2; 0,794%; 3,59m216,05m2 a $175,00c/m2 $2.808,753,59m2 a 435,00c/m2 $1.561,65SUMA: $ 4.370,40Garaje N°2Área; Alícuota; Terreno14,26m; 0,783%; 3,54m214,26m2 a $175,00c/m2 $ 2.495,503,54m2 a 435,00c/m2 $ 1.539,90SUMA: $4.035,40Garaje N°3Área; Alícuota; Terreno14,84m; 0,783%; 3,54m214,84m2 a 175,00c/m2 $2.597,003,54m2 a $ 435,00c/m2 $1.539,90SUMA:$ 4.136,90Garaje N°4Área; Alícuota; Terreno14,84m; 0,819%; 3,70m214,84m2 a $ 175,00c/m2 $ 2.597,003,70m2 a $ 435,00c/m2 $ 1.609,50SUMA: $ 4.206,50Garaje N°5Área; Alícuota; Terreno

13,62m; 0,850%; 3,84m213,62m2 a $175,00c/m2 $2.383,503,84m2 a $435,00c/m2 $1.670,40SUMA:$ 4.053,90Garaje N°6Área; Alícuota; Terreno12.90m; 0.716%; 3,24m212,90m2 a $175,00c/m2 $2.257,503,24m2 a $435,00c/m2 $1.409,40SUMA: $ 3.666,90Garaje N°7Área; Alícuota; Terreno15,46m; 0,649%; 2,93m215,46m2 a $175,00c/m2 $2.705,502,93m2 a $435,00c/m2 $1.274,55SUMA:$ 3.980,05Garaje N°8Área; Alícuota; Terreno15,46m; 0,778%; 3,52m215,46m2 a $175,00c/m2 $2.705,503,52m2 a $435,00c/m2 $1.531,20SUMA: $ 4.236,70Garaje N°9Área; Alícuota; Terreno12,76m; 0,763%; 3,45m212,76m2 a $175,00c/m2 $2.233,003,45m2 a $435,00c/m2 $1.500,75SUMA:$3.733,75Garaje N°10Área; Alícuota; Terreno16,50m; 0,763%; 345m216,50m2 a $175,00c/m2 $2.887,503,45m2 a $435,00c/m2 $1.500,75SUMA:$4.388.25Garaje N°11Área; Alícuota; Terreno15,30m; 0,778%; 3,52m215,30m2 a $175,00c/m2 $2.677,503,52m2 a $435,00c/m2 $1.531,20Suma:$4.208.70Garaje N°12Área; Alícuota; Terreno11,90m; 0,711%; 3,21m211,90m2 a $175,00c/m2 $2.082.503,21m2 a $435,00c/m2 $1.396,35SUMA: $3.478,85Bodega de subsuelo dosBodega N° 1Área; Alícuota; Terreno2.53m; 0.165%; 0.75m22.53m2 a $245.00c/m2 $619.850.75m2 a $435,00c/m2,$326.25SUMA: $946,10Bodega N°2Área; Alícuota; Terreno2.53m; 0.170%; 0.77m22.53m2 a $245.00c/m2 $619.850.77m2 a $435.00c/m2 $334.95SUMA: $954.80Bodega N°3Área; Alícuota; Terreno2.527m; 0.178%; 0.80m22.527m2 a $245.00c/m2,$619.110.80m2 a $435.00c/m2 $348.00SUMA;$967.11Bodega N°4Área; Alícuota; Terreno2.907m; 0.186%; 0.84m22.907m2 a $245.00c/m2; $712.220.84m2 a $435.00c/m2; $365.40SUMA:$1.077.62Bodega N°5Área; Alícuota; Terreno2.907m; 0.206%; 0.93m22.907m2 a $245.00c/m2 $712.220.93m2 a $435.00c/m2 $404.55SUMA: $1.116.77Bodega N°6Área; Alícuota; Terreno3.04m, 0.227%; 1.02m23.04m2 a $245.00c/m2 $744,801.02m2 a $435.00c/m2 $443.70SUMA: 1.188.50GARAJES DEL SUBSUELO UNOGaraje N°1Área; Alícuota; Terreno16.05m; 0794%; 3.59m216.05m2 a $175.00c/m2; $2.808.753.59m2 a $435.00c/m2,$1.561.65SUMA:$4.370.40Garaje N°2Área; Alícuota; Terreno16.05m; 0.783%; 3.54m216.05m2 a $175.00c/m2 $2.808.753.54m2 a $435.00c/m2 $1.539.90SUMA:$4.348.65Garaje N°3Área; Alícuota; Terreno

C7

RevistajudiCial

LUNES 10 de FeBReRO de 2014

La Hora QuitO, eCuadOR

Ten go diez man da mien tos. Los nue ve pri me ros di cen:

¡no de bes abu rrir! H o Wa r d H aW k S

AVISO PARA ACREEDORESDe conformidad con lo establecido en el artículo 393 de la Ley de Compañías, se convoca a todos los acreedores de la compañía:

CENTRO DE NEGOCIOS AGROLEChERO NAGROLEC CIA. LTDA. EN LIQUIDACION

Para que en el término de 20 días, contados desde la última pu-blicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten sus derechos como tales, en la siguiente dirección: BELGICA E 9-15 y Av. Shyris, planta baja de la ciudad de Quito.

El Liquidador PrincipalJaime Nelson Luna Medina

CENTRO DE NEGOCIOS AGROLEChERO NAGROLEC CIA. LTDA. EN LIQUIDACION

P AR/7619/cc

REPÚBLICA DEL ECUADOR

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS

EXTRACTO DE OPOSICIÓN DE TERCEROS DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE AUMENTO DE CAPITAL, CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL Y

REFORMA DEL ESTATUTO SOCIAL DE REDSEGUROS S.A. AGENCIA ASESORA

PRODUCTORA DE SEGUROS

Se comunica al público en general que REDSEGUROS S.A. AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS mediante escritura pública otorgada ante la Notaria Segun-da del cantón Quito, doctora Paola Delgado Loor, el 22 de enero de 2014, cambió su denominación por KERYGMA-SEG AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS S.A. y reformó el estatuto social.

Quienes se creyeren perjudicados en sus intereses y con derecho pueden presentar su oposición ante uno de los jue-ces de lo civil del domicilio principal de la compañía, que lo tiene ubicado en el Distrito Metropolitano de Quito, dentro del término de seis días contados desde la fecha de la últi-ma publicación de este extracto. El juez que reciba la opo-sición y/o el accionante notificarán a esta Superintendencia, hasta dentro de dos días hábiles posteriores al último se-ñalado para presentar la oposición, conjuntamente con la carta de la petición y la providencia en ella recaída.

Quito, Distrito Metropolitano, el 4 de febrero del 2014.

Lcdo. Pablo Cobo LunaSECRETARIO GENERAL

P AB/7621/cc

Page 8: Judicial 10 febrero 2014

14.98m; 0.783%; 3.54m214.98m2 a $175.00c/m2 $2.621.503.54m2 a $435.00c/m2 $1.539.90SUMA: $4.161.40Garaje N°5Área; Alícuota; Terreno15.12m; 0.675%; 3.05m215.12m2 a $175.00c/m2 $2.646.003.05m2 a $435.00c/m2 $1.326.75SUMA: $3.972.75Garaje N°6Área; Alícuota; Terreno15.12m; 0.649%; 2.93m215.12m2 a $175.00c/m2 $2.646.002.93m2 a $ 435.00c/m2,$1.274.55SUMA:$3.920.55Garaje N°7Área; Alícuota; Terreno15.26m; 0.631%; 2.85m215.26m2 a $175.00c/m2 $2.670.502.85m2 a $435.00c/m2; $1.239.75SUMA: $ 3.910.25Garaje N°8Área; Alícuota; Terreno15.26m, 0.778%; 3.52m215,26m2 a $175.00c/m2; $2.670.503.52m2 a $ 435.00c/m2 $1.531.20SUMA:$ 4.201.70Garaje N°9Área; Alícuota; Terreno12.42m ; 0.763%; 3.45m212.42m2 a $175.00c/m2 $2.173.503.45m2 a $435.00c/m2 $1.500,75SUMA:$3.674.25Garaje N°11Área; Alícuota; Terreno11.938m; 0.794%; 3.59m211.938m2 a $175.00c/m2 $2.089.153.59m2 a $435.00c/m2 $1.561.65SUMA:$3.650.80Bodegas del subsuelo unoBodega N°1Área; Alícuota; Terreno2.527m; 0.165%; 0.75m22.527m2 a $245.00c/m2 $619.110.75m2 a $435.00c/m2 $326.25SUMA:$945.36Bodega N°12Área; Alícuota; Terreno2.527m; 0.170%; 0.777m22.527m2 a $ 245.00c/m2,$619.110.777m2 a $ 435.00c/m2,$337.99SUMA:$957.10Bodega N°3Área; Alícuota; Terreno2.527m; 0.178%; 0.80m22.527m2 a $245.00c/m2 $619.110.80m2 a $ 435.00c/m2 $348.00SUMA:$967.11Bodega N°4Área; Alícuota; Terreno2.527m; 0.186%; 0.84m22.527m2 a $245.00c/m2 $619.110.84m2 a $435.00c/m2 $365,40SUMA: $984.51Bodega N°6Área; Alícuota; Terreno2.907m; 0.227%;1.03m22.097m2 a $245.00c/m2 $712.211.03m2 a $435.00c/m2 $448.05SUMA: $ 1.160.26Almacén de mezanineÁrea; Alícuota; Terreno108.50m; 5.591%; 25.27m2108.50m2 a $585.00c/m2 $63.472.5025.27m2 a $435.00c/m2 $10.992.45SUMA: $74.464.95Oficina de mezanineÁrea; Alícuota; Terreno61.88m2; 3.225%; 14.58m261.88m2 a $585.00c/m2 $36.199.8014.58m2 a $435.00c/m2 $6.342.30SUMA: $42.542.10OFICINAS DE PRIMERA PLANTAOficina No. 3:Área; Alícuota; Terreno59.50m; 3.066%; 13,86m259,50m2 a $ 585.00c/m2 $34.807.5013.86m2 a $ 435.00c/m2 $6.029.10SUMA: $40.836.60Oficina N° 4: Área; Alícuota; Terreno 66,90m; 3,447%; 15,58 m2.66,90 m2 a $ 585,00 c/m2 $ 39.136,5015,58 m2 a $ 435,00 c/m2 $ 6.777,30SUMA: $ 45.913,80Oficinas de la segunda planta

alta:Oficina No. 1Área; Alícuota; Terreno73,62 m; 3,793%; 17,15 m273,62 m2 a $ 585,00 c/m2 $ 43.067,7017,15 m2 a $ 435,00 c/m2 $ 6.460,25SUMA: $ 50.527,95Oficina No. 2Área; Alícuota; Terreno64,00 m; 3,298%; 14,91 m264,00 m2 a $ 585,00 c/m2; $ 37.440,0014,91 m2 a $ 435,00 c/m2; $ 6.485,85SUMA: $ 43.925,85Oficina N° 3: Área; Alícuota; Terreno59,50 m ; 3,066%; 13,86 m259,50 m2 a $ 585,00 c/m2 $ 34.807,50 13,86 m2 a $ 435,00 c/m2 $ 6.029,10SUMA: $ 40.836,60Oficina No. 4:Área; Alícuota; Terreno66,90 m; 3,447%; 15,58 m266,90 m2 a $ 585,00 c/m2 $ 39.136,5015,58 m2 a $ 435,00 c/m2 $ 6.777,30SUMA: $45.913,80 Oficinas de la tercera planta alta:Oficina No 1:Área; Alícuota; Terreno71,70 m; 3,694%; 16,70 m271,70 m2 a $ 585,00 c/m2 $ 41.944,5016,70 m2 a $ 435,00 c/m2 $ 7.264,50SUMA: $ 49.209,00Oficina No 2:Área; Alícuota; Terreno64,00 m; 3,298%; 14,91 m264,00 m2 a $ 585,00 c/m2 $ 37.440,0014,91 m2 a $ 435,00 c/m2 $ 6.485,85SUMA $ 43.925,85Oficina No 3:Área; Alícuota; Terreno59,50 m; 3,066%; 13,86 m259,50 m2 a $ 585,00 c/m2 $ 34.807,5013,86 m2 a $ 435,00 c/m2 $ 6.029,10SUMA: $ 40.836,60Oficina No 4:Área; Alícuota; Terreno66,90 m; 3,447%; 15,58 m266,90 m2 a $ 585.00 c/m2 $ 39.136,5015,58 m2 a $ 435,00 c/m2 $ 6.777,30SUMA: $ 45.913,80Oficinas de la cuarta planta alta:Oficina No 1:Área; Alícuota; Terreno69,40 m; 3,576%; 16,16 m269,40 m2 a $ 585,00 c/m2 $ 40.599,0016,16 m2 a $ 435,00 c/m2 $ 7.029,60SUMA: $ 47.628,60Oficina No 2:Área; Alícuota; Terreno64,00 m; 3,298%; 14,91 m264,00 m2 a $ 585,00 c/m2 $ 37.440,0014,91 m2 a $ 435,00 c/m2 $ 6.485,85SUMA: $ 43.925,85Oficina No 3:Área; Alícuota; Terreno59,50 m; 3,066%; 13,85 m259,50 m2 a $ 585,00 c/m2 $ 34.807,5013,85 m2 a $ 435,00 c/m2 $ 6.024,75SUMA: $ 40.832,25Oficina No 4:Área; Alícuota; Terreno66,90 m; 3,447%; 15,58 m266,90 m2 a $ 585,00 c/m2 $39.136,5015,58 m2 a $ 435,00 c/m2 $ 6.777,30SUMA: $ 45.913,80Oficinas de Quinta planta alta:Oficina No 1:Área; Alícuota; Terreno67,30 m; 3,468%; 15,68 m267,30 m2 a $ 585,00 c/m2 $ 39.370,5015,68 m2 a $ 435,00 c/m2 $ 6.820,80SUMA: $ 46.191,30Oficina No 2:Área; Alícuota; Terreno64,00 m; 3,298%; 14,91 m264,00 m2 a $ 585,00 c/m2 $ 37.440,0014,91 m2 a $ 435,00 c/m2 $ 6.485,85SUMA: $ 43.925,85Oficina No 3Área; Alícuota; Terreno59,50 m; 3,066% ; 13,86m2

59,40m2 a $585,00 c/m2 $34,749,0013,86m2 a $435,00 c/m2 $ 6.029,10SUMA: $40.778,10Oficina No 4:Área; Alícuota; Terreno66,90m ; 3,447%; 15,58m266,90m2 a $585,00 c/m2 $39.136,5015,58m2 a $435,00 c/m2 $6.777,30SUMA: $45.913,80TOTAL: $1.015.928,74SON UN MILLON QUINCE MIL NOVECIENTOS VEINTE Y OCHO, con 74/100 DOLARES AMERICANOS.Se recibirán posturas que cubran sobre la base de las dos terceras partes del valor del avalúo, por tratarse de primer señalamiento, al que deben acompañar el diez por ciento de la oferta, en dinero efectivo o cheque certificado a nombre del juzgado.-Lo que pongo en conocimiento del público en general, para los fines de Ley.DR. LUIS CHULDE RUANOSECRETARIO (E)Hay firma y sello P AC/97941/tf

VARIOSTRIBUNAl DISTRITAl DE lO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO No. 3pRIMERA SAlA

CITACIÓNA: DR MARCO VINICIO TERÁN ARMASSe les hace saber que dentro del Juicio No. 393-2012 seguido por el señor Pedro Manuel Merchán Tenorio , en contra del Estado Ecuatoriano, proceso en que el actor de la causa reclama el pago de los perjuicios provocados a su patrimonio , cuya cuantía se determinará judicialmente por el daño emergente y el lucro cesante desde la fecha de afección de sus derechos, sin perjuicio de la repe-tición del pago por las omisiones ilegítimas de los funcionarios y dignatarios responsables , se ha dictado la siguiente providencia: “TRIBUNAL DISTRIRAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO No. 3”Cuenca, Julio 21 del 2012.- Las 15h35 .- VISTOS: La demanda presentada por Pedro Manuel Merchán Tenorio , por reunir los requisitos de ley, se califi-ca de clara y completa y se le acepta a trámite, disponiendo que se proceda a citar a los fun-cionarios demandados a fin de que la contesten en el término de veinte días.- La citación al señor Presidente del Consejo de la Judicatura así como al señor Presidente de la Corte Nacional de Justicia, se depreca al señor Presidente de la Primera Sala del Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo Nro . 1 con sede en Quito, para lo cual se librará el despacho correspondiente.- Para la cita-ción al Director Regional de la Procuraduría General del Estado, intervenga la señora Secretaria Relatora de este Tribunal.- Inscríbase la presente deman-da en los libros del Tribunal.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalada y autorización conferida.- Notifíquese.- F) Dr. Alejandro Peralta Pesantez. JUEZ DISTRITAL DE SUSTANCIACIÓN siguen las notificaciones .- Lo certifico. Cuenca 27 de Julio de 2012. Cuenca, enero 28 de 2014; las 10h45.- Vistos : Asumo el conocimiento de la causa por encontrarme de sustanciación y haberse pasado para el despa-cho. En virtud de que el actor en el juicio señor PEDRO MANUEL MERCHÁN TENORIO , afirma con juramento: “ que desconoce el domicilio del Dr. Marco Terán Armas y que pese a haber reali-zado todas las gestiones nece-sarias con el fin de averiguar su domicilio le ha resultado imposi-ble determinar el mismo, puesto que familiares del prenombrado Dr. Terán Armas, le han indicado que el no vive en la dirección a la cual se le ha estado intentan-do citar sin que se ha podido de forma alguna determinar su domicilio”, se dispone la citación al doctor Marco Terán Armas , por la prensa, conforme a lo pre-visto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por tanto deberá hacerse por tres publi-caciones, en fechas distintas , en un periódico de la ciudad de Cuenca y otro en la ciudad de Quito, por cuantos autos consta que la dirección en la que se pidió se cumpla con la diligencia es dicha ciudad. En la publicación

se hará constar un extracto de la demanda en lo pertinente y de esta providencia.- Confiérase el extracto .- Notifíquese.- F) Dr. Pablo Cordero Díaz, Juez Distrital de sustanciación de la Primera Sala del Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo No. 3 con sede en la ciudad de Cuenca, siguen las notificaciones.- Lo cer-tifico.Cuenca, 30 de enero de 2014.Dr. Diego Esteban Aguirre GuillénSECRETARIO RELATOR.Existe firma y selloP.A.P/58480/p.n

JUZgADO CUARTO DE lO CIVIl DE pICHINCHA

CITACION JUDICIALAl señor CORAL CHINGUAL JUAN PABLO se le hace saber el extracto de demanda VERBAL SUMARIA y la providencia que a continuación sigue: EXTRACTOACTOR: BANCO BOLIVARIANO DEMANDADO : CORAL CHINGUAL JUAN PABLO ASUNTO Que previo al trámite pertinente , en sentencia , se condene al demandado el pago de los siguientes rubros : 1) El valor adeudado a mi represen-tada constante en el Estado de cuenta , esto es la suma de MIL SESENTA Y OCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ( $1.068.45) 2) El valor corres-pondiente a los intereses de mora, calculados conforme contrato de afiliación y uso de la tarjeta de crédito y a lo dis-puesto en las Regulaciones del Directorio del Banco Central del Ecuador 3) Los costos operativos debidamente justificados y los impuestos que correspondan de conformidad con la Ley 4) El valor

de los gastos, expensas y tasas judiciales, en los que se incluirá los honorarios de mis Abogados Patrocinadores, los cuales recla-mo en forma expresa en caso de que el demandado presente opo-sición y/o excepciones. TRAMITE. Verbal Sumario . CUANTIA. MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA . FECHA DE INICIACIÓN DEL JUICIO: 27 de Noviembre del 2008. DEFENSOR: AB. Patricio Herrera JUICIO Verbal Sumario No. 2008-1328-GPJUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 12 de diciembre del 2008 las 16h16 VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa por haber-me correspondido en el sorteo de ley y en virtud de oficio N. 914-DP-DDP-JAR-07 de 03 de Diciembre del 2007 en mi cali-dad de Juez Suplente.- En lo principal, la demanda que ante-cede es clara, precisa y reúne los requisitos legales, por lo que se le admite a trámite en juicio Verbal Sumario, en consecuencia , con el contenido de la demanda y esta providencia, cítese al demandado JUAN PABLO CORAL CHINGUAL, en el lugar que se indica para el efecto.- La documentación acom-pañada, agréguese.- Téngase en cuenta la casilla judicial designa-da.- Actúen el señor Secretario y Oficial Mayor encargados. Notifíquese. f) Dr. EDWIN ARGOTI REYES. JUEZ.JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA, Quito, jueves 21 de febrero del 2013, las 11h11. Agréguese al proceso el escrito y anexos presentados . Atento el juramento rendido por la parte actora, cítese al deman-dado CORAL CHINGUAL JUAN PABLO, de conformidad a lo dis-puesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es por

la prensa , mediante tres publi-caciones en uno de los diarios de mayor circulación nacional , que se editan en esta ciudad de Quito, al efecto por Secretaria, confiérase el extracto respectivo.- Notifíquese .- F) DR ARMANDO ACELDO GUALLI.Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguien-tes .- Advirtiéndole de la obliga-ción que tiene de señalar domici-lio judicial del Palacio de Justicia de esta ciudad de Quito, para reci-bir futuras notificaciones.Atentamente,ABG. JENNY BELTRÁN RIVERASECRETARIA ( e ).Existe firma y selloP.A.P/58488/p.n

Ministerio de Relaciones laborales

REpÚBlICA DEl ECUADOREXTRACTO

VISTO BUENO Nº 128245-2014-MAMHACTOR: URS JOSEF FISCHER, Gerente de Sucursal Mayor-Quito de la compañía CONAUTO COMPAÑ ÍA ANON I MA AUTOMOTRIZACCIONADO: CHRISTOPHER LIZARDO CLERQUE RUIZCAUSAL: Numeral 1 del art. 172 del Código del Trabajo.Dentro del Trámite de Visto Bueno signado con el núme-ro N° 128245-2014-MAMH, presentada por el señor URS JOSEF FISCHER, Gerente de Sucursal Mayor-Quito de la com-pañía CONAUTO COMPAÑÍA ANONIMA AUTOMOTRIZ, en contra de su trabajador (a) señor (a) CHRISTOPHER LIZARDO CLERQUE RUIZ, se ha dictado lo que sigue:INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 24 de enero de 2014, a las 14H45.- En mérito del sorteo de ley que antecede avoco conocimiento de la soli-citud de Visto Bueno signado con el número N° 128245-2014-MAMH, presentada por el señor URS JOSEF FISCHER, Gerente de Sucursal Mayor-Quito de la compañía CONAUTO COMPAÑÍA ANONIMA AUTOMOTRIZ, en contra de su trabajador (a) señor (a) CHRISTOPHER LIZARDO CLERQUE RUIZ.- En lo principal agréguese al trámi-

te la Declaración Juramentada celebrada ante Notario Público por la parte actora indicando que desconoce el domicilio del accionado y atendiendo al mismo se dispone: 1) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta pro-videncia notifíquese al trabajador mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuan-to el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado, a quien se le con-cede el término de veinte días para que conteste y señale casi-llero judicial para futuras notifica-ciones.. 2) Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por el actor y la autorización otorgada al profesional del derecho que suscribe en la presente causa.- NOTIFÍQUESE.- f) AB. MARIA AUGUSTA MERCHAN HELOU.Lo que comunico para los fines de ley.AB. MARIA AUGUSTA MERCHAN HELOUINSPECTORA DE TRABAJO DE PICHINCHAHay un selloP AR/94355/cc

EXTRACTOUNIDAD JUDICIAl TERCERA

DE lA FAMIlIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOlESCENCIA DE QUITO, pROVINCIA DE pICHINCHA

JUICIO DE DIVORCIO POR CAUSAL CAUSA N. 27576-2013 M.B.JCUANTIA: INDETERMINADATRAMITE: VERBAL SUMARIOACTORA: SACARIAS CHACHALO MARIA PIEDAD CITACION JUDICIAL A: FRANCISCO NIVARDO HERRERA GALLEGOSU N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 1 de noviembre del 2013, las 15h07. VISTOS.- Avoco conocimien-to de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera

de la Familia Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito.- EN LO PRINCIPAL .- la deman-da de divorcio por causal que antecede reúne los requisitos de ley, por lo que se califica como clara y precisa, ADMITIENDOLE al TRAMITE VERBAL SUMARIO previsto en el art. 118 del Código Civil disponiéndose: Dada la imposibilidad y residencia de su cónyuge FRANCISCO NIVARDO HERRERA GALLEGOS tal como se acredita de la declaración bajo juramento que obra a fs.17; CITESE al señor FRANCISCO NIVARDO HERRERA GALLEGOS a través de tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciu-dad de Quito ultimo domicilio de la demandada; advirtiéndole su obligación de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones caso con-trario la causa se tramitará en rebeldía. Las publicaciones de citación se la hará mediando ter-mino de ocho días por lo menos entre la una y la otra.- En cum-plimiento el art.742 del Código de Procedimiento Civil, cuénte-se con la opinión de uno de los Fiscales Distritales de Pichincha a fin de que pronuncien sobre la insinuación de CURADORA AD -LITEM en la persona de TERESA ANA VARGAS SOLIZ a represen-tar en esta causa a los niños RODNNY ALEJANDRO y DANNA PAULA MORENO CRUZ; a quien se le notificara en su despacho con las copias certificadas del proceso. Hágase parte de los autos de los documentos que acompaña la demanda. Tómese nota de la casilla judicial y correo electrónico consignados asi como la autorización conferida a la defensa. NOTIFIQUESE Y CITESE.-U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 11 de noviembre del 2013, las 15h41. Agréguese al proceso el escrito presentado por la actora de fecha 7 de noviembre del 2013, a las 14h52, de conformidad con el artí-culo 130.8 del Código Orgánico de la Función Judicial se aclara el auto de calificación anterior, que

C8

RevistajudiCial

LUNES 10 de FeBReRO de 2014La Hora QuitO, eCuadOR

Si crees totalmente en ti mismo, no habrá nada que está fuera

de tus posibilidades. W ay n e d y e r .

Escritor EE.UU.

Quito, 7 de febrero del 2014.

CONVOCATORIA

Por medio del presente documento con fundamento en lo que determinan los Arts. 14 y 25 literal b) del Estatuto , se procede a convocar con el carácter de urgente y obligatorio a todos los socios , a la Asamblea General Ordinaria de So-cios de la Asociación de Comerciantes Independientes “La Ofelia”, a realizarse el día lunes 17 de febrero del 2014, a las 09h00, (9 de la mañana), a efectuarse en las instalaciones del Complejo Granilandia, ubicada en la Au-topista Manuel Córdova Galarza, vía a la mitad del mundo frente a la Unidad Educativa Espejo ,con el siguiente orden del día:

1.Constatación del Quórum2.Instalación de la Asamblea por parte de la señora Presidenta Miryan Suquitana3.Lectura y aprobación del acta anterior;4.Primera lectura del Proyecto de Reformas del Estatu-to de la Asociación;5.Resoluciones6.Asuntos varios7.Clausura.

SRA. MIRYAN SUQUITANAPRESIDENTA

NOTA: Con fundamento en lo que determina el artículo 12 de nuestro Estatuto , en caso de no haber el Quórum Esta-tutario a la hora convocada , la Asamblea se instalará una hora más tarde con el número de socios presentes y sus resoluciones serán obligatorias para todos , el socio que no asista será sancionado como lo estipula nuestro Estatuto o la Resolución que tome la Asamblea de Socios.

P.A.P/58475/p.n

CONVOCATORIAA JUNTA GENERAL EXTRAORDI-NARIA DE ACCIONISTAS DE LA

COMPAñÍA TRANSNAIN S.A.

De conformidad con los Estatutos Sociales , la ley de compañías y su reglamento, se convoca a los Ac-cionistas de TRANSNAIN S.A., a la Junta General extraordinaria de Ac-cionistas , que tendrá lugar en la ciu-dad de Quito, Parroquia de Tumbaco , en el local de la misma ubicado en Tumbaco Calle Norberto Salazar el día sábado 15 de febrero del 2014, a partir de las 16:00 para conocer y resolver los siguientes puntos:

1.Constatación del Quórum2.Informe de gerencia3.Conocer y resolver sobre la re-nuncia del Presidente4.Tratar y resolver las deudas de los socios y definir sobre sus ac-ciones5.Conocer y resolver sobre el presupuesto para el año 2014.6.Resoluciones

Atentamente,

Sr. Luis Gonzalo Vaca A.GERENTE GENERAL

P.A.P/58492/p.n

Page 9: Judicial 10 febrero 2014

por un lapsus calamitis se hace constar CURADORA AD -LITEM en la persona de TERESA ANA VARGAS SOLIZ a representar en esta causa a los niños RODNNY ALEJANDRO y DANNA PAULA MORENO CRUZ; siendo en su lugar CURADORA AD -LITEM en la persona de MARIA DELFINA CHACHALO ESCOLA a represen-tar en esta causa al niño FRANCIS ADRIAN HERRERA SACARIAS, en lo demás el referido auto queda igual. NOTIFIQUESE.-Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consi-guientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito.DRA. MARÍA BELÉN JAQUESECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITOREALIZADO POR: Abogada Mayra ZarumaHay un selloP AR/94366/cc

EXTRACTOUNIDAD JUDICIAl

ESpECIAlIZADA TERCERA DE lA FAMIlIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOlESCENCIA DEl CANTON QUITO DE lA pROVINCIA DE

pICHINCHAJUICIO DE INVENTARIOS N. 48520-2013CUANTIA: INDETERMINADATRAMITE: VERBAL SUMARIOACTORA: ZUÑIGA ZUÑIGA JOSE AGUSTO CITACION JUDICIAL A: presun-tos y desconocidos herederos del causante Dr. José Augusto Zuñiga Alcázar CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.-U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito 05 de noviembre del 2013, las 14h58.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado.- En lo princi-pal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley del articulo 629 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; en con-secuencia, con las partidas de defunción que anteceden, se comprueba el fallecimiento del señor JOSE AUGUSTO ZUÑIGA ALCAZAR, por lo que se declara abierta la sucesión del causante y se ordena la facción de inven-tarios y avalúo de los bienes sucesorios..- Cuéntese con el Sr. Procurador de Sucesiones de Pichincha, por los derechos

fiscales que representa.- Cítese a los demandados Zuñiga Zuñiga y otros en el lugar que se indi-ca.- Agréguese los documentos acompañados.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código de Procedimiento Civil, nombrese un procurador comun, y ademas se nombra perito al Ingeniero Jose Coral del Hierro (0984578752- 0980428124) para que inicie la Facción de inventarios.- Téngase en cuenta el casillero judicial designado.- Cítese y Notifíquese.-.-CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, 28 de noviembre del 2013, Atento lo solicitado y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a los presuntos y desconocidos herederos del causante Dr. José Augusto Zuñiga Alcázar mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad.- De acuerdo con el Art. 84 del Código de Procedimiento Civil, téngase por citadas a las demandadas NELLY CECILIA DEL CARMEN ZUÑIGA CARRILLO y ANA CECILIA ZUÑIGA.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado y la autorización conferida por las mencionadas accionadas a su defensor.-Cítese a la demanda-da MARÍA MERCEDES ZUÑIGA ZUÑIGA mediante deprecatorio a uno de los señores Jueces de lo Civil del Cantón Latacunga.- Notifíquese. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previnién-dole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito.DRA. NORMA VARGAS ARMIJOSECRETARIAHay un selloP AR/94161/cc

JUZgADO NOVENO DE lO CIVIl DE pICHINCHA

EXTRACTO JUDICIALCITACION JUDICIAL A JORGE FABIAN PARAMO FALCONI y BLANCA ESMERALDA VILLACIS ROBLESACTOR: GUILLERMO ALBERTO SOSA ANDINO, EN SU CALIDAD DE GERENTE GENERAL Y POR TANTO REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA BLUESPRINGS REAL ESTATE S.A.DEMANDADOS: JORGE FABIAN PARAMO FALCONI y BLANCA ESMERALDA VILLACIS ROBLESJUICIO ESPECIAL (PAGO POR CONSIGNACION) NRO: 2013-1010-JB

DOMICILIO AB. DANIEL BERNAL HURTADO y/o AB. KARLA VILLACIS ECHEVERRIACASILLERO JUDICIAL NRO. 4594CUANTIA: INDETERMINADAOBJETO: CON EL OBJETO DE QUE SE DE CUMPLIMIENTO A LO RESUELTO MEDIANTE LAUDO ARBITRALDE FECHA 16 DE SEPTIEMBRE DE 2013, SOLICITO AUTORICE EL PRESENTE JUICIO DE CONSIGNACION DE VALORES DESCRITOS EN LA MINUTA INSTERADA A LA PRESENTE DEMANDA.JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 29 de enero del 2014, las 11h03. VISTOS.- En virtud del sorteo que antecede avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular legalmente posesio-nada.- El escrito presentado, así como también el certificado de depósito judicial que se acom-paña, agréguese al proceso para los fines de ley.- Por haberse dado cumplimiento a lo ordenado por esta Judicatura en providencia inmediata anterior, se dispone: En lo principal la demanda for-mulada por el señor GUILLERMO ALBERTO SOSA ANDINO, en su calidad de Gerente General y por tanto Representante Legal de la compañía BLUESPRINGS REAL ESTATE S.A., es clara, precisa y reúne los requisitos de ley por lo que se la acepta al trámite ESPECIAL.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 807 del Código de Procedimiento Civil, y en virtud de lo que determina el Art. 82 del mismo cuerpo legal, cítese a los demandados JORGE FABIAN PARAMO FALCONI y BLANCA ESMERALDA VILLACIS ROBLES, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para el efecto confiérase el extracto correspondiente, a fin de que dentro del tercer día de citados, comparezcan a este Despacho y retiren la suma ofre-cida en pago.- Téngase en cuen-ta el casillero judicial y correo electrónico señalado por el actor para futuras notificaciones, así como la autorización conferida a sus Abogados patrocinadores dentro de la presente causa.- NOTIFÍQUESE.-DRA. CARMEN ROMERO RAMIREZJUEZAP AR/94374/cc

EXTRACTO JUDICIAl UNIDAD JUDICIAl TERCERA

ESpECIAlIZADA DE lA FAMIlIA, MUJER, NIÑEZ Y

ADOlESCENCIA DEl CANTÓN QUITO

CITACIÓN JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL

CAUSANTE SEGUNDO MEDARDO RECALDE SEVILLA, en el juicio de INVENTARIOS que sigue RECALDE BRAVO JENIT ELOISA en contra de RECALDE CADENA SEGUNDO MEDARDO Y RECALDE CADENA FLOR DEL ROSARIOCAUSA: INVENTARIOS Nro. DE JUICIO 2013-48573-YV ACTOR: RECALDE BRAVO JENIT ELOISA DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE ANTONIO FRANCISCO TIPAN IZA, RECALDE CADENA SEGUNDO MEDARDO Y RECALDE CADENA FLOR DEL ROSARIO CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ: DR. BOLÍVAR GARCÍA PINOS OBJETO: FORMACIÓN DE INVENTARIO Y TASACIÓN DE BIENES AUTO: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA. - UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 20 de diciembre del 2013, las 15h43.- VISTOS: Mediante acción de personal No. 7654 DNP de 17 de Mayo del 2013, avoco cono-cimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, creada mediante Resolución No 116-2012, de fecha 11 de septiembre del 2012, suscrita por el Pleno del Consejo de la Judicatura de con-formidad con lo establecido en el Artículo 175 de la Constitución de la República en concordancia con los Arts. 30, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y por la razón de sor-teos.- Agréguese a los autos el escrito que antecede.- En lo principal, una vez que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en providencia inmediata anterior se procede a calificar la demanda, misma que es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trámite solicitado.- De conformidad con el Art. 629 del Código de Procedimiento Civil, se dispone se proceda a la for-mación de inventario y tasación de los bienes.- En consecuencia de conformidad con el Art. 252 del Código de Procedimiento Civil oportunamente se nombra-rá el perito/s, esto a petición de parte.- Cítese en legal y debida forma a los señores SEGUNDO MEDARDO RECALDE CADENA, FLOR DEL ROSARIO RECALDE CADENA, MEDARDO NICANOR RECALDE BRAVO, RUTH MARIANA RECALDE BRAVO, SEGUDNO EDISON RECALDE BRAVO, EDWIN MICHAEL RECALDE BRAVO mediante la Oficina de Citaciones de ésta Unidad Judicial para lo cual se dispone que los accionantes presten las facilidades necesarias para la Práctica de la citación; al señor Procurador de Sucesiones de Pichincha en las direcciones indicadas.- De conformidad con el Art. 83 del Código de Procedimiento Civil notifíque-se a herederos presuntos des-conocidos del causante señor

SEGUNDO MEDARDO RECALDE SEVILLA por medio de la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación nacional.- Cuéntese con la Directora Regional Norte del Servicio de Rentas Internas para los fines de Ley.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 4701 y el correo electrónico [email protected] señalados por la accionante para posteriores notificaciones así como la auto-rización conferida a su abogada defensora.- Agréguese a los autos la documentación aparejada a la demanda.- Cítese y Notifíquese.- F) DR. BOLIVAR GARCIA PINOS, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO.- Lo que comunico a ustedes para los fines de Ley, y LO CITO advir-tiéndole la obligación que tiene de señalar casillero judicial para que reciba futuras notificaciones que le correspondan en la pre-sente causa.- Certifica.- AB. YOLIMA VIZUETE SECRETARIAHay firma y sello P AC/97958/tf

REpUBlICA DEl ECUADOREXTRACTO

VISTO BUENO No. 127213-2010-IACJ

ACTOR: ENA MATILDE JARAMILLO MATIZACCIONADO: WILSON RAÚL MURMINACHO CHIPANTASIGCAUSAL: 1 DEL ART. 172 CÓDIGO DE TRABAJO.Dentro del Trámite de Visto Bueno signado con el sorteo no. 127213-2014-IACJ, presentada por el (la) señor (a) ENA MATILDE JARAMILLO MATIZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA PREFABRICADOS DE HORMIGÓN JAMA HORMIJAMA S.A., en contra de su trabajador (a) señor (a) WILSON RAUL MURMINACHO CHIPANTASIG, se ha dictado lo que sigue:INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 03 de Febrero de 2014, a las 08h15.- Dentro del trámite de Visto Bueno signado con el sorteo No. 127213-2014-IACJ, presentada por el(la) señor (a) ENA MATILDE JARAMILLO MATIZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA PREFABRICADOS DE HORMIGÓN JAMA HORMIJAMA S.A. en contra de su trabajador (a) señor (a) WILSON RAUL MURMINACHO CHIPANTASIG. Agréguese al trá-mite la Declaración Juramentada celebrada ante Notario Público por la parte actor indicando que desconoce el domicilio del accionado y atendido al mismo se dispone: 1) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. Y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta pro-videncia notifíquese al trabajador mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuan-to el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado, a quien se le con-cede el término de veinte días para que conteste y señale casi-llero judicial para futuras notifi-

caciones. 2) Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por el actor y la autorización otor-gada al profesional del derecho que suscribe la presente causa. NOTIFIQUESE. F) Abg. Iván A. Carranco J.Lo que comunico para los fines de Ley.INSPECTOR DE TRABAJO DE PICHINCHAHay firma y sello P AC/23012/tf

EXTRACTO pARA CITACIÓN pOR lA pRENSA:

TRÁMITE DE VISTO BUENO No.: 129519-2014-PAVG A C C I O N A N T E : D R . CLEMENTE JOSE VIVANCO, DR. GERARDO AGUIRRE VALLEJO, PROCURADORES JUDICIALES DE LA COMPAÑÍA SURAMERICANA DE TELECOMUNICACIONES S.A. SURATEL. ACCIONADO; SR. DANNY RUBEN DUEÑAS HERRERA.CAUSAL; Art. 172 numeral 1o y 2o del Código del Trabajo INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 4 de febrero de 2014, las 14h00.- En mi calidad de Inspector del Trabajo de Pichincha, y en mérito del sorteo efectuado con fecha 21 de enero de 2014, AVOCO CONOCIMIENTO del Trámite de Visto Bueno No 129519-2014-PAVG, que sigue el (a) señor (a) DR. CLEMENTE JOSE VIVANCO, DR. GERARDO AGUIRRE VALLEJO, PROCURADORES JUDICIALES DE LA COMPAÑÍA S U R A M E R I C A N A D E TELECOMUNICACIONES S.A. SURATEL, empleador (a), en contra del (a) señor (a) DANNY RUBEN DUEÑAS HERRERA, trabajador.- En lo principal, aten-diendo el mismo, DISPONGO 1.- De conformidad con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artí-culo 6 del Código del Trabajo, y considerando que la parte actora ha manifestado, bajo juramento, desconocer el lugar de domici-lio actual de la accionada, con la copia de la solicitud de visto bueno que antecede, y el extracto de esta providencia, notifíquese al trabajador mediante 3 (tres) publicaciones a realizarse en 3 (tres) distintos días, ya día segui-do, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad, pre-viniéndose al accionado que de no dar contestación al petitorio en el término máximo de 20 (vein-te) días, a contarse a partir de la última publicación, se continuará con el trámite en su rebeldía.- 2.- Se advierte al accionado de su obligación de señalar casilla judicial, para futuras notificacio-nes.- 3.- Las publicaciones por la prensa deberán remitirse a esta inspectoría en el término de 15 días contados a partir de la notificación con la presente providencia, bajo prevención de ordenar el archivo del expediente en caso de no dar cumplimiento.- 4.- Tómese en cuenta la Casilla Judicial No. 532 del Palacio de Justicia de Quito, señalado por la parte actora para notificaciones.-NOTIFÍQUESE.-AB. PAOLA VILLACIS GALINDOINSPECTORA DEL TRABAJO DE PICHINCHAHay un selloP.A.C./23059

REpUBlICA DEl ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha.

gob.ec Juicio No: 17203-2013-19833

Casilla No: 808 U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. EXTRACTO JUDICIAL

CITACION JUDICIAL A: TODOS QUIENES PUDIERAN TENER DERECHO Y A LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SEÑORITA GLORIA PIEDAD RAMÍREZ JÁCOME CAUSA: PARTICION DE BIENES SUCESORIOS No. 17203-2013-19833 (2008-0376)-R. ACTOR: DR. JULIO CESAR SALAZAR LARA, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE LAS SEÑORAS: EDITH ALEXANDRA, PAOLA ELIZABETH Y ELSA CATHERINE PAZMIÑO RAMÍREZ DEMANDADO: HEREDEROS DE LA SEÑORITA GLORIA PIEDAD RAMÍREZ JÁCOME CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: DRA. GYNA MARGARITA SOLIS VISCARRA, JUEZ. JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 22 de mayo de 2013, las 14h16. VISTOS.- Agréguese al pro-ceso el escrito que antecede pre-sentado por el DR. JULIO CESAR SALAZAR LARA, en calidad de Procurador Judicial de las seño-ras: EDITH ALEXANDRA, PAOLA ELIZABETH y ELSA CATHERINE PAZMIÑO RAMÍREZ.- En lo principal y por cuanto de la documentación acompañada por la señora ZOILA AMÉRICA JÁCOME MALDONADO (fojas 67 a 74) se desprende que la seño-rita GLORIA PIEDAD RAMÍREZ JÁCOME falleció el 22 de mayo de 2011; se da por citada a su madre la señora ZOILA AMÉRICA JÁCOME MALDONADO de con-formidad con el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil; y, para hacer efectivo el derecho a la defensa consagrado en la Constitución de la República, así como la seguridad jurídica, atenta a lo determinado en el artículo 83 del Código de Procedimiento Civil, dispongo que se notifique por una sola vez en uno de los diarios de mayor circulación del Distrito Metropolitano de Quito a todos quienes pudieran tener derecho y a los herederos des-conocidos de la señorita GLORIA PIEDAD RAMÍREZ JÁCOME.- Cúmplase y Notifíquese...f) Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PCHINCHA.- U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 15 de noviembre de 2013, las 18h31. VISTOS: En mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quito, creada mediante Resolución No. 116-2012 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura de Transición de fecha 11 de Septiembre del 2012, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 810 del 16 de Octubre del 2012; y, en vir-tud de la Resolución No. 058-2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura, publicada en el Registro Oficial No. 31 de fecha 8 de Julio del 2013, la Resolución Interpretativa No. 080-2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 22 de Julio del 2013, las disposiciones impartidas por la Dirección Provincial de Pichincha; y, en razón del Acta de Resorteo que obra de los autos, AVOCO conocimiento

del presente Juicio de Divorcio Partición de Bienes Sucesorios que siguen los accionantes seño-res DR. JULIO CESAR SALAZAR LARA en calidad de Procurador Judicial de EDITH ALEXANDRA PAZMIÑO RAMIREZ en contra de HILDA CECILIA RAMIREZ JÁCOME y GLORIA PIEDAD RAMIREZ JÁCOME en 80 fojas, más el acta de resorteo y oficio de entrega, hágase saber a las partes procesales sobre la recep-ción del proceso que ha sido remitido del Juzgado Décimo Segundo de lo Civil de Pichincha, cuyo Número de Juicio anterior es el 2008-0376 y de resorteo 2013-19833.- Concédase el extracto respectivo dispuesto en auto de fecha 22-05-2013, las 14h16.- NOTIFIQUESE...f) Dra. Gyna Solis Viscarra. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 20 de enero de 2014, las 10h45... Agréguese a los autos el escri-to que antecede.- En atención al mismo en auto inmediato anterior de fecha 15 de noviem-bre de 2013, las 18h31 por un lapsus calami se hace constar en la parte que dice “...HILDA CECILIA RAMIREZ JÁCOME...”, cuando se debió decir “...HILDA CECILIA RAMIREZ AGUIRRE...” en todo lo demás se estará en lo dispuesto en el mencionado auto de recepción de proceso, concédase nuevo extracto con la rectificación solicitada.- De la revisión de autos se denota la no inexistencia del inventario de bie-nes; por lo indicado, se les requie-re a las partes procesales en el término de 3 días de conformidad a lo dispuesto en el Art. 640 del Código de Procedimiento Civil, presente el inventario correspon-diente.- NOTIFIQUESE...f) Dra. Gyna Solis Viscarra Lo que comunico a usted, Y LO CITO, para los fines legales con-siguientes previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio o casillero judicial para sus posteriores notificaciones en la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito de la Provincia De Pichincha y dentro del perímetro legal. Certifico. DR. RENE BARBA SECRETRARIO JUDICIALHay un selloP.A.C.23058

R. del E. JUZgADO DECIMO SEgUNDO DE lO CIVIl DE pICHINCHA

AVISO JUDICIAL Se pone en conocimiento del público en general en esta Judicatura se tramita el jui-cio Especial de Inscripción de Escritura No. 1116-2013-CVM, presentado por la Sra. Susana del Roció Pérez Villalba, Julio Gonzalo Báez Méndez y María Ofelia Méndez Proaño. Actora: Susana del Roció Pérez Villalba, Julio Gonzalo Báez Méndez y María Ofelia Méndez Proaño Actora: Susana del Rocío Pérez Villalba, Julio Gonzalo Báez Méndez y María Ofelia Méndez Proaño.Demandado: Registro de la Propiedad del Distrito

C9

RevistajudiCial

LUNES 10 de FeBReRO de 2014

La Hora QuitO, eCuadOR

El placer no produce ni la mitad de impresión que el dolor.

S t e n d H a l

LLAMADO A ACREEDORESDE LA COMPAñÍA EXLIPSA S.A. EN LIQUIDACIÓN

La compañía EXLIPSA S.A. EN LIQUIDACIÓN de conformidad con lo dis-puesto por el Art. 393 de la Ley de Compañías , notifica a los acreedores de la compañía para que en el término de veinte días contados desde la última publicación presenten los documentos que acrediten su derecho en la siguiente dirección: calle Pedro Muñoz N64-04 y Av. Diego de Vásquez diago-nal a Punto y Pago del Banco del Pichincha de Cotocollao, de esta ciudad de Quito Distrito Metropolitano.Transcurrido este término , se tomará en cuenta solamente a los acreedores que hayan probado su calidad y a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía , con la debida justificación.

Lic. Ruth Margot Corella MoralesLIQUIDADORA

EXLIPSA S.A. EN LIQUIDACIÓN.P. A.P/58479/p.n

CONVOCATORIAA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE “TOPSEG COMPAñÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS

S.A.”Se convoca a los señores accionistas de TOPSEG COMPAñIA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se realizará el día miércoles doce de febrero de 2014, a las diecisiete horas en el domicilio de la compañía, ubicado en la calle Antonio de Ulloa y N34-126 y Rumipamba, del Distrito Metropolitano de Quito, para tratar y resolver el siguiente orden del día:

1.Lectura del Acta anterior; 2.Autorización para transferir de la Cuenta Apor-te de Accionistas a la cuenta Capital Pagado ; 3.Asuntos Varios.

Quito D.M., 10 de febrero de 2014

Ing. RUBÉN LEÓN ALVEAR (MSc)PRESIDENTE EJECUTIVO

P.A.P/58486/p.n

TÍTULO EXTRAVIADO

Se comunica al público el extravío del siguiente título de acción del capital social de la compañía TECO-CEL S.A. ZONA FRANCA HOSPITAL DEL VALLE:Título: No. 1659 Número de acciones: 5Propietario: CAR-LOS FRANCISCO BLUM LOZADAEl título antes detallado será en caso de no presentarse ningún reclamo sobre el mis-mo en un lapso de 30 días contados desde la tercera publicación de este aviso.Quito, 10 de febrero del 2014.

Gerencia General.P.A.P/58478/p.n

PÉRDIDA PLACA

Damos a con-ocer la pérdida de la placa de moto hh534F perteneciente a la empresa SEPRIBE Cía . Ltda

P.A.P/58490/p.n

Page 10: Judicial 10 febrero 2014

Metropolitano de Quito Juicio: Especial No 116-2013-CVM Objeto: Inscripción de la escri-tura de compra venta otorgada por la Sra. Susana del Roció Pérez Villalba a favor de Julio Gonzalo Báez Méndez y María Ofelia Méndez Proaño, el bien inmueble descrito en la escritura celebrada el 5 de febrero del 2013 ante del Notario Trigésimo Quinto del Cantón Quito Cuantía: Indeterminada Fecha de Inicio: 24 de enero del 2014 PROVIDENCIA JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 24 de enero del 2014, las 11h14. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Encargado, según Acción de Personal No 1831-DP-DPP de 29 de mayo del 2013 y en virtud del sorteo que antecede. En lo principal, la demanda presenta-da por Susana del Roció Pérez Villalba, Julio Gonzalo Baez Méndez y María Ofelia Mendez Proaño, es clara, precisa y reúne los demás requisitos estableci-dos por la Ley, por lo que se la admite al trámite especial.- En consecuencia, con el contenido de la demanda y este auto, córra-se traslado al Dr. Sandro Vinicio Vallejo Aristizabal en calidad de Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, a quien se le citará en la direc-ción señalada en el libelo de la demanda, debiendo para el efecto remitir las boletas respectivas a la oficina de citaciones.- De confor-midad con el Art. 709 del Código Civil, publíquese por una sola vez un extracto de la demanda y auto de calificación en uno de los periódicos de mayor circula-ción que se editan en esta ciudad de Quito. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por los accionantes así como la autori-zación conferida a su defensor.- Actúe la Ab. Andrea Escaleras Pardo en calidad de Secretaria contratada por el Consejo de la Judicatura.- NOTIFIQUESE. Ab. Oscar Lanata Alava, Juez (E) Lo que comunico al público en general para fines de Ley. Quito, 06 de Febrero del 2014 AB. ANDREA ESCALERAS PARDO SECRETARIA (C) DEL JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHAHay un selloP.A.C./23052

REpUBlICA DEl ECUADOR JUZgADO SEgUNDO DE lO

CIVIl DE pICHINCHA SE HACE SABER AL PUBLICO EN GENERAL SOBRE LA PRESUNCION DE INSOLVENCIA DE LA SEÑORA ROCIO DE LOURDES ENRIQUEZ CALDERONACTOR: GLADYS CUMANDA HERNANDEZ CAJIAO DEMANDADO: DRA. ROCIO DE LOURDES ENRIQUEZ CALDERON JUICIO: INSOLVENCIA CAUSA No. 53-2013 TRAMITE. ESPECIAL CUANTIA: INDETERMINADA ABOGADO: DR. BAYARDO MORENO PIEDRAHITA JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes de 13 de febrero del 2013, las 12h41. Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza Titular del Juzgado Segundo de lo Civil de Pichincha mediante Acción de Personal No. 2953-DNP de fecha 25 de julio del 2012 y posesionada el 01 de agosto del mismo año. En lo prin-cipal, la demanda que presenta la señora GLADYS CUMANDA HERNANDEZ CAJIAO en contra de la señora ROCIO DE LOURDES ENRIQUEZ CALDERON con cedu-la de ciudadanía No. 070116795-9 es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley; en consecuencia, por presentadas las copias pertinentes y atento a lo dispuesto en el inciso pri-mero del Art.519 del Código de Procedimiento Civil, presu-miéndose la insolvencia de la demandada ROCIO DE LOURDES ENRIQUEZ CALDERON , se

manda a formar concurso de acreedores y posteriormen-te se ordenara que se ocupen los bienes, de la demandada ROCIO DE LOURDES ENRIQUEZ CALDERON , los libros y corres-pondencia, y demás documentos, los que se entregarán al Síndico de quiebra Dr. Arnaldo Fiallos, y quien lo recibirá previo inventa-rio, luego de la aceptación del cargo. Hágase conocer al público de este particular por medio de la prensa mediante publicación en uno de los diarios de mayor cir-culación del cantón. Acumúlese los pleitos contra el deudor por obligaciones de hacer o dar, con excepción de los acreedores hipo-tecarios quienes harán valer sus derechos por separado, oficián-dose para el efecto a los señores Jueces de lo Civil de esta juris-dicción, Inquilinato y Relaciones Vecinales, de esta ciudad, a los señores Jueces de lo Penal para la calificación de la insolvencia, Superintendente de Bancos y Seguros, Contralor General del Estado, Procurador General del Estado ; Superintendente de Compañias , Director Nacional de Registro Civil , Dirección Nacional de Tránsito, Tribunal Supremo Electoral, Dirección Nacional de Migración, Notarios y Registro de la Propiedad del Canton Quito. Cítese a la deman-dada ROCIO DE LOURDES ENRIQUEZ CALDERON en el lugar indicado por la parte accionante. Agréguese los docu-mentos que presenta. Téngase en cuenta el casillero judicial del accionante y la autorización a su abogado defensor. Actúa en su calidad de secretario Encargado el Dr. Patricio Calderón Toapanta, mediante Acción de Personal No. 0229-DP-DPP, de fecha 16 de enero del 2013. Cítese. Notifíquese.- PROVIDENCIA JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA: Quito, martes 12 de noviembre del 2013, las 13h33. Agréguese al proceso los escritos, documentación y oficio que ante-ceden. Tómese en cuenta el oficio remitido por la Superintendencia de Compañías para los fines lega-les consiguientes. Por cuanto la mediación es facultativo de las partes y al no existir un acuerdo de resolver el litigio en un centro de mediación se continúa con la sustanciación de la causa. Ofíciese al Colegio de Notarios y Consejo Nacional Electoral conforme lo solicitado, además dirígase el Oficio a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio antes Dirección Nacional de Migración. Confiérase el extracto respectivo. NOTIFÍQUESE.- F) DRA. VIVIANA PILA AVENDAÑO, JUEZA DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY, RECORDANDOLE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN EL LUGAR DEL JUICIO PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES.- CERTIFICO Lo que comunico para los fines de ley. DR. PATRICIO CALDERON TOAPANTASECRETARIO ENCARGADO JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHAHay firma y sello P AC/23064/tf

ANULACIONES

QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 9954 de la Cta. Cte. No. 3135350104 perteneciente a FUNDACION ECUATOR.SANTA MARIA DEL F del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la

última publicación.P/AC/ (1) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 2779 valor $ 200.00 de la Cta. Cte. No. 3109684404 perteneciente a RAMIREZ GODOY JHON KLEVER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (2) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 779 de la Cta. Cte. No. 3501473704 per-teneciente a JATIVA SALAZAR NANCY ELIZABETH del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (3) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1481 al 1580 de la Cta. Cte. No. 3093468304 perteneciente a ARIAS ORTIZ MARCO ANTONIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (4) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 9700 de la Cta. Cte. No. 3128171604 per-teneciente a CARPIO LITARDO EDISON JAVIER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (5) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 641 al 642 de la Cta. Cte. No. 3255259804 perteneciente a CEVALLOS BENAVIDES JORGE ARMANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (6) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 35510 de la Cta. Cte. No. 3098466104 perteneciente a BANCO PARA LA ASISTENCIA CUMUNITARI A del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (7) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 3042 de la Cta. Cte. No. 3061267604 perte-neciente a LUNA PAZMINO HECTOR EDGAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (8) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 505 de la Cta. Cte. No. 2100033982 perteneciente a PENA AVILA ILTER HUMBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (9) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 252 de la Cta. Cte. No. 3119417804 per-teneciente a LEMA ESCOBAR VICTOR MANUEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (10) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2 al 30 de la Cta. Cte. No. 2100044847 per-teneciente a PEREZ BARRERO NORMAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/ (11) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 255 al 257 de la Cta. Cte. No. 3119417804 perteneciente a LEMA ESCOBAR VICTOR MANUEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho

deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (12) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1848 de la Cta. Cte. No. 3360959604 pertene-ciente a CLAVIJO GUANUNA EDISON ROBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (13) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 265 al 280 de la Cta. Cte. No. 3119417804 perteneciente a LEMA ESCOBAR VICTOR MANUEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (14) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3348 de la Cta. Cte. No. 3021475904 perteneciente a BORJA PENA MARIA TERESA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (15) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 112 de la Cta. Cte. No. 2100015845 perte-neciente a MODELCARGO S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (16) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 633 al 640 de la Cta. Cte. No. 3107714304 perteneciente a GUERRA CASTILLO SEGUNDO CESAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (17) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo del Cheque No 4128 valor $ 281.00 de la Cta. Cte. No. 3338108904 perteneciente a REVELO TAMAYO CARLOS MANUEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/ (18) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 9173 al 9176 de la Cta. Cte. No. 3076425804 perteneciente a ASOCIACION AEROTECNICOS SERVICIO PA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (19) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 764 de la Cta. Cte. No. 3501473704 per-teneciente a JATIVA SALAZAR NANCY ELIZABETH del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (20) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 494 de la Cta. Cte. No. 3514060004 per-teneciente a YANCE CAMPOS GONZALO JAVIER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (21) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 985 al 988 de la Cta. Cte. No.

3480563104 perteneciente a TGV PROYECTOS S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (22) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3308 de la Cta. Cte. No. 3388234604 perteneciente a BERMUDEZ GONZALEZ LUIS TEOFILO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (23) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 39 valor $ 152,94 de la Cta. Cte. No. 2100057823 perteneciente a ESTAMPUS S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (24) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 662 al 663 de la Cta. Cte. No. 3255259804 perteneciente a CEVALLOS BENAVIDES JORGE ARMANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (25) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 6049 de la Cta. Cte. No. 3005586004 per-teneciente a BERMEO APONTE MANUEL MESIAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (26) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 15689 de la Cta. Cte. No. 3147936204 perte-neciente a MAROTO CARRASCO EDMUNDO FABIAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (27) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo del Cheque No 2414 valor $ 102.00 de la Cta. Cte. No. 3413669604 perteneciente a LIFEFLOWERS CIA. LTDA. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (28) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1789 de la Cta. Cte. No. 3381417804 perte-neciente a VASQUEZ MORENO SILVIA GUISELA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (29) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 29 al 30 de la Cta. Cte. No. 2100047367 per-teneciente a TOPON USHINA EDWIN PATRICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (30) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1817 de la Cta. Cte. No. 3346515104 perteneciente a IZA PAGUAY BLADIMIR EMILIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (31) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 267

valor $ 100.00 de la Cta. Cte. No. 3383760204 pertenecien-te a ORTIZ SALTOS NORMA JEANETT del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/ (32) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 262 al 290 de la Cta. Cte. No. 3464612604 perteneciente a MOROCHO SARABIA RICHAR ADRIAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (33) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1767 de la Cta. Cte. No. 3162908304 per-teneciente a FIGUEROA PLUA PIEDAD VICTORIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (34) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 636 de la Cta. Cte. No. 3490663004 per-teneciente a MOREIRA HOPPE SHARON VIVIANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (35) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 2087 al 2100 de la Cta. Cte. No. 3405094404 per-teneciente a MOLANO PARRA RUBIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/ (36) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 25 de la Cta. Cte. No. 2100053840 per-teneciente a PICO AGUAGUINA MIRIAN DE LOURDES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (37) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 661 de la Cta. Cte. No. 3062203904 pertene-ciente a GUERRA CARRERA PAULINA DEL CARMEN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (38) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 259 al 263 de la Cta. Cte. No. 3119417804 perteneciente a LEMA ESCOBAR VICTOR MANUEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (39) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 251 al 252 de la Cta. Cte. No. 2100041838 perteneciente a CAMINO VILLACIS EDUARDO MIGUEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (40) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 906 al 907 de la Cta. Cte. No. 3474862904 per-teneciente a DINAMICRED CIA. LTDA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (41) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 200 de la Cta. Cte. No. 2100008337 perte-neciente a GUILLEN ESCUDERO DAVID ALEXANDER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (42) NR======

QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 250 al 258 de la Cta. Cte. No. 3464612604 perteneciente a MOROCHO SARABIA RICHAR ADRIAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (43) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3763 de la Cta. Cte. No. 3457475904 perteneciente a ESPINOSA TORAL SANTIAGO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (44) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 650 de la Cta. Cte. No. 3472779104 per-teneciente a AYORA ZAMORA GINA VIVIANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (45) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 26654 valor $ 400,34 de la Cta. Cte. No. 3046090604 pertene-ciente a BGP ECUADOR CO S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (46) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 109 al 113 de la Cta. Cte. No. 2100038272 per-teneciente a LEMA MARTINEZ LILIANA ALEXANDRA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (47) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 651 de la Cta. Cte. No. 3255259804 perteneciente a CEVALLOS BENAVIDES JORGE ARMANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (48) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1020 de la Cta. Cte. No. 2100042989 per-teneciente a JIMENEZ CEDENO JUAN FRANCISCO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (49) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 893 de la Cta. Cte. No. 3477691904 perte-neciente a USCA TIUQUINGA MARCO VINICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (50) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 688 de la Cta. Cte. No. 3472779104 per-teneciente a AYORA ZAMORA GINA VIVIANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (51) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 103 valor $ 552.00 de la Cta. Cte. No. 2100019605 perteneciente a SECURESOFT ECUADOR S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (52) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11 de la Cta. Cte. No. 2100058024 per-teneciente a VIZUETE QUINDE CRISTIAN FERNANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (53) NR

====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 26668 valor $ 383,93 de la Cta. Cte. No. 3046090604 pertene-ciente a BGP ECUADOR CO S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (54) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 672 al 690 de la Cta. Cte. No. 3062203904 per-teneciente a GUERRA CARRERA PAULINA DEL CARMEN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (55) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 4941 al 4942 de la Cta. Cte. No. 3270594504 perteneciente a MENDOZA MACIAS PEDRO PABLO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (56) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 367 valor $ 240.00 de la Cta. Cte. No. 3282992804 pertenecien-te a GARCES RIVADENEIRA PAUL ALEJANDRO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (57) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 99 al 100 de la Cta. Cte. No. 2100038272 per-teneciente a LEMA MARTINEZ LILIANA ALEXANDRA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (58) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11906 de la Cta. Cte. No. 3127828104 per-teneciente a COBOS RAMON HUGO STALYN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (59) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 659 al 660 de la Cta. Cte. No. 3255259804 perteneciente a CEVALLOS BENAVIDES JORGE ARMANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (60) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 1204 valor $ 906,13 de la Cta. Cte. No. 3151131004 perteneciente a CARDENAS ORTIZ TERESA LORENA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/ (61) NR====== QUEDA ANULADOPor Deterioro del Cheque No 506 valor $ 125,20 de la Cta. Cte. No. 3039140604 perte-neciente a ORTIZ PACHECO XAVIER ENRIQUE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (62) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 663 al 668 de la Cta. Cte. No. 3062203904 per-teneciente a GUERRA CARRERA PAULINA DEL CARMEN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (63) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 6051 de la Cta. Cte. No. 3005586004 per-teneciente a BERMEO APONTE MANUEL MESIAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última

C10

RevistajudiCial

LUNES 10 de FeBReRO de 2014La Hora QuitO, eCuadOR

Si bien es cierto que las alegrías son cortas, tampoco nuestros pesares

son muy largos. marqUéS de vaUvenargUeS ( lUc de clapierS )

Filósofo y moralista francés.

BANCO PIChINChA

Page 11: Judicial 10 febrero 2014

publicación.P/AC/ (64) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1104 de la Cta. Cte. No. 3416518904 perteneciente a QUINTANA NORONA JOSE LUIS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (65) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 306 al 310 de la Cta. Cte. No. 3508144004 perteneciente a PITA PITA MIGUEL EDUARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (66) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 137 valor $ 143,63 de la Cta. Cte. No. 2100047972 perteneciente a SACOS DEL ECUADOR S.A. SADELSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/ (67) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 266 valor $ 150.00 de la Cta. Cte. No. 3383760204 pertenecien-te a ORTIZ SALTOS NORMA JEANETT del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/ (68) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1174 de la Cta. Cte. No. 3401759504 perte-neciente a TAMAYO SALAZAR DAVID HERNAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (69) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 620 de la Cta. Cte. No. 3472779104 per-teneciente a AYORA ZAMORA GINA VIVIANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (70) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 145 al 160 de la Cta. Cte. No. 3516797104 perteneciente a HERRERA BONILLA LUIS GILBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (71) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 5213 al 5214 de la Cta. Cte. No. 3272169904 perteneciente a CHANG BRAVO ELVIS ALEXANDER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (72) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 648 de la Cta. Cte. No. 3255259804 perteneciente a CEVALLOS BENAVIDES JORGE ARMANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (73) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 385 de la Cta. Cte. No. 2100015945 perte-neciente a ORDOムEZ BENITEZ VERONICA AMARILIS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (74) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 666 de la Cta. Cte. No. 3255259804 perteneciente a CEVALLOS

BENAVIDES JORGE ARMANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (75) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 668 al 669 de la Cta. Cte. No. 3255259804 perteneciente a CEVALLOS BENAVIDES JORGE ARMANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (76) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1544 al 1550 de la Cta. Cte. No. 3464938104 perteneciente a ACOSTA GRANJA JONATHAN PATRICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (77) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1060 de la Cta. Cte. No. 3043241504 perteneciente a BRAVO PARDO MARGOT YOVANNY del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (78) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 982 al 983 de la Cta. Cte. No. 3480563104 perteneciente a TGV PROYECTOS S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (79) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1258 de la Cta. Cte. No. 2100042989 per-teneciente a JIMENEZ CEDENO JUAN FRANCISCO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (80) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2425 de la Cta. Cte. No. 3386727504 per-teneciente a RIZO MARQUINEZ CIMACO DANTE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (81) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 6047 de la Cta. Cte. No. 3005586004 per-teneciente a BERMEO APONTE MANUEL MESIAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (82) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 35 de la Cta. Cte. No. 2100052868 perte-neciente a SEGUNDO RODRIGO GUANOLUISA GUANOLUISA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (83) NR

Debido a la pérdida del Certificado de Inversión DPF/DPFP No. 011DPF00159509 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ORTIZ CHAFLA MARIA BEATRIZ se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del públi-co, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23014/NR=====Debido a la pérdida de del Certificado de Inversión DPF/DPFP No.011DPF00153074 de la

Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, pertene-ciente a ORTIZ CHAFLA MARIA BEATRIZ se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23015/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 0400027636 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a DELGADO VERONICA DEL CARMEN se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23016/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 510057131 y Libreta de Aportaciones No. 570022572 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MORALES CORTEZ LUIS GERMAN se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23017/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0201351255 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GARCIA PRECIADO TATIANA LILIBETH se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23019/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 0800018097 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a RAMOS ALTAMIRANO WASHINGTON ESTALIN se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23020/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 1000007372 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GUALOTO SOLIZ JOHANNA KATHERINE se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23021/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Aportaciones No. 0970052177 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PACHECO TAPIA PIEDAD LUZMILA se procede-rá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del públi-co, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23022/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0101840091 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MESIAS LESCANO ANGEL ARMANDO se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23023/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 1400006473 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a TOAPAXII TOAPANTA MARIA CARMEN se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23024/NR=====Debido a la pérdida de Libreta de Libreta de Aportaciones No. 1007061761 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SUNTAXI GUALOTUÑA RITA

VERONICA se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23025/NR=====Debido a la pérdida de la de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, pertene-ciente a IMBAQUINGO ECHESI LUIS se procederá a anularla. Particular que se pone en cono-cimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23035/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0410362841 y Libreta de Aportaciones No. 0470227257 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a QUIÑONEZ CAMPOS CRISTYAN ROLANDO se procederá a anularla. Particular que se pone en cono-cimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23036/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 0600021195 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a TUTILLO CAIZA MARJORIE CATALINA se proce-derá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del públi-co, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23037/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1201055055 y Libreta de Aportaciones No. 1207032300 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ALVARADO VALDIVIEZO LEONIDAS BOLIVAR se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23038/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1101181250 y Libreta de Aportaciones No. 1107060261 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GORDON ALVAREZ MARIA TARGELIA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el menciona-do documento los reclame.P/AC/23039/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1101149913 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SANDOVAL TIPANTASIG MIGUEL ANGEL se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el menciona-do documento los reclame.P/AC/23040/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1201128912 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a VITERI SIMBA PEDRO FERNANDO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el menciona-do documento los reclame.P/AC/23041/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1201132750 y Libreta de Aportaciones No. 1207046196 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SIMBA CHUQUIMARCA NANCY NATIVIDAD se procederá a anu-

larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23042/NR=====Debido a la pérdida del Certificado DPF/ DPFP No.131DPF00009021 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a QUIMBIAMBA MALDONADO NANCY ROCIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el menciona-do documento los reclame.P/AC/23043/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0101824980 y Libreta de Aportaciones No. 0870124524 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PEREZ TENESACA MARIA ROSA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el menciona-do documento los reclame.P/AC/23044/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 0400021612 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a OCAÑA OVIEDO LISBETH ANAI se procederá a anular-la. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23045/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0401488814 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a COLLAGUAZO AGUAISA GALO ROMAN se procederá a anular-la. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23046/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0101846020 y Libreta de Aportaciones No. 0107327162 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ANDRADE GARCIA PAUL ALFREDO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el menciona-do documento los reclame.P/AC/23065/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0101872647 y Libreta de Aportaciones No. 0107329857 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ARCOS CHIPANTASHI MONICA GABRIELA se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23066/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0101772311 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SUCUZHAÑAY QUITO VICTOR MANUEL se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23068/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 0201393045 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a BUITRON BAUTISTA CARMEN TERESA se procederá a anu-larla. Particular que se pone en

conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23069/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0401685965 y Libreta de Aportaciones No. 0470160739 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PROAÑO HERRERA ALINA PATRICIA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el menciona-do documento los reclame.P/AC/23070/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0401662012 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PROAÑO HERRERA CATALINA LEONORA se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23071/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 0400000844 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ENRIQUEZ CEVALLOS ANDREA SUSANA se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23072/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 500029280 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ORTIZ BELTRAN MERCY BEATRIZ se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el menciona-do documento los reclame.P/AC/23073/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0110380804 y Libreta de Aportaciones No. 0170017677 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a BAQUERO RODRIGUEZ SEGUNDO GUSTAVO se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23074/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0101794901 y Libreta de Aportaciones No. 0107295244 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a VALDIVIEZO LUISA ISABEL se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del públi-co, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23075/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0801409210 y Libreta de Aportaciones No. de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, pertene-ciente a ROSERO PAILLACHO SANTIAGO ALEJANDRO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el menciona-do documento los reclame.P/AC/23076/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 1000018232 Libreta de Ahorros Socios No. y Libreta de Aportaciones No. de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, pertene-ciente a FLORES BARAHONA LUZ MARINA se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23077/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº Libreta de Ahorros Socios No. 0410322461 y Libreta de Aportaciones No.

de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CASTILLO PILCO PEDRO PABLO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23078/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº Libreta de Ahorros Socios No. 1001209033 y Libreta de Aportaciones No. 1007083355 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PROCEL PAUCAR JENNYFER KATHERINE se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23079/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº Libreta de Ahorros Socios No. 1101201905 y Libreta de Aportaciones No. de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GUAGALANGO VASQUEZ JORGE BOLIVAR se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el menciona-do documento los reclame.P/AC/23080/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº Libreta de Ahorros Socios No. 1101194740 y Libreta de Aportaciones No. de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, pertene-ciente a VEGA SILVA CRISTIAN JUAN se procederá a anularla. Particular que se pone en cono-cimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23081/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº Libreta de Ahorros Socios No. 1101188368 y Libreta de Aportaciones No. de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, pertene-ciente a TIPAN CATAGNA JUAN CARLOS se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23082/NR=====Debido a la pérdida de la Cta.Progresar Oro No. 1206005904 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CARDENAS DAVILA PAOLA VICTORIA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el menciona-do documento los reclame.P/AC/23083/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº Libreta de Ahorros Socios No. 1501052540 y Libreta de Aportaciones No. de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SIMBAÑA BRITO MARIA ESPERANZA se procede-rá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del públi-co, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/23084/NR

QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8236894700 Nro. Cartola 18267940015 Cliente BAUS HERRERA, JULIO-ALFREDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá

reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8066361800 Nro. Cartola 17134790363 Cliente MOROCHO MOROCHO, DARWIN-JUAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8249762600 Nro. Cartola 18307480014 Cliente GUANUNA SUNTAXI, ROBERTO-CARLOS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8038074700 Nro. Cartola 16918620325 Cliente CONLAGO GUAMAN, VICTOR-LUIS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8166349900 Nro. Cartola 17721610255 Cliente RAMIREZ RODRIGUEZ, FRANCISCO-JAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8249703000 Nro. Cartola 18307080087 Cliente CAIZA PILACHANGA, VICTOR-MANUEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8234545900 Nro. Cartola 18229690021 Cliente FLORES CERDA, LUISA-AMELIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8001396100 Nro. Cartola 17050380371 Cliente SARZOSA MENDEZ, FREDDY-GERARDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8208793400 Nro. Cartola 18083020026 Cliente BALCAZAR CORDOVA, BYRON-BLADIMIR del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8054636500 Nro. Cartola 16871820508 Cliente LUNA FLORES, CARLOS-EDMUNDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8142849700 Nro. Cartola 17439170071 Cliente IZA CHICAIZA, WILMA-PAULINA del

C11

RevistajudiCial

LUNES 10 de FeBReRO de 2014

La Hora QuitO, eCuadOR

Si aspiras a encontrarte a ti mismo, no te mires al espejo, porque allí

encontrarás solamente una sombra, un extraño...

S i l e n i U S , “o da S a l a v e r da d ”.

COOPROGRESO

BANCO RUMIñAhUI

Page 12: Judicial 10 febrero 2014

Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8077695100 Nro. Cartola 17283800328 Cliente AVEIGA MOREIRA, LENIN-FEDERICO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8187156100 Nro. Cartola 17934110168 Cliente RIVERA FERNANDEZ, MARCELO-RUBEN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8233026900 Nro. Cartola 18217340001 Cliente MALDONADO GOMEZ DE LA TORRE, MARIA-LOREN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8088373200 Nro. Cartola 17041490230 Cliente SANTILLAN PUGA, JOSE-ISAIAS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8021023800 Nro. Cartola 16983510492 Cliente CARRERA GUAMAN, EDILMA-MARISOL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8261494700 Nro. Cartola 18373510033 Cliente CHASIPANTA TROYA, BERNARDITA-ISABEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8276719400 Nro. Cartola 18434370054 Cliente YASIG VASQUEZ, OMAR-ISRAEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (18)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8039526000 Nro. Cartola 17528050143 Cliente VALVERDE ARIAS, PABLO-JAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/ (19)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8046257400 Nro. Cartola 17249620414 Cliente PAILLACHO CORO, JORGE-GONZALO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (20)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8058049200

Nro. Cartola 17218500530 Cliente LEON SANCHEZ, ALEX-SANTIAGO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (21)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8037420100 Nro. Cartola 16905880312 Cliente VERGARA COELLO, MANUEL-EUGENIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/ (22)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8204338400 Nro. Cartola 18061640084 Cliente TOTOY GUAMAN, ALEX-PAUL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (23)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8188796400 Nro. Cartola 17956020006 Cliente GUZMAN GARZON, RODY-OSWALDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (24)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8045976800 Nro. Cartola 16795170436 Cliente PICO SUAREZ, SERGIO-SANTIAGO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (25)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8010778900 Nro. Cartola 16806750549 Cliente MALDONADO CONEJO, JUAN- del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (26)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8232579500 Nro. Cartola 18213010145 Cliente HURTADO ANGULO, FELIX-GASTON del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/ (27)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8021757800 Nro. Cartola 17008580155 Cliente ROMERO MOYA, AMPARITO-MARIBEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/ (28)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8085033800 Nro. Cartola 17045390006 Cliente CUEVA ITURRALDE, MARTHA-PAULINA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/ (29)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8047829500 Nro. Cartola 16815920398 Cliente SIMBANA CORREA, CESAR-HUMBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (30)NR ========= QUEDA ANULADA

Por pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8257140600 Nro. Cartola 18337300026 Cliente QUISHPE GUALOTUNA, ALEX-GIOVANNI del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/ (31)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8285074400 Nro. Cartola 18478900030 Cliente SANCHEZ ARAQUE, JENNY-ALEXANDRA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (32)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8196673900 Nro. Cartola 18016670053 Cliente CASTILLO MUNOZ, DIANA-ALEXANDRA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (33)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8029339200 Nro. Cartola 17428160299 Cliente AYALA MAYORGA, PAOLA-MARGARITA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (34)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8047855200 Nro. Cartola 16709900282 Cliente MANTILLA SANDOVAL, JUAN-MANUEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/ (35)NR ========= QUEDA ANULADOPor pérdida del Cheque No. 3312 al 3340 de la Cta No. 8001897304 perteneciente a MARTINEZ DE LA VEGA DAVILA, FERNANDO-EDU del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 6 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (36)NR======QUEDA ANULADOPor pérdida del Cheque No. 140 l Valor $ 1.000,00 de la Cta No. 8024324004 perte-neciente a SANCHEZ DIAZ, ADRIANA-ELIZABETH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 6 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (37)NR

Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 0617525747/563134 emitida a nombre de Tusa Tigasi Mayra Elizabeth se encuentra extra-viada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (1)NR =========Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 17248111 emitida a nombre de Byron Vicente Brito Burbano se encuentra extraviada , en tal vir-tud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin res-ponsabilidad para la institución.P/AC/ (2)NR =========Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 061752968 emitida a nombre de Freddy Ramiro Acero se encuentra extraviada , en tal vir-tud el Banco procederá a emitir

una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin res-ponsabilidad para la institución.P/AC/ (3)NR =========Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 1100565273 emitida a nombre de Teran Carrasco Francisco Isaias se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la ins-titución.P/AC/ (4)NR =========Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libre-ta/cartola de ahorros No. 615818 emitida a nombre de Alvarez Vinueza Loyda Grace se encuen-tra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anu-lada la extraviada sin responsa-bilidad para la institución.P/AC/ (5)NR =========Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libre-ta/cartola de ahorros No. 635424 emitida a nombre de Ruiz Mena Sixto Ramiro se encuentra extra-viada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (6)NR =========Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 696708 emitida a nombre de Portero Sanchez Felipe se encuentra extraviada , en tal vir-tud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin res-ponsabilidad para la institución.P/AC/ (7)NR =========Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 1717014983 emitida a nombre de Josselyn Mabel Panezo Lara se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emi-tir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin respon-sabilidad para la institución.P/AC/ (1)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 533024 emitida a nombre de Mora Guzmán Fredy Javier se encuentra extraviada , en tal vir-tud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin res-ponsabilidad para la institución.P/AC/ (2)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libre-ta/cartola de ahorros No. 257022 emitida a nombre de Estuardo Buenaño Taco se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (3)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libre-ta/cartola de ahorros No. 580773 emitida a nombre de Simbaina Simbaina Santo se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (4)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libre-ta/cartola de ahorros No. 649724

emitida a nombre de Cruz Leon Dora A. se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procede-rá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la ins-titución.P/AC/ (5)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 2000840168 emitida a nombre de Naranjo Mora Karla Alejandra se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emi-tir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin respon-sabilidad para la institución.P/AC/ (6)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 17249800 emitida a nombre de Pando Loja Diana Catalina se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emi-tir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin respon-sabilidad para la institución.P/AC/ (7)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 1817027438 emitida a nombre de H. Prado Angelica Nathaly se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emi-tir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin respon-sabilidad para la institución.P/AC/ (8)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 1100409247 emitida a nombre de Marco Chisagano se encuen-tra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anu-lada la extraviada sin responsa-bilidad para la institución.P/AC/ (9)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 0017312189/571699 emitida a nombre de Sarmiento Monayo Ximena D se encuentra extra-viada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (10)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libre-ta/cartola de ahorros No. 345717 emitida a nombre de Matamoros Navarro Alexia Verónica se encuentra extraviada , en tal vir-tud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin res-ponsabilidad para la institución.P/AC/ (11)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 2000840168 emitida a nombre de Naranjo Mora Alejandra se encuentra extraviada , en tal vir-tud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin res-ponsabilidad para la institución.P/AC/ (12)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 713502 emitida a nombre de Narvaez Andy Salvador Euclides se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emi-tir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin respon-sabilidad para la institución.P/AC/ (13)NR =========

Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libre-ta/cartola de ahorros No. 466152 emitida a nombre de Cahueñas Shinguango Maie se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución.P/AC/ (14)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libre-ta/cartola de ahorros No. 374013 emitida a nombre de LlangaN Cando Mirian Alexandra se encuentra extraviada , en tal vir-tud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin res-ponsabilidad para la institución.P/AC/ (15)NR ========= Por orden del titular, se procede-rá a la REVOCATORIA de pago por: Cheque No. 15318 . Cuenta Corriente 17603353 Valor: $ 171.46 Beneficiario Gallegos Viteri Paulina Alejandra Motivo Pérdida Quien tenga derecho sobre el (los) mismo (s), favor presentar su reclamo a Banco del Austro S.A. dentro de los 60 días, conta-dos a partir de esta publicación, caso contrario se declarará (n) sin efecto.P/AC/ (16)NR

Se anula por ROBO la Libreta No 6039646018 del BANCO PROMERICA, perteneciente a CEASAR GUERRERO MURIEL quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/22973/NR========Se anula por ROBO la Libreta No 6072181015 del BANCO PROMERICA, perteneciente a LINDINTER CIA LTDA quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/22974/NR========Se anula por PERDIDA la Libreta No 6160952005 del BANCO PROMERICA, perteneciente a CECILIA HUALPA ZAMBRANO quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publica-ción.P/AC/22975/NR========Se anula por PERDIDA la Libreta No 6183076003 del BANCO PROMERICA, pertene-ciente a LUIS ANTONIO CHAVEZ ORMAZA quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/22976/NR========Se anula por pérdida la Póliza de Inversión No # 103032258021 del BANCO PROMERICA, per-teneciente a INES MARGARITA MOSQUERA LOPEZ o CARLOS RUBEN SANCHEZ Valor $ 4226,07 FE. 18/11/2013 // FV/ 20/1/2014 quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/22980/NR========Se anula por ROBO la Libreta No 6015837018 del BANCO PROMERICA, pertenecien-te a JOSE ANTONIO AYALA ANCHALUISA quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC//NR========Se anula por PERDIDA la Libreta No 6185715003 del BANCO PROMERICA, perteneciente a ROCIO DEL PILAR CERON ROMERO quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC//NR========Se anula por PERDIDA la Libreta No 6088462011 del BANCO PROMERICA, perteneciente a AGUSTO MANOSALVEA quien

tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC//NR========Se anula por SUSTRACCION el cheque No. 4500 AL 42525 De la cuenta corriente No 1020355249 del BANCO PROMERICA, perte-neciente a CENTRO TECNICO DE MANTENIMIENTO quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC//NR========Se anula por PERDIDA el che-que No. 185 al 225 De la cuenta corriente No 1041707012 del BANCO PROMERICA, pertene-ciente a AUGUSTO CEVALLOS JIMENEZ quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC//NR========Se anula por SUSTRACCION el cheque No. 4497 De la cuenta corriente No 1020355249 del BANCO PROMERICA, pertene-ciente a CENTRO TECNICO DE MANTENIMIENTO quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC//NR========Se anula por PERDIDA el cheque No. 2942 AL 2950 De la cuenta corriente No 1022683243 del BANCO PROMERICA, pertene-ciente a CESAR GU8ERRERO MURIEL quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC//NR========Se anula por SUSTRACION el cheque No. 1411 AL 1412 De la cuenta corriente No 1043734017 del BANCO PROMERICA, perte-neciente a CAPITAL BUSINESS COMPAÑÍA LIMITADA quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC//NR========Se anula por PERDIDA el cheque No. 6128 De la cuenta corrien-te No 1028963019 del BANCO PROMERICA, perteneciente a PLASTICOS DALMAU S.A. quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC//NR========Se anula por pérdida la Póliza de Inversión No # 104072227380 del BANCO PROMERICA, per-teneciente a JAIME NARANJO Valor $ 3031,14 FE. 16/12/2013 // FV/ 17/3/2014 quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC//NR

Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800813809 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (22986)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0700701071 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (22986)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 460721983 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (22986)NR=======

Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 450755991 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (22986)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1103332 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publi-cación de este aviso.P/AC/ (22986)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1135641 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publi-cación de este aviso.P/AC/ (22986)NR

BANCO PROCREDIT S.A. pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida de la libreta de la cuenta de ahorros número 1901011618682 de VILLARREAL BRIONES MARIA JOSE, con Cedula de Identidad 1724920275P AC/23054/tf===========Se procederá anular el formula-rio de cheques numerado desde 001154 de la cuenta corriente No. 22030066973 de Banco Procredit S.A., perteneciente a Ayala Guadalupe Eugenia CC 1705205597 que se encontraren sin valor y sin beneficiario. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los sesenta días pos-teriores a la última publicación.P AC/23053/tf=========BANCO PROCREDIT S.A. pone en conocimiento del público, la anulación por pér-dida del Certificado a Plazo Fijo No. 0059139 Cta. No. 060201024592-0 del señor Vaca Espin Maria de los Angeles CI 1710828110P AR/94238/cc======BANCO PROCREDIT S.A. pone en conocimiento del público, la anulación por pér-dida del Certificado a Plazo Fijo No. 0073352 Cta. No. 0060201025046-9 del señor Villena Solano Elsa Beatriz CI 120152770-0P AR/94239/cc

ANULACIONES VARIAS

Yo Anton Vereshchagin pongo en conocimiento la pérdida de la póliza número 11152288013 que fue extraviada y a su vez esta póliza fue anteriormente anuladaP AR/94370/c========Perdida de Libreta de Ahorros, 29 de Octubre. Nro. C. 4501424601 pertenece America Figueroa.P AC/23087/tf===========Anulo libreta de Ahorro, Cooperativa Alianza del Valle No. Cta. 40401000747-7, perte-nece a Jorge Fabian Guasumba GUallichico.P AC/23089/tf========TEMPUR PEDIC ECUADOR informa que las facturas # 3982-3897-3898-3899 se extraviaron.P.A.P/58487/p.n========Se anula por pérdida la póli-za No. 55803093 y también la libreta de ahorros No. 20561889 perteneciente a la señora FANNY MOSQUERA de la Mutualista Pichincha.P.A.P/58484/p.n=====

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RevistajudiCial

LUNES 10 de FeBReRO de 2014La Hora QuitO, eCuadOR

Lo sabe todo, absolutamente todo. Figúrense lo tonto que será.

U na m U n o , m i g U e l d e

BANCO DEL AUSTRO

BANCO PROMERICA

BANCO INTERNACIONAL

BANCO PROCREDIT