Instructivos Centros Agrícolas Cantonales

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Instructivo para inscribir Centros Agrícolas Cantonales, Federaciones y Confederación Ley Nº. 7932. Reforma de la Ley Nº. 4521, Establecimiento de los Centros Agrícolas Cantonales y su Reglamento (Decreto Ejecutivo Nº.30629-MTSS-MAG) Departamento de Organizaciones Sociales Direcci ón de As untos Lab ora les

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Instructivo para inscribir Centros Agrícolas Cantonales, Federaciones y Confederación 

Ley Nº. 7932. Reforma de la Ley Nº. 4521,Establecimiento de los

Centros Agrícolas Cantonales y su Reglamento(Decreto Ejecutivo Nº.30629-MTSS-MAG)

Departamento de Organizaciones SocialesDirección de Asuntos Laborales

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Requisitos para inscribir la constitución de centrosagrícolas cantonales, federaciones y confederación (arts.17,18,36,48,51,52 de la

Ley, 18,21,28,29,35 y 45 del Reglamento)

1) Acta de asamblea constitutiva, en la que conste al menos lo siguiente:

a) Fecha de celebración, el nombre con dos apellidos y número de cédula de las personasconstituyentes, que en este acto deben ser como mínimo 50 (este listado puedepresentarse en documento aparte señalando los aspectos citados);

b) Aprobación del Estatuto, el cual debe contemplar lo señalado en los arts. 2 y 18 delCódigo de la Niñez y Adolescencia, en cuanto al derecho de asociación y participación en latoma de decisiones, de los menores de edad mayores de 15 años;

c) Nombramiento de directores, suplentes y órgano de fiscalización, con señalamiento delnombre con sus dos apellidos, número de cédula y demás calidades;

2) Domicilio del centro agrícola u organización de grado superior y señalar lugar para atender 

notificaciones.

3) Acta de sesión de integración de la Junta Directiva, en la que conste, la fecha de realización,la asistencia y la respectiva integración, la cual debe estar de acuerdo con los puestosestablecidos en el estatuto;

4) Cuando se trate de la constitución de federaciones o de la confederación, además de loanterior, deben presentar los acuerdos de cada uno de los centros agrícolas o federaciones,según se trate, en los que conste el acuerdo de participación en el acto de constitución, asícomo la designación de los representantes;

5) Todos los documentos deben presentarse con la firma en original del Presidente de la JuntaDirectiva y no requieren de autenticación de firmas, pero si los aportan con esta característica,deben cumplir con todas las formalidades que implica el acto de autenticación para elprofesional (cada autenticación debe contener, la firma, el sello y el timbre del Colegio deAbogados). Si la documentación es presentada mediante escritura pública o protocolizacióndel acta, deben cumplir con todas las formalidades que el acto implica.

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Requisitos para inscribir nombramientos de Junta Directiva, ComitéFiscalizador, nómina y reformas estatutarias de los centros agrícolas

cantonales, federaciones y confederación (arts. 17,18,29,34,35, de la Ley y19,21,22 y 47 del Reglamento)

1) Acta de asamblea o transcripción en lo conducente, en la que conste al menos:

a)Fecha de celebración, convocatoria en que se celebró (primera o segunda) y número deasistentes;

b) Nombramiento de directores, suplentes y órgano de fiscalización, con indicación delnombre con sus dos apellidos, número de cédula y demás calidades.

2) Nómina de afiliados (nunca menos de 50), con indicación de la fecha exacta a la quecorresponde;

3) Acta de la sesión de integración de la Junta Directiva y del órgano de fiscalización, en la queconste el nombre con dos apellidos, número de cédula y el puesto designado de acuerdo con loestablecido en el estatuto;

4) Cuando se trate de modificaciones al estatuto:

a) Preferiblemente, deben incluirse dentro del contenido del acta de la asamblea,especificando, el texto completo del o los artículos reformados, tal y como quedaronaprobados, incluyendo todos los incisos si los tuviere. Si no incluyen el texto dentro delcuerpo del acta, deben aportar documento aparte, en el que se especifique lo señalado;

b) Cuando la reforma, afecte aspectos relativos a las condiciones de afiliación,participación y requisitos para la elección, deben tener presente la condición especial delos menores de edad, según lo indicado en los arts. 2 y 18 del Código de la Niñez yAdolescencia;

5) Cuando se trate de una reorganización de Junta Directiva por los supuestos señalados en elartículo 19 del Reglamento, deben presentar el acta de la sesión de la Junta Directiva o en loconducente, suscrita con las firma en original del Presidente, en la que se indique la fecha derealización, asistencia, causas de la reorganización (renuncia u otros), el rige de la situaciónque se trate y la nueva integración;

6) Todos los documentos citados, deben ser suscritos con la firma en original del Presidente yno se requiere de la autenticación de firmas, pero si son presentados con esta característica,cada autenticación debe contener la firma, sello y timbre del Colegio deAbogados;

7) Aportar el número de cédula jurídica, para que el Departamento pueda verificar que laorganización en su condición de patrono esté al día en el pago de sus obligaciones con laCCSS, ya que si existe morosidad, no se podrá realizar la inscripción hasta que se pongan aldía y presenten documento idóneo (art.74 de la Ley Constitutiva de la CCSS).

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Requisitos para tramitar la disolución de centros agrícolas cantonales,federaciones y confederación

(arts. 60,61,63 de la Ley y 44,49,58 y 59 del Reglamento)

1) Copia del acta de la asamblea o transcripción en lo conducente, con indicación de fecha decelebración, número de asistentes, convocatoria en que se realizó (primera o segunda), en laque conste el acuerdo de disolución y la votación obtenida para tal efecto;

2) Nómina de afiliados a la fecha de la asamblea para comprobar la votación del acuerdo dedisolución;

3) Todos los documentos citados, deben ser suscritos con la firma en original del Presidente yno se requiere de la autenticación de firmas, pero si son presentados con esta característica,cada autenticación debe contener la firma, sello y timbre del Colegio de Abogados. Si ladocumentación es presentada mediante escritura pública o protocolización del acta, entoncessi deben cumplir con todas las formalidades que implica;

4) Aportar el número de cédula de persona jurídica, para que el Departamento pueda verificar que la organización en su condición de patrono esté al día en el pago de sus obligaciones con laCCSS, ya que si existe morosidad, no se podrá realizar la inscripción hasta que se pongan aldía y presenten documento idóneo (art.74 de la Ley Constitutiva de la CCSS).

Para mayor información:Teléfonos: 2542-0004 (directo) ó 2542-0000

(central)Fax: 2256-0050

Correo electrónico:[email protected] ó

[email protected] 

Sitio web: www.mtss.go.cr