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1 Importaciones informales, menores a USD 1.000.- FOB a través de Empresas Courier Dominique Guajardo Lorca Yosseline Durán Olguín 1 RESUMEN El presente trabajo de investigación, está orientado a aquellas personas naturales o jurídicas que realizan una importación a través de una empresa Courier, poco familiarizadas con los costos asociados de ésta, así como de sus aspectos legales. El fácil acceso a las compras por internet, ha permitido al usuario tener un poder adquisitivo mayor que años anteriores, pero no así conocer los verdaderos costos asociados. La apertura al mundo, saber en tiempo real lo que sucede en otro continente y el bajo costo de un producto de igual o similares características, atrae al consumidor a comprar en el extranjero pero sin comprender el cómo llegará, en qué condiciones o bajo qué regímenes. Tras esta problemática es que se hará un seguimiento al proceso de importación de mercancías a través de una empresa Courier, para así otorgar una guía de fácil compresión para el usuario. Además, se pretende dar una visión de las disposiciones legislativas referentes a las Retenciones Aduaneras efectuadas a los embarques inferiores o iguales a USD 1.000.-FOB como también, disponer de una guía práctica de los posibles impedimentos al ingreso de las mercancías a Chile. PALABRAS CLAVES: Importaciones, Courier, FOB, aduana, retenciones aduaneras. ABSTRACT The present research is oriented to the people or firms that import through a courier company, and who are not familiar with the costs and legal aspects of such endeavors. The easy purchasing access through the Internet has allowed the user to have a greater purchasing power than prior years; however, the associated costs are not well known. The opening to the world, knowing in actual time what is happening in 1 Administradoras de Negocios Internacionales, por la Universidad de Valparaíso.

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Importaciones informales, menores a USD 1.000.- FOB

a través de Empresas Courier

Dominique Guajardo Lorca

Yosseline Durán Olguín1

RESUMEN

El presente trabajo de investigación, está orientado a aquellas personas naturales o

jurídicas que realizan una importación a través de una empresa Courier, poco

familiarizadas con los costos asociados de ésta, así como de sus aspectos legales.

El fácil acceso a las compras por internet, ha permitido al usuario tener un poder

adquisitivo mayor que años anteriores, pero no así conocer los verdaderos costos

asociados. La apertura al mundo, saber en tiempo real lo que sucede en otro

continente y el bajo costo de un producto de igual o similares características, atrae al

consumidor a comprar en el extranjero pero sin comprender el cómo llegará, en qué

condiciones o bajo qué regímenes. Tras esta problemática es que se hará un

seguimiento al proceso de importación de mercancías a través de una empresa

Courier, para así otorgar una guía de fácil compresión para el usuario.

Además, se pretende dar una visión de las disposiciones legislativas referentes a las

Retenciones Aduaneras efectuadas a los embarques inferiores o iguales a USD

1.000.-FOB como también, disponer de una guía práctica de los posibles

impedimentos al ingreso de las mercancías a Chile.

PALABRAS CLAVES: Importaciones, Courier, FOB, aduana, retenciones aduaneras.

ABSTRACT

The present research is oriented to the people or firms that import through a courier

company, and who are not familiar with the costs and legal aspects of such

endeavors.

The easy purchasing access through the Internet has allowed the user to have a

greater purchasing power than prior years; however, the associated costs are not

well known. The opening to the world, knowing in actual time what is happening in

1 Administradoras de Negocios Internacionales, por la Universidad de Valparaíso.

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other continents and the low cost of a product of similar features are appealing to

the consumers to buy from abroad, not knowing in what conditions the product will

arrive or under what regimes. Due to this, a follow up to the import process will be

done through a courier company in order to provide an easy to understand guide to

the user.

Besides, this work is meant to provide a vision of the custom legislative dispositions

on the shipments below US$ 1.000 FOB and a practical guide of the possible

restrictions on the incoming goods to Chile.

KEYWORDS: Export, Courier, FOB, custom, customs delays.

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A fines de los años ochenta y comienzo de los noventa, con la creación de un concepto

llamado Word Wild Web (www) se masifica el internet, creando un acceso mundial a

la información y comunicación sin precedentes.

Gracias a estas bases es que en la actualidad el usuario tiene conocimiento, en tiempo

real, de lo que sucede en otro país, incluso en otro continente. De acontecimientos que

marcan la historia, como el último terremoto ocurrido en China el 22 de julio del

presente año; conversar con personas que se encuentran en otro continente, como

también efectuar compras por internet, conocido internacionalmente como e-

commerce o comercio electrónico, que consiste en la compra y/o venta de productos

y/o servicios a través de internet.

Debido a la rapidez de las transacciones comerciales y el ahorro de tiempo y dinero,

las compras por internet se convierten en una gran y atractiva alternativa. Es aquí

donde el comercio a través de las Empresas Courier o envío rápido, toman una

importante relevancia en los tiempos de transito ofrecido cuando el proveedor se

encuentra en un continente distinto al comprador.

Es por ello que, al momento de comprar por sitios web como amazon.com, es que

llegamos a las Empresas Courier. Empresas que cuentan con la característica de

envíos rápidos de mercancías y/o documentos, las que están dispuestas a ofrecer un

servicio de velocidad, especialización y seguridad en la puerta del destinatario. Es por

lo anterior que éstas pasan a ser un elemento fundamental en este proceso, ya que el

principal atractivo es la entrega rápida del producto adquirido.

Es importante destacar que las Empresas Courier no solo prestan servicio a los

usuarios que compran por internet, sino que también a aquellas personas naturales o

jurídicas que necesiten enviar mercancía y/o documentación, tanto nacional como

internacional.

Como está estipulado en la Normativa Aduanera chilena, estas Empresas cuentan con

la siguiente definición “Declárese como mercancías de despacho especial, aquellas

enviad desde y hacia Chile con entrega rápida, median la utilización de los servicios

prestados por Empresa normalmente denominadas Empresas Courier, cuyo giro

principal consista en la expedita recolección, transporte, por vía aérea y terrestre,

entrega, localización y mantenimiento del control de documentos, material impreso,

paquete y otras mercancías durante todo el suministró del servicio”.

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La globalización ha permitido la expansión de infinidades de potenciales mercados

tanto en el ámbito de las importaciones como de las exportaciones, siendo la primera,

donde menos información se encuentra de cómo se deben realizar y las posibles

retenciones que pueden tener el ingreso de productos a través de las Empresas

Courier en cuanto a la mercancías menores o iguales a USD1.000.- FOB.

Cuando la mercancía es importada por la Empresa Courier, la mayoría de los

consignatarios -compradores- no tienen conocimiento de ciertos pagos que deben

efectuar. Asumen que, luego de pagar a través de la página de e-commerce, recibirán

la mercancía en su puerta.

Esto no es así, ya que ciertas mercancías pueden ser retenidas por el Servicio Nacional

de Aduana, incluso pueden efectuar Retenciones Aduaneras Anticipadas. Con el

crecimiento del mercado internacional a nivel mundial y el acceso de millones de

productos por internet es que ha aumentado esta fiscalización; en el caso de las

Retenciones Aduaneras Anticipadas, antes que la mercancía llegue a territorio chileno.

Es por lo anterior que Chile ha determinado que todos los productos menores a

USD30.- FOB no tengan restricciones por otros organismos para ingresar, como el

Servicio Agrícola y Ganadero o el Seremi de Salud. Éstos podrán ingresar al país sin el

pago de Impuestos y Derechos Aduaneros si el Servicio Nacional de Aduana lo

permite.

Pero se encuentran excepciones a lo anteriormente señalado, pudiendo quedar

algunas disposiciones por parte de este organismo a algunos envíos cuando se realiza

la revisión anticipada de la Master2 entregado por las Empresas Courier; este

procedimiento se realiza a través de un sistema llamado ISIDORA, en donde se cargan

todas las guías aéreas asociadas a una Master en donde la Aduana Metropolitana

revisa y otorga un número de manifiesto, el cual es un correlativo otorgado a un

grupo de envíos que viene bajo un mismo vuelo.

Las retenciones que puede realizar un fiscalizador de Aduana cuando se “depura el

manifiesto” son las siguientes, de acuerdo a lo que faculta la ley con respecto a la

Potestad Aduanera.

“Potestad Aduanera: el conjunto de atribuciones que tiene el Servicio para controlar el

ingreso y salida de mercancías hacia y desde el territorio nacional y para dar el

cumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias que regulan las actuaciones

2 Master; número otorgado por la Aerolínea, en donde se transportará una determinada cantidad de guías aéreas.

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aduaneras. Queda también sujetas a dicha potestad las personas que pasen por la

fronteras, puerto y aeropuerto, y la importación y exportación de los servicios respecto

de los cuales la ley disponga intervención de la Aduana”3.

1. FÍSICO: cuando queda con esta retención se debe realizar una inspección

física de la mercancía una vez que arriba la mercancía a la Zona Primaria.

En esta revisión el Fiscalizador Aduanero puede dejar la mercancía libre del

pago de impuestos y derechos o solicitar más antecedentes de la

importación como el comprobante de pago para verificar que la factura

comercial con la cual arribo el envío, esta correcta.

2. ESCÁNER: se puede solicitar que el envío pase por un escáner para verificar

el contenido de éste ya que, con la información entregada por el proveedor

para la revisión anticipada no quedó claro el contenido. Cuando se realiza

la revisión el Fiscalizador podrá indicar si la carga quedó libre o con

retención por Factura Comercial.

3. DOCUMENTAL: es cuando Aduana Metropolitana indica en la revisión, que

la mercancía está con retención documental; esto significa que se debe

cancelar los Impuesto y Derechos Aduaneros correspondiente aun cuando

sea por USD1.-

4. LIBRE: es cuando se permite el ingreso de la mercancía sin pago de

impuestos y derechos y sin revisión de ésta. Es decir que, una vez que la

mercancía ingrese a la Zona Primaria, ésta sale de forma inmediata.

Además de las restricciones ya explicadas, también se encuentran las Retenciones en

Zona Primaria efectuadas por el Servicio Nacional de Aduana.

Como se indica en el Decreto con Fuerza de Ley de Hacienda 1/97 Art. 23; De acuerdo

a lo que indica la Ley, Aduana tiene la potestad absoluta en todo el territorio de la

Zona Primaria, siendo por lo anterior que puede realizar cualquier tipo de

fiscalización ya sea documental, física a la entrada, tránsito o salida de la mercancía de

la jurisprudencia Aduanera.

Siendo por lo anteriormente señalado que este organismo puede realizar cualquier

requerimiento adicional aun cuando la carga ya cuente con Declaración de Ingreso.

Los motivos pueden ser por el origen de la carga, valor declarado en la DIPS o por

presunción de posible subvaloración de mercancía.

3 Ordenanza de Aduana “Norma de procedimientos aduaneros” DFL Hacienda 1/97 Art. 2°.

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Cuando Aduana Metropolitana tiene alguna duda sobre el valor declarado de los

productos o sobre un producto declarado como muestra comercial, puede solicitar

una inspección física y documental al arribo del envío aun cuando de manera

anticipada hayan dejado el envío libre.

Las principales retenciones que se realizan en la Zona Primaria son dos y su manera

de entregar los antecedentes son los siguientes:

1. FACTURA VALOR COMERCIAL: estos antecedentes son solicitados cuando el

Fiscalizador Aduanero tiene alguna duda del valor real de la mercancía que

está ingresando.

La forma en que deben proseguir las Empresas Courier es la siguiente:

La Empresa Courier debe tomar contacto con el consignatario del envío e

indicarle el motivo por el cual su envío se encuentra retenido. Dentro de las

respuestas más repetitivas se encuentran las siguientes:

A. Que el valor declarado por el proveedor en la factura comercial es la

correcta; en este caso para poder comprobar que lo indicado por el

consignatario es lo correcto se debe presentar como antecedente el

comprobante de pago que acredite lo cancelado de acuerdo a lo que

indica la Resolución 4113. Que debe estar declarado en dicha

transacción el contenido de la importación.

Cuando se cuenta con el comprobante de pago, un encargado de la

Empresa Courier debe presentar los antecedentes ante Aduana

Metropolitana para que ellos determinen cómo se debe proceder. Si los

documentos solicitados son presentados antes de las 13:00 hrs., se

puede obtener la respuesta dentro del mismo día y si se presenta

después de las 13:00 hrs. se debe realizar la presentación de la

documentación al día siguiente hábil.

Dentro de las respuestas más comunes que otorga la Aduana

Metropolitana es que acepten el valor en la factura comercial con la cual

ha arribado la mercancía a Chile, dejando libre el envío si es menor a

USD 30.- FOB o pagando los Impuestos y Derechos Aduaneros

correspondientes.

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B. Si no se cuenta con el comprobante de pago se debe realizar una

presentación de una nueva factura comercial con el valor comercial,

pudiendo el Fiscalizador Aduanero aceptar dicho documento o

rechazarlo. Si se acepta la nueva documentación se debe realizar la

Declaración de Ingreso por el valor FOB determinado por el Servicio

Nacional de Aduana, realizando la DIPS con la cancelación de los

tributos correspondientes para la liberación de su envío.

2. ALZA DE VALOR COMERCIAL: el alza de valor es aquel que se realiza sobre el

valor ya declarado por el proveedor en la factura comercial.

Por ejemplo, llega al Aeropuerto Arturo Merino Benítez un embarque desde

China, de 50 camisetas deportivas y el valor declarado en la factura comercial

corresponde a USD15.- FOB, pero éstas no están mutiladas para ser

consideradas muestra comercial. En este caso el fiscalizador tiene la autoridad

para generar un alza de USD150.- valor FOB.

Esta alza de valor se puede generar de acuerdo a criterios de valoración,

llamados “Métodos y Criterios de Valoración”4 , los cuales son aplicados de

forma sucesiva, es decir, sólo si no se puede determinar el valor de la

mercancía con el primer método, se pasará al segundo y así sucesivamente.

Primer Método: valor de transacción. Este método es la norma

principal, es decir que de acuerdo a este valor, el Servicio Nacional de

Aduana debe basarse en el precio realmente pagado por el comprador.

Segundo Método: valor de transacción de mercancías idénticas. Cuando

no se puede determinar el valor de la mercancía con el primer método,

se pasa al segundo, el cual plantea que, el valor se establecerá de

acuerdo a un valor de transacción ya determinado por el Servicio

Nacional de Aduana para mercancías idénticas. Este valor debe hacer

referencia a mercancías ya vendidas, en un plazo no muy prolongado

para no perder la valoración de la mercancía.

Tercer Método: valor de transacción de mercancías similares. Cuando

no es posible determinar el valor de la mercancía a través del método

4 Según el Compendio de Normas. Capítulo 2: Valoración de Aduana de las Mercancías, 3. Métodos o Criterios de

Valoración y Aplicación Sucesiva, 3.1. Métodos y criterios de Valoración.

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anterior, el Servicio Nacional de Aduana determina su valor a través de

una transacción de una mercancía similar.

Y como en el criterio anterior, este valor debe hacer referencia a

mercancías ya vendidas, en un plazo no muy prolongado para no perder

la valoración de la mercancía.

Cuarto Método: método deductivo o procedimiento sustractivo. Si en el

método anterior no es posible establecer el valor de la mercancía, se

utiliza el cuarto método, en donde se determina el valor sobre el precio

de venta unitario del producto. Deduciendo también derechos y

gravámenes del Servicio Nacional de Aduana, transporte, seguros y

posibles gastos de importación.

Quinto Método: el valor reconstruido o procedimiento aditivo. Si en el

método anterior no se puede establecer el valor de la mercancía, se pasa

al quinto método el cual establece que el valor reconstruido se

determinará sumando los costos de producción de la mercancía, más

otro porcentaje que simula los beneficios y gastos generales que suelen

añadirse a la venta de la mercancía o un valor similar al de productores

del país de exportación en operaciones de importación a Chile.

Sexto Método: método del último recurso. Cuando el valor de la

mercancía no se puede determinar por los métodos anteriores, el

Servicio Nacional de Aduana tendrá la facultad de determinar el valor de

la mercancía usando de manera flexible y/o complementaria los

métodos anteriores de Valoración de las Mercancías.

En lo anteriormente señalado el consignatario del envío cuenta con dos opciones; la

primera es aceptar el alza impuesta, previa confirmación por correo electrónico y se

realiza el pago de los impuestos por este valor indicado y con un flete teórico para

confeccionar el valor CIF.

La segunda opción es apelar a esta alza; la que sólo se puede realizar presentando

ante el Servicio Nacional de Aduana el comprobante de pago que acredite que el valor

cancelado es inferior al del alza impuesta. En esta apelación no se puede presentar

una nueva factura comercial con un valor inferior.

Las Retenciones Aduaneras se basan principalmente en la Potestad Aduanera, ya que

el Servicio Nacional de Aduana tiene la facultad absoluta de solicitar todos los

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antecedentes que se estimen necesarios para verificar la información entregada en la

Declaración de Ingreso y/o verificar físicamente el contenido de un envío.

Respecto a estas retenciones y otras inquietudes del consignatario es que

finalizaremos con algunas respuestas de aclaración.

a. ¿Qué es la posible subvaloración?

La subvaloración corresponde a la posibilidad de que el valor declarado por el

proveedor no sea el correcto y que el efectivamente ha sido cancelado al

proveedor en origen.

El criterio tomado por el fiscalizador se basa en los métodos de valoración.

b. ¿Qué es el comprobante de pago?

El comprobante de pago, es el documento que acredita el pago a su proveedor,

éste puede ser a través de una transferencia bancaria, Swift, pago con tarjeta de

crédito, paypal o envío de dinero. Cuando el comprobante de pago no entrega

los detalles (valor de la mercancía y flete cancelado) de la compra realizada,

como es el caso del envío de dinero, el importador deberá presentar la factura

comercial que acredite el valor del producto y flete internacional, el que debe

coincidir con el envío del dinero efectuado al proveedor.

c. ¿Por qué tengo que pagar impuestos si ya cancelé por el producto cuando

realicé la compra por internet?

Cuando se realiza una compra a través de internet existen dos opciones,

cancelar los impuestos de forma anticipada -donde el envío arriba al país con

cláusula DDP- o se cancelan los impuestos al ingresar al país -clausula DDU-. La

gran mayoría corresponde a envíos con cláusula DDU.

En Chile, todos los productos que ingresan vía Courier deben cancelar

impuestos y derechos si corresponden, independiente de su valor FOB.

En ocasiones, se eximen del pago de éstos, los envíos de valores inferiores, los

menores de USD30.-

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d. ¿Por qué se aplica flete teórico?

Los cálculos de los impuestos se realizan bajo la cláusula CIF. Si en la factura

que acompaña al envío no está detallado el flete cobrado, se realiza un cálculo

teórico que es utilizado para realizar el pago de los impuestos.

El flete teórico es calculado bajo estándares de cada empresa Courier, el cual no

está establecido (pero este depende de la distancia y el volumen y/o peso del

envío).

e. ¿Si es un regalo por qué debo cancelar impuestos?

Para que un envío sea considerado como un regalo debe cumplir con ciertos

criterios. Por ejemplo, debe venir de un particular a otro y tener un valor

inferior a USD50.-

El hecho de que la compra haya sido realizada con el fin de ser regalado

posteriormente esto no los exime del pago de los impuestos y derechos.

f. ¿Si lo declaré como muestra, por qué debe cancelar impuestos?

Para que una muestra no cancele impuestos, debe venir declarado con un valor

inferior a USD30.-Parámetro que maneja el Servicio Nacional de Aduana para

concepto de mercancía libre de impuesto y con algún defecto que impida la

comercialización. Por ejemplo, la ropa debe venir mutilada o rasgada, en el caso

del calzado debe venir con un orificio en la planta de unos 8 milímetros como

mínimo.

En el caso de materiales complementarios para un producto final, por ejemplo

unos tornillos, dependerá del Fiscalizador a cargo, cuántas unidades

considerará como muestra; en el caso que este envío corresponda a 30 Kilos

éste no será considerado como muestra por la cantidad, ya que ésta podría ser

comercializada.

g. ¿El Servicio Nacional de Aduana puede abrir mi envío?

El Servicio Nacional de Aduana tiene la facultad absoluta de realizar cualquier

tipo de inspección mientras se encuentre bajo su potestad, esto incluye toda la

Zona Primaria.

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h. ¿Qué es Zona Primaria?

Zona Primaria es el territorio Aduanero Nacional, habilitado por el Servicio

Nacional de Aduana para la recepción, cargue, descargue, almacenamiento y

movilización de las mercancías. El Servicio Nacional de Aduana tiene la

potestad absoluta dentro de este territorio, para poder abrir un envío o

requisarlo si así lo estima conveniente.

En el caso de la Región Metropolitana, la Zona Primaria es todo lo que comprende el

Aeropuerto SCL.

i. ¿El Servicio Nacional de Aduana puede retener mi envío?

El Servicio Nacional de Aduana puede retener un envío a la entrada, tránsito y

salida de mercancía por la Zona Primaria. El tiempo de retención del Servicio

Nacional de Aduana puede llegar a ser por un tiempo indeterminado y una de

las razones por las cuales podría retener un envío es contrabando.

j. ¿Qué mercancías pueden ingresar a Chile sin el pago de Derechos de Aduana e

impuestos?

Las mercancías son: el equipaje de viajeros -todo equipaje de viajero que haya

ingresado a Chile en menos de 120 días- y mercancías declaradas como

muestra.

k. ¿Si traigo medicamentos de origen natural, necesitan alguna autorización

especial?

En Chile todos los medicamentos, independiente de su origen ya sean natural o

de composición química, necesitan la autorización por parte del Seremi de

Salud, la que es otorgada con una receta médica de un médico tratante en Chile.

La receta debe estar firmada y timbrada por el médico y la cantidad importada

no puede exceder la cantidad prescrita.

l. ¿Las empresas Courier están autorizadas para hacer regímenes especiales?

Las empresas Courier sólo están autorizadas a realizar régimen general. Todos

los regímenes especiales deben ser realizados a través del Servicio Nacional de

Aduana o a través de una Agencia de Aduana, en representación del

importador.

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m. ¿Qué es el Régimen General?

El Régimen General de importaciones, es el que se aplica en la Declaración de

Ingreso que está afecto a pago de Derechos de Aduana, correspondiente al 6%.

Siendo por lo anterior que el Régimen General puede ser realizado tanto por

las empresas Courier como por las Agencias de Aduana, según corresponda.

n. ¿A qué se refiere con examen físico?

“El examen físico consiste en el reconocimiento material de las mercancías”5, es

decir que, el fiscalizador de Aduana o en su defecto un funcionario de la

empresa Courier en presencia de un Agente Aduanero, abre el bulto para

corroborar que lo declarado sea lo mismo que está en el envío.

o. ¿A qué se refiere con revisión documental?

“La revisión documental consiste en examinar la conformidad entre la

declaración y los documentos que le sirvieron de base”6, es decir que, lo

declarado debe ser lo mismo que lo presentado.

p. ¿A qué se refiere con aforo?

“El acto de aforo constituye una operación única que consiste en practicar en una

misma actuación el examen físico y la revisión documental”718, es decir que el

Agente de Aduana o en su defecto un funcionario de DHL Express en presencia

de un agente aduanero abre el bulto y corrobora con la documentación enviada

por el consignatario que sea lo que se está declarando.

q. ¿Por qué tengo que cancelar impuestos si la mercancía la declaré como

garantía?

Las garantías corresponden a acuerdos comerciales entre el consignatario y el

proveedor y los precios no son válidos para efectos aduaneros.

5 Según Ordenanza de Aduanas –Libro II, Título V Destinaciones aduaneras, artículo 84 .DFL Hacienda 1/97 Art. 90, en relación a Examen Físico. 6 Según Ordenanza de Aduanas –Libro II, Título V Destinaciones aduaneras, artículo 84 .DFL Hacienda 1/97 Art. 90, en

relación a Revisión Documental. 7 Según Ordenanza de Aduanas –Libro II, Título V Destinaciones aduaneras, artículo 84 .DFL Hacienda 1/97 Art. 90, en

relación a Aforo.

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No es válido ingresar un producto por un valor inferior al comercial o real

porque sea garantía, la factura que acompañe a dicha importación deben venir

con los valores reales.

r. ¿Cómo se tramitan para personas naturales los alimentos cuyo peso es inferior

a 20 Kilos?

Las presentaciones ante el Seremi de Salud son documentales, ya que este

organismo no cuenta con oficinas en Zona Courier, por lo tanto cuando se

solicita la autorización de ingreso de un determinado producto alimenticio, se

debe presentar lo siguiente:

Documentación base del producto importado –guía aérea manifestada y

factura comercial-.

Declaración de responsabilidad sobre el contenido importado por parte del

consignatario o importador.

Ficha técnica o información nutricional del producto importado.

Con estos antecedentes se puede obtener la autorización de ingreso.

s. ¿Qué es la guía aérea manifestada?

La guía aérea manifestada es aquella que cuenta con todos los antecedentes

tanto del consignatario, como del consignante.

Debe incluir además el número de manifiesto, fecha del manifiesto, peso de la

carga, valor declarado para Aduana y flete total del envío.

t. ¿Cómo se calcula el seguro para realizar el pago de impuesto?

Para confeccionar el valor CIF es necesario obtener el valor del seguro

internacional de transporte, sí este no se encuentra expresado en la factura

comercial o documentación que acompañe al embarque se realiza un cálculo

teórico de éste de acuerdo a lo indicado en el Compendio de Normas

Aduaneras.

“En igual forma, se procederá en caso que el seguro se encuentre expresado en

forma global, considerando lo señalado en el certificado de seguro o factura

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comercial. A falta de éstos, la prima de seguro se estimara en un 2% del valor

FOB de la mercancías” 8

u. ¿Cómo se calculan los impuestos?

Los impuestos se calculan sobre la base CIF (Costo, Seguro y Flete).

Sobre esta base se efectúa el cálculo del arancel (6%), luego se suma el CIF más

Arancel y sobre esta sumatoria se realiza el pago de impuesto (IVA) en el caso

de Chile es el 19%.

CONCLUSIONES

El desarrollo de las importaciones en Chile ha crecido considerablemente en estos

últimos años, debido a los TLC y acuerdos comerciales o bilaterales que se ha

obtenido gracias a la estabilidad observada en el país, tanto económica como

política. Además la era tecnológica permite una forma distinta de desarrollar el

comercio internacional.

En este ámbito, la comunicación y la accesibilidad a la información vía

internet son elementos fundamentales para el intercambio comercial, pues cada uno

de ellos representa un pieza esencial en el proceso de comercio internacional,

finalizando con la incorporación de las empresas Courier a este nuevo sistema de

intercambio.

Las empresas Courier han logrado rapidez y seguridad en el manejo de los

envíos ya que a través de éstas se puede visualizar cada movimiento de una

importación, ya sea de la salida desde el puerto de embarque hasta el proceso de la

entrega en el domicilio.

El personal de las empresas Courier, debe adquirir todo el conocimiento

respectivo a los TLC u otros similares, así como también de los requerimientos por

parte de SNA para las distintas mercancías que quieran ingresar al país. Además de

conocer los sistemas por el cual el SNA entrega la información de las retenciones

8 Servicio Nacional de Aduana [En línea] // www.aduana.cl. - 23 de 07 de 2013.

http://www.aduana.cl/aduana/site/artic/20070216/pags/20070216135454.html.

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anticipadas a las empresas Courier, en este caso ISIDORA. Esto es para evitar malas

clasificaciones arancelarias o entregar información errónea de las retenciones de

otros organismos gubernamentales a las empresas Courier.

De esta forma las empresas Courier ocupan un rol fundamental dentro de las

importaciones efectuadas vía internet, pues si estas empresas no existiesen muchas

de las transacciones comerciales internacionales no podrían ser efectuadas con

rapidez y confiabilidad. Es importante destacar que estas empresas también realizan

el envío de documentación transcendental para realizar un acuerdo comercial entre

dos empresas cuyo propósito es iniciar o finalizar un acuerdo.

Este informe es apto para los importadores, ya sean personas naturales o

jurídicas, que ingresen productos vía Courier a Chile menores a USD1.000.- FOB, con

el cual podrán ser guiados en las posible Retenciones Aduaneras que puedan tener al

momento de ingresar producto a Chile independiente del origen de la mercancía.

Basándonos en la investigación realizada por medio de experiencia laboral,

entrevista con expertos en el tema y aportes personales, podemos concluir lo

siguiente:

Las empresas Courier comprenden a todas aquellas empresas que presten

servicio de transporte de mercancía o documentos de un país a otro.

Pudiendo ésta tramitar DIPS ante el SNA hasta un valor FOB de USD1.000.-

A pesar que el servicio de transporte aéreo sea considerablemente más caro

que otros, los usuarios están dispuesto a cancelar las tarifas

correspondientes, por la rapidez y confiablidad que éstos le otorgan.

La tecnología ha permitido un crecimiento importante en Chile de las

importaciones vía aérea, principalmente por parte de particulares que

obtiene beneficios gracias a la conectividad.

Que el SNA tiene la potestad absoluta sobre toda mercancía que se encuentra

en la Zona Primaria pudiendo solicitar todos los antecedentes necesarios para

verificar si la información documental concuerda con la inspección física que

se pueda solicitar.

Que las Retenciones Aduaneras son comúnmente realizada por posible

subvaloración de la mercancía, pero que esta si puede ser ingresada a país

entregando todos los antecedentes correspondientes al embarque, ya sea guía

aérea manifestada, factura comercial y comprobante de pago, que acredite

que los valores señalados en la factura comercial son los correctos.

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Que la gran mayoría de los productos que se ingieren o que tenga contacto

con el ser humano tiene que ser autorizados para su ingreso por el Seremi de

Salud y los de origen animal o vegetal por el SAG.

Que cualquier importados, puede realizar un cálculo aproximado del valor a

cancelar en cuanto a los impuestos y derechos a pagar, si cuentan con el valor

CIF correspondiente a su importación.

De acuerdo a la información entregada por ATREX, DHL Express cuenta con la

mayor participación de mercado en Chile, tanto en documentos importados

como en carga.

Al realizar este trabajo, las autoras se han percatado del poco o casi nulo

conocimiento por parte de importadores particulares, de los proceso de internación

de un producto a Chile, es normal que se crea que al comprar un producto por

internet llegue a su domicilio sin cobros extras asociados, ya que no se considera que

todo producto que ingresa a nuestro país vía Courier está afecto de pago de

impuestos y Derechos de Aduana.

Es por lo anterior que se analizaron las posibles Retenciones Aduaneras que

se puedan producir en Zona Primaria y la importancia de guardar todos los

antecedentes de dicha importación para ser presentados, si se requieren por la

empresa Courier o SNA.

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