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I)EL ESTADO TÁCHIRA D.L 16-423 P P AÑO CV - San Cristóbal , 06 de Junio de! 2006 - Número Extraordinario 1760 LEY DE 15 DE ABRIL DE 1 948 numeración comda. debiendo ser distintas las que correspondan a una y otra clase de tales publicaciones ART II.- LA GACETA OFICIA! DEL ESTADO 1 AC IRA. creada por )ecreto Ejecutivo del 13 de Diciembre 'Ir 1 `+OI continuará edi .ándese con el mismo nombre en la Imprenta del Estado 4117 12.- LA GACETA OFICIAL DEI ESTADO TACHIdtA, se publicará los días sobados de cada semana, sin pequrcio de que se edites números extraordinarios , siempre que fuere neceamos: v deb rán insertarse en ella sin retardo, los actos oficiales que hayan J e publicarse Todos los aúne os ordinanos como los extraordinarios de la GACETA OFICL L DEL ESTADO 1 '\c HIRA llevarán REP tJCA BOLIV 1RIANA DE VENEZUELA ESTADO TÁCHIRA CONSEJO LEG SLATIVO ESTADAL LE' DE LA CONTRALORÍA DEL ESTADO 'A(-'-+IRA EXPOSICk N DE MOTIVOS La Corstitsción de le Republica Bollvanana de Venezuela obliga acá izar y ajustar a os nuevos paradigmas todo el ord inamiento lut Idtco existente y en el escenario de k s Estados se deber dictar nuevas leyes estadalrs para la organlzaclon v funcionamiento de sus poderes públicos pues ta estructura y funcionarme - rito de los entes v organos que lo conforman , deis n estar en correspondencia con los y p mapios establecidos en la Carta Magna . El Pocer Legislativo del Táchira preíer+ie ore enlt-s y órganos estadales que actúen den~m del recto ejercicio de ¡a función pública; que sean Vis, eficaces, oportunos y tansparenttes y a tenor de lo previsto en el articulo 163 Cor>sttitic mal, la presente Ley regula la a^+glerrRSción y f nr+ciona Mento de la Contraloría del Estado Táctrira, ' que gc zará de autonomía orgánica y funcionar, congo lo Hierra el artículo ut supra. EJ Ejecutivo del Esado, en-resolución dictada al efecto eatablcecrá el número de cjemplnes de que cm~ la edición 1 1 ART 13 En la GACETA OFICIA!. DEL ESTADO TACHIRA, se publicarán los actos de los poderes públicos que deban Inserte N aquellas cuyas uselusión sea considerada conveniente por el Ejecutivo M Estado ART 14 - Las Leyes, Decretos , Resoluciones y demás actos oficiales tendrán el carácter de públicos , por el solo hecho de aparecer en la GACETA OFICIAL DEL ESTADO TAC HIRA y los ejemplares de ésta tendrán fuerza de documento público Para que se encargue oe ejercer conmine al ordenamiento j urídico . ` el &~ . la violencia y 'a fiscalización de los ingresos , gastos y bienes estadialles ' siendo parte del Sistema Nacional ae Control Fiscal, cuyo objetivo fundamental es fortalecer la capacidad del Estado para que er forma eficaz . rápida y transparente , a través de st. ms c ionalidad orgánica, se cumpla el Principio de Legalidad en los procedimientos que regulan a aplicación y el empleo de los recursos públicos Esta Ley es por tamo. la norma prevista en la Constitución Bdivariana y en la Constitución dei Táchira para que la Contraloría del Estado ejerza el control fiscal siguiendo los procedimientos de ley concretos y simplificados, que permiten una sana y correcta administración pública estadas v a su vez Procesos ágiles y transparentes que verifiquen el apego a la legalidad , exactitud sinceridad as- como la eficacia. eficiencia , economía , calidad e impacto de las operaciones y de los resultados de la gestor de los organismos y entes de aquella , vale decir la administración pública estada!. sujetos al control Asimismo conforme a la Ley la Contralora del Estado Táchira puede determinar la responsabilidad de los funcionarios empleados , obreros o particulares que estén relacionados con el manejo de recursos públicos esstadales, con facultad de dictar medidas. previa autorización de la Contraloría General de la República , para evitar que quede Ilusoria la eOcución de la responsabilidad decretada o para evitar daño al patrimonio de los organos y entidades regulados por está Ley

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I)EL ESTADO TÁCHIRAD.L 16-423 P P

AÑO CV - San Cristóbal, 06 de Junio de! 2006 - Número Extraordinario 1760

LEY DE 15 DE ABRIL DE 1 948 numeración comda. debiendo ser distintas las quecorrespondan a una y otra clase de tales publicaciones

ART II.- LA GACETA OFICIA! DEL ESTADO1 AC IRA. creada por )ecreto Ejecutivo del 13 de Diciembre'Ir 1 `+OI continuará edi .ándese con el mismo nombre en laImprenta del Estado

4117 12.- LA GACETA OFICIAL DEI ESTADOTACHIdtA, se publicará los días sobados de cada semana, sinpequrcio de que se edites números extraordinarios , siempre quefuere neceamos: v deb rán insertarse en ella sin retardo, losactos oficiales que hayan Je publicarse

Todos los aúne os ordinanos como los extraordinariosde la GACETA OFICL L DEL ESTADO 1 '\c HIRA llevarán

REP tJCA BOLIV 1RIANA DE VENEZUELAESTADO TÁCHIRA

CONSEJO LEG SLATIVO ESTADAL

LE' DE LACONTRALORÍA DEL ESTADO 'A(-'-+IRA

EXPOSICk N DE MOTIVOS

La Corstitsción de le Republica Bollvanana deVenezuela obliga acá izar y ajustar a os nuevosparadigmas todo el ord inamiento lut Idtco existentey en el escenario de k s Estados se deber dictarnuevas leyes estadalrs para la organlzaclon vfuncionamiento de sus poderes públicos pues taestructura y funcionarme -rito de los entes v organosque lo conforman , deis n estar en correspondenciacon los y p mapios establecidos en laCarta Magna . El Pocer Legislativo del Táchirapreíer+ie ore enlt-s y órganos estadales queactúen den~m del recto ejercicio de ¡a funciónpública; que sean Vis, eficaces, oportunos ytansparenttes y a tenor de lo previsto en el articulo163 Cor>sttitic mal, la presente Ley regula laa^+glerrRSción y f nr+ciona Mento de la Contraloría delEstado Táctrira, 'que gc zará de autonomía orgánicay funcionar, congo lo Hierra el artículo ut supra.

EJ Ejecutivo del Esado, en-resolución dictada al efectoeatablcecrá el número de cjemplnes de que cm~ la edición 1 1

ART 13 En la GACETA OFICIA!. DEL ESTADOTACHIRA, se publicarán los actos de los poderes públicos quedeban Inserte N aquellas cuyas uselusión sea consideradaconveniente por el Ejecutivo M Estado

ART 14 - Las Leyes, Decretos , Resoluciones y demásactos oficiales tendrán el carácter de públicos , por el solo hechode aparecer en la GACETA OFICIAL DEL ESTADO TAC HIRAy los ejemplares de ésta tendrán fuerza de documento público

Para que se encargue oe ejercer conmine alordenamiento jurídico. `el &~ . la violencia y 'afiscalización de los ingresos , gastos y bienesestadialles' siendo parte del Sistema Nacional aeControl Fiscal, cuyo objetivo fundamental esfortalecer la capacidad del Estado para que erforma eficaz . rápida y transparente , a través de st.ms cionalidad orgánica, se cumpla el Principio deLegalidad en los procedimientos que regulan aaplicación y el empleo de los recursos públicosEsta Ley es por tamo. la norma prevista en laConstitución Bdivariana y en la Constitución deiTáchira para que la Contraloría del Estado ejerza elcontrol fiscal siguiendo los procedimientos de leyconcretos y simplificados, que permiten una sana ycorrecta administración pública estadas v a su vezProcesos ágiles y transparentes que verifiquen elapego a la legalidad , exactitud sinceridad as- comola eficacia. eficiencia , economía , calidad e impactode las operaciones y de los resultados de la gestorde los organismos y entes de aquella , vale decir laadministración pública estada!. sujetos al control

Asimismo conforme a la Ley la Contralora delEstado Táchira puede determinar la responsabilidadde los funcionarios empleados, obreros oparticulares que estén relacionados con el manejode recursos públicos esstadales, con facultad dedictar medidas. previa autorización de la ContraloríaGeneral de la República , para evitar que quedeIlusoria la eOcución de la responsabilidad decretadao para evitar daño al patrimonio de los organos yentidades regulados por está Ley

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PAGINA 02 GACETA OFICIAL DEL ESTADO TACHIRA

La presente Ley r^onsfa de 111 artículos, diabnibuidosen VI TítulosEl Titulo 1 dsnorninndo DisposicionesFundamentales , contiene once (11) Artículos en loscuales se define el objeto de la ley. la competenciagenérica de la Contraloría , su autonomíaadministrativa y funcional . loe órganos y entes delpoder público sujetos a la ley y los Principiosrectores del Contrd Fiscal en el Estado Táchira

El Titulo II denominado Organización yFuncionamiento de la ConV loría del Estado,contiene cuatro (4) capítulos. El Capítulo 1 define laorganización de la Contraloría del Estado y al titulardel órgano -Contralor o Candalora- en dos (2)Artículos el Capitulo II -Del Contralor o Contralora-en diez (10) Artk'ulos establece requisitos, modo dedesignación y atribuciones del titular del órganocontralor, el Capítulo 111 4» régimen presupuestariode la Contraerla del Estado- contiene 1 Artículo y elCapítulo IV -del Régimen de Personal- con cuatro(4) Artículos, define • el régimen legal de laadrm snrstración del personal, estabbce causales dedestitución y remite al Estatuto de Personal.

El Titulo Ili denominado Del Control Fiscal, estáconformado por seis (6) Capítulos El Capítulo icontiene las Disposiciones Generales en siete (7)Artículos. el Capitulo II trata sobre el Control Internoen siete (7) Artículos, el Capítulo III desarrolla loscontenidos del Cantal Externo en ocho (8) Artículosel Capitulo IV contiene las normas previstas sobreLas Cuentas en nueve ( 9) Artículos , el Capítulo Vprevé el Control de Gestión en dos (2) Artículos y elCapítulo VI contiene otras disposiciones sobreControl en siete (7) Artículos

El Titulo IV denominado Potestades deInvestigación . Responsabilidades , Reparos , MedidasPreventivas y Sanciones , está eséuclurado en siete(7) capítulos El Capítulo 1 prevé las potestades deinvestigación en cuatro (4) Artículos: el Capítulo 11desarrolla el tema de las Reepoen^ Hades ercinco (5) Artículos, el Capítulo ¡lo versa sobre losReparos en nueve (9) Articulas; el Capitulo i vcontiene en un (1) Articulo el ProcedimientoAdministrativo para la detemmnación deíespormabilidades. remiendo al contenido de'procedimiento correspondiente de la Ley Orgánicade la Contraloría General de la República y delSistema Nacional de Controlo Fiscal: el Capitulo Vestablece las Medidas Preventivas en dos (21Artículos. el Capitulo Vi contempla las Sanciones entres (3) Artículos y el Capitulo VII prevé laPrescripción de las acciones en dos (2) Articules .,.i

El Titulo V denominado De la ParticipacrorCiudadana . consta de ocho (8) Artículos donde seestab ece el deber del órgano contralor depromocionar la participación de desarrollarprogramas de educación y orienta~ en iormnaciórcontralora y establece modos de participación

El Título VI denominado Disposiciones Transitorias yFinales, contiene dos capítulos : El primero lasTransitorias , desarrolladas en tres (3) Artículos y e(segundo las Finales , explanadas en seis --(6)Artículos incluyendo la Disposición Derogatoria dela Ley vigente

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GACETA OFICIAL DEL ESTADO TACHIRA PAGINA 03

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAESTADO TACHIRA

CONSEJO LEGISLATIVO ESTADAL

En uso de sus atribuciones legales

DECRETA

La sigulnb:

LEY DE LACONTRALORÍA . DEL ESTADO TÁCHIRA

TITULO 1DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

Objeto de la leyArticulo 1.- La presente Ley tiene por objeto regularla competencia , organización y funcionamiento de laContraloría del Estado Táchira en su condición deórgano integrante del Sistema Nacional de ControlFiscal, de conformidad con la Constitución de laRepública Bolivariana de Venezuela y de la LeyOrgánica de• la Contraloría General de la República ydel Sistema Nacional de Control Fiscal

Principios RectoresAetfculo, 2.- La Contraloría del Estado Táchira seregirá en sus actuaciones por los principios deceleridad, objetividad, honestidad, eficacia.

r.. eficiencia. bilidad , rendición de cuentas.transparencia e imparcialidad en las actuaciones decontrol, sin enttabar la gestión de la administraciónpública

Competencia GeníricaArticulo 3.- Corresponde a -la Contraloría delEstado Táohira, en los términos consagrados en laConstitución de la República Bolivariana deVenezuela, en la Constitución del Estado Táchira, enla presente Ley y demás leyes que rigen la matera,el control, la vigilancia y la fiscalización de todoslos ingresos, gastos , bienes y gestión de losentes públicos del Estado, así como de lasoperaciones relativas a los mismos

Autonomía del órganoArIISWIo 4.- La Contraloría del Estado Táchira en elejercicio de sus funciones no está subordinada aningún otro órgano del Poder Público Estada¡, goza

de autonomía funcional, orgánica y administrativa. eigualmente de la potestad para dictar normasreglamentarias en las mabsrtas de su compsIencia

Principio de la PiarrlflcaeiónArtículo S.- La función de control a nivel estadalestará su)~ a una planificación que tomará encuenta los planteamientos y solicitudes de ¡osórganos del Poder Público Estada¡ , las denunciasrecibidas, los resultados de la gestión de controlanterior, así corno la situación administrativa. lasáreas de interés estratégico estadal y la dimensión yáreas criticas de los entes y órganos sometidos a sucontrol

Principio de CooperaciónArticulo 6 .- Los erres y órganos del sector públicolos servidores públicos y los particulares estánobligados a colaborar con la Contraloría del EstadoTáchira. y a proporcionarle las informacionesescritas o verbales . los libros, los registros y losdocumentos que les sean requeridos con motivo delejercicio de sus competencias Asimismo, deberánatender las citaciones , notificaciones vioconvocatorias que les sean formuladas

Principios de Objetividad e ImparcialidadArticulo 7.- Las funciones que la Constitución de laRepública Bolivanana de Venezuela . la Constitucióndel Estado Táchira y las Leyes, le atribuyen a laContraloría del Estado Táchira . deben ser ejercidascon objetividad e imparcialidad

Orientación de sus ActuacionesArticulo 8.- Las actuaciones de la Contraloría deiEstado Táchira, se orientarán a la realización deauditoras. inspecciones . fiscalizaciones exámenesestudios , análisis e investigaciones de todo tipo y decualquier naturaleza en los organismos y entidadessujetas a su control De igual modo verificará ¡alegalidad , exactitud y sinceridad as¡ como laeficacia . economía, eficiencia , calidad e impacto delas operaciones y de los resultados de la gestión delos organismos y entidades sujetas a su control

Ejercicio de Facultades segúnLeyes Tributarias Estadales

Articulo 9.- Corresponde a la Contraloría del EstadoTáchira de conformidad con las leyes tributariasestadaies, ejercer las potestades que le asigna la leysobre los contribuyentes responsables yparticulares que de alguna forma contratennegocien o celebren operaciones con cualquiera delos entes u organismos señalados en esta ley

Sujetos de la LeyArticulo 10.- Estarán sujetos a las disposiciones dela presente Ley y al control , vigilancia y fiscalizaciónde la Contraloría del Estado Táchira:

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PAGINA 04 GACETA OFICIAL DEL ESTADO TACHIRA

1 Los órganos dei Poder Público Estada1 ycualquiera de sus organismos,dependencias o servicios que ¡os intgran.

2 Los Institutos Autónomos y demás personasde Derecho Público Estada'

3 Las sociedades de cualquier naturaleza enlas cuales las personas a que se refierentos numerales anteriores tenganparticipación en su capital social. as¡ comolas que se constituyan con la participaciónde aqueas

4 Las Fundaciones . Asociaciones Civiles ydemás Instituciones creadas con fondospúblicos estadalas o que sean dirigidas porlas personas a que se refieren benumerales anMriores o en tos cuales talespersonas designen sus autoridades ocuando tos aportes $A ~- puestar os ooonbibuciones efectuados en un ejercicioprastrpueatario por una o varias personasde las sal !iatada en be numeralesanteriores representen el cincuenta porcierto (50%) o mis de su presupuesto

5 Las puso~ naturales o)uridicas que seancoo*ibuyenfes o responsables, deconformidad con b provisto en el CódigoOrgánica Tributario o que en cualquierforma oorAralen, negocien o celebrenoperaciones con cualesquiera de losorganismos o entidades mencionadas entos nwnarsles anteriores o que recibanaportas , subsidios . otras transferencias oincentivos fiscales, o que en cualquierforma intervengan en la adminisára~.martajo o cxusbodia de recursos públicos.

DeberesA tk lo 11.- La Contraloría del Estado Táchira y beentes y órganos sujetos a las disposiciones de estaLey en el ejercicio de sus funciones, deben

1 Ejercer la gestión fiscalizadora en todos tosestratos y niveles del control fiscal conobjetividad, observando en su actuación elapolitirrlo partidista

2 Ejercer bbcnicamente el ejercicio del controlfiscal.

3 Ser oportunos en el ejercicio del cm~fiscal, en la presentación de resultados y enla rendición de cuentes.

4 Ejercer el control fiscal con economía derecursos , de manera que su costo noexceda sobre tos beneficios esperados.

5 Promowsr y organizar la participaciónciudadana en la gestión contratara

TITULO 11ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DE LA CONTRALORIA DEL ESTADO TÁCHIRA

CAPITULO 1De la Orgartisaclón da la Coatraloria da{ Estado

Titular dM órganoARfculo 12: La Contraloría del Estado Táchiraactuará bajo 1e responsabilidad y conducción de u rtitular del órgano denominado Contralor o Contraloradel Estado quien será designado o designada porconcurso público conforme a lo dispuesto por laConstitución de la República Bolivariana deVenezuela y las normas que regulan la materia

Reglamento Interno de OrgarMzaclónArtICUlo 13.- La Contraloría del Escodo Táchira seorganizará en las direcciones , unidades de apoyoservicios técnicos y administras , dep®rtamenbosy dependencias que determine el Regiamenb deOrganización y Funcionamiento. dictado al efectopor el Contralor o Contralora del Estado y publicadoen la Gaceta Oficial del Estado Táchira

CAPITULO IIDel Contralor o Contralora del Estado

Rsqui~ pea aar Cowlursbro Contralora

Articulo 14.- Para ser designado Contralor oContalora del Estado , se requiere cumplir con tosrequisitos establecidos en el Articulo 17 de la Ley deDesignación y Destitución del Contralor o Contraloradel Estado

Designación del Con raloro Coi alora

Artirudo 16.• Corresponde al Consejo Legislativo delEstado Táchira la realización del concurso públicopara la designación del Contralor o Contralora delEstado, en tos términos establecidos en laConstitución de la República Bolivariana deVenezuela, la Constitución del Estado y las Leyesque regulan la materia.

Periodo del Contralor oContralora

Artículo 16: El Contralor o Contratara del EstadoTáchira durará cinco (5) años en el ejerraao de sucargo y podrá ser reelegido o reelegida por una solavez

Atribuciones del Contraloro Contralora

Articulo 17.- Son stribucritines y obligaciones delContralor o Contralora del Estado, las siguientes

1 Ejerver la máxima representación de laContraloría del Estado ante cualquierórgano del Poder Público , grupos socialesorganizados o personas naturales.

2. Vetar por el cumplimiento de la Constitución

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Ob^

GACETA OFICIAL DEL ESTADO TACHIRA

de la República Bolivariana de Venezuela,la Constitución del Estado TSchira, la LeyOrgánica de la Contraloría General de laRepública . la presente ley y elordenamiento jurídico nacional y estada)

3 Desarrollar con criterio técnico y profesional,todas las actuaciones de la Contraloría delEstado en el ejercicio del control fiscal.

4 Dictar instrumentos normativos en mofaríade control fiscal.

5 Colaborar con todos los órganos del PoderPúblico Estada ) en el logro de los fines delestado , en atención al Articulo 136 de laConstitución de la República Bolivariana deVenezuela

6 Informar a los órganos competentes sobrelas irroguleridadss que observe en elmanejo de loe fondos públicos del Estado.

7 Recibir la Memoria y Cuenta de Gestión delEjecutivo Estatal.

8 Cooperar con el Consejo Legislativo cuandole sea solicitado y evacuar km consultas ydictámenes Que le fueren solicitadas por elmismo.

9 Cooperar con el Consejo Legislativo en laevaluación de la gestión administrativa delGobernador o Gobernadora del EstadoTáchira y de tos irWormes que, pKesenten losDirectores o Directoras del EjecutivoEstatal, cuando lema solicitado.

10 Dictar el Reglamento Interno que fila laemurbal orgarnización , competencle yfuncionamiento de lee direcciones y demásdependencias de loa Contraloría del EstadoTáchira

11 Dictar el Eatsárto de Personal de laContraloría de conformidad con lo previstoen esta Ley y nombrar , remover , destituir yjubilar al personal conforme a dichoestatuto y dernate norma aplicables.

12. Aprobar, moddrear o derogar be manualesde org o de. p cedirráentos delfunciona miento interno de la Contraloría delEstado Tázhira, conforme a la ley.

13. Administrar y custodiar los bienes públicosadscritos a la Contraloría del EstadoTáchira.

14 Fomentar la participra Ón ciudadana en elejercicio del tonta) de la gestión pública,conforte al Titulo V de esta Ley.

15 Elaborar , presentar y ejecutar anualmenteel presupuesto de ingresos y gastos de laContraloría dei Estado.

16 Imponer las sanciones previstas en lapresente Ley y demás leyes aplicables.

17 Todas las demás atribuciones que ieseñale la Constitución y la Ley

PAGINA 05

Delegación ds AbibueiowssArticulo t8.- El Contralor o Contralora podrádelegar en funcionarios de la Contraloría el ejerciciode ,m m~ atribuciones Podrá delegar la firmade determinados documentos

Los Actos cumplidos por los delegamos deberánindicar el carácter con que actúan y en el caso deejercicios de delegaciones de firma, produciránefectos como si hubiesen sido adoptados por elContr o Contralora y en consecuencia. contraellos no se admitirá recurso jerárquico.

Los delegelarios no podrán subdslegsr

Facultad paw oowaliizo tMiC JesArtlculo 19.- El Contralor o Contralora del Estadopodrá designar o con~ con carácter temporal oper anente en los entes y organismos sujetos alcontrol , vigilancia y fiscalización de la Contraloría delEstado Táctnira , las unidades que considereconveniente , con las facultades que les señaledentro de loe I fas de esta Ley. Las decisiones aque se contrae este articulo serán dictadas medianteResolución, que será publicada en la Gaceta Oficialdel Estado Táchira

Ausendasdst Cantrabco Contralora

Aeficuio 20.- Las ausennaaes temporales oaacádentsies del Contralor o Contralora del Estadoserán suplidas por el funcionario de mayor jerarquíade la Corrtralorta , quien será designado por el titulardel órgano mediante Resolución publicada en laGaceta Oficial del Estado.

Causadse ds Fdw AbsoNrfaArticulo 21 .- Se considera falta absoluta delContralor o Contralora del Estado Táchira-

1 Cuando haya sido objeto de sanción dedestitución establecidas en el Articulo 26 deesta ley y en el Articulo 30 de la Ley deDesignación y Destitución del Contralor oContralora del Estado.

2. Por renuncia presentada por ante el Co~Legiolatwo del Estado Tác pira.

3 Por muerte4. Por eón o interdicción civil

por Falca AbsolutaArticulo 22.- En caso de falla absoluta del Contraloro Contralora del Estado durante be primeros tres (3)años del ejercicio de su cargo, el Consejo Legislativoprocederá en un plazo no mayor de treinta (30) díasconsecutivos, siguientes a la fecha en que se hayadeclarado la falta absoluta. a realizar una nuevadesignación. la cual se llevará a cabo de

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PAGINA 06 GACETA OFICIAL DEL ESTADO TACHIRA

conformidad con el proceso establecido en la Leyrespectiva . El Consejo Legislativo , mientras se llevaa cabo dicho proceso, deberá designar un Contraloro Contralora interino , quien será el funcionario o lafuncionara de mayor jerarquía perteneciente a laContraloría del Estado Táchira . Si la falta absolutase produce durante los últimos dos ( 2) años de dichoejercido . el Consejo Legislativo designará entre losfuncionarios de mayor jerarquía de la Contraloría delEstado Táchira , al que reúma los méritos suficientespara el cargo de Contralor o Contralora del Estado.quien deberá culminar el resto del período.

Rssponssbdidad del ContralorArticulo 23.- El Contralor o Contralora del Estadoserá responsable administrativa, civil y penalmente,por hechos ilícitos ocurridos por acción u omisión enel ejercicio de sus funciones

.CAPITULO luDel Régimen Presupuestario de la COMM~

del Estado

Principio de Legalidad yDisposiciones Especiales

Articulo 24.- La Contraloría del Estado Táchiraestará sujeta a las leyes , reglamentos y demásnormas e instructivos que se apliquen a los órganosdel Poder Pública, sobre la elaboración y ejecucióndel presupuesto , en cuanto le sean aplicables Noobstante , a los efectos de garantizar la autonomíaen el ejercicio de sus atribuciones . regirán lassiguientes disposiciones especiales para laelaboración y ejecución de su presupuesto

1 La Contraloría del Estado elaborará cadaaño su proyecto de Presupuesto de Gastosy el respectivo Plan Operativo y los remitiráal Ejecutivo del Estado para suincorporación en el respectivo proyecto deLey de Presupuesto estadal . dentro dellapso que le señale el Ejecutivo regional

2 La Contralora del Estado Táchira , elaborarála programación de -la ejecución física yfinanciera de los recursos presupuestariosque le fueren acordados e informará deésta al Ejecutivo Estadal, a fin de que ésteefectúe los desembolsos en los términosprevistos en dicha programación Sólo laContraloría del Estado podrá introducircambios en la referida programación

3 Las asignaciones presupuestariasoriginalmente aprobadas para elfuncionamiento de la Contraloría del EstadoTáchira, sólo podrán ser disminuidas en elpresupuesto del Estado por el voto de lasdos terceras (213) partes de los miembrosdel Co~ Legislativo, en los casosprevistos en la Ley Orgánica de la

Administración Financiera del SectorPúblico

4 Una vez promulgada y publicada la Ley dePresupuesto de Ingresos y Gastos Públicosdel Estado Táchira , el Contralor oContralora del Estado resolverá ladistribución administrativa de los créditospresupuestarios con sujeción a íosprocedimientos de ley y remitirá copias deella al Consejo Legislativo y a ¡aGobernación del Estado y a la Imprenta deiEstado para su inmediata publicación enGaceta Oficial El incumplimiento a la ordende publicación será sancionado a íosresponsables de la Imprenta , con multaequivalente al monto de veinticincounidades tributarias (25 U T )

5 La ejecución del presupuesto de la -•^Contraloria del Estado Táchira estarásujeta a las disposiciones provistas en estaLey y demás leyes que rigen la matera

6 E 1 Contralor o Contralora del Estadocelebrará los contratos y ordenará íospagos necesarios para la ejecución delpresupuesto de la Contraloría del EstadoTáchira De igual forma, estas facultadespodrán ser delegadas de conformidad conio dispuesto en esta Ley. en la LeyOrgánica de la Administración Financieradel Sector Público -y demás leyesaplicables

CAPITULO IVDel Régimen de Personal

De la Administracióndel Persona¡

Articulo 25.- La administración del personal de laContraloria del Estado Táchira se regirá por estaLey, por el Estatuto de Personal y por las demásnormas que a tal efecto dicte el Contralor oContralora del Estado

Del Estatuto del PersonalArticulo 26.- El Estatuto de Personal de laContraloria del Estado establecerá los derechos yobligaciones de íos funcionarios de la Contraloría deiEstado, incluyendo lo relativo al ingreso carrera enla función pública, clasificación de cargosconcursos. capacitación sistemas de evaluación yde remuneraciones compensaciones y ascensossobre la base de los méritos. asistencia, trasladoslicencias, cese de funciones, estabilidad laboral ydemás asuntos relacionados con el personal

Causales de Destitucióndel Personal

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GACETA OFICIAL DEL ESTADO TACHIRA

Articulo 27.- Son causales de destitución. ademásde las previstas en las leyes que rigen la materia ylas establecidas en el Estatuto de Personal, lassiguientes.

Acto lesivo al buen nombre o a los interesesde la Contraloría General de ta Repúblicael Sistema Nacional de Control Fiscal, laContraloría del Estado Táchira, o cualquierente u organismo público

2 Negligencia, ineficiencia o impericia en laprestación del servicio

3 Por ser condenado penalmente mediantesentencia definitivamente firme

4 Falta de probidad en el ejercicio de susfunciones

5 Cu~ se encuentre sometido ainterdicción civil o penal o cuando estéincapacitado mentalmente. según informemédico certificado por la autoridadcompetleotle.

6 Cuando valiéndose de su condición defuncionario obtenga beneficios propios opara terceros no relacionados con lasatribuciones que le corresponden deconformidad con la presente Ley

Régimen de Sancionesy Faltas

Articulo 28 .- Los funcionarios de la Contraloría delEstado Táchira quedan sometidos al régimen desanciones y faltas previstas en la Ley del Estatuto dela Función Pública y demás leyes que les seanaplicables

TITULO IIIDEL CONTROL FISCAL

CAPITULO 1Dbposiciones Generales

Objetivo del Control FiscalArtículo 29.- La Contraloria del Estado Táchiracomo órgano integrante del Sistema Nacional delControl Fiscal, tiene como objetivo fortalecer lacapacidad del Estado para ejecutar eficazmente sufunción de gobierno , lograr la transparencia y laeficiencia en el manejo de los recursos públicosestadales y establecer la responsabilidad por lacomisión de irregularidades relacionadas con lagestión de los órganos o entes señalados en elArticulo 10 numerales 1 al 4 de esta Ley

t2

La Contraloría del Estado TáchiraLas Unidades de Auditoria Inbema de lasentidades a que se refiere el Articulo 10numerales 1 al 4 de esta Ley

3 Las máximas autoridades y los nivelesgerenciales de los órganos y entres a que serefiere el Articulo 10 numerales 1 al 4 deesta ley

4 Las Contralorías Municipales.5 LOS ciudadanos, en el ejercicio de si,

derecho a la participación en la función decontrol de la gestión pública.

Instrumw~ del Sist made Control Fiscal

Articulo 31.- Constituyen instrumentos del Sistemade Control Fiscal las políticas, Leyes, reglamentosnormas procedimientos e instructivos. adoptadospara salvaguardar los recursos de los entes sujetosa esta Ley verificar la exactitud y veracidad de suinformación financiera y administraMa: promover laeficiencia economía y calidad de sus operacioneslograr el cumplimiento de su misión objetivosmetas así como los recursos económicos humanosy materiales destinados al ejercicio del control

Principios de Coordinacióny otros

Articulo 32.- Los integrantes dei Sistema ceControl Fiscal , en la jurisdicción del Estado Táchirafuncionarán coordinadamente y a ios fines decoadyuvar en el ejercicio eficaz y efectivo deicontrol que garantice el manejo transparente de ¡osrecursos publicos estadales . deberán atender possiguientes principios

1 La capacidad financiera y la independenciapresupuestaria de los órganos encargadosdel control fiscal que le permitan ejercereficientemente sus funciones

2 El apoliticismo partidista de la gestiorfiscalizadora en todos los estrados v nivelesdel control fiscal

3 El carácter técnico en el ejercicio del contro lfiscal

4 La oportunidad en el ejercicio del contra'fiscal y en la presentación de resultados

5 La economía en el ejercicio del control fisca

6

de manera que su costo no exceda de losneneficios esperadosLa celeridad en las actuaciones de contrafiscal sin entrabar ¡a gestión de laAdmrnistracon PublicaLa participación de la ciudadanía en lagestión contralora

Órganos Estadaies delIntegrantes del Sistema deSistema de Control FiscalControl Fiscal

Artículo 33.- Son organos del Sistema Nacional deArtículo 30.- Integran el Sistema Nacional deControl Fiscal en la jurisdicción del Estado TáchiraControl Fiscal en la jurisdicción del Estado Táchira'

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PAGINA 08 GACETA OFICIAL DEL ESTADO TACHIRA

1 La Contralorta del Estado.2 Las Contralorías Municipales.3 Las Unidades de Auditoría Interna de los

órganos o entes indicados en el Artículo 10,numerales 1 al 4 de esta ley

Titulares de Unidades deAuditoría Interna

Artículo 34: Los titulares de las Unidades deAuditoria Interna de tos entes y órganos señaladosen el Articulo 10, numerales 1 al 4 de esta Ley,serán designados por la máxima autoridadjerárquica de la raspach va entidad , de conformidadcon los resultados del concurso público previsto enla Ley y demás normas aplicables.

Lapso de Ejercicio delos Titulares

Articulo 3S.- Los titulares de las Unidades deAuditoria Interna de tos órganos o entes señaladosen el Articulo 10,_ numerales 1 al 4 de esta Ley,durarán (5) años en el ejercicio de sus funciones ypodrán ser reelectos mediante concurso público, poruna sola vez , de conformidad con lo previsto en elarticulo 31 de la Ley Orgánica de la ContraloríaGeneral de la República y del Sistema Nacional delControl Fiscal

CAPITULO IIDM co~ temo

DefiniciónArtíarb 36.- El control interno es un sistema quecomprende el pian de organización , las políticas.normas , así como los métodos y procedimientosadoptados dentro de un órgano o ente sujeto a estaLey. para salvaguardar sus recursos : verificar laexactitud y veracidad de su información financiera.administrativa y presupuestaria , promover laeficiencia , economía y calidad en sus operaciones,estimular la observancia de las políticas prescritas ylograr el cumplimiento de su misión objetivos ymetas

Responsabilidades de lasMáximas Autoridades

Articulo 37 .- Corresponde a las máximasautoridades jerárquicas de cada órgano o ente. laresponsabilidad de organizar , establecer . mantenery evaluar el sistema de control interno , el cual debeser adecuado a la naturaleza , estructura y fines delórgano o ente.

Instrumentos de Medicióndel Sistema de Control

Articulo 38.- Cada entidad del sector públicoestada) elaborará las normas, manuales deprocedimientos, indicadores de gestión, índices de

rendimiento y demástnunentos o métodosespecíficos para el funcionamiento del sistema decontrol interno, la Contraloría del Estado Táchirapodrá dictar lineamientos al res~ , sin perjuiciode las facultades de la Contraloría General de laRepública y el Sistema Nacional de Control Fiscal

Garantías y Raqulaifâos delSistema de Co~ inlseno

Artículo 39 .- El Sistema de Control Interno que seimplante en los entes y órganos a que se refiere elArtículo 10, numerales 1 a 4 de esta Ley, deberágarantizar que antes de proceder a la adquisición debienes o servicios o a la elaboración de otros

nancieroscontratos que impliquen compromisos filos responsables se aseguren del cumplimiento delos requisitos siguientes.

1 Que el gasto esté correctamente imputado ala correspondiente partida del presupuestoo en su caso, a créditos adicionales.Que exista disponibilidad presupuestariaQue se hayan previsto las garantíasnecesarias y suficientes para responder porlas obligaciones que ha de asumir elcontratista.

4 Que los precios sean justos y razonablessalvo las excepciones establecidas en otrasleyes

5 Que se hubieren cumplido con los términosde la Ley de Licitaciones, en los casos quesea necesario y las demás Myes que seanaplicables

Asimismo . deberá garantizar que antes deproceder a realizar pagos , los responsablesse aseguren del cumplimiento de losrequisitos siguientes

a) Que se haya dado cumplimiento a Lasdisposiciones legales y reglamentanasaplicables.

b) Que estén debidamente imputados acréditos del presupuesto o a créditosadicionales legalmente acordados

ci Que exista disponibilidad presupuestariad) Que se realicen para cumplir compromisos

ciertos y debidamente comprobados salvoque correspondan a pagos de anticipos acontratistas o avances ordenados afuncionarios conforme a las leyes

e) Que corresponda a créditos efectivos de sustitulares

Deber de VigilanciaArticulo 40.- Los gerentes, jefes o autoridadesadministrativas de cada departamento, sección ocuadro organizativo específico deberán ejercervigilancia sobre el cumplimiento de las normasconstitucionales y legales, de los planes y políticas

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y de los instrumentos de control interno a que serefiere el Articulo 36 de esta Ley, sobre operacionesy actividades realizadas por las unidadesadministrativas y servidores de la mismas , bajo sudirecta supervisión

Evaluación dei Sistema deControl Interno

Articulo 41.- Sin perjuicio de las funciones de laContraloria General de la República, de laContralorfa del Estado Táchira y de lo dispuesto enel articulo 37 de esta Ley, corresponde a lasUnidades de Auditoria Interna de los órganos yentes a que se refiere el Articulo 10, numerales 1 al4 de esta Ley, evaluar el sistema de control interno,incluyendo el grado de operatividad y eficaciagerencia¡ , así como el examen de los registros yestados financieros , para determinar su pertinencia yconfiabilidad , y la evaluación de la eficiencia,eficacia y economía en el marco de las operacionesrealizadas.

Potestad para hacer Auditorías,Inspecciones y otras Investigaciones

Articulo 42.- Las Unidades de Auditoría Interna enel ámbito de su competencia de los órganos y entesseñalados en el Artículo 10. numerales 1 al 4 deesta Ley, podrán realizar auditorías , inspeccionesfiscalizaciones , exámenes , estudios. análisis einvestigaciones de todo tipo y de cualquiernaturaleza en el órgano o ente sujeto a su controlpara verificar la legalidad, exactitud, sinceridad ycorrección de sus operaciones , así como evaluar elcumplimiento y los resultados de los planes y lasacciones adntinistrativas , la eficacia, eficienciaeconomía , calidad e impacto de su gestión

CAPÍTULO 111Del Control Externo

Competencia en Control ExternoArticulo 43.- Corresponde a la Contraloria delEstado Táchira como órgano de control fiscalexterno . la vigilancia , inspección y fiscalizaciónsobre las operaciones de los órganos o entes a quese refiere el Articulo 10. numerales 1 al 4 de estaLey, con ¡a finalidad de:

1 Determinar el cumplimiento de lasdisposiciones constitucionales legales.reglamentarias o demás normas aplicablesa sus operaciones.

2 Determinar el grado de observancia de laspolíticas prescritas en relación con elpatrimonio y la salvaguarda de los recursosde tales órganos y entes

3. Establecer la medida en que se hubieren

alcanzado sus metas y objetivos.4. Verificar la exactitud y sinceridad de su

información financiera, administrativapresupuestaria y de gestión.

5. Evaluar la eficiencia , eficacia, economía vcalidad de las operaciones, con fundamentoen Indices de gestión, de rendimientos vdemás técnicas aplicables.

6 Evaluar el sistema de control interno yformular ¡as necesariaspara mejorarlo

Órganos Competentes en ControlExterno

Artículo 44.- Son órganos competentes para ejercerel control fiscal externo en el Estado Táchira deconformidad con la Constitución de la RepúblicaBolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica de laContraloria General de la República y del SistemaNacional de Control Fiscal

1 La Contraloría General de la República2 La Contrabria del Estado Táchira3 .as Contrabrias Municipales dentro del

ámbito de su competencia

Apoyos para ejercerel Control Externo

Artículo 45.- LOS órganos de control fiscal v lasmáximas autoridades de los órganos y entes a losque se refiere el Articulo 10. numerales 1 al 4 de lapresente Ley podrán ejercer sus facultades atcontrol apoyándose en los informes . dictámenesestudios técnicos emitidos por auditores , consultoresy profesionales independientes calificados vregistrados por la Contraloria General de laRepublica con sujeción a la normativa que alrespecto dicte ésta ultima . La Contraloría del EstadoTáchira podrá coordinar con los órganos y entesoontrolados para que sufraguen total o parcialmenteel costo de los trabajos

Libre ingreso a FuncionariosArtículo 46.- Los funcionarios de la Contraloria de¡Estado Táchira, acreditados para la realización decontrol . tendrán libre ingreso a las sedes idependencias de los órganos o entes sujetos a suactuación acceso a cualquier fuente o sistema deinformación registros instrumentos y documentosnecesarios para la realización de su función as,como competencia para solicitar dichasinformaciones y documentos

Los órganos o entes del sector público sujetos acontrol están obligados a proporcionar a losrepresentantes de las firmas de auditoresconsultores o profesionales independientesdebidamente acreditados para la realización de unaactuación. todas las informaciones necesarias sobrelas operaciones que expresamente indique el

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PAGINA 10 GACETA OFICIAL DEL ESTADO TACHIRA

órgano de control fiscal contratante

Carácter vinculante delas Recomendaciones

Artículo 47.- Las recomendaciones que contenganlos informes de auditoria o de cualquier actividad decontrol previa autorización del Contralor oContralora del Estado Táchira , tienen caráctervrnculante y por tanto, son de acatamientoobligatorio por parte de los órganos o entes sujetosa su control . No obstante , antes de la adopciónefectiva de la correspondiente recomendación, lasmáximas autoridades de los órganos o entes a lasque vayan dirigidas las mismas , podrán solicitarmediante estribo razonado , la reconsideración de lasrecomendaciones y proponer su sustitución dentrode los diez ( 10) días hábiles siguientes , contados apartir de la fecha de recibido el informe En estecaso el Contralor o Controlara del Estado T áchirapodrá ratificar la recomendación inicial o dar suconformidad a la propuesta de sustitución

Coordinación de ActuacionesArtículo 48.- La Contraloría del Estado Táchirapodrá coordinar actuaciones de control con losórganos de control fiscal de los entes organosseñalados en el Articulo 10, numerales al 4 deesta Ley. dentro del ámbito de sus competencias.

Deber de AbstenciónArtículo 49.- Sin perjuicio de lo dispuesto en elArticulo anterior cuando la Contralora de, EstadoTáchira, ordene o esté practicando una actuación decontrol, las Unidades de Auditoria Interna deberánabstenerse de iniciar actuaciones v s algunaestuviere en curso , la suspenderán v remitirán aaquella los recaudos que le fueren solicitados sinperjuicio de la competencia de a ContraloríaGeneral de la República

Potestad para hacerAuditorías , Fiscalizaciones

Articulo S0: La Contraloría del Estaco Tachira, enel ámbito de su competencia podrá realizarauditorías , inspecciones , fiscalizaciones examenes,estudios , análisis e investigaciones de todo tipo y decualquier naturaleza en los entes v organismossujetos a su control , para verificar la legalidadexactitud , sinceridad y corrección de susoperaciones , así coro para evaluar el cumplimientoy los resultados de las politicas y de las accionesadministrativas , la eficacia , eficiencia economiacalidad e impacto de su gestión

CAPÍTULO IVDe las Cuentas

Rendición de CuentasArtículo 51.- Quienes administren manejen ocustodien recursos de los órganos o entes

señalados en el Articulo 10, numerales 1 al 4 deesta Ley, estarán obligados a formar y rendir cuentade las operaciones y resultados de su gestión, anteel órgano de control respectivo , en la forma yoportunidad señalada por la Contraloría General dela República , mediante Resolución que se publicaráen la Gaceta Oficia¡ de la República Bolivariana deVenezuela Tienen igual obligación quienesadministren o custodien . por cuenta y orden de losreferidos entes y organismos , recursospertenecientes a terceros . La rendición de cuentasi mplica la obligación de demostrar formal ymatenalmente ¡a corrección de la administraciónmanejo o custodia de los recursos. Hasta tanto laContraloria General de la República publique lareferida resolución los órganos o entes obligados arendir cuenta lo harán ante la Contraloría del EstadoTáchira, de acuerdo a las normas y reglamentosexistentes

Obligación de establecerControl y rendir Cuenta

Articulo 52.- Quienes administren , manejen ccustodien recursos de cualquier tipo afectados acumplimiento de finalidades de interés públicoprovenientes de los órganos o entes señalados en e,Articulo 10 numerales 1 al 4 de esta Ley, en lasformas de transferencia , subsidios, aportescontnbuciones o alguna otra modalidad similarestán obligados a establecer un sistema de contro,interno r a rendir cuenta de las operaciones vresultados de su gestión de acuerdo a lo establecidoen el Articulo anterior Los administradores queincurran en irregulandades en el manejo de fondosserán sometidos a la acción de resarcir y a lassanciones previstas en esta Ley

Obligación del Cuentadente CesanteArtículo 53 .- El cuentadante que cese en susfunciones antes de la oportunidad fijada para laformación y rendición de cuentas, previo a laseparación del cargo está igualmente obligado aformarla y rendirla de conformidad con lo previsto enel Artículo 51 de esta Ley

Formación de la Cu~ si elCuentadante no lo hace

Artículo 54 .- Cuando por cualquier causa elobligado a formar y rendir la cuenta no lo hiciere e,órgano de control fiscal competente ordenará laformación de la misma a los funcionamos rempleados de la dependencia administrativa quecorresponda sin perjuicio' de las sanciones previstasen esta LeyCuando la formación de la cuenta se haga porfuncionanos o empleados distintos del obligado arendirla por fallecimiento del cuentadante losherederos a éste y los garantes o sus herederostendrán derecho a intervenir en aquélla.

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GACETA OFICIAL DEL ESTADO TACHIRA

E en SelectkoArticulo 5ó.- Coresponde a los órganos deControl Fiscal con jurisdicción en el Estado yseñalados en la Resolución a que se refiere elArticulo 103, el examen selectivo o exhaustivo, asícomo la calificación y declaatoria de fenecimientode las cuentas.

Lapso pera el Examen SelectivoAdkulo. 56.- Las dientas deberán ser examinadaspor el órggano de Control Fiscal en un plazo nomayor de cinco (5) años contados a partir de lafecha de su rendición . Si el resultado del examen dela cuenta resultare conforme, se otorgará elfenei. rMent^ de la miama . En aquellos casos en quese detecten irregularidades en las cuentas, elórgano de Co~ Fiscal ejercerá , dentro del ámbitode su competencia , las potestades para investigar yhacer efectivas las responsabilidades establecidasen la presente L.sy.

Rsediados del Examen SelectivoArticulo 67.- Corno consecuencia de los resultadosdel exarner► decuentes , el órgano de Control Fiscal,dentro del ámbito de su competencia , formularáreparos a quienes- hayan causado daños alpatrimonio del Estado o de loa entes u órganosseñalados en el Articulo 10, numerales 1 al 4 deesta Ley, por une conducta omisiva o negligente enel manejo de los recursos que ¡e correspondíaadministrar , así como por la contravención del plande organización , las políticas, normas , así como losnwtodos y procedimientos que comprenden elcontrol interno.

FanscinrNnto de las CuentasArticulo b5.- El fenecimiento de las cuentas operaráde pleno derscfio , una vez transcurrido el plazoindicado en el Artículo 56 de esta Ley En estoscasos , salvo disposición expresa de la ley. nopodrán ser ejercidas las acciones de sanción y deresarcir, previstas en esta Ley. en relación con lasoperaciones a que se refiere la cuenta, todo sinperjuicio de la impreescriptibilidad de las accionesjudiciales dirigidas a sancionar los delitos contra elpatrxnor>io público.Si las acciones de sanción o de resarcir previstasen esta Ley son ejercidas dentro del plazo de cinco(5) añosa que se refiere el Artículo 56 de esta Ley,el fenecimiento se otorgará cuando sea enterado alpatrimonio del ente u órgano afectado , el monto delreparo o si dichas acciones son desestimadas demanera definitrvamente firme.

Defectos de ForraseArtículo 5f- Cuando se determinen defectos deforma que no causen perjuicios peamiarios, elórgano de control competente formulará las

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obsesvaciones pertinentes con el fin de que sehagan tos ajustes correspondientes , sin perjuicio deque pueda otorgar el fenecimiento.

CAPÍTULO VControl de Gestión

Potestad pasa evaluarPlanes y Prograrnss

Articulo 60.- La Contraloría del Estado Táchira y lasUnidades de Auditoria Interna de los órganos yentes a los que se refiere el Articulo 10, numerales 1al 4 de la presente ley, podrán remirar auditorias,estudios , análisis e investigaciones respecto de lasactividades de los órganos y entes sujetos a controlpara evaluar los planes y programas en cuyaejecución intervengan los órganos o entes . Podránigualmente realizar los estudios e investigacionesque crean necesarios para evaluar el cumplimiento ylos resultados de ¡as políticas y decisionesgubernamentales

Potestad pasa de terminar Costosde Servicios Públicos

Artkulo 61.- La Contraloría del Estada Táchira y lasUnidades de Auditoria Interna de los órganos yentes a los que se refiere el Artículo 10. numerales 1al 4 de esta ley podrán conforme al Artículoanterior , efectuar estudios organizativos,estadísticos , económicos y financieros , análisis einvestigaciories de cualquier naturaleza paradeterminar el costo de los servicios públicos, losresultados de las decisiones administrativas y engeneral . La eficacia y eficiencia con que operan lasentidades sujetas a su vigilancia . fiscalización ycontrol

CAPITULO VIOtras Disposiciones de Control

ktfonnar Resuft~y Conclusiones

Articulo 62.- Los resultados y conclusiones de lasactuaciones practicadas por los órganos de ControlFiscal , serán informados a las entidades objeto delas mismas y a las demás autoridades que tengancompetencia legal para adoptar medidas correctivas

Uso de Métodos de Control PerceptivoArticulo 63.- Los órganos de Control Fiscal delEstado Táchira podrán - atiazar los métodos decontrol perceptivo que sean necesarios para venficar¡a legalidad , exactitud , sinceridad y corrección de.lasoperaciones y actuaciones administrativas así cornola ejecución de los contratos de los entes y órganossujetos a la norma , señalados en el Artículo 10.numerales 1 al 4 de la presente ley

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PAGINA 12 GACETA OFICIAL DEL ESTADO TACHIRA

f

La verificación antes seña hada tendrá por objeto,comprobar la existencia de los hechos en cuanto asu realización material y efectiva y a examinar laexactitud de los registros y sirle nacos contables ypresupuestarios , según las disposiciones legales ytécnicas prescritas.

empresas , corM*tuidos en fideicomiso o bajo tutelade los órganos o entes señalados en et Articulo 10numerales 1 al 4 de esta ley, están sujetos al controly vigilancia de la Contraiorta del Estado Táchira enlo relativo a su administración financiera.

h impe cció y FN óa de ObrasArrtíwlo 64,,- La Contraloda del Estado Táchirapodrá irmspecoiorrar y fiscat¢ar las obras queejecuten los erutes y órganos señalados en elArticulo 10 , numerales 1 al 4 de la presente ley, porconntratción o por intermedio de sus funcionarios.En cualquier caso, los funcionarios destinados a talactividad avarrtarán tes informes técnicoscorrespondientes y con fundamento en silos, laContraloría del Estando presentará a laadministración activa las observaciones sobrecantidad de obra , calidad , costos y cualquier otroaspecto a que haya tragar.

Deber d.Ju ces, Registrador esy Notarios

Articulo 86r Los JueOes, Notarios, Registradores yfuncionarios a quienes se les presentendocumentos, deben enviar a la Contraloría delEstado copia cm ti ficada de éstos cuando de su textose desprenda. algún derecho a favor del Estado,salvo que en el otorgamiento de dichos documentoshubiese intervenido un funcionario fiscal. en cuyocaso es.el obligaáo a efectuar la remisión.

Fliacatixsción a Coatribuyemtesdel C.O.T.

Articulo 8S.- En el ejercicio de sus funciones decontrol ext e o, tes órganos de Corntnol Fiscal podránefectuar fiscalizaciones en lugares,establecimientos, vehiatbs, libros y documentos depersonas naturales o jurídicas que seancontribuyen o rrespormsa les, según lo previsto enel Código Orgánico Tributara, o que de cualquierforma contrate, negocien o celebren operacionescon tes órganos o entes sujetos a control, o que dealguna manera administren: manejen, o custodienfondos o bienes públicos.

Inversión de Aportes , Subsidiosy Transferencias

Articulo Si.- Dentro de los límites de sucompetencia, tes órganos de Control Externo estánfacultados pare vigilar la conecta inversión deaportes , subsidios y transferencias realizadas por losórganos y entes sometidos a su control, a otrasentidades públicas, A tal efecto, podrán practicar.inspecciones y establecer los sistemas de controlque considere convenientes.

Recursos en FideicomisoArtáoub 68.- Los recursos de las entidades y

TITULO IVPOTESTADES DE INVESTIGACIÓN,

RESPONSABILIDADES. REPAROS , MEDIDASPREVENTIVAS Y

SANCIONES

CAP$TULO lDe las Potestades ds Investigación

Potestad de Investigación . FacultadesArtIeulo 69: La potestad de investigación de losórganos de Contrpl Fiscal, será ejercida en lostérminos establecidos en la Constitución de laRepública Bolivariana de Venezuela , la Constitucióndel Estado Táchira, la Ley Orgánica de laContraloría General de la República y el SistemaNacional del Control Fiscal y de esta Ley, cuando asu juicio existan méritos suficientes para ello ycomprende las facultades para:

1 Realizar las actuaciones que seannecesarias, a fin de verificar la ocurrencia deactos, hechas u omisiones contrarios a unadisposición legal o sublegal , determinar ermonto de los daños causados al patrimoniopúblico, si fuere el caso , así como laprocedencia de acciones fiscales.

2. Ordenar la comparecencia a cualquierpersona . cuando en el curso de lasinvestigaciones que adelanten , necesitentomar declaración . En este caso, ordenarasu comparecencia mediante oficionotificando a quien debe rendir ladeclaración, sin perjuicio de ¡as excepcionescontempladas en las leyes.

3 La Contraloría General de la República y laContraloria del Estado, podrán ordenar alas Unidades de Auditoria Interna de losentes y organismos sujetos a la presenteLey, donde presuntamente hubiesenocurrido los aros, hechos u omisiones aque se refiere el numeral primero de esteArticulo, a que realicen las actuacionesnecesarias , le informe ros correspondientesresultados, dentro del plazo que acuerde atal fin, e inicie, siempre que existan indiciossuficientes para ello, el procedimientocorrespondiente para hacer efectivas lasresponsabilidades a que hubiere lugar

Carácter de la InvestigaciónArticulo T0.- Las investigaciones tendrán carácterreservado, pero si en el curso de una investigación

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el respectivo órgano de Control Fiscal imputare aalguna persona actos , hechos u omisiones quecomprometan su responsabilidad , quedará obligadoa informarla de manera específica y clara de loshechos que se le imputan En estos casos el'mputado tendrá inmediatamente acceso alexpediente y podrá promover todos los mediosprobatorios necesarios para su defensa, deconformidad con lo previsto en el ordenamientojurídico vigente.

Suspensión temporal delejercicio de Cargo

Articulo 71. - El titular del órgano de Control Fiscalque practique una investigación , podrá solicitar lasuspensión temporal en el ejercicio del cargo decualquier funcionario . sometido a un procedimientode determinación de responsabilidades.

Formación del ExpedienteArtículo 72. - De las actuaciones realizadas deconformidad con la potestad de investigaciónconferida en el articulo 69 de esta Ley se formaráexpediente el cual será iniciado por un auto quecontendrá la relación sucinta dei hecho o hechos ainvestigar así como las diligencias tendientes aesclarecerlos, dejando constancia de los resultadosobtenidos en un informe , sobre la base del cual elórgano de Control Fiscal respetivo, mediante automotivado ordenará el archivo de las actuacionesrealizadas o el inicio del procedimiento respectivopara la formulación de reparos , determinación de laresponsabilidad administrativa o la imposición demultas, según corresponda.

CAPÍTULO 11De las Responsabilidades

Responsabilidad GeneralArticulo 73.- Los funcionarios , empleados y obrerosque presten servicios en los entes u organismossujetos a la presente Ley, responden penal, civil yadministrativamente de los actos . hechos uomisiones en que incurran con ocasión deldesempato de sus funciones.

Responsabilidad MaterialArtículo 74.- Las responsabilidades penal y civil. seharán efectivas de conformidad con las leyes queregulan dichas materias , asimismo a laresponsabilidad administrativa se aplicará elprocedimiento de reparo regulado en esta Ley y suReglamento, salvo que se trate de materiasreguladas por el Código Orgánico Tributario o porleyes tributarias estadales , en cuyos casos seaplicarán las disposiciones en ellas contenidas.

Prueba de Testigos

Artículo 75.- Las diligencias efect por elrespectivo órgano de Control Fiscal, incluirá laprueba testimonial. tienen fuerza probatoriamientras no sean desvirtuadas en el debate judicial

Supuestos Generadores deResponsabilidad Administrativa

Articulo 76.- Sin perjuicio de la responsabilidad civilo penal y de lo que dispongan otras leyesconstituyen supuestos generadores deresponsabilidad administrativa los actos , hechos comisiones que se mencionan a continuación

1 La adquisición de bienes, la contratación deobras o de servicios, con inobservancia totalo parcial del procedimiento de selección decontratistas que corresponda, en cada casosegún lo previsto en la Ley de Licitacionesdel Estado Táchira o en la normativaaplicable, o a precios significativamentesuperiores a los del mercado , sin la debidajustificación cuando se trate de operacionesno sujetas a licitación.

2 La enajenación o arrendamiento de bienesdel patrimonio público, a preciossignificativamente inferiores a los delmercado, sin razones que lo justifiquen

3 La omisión retardo. negligencia cimprudencia en la preservaciónsalvaguarda de los bienes o derechos de¡patrimonio público estada) cuando ellohubiere causado perjuicio material a dichopatrimonio

4 El no haber exigido garantía . a quien debaprestarla o haberla aceptadcinsuficientemente

5 La celebración de contratos porfuncionanos públicos. por interpuestaspersonas- o en representación de otro conlos entes y organismos sujetos a la presenteLey salvo las excepciones establecidas erlas leyes

6 El suministro o utilización con fines de lucrode información o datos de carácterreservado de los cuales tenga conocimientoen razón de su cargo

7 El concierto con los interesados para que seproduzca un determinado resultado o ¡autilización de maniobras o artificiosconducentes a ese fin que realice urfuncionario al intervenir por razón de SLcargo en la celebración de algún contratoconcesión licitación. en la liquidación dehaberes o efectos del patrimonio o en esuministro de los mismos de algún ente uorganismo sujeto a la aplicación de estaLey

8 La utilización de trabajadores, bienes orecursos que por cualquier titulo esténafectados o destinados a los entes y

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organismos sujetos a la presente Ley enobras o servicios de índole particular

9 La expedición ilegal o indebida de licencias,certificaciones , autarizaciones, aprobaciones,permisos . incluyendo los que se emitan enejercicio de funciones de control o decualquier otro documento en unprocedimiento relacionado con la gestión delos entes y organismos sujetos a ¡a presenteLey

10 La ordenación de pagos por bienes , obras oservicios no suministrados , realizados oejecutados, tofsd o parcialmente o nocontratados , asi como por concepto deprestaciones , utilidades , bonificaciones,dividendos , distas u otros conceptos, queen alguna manera discrepen de las normasque las consagran. En estos casos laresponsabilidad corresponderá a losfuncionarios que intervinieron en elprocedimiento de ordenación del pago porcuyo hecho , acto u omisión se hayagenerado la irregularidad.

11 El empleo de fondos públicos en finalidadesdiferentes de aquellas a que estuvierendestinados por Ley , por reglamento ocualquier otra norma , incluyendo lanormarte interna o acto administrativo delos entes u organismos sujetos a la presenteLey

12 El endeudamiento o la realización de

3.13-

operaciones de crédito público con0 ' 1inobservancia de la Ley Orgánica de laAdministración Financiera del SectorPúblico, de esta Ley y demás leyesreglamentos y contratos que regulen dichasoperaciones o en contravención al plan deorganización. políticas, normativa interna.manuales de sistemas y procedimientos quecomprenden el control internoLa falta de planificación, asi como elincumplimiento injustiñcado de las metasseñaladas en los correspondientesprogramas o proyectos:

14 La omisión del control previo15. La afectación especifica de ingresos. sin

liquidarlos o enterarlos al Tesoro Estada) opatrimonio del ente u organismo de que setrate , salvo las excepciones contempladasen las leyes especiales que regulen estamateria.

16 Efectuar gastos o contraer compromisos decualquier naturaleza , que puedan afectar laresponsabilidad de los entes u organismossujetos a la presente Ley, sin autorizaciónlegal previa para ello o sin disponer de losrecursos presupuestarios necesarios parahacerlo ; salvo que tales operaciones seanefectuadas en situaciones de emergencias

evidentes . como en casos de CS~snaturales , calamidades públicas, conflictointerior o exterior u otros análogos, cuyamagnitud exija su urgente realización locual deberá ser informado de manerainmediata al respectivo órgano de controlfiscal, a fin de que proceda a tomar lasmedidas que estime conveniente dentro delos limites de esta Ley.

17 Autorizar gastos en celebraciones yagasajos , que no se correspondan con lasnecesidades estrictamente protocolares delorganismo

18 Abrir con fondos de un ente u organismo

19

sujeto a esta Ley, en entidades financierascuenta bancaria a nombre propio o de untercero o depositar dichos fondos en cuentapersonal ya abierta , o sobregirarse en lascuentas que en una o varias de dichasentidades tenga el organismo públicoconfiado a su manejo , administración o giroEl pago uso o disposición ilegal de losfondos o de otros bienes bajoresponsabilidad del particular o funcionariorespectivo salvo que estos compruebenhaber procedido en cumplimiento de ordende funcionario competente y haberteadvertido por escrito la ilegalidad de la ordenrecibida , sin perjuicio de la responsabilidadde quien impartió la orden.

20 La aprobación o autorización con sus votosde pagos ilegales o indebidos , por parte delos miembros de las juntas directivas o delos cuerpos colegiados , encargados de laadministración del patrimonio de los entes uorganismos sujetos a esta Ley , incluyendoa los miembros de los cuerpos colegiadosque ejercen la función legislativa en elEstado

21 Ocultar permitir el acaparamiento o negarinjustificadamente a los usuarios. lasplanillas. formulamos , formatos o especiesfiscales tales como timbres fiscales y papelsellado cuyo suministro corresponde aalguno de los entes u organismos sujetos aesta Ley

22 La adquisición uso o contratación debienes . obras o servicios que excedanmanifiestamente a las necesidades deiorganismo . sin razones que lo justifiquen

23 Dejar prescribir o permitir que desmejorenacciones o derechos , de los entes uorganismos sujetos a esta Ley por nohacerlos valer oportunamente o hacerlonegligentemente

24 Quienes ordenen iniciar la ejecución decontratos, en contravención de una normalegal o sublegal , al plan de organizaciónpolíticas. normativa interna , y manuales de

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sistemas y procedimientos que comprendenel control interno.

25 Quienes estando obligados , a permitir lasvisitas de inspección o fiscalizac ión de laContraloría del Estado Táchira. o de lasUnidades de Auditoria Interna de los entes yorganismos sujetos a la presente Ley senegaren a ello o no les suministrare loslibros , facturas y demás documentos querequieren para el mejor cumplimiento de susfunciones.

26 Quienes estando obligados a rendir cuentasno lo hicieran en la debida oportunidad, sinjustificación ; las presentaren reiteradamenteincorrectas o no prestaren las facilidadesrequeridas para la revisión

27 Quienes incumplan las normas einstrucciones de control, dictadas por laContralona General de la República o laContraloría del Estado Táchira.

28 La designación de funcionarios que hubierensido declarados inhabilitados por laContraloría General de la República

29 La retención o el retardo injustificado en erpago o en la tramitación de órdenes depago

30 Las actuaciones simuladas o fraudulentasen la administración o gestión de alguno delos entes señalados en los numerales 1 al 4del Artículo 10 de esta Ley

31 Cualquier otra acto , hecho u omisióncontrano a una norma legal o sublegal alplan de organiza , políticas . normativainterna , y manuales de sistemas yprocedimientos que comprenden el controlinterno.

Otros Supuestos generadoresde Responsabilidad

Artículo 77.- Las máximas autoridades , los nivelesdirectivos y gerenaales de los organismos o entesseñalados en los numerales 1 al 4 del Artículo 10 deesta ley, además de estar sujetos a lasresponsabilidades definidas en este Capítulocomprometen su responsabilidad administrativacuando no dicten las normas manuales deprocedimientos , métodos y demás instrumentos queconstituyan el sistema de control interno o no loimplanten , o cuando no acaten las recomendacionesque contengan los informes de auditoría o decualquier actividad de control, autorizados por lostitulares de los órganos de control fiscal externo, enlos términos previstos en el Artículo 47 de esta Ley

CAPÍTULO 111De los Reparos

Formulación de Reparos

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Artículo 78.- Los órganos de Control Fiscal en elámbito de sus competencias , procederán a formularreparos cuando en el curso de las auditoríasfiscalizaciones , inspecciones, exámenes de cuentaso investigaciones que realicen en el ejercicio de sufunción de control detecten indicios de que se hacausado daños al patrimonio de un enteorganismo sujeto a la presente Ley comoconsecuencia de actos, hechos u omisionescontranos a una norma legal o sublegal , al plan deorganización políticas , normativa interna, vmanuales de sistemas y procedimientos quecomprenden el control interno , así como por unaconducta omisiva o negligente en el manejo de losrecursos

Contenido de los ReparaArtículo 79.- Los reparos que formulen los órganosde Control Fiscal deberán contener

1 La identificación del destinatario del reparo2 La identificación de la actuación del órgano

de Control Fiscal , en la que se detectaronlos indicios del daño al patrimonio del enteorganismo

3 La fecha en la que se rindió la cuentaocurrieron los hechos en razón de los cualesse formula el reparo.

4 _a determinación de la naturaleza de'reparo, con indicación de sus fundamentos

5 La fijación de la cuantía del reparo y si éstaes de naturaleza tributaria, la discriminaciónde los montos exigibles por tributos ¡aactualización monetaria , los recargos losntereses y las sanciones que correspondan

6 La indicación de los recursos que procedenseñalando los lapsos para ejercerlos y losorganos o tribunales ante los cuales deberInterponerseCualquier otro dato que se considerenecesario para fundamentar el reparo

Remisión a 1Ministerio Público

Artículo 80 .- Cuando se detecten indicios de que seha causado daño al patrimonio de un ente uorganismo sujeto a la presente Ley pero no seaprocedente la formulación de un reparo eirespectivo organo de Control Fiscal remrtira a'Ministeno Publico ros indicios de responsabilidadpenal y Civi' Las diligencias efectuadas por losórganos de Control Fiscal incluida la pruebatestimonial tienen fuerza probatoria. mientras nosean desvirtuadas en el debate judicial

Responsabilidad SolidaríaArtículo 81.- Cuando los actos . hechos u omisionesque causen daño al patrimonio de los entes uorganismos sujetos a la presente Ley seanimputables a varios sujetos. operará de pleno

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PAGINA 16 GACETA OFICIAL DEL ESTADO TACHIRA

derecho la responsabilidad solidan

Reparos de Menor CuantíaArticulo 82- La Contraloría del Estado Táchira,podrá ordenar a los órganos competentes paraejercer el control fiscl, en el organismo u ente quehubiere sufrido daño en su patrimonio , que formulereparos a los responsables de tales daños , siempreque a su quicio se trate de daños de menor cuantía yno aparezcan involucrados funcionarios de alto nivel.

Remisión a las Unidades deAuditoría Interna

Articulo 83 .- A los fines de lo previsto en el Artículoanterior la Contraloría del Estado remitirá al órganode control correspondiente , el expediente integradocon los elementos de convicción o prueba quehubiere recabado. Dicho órgano de control aplicaráel procedimiento establecido en esta Ley para ladeterminación de responsabilidades.

Liquidación y Notificaciónde Reparos

Articulo 84.- Los funcionarios encargados de hacerefectiva las liquidaciones de los reparos , deberánnotificar inmediatamente su recaudación a laContraloría del Estado Táchira. o al órgano decontrol que emitió el reparo.

Notificación de Reparos enmateria Tributaria

Articulo 8S.- Las notificaciones de reparos que seformulen en materias reguladas por el CódigoOrgánico Tributario o por leyes tributaras estadales,se regirán de acuerdo a lo establecido en lasmismas.

Responsabilidades por FaltasArtiaNo 86 : La ~lación de reparos. no excluyela responsabilidad por las faltas que en relación conlos mismos, tengan los respectivos funcionarios

CAPITULO NProcedimiento Adnúnieb~ para laDeterminación de Responsabilidades

Remisión al Procedimientode la L .O.C.G.R.

Articulo 87.- Para la formulación de reparos, ladeclaratoria de la responsabilidad administrativa y laimposición de multas , los órganos de Control Fiscaldeberán seguir el procedimiento previsto en el TítuloIII, Capítulo IV de la Ley Orgánica de la ContraloríaGeneral de la República y del Sistema Nacional deControl Fiscal

CAPÍTULO VDe las Medidas Preventivas

Facultad pro AdoptarM.dldss Piwentlvas

Articulo 88.- El Contralor o Contralora del EstadoTáchira. previa autorización dei Contralor General dela República, podrá adoptar en cualquier momentomediante acto motivado, las medidas preventivasque resulten necesarias cuando en el curso de unainvestigación se determine que existe riesgomanifiesto de daño al patrimonio de alguno de losórganos o entes señalados en los numerales 1 al 4del Artículo 10 de esta Ley, o que quede ilusoria laejecución de la decisión

Proporcionalidad de lasMedidas Preventivas

Articulo 89.• Las medidas preventivas deberánestar expresamente previstas y ajustarse a (aproporcionalidad y necesidades de los objetivos quese pretendan garantizar en cada supuesto concretohasta tanto los órganos junsdiccionales sepronuncien al respecto

CAPÍTULO VIDe las Sanciones

Potestad SanciionatoriaArtículo 90.- La Contraloria del Estado Táchira y lasUnidades de Auditoría Interna de los entes vorganismos sujetos a la presente Ley. ejercerán lapotestad sancionatona de conformidad con loprevisto en la Constitución de la RepublicaBolivanana de Venezuela en la Constitución de,Estado Táchira y las demás leyes aplicablessiguiendo el procedimiento establecido en esta Leypara la determinación de responsabilidades Estapotestad sancionatona comprende las facultadespara

Declarar la responsabilidad administrativa de losfuncionarios empleados y obreros que prestenservio en los entes y organismos sujetos a laaplicación de la presente Ley as¡ como de losparticulares que hayan incumdo en los actoshechos u omisiones generadores de dicha,esponsabilidao

2 imponer multas en los supuestos contempladosen esta Ley

De las multasArticulo 91 .- Serán sancionados por el respectivoórgano de Control Fiscal con multa de un mínimo decien Unidades Tributarias (100 U T ) a un máximo deun mil Unidades Tributarias (1.000 U T) que seimpondrán de acuerdo con la gravedad de ¡a falta v

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a la entidad de los perjuicios causados.1 A quien entrabe o impida el ejercicio de las

funciones de los órganos de Control Fiscal.2 A quien incurra reiteradamente en errores u

omisiones, en la tramitación de los asuntosque deban someter a la consideración de losórganos de Control Fiscal.

3 A quien sin motivo justificado, nocompareciera, ando haya sido citado porlos órganos de control , no obstante , siemprese dará un plazo de tres (03 ) días hábiles alinteresado para justificar su inasistencia.

4. A quien estando obligado a enviar a losórganos de Control Fiscal , informes , libros ydocumentos , y otros medios para lainvestigación , no lo hiciere oportunamente.

5. A quien designe a los titulares de losórganos de Control Fiscal , de los entes yorganismos se(alados en la presente Ley. almargen de la normativa que regula lamateria.

6 A quien se le haya declarado laresponsabilidad administrativa , por losórganos de Control Fiscal , de acuerdo a lagravedad de la falta y al monto de losperjuicios que se hubieren causados, sinperjuicio de las sanciones establecidas en elArtículo 105 de la Ley Orgánica de taContraloría General de la República y delSistema Nacional de Control Fiscal

Sanción sin Atenuantesni Agravantes

Artícu o 92.- Si a juicio de la autoridad que debaimponer la sanción , no hubiere atenuantes niagravantes , la multa se aplicará en el término medioSi hubiere atenuante , se impondrá por debajo deltérmino medio y si concurren circunstanciasagravantes . se impondrá por encima del expresadotérmino

CAPITULO VIIDe la Prescripción

Prescripción de las AccionesAdministrativas

Articulo 93.- Las acciones administrativas desanción o de resarcimiento , derivadas de la presenteLey, prescribirán en el término de cinco (5) arios,salvo que en leyes especiales se establezcan plazosdiferentes.Dicho término se comenzará a contar desde lafecha de ocurrencia del hecho, acto u omisión queorigine la responsabilidad administrativa, laimposición de la multa o la formulación del reparo,sin embargo , cuando el infractor fuere funcionariopúblico, la prescripción comenzará a contarse desde

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la fecha de cesamiento en el ejeroicio del cargo ofunción ostentado para la época de ocurrencia de lairregularidad . Si se trata de funcionarios que gozande inmunidad , se contará a partir del momento enque ésta hubiere cesado o haya sido allanada Sidurante el lapso de prescripción el infractor llegare agozar de inmunidad, se continuarán losprocedimientos que pudieran dar lugar a lasacciones administrativas , de sanción o deresarcimiento que correspondan.En casos de reparos de naturaleza tributaria. laprescripción se regirá por lo establecido en elCódigo Orgánico Tributario y leyes tributariasestadales aplicables

De la l>trbseriripción dela Prescripción

Articulo 94.- La prescripción se mtermampe:1 Por la información suministrada al imputado

o imputada durante las in estigacionespreliminares conforme a lo previsto en elarticulo 70 de esta Ley

2 Por la notificación a los interesados . del autode apertura del procedimiento para ladeterminación de responsabilidadesestablecido en esta Ley

3 Por cualquier actuación fiscal notificada alos interesados en la que se haga constar laexistencia de irregularidades, siempre quese inicie el procedimiento para ladeterminación de responsabilidadesestablecido en esta Ley

TITULO VPARTICIPACION CIUDADANA

Promoción de la Par ic¡pociónCiudadana

Artículo 95.- La Contraloría del Estado tiene eldeber de promover la participación ciudadana comoelemento integrante del Sistema de Control Fiscal enla junsdicción del Estado Táchira A tales fines laspersonas podrán directamente o mediante lasorganizaciones comunitarias de cualquiernaturaleza presentar propuestas y proyectosformular opiniones sobre la gestión de los órganos yentes de la Administración Pública Estada) opresentar denuncias sobre irregulandadescometidas por éstos

Educación para la ParticipaciónCiudadana

Artículo 96 .- La Contraloría del Estado Táchiradeberá desarrollar Programas de Educación eInstrucción sobre la Función Contralora y laContraloria Social, los cuales dirigirá a institucioneseducativas, a las organizaciones públicas y privadas

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y a las organizaciones comunitarias Para tal finpodrá suscribir convenios con el Ministeno deEducación y Deportes , Dirección Estadas deEducación Universidades Públicas uOrganizaciones Sociales dedicadas a la ContraloríaSocial

Facultad de ParticiparArtículo 97.- Todos los ciudadanos y ciudadanasque habitan en la jurisdicción del Estado Táchiraestán habilitados para participar en las tareas devigilancia , fiscalización y control de la inversión delos fondos públicos . A tales fines. todas las personaspueden individualmente o a través de lascomunidades organizadas, presentar propuestasplanes ideas o información que ayude a laContraloría del Estado al logro de sus objetivos

Modos de Participación CiudadanaArticulo 98.- La Contraloría del Estado Táchira, conel fin de hacer efectiva la participación ciudadana,mplementará los siguientes modos

1 Derecho a la información La Contraloría delEstado deberá atender y dar oportunarespuesta a todas las solicitudes deinformación tramitadas por las personas ylas comunidades organizadasprescindiendo de formalismos yprocedimientos que hagan imposible elejercicio de este derecho

2 Iniciativas comunitanas en el control fiscal3 Ordenar . procesar, dingir sistematizar

evaluar y responder las iniciativas de losciudadanos o las comunidades organizadasen Control Fiscal y las denuncias igualmentepresentadas por ciudadanos o comunidadesorganizadas

4 Llevar el Registro de organizacionescomunitarias que rnteractúan con laContrabrla del Estado

5 Control social en proyectos de alto impactoeconómico, socia ¡ y financiero

Publrcos con el objeto de incorporar la perbopaaónciudadana en las tareas de fiscalizar, supervisarcontrolar y vigilar la inversión de los fondos públicosy prevenir y combatir la corrupción administrativa

Facultad de disponerrecursos pera la Red

Artículo 101.- La Contraloría del Estado Táchiradispondrá de los recursos que considere necesariospara la creación y mantenimiento de la Red ygarantizará a todos los cooperantes , individual ocolectivamente considerados , el apoyo y lacolaboración debida , de conformidad con ¡aConstitución y la Ley

Derecho de participar en a RedArticulo 102.- Todos los ciudadanos y ciudadanasque habitan en el Estado Táchira , organizados o notienen el derecho de participar libremente en la Reode Participación Ciudadana para el Control de ¡aInversión de los Recursos Públicos, principalmentelas Asociaciones Vecinales, Gremios Económicos rSindicales. Asociaciones y Colegios ProfesionalesConsejos Comunales Asociaciones Civiles NcGubernamentales y cualquier tipo de organizaciónformal de la sociedad

TITULO VIDISPOSICIONES TRANSITORIAS y FINALES

CAPITULO 1Disposiciones Transitorias

Competencia TemporalArtículo 103.- Hasta tanto la Contraloría General dela Republica dicte la resolución indicada en e¡articulo 55 de a Ley Orgánica de la CorrtraloriaGeneral de la República y del Sistema Nacional deControl Fiscal a Contraloría del Estado Táchraejercerá las funciones descritas en ese Articulo

Deber de Facilitar InformaciónArticulo 99.- La Contraloría del Estado Táchiradeberá mantener en forma permanente, actualizaday a disposición de las personas , el esquema de suorganización , las dependencias que la componen ladependencia jerárquica superior al cual estánadscritas , los titulares de las dependencias y unarelación descriptiva de los procedimientosadministrativos , servicios y autondades a las cualespuede acudir cualquier ciudadano en caso de dudas

Red de Participación Ciudadanapara el Control

Articulo 100.- La Contraloría del Estado Táchiradeberá crear una Red de Participación Ciudadanapara el Control de la Inversión de los Recursos

Del Reglamento Interno y DemásNormas de la Presente Ley

Articulo 104.- La Contraloría del Estado Táchiradentro de los seis ( 6i meses siguientes a la entradaen vigencia de la presente Ley dictará losReglamentos nternos y demás normas para suaplicación y observancia plena

De los ProcedimientosArticulo 105.- LOS procedimientos administrativospara la determinacion de la responsabilidadadministrativa a imposición de multas o laformulación de reparos que se encuentren en cursopara el momento de entrada en vigencia de estaLey. se seguirán tramitando conforme a lo

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establecido en la Ley Orgánica de la ContraloríaGeneral de ta República y el Sistema Nacional deCo~ Fiscal publi ads en la Gaceta Oficial de laRepública de Venezuela Nro. 37.347 del diecisietede diciembre de dos mil uno.

CAPfTt1LO NDte osielones Flnal e

D. bs LapsosArti~ 106.- Los en esta Ley,se computarán por dise continuos, salvo indicaciónlegad expresa en col* Se entienden por díascontinuos los días calendarios , nomnaánenteutilizados en todas las actividades de la vida social.

Lapee de Dsiirlcoeporaciónde Documentos

Aft~ 107.- La Contraiorfa del Estrado T,ác ricadespués de diez (.10) afba? de incorporados a susarchivos , podrá deefrnir o disponer de loedocumentos en los cuales no consten derechos oaccionm a ~de k ..Mes y organierrros sujetos asu control o que hayan gwedado desprovistos deefectos )cxfdicos.

Medies Mdiwsos de Reperodue ciónde Docmesmbe

Amcelo 106,- La Coerleaiorfa dei Estado, podrácopiar sus erClairros por une wea ' R l' 9 'mm,1;obgráicoe o- poli cese kiwi d o aladro , id~ deroprodrocióee En esos can_ la Conl~ delEsbndo, de ^aei doedsw^abearep^odneidrse,lcrldiocs que ieerwi^imeies

Pvte~ Aee arce - deeras Actos

ARicob 106- La Contralaia del Estado Tácticapodrá revocar de oficio y en cualquier momento,sus propias donas eieenpre que las mismas nohayan origirr^do denxhos subjetivos o ' la Reglalegitimas que prdiseen ser aieabd^ Sin perjuiciode loe rscuraos a judieiarss - .a • quehaya Negar dearanávraeidad con is ley.

Melando 110.- La presente Ley ent ará en vigencia apartir de la lecha de su pubNcación en la GacetaOficial del Estado Táchira.

Dbpm~bAAfcsb 111.- Se deroga la Ley de ContratarlaGeneral del EsOedo Tád i ra, publicada en la GacetaOficial del Estado Táctica Na. 436 Extraordinario del

acabo (24) de oct;i re de mil nvecierrto5noventa y s~1.997), y su Rascara publicada enGaceta Oficial def Estado Tár ieat4o. Extraior^dirrario

437 de fecha veirrl8 (20) de noria~ de milnovecientos noventa y siete (1997) y todas lasdemás disposiciones que co~ con la presenteLey.

Dada , fimrada y Sellada en el salón de sesiones delConsejo Legislativo del Estado Táchfla, en la ciudadde San Cristóbal , a los veo~ días del mes deMayo de dos mil seis

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA .-ESTADO TÁCHIRA .-GOBIERNO

DEL ESTADO .-PODER EJECUTIVO.-SAN CRISTÓBAL , . Qk... DE J~A . DEL

DOS MIL SEIS .-AÑOS 196° DE LA INDEPENDENCIA Y. 147° DE LA

FEDERACIÓN.

Ejecútese y cuídese de su ejecución.

Firmado:

D JOSÉ BLANCO LA CRUZADOR DEL ESTADO TÁCHIRA