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  • 7/24/2019 GreSvlAccionesValoracion

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    VALOR DE REFERENCIA DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANAM

    Datos del Inmueble:M

    Provincia: 13-CIUDAD REAL Municipio: 80-SOLANA DEL PINO

    Referencia Catast ral : 6284414VH0568S0001KE Tipo de I nmueble: URBANO

    Direccin: TR ZANJA 10 : Escalera:T, Planta:OD, Puerta:OS

    MFecha de transmisin: 26/11/2015M

    Valor de referencia a la fecha de transmisin:M

    13.942,50 euros

    M

    Para obtener el valor de referencia se han utilizado los precios medios en el mercado, obtenidos siguiendo la metodologa

    basada en el informe anual sobre mercado inmobiliario en Castilla-La Mancha facilitado por la Direccin General del Catastroen virtud del convenio de colaboracin entre el Ministerio de Economa y Hacienda y la Comunidad Autnoma de Castilla-LaMancha firmado el 18 de septiembre de 2008 (BOE nm. 294 de 6 de diciembre), para el intercambio de informacin deestudios de mercado y para la difusin de la informacin catastral.M

    Este valor de referencia es meramente informativo a efectos de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobreTransmisiones Patrimoniales y Actos Jurdicos Documentados, no siendo de aplicacin en los siguientes casos:M

    a) Para los bienes inmuebles de naturaleza urbana cuyo uso predominante, conforme a su clasificacin catastral, NO sea elresidencial o almacn-estacionamiento. A tal efecto, se considerar que forman parte de un nico inmueble aquellos anejos ysuperficies recogidos junto a la construccin principal en la misma referencia catastral, considerndose como usopredominante el de dicha construccin.M

    b) Cuando el valor determinado por dicho medio sea inferior al valor declarado por el interesado o al precio o contraprestacinpactada en el acto o negocio jurdico que de lugar al hecho imponible. En tal caso, se tomar la mayor de dichas cantidades

    como base imponible, de acuerdo con lo previsto en el artculo 46.3 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobreTransmisiones Patrimoniales y Actos Jurdicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 deseptiembre y el artculo 40.3 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado por Real Decreto1629/1991, de 8 noviembre.M

    c) En aquellos bienes en los que el valor declarado o determinado mediante la aplicacin de los precios medios exceda de300.000 euros.M

    d) Cuando se trate de suelos sin edificar, inmuebles con construcciones en estado ruinoso en su totalidad, o cuyo precio de laconstruccin resultante de la aplicacin de precios medios sea inferior al 20 por ciento de su precio total.M

    e) Cuando sean de aplicacin los tipos de gravamen establecidos en el apartado 2 del artculo 19 y en los apartados 2 y 3 delartculo 21 de la Ley 8/2013, de 21 de noviembre, de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha, y el valor determinado poreste medio resulte inferior al asignado para la tasacin de la finca a efectos de su hipoteca.M

    f) En edificaciones singulares de carcter histrico o artstico.M

    g) Cuando el bien que se pretende valorar carezca de referencia catastral.M

    h) En el caso de inmuebles que tengan un precio mximo de venta fijado por la Administracin, cuando el valor determinadomediante la aplicacin de los precios medios en el mercado sea superior al indicado precio mximo, supuesto en el queprevalecer este ltimo.M

    i) Cuando se trate de inmuebles que tengan un precio establecido en subasta judicial.M

    j) Cuando el transmitente o el adquirente sea una Administracin pblica, un organismo autnomo o cualquiera de lasentidades integrantes del sector pblico.M

    Importante:De acuerdo con la Instruccin 1/2015, de 15 de enero de 2015, de la Direccin General de Tributos y Ordenacindel Juego, por la que se establecen los criterios para la comprobacin del valor de los bienes inmuebles de naturaleza urbana,

    la comprobacin del valor declarado se considerar no prioritaria si es igual o superior al 85% del valor de referencia a la fechade transmisin.

    MMM

    26 de Noviembre del 2015M

    Portal Tributario en Internet de la Consejera de Hacienda y Administraciones Pblicas

    Consejera de Hacienda yAdministraciones Pblicas