Generalidades de Polizas de Seguros

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Pago Directo: Forma de indemnización mediante la cual la Compañía paga directamente al Hospital y/o al Médico con el cual tiene convenio, por los servicios prestados al Asegurado de acuerdo a las condiciones del contrato, cuando proceda la reclamación Pago por reembolso: Usualmente sucede cuando el Hospital o el Médico no tienen un convenio con la aseguradora o si el seguro no es capaz de determinar la cobertura al momento del alta (puede ser por temas médicos o administrativos). En general el paciente requiere Factura, Reportes Médicos y Resultados de las pruebas realizadas suma asegurada Es el monto máximo que tienes disponible para cubrir cualquier padecimiento aprobado por la Aseguradra ; cantidad que será cubierta por la aseguradora en caso de enfermedad o accidente. Tabulador medico Es un límite máximo de dinero que está disponible para cubrir los honorarios de los médicos que te atiendan, por padecimiento o por accidente. Red de hospitales Las aseguradoras dividen sus hospitales en categorías y si se asiste a uno con categoría más alta a la contratada en tu póliza la aseguradora te penalizará sobre el deducible y coaseguro (el paciente debe pagar su deducible normal más la penalización), algunas veces si el paciente asiste a uno de categoría más baja se te bonifica tu deducible y coaseguro.

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Pago Directo:Forma de indemnización mediante la cual la Compañía paga directamente al Hospital y/o al Médico con el cual tiene convenio, por los servicios prestados al Asegurado de acuerdo a las condiciones del contrato, cuando proceda la reclamación Pago por reembolso: Usualmente sucede cuando el Hospital o el Médico no tienen un convenio con la aseguradora o si el seguro no es capaz de determinar la cobertura al momento del alta (puede ser por temas médicos o administrativos).En general el paciente requiere Factura, Reportes Médicos y Resultados de las pruebas realizadas  suma asegurada Es el monto máximo que tienes disponible para cubrir cualquier padecimiento aprobado por la Aseguradra ; cantidad que será cubierta por la aseguradora en caso de enfermedad o accidente. Tabulador medico Es un límite máximo de dinero que está disponible para cubrir los honorarios de los médicos que te atiendan, por padecimiento o por accidente.   Red de hospitales Las aseguradoras dividen sus hospitales en categorías y si se asiste a uno con categoría más alta a la contratada en tu póliza la aseguradora te penalizará sobre el deducible y coaseguro (el paciente debe pagar su deducible normal más la penalización), algunas veces si el paciente asiste a uno de categoría más baja se te bonifica tu deducible y coaseguro. Tipo de cobertura domestica (nacional) o internacionalNacional/Doméstica: Todos los servicios Médicos fuera del país de residencia son vía reembolso, es importante tener en cuenta que la decisión y porcentaje de reembolso a consideración de la Aseguradora.(hay seguros que no dan cobertura) Internacional: Existe la posibilidad de un pago directo fuera del país de residencia, el reembolso está avalado según póliza. Deducible

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Primeros gastos a cuenta del Asegurado, hasta el límite establecido en la carátula de la póliza, por cada enfermedad amparada; su objetivo es evitar reclamaciones menores. Cuando existen gastos complementarios (subsecuentes) a una enfermedad o accidente que se ha indemnizado, ya no se aplica deducible.

 CoaseguroCantidad que después de aplicar el deducible corre a cargo del Asegurado, es equivalente a un porcentaje de los gastos cubiertos. Dicho porcentaje queda indicado en la carátula de la póliza. Se aplica después de haber restado a las partidas procedentes, el deducible convenido y se expresa en porcentajes  HospitalizacionLa mayoría de los seguros de Gastos Médicos cubren únicamente padecimientos hospitalizados, que es la estancia continua en un hospital de más de 24 hrs, siempre y cuando ésta sea justificada y comprobable para la enfermedad o accidente, a partir del momento en que el Asegurado ingresa como paciente interno. (es muy importante dar aviso al seguro para evitar retrasos o denegación de garantías)   Enfermedad:Es toda alteración en la salud del Asegurado debido a causas anormales, internas o externas, por las cuales amerite tratamiento médico y/o quirúrgico y se encuentre amparado por el seguro, algunos incluyen la cobertura del parto y/o Cesárea.  Accidentes:Acontecimiento proveniente de una causa externa, imprevista, súbita y violenta, que produce lesiones o la muerte del Asegurado. (No se consideran accidentes las lesiones corporales o la muerte provocadas intencionalmente por el Asegurado.)  Procedimientos programados:La programación de cirugías deberá llevarse a cabo, cuando menos, con 5 días hábiles de anticipación a la intervención o tratamiento; lapso en el que la Aseguradora valorará la intervención y/o el tratamiento y otorgará por escrito al Asegurado la autorización correspondiente que debe entregar en el área de admisión del hospital y al

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médico tratante. siempre y cuando proporcione a la Aseguradora los documentos correspondientes completos (este trámite lo tiene que realizar forzosamente el paciente ya que las aseguradoras no admiten el trámite por parte del hospital) Procedimientos electivos Todos aquellos que se realicen por petición del paciente y carezcan de justificación médica, éstos gastos no son cubiertos por los seguros.  ExclusionesGenerales cada seguro tiene sus propios listados1.- Servicio de acompañantes (algunos los cubren en caso de menores de edad) 2. Tratamientos estéticos de cualquier tipo, calvicie, alopecia o cirugía para cambio de sexo; tratamientos de lesiones pigmentarias de la piel conocidas como lunares o nevus; o Dietéticos y de obesidad; 3. Dentales, alveolares o gingivales, a menos que sean indispensables, a consecuencia de un accidente cubierto, 4. Legrados uterinos que se deriven de hechos o actos en que haya intervenido le asegurado 5 Fertilidad, esterilidad, control de natalidad y sus complicaciones; 6 Tratamientos médicos o quirúrgicos para corregir xifosis, lordosis o escoliósis de columna vertebral7 Control, vigilancia y atención prenatal8 Todos los gastos propios del recién nacido, así como sus tratamientos pediátricos9. Tratamientos médicos o quirúrgicos realizados por quiroprácticos, naturistas, vegetarianos y de acupuntura, efectuados por personas sin cédula profesional para realizar dichos tratamientos;10. Tratamientos médicos o quirúrgicos de naturaleza, experimental o de investigación; 11. Enfermedades o accidentes que sufra el Asegurado a consecuencia de la ingesta o bajo los influjos de drogas, narcóticos o alucinógenos y/o bebidas alcohólicas, en los cuales dicho estado influya en forma directa para la realización del accidente o enfermedad.12. Intento de suicidio o mutilación voluntaria, aun cuando se cometa en estado de enajenación mental; 13. Actos delictivos realizados por el Asegurado; así como los gastos originados por lesiones producidas en riñas provocadas por el Asegurado;

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14. Práctica profesional de cualquier deporte; 15 Vacunas y/o medicamentos de prevención de la salud. Sin embargo, cuando las vacunas sean prescritas como parte de un tratamiento por algún padecimiento cubierto , no serán consideradas como preventivas y en consecuencia tampoco serán excluidas. 16 Cualquier tratamiento no pre-escrito por un profesional de la salud.  Pre-existencias:Son todas aquellas enfermedades o accidentes (séquelas) que hayan sucedido previo a la contratación del seguro. Usualmente los seguros no cubren este tipo de padecimientos y debido a la complejidad de su investigación, el seguro informa durante el tratamiento o incluso al alta del paciente. Es muy importante por este motivo siempre asesorarse con el Médico tratante, para saber si existe la posibilidad de que el padecimiento sea pre-existente en estos casos siempre se debe contar con una adecuada garantía económica por parte del paciente. Los padecimientos más comunes en los cuales el seguro da más énfasis en la investigación: (problemas de vesícula, reflujo, anemia, Pancreatitis, padecimientos relacionados a alcoholismo crónico, ansiedad, artritis, asma, enfermedades cardiovasculares, bronquitis, enfermedades del tracto digestivo, colon irritable, ulceras gástricas, osteoporosis, convulsiones, trombosis, hipertensión, etc.)  Periodo de espera: Lapso ininterrumpido que debe transcurrir desde la fecha de alta de la póliza del Asegurado, para que se pueda cubrir un padecimiento o tratamiento, de acuerdo a las especificaciones de la misma