Finalidades de La Evaluación

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FINALIDADES DE LA EVALUACIÓN José Luis Diego Martín.- Al hablar de finalidades de la evaluación nos estamos refiriendo al para qué evaluar, cuestión que no siempre está clara pues, con frecuencia, se confunde la evaluación con las calificaciones, a pesar de ser diferentes, como ya hemos visto, y se evalúa sólo para eso, para calificar y clasificar, en lugar de para mejorar, que debe ser el verdadero objetivo de la evaluación educativa. Esta meta general de la evaluación lleva emparejadas distintas finalidades o funciones, entre las que podemos distinguir, siguiendo la propuesta que plantea la Junta de Andalucía en su documento “La evaluación educativa”: Función de diagnóstico. Se trata de disponer de información significativa y suficiente que nos proporcione una visión global que nos permita hacer una valoración de la calidad del proceso educativo, en el contexto en el que se desarrolla y para las personas implicadas en el mismo. De esta forma podemos valorar la congruencia de los objetivos propuestos, la utilidad de los métodos utilizados, la organización escolar y el propio rendimiento del alumnado. Desde esta función diagnóstica la evaluación debe incluir una toma de decisiones que permita mejorar el proceso y sus resultados, introduciendo los cambios y apoyos que sean necesarios. Así, el docente podrá modificar su propia práctica y el alumno mejorar su proceso de aprendizaje. Función de orientación. La evaluación debe servir para reconducir el proceso tanto por parte del profesorado como del alumnado, orientándolo hacia las metas previstas, desde una perspectiva de mejora. Por tanto, evaluar no es sólo conocer lo que ocurre o reconocer los errores, problemas o deficiencias, sino que lo verdaderamente importante de la evaluación es su posibilidad de reconducir el proceso con miras a la mejora. Esta función orientadora de la evaluación permite al alumno tomar conciencia de su aprendizaje y, a partir de ahí, implicarse más en el mismo, a la vez que ayuda al profesor a introducir los cambios necesarios en la enseñanza, actividades de apoyo y refuerzo, etc. Si la evaluación cumple esta función orientadora las actividades de apoyo y refuerzo dejan de ser un ejercicio mecánico y rutinario que no conduce, muchas veces, a avances significativos, haciendo posible que el propio alumno encuentre el sentido a dichas tareas y le resulten realmente útiles. -1- Función de motivación. Aunque en ocasiones parezca todo lo contrario (no por la evaluación en sí, sino porque no se lleva a cabo de forma adecuada), la evaluación puede y debe cumplir una función motivadora, tanto para el profesorado como para el propio alumnado. Conocer las dificultades y poner en marcha los mecanismos oportunos que traten de superarlas se un aspecto motivador siempre y cuando logremos tener la confianza de que es posible dicha superación (cuestión que debe afectar tanto al profesorado como al propio alumnado).

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FINALIDADES DE LA EVALUACIÓN

José Luis Diego Martín.-

Al hablar de finalidades de la evaluación nos estamos refiriendo al para qué evaluar, cuestión que no siempre está clara pues, con frecuencia, se confunde la evaluación con las calificaciones, a pesar de ser diferentes, como ya hemos visto, y se evalúa sólo para eso, para calificar y clasificar, en lugar de para mejorar, que debe ser el verdadero objetivo de la evaluación educativa. Esta meta general de la evaluación lleva emparejadas distintas finalidades o funciones, entre las que podemos distinguir, siguiendo la propuesta que plantea la Junta de Andalucía en su documento “La evaluación educativa”:

Función de diagnóstico.

Se trata de disponer de información significativa y suficiente que nos proporcione una visión global que nos permita hacer una valoración de la calidad del proceso educativo, en el contexto en el que se desarrolla y para las personas implicadas en el mismo. De esta forma podemos valorar la congruencia de los objetivos propuestos, la utilidad de los métodos utilizados, la organización escolar y el propio rendimiento del alumnado.

Desde esta función diagnóstica la evaluación debe incluir una toma de decisiones que

permita mejorar el proceso y sus resultados, introduciendo los cambios y apoyos que sean necesarios. Así, el docente podrá modificar su propia práctica y el alumno mejorar su proceso de aprendizaje.

Función de orientación.

La evaluación debe servir para reconducir el proceso tanto por parte del profesorado como del alumnado, orientándolo hacia las metas previstas, desde una perspectiva de mejora. Por tanto, evaluar no es sólo conocer lo que ocurre o reconocer los errores, problemas o deficiencias, sino que lo verdaderamente importante de la evaluación es su posibilidad de reconducir el proceso con miras a la mejora. Esta función orientadora de la evaluación permite al alumno tomar conciencia de su aprendizaje y, a partir de ahí, implicarse más en el mismo, a la vez que ayuda al profesor a introducir los cambios necesarios en la enseñanza, actividades de apoyo y refuerzo, etc.

Si la evaluación cumple esta función orientadora las actividades de apoyo y refuerzo

dejan de ser un ejercicio mecánico y rutinario que no conduce, muchas veces, a avances significativos, haciendo posible que el propio alumno encuentre el sentido a dichas tareas y le resulten realmente útiles.

-1-

Función de motivación.

Aunque en ocasiones parezca todo lo contrario (no por la evaluación en sí, sino porque no se lleva a cabo de forma adecuada), la evaluación puede y debe cumplir una función motivadora, tanto para el profesorado como para el propio alumnado. Conocer las dificultades y poner en marcha los mecanismos oportunos que traten de superarlas se un aspecto motivador siempre y cuando logremos tener la confianza de que es posible dicha superación (cuestión que debe afectar tanto al profesorado como al propio alumnado).

Función de Control-Calificación.

Esta función nos permitirá valorar el aprovechamiento que hacemos del proceso de enseñanza-aprendizaje. Se trata de una función que tradicionalmente ha asumido la evaluación, como se demuestra en las calificaciones (notas) escolares, los diplomas y títulos que certifican dicho aprovechamiento, etc.

El problema no está en que exista esta función, que también es importante, sino en

que sea la única que asuma la evaluación, como en muchos casos ocurre. Es importante dejar constancia del logro de objetivos, del desarrollo de capacidades, de la adquisición de competencias básicas, pero también lo es que esto no sea lo único que hacemos al evaluar.

En este sentido es preceptivo que el profesorado se vea obligado a traducir a una

calificación, a un código, el resultado de la evaluación y lo exprese en los boletines de notas, expedientes, actas, etc. Pero también aquí se comenten frecuentes errores, de manera que con frecuencia dicha calificación se realiza promediando una serie de puntuaciones (muchas veces obtenidas básicamente a través de exámenes), sin tener en cuenta que la evaluación es un proceso mucho más global, en el que más que promediar hay que integrar la información disponible, analizándola convenientemente y poniéndola en relación con los objetivos propuestos.

Función de promoción.

La evaluación del alumnado, entendida como valoración final de una parte del proceso de aprendizaje en el que se comprueba el grado de consecución de los objetivos generales, está relacionada con la función de promoción (paso de curso, ciclo o etapa).

También aquí hay que insistir en que es la evaluación, en sentido amplio, la que debe

decidir sobre dicha promoción, y no una simple calificación que se obtiene como promedio. Desde esta perspectiva resulta básico que el Centro determine cuáles son los objetivos mínimos y las competencias básicas que debe alcanzar el alumno para poder promocionar y, en función de dichos objetivos y competencias, teniendo en cuenta las características de cada alumno (capacidades, esfuerzo, etc.), decidir sobre la promoción. Es necesario, por tanto, una evaluación integral en la que se tengan en cuenta todos estos aspectos.

Desde esta perspectiva, es necesario que cada Centro:

− Establezca los referentes básicos para la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje: objetivos generales de etapa, objetivos de ciclo y áreas, capacidades y competencias básicas relacionadas con dichos objetivos y criterios de evaluación que permitan valorar el grado de adquisición de dichas capacidades y competencias y de los contenidos relacionados con ellas.

− Acuerde los procedimientos que se emplearán para la evaluación: sesiones de evaluación para valorar los aprendizajes, decisiones sobre la promoción, medidas educativas complementarias que contribuyan a que el alumno alcance los objetivos programados, información que se facilitará al alumnado y a sus familias, etc.

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Función de acreditación.

La evaluación tiene, también, una función acreditativa mediante la que se deja constancia de los años cursados, las calificaciones obtenidas y las orientaciones facilitadas para la mejora. Para ello existen distintos documentos en los que se recoge dicha información, que son, de acuerdo con lo establecido en las Órdenes de 10 de agosto de 2007, de evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación primaria y de E.S.O., respectivamente, en la Comunidad autónoma de Andalucía, los que a continuación se indican:

− Actas de evaluación (reflejan los resultados o calificaciones obtenidas por el

alumnado de un grupo-clase en las distintas áreas o materias).

− Expediente académico (incluye datos de identificación del centro y del alumno, así como la información relativa al proceso de evaluación).

− Historial académico (documento oficial que refleja los resultados de la evaluación y las decisiones relativas al progreso académico del alumnado en toda la etapa, teniendo valor acreditativo de los estudios realizados).

− Informe personal (elaborado por el profesor-tutor, incluye información que pueda resultar válida sobre el alumno para el profesor-tutor del curso siguiente).

Función de certificación.

El resultado del proceso evaluador también tiene repercusiones relacionadas con la certificación de los estudios realizados. Así, de acuerdo con lo establecido en la Orden de evaluación para la Educación Secundaria Obligatoria, antes citada, podemos encontrarnos con los dos supuestos que a continuación se indican:

− El alumnado que al terminar la educación secundaria obligatoria haya alcanzado

las competencias básicas y los objetivos de esta etapa obtendrá el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

− El alumnado que curse la educación secundaria obligatoria y no obtenga el título recibirá un certificado de escolaridad en el que consten los años y materias cursados.

De conformidad con lo establecido en el artículo 16.1 del Decreto 231/2007, de 31 de

julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación secundaria obligatoria en Andalucía, el alumnado que supere todas las materias de la etapa obtendrá el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Asimismo, podrá obtener dicho título aquel alumno o alumna que haya finalizado el curso con evaluación negativa en una o dos materias, y, excepcionalmente, en tres, siempre que el equipo docente considere que la naturaleza y el peso de las mismas, en el conjunto de la etapa, no le ha impedido alcanzar las competencias básicas y los objetivos de la etapa. También podrá obtener dicho título el alumnado que curse programas de diversificación curricular (si superados los dos ámbitos tienen evaluación negativa en una o dos materias y, excepcionalmente en tres) y el alumnado que curse un programa de cualificación profesional inicial, si supera los módulos establecidos para dicho fin.