FECHA: DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES

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SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Dirección General de Recursos Materiales CONVOCATORIA I BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPS/DGRM-DSG/020/2019, CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA INTRAMUROS PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN MORELIA, ESTADO DE MICHOACAN POR EL PERIODO DEL DE ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 Anexo 1a CARTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR (PERSONAS FÍSICAS Y MORALES) (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE) DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE FECHA: _____ _ (Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocemos el Acuerdo General de Administración Vl/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008, y no nos encontramos en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, V, VI, VII, VIII y X, así como 58 fracción XVI, del instrumento normativo antes referido. Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito. ATENTAMENTE Nombre y firma del participante Página 1de 14 DGRM·DS-CPSIS-080 REV1.2Mob 201D 19 2D

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CONVOCATORIA I BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPS/DGRM-DSG/020/2019, CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA INTRAMUROS PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN MORELIA,

ESTADO DE MICHOACAN POR EL PERIODO DEL 1ª DE ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019

Anexo 1a CARTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR

(PERSONAS FÍSICAS Y MORALES) (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE

FECHA: _____ _

(Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocemos el Acuerdo General de Administración Vl/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008, y no nos encontramos en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, V, VI, VII, VIII y X, así como 58 fracción XVI, del instrumento normativo antes referido.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del participante

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CONVOCATORIA I BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPS/DGRM-DSG/020/2019, CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA INTRAMUROS PARA LA CASA DE LA CULTURA JUR(DICA EN MORELIA,

ESTADO DE MICHOACAN POR EL PERIODO DEL 1• DE ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019

Anexo 1b MANIFESTACIÓN DEL DOMICILIO LEGAL

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA: _____ _

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

PRESENTE

(Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y representación de (nombre de la persona física o moral), por medio del presente escrito señalo como domicilio legal para recibir y oír las notificaciones relacionadas con el presente procedimiento de contratación número , mediante (especificar, predial, agua o CFE), así como las relacionadas con la contratación que llegare a celebrar con los órganos del Poder Judicial de la Federación, el ubicado en Calle número exterior , número interior , Colonia , Delegación o Municipio _____ , Código Postal , Ciudad----------

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante legal

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CONVOCATORIA I BASES

CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPS/DGRM-DSG/020/2019, CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE

SEGURIDAD Y VIGILANCIA INTRAMUROS PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN MORELIA.

ESTADO DE MICHOACÁN POR EL PERIODO DEL 1º DE ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019

Anexo 2a

(Requerimiento Técnico) Especificaciones para la contratación del servicio de seguridad y vigilancia Intramuros para la Casa de la

Cultura Jurídica en Morella, estado de Michoacán

ELEMENTOS Y TURNOS

5 ELEMENTOS:

2 ELEMENTOS DE 24X24 HORAS DE LUNES A DOMINGO. 1 ELEMENTO DE 12X12 HORAS DE LUNES A SÁBADO

RECURSOS HUMANOS

Es necesario que el prestador del servicio cuente con los recursos humanos suficientes para que en cualquier momento sustituya al personal faltista o aquellos que incurran en actos irresponsables.

PERFIL DEL PERSONAL

El prestador del servicio deberá garantizar que su personal cuente con el siguiente perfil:

Edad y estatura de acuerdo a las políticas de contratación del prestador del servicio. Estudios mínimos de secundaria terminada. Constancia de antecedentes no penales (actualizada), expedida por autoridad competente y vigente. Complexión media. Excelente trato interpersonal. Certificado médico en el que se mencione la buena salud y condición fisica de la persona, asi como si es apto para desempeñar dicho servicio, con antigüedad no mayor a 6 meses

DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁ PRESENTAR EL PRESTADOR DE SERVICIOS

Registro ante la Secretaria Pública Federal y/o Estatal. El permiso deberá estar vigente durante la prestación de los servicios. Si se cancela será motivo suficiente para proceder a la rescisión del contrato. Planes y programas de capacitación y adiestramiento vigentes, acordes a las modalidades en que se prestará el servicio. Políticas de contratación, se refiere al procedimiento o logistica que lleva a cabo el prestador de servicios para contratar al personal de seguridad, estos es, reclutamiento y selección, perfil (edad mínima y máxima, comprobante de estudios, estatura, complexión etc.), los documentos que deberán presentar los candidatos como el personal a contratar, entrevistas y estudios que deberá cumplir el aspirante, así como el de las personas responsables de revisar y evaluar lo anterior. Constancias de capacitación de su personal. . Cédulas de Identificación de sus elementos que prestarán el servicio y los que cubrirán inasistencias.

Cabe señalar, que en caso de tratarse de corporaciones gubernamentales, estas deberán cumplir con lo señalado en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

UNIFORME

Los elementos deberán presentarse debidamente uniformados, por ejemplo:

Pantalón recto color negro o azul marino. Camisola color blanca con hombreras e insignias que identifiquen la denominación social de la empresa que presta el servício. Gorra con visera, insignia o logotipo que identifique el nombre o razón social del prestador del servicio. Zapato de vestir o bota tipo militar color negra con suela antiderrapante.

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CONVOCATORIA I BASES

CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPS/DGRM-DSG/02012019, CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE

SEGURIDAD Y VIGILANCIA INTRAMUROS PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN MORELIA,

ESTADO DE MICHOACÁN POR EL PERIODO DEL 1º DE ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 Chamarra negra o azul marino con insignia o logotipo que identifique el nombre o razón social del prestador del servicio.

EQUIPO

Fornitura Detector de Metales Manual (uno por acceso) Gas lacrimógeno Tolete o PR-24 Lámpara de mano Silbato Equipo de radio comunicación interna y/o teléfono celular.

RECURSOS MATERIALES

El adjudicatario deberá contar con el equipo necesario para el buen desempeño de su personal y salvaguardar la integridad física del personal que labora dentro del inmueble, asf como para visitantes. Asimismo, es necesario que el prestador del servicio, cuente con un stock para el cambio de equipo al presentar mal funcionamiento o desperfecto.

SUPERVISIÓN

El prestador del servicio deberá realizar dos o más visitas de supervisión durante las 24 horas del día, que le permitan vigilar constante y periódicamente el desempeño de sus elementos, así como verificar que se cumpla con las consignas y lo establecido en el contrato, con independencia de la supervisión realizada por la unidad administrativa designada por la Casa de la Cultura Jurídica.

El adjudicatario podrá establecerse otro tipo de supervisión remota (comunicación vía telefónica o a través de los equipos de radio comunicación) misma que deberá informar a dicha unidad administrativa.

El prestador de servicio deberá asignar a una persona que funja como enlace y atienda cualquier llamada durante las 24 horas, que solucione en el ámbito de su competencia cualquier incidencia.

En los inmuebles se deberá llevar un control calendarizado (bitácora) de las visitas de supervisión que realice el prestador del servicio, en el que se deberá hacer las siguientes anotaciones:

Nombre y cargo de quien realiza la supervisión. Fecha y hora. Nombre de los elementos que se encuentren de servicio. Novedades y observaciones.

Dicha información deberá ser avalada por la firma autógrafa del encargado del turno o del servicio y por la del supervisor.

ELEMENTOS CAPACITADOS

El prestador del servicio deberá contratar con personal con experiencia (mínima de un año), con conocimientos técnicos y administrativos en materia de seguridad, que puedan adaptarse a las políticas, objetivos y necesidades que en la materia establezca este Alto Tribunal, acreditando la empresa con las constancias correspondientes a cada uno de sus elementos.

CAPACITACIÓN CONTINUA

El adjudicatario deberá presentar su plan, programa de capacitación y adiestramiento vigente, así como la constancia que acredite el registro de la misma ante la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, mismos que deberán ser acordes al servicio que se ofrece.

El área administrativa que lleve a cabo el contrato, deberá verificar que el personal de la empresa reciba la capacitación respectiva.

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ESTADO DE MICHOACAN POR EL PERIODO DEL 1º DE ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 la capacitación se imparta será acorde a las modalidades en que se autorice el servicio, y tendrá como fin que los elementos se conduzcan bajo los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez.

Algunos temas propuestos que dicha capacitación deberá contemplar son:

../ Ética Profesional.

../ Cultura Cívica .

../ Protección a Funcionarios e Inmuebles .

./ Seguridad Intramuros .

../ Primeros Auxilios .

../ Combate de Incendios (uso de extintores y mangueras) .

../ Búsqueda y Rescate .

../ Evacuación de Inmuebles .

../ Manejo de Tolete y/o PR-24 .

../ Uso de Gas lacrimógeno .

./ Defensa Personal.

En el supuesto de que, el prestador del servicio cuente con capacitadores internos, se deberá presentar el currículum vitae y las constancias que avalen sus capacidades.

CONSIGNAS GENERALES

Las Consignas Generales se definen como órdenes o instrucciones en materia de seguridad y vigilancia, de observancia estricta y general, teniendo carácter de obligatorias en cada inmueble.

1. El personal de seguridad deberá presentarse 20 minutos antes de la hora establecida para pasar lista y revista, antes de desempeñar su servicio, efectuando oportunamente el relevo del mismo.

2. Los elementos de seguridad se presentarán a su servicio en perfecto estado físico y de salud, sin haber ingerido bebidas embriagantes, sustancias tóxicas o enervantes, ni tener aliento alcohólico.

3. Los elementos de seguridad se presentarán debidamente uniformados, con herraje completo (placa, gafete o credencial, sectores, insignias y gorra), aseados, tanto en su persona como en su equipo, con corte de cabello reglamentario (patillas cortas y sin barba) y su calzado limpio, para Iniciar sus actividades.

4. El personal femenino, en su caso, usar maquillaje y aretes discretos, cabello recogido, zapatos de piso y uñas limpias.

5. La portación del uniforme deberá de ser en forma correcta durante todo el turno laboral y no se combinarán prendas que sean ajenas al mismo, los elementos deberán abstenerse de usar anillos, cadenas, pulseras y todo aquel accesorio ostentoso que puedan representar algún peligro o riesgo para su persona. El uso de lentes oscuros queda reservado, a que exista la necesidad médica que lo justifique.

6. Durante el turno laboral, los elementos de seguridad deberán portar el equipo que tenga asignado (tocado, chaleco, tonfa o PR-24 etc.).

7. Los elementos de seguridad verificarán que el equipo de cargo se encuentre en perfecto estado de funcionamiento para llevar a cabo su servicio, reportando cualquier daño o desperfecto al encargado del servicio para su inmediata reparación o sustitución. En caso contrario se hará responsable de los daños o desperfectos al elemento que omita el reporte.

8. Al iniciar el servicio, los elementos de seguridad realizarán una inspección ocular del área de responsabilidad, informando oportunamente toda anomalía, novedades y consignas con que reciben el mismo, informando al momento a su inmediato superior y a su relevo, al término del turno.

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ESTADO DE MICHOACAN POR EL PERIODO DEL 1º DE ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 9. Los elementos de seguridad deberán mostrar educación, conducirse en forma amable y respetuosa con toda persona con ta que tengan contacto.

10. El trato entre si, será con respeto, evitando sobrenombres, apodos y el uso de vocabulario vulgar.

11. Durante el desempeño del servicio en cualquier ubicación, todo el personal deberá estar atento y observar detenidamente, para detectar personas sospechosas o que se encuentren deambulando dentro o en la periferia de las instalaciones de la Casa de la Cultura.

12. Los permisos extraordinarios se tramitarán por conducto del encargado de turno o del servicio y se autorizarán por el comandante de destacamento y de su agrupamiento, debiendo contar con el visto bueno de la unidad administrativa correspondiente.

13. Al elemento que sea sorprendido fuera de su ubicación será reportado de inmediato a la comandancia de su destacamento para que le sea aplicada sanción correspondiente, de acuerdo con la Ley de Seguridad Pública; siendo et caso de Seguridad Privada, será reportado con su superior inmediato.

14. El encargado del servicio y/o de turno deberá Informar inmediatamente de toda incidencia relevante que se presente durante el servicio.

15. Los elementos al terminar su turno, se presentarán .con el encargado del servicio, con la finalidad de entregar la información generada de las ubicaciones donde haya estado comisionado, asimismo, el encargado del servicio reportará por escrito sus novedades del turno en tiempo, forma y con toda veracidad al administrador del contrato.

16. Los elementos de seguridad mantendrán en todo momento despejados los accesos, no permitiendo la obstrucción de puertas y pasillos.

17. Todos los elementos tienen la obligación de prestar ayuda en cualquier situación de emergencia, por lo que deberán conocer la estructura del inmueble, memorizando: rutas de evacuación, así como la ubicación de equipo contra incendios, botiquines, equipo de bombero, servicio médico, etc., independientemente de contar con los números telefónicos de emergencia para solicitar auxilio inmediato a las corporaciones de: Seguridad Pública, Bomberos, Cuerpos de Rescate y Emergencias, dependiendo las características del incidente.

18. En caso de que se presente algún siniestro, los elementos de seguridad colaborarán en las tareas de evacuación o resguardo del personal que se encuentre en las instalaciones, dependiendo de la contingencia que se suscite; los elementos podrán formar parte de las brigadas de Protección Civil.

19. Los elementos de seguridad guardarán la mayor discreción en la información relacionada con los asuntos concernientes a la Casa de la Cultura, evitando comprometer la seguridad de sus compañeros, empleados, visitantes e instalaciones.

20. Los elementos de seguridad solicitarán a los servidores públicos que se identifiquen, mostrando la credencial vigente que los acredite como empleados; en el caso de los visitantes, solicitará una identificación oficial con fotografía para su acceso y registro.

21. No se permitirá el acceso de personas en estado de ebriedad o bajo el influjo de sustancias psicotrópicas o estupefacientes, así como en posesión de armas, objetos punzocortantes, materiales inflamables o todo aquello que represente un riesgo para los servidores públicos, visitantes, acervos y de las propias instalaciones.

22. Los elementos de seguridad informarán con el debido respeto y cortesía a los visitantes que soliciten información sobre la ubicación de oficinas, sin descuidar en ningún momento las medidas de seguridad que se tienen establecidas.

23. Los elementos de seguridad realizarán rondines internos en áreas comunes, azoteas, pasillos, sanitarios, estacionamiento, etc., con la finalidad de detectar cualquier anomalía en el inmueble, que ponga en riesgo a las personas, acervos e infraestructura.

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SEGURIDAD Y VIGILANCIA INTRAMUROS PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN MORELIA, ESTADO DE MICHOACAN POR EL PERIODO DEL 1º DE ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019

24. Los elementos de seguridad apoyarán en el control de accesos y salidas de personas y vehículos, sin hacer ninguna excepción.

25. Si por alguna causa de fuerza mayor algún elemento de seguridad se encuentra imposibilitado para presentarse a su servicio, reportará dicha situación con el encargado del servicio o de turno, con la finalidad de tomar las medidas conducentes.

26. El personal de seguridad deberá realizar la apertura y cierre de las puertas del inmueble en los horarios establecidos.

27. Al detectarse cualquier alteración del orden en la vía pública, el personal de seguridad asegurará de inmediato las instalaciones a su reguardo e informarán a las autoridades correspondientes.

28. El responsable del turno tendrá las siguientes funciones:

~ Coordinar con el Titular de la Casa de la Cultura la implementación de dispositivos internos. ~ Supervisar al personal a su mando. ~ Informar por escrito las novedades e incidentes de su turno. ~ Ser el responsable del equipo y materiales propiedad del prestador de servicio, proporcionados para el

desarrollo de su servicio. ~ Pasar lista de asistencia, revista de uniformes y presentación de los elementos. ~ Ubicar a cada uno de tos elementos, informándoles de las recomendaciones correspondientes al servicio. ~ Apoyar a sus elementos cuando requieren moverse del área asignada. ~ Realizar los roles de alimentos de su personal. );¡- Realizar rondines durante su turno en el inmueble, verificando que su personal desempeñe las labores

correspondientes. ~ Será el responsable de verificar que se mantengan limpios los lugares físicos que se les asigne. >o- Antes de entregar su turno, verificará que quede cubierto el servicio del personal que lo releva, de lo

contrario cubrirá con su personal a los elementos faltantes.

RESTRICCIONES

1. Los elementos de seguridad deben abstenerse de fumar, ingerir alimentos, masticar chicle y adoptar posturas inapropiadas durante el tiempo que se encuentren desempeñando su servicio en los diferentes puntos del inmueble.

2. Los elementos de seguridad evitarán en todo momento actividades que distraigan su atención como: visitas personales, el uso de celulares {sólo en caso de alguna emergencia), leer revistas o periódicos, ver televisión, escuchar radio portátil, participar en juegos de azar, distracción con compañeros de trabajo, introducir personas ajenas, etc.; estando siempre alerta del servicio.

3. Los elementos de seguridad se abstendrán de relajar la disciplina durante el desempeño del servicio y evitarán familiaridades con servidores públicos o visitantes.

4. Para abandonar la ubicación asignada, los elementos de seguridad deberán contar con la autorización correspondiente de su superior jerárquico y tendrán que ser relevados por otro compañero.

5. Los elementos de seguridad deberán abstenerse de realizar funciones de mandadero, gestoría, recibir paquetes, documentos, oficios o notificaciones no oficiales dentro o fuera de los inmuebles, así como realizar funciones ajenas a las del servicio de seguridad y vigilancia.

6. Los elementos de seguridad durante el servicio o fuera de él, por ningún motivo podrán utilizar para fines personales los vehículos automotores propiedad de este Alto Tribunal o de empleados, así como usar oficinas para descansar o tomar café; el uso del equipo de cómputo quedará sujeto a previa autorización, el uso del equipo que no tenga relación directa con el desempeño de sus funciones. será motivo de las sanciones correspondientes.

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CONVOCATORIA / BASES

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ESTADO DE MICHOACAN POR EL PERIODO DEL 1º DE ABRIL Al 31 DE DICIEMBRE DE 2019 7. Los elementos de seguridad no aceptarán dadivas de ninguna especie, que condicione o comprometa el buen desempeño de sus labores.

8. Los elementos de seguridad evitarán entrar sin autorización a oficinas administrativas, privados y áreas restringidas, salvo en casos de emergencia.

9. Ningún elemento de seguridad, podrá retirarse de su servicio si este no es relevado por otro.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante legal

I_ APRJc(r.teffe. Página 8 de 14

OGRU·DS-CPSIS.Ol!OREVI 1Mol>201U 1818

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CONVOCATORIA / BASES

CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPS/DGRM-DSG/020/2019, CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE

SEGURIDAD Y VIGILANCIA INTRAMUROS PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN MORELIA,

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Anexo 2b

CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS NACIONALES E INTERNACIONALES (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES

DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

PRESENTE

FECHA: ___ _

(Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que mi representada cumple con las Normas Nacionales e Internacionales respecto de los servicios de seguridad y vigilancia intramuros, conforme lo establece la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y, demás disposiciones aplicables, según se indica a continuación:

l. Normas Nacionales

11. Normas Internacionales

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante legal

APRJC~ Página 9 de 14

DGRM DS-CPSls.oeQ REVI 2Mob :1010 IA 20 J

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ESTADO DE MICHOACÁN POR EL PERIODO DEL 1º DE ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 Anexo 2c

Carta de Infraestructura (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE

FECHA: ___ _

Declaro bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurre los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que mi representada (Nombre de Ja empresa participante) cuenta con la infraestructura instalada, personal, material, equipo y demás requerimientos mínimos necesarios para la prestación de los servicios de seguridad y vigilancia intramuros.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante legal

Página 10de14

----------- ----- - -- DGRM·DS.CPSIS-080 REVl.211/feb 201 D 18 211 - '

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ESTADO DE MICHOACAN POR EL PERIODO DEL 1º DE ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 Anexo3

(Formato de propuesta económica) (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PARTICIPANTE:

Precio m11n1ual Precio mensual Cantidad unitario por elemento de elementos antes del.V.A.

5 elementos: Servicio de seguridad y vlgl:ancia

2 d11 24X24 horas de lunes a

' Intramuros para la Casa de la domingo $ Cultura Jur~dfca en Morella.

estado de Mlchoacan. 1 en turnos de 12X12 horas de lunes a sábado

Las operaciones aritméticas se deberán efectuar con redondeo a dos decimales. Importe total de los servicios en letra:---------------

Forma de pago:

por al total de elemento•

antes del.V.A.

s

Subtot&I LVA t6'1t

Tot&I men1u1t Total por 9 meses

Precio Total mensual

1

s

El pago se realizará a mensualidad vencida a los 15 dlas hábiles a partir del dla hábil siguiente de la presentación del Comprobante Fiscal Dlgital por Internet (CFDI) correspondiente, en la ventanilla l'.mica de la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad, y la acreditación de la constancia de entrega a entera satisfacción.

Plazo para la prestación de los servicios: 9 meses, a partir del 1 • de abril y hasta el 31 de diciembre de 2019.

Lugar de prestación de los servicios: En los inmuebles de la Casa de la Cultura Jurfdica ubicados en Avenida Morelos Sur No 193, esquina con Antonio Álzate, colonia Centro, código postal 58000, y Calle Manuel M. Ponce No. 40, colonia Chapultepec Oriente, código postal 58260, en Morelia, estado de Michoacán.

Vigencia de la propuesta: las propuestas permanecerán vigentes por un plazo no menor de 60 dlas hábiles siguientes a la fecha de entrega de las mismas.

Los precios ofertados no serán sujetos a ningún ajuste y cualquier error en los mismos, será de la estricta responsabllldad del ofertante.

En el precio se deberá considerar todos los requerimientos del Anexo 2a.

Razón Social _______________________________ _

R.F.C·----------------------~~~~~-~-~-Domlcllio ________________________________ _

Nombre y firma del representante o apoderado legal __________________ _

L APPJC/o~ Pagina 11 de14

OGRM·DS-CPSIS.080 Re11nMo1> 2010 18 29

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ESTADO DE MICHOACAN POR EL PERIODO DEL 1º DE ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019

Anexo4 Modelo de contrato Slmpllflcado

l.· l• Suprema Colla de JuaUcla d• I• Naclon, •11 lo aucHlvo "Suprema Colla" por conducto d• au t•p~u11tante pat11 lo1 •lecto• d• •1ta ln11tumen10 manlllnta que: 1.1.· Es el mhlmo «gano deposltariÓ del Poder Judicial de la Federadéll. en l6nmtlos de lo dispuesto en los enlculos 94 ele la ~sucuelón Pollllca de los Eslados Unidos M.,.lcanos y 1' tracc4n 1, de la Ley 0'llénlea del Poder Jullldal da la Federación. U..t.a presente contratacl6n fue autorizada por la Direeta<a General de Recursos Materiales de la Suprema Corte ele Justlcla ele la NaclOn, de eontonnldad con lo previsto en los artículos 39. fraccllln 111. 43. tracelOn 111, y 82 del Acuerao General de Admlnlsttaclón Vl/2006. del veinticinco de sepllembre de dos mil ocho, del Comlt6 de Gobierno y Administración de ta Suprema Corte ele JusUcla de •• NaciOn por et que se regulan los pnx:edimlenlos para la aOqulsld6n, admlnlstradéll y deslnairporaeiOn de bienes y ta contratación de obQs, usos y seMclos requeridos por este Tllbunll. l.l.• El Dlrec10t General de Rtcur3os Maler1ales ~ tacullado para suscnblt el piesenle lnstnsmento. do confonnidad con lo dispuesto en el artlculo 10 del Acuerdo General do Adminlslfatlón Vl12D06. U.· Para todo lo relacionado con el presenle conWalo, se~ala como su domlcllio el ubicado en la Calle de Jos6 Maria Pino Suarez numero 2. colonlll Centro de la ciudad do Mealco. delegación Cuauhtémoc. código postal 06060, en la Ciudad de Mll•lco 11.• El •p,.atadot do Strvlcloa" pot conduelo de •u rep~Hntanlt l•gal rnanKlaata baja prot"ta d• decir .. ntad qu.: 11.1.· Cuenta con pe1'Qflal con la suridenie .. penenda y caldleadón para ejecutar los seMclaS requertdos por la Suprema Corta. asl como con los elementos lécnlcos y capacidad eeon6mlea necesaria para tal fin. n.2.· A fa techa do adjudleaclón de ta presenle contratae!On, no so encuentra en los supuestos ele los aniculos 46 y 56, fracción XVI, del Acuerao General ele AdmlnlstracJOn Vt/2008 del velnUclnco do septiembre do dos mil oeho. del Comite de Goblomo y AdmlnlstraelOn de la Suprema Coite ele JustJcJa do la Nación. 11.l.· Conoce y aaipla sujelllrse a lo previsto en el Acuerda General do Administración Vl/2008, del veinUcinco de septlernb<e de dos mil acno, del Comtti de Goblemo y Adminisuaclón do la Suprema Cone de JusUda de lll Nación po< el que se regutan los proeedlmlentos para ta ad~. admMlistrad6n y deSlncalporaci6n de bienes y ta contratacJOft de abras. usos y seMdos rOq\lefldos por este Alto Tr1bunat. HA· Para todO lo retaCIDnado con ol piesente contrato, smala como su domlcillo el lndleado en la ear&IUla del presenie lns11Umen1o, en el apartallo denominado 'Proveedor". 111.· La "Supnma Corta- y el "Preatador de Servicio•" declaran qua: 111.1.· Reconocen rnutuamenle la personalidad juridiea con la que comparece<1 a la celebraclOn del ptesenta lnsl/Umento y mandleslall que todas las comunlcaclones que so realicen entre eaas se dlrig~fl a los domldllos lndicadoS en los antececlenles l.~ y 11.~ de este lnsl/Umento. 111.Z.· El acuerdo de '<Oluntacles plasmado en este lnsl/Umento con!l'actual se rige pa< lo dlspueslO en la Cons~bld6n Politice ele tos Estados Unidos Mealeanos. ta Ley Org.,,lea del Poder Judlclal de ta Federadllll, el Acuerdo General do AdmlnlstracJOn Vl/2006, del veinllclnco de septlernble ele dos mit ocho, del Comtt6 de Goblemo y Administración de la Suprema Corte de Justicia do "' N~fl. el Reglamenlo Oflllink:o en Matana de Admlnlsuadón do la Suprema Cona ele Justicia do la Nación y. de manera suplelolla el CDdigo Civil Federal. el CDdigo Federal do ProcedlmlenlOs Civiles, la Ley Federal de Presupuesto y ResponsabWdad Hacendalla. la Ley Federal ele Responstbllldades Administrativas de los Sor.ldores pojblicos y ta Ley Federal del ProcedlmlenlD AdmlnlstraUvo en lo conducente. al tenor de llls slgulenles:

CLÁUSULAS Primera. Condlclan11 General11. El "Presiador de Servicios· se com¡iromele a proporcionar el seMcio desailD en la caratula del presente insl/Umento y respetar en lodO momento ol precio, pta:o y COlldlclones de paga sellalados en la relerlda carottula, duranie y haSlil el cumpllmlenlD lotal del objelD ele este aaierdo ele wlunllldes. El pago aellalado en la presenle clausula. cubni ti total del servicio contrltado. por lo cual ia Suprema CO<le' no Uene obllgadón do cubrir ningUll Importe adiciona!. St;unda. Requtalm para ,.a11zar lo1 pago• rnpac:tlvot. Pata eleclDS fiscales el 'Prestador do SeMdos· debera presentar la o las lac9Jras a nombre de la ·suprem• eone· segun consta on lll -'dula do ldentlllcaclóll fiscal. eapedicla por 11 Secm.rla do Hacienda y C~lto PUbllco eo11 el Registro Federal de Conll1buyenles SCJ9502046P5, Indicando el domicil io sellalado en la dedaracl6t1 L4 de este lnsltumenlD y dem:is requlsltos fiscales a que haya lugar, copla del piesente lnstnsmento contractual y la acredltacl6n de que los servicios se recibieron 1 entera saUslacdón. Tercera. Tercera. Modlllc1clonH de Hle ln11Nm1t110. Las condiciones pactadas en el presento lnSINmento f)odran ser ObjelD do modWicaclllll en terminas de lo previsto en los ar\lculos 12, tracclOn xxa y 143 de! referido Acuno Genera! Vt/2006. Cuat1a. ktexlstencla de nlad611 labonll. El 'Prestador do StMdos·, corno empresaria y palllln del pe1'0nal que ocupo para los seMclos profeslonatos materla de este ain1rato, sera ol olnlco responsable de tas obligaciones clerivado5 do las disposiciones laborales y demas otOenamlenlOs en materia do ttabajo y ele seguridad soctal. por lo que respondera de !Odas las reclamaciones que sus !rab•JadOres presenten en su conlfa o de ta 'Suprema Can e·, en relación COll los servicios motivo de esle conuato. La "Suprema Corte• esta facultada para requerir al ·Prestada< do SeMdos· 1os comprobantes do aflllldón a sus lfabajadores al IMSS. asl como los comprobantes de pago de llls cuotas al SAR. INFONAVIT e MSS En caso de que alguno o algunos do los trabajadores del 'Prestada< de SeMclos·. e¡eaiten o pretendan ejecutar alguna ntclamaclórl en contra de I• 'Suprema Corte·. el ·Prestador de Servicios· debera reembolsar la lot.afidad de los gastos QUe erngue ta 'Supreml Cotle' por con12pto do !fallados, -.tallcos hospedaje transportadón. alimentos y oemas Inherentes, con el fjn de acreditar 1nte la autoridad competen to que no e•lste relación laboral alguna COll los mismos y deslindar a lll 'Supr1!ma Corto' de cualquier tipo de responsablMdad en ese sentido. Las panes acueraan que el Importo de los rwfelldos ;estos que se lellaren a ocasionar podnln ser deducidos por la 'Suprema Corte· de las faauras que se encuentren pendientes do pago, lndependientemenle de tas aecJones legala que se pudieran ejercer Quinta. Pena Convenclonal. Las penas convencionales seran determinadas por lll Suprema Corte do Justicia de la Nackln, en tum:l6n del Incumplimiento decrot.adO. amfonne lo siguiente: En caso de lneumpllmlenlD en a1alqulera do 'as obligaciones establecidas an el presenle lnsl/UmenlD contractual la 'Suprema Cono· aplicara al 'Preslador de Servicios', en '°""ª proporcional. ut11 pena convencional hasia pa< un 1~ (diez pa< ci«lto) del monto que corresponda al valor ele los servicios, sin Incluir Impuestos. que no se hayan prestado. o bien. no so hayan recibido a entera saUslacción do la Suprema Corte de Justkla do la Naclóll. En caso de lncumplimitnlD en el plaza do la preslacl6n ele los seMclos pactado en el presente contrato se aplíear>I al "Preslador do Servidos" una pena convenelonat por los 1uasos que le sean lmpulables. equtvalenle al monto que resulte de aplicar el 10 at millar pa< cada dla natural de retraso. •la cantidad que Imponen servicios"º ptestados en el plazo eslablocldo. lo que no podról e•eeder del 10% (diez por ciento) del monlo que comtsponda al valor de los servidos, sin ln..,lr Impuestos, que no se h•Y"' prestado, o bien, no se h•yan recil>ldo a entera satlsfactlón de la ·supiema Corte". En caso de incumplimlenlo en el plUg do enuoga paelado en el presenle conirato, se 1plcara al Preslador do Servicios. una pena convencional por atrasos QUe fe sean lmP41tables. equivalente al monto que resulte de aplicar el 10 al milar por cada dla natural do retraso, a la cantidad que lmporien servidos no prestados en el plazo eslableddo. lo que no poclQ ... ceder del 10% (diez por ciento) del monto IOtal de los seNidos no prestados en el plazo est.ablecldo, sin Incluir el knP11eslo at Vatot A<:l"'9ado, El -Presiador ele ServicJos• responsable del lncumpllmlenlo se harot acreeda< a tas penas convencionales previstas en los ptmilos que 1111~en. con Independencia de que se hagan efectivas las garanllas otorgadas Las penas podr;tn descontarse de los monlDs pendientes de cubrir pa< parte de la 'Suprema Cana• al •Prestador do Servidos' y, ele ser necesano. lngresandO su rnonlo a ta Tesorerla de este A"o Tribunal. Para el caso do ausentismo de rsonal se descontara con base en la s ulenle fórmula

Sexta 5ubContt•tael6n. la Suprema Cono de JusUda do la NadOn manifiesta que no aceptara 11 subcontratad6n que reauee el 'Pres1ador de Servidos· para cumpHI eon el obfeto de la presente C011tratadón • Para los eftdos de osla contralacll>n, se enUendo pa< subc:ontratlcl6n el acto rnedlanle el cual el ·Prestador de Servicios' encomienda a olfa persona fistea o juridica, la ejecutlón parcial o total del Objeto del contralD. SlpUme. RHclalOn Queda eopresamenlo conYtnldo que la ·Suprema COl1e' podra dal por rescindido el presente contrato Sin necesidad de que medie declaraclóll Judicial. en caso do que el 'Presll!dor de SeMcios· deje ele cumplir cualqulera ele las obligaciones que asume en esle conttalo pa< causas que le sean Imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estaUada, concurso meruntil o llquldaelOn. Antes de doclatar la reseiSl6n. lll ·suprema Corto• notificara por escrito las causas respectivas al ' Prestallor do Senliclos' en su domicilio sel\alado en la declaracl6rl 11.4 de este lnsltumenlD, con quien en el acto se eneuentte, otorgalldole un plazo de qulllce dlas hMllles para que manltieste lo que a su derecho conven;a. aneae los documenlos que estime conveniente y aporte. en su caso. llls pruebas que estime pertinentes Vencido ese ptazo el 6fllano ea<npetento do lll 'Suprema Cono· detl!rmlnara sobre la procedencia do ta rescisión ro que so comunicara al 'Presllldor do Senliclos' en su domicilio sel\alado en la dodatacl6n u.• do este lns11Urnen1o. Oclava. Confklenclelld1d. La doCUmenlacl6n que se proporcione al 'Ptestador do Servicios· con motivo de lll celeb<adón de esle contrato. es propiedad do la 'Suprema Corte·. por lo que et 'PresladDr de Servicios'. por si o a través do sus ~adores. so ~romete a no divulgar a trav6s ele cualquier medio de CX>m1Jnicacl6rl. cualquier resultado o dato obtenido de los serAclos o lfabajos prestados a la primera. Nowna. SupuHm de tennlnaclót1 de canttato, dlverso1 •la re1clll6n. El presente con1ra1o podra darse por terminado. al cumplimentarse su objelO o bien de mar1era antlclpada cuando ealsian causas JuslJllcadas, o razones de lnteres generar, en termlnos de lo previsto en los anlailos 146, 149, 150 y 151 del Acuerdo General ele Admlnlstracl6n Vl/2006. Declma. Del lomento a la ttanaparencl• y de I• protecclOn de delos parsanalH. Las panes estan de acuerdo en que el presenta lnsl/UmenlO consUtuye lntormae!On publlCa en ttnnlnos de lo dispueslD en los anlculos I ', 70, 113 y 116 de lll Ley Genera! de Transparencia y A-so a lll lnfa<madón PUbllca Gubemament.al, pa< lo que tos gobemados poclran realzar su consulta. Ce conformidad COll lo eSlableciclo en el AtUculo 71 del AcuerllO General de lll Comisl6n ele Transparencia. Acceso• la lnfonnadón Pilbtlea Gubemament.al y Protecd6n do Datos Personales ele la Suptema Corte de JusUcla de la Naclcln del nueve de Julio de dos mll ocho. relativo a los órganos y procedimlenlOs para llJtalar et1 el émblto de este Tribuna! los derechos de acceso a ta lnfa<mación • la privacidad y a la prolecclllll de dalos personales garanllzadOS en el artículo 6' ConstilUclonal, el "Presiador de Senliclos" se obliga a guardar secrelO y a no divulgar por nln;un medio. aun eloetrónlco, ni por conlerenellls ylo lntonnos los dalos personales a que 1en;a accoso COll mDllvo de la documenlacl6n que maneje o conozca al desarrollar las actividades ot>jetO del presenle ainlfalo. En caso de Incumplimiento la ·supiema CO<le" podra .,.¡g~ el pago correspondiente at 10% del monlo total de este lnsl/Umento. por caieepto do pena con..,.clonal. Cl'clma Primita. Ratolucton da cantroverslu. Para electo do la lnterpret.adéll y eumplirnlenlo de lo esllpulallo en este lnsl/UmenlO, el ·Preslador de Servicios· se somete eapresamente a las clecislones del Trlbunal Plena de ta 'Suprema Cone· renunciando a cualquier tuero que en ratón do su domicilio tenga o llegare a lener. do conformidad con lo Indicado en el anleulo 11, frac:cl6n XX, de la ley Or¡¡~nlca del Poder Judlclal de la Fecleracl6n. Las panes acuerdan que cualquier notificael6n que tan;an que reallz.orse de una parte a otra. se realizara por escrito en el domlcJlio que 111 sellalado en las declaraclones 1.4 y 11.4 de este lnstrumenlo.

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS Nombre Firma

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Page 13: FECHA: DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Dirección General de Recursos Materiales CONVOCATORIA I BASES

CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPS/DGRM-DSG/020/2019, CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE

SEGURIDAD Y VIGILANCIA INTRAMUROS PARA LA CASA DE LA CULTURA JUR(OICA EN MORELIA,

ESTADO DE MICHOACÁN POR EL PERIODO DEL 1º DE ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019

Anexos

PROYECTO DE FIANZA DE CUMPLIMIENTO

"- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fiadora hasta por la cantidad de $( ],[ ].[ ] ( [pesos] 00/100 [M.N.]), y hasta un 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse los servicios contratados o el plazo pactado para garantizar, por parte de [ J, con domicilio en [ J, el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número [ ] celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y [ J, con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $[ ],[ ].[] ( [pesos] 00/100 [M.N.]), más el Impuesto al Valor Agregado.

"La afianzadora" expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el "Acuerdo General de Administración Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal" y en el contrato número [ ], celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y [ ], con el objeto de garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de [ ], relativo a [ ], con un monto contratado por la cantidad de $[ ],[ ].[] ( [pesos] 00/100 [M.N.]), más el Impuesto al Valor Agregado. - La fianza se otorga atendiendo a las cláusulas contenidas en el contrato número [ ]. - La presente fianza tendrá vigencia desde la fecha de su expedición y hasta que los servicios, materia del contrato de referencia, hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; sólo podrá ser cancelada con el consentimiento previo, expreso y por escrito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - De existir recursos legales o juicios relacionados con el contrato número [ ], la fianza otorgada por [ ], tendrá plena vigencia durante la substanciación y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente. - La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de la fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza requerida. - La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aun cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - En caso de incumplimiento contractual de [ ], la Suprema Corte de Justicia de la Nación o la Tesorería de la Federación podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

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SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Dirección General de Recursos Materiales

CONVOCATORIA I BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPS/DGRM-DSG/020/2019, CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA INTRAMUROS PARA LA CASA DE LA CULTURA JURIDICA EN MORELIA,

ESTADO DE MICHOACÁN POR EL PERIODO DEL 1ª DE ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019

- La presente fianza podrá ser liberada a [ ], siempre y cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato. - La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal, así como el pago de penas convencionales a que se haga acreedor [ ], pagos en exceso y los intereses que correspondan por los mismos. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por un plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que, en su caso, llegare a suscribirse, o el que corresponda al plazo de atraso. De existir incremento en el monto o plazo de ejecución, la fianza cubrirá hasta un 20% adicional al originalmente pactado. - Para la interpretación y cumplimiento de las cláusulas contenidas en el presente contrato de fianza, así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, en términos de lo dispuesto en el articulo 11 , fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón del domicilio tenga o llegare a tener."

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