EXTRACTO SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE … · EXTRACTO SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO...

15
EXTRACTO SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL DIA 15 DE SEPTIEMBRE DE 2017 -------------------------------- 1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Pregunta el Sr. Presidente si existe alguna observación que hacer al acta de la sesión celebrada el día 8 de septiembre de 2017, y no formulándose ninguna, la misma fue aprobada por unanimidad de los miembros presentes. 2.- DESPACHO DE OFICIOS.- Se acordó aprobar, en sus propios términos, las propuestas contenidas en los informes emitidos por el Sr. Letrado Asesor Municipal, con los contenidos siguientes: 2.1.- PRIMERO.- , Trabajador del Ayuntamiento de León, con categoría de Bombero que sufrió, el 8 de julio de 2014, un accidente de trabajo, presentó demanda el 13/01/2016 en la que solicita la declaración de una Incapacidad permanente absoluta derivada de accidente de trabajo, en la que han intervenido como demandados, la Mutua Ibermutuamur, el INSS y TGSS y el Ayuntamiento de León, Esta demanda se tramitó en el Juzgado de lo Social Nº 1 de León como SSS SEGURIDAD SOCIAL 61/2016. SEGUNDO.- Celebrado el juicio, el Juzgado dicta Sentencia el 21/09/2016 de con el FALLO cuyo contenido es del siguiente tenor literal: “Que, ESTIMANDO la pretensión principal de la demanda sobre incapacidad permanente, formulada por , contra la MUTUA IBERMUTUAMUR, EL AYUNTAMIENTO DE LEON Y EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo DECLARAR Y DECLARO que el demandante se halla afecto de incapacidad permanente absoluta, derivada de accidente de trabajo y CONDENO a los DEMANDADOS, DENTRO DE SU RESPECTIVA RESPONSABILIDAD, a que le abonen la prestación económica correspondiente en la cuantía del 100% de su base reguladora de tres mil quinientos noventa y siete euros y cero céntimos de euro ( 3.597,00 €) mensuales, en doce pagas mensuales al año, con las mejoras y revalorizaciones que procedan y, en todo caso, respetando los límites máximos de las pensiones públicas que en cada momento se aprueben legal o reglamentariamente, afectos a partir del 28 de septiembre de 2015 y posibilidad de revisión a partir de enero de 2018; condenando a las demandadas a estar y pasar por esta declaración y a las consecuencias derivadas de la misma; con revocación de la resolución de la Dirección Provincial de León del INSS de 28 de septiembre de 2015, objeto de impugnación en este proceso laboral, en cuanto se oponga a lo acordado en esta sentencia”.

Transcript of EXTRACTO SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE … · EXTRACTO SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO...

EXTRACTO SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

DEL DIA 15 DE SEPTIEMBRE DE 2017 --------------------------------

1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Pregunta el Sr. Presidente si existe alguna observación que hacer al acta de la sesión celebrada el día 8 de septiembre de 2017, y no formulándose ninguna, la misma fue aprobada por unanimidad de los miembros presentes.

2.- DESPACHO DE OFICIOS.- Se acordó aprobar, en sus propios términos, las propuestas contenidas en los informes emitidos por el Sr. Letrado Asesor Municipal, con los contenidos siguientes:

2.1.- “PRIMERO.- , Trabajador del Ayuntamiento de León, con categoría de Bombero que sufrió, el 8 de julio de 2014, un accidente de trabajo, presentó demanda el 13/01/2016 en la que solicita la declaración de una Incapacidad permanente absoluta derivada de accidente de trabajo, en la que han intervenido como demandados, la Mutua Ibermutuamur, el INSS y TGSS y el Ayuntamiento de León, Esta demanda se tramitó en el Juzgado de lo Social Nº 1 de León como SSS SEGURIDAD SOCIAL 61/2016.

SEGUNDO.- Celebrado el juicio, el Juzgado dicta Sentencia el 21/09/2016

de con el FALLO cuyo contenido es del siguiente tenor literal: “Que, ESTIMANDO la pretensión principal de la demanda sobre

incapacidad permanente, formulada por , contra la MUTUA IBERMUTUAMUR, EL AYUNTAMIENTO DE LEON Y EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo DECLARAR Y DECLARO que el demandante se halla afecto de incapacidad permanente absoluta, derivada de accidente de trabajo y CONDENO a los DEMANDADOS, DENTRO DE SU RESPECTIVA RESPONSABILIDAD, a que le abonen la prestación económica correspondiente en la cuantía del 100% de su base reguladora de tres mil quinientos noventa y siete euros y cero céntimos de euro (3.597,00 €) mensuales, en doce pagas mensuales al año, con las mejoras y revalorizaciones que procedan y, en todo caso, respetando los límites máximos de las pensiones públicas que en cada momento se aprueben legal o reglamentariamente, afectos a partir del 28 de septiembre de 2015 y posibilidad de revisión a partir de enero de 2018; condenando a las demandadas a estar y pasar por esta declaración y a las consecuencias derivadas de la misma; con revocación de la resolución de la Dirección Provincial de León del INSS de 28 de septiembre de 2015, objeto de impugnación en este proceso laboral, en cuanto se oponga a lo acordado en esta sentencia”.

2

TERCERO.- Por IBERMUTUAMUR se anunció Recurso de Suplicación

ante el T.S.J.CyL contra la sentencia anterior, que fue tramitado con el Nº 746/2017-G.

La Asesoría Jurídica y el demandante impugnaron dicho recurso. CUARTO.- El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con fecha 29

de junio de 2017 dictó sentencia Nº 1255/2017, con el siguiente FALLO: “Que ESTIMANDO el recurso de Suplicación interpuesto por

IBERMUTUAMUR contra la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº Uno de León, de fecha 21 de septiembre de 2016, (Autos núm. 61/2016), dictada a virtud de demanda promovida por contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, IBERMUTUAMUR, AYUNTAMIENTO DE LEON sobre INCAPACIDAD PERMANENTE, en virtud de demanda deducida debemos REVOCAR Y REVOCAMOS la mencionada Resolución para con desestimación de la demanda absolver a la demanda (sic) de la pretensión deducida.”

2.2.- , que presta sus servicios

laborales para este Ayuntamiento, en calidad de personal laboral, ostentando la categoría profesional de peón, con una antigüedad desde junio 2004, con derecho a percibir el salario y demás condiciones conforme al Convenio Colectivo vigente para el Personal Laboral, presentó demanda por MODIFICACION SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO, que se tramitó con el Número 430/2017 en el Juzgado de lo Social Nº. 3.

El juicio estaba fijado para el día 2 de octubre de 2017. El día 5 de

septiembre de 2017 la demandante presentó escrito de DESISTIMIENTO y el Juzgado, con fecha 6 de septiembre de 2017 dictó el DECRETO nº 422/2017, que contiene la siguiente PARTE DISPOSITIVA:

“Acuerdo: Tener por desistida a la parte demandante de su demanda

acordando el sobreseimiento de las presentes actuaciones y el archivo de los autos. Se dejan sin efecto los señalamientos en su día efectuados.

3.- EXPEDIENTES DE AUTORIZACIÓN Y DISPOSICIÓN DE GASTOS.- Se acordó aprobar, en sus propios términos, la propuesta formulada por el Sr. Concejal delegado de Hacienda y Régimen Interior, con el contenido siguiente: Autorizar y disponer de un gasto de 3.000 € a favor de

en concepto de ayuda por el fallecimiento de su esposo, el empleado municipal

3

4.- CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE AGLOMERADO ASFÁLTICO PARA LOS TRABAJOS DE BACHEO DE LAS BRIGADAS MUNICIPALES DEL SERVICIO MUNICIPAL DE OBRAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LEÓN.- Vista la propuesta que formula la Adjuntía de Contratación, se adopta el siguiente acuerdo: 1º.- Aprobar el expediente de contratación del suministro de referencia, utilizando el procedimiento abierto en función de su cuantía, y la tramitación ordinaria. Aprobar los Pliegos de Prescripciones Técnicas, el Cuadro de Características Particulares y la Memoria Valorada rectores de la presente contratación. Incorporar Certificación del acuerdo adoptado en Junta de Gobierno Local de 23-03-2012 en que se aprueban los modelos de Pliegos Particulares para los contratos de suministros, junto con el informe jurídico correspondiente, de forma genérica en cumplimiento con lo establecido en el art. 115 del TRLCSP. 2º.- Aprobar el gasto total a que asciende la presente contratación con un importe de 113.295,00 euros por los 6 años de duración (18.882,50 euros anuales), cantidad a la que habrá que añadir el IVA al 21%, lo que totaliza un importe de 137.086,92 euros por los 6 años de duración (22.847,82 euros anuales). Consta fiscalización emitida sin reparos por la Intervención de Fondos, de acuerdo con las normas aplicables a la Administración Local de fecha 30 de agosto de 2017. Se incorpora también en fecha 28 de febrero de 2017 el informe relativo al análisis de los efectos del cumplimiento del Plan de Ajuste y Plan de Saneamiento en relación con lo dispuesto en el art. 7 de la Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. 3º.- Continuar con la tramitación del expediente administrativo hasta su definitiva conclusión, efectuando las publicaciones y demás trámites que resulten necesarios.” 5.- CONTRATO MENOR DE SUMINISTRO DE BIOMASA PARA EL PABELLÓN MUNICIPAL SALVIO BARRIOLUENGO.- Se acordó aprobar el informe propuesta emitido por el Arquitecto Municipal de la Oficina de Proyectos, que cuenta con el visto bueno del Concejal Delegado de Infraestructuras, por Decreto de Alcaldía-Presidencia de delegación de fecha 23 de agosto de 2017, así como con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 8 de septiembre de 2017, cuyo contenido es el siguiente:

OFERTAS PRESENTADAS OFERTA Nº OFERENTE PRECIO

OFERTADO

1º COMBUSTIBLES GARBOSA, S.L. 175,45 €/T

2º CALOR ERBI, S.L. 198,44 €/T

Visto el anuncio publicado en el perfil del contratante por la Unidad Tramitadora LA0000997 - Conservación de Edificios e Infraestructuras relativo al

4

contrato menor consistente en SUMINISTRO DE BIOMASA PABELLON SALVIO BARRIOLUENGO EN TANTO SE TRAMITA EL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO PARA CUATRO AÑOS + DOS, publicado en fecha 09/08/2017 habiendo transcurrido el plazo de licitación y efectuadas las valoraciones e informes necesarios para su adjudicación, en aplicación de lo dispuesto en el art. 138 del TRLCSP, y en la Instrucción nº 2/2015 dictada por la Concejalía de Hacienda y Régimen Interior, en ejercicio de las competencias que confiere el Decreto de la Alcaldía de 15-06-2015, ratificado en Pleno de fecha 26-06-2015, se acuerda lo siguiente: 1º.- Adjudicar el contrato de SUMINISTRO DE BIOMASA PABELLON SALVIO BARRIOLUENGO EN TANTO SE TRAMITA EL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO PARA CUATRO AÑOS + DOS a favor de la entidad COMBUSTIBLES GARBOSA, S.L. con CIF B-86253374, en base a la oferta formulada por la misma, que consiste en un precio de 145,00 euros/Tonelada, IVA excluido que asciende a 30,45 euros, lo que totaliza un importe de 175,45 euros/tonelada, hasta un total de consumo de 14.000 euros o finalice el año 2017, según Modelo de oferta económica recogido como Anexo I a las Bases rectoras de la contratación. El plazo de ejecución se contará a partir de la fecha del presente acuerdo.

2º.- Autorizar y Disponer el gasto expuesto en el apartado anterior, a favor de la entidad y por el importe consignados.” 6.- CONTRATO MENOR DE OBRA PARA REFORMAS VARIAS EN LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA.- Se acordó aprobar el informe propuesta emitido por el Arquitecto Municipal de la Oficina de Proyectos, que cuenta con el visto bueno del Concejal Delegado de Infraestructuras, por Decreto de Alcaldía-Presidencia de delegación de fecha 23 de agosto de 2017, así como con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 8 de septiembre de 2017, cuyo contenido es el siguiente:

OFERTAS PRESENTADAS

OFERTA Nº OFERENTE PRECIO OFERTADO

1º ABELARDO MARTINEZ DE LA TORRE, S.A. 25.000,00 €

ACUERDO: 1º.- Adjudicar el contrato de REFORMAS VARIAS EN LA ESCUELA MUNICIPAL DE MUSICA (ASEO DE MINUSVALIDOS, PUERTAS CORTAFUEGO, PINTURA, ETC) a favor de la entidad ABELARDO MARTINEZ DE LA TORRE, S.A. con CIF A24015414, en base a la oferta formulada por la misma, que consiste en un precio de 20.661,16 euros IVA excluido que asciende a 4.338,84 euros, lo que totaliza un importe de 25.000,00 euros, según Modelo de oferta económica recogido como Anexo I a las Bases rectoras de la contratación. El plazo de ejecución se contará a partir de la fecha del presente acuerdo.

8

9.1.- AYUDAS DE URGENCIA SOCIAL. AGOSTO I.- Vistas las

solicitudes de Ayuda de Urgencia Social presentadas por las personas interesadas se procede a la adopción del siguiente ACUERDO: PRIMERO: Denegar las ayudas solicitadas a los siguientes interesados, en base a la motivación que indica: EXPT. : AUS/17/509

Causa de denegación: En base al art. 14.1.a) en relación al art. 6.1.c) no poder cubrir sus necesidades básicas de subsistencia por sus medios, desde otros recursos o a través de la ayuda de terceros obligados. EXPT. : AUS/17/510

Causa de denegación: En base al art. 14.1.g) no haber cumplido los compromisos adquiridos ante la trabajadora social responsable EXPT. : AUS/17/511

Causa de denegación: En base al art. 14.1.e) haber recibido otra ayuda en la convocatoria del mismo año o en los dos años consecutivos anteriores a la solicitud. EXPT. : AUS/17/512

Causa de denegación: En base al art. 14.1.a) en relación con el art. 6.1.d) no haber sido beneficiario de esta prestación el el año natural en que se inicia el procedimiento.

SEGUNDO: Archivar, tal y como dispone el Art.12 de la Ordenanza Reguladora, en relación con el Art. 68 de la ley 39/15 de 1 de Octubre de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, las siguientes solicitudes de ayudas, en base a la motivación que se indica

EXPT : AUS/17/513

ARCHIVAR POR DESISTIMIENTO AL NO APORTAR LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

9

EXPT : AUS/17/514

ARCHIVAR POR DESISTIMIENTO AL NO APORTAR LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA.

9.2.- AYUDAS DE URGENCIA SOCIAL. AGOSTO II.- Vistas las solicitudes de Ayuda de Urgencia Social presentadas por las personas interesadas se procede a la adopción del siguiente ACUERDO: PRIMERO: Denegar las ayudas solicitadas a los siguientes interesados, en base a la motivación que indica: EXPT. : AUS/17/524

Causa de denegación: En base al art. 14.a) en relación al art. 6.1.c) no poder cubrir sus necesidades básicas de subsistencia por sus medios ni desde otros recursos sociales o a través de la ayuda de terceros obligados legalmente.

10.- CONTRATO PRIVADO DE PATROCINIO PUBLICITARIO POR EL DESARROLLO DE LA XVIII SESIÓN NACIONAL DEL MODELO PARLAMENTARIO EUROPEO (MEP) 2018.- Se acordó aprobar el informe propuesta emitido por la Técnico de Administración General de Educación y Cultura, que cuenta con el visto bueno del Concejal Delegado de Cultura, Patrimonio y Turismo, por Decreto de la Alcaldía-Presidencia de delegación de fecha 28 de julio de 2017, así como con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 8 de septiembre de 2017, cuyo contenido es el siguiente: “I.- Este Servicio o Unidad Tramitadora ha iniciado expediente correspondiente a la propuesta de gasto relativo a la autorización y disposición (Acumulación de Fases de Gasto AD) del CONTRATO PRIVADO DE PATROCINIO PUBLICITARIO para la celebración en León de la XVIII SESIÓN NACIONAL DEL ‘MODELO DE PARLAMENTO EUROPEO (MEP)’, organizada por la Fundación San Patricio para el mes de febrero de 2018. II.- El expediente tramitado consta de:

1. Providencia de inicio suscrita por la Concejala Delegada.

2. Proyecto, Programa y Presupuesto presentado por la Fundación San Patricio para la celebración en León de la XVIII SESIÓN NACIONAL DEL

10

‘MODELO DE PARLAMENTO EUROPEO (MEP)’, para el mes de febrero de 2018.

3. Documento contable RC ‘a futuros’, por importe de 18.000,00 €, con cargo

al ejercicio 2018 en la aplicación presupuestaria 08.33400.22720

4. Informe Jurídico, que incluye una propuesta de autorización y disposición de gasto por importe de 18.000,00 €, a favor de la Fundación San Patricio, para la organización y ejecución del programa de la XVIII Sesión Nacional del MEP 2018.

En base a lo que antecede, de conformidad con el artículo 175 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se propone, previo informe de fiscalización por Intervención, a la Junta de Gobierno Local, la adopción de los presentes ACUERDOS:

PRIMERO.- Contratar el patrocinio publicitario para la celebración en León de la XVIII Sesión Nacional del Modelo de Parlamento Europeo – MEP, 2018 con la FUNDACIÓN SAN PATRICIO, con CIF G-82482365, por importe de 18.000 €.

SEGUNDO.- Autorizar y disponer el gasto a favor de la FUNDACIÓN SAN

PATRICIO, con CIF G-82482365, por importe de 18.000 €, en concepto de patrocinio publicitario para la celebración en León de la XVIII Sesión Nacional del Modelo de Parlamento Europeo – MEP, en el mes de febrero de 2018, con cargo al RC efectuado por ese mismo importe en la aplicación presupuestaria 08.33400.22720 denominada León Cuna del Parlamentarismo.

TERCERO.- El presente acuerdo sustituye a la formalización del contrato, que no

es necesaria en función de lo establecido en el art. 156.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 11.- APROBACIÓN DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE INTEGRACIÓN SOCIAL A ENTIDADES DEL SISTEMA DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL DEL DROGODEPENDIENTE DE CASTILLA Y LEÓN (SAISDE) DEL MUNICIPIO DE LEÓN PARA EL AÑO 2017.- Se acordó aprobar el informe propuesta emitido por el Técnico de Inserción del Plan sobre Drogas, que cuenta con el visto bueno de la Concejala Delegada de Juventud, Participación Ciudadana e Igualdad, asi como con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 8 de septiembre de 2017, con el contenido siguiente: PRIMERO.- Aprobar la Convocatoria de subvenciones, en material de integración social, a entidades del Sistema de Asistencia e Integración Social del

11

Drogodependiente de Castilla y León (SAISDE) del municipio de León para el año 2017, en régimen de concurrencia no competitiva, que se adjunta como anexo.

SEGUNDO.- Aprobar la autorización del gasto de 4.000€ para atender dicha la Convocatoria Pública de Subvenciones, con aplicación a la Partida Presupuestaria 14.23144.48925, del Presupuesto para el ejercicio 2017 del Plan Municipal sobre Drogas

TERCERO.- Disponer la publicación de la citada Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de León y tablón de anuncios del Ayuntamiento.

12.- CONTRATO MENOR DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS MOTOCICLETAS DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL.- Se acordó aprobar el informe propuesta emitido por el Técnico Municipal de la Policía Local, que cuenta con el visto bueno del Concejal Delegado de Seguridad y Movilidad, asi como con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 11 de septiembre de 2017, con el contenido siguiente:

OFERTAS PRESENTADAS OFERTA Nº OFERENTE PRECIO OFERTADO

1º MOTO LEGIO SPORT S.L. 16.032,60 €

Visto el anuncio publicado en el perfil del contratante por la Unidad Tramitadora LA0000739 - Policía Local relativo al contrato menor consistente en MANTENIMIENTO DE MOTOCICLETAS DEL CUERPO DE LA POLICIA LOCAL, publicado en fecha 5 de julio de 2017, habiendo transcurrido el plazo de licitación y efectuadas las valoraciones e informes necesarios para su adjudicación, en aplicación de lo dispuesto en el art. 138 del TRLCSP, y en la Instrucción nº 2/2015 dictada por la Concejalía de Hacienda y Régimen Interior, en ejercicio de las competencias que confiere el Decreto de la Alcaldía de 15-06-2015, ratificado en Pleno de fecha 26-06-2015, se acuerda lo siguiente: 1º.- Adjudicar el contrato de MANTENIMIENTO DE MOTOCICLETAS DEL

CUERPO DE LA POLICIA LOCAL a favor de la entidad MOTO LEGIO SPORT S.L. con CIF B24419491, en base a la oferta formulada por la misma, que consiste en un precio de 13.250,09 euros (TRECE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS CON NUEVE CÉNTIMOS), IVA excluido que asciende a 2.782,51 euros (DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS EUROS CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS), lo que totaliza un importe de 16.032,60 euros (DIECISÉIS MIL TREINTA Y DOS EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS), según Modelo de oferta económica recogido como Anexo I a las Bases rectoras de la contratación. El plazo de ejecución se contará a partir de la fecha del presente acuerdo.

2º.- Autorizar y Disponer el gasto expuesto en el apartado anterior, a favor de la

entidad y por el importe consignados.”

13

PRIMERO.- Dar cuenta del informe estadístico sobre producción y gestión de Residuos Urbanos correspondiente al año 2016, elaborado por la Técnico de Medio Ambiente en cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, según el cual “las administraciones públicas garantizarán los derechos de acceso a la información y de participación en materia de residuos en los términos previstos en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Las administraciones públicas elaborarán y publicarán, como mínimo, cada año un informe de coyuntura sobre la situación de la producción y la gestión de los residuos, incluyendo datos de recogida y tratamiento desglosados por fracciones y procedencia.(…)”. SEGUNDO.- El contenido de dicho informe, en cumplimiento de la normativa antedicha, se hará público en la página web del Ayuntamiento de León dentro del área de Medio Ambiente / Calidad Ambiental / Residuos. 15.- CONTRATO PRIVADO DE ESPECTÁCULOS/ARTISTAS PARA LA CELEBRACIÓN DE LA ACTIVIDAD CULTURAL “EL FUERO ES MÚSICA” CONMEMORATIVO DEL MILENARIO DEL FUERO DE LEÓN.- Se acordó aprobar el informe propuesta emitido por la Técnico de Administración General de Educación y Cultura, que cuenta con el visto bueno de la Concejala Delegada de Cultura, Patrimonio y Turismo, asi como con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 12 de septiembre de 2017, cuyo contenido es el siguiente: Autorizar y Disponer el gasto por un importe de 4.200€ para la celebración de Actividades Culturales “El Fuero es Música” conmemorativas del Milenario del Fuero de León a favor del CENTRO DRAMÁTICO LEONÉS, con CIF nº V24330342.

16.- EXPEDIENTES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.- Se acordó aprobar los informes propuestas emitidos por la Técnico de la Unidad de Responsabilidad Patrimonial, que cuentan con el visto bueno del Concejal Delegado de Hacienda y Régimen Interior, con los contenidos siguientes:

16.1.- “DESESTIMAR la pretensión aducida

por importe de 12.290,66 €, cuando acudiendo el día 16/02/15, como en tantas otras ocasiones, al centro deportivo municipal Salvio Barrioluengo en el barrio de El Egido, para llevar a su nieta a clase de piscina, y tras dejarla en el agua y su mochila en los vestuarios, y disponiéndose a marchar resbaló y cayó al suelo a causa de la existencia de gran cantidad de champú y agua en el

14

pavimento y que procedía de las duchas, no existiendo ninguna señalización de que el suelo estaba mojado y se podía resbalar.

16.2.- DESESTIMAR la pretensión aducida por

en orden a la obtención de indemnización por daños y perjuicios en procedimiento de responsabilidad patrimonial, cuando siendo las 12,45 horas del día 01/05/16, y mientras caminaba por la acera de la Avda. Ingeniero Sáenz de Miera, a la altura de la entrada de los autobuses a la estación, y debido a la existencia de una baldosa suelta en el pavimento, tropezó con la misma, cayendo al suelo, y ello al no haber quedado suficientemente probada la relación de causalidad entre el hecho imputado a esta Administración, esto es, entre el funcionamiento del servicio, y el daño irrogado, y siendo dicha prueba condición sine qua non para el reconocimiento de toda responsabilidad patrimonial.

16.3.- DESESTIMAR la pretensión aducida por

en orden a la obtención de indemnización por daños y

perjuicios en procedimiento de responsabilidad patrimonial, a resultas de la caída sufrida el día 25/08/15, cuando caminando por la C/Reino de León de esta Ciudad, y al llegar a la confluencia con la C/Antonio Panero, pasó sobre una alcantarilla a la que le faltaba un hierro, introduciendo en el hueco de la misma la pierna derecha hasta la rodilla.

URGENCIA.- Fuera del Orden del Día y previa declaración de urgencia, se acordó incluir el siguiente asunto:

17.- CONVOCATORIA Y BASES DEL PROCESO SELECTIVO DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE INTERINIDAD DE 1 TÉCNICO/A MEDIO/A DE ENFERMERÍA ANTE CIRCUNSTANCIAS DE EXTRAORDINARIA URGENCIA Y NECESIDAD.- Se acordó aprobar la propuesta formulada por el Concejal Delegado de Hacienda y Régimen Interior, que cuenta con el fiscalizado y conforme del Sr. Interventor Municipal de fecha 14 de septiembre de 2017, que figura al margen derecho del informe jurídico, con el contenido siguiente:

PRIMERO Declarar la necesidad urgente e inaplazable de contratación,

mediante contrato laboral de carácter temporal de un/a Enfermero/a con categoría profesional de Técnico/a medio/a de Enfermería (Grupo II) para sustitución de Dª Andrea Esteban Garrido, trabajadora municipal en situación de Incapacidad Temporal.

15

SEGUNDO Aprobar la Convocatoria y las Bases, unidas como ANEXO al presente Acuerdo, que han de regir el procedimiento selectivo para la contratación temporal, mediante contrato laboral de interinidad, de un Técnico/a medio/a de Enfermería, Grupo II, según las condiciones expresadas en dichas bases.

TERCERO Ordenar la publicación de dichas bases en el Tablón de Anuncios de

este Ayuntamiento y en su página web.

Y no habiendo más asuntos que tratar, la Presidencia dio por finalizada esta

sesión, siendo las diez horas, de la que se extiende la presente acta, que firma el Sr. Alcalde, conmigo, la Secretaria, que doy fe.