Expo Contribuciones

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La asegurada tendrá derecho durante el embarazo y el puerperio al 100% de su último salario, esto durante los 42 días antes y después del parto. Si el parto llegara a atrasarse aun así deberán pagarle esos días a la asegurada, pero esta como incapacidad por enfermedad. do. lu. ma. mi. ju. vi. sá. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30

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CONTRIBUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

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Page 1: Expo Contribuciones

La asegurada tendrá derecho durante el embarazo y el puerperio al 100% de su último salario, esto durante los 42 días antes y después del parto.

Si el parto llegara a atrasarse aun así deberán pagarle esos días a la asegurada, pero esta como incapacidad por enfermedad.

do. lu. ma. mi. ju. vi. sá.

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Para que la asegurada tenga derecho al subsidio requiere:

Haber cubierto por lo menos 30 cotizaciones semanales en 12 meses, de lo contrario el patrón será el responsable de cubrir el pago integro.

Que el seguro haya certificado el embarazo y la fecha de parto.

Que no realice otro trabajo durante los 42 días anteriores y después del parto. En caso de que sea así , se le cancelara el subsidio.

NOTA: Los recursos necesarios para para cubrir las prestaciones en dinero del seguro de enfermedades y maternidad se obtendrán de las cuotas que están obligados a pagar los patrones.

Page 3: Expo Contribuciones

Las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad se financiaran:

1. Por cada asegurado se pagara una cuota mensual equivalente al 13.9% de su salario.

2. Si el salario base es mayor a 3 veces el salario mínimo cubrirá un equivalente al 6% mas y otra adicional obrera del 2%.

3. El gobierno federal cubrirá además una cuota diaria por cada asegurado equivalente a un 13.9% del salario mínimo

Las prestaciones en dinero se financiaran con el 1% sobre el salario base de cotización;:

1. A los patrones les corresponde pagar el 60%

2. A los trabajadores el 25%

3. Al gobierno federal el 5% restante