Evento pnp base sangre joven nacionalista-onpe- julio 2012
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Título de la Presentación
GERENCIA DE ORGANIZACIÓN ELECTORAL Y COORDINACION REGIONAL – OFICINA REGIONAL DE COORDINACION
FORTALECIMIENTO DE LA INSTITUCIONALIDAD DE LAS
ORGANIZACIONES POLÍTICAS A TRAVÉS DE LA DEMOCRACIA INTERNA
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GERENCIA DE ORGANIZACIÓN ELECTORAL Y COORDINACION REGIONAL – OFICINA REGIONAL DE COORDINACION
“La democracia nunca es una cosa hecha. La Democracia siempre es algo
que debe estar haciendo una nación.” Archibald Mac Leigh
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GERENCIA DE ORGANIZACIÓN ELECTORAL Y COORDINACION REGIONAL – OFICINA REGIONAL DE COORDINACION
Definiendo la Democracia
ACTUALIDADSOBERANÍA DEL PUEBLO
Legitimidad del poderIGUALDAD POLÍTICA
Leyes iguales e igual voto
S. XVIIMAYORÍAS: Gobierno MINORÍAS
ANTIGÜEDAD (s. V a.C.)DEMOS: Pueblo KRATOS: Poder
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GERENCIA DE ORGANIZACIÓN ELECTORAL Y COORDINACION REGIONAL – OFICINA REGIONAL DE COORDINACION
COMPETENCIA POR EL VOTO
Elecciones periódicas
Competencia (sistema partidos)
Garantías para oposición
CONSTITUCIO NALISMO
Respeto orden constitucional
Equilibrio poderes
Protección minorías
INCLUSIÓN O PARTICIPACIÓN
Inclusión Plena (Sufragio)
Participación Efectiva (Partidos)
Dimensiones de la Democracia
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1. Incremento de la población electoral
2. Aumento de la frecuencia electoral
3. Mayor número de comicios
4. Nuevas leyes electorales
1978 2012
Cambios significativos producidos
Democracia en el Perú
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392,363
4,978,831
11,339,756
16,594,824
19,949,915
1930 1978 1995 2006 2011
Se otorga el voto a las mujeres
Se disminuye la
edad mínima para
votar
Los analfabetos acceden al
voto
Se otorga el voto a los policías y militares
Incremento de la Población electoral
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• Elecciones Presidenciales• Elecciones de Senadores• Elecciones de Diputados• Elecciones Municipales
ANTES DE 1995
• Elecciones Presidenciales• Elecciones de Congresistas• Elecciones Regionales• Elecciones Municipales• Referéndum• Elecciones de Representantes al
Parlamento Andino• Revocatoria de Autoridades• Elecciones de Rep. de los Colegios
Profesionales al CNM• Elecciones de Representantes de la
Sociedad Civil Al CCR/CCL• Elecciones de Juntas Vecinales • Otras Consultas Populares• Elecciones Internas de los Partidos
Políticos
DESPUÉS DE 1995Aumento de la
frecuencia electoral y mayor número de
comicios
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• Ley Orgánica de Elecciones
ANTES
• Ley Orgánica de Elecciones• Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano• Ley de Elecciones Municipales• Ley de Elecciones Regionales• Ley de Demarcación y Organización Territorial• Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones• Ley Orgánica de Municipalidades• Ley de Partidos Políticos• Ley de Elección de Autoridades Municipales de Centros Poblados• Ley de Elecciones de Representantes ante el Parlamento Andino
EN LA ACTUALIDAD
Nuevas Normas Electorales
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Importancia de los Partidos en la Democracia
SOCIEDAD CIVIL ESTADOPARTIDOS
POLITICOS
Tener el poder de transmitir las demandas, exigencias, necesidades y temas de agenda múltiples, desde la Sociedad
Civil hacia el Estado, dándoles un sentido, haciéndolas concretas y viabilizando la satisfacción de las mismas, a
través de leyes específicas y de la representación que ejercen los congresistas o parlamentarios.
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Partidos Institucionalizados
•Agrupaciones que mantienen una estructura burocratizada y continua en el tiempo, con cierta infraestructura y vida partidista; tienen un papel muy activo en la captación de recursos para financiar las campañas de sus candidatos y pretenden desarrollar una base de militantes lo más amplia posible.
Partidos democráticos
•Organizaciones con relaciones de poder horizontales, liderazgo diluido y corrientes en su núcleo partidario; tienen un alto grado de democracia interna y sus militantes acatan con mayor predisposición las resoluciones del partido.
Máquinas electorales
•Partidos con estructura débiles. Orientados hacia las elecciones o los electores; su política de financiación está basada en las actividades individuales de sus candidatos.
Máquinas caudillistas
•Partidos con un fuerte centralizado liderazgo y con relaciones de poder muy vertical; tienen poca democracia interna y sus militantes son menos proclives a acatar las resoluciones del partido.
Fuente; Alcántara 2004: 155/ Elaboración: Área de Información e Investigación Electoral-ONPE
Tipos de Partidos en América Latina
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Democracia interna en los Partidos Políticos
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• Ley Nº 28094, publicada el 1 de noviembre de 2003.
Ley de Partidos Políticos
• Ley Nº 28581, publicada el 20 de julio de 2005.• Ley N° 28617, publicada el 29 de octubre de 2005.• Ley N° 28624, publicada el 18 de noviembre de 2005.• Ley N° 28711, publicada el 18 de abril de 2006.• Ley N° 28845, publicada el 26 de julio de 2006.• Ley N° 29092, publicada el 28 septiembre 2007• Ley Nº 29387, publicada el 05 de julio de 2009.• Ley Nº 29490, publicada el 25 de diciembre de 2009.• Reglamento del ROP aprobado mediante Res 0123-2012-JNE y
publicado el 10 de marzo de 2012.
Modificaciones y precisiones a la ley
La Ley de Partidos Políticos
y sus modificaciones
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• Compromete a los partidos con el régimen democrático y con su función de formar y manifestar la voluntad popular (pluralismo democrático)
CONNOTACIÓN PRINCIPISTA
• Precisa que se trata de personas jurídicas de derecho privado, inscritas en el Registro de Organizaciones Políticas, cuyo objeto es participar en los asuntos públicos del país
CARÁCTER TÉCNICO
Definiciones y alcances
Artículos 1, 2 y 11 de la Ley de Partidos Políticos
Estas consideraciones no se mantienen para los movimientos y organizaciones políticas locales, los cuales
se definen en función al ámbito de participación en procesos electorales.
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Democracia Interna
Participación de los militantes en la toma de decisiones y en la formación de las políticas
partidistas
Utilizando mecanismos competitivos
(competencia y competitividad)
Garantizando el respeto de derechos
fundamentales (libertad de expresión y libertad de
elección) para sus miembros
Estableciendo una organización interna con
procedimientos democráticos y procedimientos
de control internos.
Flavia Freidenberg
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Dimensiones de la Democracia Interna
Selección de candidatos a cargos de elección popular y de autoridades partidistas.
Participación de minorías y sectores sociales en el proceso de toma de decisiones y de definición programática del partido.
Rendición de cuentas de los candidatos, cargos públicos y autoridades del partido a la militancia
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Estructura organizativa
• Ideología, principios y objetivos• Órganos y organismos• Normas y procedimientos
Organización del partido que determina las reglas y criterios para su funcionamiento (gobierno, dirección y toma de decisiones)
• Libertad de decidir sus mecanismos de organización y su estructura.• Mínimo deben tener un órgano deliberativo (máximo órgano estructura partidaria y con
representación de totalidad de miembros).
Ley Partidos Políticos
• Órganos Deliberativos (Congreso Nacional, Asamblea General Nacional y Plenario nacional)• Órganos Ejecutivos (Presidente y Secretario General/Comité Ejecutivo Nacional)• Órganos especializados (electoral, economía y disciplinario)• Órganos auxiliares (mujeres, jóvenes, propaganda• Bases (Afiliados)
La mayoría de partidos políticos cuenta con
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• Ideario, principios, objetivos y visión del país
• Denominación y símbolo
Acta de Fundación.
• En número no menor del tres por ciento (3%) de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional (493,992 vigente desde 09/12/2011).
Relación de adherentes
• Personeros legales (titulares y alternos) que se acreditan ante los organismos electorales.
Designación de Personeros
Requisito de inscripción
Artículo 5 de la Ley de Partidos PolíticosLa Ley señala que son requisitos para la inscripción de los partidos políticos:
• Estructura organizativa interna, Normas de Disciplina, Democracia Interna, Regulaciones Financieras, Disolución
Estatuto
• Actas de Constitución de Comités en por lo menos el tercio de las provincias del país ubicadas en al menos las dos terceras partes de los departamentos (65 comités en 16 departamentos)
Comités Partidarios
• Uno o dos representantes legales, entre ellos el tesorero, cuyas atribuciones se establecerán en el Estatuto.
Designación de Representantes Legales
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Al cumplirse un año de concluido el último proceso de elección general, si no hubiese alcanzado al menos 6 representantes al Congreso en más de una circunscripción electoral o haber alcanzado al menos el 5% de los votos válidos a nivel nacional. (834,987 votos)
A solicitud del órgano autorizado por el estatuto del partido.
Por su fusión con otros partidos.
Por decisión de la autoridad judicial competente (artículo 14 de la Ley).
Causales de cancelaciónArtículo 13 de la Ley de Partidos Políticos
El ROP-JNE cancela la inscripción de un partido en los siguientes casos:
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En el caso de las alianzas, cuando concluye el proceso electoral respectivo, salvo que sus integrantes decidiesen ampliar su vigencia, como la Alianza Regional Juntos por Amazonas, Alianza Regional Todos por Pasco y el Movimiento de Afirmación Social de Cajamarca.
En el caso de los movimientos de alcance regional o departamental, cuando no hubiesen superado el 5% de los votos válidamente emitidos en el proceso electoral en el que hayan participado, a nivel de su circunscripción (Artículo Único de la Ley Nº 29490, del 25 de diciembre de 2009).
En el caso de las organizaciones políticas locales, concluido el proceso electoral se procede a la cancelación de oficio del registro respectivo.
Causales de cancelaciónArtículos 13 y 17 de la Ley de Partidos Políticos
El ROP-JNE cancela la inscripción de las demás organizaciones políticas:
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• 1. Acción Popular (alianza)• 2. Alianza para el Progreso (alianza)• 3. Cambio 90 (alianza)• 4. Fuerza 2011• 5. Partido Aprista Peruano• 6. Partido Humanista Peruano (alianza)• 7. Partido Nacionalista Peruano• 8. Partido Popular Cristiano (alianza)• 9. Perú Posible (alianza)• 10. Restauración Nacional (alianza)• 11. Siempre Unidos (alianza)• 12. Solidaridad Nacional (alianza)• 13. Somos Perú (alianza)• 14. Todos por el Perú (alianza)• 15. Unión por el Perú (alianza)
Partidos que superaron la barrera electoral (Ley N° 28617):
Partidos que mantienen su inscripción
Después de un año de concluida la última elección general
• 16. Tierra y Dignidad
Partido que se inscribió después de las EEGG 2011
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• 1. Adelante• 2. Cambio Radical• 3. Despertar Nacional• 4. Fonavistas del Perú*• 5. Fuerza Nacional• 6. Fuerza Social• 7. Justicia, Tecnología y Ecología
Partidos que participaron en las EEGG 2011 y no superaron la barrera electoral (Ley N° 28617):
• 1. FREPAP• 2. MNI• 3. Nueva Mayoría• 4. Participación Popular• 5. Renovación Nacional• 6. Sí Cumple
Partidos que no participaronen las EEGG 2011:
* El partido retiró su inscripción a solicitud del órgano autorizado por el Estatuto.
Partidos que perdieron su inscripción
Después de un año de concluida la última elección general
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La cancelación de una organización política no afecta el mandato de las autoridades democráticamente elegidas en su representación (art. 42).
La reserva sobre la denominación y símbolo opera cuando la organización política inscrita efectúa un cambio, temporal o permanente, de los mismos, y cuando se cancela su inscripción. La reserva caduca al año de expedición del respectivo asiento registral (art. 45)
Efectos de la cancelación
Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas
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Selección de candidatos a cargos de elección popular y de autoridades partidistas
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La elección debe regirse por las normas de democracia interna establecidas en la Ley, el estatuto y el reglamento electoral de la agrupación política, el cual no puede ser modificado una vez que el proceso ha sido convocado.
Toda agrupación política debe garantizar la pluralidad de instancias y el respeto al debido proceso electoral.
Ley de Partidos Políticos
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Elección de autoridades
Artículo 25 de la Ley de Partidos Políticos
Se realiza al menos una vez cada cuatro años. El período de funciones debe guardar concordancia con las
disposiciones estatutarias.
La elección de estas autoridades se efectúa de acuerdo con alguna de las
tres modalidades de elección (estatuto u órgano deliberativo). Las
formalidades deben estar en estatutos.
El Reglamento del ROP dispone que las organizaciones políticas deben
comunicar la prórroga de la vigencia o reemplazo de los dirigentes al vencimiento de su mandato.
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Elección de candidatos
Artículo 25 de la Ley de Partidos Políticos
• Presidente y vicepresidente de la República, Representantes al Congreso y Parlamento Andino, Presidente, vicepresidentes y consejeros regionales, alcaldes y regidores municipales, los que disponga el estatuto.
Están sujetos a elecciones internas los candidatos que se presenten a determinados cargos
Las elecciones internas deben realizarse entre los 180 días calendario anteriores a la fecha de elección y 21 días antes del plazo para la inscripción de candidatos.
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Contar con instrumentos normativos en materia electoral
El instrumento normativo donde se desarrollan las regulaciones que contiene la LPP en materia de democracia interna y régimen electoral, es el Estatuto de la organización política.
La OP debe elaborar y aprobar un Reglamento Electoral, que regule todas las etapas y actividades de los procesos electorales partidarios.
El órgano electoral central puede aprobar y publicar, para cada proceso electoral, normas internas que complementen la normatividad partidaria en materia electoral (Directivas, Resoluciones, Comunicados).
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La elección de autoridades y candidatos a cargos públicos de elección popular es realizada por un órgano electoral central, conformado por un mínimo de tres (3) miembros, que goza de autonomía.
Cuenta con órganos electorales descentralizados de igual composición, que funcionan en los comités partidarios.
Tiene a su cargo la realización de todas las etapas de las elecciones de los procesos electorales de la OP
Cuenta con la facultad de establecer las normas internas que correspondan, con arreglo al estatuto y reglamento electoral.
Conformación de los órganos electorales
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Modalidades de Elección
Corresponde al órgano máximo de la organización política decidir la modalidad de elección de los candidatos.
• Elecciones con voto universal, libre, igual, voluntario, directo y secreto de los afiliados y ciudadanos no afiliados (primera modalidad)
• Elecciones con voto universal, libre, igual, voluntario, directo y secreto de los afiliados (segunda modalidad)
• Elecciones a través de órganos partidarios, conforme lo disponga el Estatuto (tercera modalidad).
Las modalidades de elección que plantea la LPP, son:
La elección de las autoridades de la organización política se realiza conforme a lo que disponga el Estatuto y acuerde el órgano máximo de la misma.
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• Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados y ciudadanos no afiliados.
• Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados.
• Elecciones a través de los delegados elegidos por los órganos partidarios para cada proceso electoral, conforme al estatuto.
Al menos las cuatro quintas partes del total de candidatos
• Designada directamente por el órgano que disponga el Estatuto. • Esta facultad es indelegable y no se aplica para el caso de candidatos
a Presidente y Vicepresidentes de la República, los cuales deberán ser necesariamente elegidos.
Hasta una quinta parte del número total de candidatos
Modalidades de Elección Candidatos
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Elección a través de órganos partidarios
La elección de autoridades y candidatos de la organización política se realiza a través de órganos partidarios (elección indirecta prevista en el inciso C) del artículo 24º- LPP).
El órgano partidario con facultades eleccionarias, debe estar integrado por delegados elegidos por voto libre, igual y secreto de los afiliados (elección de “primer grado”)
El órgano partidario no puede estar conformado por delegados (que sería una elección de “segundo grado”).
El Estatuto también debe precisar cual es el órgano partidario con facultades eleccionarias y como es su conformación.
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Cuotas a considerar al elegir o designar candidatos
No menos de un treinta por ciento (30%) debe ser hombres o mujeres.
No menos de un veinte por ciento (20%) debe ser ciudadano o ciudadana joven menor de 29 años de edad (Regidores)
Un mínimo de quince por ciento (15%) debe ser representante de comunidades nativas o pueblos originarios
Un candidato de cada provincia y un accesitario por cada candidato (Consejeros Regionales)
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El padrón electoral contiene la relación de electores (o delegados) con potestad de elegir en un proceso electoral determinado.
Su elaboración y administración debe estar a cargo de un órgano partidario, que cuente con un equipo técnico que se encargue de la inscripción, reinscripción y actualización del padrón de afiliados (base del padrón electoral).
Para cada proceso electoral, se debe realizar la depuración, control de calidad, aprobación y publicación del padrón electoral.
Contar con un padrón electoral actualizado y depurado
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La elección de candidatos y autoridades con participación de los afiliados se efectuará en base al último padrón de afiliados
registrado en el ROP, previo a dichos comicios.
Los partidos políticos deben entregar al ROP, dentro de los tres primeros meses de cada año, el padrón actualizado de sus
afiliados, el cual, salvo manifestación expresa tendrá efecto cancelatorio frente a sus anteriores entregas.
El ROP considera como afiliados, a los registrados en el padrón, así como a los directivos, representantes legales, apoderado,
personeros legales y técnicos, tesorero, y los miembros de sus comités, si no estuvieren en el listado.
Contar con un padrón electoral actualizado y depurado
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Los ciudadanos solo pueden afiliarse a una organización política. En caso un ciudadano sea presentado como integrante de dos o más organizaciones políticas, el ROP validará su afiliación en la organización política que haya ingresado primero su solicitud.
Si un ciudadano afiliado a una organización política pretende participar en un proceso electoral como candidato por otra, deberá renunciar con una anticipación de cinco meses antes de la fecha límite de presentación de la solicitud de inscripción de candidatos, salvo que cuente con la autorización expresa de la organización política a la que pertenece.
El ciudadano que alega haber sido afiliado a una organización política indebidamente o sin su consentimiento, podrá solicitar al ROP se registre su exclusión del comité partidario y/o padrón de afiliados.
Contar con un padrón electoral actualizado y depurado
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Participación de minorías y sectores sociales en el proceso
de toma de decisiones y de definición programática del
partido.
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Proceso que permite que los militantes a través de ciertos mecanismos participen en las decisiones políticas referidas a
• Definición del programa e ideología política
• Decisiones políticas• Posiciones programáticas
Toma de Decisiones
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PRESENTACION PRELIMINAR - DOCUMENTO DE TRABAJO
Rendición de cuentas de los candidatos, cargos públicos y autoridades del partido a la
militancia
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Procedimientos y controles internos establecidos para la rendición de cuentas de
los aportes de los militantes y los gastos efectuados .
Se cuenta con un órgano encargado de la parte
económica del partido y una estructura de apoyo.
Rendición de cuentas
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Administración de recursos y sistemas de control
Competencia exclusiva del tesorero
Sistema de control interno Verificación: ONPE
Fuentes de Financiamiento y limitacionesPrivado Público
Los estatutos deben incluir criterios y mecanismos básicos con respecto al financiamiento
Administración. Control Transparencia
Ley de Partidos Políticos
Título de la Presentación
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Participación de la ONPE
ASISTENCIA TÉCNICA EN ELECCIONES
INTERNAS
VERIFICACIÓN Y CONTROL DE LAS
FINANZAS PARTIDARIAS
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Asistencia Técnica de la ONPE
El servicio de asistencia técnica de la ONPE consiste en la asesoría especializada que se brinda a los órganos electorales de las organizaciones políticas en las diferentes etapas del proceso electoral. Este servicio puede comprender la asesoría en:
Planificación y Organización de los
procesos electorales
Capacitación en procedimientos
electorales
Diseño de materiales electorales
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Verificación y Control que realiza la ONPE
La Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios tiene la finalidad de efectuar la verificación y control externos de la actividad económica financiera de los partidos políticos. Asimismo, está a cargo de la determinación del tiempo disponible para cada partido político en la franja electoral y la asignación correspondiente de los espacios en radio y televisión en periodo no electoral.
Acciones de verificación y control de las
finanzas partidarias
Emisión normas, procedimientos e
instructivos y capacitación.
Sorteo franja electoral
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Mayor información sobre los alcances de nuestro servicio lo podrán encontrar en
Oficina de Coordinación Regional TrujilloAv. Jesús de Nazareth 320 Trujillo
Teléfono 044-225489
ONPE
ONPE
MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCION.