2010402748 374 2012_d_com265_proyecto_informatica_avanzada_diapositivas (1)
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX-POST Y PLAN DE …€¦ · reglamento de seguridad y salud de los...
Transcript of ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX-POST Y PLAN DE …€¦ · reglamento de seguridad y salud de los...
ESTUDIO DE IMPACTO
AMBIENTAL EX-POST Y PLAN
DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD DE LA EMPRESA
INARROMESA S.A. EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y
ABANDONO
Realizado por:
Consultor Ambiental Individual
Ing. Sergio Rodríguez Portés
Registro MAE-004-CI
MARZO 2015
CAPÍTULO I ............................................................................................................................ 1
FICHA DE PRESENTACIÓN ................................................................................................. 1
CAPÍTULO II ........................................................................................................................... 3
1. ANTECEDENTES ............................................................................................................... 3
2. OBJETIVOS ........................................................................................................................ 4
2.1. OBJETIVO GENERAL ................................................................................................. 4
2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS ....................................................................................... 4
3. METODOLOGÍA DE ESTUDIO APLICADA EN EL ESTUDIO DE IMPACTO
AMBIENTAL EX-POST .............................................................................................................. 5
4. ALCANCE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX-POST ................................... 7
5. MARCO LEGAL APLICABLE ............................................................................................. 8
5.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR (ACTUALIZADA
A OCTUBRE DE 2008). ........................................................................................................ 11
5.2. LEY REFORMATORIA AL CÓDIGO PENAL. 18 MARZO, 2011 ............................. 14
5.3. LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL. R.O. SUPLEMENTO Nº 418- 10 SEPTIEMBRE,
2004 …………………………………………………………………………………………….15
5.4. LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL. R.
O. SUPLEMENTO NO. 418 DEL 10 DE SEPTIEMBRE DEL 2004. ............................... 17
5.5. LEY DE DEFENSA CONTRA INCENDIOS. 9 DE MARZO DEL 2009..................... 18
5.6. LEY ORGÁNICA DE SALUD. R.O. 423 - 22 DICIEMBRE, 2006 ............................. 18
5.7. LEY DE AGUAS. CODIFICACIÓN 2004-016. REGISTRO OFICIAL NO. 339 DEL 20
DE MAYO DEL 2004. ........................................................................................................... 20
5.8. REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y
MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO. R.O. NO. 374, FEBRERO 4,
1994 …………………………………………………………………………………………….21
5.9. REGLAMENTO DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA DE
INCENDIOS. R.O. NO. 114 – ABRIL, 2009 ......................................................................... 34
5.10. REGLAMENTO SUSTITUTIVO DEL REGLAMENTO AMBIENTAL PARA LAS
OPERACIONES HIDROCARBURÍFERAS EN EL ECUADOR ........................................... 37
5.11. TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN AMBIENTAL SECUNDARIA DEL
MINISTERIO DEL AMBIENTE. R.O.EDICIÓN ESPECIAL Nº2-MARZO 31, 2003. ÚLTIMA
MODIFICACIÓN; 14-AGOSTO-2012. .................................................................................. 38
5.11.1. REFORMAR AL TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL
MINISTERIO DEL AMBIENTE LIBRO VI, TÍTULO I DEL SISTEMA ÚNICO DE MANEJO
AMBIENTAL (SUMA). ........................................................................................................... 38
5.11.2. REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL PARA LA
PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL .............................. 39
5.11.3. REGLAMENTO PARA LA PREVENCION Y CONTROL DE LA
CONTAMINACION POR SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS, DESECHOS
PELIGROSOS Y ESPECIALES. ACUERDO MINISTERIAL NO. 161, PUBLICADO EN
REGISTRO OFICIAL SUPLEMENTO 631 DE 1 DE FEBRERO DEL 2012. ...................... 41
5.11.4. ANEXO 1 NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL Y DE DESCARGA DE
EFLUENTES: RECURSO AGUA. ........................................................................................ 48
4.2 CRITERIOS GENERALES PARA LA DESCARGA DE EFLUENTES ..................... 49
5.11.5. ANEXO 2 NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL DEL RECURSO SUELO Y
CRITERIOS DE REMEDIACIÓN PARA SUELOS CONTAMINADOS. ............................... 49
5.11.6. ANEXO 3 NORMA DE EMISIONES AL AIRE DESDE FUENTES FIJAS DE
COMBUSTIÓN. ..................................................................................................................... 52
5.11.7. ANEXO 4 NORMA DE CALIDAD DEL AIRE AMBIENTE O NIVEL DE
INMISIÓN. ACUERDO MINISTERIAL NO. 50, PUBLICADO EN REGISTRO OFICIAL 464
DE 7 DE JUNIO DEL 2011. .................................................................................................. 54
5.11.8. ANEXO 5 LÍMITES PERMISIBLES DE NIVELES DE RUIDO AMBIENTE PARA
FUENTES FIJAS Y FUENTES MÓVILES, Y PARA VIBRACIONES. ................................. 55
5.11.9. ANEXO 6 NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL PARA EL MANEJO Y
DISPOSICIÓN FINAL DE DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS. ............................. 56
5.11.10. ACUERDO MINISTERIAL Nº 028. SUSTITUYESE EL LIBRO VI DEL TEXTO
UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA. R.O. Nº 270 QUITO, 13 DE FEBRERO
DEL 2015. ……………………………………………………………………………………….59
5.12. ORDENANZA QUE PONE EN VIGENCIA Y APLICACIÓN EL SUBSISTEMA DE
EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES DEL GOBIERNO PROVINCIAL DEL
GUAYAS. R.O. NO. 62 DEL 18 DE AGOSTO DEL 2010 .................................................... 75
5.13. ORDENANZA QUE REGULA LA OBLIGACIÓN DE REALIZAR ESTUDIOS
AMBIENTALES A LAS OBRAS CIVILES, Y A LOS ESTABLECIMIENTOS
INDUSTRIALES, COMERCIALES Y OTROS SERVICIOS, UBICADOS DENTRO DEL
CANTÓN DURÁN. R. O. NO. 100 - MARTES, 10 DE JUNIO DEL 2003. ........................... 77
5.14. ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA QUE REGULA EL
MANEJO INTEGRAL DE LOS DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS GENERADOS
EN EL CANTÓN DURÁN ..................................................................................................... 78
5.15. DECRETO EJECUTIVO 1040. REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LOS
MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL ESTABLECIDOS EN LA LEY DE GESTIÓN
AMBIENTAL R.O Nº332 – MAYO, 2008. ............................................................................. 81
5.16. ACUERDO MINISTERIAL 066. INSTRUCTIVO AL REGLAMENTO DE
APLICACIÓN DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL ESTABLECIDO EN
EL DECRETO EJECUTIVO NO. 1040, PUBLICADO EN EL REGISTRO OFICIAL NO. 332
DEL 08 DE MAYO DEL 2008. .............................................................................................. 83
5.17. ACUERDO MINISTERIAL 026: PROCEDIMIENTOS PARA REGISTRO DE
GENERADORES DE DESECHOS PELIGROSOS, GESTIÓN DE DESECHOS
PELIGROSOS PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL, Y PARA EL TRANSPORTE
DE MATERIALES PELIGROSOS. R.O. 334 – MAYO 12, 2008 ........................................ 83
5.18. NTE INEN 2266:2013 TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y MANEJO DE
MATERIALES PELIGROSOS. REQUISITOS...................................................................... 83
5.19. NTE INEN 2288:2000. PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES
PELIGROSOS. ETIQUETADO DE PRECAUCIÓN.REQUISITOS. .................................... 86
5.20. NTE INEN 439: 1984 COLORES, SEÑALES Y SÍMBOLOS DE SEGURIDAD ... 88
5.21. CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL AUTONOMÍA Y
DESENTRALIZACIÓN (COOTAD) R.O. NO 303 – 19 OCTUBRE. .................................... 89
6. CONVENIOS INTERNACIONALES ................................................................................. 89
6.1. CONVENIO DE BASILEA.......................................................................................... 89
6.2. CONVENIO DE ESTOCOLMO SOBRE CONTAMINANTES ORGÁNICOS
PERSISTENTES (COPS) ..................................................................................................... 91
6.3. CONVENIO DE ROTTERDAM .................................................................................. 92
6.4. PROTOCOLO DE KIOTO.......................................................................................... 92
7. MARCO INSTITUCIONAL ................................................................................................ 93
7.1. INSTITUCIONES REGULADORAS Y DE CONTROL.............................................. 93
7.1.1. MINISTERIO DEL AMBIENTE DEL ECUADOR ................................................... 93
7.1.2. DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO PROVINCIAL DEL
GUAYAS ............................................................................................................................... 93
CAPÍTULO III ........................................................................................................................ 94
1. JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO ................................................................................. 94
2. OBJETIVOS DEL PROYECTO......................................................................................... 95
2.1. OBJETIVO GENERAL ............................................................................................... 95
2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS ..................................................................................... 95
3. UBICACIÓN ...................................................................................................................... 96
3.1. LÍMITES DE LA ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO
“INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y
ABANDONO”, DEDICADA A LA COMPRA Y VENTA DE ARROZ EN DIFERENTES
PRESENTACIONES. ............................................................................................................ 97
3.2. USO DE SUELO DEL ÁREA DEL PROYECTO ....................................................... 98
3.3. DOTACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS EN EL SECTOR DEL ÁREA DEL
PROYECTO .......................................................................................................................... 98
4. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO .................................................................................... 98
4.1. EQUIPOS Y MAQUINARIA. .................................................................................... 101
4.2. INSUMOS ................................................................................................................ 101
4.3. DESECHOS GENERADOS..................................................................................... 102
4.4. PERSONAL LABORAL Y HORARIOS DE TRABAJO............................................ 103
4.5. ÁREAS DE LA EMPRESA....................................................................................... 103
4.5.1. ÁREA DE ADMINISTRACIÓN ............................................................................. 103
4.5.2. GARITA ................................................................................................................ 104
4.5.3. PARQUEO............................................................................................................ 105
4.5.4. LABORATORIO ................................................................................................... 105
4.5.5. BODEGAS DE ALMACENAMIENTO DE MATERIA PRIMA Y PRODUCTO
TERMINADO....................................................................................................................... 105
4.5.6. BODEGA DE ALMACENAMIENTO DE SACOS ................................................. 106
4.5.7. DUCHAS Y VESTIDORES .................................................................................. 106
4.6. SISTEMAS DE SEGURIDAD .................................................................................. 107
CAPÍTULO IV ..................................................................................................................... 108
1. JUSTIFICACIÓN ............................................................................................................. 108
2. METODOLOGÍA APLICADA .......................................................................................... 108
3. ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA E INDIRECTA ......................................................... 108
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
1
CAPÍTULO I
FICHA DE PRESENTACIÓN
a) A
Tipo de Estudio
Estudio de Impacto Ambiental Ex-post y Plan de Manejo Ambiental de la Actividad en Funcionamiento identificada como “INARROMESA S.A., en sus fases de Operación, Mantenimiento y Abandono”, dedicada a la compra y venta de arroz en diferentes presentaciones
Dirección Km 5.5 de la autopista Durán-Boliche. Parroquia: Eloy Alfaro,
Cantón: Durán, Provincia del Guayas. Ecuador.
Localización
Referenciado en coordenadas DATUM WGS 84 Zona 17 SUR.
1 632749 9758037
2 632688 9758067
3 632739 9758196
4 632800 9758166
Fases del proyecto Operación, Mantenimiento y Abandono
Categoría del proyecto
Categoría II
b)
Empresa proponente INARROMESA S.A.
RUC 0992314184001
Actividad del proponente
Actividades de Producción de Arroz descascarillado, pulido, blanqueado y semiblanqueado.
Representante legal Lcda. Judith Romero Astudillo de Portilla
Dirección Km 5.5 Autopista Durán-Boliche Provincia Guayas, Cantón Durán
Teléfonos (04) 2807734
Página web [email protected]
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
2
c)
Consultor Ambiental Individual responsable
Ingeniero Ambiental Sergio Rodríguez Portés Registro de Consultor Ambiental MAE 004 - CI, conforme al Acuerdo Ministerial No. 069 de 24 de Junio del 2013 publicado en el Registro Oficial N° 036 de fecha 15 de Julio del 2013.
Firma del Consultor
Dirección Ciudadela 29 de Junio, Mz. E, villa 4.
Teléfono (593) (04) 6013531 - 6013532
e-mail [email protected]
Equipo consultor multidisciplinario
------------------------------------------ Ing. Ambiental Andrea Torres Vera
---------------------------------------------- Egresada en Biología Gloria Ramírez
----------------------------------------------- Egresada en Biología Jenniffer Parrales
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
3
CAPÍTULO II
PRESENTACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
EX - POST
1. ANTECEDENTES
La Ley de Gestión Ambiental es un instrumento jurídico que establece los principios y
directrices de política ambiental; determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de
participación de los sectores público y privado en la gestión ambiental de los impactos
ambientales que deterioren el ambiente.
INARROMESA S.A., es una organización privada dedicada a la compra y venta de arroz
descascarillado, pulido, blanqueado y semiblanqueado, actividad que le ha llevado a
incursionar en el sector local con excelentes resultados.
INARROMESA S.A. es una empresa socialmente responsable que cumple lo dispuesto en la
Normativa Ambiental vigente, por ello deja a consideración de la Dirección de Medio
Ambiente del Gobierno Provincial del Guayas, el Estudio de Impacto Ambiental Ex-post del
Proyecto de Operación y Mantenimiento, para su revisión y posterior aprobación.
Además, cumple con el pronunciamiento de la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y
Agua del Gobierno Provincial del Guayas, que luego de haber revisado y evaluado la
petición de Certificado de Categorización, emitió lo siguiente:
Oficio Nº 2996–DMA–GPG–2012 emitido el 18 de Julio del 2012, determina que por
tratarse de una actividad en funcionamiento en sus diferentes fases se predice que
genera impactos medianamente significativos y de mediano riesgo ambiental, esta
Corporación Provincial le asigna la Categoría II.
Por lo tanto deberá someterse al proceso de Evaluación de Impactos Ambientales
para su regularización, a través de la presentación de un Estudio de Impacto
Ambiental y Plan de Manejo Ambiental que requiere ser aprobado previo al
otorgamiento de la respectiva Licencia Ambiental, dando cumplimiento a lo
determinado en el artículo 19 y 20 de la Ley de Gestión Ambiental, artículo 15 del
Libro VI del TULSMA y artículo 8 de la Ordenanza que pone en vigencia y aplicación
el Subsistema de Evaluación de Impactos Ambientales del Gobierno Provincial del
Guayas.
Es importante resaltar que este es un borrador del Estudio de Impacto Ambiental Ex post y
Plan de Manejo Ambiental del Proyecto de Operación y Mantenimiento de la empresa, para
dar paso al proceso de Participación Social. Esto, con el objeto de obtener la Licencia
Ambiental del Proyecto otorgado por la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y Agua
del Gobierno Provincial del Guayas.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
4
2. OBJETIVOS
2.1. OBJETIVO GENERAL
Elaborar un estudio técnico que determine las conformidades o no conformidades de
elementos de la Normativa Ambiental Aplicable y/o de un sistema de gestión, a través de
evidencias objetivas y en base de términos de referencia definidos previamente. Además, de
describir las medidas para prevenir, controlar, mitigar y compensar las alteraciones
ambientales significativas del Proyecto de Operación y Mantenimiento de la empresa
INARROMESA S.A.
2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Los objetivos específicos del EsIA Ex-post del presente proyecto son los siguientes:
o Determinar la Legislación Ambiental Nacional vigente, aplicable para la elaboración
del EsIA Ex-post de la actividad de la Empresa INARROMESA S.A. en sus fases de
Operación, Mantenimiento y Abandono.
o Determinar la metodología a aplicarse para la recepción de la información, tanto
primaria (visita in situ al área de influencia del proyecto, revisión de planos de la
empresa, monitoreos ambientales) y secundaria (Legislación Ambiental Aplicable,
estudios anteriores del sector), con la finalidad de establecer la situación actual del
área en el cual se desarrolla la actividad.
o Describir claramente las actividades de la empresa, los procesos unitarios, entrada y
salida de materiales, balance de materiales, obras principales y otros.
o Describir el alcance del área de influencia directa e indirecta en la cual se realizará el
EsIA Ex-post, respecto a la ubicación de la empresa.
o Describir el estado actual del componente ambiental físico (suelo, clima, hidrología,
paisaje), componente ambiental biótico (flora y fauna macroinvertebrados y/o
microinvertebrados acuáticos) y componente ambiental socioeconómico y cultural
(asentamientos poblacionales, indicadores socio ambientales) circunscriptos al área
de influencia. Información indispensable para la elaboración de la Línea Base
Ambiental.
o Establecer la justificación de los monitoreos a realizarse durante las fases de la
empresa.
o Determinar los riesgos endógenos y exógenos producidos por la operación,
mantenimiento y Abandono de la empresa.
o Reconocer los hallazgos: síntesis de no conformidades encontradas, observaciones
y otros.
o Descripción detallada de las medidas ambientales implementadas previa a la
ejecución del EIA Expost.
o Determinar las medidas ambientalmente viables de prevención, mitigación,
compensación, seguimiento y control, de seguridad y salud ocupacional, y de
contingencias, para evitar el deterioro del medio ambiente del área en el cual se
desarrollará el proyecto.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
5
o Determinar el alcance del Plan de Manejo Ambiental de la actividad de la empresa
INARROMESA S.A. En ella será considerado su composición en subplanes y/o
actividades.
o Elaborar el presupuesto económico y el cronograma de implantación de las medidas
para el subsecuente Estudio de Impacto Ambiental Ex-post.
o Enumerar las conclusiones y recomendaciones del Estudio de Impacto Ambiental Ex-
post.
o Establecer la metodología a aplicarse para cumplir los mecanismos de Participación
Social.
3. METODOLOGÍA DE ESTUDIO APLICADA EN EL ESTUDIO DE IMPACTO
AMBIENTAL EX-POST
En el Estudio de Impacto Ambiental Ex-post de la actividad en funcionamiento identificada
como “INARROMESA S.A. en sus fases de Operación, Mantenimiento y Abandono” se
siguieron los Lineamientos para la formulación de Estudio de Impacto Ambiental Ex-post
considerados en el “Manual de Procedimientos para el Subsistema de Evaluación de
Impactos Ambientales del Ministerio del Ambiente”, emitido por la Subsecretaría de Calidad
Ambiental, además se emplearon metodologías de evaluaciones rápidas, métodos de
campo y muestreos discretos en el tiempo. Entre las cuales se encuentran:
La toma de información a través de un formato de visita, el mismo que sintetizó la
información necesaria para la elaboración del estudio.
Se ejecutó una inspección de campo en las instalaciones territoriales donde se
efectúa el proyecto.
Inspección de campo en el área de influencia directa e indirecta en referencia al área
territorial del proyecto, el cual es la base para la caracterización de los componentes
ambientales (físico, biótico y socioeconómico-cultural).
Una vez obtenida la información en el sitio, se elaboró el trabajo de oficina el mismo que
comprendió las siguientes actividades:
Interpretación de la información obtenida en la visita a las instalaciones del predio
donde se edifica el proyecto.
Búsqueda de información secundaria relacionada con las actividades desarrolladas
en las fases del proyecto (revisión de la información existente en la literatura técnica,
Marco Legal Ambiental vigente y aplicable a la empresa, etc.).
Descripción del entorno (o línea base) que rodea a la instalación del proyecto. En
esto se utilizó únicamente información existente, complementada con observaciones
puntuales efectuadas en la inspección de campo.
Contabilización de las Conformidades, No Conformidades Menores y No
Conformidades Mayores, lo que facilitó a la autoridad ambiental visualizar la gestión
ambiental respecto del cumplimiento de la Legislación Ambiental vigente, esto con el
fin de determinar los hallazgos del Estudio de Impacto Ambiental Ex-post.
Identificación y caracterización de los impactos ambientales potenciales que puedan
presentarse durante la etapa de operación, mantenimiento y abandono del proyecto.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
6
Elaboración de las medidas ambientales, plan de manejo ambiental, programa de
monitoreo y elaboración del cronograma valorado de implementación.
Elaboración de conclusiones, recomendaciones e informe final.
Respecto a la metodología para determinar los hallazgos del Estudio de Impacto Ambiental
Ex-post, se efectuó la comprobación de las condiciones actuales de los procesos del
proyecto y el cumplimiento con la Legislación Ambiental Aplicable vigente.
Para ello, se utilizó los criterios de evaluación que constan en el Texto Unificado de
Legislación Secundaria Ambiental, inmerso dentro del ámbito de auditoría ambiental del
promotor, en la cual una no conformidad significa un incumplimiento y/o deficiencias en la
aplicación de la normativa ambiental vigente y aplicable a la actividad o proyecto auditado,
determinándose que:
Conformidad (C): Esta calificación se da a toda actividad, instalación o práctica que se ha
realizado o se encuentra dentro de las restricciones, indicaciones o especificaciones
expuestas en la normativa aplicable.
No conformidad menor (NC-): Esta calificación implica una falta leve frente al plan de
manejo ambiental y/o normas aplicables, bajo los siguientes criterios: fácil corrección o
remediación; rápida corrección o remediación; bajo costo de corrección o remediación;
evento de magnitud pequeña, extensión puntual, poco riesgo e impactos menores e implica
la obligación de su corrección inmediata.
No conformidad mayor (NC+): Esta calificación implica una falta grave frente a las normas
aplicables, bajo los siguientes criterios: corrección o remediación de carácter difícil,
corrección o remediación que requiere mayor tiempo y recursos humanos y económicos, el
evento es de magnitud moderada a grande, los accidentes potenciales pueden ser graves o
fatales y evidente despreocupación, falta de recursos o negligencias en la corrección de un
problema menor o si se producen repeticiones periódicas de no conformidades menores.
Para el levantamiento de la Línea Base Ambiental se realizó la caracterización de la
situación de los componentes ambientales del sector, a saber: componente físico,
componente biótico y componente socioeconómico y cultural, y el grado de afectación de la
actividad a estos componentes, para establecer los aspectos e impactos causados por las
actividades de INARROMESA S.A. al entorno del área donde se encuentra circunscrito.
En el componente ambiental físico la metodología utilizada para efectuar la caracterización
de este componente ambiental fueron las siguientes:
Elaboración de un Formato de Visita, el mismo que sirvió para la recopilación de
datos durante la visita in situ a la empresa.
Visita de campo in situ al área de influencia directa e indirecta de la empresa para la
obtención de una visión más amplia del sector, en cuanto a hidrología, paisaje y
suelo.
Lectura de literatura de estudios efectuados en la zona, referente a clima, hidrología
y suelo.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
7
Las fuentes de información a las que se recurrieron para llevar a cabo la caracterización del
componente físico ambiental, se detallan a continuación:
Indicadores climatológicos y meteorológicos de INAMHI.
Estudios anteriores del sector e investigaciones de entidades públicas y privadas.
Página web: www.guayas.gob.ec
Página web: www.duran.gob.ec
Con respecto al componente biótico se hizo una breve descripción de las especies de flora y
fauna que se identificaron en la zona durante la visita de campo, utilizando metodología de
observación directa, relevamientos de encuentro visual (REV) y comparaciones fotográficas.
Se analizaron los aspectos del entorno socioeconómico del área de influencia y se
describieron aspectos tales como asentamientos poblacionales e indicadores socio-
ambientales. Para ello, se utilizó información actualizada del último Censo Nacional de
Población y Vivienda del año 2010 y 2001, en conjunto con la información obtenida durante
visita al área de influencia directa e indirecta de la empresa.
Tomando como base toda la información levantada y proporcionada por los estudios
realizados en el área de influencia, se determinó la intensidad del riesgo ambiental que
genera el proceso de funcionamiento de INARROMESA S.A., así como también las
actividades complementarias, tanto al interior (riesgo endógeno), como al exterior del área
de la empresa (riesgo exógeno).
Este marco metodológico encuadrado a la elaboración del referido estudio, está
determinado en los Términos de Referencia presentados ante el Gobierno Provincial del
Guayas, los cuales fueron aprobados por medio del oficio Nº 4847-DMA-GPG-2012 (Anexo
1).
4. ALCANCE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX-POST
Como base legal para la regularización de esta actividad en ejecución, el Estudio de Impacto
Ambiental Ex-post se ajusta a las disposiciones transitorias del SUMA, en el Manual de
Procedimientos para la presentación al Subsistema de Evaluación de Impactos Ambientales
del MAE. Además de las regulaciones ambientales vigentes de la entidad ambiental de
control.
El Estudio de Impacto Ambiental Ex-post, abarca la revisión del marco legal aplicable al
desarrollo de las actividades, determinación de las áreas de influencia, la descripción de la
actividad de la Empresa INARROMESA S.A., en sus fases de Operación, Mantenimiento y
Abandono, y de las medidas ambientales implementadas, el diagnóstico del estado actual
del ambiente en los componentes físico, biótico y socioeconómico, determinación de
hallazgos y realización del Plan de Manejo Ambiental.
En base a lo anteriormente descrito, el estudio propuesto analiza los impactos tales como,
niveles de ruido por operación de maquinarias, prevención de contaminación por arrastres
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
8
de sólidos en aguas lluvias, reducción o cambios en la biodiversidad del lugar, efectos de
emisiones de polvos y gases de combustión, manejo de desechos, para citar los principales.
Se incluye una descripción del marco legal ambiental e institucional vigente en el Ecuador,
con énfasis en aquellas reglamentaciones, normas técnicas y ordenanzas municipales,
referentes a actividades de compra de arroz, para luego efectuar su procesamiento y venta
de manera directa, calidad del aire ambiente, niveles de ruido esperados, manejo de
desechos sólidos y desechos peligrosos, manejo de combustibles e insumos, calidad de
efluentes líquidos, entre otros.
Como resultado del EIA ex-post actualizado, en caso de determinarse hallazgos, se
propondrá un Plan de Manejo Ambiental, el cual incluirá las acciones necesarias para
remediar, mitigar, prevenir, minimizar o compensar las alteraciones ambientales
encontradas, cuyas medidas o acciones de manejo ambiental serán presentadas al nivel de
diseño conceptual, con costos, responsabilidades y cronogramas de ejecución.
5. MARCO LEGAL APLICABLE
El Estudio de Impacto Ambiental Ex-post y Plan de Manejo Ambiental de la actividad en
funcionamiento identificada como “INARROMESA S.A. en sus fases de operación,
mantenimiento y abandono”, se basa en las siguientes normativas ambientales:
TABLA Nº 1
MARCO LEGAL AMBIENTAL APLICABLE
INSTRUMENTO LEGAL APLICABLE PUBLICACIÓN DEL
INSTRUMENTO LEGAL APLICABLE
Constitución de la República del Ecuador. R.O. Nº 449 - Octubre 20, 2008.
Ley Reformatoria al Código Penal. Actualizado al 18 Marzo, 2011
Ley de Gestión Ambiental (Codificación 19). R.O. Suplemento No. 418 - 10 Septiembre, 2004.
Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental.
R.O. Suplemento No. 418 - 10 Septiembre, 2004.
Ley de Defensa Contra Incendios 9 de Marzo del 2009
Ley Orgánica de Salud Ley 67, R. O. Suplemento No. 423 - 22 Diciembre, 2006.
Ley de Aguas Codificación 2004 – 016 R.O. No.339 - 20 Mayo, 2004.
Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo.
R.O. No. 374, Febrero 4, 1994
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
9
INSTRUMENTO LEGAL APLICABLE PUBLICACIÓN DEL
INSTRUMENTO LEGAL APLICABLE
Reglamento de Prevención, Mitigación y Protección Contra Incendios
R.O. No. 114 - 2 Abril, 2009
Reglamento sustitutivo al reglamento ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador.
R. O. Nº 265 – Febrero 13, 2001. Decreto Ejecutivo Nº 1215.
Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA).
R.O. Edición Especial Nº 2- Marzo 31, 2003.
Reformar al Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente Libro VI, Título I del Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA).
TULSMA. Libro VI, Título I. R.O. Edición Especial Nº33, 31 de julio del 2013.
Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental.
TULSMA. Libro VI, Título IV.
Reglamento para la prevención y control de la contaminación por sustancias químicas peligrosas, Desechos peligrosos y especiales
TULSMA. Libro VI, Título V. Acuerdo Ministerial 161 del 01 De Febrero del 2012
Norma de Calidad Ambiental y de Descarga de Efluentes: Recurso Agua.
TULSMA. Libro VI, Anexo 1.
Norma de Calidad Ambiental del Recurso Suelo y Criterios de Remediación para Suelos Contaminados.
TULSMA. Libro VI, Anexo 2.
Norma de Emisiones al Aire desde Fuentes Fijas de Combustión.
TULSMA. Libro VI, Anexo 3.
Norma de calidad del aire ambiente o Nivel de inmisión
TULSMA. Libro VI, Anexo 4.
Límites Máximos Permisibles de Niveles de Ruido Ambiente para Fuentes Fijas y para Vibraciones.
TULSMA. Libro VI, Anexo 5.
Norma de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposición Final de Desechos Sólidos No- peligrosos.
TULSMA. Libro VI, Anexo 6.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
10
INSTRUMENTO LEGAL APLICABLE PUBLICACIÓN DEL
INSTRUMENTO LEGAL APLICABLE
Acuerdo Ministerial Nº 028. Sustituyese el Libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria.
R.O. Nº 270 Quito, 13 de Febrero del 2015
Ordenanza que pone en vigencia y aplicación al Subsistema de Evaluación de Impactos Ambientales del Gobierno Provincial del Guayas
R.O. Nº 62 (Edición Especial) -18 de Agosto del 2010
Ordenanza que regula la obligación de realizar estudios ambientales a las obras civiles, y a los establecimientos industriales, comerciales y otros servicios, ubicados dentro del Cantón Durán.
R. O. No. 100 - Martes, 10 de junio del 2003.
Ordenanza reformatoria a la ordenanza que regula el manejo integral de los desechos sólidos no peligrosos generados en el cantón Durán
R.O. Nº 384 – Viernes 28 de Diciembre del 2012.
Decreto Ejecutivo 1040. Reglamento de aplicación de los mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental.
R.O. Nº 332 – Mayo 8, 2008.
Acuerdo Ministerial 066. Instructivo al Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecido en el Decreto Ejecutivo No. 1040, publicado en el Registro Oficial No. 332 del 08 de mayo del 2008.
R.O. Nº 36 -- Lunes 15 de julio de 2013
Acuerdo Ministerial 026: Procedimientos para Registro de Generadores de Desechos Peligrosos, Gestión de Desechos Peligrosos previo al Licenciamiento Ambiental, y para el Transporte de Materiales Peligrosos.
R.O. No. 334 – Mayo 12, 2008.
NTE INEN 2266:2013. Transporte, Almacenamiento y Manejo de Materiales Peligrosos. Requisitos.
Año 2013
NTE INEN 2288:2000 Productos Químicos Industriales Peligrosos. Etiquetado de Precaución. Requisitos.
Año 2000
NTE INEN 439 Colores, Señales y Símbolos de Seguridad.
Año 1984
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD)
R.O. No. 303 – 19 Octubre, 2010.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
11
5.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
(ACTUALIZADA A OCTUBRE DE 2008).
Título II: DERECHOS
Capítulo II. Derechos del buen vivir
Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay.
Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los
ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención
del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados.
Art. 15.- El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías
ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto. La
soberanía energética no se alcanzará en detrimento de la soberanía alimentaria, ni afectará
el derecho al agua.
Capítulo séptimo
Derechos de la naturaleza
Art. 71.- La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a
que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos
vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.
Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el
cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se
observaran los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda.
El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que
protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un
ecosistema.
Art. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente
de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de Indemnizar a
los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados.
En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por la
explotación de los recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los mecanismos
más eficaces para alcanzar la restauración, y adoptará las medidas adecuadas para eliminar
o mitigar las consecuencias ambientales nocivas.
Art. 73.- EI Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que
puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración
permanente de los ciclos naturales.
Se prohíbe la introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan
alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
12
Art. 263.- Los gobiernos provinciales tendrán las siguientes competencias exclusivas, sin
prejuicio de las otras que determine la ley:
1. Planificar el desarrollo provincial y formular los correspondientes planes de
ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional,
cantonal y parroquial.
2. Planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito provincial, que no incluya
las zonas urbanas.
3. Ejecutar, en coordinación con el gobierno regional, obras en cuencas y micro
cuencas
4. La gestión ambiental provincial
5. Planificar, construir, operar y mantener sistema de riego
6. Fomentar la actividad agropecuaria
7. Fomentar las actividades productivas provinciales
8. Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias.
En el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades expedirán
ordenanzas provinciales.
Capítulo I. Biodiversidad y Recursos Naturales
Sección Primera: Naturaleza y Medio Ambiente
Art. 395.- La Constitución reconoce los siguientes principios ambientales:
1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y
respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de
regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de
las generaciones presentes y futuras.
2. Las políticas de gestión ambiental se aplicarán de manera transversal y serán de
obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas las personas
naturales o jurídicas en el territorio nacional.
3. El Estado garantizará la participación activa y permanente de las personas, comunidades,
pueblos y nacionalidades afectadas, en la planificación, ejecución y control de toda actividad
que genere impactos ambientales.
4. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental,
éstas se aplicarán en el sentido más favorable a la protección de la naturaleza.
Art. 396.- El Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los impactos
ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño.
En caso de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista
evidencia científica del daño, el Estado adoptará medidas protectoras eficaces y oportunas.
La responsabilidad por daños ambientales es objetiva. Todo daño al ambiente, además de
las sanciones correspondientes, implicará también la obligación de restaurar integralmente
los ecosistemas e indemnizar a las personas y comunidades afectadas.
Cada uno de los actores de los procesos de producción, distribución, comercialización y uso
de bienes o servicios asumirá la responsabilidad directa de prevenir cualquier impacto
ambiental, de mitigar y reparar los daños que ha causado, y de mantener un sistema de
control ambiental permanente.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
13
Las acciones legales para perseguir y sancionar por daños ambientales serán
imprescriptibles.
Art. 397.- En caso de daños ambientales el Estado actuará de manera inmediata y
subsidiaria para garantizar la salud y la restauración de los ecosistemas. Además de la
sanción correspondiente, el Estado repetirá contra el operador de la actividad que produjera
el daño las obligaciones que conlleve la reparación integral, en las condiciones y con los
procedimientos que la ley establezca. La responsabilidad también recaerá sobre las
servidoras o servidores responsables de realizar el control ambiental. Para garantizar el
derecho individual y colectivo a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el
Estado se compromete a:
1. Permitir a cualquier persona natural o jurídica, colectividad o grupo humano, ejercer las
acciones legales y acudir a los órganos judiciales y administrativos, sin perjuicio de su
interés directo, para obtener de ellos la tutela efectiva en materia ambiental, incluyendo la
posibilidad de solicitar medidas cautelares que permitan cesar la amenaza o el daño
ambiental materia de litigio. La carga de la prueba sobre la inexistencia de daño potencial o
real recaerá sobre el gestor de la actividad o el demandado.
2. Establecer mecanismos efectivos de prevención y control de la contaminación ambiental,
de recuperación de espacios naturales degradados y de manejo sustentable de los recursos
naturales.
3. Regular la producción, importación, distribución, uso y disposición final de materiales
tóxicos y peligrosos para las personas o el ambiente.
4. Asegurar la intangibilidad de las áreas naturales protegidas, de tal forma que se garantice
la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas de los
ecosistemas. El manejo y administración de las áreas naturales protegidas estará a cargo
del Estado.
5. Establecer un sistema nacional de prevención, gestión de riesgos y desastres naturales,
basado en los principios de inmediatez, eficiencia, precaución, responsabilidad y solidaridad.
Art. 398.- Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser
consultada a la comunidad, a la cual se informará amplia y oportunamente. El sujeto
consultante será el Estado. La ley regulará la consulta previa, la participación ciudadana, los
plazos, el sujeto consultado y los criterios de valoración y de objeción sobre la actividad
sometida a consulta.
El Estado valorará la opinión de la comunidad según los criterios establecidos en la ley y los
instrumentos internacionales de derechos humanos.
Si del referido proceso de consulta resulta una oposición mayoritaria de la comunidad
respectiva, la decisión de ejecutar o no el proyecto será adoptada por resolución
debidamente motivada de la instancia administrativa superior correspondiente de acuerdo
con la ley.
Art. 399.- El ejercicio integral de la tutela estatal sobre el ambiente y la corresponsabilidad
de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un sistema nacional
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
14
descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la defensoría del ambiente y la
naturaleza.
Sección sexta
Agua
Art. 411.- El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de los
recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo
hidrológico. Se regulará toda actividad que pueda afectar la calidad y cantidad de agua, y el
equilibrio de los ecosistemas, en especial en las fuentes y zonas de recarga de agua.
La sustentabilidad de los ecosistemas y el consumo humano serán prioritarios en el uso y
aprovechamiento del agua.
5.2. LEY REFORMATORIA AL CÓDIGO PENAL. 18 MARZO, 2011
CAPITULO X-A
DE LOS DELITOS CONTRA EL MEDIO AMBIENTE
Art. 437-A.- Quien, fuera de los casos permitidos por la ley, produzca, introduzca, deposite,
comercialice, tenga en posesión, o use desechos tóxicos peligrosos, sustancias
radioactivas, u otras similares que por sus características constituyan peligro para la salud
humana o degraden y contaminen el medio ambiente, serán sancionados con prisión de dos
a cuatro años.
Igual pena se aplicará a quien produzca, tenga en posesión, comercialicen introduzca armas
químicas o biológicas.
Art. 437-B.- El que infringiere las normas sobre protección del ambiente, vertiendo residuos
de cualquier naturaleza, por encima de los límites fijados de conformidad con la ley, si tal
acción causare o pudiere causar perjuicio o alteraciones a la flora, la fauna, el potencial
genético, los recursos hidrobiológicos o la biodiversidad, será reprimido con prisión de uno a
tres años, si el hecho no constituyere un delito más severamente reprimido.
Nota: Artículo agregado por Ley No. 49, publicada en Registro Oficial 2 de 25 de Enero del
2000.
Art. 437-C.- La pena será de tres a cinco años de prisión, cuando:
a) Los actos previstos en el artículo anterior ocasionen daños a la salud de las personas o a
sus bienes;
b) El perjuicio o alteración ocasionados tengan carácter irreversible;
c) El acto sea parte de actividades desarrolladas clandestinamente por su autor; o,
d) Los actos contaminantes afecten gravemente recursos naturales necesarios para la
actividad económica.
Art. 437-D.- Si a consecuencia de la actividad contaminante se produce la muerte de una
persona, se aplicará la pena prevista para el homicidio inintencional, si el hecho no
constituye un delito más grave.
En caso de que a consecuencia de la actividad contaminante se produzcan lesiones,
impondrá las penas previstas en los artículos 463 a 467 del Código Penal.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
15
Art. 437-E.- Se aplicará la pena de uno a tres años de prisión, si el hecho no constituyere un
delito más severamente reprimido, al funcionario o empleado público que actuando por sí
mismo o como miembro de un cuerpo colegiado, autorice o permita, contra derecho, que se
viertan residuos contaminantes de cualquier clase por encima de los límites fijados de
conformidad con la ley; así como el funcionario o empleado cuyo informe u opinión haya
conducido al mismo resultado.
CAPITULO V
DE LAS CONTRAVENCIONES AMBIENTALES
Art. 607-A.- Será sancionado con prisión de cinco a siete días, y multa de cuarenta y cuatro
a ochenta y ocho dólares de los Estados Unidos de Norte América, todo aquel que:
a) Contamine el aire mediante emanaciones superiores a los límites permitidos de los
escapes de los vehículos;
b) Acumule basura en la vía pública, en terrenos o en los frentes de las casas o edificios;
c) Haga ruido por falta de silenciador de su vehículo o a través de equipos de amplificación
a alto volumen que alteren la tranquilidad ciudadana; o, d) Arroje desperdicios o aguas
contaminantes, destruya la vegetación de los parques o espacios verdes, en los casos en
que tales actos no constituyan delito.
5.3. LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL. R.O. SUPLEMENTO Nº 418- 10
SEPTIEMBRE, 2004
La Ley de Gestión Ambiental (LGA) establece los principios y directrices de la política
ambiental; determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los
sectores público y privado en la gestión ambiental y señala los límites permisibles, controles
y sanciones en esta materia (Artículo 1).
TITULO I
ÁMBITO Y PRINCIPIOS DE LA GESTIÓN AMBIENTAL
Art. 5.- Se establece el Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental como un
mecanismo de coordinación transectorial, interacción y cooperación entre los distintos
ámbitos, sistemas y subsistemas de manejo ambiental y de gestión de recursos naturales.
En el sistema participará la sociedad civil de conformidad con esta Ley.
CAPITULO IV
DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO
Art. 12.- Son obligaciones de las instituciones del Estado del Sistema Descentralizado de
Gestión Ambiental en el ejercicio de sus atribuciones y en el ámbito de su competencia, las
siguientes:
a) Aplicar los principios establecidos en esta Ley y ejecutar las acciones específicas del
medio ambiente y de los recursos naturales;
b) Ejecutar y verificar el cumplimiento de las normas de calidad ambiental, de
permisibilidad, fijación de niveles tecnológicos y las que establezca el Ministerio del ramo;
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
16
c) Participar en la ejecución de los planes, programas y proyectos aprobados por el
Ministerio del ramo;
d) Coordinar con los organismos competentes para expedir y aplicar las normas técnicas
necesarias para proteger el medio ambiente con sujeción a las normas legales y
reglamentarias vigentes y a los convenios internacionales;
e) Regular y promover la conservación del medio ambiente y el uso sustentable de los
recursos naturales en armonía con el interés social; mantener el patrimonio natural de la
Nación, velar por la protección y restauración de la diversidad biológica, garantizar la
integridad del patrimonio genético y la permanencia de los ecosistemas;
f) Promover la participación de la comunidad en la formulación de políticas para la
protección del medio ambiente y manejo racional de los recursos naturales; y.
g) Garantizar el acceso de las personas naturales y jurídicas a la información previa a la
toma de decisiones de la administración pública, relacionada con la protección del medio
ambiente.
Art. 13.- Los consejos provinciales y los municipios, dictarán políticas ambientales
seccionales con sujeción a la Constitución Política de la República y a la presente Ley.
Respetarán las regulaciones nacionales sobre el Patrimonio de Áreas Naturales Protegidas
para determinar los usos del suelo y consultarán a los representantes de los pueblos
indígenas, afroecuatorianos y poblaciones locales para la delimitación, manejo y
administración de áreas de conservación y reserva ecológica.
Título III: Instrumentos de gestión ambiental
Capítulo II. De la evaluación de impacto ambiental y del control ambiental
Art. 19.- Las obras públicas privadas o mixtas, y los proyectos de inversión públicos o
privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su
ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Único de
Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio.
Art. 20.- Para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con
la licencia respectiva, otorgada por el Ministerio del ramo.
Art. 21.- Los sistemas de manejo ambiental incluirán estudios de línea base; evaluación del
impacto ambiental; evaluación de riesgos; planes de manejo; planes de manejo de riesgo;
sistemas de monitoreo; planes de contingencia y mitigación; auditorías ambientales y planes
de abandono. Una vez cumplidos estos requisitos y de conformidad con la calificación de los
mismos, el Ministerio del ramo podrá otorgar o negar la licencia correspondiente.
Art. 22.- Los sistemas de manejo ambiental en los contratos que requieran estudios de
impacto ambiental y en las actividades para las que se hubiere otorgado licencia ambiental,
podrán ser evaluados en cualquier momento, a solicitud del Ministerio del ramo o de las
personas afectadas.
La evaluación del cumplimiento de los planes de manejo ambiental aprobados se realizará
mediante la auditoría ambiental, practicada por consultores previamente calificados por el
Ministerio del ramo, a fin de establecer los correctivos que deban hacerse.
Art. 23.- La evaluación del impacto ambiental comprenderá:
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
17
a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el suelo,
el aire, el agua, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes en el área
previsiblemente afectada;
b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido, vibraciones, olores,
emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado de su
ejecución; y,
c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos que componen el
patrimonio histórico, escénico y cultural.
Art. 24.- En obras de inversión públicas o privadas, las obligaciones que se desprendan del
sistema de manejo ambiental, constituirán elementos del correspondiente contrato. La
evaluación del impacto ambiental, conforme al reglamento especial será formulada y
aprobada, previamente a la expedición de la autorización administrativa emitida por el
Ministerio del ramo.
CAPITULO III
DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
Art. 28.- Toda persona natural o jurídica tiene derecho a participar en la gestión ambiental, a
través de los mecanismos que para el efecto establezca el Reglamento, entre los cuales se
incluirán consultas, audiencias públicas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de
asociación entre el sector público y el privado. Se concede acción popular para denunciar a
quienes violen esta garantía, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal por denuncias o
acusaciones temerarias o maliciosas.
El incumplimiento del proceso de consulta al que se refiere el artículo 88 de la Constitución
Política de la República tomará inejecutable la actividad de que se trate y será causal de
nulidad de los contratos respectivos.
TITULO V
DE LA INFORMACIÓN Y VIGILANCIA AMBIENTAL
Art. 40.- Toda persona natural o jurídica que, en el curso de sus actividades empresariales o
industriales estableciere que las mismas pueden producir o están produciendo daños
ambientales a los ecosistemas, está obligada a informar sobre ello al Ministerio del ramo o a
las instituciones del régimen seccional autónomo. La información se presentará a la
brevedad posible y las autoridades competentes deberán adoptar las medidas necesarias
para solucionar los problemas detectados. En caso de incumplimiento de la presente
disposición, el infractor será sancionado con una multa de veinte a doscientos salarios
mínimos vitales generales.
5.4. LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL. R.
O. SUPLEMENTO NO. 418 DEL 10 DE SEPTIEMBRE DEL 2004.
CAPITULO I
DE LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DEL AIRE
Art. 1.- Queda prohibido expeler hacia la atmósfera o descargar en ella, sin sujetarse a las
correspondientes normas técnicas y regulaciones, contaminantes que, a juicio de los
Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia, puedan
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
18
perjudicar la salud y vida humana, la flora, la fauna y los recursos o bienes del estado o de
particulares o constituir una molestia.
Art. 2.- Para los efectos de esta Ley, serán consideradas como fuentes potenciales de
contaminación del aire:
a) Las artificiales, originadas por el desarrollo tecnológico y la acción del hombre, tales como
fábricas, calderas, generadores de vapor, talleres, plantas termoeléctricas, refinerías de
petróleo, plantas químicas, aeronaves, automotores y similares, la incineración, quema a
cielo abierto de basuras y residuos, la explotación de materiales de construcción y otras
actividades que produzcan o puedan producir contaminación; y,
Art. 5.- Las instituciones públicas o privadas interesadas en la instalación de proyectos
industriales, o de otras que pudieran ocasionar alteraciones en los sistemas ecológicos y
que produzcan o puedan producir contaminación del aire, deberán presentar a los
Ministerios de Salud y del Ambiente, según corresponda, para su aprobación previa,
estudios sobre el impacto ambiental y las medidas de control que se proyecten aplicar.
CAPITULO II
DE LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DE LAS AGUAS
Art. 6.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y
regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos
naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas
residuales que contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna, a
la flora y a las propiedades.
CAPITULO III
DE LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DE LOS SUELOS
Art. 10.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y
regulaciones, cualquier tipo de contaminantes que puedan alterar la calidad del suelo y
afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes.
5.5. LEY DE DEFENSA CONTRA INCENDIOS. 9 DE MARZO DEL 2009
Esta ley cuenta con los siguientes capítulos
CAPÍTULO I De la organización
CAPÍTULO II Del Personal
CAPÍTULO III De las Contravenciones
CAPÍTULO IV De la Competencia y el Procedimiento
CAPÍTULO V De los Recursos Económicos
CAPÍTULO VI Disposiciones Generales
5.6. LEY ORGÁNICA DE SALUD. R.O. 423 - 22 DICIEMBRE, 2006
En este documento señala en los Art. 95 y 96 respectivamente lo siguiente: “La autoridad
sanitaria nacional en coordinación con el Ministerio de Ambiente, establecerá las normas
básicas para la preservación del ambiente en materias relacionadas con la salud humana,
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
19
las mismas que serán de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales,
entidades públicas, privadas y comunitarias” y “Toda persona natural o jurídica tiene la
obligación de proteger los acuíferos, las frentes y cuencas hidrográficas que sirvan para el
abastecimiento de agua para consumo humano. Se prohíbe realizar actividades de cualquier
tipo, que pongan en riesgo de contaminación las fuentes de captación de agua.
La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con otros organismos competentes,
tomarán medidas para prevenir, controlar, mitigar, remediar y sancionar la contaminación de
las fuentes de agua para consumo humano”.
TITULO ÚNICO
CAPITULO I
Del agua para consumo humano
Art. 96.- Declárese de prioridad nacional y de utilidad pública, el agua para consumo
humano.
Es obligación del Estado, por medio de las municipalidades, proveer a la población de agua
potable de calidad, apta para el consumo humano.
Toda persona natural o jurídica tiene la obligación de proteger los acuíferos, las frentes y
cuencas hidrográficas que sirvan para el abastecimiento de agua para consumo humano.
Se prohíbe realizar actividades de cualquier tipo, que pongan en riesgo de contaminación
las fuentes de captación de agua. La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con otros
organismos competentes, tomarán medidas para prevenir, controlar, mitigar, remediar y
sancionar la contaminación de las fuentes de agua para consumo humano.
A fin de garantizar la calidad e inocuidad, todo abastecimiento de agua para consumo
humano, queda sujeto a la vigilancia de la autoridad sanitaria nacional, a quien corresponde
establecer las normas y reglamentos que permitan asegurar la protección de la salud
humana.
Art. 103.- Se prohíbe a toda persona, natural o jurídica, descargar o depositar aguas
servidas y residuales, sin el tratamiento apropiado, conforme lo disponga en el reglamento
correspondiente, en ríos, mares, canales, quebradas, lagunas, lagos y otros sitios similares.
Se prohíbe también su uso en la cría de animales o actividades agropecuarias.
Los desechos infecciosos, especiales, tóxicos y peligrosos para la salud, deben ser tratados
técnicamente previo a su eliminación y el depósito final se realizará en los sitios especiales
establecidos para el efecto por los municipios del país.
Para la eliminación de desechos domésticos se cumplirán las disposiciones establecidas
para el efecto.
Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables de hacer
cumplir estas disposiciones.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
20
Art. 104.- Todo establecimiento industrial, comercial o de servicios, tiene la obligación de
instalar sistemas de tratamiento de aguas contaminadas y de residuos tóxicos que se
produzcan por efecto de sus actividades.
Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables de hacer
cumplir esta disposición.
CAPITULO III
Calidad del aire y de la contaminación acústica
Art. 111.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con la autoridad ambiental
nacional y otros organismos competentes, dictará las normas técnicas para prevenir y
controlar todo tipo de emanaciones que afecten a los sistemas respiratorio, auditivo y visual.
Todas las personas naturales y jurídicas deberán cumplir en forma obligatoria dichas
normas.
Art. 113.- Toda actividad laboral, productiva, industrial, comercial, recreativa y de diversión;
así como las viviendas y otras instalaciones y medios de transporte, deben cumplir con lo
dispuesto en las respectivas normas y reglamentos sobre prevención y control, a fin de
evitar la contaminación por ruido, que afecte a la salud humana.
Art. 118.- Los empleadores protegerán la salud de sus trabajadores, dotándoles de
información suficiente, equipos de protección, vestimenta apropiada, ambientes seguros de
trabajo, a fin de prevenir, disminuir o eliminar los riesgos, accidentes y aparición de
enfermedades laborales.
5.7. LEY DE AGUAS. CODIFICACIÓN 2004-016. REGISTRO OFICIAL NO. 339 DEL
20 DE MAYO DEL 2004.
Título I
Disposiciones Generales
Art. 12.- El Estado garantiza a los particulares el uso de las aguas, con la limitación
necesaria para su eficiente aprovechamiento en favor de la producción.
Capítulo II
De la Contaminación
Art. 22.- Prohíbase toda contaminación de las aguas que afecte a la salud humana o al
desarrollo de la flora o de la fauna.
El Consejo Nacional de Recursos Hídricos, en colaboración con el Ministerio de Salud
Pública y las demás entidades estatales, aplicará la política que permita el cumplimiento de
esta disposición.
Se concede acción popular para denunciar los hechos que se relacionan con contaminación
de agua. La denuncia se presentará en la Defensoría del Pueblo.
Nota: De conformidad con el D.E. 1088 (R.O. 346, 27-V-2008) el Consejo Nacional de
Recursos Hídricos fue reorganizada mediante la figura de Secretaría Nacional del Agua,
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
21
como una entidad de derecho público adscrita a la Presidencia de la República. Asume por
tanto, todas sus competencias, atribuciones, funciones, representaciones y delegaciones
constantes en leyes, reglamentos y demás instrumentos normativos, con excepción de las
que por su naturaleza corresponden al Instituto Nacional de Riego.
5.8. REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y
MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO. R.O. NO. 374,
FEBRERO 4, 1994
Título I
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.- Las disposiciones del presente Reglamento se
aplicarán a toda actividad laboral y en todo centro de trabajo, teniendo como objetivo la
prevención, disminución o eliminación de los riesgos del trabajo y el mejoramiento del medio
ambiente de trabajo.
Art. 11.- OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES.- Son obligaciones generales de los
personeros de las entidades y empresas públicas y privadas, las siguientes:
1. Cumplir las disposiciones de este Reglamento y demás normas vigentes en materia de
prevención de riesgos.
2. Adoptar las medidas necesarias para la prevención de los riesgos que puedan afectar a
la salud y al bienestar de los trabajadores en los lugares de trabajo de su responsabilidad.
3. Mantener en buen estado de servicio las instalaciones, máquinas, herramientas y
materiales para un trabajo seguro.
4. Organizar y facilitar los Servicios Médicos, Comités y Departamentos de Seguridad, con
sujeción a las normas legales vigentes.
5. Entregar gratuitamente a sus trabajadores vestido adecuado para el trabajo y los medios
de protección personal y colectiva necesarios.
6. Efectuar reconocimientos médicos periódicos de los trabajadores en actividades
peligrosas; y, especialmente, cuando sufran dolencias o defectos físicos o se encuentren en
estados o situaciones que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos
puestos de trabajo.
7. Cuando un trabajador, como consecuencia del trabajo, sufre lesiones o puede contraer
enfermedad profesional, dentro de la práctica de su actividad laboral ordinaria, según
dictamen de la Comisión de Evaluaciones de Incapacidad del IESS o del facultativo del
Ministerio de Trabajo, para no afiliados, el patrono deberá ubicarlo en otra sección de la
empresa, previo consentimiento del trabajador y sin mengua a su remuneración.
La renuncia para la reubicación se considerará como omisión a acatar las medidas de
prevención y seguridad de riesgos.
8. Especificar en el Reglamento Interno de Seguridad e Higiene, las facultades y deberes
del personal directivo, técnicos y mandos medios, en orden a la prevención de los riesgos de
trabajo.
9. Instruir sobre los riesgos de los diferentes puestos de trabajo y la forma y métodos para
prevenirlos, al personal que ingresa a laborar en la empresa.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
22
10. Dar formación en materia de prevención de riesgos, al personal de la empresa, con
especial atención a los directivos técnicos y mandos medios, a través de cursos regulares y
periódicos.
11. Adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de las recomendaciones dadas
por el Comité de Seguridad e Higiene, Servicios Médicos o Servicios de Seguridad.
12. Proveer a los representantes de los trabajadores de un ejemplar del presente
Reglamento y de cuantas normas relativas a prevención de riesgos sean de aplicación en el
ámbito de la empresa. Así mismo, entregar a cada trabajador un ejemplar del Reglamento
Interno de Seguridad e Higiene de la empresa, dejando constancia de dicha entrega.
13. Facilitar durante las horas de trabajo la realización de inspecciones, en esta materia,
tanto a cargo de las autoridades administrativas como de los órganos internos de la
empresa.
14. Dar aviso inmediato a las autoridades de trabajo y al Instituto Ecuatoriano de Seguridad
Social, de los accidentes y enfermedades profesionales ocurridos en sus centros de trabajo
y entregar una copia al Comité de Seguridad e Higiene Industrial.
15. Comunicar al Comité de Seguridad e Higiene, todos los informes que reciban respecto a
la prevención de riesgos.
Además de las que se señalen en los respectivos Reglamentos Internos de Seguridad e
Higiene de cada empresa, son obligaciones generales del personal directivo de la empresa
las siguientes:
1. Instruir al personal a su cargo sobre los riesgos específicos de los distintos puestos de
trabajo y las medidas de prevención a adoptar.
2. Prohibir o paralizar los trabajos en los que se adviertan riesgos inminentes de accidentes,
cuando no sea posible el empleo de los medios adecuados para evitarlos. Tomada tal
iniciativa, la comunicarán de inmediato a su superior jerárquico, quien asumirá la
responsabilidad de la decisión que en definitiva se adopte.
Art. 13.- OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
1. Participar en el control de desastres, prevención de riesgos y mantenimiento de la
higiene en los locales de trabajo cumpliendo las normas vigentes.
2. Asistir a los cursos sobre control de desastres, prevención de riesgos, salvamento y
socorrismo programados por la empresa u organismos especializados del sector público.
3. Usar correctamente los medios de protección personal y colectiva proporcionados por la
empresa y cuidar de su conservación.
4. Informar al empleador de las averías y riesgos que puedan ocasionar accidentes de
trabajo. Si éste no adoptase las medidas pertinentes, comunicar a la Autoridad Laboral
competente a fin de que adopte las medidas adecuadas y oportunas.
5. Cuidar de su higiene personal, para prevenir al contagio de enfermedades y someterse a
los reconocimientos médicos periódicos programados por la empresa.
6. No introducir bebidas alcohólicas ni otras substancias tóxicas a los centros de trabajo, ni
presentarse o permanecer en los mismos en estado de embriaguez o bajo los efectos de
dichas substancias.
7. Colaborar en la investigación de los accidentes que hayan presenciado o de los que
tengan conocimiento.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
23
8. Acatar en concordancia con el Art. 11, numeral siete del presente Reglamento las
indicaciones contenidas en los dictámenes emitidos por la Comisión de Evaluación de las
Incapacidades del IESS, sobre cambio temporal o definitivo en las tareas o actividades que
pueden agravar las lesiones o enfermedades adquiridas dentro de la propia empresa, o
anteriormente.
Art. 14.- DE LOS COMITÉS DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO
1. En todo centro de trabajo en que laboren más de quince trabajadores deberá organizarse
un Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo integrado en forma paritaria por tres
representantes de los trabajadores y tres representantes de los empleadores, quienes de
entre sus miembros designarán un Presidente y Secretario que durarán un año en sus
funciones pudiendo ser reelegidos indefinidamente. Si el Presidente representa al
empleador, el Secretario representará a los trabajadores y viceversa. Cada representante
tendrá un suplente elegido de la misma forma que el titular y que será principalizado en caso
de falta o impedimento de éste. Concluido el período para el que fueron elegidos deberá
designarse al Presidente y Secretario.
Capítulo II
EDIFICIOS Y LOCALES
Art. 21.- SEGURIDAD ESTRUCTURAL
1. Todos los edificios, tanto permanentes como provisionales, serán de construcción sólida,
para evitar riesgos de desplome y los derivados de los agentes atmosféricos.
2. Los cimientos, pisos y demás elementos de los edificios ofrecerán resistencia suficiente
para sostener con seguridad las cargas a que serán sometidos.
3. En los locales que deban sostener pesos importantes, se indicará por medio de rótulos o
inscripciones visibles, las cargas máximas que puedan soportar o suspender, prohibiéndose
expresamente el sobrepasar tales límites.
Art. 22.- SUPERFICIE Y UBICACIÓN EN LOS LOCALES Y PUESTOS DE TRABAJO.
1. Los locales de trabajo reunirán las siguientes condiciones mínimas:
a) (Reformado por el Art. 14 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Los locales de trabajo
tendrán tres metros de altura del piso al techo como mínimo.
2. Los puestos de trabajo en dichos locales tendrán:
a) Dos metros cuadrados de superficie por cada trabajador; y,
b) Seis metros cúbicos de volumen para cada trabajador.
3. No obstante, en los establecimientos comerciales, de servicio y locales destinados a
oficinas y despachos, en general, y en cualquiera otros en que por alguna circunstancia
resulte imposible cumplir lo dispuesto en el apartado a) anterior, la altura podrá quedar
reducida a 2,30 metros, pero respetando la ubicación por trabajador que se establece en el
apartado b), y siempre que se garantice un sistema suficiente de renovación del aire.
Art. 24.- PASILLOS.
1. Los corredores, galerías y pasillos deberán tener un ancho adecuado a su utilización.
2. La separación entre máquinas u otros aparatos, será suficiente para que los trabajadores
puedan ejecutar su labor cómodamente y sin riesgo.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
24
No será menor a 800 milímetros, contándose esta distancia a partir del punto más saliente
del recorrido de las partes móviles de cada máquina.
Cuando existan aparatos con partes móviles que invadan en su desplazamiento una zona
de espacio libre, la circulación del personal quedará limitada preferentemente por
protecciones y en su defecto, señalizada con franjas pintadas en el suelo, que delimiten el
lugar por donde debe transitarse.
Las mismas precauciones se tomarán en los centros en los que, por existir tráfico de
vehículos o carretillas mecánicas, pudiera haber riesgo de accidente para el personal.
3. Alrededor de los hornos, calderos o cualquier otra máquina o aparato que sea un foco
radiante de calor, se dejará un espacio libre de trabajo dependiendo de la intensidad de la
radiación, que como mínimo será de 1,50 metros.
El suelo, paredes y techos, dentro de dicha área serán de material incombustible.
4. Los pasillos, galerías y corredores se mantendrán en todo momento libres de obstáculos
y objetos almacenados.
Art. 33.- PUERTAS Y SALIDAS.
1. Las salidas y puertas exteriores de los centros de trabajo, cuyo acceso será visible o
debidamente señalizado, serán suficientes en número y anchura, para que todos los
trabajadores ocupados en los mismos puedan abandonarlos con rapidez y seguridad.
2. Las puertas de comunicación en el interior de los centros de trabajo reunirán las
condiciones suficientes para una rápida salida en caso de emergencia.
3. En los accesos a las puertas, no se permitirán obstáculos que interfieran la salida normal
de los trabajadores.
4. El ancho mínimo de las puertas exteriores será de 1,20 metros cuando el número de
trabajadores que las utilicen normalmente no exceda de 200. Cuando exceda de tal cifra, se
aumentará el número de aquéllas o su ancho de acuerdo con la siguiente fórmula:
Ancho en metros = 0,006 x número de trabajadores usuarios.
5. Se procurará que las puertas abran hacia el exterior.
6. Se procurará que la puerta de acceso a los centros de trabajo o a sus plantas,
permanezcan abiertas durante los períodos de trabajo, y en todo caso serán de fácil y rápida
apertura.
7. Las puertas de acceso a las gradas no se abrirán directamente sobre sus escalones, sino
sobre descansos de longitud igual o superior al ancho de aquéllos.
8. En los centros de trabajo expuestos singularmente a riesgos de incendio, explosión,
intoxicación súbita u otros que exijan una rápida evacuación serán obligatorias dos salidas,
al menos, al exterior, situadas en dos lados distintos del local, que se procurará que
permanezcan abiertas o en todo caso serán de fácil y rápida apertura.
9. Ningún puesto de trabajo distará de 50 metros de una escalera que conduzca a la planta
de acceso donde están situadas las puertas de salida.
Art. 34.- LIMPIEZA DE LOCALES.
1. Los locales de trabajo y dependencias anexas deberán mantenerse siempre en buen
estado de limpieza.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
25
2. En los locales susceptibles de que se produzca polvo, la limpieza se efectuará
preferentemente por medios húmedos o mediante aspiración en seco, cuando aquélla no
fuera posible o resultare peligrosa.
3. Todos los locales deberán limpiarse perfectamente, fuera de las horas de trabajo, con la
antelación precisa para que puedan ser ventilados durante media hora, al menos, antes de
la entrada al trabajo.
4. Cuando el trabajo sea continuo, se extremarán las precauciones para evitar los efectos
desagradables o nocivos del polvo o residuos, así como los entorpecimientos que la misma
limpieza pueda causar en el trabajo.
5. Las operaciones de limpieza se realizarán con mayor esmero en las inmediaciones de los
lugares ocupados por máquinas, aparatos o dispositivos, cuya utilización ofrezca mayor
peligro.
El pavimento no estará encharcado y se conservará limpio de aceite, grasa y otras materias
resbaladizas.
6. Los aparatos, máquinas, instalaciones, herramientas e instrumentos, deberán
mantenerse siempre en buen estado de limpieza.
7. Se evacuarán los residuos de materias primas o de fabricación, bien directamente por
medio de tuberías o acumulándolos en recipientes adecuados que serán incombustibles y
cerrados con tapa si los residuos resultan molestos o fácilmente combustibles.
8. Igualmente, se eliminarán las aguas residuales y las emanaciones molestas o peligrosas
por procedimientos eficaces.
9. Como líquido de limpieza o desengrasado se emplearán preferentemente detergentes.
En los casos que sea imprescindible limpiar o desengrasar con gasolina y otros derivados
del petróleo, se extremarán las medidas de prevención de incendios.
10. La limpieza de ventanas y tragaluces se efectuará, con la regularidad e intensidad
necesaria.
11. Para las operaciones de limpieza se dotará al personal de herramientas y ropa de
trabajo adecuadas y, en su caso, equipo de protección personal.
Art. 39.- ABASTECIMIENTO DE AGUA.
1. En todo establecimiento o lugar de trabajo, deberá proveerse en forma suficiente, de
agua fresca y potable para consumo de los trabajadores.
2. Debe disponerse, cuando menos, de una llave por cada 50 trabajadores,
recomendándose especialmente para la bebida las de tipo surtidor.
3. Queda expresamente prohibido beber aplicando directamente los labios a los grifos.
4. No existirán conexiones entre el sistema de abastecimiento de agua potable y el de agua
que no sea apropiada para beber, tomándose las medidas necesarias para evitar su
contaminación.
5. En los casos en que por la ubicación especial de los centros de trabajo, el agua de que
se disponga no sea potable, se recurrirá a su tratamiento, practicándose los controles
físicos, químicos y bacteriológicos convenientes.
6. Si por razones análogas a las expresadas en el párrafo anterior, tiene que usarse
forzosamente agua potable llevada al centro de trabajo en tanques o cisternas, será
obligatorio que éstos reúnan suficientes condiciones de hermeticidad, limpieza y asepsia,
garantizado por la autoridad competente.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
26
7. Cuando para determinados procesos de fabricación o para la lucha contra posibles
incendios se utilice una fuente de agua impropia para beber, se debe advertir, claramente,
por señales fijas, que tal agua no es potable.
8. En todo caso, el agua potable no procedente de una red ordinaria de abastecimiento,
deberá ser controlada adecuadamente mediante análisis periódicos, cada tres meses.
Art. 45.- NORMAS COMUNES A LOS SERVICIOS HIGIÉNICOS.
1. Los suelos, paredes y techos de los cuartos de aseo, vestuarios, duchas, lavabos y
excusados, serán continuos, lisos e impermeables, enlucidos en tonos claros y con
materiales que permitan su limpieza con líquidos desinfectantes.
2. Los empleadores velarán porque todos sus elementos tales como grifos, desagües y
regaderas de las duchas, estén siempre en perfecto estado de funcionamiento y los
armarios y asientos aptos para su utilización.
3. Queda prohibido usar estos locales para funciones distintas a las que están destinadas y,
en cualquier caso, los trabajadores mantendrán en perfecto estado de conservación tales
servicios y locales.
Art. 55.- RUIDOS Y VIBRACIONES.
6. (Reformado por el Art. 33 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Se fija como límite máximo
de presión sonora el de 85 decibeles escala A del sonómetro, medidos en el lugar en donde
el trabajador mantiene habitualmente la cabeza, para el caso de ruido continuo con 8 horas
de trabajo. No obstante, los puestos de trabajo que demanden fundamentalmente actividad
intelectual, o tarea de regulación o de vigilancia, concentración o cálculo, no excederán de
70 decibeles de ruido.
Capítulo V
MANIPULACIÓN Y ALMACENAMIENTO
Art. 128.- MANIPULACIÓN DE MATERIALES.
1. El transporte o manejo de materiales en lo posible deberá ser mecanizado, utilizando
para el efecto elementos como carretillas, vagonetas, elevadores, transportadores de
bandas, grúas, montacargas y similares.
2. Los trabajadores encargados de la manipulación de carga de materiales, deberán ser
instruidos sobre la forma adecuada para efectuar las citadas operaciones con seguridad.
3. Cuando se levanten o conduzcan objetos pesados por dos o más trabajadores, la
operación será dirigida por una sola persona, a fin de asegurar la unidad de acción.
Art. 129.- ALMACENAMIENTO DE MATERIALES.
1. Los materiales serán almacenados de forma que no se interfiera con el funcionamiento
adecuado de las máquinas u otros equipos, el paso libre en los pasillos y lugares de tránsito
y el funcionamiento eficiente de los equipos contra incendios y la accesibilidad a los mismos.
2. El apilado y desapilado debe hacerse en las debidas condiciones de seguridad,
prestándose especial atención a la estabilidad de la ruma y a la resistencia del terreno sobre
el que se encuentra.
3. Cuando las rumas tengan alturas superiores a 1,50 metros se proporcionará medios de
acceso seguros, siendo aconsejable el empleo de cintas transportadoras y medios
mecánicos, siempre que se rebasen los 2,50 metros de altura.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
27
4. En el apilado de sacos y sobre todo cuando no existan paredes que puedan sujetar las
rumas, es recomendable:
a) Orientar el cierre de los sacos hacia el interior de la ruma colocando la fila
inmediatamente superior cruzada.
b) Formar la ruma en pirámide, dejando de poner, cada cuatro o cinco filas, el saco
correspondiente a los extremos.
5. Cuando en el apilado y desapilado se utilicen montacargas de cuchilla el almacenamiento
deberá efectuarse sobre plataformas ranuradas que permitan la introducción y
levantamiento seguro de la carga.
6. Los maderos, los tubos, troncos y, en general los objetos de forma cilíndrica o escuadra y
alargada, se apilarán en filas horizontales, evitando salientes en los pasillos, y nunca en
vertical u oblicuo. Se calzará siempre adecuadamente la fila inferior con las cuñas
proporcionadas al tamaño de la ruma.
7. Cuando se almacenen barriles, tambores vacíos, tubos de gran tamaño, rollos, etc.,
descansando sobre sus costados, las rumas serán simétricas y cada una de las unidades de
la fila inferior estará calzada.
Capítulo VI
VEHÍCULOS DE CARGA Y TRANSPORTE
Art. 130.- CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS.
1. Los pisos de la fábrica sobre los cuales se efectúa habitualmente la circulación, estarán
suficientemente nivelados para permitir un transporte seguro, y se mantendrán sin huecos,
salientes u otros obstáculos.
2. Los pasillos usados para el tránsito de vehículos estarán debidamente señalizados en
toda su longitud.
Capítulo VII
MANIPULACIÓN, ALMACENAMIENTO Y TRANSPORTE DE MERCANCÍAS
PELIGROSAS
Art. 135.- MANIPULACIÓN DE MATERIALES PELIGROSOS.- Para la manipulación de
materiales peligrosos, el encargado de la operación será informado por la empresa y por
escrito de lo siguiente:
1. La naturaleza de los riesgos presentados por los materiales, así como las medidas de
seguridad para evitarlos.
2. Las medidas que se deban adoptar en el caso de contacto con la piel, inhalación e
ingestión de dichas sustancias o productos que pudieran desprenderse de ellas.
3. Las acciones que deben tomarse en caso de incendio y, en particular, los medios de
extinción que se deban emplear.
4. Las normas que se hayan de adoptar en caso de rotura o deterioro de los envases o de
los materiales peligrosos manipulados.
Capítulo II
INSTALACIÓN DE DETECCIÓN DE INCENDIOS
Art. 154.- En los locales de alta concurrencia o peligrosidad se instalarán sistemas de
detección de incendios, cuya instalación mínima estará compuesta por los siguientes
elementos: equipo de control y señalización, detectores y fuente de suministro.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
28
1. Equipo de control y señalización.
Estará situado en lugar fácilmente accesible y de forma que sus señales puedan ser
audibles y visibles. Estará provisto de señales de aviso y control para cada una de las
zonas en que haya dividido la instalación industrial.
2. Detectores.
Situados en cada una de las zonas en que se ha dividido la instalación. Serán de la clase y
sensibilidad adecuadas para detectar el tipo de incendio que previsiblemente pueda
conducir cada local, evitando que los mismos puedan activarse en situaciones que no
correspondan a una emergencia real.
Los límites mínimos referenciales respecto al tipo, número, situación y distribución de los
detectores son los siguientes:
b) Detectores de humos: 1 detector al menos cada 60 metros cuadrados en locales de
altura inferior o igual a 6 metros y cada 80 metros cuadrados si la altura fuese superior a 6
metros e inferior a 12 metros.
c) En pasillos deberá disponerse de un detector al menos cada 12 metros cuadrados.
3. Fuente de suministro de energía.
La instalación estará alimentada como mínimo por dos fuentes de suministros, de las cuales
la principal será la red general del edificio. La fuente secundaria de suministro dispondrá de
una autonomía de 72 horas de funcionamiento en estado de vigilancia y de una hora en
estado de alarma.
Capítulo IV
INCENDIOS - EVACUACIÓN DE LOCALES
Art. 160.- EVACUACIÓN DE LOCALES.
1. La evacuación de los locales con riesgos de incendios, deberá poder realizarse
inmediatamente y de forma ordenada y continua.
2. Todas las salidas estarán debidamente señalizadas y se mantendrán en perfecto estado
de conservación y libres de obstáculos que impidan su utilización.
3. El ancho mínimo de las puertas de salida cumplirá con lo especificado en el Art. 33,
numeral 4) de este Reglamento.
4. Todo operario deberá conocer las salidas existentes.
5. No se considerarán salidas utilizables para la evacuación, los dispositivos elevadores,
tales como ascensores y montacargas.
6. La empresa formulará y entrenará a los trabajadores en un plan de control de incendios y
evacuaciones de emergencia; el cual se hará conocer a todos los usuarios.
Art. 161.- SALIDAS DE EMERGENCIA.
1. Cuando las instalaciones normales de evacuación, no fuesen suficientes o alguna de
ellas pudiera quedar fuera de servicio, se dotará de salidas o sistemas de evacuación de
emergencia.
2. Las puertas o dispositivos de cierre de las salidas de emergencia, se abrirán hacia el
exterior y en ningún caso podrán ser corredizas o enrollables.
4. Las salidas de emergencia tendrán un ancho mínimo de 1,20 metros, debiendo estar
siempre libres de obstáculos y debidamente señalizados.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
29
Capítulo VI
SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD.- NORMAS GENERALES
Art. 164.- OBJETO.
1. La señalización de seguridad se establecerá en orden a indicar la existencia de riesgos y
medidas a adoptar ante los mismos, y determinar el emplazamiento de dispositivos y
equipos de seguridad y demás medios de protección.
2. La señalización de seguridad no sustituirá en ningún caso a la adopción obligatoria de las
medidas preventivas, colectivas o personales necesarias para la eliminación de los riesgos
existentes, sino que serán complementarias a las mismas.
3. La señalización de seguridad se empleará de forma tal que el riesgo que indica sea
fácilmente advertido o identificado.
Su emplazamiento se realizará:
a) Solamente en los casos en que su presencia se considere necesaria.
b) En los sitios más propicios.
c) En posición destacada.
d) De forma que contraste perfectamente con el medio ambiente que la rodea, pudiendo
enmarcarse para este fin con otros colores que refuercen su visibilidad.
4. Los elementos componentes de la señalización de seguridad se mantendrán en buen
estado de utilización y conservación.
5. Todo el personal será instruido acerca de la existencia, situación y significado de la
señalización de seguridad empleada en el centro de trabajo, sobre todo en el caso en que
se utilicen señales especiales.
6. La señalización de seguridad se basará en los siguientes criterios:
a) Se usarán con preferencia los símbolos evitando, en general, la utilización de palabras
escritas.
b) Los símbolos, formas y colores deben sujetarse a las disposiciones de las normas del
Instituto Ecuatoriano de Normalización y en su defecto se utilizarán aquellos con significado
internacional.
Art. 165.- TIPOS DE SEÑALIZACIÓN.
1. A efectos clasificatorios la señalización de seguridad podrá adoptar las siguientes formas:
óptica y acústica.
2. La señalización óptica se usará con iluminación externa o incorporada de modo que
combinen formas geométricas y colores.
3. Cuando se empleen señales acústicas, intermitentes o continuas en momentos y zonas
que por sus especiales condiciones o dimensiones así lo requieran, la frecuencia de las
mismas será diferenciable del ruido ambiente y en ningún caso su nivel sonoro superará los
límites establecidos en el presente Reglamento.
Art. 166.- Se cumplirán además con las normas establecidas en el Reglamento respectivo
de los Cuerpos de Bomberos del país.
Capítulo VII
COLORES DE SEGURIDAD
Art. 167.- TIPOS DE COLORES.- Los colores de seguridad se atendrán a las
especificaciones contenidas en las normas del INEN.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
30
Art. 168.- CONDICIONES DE UTILIZACIÓN.
1. Tendrán una duración conveniente, en las condiciones normales de empleo, por lo que
se utilizarán pinturas resistentes al desgaste y lavables, que se renovarán cuando estén
deterioradas, manteniéndose siempre limpias.
2. Su utilización se hará de tal forma que sean visibles en todos los casos, sin que exista
posibilidad de confusión con otros tipos de color que se apliquen a superficies relativamente
extensas.
En el caso en que se usen colores para indicaciones ajenas a la seguridad, éstos serán
distintos a los colores de seguridad.
3. La señalización óptica a base de colores se utilizará únicamente con las iluminaciones
adecuadas para cada tipo de color.
Capítulo VIII
SEÑALES DE SEGURIDAD
Art. 169.- CLASIFICACIÓN DE LAS SEÑALES.
1. Las señales se clasifican por grupos en:
a) Señales de prohibición (S.P.)
Serán de forma circular y el color base de las mismas será el rojo.
En un círculo central, sobre fondo blanco se dibujará, en negro, el símbolo de lo que se
prohíbe.
b) Señales de obligación (S.O.)
Serán de forma circular con fondo azul oscuro y un reborde en color blanco. Sobre el fondo
azul, en blanco, el símbolo que exprese la obligación de cumplir.
c) Señales de prevención o advertencia (S.A.)
Estarán constituidas por un triángulo equilátero y llevarán un borde exterior en color negro.
El fondo del triángulo será de color amarillo, sobre el que se dibujará, en negro el símbolo
del riesgo que se avisa.
d) Señales de información (S.I.)
Serán de forma cuadrada o rectangular. El color del fondo será verde llevando de forma
especial un reborde blanco a todo lo largo del perímetro. El símbolo se inscribe en blanco y
colocado en el centro de la señal.
Las flechas indicadoras se pondrán siempre en la dirección correcta, para lo cual podrá
preverse el que sean desmontables para su colocación en varias posiciones.
Las señales se reconocerán por un código compuesto por las siglas del grupo a que
pertenezcan, las de propia designación de la señal y un número de orden correlativo.
Art. 170.- CONDICIONES GENERALES.
1. El nivel de iluminación en la superficie de la señal será como mínimo de 50 lux. Si este
nivel mínimo no puede alcanzarse con la iluminación externa existente, se proveerá a la
señal de una iluminación incorporada o localizada.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
31
Las señales utilizadas en lugares de trabajo con actividades nocturnas y con posible paso
de peatones o vehículos y que no lleven iluminación incorporada, serán necesariamente
reflectantes.
2. El contraste de luminosidad de los colores existentes en una señal será como mínimo del
25%.
Capítulo IX
RÓTULOS Y ETIQUETAS DE SEGURIDAD
Art. 172.- NORMAS GENERALES.
1. Toda sustancia peligrosa llevará adherida a su embalaje dibujos o textos de rótulos o
etiquetas que podrán ir grabados, pegados o atados al mismo, y que en ningún caso
sustituirán a la señalización de seguridad existente.
Los dibujos y textos se grabarán en color negro indeleble, y los colores de los rótulos o
etiquetas serán resistentes al agua.
2. Por su color, forma, dibujo y texto, los rótulos o etiquetas cumplirán las siguientes
condiciones:
a) Proporcionarán un fácil reconocimiento de la naturaleza de la sustancia peligrosa.
b) Identificarán la naturaleza del riesgo que implica.
c) Facilitarán una primera guía para su mantenimiento.
d) Se colocarán en posición destacada y lo más cerca posible de las marcas de expedición.
3. Cuando la mercancía peligrosa presente más de un riesgo, los rótulos o etiquetas de sus
embalajes llevarán grabados los dibujos o textos correspondientes a cada uno de ellos.
El INEN establecerá un catálogo de Rótulos y Etiquetas de Seguridad.
Art. 173.- SEÑALIZACIÓN EN RECIPIENTES A PRESIÓN.- Los recipientes que contengan
fluidos a presión, estarán sujetos en todo lo concerniente a identificación, a lo establecido en
el presente artículo y siguiente.
Los recipientes que contienen fluidos a presión llevarán grabada la marca de identificación
de su contenido. Esta marca, que se situará en sitio bien visible, próximo a la válvula y
preferentemente fuera de su parte cilíndrica, constará de las indicaciones siguientes:
a) El nombre técnico completo del fluido
b) Su símbolo químico
c) Su nombre comercial
d) Su color correspondiente
Título VI
PROTECCIÓN PERSONAL
Art. 175.- DISPOSICIONES GENERALES.
1. La utilización de los medios de protección personal tendrá carácter obligatorio en los
siguientes casos:
a) Cuando no sea viable o posible el empleo de medios de protección colectiva.
b) Simultáneamente con éstos cuando no garanticen una total protección frente a los
riesgos profesionales.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
32
2. La protección personal no exime en ningún caso de la obligación de emplear medios
preventivos de carácter colectivo.
3. Sin perjuicio de su eficacia los medios de protección personal permitirán, en lo posible, la
realización del trabajo sin molestias innecesarias para quien lo ejecute y sin disminución de
su rendimiento, no entrañando en sí mismos otros riesgos.
4. El empleador estará obligado a:
a) Suministrar a sus trabajadores los medios de uso obligatorios para protegerles de los
riesgos profesionales inherentes al trabajo que desempeñan.
b) Proporcionar a sus trabajadores los accesorios necesarios para la correcta conservación
de los medios de protección personal, o disponer de un servicio encargado de la
mencionada conservación.
c) Renovar oportunamente los medios de protección personal, o sus componentes, de
acuerdo con sus respectivas características y necesidades.
d) Instruir a sus trabajadores sobre el correcto uso y conservación de los medios de
protección personal, sometiéndose al entrenamiento preciso y dándole a conocer sus
aplicaciones y limitaciones.
e) Determinar los lugares y puestos de trabajo en los que sea obligatorio el uso de algún
medio de protección personal.
5. El trabajador está obligado a:
a) Utilizar en su trabajo los medios de protección personal, conforme a las instrucciones
dictadas por la empresa.
b) Hacer uso correcto de los mismos, no introduciendo en ellos ningún tipo de reforma o
modificación.
c) Atender a una perfecta conservación de sus medios de protección personal,
prohibiéndose su empleo fuera de las horas de trabajo.
d) Comunicar a su inmediato superior o al Comité de Seguridad o al Departamento de
Seguridad e Higiene, si lo hubiere, las deficiencias que observe en el estado o
funcionamiento de los medios de protección, la carencia de los mismos o las sugerencias
para su mejoramiento funcional.
6. En el caso de riesgos concurrentes a prevenir con un mismo medio de protección
personal, éste cubrirá los requisitos de defensa adecuados frente a los mismos.
7. Los medios de protección personal a utilizar deberán seleccionarse de entre los
normalizados u homologados por el INEN y en su defecto se exigirá que cumplan todos los
requisitos del presente título.
Art. 176.- ROPA DE TRABAJO.
1. Siempre que el trabajo implique por sus características un determinado riesgo de
accidente o enfermedad profesional, o sea marcadamente sucio, deberá utilizarse ropa de
trabajo adecuada que será suministrada por el empresario.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
33
Igual obligación se impone en aquellas actividades en que, de no usarse ropa de trabajo,
puedan derivarse riesgos para el trabajador o para los consumidores de alimentos, bebidas
o medicamentos que en la empresa se elaboren.
2. La elección de las ropas citadas se realizará de acuerdo con la naturaleza del riesgo o
riesgos inherentes al trabajo que se efectúa y tiempos de exposición al mismo.
3. La ropa de protección personal deberá reunir las siguientes características:
a) Ajustar bien, sin perjuicio de la comodidad del trabajador y de su facilidad de movimiento.
b) No tener partes sueltas, desgarradas o rotas.
c) No ocasionar afecciones cuando se halle en contacto con la piel del usuario.
d) Carecer de elementos que cuelguen o sobresalgan, cuando se trabaje en lugares con
riesgo derivados de máquinas o elementos en movimiento.
e) Tener dispositivos de cierre o abrochado suficientemente seguros, suprimiéndose los
elementos excesivamente salientes.
f) Ser de tejido y confección adecuados a las condiciones de temperatura y humedad del
puesto de trabajo.
4. Cuando un trabajo determine exposición a lluvia será obligatorio el uso de ropa
impermeable.
5. Siempre que las circunstancias lo permitan las mangas serán cortas, y cuando sea
largas, ajustarán perfectamente por medio de terminaciones de tejido elástico. Las mangas
largas, que deben ser enrolladas, lo serán siempre hacia adentro, de modo que queden lisas
por fuera.
6. Se eliminarán o reducirán en todo lo posible los elementos adicionales como bolsillos,
bocamangas, botones, partes vueltas hacia arriba, cordones o similares, para evitar la
suciedad y el peligro de enganche, así como el uso de corbatas, bufandas, cinturones,
tirantes, pulseras, cadenas, collares y anillos.
7. Se consideran ropas o vestimentas especiales de trabajo aquellas que, además de
cumplir lo especificado para las ropas normales de trabajo, deban reunir unas características
concretas frente a un determinado riesgo.
8. En las zonas en que existen riesgos de explosión o inflamabilidad, deberán utilizarse
prendas que no produzcan chispas.
9. Las prendas empleadas en trabajos eléctricos serán aislantes, excepto en trabajos
especiales al mismo potencial en líneas de transmisión donde se utilizarán prendas
perfectamente conductoras.
10. Se utilizará ropa de protección personal totalmente incombustibles en aquellos trabajos
con riesgos derivados del fuego. Dicha ropa deberá reunir necesariamente las siguientes
condiciones:
a) Las mirillas en los casos en que deban utilizarse, además de proteger del calor, deberán
garantizar una protección adecuada de los órganos visuales.
b) Siempre que se utilicen equipos de protección compuestos de varios elementos, el
acoplamiento y ajuste de ellos deberá garantizar una buena funcionalidad del conjunto.
11. Las ropas de trabajo que se utilicen predominantemente contra riesgos de excesivo calor
radiante, requerirán un recubrimiento reflectante.
12. En aquellos trabajos en que sea necesaria la manipulación con materiales a altas
temperaturas, el aislamiento térmico de los medios de protección debe ser suficiente para
resistir contactos directos.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
34
13. En los casos en que se presenten riesgos procedentes de agresivos químicos o
sustancias tóxicas o infecciosas, se utilizarán ropas protectoras que reúnan las siguientes
características:
a) Carecerán de bolsillos y demás elementos en los que puedan penetrar y almacenarse
líquidos agresivos o sustancias tóxicas o infecciosas.
b) No tendrán fisuras ni oquedades por las que se puedan introducir dichas sustancias o
agresivos.
Las partes de cuellos, puños y tobillos ajustarán perfectamente.
c) Cuando consten de diversas piezas o elementos, deberá garantizarse que la unión de
éstos presente las mismas características protectoras que el conjunto.
14. En los trabajos con riesgos provenientes de radiaciones, se utilizará la ropa adecuada al
tipo y nivel de radiación, garantizándose la total protección de las zonas expuestas al riesgo.
15. En aquellos trabajos que haya de realizarse en lugares oscuros y exista riesgo de
colisiones o atropellos, deberán utilizarse elementos reflectantes adecuados.
5.9. REGLAMENTO DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA DE
INCENDIOS. R.O. NO. 114 – ABRIL, 2009
Capítulo I
Aspectos de Aplicación
Art. 1.- Las disposiciones del Reglamento de Prevención, Mitigación y Protección Contra
Incendios, serán aplicadas en todo el territorio nacional, para los proyectos arquitectónicos y
de ingeniería, en edificaciones a construirse, así como la modificación, ampliación,
remodelación de las ya existentes, sean públicas, privadas o mixtas, y que su actividad sea
de comercio, prestación de servicios, educativas, hospitalarias, alojamiento, concentración
de público, industrias, transportes, almacenamiento y expendio de combustibles, explosivos,
manejo de productos químicos peligrosos y de toda actividad que represente riesgo de
siniestro. Adicionalmente esta norma se aplicará a aquellas actividades que por razones
imprevistas, no consten en el presente reglamento, en cuyo caso se someterán al criterio
técnico profesional del Cuerpo de Bomberos de su jurisdicción en base a la Constitución
Política del Estado, Normas INEN, Código Nacional de la Construcción, Código Eléctrico
Ecuatoriano y demás normas y códigos conexos vigentes en nuestro país.
Toda persona natural y/o jurídica, propietaria, usuaria o administrador, así como
profesionales del diseño y construcción, están obligados a cumplir las disposiciones
contempladas en el presente Reglamento de Prevención, Mitigación y Protección Contra
Incendios, basados en Normas Técnicas Ecuatorianas INEN.
Art. 2.- Control y responsabilidad.- Corresponde a los cuerpos de bomberos del país, a
través del Departamento de Prevención (B2), cumplir y hacer cumplir lo establecido en la
Ley de Defensa Contra Incendios y sus reglamentos; velar por su permanente actualización.
La inobservancia del presente reglamento, establecerá responsabilidad según lo dispone el
Art. 11 numeral 9 y Art. 54 inciso segundo de la actual Constitución Política del Estado.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
35
Capítulo III
Precauciones Estructurales
Art. 3.- Las precauciones estructurales proveen a una edificación de la resistencia necesaria
contra un incendio, limitando la propagación del mismo y reduciendo al mínimo el riesgo
personal y estructural.
Escaleras
Art. 11.- Todos los pisos de un edificio deben comunicarse entre sí por escaleras, hasta
alcanzar la desembocadura de salida y deben construirse de materiales resistentes al fuego
que presten la mayor seguridad a los usuarios y asegure su funcionamiento durante todo el
período de evacuación, las escaleras de madera, de caracol, ascensores y escaleras de
mano no se consideran vías de evacuación.
Art. 12.- Todo conducto de escaleras considerada como medio de egreso, estará provista
de iluminación de emergencia, señalización y puertas corta fuegos (NFPA 80), con un RF-60
mínimo y estará en función de la altura del edificio y el periodo de evacuación.
Iluminación y señalización de emergencia para los medios de egreso
Art. 21.- La iluminación de emergencia es aquella que debe permitir, en caso de corte de
energía eléctrica, la evacuación segura y fácil del público hacia el exterior. Solamente podrá
ser alimentado por fuentes propias de energía, sean o no exclusivas para dicho alumbrado,
pero no por fuentes de suministro exterior. Cuando la fuente propia de energía esté
constituida por baterías de acumuladores o por aparatos autónomos automáticos, se podrá
utilizar un suministro exterior para proceder a su carga.
Los medios de egreso deben ser provistos de iluminación de acuerdo a cada edificación o
estructura cuando sea requerida. Para los propósitos de estos requisitos los accesos de las
salidas deben incluir únicamente las escaleras, pasillos, corredores, rampas y pasajes que
cumplirán con la señalización, de acuerdo a NTE INEN 439, y que desemboque a una vía
pública.
Art. 22.- El sistema de iluminación de emergencia debe disponerse para proporcionar
automáticamente la iluminación requerida en cualquiera de los casos siguientes:
a) Corte del suministro de energía eléctrica;
b) Apertura de un disyuntor, interruptor de circuito o fusible; y,
c) Cualquier acto manual, incluyendo la apertura de un conmutador que controla las
instalaciones de iluminación manual.
Señalización de iluminación de emergencia
Art. 26.- El alumbrado de señalización, debe indicar de modo permanente la situación de
puertas, pasillos, escaleras, el número del piso y salidas de los locales durante el tiempo
que permanezcan con público. Debe ser alimentado al menos por dos suministros, sean
ellos normales, complementarios o procedentes de una fuente propia de energía eléctrica,
para que funcione continuamente durante determinados periodos de tiempo.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
36
Extintores portátiles contra incendios
Art. 29.- Todo establecimiento de trabajo, comercio, prestación de servicios, alojamiento,
concentración de público, parqueaderos, industrias, transportes, instituciones educativas
públicas y privadas, hospitalarios, almacenamiento y expendio de combustibles, productos
químicos peligrosos, de toda actividad que representen riesgos de incendio; deben contar
con extintores de incendio del tipo adecuado a los materiales usados y a la clase de riesgo.
Art. 31.- Se colocará extintores de incendios de acuerdo a la Tabla 2, esta exigencia es
obligatoria para cualquier uso y para el cálculo de la cantidad de extintores a instalarse. No
se tomará en cuenta aquellos que formen parte de las bocas de incendios equipadas (BIE).
En los lugares de mayor riesgo de incendio se colocarán extintores adicionales del tipo y
capacidad requerida.
Además se proveerá de medidas complementarias según las características del material
empleado. Los subsuelos y sótanos de edificios que sean destinados a cualquier uso, con
superficie de pisos iguales o superiores a quinientos metros cuadrados (500 m2), deben
disponer de sistemas automáticos de extinción de incendios.
Art. 114.- Todo edificio público o lugar cerrado que se use como punto de reunión de
personas, debe contar con un sistema de detección, alarmas contra incendios, extintores
portátiles, sistemas contra incendios, y, de requerirse los accionados en forma automática a
través de fuentes alternas eléctricas de respaldo, sistemas de ventilación, equipos
necesarios para la prevención y el combate de incendios, los cuales deben mantenerse en
condiciones de ser operados en cualquier momento, para la cual deben ser revisados y
autorizados anualmente por el Cuerpo de Bomberos de cada jurisdicción.
Art. 267.- Todo establecimiento de trabajo en el cual exista riesgo potencial de incendio,
dispondrá de sistemas automáticos de detección, alarma y extinción de incendios, cuyo
funcionamiento esté asegurado aun cuando no exista personal o fluido eléctrico.
Capitulo III
Procedimientos de registro y autorización
Art. 349.- El permiso de funcionamiento tendrá vigencia de un año calendario (1 de enero al
31 de diciembre) exceptuando los permisos ocasionales y es la autorización que el Cuerpo
de Bomberos emite a todo local en funcionamiento que se enmarca dentro de la siguiente
categorización:
a) Comercio;
b) Industria y fabriles;
c) Servicios;
d) Salud;
e) Oficinas públicas y privadas;
f) Fundaciones;
g) Instalaciones especiales;
h) Concentración de público;
i) Almacenamiento;
j) Instituciones educativas públicas y privadas; y,
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
37
k) Complejos turísticos y otros.
Al incumplimiento en la obtención del permiso de funcionamiento, se aplicará un recargo por
mora, dictaminado por los respectivos consejos de administración y disciplina de los cuerpos
de bomberos de la jurisdicción.
Art. 357.- Una vez expedido el permiso de funcionamiento y si por cualquier circunstancia
fuera necesario realizar modificaciones o cambios de uso o estado, tanto del sistema de
prevención contra incendios como del espacio físico, se debe comunicar previamente al
Cuerpo de Bomberos, a fin de que se disponga la inspección correspondiente. De no acatar
esta disposición será de única responsabilidad, civil y penal del representante legal del
establecimiento
5.10. REGLAMENTO SUSTITUTIVO DEL REGLAMENTO AMBIENTAL PARA LAS
OPERACIONES HIDROCARBURÍFERAS EN EL ECUADOR
Art. 25.- Manejo y almacenamiento de crudo y/o combustibles.- Para el manejo y
almacenamiento de combustibles y petróleo se cumplirá con lo siguiente:
a) Instruir y capacitar al personal de operadoras, subcontratistas, concesionarios y
distribuidores sobre el manejo de combustibles, sus potenciales efectos y riesgos
ambientales así como las señales de seguridad correspondientes, de acuerdo a normas de
seguridad industrial, así como sobre el cumplimiento de los Reglamentos de Seguridad
Industrial del Sistema PETROECUADOR vigentes, respecto al manejo de combustibles;
b) Los tanques, grupos de tanques o recipientes para crudo y sus derivados así como para
combustibles se regirán para su construcción con la norma API 650, API 12F, API 12D, UL
58, UL 1746, UL 142 o equivalentes, donde sean aplicables; deberán mantenerse
herméticamente cerrados, a nivel del suelo y estar aislados mediante un material
impermeable para evitar filtraciones y contaminación del ambiente, y rodeados de un cubeto
técnicamente diseñado para el efecto, con un volumen igual o mayor al 110% del tanque
mayor;
c) Los tanques o recipientes para combustibles deben cumplir con todas las
especificaciones técnicas y de seguridad industrial del Sistema PETROECUADOR, para
evitar evaporación excesiva, contaminación, explosión o derrame de combustible.
Principalmente se cumplirá la norma NFPA-30 o equivalente;
d) Todos los equipos mecánicos tales como tanques de almacenamiento, tuberías de
productos, motores eléctricos y de combustión interna estacionarios así como compresores,
bombas y demás conexiones eléctricas, deben ser conectados a tierra;
e) Los tanques de almacenamiento de petróleo y derivados deberán ser protegidos contra la
corrosión a fin de evitar daños que puedan causar filtraciones de petróleo o derivados que
contaminen el ambiente;
f) Los sitios de almacenamiento de combustibles serán ubicados en áreas no inundables. La
instalación de tanques de almacenamiento de combustibles se realizará en las condiciones
de seguridad industrial establecidas reglamentariamente en cuanto a capacidad y distancias
mínimas de centros poblados, escuelas, centros de salud y demás lugares comunitarios o
públicos;
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
38
g) Los sitios de almacenamiento de combustibles y/o lubricantes de un volumen mayor a
700 galones deberán tener cunetas con trampas de aceite. En plataformas off-shore, los
tanques de combustibles serán protegidos por bandejas que permitan la recolección de
combustibles derramados y su adecuado tratamiento y disposición;
5.11. TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN AMBIENTAL SECUNDARIA DEL
MINISTERIO DEL AMBIENTE. R.O.EDICIÓN ESPECIAL Nº2-MARZO 31, 2003.
ÚLTIMA MODIFICACIÓN; 14-AGOSTO-2012.
El objetivo del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente del
Ecuador, es actualizar la legislación en materia ambiental y permitir ubicar con exactitud la
normativa vigente en cada materia. Está estructurado como sigue:
Título Preliminar: De las Políticas Ambientales del Ecuador
Libro I: De la Autoridad Ambiental
Libro II: De la Gestión Ambiental
Libro III: Del Régimen Forestal
Libro IV: De la Biodiversidad
Libro V: De la Gestión de los Recursos Costeros
Libro VI: De la Calidad Ambiental
Libro VII: Régimen Especial: Galápagos
Libro VIII: Del Instituto para el Ecodesarrollo Regional Amazónico ECORAE
Libro IX: Del Sistema de Derechos o Tasas por los Servicios que Presta el Ministerio del
Ambiente y por el Uso y Aprovechamiento de Bienes Nacionales que se Encuentren Bajo su
Cargo y Protección.
5.11.1. REFORMAR AL TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA
DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE LIBRO VI, TÍTULO I DEL SISTEMA
ÚNICO DE MANEJO AMBIENTAL (SUMA).
Título I
Del Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA)
Capítulo VI
De las fichas y Estudios Ambientales
Art. 57- De las licencias ambientales.- Las licencias ambientales son autorizaciones
administrativas otorgadas por la autoridad ambiental competente que acreditan que se ha
cumplido en forma adecuada con el proceso de regularización de un proyecto, obra o
actividad, y por tal motivo el promotor está facultado legal y reglamentariamente para la
ejecución de su actividad, pero sujeta en todo momento y durante todas las fases del ciclo
de vida de la misma al cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, las condiciones
aprobadas en el estudio ambiental, y las que disponga la autoridad ambiental competente.
Libro VI, “DE LA CALIDAD AMBIENTAL”, Título I, Del Sistema Único de Manejo
Ambiental
Título II
POLÍTICAS NACIONALES DE RESIDUOS SÓLIDOS
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
39
Art. 31.-AMBITO DE SALUD Y AMBIENTE.- Se establece como políticas de la gestión de
residuos sólidos en el ámbito de salud y ambiente las siguientes:
a. Prevención y minimización de los impactos de la gestión integral de residuos
sólidos al ambiente y a la salud, con énfasis en la adecuada disposición final.
b. Impulso y aplicación de mecanismos que permitan tomar acciones de control
y sanción, para quienes causen afectación al ambiente y la salud, por un
inadecuado manejo de los residuos sólidos.
c. Armonización de los criterios ambientales y sanitarios en el proceso de
evaluación de impacto ambiental y monitoreo de proyectos y servicios de
gestión de residuos sólidos.
d. Desarrollo de sistemas de vigilancia epidemiológica en poblaciones y grupos
de riesgo relacionados con la gestión integral de los desechos sólidos.
e. Promoción de la educación ambiental y sanitaria con preferencia a los grupos
de riesgo.
5.11.2. REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL PARA LA
PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL
Art. 45.- Principios Generales
Toda acción relacionada a la gestión ambiental deberá planificarse y ejecutarse sobre la
base de los principios de sustentabilidad, equidad, consentimiento informado previo,
representatividad validada, coordinación, precaución, prevención, mitigación y remediación
de impactos negativos, solidaridad, corresponsabilidad, cooperación, reciclaje y reutilización
de desechos, conservación de recursos en general, minimización de desechos, uso de
tecnologías más limpias, tecnologías alternativas ambientalmente responsables y respeto a
las culturas y prácticas tradicionales y posesiones ancestrales. Igualmente deberán
considerarse los impactos ambientales de cualquier producto, industrializados o no, durante
su ciclo de vida.
Art. 46.- Principio Precautorio
En caso de existir peligro de un daño grave o irreversible al ambiente, la ausencia de
certidumbre científica, no será usada por ninguna entidad reguladora nacional, regional,
provincial o local, como una razón para posponer las medidas costo-efectivas que sean del
caso para prevenir la degradación del ambiente.
CAPITULO V
DEL REGULADO
De los Deberes y Derechos del Regulado
Art. 81.- Reporte anual. Es deber fundamental del regulado reportar ante la entidad
ambiental de control, por lo menos una vez al año, los resultados de los monitoreos
correspondientes a sus descargas, emisiones y vertidos de acuerdo a lo establecido en su
PMA aprobado.
Art. 85.- Responsabilidad por Sustancias Peligrosas
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
40
Aquellas actividades que almacenen, procesen o transporten sustancias peligrosas, para
terceros deberán cumplir con el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas
técnicas. El propietario de las sustancias peligrosas, no queda exento de la presente
disposición, y deberá responder conjunta y solidariamente con las organizaciones que
efectúen para él las acciones referidas en este artículo. La responsabilidad es solidaria e
irrenunciable.
Art. 87.- Información de Situaciones de Emergencia
El regulado está obligado a informar a la entidad ambiental de control cuando se presenten
situaciones de emergencia, accidentes o incidentes por razones de fuerza mayor que
puedan generar cambios sustanciales de sus descargas, vertidos o emisiones, con
referencia a aquellas autorizadas por la entidad ambiental de control. Así, reportará de
manera inmediata, en un plazo no mayor a 24 horas, las siguientes situaciones:
a) Necesidad de parar en forma parcial o total un sistema de tratamiento, para un
mantenimiento que dure más de veinticuatro (24) horas;
b) Fallas en los sistemas de tratamiento de las emisiones, descargas o vertidos cuya
reparación requiera más de veinticuatro (24) horas;
c) Emergencias, incidentes o accidentes que impliquen cambios sustanciales en la calidad,
cantidad o nivel de la descarga, vertido o emisión; y,
d) Cuando las emisiones, descargas o vertidos contengan cantidades o concentraciones de
sustancias consideradas peligrosas.
Art. 88.- Situaciones de Emergencia
Cuando en el ambiente se produzcan descargas, vertidos o emisiones accidentales o
incidentales, inclusive aquellas de fuerza mayor o caso fortuito, la entidad ambiental de
control exigirá que el regulado causante realice las acciones pertinentes para controlar,
remediar y compensar a los afectados por los daños que tales situaciones hayan
ocasionado y evaluará el funcionamiento del plan de contingencias aprobado. Sin perjuicio
de las sanciones administrativas o las acciones civiles y penales a que haya lugar.
Art. 89.- Prueba de Planes de Contingencia
Los planes de contingencias deberán ser implementados, mantenidos, y probados
periódicamente a través de simulacros. Los simulacros deberán ser documentados y sus
registros estarán disponibles para la entidad ambiental de control. La falta de registros
constituirá prueba de incumplimiento de la presente disposición.
Art. 98.- Reporte Anual
El regulado que origine descargas, emisiones o vertidos hacia el ambiente, incluyendo hacia
sistemas de alcantarillado, deberá reportar por lo menos una vez al año las mismas ante la
entidad que expide el permiso de descargas, emisiones y vertidos, para obtener las
autorizaciones administrativas ambientales correspondientes.
Las actividades nuevas efectuarán el reporte inicial de sus emisiones, descargas y vertidos
en conjunto con la primera AA de cumplimiento con las normativas ambientales vigentes y
su plan de manejo ambiental que debe realizar el regulado un año después de entrar en
operación.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
41
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA.- Las actividades o proyectos que se encuentren en funcionamiento y que no
cuenten con un estudio de impacto ambiental aprobado deberán presentar una auditoría
ambiental inicial de cumplimiento con las regulaciones ambientales vigentes ante la entidad
ambiental de control. La auditoría ambiental inicial debe incluir un plan de manejo
ambiental. La AA inicial o EIA Expost cubre la ausencia de un EIA.
SEGUNDA.- Si la auditoría ambiental inicial establece que determinada actividad u
organización, existente previa a la expedición del presente Texto Unificado de Legislación
Secundaria Ambiental y sus normas técnicas, no se encuentra en cumplimiento con los
mismos, el regulado deberá incluir como parte de su plan de manejo ambiental un programa
perentorio de cumplimiento con las acciones necesarias para cumplir con lo establecido en
el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas.
5.11.3. REGLAMENTO PARA LA PREVENCION Y CONTROL DE LA
CONTAMINACION POR SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS,
DESECHOS PELIGROSOS Y ESPECIALES. ACUERDO MINISTERIAL
NO. 161, PUBLICADO EN REGISTRO OFICIAL SUPLEMENTO 631 DE
1 DE FEBRERO DEL 2012.
AMBITO DE APLICACIÓN
Art. 152.- El presente Reglamento regula las fases de gestión y los mecanismos de
prevención y control de la contaminación por sustancias químicas peligrosas, desechos
peligrosos y especiales en el territorio nacional al tenor de los procedimientos y normas
técnicas previstos en las leyes de Gestión Ambiental y de Prevención y Control de la
Contaminación Ambiental, en sus respectivos reglamentos y en los convenios
internacionales relacionados con esta materia, suscritos y ratificados por el Estado.
En este marco y reconociendo las especificidades de la gestión de las sustancias químicas
peligrosas, por una parte, y de los desechos peligrosos y especiales, el presente cuerpo
normativo regula de forma diferenciada, las fases de la gestión integral y parámetros
correspondientes a cada uno de ellos.
Art. 153.- Las sustancias químicas peligrosas sujetas a control, son aquellas que se
encuentran en los listados nacionales de sustancias químicas peligrosas aprobados por la
autoridad ambiental nacional. Estarán incluidas las sustancias químicas prohibidas,
peligrosas y de uso severamente restringido que se utilicen en el Ecuador, priorizando las
que por magnitud de su uso o por sus características de peligrosidad, representen alto
riesgo potencial o comprobado para la salud y el ambiente. Los listados nacionales de
sustancias químicas peligrosas serán establecidos y actualizados mediante acuerdos
ministeriales.
Art. 154.- A efectos del presente reglamento, los desechos peligrosos son:
a) Los desechos sólidos, pastosos, líquidos o gaseosos resultantes de un proceso de
producción, transformación, reciclaje, utilización o consumo y que contengan alguna
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
42
sustancia que tenga características corrosivas, reactivas, tóxicas, inflamables, biológico
- infecciosas y/o radioactivas, que representen un riesgo para la salud humana y el
ambiente de acuerdo a las disposiciones legales aplicables; y,
b) Aquellos que se encuentran determinados en los listados nacionales de desechos
peligrosos, a menos que no tengan ninguna de las características descritas en el literal
anterior. Estos listados serán establecidos y actualizados mediante acuerdos
ministeriales.
Para determinar si un desecho debe o no ser considerado como peligroso, la caracterización
del mismo deberá realizarse conforme las normas técnicas establecidas por la Autoridad
Ambiental Nacional y/o el INEN, o en su defecto normas técnicas aceptadas a nivel
internacional.
En lo relacionado a la gestión de los desechos peligrosos con contenidos de material
radioactivo sea de origen natural o artificial serán regulados y controlados por la normativa
específica emitida por el Ministerio de Electricidad y Energía Renovable a través de la
Subsecretaría de Control, Investigación y Aplicaciones Nucleares o aquella que la
reemplace, lo cual no exime al generador de proveer de la información sobre estos
desechos a la Autoridad Ambiental Nacional.
Art. 155.- A efectos del presente reglamento los desechos especiales son:
a) Aquellos desechos, que sin ser peligrosos, por su naturaleza, pueden impactar el entorno
ambiental o la salud, debido al volumen de generación y/o difícil degradación y para los
cuales se debe implementar un sistema de recuperación, reuso y/o reciclaje con el fin de
reducir la cantidad de desechos generados, evitar su inadecuado manejo y disposición,
así como la sobresaturación de los rellenos sanitarios municipales;
b) Aquellos cuyo contenido de sustancias que tenga características corrosivas, reactivas,
tóxicas, inflamables, biológico-infecciosas y/o radioactivas, no superen los límites de
concentración establecidos en la normativa ambiental que se expida para el efecto y para
los cuales es necesario un manejo ambiental adecuado y mantener un control - monitoreo
periódico. Para determinar si un desecho debe o no ser considerado como especial, la
caracterización del mismo deberá realizarse conforme las normas técnicas establecidas
por la Autoridad Ambiental Nacional y/o el INEN, o en su defecto por normas técnicas
aceptadas a nivel internacional; y,
c) Aquellos que se encuentran determinados en el listado nacional de desechos especiales.
Estos listados serán establecidos y actualizados mediante acuerdos ministeriales.
Art. 156.- Se hallan sujetos al cumplimiento y aplicación de las disposiciones del presente
reglamento, todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o
extranjeras, que dentro del territorio nacional participen en cualquiera de las fases y
actividades de gestión de sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales,
en los términos de los artículos precedentes.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
43
Sección I
GESTION INTEGRAL DE LOS DESECHOS PELIGROSOS Y ESPECIALES
Art. 161.- La gestión integral de los desechos peligrosos y especiales está integrada por las
siguientes fases:
1) Abastecimiento, que comprende importación, formulación y fabricación.
2) Acondicionamiento, que comprende: envasado, etiquetado.
3) Almacenamiento.
4) Transporte.
5) Comercialización.
6) Utilización.
Art. 162.- El importador, formulador, fabricante y/o acondicionador, al igual que el titular y/o
propietario de las sustancias químicas peligrosas, deben responder conjunta y
solidariamente con las personas naturales o jurídicas que hayan sido contratadas por ellos
para efectuar la gestión de cualquiera de sus fases, en cuanto al cumplimiento de la
normativa ambiental aplicable antes de la entrega de la sustancia y en caso de incidentes
que involucren manejo inadecuado, contaminación y/o daño ambiental. La responsabilidad
será solidaria, irrenunciable y extendida.
Art. 167.- Es obligación de todas las personas naturales o jurídicas registradas realizar una
declaración anual de la gestión de las sustancias químicas peligrosas, para lo cual la
Autoridad Ambiental Nacional establecerá los mecanismos y herramientas necesarias. El
incumplimiento de esta disposición conllevará la cancelación del registro y aplicación de
sanciones, conforme la normativa ambiental aplicable.
Art. 171.- Toda persona que importe, formule, fabrique, acondicione, almacene,
comercialice y distribuya sustancias químicas peligrosas, debe entregar a los usuarios y
transportistas, junto con el producto, las respectivas hojas de datos de seguridad en idioma
español, según la norma INEN 2266 o la que la reemplace y las respectivas normativas
nacionales e internacionales aplicables determinadas por la Autoridad Ambiental Nacional.
Art. 173.- Todas las personas que intervengan en cualquiera de las fases de la gestión
integral de las sustancias químicas peligrosas, están obligadas a minimizar la generación de
desechos o remanentes y a responsabilizarse de forma directa e indirecta por el manejo
adecuado de estos, de tal forma que no contaminen el ambiente. Los envases vacíos de
sustancias químicas peligrosas y sustancias químicas caducadas o fuera de
especificaciones técnicas, serán considerados como desechos peligrosos y deberán ser
manejados técnicamente mediante los métodos establecidos en las normas técnicas y
normativas nacionales e internacionales aplicables determinadas por la Autoridad Ambiental
Nacional.
Art. 174.- Las personas que intervengan en las fases de abastecimiento, acondicionamiento,
almacenamiento, transporte, comercialización y utilización de las sustancias químicas
peligrosas, están obligadas a reportar al Ministerio del Ambiente o a las Autoridades
Ambientales de Aplicación Responsable, los accidentes producidos durante la gestión de las
mismas. El incumplimiento de esta disposición dará lugar a la aplicación de las sanciones
previstas en la legislación ambiental aplicable, sin perjuicio de las acciones civiles y penales
que puedan ser emprendidas.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
44
Parágrafo I
DE LA GENERACION
Art. 181.- Todo generador de desechos peligrosos y especiales es el titular y responsable
del manejo de los mismos hasta su disposición final, siendo su responsabilidad:
a. Responder conjunta y solidariamente con las personas naturales o jurídicas que efectúen
para él la gestión de los desechos de su titularidad, en cuanto al cumplimiento de la
normativa ambiental aplicable antes de la entrega de los mismos y en caso de incidentes
que involucren manejo inadecuado, contaminación y/o daño ambiental. La responsabilidad
es solidaria e irrenunciable;
b. Tomar medidas con el fin de reducir o minimizar la generación de desechos peligrosos y
especiales;
c. Obtener obligatoriamente el registro de generador de desechos peligrosos y/o especiales
ante el Ministerio del Ambiente o las autoridades ambientales de aplicación responsable,
para lo cual el Ministerio del Ambiente establecerá los procedimientos aprobatorios
respectivos mediante acuerdo ministerial;
d. Almacenar los desechos peligrosos y especiales en condiciones técnicas de seguridad y
en áreas que reúnan los requisitos previstos en el presente reglamento, normas INEN y/o
normas nacionales e internacionales aplicables evitando su contacto con los recursos agua
y suelo y verificando la compatibilidad de los mismos;
e. Disponer de instalaciones adecuadas y técnicamente construidas para realizar el
almacenamiento de los desechos peligrosos y/o especiales, con accesibilidad a los
vehículos que vayan a realizar el traslado de los mismos;
f. Identificar y/o caracterizar los desechos peligrosos y/o especiales generados, de acuerdo
a la norma técnica correspondiente;
g. Realizar la entrega de los desechos peligrosos y/o especiales para su adecuado manejo,
únicamente a personas naturales o jurídicas que cuenten con la regularización ambiental
correspondiente emitida por el Ministerio del Ambiente o por la Autoridad Ambiental de
Aplicación Responsable;
h. Antes de entregar sus desechos peligrosos y/o especiales, el generador deberá
demostrar ante la autoridad ambiental competente que no es posible someterlos a algún
sistema de eliminación y/o disposición final dentro de sus instalaciones, bajo los
lineamientos técnicos establecidos en la normativa ambiental emitida por el Ministerio del
Ambiente o por el INEN; en caso de ser necesario se complementará con las normas
internacionales aplicables;
i. Elaborar, formalizar y custodiar el manifiesto único de movimiento de los desechos
peligrosos y/o especiales para su gestión; este documento crea la cadena de custodia desde
la generación hasta la disposición final;
j. Regularizar su actividad conforme lo establece la normativa ambiental ante el Ministerio
del Ambiente o las autoridades ambientales de aplicación responsables;
k. Para generadores que tengan dos o más establecimientos en donde se generen
desechos peligrosos, el registro será individual para cada uno de los establecimientos y se
obtendrán ante el Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental de Aplicación
Responsable para la jurisdicción correspondiente;
l. Declarar anualmente ante el Ministerio del Ambiente o Autoridad Ambiental de Aplicación
Responsable acreditada para su aprobación, la generación y manejo de desechos
peligrosos y/o especiales. Esta declaración la realizará cada generador por registro otorgado
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
45
de manera anual. La información consignada en este documento estará sujeta a
comprobación por parte de la autoridad competente, quien podrá solicitar informes
específicos cuando lo requiera. El incumplimiento de esta disposición conllevará la
cancelación del registro sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a
que hubiere lugar;
m. Mantener un registro (bitácora) de los movimientos de entrada y salida de desechos
peligrosos y especiales en su área de almacenamiento, en donde se hará constar la fecha
de los movimientos (entradas/salidas), nombre del desecho, su origen, cantidad
(transferida/almacenada) y destino;
n. Entregar al Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable
correspondiente la información adicional o complementaria que sea necesaria;
o. Proceder a la actualización del registro otorgado en caso de modificaciones en la
información; y,
p. Para generadores que ya cuentan con licencia ambiental de su actividad y que están en
capacidad de gestionar sus propios desechos peligrosos y/o especiales, deben actualizar su
Plan de Manejo Ambiental a fin de reportar dicha gestión a la autoridad ambiental
competente. Las operaciones de transporte de desechos peligrosos y/o sustancias químicas
peligrosas, y/o eliminación de desechos peligrosos y/o especiales que realicen, deben
cumplir con los aspectos técnicos y legales establecidos en la normativa ambiental aplicable;
en caso de ser necesario se complementará con las normas internacionales aplicables.
Art. 184.- El generador reportará al Ministerio del Ambiente o a la Autoridad Ambiental de
Aplicación Responsable, los accidentes producidos durante la generación y manejo de los
desechos peligrosos y/o especiales. El ocultamiento de esta información recibirá la sanción
prevista en la legislación ambiental aplicable.
Parágrafo II
DEL ALMACENAMIENTO
Art. 187.- Dentro de esta etapa de la gestión, los desechos peligrosos o especiales deben
permanecer envasados, almacenados y etiquetados, aplicando para el efecto, las normas
técnicas pertinentes establecidas por el Ministerio del Ambiente y el INEN, o en su defecto
normas técnicas aceptadas a nivel internacional aplicables en el país. Los envases
empleados en el almacenamiento deben ser utilizados únicamente para este fin, tomando en
cuenta las características de peligrosidad y de incompatibilidad de los desechos peligrosos o
especiales con ciertos materiales.
Para el caso de desechos peligrosos con contenidos de material radioactivo sea de origen
natural o artificial, el envasado, almacenamiento, y etiquetado deberá además cumplir con la
normativa específica emitida por autoridad reguladora del Ministerio de Electricidad y
Energía Renovable a través de la Subsecretaría de Control, investigación y Aplicaciones
Nucleares o aquella que la reemplace.
Art. 188.- El almacenamiento de desechos peligrosos y/o especiales en las instalaciones, no
podrá superar, los doce (12) meses. En casos justificados mediante informe técnico, se
podrá solicitar a la autoridad ambiental una extensión de dicho periodo que no excederá de
6 meses. Durante el tiempo que el generador esté almacenando desechos peligrosos dentro
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
46
de sus instalaciones, este debe garantizar que se tomen las medidas tendientes a prevenir
cualquier afectación a la salud y al ambiente, teniendo en cuenta su responsabilidad por
todos los efectos ocasionados.
Art. 189.- En caso de inexistencia de una instalación de eliminación y/o disposición final,
imposibilidad de accesos a ella u otros casos justificados, la autoridad ambiental podrá
autorizar el almacenamiento de desechos peligrosos por períodos prolongados, superiores a
los establecidos en el artículo precedente. En este caso, el Ministerio del Ambiente
determinará los lineamientos técnicos para el control del almacenamiento de los desechos
peligrosos.
Art. 190.- Las personas naturales o jurídicas que prestan el servicio de almacenamiento de
desechos peligrosos y/o especiales estarán sujetos a la regularización establecida en el
SUMA, pudiendo prestar servicio únicamente a los generadores registrados.
Art. 191.- Los lugares para el almacenamiento temporal deben cumplir con las siguientes
condiciones mínimas:
a. Ser lo suficientemente amplios para almacenar y manipular en forma segura los desechos
peligrosos, así como contar con pasillos lo suficientemente amplios, que permitan el tránsito
de montacargas mecánicos, electrónicos o manuales, así como el movimiento de los grupos
de seguridad y bomberos en casos de emergencia;
b. Estar separados de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de
materias primas o productos terminados;
c. No almacenar desechos peligrosos con sustancias químicas peligrosas;
d. El acceso a estos locales debe ser restringido, únicamente se admitirá el ingreso a
personal autorizado provisto de todos los implementos determinados en las normas de
seguridad industrial y que cuente con la identificación correspondiente para su ingreso;
e. En los casos en que se almacenen desechos peligrosos de varios generadores cuya
procedencia indique el posible contacto o presencia de material radioactivo, la instalación
deberá contar con un detector de radiaciones adecuadamente calibrado y en caso de
hallazgos al respecto proceder a informar inmediatamente al Ministerio de Electricidad y
Energía Renovable a través de la Subsecretaría de Control, Investigación y Aplicaciones
Nucleares o aquella que la reemplace;
f. Contar con un equipo de emergencia y personal capacitado en la aplicación de planes de
contingencia;
g. Las instalaciones deben contar con pisos cuyas superficies sean de acabado liso,
continuo e impermeable o se hayan impermeabilizado, resistentes química y
estructuralmente a los desechos peligrosos que se almacenen, así como contar con una
cubierta a fin de estar protegidos de condiciones ambientales tales como humedad,
temperatura, radiación y evitar la contaminación por escorrentía;
h. Para el caso de almacenamiento de desechos líquidos, el sitio debe contar con cubetos
para contención de derrames o fosas de retención de derrames cuya capacidad sea del
110% del contenedor de mayor capacidad, además deben contar con trincheras o canaletas
para conducir derrames a las fosas de retención con capacidad para contener una quinta
parte de lo almacenado;
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
47
i. Contar con señalización apropiada con letreros alusivos a la peligrosidad de los mismos,
en lugares y formas visibles;
j. Contar con sistemas de extinción contra incendios. En el caso de hidrantes, estos deberán
mantener una presión mínima de 6kg/cm2 durante 15 minutos; y,
k. Contar con un cierre perimetral que impida el libre acceso de personas y animales.
Excepcionalmente se podrán autorizar sitios de almacenamiento que no cumplan con
algunas de estas condiciones tales como piscinas, lagunas artificiales u otros, si se justifica
técnicamente que no afectan a la salud y el ambiente.
Art. 192.- Los lugares para el almacenamiento de desechos especiales deben cumplir con
las siguientes condiciones mínimas:
a. Contar con señalización apropiada con letreros alusivos a la identificación de los mismos,
en lugares y formas visibles;
b. Contar con sistemas contra incendio;
c. Contar con un cierre perimetral que impida el libre acceso de personas y animales;
d. Estar separados de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de
materias primas o productos terminados;
e. No almacenar con desechos peligrosos o sustancias químicas peligrosas;
f. Las instalaciones deben contar con pisos cuyas superficies sean de acabado liso, continuo
e impermeable o se hayan impermeabilizado, resistentes química y estructuralmente a los
desechos especiales que se almacenen, así como contar con una cubierta a fin de estar
protegidos de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura, radiación y evitar
la contaminación por escorrentía; y,
g. Para el caso de almacenamiento de desechos líquidos, el sitio de almacenamiento debe
contar con cubetos para contención de derrames o fosas de retención de derrames cuya
capacidad sea del 110% del contenedor de mayor capacidad, además deben contar con
trincheras o canaletas para conducir derrames a las fosas de retención con capacidad para
contener una quinta parte de lo almacenado.
Art. 193.- Todo envase durante el almacenamiento temporal de desechos peligrosos y/o
especiales debe llevar la identificación correspondiente de acuerdo a las normas técnicas
emitidas por el Ministerio del Ambiente o el INEN y las normas internacionales aplicables al
país. La identificación será con marcas de tipo indeleble, legible, ubicadas en sitios visibles y
de un material resistente a la intemperie.
Art. 194.- Los desechos peligrosos y especiales serán almacenados considerando los
criterios de compatibilidad, de acuerdo a lo establecido en las normas técnicas emitidas por
el Ministerio del Ambiente o el INEN y las normas internacionales aplicables al país, no
podrán ser almacenados en forma conjunta en un mismo recipiente y serán entregados
únicamente a personas naturales o jurídicas que cuenten con la regulación ambiental
emitida por el Ministerio del Ambiente o por las autoridades ambientales de aplicación
responsable.
Art. 195.- El generador que transfiera desechos peligrosos y/o especiales a un prestador de
servicio (gestor) autorizado para el almacenamiento de los mismos, debe llevar la cadena de
custodia de estos desechos a través de la consignación de la información correspondiente
de cada movimiento en el manifiesto único.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
48
Parágrafo III
DE LA RECOLECCIÓN
Art. 197.- Dentro de esta etapa de la gestión, los desechos peligrosos y especiales deben
ser recolectados, en forma tal que no afecte a la salud de los trabajadores ni al ambiente y
se asegure una clasificación por tipo de desechos.
Art. 199.- Los fabricantes o importadores de productos que al final de su vida útil se
convierten en desechos peligrosos o especiales tienen la obligación de presentar ante el
Ministerio del Ambiente, para su análisis, aprobación y ejecución, programas de gestión de
los productos en desuso o desechos que son consecuencia del uso de los productos
puestos en el mercado, que incluya:
descripción de la cadena de comercialización, mecanismos y actividades para la
recolección, devolución, y acopio de los productos en desuso o desechos por parte de los
usuarios finales, sistemas de eliminación y/o disposición final, así como actividades para
promover la concienciación, capacitación y comunicación al respecto de los mecanismos y
actividades propuestos. Los comercializadores como parte inherente de estos programas
están obligados a participar en la ejecución de los programas propuestos por los
importadores y/o fabricantes y que han sido aprobados por la Autoridad Ambiental Nacional.
El programa de gestión puede ser formulado y desarrollado de manera individual o por
grupos o gremios de importadores o fabricantes reunidos en torno a la naturaleza igual o de
similares características de las de sus productos o desechos, sin embargo su presentación
ante el Ministerio del Ambiente se realizará en forma individual.
Los importadores, fabricantes y comercializadores se asegurarán de que los usuarios finales
tengan el conocimiento y la capacitación/ educación necesaria en los mecanismos para la
devolución y disposición de los desechos peligrosos y/o especiales, a fin de asegurar la
efectividad de la implementación del programa presentado. Los usuarios finales están en la
obligación de devolver los desechos peligrosos y/o especiales conforme a los
procedimientos establecidos por su proveedor y aprobados por la autoridad ambiental
nacional. El incumplimiento de las disposiciones inmersas en el presente artículo conllevará
al inicio de las acciones legales.
El Ministerio del Ambiente establecerá mediante acuerdo ministerial el mecanismo para la
aplicación de las disposiciones del presente artículo y las metas de recolección gestión
correspondientes.
5.11.4. ANEXO 1 NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL Y DE DESCARGA DE
EFLUENTES: RECURSO AGUA.
1. OBJETO
La norma tiene como objetivo la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, en lo
relativo al recurso agua.
La presente norma técnica determina o establece:
a. Los límites permisibles, disposiciones y prohibiciones para las descargas en cuerpos de
aguas o sistemas de alcantarillado;
b. Los criterios de calidad de las aguas para sus distintos usos; y,
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
49
c. Métodos y procedimientos para determinar la presencia de contaminantes en el agua.
4.2 CRITERIOS GENERALES PARA LA DESCARGA DE EFLUENTES
4.2.1 Normas generales para descarga de efluentes, tanto al sistema de alcantarillado, como
a los cuerpos de agua.
4.2.1.1 El regulado deberá mantener un registro de los efluentes generados, indicando el
caudal del efluente, frecuencia de descarga, tratamiento aplicado a los efluentes, análisis de
laboratorio y la disposición de los mismos, identificando el cuerpo receptor. Es mandatorio
que el caudal reportado de los efluentes generados sea respaldado con datos de
producción.
4.2.1.2 En las tablas # 11, 12 y 13 de la presente norma, se establecen los parámetros de
descarga hacia el sistema de alcantarillado y cuerpos de agua (dulce y marina), los valores
de los límites máximos permisibles, corresponden a promedios diarios. La Entidad
Ambiental de Control deberá establecer la normativa complementaria en la cual se
establezca: La frecuencia de monitoreo, el tipo de muestra (simple o compuesta), el
número de muestras a tomar y la interpretación estadística de los resultados que permitan
determinar si el regulado cumple o no con los límites permisibles fijados en la presente
normativa para descargas a sistemas de alcantarillado y cuerpos de agua.
4.2.1.3 Se prohíbe la utilización de cualquier tipo de agua, con el propósito de diluir los
efluentes líquidos no tratados.
4.2.1.6 Las aguas residuales que no cumplan previamente a su descarga, con los
parámetros establecidos de descarga en esta Norma, deberán ser tratadas mediante
tratamiento convencional, sea cual fuere su origen: público o privado. Por lo tanto, los
sistemas de tratamiento deben ser modulares para evitar la falta absoluta de tratamiento de
las aguas residuales en caso de paralización de una de las unidades, por falla o
mantenimiento.
4.2.1.10 Se prohíbe descargar sustancias o desechos peligrosos (líquidos-sólidos-
semisólidos) fuera de los estándares permitidos, hacia el cuerpo receptor, sistema de
alcantarillado y sistema de aguas lluvias.
4.2.1.11 Se prohíbe la descarga de residuos líquidos sin tratar hacia el sistema de
alcantarillado, o hacia un cuerpo de agua, provenientes del lavado y/o mantenimiento de
vehículos aéreos y terrestres, así como el de aplicadores manuales y aéreos, recipientes,
empaques y envases que contengan o hayan contenido agroquímicos u otras sustancias
tóxicas.
5.11.5. ANEXO 2 NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL DEL RECURSO SUELO
Y CRITERIOS DE REMEDIACIÓN PARA SUELOS CONTAMINADOS.
1. OBJETO
La norma tiene como objetivo la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental en lo
relativo al recurso suelo, determina o establece lo siguiente:
a. Normas de aplicación general para suelos de distintos usos.
b. Criterios de calidad de un suelo.
c. Criterios de remediación para suelos contaminados.
d. Normas técnicas para evaluación de la capacidad agrológica del suelo.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
50
4. REQUISITOS
4.1 Normas de Aplicación General
Para la prevención y control de la contaminación del suelo, se establecen los siguientes
criterios:
Prevenir y reducir la generación de residuos sólidos municipales, industriales, comerciales y
de servicios, incorporando técnicas apropiadas y procedimientos para su minimización,
reúso y reciclaje.
Durante las diferentes etapas del manejo de residuos industriales, comerciales y de
servicios se prohíbe:
El depósito o confinamiento de residuos no peligrosos y peligrosos en suelos de
conservación ecológica o áreas naturales protegidas.
4.1.1.1 Sobre las actividades generadoras de desechos sólidos no peligrosos
Toda actividad productiva que genere desechos sólidos no peligrosos, deberá implementar
una política de reciclaje o reúso de los desechos. Si el reciclaje o reúso no es viable, los
desechos deberán ser dispuestos de manera ambientalmente aceptable.
Las industrias y proveedores de servicios deben llevar un registro de los desechos
generados, indicando volumen y sitio de disposición de los mismos. Por ningún motivo se
permite la disposición de desechos en áreas no aprobadas para el efecto por parte de la
entidad ambiental de control.
4.1.1.2 Sobre las actividades que generen desechos peligrosos
Los desechos considerados peligrosos generados en las diversas actividades industriales,
comerciales agrícolas o de servicio, deberán ser devueltos a sus proveedores, quienes se
encargarán de efectuar la disposición final del desecho mediante métodos de eliminación
establecidos en las normas técnicas ambientales y regulaciones expedidas para el efecto.
4.1.1.3 Sobre el manejo, almacenamiento y disposición de residuos peligrosos
El almacenamiento, transporte y disposición de residuos peligrosos, deberán ser manejados
de acuerdo a lo establecido en las normas y regulaciones expedidas para el efecto.
Las personas que generan residuos peligrosos, deben llevar una bitácora mensual sobre la
generación de sus residuos peligrosos, donde se incluirá las características del desecho,
volumen, procedencia y disposición final del mismo.
Se debe transportar los residuos peligrosos en los vehículos que cuenten con todas las
condiciones previstas en las normas técnicas y regulaciones expedidas para el efecto. Las
personas que realicen esta actividad, deben contar con el permiso de la Entidad Ambiental
de Control correspondiente.
Las áreas de almacenamiento deberán reunir como mínimo, a más de las establecidas en la
Norma Técnica Ambiental para el Manejo de Desechos Peligrosos, con las siguientes
condiciones:
Estar separadas de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de
materias primas o productos terminados.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
51
Estar ubicadas en zonas donde se minimicen los riesgos por posibles emisiones, fugas,
incendios, explosiones e inundaciones.
Contar con pasillos lo suficientemente amplios, que permitan el tránsito de montacargas
mecánicos, electrónicos o manuales, así como el movimiento de los grupos de seguridad y
bomberos en casos de emergencia.
Contar con sistemas para la prevención y respuesta a incendios.
4.1.2.3 Las sustancias químicas e hidrocarburos deberán almacenarse, manejarse y
transportarse de manera técnicamente apropiada, tal como lo establece las regulaciones
ambientales del sector hidrocarburífero y la Norma Técnica Ecuatoriana INEN 2266,
referente al Transporte, Almacenamiento y Manejo de Productos Químicos Peligrosos, o la
que la reemplace.
4.1.2.4 Los talleres mecánicos y lubricadoras, y cualquier actividad industrial, comercial o de
servicio que dentro de sus operaciones manejen y utilicen hidrocarburos de petróleo o sus
derivados, deberán realizar sus actividades en áreas pavimentadas e impermeabilizadas y
por ningún motivo deberán verterlos residuos aceitosos o disponer los recipientes, piezas ó
partes que hallan estado en contacto con estas sustancias sobre el suelo. Este tipo de
residuos deberán ser eliminados mediante los métodos establecidos en las Normas
Técnicas y Reglamentos aplicables y vigentes en el país.
Los aceites minerales usados y los hidrocarburos de petróleo desechados serán
considerados sustancias peligrosas: Los productores o comercializadores de aceites
minerales o aceites lubricantes están obligados a recibir los aceites usados, los cuales
obligatoriamente deberán devolverles sus clientes.
4.1.2.5 Los envases vacíos de plaguicidas, aceite mineral, hidrocarburos de petróleo y
sustancias peligrosas en general, no deberán ser dispuestos sobre la superficie del suelo o
con la basura común. Los productores y comercializadores de plaguicidas, aceite mineral,
hidrocarburos de petróleo y sustancias peligrosas en general están obligados a minimizarla
generación de envases vacíos, así como de sus residuos, y son responsables por el manejo
técnico adecuado de éstos, de tal forma que no contaminen el ambiente. Los envases
vacíos de, plaguicidas, aceites usados y sustancias peligrosas serán considerados como
residuos peligrosos y deberán ser eliminados mediante métodos establecidos en las Normas
y Reglamentos expedidos para el efecto. Los productores o comercializadores están
obligados a recibirlos envases que obligatoriamente deberán devolver sus clientes.
4.1.3.1 Los causantes por acción u omisión de contaminación al recurso suelo, a causa de
derrames, vertidos, fugas, almacenamiento o abandono de productos o desechos
peligrosos, infecciosos o hidrocarburíferos, deberán proceder a la remediación de la zona
afectada, considerando para el efecto los criterios de remediación de suelos contaminados
que se encuentran en la presente norma.
4.1.3.5 Cuando por cualquier causa se produzcan derrames, infiltraciones, descargas o
vertidos de residuos o productos peligrosos de forma accidental sobre el suelo, áreas
protegidas o ecológicamente sensibles, se debe dar aviso inmediato de los hechos a la
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
52
Entidad Ambiental de Control; aviso que deberá ser ratificado por escrito dentro de las 48
horas siguientes al día en que ocurran los hechos, para que dicha- dependencia esté en
posibilidad de dictar o en su caso promover ante la Entidad Ambiental, de Control
competente, la aplicación de las medidas de seguridad y de contingencia que procedan.
El aviso por escrito a que se refiere el numeral anterior deberá comprender:
Identificación, domicilio y teléfonos de los propietarios, tenedores, administradores o
encargados de los residuos o productos peligrosos de que se trate;
Localización y características del sitio donde ocurrió el accidente;
Causas que motivaron el derrame, infiltración, descarga o vertido;
Descripción precisa de las características fisicoquímicas y toxicológicas, así como, cantidad
de los residuos o sustancias peligrosas derramadas, infiltrados, descargados o vertidos;
Acciones realizadas para la atención del accidente;
Medidas adoptadas para la limpieza y restauración de la zona afectada;
Se deberá analizarlos posibles riesgos a la salud humana y medio ambiente producto de la
contaminación;
Plan de Remediación y monitoreo a mediano y largo plazo del sitio afectado, de ser el caso.
5.11.6. ANEXO 3 NORMA DE EMISIONES AL AIRE DESDE FUENTES FIJAS
DE COMBUSTIÓN.
La presente norma técnica es dictada bajo el amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del
Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la
Contaminación Ambiental y se somete a las disposiciones de éstos, es de aplicación
obligatoria y rige en todo el territorio nacional.
La presente norma técnica determina o establece:
Los límites permisibles, disposiciones y prohibiciones para emisiones de
contaminantes del aire hacia la atmósfera desde fuentes fijas de combustión.
Los métodos y procedimientos destinados a la determinación de las cantidades
emitidas de contaminantes del aire desde fuentes fijas de combustión.
4.1 De los límites permisibles de emisiones al aire para fuentes fijas de combustión
4.1.1 De las fuentes fijas significativas de emisiones al aire
4.1.1.1 Para la aplicación de la presente norma técnica, se definen fuentes fijas significativas
y fuentes fijas no significativas, de emisiones al aire por proceso de combustión.
4.1.1.2 Serán designadas como fuentes fijas significativas todas aquellas que utilizan
combustibles fósiles sólidos, líquidos, gaseosos, o cualquiera de sus combinaciones, y cuya
potencia calorífica (heat input) sea igual o mayor a tres millones de vatios (3 x 106 W), o,
diez millones de unidades térmicas británicas por hora (10 x 106 BTU/h).
4.1.1.3 Para las fuentes fijas que se determinen como fuentes significativas, éstas deberán
demostrar cumplimiento con los límites máximos permisibles de emisión al aire, definidos en
esta norma técnica, en sus Tablas 1 y 2, según se corresponda. Para esto, la fuente deberá
efectuar mediciones de la tasa actual de emisión de contaminantes. Si los resultados fuesen
superiores a los valores máximos permisibles de emisión, la fuente fija deberá entonces
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
53
establecer los métodos o los equipos de control necesarios para alcanzar cumplimiento con
los valores máximos de emisión estipulados en esta norma.
4.1.1.4 Serán designadas como fuentes fijas no significativas todas aquellas que utilizan
combustibles fósiles sólidos, líquidos, gaseosos, o cualquiera de sus combinaciones, y cuya
potencia calorífica (heat input) sea menor a tres millones de vatios (3 x 106 W), o, diez
millones de unidades térmicas británicas por hora (10 x 106 BTU/h). Estas fuentes fijas de
combustión no estarán obligadas a efectuar mediciones de sus emisiones actuales, y
deberán proceder según se indica en el siguiente artículo.
4.1.1.5 Las fuentes fijas no significativas, aceptadas como tal por parte de la Entidad
Ambiental de Control, demostrarán cumplimiento con la normativa mediante alguno de los
siguientes métodos:
a. El registro interno, y disponible ante la Entidad Ambiental de Control, del seguimiento de
las prácticas de mantenimiento de los equipos de combustión, acordes con los programas
establecidos por el operador o propietario de la fuente, o recomendados por el fabricante del
equipo de combustión;
b. resultados de análisis de características físicas y químicas del combustible utilizado, en
particular del contenido de azufre y nitrógeno en el mismo;
c. la presentación de certificados por parte del fabricante del equipo de combustión en
cuanto a la tasa esperada de emisiones de contaminantes, en base a las características del
combustible utilizado.
d. mediante inspección del nivel de opacidad de los gases de escape de la fuente;
e. mediante el uso de altura de chimenea recomendada por las prácticas de ingeniería;
f. otros que se llegaren a establecer.
4.1.1.6 Para la verificación de cumplimiento por parte de una fuente fija no significativa con
alguno de los métodos descritos, el operador u propietario de la fuente deberá mantener los
debidos registros o certificados, a fin de reportar a la Entidad Ambiental de Control con una
frecuencia de una vez por año.
4.1.1.7 No obstante de lo anterior, las fuentes fijas no significativas podrán ser requeridas,
por parte de la Entidad Ambiental de Control, de efectuar evaluaciones adicionales de sus
emisiones, en el caso de que estas emisiones excedan o comprometan las concentraciones
máximas permitidas, a nivel del suelo, de contaminantes del aire. Estas últimas
concentraciones de contaminantes en el aire ambiente se encuentran definidas en la norma
correspondiente a calidad de aire.
4.1.1.8 Las fuentes fijas no significativas deberán someter, a consideración de la Entidad
Ambiental de Control, los planos y especificaciones técnicas de sus sistemas de
combustión, esto como parte de los procedimientos normales de permiso de funcionamiento.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
54
5.11.7. ANEXO 4 NORMA DE CALIDAD DEL AIRE AMBIENTE O NIVEL DE
INMISIÓN. ACUERDO MINISTERIAL NO. 50, PUBLICADO EN
REGISTRO OFICIAL 464 DE 7 DE JUNIO DEL 2011.
La presente norma técnica es dictada bajo el amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del
Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la
Contaminación Ambiental y se somete a las disposiciones de éstos, es de aplicación
obligatoria y rige en todo el territorio nacional.
La presente norma técnica establece:
Los objetivos de calidad del aire ambiente.
Los límites permisibles de los contaminantes, criterio y contaminantes no
convencionales del aire ambiente.
Los métodos y procedimientos para la determinación de los contaminantes en el aire
ambiente.
1. OBJETO
La presente norma tiene como objeto principal el preservar la salud de las personas, la
calidad del aire ambiente, el bienestar de los ecosistemas y del ambiente en general. Para
cumplir con este objetivo, esta norma establece los límites máximos permisibles de
contaminantes en el aire ambiente a nivel de suelo. La norma también provee los métodos y
procedimientos destinados a la determinación de las concentraciones de contaminantes en
el aire ambiente.
4.1.2 Normas generales para concentraciones de contaminantes criterio en el aire ambiente.
4.1.2.1 Para los contaminantes criterio del aire, definidos en 4.1.1.1, se establecen las
siguientes concentraciones máximas permitidas. La Autoridad Ambiental Nacional
establecerá la frecuencia de revisión de los valores descritos en la presente norma de
calidad de aire ambiente. La Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable acreditada
ante el Sistema Único de Manejo Ambiental utilizará los valores de concentraciones
máximas de contaminantes del aire ambiente aquí definidos, para fines de elaborar su
respectiva ordenanza o norma sectorial. La Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable
acreditada ante el Sistema Único de Manejo Ambiental podrá establecer normas de calidad
de aire ambiente de mayor exigencia que los valores descritos en esta norma nacional, esto
si los resultados de las evaluaciones de calidad de aire que efectúe dicha autoridad
indicaren esta necesidad.
Partículas sedimentables.- La máxima concentración de una muestra, colectada durante 30
(treinta) días de forma continua, será de un miligramo por centímetro cuadrado (1 mg/cm2 x
30 d).
Material particulado menor a 10 micrones (PM10).- El promedio aritmético de la
concentración de PM10 de todas las muestras en un año no deberá exceder de cincuenta
microgramos por metro cúbico (50 ug/m3).
El promedio aritmético de monitoreo continuo durante 24 horas, no deberá exceder de cien
microgramos por metro cúbico (100 ug/m3).
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
55
Se considera sobrepasada la norma de calidad del aire para material particulado PM10
cuando el percentil 98 de las concentraciones de 24 horas registradas durante un periodo
anual en cualquier estación monitora sea mayor o igual a (100 ug/m3).
Material particulado menor a 2,5 micrones (PM2,5).- El promedio aritmético de la
concentración de PM2,5 de todas las muestras en un año no deberá exceder de quince
microgramos por metro cúbico (15 ug/m3).
El promedio aritmético de monitoreo continuo durante 24 horas, no deberá exceder de
cincuenta microgramos por metro cúbico (50 ug/m3).
Se considera sobrepasada la norma de calidad del aire para material particulado PM2.5
cuando el percentil 98 de las concentraciones de 24 horas registradas durante un período
anual en cualquier estación monitora sea mayor o igual a (50 ug/m3)
5.11.8. ANEXO 5 LÍMITES PERMISIBLES DE NIVELES DE RUIDO AMBIENTE
PARA FUENTES FIJAS Y FUENTES MÓVILES, Y PARA
VIBRACIONES.
1. OBJETO
La presente norma tiene como objetivo el preservar la salud y bienestar de las personas, y
del ambiente en general, mediante el establecimiento de niveles máximos permisibles de
ruido. La norma establece además los métodos y procedimientos destinados a la
determinación de los niveles de ruido en el ambiente, así como disposiciones generales en
lo referente a la prevención y control de ruidos.
Se establecen también los niveles de ruido máximo permisibles para vehículos automotores
y de los métodos de medición de estos niveles de ruido. Finalmente, se proveen de valores
para la evaluación de vibraciones en edificaciones.
4. REQUISITOS
4.1 Límites máximos permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas, Niveles
máximos permisibles de ruido
4.1.1 Niveles máximos permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas
4.1.1.1 Los niveles de presión sonora equivalente, NPSeq, expresados en decibeles, en
ponderación con escala A, que se obtengan de la emisión de una fuente fija emisora de
ruido, no podrán exceder los valores que se fijan en la siguiente tabla.
TABLA N° 2
TABLA Nº 1 DEL LIBRO VI, ANEXO 5
Tabla N º 1 Niveles Máximos de Ruido Permisibles según Uso del Suelo
TIPO DE ZONA SEGÚN USO DE SUELO
NIVEL DE PRESIÓN SONORA EQUIVALENTE NPS eq [dB(A)]
DE 06H00 A 20H00 DE 20H00 A 06H00
Zona hospitalaria y educativa 45 35
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
56
Tabla N º 1 Niveles Máximos de Ruido Permisibles según Uso del Suelo
TIPO DE ZONA SEGÚN USO DE SUELO
NIVEL DE PRESIÓN SONORA EQUIVALENTE NPS eq [dB(A)]
DE 06H00 A 20H00 DE 20H00 A 06H00
Zona Residencial 50 40
Zona Residencial mixta 55 45
Zona Comercial 60 50
Zona Comercial mixta 65 55
Zona Industrial 70 65
Fuente: Anexo 5 Límites Permisibles de Niveles de Ruido Ambiente para Fuentes Fijas y
Fuentes Móviles, y para Vibraciones.
4.1.1.2 Los métodos de medición del nivel de presión sonora equivalente, ocasionado por
una fuente fija, y de los métodos de reporte de resultados, serán aquellos fijados en esta
norma.
4.1.1.3 Para fines de verificación de los niveles de presión sonora equivalente estipulados
en la Tabla 1, emitidos desde la fuente de emisión de ruidos objeto de evaluación, las
mediciones se realizarán, sea en la posición física en que se localicen los receptores
externos a la fuente evaluada, o, en el límite de propiedad donde se encuentra ubicada la
fuente de emisión de ruidos.
5.11.9. ANEXO 6 NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL PARA EL MANEJO Y
DISPOSICIÓN FINAL DE DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS.
1. OBJETO
La norma tiene como objetivo la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, en lo
relativo al recurso aire, agua y suelo.
El objetivo principal de la presente norma es salvaguardar, conservar y preservar la
integridad de las personas, de los ecosistemas y sus interrelaciones y del ambiente en
general.
Las acciones tendientes al manejo y disposición final de los desechos sólidos no peligrosos
deberán realizarse en los términos de la presente Norma Técnica.
4. DESARROLLO
4.1 De las responsabilidades en el manejo de los desechos sólidos
4.1.10 Los municipios determinarán el área de influencia inmediata de toda actividad que
genere desechos, siendo los generadores los responsables de mantener limpias dichas
áreas.
Corresponde al generador efectuar la limpieza de las aceras, bordillos, incluyendo la cuneta
formada entre la vereda y la calle, de sus viviendas o negocios, siendo responsables por
omisión ante el municipio de la ciudad:
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
57
a) Los propietarios y/o arrendatarios o administradores de los edificios, comercios,
industrias, etc.
b) Los propietarios de negocios, cuando se trate de comercios o tiendas situadas en la
planta baja.
4.1.11 Los productos del barrido y limpieza de la vía pública por parte de los ciudadanos, en
ningún caso deberán ser abandonados en la calle, sino que deberán almacenarse en
recipientes apropiados y entregarse al servicio de recolección domiciliaria de desechos
sólidos.
4.1.22 Las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o manipulen
desechos peligrosos deben obligatoriamente realizar la separación en la fuente de los
desechos sólidos normales de los peligrosos, evitando de esta manera una contaminación
cruzada en la disposición final de los desechos.
4.1.23 Las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o manipulen
desechos peligrosos deben obligatoriamente facilitar toda la información requerida a los
municipios, sobre el origen, naturaleza, composición, características, cantidades, forma de
evacuación, sistema de tratamiento y destino final de los desechos sólidos. Así también
brindarán las facilidades necesarias al personal autorizado de los municipios, para que
puedan realizar inspecciones, labores de vigilancia y control.
4.2 De las prohibiciones en el manejo de desechos sólidos
4.2.1. Se prohíbe limpiar en la vía pública o espacios públicos, vehículos livianos, de
transporte pesado, hormigoneras, buses y otros, siendo responsables de esta disposición el
propietario del vehículo y el conductor, estando ambos obligados a limpiar la parte del
espacio público afectado y a reparar los daños causados.
4.2.2. Se prohíbe arrojar o depositar desechos sólidos fuera de los contenedores de
almacenamiento.
4.2.3 Se prohíbe la localización de contenedores de almacenamiento de desechos sólidos
en áreas públicas. Sin embargo la entidad de aseo podrá permitir su localización en tales
áreas, cuando las necesidades del servicio lo hagan conveniente, o cuando un evento o
situación específica lo exija.
4.2.5 Se prohíbe la quema de desechos sólidos en los contenedores de almacenamiento de
desechos sólidos.
4.2.6 Se prohíbe quemar desechos sólidos a cielo abierto.
4.2.18 Se prohíbe mezclar desechos sólidos peligrosos con desechos sólidos no
peligrosos.
4.2.21 Se prohíbe la disposición de desechos industriales peligrosos provenientes de
plantas de tratamiento o de los desechos sólidos generados del proceso de producción, en
rellenos sanitarios para desechos sólidos no peligrosos.
4.1.22 Las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o manipulen
desechos peligrosos deben obligatoriamente realizar la separación en la fuente de los
desechos sólidos normales de los peligrosos, evitando de esta manera una contaminación
cruzada en la disposición final de los desechos.
4.1.23 Las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o manipulen
desechos peligrosos deben obligatoriamente facilitar toda la información requerida a los
municipios, sobre el origen, naturaleza, composición, características, cantidades, forma de
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
58
evacuación, sistema de tratamiento y destino final de los desechos sólidos. Así también
brindarán las facilidades necesarias al personal autorizado de los municipios, para que
puedan realizar inspecciones, labores de vigilancia y control.
4.1.24 El aseo de los alrededores de contenedores de almacenamiento de uso privado, será
responsabilidad de los usuarios.
4.4 Normas generales para el almacenamiento de desechos sólidos no peligrosos
4.4.2 Los recipientes para almacenamiento de desechos sólidos en el servicio ordinario
deben ser de tal forma que se evite el contacto de éstos con el medio y los recipientes
podrán ser retornables o no retornables. En ningún caso se autoriza el uso de cajas,
saquillos, recipientes o fundas plásticas no homologadas y envolturas de papel.
4.4.3 Cuando se trate de contenedores de desechos sólido de propiedad pública, la entidad
de aseo procederá a su mantenimiento y reposición, pudiendo imputar el costo
correspondiente a los ciudadanos que causen perjuicios a los mismos.
4.4.4 Los recipientes retornables para almacenamiento de desechos sólidos en el servicio
ordinario deben contar con las siguientes características:
a) Peso y construcción que faciliten el manejo durante la recolección.
b) Los recipientes para desechos sólidos de servicio ordinario deberán ser de color
opaco preferentemente negro.
c) Construidos en material impermeable, de fácil limpieza, con protección al moho y a la
corrosión, como plástico, caucho o metal.
d) Dotados de tapa con buen ajuste, que no dificulte el proceso de vaciado durante la
recolección.
e) Construidos en forma tal que estando cerrados o tapados no permitan la entrada de
agua, insectos o roedores, ni el escape de líquidos por sus paredes o por el fondo.
f) Bordes redondeados y de mayor área en la parte superior, de forma que facilite la
manipulación y el vaciado.
g) Capacidad de acuerdo a lo que establezca la entidad de aseo.
Los recipientes retornables para almacenamiento de desechos sólidos en el servicio
ordinario, deberán ser lavados por el usuario con una frecuencia tal que sean presentados
en condiciones sanitarias inobjetables.
4.4.6 Cuando se utilicen fundas de material plástico o de características similares como
recipientes no retornables, el usuario deberá presentarlas cerradas con nudo o sistema de
amarre fijo.
4.4.10 El espacio y los contenedores destinados al almacenamiento de los desechos sólidos
deben mantenerse en perfectas condiciones de higiene y limpieza. Las características de la
construcción y las normas que deberán cumplir estos espacios serán fijadas por las
municipalidades en coordinación con la empresa prestadora del servicio de recolección de
desechos sólidos.
4.4.19 El almacenamiento de los desechos sólidos especiales se hará siempre mediante el
uso de elementos apropiados que brinden las seguridades necesarias a fin de evitar
derrames o vertidos hacia el exterior, y deberán estar bajo los lineamientos técnicos que
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
59
establezca en cada caso la entidad de aseo. En caso de producirse tales vertidos los
responsables están obligados a limpiar el espacio público afectado.
4.4.21 Los desechos sólidos provenientes del barrido de interiores de edificaciones deberán
ser almacenados junto con los desechos sólidos originados en los mismos.
5.11.10. ACUERDO MINISTERIAL Nº 028. SUSTITUYESE EL LIBRO VI DEL
TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA. R.O. Nº 270
QUITO, 13 DE FEBRERO DEL 2015.
TÍTULO III DEL SISTEMA ÚNICO
DE MANEJO AMBIENTAL
CAPÍTULO I RÉGIMEN
INSTITUCIONAL
Art. 6 Obligaciones Generales.- Toda obra, actividad o proyecto nuevo y toda ampliación o
modificación de los mismos que pueda causar impacto ambiental, deberá someterse al
Sistema Único de Manejo Ambiental, de acuerdo con lo que establece la legislación
aplicable, este Libro y la normativa administrativa y técnica expedida para el efecto.
Toda acción relacionada a la gestión ambiental deberá planificarse y ejecutarse sobre la
base de los principios de sustentabilidad, equidad, participación social, representatividad
validada, coordinación, precaución, prevención, mitigación y remediación de impactos
negativos, corresponsabilidad, solidaridad, cooperación, minimización de desechos,
reutilización, reciclaje y aprovechamiento de residuos, conservación de recursos en general,
uso de tecnologías limpias, tecnologías alternativas ambientalmente responsables, buenas
prácticas ambientales y respeto a las culturas y prácticas tradicionales y posesiones
ancestrales. Igualmente deberán considerarse los impactos ambientales de cualquier
producto, industrializados o no, durante su ciclo de vida.
CAPÍTULO VI
GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS
NO PELIGROSOS, Y DESECHOS PELIGROSOS'
Y/O ESPECIALES
Art. 53 Políticas generales de la gestión integral de los residuos sólidos no peligrosos,
desechos peligrosos y/o especiales.- Se establecen como políticas generales para la
gestión integral de estos residuos y/o desechos y son de obligatorio cumplimiento tanto para
las instituciones del Estado, en sus distintos niveles de gobierno, como para las personas
naturales o jurídicas públicas o privadas, comunitarias o mixtas, nacionales o extranjeras,
las siguientes:
a) Manejo integral de residuos y/o desechos;
b) Responsabilidad extendida del productor y/o importador;
c) Minimización de generación de residuos y/o desechos;
d) Minimización de riesgos sanitarios y ambientales;
e) Fortalecimiento de la educación ambiental, la participación ciudadana y una mayor
conciencia en relación con el manejo de los residuos y/o desechos;
f) Fomento al desarrollo del aprovechamiento y valorización de los residuos y/o desechos,
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
60
considerándolos un bien económico, mediante el establecimiento de herramientas de
aplicación como el principio de jerarquización:
1. Prevención
2. Minimización de la generación en la fuente
3. Clasificación
4. Aprovechamiento y/o valorización, incluye el reúso y reciclaje
5. Tratamiento y
6. Disposición Final.
Art. 55 Normas técnicas nacionales para la gestión integral de residuos sólidos no
peligrosos, desechos peligrosos y/o especiales.- La Autoridad Ambiental Nacional, en el
ámbito de sus competencias, establecerá las normas y parámetros técnicos para la gestión
integral de residuos sólidos no peligrosos, desechos peligrosos y/o especiales, desde la
generación, hasta la disposición final, para mantener los estándares que permitan la
preservación del ambiente, la gestión adecuada de la actividad, el control y sanción de ser
del caso.
SECCIÓN I GESTIÓN
INTEGRAL DE RESIDUOS Y/O DESECHOS
SOLIDOS NO PELIGROSOS
Art. 59 De la gestión integral de residuos y/o desechos sólidos no peligrosos. La
gestión integral constituye el conjunto de acciones y disposiciones regulatorias, operativas,
económicas, financieras, administrativas, educativas, de planificación, monitoreo y
evaluación, que tienen la finalidad de dar a los residuos sólidos no peligrosos el destino más
adecuado desde el punto de vista técnico, ambiental y socio-económico, de acuerdo con sus
características, volumen, procedencia, costos de tratamiento, posibilidades de recuperación
y aprovechamiento, comercialización o finalmente su disposición final. Está dirigida a la
implementación de las fases de manejo de los residuos sólidos que son la minimización de
su generación, separación en la fuente, almacenamiento, recolección, transporte, acopio y/o
transferencia, tratamiento, aprovechamiento y disposición final.
Una gestión apropiada de residuos contribuye a la disminución de los impactos ambientales
asociados a cada una de las etapas de manejo de éstos.
PARÁGRAFO III DEL
ALMACENAMIENTO TEMPORAL
Art. 67 Del almacenamiento temporal urbano.- Se establecen los parámetros para el
almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos ya clasificados, sin perjuicio de
otros que establezca la Autoridad Ambiental Nacional, de acuerdo a lo siguiente:
a) Los residuos sólidos no peligrosos se deberán disponer temporalmente en recipientes o
contenedores cerrados (con tapa), identificados, clasificados, en orden y de ser posible con
una funda plástica en su interior.
b) Los contenedores para el almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos
deberán cumplir como mínimo con: estar cubiertos y adecuadamente ubicados, capacidad
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
61
adecuado acorde con el volumen generado, construidos con materiales resistentes y tener
identificación de acurdo al tipo de residuo.
c) El almacenamiento temporal de los residuos no peligrosos se lo realizará bajo las
condiciones establecidas en la norma técnica del INEN.
PARÁGRAFO VIII DE LA
DISPOSICIÓN FINAL
Art. 79 De la disposición final.- Es la acción de depósito permanente de los residuos
sólidos no peligrosos en rellenos sanitarios u otra alternativa técnica aprobada por la
Autoridad Ambiental Nacional; éstos deberán cumplir con condiciones técnicas de diseño de
construcción y operación.
La selección del sitio para la disposición final, se lo realizará en base a un estudio técnico de
alternativas que deberá ser aprobado por parte de la Autoridad Ambiental, en concordancia
con la normativa emitida para el efecto.
Los rellenos sanitarios u otra alternativa técnica como disposición final, deberán cumplir lo
establecido en la norma técnica emitida por la Autoridad Ambiental Nacional, de tal manera
que se minimicen el impacto ambiental y los riesgos a la salud.
Los Gobiernos Autónomos Descentralizados podrán proponer tecnologías apropiadas para
disposición final de residuos y/o desechos sólidos, para así reducir el volumen de la
disposición final de los mismos, enmarcadas en lo establecido en la normativa ambiental
nacional.
Los sistemas de eliminación y disposición final serán aprobados por la Autoridad Ambiental
Nacional.
Art. 80 Del plan de gestión integral de residuos sólidos no peligrosos.- Los Gobiernos
Autónomos Descentralizados Municipales deberán elaborar y mantener actualizado un Plan
para la gestión integral de los residuos sólidos no peligrosos en el ámbito local, enmarcado
en lo que establece la normativa ambiental nacional emitida para la Gestión Integral de los
residuos. El Plan deberá ser enviado a la Autoridad Ambiental Nacional, para su aprobación,
control y seguimiento.
La aprobación del Plan para la gestión integral de los residuos sólidos no peligrosos en el
ámbito local no exime la responsabilidad de regularización ambiental establecida en este
Libro.
PARÁGRAFO IV
DEL AIRE Y DE LAS EMISIONES
A LA ATMÓSFERA
Art. 224 De la calidad del aire.- Corresponde a características del aire ambiente como el
tipo de sustancias que lo componen, la concentración de las mismas y el período en el que
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
62
se presentan en un lugar y tiempo determinado; estas características deben garantizar el
equilibrio ecológico, la salud y el bienestar de la población.
Art. 225 Calidad del aire ambiente.- La Autoridad Ambiental Nacional expedirá la norma
técnica de control de calidad del aire ambiente o nivel de inmisión, mediante la figura legal
correspondiente que será de cumplimiento obligatorio.
De ser necesario la Autoridad Ambiental Nacional podrá disponer la evaluación y control de
la calidad del aire ambiente mediante indicadores biológicos para lo cual, establecerá las
normas técnicas y lineamientos respectivos.
CAPÍTULO X CONTROL Y
SEGUIMIENTO AMBIENTAL
Art. 252 Del ámbito de aplicación.- La Autoridad Ambiental Competente ejecutará el
seguimiento y control sobre todas las actividades de los Sujetos de Control, sean estas
personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que generen o
puedan generar impactos ambientales y sea que tengan la correspondiente autorización
administrativa ambiental o no.
El seguimiento ambiental se efectuará a las actividades no regularizadas o regularizadas por
medio de mecanismos de control y seguimiento, a los planes de manejo ambiental
aprobados durante el proceso de licenciamiento y al cumplimiento de la Normativa
Ambiental aplicable.
El seguimiento ambiental a las actividades no regularizadas da inicio al procedimiento
sancionatorio, sin perjuicio de las obligaciones de regularización por parte de los Sujetos de
Control y de las acciones civiles o penales que correspondan.
Art. 253 Del objeto.- El control y seguimiento ambiental de una obra, actividad o proyecto
tiene por objeto asegurar el cumplimiento de la normativa ambiental y de las obligaciones
ambientales contenidas en las autorizaciones ambientales correspondientes, asimismo
apuntala el monitoreo de la evolución de los impactos ambientales y la efectividad de las
medidas de prevención y mitigación de impactos para fortalecer la aplicación de la
evaluación de impacto ambiental y de las medidas de prevención, restauración y
compensación en el tiempo. De dichas actividades se desprenden los procedimientos
administrativos sancionatorios previstos en este Libro.
MECANISMOS DE CONTROL Y
SEGUIMIENTO AMBIENTAL
Art. 254 De los mecanismos.- El control y seguimiento ambiental puede efectuarse, entre
otros, por medio de los siguientes mecanismos:
a) Monitoreos
b) Muestreos
c) Inspecciones
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
63
d) Auditorías Ambientales
e) Informes Ambientales de Cumplimiento
f) Vigilancia ciudadana
g) Mecanismos establecidos en los Reglamentos de actividades específicas
h) Otros que la Autoridad Ambiental Competente disponga
Los estudios ambientales que se desprenden de los mecanismos de control y seguimiento
establecidos en el presente Libro, deberán ser remitidos a la Autoridad Ambiental
Competente para su respectiva revisión y pronunciamiento.
Art. 256 Monitoreo y Plan de Manejo Ambiental.- El Plan de Manejo Ambiental incluirá
entre otros un Plan de Monitoreo Ambiental que ejecutará el regulado, el plan establecerá
los aspectos ambientales, impactos y parámetros a ser monitoreados, la periodicidad de los
monitoreos, y la frecuencia con que debe reportar los resultados a la Autoridad Ambiental
Competente.
El Plan de Manejo Ambiental y sus actualizaciones aprobadas tendrán el mismo efecto
jurídico que las normas técnicas dictadas bajo el amparo del presente Libro.
DE LAS AUDITORÍAS AMBIENTALES
Art. 268 Auditoría Ambiental.- Es una herramienta de gestión que abarca conjuntos de
métodos y procedimientos de carácter fiscalizador, que son usados por la Autoridad
Ambiental Competente para evaluar el desempeño ambiental de un proyecto, obra o
actividad.
Art. 269 Clases de Auditoría.- Se clasificarán en:
a) Auditorías ambientales a los Sujetos de Control, serán elaboradas por un consultor
calificado y en base a los respectivos términos de referencia correspondientes al tipo de
auditoría. Las auditorías no podrán ser ejecutadas por las mismas empresas consultoras
que realizaron los estudios ambientales para la regularización de la actividad auditada.
b) Auditorías de Gestión de la Autoridad Ambiental Nacional a las Autoridades Ambientales
de Aplicación responsable, donde una no conformidad se entiende como incumplimiento o
deficiencia del sistema auditado con respecto a los requerimientos mínimos establecidos en
este Libro y en la respectiva normativa ambiental aplicable. Las auditorías de gestión a las
Autoridades Ambientales de Aplicación responsable son ejecutadas por la Autoridad
Ambiental Nacional y no requieren de términos de referencia.
AUDITORÍA AMBIENTAL A LOS SUJETOS DE CONTROL
Art. 270 Definición.- Es la determinación del estado actual del área donde se ejecuta un
proyecto, obra o actividad y donde se evalúa el cumplimiento a la normativa ambiental
aplicable y/o al sistema de gestión, en base a los términos de referencia definidos
previamente.
Art. 271 Objetivos.- Entre los principales objetivos de las auditorías se especifican los
siguientes:
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
64
a) Determinar si las actividades auditadas cumplen con los requisitos operacionales
ambientales vigentes, incluyendo una evaluación de la tecnología aplicada;
b) Determinar los riesgos, impactos y daños ambientales que las actividades auditadas
representan o han generado en el medio ambiente, la comunidad local y el personal
involucrado en la operación; y,
c) Verificar el cumplimiento del Plan de Manejo y de los Planes de Monitoreo Ambiental, así
como de la legislación ambiental vigente.
Art. 273 De la Auditoría Ambiental de Cumplimiento.- Para evaluar el cumplimiento de los
Planes de Manejo Ambiental y de las normativas ambientales vigentes, así como la
incidencia de los impactos ambientales para categoría III y IV, el Sujeto de Control deberá
presentar una Auditoría Ambiental de Cumplimiento. El alcance y los contenidos de la
auditoría se establecen en los términos de referencia correspondientes. El costo de la
auditoría será asumido por el Sujeto de Control y la empresa consultora deberá estar
calificada ante la Autoridad competente.
Las Auditorías Ambientales incluirán además de lo establecido en el inciso anterior, la
actualización del Plan de Manejo Ambiental, los Planes de Acción y la evaluación del avance
y cumplimiento de los Programas de Reparación Ambiental Integral si fuera el caso, lo cual
será verificado por la Autoridad Ambiental Competente.
Art. 274 Periodicidad de la auditoría ambiental de cumplimiento.- Sin perjuicio de que la
Autoridad Ambiental Competente pueda disponer que se realice una auditoría ambiental de
cumplimiento en cualquier momento en función del nivel de riesgo de la actividad, una vez
cumplido el año de otorgada la autorización administrativa ambiental a las actividades de
categoría III y IV, se deberá presentar el primer informe de auditoría ambiental de
cumplimento; en lo posterior, el Sujeto de Control, deberá presentar los informes de las
auditorías ambientales de cumplimiento cada dos (2) años contados a partir de la
presentación de la primera auditoría ambiental. En el caso de actividades reguladas por
cuerpos normativos sectoriales, el regulado presentará la auditoría ambiental en los plazos
establecidos en dichas normas.
Art. 276 De la revisión de auditorías ambientales de cumplimiento.- La Autoridad
Ambiental Competente una vez que analice la documentación e información remitida por el
Sujeto de Control, deberá aprobar, observar o rechazar el informe de auditoría en un término
máximo de treinta (30) días. En caso de que existan observaciones al informe de auditoría,
estas deberán ser notificadas al promotor, quien deberá absolverlas en el término máximo
de treinta (30) días contados a partir de la fecha de notificación.
La Autoridad Ambiental Competente revisará las respuestas a las observaciones en un
término máximo de veinte (20) días; en caso de que estas sean absueltas, procederá a
aprobar el informe de auditoría. En caso de que las observaciones no sean absueltas, la
Autoridad Ambiental Competente, notificará al proponente, para que en el término máximo
de veinte (20) días remita las respectivas respuestas.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
65
La Autoridad Ambiental Competente en el término máximo de quince (15) días emitirá el
pronunciamiento respectivo, sin perjuicio del inicio del procedimiento administrativo de ser el
caso.
Se rechazará el informe de auditoría en el caso de inconsistencias metodológicas técnicas o
legales que deslegitimen los resultados del mismo y que no se puedan corregir.
La Autoridad Ambiental podrá realizar inspecciones y toma de muestras para verificar los
resultados del informe de auditoría ambiental, la correcta identificación y determinación de
los hallazgos y la coherencia del plan de acción establecido.
En caso de aprobación de auditorías ambientales, el Sujeto de Control deberá obligarse a la
aplicación de las medidas ambientales que se encuentran incluidas en el cronograma de
implementación del Plan de Manejo Ambiental modificado, con la correspondiente
actualización de la garantía o póliza de fiel cumplimiento al Plan de Manejo Ambiental
respectiva de ser el caso.
Previamente a la aprobación de las auditorías ambientales de cumplimiento, los Sujetos de
Control deberán cancelar los valores por servicios administrativos para aprobación del
informe de auditoría así como para el control y seguimiento del periodo siguiente a ser
auditado.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- La Autoridad Ambiental Nacional mediante Acuerdo Ministerial expedirá las
Normas Técnicas e Instructivos que sean necesarios para la aplicación del Libro VI del
Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
SEGUNDA.- Las licencias ambientales otorgadas por la Autoridad Ambiental Competente,
hasta antes de la publicación del presente Cuerpo Legal en el Registro Oficial, tendrán la
misma validez que las licencias ambientales emitidas mediante el actual proceso de
regularización ambiental.
Los proyectos, obras o actividades que han obtenido y mantienen vigente una licencia
ambiental, realizarán el control y seguimiento ambiental conforme a lo establecido en este
Libro, a partir de su publicación en el Registro Oficial.
ANEXO 1 DEL LIBRO VI DEL TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA
DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE: NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL Y DE
DESCARGA DE EFLUENTES AL RECURSO AGUA NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL
Y DE DESCARGA DE EFLUENTES: RECURSO AGUA
INTRODUCCIÓN
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
66
La presente norma técnica ambiental revisada y actualizada es dictada bajo el amparo de la
Ley de Gestión Ambiental y del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la
Prevención y Control de la Contaminación Ambiental y se somete a las disposiciones de
éstos, es de aplicación obligatoria y rige en todo el territorio nacional.
La presente norma técnica determina o establece:
1. Los principios básicos y enfoque general para el control de la contaminación del agua;
2. Las definiciones de términos importantes y competencias de los diferentes actores
establecidas en la ley;
3. Los criterios de calidad de las aguas para sus distintos usos;
4. Los límites permisibles, disposiciones y prohibiciones para las descargas en cuerpos de
aguas o sistemas de alcantarillado;
5. Permisos de descarga;
6. Los parámetros de monitoreo de las descargas a cuerpos de agua y sistemas, de
alcantarillado de actividades industriales o productivas, de servicios públicas o privadas;
7. Métodos y procedimientos para determinar parámetros físicos, químicos y biológicos con
potencial riesgo de contaminación del agua.
1. OBJETO.- La norma tiene como objeto la Prevención y Control de la Contaminación
Ambiental, en lo relativo al recurso agua.
El objetivo principal de la presente norma es proteger la calidad del recurso agua para
salvaguardar y preservar los usos asignados, la integridad de las personas, de los
ecosistemas y sus interrelaciones y del ambiente en general.
Las acciones tendientes a preservar, conservar o recuperar la calidad del recurso agua
deberán realizarse en los términos de la presente Norma.
5.1.1 Criterios de calidad para aguas de consumo humano y uso doméstico
5.1.1.1 Se entiende por agua para consumo humano y uso doméstico aquella que es
obtenida de cuerpos de agua, superficiales o subterráneas, y que luego de ser tratada será
empleada por individuos o comunidades en actividades como:
a) Bebida y preparación de alimentos para consumo humano,
b) Satisfacción de necesidades domésticas, individuales o colectivas, tales como higiene
personal y limpieza de elementos, materiales o utensilios,
5.1.1.2 Esta Norma aplica a la selección de aguas captadas para consumo humano y uso
doméstico, que únicamente requieran de tratamiento convencional, para lo cual se deberán
cumplir con los criterios indicados en la TABLA 1.
5.1.1.3 Las aguas captadas para consumo humano y uso doméstico, que únicamente
requieran de desinfección, deberán cumplir con los requisitos que se mencionan a en la
TABLA 2.
5.1.1.4 De ser necesario para alcanzar los límites establecidos en la Norma INEN para agua
potable se puede emplear tratamiento no convencional.
Tabla 1.- Criterios de calidad de fuentes de agua que para consumo humano y doméstico requieren tratamiento
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
67
Parámetro expresado como unidad Criterios de
calidad
Aceites y grasas Sustancias
solubles en hexano mg/l 0,3
Aluminio total Al mg/l 0,2
Amonio NH4* mg/l 0,5
Arsénico As mg/l 0,1
Coliformes Fecales NMP NMP/100ml 2000
Coliformes totales NMP NMP/100ml 20000
Bario Ba mg/l 1,0
Cadmio Cd mg/l 0,003
Cianuro CN” mg/l 0,1
Cinc Zn mg/l 5,0
Cobre Cu mg/l 2,0
Color Color real
Unidades
de platino-
cobalto
75,0
Compuestos fenólicos Fenol mg/l 0,001
Cromo hexavalente Cr+6 mg/l 0,05
Fluoruro F” mg/l 1,5
Demanda química de oxigeno DQO mg/l <4
Demanda bioquímica de
oxigeno (5 días) DBO5 mg/l <2
Hierro total Fe mg/l 1,0
Bifenilos policlorados Concentración de
PCBs totales ug/l 0,0005
Mercurio Hg mg/l 0,006
Nitratos NO3 mg/l 50,0
Nitritos NO2 mg/l 0,2
Potencial Hidrógeno PH Unidades
de pH 6-9
Plata Ag mg/l 0,05
Plomo Pb mg/l 0,01
Selenio Se mg/l 0,01
Sulfatos SO4”2 mg/l 250,0
Tensoactivos Sustancias activas
al azul de metileno mg/l 0,5
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
68
Parámetro expresado como unidad Criterios de
calidad
Hidrocarburos totales de
petróleo TPH mg/l
Turbiedad
Unidades
nefelométricas de
turbiedad
UNT 100,0
Nota: Podrán usarse aguas con turbiedades y coliformes fecales ocasionales superiores a los indicados en esta Tabla, siempre y cuando las características de las aguas tratadas sean entregadas de acuerdo con la Norma INEN correspondiente
Tabla 2.- Criterios de Calidad de Fuentes de Agua para consumo humano y doméstico y que para su potabilización solo requieren desinfección
Tabla Nº 2 Criterios de Calidad de Fuentes de Agua para consumo humano y doméstico y que para su potabilización solo requieren desinfección
Parámetro expresado como unidad Criterios de
calidad
Aceites y grasas Sustancias
solubles en hexano mg/l 0,3
Aluminio total Al mg/l 0,1
Amonio NH4+ mg/l 0,5
Arsénico As mg/l 0,01
Coliformes Fecales NMP NMP/100ml 20
Coliformes totales NMP NMP/100ml 200
Bario Ba mg/l 0,7
Cadmio Cd mg/l 0,003
Cianuro CN- mg/l 0,07
Cinc Zn mg/l 5,0
Cobre Cu mg/l 2
Color Color real Unidades
de Pt-Co 15
Compuestos fenólicos Fenol mg/l 0,001
Cromo Cr46 mg/l 0,05
Demanda Química de
Oxígeno DQO mg/l <4
Demanda bioquímica de
oxigeno (5 días) DBO5 mg/l <2
Bifenilos Ponderados Concentración de
PCBs Totales ug/l 0,0005
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
69
Tabla Nº 2 Criterios de Calidad de Fuentes de Agua para consumo humano y doméstico y que para su potabilización solo requieren desinfección
Parámetro expresado como unidad Criterios de
calidad
Hierro total Fe mg/l 0,3
Mercurio Hg mg/l 0,006
Nitratos NO3 mg/l 50
Nitritos NO2 mg/l 0,2
Olor y sabor No Objetable
Potencial Hidrógeno pH Unidades
de pH 6-9
Plata Ag mg/l 0,05
Plomo Pb mg/l 0,01
Selenio Se mg/l 0,01
Sulfatos SO4”2 mg/l 250
Tensoactivos Sustancias activas
al azul de metileno mg/l 0,5
Hidrocarburos totales de
petróleo TPH mg/l 0,05
Turbiedad UNT 5
Nota; Podrán usarse aguas con turbiedades y coliformes fecales ocasionales superiores a los indicados en esta Tabla, siempre y cuando las características de las aguas tratadas sean entregadas de acuerdo con la Norma INEN correspondiente. 5.2 Criterios generales para la descarga de efluentes
5.2.1 Principios básicos para descarga de efluentes
5.2.1.1 Los laboratorios que realicen los análisis de muestras agua de efluentes o cuerpos
receptores deberán estar acreditados por la SAE.
5.2.1.2 De acuerdo con su caracterización toda descarga puntual al sistema de
alcantarillado y toda descarga puntual o no puntual a un cuerpo receptor, deberá cumplir con
las disposiciones de esta Norma. La Autoridad Ambiental Nacional establece en la TABLA
12 la guía técnica de los parámetros mínimos de descarga a analizarse o monitorearse, que
deberá cumplir todo sujeto de control.
ANEXO 2 DEL LIBRO VI DEL TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE: NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL DEL RECURSO SUELO Y CRITERIOS DE REMEDlACIÓN PARA SUELOS CONTAMINADOS NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL DEL RECURSO SUELO Y CRITERIOS DE REMEDlACIÓN PARA SUELOS CONTAMINADOS
1. OBJETIVO GENERAL
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
70
La presente norma tiene como objetivo principal preservar la salud de las personas y velar
por la calidad ambiental del recurso suelo a fin de salvaguardar las funciones naturales en
los ecosistemas, frente a actividades antrópicas con potencial para modificar su calidad,
resultantes de los diversos usos del recurso.
4.1. Normas de Aplicación General
La presente norma se aplica para los siguientes usos del suelo: agrícola, pecuario, forestal,
urbano, minero, recreativo, de conservación, industrial y comercial.
Para la prevención y control de la contaminación del suelo, se establecen los siguientes
criterios:
Prevenir y reducir la generación de residuos sólidos municipales, industriales, comerciales y
de servicios, incorporando técnicas apropiadas y procedimientos para su minimización,
reúso y reciclaje.
Utilizar sistemas de agricultura que no degraden, contaminen o desequilibren el ecosistema
del área geográfica en que se desenvuelven; esto incluye el uso racional y técnico de
plaguicidas, fertilizantes y sustancias tóxicas.
En aquellos suelos que presenten contaminación, deberán llevarse a cabo las acciones
necesarias para recuperarlos, restaurarlos o restablecer las condiciones iniciales existentes
anteriormente a la ejecución de un determinado proyecto.
Durante las diferentes etapas del manejo de desechos industriales, comerciales y de
servicios, la Autoridad Ambiental de Control vigilará:
La no existencia de depósito o almacenamiento de desechos peligrosos y especiales en
suelos de conservación ecológica o áreas naturales protegidas.
El depósito o almacenamiento de residuos no peligrosos en suelos de conservación
ecológica o áreas naturales protegidas.
El depósito o almacenamiento de desechos industriales, comerciales y de servicios
de carácter peligroso en el suelo, este último podrá ser ejecutado siempre y cuando
la parte interesada presente los estudios técnicos que demuestren la viabilidad
ambiental y obtenga el correspondiente permiso emitido por la Autoridad Ambiental
de Control.
ANEXO 4 NORMA DE CALIDAD DEL AIRE AMBIENTE O NIVEL DE INMISIÓN. Acuerdo
Ministerial No. 50, publicado en Registro Oficial 464 del 7 de Junio del 2011.
La presente norma técnica es dictada bajo el amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del
Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la
Contaminación Ambiental y se somete a las disposiciones de éstos, es de aplicación
obligatoria y rige en todo el territorio nacional.
La presente norma técnica establece:
Los objetivos de calidad del aire ambiente.
Los límites permisibles de los contaminantes, criterio y contaminantes no
convencionales del aire ambiente.
Los métodos y procedimientos para la determinación de los contaminantes en el aire
ambiente.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
71
1 OBJETO
La presente norma tiene como objeto principal el preservar la salud de las personas, la
calidad del aire ambiente, el bienestar de los ecosistemas y del ambiente en general. Para
cumplir con este objetivo, esta norma establece los límites máximos permisibles de
contaminantes en el aire ambiente a nivel de suelo. La norma también provee los métodos y
procedimientos destinados a la determinación de las concentraciones de contaminantes en
el aire ambiente.
4.1.2 Normas generales para concentraciones de contaminantes criterio en el aire ambiente.
Material particulado menor a 10 micrones (PM10).- El promedio aritmético de la
concentración de PM10 de todas las muestras en un año no deberá exceder de cincuenta
microgramos por metro cúbico (50 ug/m3).
El promedio aritmético de monitoreo continuo durante 24 horas, no deberá exceder de cien
microgramos por metro cúbico (100 ug/m3).
Se considera sobrepasada la norma de calidad del aire para material particulado PM10
cuando el percentil 98 de las concentraciones de 24 horas registradas durante un periodo
anual en cualquier estación monitora sea mayor o igual a (100 ug/m3).
Material particulado menor a 2,5 micrones (PM2,5).- El promedio aritmético de la
concentración de PM2,5 de todas las muestras en un año no deberá exceder de quince
microgramos por metro cúbico (15 ug/m3).
El promedio aritmético de monitoreo continuo durante 24 horas, no deberá exceder de cincuenta microgramos por metro cúbico (50 ug/m3). Se considera sobrepasada la norma de calidad del aire para material particulado PM2.5 cuando el percentil 98 de las concentraciones de 24 horas registradas durante un período anual en cualquier estación monitora sea mayor o igual a (50 ug/m3).
ANEXO 5 DEL LIBRO VI DEL TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE LÍMITES PERMISIBLES DE NIVELES DE RUIDO AMBIENTE PARA FUENTES FIJAS Y FUENTES MÓVILES, Y PARA VIBRACIONES
INTRODUCCIÓN
La presente norma técnica es dictada bajo el amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del
Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la
Contaminación Ambiental y se somete a las disposiciones de éstos, es de aplicación
obligatoria y rige en todo el territorio nacional.
La presente norma técnica determina o establece:
• Los niveles máximos de emisión de ruido emitido al medio ambiente por fuentes fijas de
ruido (FFR).
• Los niveles máximos de emisión de ruido emitido al medio ambiente por fuentes móviles de
ruido (FMR).
• Los métodos y procedimientos destinados a la determinación del cumplimiento de los
niveles máximos de emisión de ruido para FFR y FMR.
2.2 Fuentes
2.2.1 Fuente Emisora de Ruido (FER)
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
72
Toda actividad, operación o proceso que genere o pueda generar emisiones de ruido al
ambiente, incluyendo ruido proveniente de seres vivos.
2.2.2 Fuente Fija de Ruido (FFR)
Para esta norma, la fuente fija de ruido se considera a una fuente emisora de ruido o a un
conjunto de fuentes emisoras de ruido situadas dentro de los límites físicos y legales de un
predio ubicado en un lugar fijo o determinado. Ejemplo de estas fuentes son: metal
mecánicas, lavaderos de carros, fabricas, terminales de buses, discotecas, etc.
2.2.3 Fuente Móvil de Ruido (FMR)
Para efectos de la presente norma, se entiende como fuentes móviles de ruido a todo
vehículo motorizado que pueda emitir ruido al medio ambiente. Si una FMR se encontrase
dentro de los límites de una FFR será considerada como una FER perteneciente a esta
última.
4 NIVELES MAXÍMOS DE EMISIÓN DE RUIDO PARA FFR Y FMR
4.1 Niveles máximos de emisión de ruido para FFR
4.1.1 El nivel de presión sonora continua equivalente corregido, LKeq en decibeles, obtenido
de la evaluación de ruido emitido por una FFR, no podrá exceder los niveles que se fijan en
la Tabla 1, de acuerdo al uso del suelo en que se encuentre.
Tabla 3.- Niveles Máximos de emisión de Ruido (LKeq) para fuentes fijas de ruido
Tabla N º 1 Niveles Máximos de emisión de Ruido (LKeq) para fuentes fijas de
ruido
USO DE SUELO
LKeq (dB)
Periodo Diurno 07:01 hasta 21:00
horas
Período Nocturno 21:01 hasta 07:00
horas
Residencial (RI) 55 45
Equipamiento de Servicios Sociales (EQ1)
55 45
Equipo de Servicios Públicos (EQ2)
60 50
Comercial (CM) 60 50
Agrícola Residencial (AR) 65 45
Industrial (ID 1/ID2) 65 55
Industrial (ID3/ID4) 70 65
Uso Múltiple
Cuando existan usos de suelo múltiples o combinados se utilizara el LKeq más bajo de cualquiera de los usos de suelo que componen la combinación. Ejemplo: Uso de suelo: Residencial + ID2 LKeq para este caso = Diurno 55 dB y Nocturno 45 dB
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
73
Tabla N º 1 Niveles Máximos de emisión de Ruido (LKeq) para fuentes fijas de
ruido
USO DE SUELO
LKeq (dB)
Periodo Diurno 07:01 hasta 21:00
horas
Período Nocturno 21:01 hasta 07:00
horas
Protección Ecológica (PE) Recursos Naturales (RN)
La determinación del LKeq para estos casos se lo llevara a cabo de acuerdo al
procedimiento descrito en el Anexo 4
4.2 Niveles máximos de emisión de ruido para FM
4.2.1 El nivel máximo de emisión de ruido emitido por FMR, expresado en dB(A) no podrá
exceder los niveles que se fijan en la Tabla 2.
4.2.2 El control de los niveles de ruido permitidos para los automotores se realizará en los
centros de revisión y control vehicular de los GAD Municipales y en la vía pública.
Tabla 4.- NIVELES MÁXIMOS DE EMISIÓN PARA FUENTES MÓVILES DE RUIDO
Tabla 2: NIVELES MÁXIMOS DE EMISIÓN PARA FUENTES MÓVILES DE RUIDO
Categoría de Vehículo Descripción NPS Máximo (dBA)
Motocicletas
De hasta 200 ce 80
Entre 200 y 500 ce 85
Mayores a 500 cc 86
Vehículos
Transporte de personas, nueve
asientos, incluido el conductor 80
Transporte de personas, nueve
asientos, incluido el conductor, y peso
no mayor a 3,5 toneladas
81
Vehículos
Transporte de personas, nueve
asientos, incluido el conductor, y peso
mayor a 3,5 toneladas.
82
Transporte de personas, nueve
asientos, incluido el conductor, peso
mayor a 3,5 toneladas, y potencia de
motor mayor a 200 HP.
85
Vehículos de carga
Peso máximo hasta 3,5 toneladas 81
Peso máximo de 3,5 toneladas hasta 12 toneladas
86
Peso máximo mayor a 12 toneladas 88
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
74
NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL PARA EL MANEJO Y DISPOSICIÓN FINAL DE
DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS. TULSMA. LIBRO VI. ANEXO 6.
1. OBJETO
La norma tiene como objetivo la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, en lo
relativo al recurso aire, agua y suelo.
El objetivo principal de la presente norma es salvaguardar, conservar y preservar la
integridad de las personas, de los ecosistemas y sus interrelaciones y del ambiente en
general.
Las acciones tendientes al manejo y disposición final de los desechos sólidos no peligrosos
deberán realizarse en los términos de la presente Norma Técnica.
4.1.3. Los propietarios de las obras tienen la responsabilidad de almacenar las tierras y
escombros de manera adecuada y por un tiempo limitado debiendo señalizar de forma
adecuada el área utilizada para prevenir cualquier tipo de accidente, evitando de esta
manera causar problemas a los peatones o impedir la libre circulación de los vehículos. El
propietario de las obras será el responsable por la acumulación de desechos sólidos que se
ocasionare en la vía pública, estando obligado a dejar limpio el espacio afectado.
La entidad de aseo establecerá un período de tiempo máximo permitido a fin de que el titular
de la obra retire la tierra y escombros, disposición que deberá ser acatada o en caso
contrario, la entidad de aseo podrá retirar estos materiales, cobrando al infractor los costos
que demande este servicio, con los recargos correspondientes.
La entidad de aseo podrá limpiar la vía afectada o retirar los materiales vertidos a los cuales
se hace referencia, siendo imputados a los responsables los costos por los servicios
prestados, con los recargos que fueren pertinentes.
Los propietarios, empresarios y promotores de las obras y trabajos serán responsables
solidarios en el transporte de las tierras y escombros.
La responsabilidad sobre el destino final de las tierras y escombros, termina en el momento
en que estos materiales son recibidos y descargados en los lugares autorizados para el
efecto por la entidad de aseo.
4. DESARROLLO
4.1 De las responsabilidades en el manejo de los desechos sólidos
4.1.22 Las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o manipulen
desechos peligrosos deben obligatoriamente realizar la separación en la fuente de los
desechos sólidos normales de los peligrosos, evitando de esta manera una contaminación
cruzada en la disposición final de los desechos.
4.1.24 El aseo de los alrededores de contenedores de almacenamiento de uso privado, será
responsabilidad de los usuarios.
4.2 De las prohibiciones en el manejo de desechos sólidos
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
75
4.2.1. Se prohíbe limpiar en la vía pública o espacios públicos, vehículos livianos, de
transporte pesado, hormigoneras, buses y otros, siendo responsables de esta disposición el
propietario del vehículo y el conductor, estando ambos obligados a limpiar la parte del
espacio público afectado y a reparar los daños causados.
4.2.2. Se prohíbe arrojar o depositar desechos sólidos fuera de los contenedores de
almacenamiento.
4.2.3 Se prohíbe la localización de contenedores de almacenamiento de desechos sólidos
en áreas públicas. Sin embargo la entidad de aseo podrá permitir su localización en tales
áreas, cuando las necesidades del servicio lo hagan conveniente, o cuando un evento o
situación específica lo exija.
4.2.5 Se prohíbe la quema de desechos sólidos en los contenedores de almacenamiento de
desechos sólidos.
5.12. ORDENANZA QUE PONE EN VIGENCIA Y APLICACIÓN EL SUBSISTEMA DE
EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES DEL GOBIERNO PROVINCIAL
DEL GUAYAS. R.O. NO. 62 DEL 18 DE AGOSTO DEL 2010
Artículo 1.- ALCANCE DE LA ORDENANZA.
Mediante este instrumento se establecen y regulan las etapas, requisitos y procedimientos
del Subsistema de Evaluación de Impacto Ambiental (ElA) por parte del Gobierno Provincial
del Guayas, dentro de su jurisdicción con sujeción a los elementos v requisitos definidos por
la Ley de Gestión Ambiental, el Reglamento del Sistema Único de Manejo Ambiental
(SUMA) previsto en el Título 1. Libro V, del Texto Unificado de legislación Secundaria del
Ministerio del Ambiente (TULSMA) y otras normas que tengan que ver con materia
ambiental.
TITULO III
DE LA LICENCIA AMBIENTAL
Artículo 13.- OBLIGATORIEDAD DE LA LICENCIA AMBIENTAL.
Para aquellas actividades que vienen funcionando sin Licencia Ambiental, deberán
someterse al proceso de licenciamiento ambiental, para el efecto, deberán solicitar, en un
término de 90 días después de publicada esta ordenanza, la Categorización Ambiental
determinada en. El Subsistema de Evaluación de Impactos Ambientales de la Provincia del
Guayas, sin perjuicio de las sanciones aplicables de conformidad con la legislación vigente.
En el caso de provectos o actividades, que cuenten con una Licencia Ambiental otorgada
por el Ministerio del Ambiente del Ecuador (MAE), deben presentar una copia notariada de
la Licencia Ambiental y su respectivo Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo
Ambiental a la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas a través de la Dirección
Coordinadora de Medio Ambiente y Agua, en un término de 90 días, después de publicada
esta ordenanza para electos de establecer una base de promotores dentro de la provincia
de Guayas.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
76
TITULO VII
DE LAS AUDITORIAS AMBIENTALES DE
CUMPLIMIENTO
Artículo 32.- OBLIGATORIEDAD.
Aquellos proyectos o actividades Categorizados Ambientalmente como I y II se someterá al
proceso de Auditoría Ambiental de cumplimiento (AAc) del Plan de Manejo Ambiental a
partir del primer año de ser emitida su licencia ambiental, y en lo posterior, esta AAc se
realizará cada dos años, dando cumplimiento al contenido en los Artículos 60 y 61 de
acuerdo al Libro VI, del TULSMA.
La Auditoría Ambiental cumplimiento (AAe) no podrá ser realizada por el Consultor
Ambiental que elaboró el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA).
La Auditoría de Cierre deberá presentarse previo a la culminación de sus actividades.
Las Auditorías Ambientales de cumplimiento podrán tener aclaraciones más no alcances.
Artículo 33.- EXCEPCIONES.
En el caso de presentarse denuncias ambientales por contaminación, debidamente
sustentadas, por parte de personas naturales o jurídicas, generadas por proyectos o
actividades, que cuenten con una Licencia Ambiental, la Autoridad Ambiental Provincial del
Guayas a través de la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y Agua podrá disponer,
en cualquier momento, las respectivas inspecciones ambientales del caso y con las mismas
podrá levantar las respectivas observaciones y no conformidades que resulten de dichas
inspecciones: esto en concordancia con el Art. 36 de la presente ordenanza.
TITULO VIII DE LAS TASAS
Artículo 37.- DE LA TASA PARA LOS SERVICIOS DE GESTIÓN Y CALIDAD
AMBIENTAL.
El cobro por concepto de tasas por servicios de gestión y calidad ambiental serán
establecidas de acuerdo a los valores indicados en la Ordenanza que será expedida para el
efecto por el Gobierno Provincial del Guayas.
Artículo 38.- PASOS PARA EL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL.
1.- Para Categoría I.- Pasos para la tramitación de la Licencia Ambiental se muestran dentro
del Flujograma del Anexo 2.
2.- Para Categoría II.- Pasos para la tramitación de la Licencia Ambiental se muestran
dentro del Flujograma del Anexo 3.
3.- Para Categoría III.- Pasos para la tramitación del Certificado de Viabilidad Ambiental se
muestran dentro del Flujograma del Anexo 4.
4.- Para Auditorías Ambientales de Cumplimiento.- Pasos para la renovación de la licencia
ambiental se muestran dentro del Flujograma del Anexo 5.
Artículo 39.- DEL COSTO TOTAL DEL PROYECTO.
Para determinar el costo total del proyecto o actividad el promotor, deberá presentar copia
notariada del Costo del Proyecto declarado en el Municipio en el cual se circunscribe la
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
77
misma, o una declaración juramentada del costo declarado en el Servicio de Rentas Internas
(SRI), o un certificado entregado por la entidad financiera del proyecto o actividad.
Articulo 40.- DE LA GARANTÍA BANCARIA Y PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL O
COBERTURA DE RIESGO AMBIENTAL.
La Garantía Bancaria para el Fiel Cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental, debe ser
tramitada en una institución financiera para asegurar la ejecución de las Medidas
Ambientales contempladas en el EsIA, esta garantía bancaria deberá ser renovada
anualmente para garantizar el cumplimiento de los planes de acción propuestos en el
Estudio de Impacto Ambiental aprobado por la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas.
Articulo 41.- TASAS DE INSCRIPCIÓN DE ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL,
FICHAS AMBIENTALES V LICENCIAS AMBIENTALES.
El promotor debe realizar el pago del 2% (por ciento) del costo del Estudio de Impacto
Ambiental por concepto de inscripción de la resolución de aprobación del EsIA emitido por el
Gobierno Provincial del Guayas en el Registro Nacional de Pichas y Licencias Ambientales
del MAR, así determinado en el Artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 122 del 28 de enero
del 2005.
Así mismo el promotor debe realizar el pago del 0.2 % o (por mil) del monto del proyecto o
actividad por concepto de inscripción aquellas Licencias Ambientales otorgadas por el
Gobierno Provincial del Guayas en su calidad de Autoridad Ambiental de Aplicación
responsable (AAAr), en el Registro Nacional de Fichas y Licencias Ambientales del MAL así
determinado en el Artículo 2, del Acuerdo Ministerial No. 122 del 28 de enero del 2005.
5.13. ORDENANZA QUE REGULA LA OBLIGACIÓN DE REALIZAR ESTUDIOS
AMBIENTALES A LAS OBRAS CIVILES, Y A LOS ESTABLECIMIENTOS
INDUSTRIALES, COMERCIALES Y OTROS SERVICIOS, UBICADOS DENTRO
DEL CANTÓN DURÁN. R. O. NO. 100 - MARTES, 10 DE JUNIO DEL 2003.
Capítulo Primero
De las Obligaciones y Cumplimientos
Art. 1.- Las direcciones de Urbanismo y Medio Ambiente deberán mantener en forma
permanente y obligatoria un catastro actualizado de todo el cantón, de obras civiles y
proyectos de desarrollo por una parte; y establecimientos industriales, comerciales y de
otros servicios, por otra, con el objetivo de que puedan ser considerados dentro del
Programa de prevención y control de la contaminación ambiental que ejecuta la Ilustre
Municipalidad de Durán.
Art. 2.- La Dirección de Medio Ambiente tiene la potestad de efectuar inspecciones con
personal técnico calificado a las obras civiles, a los establecimientos industriales,
comerciales y de otros servicios por pequeños que éstos sean, o solicitar la realización y
presentación de un estudio ambiental, cuando considere que la actividad que se realiza,
esté ocasionando impactos ambientales negativos o existiere la posibilidad que ocurran; o,
en los casos que por denuncia previamente verificada de la ciudadanía, se informe de la
existencia de impactos ambientales negativos.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
78
Art. 3.- DEFINICION DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES.- Son estudios técnicos que
proporcionan antecedentes para la predicción e identificación de los impactos ambientales,
así como el planteamiento de las medidas para prevenir, controlar, mitigar y compensar las
alteraciones ambientales significativas que generen efectos nocivos y peligrosos para la
salud humana o deterioren el medio ambiente y los recursos naturales.
De acuerdo al momento en que se haga la evaluación, es decir, previo o durante la
ejecución del proyecto o actividad, los documentos técnicos denominados estudios
ambientales se clasifican en: estudios de impacto ambiental, auditorías ambientales y
diagnósticos ambientales.
Art. 4.- DE LA APLICACION DE LOS ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTALES.- Los
proyectos de construcciones industriales, comerciales o de otros servicios, así como las
ampliaciones de instalaciones preexistentes, deberán presentar en la Dirección de Medio
Ambiente del Municipio de Durán, previo a la obtención del Registro de Construcción
Municipal que confiere la, Dirección de Planeamiento Urbano, el estudio de impacto
ambiental para su aprobación
5.14. ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA QUE REGULA EL
MANEJO INTEGRAL DE LOS DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS
GENERADOS EN EL CANTÓN DURÁN
Artículo 1.- Objeto.- La presente Ordenanza tiene como objeto establecer las normas y
disposiciones básicas que sobre el manejo de los desechos sólidos no peligrosos, deberán
sujetarse las personas naturales o jurídicas, nacionales y extranjeras, públicas o privadas,
así como regular las funciones técnicas y administrativas que le corresponde cumplir al
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Durán (GADMC-Durán), de
acuerdo a la competencia establecida en el Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización (COOTAD).
Artículo 7.- Deberes y obligaciones del usuario.
7.1 Conocer e informarse de los horarios y frecuencias de recolección de desechos sólidos
no peligrosos establecidos por la Municipalidad.
7.2 Mantener limpias las aceras y bordillos correspondientes a las viviendas, locales
comerciales e industriales, edificios terminados o en construcción, urbanizaciones, vías
privadas, lotes y jardines; los desechos sólidos producto del barrido deberán ser recogidos y
no depositados en las cunetas, y deberán ser presentados para su recolección según las
frecuencias y horarios establecidos para su sector.
7.4 Es obligación de los usuarios residenciales y no residenciales sean estas personas
naturales o jurídicas, propietarios o administradores, que en las edificaciones, tales como:
Multifamiliares, Centros Educacionales, Confesionales, Institucionales de Salud, entre otros,
que se consideran grandes productores de desechos sólidos no peligrosos, disponer de un
sitio de almacenamiento para la colocación de los contenedores de desechos sólidos no
peligrosos, en el número necesario de éstos, capaces de recibir la cantidad de desechos
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
79
generados entre una recolección y la siguiente, por la población que atiende, cuyas
características se describen en el Artículo 16.
7.6 Del Usuario No Residencial.
Es obligación que los generadores, sean estos personas naturales o jurídicas cuando los
desechos que generen sean de gran volumen y poca densidad, tales como cartones,
espumas, plásticos, pallets o cualquier otro tipo de desechos de características similares,
para su disposición en los contenedores destinados para tal efecto deberán ejecutar un
tratamiento previo para disminuir su volumen sean estos procedimientos con equipo de
compactación y/o trituración de los mismos, dependiendo del tipo de desechos producidos, y
de contar con la aprobación municipal autorizados y controlados a través del DAC.
Artículo 11.- Recolección de desechos sólidos peligrosos de carácter industrial.
La recolección de los desechos sólidos peligrosos generados en los procesos productivos
de la industria, desechos que presenten características de corrosividad, toxicidad,
venenosas, reactivas, explosivas, inflamables, biológicas, infecciosas, irritantes, de
patogenicidad, carcinogénicas, no son materia de la presente Ordenanza; la recolección y
disposición de estos desechos sólidos se hará según las normas vigentes.
Artículo 12.- Obligación de almacenar y presentar.
El almacenamiento y presentación de los desechos sólidos no peligrosos son obligaciones
del usuario. Se sujetarán a las normas que a continuación se presentan y las que
establezcan el DAC, cuyo incumplimiento generará la aplicación de sanciones en los
términos del Título IV de la presente Ordenanza.
Artículo 13.- Presentación de desechos sólidos para recolección
Los desechos sólidos no peligrosos que se dispongan para la recolección deberán estar
presentados y almacenados de forma tal que se evite su contacto con el medio ambiente y
las personas encargadas de la recolección. Los desechos sólidos deberán colocarse en los
sitios de recolección con anterioridad a la hora de recolección establecida para el sector del
usuario.
Las fundas plásticas a utilizar para colocar los desechos deberán almacenar un peso no
mayor a 15 kilogramos, su espesor mínimo será de 20 micras y su resistencia será tal que
no puedan romperse y provocar derrames por el uso normal, debiendo ser de características
impermeables presentándolas debidamente anudadas.
Para el caso en que se genere como desechos sólidos, llantas de vehículos o maquinarias,
queda expresamente prohibido disponerlas en la vía pública para la recolección de las
mismas, excepto que éstas hayan sido trozadas en fracciones de 10cmx10cm como
máximo.
Queda expresamente prohibido el vertido de desechos líquidos de cualquier índole en los
recipientes destinados para el almacenamiento de desechos sólidos no peligrosos, tales
como fundas, tachos, contenedores y demás unidades de presentación y almacenamiento
temporal de desechos, so pena de las sanciones estipuladas en esta Ordenanza.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
80
El generador que a criterio del DAC produzca desechos sólidos no peligrosos que ocupen
grandes volúmenes y que por su densidad tengan bajo peso tienen la obligación de
implementar dentro de su plan de manejo de desechos sólidos el sistema de compactación y
embalaje de los mismos aprobado por el DAC para el adecuado manejo de los desechos
sólidos.
Artículo 14.- Características de los recipientes retornables para almacenamiento de
desechos sólidos.
Los recipientes retornables utilizados por los usuarios del servicio de aseo para el
almacenamiento y presentación de los desechos sólidos deberán estar construidos de tal
forma que faciliten la recolección y reduzcan el impacto sobre el medio ambiente y la salud
pública.
Los recipientes retornables para almacenamiento de basuras en el servicio ordinario,
deberán ser retirados inmediatamente después que se haya realizado el proceso de
recolección.
Los recipientes retornables para almacenamiento de basuras en el servicio ordinario,
deberán ser lavados por el usuario con una frecuencia tal que sean presentados en
condiciones sanitarias adecuadas.
Se prohíbe el uso de tanques metálicos de 55 galones debido al peso y la maniobrabilidad;
en lugar de estos se utilizarán recipientes plásticos de gran resistencia con ruedas y con
tapas.
La capacidad permitida de almacenamiento utilizado por los usuarios del recipiente plástico
con ruedas y con tapas es de 130 litros y el contenido no debe exceder los 25 kg.
Los usuarios en general acorde con su producción interna de desechos podrán utilizar este
tipo de recipiente retornable para el almacenamiento temporal de desechos sólidos no
peligrosos.
Para efecto de grandes productores de desechos sólidos no peligrosos, cuyas edificaciones
no permiten el acceso de los recolectores a los sitios internos de acopio, el generador
transportará los mismos en contenedor o contenedores con ruedas, de acuerdo a su
producción, desde el centro de acopio interno hasta la vereda. La capacidad del contenedor,
la cantidad y características técnicas serán establecidas por el DAC.
Los desechos sólidos dentro de él o los contenedores deberán estar en fundas
impermeables debidamente anudadas con las características citadas en esta Ordenanza,
para que los operarios del sistema de recolección tengan las facilidades para el trasbordo de
los desechos a los recolectores.
Artículo 15.- Características de los recipientes desechables.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
81
Los recipientes desechables, tales como fundas plásticas debidamente anudadas, utilizados
para almacenamiento de basuras se sujetarán a las normas establecidas en esta
Ordenanza.
Artículo 22.- Infracciones.
A efectos de la presente ordenanza, se establecen las siguientes causales de infracción.
A) Infracciones consideradas leves.
1) Tener sucia y descuidada la acera y hasta el bordillo del frente correspondiente a su
domicilio, solar, negocio, comercio, institución, empresa o industria.
2) Arrojar a la vía pública todo tipo de desechos sólidos, tales como colillas, gomas de
mascar, cascaras, restos de frutas y alimentos, papeles, envases plásticos o de vidrio o
cualquier otro desperdicio similar, así como cualquier conducta que pueda ir en detrimento
del aseo público. Si esto ocurriere, el responsable está obligado a la limpieza inmediata, sin
perjuicio de las sanciones que pudieran derivarse.
3) Manipular o seleccionar para efectos de reciclaje los desechos sólidos dispuestos en la
vía pública o cualquier otro sitio no autorizado por la Municipalidad.
4) La quema de desechos sólidos no peligrosos en la vía pública, patios o jardines.
5) Arrojar desechos sólidos no peligrosos en la vía pública desde vehículos públicos y
privados.
a) En el caso de un vehículo particular la responsabilidad de la infracción es del conductor o
del propietario del vehículo.
b) En el caso de un vehículo de transporte masivo la responsabilidad de la infracción es del
pasajero, de ser identificado, de lo contrario será el propietario del vehículo, quien tiene
7) Arrojar los desechos sólidos no peligrosos en la acera sin utilizar fundas impermeables, o
utilizar recipientes que no estén de acuerdo a lo establecido en esta Ordenanza.
11) Utilizar recipientes que no cumplan con las características y especificaciones técnicas
establecidas en esta Ordenanza
5.15. DECRETO EJECUTIVO 1040. REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LOS
MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL ESTABLECIDOS EN LA LEY DE
GESTIÓN AMBIENTAL R.O Nº332 – MAYO, 2008.
Título II
Ámbito del reglamento
Art. 2.- Ámbito: El presente reglamento regula la aplicación de los artículos 28 y 29 de la
Ley de Gestión Ambiental, en consecuencia, sus disposiciones serán los parámetros
básicos que deban acatar todas las instituciones del Estado que integren el Sistema
Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, sus delegatarios y concesionarios.
Art. 4.- Fines: Este reglamento tiene como principales fines los siguientes:
a) Precisar los mecanismos determinados en la Ley de Gestión Ambiental a ser utilizados en
los procedimientos de participación social;
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
82
b) Permitir a la autoridad pública conocer los criterios de la comunidad en relación a una
actividad o proyecto que genere impacto ambiental;
c) Contar con los criterios de la comunidad, como base de la gobernabilidad y desarrollo de
la gestión ambiental; y,
d) Transparentar las actuaciones y actividades que puedan afectar al ambiente, asegurando
a la comunidad el acceso a la información disponible
Título III
De la Participación Social
Art. 9.- Alcance de la Participación Social: La participación social es un elemento
transversal y trascendental de la gestión ambiental. En consecuencia, se integrará
principalmente durante las fases de toda actividad o proyecto propuesto, especialmente las
relacionadas con la revisión y evaluación de impacto ambiental.
La participación social en la gestión ambiental tiene como finalidad considerar e incorporar
los criterios y las observaciones de la ciudadanía, especialmente la población directamente
afectada de una obra o proyecto, sobre las variables ambientales relevantes de los estudios
de impacto ambiental y planes de manejo ambiental, siempre y cuando sea técnica y
económicamente viable, para que las actividades o proyectos que puedan causar impactos
ambientales se desarrollen de manera adecuada, minimizando y/o compensando estos
impactos a fin de mejorar la condiciones ambientales para la realización de la actividad o
proyecto propuesto en todas sus fases.
La participación social en la gestión ambiental se rige por los principios de legitimidad y
representatividad y se define como un esfuerzo tripartito entre los siguientes actores:
a) Las instituciones del Estado;
b) La ciudadanía; y,
c) El promotor interesado en realizar una actividad o proyecto.
La información a proporcionarse a la comunidad del área de influencia en función de las
características socio-culturales deberá responder a criterios tales como: lenguaje sencillo y
didáctico, información completa y veraz, en lengua nativa, de ser el caso; y procurará un alto
nivel de participación.
Art. 10.- Momento de la Participación Social: La participación social se efectuará de
manera obligatoria para la autoridad ambiental de aplicación responsable, en coordinación
con el promotor de la actividad o proyecto, de manera previa a la aprobación del estudio de
impacto ambiental.
Art. 11.- Sin perjuicio de las disposiciones previstas en este reglamento, las instituciones del
Estado del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, dentro del ámbito de
sus competencias, pueden incorporar particularidades a los mecanismos de participación
social para la gestión ambiental, con el objeto de permitir su aplicabilidad.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
83
5.16. ACUERDO MINISTERIAL 066. INSTRUCTIVO AL REGLAMENTO DE
APLICACIÓN DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
ESTABLECIDO EN EL DECRETO EJECUTIVO NO. 1040, PUBLICADO EN EL
REGISTRO OFICIAL NO. 332 DEL 08 DE MAYO DEL 2008.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA.- Aquellos proyectos en ejecución que no hayan iniciado el Proceso de
Participación Social (PPS) a la firma del presente Acuerdo Ministerial, deberán sujetarse a lo
establecido en el presente Instructivo.
SEGUNDA.- Los Procesos de Participación Social que hayan iniciado antes del presente
Acuerdo Ministerial se acogerá a lo dispuesto al procedimiento anterior hasta su
culminación.
TERCERA.- La inclusión de nuevas actividades en Licencias existentes, reevaluaciones,
alcances, modificaciones sustanciales del proyecto, Auditorías Ambientales de
Cumplimiento, siempre y cuando sean base para obtener la Licencia Ambiental, deberán
sujetarse a lo establecido en el presente Instructivo.
5.17. ACUERDO MINISTERIAL 026: PROCEDIMIENTOS PARA REGISTRO DE
GENERADORES DE DESECHOS PELIGROSOS, GESTIÓN DE DESECHOS
PELIGROSOS PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL, Y PARA EL
TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS. R.O. 334 – MAYO 12, 2008
Art. 1.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que genere desechos peligrosos
deberá registrarse en el Ministerio del Ambiente, de acuerdo al procedimiento de registro de
generadores de desechos peligrosos determinado en el Anexo A.
5.18. NTE INEN 2266:2013 TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y MANEJO DE
MATERIALES PELIGROSOS. REQUISITOS.
1. OBJETO
1.1 Esta norma establece los requisitos que se deben cumplir para el transporte,
almacenamiento y manejo de materiales peligrosos.
2. ALCANCE
2.2 Esta norma se aplica a las actividades de producción, comercialización, transporte,
almacenamiento y manejo de materiales peligrosos.
6. REQUISITOS
6.1 Requisitos específicos
6.1.1 Personal
6.1.1.1 El manejo de materiales peligrosos debe hacerse cumpliendo lo dispuesto en las
Leyes y Reglamentos nacionales vigentes y convenios internacionales suscritos por el país.
6.1.1.2 Todas las personas naturales o jurídicas que almacenen, manejen y transporten
materiales peligrosos, deben garantizar que cuando se necesite cargar o descargar la
totalidad o parte de su contenido, el transportista y el usuario deben instalar señalización o
vallas reflectivas de alta intensidad o grado diamante con la identificación del material
peligroso, que aíslen la operación, con todas las medidas de seguridad necesarias.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
84
6.1.1.3 Toda empresa que maneje materiales peligrosos debe contar con procedimientos e
instrucciones operativas formales que le permitan manejar en forma segura dichos
materiales a lo largo del proceso:
a) Embalaje. Rotulado y etiquetado.
b) Producción
c) Carga
d) Descarga
e) Almacenamiento
f) Manipulación
g) Disposición adecuada de residuos
h) Descontaminación y limpieza
6.1.1.4 Quienes manejen materiales peligrosos deben garantizar que todo el personal que
esté vinculado con la operación cumpla con los siguientes requisitos:
6.1.1.5 Contar con los equipos de seguridad adecuados y en buen estado, de acuerdo a lo
establecido en la Hoja de Seguridad de Materiales.
6.1.1.6 Instrucción y entrenamiento específicos, documentados, registrados y evaluados de
acuerdo a un programa, a fin de asegurar que posean los conocimientos y las habilidades
básicas para minimizar la probabilidad de ocurrencia de accidentes y enfermedades
ocupacionales. Se recomienda que el programa de capacitación incluya como mínimo los
siguientes temas:
a) Reconocimiento e identificación de materiales peligrosos.
b) Clasificación de materiales peligrosos.
c) Aplicación de la información que aparece en las etiquetas, hojas de seguridad de
materiales, tarjetas de emergencia y demás documentos de transporte.
d) Información sobre los peligros que implica la exposición a estos materiales.
e) Manejo, mantenimiento y uso del equipo de protección personal.
f) Planes de respuesta a emergencias.
g) Manejo de la guía de respuesta en caso de emergencia en el transporte
6.1.1.7 Todo el personal vinculado con la gestión de materiales peligrosos debe tener
conocimiento y capacitación acerca del manejo y aplicación de las hojas de seguridad de
materiales (Anexo B), con la finalidad de conocer sus riesgos, los equipos de protección
personal y cómo responder en caso de que ocurran accidentes con este tipo de materiales.
La información debe estar en idioma español y contendrá 16 secciones:
1. Identificación del material y del proveedor
2. Identificación de peligros
3. Composición e información de los ingredientes peligrosos.
4. Primeros auxilios.
5. Medidas de lucha contra incendios.
6. Medidas que deben tomarse en caso de derrame accidental.
7. Manejo y almacenamiento.
8. Control de exposición / protección individual.
9. Propiedades físicas y químicas.
10. Estabilidad y reactividad
11. Información toxicológica.
12. Información ecotoxicológica.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
85
13. Información relativa a la eliminación de los productos.
14. Información relativa al transporte.
15. Información sobre la reglamentación.
16. Otras informaciones.
6.1.5.1 Etiquetas para la identificación de embalajes / envases.
a) Las etiquetas deben ser de materiales resistentes a la manipulación y la intemperie,
pueden ser adheribles o estar impresas en el empaque, adicionalmente llevar marcas
indelebles y legibles, que certifiquen que están fabricadas conforme a las normas
respectivas.
b) Las etiquetas deben ajustarse al tamaño del envase y dependerán del tipo de contenedor
sobre el cual habrán de ser colocadas (Anexo F). La dimensión de las etiquetas debe ser de
100mm *100mm.
(Anexo H). Para los envases menores a 20 litros o 25 kilogramos, las etiquetas deben
abarcar por lo menos el 25% de la superficie de la cara lateral de mayor tamaño.
c) Las etiquetas deben estar escritas en idioma español y los símbolos gráficos o diseños
incluidos de las etiquetas deben aparecer claramente visibles (Anexo F). d) Los códigos de
colores se deben aplicar de acuerdo a lo indicado en la tabla del Anexo E.
6.1.7.4 Apilamiento
a) Los materiales peligrosos deben ser apilados cumpliendo la matriz de incompatibilidad
indicada en el Anexo K.
b) Los envases no deben estar colocados directamente en el piso sino sobre plataformas o
paletas.
c) Los envases con materiales líquidos deben apilarse con las tapas hacia arriba.
d) Los envases deben apilarse respetando la resistencia de sus materiales, de tal forma que
no se dañen unos con otros.
e) La altura de apilado debe aplicarse de acuerdo al tipo de embalaje/envase, clase de
peligro y cumpliendo las normas nacionales e internacionales vigentes.
6.1.7.5 Compatibilidad: Durante el apilamiento y manejo general de los materiales peligrosos
no se deben apilar o colocar juntos los siguientes materiales:
a) Materiales tóxicos con alimentos, semillas o productos agrícolas comestibles.
b) Combustibles con comburentes.
c) Explosivos con fulminantes o detonadores.
d) Líquidos inflamables con comburentes.
6.1.7.12 Prevención y planes de emergencias
a) Planes de prevención
a.1) La Empresa debe diseñar e implementar planes y programas de prevención que elimine
o reduzca el riesgo asociado a una actividad donde exista la posibilidad de producirse una
emergencia. Los planes y programas serán diseñados en función del análisis de riesgos y
pueden incluir actividades de: capacitación, entrenamiento, inspecciones planeadas y no
planeadas, auditorias, simulacros y eventos de concienciación.
b) Planes de emergencia
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
86
b.1) El manejo de emergencias es responsabilidad del fabricante, almacenador,
comercializador y transportista. Para optimizar estas acciones se coordinará con los
organismos públicos y privados que tengan relación con el tema. Toda Empresa debe contar
con un plan de emergencia que contemple, al menos, los siguientes elementos:
b.1.1) Nombres, dirección y teléfono de al menos dos personas responsables con los que se
pueda hacer contacto en caso de una emergencia.
b.1.2) Evaluación de los riesgos, que incluye el análisis de los recursos humanos y
materiales disponibles, vías de evacuación, mapas de riesgos.
b.1.3) Listado de recursos a utilizar para la atención a la emergencia tales como: extintores,
mangueras, brigadistas ó personal entrenado, kits para derrames, medios de comunicación
entre otros.
b.1.4) Hojas de seguridad de materiales (MSDS por sus siglas en inglés) y tarjetas de
emergencia que contenga la información descrita en los Anexos A, B.
b.1.5) Características constructivas de las instalaciones y de los medios de transporte.
b.1.6) Identificación de centros nacionales o regionales de información toxicológica y
atención en casos de accidentes con materiales peligrosos, a fin de que puedan dar
orientaciones inmediatas sobre primeros auxilios y tratamiento médico, y resulten accesibles
en todo momento por teléfono o radio.
5.19. NTE INEN 2288:2000. PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES
PELIGROSOS. ETIQUETADO DE PRECAUCIÓN.REQUISITOS.
1. Alcance
1.1 Esta norma se aplica a la preparación de etiquetas de precaución de productos químicos
peligrosos, como se definen en ella, usados bajo condiciones ocupacionales de la industria.
Recomienda solamente el lenguaje de advertencia, más no cuando o donde deben ser
adheridas a un recipiente.
3.1 La etiqueta de precaución para cualquier producto químico peligroso debe estar basada
sobre los riesgos que éste implica.
3.2 La siguiente materia tema debe ser considerada para inclusión de las etiquetas de
precaución:
1. Identidad del producto o componente (s) peligroso (s),
2. palabra clave,
3. declaración de riesgos,
4. medidas de precaución,
5. instrucciones en caso de contacto o exposición,
6. antídotos,
7. notas para médicos,
8. instrucciones en caso de incendio, derrame o goteo, y
9. instrucciones para manejo y almacenamiento de recipientes.
3.3 La identificación del producto o de su (s) componente (s) peligroso (s) debe ser
adecuada para permitir la selección de la acción apropiada en caso de exposición (ver
Anexo A). La identificación no debe estar limitada a una designación no descriptiva o a un
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
87
nombre comercial. Si el producto es una mezcla, deben ser identificados aquellos productos
químicos (compuestos) que contribuyen sustancialmente a los riesgos.
3.4 La palabra clave debe indicar el relativo grado de gravedad de un riesgo en el orden
descendente de PELIGRO!, ADVERTENCIA! y CUIDADO!. Cuando un producto presenta
más de un riesgo, solo se usa la palabra clave correspondiente a la clase de mayor riesgo
(para efectos crónicos graves, ver el Anexo B, Sección B.6).
3.5 La inclusión de la palabra VENENO y la calavera con las tibias cruzadas debe estar
limitada a los productos químicos altamente tóxicos. Cuando se usan, esta leyenda no
reemplaza a la palabra clave.
3.6 La declaración de riesgos debe dar noticia del riesgo o riesgos (tales como ALTAMENTE
INFLAMABLE Y NOCIVO SI ES ABSORBIDO POR LA PIEL) que estén presentes en
conexión con el acostumbrado y razonablemente previsible manejo o uso del producto. Con
productos que posean más de uno de tales riesgos, debe incluirse una declaración
apropiada por cada riesgo significativo. Por lo general, el riesgo más grave debe colocarse
primero (para efectos crónicos graves, ver el Anexo B, Sección B.8).
3.7 Las medidas de precaución (tales como "MANTÉNGASE LEJOS DEL CALOR,
CHISPAS Y LLAMAS" Y "EVÍTESE INHALAR EL POLVO") deben complementar la
declaración de riesgos proporcionando medidas sencillas que deben tomarse para evitar
lesiones causadas por el riesgo o riesgos.
3.8 Las instrucciones en caso de contacto o exposición deben ser incluidas donde los
resultados de contacto o exposición justifican tratamiento inmediato (Primer auxilio) y donde
pueden tomarse medidas simples de remedio con seguridad antes de disponer de asistencia
médica. Ellas deben estar limitadas a procedimientos basados en métodos y materiales
fácilmente disponibles. Las medidas simples de remedio (tales como lavado o retiro de la
ropa) deben estar incluidas donde ellas servirán para reducir o evitar lesiones graves a partir
del contacto o exposición.
3.9 Las instrucciones en caso de incendio y derrame o goteo deben ser incluidas cuando
sea aplicable para proveer a las personas que manejan los recipientes durante su embarque
y almacenamiento con disposiciones apropiadas para confinar y extinguir los incendios y
para limpiar los derrames y goteos. Estas deben ser tan simples y breves como sea posible
y recomendar el material apropiado para el control.
3.10 Deben incluirse instrucciones para el manejo y almacenamiento de recipientes para
proporcionar información adicional para aquellos productos químicos que requieren
procedimientos especiales o poco usuales de manejo y almacenamiento.
3.11 Los antídotos que pueden ser administrados por una persona no experta deben ser
incluidos en la etiqueta cuando sean aplicables, bajo la designación "Antídoto". Los
antídotos que deben ser administrados por un médico tanto como otras medidas
terapéuticas útiles, diferentes del tratamiento simple de apoyo, deben ser incluidos en la
etiqueta bajo la designación "Nota para médicos".
4.4.1 Tambores de metal (para líquidos o semilíquidos):
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
88
− Mantener bien tapado para impedir goteo.
− Mantener el tambor a la sombra y lejos del calor.
− Reducir la presión interna a la recepción y por lo menos hasta una semana después
aflojando despacio el tapón y ajustando de inmediato. Los tambores deben ser asentados y
sujetados al momento de recibir el contenido de otros recipientes.
− No dejar caer sobre o resbalar junto a objetos agudos o cortantes.
− Nunca usar presión para vaciar; el tambor no es un recipiente a presión.
− Mantener luces, fuego y chispas lejos de los tambores.
− El tambor no debe ser anegado ni usado para otros propósitos.
− Reemplazar los tapones después de cada retiro y regreso del tambor vacío.
− No exponer el tambor a la luz solar directa por períodos prolongados.
4.4.4 Recipientes de plástico con o sin empacado adicional (para líquidos y semilíquidos).
− Mantener bien tapado para impedir goteo.
− Mantener el recipiente fuera del sol y lejos del calor.
− No dejar caer sobre o resbalar junto a objetos agudos o cortantes.
− Nunca usar presión para vaciarlo. El recipiente no es un recipiente a presión.
− Mantener luces, fuego y chispas lejos del recipiente.
− El recipiente no debe ser anegado ni usado para otros propósitos.
− Reemplazar el tapón después de cada retiro.
− Escurrir completamente los recipientes y ajustar las tapas antes de devolverlos.
− No usar el recipiente como vaso de disolución o mezcla.
− Retirar la tapa con cuidado para reducir la posible presión interior.
4.4.6 Sacos de despacho.
− Proteger de contacto directo con agua o humedad excesiva.
− Deben usarse solamente los sacos marcados "Para uso en almacén abierto". Nunca
almacenarlos sobre el suelo.
- Mantener fuera del sol y lejos del calor.
− No dejar caer sobre o resbalar junto a objetos agudos o cortantes.
− En caso de perforación, usar un saco adicional más grande y cerrarlo adecuadamente.
5.20. NTE INEN 439: 1984 COLORES, SEÑALES Y SÍMBOLOS DE SEGURIDAD
1. Objeto
1.1 Esta norma establece los colores, señales y símbolos de seguridad, con el propósito de
prevenir accidentes y peligros para la integridad física y la salud, así como para hacer frente
a ciertas emergencias
2. Alcance
2.1 Esta norma se aplica a la identificación de posibles fuentes de peligro y para marcar la
localización de equipos de emergencia o de protección.
2.2 Esta norma no intenta la sustitución, mediante colores o símbolos, de las medidas de
protección y prevención apropiadas para cada caso; el uso de colores de seguridad
solamente debe facilitar la rápida identificación de condiciones inseguras, así como la
localización de dispositivos importantes para salvaguardar la seguridad.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
89
2.2 Esta norma se aplica a colores, señales y símbolos de uso general en seguridad,
excluyendo los de otros tipos destinados al uso en calles, carreteros, vías férreas y
regulaciones marinas.
5.21. CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL AUTONOMÍA Y
DESENTRALIZACIÓN (COOTAD) R.O. NO 303 – 19 OCTUBRE.
Objetivos
Los objetivos del presente Código:
a) La autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos
descentralizados, en el marco de la unidad del Estado ecuatoriano;
b) La profundización del proceso de autonomías y descentralización del Estado, con el
fin de promover el desarrollo equitativo, solidario y sustentable del territorio, la
integración y participación ciudadana, así como el desarrollo social y económico de
la población;
c) El fortalecimiento del rol del Estado mediante la consolidación de cada uno de sus
niveles de gobierno, en la administración de sus circunscripciones territoriales, con el
fin de impulsar el desarrollo nacional y garantizar el pleno ejercicio de los derechos'
sin discriminación alguna, así como la prestación adecuada de los servicios públicos;
d) La organización territorial del Estado ecuatoriano equitativa y solidaria, que
compense las situaciones de injusticia y exclusión existentes entre las
circunscripciones territoriales;
e) La afirmación del carácter intercultural y plurinacional del
f) Estado ecuatoriano
g) La democratización de la gestión del gobierno central y de los gobiernos autónomos
descentralizados, mediante el impulso de la participación ciudadana;
h) La delimitación del rol y ámbito de acción de cada nivel de gobierno, para evitar la
duplicación de funciones y optimizar la administración estatal:
i) La definición de mecanismos de articulación, coordinación y corresponsabilidad entre
los distintos niveles de gobierno para una adecuada planificación y gestión pública:
j) La distribución de los recursos en los distintos niveles de gobierno, conforme con los
criterios establecidos en la Constitución de la República para garantizar su uso
eficiente; y.
k) La consolidación de las capacidades rectora del gobierno central en el ámbito de sus
competencias; coordinadora y articuladora de los gobiernos intermedio
6. CONVENIOS INTERNACIONALES
A continuación se listan algunos convenios con relación a la gestión de de desechos
peligrosos. El Ecuador es signatario de los siguientes convenios: Convenio de Basilea y
Convenio para eliminación de COPs.
6.1. CONVENIO DE BASILEA
El Ecuador es signatario del Convenio de Basilea para el Control de los Movimientos
Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación suscrito y aprobado por 116
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
90
países el 22 de marzo de 1989. Entró en vigencia a partir del 05 de mayo de 1992, y fue
ratificado por el Ecuador, el 23 de Febrero de 1993 (Registro Oficial 432, 3-V-94; 2.-
Enmiendas Registro Oficial 276, 16-III-98).
El Gobierno del Ecuador a través de este convenio aceptó internacionalmente que será
responsable de la contaminación por el mal manejo de los desechos peligrosos de acuerdo
al Art.4. “...Cada parte tomará las medidas apropiadas para: ...c) Velar por que las personas
que participen en el manejo de los desechos peligrosos y otros desechos dentro de ella
adopten las medidas necesarias para impedir que ese manejo dé lugar a una contaminación
y, en caso de que se produzca ésta, para reducir al mínimo sobre la salud humana y el
medio ambiente.”
En el Convenio de Basilea se adoptó la clasificación de desechos donde éstos son
clasificados de acuerdo a las propiedades y de acuerdo a la actividad que los genera.
De acuerdo al Artículo 4.2 del Convenio de Basilea, cada Parte tomará las medidas
apropiadas para:
a) Reducir al mínimo la generación de desechos en ella, teniendo en cuenta los aspectos
sociales, tecnológicos y económicos;
b) Establecer instalaciones adecuadas de eliminación para el manejo ambientalmente
racional de los desechos peligrosos y otros desechos, cualquiera que sea el lugar donde se
efectúa su eliminación que, en la medida de lo posible, estará situado dentro de ella.
c) Velar porque las personas que participan en el manejo de los desechos peligrosos y otros
desechos dentro de ella se adopten las medidas necesarias para impedir que ese manejo dé
lugar a una contaminación y, en caso de que se produzca ésta, para reducir al mínimo sus
consecuencias sobre la salud humana y el medio ambiente;
d) Velar porque el movimiento transfronterizo de los desechos peligrosos y otros desechos
se reduzca al mínimo compatible con un manejo ambientalmente racional y eficiente de esos
desechos, y que se lleve a cabo de forma que protejan la salud humana y el medio ambiente
de los efectos nocivos que puedan derivarse de ese movimiento;
e) No permitir la exportación de desechos peligrosos y otros desechos a un Estado o grupo
de Estados pertenecientes a una organización de integración económica y/o política que
sean Partes, particularmente a países en desarrollo, que hayan prohibido en su legislación
todas la importaciones, o si tiene razones para creer que tales desechos no serán sometidos
a un manejo ambientalmente racional, de conformidad con los criterios que adopten las
Partes en su primera reunión.
f) Exigir que se proporcione información a los Estados interesados sobre el movimiento
transfronterizo de desechos peligrosos y otros desechos propuesto, con arreglo a lo
dispuesto en el Anexo V A, para que se declaren abiertamente los efectos del movimiento
propuesto, sobre la salud humana y el medio ambiente;
g) Impedir la importación de desechos peligrosos y otros desechos si tiene razones para
creer que tales desechos no serán sometidos a un manejo ambientalmente racional;
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
91
h) Cooperar con otras Partes y organizaciones interesadas directamente y por conducto de
la Secretaría en actividades como la difusión de información sobre los movimientos
transfronterizos de desechos peligrosos y otros desechos, a fin de mejorar el manejo
ambientalmente racional de esos desechos e impedir su tráfico ilícito;
6.2. CONVENIO DE ESTOCOLMO SOBRE CONTAMINANTES ORGÁNICOS
PERSISTENTES (COPS)
El convenio de Estocolmo es un tratado global para proteger la salud humana y el ambiente
de los contaminantes orgánicos persistentes (COPs). Los contaminantes orgánicos
persistentes tienen propiedades tóxicas, son resistentes a la degradación, se bioacumulan y
son transportados por el aire, el agua y las especies migratorias través de las fronteras
internacionales y depositados lejos del lugar de su liberación, acumulándose en ecosistemas
terrestres y acuáticos.
Los COPs son un grupo de 12 compuestos químicos que se dividen en dos categorías,
productos químicos y productos de liberación no intencionada:
Aldrina, Endrina, Clordano, Dieldrina, Heptacloro, Mirex, Toxafeno y DDT
(restringido), Hexaclorobenceno (HCB), Bifenilos policlorados (PCB)
Dibenzoparadioxinas (dioxinas) y dibenzofuranos policlorados (furanos)
(PCDD/PCDF)
El Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes fue adoptado en
una conferencia de plenipotenciarios el 22 de Mayo del 2001 en la ciudad de Estocolmo,
Suecia. El Ecuador es signatario del convenio y fue ratificado el 20 de julio del 2004
mediante su publicación en el Registro Oficial No. 381. El convenio se ratifica 90 días
después que el gobierno respectivo entrega el instrumento de ratificación. Al momento en
Ecuador se están desarrollando algunas actividades con el objetivo de cumplir cronogramas
de trabajo y metas en materia de COPs a nivel regional, este es el caso del programa de
inventario de sustancias PCB llevado a cabo por el Ministerio del Ambiente.
El Anexo C – Producción no intencional, Parte II del Convenio dice lo siguiente:
“…..las dibenzoparadioxinas y los dibenzofuranos policlorados, el hexaclorobenceno, y los
bifenilos policlorados se forman y se liberan de forma no intencionada a partir de procesos
térmicos, que comprenden materia orgánica y cloro, como resultado de una combustión
incompleta o de reacciones químicas.” La parte II del anexo menciona cuatro categorías de
fuentes industriales “con el potencial de formación y liberación relativamente elevada de
estos productos químicos al medio ambiente”:
a) Incineradoras de desechos, incluidas las co-incineradoras de desechos municipales,
peligrosos o médicos o de fango cloacal;
b) Desechos peligrosos procedentes de la combustión en hornos de cemento;
c) Producción de pasta de papel utilizando cloro elemental o productos químicos que
producen cloro elemental para el blanqueo;
d) Los siguientes procesos térmicos de la industria metalúrgica:
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
92
En la implementación de la convención los gobiernos tomarán medidas para eliminar o
reducir la emisión de los COPs dentro del medio ambiente.
El Convenio de Estocolmo en sus diferentes artículos promueve la utilización de mejores
técnicas disponibles para la disposición de desechos, para la limpieza de sitios
contaminados además de la adopción de prácticas que permitan minimizar la generación de
los COPs. El Convenio promueve la adopción de un plan a escala local, regional donde las
estrategias y acciones sean descritas y posteriormente monitoreadas.
PCBs (Bifenilos Policlorados)
Una obligación para las partes es eliminar el uso de Bifenilos policlorados (PCBs) en los
equipos (transformadores y capacitores) por el año 2025 y hacer esfuerzos hacia un manejo
ambientalmente amigable de los desechos de PCB para el 2028.
Más de 100 países en la actualidad se encuentran preparando Planes Nacionales de
implementación del Convenio, incluyendo inventarios y planes de acción para la eliminación
de PCBs. Como el trabajo de implementación recién comienza, existe la posibilidad de un
incremento considerable de la demanda para los servicios de financiamiento y comerciales
con relación al manejo y disposición de los PCBs.
6.3. CONVENIO DE ROTTERDAM
En 1998, los gobiernos decidieron reforzar el procedimiento adoptando el Convenio de
Rotterdam, que establece un vínculo jurídico para el Consentimiento Fundamentado Previo
–CFP–. El CFP exigía de los exportadores que comerciaban productos incluidos en una lista
de sustancias peligrosas que obtuvieran el consentimiento fundamentado previo de los
importadores antes de emprender sus operaciones.
El Convenio establece una primera línea de defensa al otorgar a los países importadores los
medios y la información que necesitan para reconocer peligros potenciales y excluir
productos químicos que no puedan manejar en forma segura. Si un país es consiente la
importación de productos químicos, el Convenio promueve la utilización sin riesgos del
mismo mediante normas de etiquetado, asistencia técnica y otras formas de apoyo. También
vela por que los exportadores cumplan con dichas normas.
El Convenio de Rotterdam entró en vigor de Febrero de 2004. El Ecuador es signatario de
este convenio y ratificó el mismo el 4 de Mayo del 2004.
6.4. PROTOCOLO DE KIOTO
Naciones Unidas 1998
Protocolo de Kioto, el cual es un acuerdo internacional que tiene por objetivo reducir las
emisiones de seis gases que causan el calentamiento global: dióxido de carbono (CO2), gas
metano (CH4) y óxido nitroso (N2O), además de tres gases industriales fluorados:
Hidrofluorocarbonos (HFC), Perfluorocarbonos (PFC) y Hexafluoruro de azufre (SF6), en un
porcentaje aproximado de al menos un 5%, dentro del periodo que va desde el año 2008 al
2012, en comparación a las emisiones al año 1990.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
93
7. MARCO INSTITUCIONAL
7.1. INSTITUCIONES REGULADORAS Y DE CONTROL
7.1.1. MINISTERIO DEL AMBIENTE DEL ECUADOR
Según el Art. 8 de la Ley de Gestión Ambiental, la Autoridad Ambiental Nacional será
ejercida por el Ministerio del ramo, que actuara como instancia rectora, coordinadora y
reguladora del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, sin perjuicio de las
atribuciones que dentro del ámbito de sus competencias y conforme a las leyes que regulan,
ejercen otras instituciones del Estado.
El Ministerio del ramo, contará con los organismos técnicos-administrativos de apoyo,
asesoría y ejecución, necesarios para la aplicación de las políticas ambientales, dictadas por
el Presidente de la República.
7.1.2. DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO PROVINCIAL DEL GUAYAS
Mediante resolución Nº 074. del 9 de Marzo del 2010. El Ministerio del Ambiente confirió al
Gobierno Provincial del Guayas la acreditación como Autoridad Ambiental de Aplicación
responsable, con lo cual está facultado para evaluar y aprobar estudios de impacto
ambiental, fichas ambientales, planes de manejo ambiental y emitir licencias ambientales.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
94
CAPÍTULO III
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO
IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES
DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”
1. JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO
El hombre ha ido buscando la manera de facilitar el proceso de su evolución. A medida que
pasa el tiempo, inventa mecanismos cada vez más sofisticados para satisfacer sus
necesidades primordiales y a la vez los perfecciona.
Al mismo tiempo que el hombre evoluciona, aumentan sus necesidades y su ambición de
mejorar su nivel de vida. De la manufactura artesanal, sencilla, dirigida a un público
minoritario, pasa a la manufactura industrial, sofisticada, impregnada
de ciencia y tecnología, que satisface las necesidades de un mercado más amplio.
La actividad en funcionamiento identificada como “INARROMESA S.A., en sus fases de
operación, mantenimiento y abandono” es considerada prioritaria, pues suple una de las
demandas básicas de la sociedad ecuatoriana, la cual es brindar fuente de trabajo a la
ciudadanía y alimento.
Debido al mejoramiento de las condiciones socioeconómicas del país, la facilidad de acceso
a préstamos a largo plazo en el sector bancario y productivo y el crecimiento poblacional
armónico, ha hecho del Cantón Durán un punto de desarrollo seguro para las actividades
productivas.
INARROMESA S.A. es una organización privada dedicada compra de arroz cáscara y de
arroz pilado, para luego efectuar su procesamiento y venta de arroz de manera directa.
Actividad que le ha llevado a incursionar en el sector local con excelentes resultados, por lo
cual cuenta con instalaciones amplias y adecuadas para el mejor desarrollo de las
actividades que desarrolla la empresa.
Así mismo, INARROMESA S.A. es una empresa socialmente responsable, que procura que
su proyecto se realice en armonía con el entorno circundante en el cual se encuentra
circunscrita, por tal cumple con lo dispuesto en la Normativa Ambiental vigente. Para ello, ha
contratado los servicios del Consultor Ambiental Individual Ing. Sergio Rodríguez Portés, el
cual dirige a un grupo multidisciplinario de profesionales altamente calificados, para la
elaboración del Estudio de Impacto Ambiental Ex-post del proyecto “INARROMESA S.A., en
sus fases de operación, mantenimiento y abandono”.
El EsIA Ex-post del Proyecto “INARROMESA S.A., en sus fases de operación,
mantenimiento y abandono”, se circunscribe en lo que dispone la Normativa Ambiental
vigente, el cual expresa textualmente:
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
95
ART. 58.- ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.- Toda obra, actividad o
proyecto nuevo o ampliaciones o modificaciones de los existentes,
emprendidos por cualquier persona natural o jurídica, públicas o privadas, y
que pueden potencialmente causar contaminación, deberá presentar un
Estudio de Impacto Ambiental, que incluirá un plan de manejo ambiental, de
acuerdo a lo establecido en el Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA).
“Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaría del Ministerio del
Ambiente. LIBRO VI. De la Calidad Ambiental. Título IV: REGLAMENTO A LA
LEY DE GESTION AMBIENTAL PARA LA PREVENCION Y CONTROL DE LA
CONTAMINACION AMBIENTAL”.
Además, cumple con el pronunciamiento de la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y
Agua del Gobierno Provincial del Guayas, que luego de haber revisado y evaluado la
petición de Certificado de Categorización, emitió lo siguiente:
Oficio Nº 2996–DMA–GPG–2012 emitido el 18 de Julio del 2012, determina que por
tratarse de una actividad en funcionamiento en sus diferentes fases se predice que
genera impactos medianamente significativos y de mediano riesgo ambiental, esta
Corporación Provincial le asigna la Categoría II.
Por lo tanto deberá someterse al proceso de Evaluación de Impactos Ambientales
para su regularización, a través de la presentación de un Estudio de Impacto
Ambiental y Plan de Manejo Ambiental que requiere ser aprobado previo al
otorgamiento de la respectiva Licencia Ambiental, dando cumplimiento a lo
determinado en el artículo 19 y 20 de la Ley de Gestión Ambiental, artículo 15 del
Libro VI del TULSMA y artículo 8 de la Ordenanza que pone en vigencia y aplicación
el Subsistema de Evaluación de Impactos Ambientales del Gobierno Provincial del
Guayas.
Es de resaltar que la empresa INARROMESA S.A. dispone de los servicios básicos, tales
como agua potable, energía eléctrica, telefonía convencional y celular, recolección de
desechos sólidos y seguridad privada.
2. OBJETIVOS DEL PROYECTO
A continuación, se describen los objetivos generales y específicos del proyecto
“INARROMESA S.A., en sus fases de operación, mantenimiento y abandono”
2.1. OBJETIVO GENERAL
Cosechar, pilar y comercializar arroz 100% ecuatoriano de excelente calidad y variedad.
2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Entre los objetivos específicos de la actividad en funcionamiento identificada como
“INARROMESA S.A., en sus fases de Operación, Mantenimiento y Abandono”, dedicada a
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
96
la compra y venta de arroz en diferentes presentaciones de la empresa INARROMESA S.A.,
son los siguientes:
Brindar a la población diferentes marcas de arroz para su elección, las cuales se
encuentran debidamente registradas y electrónicamente seleccionadas.
Desarrollar nuevas fuentes de trabajo.
Maximizar el valor de sus inversiones.
Generar mayores utilidades.
Obtener una mayor rentabilidad.
3. UBICACIÓN
INARROMESA S.A. ha sintonizado con el crecimiento industrial del Cantón Durán, por tal
motivo lleva adelante la actividad en funcionamiento identificada como “INARROMESA S.A.
en sus fases de Operación, Mantenimiento y Abandono”, dedicada a la compra y venta de
arroz en diferentes presentaciones. La misma que se encuentra localizada en el Kilómetro
5.5 de la autopista Durán-Boliche, de la Parroquia Eloy Alfaro, Cantón Durán, de la Provincia
del Guayas.
En el certificado de intersección otorgado el 06 de Marzo del 2012, mediante oficio Nº MAE-
CGZ5-DPAG-2012-1136, por el Ministerio del Ambiente (Anexo 2), se establecen que el sitio
donde se desarrollan las actividades de compra y venta de arroz que realiza la empresa
INARROMESA S.A., NO INTERSECTA con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas,
Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado.
En la tabla Nº 3 se presentan las coordenadas geográficas de la ubicación de
INARROMESA S.A. las mismas que se encuentran referenciadas en el Sistema DATUM
WGS 84, Zona 17 Sur:
TABLA N° 3
COORDENADAS GEOGRÁFICAS DE LA EMPRESA INARROMESA S.A.
Puntos X Y
1 632749 9758037
2 632688 9758067
3 632739 9758196
4 632800 9758166
A continuación, se muestra la figura 1, donde se presenta el mapa de la ubicación de la
empresa INARROMESA S.A.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
97
FIGURA N° 1
PLANO DE UBICACIÓN DE LA ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA
COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y
ABANDONO”, DEDICADA A LA COMPRA Y VENTA DE ARROZ EN DIFERENTES
PRESENTACIONES
3.1. LÍMITES DE LA ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO
“INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y
ABANDONO”, DEDICADA A LA COMPRA Y VENTA DE ARROZ EN
DIFERENTES PRESENTACIONES.
La actividad en funcionamiento identificada como “INARROMESA S.A., en sus fases de
Operación, Mantenimiento y Abandono”, dedicada a la compra y venta de arroz en
diferentes presentaciones, está ubicada en el Km 5.5 de la autopista Durán-Boliche, y sus
límites son los siguientes:
Norte: Autopista Durán Boliche
Sur: Terreno vacío
Este: Terreno vacío
Oeste: Industria de alimentos “La Europea”
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
98
3.2. USO DE SUELO DEL ÁREA DEL PROYECTO
Es importante mencionar que el área donde se desarrolla la actividad en funcionamiento
identificada como “INARROMESA S.A., en sus fases de Operación, Mantenimiento y
Abandono”, dedicada a la compra de arroz cáscara y de arroz pilado, para luego efectuar su
procesamiento y venta de arroz de manera directa, cuenta con la aprobación mediante el
Uso de Suelo otorgado por la Ilustre Municipalidad del Cantón Durán, este pronunciamiento
fue expedido el 23 de Enero del 2012 (Anexo 4), el cual indica que INARROMESA S.A. se
encuentra en una Zona Industrial 2A, de uso permitido para industria pequeña y mediana de
bajo y mediano impacto .
3.3. DOTACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS EN EL SECTOR DEL ÁREA DEL
PROYECTO
En la actualidad el área donde se efectúa la actividad en funcionamiento identificada como
“INARROMESA S.A., en sus fases de Operación, Mantenimiento y Abandono”, dedicada a
la compra y venta de arroz en diferentes presentaciones dispone de la dotación de los
siguientes servicios básicos:
Agua potable, la cual es obtenida mediante la Empresa Municipal de Agua Potable y
Alcantarillado de Durán, EMAPAD-E.
Energía eléctrica, el mismo que es proporcionado por la Corporación Nacional de
Electricidad.
Recolección de desechos, proporcionado por la Ilustre Municipalidad del Cantón
Durán.
Servicio de telefonía convencional, la cual es suministrada por el Consejo Nacional
de Telecomunicaciones.
Servicio de cobertura de telefonía celular.
En el sector donde se encuentra ubicada la empresa no dispone de un sistema de
alcantarillado por lo que el agua utilizada en los servicios sanitarios es descargada
directamente a un pozo séptico, cabe resaltar que no cuentan con un planta de tratamiento
ni trampas de grasa debido a que en el procesamiento del arroz así como en las demás
etapas indicadas, la utilización de agua es casi nula a excepción en el proceso de Polichado
en donde se hace uso de una escasa cantidad del líquido que es impregnado en una
esponja.
4. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
La actividad en funcionamiento identificada como “INARROMESA S.A., en sus fases de
Operación, Mantenimiento y Abandono”, está dedicada a la compra de arroz cáscara y de
arroz pilado, para luego efectuar su procesamiento y venta de arroz de manera directa, se
desarrolla en el Km 5.5 de la autopista Durán-Boliche. Este sector políticamente pertenece a
la Parroquia Eloy Alfaro, Cantón Durán de la Provincia del Guayas.
La compra es realizada a los productores en las instalaciones de INARROMESA S.A., por lo
cual se cuenta con una balanza para poder obtener el peso exacto del arroz que se
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
99
adquiere, además dispone de un montacarga para realizar la carga y descarga de sacos de
arroz.
El procesamiento que se realiza al arroz es detallado a continuación:
- Selección del arroz: el arroz es dispuesto en un túnel cóncavo que conlleva a una
serie de conductos y mediante una banda es llevado hacia elevadores, este proceso
es automático.
- Secado del arroz: Posteriormente a la selección, el arroz es secado exponiéndolo a
elevadas temperaturas, esto tiene una duración de entre 15 a 18 horas, para luego
dejarlo enfriar.
- Polichado: una vez que se encuentre frio el arroz se procede a realizar el Polichado
que consiste en retirar el polvillo del arroz con una esponja impregnada de agua, la
misma que se encuentra en un ducto por el cual pasa el arroz, de esta manera
queda pulido y blanqueado.
- Romaneado: Después de atravesar por todo este proceso el arroz pasa por una
tolva para romanear y así pasar por una última selección.
- Empaque: Terminado todo este proceso el arroz finalmente es dispuesto en sacos
para su venta final en arrobas y quintales.
- Venta: la venta al igual que la compra es realizada directamente dentro de las
instalaciones de INARROMESA S.A.
A continuación, se muestra cada una de las etapas del proyecto donde se puede observar
las entradas y salidas de materiales, insumos, desechos y emisiones:
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
100
TABLA Nº 4
DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESAMIENTO DEL ARROZ
ENTRADAS PROCESO SALIDAS
PRINCIPALES
INSUMOS AGUA ENERGÍA ETAPA LÍQUIDOS SÓLIDOS GASEOSOS
Montacargas Diésel
Inicia el Proceso con la
compra directa de arroz
cáscara y de arroz pelado a
los productores en las
instalaciones de
INARROMESA S.A.
N/A N/A Gases de
combustión
Banda
transportadora
Máquina
volteadora
Energía
eléctrica Selección del arroz N/A
Polvillo
ceniza N/A
Banda
transportadora
Máquina
volteadora
Energía
eléctrica Secado del arroz N/A
Polvillo
ceniza N/A
Esponja Agua Energía
eléctrica Polichado N/A
Arroz
pulido y
blanqueado
N/A
Tolva Energía
eléctrica Romaneado N/A
Arroz pre-
seleccionado N/A
Tolva Energía
eléctrica Selección final N/A
Arroz
seleccionado N/A
Tolva
Máquinas
Enfundadora
Sacos
Energía
eléctrica Empaque N/A
Sacos
dañados N/A
Camiones Diésel Venta N/A Producto
terminado
Gases de
combustión
* Durante el procesamiento del arroz la utilización de agua es casi nula a excepción en el proceso de Polichado en donde se hace uso de
una escasa cantidad del líquido que es impregnado en una esponja cantidades mínimas.
**N/A = No Aplica, la actividad mencionada no genera el tipo de salida mencionado
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
101
Es de mencionar que el área de Procesamiento de Arroz con cáscara se encuentra en una
etapa de mantenimiento actualmente, por lo que no está previsto su funcionamiento durante
el año 2013.
Una vez que INARROMESA S.A. reinicie sus actividades operativas se empleará GLP para
el funcionamiento del montacargas que posee la empresa.
4.1. EQUIPOS Y MAQUINARIA.
Para las operaciones de transporte y carga de arroz dentro de las instalaciones de
INARROMESA S.A., se cuenta con un montacargas, en tanto que para las actividades del
proceso del arroz se emplea varios equipos y maquinarias que trabajan conjuntamente para
obtener el arroz pulido que se empaca y vende de manera directa en los predios de
INARROMESA S.A., a continuación se mencionan los equipos y maquinarias utilizados:
TABLA Nº 5
EQUIPOS Y MAQUINARIA DE INARROMESA S.A.
EQUIPOS Y MAQUINARIAS
Procesadora Cono
Tolva Tolva
Selectora – clasificadora Romana
Pulidora Montacargas (1)
Dosificadora Silos de trabajo
Elevador Horno
Transportador Silo de almacenamiento
Zaranda Báscula
4.2. INSUMOS
Los principales insumos utilizados en la actividad en funcionamiento identificada como
“INARROMESA S.A. en sus fases de operación, mantenimiento y abandono” son los
descritos a continuación:
Sacos
Saquillos
Piolas
Pallets
Papel
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
102
Productos químicos para fumigación (mosquitos)
Las piolas, sacos y saquillos cuentan con el área de almacenamiento, en tanto que dado a
que la cantidad de productos químicos utilizados es mínima estos se almacenan en una
gaveta de la recepción.
4.3. DESECHOS GENERADOS
Durante la actividad de procesamiento de arroz que se realiza en INARROMESA S.A., se
producen los siguientes desechos peligrosos/especiales y no peligrosos, los cuales son
detallados a continuación:
TABLA Nº 6
DESECHOS PELIGROSOS Y NO PELIGROSOS GENERADOS
Desechos Peligrosos/Especiales Desechos No Peligrosos
Lámparas fluorescentes Papel
Tóner de impresora Sacos
Botellas vacías de productos químicos Desechos orgánicos
Polvillo
Ceniza
Residuos sanitarios
Pallets usados
Plástico
INARROMESA S.A. no ha efectuado la entrega de los desechos peligrosos (lámparas
fluorescentes, tóneres de impresora y botellas vacías de productos químicos ) a un gestor
ambiental calificado, estos aún son almacenados en los predios de INARROMESA.
Actualmente INARROMESA no cuenta con un área exclusiva para el almacenamiento
temporal de desechos peligrosos. Los desechos peligrosos generados en INARROMESA
son almacenados en la parte posterior de la Bodega de Sacos de la empresa.
Así también, los desechos sólidos no peligrosos no poseen un área específica de
almacenamiento, estos desechos son colocados en tachos plásticos distribuidos en puntos
estratégicos dentro de los predios de INARROMESA hasta su posterior entrega al recolector
de basura del Municipio del Cantón Durán.
Los efluentes generados en INARROMESA S.A. provienen de las aguas residuales
domésticas que contiene el pozo que posee la empresa el cual presenta una dimensión de 4
x 3.5 m2, con una capacidad de almacenamiento de 8 m3, actualmente este pozo no ha sido
sometido a mantenimiento.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
103
4.4. PERSONAL LABORAL Y HORARIOS DE TRABAJO
El personal laboral de la empresa está conformado por cuatro (4) trabajadores, además de 2
guardias de seguridad, cuyos horarios laborales se describen a continuación:
TABLA Nº 7
HORARIOS DE TRABAJO
HORARIOS DE TRABAJO
Trabajadores
Lunes – Viernes 08:00 – 17:30
Sábados
08:00 – 12:00
Guardias Lunes – Viernes 08:00 – 17:30 17:30 - 08:00
Los trabajadores de la empresa INARROMESA S.A. han sido capacitados en:
Manejo correcto de maquinarias
Manejo de montacargas
4.5. ÁREAS DE LA EMPRESA
A continuación, se describen las áreas de la actividad en funcionamiento identificada como
“Empresa INARROMESA S.A., en sus fases de Operación, Mantenimiento y Abandono”,
dedicada a la producción de arroz descascarillado, pulido, blanqueado y semiblanqueado:
Recepción
Garita
Parqueo
Oficina de Administración
Bodegas de Almacenamiento de Materia Prima y Producto Terminado
Bodega de Almacenamiento de Sacos
Área de procesamiento (arroz pilado)
Área de secado de cáscara
Bodega de Materiales Varios
Área de laboratorio
Duchas y vestidores
4.5.1. ÁREA DE ADMINISTRACIÓN
En esta área se disponen las oficinas de administración así como la recepción de
INARROMESA S.A. donde es posible observar empaques en los que se comercializan las
diferentes presentaciones de arroz que distribuye INARROMESA S.A.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
104
Esta área dispone de instalaciones eléctricas, agua potable para consumo humano, baños y
mobiliario básico para su uso.
FIGURA N° 2
DIVERSAS PRESENTACIONES DE ARROZ
QUE SE DISTRIBUYEN EN INARROMESA S.A.
4.5.2. GARITA
La empresa ha contratado personal de seguridad particular conformado por 2 guardias los
cuales realizan dos turnos de 08:00 a 18:00 y de 18:00 a 08:00, quienes se encuentran
encargados de controlar el ingreso y salida de personas, vehículos livianos y camiones de
carga.
Es indispensable el presentar identificación para el ingreso a las instalaciones de
INARROMESA S.A., lo que es revisado por el personal de seguridad de la empresa previo a
permitir la entrada de visitantes a la empresa.
FIGURA Nº 3
GARITA
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
105
4.5.3. PARQUEO
INARROMESA S.A. cuenta con un parqueo para los clientes, el cual se ubica junto a la
garita y entrada principal.
FIGURA Nº 4
ÁREA DE PARQUEO
4.5.4. LABORATORIO
En el Laboratorio de INARROMESA S.A. se vigila permanentemente las características de
calidad del arroz pilado que se adquiere para constatar que la calidad del grano de arroz sea
la apropiada y de esta manera obtener un producto final de alta calidad.
4.5.5. BODEGAS DE ALMACENAMIENTO DE MATERIA PRIMA Y PRODUCTO
TERMINADO
INARROMESA S.A. cuenta con dos bodegas en sus instalaciones, donde se coloca el arroz
pilado (Producto Terminado) y una en donde almacenan el arroz con cáscara (Materia
Prima), el piso es de pavimentado, posee entradas de luz natural mediante planchas
translucidas colocadas en el techo a manera de tragaluz.
FIGURA Nº 5
BODEGA DE ALMACENAMIENTO DE PRODUCTO TERMINADO
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
106
4.5.6. BODEGA DE ALMACENAMIENTO DE SACOS
Para la distribución del arroz pilado que resulta de las actividades de INARROMESA S.A. se
necesitan sacos, los cuales son adquiridos y almacenados temporalmente en una bodega
especial hasta que se requiera el ensacado del producto terminado.
FIGURA Nº 6
BODEGA DE ALMACENAMIENTO DE SACOS
4.5.7. DUCHAS Y VESTIDORES
Dentro del área de INARROMESA S.A. se puede observar la existencia de duchas y
vestidores los cuales son de uso exclusivo para el personal que labora en la empresa.
INARROMESA S.A. no cuenta con un área de taller y equipos dado a que los arreglos
realizados a las maquinarias son hechos directamente por los proveedores, los cuales se
encargan de llevar consigo el equipo a utilizar.
El área de Procesamiento de Arroz con cáscara se encuentra en una etapa de
mantenimiento actualmente, por lo que no se encontraba en funcionamiento durante el
2013.
A continuación se presenta la evidencia gráfica de la realización de los mantenimientos:
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
107
FIGURA Nº 7
ÁREA DE PROCESAMIENTO DE ARROZ EN ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO
4.6. SISTEMAS DE SEGURIDAD
INARROMESA S.A. cuenta con un botiquín de primeros auxilios además de diez extintores,
los mismos que se encuentran colocados en puntos estratégicos de la empresa.
FIGURA Nº 8
EXTINTORES
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
108
CAPÍTULO IV
ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO
1. JUSTIFICACIÓN
El área de influencia se entiende como el área básica de impacto o como la región del
ambiente que va a ser afectada directa o indirectamente por un proyecto que vaya a
implementarse. En ellas se reconocen dos tipos de áreas de influencia: el área de influencia
directa e indirecta.
Se denomina Área de Influencia Directa (AID) porque es el área territorial donde los
impactos potencialmente pueden afectar con mayor intensidad y de una manera inmediata a
los componentes ambientales (físico, biótico y socioeconómico) durante la ejecución de un
proyecto.
Se denomina Área de Influencia Indirecta (AII) porque la afectación en los componentes
ambientales se presentará con menor intensidad, debido al uso compartido del espacio local
y de recursos del área territorial evaluada.
2. METODOLOGÍA APLICADA
Para la determinación (metodología) del área de influencia directa e indirecta en la que se
manifiestan los impactos ambientales significativos de la actividad en funcionamiento
identificado como “INARROMESA S.A. en sus fases de operación, mantenimiento y
abandono” se llevó a cabo lo siguiente:
Se efectuó una visita al sector donde se encuentran las instalaciones de
INARROMESA S.A., donde se observó el tipo de empresas asentadas a su
alrededor.
De igual forma, se llevó a cabo un recorrido por las instalaciones de INARROMESA
S.A.
Se revisó el Certificado de Intersección de la empresa, donde se evidenció que NO
INTERSECTA con el Patrimonio de Áreas Naturales del Estado, Bosques,
Vegetación Protectoras y Patrimonio Forestal del Estado.
3. ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA E INDIRECTA
El área de influencia directa es de 250 metros a la redonda, esto es debido a que el sector
se encuentra totalmente intervenido y se ha estimado que la actividad en sus diferentes
fases genera impactos medianamente significativos.
Mientras que el área de influencia indirecta es de 500 metros a la redonda, dispuesto en los
Términos de Referencia del Estudio de Impacto Ambiental Expost aprobados mediante oficio
Nº 4847-DMA-GPG-2012 del 19 de Noviembre del 2012.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
109
A continuación, se detalla lo evidenciado en el área de influencia (500 metros a la redonda)
de la empresa INARROMESA S.A.:
Autopista Durán – Boliche
Conjunto Habitacional Valencia.
Industria de alimentos La Europea
Empresa IMESCO
Terrenos vacíos
Cabe destacar además que mediante oficio Nº MAE-CGZ5-DPAG-2012-1136 (Anexo 2),
emitido el 26 de Marzo del 2012 por el Ministerio del Ambiente del Ecuador se establece que
el área donde está el proyecto: Operación de la Piladora de Arroz INARROMESA S.A., NO
INTERSECTA con el Patrimonio de Áreas Naturales del Estado, Bosques, Vegetación
Protectoras y Patrimonio Forestal del Estado.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”,
DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
110
FIGURA Nº 9
ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA E INDIRECTA DE LA ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA
S.A. EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
111
4. DETERMINACIÓN DEL RIESGO AMBIENTAL ENDÓGENO Y EXÓGENO
Tomando como base toda la información levantada y proporcionada por los estudios
realizados en el área de influencia, se determinó la intensidad del riesgo ambiental que
genera el proceso de operación y funcionamiento de la empresa INARROMESA S.A., así
como también las actividades complementarias, tanto al interior (riesgo endógeno), como al
exterior del área del proyecto (riesgo exógeno).
Este análisis nos da una visión más clara de cuáles son los aspectos más relevantes dentro
del proyecto. Para el presente análisis se utilizó el método de listas, el cual consiste en
indicar si el impacto se va a dar o si se puede dar.
En la siguiente tabla se encuentran enlistados los impactos ambientales a generarse durante
el proceso de operación y mantenimiento de la empresa INARROMESA S.A.:
TABLA Nº 8
LISTA DE CONTROL PARA SINTETIZAR LOS IMPACTOS AMBIENTALES
TEMA SI PUEDE
SER
Formas del Terreno
Pendientes o Terraplenes inestables X
Destrucción, ocupación o modificación de rasgos físicos singulares
X
Efectos que impidan determinados usos del emplazamiento a largo plazo
X
Aire/climatología
Emisiones de contaminantes aéreos que excedan los estándares Nacionales o provoquen deterioro de la calidad del aire ambiental
X
Alteración de movimientos del aire, humedad o temperatura X
Presencia de material particulado generado por el tamizado de la gramínea, en la planta de procesamiento, de la misma forma que se presenta en los silos.
X
Generación de gases de combustión por fuentes móviles (montacargas, volquetes y remolques pequeños).
X
Generación de material particulado y polvillo de arroz, producto del procesamiento de la gramínea.
X
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
112
TEMA SI PUEDE
SER
Contaminación por generación de polvo cuando se realiza el tamizado
X
Agua
Cambios en los índices de absorción, pautas de drenaje o el índice o cantidad de agua de escorrentía
X
Alteraciones de calidad en los caudales X
Las aguas residuales domésticas son almacenadas en pozos sépticos.
X
Residuos sólidos
Residuos sólidos o basuras en volumen significativo X
Generación de desechos sólidos por rechazos de cascarilla de arroz
X
Ruido
Aumento de los niveles sonoros previos X
Mayor exposición de la gente a ruidos elevados X
Afectación a la calidad de vida de los trabajadores de la planta por la generación de ruido por las maquinarias y equipos en el área de producción
X
Contaminación por ruido generado por maquinaria pesada X
Vida Vegetal
Cambios en la diversidad X
Reducción del número de individuos X
Introducción de especies nuevas dentro de la zona X
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
113
TEMA SI PUEDE
SER
Vida Animal
Provocará la atracción o la invasión, o atrapará la vida animal X
Dañara los actuales hábitats naturales X
Provocará la emigración generando problemas de interacción entre los humanos y los animales
X
Presencia de vibraciones que pueden afectar la calidad de vida X
Usos de Suelo
Alterará sustancialmente los usos actuales o previstos del área X
Generación de desechos peligrosos y no peligrosos X
Contaminación del suelo por derrame de aceite usado de las maquinas
X
Recursos Naturales
Aumentará la intensidad del uso de algún recurso natural X
Destruirá sustancialmente algún recurso no reutilizable X
Estética
Cambiará una vista escénica o un panorama abierto al público X
Creará una ubicación estéticamente abierta a la vista del público X
Cambiará significativamente la escala visual o el carácter del entorno próximo
X
Socio-Económico
Afectará a la salud y seguridad de los trabajadores X
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
114
TEMA SI PUEDE
SER
Afectará a la salud y seguridad de los habitantes del sector X
Aumento de plusvalía del área X
Aumento de implementación de empresas por el sector X
Presencia de vibraciones que pueden afectar la calidad de vida X
Emisiones
Generación de calor producto de los calderos al quemar el tamo o cascarilla de arroz
X
Riesgos
Personal no usa debidamente el equipo de protección de seguridad, por lo que puede generar enfermedades ocupacionales
X
Presencia de riesgos mecánicos inherentes a la producción de secado de arroz
X
CAPÍTULO V 116
1. JUSTIFICACIÓN 116
2. CARACTERIZACIÓN DEL COMPONENTE AMBIENTAL FÍSICO 116
2.1. CARACTERÍSTICAS Y LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA DEL CANTÓN DURÁN 116
2.2. GEOLOGÍA 117
2.2.1. GEOLOGÍA REGIONAL 117
2.2.2. GEOLOGÍA LOCAL 118
2.3. SUELOS 119
2.4. CLIMA 119
2.5. TEMPERATURA 120
2.6. VIENTO Y AIRE 120
2.7. HELIOFANÍA 121
2.8. NUBOSIDAD 121
2.9. HIDROLOGÍA 121
2.10. MEDIO PERCEPTUAL (PAISAJÍSTICO) 122
2.10.1. ELEMENTOS ABIÓTICOS 122
2.10.2. ELEMENTOS BIÓTICOS 123
2.10.3. ELEMENTOS ANTRÓPICOS 123
2.11. GRADO DE AFECTACIÓN AL COMPONENTE FÍSICO 124
3. CARACTERIZACIÓN DEL COMPONENTE BIÓTICO 125
3.1. INTRODUCCIÓN 125
3.2. METODOLOGÍA UTILIZADA PARA LA RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN DEL
COMPONENTE BIÓTICO 125
3.3. FLORA 125
3.4. FAUNA 129
3.5. GRADO DE AFECTACIÓN AL COMPONENTE BIÓTICO 131
4. CARACTERIZACIÓN DEL COMPONENTE SOCIOECONÓMICO 132
4.1. METODOLOGÍA UTILIZADA EN LA RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN DEL
COMPONENTE SOCIOECONÓMICO - CULTURAL 132
4.2. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO SOCIOECONÓMICO GENERAL 133
4.2.1. DEMOGRAFÍA 133
4.2.2. DINÁMICA POBLACIONAL 135
4.2.3. ECONOMÍA 135
4.2.4. COMUNICACIÓN 136
4.2.5. VIVIENDA 137
4.2.6. AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO 138
4.2.7. ENERGÍA ELÉCTRICA 139
4.2.8. NIVELES DE INSTRUCCIÓN (EDUCACIÓN) 139
4.3. GRADO DE AFECTACIÓN AL COMPONENTE SOCIOECONÓMICO - CULTURAL
…………………………………………………………………………………………141
4.4. DEL RIESGO AMBIENTAL EXÓGENO Y ENDÓGENO 141
4.4.1. RIESGOS EXÓGENOS 141
4.4.2. RIESGOS ENDÓGENOS 143
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
116
CAPÍTULO V
CARACTERIZACIÓN DE LOS COMPONENTES
AMBIENTALES
LÍNEA BASE AMBIENTAL
1. JUSTIFICACIÓN
La descripción de la línea base ambiental se efectúa con la finalidad de determinar la
situación actual de los componentes ambientales del área de influencia directa e indirecta,
referente al sector donde se lleva a cabo la actividad en funcionamiento identificada como
“INARROMESA S.A., en sus fases de Operación, Mantenimiento y Abandono”, dedicada a
la producción de arroz descascarillado, pulido, blanqueado y semiblanqueado.
Se efectuó la descripción del componente físico (características y localización geográfica del
Cantón Durán, clima, geología, calidad del suelo, hidrología, medio perceptual y los riesgos
dentro del Cantón Durán), componente biótico (identificación de flora y fauna terrestre
presente en el sector) y socioeconómico y cultural (población, vivienda y sus principales
índices, aspectos salud, aspectos educativos, agua potable, alcantarillado, energía eléctrica
y telefonía, industria y comercio), y el grado de afectación del proyecto a estos
componentes.
Es de resaltar que en INARROMESA S.A. no se ha llevado a cabo la realización de
monitoreos de calidad aire o ruido ambiente, por lo que esta información no es
incluida en el presente estudio.
2. CARACTERIZACIÓN DEL COMPONENTE AMBIENTAL FÍSICO
2.1. CARACTERÍSTICAS Y LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA DEL CANTÓN DURÁN
La Provincia del Guayas cuenta en la actualidad con 25 cantones en su jurisdicción, entre
ellos se encuentra el Cantón Durán, el cual está situado frente a Guayaquil, capital
provincial, a la que está unida por el puente de la Unidad Nacional; tiene una temperatura
promedio anual de 25° C a 30ºC; se extiende hacia el Este de la provincia del Guayas y se
encuentra a 46 Km de la Ciudad de Guayaquil.
Durán posee una superficie de 311,73. Km2, su cabecera Cantonal se llama Durán.
Sus límites geográficos son:
Norte: Río Babahoyo
Sur: Río Boliche
Este: Cantones Yaguachi
Oeste: Cantón Babahoyo y el Río Guayas
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
117
FIGURA N° 10
MAPA DE UBICACIÓN DEL CANTÓN DURÁN
El Cantón Durán se encuentra comunicado con los cantones: Simón Bolívar, Alfredo
Baquerizo Moreno (Jujan), Naranjito, Marcelino Maridueña, Yaguachi y Guayaquil por una
red vial estable.
2.2. GEOLOGÍA
2.2.1. GEOLOGÍA REGIONAL
La geología de la Cuenca del Guayas a nivel regional está constituida por un basamento de
rocas basálticas correspondientes a la formación Piñón (antiguo piso oceánico).
Sobre este material, desde la edad del cretáceo se han acumulado varios tipos de
sedimentos con su posterior consolidación hasta formar las rocas que corresponde a la
formación Cayo.
Afloramientos típicos de esta última unidad litológica se encuentran en la cordillera de
Chongón-Colonche y en el flanco occidental de la Cordillera Occidental; sobre estos
materiales, grandes acumulaciones de sedimentos de material detrítico no consolidados,
constituyen los depósitos cuaternarios indiferenciados que conforman los terrenos actuales.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
118
Los materiales sedimentarios del cuaternario comprenden los extensos depósitos no
consolidados de la llanura de inundación, entre los que se encuentran gravas y arenas que
se observan en los lechos de los valles fluviales.
En la planicie de inundación del Guayas, los materiales gruesos están generalmente
localizados a unos pocos kilómetros de las lomas situadas en la base del flanco occidental
de la cordillera ecuatoriana, mientras que las arenas y depósitos fluviales más finos se
encuentran en la parte central de la Plataforma Babahoyo.
2.2.2. GEOLOGÍA LOCAL
La geología del Cantón Durán lo constituye básicamente la Formación volcánica Piñón y
parte de la formación Guayaquil. Estas unidades litológicas estratigráficas son las más
antiguas, comprenden una secuencia marina de flujos de lava y conglomeradas volcánicos
de rocas ígneas.
El complejo Piñón, son las rocas más antiguas que ocurren en el sector, constituyendo el
basamento sobre el cual descansan las rocas más recientes. Está compuesta por un manto
de material volcánico submarino y es el núcleo de la cordillera Chongón-Colonche.
La formación Guayaquil compuesta por argilitas silicificadas, con cherts en capas delgadas,
se encuentran en los cerros aislados de Durán y con un metamorfismo ligero en los Cerros
de Taura, al suroeste de Guayaquil.
Durante el Cenozoico superior, la zona costanera que hoy corresponde al estuario del Río
Guayas y Golfo de Guayaquil era una plataforma marina, donde se colocan sedimentos
litorales. Dichos sedimentos se depositan en las cuencas de los Ríos Guayas, Daule y
Babahoyo.
Las fallas normales, de dirección noreste a sureste y paralelas a la dirección general de Los
Andes, se habrían formado durante un periodo de extensión oligocénica. Posteriormente,
durante el Mioceno superior, por un periodo de tectónica comprensiva y de convergencia
rápida de las placas, estas fallas normales se habrían vuelto fallas inversas.
En el Mioceno y el Plioceno, las cuencas presentan un ambiente marino litoral y están
formadas por arenisca y arcillas muchas veces fosilíferas.
Finalmente, durante el Cuaternario, se produce una depositación masificada de aluviales,
coluviales, residuales y estuarinos en las zonas rodeadas por las estructuras montañosas
formadas en épocas anteriores.
Como resultado de este depósito, las riberas de las cuencas hidrográficas principales
empiezan a rellenarse, fenómeno que también se presenta, en pequeñas porciones, en
depresiones interiores. Esta situación se observa principalmente en las Provincias de Los
Ríos y del Guayas, especialmente en las riberas de la cuenca del Río Guayas, la cual hoy
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
119
en día se mantiene en un periodo de colmatación y sedimentación en sus riberas, hasta
alcanzar las cotas de nivel de zonas superiores.
2.3. SUELOS
De acuerdo con Cañadas (1983), en Durán existen dos tipos de suelo:
Suelos aluviales de inundación de ríos
Suelos arcillosos de planicie aluvial.
Los primeros se encuentran en las planicies de inundación de los ríos del sistema Daule-
Babahoyo. Son suelos arcillosos, negros, profundos y pesados, cuando se seca se parte en
bloques grandes masivos y muy duros (PELLUDERT SIN SALES). Actualmente gran parte
de este suelo se lo utiliza para cultivos de arroz con riego ya que su textura es muy pesada
para otros cultivos.
Los suelos arcillosos de planicie aluvial, en cambio, son suelos ubicados sobre lechos de
crecientes y llanuras de arcilla aluvial pobremente drenadas, cuyo contenido de arcilla
disminuye con la profundidad a partir de los 80 cm, pudiendo contener o no carbonato de
calcio. En la región se utilizan para arroz y pastizales, siendo más adecuados para el primer
tipo de cultivo.
Mientras que el suelo del sector de INARROMESA S.A., ha sido modificado totalmente por
la acción de relleno y nivelación, propias del crecimiento de la ciudad de Durán (Zona
INDUSTRIAL 2A, anexo 4), de tal manera que el suelo y subsuelo están constituidos por
materiales de distintas características como el cascajo y material pétreo.
FIGURA Nº 11 ÁREA EXTERNA DE INARROMESA S.A.
FIGURA Nº 12 ÁREA INTERNA DE INARROMESA S.A.
2.4. CLIMA
El clima de la región está determinado principalmente por la ubicación ecuatorial, la
influencia de las corrientes marinas y la migración estacional de la zona de convergencia
intertropical. Las características de las masas de aguas superficiales del Océano Pacífico
Tropical Oriental, así como las fluctuaciones espacio temporal de las mismas son de
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
120
importancia fundamental para el clima. El patrón de la distribución estacional de las lluvias
es el parámetro fundamental y determinante del clima del área de estudio. Según Cañadas
(1983) este sector se encuentra incluido en la región bioclimática correspondiente a la
formación ecológica shT, sub-húmeda Tropical.
De acuerdo con la estación climatológica del Aeropuerto de la ciudad de Guayaquil, ubicada
a 8.28 kilómetros de la ciudad de Durán, la estación lluviosa (Enero a Abril) presenta de 13 a
18 días lluviosos por mes y concentra el 85 % de la precipitación anual estimada en 1.000
mm. La estación seca (Mayo a Diciembre) presente un mes con días sin lluvia (Agosto), seis
meses (Junio a Noviembre) con 1 a 3 días con lluvias y dos meses (Mayo y Diciembre) con
5 a 8 días lluviosos por mes.
2.5. TEMPERATURA
Las temperaturas máximas y mínimas presentadas en Durán oscilan entre los 23ºC y 26ºC.
Sin embargo la temperatura puntual máxima se registra alrededor de los 35ºC, mientras que
las precipitaciones anuales medias son de 1.112,8 mm.
2.6. VIENTO Y AIRE
La velocidad del viento en el cantón Durán es de baja intensidad. Los vientos predominantes
son del cuadrante sur oeste con velocidad media de 1.2m/segundo. Las mayores
intensidades se presentan en los meses de julio a noviembre, en ocasiones hay vientos
máximos de hasta 33.3Km/h.
La dirección predominante de los vientos es Suroeste-Sureste ocurriendo las mínimas
intensidades generalmente en Abril. La velocidad media es de 4m/s durante la estación
seca, en la estación lluviosa los vientos cambian de dirección en un amplio espectro que va
desde el Suroeste al Este con predominio de los vientos del Sur-Suroeste y un valor medio
de velocidad de 2.7 m/s. A continuación, se listan en Tabla Nº 9 los valores promedios de las
variables meteorológicas para el Cantón Eloy Alfaro (Durán).
TABLA Nº 9
CARACTERÍSTICAS CLIMATOLÓGICAS MEDIAS EN EL CANTÓN DURAN
MES T. MEDIA ºC HUM. (%) PRECIPIT. (mm) VIENTO
Enero 27.3 75 222.5 SO
Febrero 27.3 86 249.3 SSO
Marzo 27.8 81 260.7 SO
Abril 27.7 74 167.5 SSO
Mayo 26.9 75 66.0 SO
Junio 25.7 81 29.6 SO
Julio 24.0 81 10.0 SSO
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
121
MES T. MEDIA ºC HUM. (%) PRECIPIT. (mm) VIENTO
Agosto 25.0 78 1.0 SSO
Septiembre 25.6 77 1.7 SO
Octubre 25.7 76 2.5 SO
Noviembre 26.1 75 6.2 SO
Diciembre 27.0 68 39.1 SO
Fuente: INAMHI
La calidad de aire se ve afectada debido al tránsito vehicular formado en la Autopista Durán
- Boliche, la cual forma parte del área de influencia directa de INARROMESA, es de resaltar
que en INARROMESA S.A. no se ha llevado a cabo la realización de monitoreos de calidad
aire, por lo que este informe no es incluido en el presente estudio.
2.7. HELIOFANÍA
Es una medida de la radiación solar, desde el punto de vista de la duración en tiempo de la
radiación solar con la intensidad suficiente para producir formas definidas. Se mide en horas
y minutos de brillo solar.
Los registros de heliofanía para el Cantón Durán presentan valores medios altos en
septiembre (146 horas) y bajos en enero (89,4 horas), el valor promedio mensual es de 120
horas/mes.
2.8. NUBOSIDAD
Es la fracción de la bóveda terrestre cubierta por la totalidad de las nubes visibles, se divide
a la bóveda celeste en octavos llamados octas.
Este parámetro lo estima el observador, de forma directa y no utiliza aparatos para su
estimación. La nubosidad media anual del área de estudio es casi constante y registra un
valor de 6 octavos (6/8), las nubosidades más altas registradas corresponden a 7/8 y se
presentan durante la estación de lluvia durante los meses de Enero a Abril. Las nubosidades
bajas presentan valores de 6/8 y se han registrado entre Mayo y Diciembre.
Las nubes son causadas por las elevadas temperaturas las cuales producen mayor
evaporación del agua.
2.9. HIDROLOGÍA
El sistema hidrológico del Cantón Durán está conformado por dos cuerpos hídricos
principales que son los ríos Guayas y Babahoyo; además posee una gran cantidad con baja
salinidad o de agua dulce entre los que tenemos:
Al Norte: Los esteros Las Delicias, Las Alforjas y Hondo.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
122
Al Sur: Los ríos Taura, Boliche y los esteros La Ensenada, Hondo y San Camilo.
Al Este: Los esteros Boliche y Moja huevos.
En el sector donde se encuentran ubicadas las instalaciones de INARROMESA S.A., se
evidenció un canal de aguas lluvias, el cual se presenta a continuación:
FIGURA Nº 13
CANAL DE AGUAS LLUVIAS EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DE INARROMESA S.A.
Cabe mencionar que INARROMESA S.A. únicamente efectúa descargas de aguas
residuales domésticas, las mismas que son enviadas al pozo con el que cuenta la empresa.
2.10. MEDIO PERCEPTUAL (PAISAJÍSTICO)
El paisaje está considerado como la expresión perceptual del medio físico, es decir,
detectado por los sentidos, relacionando a la población con el medio natural en el que se
desarrollan sus actividades. Por este motivo, resulta de vital importancia que el desarrollo de
las sociedades humanas tenga en cuenta este aspecto a fin de lograr una mejor calidad de
vida.
Una clasificación, mayoritariamente aceptada de los elementos que constituyen un paisaje,
es en las recientes teorías del paisaje, la que hace referencia a su naturaleza abiótica,
biótica o antrópica.
Algunos de los elementos del paisaje pueden considerarse simultáneamente biótico-
antrópico, como por ejemplo un pastizal, o abiótico-antrópico, como sería el caso de un
núcleo urbano adaptado a una ladera o una bahía.
A su vez en un mismo paisaje aparecen estos elementos combinados en mayor o menor
medida, permitiendo su clasificación. Así podemos hablar de paisaje natural si los elementos
dominantes son el abiótico y el biótico, es decir si no ha sido modificado por la acción del
hombre.
2.10.1. ELEMENTOS ABIÓTICOS
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
123
Los elementos abióticos son los relacionados con la geología y clima, tales como ríos,
barrancos, bahías o montañas, paisajes nevados o erosionados.
Elementos abióticos en el área donde se desarrollan las actividades de INARROMESA S.A.
se evidenció un canal de aguas lluvias.
FIGURA Nº 14
CANAL DE AGUAS LLUVIAS EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DE INARROMESA S.A.
2.10.2. ELEMENTOS BIÓTICOS
Por elementos bióticos se entiende los relacionados con la vida, es decir la flora y la fauna,
dando lugar a las diferentes comunidades naturales.
Durante la visita al área de influencia de la empresa, se evidenció las especies de flora y
fauna, ampliamente descrita con registros fotográficos en el numeral 3 del presente
capítulo.
2.10.3. ELEMENTOS ANTRÓPICOS
Los elementos antrópicos son los relacionados con el hombre, caminos, puentes o
edificaciones.
En cuanto a elementos antrópicos evidenciados en el área de influencia de la empresa
INARROMESA S.A., se pudo evidenciar la siguiente infraestructura creada por el hombre:
Autopista Durán – Boliche
Conjunto Habitacional Valencia.
Industria de alimentos La Europea
Empresa IMESCO
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
124
TABLA Nº 10
ELEMENTOS ANTRÓPICOS EVIDENCIADOS EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DE LA
EMPRESA INARROMESA S.A.
2.11. GRADO DE AFECTACIÓN AL COMPONENTE FÍSICO
El grado de afectación al Componente Ambiental Físico se expresa directamente sobre el
componente de la Calidad del Aire y de Niveles de Ruido, esto debido a que es una
actividad industrial y como tal tiende a generar Gases de combustión por el uso de camiones
y equipos a diésel, presión sonora hacia el ambiente y Material Particulado.
Sin embargo dado a que no posee monitoreos de Material Particulado y Ruido Ambiente se
desconoce si los valores emitidos en INARROMESA S.A. se encuentran dentro del límite
máximo permisible establecidos en la Legislación Nacional Ambiental Vigente.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
125
En cuanto a contaminación del recurso hídrico, es de resaltar que la empresa no genera
aguas industriales durante sus actividades, por tal motivo no realizan la descarga de las
mismas a ningún cuerpo de agua, mientras que las aguas domésticas las descargan al pozo
séptico con el que cuenta la empresa.
3. CARACTERIZACIÓN DEL COMPONENTE BIÓTICO
3.1. INTRODUCCIÓN
INARROMESA S.A. se encuentra localizado en el Kilómetro Km 5.5 de la autopista Durán-
Boliche, rodeado de vegetación silvestre común de la zona.
Es importante el conocer la composición de la flora y fauna existente en la zona donde se
encuentran ubicadas las instalaciones de la empresa, es por ello que en el presente
documento se describe la diversidad florística y faunística observada en la empresa y sus
alrededores, la cual es principalmente de tipo ornamental y frutal, introducida por los
pobladores del área.
3.2. METODOLOGÍA UTILIZADA PARA LA RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN DEL COMPONENTE BIÓTICO
Para el presente estudio de las comunidades ecológicas presentes en el área se empleó la
metodología de observación rápida, relevamientos de encuentro visual (REV), y
comparaciones fotográficas.
3.3. FLORA
Nos encontramos con un micro ecosistema formado en su totalidad por especies típicas en
las zonas rurales.
Se visualizaron especies como mango (Manguifera indica), Palmeras (Cycas revoluta), y
Ficus (Ficus benjamina) y especies ornamentales.
Por lo que se logró la identificación de 12 taxas (Tabla 11), predominando plantas
ornamentales como se puede observar en la siguiente tabla, en la cual se detalla la familia,
nombre científico y nombre vulgar.
TABLA Nº 11
FLORA IDENTIFICADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA
Nº FAMILIA NOMBRE CIENTIFICO NOMBRE VULGAR
1 NYCTAGINACEAE Bugainvillea spp Flor de papel
2 COMBRETACEAE Terminalia catappa Almendro
3 EUPHORBIACEAE Ricinus communis Higuerilla
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
126
Nº FAMILIA NOMBRE CIENTIFICO NOMBRE VULGAR
4 POACEAE Digitaria ischaemum Grama común
5 MORACEAE Ficus microcarpal.f. Laurel de indias o ficus
6 BALSAMINACEAE Impatiens walleriana Alegrías del hogar
7 LEGUNINOSACEAE Arachis pintoi Césped maní
8 MALVACEAE Hibiscus rosa sinensis Peregrina
9 CYCADACEAE Cycas revoluta Palma sagú
10 POACEAE Digitariais chaemum Pasto común
11 EUPHORDIACEAE Codiaeum variegatus Crotón
12 MORACEAE Ficus benjamina Ficus
A continuación, se presenta gráficamente varios ejemplares de flora identificados en el área
de estudio:
TABLA N° 12
CLASIFICACIÓN TAXONÓMICA DE ESPECIES
Nº NOMBRE
CIENTÍFICO
NOMBRE
VULGAR USOS FOTOS
1 Cycas
revoluta Palma Sagú Ornamental
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
127
Nº NOMBRE
CIENTÍFICO
NOMBRE
VULGAR USOS FOTOS
2 Ficus
benjamina Ficus Ornamental
3 Bugainvillea
spp
Flor de
papel Ornamental
4 Ricinus
communis Higuerilla Invasiva
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
128
Nº NOMBRE
CIENTÍFICO
NOMBRE
VULGAR USOS FOTOS
5 Digitaria
ischaemum
Grama
Común Invasiva
6 Terminalia
catappa Almendro Frutal
7 Impatiens
walleriana
Alegrías del
hogar Ornamental
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
129
3.4. FAUNA
Avifauna
Del análisis de información secundaria y después del análisis de la visita in-situ al área de
estudio se identificó 10 especies de aves las mismas que se encuentra distribuidas en las
familias como: Columbidae, Cuculidae, Psittacidade, etc.
En la siguiente tabla se presenta la avifauna presente en el área donde se desarrollan las
actividades de INARROMESA S.A.:
TABLA N° 13
AVIFAUNA DEL ÁREA DE INFLUENCIA DE LA EMPRESA INARROMESA S.A.
Nombre Científico Nombre Vulgar Fotos
Crotophaga ani Garrapatero
Crotophaga sulsirrostri Garrapatero
Furnarius rufus Hornero
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
130
Nombre Científico Nombre Vulgar Fotos
Columbina cruziana Paloma tierrera
Columbia livia Paloma
Coragyps atratus Gallinazo
Dives warszewiczi Negro Fino
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
131
Nombre Científico Nombre Vulgar Fotos
Rostrhamus sociabilis Gavilán caracolero
Mastozoología
El área donde se encuentra ubicada la empresa INARROMESA S.A., alberga una escasa
diversidad de Mastofauna presente en el área esto debido a que es una zona intervenida y
de abundante flujo económico, por lo que únicamente se visualizaron perros y gatos.
Herpetología
En el área de estudio se puede encontrar fácilmente la siguiente especie, debido a que se
adaptada rápidamente a vivir en ecosistemas urbanos:
Orden Squamata
- Lagartijas
Entomología (Macro-invertebrados)
Dentro del área de estudio se evidenció especies de los órdenes:
Dípteros (moscas y mosquito)
Himenópteros (abejas y avispas)
Lepidópteros (mariposas y polillas)
Ortóptera (saltamontes y grillos)
3.5. GRADO DE AFECTACIÓN AL COMPONENTE BIÓTICO
En base al presente estudio y dado a la constante intervención del hombre en los recursos
naturales, tenemos que el sitio donde se encuentran las instalaciones de INARROMESA
S.A. presentó una escasa diversidad de flora pudiendo así presenciar únicamente especies
de tipo ornamentales y frutales, debido al posicionamiento de empresas y asentamientos
humanos en el área.
En relación a la fauna, las aves son habitantes perennes en el medio circundante donde se
desplazan libremente, en cuanto a los mamíferos su situación cambia totalmente, por
encontrarse dentro de la zona urbana solo se evidenciaron animales domésticos, con
respecto a reptiles únicamente se observó una lagartija de cola azul.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
132
4. CARACTERIZACIÓN DEL COMPONENTE SOCIOECONÓMICO
4.1. METODOLOGÍA UTILIZADA EN LA RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN DEL COMPONENTE SOCIOECONÓMICO - CULTURAL
Se analizaron los aspectos del entorno socioeconómico cultural del área de influencia y se
describió aspectos como asentamientos poblacionales e indicadores socio-ambientales y el
grado de afectación de la empresa a estos componentes.
El levantamiento de información para la realización de la caracterización del Informe
Socioeconómico-Cultural se lo ejecutó mediante la obtención de información disponible en el
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Durán, en el INEC e información
levantada durante la visita de campo al área de influencia de la actividad en funcionamiento.
Historia del Cantón Durán
Durán es una ciudad ecuatoriana en el margen este (izquierda) del Río Guayas, en
la Provincia homónima. Está situada frente a Guayaquil, capital provincial, a la que está
unida por el puente de la Unidad Nacional. Durán es la cabecera del cantón homónimo.
Según datos oficiales del INEC según censo 2001, el Cantón Durán tiene 178.714
habitantes, con una distribución de 527 habitantes por Km2 en el área urbana y en la rural 20
habitantes por Km2, lo que puede ser comprobado en la siguiente tabla:
TABLA Nº 14
POBLACIÓN DEL CANTÓN DURÁN
UBICACIÓN
GEOGRÁFICA
COORDENADAS UTM 17 S (DATUM WGS 84)
628.177E ; 9'760.777N
POBLACIÓN
(CENSO 2001) Mujeres 90.522 Hombres 88.192 Total 178.714 hab.
EXTENSIÓN
TERRITORIAL Urbana 58,65 Km2 Rural 253,08 Km2 Total 311,73 Km2
DENSIDAD
POBLACIONAL
Urbana 527
hab/Km2 Rural 20 hab/Km2
Fuente: Página web del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Durán
(www.duran.gob.ec)
Su nombre se debe a que el Sr. José Durán y Maristany, de origen Español (El Masnou-
Barcelona) se estableció en Durán y construyó una piladora y un hotel denominado ¨Hotel
DURÁN¨, fue así que las personas se acostumbraron a decir vamos a Durán. Esto cuando
Durán era aún un caserío y existía únicamente por el ferrocarril. Josep Durán donó las
tierras por donde cruzaría el ferrocarril en la época del entonces presidente Eloy Alfaro, por
tal motivo y como homenaje al presidente y al terrateniente se le puso Eloy Alfaro-Durán.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
133
Fue a partir de 1880 que en Durán, especialmente en las faldas del cerro Las Cabras,
comienzan a asentarse centenares de familias de varios rincones del país, mediante
ordenanza, el 16 de octubre de 1902 fue nombrada Parroquia Rural del Cantón Guayaquil.
En 1920, el Consejo del Guayas bautizó a Durán con el nombre de Gral. Eloy Alfaro. Por su
cercanía con Guayaquil, Durán alcanzó un notable desarrollo agrícola, industrial y comercial.
El día Viernes 27 de Diciembre de 1985, en la Presidencia del Ing. León Febres-Cordero
Rivadeneira fue aprobado el proyecto de cantonización y bajo el respaldo del Honorable
Congreso Nacional, presidido por el Sr. Averroes Bucaram en su calidad de presidente fue
elevada la Parroquia Rural del Cantón Guayaquil a calidad de Cantón “Eloy Alfaro Durán”,
siendo publicado en el registro oficial Nº 352, el Viernes 10 de enero de 1986, debido a esto
se celebra cada 10 de enero la cantonización de dicha ciudad. Actualmente en el cantón se
asienta uno de los parques industriales más importantes del país.
A partir del año 1986 siendo ya Cantón Durán, empezaron las elecciones libres y
democráticas.
En la actualidad el Cantón Durán posee como fuente de producción económica el aporte
que generan las fábricas, las industrias, el comercio mayorista y el turismo.
4.2. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO SOCIOECONÓMICO GENERAL
4.2.1. DEMOGRAFÍA
De acuerdo al VII Censo de Población y VI Vivienda, realizado el 28 de noviembre del 2010,
la población del Cantón Durán es aproximadamente de 235.769 habitantes, distribuidos en
119.368 mujeres y 116.401 hombres. En tanto que en el censo poblacional realizado en el
2001 los habitantes fueron un total de 178.714 individuos, lo que puede ser evidenciado en
la siguiente tabla:
TABLA Nº 15
POBLACIÓN URBANO-RURAL DEL CANTÓN DURÁN
Área de Población CENSO 2001 CENSO 2010
URBANO 174531 230.839
RURAL 4183 4.930
TOTAL 178.714 235.769
Fuente: INEC
La Figura 27, muestra el crecimiento de la población urbano-rural del Cantón Durán, la cual
se presenta a continuación:
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
134
FIGURA Nº 17
POBLACIÓN URBANO-RURAL DEL CANTÓN DURÁN
Fuente: Boletín del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos
(INEC).
Se observa que la población total en el año 1990 fue de 2.837 habitantes mientras que en el
año 2001 existe una población de 178.714 según el censo del 2001.
La distribución de la población según parroquias y sexos se muestra en la siguiente tabla:
TABLA N° 16
DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN DEL CANTÓN
DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN DEL CANTÓN DURÁN, SEGÚN PARROQUIAS
PARROQUIAS TOTAL HOMBRES MUJERES
Eloy Alfaro (urbano) 174.531 85.905 88.626
Área rural 4.183 2.287 1.896
Periferia 4.183 2.287 1.896
TOTAL 178.714 88.192 90.522
Fuente: INEC
Teniendo como resultado que en la Ciudad de Durán la población masculina es 88.192,
menor a la población femenina que presentó un total de 90.522 mujeres.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
135
FIGURA Nº 18
PORCENTAJES DE POBLACIÓN POR SEXO EN EL CANTÓN DURÁN
Fuente: INEC
4.2.2. DINÁMICA POBLACIONAL
La dinámica de crecimiento en los centros de poblados del área de influencia, no es
uniforme porque depende no sólo de variables como la fecundidad, la mortalidad y las
migraciones, sino también de factores geográficos, económicos, productivos, e
infraestructura de servicios básicos.
4.2.3. ECONOMÍA
De acuerdo con los datos del censo del año 2001, la población económicamente activa
(PEA) del Cantón Durán se dedica principalmente a actividades de agricultura, ganadería,
caza, pesca y silvicultura (3.622 habitantes), 7.586 habitantes se dedican a la manufactura,
4.838 habitantes a la construcción, 2.920 habitantes a la enseñanza y 29.911 habitantes a
otras actividades.
Lo que puede ser verificado en la siguiente tabla:
TABLA Nº 17
POBLACIÓN ECONÓMICAMENTE ACTIVA DEL CANTÓN DURÁN
Fuente: Boletín del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) 2001.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
136
Dentro del área de influencia de la empresa INARROMESA S.A. fue posible evidenciar la
existencia de dos empresas, las que representan puntos de generación económica y se
muestran a continuación:
FIGURA Nº 19
PAISAJE COMERCIAL DE INARROMESA S.A.
Pudiendo así observar que el nivel fluido de comercialización en los alrededores de
INARROMESA S.A. no es tan elevado.
4.2.4. COMUNICACIÓN
Las viviendas del Cantón Durán disponen de servicio telefónico, lo cual se detalla en la
siguiente tabla:
TABLA N° 18
SERVICIO TELEFÓNICO CANTÓN DURÁN
SERVICIO TELEFÓNICO
TOTAL 44.023 100,0 %
SI DISPONE 18.643 22,3 %
NO DISPONE 25.380 77,7 %
Fuente: INEC
INARROMESA S.A. cuenta con el servicio de telefonía fija el cual es brindado por la
Corporación Nacional de Telecomunicaciones – CNT.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
137
4.2.5. VIVIENDA Según el Censo realizado por el INEC en el 2001, el Cantón Durán cuenta con 73,3% de
habitantes que poseen vivienda propia, seguido de un 19,5% quienes se encuentran en
viviendas arrendadas, 0,8% en anticresis, 3,5% disponen de una vivienda gratuita, 1,6 %
adquirió vivienda por prestación de servicios y un 1,3% cuenta con otros tipos de adquisición
de vivienda (Tabla 15).
TABLA N° 19
VIVIENDAS PARTICULARES OCUPADAS, CANTÓN DURÁN
VIVIENDAS DEL CANTÓN DURÁN
TIPO DE TENENCIA Nº DE HABITANTES PORCENTAJE
PROPIA 32.248 73,3 %
ARRENDADA 8.600 19,5 %
EN ANTICRESIS 343 0,8%
GRATUITA 1.540 3,5%
POR SERVICIOS 713 1,6
OTRO 579 1,3
TOTAL CANTÓN 44.023 100,0
Fuente: INEC 2001
Mientras que dentro del área de influencia se evidenció la presencia del conjunto
habitacional Valencia, el cual se presenta en la siguiente figura:
FIGURA Nº 20
CONJUNTO RESIDENCIAL EN ELÁREA DE ESTUDIO
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
138
4.2.6. AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
El Cantón Durán se abastece de la red pública, la cobertura del servicio de abastecimiento
de agua potable llega a un 65,8% de la población, el restante de la población se abastece de
agua mediante Río o vertiente, de pozo entre otros medios, los que pueden ser
evidenciados en la siguiente tabla:
TABLA N° 20
SERVICIO DE AGUA POTABLE DEL CANTÓN DURÁN
ABASTECIMIENTO DE AGUA
TIPO DE APROVISIONAMIENTO Nº DE HABITANTES PORCENTAJE
RED PÚBLICA 28.974 65,8
POZO 1.405 3,2
RÍO O VERTIENTE 938 2,1
CARRO REPARTIDOR 12.093 27,5
OTRO 613 1,4
TOTAL 44.023 100,0
Fuente: INEC
El servicio de alcantarillado y canalización de aguas servidas está presente en la cabecera
cantonal Durán.
De acuerdos con datos del INEC (2001), en el cantón la eliminación de las aguas servidas
se la hace de la siguiente forma:
TABLA N° 21
SANEAMIENTO AMBIENTAL DEL CANTÓN DURÁN
TIPO DE ELIMINACIÓN DE AGUAS
SERVIDAS Nº DE HABITANTES PORCENTAJE
RED PÚBLICA DE ALCANTARILLADO 24.286 55,2
POZO CIEGO 4.313 9,8
POZO SÉPTICO 12.950 29,4
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
139
TIPO DE ELIMINACIÓN DE AGUAS
SERVIDAS Nº DE HABITANTES PORCENTAJE
OTRA FORMA 2.474 5,6
TOTAL 44.023 100,0
Fuente: INEC
INARROMESA S.A. no cuenta con servicio de alcantarillado por lo que sus aguas residuales
son descargadas al pozo séptico con el que cuenta la empresa.
El agua potable de INARROMESA S.A. es provista por la Empresa de Agua Potable y
Alcantarillado de Durán – Empresa Pública (EMAPAD EP).
4.2.7. ENERGÍA ELÉCTRICA
96,1 % de la población del Cantón Durán dispone de servicio eléctrico y el 3,9 % no tiene
acceso. En algunas ocasiones éste servicio es tomado de los postes alumbrados públicos o
de las conexiones eléctricas de los vecinos.
TABLA N° 22
SERVICIO ELÉCTRICO DEL CANTÓN DURÁN
SERVICIO ELÉCTRICO
SÍ DISPONE 42.308 96,1
NO DISPONE 1.715 3,9
TOTAL 44.023 100,0
Fuente: INEC
La empresa INARROMESA S.A. es suministrada de energía eléctrica por la Corporación
Nacional de Electricidad – CNEL.
4.2.8. NIVELES DE INSTRUCCIÓN (EDUCACIÓN)
De acuerdo con el censo del 2001, en cuanto a los niveles de educación de la población del
Cantón Durán, se observa que el 41,1% de la población tiene únicamente instrucción
primaria.
Respecto a la instrucción secundaria, el Cantón presenta un nivel del 34,2%, en tanto que el
3,6% de la población del Cantón Durán carece de un nivel de instrucción.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
140
TABLA N° 23
NIVELES DE EDUCACIÓN DE LA POBLACIÓN DEL CANTÓN DURÁN
CANTÓN DURÁN: POBLACIÓN DE 5 AÑOS Y MÁS, POR SEXO Y ÁREAS, SEGÚN NIVELES DE
INSTRUCCIÓN. CENSO 2001
NIVELES DE
INSTRUCCIÓN
TOTAL HOMBRES MUJERES
TOTAL URBANO RURAL TOTAL URBANO RURAL TOTAL URBANO RURAL
TOTAL 159.868 156.210 3.658 78.571 76.539 2.032 81.297 79.671 1.626
NINGUNO 5.738 5.138 600 2.733 2.365 368 3.005 2.773 232
CENTRO
ALFAB. 580 533 47 263 241 22 317 292 25
PRIMARIO 65.648 63.376 2.272 32.701 31.461 1.240 32.947 31.915 1.032
SECUNDARIO 54.610 54.202 408 26.976 26.758 218 27.634 27.444 190
POST
BACHILLERATO 1242 1.241 1 576 576 0 666 665 1
SUPERIOR 17.746 17.710 36 8.199 8.180 19 9.547 9.530 17
POST GRADO 128 128 0 67 67 0 61 61 0
NO
DECLARADO 14.176 13.882 294 7.056 6.891 165 7.120 6.991 129
El promedio de años aprobados por la población de 10 años y más (escolaridad media) para el cantón Durán es
de 6,9 años, para la población del área urbana es de 7,3 años y para el área rural 5,2 años. Para hombres 6,8 y
para mujeres 7,1 años.
Fuente: INEC
FIGURA N° 21
PORCENTAJE DE POBLACIÓN, SEGÚN NIVELES DE INSTRUCCIÓN
Fuente: INEC
La educación superior es alcanzada únicamente por el 11,1% de la población del Cantón.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
141
En los alrededores de la actividad identificada como “INARROMESA S.A., en sus fases de
Operación, mantenimiento y Abandono” no se evidenció centros educativos.
4.3. GRADO DE AFECTACIÓN AL COMPONENTE SOCIOECONÓMICO - CULTURAL
Durante la visita al área de influencia de la empresa INARROMESA S.A. se pudo evidenciar
que en el sector existen otras actividades de ingresos económicos, como también un normal
desarrollo por parte del componente socioeconómico – cultural, por lo que no se evidenció
afectaciones hacia el mismo. Esto debido a que la zona donde se asienta la empresa es un
área industrial (Anexo 4).
Sin embargo, durante el Proceso de Participación Social, se efectuará una encuesta para
conocer el grado de afectación de la empresa hacia los actores sociales invitados.
4.4. DEL RIESGO AMBIENTAL EXÓGENO Y ENDÓGENO
4.4.1. RIESGOS EXÓGENOS
- Riesgos de inundaciones en el Cantón Durán
El riesgo de inundación en el Cantón Durán, se fundamenta en la calificación encontrada en
el Sistema Integrado de Indicadores Sociales en el Ecuador (S.I.I.S.E.), el cual contiene
cuatro grados de amenazas naturales bien definidos por zonas. La zona III (sombreada en
rojo), representa un grado de amenaza por inundaciones muy altas, con una valoración de
3. Mientras que la zona I (sombreada de amarillo), representa un grado de amenaza bajo,
con una valoración de 0.
El Cantón Durán se encuentra localizado en la Zona III (sombreada en rojo), el cual
representa un grado de amenaza por inundaciones muy alto, con una valoración de 3; es
decir el de una zona altamente vulnerable al aumento de precipitaciones, que trae como
consecuencia desbordamiento de ríos, taponamiento de drenaje, entre otros, situaciones
que se ven agravadas durante los eventos del fenómeno del Niño (1982-83 y 1997-98).
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
142
FIGURA N° 15
MAPA DE RIESGO POR INUNDACIÓN EN EL ECUADOR
Fuente: Sistema Integrado de Indicadores Sociales en el Ecuador (S.I.I.S.E)
- Riesgos de Sismo en el Cantón Durán
El cantón Durán no está sujeto a riesgos por deslizamientos, ya que no se asienta en
pendientes pronunciadas y la ciudad se encuentra ubicada en planicie de mediana
pendiente (25 – 30 %).
Sin embargo existe peligro sísmico potencial ya que el cantón se encuentra ubicado cerca
de la costa del pacifico y relativamente la costa ecuatoriana está asociada al llamado
“Cinturón de Fuego del Pacífico”.
Para determinar los niveles de amenaza física en el cantón se tomó el mapa de “Amenaza
sísmica en el Ecuador”, que contiene cuatro grados de amenaza definido por zonas: la zona
en donde se encuentra ubicado el cantón Durán posee un grado de amenaza sísmica
considerable un valor de 2, lo cual se evidencia a continuación:
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
143
FIGURA Nº 16
MAPA DE RIESGO POR SISMO EN EL ECUADOR
Fuente: Sistema Integrado de Indicadores Sociales en el Ecuador (S.I.I.S.E)
4.4.2. RIESGOS ENDÓGENOS Dentro de cualquier tipo de establecimiento, existe la posibilidad de producirse sucesos
adversos que pueden causar fuertes daños al ambiente, al personal que labora en la
Compañía y a las instalaciones existentes.
Estos sucesos los podemos considerar como riesgos endógenos de la empresa
INARROMES S.A., los cuales deben ser considerados de manera anticipada a fin de
manifestar medidas preventivas que permitirán proteger al ambiente, al personal de trabajo y
todo lo que compone a la Compañía. A continuación enlistamos los riesgos endógenos en la
empresa:
Incendios.- en varias áreas de la empresa pueden generarse incendios ya que se trabaja
con energía eléctrica, trasformadores, para la producción.
Accidentes laborales.- como en toda instalación industrial, los accidentes laborales tienen
una alta probabilidad por lo tanto la empresa no será la excepción, estos riesgos pueden
ser:
Caídas
Golpes
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
144
Arrollamiento
Electrocución, etc.
Los riegos antes mencionados han sido analizados por lo cual se ha dispuesto un Plan de
Manejo Ambiental que contiene las medidas necesarias para reducir, prevenir y mitigar los
riesgos, con la finalidad de tener un buen ambiente de trabajo.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
146
CAPÍTULO VI
REVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE NORMAS
AMBIENTALES DURANTE LA FASE DE FUNCIONAMIENTO
DEL PROYECTO
(HALLAZGOS E INCUMPLIMIENTOS IDENTIFICADOS)
Para la verificación del cumplimiento de la Legislación Ambiental Nacional vigente se
consideró el análisis de los criterios aplicables para la actividad en funcionamiento
identificada como “INARROMESA S.A., en sus fases de Operación, Mantenimiento y
Abandono”, dedicada a la producción de arroz descascarillado, pulido, blanqueado y
semiblanqueado, dispuestos en el siguiente marco legal:
Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria.
Reglamento Sustitutivo del Reglamento Ambiental para las Operaciones
Hidrocarburíferas en el Ecuador.
Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio de
Trabajo.
Reglamento de prevención, mitigación y protección contra incendios.
Ordenanza que pone en vigencia y aplicación al Subsistema de Evaluación de
Impactos Ambientales del Gobierno Provincial del Guayas.
Acuerdo Ministerial 026: Procedimientos para Registro de Generadores de Desechos
Peligrosos, Gestión de Desechos Peligrosos previo al Licenciamiento Ambiental, y
para el Transporte de Materiales Peligrosos.
NTE INEN 2266:2013. Transporte, Almacenamiento y Manejo de Materiales
peligrosos. Requisitos.
NTE INEN 2288:2000 Productos Químicos Industriales Peligrosos. Etiquetado de
Precaución. Requisitos.
NTE INEN 439 Colores, Señales y Símbolos de Seguridad.
Mientras que para la evaluación del grado de cumplimiento de la Legislación Ambiental
Nacional vigente se considerará el siguiente grado de cumplimiento:
CUMPLE C
NO CONFORMIDAD MENOR NC-
NO CONFORMIDAD MAYOR NC+
Conformidad (C): Esta calificación implica que se ha cumplido con todo lo indicado en el
artículo de la Legislación Ambiental Nacional vigente.
No conformidad menor (NC-): Esta calificación implica una falta leve frente a las leyes
aplicables dentro de los siguientes criterios: fácil corrección o remediación, bajo costo de
corrección o remediación, evento de magnitud pequeña, poco riesgo e impactos menores,
sean directos e indirectos.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
147
No conformidad mayor (NC+): Esta calificación implica una falta grave frente a las leyes
aplicables, o también cuando se produzcan no conformidades periódicas. Los criterios de
evaluación son los siguientes: Corrección o remediación difícil, corrección o remediación que
requiere mayor tiempo y recursos, el evento es de magnitud moderada a grande.
Dentro de este capítulo se presentará una síntesis de los incumplimientos encontrados,
síntesis de las observaciones, entre otros.
A continuación, se presenta la Tabla Nº 24 de Cumplimiento de la Legislación Ambiental
Nacional Vigente en donde se detalla el impacto enfrentado, el documento en que es citado
el criterio, la actividad auditada, la verificación de conformidad, los hallazgos de la auditoría
ambiental de cumplimiento, el indicador objetivo verificable, las observaciones y finalmente
el o los responsables del cumplimiento de las actividades auditadas.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
148
TABLA Nº 24 REVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL NACIONAL VIGENTE DE LA ACTIVIDAD EN
FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y
ABANDONO”
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
CA
LID
AD
DE
L A
MB
IEN
TE
SA
LU
D Y
SE
GU
RID
AD
IN
DU
ST
RIA
L
RE
GLA
ME
NT
O A
LA
LE
Y D
E G
ES
TIÓ
N A
MB
IEN
TA
L P
AR
A L
A P
RE
VE
NC
IÓN
Y
CO
NT
RO
L D
E L
A C
ON
TA
MIN
AC
IÓN
AM
BIE
NT
AL
Art. 57.- Documentos Técnicos Los estudios ambientales se realizarán en las etapas previas a la ejecución, durante la ejecución y para el abandono (cese de actividades), temporal o definitivo de un proyecto o actividad.
X
Actualmente, INARROMESA S.A. se encuentra gestionando la obtención de la Licencia Ambiental a través del Gobierno Provincial del Guayas, prueba de ello es la aprobación de los Términos de Referencia para el Estudio de Impacto Ambiental Ex-post, a través del oficio No. 4847-DMA-GPG-2012.
Oficio de Aprobación de los Términos de Referencia (Anexo 1).
Jefe de Planta
Art. 87.- Información de Situaciones de Emergencia.- El regulado está obligado a informar a la entidad ambiental de control cuando se presenten situaciones de emergencia, accidentes o incidentes por razones de fuerza mayor que puedan generar cambios sustanciales de sus descargas, vertidos o emisiones, con referencia a aquellas autorizadas por la entidad ambiental de control. Así, reportará de manera inmediata, en un plazo no mayor a 24 horas, las siguientes situaciones: a) Necesidad de parar en forma parcial o total un sistema de tratamiento, para un mantenimiento que dure más de veinticuatro (24) horas; b) Fallas en los sistemas de tratamiento de las emisiones, descargas o vertidos cuya reparación requiera más de veinticuatro (24) horas; c) Emergencias, incidentes o accidentes que impliquen cambios sustanciales en la calidad, cantidad o nivel de la descarga, vertido o emisión; y, d) Cuando las emisiones, descargas o vertidos contenga cantidades o concentraciones de sustancias consideradas peligrosas.
X
En las instalaciones de INARROMESA S.A. no se han presentado situaciones de emergencia, es por ello que no ha existido la necesidad de informar sobre este tipo de situaciones a la Entidad Ambiental de Control (Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial del Guayas).
N/A Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
149
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
CA
LID
AD
DE
L A
MB
IEN
TE
SA
LU
D Y
SE
GU
RID
AD
IN
DU
ST
RIA
L
RE
GLA
ME
NT
O A
LA
LE
Y D
E G
ES
TIÓ
N
AM
BIE
NT
AL P
AR
A L
A P
RE
VE
NC
IÓN
Y
CO
NT
RO
L D
E L
A C
ON
TA
MIN
AC
IÓN
AM
BIE
NT
AL
Art. 89.- Prueba de Planes de Contingencia.- Los planes de contingencias deberán ser implementados, mantenidos, y probados periódicamente a través de simulacros. Los simulacros deberán ser documentados y sus registros estarán disponibles para la entidad ambiental de control. La falta de registros constituirá prueba de incumplimiento de la presente disposición
X
INARROMESA S.A. actualmente cuenta con un Plan de Contingencia, sin embargo no ha realizado un simulacro que pueda probar su efectividad al momento de una emergencia.
N/A Jefe de Planta
RE
CU
RS
O A
GU
A
TU
LS
MA
LIB
RO
VI, A
NE
XO
1
4.2.1.1. El regulado deberá mantener un registro de los efluentes generados, indicando el caudal del efluente, frecuencia de descarga, tratamiento aplicado a los efluentes, análisis de laboratorio y la disposición de los mismos, identificando el cuerpo receptor. Es mandatorio que el caudal reportado de los efluentes generados sea respaldado con datos de producción.
NO APLICA
En INARROMESA S.A. se realiza únicamente descargas de aguas domésticas, estas descargas son dirigidas hacia un pozo séptico el cual es de propiedad de la empresa.
Observación directa.
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
150
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
MA
NE
JO
DE
DE
SE
CH
OS
NO
PE
LIG
RO
SO
S
TU
LS
MA
LIB
RO
VI, A
NE
XO
2
Toda actividad productiva que genere desechos sólidos no peligrosos, deberá implementar una política de reciclaje o reúso de los desechos. Si el reciclaje o reúso no es viable, los desechos deberán ser dispuestos de manera ambientalmente aceptable. Las industrias y proveedores de servicios deben llevar un registro de los desechos generados, indicando volumen y sitio de disposición de los mismos. Por ningún motivo se permite la disposición de desechos en áreas no aprobadas para el efecto por parte de la entidad ambiental de control.
X
En INARROMESA S.A. se generan los siguientes desechos no peligrosos: Papel Sacos Desechos orgánicos Desechos sanitarios Polvillo ceniza Pallets Usados Plástico
Todos los desechos antes mencionados son entregados al recolector de basura del Municipio del Cantón Durán. Respecto al registro de los desechos generados, INARROMESA S.A. posee en sus instalaciones un registro de la Generación de desechos peligrosos y no peligrosos en el cual consta la cantidad, fecha y fact. Sin embargo no detalla el tipo de desecho generado.
Registro de Generación de Desechos peligrosos y no peligrosos (Anexo 6).
Durante la visita a la empresa se evidenció que estos desechos no peligrosos son colocados en la parte posterior de la Bodega de Sacos de la empresa en contenedores y fundas, los mismos que no cuentan con su respectiva señalética.
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
151
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
ALM
AC
EN
AM
IEN
TO
DE
DE
SE
CH
OS
PE
LIG
RO
SO
S
TU
LS
MA
LIB
RO
VI, A
NE
XO
2
El almacenamiento, transporte y disposición de residuos peligrosos, deberán ser manejados de acuerdo a lo establecido en las normas y regulaciones expedidas para el efecto. Las personas que generan residuos peligrosos, deben llevar una bitácora mensual sobre la generación de sus residuos peligrosos, donde se incluirá las características del desecho, volumen, procedencia y disposición final del mismo. Se debe transportar los residuos peligrosos en los vehículos que cuenten con todas las condiciones previstas en las normas técnicas y regulaciones expedidas para el efecto. Las personas que realicen esta actividad, deben contar con el permiso de la Entidad Ambiental de Control correspondiente. Las áreas de almacenamiento deberán reunir como mínimo, a más de las establecidas en la Norma Técnica Ambiental para el Manejo de Desechos Peligrosos, con las siguientes condiciones: Estar separadas de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de materias primas o productos terminados. Estar ubicadas en zonas donde se minimicen los riesgos por posibles emisiones, fugas, incendios, explosiones e inundaciones. Contar con pasillos lo suficientemente amplios, que permitan el tránsito de montacargas mecánicos, electrónicos o manuales, así como el movimiento de los grupos de seguridad y bomberos en casos de emergencia. Contar con sistemas para la prevención y respuesta a incendios.
X
En las instalaciones de la empresa INARROMESA S.A. no existe un área especial que cuente con las especificaciones técnicas establecidas en la legislación para el almacenamiento de desechos peligrosos. Así también, se evidenció que en INARROMESA S.A. no se ha efectuado la entrega de los desechos peligrosos generados en la empresa (lámparas fluorescentes, tóneres de impresora y botellas vacías de productos químicos) a un gestor autorizado y solamente se mantiene un registro de la Generación de desechos peligrosos y no peligrosos en el cual consta la cantidad, fecha y fact. Sin embargo no detalla el tipo de desecho generado, procedencia y disposición final de los mismos.
Observación directa. Registro de Generación de Desechos peligrosos y no peligrosos (Anexo 6).
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
152
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
DE
RR
AM
ES
DE
SU
ST
AN
CIA
S P
ELIG
RO
SA
S
TU
LS
MA
LIB
RO
VI, A
NE
XO
2.
4.1.3.5 Cuando por cualquier causa se produzcan derrames, infiltraciones, descargas o vertidos de residuos o productos peligrosos de forma accidental sobre el suelo, áreas protegidas o ecológicamente sensibles, se debe dar aviso inmediato de los hechos a la Entidad Ambiental de Control; aviso que deberá ser ratificado por escrito dentro de las 48 horas siguientes al día en que ocurran los hechos, para que dicha- dependencia esté en posibilidad de dictar o en su caso promover ante la Entidad Ambiental, de Control competente, la aplicación de las medidas de seguridad y de contingencia que procedan.
X
Dado que en INARROMESA S.A. no se han suscitado situaciones de derrames, no se han emitido avisos de derrames, infiltraciones, descargas o vertidos de residuos o productos peligrosos de forma accidental sobre el suelo a la Entidad Ambiental de Control. Durante la visita a las instalaciones de la empresa, tampoco se evidenció derrames de hidrocarburos en el suelo sin pavimentar.
N/A Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
153
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
CA
LID
AD
DE
AIR
E A
MB
IEN
TE
TU
LS
MA
LIB
RO
VI, A
NE
XO
4
Material particulado menor a 10 micrones (PM10).- El promedio aritmético de la concentración de PM10 de todas las muestras en un año no deberá exceder de cincuenta microgramos por metro cúbico (50 ug/m3). El promedio aritmético de monitoreo continuo durante 24 horas, no deberá exceder de cien microgramos por metro cúbico (100 ug/m3). Se considera sobrepasada la norma de calidad del aire para material particulado PM10 cuando el percentil 98 de las concentraciones de 24 horas registradas durante un periodo anual en cualquier estación monitora sea mayor o igual a (100 ug/m3). Material particulado menor a 2,5 micrones (PM2,5).- El promedio aritmético de la concentración de PM2,5 de todas las muestras en un año no deberá exceder de quince microgramos por metro cúbico (15 ug/m3). El promedio aritmético de monitoreo continuo durante 24 horas, no deberá exceder de cincuenta microgramos por metro cúbico (50 ug/m3). Se considera sobrepasada la norma de calidad del aire para material particulado PM2.5 cuando el percentil 98 de las concentraciones de 24 horas registradas durante un período anual en cualquier estación monitora sea mayor o igual a (50 ug/m3)
X
En las instalaciones de INARROMESA S.A. no se ha efectuado un Monitoreo de Material Particulado (PM 10 y PM 2.5), con el cual se puede evidenciar el cumplimiento de estos parámetros con los límites máximos permisibles establecidos en la Legislación Nacional Ambiental vigente.
N/A Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
154
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
CA
LID
AD
DE
RU
IDO
AM
BIE
NT
E
TU
LS
MA
LIB
RO
VI, A
NE
XO
5, T
AB
LA
1.
Los niveles de presión sonora equivalente, NPSeq, expresados en decibeles, en ponderación con escala A, que se obtengan de la emisión de una fuente fija emisora de ruido, no podrán exceder los valores que se fijan en la Tabla 1. (70 dB).
X
En las instalaciones de INARROMESA S.A. no se ha efectuado un Monitoreo de Ruido Ambiente, con el cual se pueda evidenciar el cumplimiento de este parámetro con los límites máximos permisibles establecidos en la Legislación Nacional Ambiental vigente.
N/A Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
155
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
CA
LID
AD
AM
BIE
NT
AL P
AR
A E
L M
AN
EJO
Y D
ISP
OS
ICIÓ
N F
INA
L D
E D
ES
EC
HO
S S
ÓLID
OS
NO
PE
LIG
RO
SO
S
TU
LS
MA
LIB
RO
VI, A
NE
XO
6
4.1.22 Las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o manipulen desechos peligrosos deben obligatoriamente realizar la separación en la fuente de los desechos sólidos normales de los peligrosos, evitando de esta manera una contaminación cruzada en la disposición final de los dºººººººesechos.
X
Durante las actividades de producción de arroz descascarillado, pulido, blanqueado y semiblanqueado que se realizan en INARROMESA S.A. se generan desechos peligrosos (lámparas fluorescentes, tóneres de impresora y botellas vacías de productos químicos) y desechos no peligrosos (papel, sacos, polvillo, ceniza, residuos sanitarios, pallet usados, plásticos y desechos orgánicos). Los desechos papel, sacos, polvillo, ceniza, residuos sanitarios, pallet usados, plásticos y desechos orgánicos son enviados con el recolector de basura común, así también los desechos peligrosos no son entregados a un gestor autorizado. INARROMESA S.A. no cuenta con un área especial destinada para el almacenamiento temporal de desechos peligrosos, por lo que puede darse contaminación cruzada en la disposición final de los desechos. Los pallets usados, fueron observados en varios puntos de la empresa sin que exista un área especial para su almacenamiento.
Observación directa.
Almacenamiento de
pallets usados
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
156
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
CA
LID
AD
AM
BIE
NT
AL P
AR
A E
L M
AN
EJO
Y D
ISP
OS
ICIÓ
N F
INA
L D
E D
ES
EC
HO
S S
ÓLID
OS
NO
PE
LIG
RO
SO
S Y
PE
LIG
RO
SO
S
TU
LS
MA
LIB
RO
VI, A
NE
XO
6
4.2.5 Se prohíbe la quema de desechos sólidos en los contenedores de almacenamiento de desechos sólidos. 4.2.6 Se prohíbe quemar desechos sólidos a cielo abierto.
X
Durante la visita de auditoría a la empresa INARROMESA S.A. se observó la quema de desechos sólidos a cielo abierto.
Observación directa.
Restos de ceniza en las
instalaciones de la empresa.
Jefe de Planta
4.2.18 Se prohíbe mezclar desechos sólidos peligrosos con desechos sólidos no peligrosos.
X
En INARROMESA S.A. no se evidenció la mezcla de desechos sólidos no peligrosos y desechos peligrosos en los diferentes tachos de almacenamiento de desechos.
Observación directa.
Área de almacenamiento de desechos en
general
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
157
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
CA
LID
AD
DE
L A
MB
IEN
TE
SA
LU
D Y
SE
GU
RID
AD
IN
DU
ST
RIA
L
OR
DE
NA
NZ
A Q
UE
PO
NE
EN
VIG
EN
CIA
Y A
PLIC
AC
IÓN
EL S
UB
SIS
TE
MA
DE
EV
ALU
AC
IÓN
DE
IM
PA
CT
OS
AM
BIE
NT
ALE
S D
EL G
OB
IER
NO
PR
OV
INC
IAL D
EL G
UA
YA
S
Artículo 6.- De la categorización ambiental. El Promotor que vaya a realizar un proyecto o actividad, dentro del territorio de la Provincia del Guayas, y que esté inmerso dentro del ámbito de aplicación de la presente Ordenanza, en forma previa y como condición para llevarla a cabo o para que la misma siga en funcionamiento, deberá solicitar a la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas a través de la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y Agua, la categorización ambiental de su proyecto o actividad. Para solicitar la categorización ambiental, se debe presentar la documentación señalada en la Guía Técnica para la Evaluación de Impactos Ambientales en la Provincia del Guayas, la misma que será expedida por la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas en el término de 30 días luego de aprobada la presente Ordenanza. Para garantizar el ámbito de competencia del Gobierno Provincial del Guayas, los promotores tendrán que tramitar ante el Ministerio del Ambiente del Ecuador, el respectivo Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Arcas Protegidas (SNAP). Bosques Protectores y Patrimonio forestal del Estado, para el proyecto o actividad a someterse al proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, definiendo de esta manera con claridad si el trámite se debe realizar en esta Institución o en las dependencias de la referida Cartera de Estado.
X
La empresa INARROMESA S.A. cuenta con Categoría II del Subsistema de Evaluación de Impactos Ambientales, del Ministerio de Ambiente del Ecuador, razón por la cual se encuentra elaborando el Borrador de Estudio de Impacto Ambiental Ex Post y Plan de Manejo Ambiental. Adicionalmente la empresa, previo a la categorización del proyecto y presentación de los Términos de Referencia, obtuvo los siguientes documentos:
Certificado de Intersección de la Operación de la Piladora de Arroz INARROMESA S.A.
Certificado de Uso de Suelo.
Registro Único de Contribuyentes (RUC).
Oficio de Aprobación de los Términos de Referencia (Anexo 1). Certificado de Intersección (Anexo 2). Certificado de Uso de Suelo (Anexo 4). Registro Único de Contribuyentes RUC (Anexo 3). Oficio de Categorización (Anexo 11).
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
158
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
SA
LU
D
LE
Y O
RG
ÁN
ICA
DE
LA
SA
LU
D
CÓ
DIG
O D
E L
A S
ALU
D
Los establecimientos sujetos a control sanitario para su funcionamiento deberán contar con el permiso otorgado por la autoridad sanitaria nacional. El permiso de funcionamiento tendrá vigencia de un año calendario. El Registro Sanitario para alimentos procesados o aditivos, productos naturales procesados, cosméticos, productos higiénicos o perfumes, y plaguicidas de uso doméstico, industrial o agrícola, o para las empresas que los produzcan, será otorgado por el Ministerio de Salud Pública, a través de las Subsecretarías y las Direcciones Provinciales que determinare el reglamento correspondiente y a través del Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical Leopoldo Izquieta Pérez.
X
INARROMESA S.A. no ha adquirido el permiso de funcionamiento el cual fue otorgado por el Ministerio de Salud Pública. Así también, no posee el respectivo Registro Sanitario otorgado por el Ministerio de Salud Pública dado sus actividades de producción de alimentos procesados.
N/A Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
159
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
DE
LO
S D
ES
EC
HO
S C
OM
UN
ES
,
INF
EC
CIO
SO
S, E
SP
EC
IALE
S, N
AT
UR
ALE
S
Y D
E L
AS
RA
DIA
CIO
NE
S IO
NIZ
AN
TE
S Y
NO
ION
IZA
NT
ES
.
LE
Y O
RG
ÁN
ICA
DE
LA
SA
LU
D
Art. 103. Se prohíbe a toda persona, natural o jurídica, descargar o depositar aguas servidas y residuales, sin el tratamiento apropiado, conforme lo disponga en el reglamento correspondiente, en ríos, mares, canales, quebradas, lagunas, lagos y otros sitios similares. Se prohíbe también su uso en la cría de animales o actividades agropecuarias.
X
INARROMESA S.A. no tiene en sus instalaciones un sistema de alcantarillado, por lo que las descargas de sus aguas domésticas se realizan directamente a un pozo séptico, con el que cuenta la empresa.
Observación directa.
Jefe de Planta
SA
LU
D Y
SE
GU
RID
AD
EN
EL T
RA
BA
JO
Art. 118. Los empleadores protegerán la salud de sus trabajadores, dotándoles de información suficiente, equipos de protección, vestimenta apropiada, ambientes seguros de trabajo, a fin de prevenir, disminuir o eliminar los riesgos, accidentes y aparición de enfermedades laborales.
X
A los trabajadores de la empresa INARROMESA S.A. se les otorga el correspondiente Equipo de Protección Personal cada vez que es requerido, entre los EPP entregados son:
Cascos
Fajas
Gafas
Registro de Entrega de Equipo de Protección personal (Anexo 7).
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
160
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
DE
SE
CH
OS
PE
LIG
RO
SO
S
AC
UE
RD
O M
INIS
TE
RIA
L 0
26: P
RO
CE
DIM
IEN
TO
S
PA
RA
RE
GIS
TR
O D
E G
EN
ER
AD
OR
ES
DE
D
ES
EC
HO
S P
ELIG
RO
SO
S, G
ES
TIÓ
N D
E
DE
SE
CH
OS
PE
LIG
RO
SO
S P
RE
VIO
AL
LIC
EN
CIA
MIE
NT
O A
MB
IEN
TA
L,
Y P
AR
A E
L
TR
AN
SP
OR
TE
DE
MA
TE
RIA
LE
S P
ELIG
RO
SO
S. R
.O.
334 –
MA
YO
12, 2
008
Art. 1.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que genere desechos peligrosos deberá registrarse en el Ministerio del Ambiente, de acuerdo al procedimiento de registro de generadores de desechos peligrosos determinado en el Anexo A.
X
Actualmente INARROMESA S.A. no se encuentra registrada como empresa generadora de desechos peligrosos ante el Ministerio del Ambiente del Ecuador.
N/A
Durante las actividades de INARROMESA se generan desechos peligrosos los cuales son:
Lámparas fluorescentes.
Tóneres de impresora.
Botellas vacías de productos químicos.
Por lo antes indicado INARROMESA deberá registrarse como Generadora de Desechos Peligrosos ante el MAE.
Jefe de Planta
T
RA
NS
PO
RT
E, A
LM
AC
EN
A-M
IEN
TO
Y M
AN
EJO
DE
P
RO
DU
CT
OS
QU
ÍMIC
OS
PE
LIG
RO
SO
S.
RE
QU
ISIT
OS
.
NO
RM
A IN
EN
2266: 2010 T
RA
NS
PO
RT
E A
LM
AC
EN
A-
MIE
NT
O Y
MA
NE
JO
DE
PR
OD
UC
TO
S Q
UÍM
ICO
S
PE
LIG
RO
SO
S.
RE
QU
ISIT
OS
.
6.1.1.2 Todas las personas naturales o jurídicas que almacenen, manejen y transporten materiales peligrosos, deben garantizar que cuando se necesite cargar o descargar la totalidad o parte de su contenido, el transportista y el usuario deben instalar señalización o vallas reflectivas de alta intensidad o grado diamante con la identificación del material peligroso, que aíslen la operación, con todas las medidas de seguridad necesarias.
X
La empresa INARROMESA S.A. posee un área para el almacenamiento de productos químicos (mata-montes y productos para fumigar) ubicada en la Oficina de la empresa, de estos productos químicos la empresa no cuenta con las respectivas hojas de seguridad, sin embargo cada producto cuenta con su respectiva etiqueta de identificación la cual contiene la siguiente información:
Nombre del producto
Modo de uso
Tratamiento especiales
Que hacer en caso de derrame
Por observación directa.
Etiqueta de los Depe
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
161
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
TR
AN
SP
OR
TE
, A
LM
AC
EN
AM
IEN
TO
Y M
AN
EJO
DE
PR
OD
UC
TO
S Q
UÍM
ICO
S
PE
LIG
RO
SO
S. R
EQ
UIS
ITO
S.
NO
RM
A IN
EN
2266: 2010 T
RA
NS
PO
RT
E A
LM
AC
EN
AM
IEN
TO
Y M
AN
EJO
DE
PR
OD
UC
TO
S
QU
ÍMIC
OS
PE
LIG
RO
SO
S. R
EQ
UIS
ITO
S.
6.1.1.5 Contar con los equipos de seguridad adecuados y en buen estado, de acuerdo a lo establecido en la Hoja de Seguridad de Materiales. 6.1.1.6 Instrucción y entrenamiento específicos , documentados, registrados y evaluados de acuerdo a un programa, a fin de asegurar que posean los conocimientos y las habilidades básicas para minimizar la probabilidad de ocurrencia de accidentes y enfermedades ocupacionales. Se recomienda que el programa de capacitación incluya como mínimo los siguientes temas: a) Reconocimiento e identificación de materiales peligrosos. b) Clasificación de materiales peligrosos. c) Aplicación de la información que aparece en las etiquetas, hojas de seguridad de materiales, tarjetas de emergencia y demás documentos de transporte. d) Información sobre los peligros que implica la exposición a estos materiales. e) Manejo, mantenimiento y uso del equipo de protección personal. f) Planes de respuesta a emergencias. g) Manejo de la guía de respuesta en caso de emergencia en el transporte
X
INARROMESA S.A. dispone de 10 extintores colocados en puntos estratégicos de la empresa, los mismos que reciben su periódico mantenimiento de acuerdo a lo indicado en sus respectivos respaldos. Sin embargo, sus empleados no han sido capacitados en temas como: Medio ambiente Seguridad Industrial Salud Ocupacional Reconocimiento e
identificación de materiales peligrosos
Clasificación de materiales peligrosos
Manejo, mantenimiento y uso del equipo de protección personal
Aplicación de la información que aparece en las etiquetas, hojas de seguridad de materiales, tarjetas de emergencia y demás documentos de transporte
Así también, no cuentan con las hojas de seguridad de los equipos de seguridad.
Observación directa. Registro y control de extintores de la empresa INARROMESA S.A. (Anexo 9).
Extintor de la
empresa INARROMESA
S.A.
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
162
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
TR
AN
SP
OR
TE
, A
LM
AC
EN
AM
IEN
TO
Y M
AN
EJO
DE
PR
OD
UC
TO
S Q
UÍM
ICO
S P
ELIG
RO
SO
S.
RE
QU
ISIT
OS
.
NO
RM
A IN
EN
2266: 20
10 T
RA
NS
PO
RT
E A
LM
AC
EN
AM
IEN
TO
Y M
AN
EJO
DE
PR
OD
UC
TO
S
QU
ÍMIC
OS
PE
LIG
RO
SO
S. R
EQ
UIS
ITO
S.
6.1.5.1 Etiquetas para la identificación de embalaje/envases Las etiquetas deben ajustarse al tamaño del envase y dependerán ser del tipo de contenedor sobre el cual habrán de ser colocadas (Anexo F). La dimensión de las etiquetas debe de ser de 100mmx100mm (Anexo H) para los envases menores a 20 litros o 25 kilogramos, las etiquetas deben abarcar por lo menos el 25% de la superficie de la cara lateral de mayor tamaño. Las etiquetas deben estar escritas en idioma español y los símbolos gráficos o diseños incluidos de las etiquetas deben de aparecer claramente visibles (Anexo F).
X
Durante la visita de auditoría se evidenció que los productos químicos almacenados contenían las correspondientes etiquetas de seguridad acorde al tamaño del envase contenedor.
Observación directa.
Frasco de Depe con su respectiva etiqueta de identificación.
Jefe de Planta
6.1.7.10 Almacenamiento a) Identificación del material. Es responsabilidad del fabricante y del comercializador de materiales peligrosos su identificación y etiquetado de conformidad con la presente norma. b) Compatibilidad. Durante el almacenamiento y manejo general de materiales peligrosos no se debe mezclar los siguientes materiales: b.1) Materiales tóxicos con alimentos o semillas o cultivos agrícolas comestibles. b.2) Combustibles con comburentes. b.3) Explosivos con fulminantes o detonadores. b.4) Líquidos inflamables con comburentes. b.5) Material radioactivo con otro cualquiera. b.6) Sustancias infecciosas con ninguna otra. b.7) Ácidos con Bases. b.8) Oxidantes (comburentes) con reductores. b.9) Otros (ver tabla de incompatibilidad química en el Anexo K).
X
En INARROMESA S.A. el área de almacenamiento de productos químicos se encuentra separada de las bodegas en donde se sitúa el producto terminado y la materia prima para prevenir mezclas accidentales de estos productos químicos con el arroz producido en la empresa. Esta área se encuentra dentro de la oficina.
Observación directa. Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
163
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
TR
AN
SP
OR
TE
, A
LM
AC
EN
AM
IEN
TO
Y M
AN
EJO
DE
PR
OD
UC
TO
S Q
UÍM
ICO
S P
ELIG
RO
SO
S.
RE
QU
ISIT
OS
.
NO
RM
A IN
EN
2288: T
RA
NS
PO
RT
E
ALM
AC
EN
AM
IEN
TO
Y M
AN
EJO
DE
PR
OD
UC
TO
S
QU
ÍMIC
OS
PE
LIG
RO
SO
S. R
EQ
UIS
ITO
S
3.1 La etiqueta de precaución para cualquier producto químico peligroso debe estar basada sobre los riesgos que éste implica. 3.2 La siguiente materia tema debe ser considerada para inclusión de las etiquetas de precaución: 1. Identidad del producto o componente (s) peligroso (s), 2. palabra clave, 3. declaración de riesgos, 4. medidas de precaución, 5. instrucciones en caso de contacto o exposición, 6. antídotos, 7. notas para médicos, 8. instrucciones en caso de incendio, derrame o goteo, y 9. instrucciones para manejo y almacenamiento de recipientes.
X
Todos los productos químicos almacenados en INARROMESA S.A. cuentan con las correspondientes etiquetas de precaución en donde se señala la identidad del producto, medida de precaución, instrucciones en caso de contacto o exposición, almacenamiento entre otros datos relevantes para situaciones de emergencia.
Observación directa.
Etiquetas de los productos químicos
Jefe de Planta
CO
LO
RE
S, S
EÑ
ALE
S Y
SÍM
BO
LO
S D
E S
EG
UR
IDA
D
NT
E IN
EN
439 C
OLO
RE
S,
SE
ÑA
LE
S Y
SÍM
BO
LO
S D
E
SE
GU
RID
AD
.
Artículo 5.- Disposiciones Generales X
Se observaron escasas señalizaciones de seguridad, no se apreciaron rótulos que indiquen el uso del Equipo de Seguridad durante la realización de las actividades laborales de los empleados de la empresa INARROMESA S.A.
Observación directa.
Letrero de identificación de peligro.
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
164
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
SE
GU
RID
AD
Y S
ALU
D D
E
LO
S T
RA
BA
JA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL M
ED
IO
AM
BIE
NT
E D
E T
RA
BA
JO
.
CÓ
DIG
O D
E T
RA
BA
JO
.
Art. 434.- Reglamento de higiene y seguridad.- En todo medio colectivo y permanente de trabajo que cuente con más de diez trabajadores, los empleadores están obligados a elaborar y someter a la aprobación del Ministerio de Trabajo y Empleo por medio de la Dirección Regional del Trabajo, un reglamento de higiene y seguridad, el mismo que será renovado cada dos años.
N/A
Cabe indicar que la empresa INARROMESA S.A. cuenta con cuatro empleados, es por ello que no aplica la elaboración del Reglamento de higiene y seguridad aprobado por la Dirección Regional del Trabajo.
N/A Jefe de Planta
SA
LU
D Y
SE
GU
RID
AD
DE
LO
S T
RA
BA
JA
DO
RE
S
RE
GLA
ME
NT
O D
E S
EG
UR
IDA
D Y
SA
LU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL M
ED
IO A
MB
IEN
TE
DE
TR
AB
AJO
.
Art. 11.- Obligaciones de los empleadores.- Son obligaciones generales de los personeros de las entidades y empresas públicas y privadas, las siguientes: 2. Adoptar las medidas necesarias para la prevención de los riesgos que puedan afectar a la salud y al bienestar de los trabajadores en los lugares de trabajo de su responsabilidad. 4. Organizar y facilitar los Servicios Médicos, Comités y Departamentos de Seguridad, con sujeción a las normas legales vigentes. 5. Entregar gratuitamente a sus trabajadores vestido adecuado para el trabajo y los medios de protección personal y colectiva necesarios. 9. Instruir sobre los riesgos de los diferentes puestos de trabajo y la forma y métodos para prevenirlos, al personal que ingresa a laborar en la empresa. 10. Dar formación en materia de prevención de riesgos, al personal de la empresa, con especial atención a los directivos técnicos y mandos medios, a través de cursos regulares y periódicos.
X
En las instalaciones de INARROMESA S.A. se cuenta con un botiquín de primeros auxilios, asi como también se provee al personal laboral del correspondiente Equipo de Protección Personal (cascos, gafas de seguridad y fajas). No obstante no se evidenciaron letreros que indiquen el correcto uso de Equipo de Protección Personal, ni se ha capacitado a los trabajadores en temas de seguridad y salud industrial o el uso correcto del Equipo de Protección Personal (EPP).
Registro de entrega de Equipo de Protección Personal (Anexo 7).
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
165
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
SA
LU
D Y
SE
GU
RID
AD
DE
LO
S T
RA
BA
JA
DO
RE
S
RE
GLA
ME
NT
O D
E S
EG
UR
IDA
D Y
SA
LU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL
ME
DIO
AM
BIE
NT
E D
E T
RA
BA
JO
.
Art.14. De los comités de seguridad e higiene del trabajo. l. (Reformado por el Art. 5 del Decreto 4217) En todo centro de trabajo en que laboren más de quince trabajadores deberá organizarse un Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo integrado en forma paritaria por tres representantes de los trabajadores y tres representantes de los empleadores, quienes de entre sus miembros designarán un Presidente y Secretario que durarán un año en sus funciones pudiendo ser reelegidos indefinidamente. Si el Presidente representa al empleador, el Secretario representará a los trabajadores y viceversa. Cada representante tendrá un suplente elegido de la misma forma que el titular y que será principalizado en caso de falta o impedimento de éste Concluido el periodo para el que fueron elegidos deberá designarse al Presidente y Secretario.
N/A
En INARROMESA S.A. únicamente laboran 4 personas, es por ello que no aplica la conformación de un Comité de Seguridad e Higiene del trabajo. Lo cual no es un incumplimiento hacia la legislación nacional vigente.
N/A Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
166
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
SE
GU
RID
AD
Y S
ALU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL M
ED
IO
AM
BIE
NT
E D
E T
RA
BA
JO
.
RE
GL
AM
EN
TO
SE
GU
RID
AD
Y S
ALU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL
ME
DIO
AM
BIE
NT
E D
E T
RA
BA
JO
.
Los locales de trabajo tendrán tres metros de altura del piso al techo como mínimo. Los puestos de trabajo en dichos locales tendrán: a) Dos metros cuadrados de superficie por cada trabajador; y, b) Seis metros cúbicos de volumen para cada trabajador.
X
INARROMESA S.A. cuenta con los parámetros establecidos para las locaciones de las áreas de trabajo.
Observación directa.
Instalaciones de INARROMESA
S.A.
Jefe de Planta
El pavimento constituirá un conjunto homogéneo, liso y continuo. Será de material consistente, no deslizante o susceptible de serlo por el uso o proceso de trabajo, y de fácil limpieza. Las paredes serán lisas, pintadas en tonos claros y susceptibles de ser lavadas y desinfectadas.
X
Durante la visita de auditoría se pudo constatar que los pisos de las instalaciones de INARROMESA S.A. son lisos y sus paredes son claras, lo cual contribuye a mejorar el ambiente laboral.
Observación directa.
Interior del área de
almacenamiento de producto
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
167
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
SE
GU
RID
AD
Y S
ALU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL M
ED
IO A
MB
IEN
TE
DE
TR
AB
AJO
.
RE
GLA
ME
NT
O S
EG
UR
IDA
D Y
SA
LU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL M
ED
IO
AM
BIE
NT
E D
E T
RA
BA
JO
. Los corredores, galerías y pasillos deberán tener un ancho adecuado a su utilización. La separación entre máquinas u otros aparatos, será suficiente para que los trabajadores puedan ejecutar su labor cómodamente y sin riesgo. Alrededor de los hornos, calderos o cualquier otra máquina o aparato que sea un foco radiante de calor, se dejará un espacio libre de trabajo dependiendo de la intensidad de la radiación, que como mínimo será de 1,50 metros. Los pasillos, galerías y corredores se mantendrán en todo momento libre de obstáculos y objetos almacenados.
X
Las áreas de INARROMESA S.A. cuentan con el debido espacio en los pasillos para facilitar el desenvolvimiento de los trabajadores en las diferentes áreas asignadas para sus labores.
Observación directa.
Interior del área de almacenamiento de producto terminado
Jefe de Planta
Las salidas y puertas exteriores de los centros de trabajo, cuyo acceso será visible o debidamente señalizado, serán suficientes en número y anchura, para que todos los trabajadores ocupados en los mismos puedan abandonarlos con rapidez y seguridad. En los accesos a las puertas, no se permitirán obstáculos que interfieran la salida normal de los trabajadores. Se procurará que la puerta de acceso a los centros de trabajo o a sus plantas, permanezcan abiertas durante los períodos de trabajo, y en todo caso serán de fácil y rápida apertura.
X
Durante la visita de auditoría no se evidenciaron obstáculos en las puertas de las diferentes áreas de la empresa INARROMESA S.A. Sin embargo, no se observó señalización que indiquen las salidas en caso de presentarse una emergencia.
Observación directa. Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
168
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
SE
GU
RID
AD
Y S
ALU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL M
ED
IO
AM
BIE
NT
E D
E T
RA
BA
JO
.
RE
GLA
ME
NT
O S
EG
UR
IDA
D Y
SA
LU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL
ME
DIO
AM
BIE
NT
E D
E T
RA
BA
JO
.
En todo establecimiento o lugar de trabajo, deberá proveerse en forma suficiente, de agua fresca y potable para consumo de los trabajadores. Debe disponerse, cuando menos, de una llave por cada 50 trabajadores, recomendándose especialmente para la bebida las de tipo surtidor.
X
En las instalaciones de INARROMESA S.A. se evidenció la ubicación de un dispensador de agua para el suministro del líquido al personal laboral de la empresa. El mismo que está ubicado en el área administrativa.
Observación directa.
Dispensador de agua.
Jefe de Planta
Excusados y urinarios Estarán provistos permanentemente de papel higiénico y de recipientes especiales y cerrados para depósito de desechos. Los urinarios y excusados serán diariamente mantenidos limpios y evacuados por cuenta del empleador.
X
En la empresa INARROMESA S.A., se mantiene continua vigilancia de la limpieza de las baterías sanitarias, asi como del suministro de papel higiénico y que los recipientes se mantengan en correcto estado para la colocación final de los desechos sanitarios.
Observación directa.
Jefe de Planta
Servicios de primeros auxilios Todos los centros de trabajo dispondrán de un botiquín de emergencia para la prestación de primeros auxilios a los trabajadores durante la jornada de trabajo. Si el centro tuviera 25 o más trabajadores simultáneos, dispondrá además, de un local destinado a enfermería. El empleador garantizará el buen funcionamiento de estos servicios, debiendo proveer de entrenamiento necesario a fin de que por lo menos un trabajador de cada turno tenga conocimientos de primeros auxilios.
X
La empresa no cuenta con un área destinada para la enfermería, debido a que solo cuenta con 4 trabajadores. Sin embargo, cuenta con un botiquín de emergencia.
Observación directa.
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
169
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
SE
GU
RID
AD
Y S
ALU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL M
ED
IO
AM
BIE
NT
E D
E T
RA
BA
JO
.
RE
GLA
ME
NT
O S
EG
UR
IDA
D Y
SA
LU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL
ME
DIO
AM
BIE
NT
E D
E T
RA
BA
JO
.
Condiciones generales ambientales: ventilación, Temperatura y humedad. En los locales de trabajo y sus anexos se procurará mantener, por medios naturales o artificiales, condiciones atmosféricas que aseguren un ambiente cómodo y saludable para los trabajadores.
X
Las instalaciones de la empresa INARROMESA S.A. cuentan con las condiciones atmosféricas adecuadas para el correcto desenvolvimiento de los trabajadores en sus labores cotidianas.
Observación directa.
Instalaciones de INARROMESA S.A.
Iluminación del área de almacenamiento.
Jefe de Planta
ILUMINACIÓN, NIVELES MÍNIMOS. Todos los lugares de trabajo y tránsito deberán estar dotados de suficiente iluminación natural o artificial, para que el trabajador pueda efectuar sus labores con seguridad y sin daño para los ojos.
X
Las diferentes áreas de INARROMESA S.A. cuentan con iluminación artificial en las bodegas de almacenamiento existen aberturas entre la pared y el techo presenta tragaluces lo cual facilita la entrada de rayos solares obteniendo de esta forma mejor iluminación.
Observación directa.
Tragaluces en el techo del área de producción.
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
170
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
SE
GU
RID
AD
Y S
ALU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL M
ED
IO A
MB
IEN
TE
DE
TR
AB
AJO
.
RE
GL
AM
EN
TO
SE
GU
RID
AD
Y S
ALU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL
ME
DIO
AM
BIE
NT
E D
E T
RA
BA
JO
.
En la instalación de máquinas fijas se observarán las siguientes normas: 1. Las máquinas estarán situadas en áreas de amplitud suficiente que permita su correcto montaje y una ejecución segura de las operaciones. 2. Se ubicarán sobre suelos o pisos de resistencia suficiente para soportar las cargas estáticas y dinámicas previsibles. Su anclaje será tal que asegure la estabilidad de la máquina y que las vibraciones que puedan producirse no afecten a la estructura del edificio, ni importen riesgos para los trabajadores. Las máquinas que, por la naturaleza de las operaciones que realizan, sean fuente de riesgo para la salud, se protegerán debidamente para evitarlos o reducirlos. Si ello no es posible, se instalarán en lugares aislantes o apartados del resto del proceso productivo. El personal encargado de su manejo utilizará el tipo de protección personal correspondiente a los riesgos a que esté expuesto.
X
El área de maquinarias de la línea de producción se encuentra con una amplitud suficiente para de esta manera facilitar el desenvolvimiento de las actividades a realizar por los empleados, todas las maquinarias de INARROMESA S.A. se encuentran en superficies fijas y de resistencia para soportar la carga, todo personal que se encuentra en las áreas de producción cuentan con el equipo de protección personal (casco, mascarillas, tapones auditivos, gafas y fajas) el cual ha sido provisto por la empresa.
Observación directa. Registro de entrega de Equipo de Protección Personal (Anexo 7).
Área de
producción.
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
171
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
SE
GU
RID
AD
Y S
ALU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL M
ED
IO A
MB
IEN
TE
DE
TR
AB
AJO
.
RE
GLA
ME
NT
O D
E S
EG
UR
IDA
D Y
SA
LU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL
ME
DIO
AM
BIE
NT
E D
E T
RA
BA
JO
. Las máquinas se utilizarán únicamente en las funciones para las que han sido diseñadas. Todo operario que utilice una máquina deberá haber sido instruido y entrenado adecuadamente en su manejo y en los riesgos inherentes a la misma. Asimismo, recibirá instrucciones concretas sobre las prendas y elementos de protección personal que esté obligado a utilizar.
X
Únicamente se utilizan las máquinas para las labores que han sido diseñadas, asi mismo estas se encuentran en áreas específicas acorde al trabajo que desempeñen, anexo a esto los trabajadores son dotados de equipo de protección personal.
Observación directa. Registro de entrega de Equipo de Protección personal (Anexo 7).
Línea de producción.
Jefe de Planta
El transporte o manejo de materiales en lo posible deberá ser mecanizado, utilizando para el efecto elementos como carretillas, vagonetas, elevadores, transportadores de bandas, grúas, montacargas y similares. Los operarios destinados a trabajos de manipulación irán provistos de las prendas de protección personal apropiadas a los riesgos que estén expuestos.
X
INARROMESA S.A. cuenta con un montacargas para facilitar el transporte y movilización de materia prima y producto terminado, el mismo que recibe su respectivo mantenimiento. Así también los empleados de INARROMESA S.A. cuentan con el Equipo de Protección Personal.
Registro del Mantenimiento de maquinarias y equipos (Anexo 8). Registro de entrega de Equipo de Protección personal (Anexo 7). Observación directa.
Montacargas de la empresa.
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
172
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
SE
GU
RID
AD
Y S
ALU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL M
ED
IO
AM
BIE
NT
E D
E T
RA
BA
JO
.
RE
GL
AM
EN
TO
SE
GU
RID
AD
Y S
ALU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL
ME
DIO
AM
BIE
NT
E D
E T
RA
BA
JO
.
Los pisos de la fábrica sobre los cuales se efectúa habitualmente la circulación, estarán suficientemente nivelados para permitir un transporte seguro, y se mantendrán sin huecos, salientes u otros obstáculos. Los pasillos usados para el tránsito de vehículos estarán debidamente señalizados en toda su longitud.
X
Los pisos de la empresa INARROMESA S.A. están nivelados permitiendo de esta forma el tránsito seguro al momento de descargar la materia prima y transportar el producto terminado, por otra parte no se evidenciaron señalizaciones que indiquen la ruta para el tránsito vehicular dentro de las instalaciones de la empresa.
Observación directa.
Pisos de INARROMESA.
Jefe de Planta
Pasillos, corredores, puertas y ventanas.- Se cumplirán los siguientes requisitos: Las puertas de acceso al exterior estarán siempre libres de obstáculos y serán de fácil apertura. En los centros de trabajo donde sea posible incendio de rápida propagación, existirán al menos dos puertas de salida en direcciones opuestas. En las puertas que no se utilicen normalmente, se inscribirá el rótulo de "Salida de emergencia".
X
Las diferentes puertas de acceso al exterior de INARROMESA S.A. se encuentran libres de obstáculos, sin embargo no existen rótulos colocados que indiquen “Salida de Emergencia” en la empresa para el caso de presentarse un posible incendio o alguna otra emergencia y se necesite la evacuación de los trabajadores.
Observación directa.
Entrada principal a la empresa INARROMESA S.A.
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
173
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
SE
GU
RID
AD
Y S
ALU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL M
ED
IO A
MB
IEN
TE
DE
T
RA
BA
JO
.
RE
GLA
ME
NT
O S
EG
UR
IDA
D Y
SA
LU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL M
ED
IO
AM
BIE
NT
E D
E T
RA
BA
JO
.
Incendios - Evacuaciones de locales Todas las salidas estarán debidamente señalizadas y se mantendrán en perfecto estado de conservación y libres de obstáculos que impidan su utilización. Todo operario deberá conocer las salidas existentes.
X
INARROMESA no tiene salidas de emergencia ni han colocado letreros de la ruta hacia la salida en caso de contingencia, lo cual los trabajadores desconocen que ruta seguir para evacuar las áreas de trabajo. Si se presenta el caso utilizarían las salidas principales, las cuales tampoco se encuentran debidamente señalizadas. Cabe mencionar que los trabajadores de la empresa no han sido instruidos en el conocimiento de las salidas de emergencia o rutas a utilizar en caso de presentarse una situación de emergencia.
N/A Jefe de Planta
Señalización de seguridad.- normas generales Los elementos componentes de la señalización de seguridad se mantendrán en buen estado de utilización y conservación. La señalización de seguridad se basará en los siguientes criterios: Se usarán con preferencia los símbolos evitando, en general, la utilización de palabras escritas. Los símbolos, formas y colores deben sujetarse a las disposiciones de las normas del Instituto Ecuatoriano de Normalización y en su defecto se utilizarán aquellos con significado internacional.
X
En los predios de INARROMESA se evidenció escasa señalética de seguridad que adviertan los posibles peligrosos que puedan suscitarse en su entorno y la manera de evitarlos, los trabajadores deberán recibir formación específica para conocer el significado de las señales y los comportamientos generales o específicos que deban adoptarse en función de dichas señales.
Observación directa.
Señalética de peligro.
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
174
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
SE
GU
RID
AD
Y S
ALU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O D
EL M
ED
IO
AM
BIE
NT
E D
E T
RA
BA
JO
.
RE
GLA
ME
NT
O S
EG
UR
IDA
D Y
SA
LU
D D
E L
OS
TR
AB
AJA
DO
RE
S Y
ME
JO
RA
MIE
NT
O
DE
L M
ED
IO A
MB
IEN
TE
DE
TR
AB
AJO
.
Protección personal El empleador estará obligado a: Suministrar a sus trabajadores los medios de uso obligatorios para protegerles de los riesgos profesionales inherentes al trabajo que desempeñan. Proporcionar a sus trabajadores los accesorios necesarios para la correcta conservación de los medios de protección personal, o disponer de un servicio encargado de la mencionada conservación. Renovar oportunamente los medios de protección personal, o sus componentes, de acuerdo con sus respectivas características y necesidades. Instruir a sus trabajadores sobre el correcto uso y conservación de los medios de protección personal, sometiéndose al entrenamiento preciso y dándole a conocer sus aplicaciones y limitaciones. Determinar los lugares y puestos de trabajo en los que sea obligatorio el uso de algún medio de protección personal.
X
INARROMESA ha dotado a sus trabajadores del siguiente Equipo de Protección personal: Cascos Gafas Fajas
Los cuales son renovados cuando es requerido por los trabajadores para poder desarrollar correctamente sus labores. La entrega de estos equipos es inscrita en un registro de entrega de Equipo de Protección Personal Pese a ello no se ha instruido al personal en el uso correcto del Equipo de Protección Personal
Registro de entrega de Equipo de Protección Personal (Anexo 7).
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
175
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
PR
EV
EN
CIÓ
N D
E IN
CE
ND
IOS
RE
GLA
ME
NT
O D
E P
RE
VE
NC
IÓN
, M
ITIG
AC
IÓN
Y P
RO
TE
CC
IÓN
CO
NT
RA
INC
EN
DIO
S
Art. 115.- Todas la edificaciones deben contar con los sistemas y equipos necesarios para la prevención y el combate de incendios, los cuales deben mantenerse en condiciones de ser operados en cualquier momento, debiendo ser revisados y aprobados periódicamente y contar con la autorización anual del Cuerpo de Bomberos de cada Jurisdicción.
X
La empresa cuenta con diez extintores de CO2 y PQS con una capacidad entre 3 y 50 lbs, los cuales se encuentran en óptimas condiciones y se les efectúa el correspondiente mantenimiento siendo esto registrado en una bitácora en donde constan los siguientes datos:
Centro de trabajo
Numero de extintores
Agente
Capacidad (LBS)
Proveedor
Fecha de mantenimiento
Estado
Área
Piso
Observaciones (de darse el caso).
Así también INARROMESA S.A. cuenta Permiso de Funcionamiento emitido por el Benemérito Cuerpo de Bomberos del Cantón Durán.
Registro y control de extintores de la empresa INARROMESA S.A. (Anexo 9). Permiso de Funcionamiento emitido por el Benemérito Cuerpo de Bomberos del Cantón Durán (Anexo 10).
Extintor de
ubicado en el área de
producción.
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
176
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
MA
NE
JO
DE
DE
SE
CH
OS
PE
LIG
RO
SO
S
RE
GLA
ME
NT
O P
AR
A L
A P
RE
VE
NC
IÓN
Y C
ON
TR
OL D
E L
A C
ON
TA
MIN
AC
IÓN
PO
R S
US
TA
NC
IAS
QU
ÍMIC
AS
PE
LIG
RO
SA
S, D
ES
EC
HO
S P
ELIG
RO
SO
S Y
ES
PE
CIA
LE
S
Art. 181.- Todo generador de desechos peligrosos y especiales es el
titular y responsable del manejo de los mismos hasta su disposición final,
siendo su responsabilidad:
a. Responder conjunta y solidariamente con las personas naturales o
jurídicas que efectúen para él la gestión de los desechos de su titularidad,
en cuanto al cumplimiento de la normativa ambiental aplicable antes de la
entrega de los mismos y en caso de incidentes que involucren manejo
inadecuado, contaminación y/o daño ambiental. La responsabilidad es
solidaria e irrenunciable;
b. Tomar medidas con el fin de reducir o minimizar la generación de
desechos peligrosos y especiales;
c. Obtener obligatoriamente el registro de generador de desechos
peligrosos y/o especiales ante el Ministerio del Ambiente o las
autoridades ambientales de aplicación responsable, para lo cual el
Ministerio del Ambiente establecerá los procedimientos aprobatorios
respectivos mediante acuerdo ministerial;
d. Almacenar los desechos peligrosos y especiales en condiciones
técnicas de seguridad y en áreas que reúnan los requisitos previstos en el
presente reglamento, normas INEN y/o normas nacionales e
internacionales aplicables evitando su contacto con los recursos agua y
suelo y verificando la compatibilidad de los mismos;
e. Disponer de instalaciones adecuadas y técnicamente construidas para
realizar el almacenamiento de los desechos peligrosos y/o especiales,
con accesibilidad a los vehículos que vayan a realizar el traslado de los
mismos;
f. Identificar y/o caracterizar los desechos peligrosos y/o especiales
generados, de acuerdo a la norma técnica correspondiente;
g. Realizar la entrega de los desechos peligrosos y/o especiales para su
adecuado manejo, únicamente a personas naturales o jurídicas que
cuenten con la regularización ambiental correspondiente emitida por el
Ministerio del Ambiente o por la Autoridad Ambiental de Aplicación
Responsable;
h. Antes de entregar sus desechos peligrosos y/o especiales, el
generador deberá demostrar ante la autoridad ambiental competente que
no es posible someterlos a algún sistema de eliminación y/o disposición
final dentro de sus instalaciones, bajo los lineamientos técnicos
establecidos en la normativa ambiental emitida por el Ministerio del
Ambiente o por el INEN; en caso de ser necesario se complementará con
las normas internacionales aplicables;
i. Elaborar, formalizar y custodiar el manifiesto único de movimiento de
los desechos peligrosos y/o especiales para su gestión; este documento
crea la cadena de custodia desde la generación hasta la disposición final;
j. Regularizar su actividad conforme lo establece la normativa ambiental
ante el Ministerio del Ambiente o las autoridades ambientales de
aplicación responsables;
l. Declarar anualmente ante el Ministerio del Ambiente o Autoridad
Ambiental de Aplicación Responsable acreditada para su aprobación, la
generación y manejo de desechos peligrosos y/o especiales. Esta
declaración la realizará cada generador por registro otorgado de manera
anual. La información consignada en este documento estará sujeta a
comprobación por parte de la autoridad competente, quien podrá solicitar
informes específicos cuando lo requiera. El incumplimiento de esta
disposición conllevará la cancelación del registro sin perjuicio de las
sanciones administrativas, civiles y penales a que hubiere lugar;
m. Mantener un registro (bitácora) de los movimientos de entrada y salida
de desechos peligrosos y especiales en su área de almacenamiento, en
donde se hará constar la fecha de los movimientos (entradas/salidas),
nombre del desecho, su origen, cantidad (transferida/almacenada) y
destino;
n. Entregar al Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental de
Aplicación Responsable correspondiente la información adicional o
complementaria que sea necesaria;
X
INARROMESA S.A. no está registrado ante el Ministerio del Ambiente como empresa generadora de desechos peligrosos, por lo que no realiza una declaración anual de la generación de estos desechos. Además de ello, la empresa no cuenta con un área exclusiva para el almacenamiento temporal de desechos peligrosos, por lo que no se identifican los desechos peligrosos generados durante las actividades de la empresa. Los desechos peligrosos no son entregados a un gestor autorizado, es por ello que INARROMESA S.A. no posee cadenas de custodia de los mismos. Los aceites usados son entregados a las personas encargadas de realizar los cambios de aceite a las maquinarias por lo que se desconoce si se realiza o no una correcta disposición final de estos desechos. INARROMESA S.A. se encuentra actualmente en proceso de regularización ambiental ante el Gobierno Provincial del Guayas.
Observación directa.
En INARROMESA se genera los siguientes desechos peligrosos: Lámparas
Fluorescentes Tóneres de
impresora Botellas vacías de
productos químicos.
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
177
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
Manejo de Desechos Peligrosos
Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Sustancias Químicas Peligrosas, Desechos Peligrosos y Especiales
Art. 191.- Los lugares para el almacenamiento temporal deben
cumplir con las siguientes condiciones mínimas:
a. Ser lo suficientemente amplios para almacenar y manipular en
forma segura los desechos peligrosos, así como contar con
pasillos lo suficientemente amplios, que permitan el tránsito de
montacargas mecánicos, electrónicos o manuales, así como el
movimiento de los grupos de seguridad y bomberos en casos de
emergencia;
b. Estar separados de las áreas de producción, servicios, oficinas y
de almacenamiento de materias primas o productos terminados;
c. No almacenar desechos peligrosos con sustancias químicas
peligrosas;
d. El acceso a estos locales debe ser restringido, únicamente se
admitirá el ingreso a personal autorizado provisto de todos los
implementos determinados en las normas de seguridad industrial y
que cuente con la identificación correspondiente para su ingreso;
e. En los casos en que se almacenen desechos peligrosos de
varios generadores cuya procedencia indique el posible contacto o
presencia de material radioactivo, la instalación deberá contar con
un detector de radiaciones adecuadamente calibrado y en caso de
hallazgos al respecto proceder a informar inmediatamente al
Ministerio de Electricidad y Energía Renovable a través de la
Subsecretaría de Control, Investigación y Aplicaciones Nucleares o
aquella que la reemplace;
f. Contar con un equipo de emergencia y personal capacitado en la
aplicación de planes de contingencia;
g. Las instalaciones deben contar con pisos cuyas superficies sean
de acabado liso, continuo e impermeable o se hayan
impermeabilizado, resistentes química y estructuralmente a los
desechos peligrosos que se almacenen, así como contar con una
cubierta a fin de estar protegidos de condiciones ambientales tales
como humedad, temperatura, radiación y evitar la contaminación
por escorrentía;
h. Para el caso de almacenamiento de desechos líquidos, el sitio
debe contar con cubetos para contención de derrames o fosas de
retención de derrames cuya capacidad sea del 110% del
contenedor de mayor capacidad, además deben contar con
trincheras o canaletas para conducir derrames a las fosas de
retención con capacidad para contener una quinta parte de lo
almacenado;
i. Contar con señalización apropiada con letreros alusivos a la
peligrosidad de los mismos, en lugares y formas visibles;
j. Contar con sistemas de extinción contra incendios. En el caso de
hidrantes, estos deberán mantener una presión mínima de
6kg/cm2 durante 15 minutos; y,
k. Contar con un cierre perimetral que impida el libre acceso de
personas y animales.
Excepcionalmente se podrán autorizar sitios de almacenamiento
que no cumplan con algunas de estas condiciones tales como
piscinas, lagunas artificiales u otros, si se justifica técnicamente
que no afectan a la salud y el ambiente.
X
INARROMESA no posee un área especial para el almacenamiento temporal de desechos peligrosos. Los desechos peligrosos generados en INARROMESA son almacenados en la parte posterior de la Bodega de Sacos de la empresa, esta área no cuenta con identificación, lo cual provoca un cruce de desechos peligrosos y no peligrosos.
Observación directa.
Área de almacenamiento de desechos de la empresa INARROMESA. En INARROMESA se genera los siguientes desechos peligrosos: Lámparas
Fluorescentes Tóneres de
impresora Botellas
vacías de productos químicos.
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
178
IMPACTO ENFRENTADO
CRITERIO CITADO EN
ACTIVIDAD AUDITADA VERIFICACIÓN CONFORMIDAD
HALLAZGOS EIA EXPOST
INDICADOR OBJETIVO
VERIFICABLE
OBSERVACIONES RESPONSABLE C NC- NC+
Rotulación de desechos peligrosos
Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Sustancias Químicas Peligrosas, Desechos Peligrosos y Especiales
Art. 193.- Todo envase durante el
almacenamiento temporal de desechos
peligrosos y/o especiales debe llevar la
identificación correspondiente de
acuerdo a las normas técnicas emitidas
por el Ministerio del Ambiente o el INEN
y las normas internacionales aplicables
al país. La identificación será con
marcas de tipo indeleble, legible,
ubicadas en sitios visibles y de un
material resistente a la intemperie.
Art. 195.- El generador que transfiera
desechos peligrosos y/o especiales a un
prestador de servicio (gestor) autorizado
para el almacenamiento de los mismos,
debe llevar la cadena de custodia de
estos desechos a través de la
consignación de la información
correspondiente de cada movimiento en
el manifiesto único.
X
Se evidenció que los tachos metálicos contenedores donde se almacenan los desechos no cuentan con identificación incumpliendo así el Art. 193 del Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Sustancias Químicas Peligrosas, Desechos Peligrosos y Especiales, asi también se constató que INARROMESA no realiza la entrega de estos aceites a un gestor autorizado.
Observación directa.
Tachos de almacenamiento
de desechos.
Jefe de Planta
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
179
De los cuarenta y siete (47) artículos auditados con respecto al cumplimiento de la
Legislación Ambiental Vigente, se pudo evidenciar que 24 tienen un nivel de Conformidad,
nueve (9) tienen un nivel de No Conformidad Menor, once (11) tienen un nivel de No
Conformidad Mayor y tres (3) No Aplican.
Lo cual puede ser evidenciado en la siguiente figura:
FIGURA N° 17 NIVEL DE CUMPLIMIENTO DE INARROMESA S.A. CON RESPECTO A LA
LEGISLACIÓN AMBIENTAL NACIONAL VIGENTE
En cuanto a las medidas ambientales implementadas previo a la ejecución del respectivo
Estudio de Impacto Ambiental Expost por parte de INARROMESA, tenemos:
Elaboración del Plan de Contingencia.
Entrega del Equipo de Protección Personal (Anexo 7).
Registro de Generación de desechos peligrosos y no peligrosos (Anexo 6)
Limpieza continua de las áreas de la empresa.
Mantenimiento de extintores.
Registro de mantenimiento de maquinaria y equipos.
Permiso de funcionamiento emitido por el Benemérito Cuerpo de Bomberos del
Cantón Durán (Anexo 10).
Obtención del Certificado de Intersección.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
180
CAPITULO VII
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
1. INTRODUCCIÓN
El Plan de Manejo Ambiental es un documento que establece en detalle y en orden
cronológico las acciones que se requieren para prevenir, mitigar, controlar, corregir y
compensar los posibles impactos ambientales negativos, o acentuar los impactos positivos
causados en el desarrollo de una acción propuesta.
Por lo general, el Plan de Manejo Ambiental consiste de varios sub-planes, dependiendo de
las características de la actividad o proyecto propuesto, el cual está diseñado en función de
las no conformidades identificadas.
1.1. OBJETIVOS
Los objetivos del presente Plan de Manejo Ambiental de las Actividades que realiza
INARROMESA S.A., son los siguientes:
Evitar que las actividades de funcionamiento de la empresa deterioren la calidad del
ambiente, a través de un conjunto de medidas ambientales y programas de control.
Asegurar que las actividades a desarrollarse durante el funcionamiento de la
empresa cumplan con las normas ambientales vigentes dispuestas en el Ecuador,
para el caso de descargas al suelo, agua y aire.
Mitigar, prevenir y controlar los impactos ambientales y sociales negativos, asociados
con el funcionamiento de la empresa.
Establecer actividades para dar solución a las No Conformidades identificadas en el
capítulo anterior.
1.2. Alcance del Plan de Manejo Ambiental
El Alcance del Plan de Manejo Ambiental abarca tanto para la fase de Operación y
Mantenimiento, como para la fase de posible Abandono de la empresa.
Especialmente se encuentra encaminado a evitar impactos ambientales.
1.3. Estructura del Plan de Manejo Ambiental
El Plan de Manejo Ambiental de las Actividades que realiza INARROMESA, está
estructurado en programas de manejo, los mismos que serán descritos en fichas de
medidas ambientales, donde se detallará lo siguiente:
Número de la Medida.
Nombre de la Medida.
Objetivo.
Aspecto Ambiental.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
181
Requisito Legal.
Descripción de la Medida.
Resultado Esperado.
Medio de Verificación.
Responsable.
Frecuencia de Ejecución.
Costo estimado de la Medida.
En el presente capítulo se proponen, describen y diseñan las medidas ambientales
necesarias para prevenir y mitigar los posibles impactos negativos en el medio ambiente.
Estas medidas ambientales serán parte de un programa de prevención, control y mitigación
para ser implementadas durante las actividades de la empresa; es decir, estarán incluidas
como parte fundamental del plan de manejo ambiental y descritas de forma que puedan ser
implementadas en campo por técnicos que no conocen el tema.
Es importante resaltar, que en este capítulo no se ha efectuado la clasificación de las
medidas en complejas y no complejas debido a que todas son medidas ambientalmente
aplicables y la empresa no representa altos impactos al ambiente durante su
funcionamiento.
Por ello, no se ha requerido incluir definición de los contenidos mínimos, diseños, guías y
otros que faciliten la verificación, ya que los trabajadores a cargo del cumplimiento de este
documento se pueden guiar con el Reglamento para la prevención y control de la
Contaminación por sustancias químicas peligrosas, Desechos peligrosos y especiales, el
Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente
de Trabajo y la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2266:2013. Transporte,
almacenamiento y manejo de materiales peligrosos. Requisitos.
A excepción, del formato de registro mensual de desechos peligrosos generados en la
empresa y ejemplos de cómo puede verse las Áreas de Almacenamiento de desechos
peligrosos/especiales, Materiales reciclables y desechos cuya vida útil haya terminado.
Debido a que durante el funcionamiento de la empresa no se producen aguas residuales
industriales y las aguas residuales domésticas son descargadas a un pozo séptico, no se ha
dispuesto efectuar medidas concernientes al manejo, tratamiento y recuperación de
efluentes líquidos domésticos e industriales.
Sin embargo, los promotores de la empresa deberán comprometerse a contratar Compañías
Autorizadas para la limpieza del Pozo séptico y efectuar una correcta gestión final de las
aguas residuales domésticas, como también la limpieza del sistema de evacuación de aguas
lluvias al exterior de la empresa.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
182
1.4. DESCRIPCIÓN DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
A continuación, se presenta la estructura de los subplanes del Plan de Manejo Ambiental de
las Actividades de la empresa INARROMESA S.A. para prevenir, mitigar y compensar los
impactos negativos causados por la empresa, como también para dar seguimiento y control
a las actividades de las medidas propuestas:
o Plan de Prevención, Control, Mitigación y Compensación. Se incluirán las acciones tendientes a minimizar los impactos ambientales negativos potencialmente generados por la generación de material particulado y emisiones de ruido ambiente.
o Plan de Manejo de Residuos: Incluirá el manejo, almacenamiento y disposición final
tanto de los residuos sólidos peligrosos y no peligrosos, así como el manejo de los residuos líquidos.
o Plan de Contingencias y Riesgos: Incluirá los procedimientos para casos de contingencias durante el funcionamiento del proyecto.
o Plan de Capacitación: Capacitación de inducción referente al Plan de Manejo Ambiental propuesto y capacitación a los trabajadores sobre aspectos de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional.
o Plan de Seguimiento y Monitoreo: Se propondrá el plan de monitoreo ambiental
durante la etapa de funcionamiento de la empresa. o Plan de Seguridad y Salud Ocupacional: Incluirá el programa y los objetivos de
seguridad preventiva, reportes de incidentes y accidentes, otros. o Plan de Abandono: Se describirá las actividades a desarrollarse durante el
abandono del predio, en el caso de que la empresa dejase de funcionar.
En cuanto al costo tentativo de la implementación del Plan de Manejo Ambiental de la
empresa previsto para un año es de US$23.945,00 que básicamente encierra los valores de
monitoreos, capacitaciones e informes.
A continuación, se presentan las medidas ambientales consideradas en el Plan de Manejo
Ambiental en la etapa de funcionamiento de la empresa:
2. Plan de Manejo Ambiental
2.1. Plan de Prevención, Control, Mitigación y Compensación
A continuación, se describen las medidas preventivas, de control y de mitigación, que la
empresa INARROMESA S.A. debe ejecutar para prevenir y/o disminuir los impactos
ambientales negativos causados mayormente durante el proceso de producción:
Medidas para el manejo de aceites, lubricantes y combustibles.
Los equipos y maquinaria utilizados durante el proceso de producción deberán ser
revisados periódicamente por el Jefe de Planta para verificar fugas de aceite, grasas,
gases, etc. y se evitará el trabajo de esta maquinaria en esas circunstancias. De
igual forma se velará por el mantenimiento de los generadores de emergencia
eléctrico, secador, banda transportadora, camiones, vehículos y equipos varios de la
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
183
empresa. Esto conforme a las especificaciones técnicas de cada equipo o
maquinaria.
El Jefe de Planta continuará con la ejecución del cronograma anual del
mantenimiento de la maquinaria, equipo y vehículos de toda la empresa en general,
de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Seguridad y Salud de los
Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo, artículo 92.
Implementación del uso de registros y bitácoras del origen, volumen, características y
destino final de los desechos peligrosos, esto de acuerdo a lo establecido en el
TULSMA Anexo 2. Numeral 4.1.1.3. y Reglamento para la Prevención y Control de la
Contaminación por Sustancias Químicas Peligrosas, Desechos Peligrosos y
Especiales.
Construcción del área de almacenamiento de desechos peligrosos y especiales,
materiales reciclables y desechos cuya vida útil haya llegado a su fin.
Las medidas previamente descritas, las cuales están íntimamente relacionadas con el
manejo de aceites, grasa, combustible y/o lubricantes deberán realizarse en coordinación a
lo establecido en: Norma INEN 2266 Transporte, Almacenamiento y Manejo de Materiales
Peligrosos, Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del
Medio Ambiente de Trabajo, y Reglamento para la Prevención y Control de la
Contaminación por Sustancias Químicas Peligrosas, Desechos Peligrosos y Especiales.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
184
MEDIDA Nº 1
Nombre de la medida:
Mantenimiento de la maquinaria y equipos de la empresa INARROMESA S.A.
Objetivo:
Prevenir derrames y fugas de aceite, grasa, gases, etc.
Prevenir la generación de ruido y vibraciones.
Aspecto Ambiental:
Calidad de Aire, Suelo y Recursos Hídricos
Requisito legal:
Reglamento de Seguridad y Salud de los trabajadores y mejoramiento del medio
ambiente de trabajo.
Norma de Calidad Ambiental del Recurso Suelo y Criterios de Remediación Para
Suelos Contaminados, Anexo 5 del Libro VI del TULSMA.
Reglamento Sustitutivo del Reglamento Ambiental para las operaciones
Hidrocarburíferas en el Ecuador.
Descripción de la Medida:
Los equipos y maquinaria utilizados durante el proceso de compra de arroz, para luego
efectuar su procesamiento y venta de manera directa, deberán ser revisados
periódicamente para verificar derrames o fugas de aceite, grasas, gases, etc. y se
evitará el trabajo de toda maquinaria o equipo en esas circunstancias.
De igual forma se velará por el mantenimiento del secador, banda transportadora,
camiones y vehículos de la empresa. Esto conforme a las especificaciones técnicas de
cada equipo o maquinaria.
Resultados Esperados:
Funcionamiento correcto de todas las maquinarias y equipos de la empresa.
Medios de Verificación:
Registro de Mantenimiento
Indicador:
Número de mantenimientos realizados/Número de mantenimientos programados*100
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución:
Permanente
Costo estimado de la medida:
N/A
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
185
MEDIDA Nº 2
Nombre de la medida:
Ejecución del Cronograma Anual del mantenimiento de la maquinaria y equipos usados
en INARROMESA S.A.
Objetivo:
Prevenir fugas de aceite, grasa, gases, etc.
Aspecto Ambiental:
Calidad de Aire, Recursos Hídricos y Suelo
Requisito legal:
Reglamento de Seguridad y Salud de los trabajadores y mejoramiento del medio
ambiente de trabajo, Art. 92.
Descripción de la Medida:
Al principio de cada año, el Jefe de Planta realizará un cronograma anual del
mantenimiento de la maquinaria, equipos y vehículos que son utilizados en la empresa.
Resultados Esperados:
Prevenir daños en las maquinarias, equipos, camiones y vehículos de la planta, lo cual
puede afectar al ambiente, a la salud y seguridad de los trabajadores y a la producción
de la empresa.
Medios de Verificación:
Cronograma anual del mantenimiento de la maquinaria, equipos, camiones y vehículos
de la empresa.
Indicador:
Número de cronogramas anuales/1*100
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución:
Anual
Costo estimado de la medida:
N/A
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
186
MEDIDA Nº 3
Nombre de la medida:
Calificarse como Generador de Desechos Peligrosos ante el Ministerio del Ambiente
Objetivo:
Prevenir la contaminación del ambiente por desechos Peligrosos
Aspecto Ambiental:
Recurso Suelo, Agua e Hídricos
Requisito legal:
Acuerdo 026: Procedimiento para Registro de generadores de desechos peligrosos,
gestión de desechos peligrosos previo al licenciamiento ambiental, y para el transporte
de materiales peligrosos.
En donde el Art.1 indica que toda persona natural o jurídica, pública o privada, que
genere desechos peligrosos deberá registrarse en el Ministerio del Ambiente, de
acuerdo al procedimiento de registro de generadores de desechos peligrosos
determinado en el Anexo A.
Descripción de la Medida:
INARROMESA S.A. deberá calificarse ante el Ministerio de Ambiente, como empresa
generadora de residuos peligrosos, siguiendo lo establecido en el Acuerdo 026 para la
obtención de este certificado.
Resultados Esperados:
Que la empresa se encuentre calificada ante el Ministerio del Ambiente como empresa
generadora de residuos peligrosos.
Medios de Verificación:
Comprobante de Calificación ante el MAE.
Indicador:
La empresa cuenta con el Registro como Generador de Desechos Peligrosos
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución:
Una sola vez
Costo estimado de la medida:
$180,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
187
MEDIDA Nº 4
Nombre de la medida:
Mantenimiento de las maquinarias, equipos y vehículos dentro de áreas pavimentadas
e impermeabilizadas.
Objetivo:
Prevenir derrames en el Recurso Suelo e Hídricos
Aspecto Ambiental:
Recurso Suelo e Hídrico
Requisito legal:
TULSMA Libro VI, Anexo 2: Norma de Calidad Ambiental del Recurso Suelo y Criterios
de Remediación para Suelos Contaminados.
Descripción de la Medida:
Se velará continuamente que las actividades de mantenimiento de las maquinarias,
equipos y vehículos, sean realizadas en áreas pavimentadas e impermeabilizadas,
especialmente cuando se maneje y utilice hidrocarburos de petróleo o sus derivados
(Cambio de aceites).
Resultados Esperados:
La empresa evitará que en caso de derrame de aceites, combustible o grasas, se
contamine los recursos hídricos o el suelo.
Medios de Verificación:
Por observación directa del mantenimiento de los vehículos, equipos y vehículos de la
empresa.
Indicador:
Número de mantenimientos realizados en área pavimentada/ Número de
mantenimientos realizados * 100
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución:
Continua
Costo estimado de la medida:
N/A
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
188
MEDIDA Nº 5
Nombre de la Medida:
Limpieza de sistema interno de recolección de aguas lluvias.
Objetivo:
Prevenir la contaminación del suelo y recurso Hídrico mediante el arrastre de sólidos
contaminados con hidrocarburos y productos químicos en época invernal.
Aspecto Ambiental:
Recurso Hídrico y Suelo.
Requisito Legal:
TULSMA. Libro VI, Anexo 1: Norma de Calidad Ambiental y de Descarga de Efluentes :
Recurso Agua
TULSMA. Libro VI, Anexo 2: Norma de Calidad Ambiental del Recurso Suelo y Criterios
de Remediación para Suelos Contaminados
Descripción de la Medida:
La empresa deberá realizar la limpieza continua de los canaletes que recolectan las
aguas lluvias, las mismas que son descargadas al canal de aguas lluvias del sector, al
final del canalete deberá instalar una trampa de sólidos, con el objetivo de retener los
residuos sólidos previo a su descarga.
Resultado Esperado:
Evitar la contaminación del recurso suelo e hídrico con hidrocarburos y/o productos
químicos.
Medios de Verificación:
Observación directa de la limpieza del canalete de aguas lluvias en la Compañía.
Fotos del canalete.
Indicador:
Número de limpiezas realizadas/Número de limpiezas programadas*100
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de Ejecución:
Una sola vez.
Costo estimado de la Medida:
$300,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
189
MEDIDA Nº 6
Nombre de la Medida: Construcción del Área de Acopio de Desechos Peligrosos y Especiales.
Objetivos:
- Evitar la contaminación de los recursos naturales por el mal almacenamiento de los desechos peligrosos y especiales.
- Llevar a cabo un almacenamiento adecuado de los desechos peligrosos y especiales.
Aspecto Ambiental: Recurso Suelo Recurso Hídrico Seguridad y Salud
Requisito Legal: Reglamento para la prevención y control de la Contaminación por sustancias químicas peligrosas, Desechos peligrosos y especiales.
Desarrollo de la Medida: En INARROMESA S.A. se deberá habilitar un área donde sean almacenados temporalmente los desechos peligrosos y especiales generados durante el funcionamiento de la empresa, el cual contendrá las siguientes condiciones:
Estar separadas de las áreas de almacenamiento de productos químicos, servicios y oficinas.
Contar con sistemas para la prevención y respuesta a incendios.
Señalización apropiada con letreros alusivos a su peligrosidad, en lugares y formas visibles.
Contar con un cierre perimetral que impida el libre acceso de personas y animales.
Las instalaciones deberán contar con pisos cuyas superficies sean de acabado liso, continuo e impermeable o se hayan impermeabilizado, resistentes química y estructuralmente a los desechos peligrosos que se almacenen, así como contar con una cubierta a fin de estar protegidos de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura, radiación y evitar la contaminación por escorrentía.
Para el caso de almacenamiento temporal de desechos líquidos (Aceites y grasas lubricantes usados), el sitio de almacenamiento deberá contar con cubetos para contención de derrames o fosas de retención de derrames cuya capacidad sea del 110% del tanque de mayor capacidad, además deben contar con trincheras o canaletas para conducir derrames a las fosas de retención con capacidad para contener una quinta parte de lo almacenado.
A continuación, se muestra una figura ejemplo de cómo puede verse el área de acopio de desechos peligrosos y especiales de la empresa INARROMESA S.A.:
Resultado Esperado:
- Evitar la ocurrencia de accidentes por el manejo inadecuado de desechos peligrosos y especiales.
- Disponer de un área adecuada para la disposición final de desechos peligrosos y especiales.
- Cumplir con la Normativa Ambiental Vigente.
Medios de Verificación: Fotos del área construida
Responsable: Jefe de Planta
Frecuencia de Ejecución: Una sola vez
Costo estimado de la Medida: $800,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
190
MEDIDA Nº 7
Nombre de la Medida:
Construcción de Área de Acopio de Desechos Reciclables y no Reciclables.
Objetivos:
- Evitar la entrega de desechos reciclables a la Compañía recolectora de desechos.
- Alargar el tiempo de vida útil del botadero de Durán.
Aspecto Ambiental:
Recurso Suelo Recurso Hídrico Seguridad y Salud
Requisito Legal:
TULSMA. Libro VI, Anexo 2 TULSMA. Libro VI, Anexo 6: Norma de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposición final de desechos sólidos no peligrosos.
Descripción de la Medida:
La Compañía deberá habilitar un área donde sean almacenados temporalmente los desechos reciclables generados en INARROMESA S.A. el cual dispondrá de las siguientes condiciones:
Estar separadas de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de materias primas o productos terminados.
Contar con sistemas para la prevención y respuesta a incendios.
Señalización apropiada con letreros que indiquen el tipo de desecho que se va a almacenar (Papel, cartón, plástico, vidrio, aluminio y llantas).
Contar con techo y el piso pavimentado. Mientras que el área de almacenamiento de desechos sólidos no peligrosos no reciclables debe contar con un cubeto para depositar los desechos, estar techado, rotulado, pavimentado y tener acceso al carro recolector de basura, tal cual se muestra a continuación:
Resultado Esperado:
- Contar con un área para el almacenamiento de desechos sólidos no peligrosos.
- Cumplir con la Normativa Ambiental Vigente.
Medios de Verificación: Fotos de las áreas mejoradas
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de Ejecución: Una sola vez
Costo estimado de la Medida:
$800,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
191
2.2. Plan de Contingencias y Riesgos
El Plan de Contingencias y Riesgos es un manual que incluirá procedimientos básicos
complementarios al Plan de Contingencia de INARROMESA S.A. (Anexo 5).
INARROMESA S.A. deberá acatar también las disposiciones del Reglamento de Prevención
de Incendios y las recomendaciones emitidas por el Benemérito Cuerpo de Bomberos del
Cantón Durán.
El objetivo del presente Plan de Contingencias y Riesgo es proporcionar eficacia en la
respuesta ante situaciones imprevistas que pueden causar daños en la salud, a la empresa,
bienestar de las áreas circundantes y afectación a los recursos naturales, como resultado de
sus actividades.
El responsable de la correcta ejecución de este plan en el caso de existir una contingencia
es el Jefe de Brigada de Emergencias, el cual coordinará las acciones para que lo
estipulado en este plan se cumpla satisfactoriamente.
A continuación, se presenta un grupo de procedimientos para el caso de siniestro, derrame
de producto peligroso y combustible:
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
192
FIGURA Nº 18
PROCEDIMIENTO PARA EL CASO DE UN SINIESTRO
INCENDIO DENTRO DE LAS
INSTALACIONES
Actúe de inmediato.
Mantenga la tranquilidad y no entre
en pánico.
En el caso de presentarse una
emergencia y sea necesario evacuar
la planta, siga el siguiente
procedimiento al pie de la letra:
¿El incendio puede ser controlado
con los recursos y personal de la
planta?
NO Llame a los bomberos
SI
Utilice el extintor adecuado Aplique el Plan de Contingencia de
INARROMESA S.A.
Aproxímese con cautela al fuego en la
misma dirección del viento.
Evalué el evento (causas, daños y
evaluación de la actuación)
Libere el agente extinguidor cubriendo
el fuego y en forma de barrido
Retire los recipientes expuestos
Evalúe el evento (causas, daños y
evaluación de la actuación)
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
193
FIGURA Nº 19 PROCEDIMIENTOS PARA EL CASO DE UN DERRAME DE PRODUCTOS QUÍMICOS
PA
SO
S A
SE
GU
IR
DERRAME DE PRODUCTOS QUÍMICOS
1 Revisar y utilizar los E.P.P.
I
2
Tomar el envase para la colocación de los
elementos usados para el derrame de productos
químicos (Residuos sólidos), y elementos de
lavado y desinfección
I
3 Retirar las personas que se encuentren cerca de
la zona contaminada
I
4
Instalar la cinta de precaución y los demás
elementos de señalización alrededor de la zona
contaminada
I
5 Inactivar con un agente neutralizante (70% cal
30% carbón) por 20 minutos
I
6
Recolectar los residuos sólidos y depositarlos en
un recipiente hermético, estos desechos serán
gestionados como desechos peligrosos
conforme a lo indicado en la Medida Nº 22
I
7 Aplicar nuevamente cal hidratada y cepillar para
limpiar el área del derrame
I
8 Recolectar los residuos sólidos de la limpieza y
depositarlos en su recipiente
I
9 Asegurarse que el sitio del derrame quede en
adecuadas condiciones de aseo
I
10 Retirar la cinta de precaución y los elementos de
señalización
I 11 Diligenciar el formato de registro de derrames
I 12 Continuar con las actividades programadas
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
194
FIGURA 20
PROCEDIMIENTOS PARA EL CASO DE UN DERRAME DE COMBUSTIBLE EN TIERRA
PA
SO
S A
SE
GU
IR
DERRAME DE COMBUSTIBLES
1 Revisar y utilizar los E.P.P
I
2 Tomar recipientes de repuesto y elementos de
lavado y desinfección
I
3 Retirar las personas que se encuentren cerca de
la zona contaminada
I
4
Instalar la cinta de precaución y los demás
elementos de señalización alrededor de la zona
contaminada
I
5 Inactivar con un agente neutralizante (70% cal
30% carbón) por 20 minutos
I
6
Recolectar los residuos sólidos y depositarlos en
un recipiente hermético, estos desechos serán
gestionados como desechos peligrosos
conforme a lo indicado en la Medida Nº 22
I
7 Aplicar nuevamente cal hidratada y cepillar para
limpiar el área del derrame
I
8 Recolectar los residuos sólidos de la limpieza y
depositarlos en su recipiente
I
9 Asegurarse que el sitio del derrame quede en
adecuadas condiciones de aseo
I
10 Retirar la cinta de precaución y los elementos de
señalización
I 11 Diligenciar el formato de registro de derrames
I 12 Continuar con las actividades programadas
Finalmente el presente Plan de Contingencias y Riesgos deberá mantenerse activo y
actualizado, además se deberá realizar simulacros anuales, entrenamiento al Jefe de
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
195
Planta, como además del mantenimiento del Sistema Contra Incendios instalado en
INARROMESA S.A.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
196
MEDIDA N° 8
Nombre de la medida: Realización del Simulacro del Plan de Contingencia
Objetivo:
Capacitar a los trabajadores en caso de ocurrencia de una emergencia, derrames o desastre natural.
Aspecto Ambiental: Recurso Hídrico, Suelo y Aire. Salud y Seguridad de los trabajadores. Seguridad física de las instalaciones
Requisito legal: TULSMA. Libro VI: De la Calidad
Descripción de la Medida: Realizar un simulacro anual del Plan de Contingencia, en el cual participen todos los trabajadores, donde se presenten cada uno de los siguientes aspectos: contra incendios, accidentes, derrames y catástrofes naturales. Adicionalmente, todos los empleados de la empresa serán entrenados como mínimo una vez al año para lo siguiente:
Procedimiento de combate contra fuego.
Uso de Extintores.
Simulacro de respuesta a emergencia.
Primeros Auxilios.
Resultados Esperados: El personal responderá eficazmente ante un caso de derrame, desastre natural, incendio o cualquier tipo de contingencia que pudiera ocurrir durante la jornada laboral. Los empleados de la empresa INARROMESA S.A. se encuentran totalmente entrenados para socorrer en caso de emergencia.
Medios de Verificación: Informe del simulacro con los resultados. Fotos de la ejecución del Simulacro. Registro de participación en el Simulacro. Registro de asistencia de los trabajadores a entrenamientos.
Indicador:
Cantidad de simulacros realizados/Cantidad de simulacros programados*100
Responsable: Jefe de Planta.
Frecuencia de la ejecución:
Anual
Costo estimado de la medida: $3600,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
197
MEDIDA N° 9
Nombre de la medida:
Mantenimiento del Sistema Contra Incendios.
Objetivo: Salvaguardar la Integridad física de los trabajadores, de las instalaciones de la empresa y la comunidad. Aspecto Ambiental:
Seguridad Física. Recurso Suelo.
Requisito legal: Ley de Defensa contra Incendios. Reglamento de Prevención de Incendios
Medidas Preventiva/Contingencia:
Efectuar el mantenimiento de los extintores colocados en los diferentes puntos de la empresa. Adicionalmente, se velará permanentemente que los extintores de la empresa INARROMESA S.A. no se encuentren obstaculizados por materiales de limpieza, Estaciones de Reciclaje, Mercadería o cualquier objeto que impida su uso en caso de contingencia. También se deberá mantener habilitado el botiquín de primeros auxilios en la empresa, el cual estará a disposición de todos los trabajadores. Este botiquín deberán contener como mínimo lo siguiente:
Agua oxigenada
Alcohol uso externo
Algodón
Tijera metálica plegable
Analgésico Antiinflamatorio en Gel
Jabón Glicerina Neutro
Copita lavaojos plástica
Pinza metálica punta plana
Sulfatiazol polvo cicatrizante
Resultados Esperados: Contar con los equipos contra incendio en correcto. Equipos del Sistema Contra Incendio no obstaculizados.
Medios de Verificación:
Registro de Inspección de equipos del Sistema Contra Incendio (extintores).
Indicador:
Cantidad de botiquines colocados/Número de botiquines programados a colocar*100 Cantidad de extintores colocados/Número de extintores programados a colocar*100
Responsable: Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución: Cada vez que se requiera
Costo estimado de la medida: $600,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
198
MEDIDA N° 10
Nombre de la medida:
Colocación y mantenimiento de la Señalización de las Rutas de Evacuación como del
Punto de Encuentro
Objetivo:
Identificación rápida de las vías de escape.
Aspecto Ambiental:
Seguridad Física.
Requisito legal:
Ley de Defensa contra Incendios.
Medidas de Contingencia:
La empresa deberá efectuar la colocación y posterior limpieza oportuna de los letreros
que forman parte de las rutas de evacuación para que en caso de un imprevisto poder
identificar rápidamente las vías de escape.
De igual forma, se colocará y mantendrá en perfecto estado el Punto de Encuentro
seguro, donde los trabajadores podrán reunirse en caso de contingencia, el cual
deberá permanecer totalmente despejado y sin obstáculos en el área.
Resultados Esperados:
Permitir la salida oportuna del personal en una emergencia, es decir, salvaguardar la
vida del personal.
Medios de Verificación:
Señalética en las instalaciones.
Fotografías del Punto de Encuentro.
Indicador:
Letreros de ruta de evacuación y punto de encuentro colocados/ Letreros de ruta de
evacuación y punto de encuentro requeridos*100
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución:
Permanente
Costo estimado de la medida:
$500,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
199
2.3. Programa de Capacitación
La empresa INARROMESA S.A. debe manejar sus procesos de compra de arroz, para
luego efectuar su procesamiento y venta de manera directa, de tal manera que se proteja al
ambiente, la salud y la seguridad de sus empleados, clientes, contratistas, visitantes y el
público en general.
Para lograr este objetivo, INARROMESA S.A. proporcionará capacitaciones y charlas
anualmente a sus empleados, contratista y visitantes para lograr la protección de los
recursos humanos, ambientales y físicos.
El programa de capacitación anual está enfocado a los procesos específicos de la empresa,
la calidad de los productos y el manejo responsable de los recursos, el cual debe ser
impartido al personal de acuerdo a su área de trabajo.
El Plan de Manejo Ambiental abarca diferentes temas, como los que se enlistan a
continuación:
Aplicación del nuevo PMA incluido en el Estudio de Impacto Ambiental Expost de la
empresa INARROMESA S.A.
Preservación del Ambiente: Control de la Contaminación Ambiental durante las
actividades de producción y demás que se realicen dentro de la empresa.
Minimización en la generación de desechos y manejo adecuado de los desechos
peligrosos y no peligrosos (Uso correcto de la Estación de Reciclaje, Área de
Almacenamiento de materiales reciclables y no reciclables y Área de Acopio de
desechos peligrosos/especiales).
Manejo adecuado de los desechos peligrosos y no peligrosos.
Inducciones sobre medio ambiente y seguridad industrial al personal nuevo.
Seguridad industrial y salud ocupacional.
Inducciones sobre el manejo de la maquinaria y uso del Equipo de Protección
Personal a los trabajadores nuevos.
Primeros Auxilios
Instruir al personal a su cargo sobre los riesgos específicos de los distintos puestos
de trabajo y las medidas de prevención a adoptar.
Es importante que los cursos sean conducidos por técnicos especialistas, de experiencia
probada para garantizar el éxito del Programa de Capacitación.
Se deben mantener registros del personal que asiste a las capacitaciones, tipo de
capacitación, tema y contenido de la charla o capacitación, fecha, nombre y firma
del capacitador e incluir al menos 2 temas relacionados con la temática ambiental.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
200
MEDIDA Nº 11
Nombre de la medida:
Inducción del Plan de Manejo Ambiental.
Objetivo:
Proveer a los trabajadores el material correspondiente para el cuidado del ambiente y
salud y seguridad.
Dar a conocer a los trabajadores la responsabilidad de la protección del ambiente y de
la seguridad y salud de los colaboradores.
Otorgar responsabilidades a los trabajadores sobre el cumplimiento del Plan de Manejo
Ambiental del Estudio de Impacto Ambiental Expost.
Aspecto Ambiental:
Recurso Hídrico, suelo, aire
Salud y Seguridad de los trabajadores
Requisito legal:
Libro VI: De la Calidad Ambiental, TULSMA
Descripción de la Medida:
Realizar la inducción a los trabajadores de la empresa sobre el Plan de Manejo
Ambiental incluido en el Estudio de Impacto Ambiental Expost de INARROMESA S.A.
Además, se deberá publicar en las carteleras de la empresa, la medida que debe ser
implementada o ejecutada por mes, para que los trabajadores apoyen e intervengan en
su cumplimiento.
Es importante buscar otro medio de difusión del Plan de Manejo Ambiental de la
empresa, como el uso del correo electrónico interno.
Resultados Esperados:
Conocimiento por parte de los trabajadores de las medidas y del cronograma de
implementación incluido dentro del Plan de Manejo Ambiental de INARROMESA S.A.
Medios de Verificación:
Registro de asistencia a la inducción del Plan de Manejo Ambiental
Por observación directa de la cartelera con la medida que debe implementarse por
mes.
Indicador:
Número de trabajadores de INARROMESA S.A./ Número de trabajadores que cuenten
con inducción al PMA * 100
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución:
Una vez
Costo estimado de la medida:
$1500,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
201
MEDIDA Nº 12
Nombre de la medida:
Capacitación al personal sobre Salud y Seguridad Industrial
Objetivo:
Concientizar al personal sobre el uso adecuado de los Equipos de Protección Personal
y la ropa de trabajo.
Trasmitir a los trabajadores las normas de seguridad que deben implementarse durante
su jornada laboral y los riesgos de cada puesto de trabajo.
Preparar a los trabajadores sobre el manejo del Botiquín de Primeros Auxilios en caso
de emergencia y las Hojas de Seguridad de Productos Químicos.
Aspecto Ambiental:
Salud y Seguridad Industrial
Requisito legal:
Reglamento de Seguridad y Salud de los trabajadores y mejoramiento del medio
ambiente de trabajo
Descripción de la Medida:
Capacitar y concientizar al personal de INARROMESA S.A., tanto de producción como
administrativo y de servicio, en temas relacionados con la seguridad industrial, el uso
adecuado del EPP, manejo de las hojas de Seguridad de Productos Químicos, Salud
Ocupacional, Instruir al personal a su cargo sobre los riesgos específicos de los
distintos puestos de trabajo y las medidas de prevención a adoptar, conocimientos de
primeros auxilios y el uso del botiquín de primeros auxilios.
Se deberá difundir los temas más relevantes sobre Salud y Seguridad Industrial en la
empresa y a través del correo electrónico interno.
Resultados Esperados:
Personal altamente capacitado sobre Salud y Seguridad Industrial.
Poca probabilidad de ocurrencia de accidentes/incidentes.
Medios de Verificación:
Registro de asistencia de los trabajadores a las capacitaciones
Fotos de las capacitaciones.
Indicador:
Cantidad de capacitaciones sobre salud y seguridad industrial realizadas/Número de
capacitaciones sobre salud y seguridad industrial programadas semestralmente*100
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución:
Semestral
Costo estimado de la medida:
N/A
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
202
MEDIDA Nº 13
Nombre de la medida:
Capacitación al personal sobre Temática Ambiental
Objetivo:
Proporcionar información a los trabajadores sobre el cuidado del ambiente.
Fomentar el cuidado y manejo correcto de los recursos naturales.
Promover el manejo y minimización de los desechos peligrosos y no peligrosos.
Aspecto Ambiental:
Recurso Suelo, Hídrico y Aire
Requisito legal:
TULSMA. Libro VI: De la Calidad
Descripción de la Medida:
Realizar capacitaciones por año sobre temática ambiental actual. Los temas serán los
siguientes:
Preservación del Ambiente: control de la contaminación ambiental durante las
actividades de producción y demás que se realicen dentro de la empresa.
Minimización en la generación de desechos y manejo adecuado de los
desechos peligrosos y no peligrosos (Uso correcto de las Estaciones de
Reciclaje, área de almacenamiento de desechos no peligrosos y Área de
Acopio de desechos peligrosos/especiales).
Manejo adecuado de los desechos peligrosos y no peligrosos.
Reducir, reusar y reciclar.
Resultados Esperados:
Trabajadores más conscientes sobre el cuidado del ambiente y los recursos naturales.
Correcto manejo de los desechos peligrosos y no peligrosos.
Medios de Verificación:
Registro de Asistencia a las Capacitaciones.
Fotos de las capacitaciones.
Indicador:
Cantidad de capacitaciones sobre temática ambiental realizadas/Número de
capacitaciones sobre temática ambiental programadas anualmente*100
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución:
Anual
Costo estimado de la medida:
$1500,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
203
MEDIDA Nº 14
Nombre de la medida:
Instrucción al personal que ingrese por primera vez
Objetivo:
Capacitar al personal sobre el Plan de Manejo Ambiental que debe cumplir la empresa.
Brindar información sobre Salud y Seguridad Industrial.
Aspecto Ambiental:
Recurso Hídrico, Suelo y Aire.
Salud y Seguridad Industrial.
Requisito legal:
TULSMA. Libro VI: De la Calidad.
Reglamento de Seguridad y Salud de los trabajadores y mejoramiento del medio
ambiente de trabajo.
Descripción de la Medida:
Toda persona que ingrese por primera vez, debe ser instruida y entrenada
adecuadamente en el manejo de la maquinaria y los riesgos, en caso de aplicar.
Adicionalmente, se le debe dar una inducción del Plan de Manejo Ambiental, uso
correcto de la Estación de Reciclaje, Salud Ocupacional y Seguridad Industrial.
Resultados Esperados:
Personal que ingresa por primera vez a la empresa se encuentra altamente capacitado
y consciente de sus responsabilidades para con INARROMESA S.A.
Medios de Verificación:
Registro de Asistencia a la Inducción previo al ingreso de la empresa.
Indicador:
Cantidad de trabajadores de INARROMESA S.A. nuevos/Número de trabajadores
nuevos capacitados*100
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución:
Cada vez que se requiera
Costo estimado de la medida:
N/A
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
204
2.4. Plan de Seguridad y Salud Ocupacional
El presente Plan incluirá el programa y los objetivos de seguridad preventiva, reportes de
incidentes y accidentes, ficha médica de los trabajadores, mantenimiento de señalización,
entrega del equipo de protección personal, entre otros.
MEDIDA Nº 15
Nombre de la medida:
Implementación del Programa Anual de Salud Ocupacional Básico.
Objetivo:
Control y prevención de enfermedades.
Aspecto Ambiental:
Seguridad y Salud.
Requisito legal:
No aplica.
Medidas Preventivas:
Establecer y aplicar un Programa Anual de Salud Ocupacional Básico, que contendrá
lineamientos base para la preservación de la salud de los trabajadores, esto es mediante las
fichas médicas a los trabajadores.
Este programa deberá llevar a cabo los planes de vacunación y exámenes periódicos
recomendados por un médico laboral.
Previo al ingreso o enrolamiento de operadores, transportistas, técnicos o personal
administrativo se deberá someter a un examen médico recomendados por un médico laboral.
Resultados Esperados:
Prevenir el deterioro de la salud de los trabajadores, o tomar medidas correctivas en caso de
que así sea.
Medios de Verificación:
Programa de Salud Ocupacional Básico.
Fichas médicas de los trabajadores.
Exámenes médicos realizados al personal.
Respaldos del cumplimiento de Planes de Vacunación.
Indicador:
Exámenes médicos realizados y vacunas colocadas al personal de INARROMESA S.A./Total de
trabajadores de INARROMESA S.A.*100
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución:
Cada vez que se requiera.
Costo estimado de la medida:
$1000,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
205
MEDIDA N° 16
Nombre de la medida: Colocación y posterior mantenimiento de carteles o avisos de seguridad sobre las precauciones a seguir y prohibición.
Objetivo:
Prevenir accidentes.
Aspecto Ambiental:
Seguridad y Salud.
Requisito legal: Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores. Norma INEN 2266: Transporte, Almacenamiento y Manejo de Materiales Peligrosos. Norma INEN 2288: Productos Químicos Industriales Peligrosos. Etiquetado de precaución. Requisitos. Reglamento Sustitutivo del Reglamento Ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador.
Medidas Preventivas: a.- Llevar a cabo la colocación de los carteles de seguridad, carteles sobre el uso obligatorio de los equipos y prohibiciones de acuerdo a los riesgos a los que están expuestos los trabajadores en sus puestos de trabajo y/o en las áreas de trabajo dentro de la Compañía. Estos carteles se ubicarán en lugares y de tamaño visible a la distancia. b.- Mantener en óptimas condiciones los carteles o avisos de seguridad sobre las precauciones a seguir y prohibiciones. c.- Mantener en óptimas condiciones los carteles de identificación de las áreas de almacenamiento de materiales peligrosos.
Resultados Esperados: Cumplimiento con Buenas Prácticas: Se tiene buenas prácticas de bioseguridad. Conocimiento sobre el uso de equipo de protección personal a utilizar. Concienciación sobre los peligros que pueden estar asociados con las actividades de almacenamiento, uso de productos, maquinaria y equipos.
Medios de Verificación: Rótulos de Seguridad instalados en la empresa. Identificación de áreas.
Indicador:
Señalética instalada/señalética requerida*100
Responsable: Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución: Continuo
Costo estimado de la medida: $500,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
206
MEDIDA N° 17
Nombre de la medida:
Entrega de EPP y Ropa de Trabajo
Objetivo:
Proteger a los empleados en el lugar de trabajo de lesiones o enfermedades serias que
puedan resultar del contacto con peligros químicos, físicos, eléctricos, mecánicos o a la
exposición a altos niveles de presión sonora (Ruido Laboral).
Aspecto Ambiental:
Salud y Seguridad Industrial.
Requisito legal:
Reglamento de Seguridad y Salud de los trabajadores y mejoramiento del medio
ambiente de trabajo.
Descripción de la Medida:
Realizar la entrega y reposición del Equipo de Protección Personal y de la Ropa de
Trabajo a los colaboradores de la empresa, cada vez que ingrese un trabajador y cada
vez que se requiera el cambio del EPP y/o Ropa de Trabajo.
Es importante, llevar un mayor control de entrega y uso del Equipo de Protección
Personal, en especial de los tapones auditivos a los trabajadores que se encuentran
expuestos a un nivel de presión sonora mayor a 85 decibeles escala A del sonómetro,
medidos en el lugar en donde el trabajador mantiene habitualmente la cabeza, para el
caso de ruido continuo con 8 horas de trabajo.
Se procurará vigilar el uso de los tapones auditivos a los operarios del Área de
Producción. En caso de que el operario del montacargas no se encuentre expuesto a
altos niveles de presión sonora mayor a 85 decibeles escala A, deberá ser demostrado
mediante Monitoreos de Ruido Laboral (Dosimetría).
Resultados Esperados:
Trabajadores usan el equipo de protección personal y la ropa de trabajo durante la
jornada laboral.
Medios de Verificación:
Registro de entrega de Equipos de Protección Personal.
Registro de entrega de la Ropa de Trabajo.
Indicador:
Nº de personas que reciben EPP/Nº de personas que ingresan a la empresa*100
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución:
Cada vez que se requiera la entrega de EPP y Ropa de Trabajo.
Costo estimado de la medida:
Incluido dentro de los gastos de la empresa.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
207
MEDIDA Nº 18
Nombre de la medida:
Identificación de Productos químicos y materiales peligrosos usados en la empresa.
Objetivo:
Proteger la seguridad de los trabajadores.
Prevenir el daño de la propiedad física de la empresa.
Proporcionar información básica sobre una sustancia determinada y orientación sobre
procedimientos en caso de derrame o fugas.
Aspecto Ambiental:
Recursos Hídricos, Aire y Suelo
Requisito legal:
Norma INEN 2266: Transporte, Almacenamiento y Manejo de Materiales Peligrosos.
Norma INEN 2288: Productos Químicos industriales peligroso. Etiquetado de Precaución.
Requisitos
Descripción de la Medida:
Se deberá contar con las Hojas de Seguridad de las sustancias químicas y materiales
peligrosos utilizados en las diferentes actividades que se realizan dentro de la empresa
INARROMESA S.A.
Se colocará en los envases de cada una de las sustancias químicas las etiquetas de
identificación de envases, conforme a lo exigido en la Norma INEN 2266: 2013 Transporte,
almacenamiento y manejo de materiales peligrosos. (Anexos F y H). Estas etiquetas
deberán estar en buen estado y ser renovadas cada vez que se requiera.
De igual forma, los envases de los productos químicos y materiales peligrosos deberán
contar con la etiqueta de precaución en buen estado, conforme a lo establecido en la
Norma INEN 2288: 2000 Productos Químicos industriales peligroso. Etiquetado de
Precaución. Requisitos.
Resultados Esperados:
Identificación rápida de los envases que contengan sustancias químicas y materiales
peligrosos.
Medios de Verificación:
Hojas de Seguridad de las Sustancias químicas y materiales peligrosos usados en la
empresa.
Observación directa de las etiquetas de identificación y precaución.
Indicador:
- Cantidad de Productos químicos y materiales peligrosos etiquetados/Número de
Productos químicos y materiales peligrosos usados en la empresa *100
- Hojas de seguridad de los productos peligrosos/Cantidad de productos peligrosos*100
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución:
Permanente
Costo estimado de la medida:
$500,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
208
MEDIDA Nº 19
Nombre de la medida: Correcto almacenamiento de materiales peligrosos.
Objetivos:
- Prevenir accidentes y/o contingencias.
- Contar con un lugar exclusivo para el almacenamiento de Productos Químicos.
Aspecto Ambiental: Salud y Seguridad Industrial Cuidado al ambiente.
Requisito Legal: Norma Técnica Ecuatoriana INEN 2266:2013. Reglamento Sustitutivo del Reglamento Ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador. Norma de Calidad Ambiental de Recurso Suelo y Criterios de Remediación para Suelos Contaminados.
Descripción de la Medida: Las sustancias químicas deberán almacenarse y manejarse por los colaboradores de la empresa de manera técnicamente apropiada, tal como lo establece el art. 25 del Decreto 1215 y la Norma Técnica INEN 2266: 2013. Es decir, que las áreas de almacenamiento de estos productos deberán cumplir como mínimo con las siguientes condiciones.
Señalización apropiada con letreros que identifique el tipo de producto químico que se va a almacenar.
Contar con techo, el piso pavimentado y evitar el contacto con el agua.
Contar con un cierre perimetral que impida el libre acceso de personas y animales.
Rotular con el rombo de seguridad NFPA a las estanterías metálicas donde son almacenados productos químicos.
Los productos deben de estar colocados sobre pallets.
Resultados Esperados: Cumplir con las buenas prácticas detalladas a continuación: Los sitios donde se almacenen los materiales peligrosos están construidos con materiales consistentes. Las sustancias químicas se almacenan, manejan y transportan de manera técnicamente apropiadas.
Indicadores Verificables de Aplicación: Área de almacenamiento de materiales peligrosos.
Indicador:
Dentro de INARROMESA S.A. se efectúa el correcto almacenamiento de materiales peligrosos.
Responsable de la Ejecución de la Medida: Jefe de Planta
Frecuencia de Ejecución: Permanente
Costo: Incluido dentro de los gastos de la Compañía
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
209
MEDIDA Nº 20
Nombre de la medida:
Mantener en buen estado de servicio y limpieza las instalaciones, máquinas y herramientas.
Objetivo:
- Evitar el deterioro de las instalaciones de la Compañía.
- Brindar a los trabajadores un lugar limpio y en buen estado para el desarrollo de sus
actividades laborales.
Aspecto Ambiental:
Seguridad y Salud
Instalaciones de la Compañía
Requisito Legal:
Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores.
Descripción de la Medida:
a.- Velar que el tipo de extinguidores colocados en las diferentes áreas de la empresa sea el
adecuado en función de las distintas clases de fuego y de las especificaciones del fabricante.
Además, se velará que nada obstaculice el fácil acceso a los mismos y los extintores no se
encuentren caducados.
b.- Colocar resguardos de seguridad en todas las partes fijas o móviles de motores, órganos de
transmisión y máquinas, agresivos por acción atrapante, cortante, lacerante, punzante,
prensante, abrasiva y proyectiva en que resulte técnica y funcionalmente posible.
Resultados Esperados:
Que la empresa se mantenga siempre en condiciones aceptables de higiene y seguridad.
Evitar y Controlar riesgos de accidentes.
Indicadores Verificables de Aplicación:
Registro de mantenimiento y limpieza de los equipos y maquinarias de la empresa.
Lista de Verificación de Limpieza.
Fotos de los resguardos colocados en los diferentes equipos, maquinaria y áreas de la
empresa.
Indicador:
- Las diversas áreas de INARROMESA S.A. cuenta con extintores debidamente señalizados
- INARROMESA S.A. posee resguardos de seguridad en todas las partes fijas o móviles de
motores
Responsable de la Ejecución de la Medida:
Jefe de Planta
Frecuencia de Ejecución:
Permanente
Costo:
Incluido dentro de los gastos de la empresa
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
210
2.5. Programa de Manejo de Residuos
Las medidas específicas a ejecutarse en este programa incluyen:
Limpieza y mantenimiento de pozos sépticos.
Limpieza del sistema interno de recolección de aguas lluvias.
Entrega y desalojo de los aceites y grasas lubricantes usados como de los desechos.
peligrosos a gestores ambientales.
Entrega y disposición final de los desechos sólidos no peligrosos.
MEDIDA Nº 21
Nombre de la Medida:
Limpieza del Pozo Séptico.
Objetivo:
- Prevenir la contaminación del Medio ambiente por malos olores o por la acumulación
de aguas domésticas en un área de acopio temporal.
Aspecto Ambiental:
Recursos Hídricos y Suelo.
Salud Ocupacional.
Requisito legal:
TULSMA. Libro VI, Anexo 1: Norma de Calidad Ambiental y de descarga de efluentes :
Recurso Agua
Descripción de la Medida:
Las aguas domésticas generadas durante el proyecto se depositan en un pozo séptico,
el mismo que se debe limpiar cada vez que se requiera, con el fin de evitar olores
desagradables en el ambiente de trabajo, como de su rebosamiento.
Para efectuar la limpieza del pozo séptico la empresa deberá contratar los servicios de
una empresa autorizada para realizar esta actividad.
Resultados Esperados:
Mantenimiento y limpieza del pozo séptico.
Medios de Verificación:
Registro de limpieza del pozo séptico por una empresa autorizada.
Indicador:
Cantidad de limpiezas a pozo séptico realizados/Número de limpiezas a pozo séptico
programados*100
Responsable de la Ejecución de la Medida
Jefe de Planta
Frecuencia de Ejecución
Cada vez que se requiera.
Costo
N/A
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
211
2.5.1. DESECHOS PELIGROSOS / ESPECIALES
Dentro de la categoría de desechos peligrosos / especiales que se generan en las
instalaciones tenemos lámparas fluorescentes, tóneres de impresora y botellas vacías de
productos químicos.
- Manejo
Evitar fugas de aceites y grasas lubricantes efectuando lo dispuesto en las Medidas Nº 1 y 2.
En caso de derrame de este producto peligroso se debe detener y limpiar inmediatamente el
área. Los materiales usados para detener y limpiar los derrames de aceite tienen que ser
dispuestos correctamente a través de Gestores Ambientales Autorizados por la Autoridad
Ambiental.
De igual forma, los focos fluorescentes deberán ser almacenados en el Centro de Acopio de
la empresa. En primera instancia debemos evitar quebrar focos fluorescentes debido a que
en su interior contienen mercurio.
En caso de que se rompa una lámpara fluorescente se debe efectuar lo siguiente:
1. Abrir una ventana y abandonar la pieza por al menos 15 minutos.
2. Reúna y recoja los fragmentos de vidrio, polvo y restos de mercurio con un cartón y
deposítelos en una bolsa de plástico gruesa protegida con papel o cartón para evitar
que los vidrios la rompan. Para esto use guantes de goma desechables si tiene u
otra bolsa plástica a manera de guante, no use sus manos sin protección.
3. Limpie el área con toallas de papel desechables mojado y póngalos en la bolsa
plástica.
4. Use cinta de embalaje para recoger y envolver los vidrios rotos y evitar que rompan
la bolsa.
5. Ponga todo el material de limpieza y los restos recogidos en una segunda bolsa de
plástico gruesa. Selle la bolsa y márquela con un plumón con la leyenda:
SUSTANCIA PELIGROSA: CONTIENE MERCURIO Y VIDRIO.
6. Lave sus manos prolijamente luego de recoger y deshacerse de la bolsa.
Los materiales usados para detener y limpiar el área tienen que ser dispuestos
correctamente a través de Gestores Ambientales Autorizados por la Autoridad Ambiental.
Cada vez que se genere desechos peligrosos, deberán ser inmediatamente trasladados al
Centro de Acopio de Desechos Peligrosos.
- Almacenamiento
Todo envase durante el almacenamiento temporal de desechos peligrosos deberá llevar la
identificación correspondiente de acuerdo a las normas establecidas en las Normas INEN
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
212
2266:2013. La identificación será con marcas de tipo indeleble, legible y de un material
resistente a la intemperie.
- Transporte y Disposición
Solo quienes obtengan la licencia ambiental de la Unidad Técnica del Ministerio del
Ambiente, estarán autorizados para transportar los desechos peligrosos y especiales
generados durante las diferentes actividades de mantenimiento de la empresa.
El transporte de desechos peligrosos y especiales deberá realizarse acompañado de un
manifiesto de identificación entregado por el generador, condición indispensable para que el
transportista pueda recibir y transportar dichos desechos. Estos deberán ser entregados en
su totalidad y solamente a las plantas de almacenamiento, reciclaje, tratamiento o
disposición final debidamente autorizados por el Ministerio del Ambiente que el generador
hubiere indicado en el manifiesto.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
213
MEDIDA N° 22
Nombre de la Medida:
Gestión de los desechos peligrosos y especiales
Objetivo:
Cumplir con la normativa vigente para la correcta gestión de los desechos peligrosos.
Aspecto Ambiental:
Recursos hídricos y suelo.
Requisito Legal:
Libro VI, De la Calidad Ambiental del TULSMA.
Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Sustancias
Químicas Peligrosas, Desechos Peligrosos y Especiales.
Descripción de la Medida:
Las lámparas fluorescentes, tóneres de impresora y botellas vacías de productos
químicos, como el resto de desechos peligrosos y especiales se evitarán mezclarlos
con el resto de desechos, para luego disponerlos en el Área de Acopio de desechos
peligrosos.
Una vez que se cuente con una cantidad considerable de desechos peligrosos se
deberán entregar únicamente a transportistas y gestores de desechos peligrosos que
tengan Licencia Ambiental vigente, bajo la modalidad del "Manifiesto único de entrega,
transporte y recepción de desechos peligrosos”.
Resultado esperado:
Adecuado manejo de los desechos peligrosos.
Aprovechamiento racional de los desechos.
Medios de Verificación:
Manifiesto único de entrega, transporte y recepción de desechos peligrosos.
Área destinada al almacenamiento de desechos peligrosos.
Licencia Ambiental de los Gestores Ambientales.
Indicador:
Cantidad de desechos peligrosos y especiales generados/Número de desechos
peligrosos y especiales generados entregados a gestor ambiental*100
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de Ejecución:
Cada vez que se requiera
Costo estimado de la Medida:
$1200,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
214
2.5.2 DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS (DS)
La generación de desechos sólidos es parte indisoluble de las actividades de una empresa,
las etapas del ciclo de vida de los Desechos Sólidos son: generación, transporte,
almacenamiento, recolección, tratamiento y disposición final.
Los Objetivos del Plan de Manejo de los Desechos Sólidos son:
a. Cumplir con las regulaciones ambientales vigentes.
b. Minimizar los impactos generados por los desechos sólidos en el medio
ambiente y la salud de la población.
c. Reducir los costos asociados con el manejo de los desechos sólidos y la
protección al medio ambiente, incentivando a los trabajadores a desarrollar
innovaciones para reducir la generación de los desechos e implementar una
adecuada disposición final.
d. Reducir la cantidad de desechos sólidos dispuestos en el Botadero de la ciudad.
Manejo interno de los desechos sólidos generados
Los aspectos que se deben considerar para un adecuado manejo interno de los desechos
sólidos no peligrosos son:
Entrenamiento del Personal de Limpieza
Almacenamiento
Tratamiento
Recolección
- Entrenamiento del Personal de Limpieza
El entrenamiento es una actividad fundamental en el manejo adecuado de los residuos
sólidos y debería ser provisto al Personal de Limpieza o al encargado de la recolección de la
basura y consiste en:
a.- Información completa respecto a los riesgos relacionados con el manejo de los residuos,
así como la importancia de evitar exposiciones innecesarias.
b.- Información completa en las tareas de recolección, transporte y almacenamiento.
- Almacenamiento
a.- Como almacenamiento primario, definiremos aquel realizado puntualmente en el área
específica de generación (Estación de reciclaje).
La empresa deberá implementar una Estación de Reciclaje ubicadas en el área de Oficina
de la empresa, como la presentada a continuación:
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
215
FIGURA Nº 21
ESTACIÓN DE RECICLAJE
b.- Una vez realizado el almacenamiento primario, se deberá llevar todos los desechos al
Área de Reciclaje hasta su posterior entrega.
- Tratamiento
a.- Reciclaje: Papel, cartón, fundas etc. o aquel desecho que se pueda reciclar serán
entregados a una empresa recicladora.
b.- Reutilización: Papelería de oficina.
- Recolección
En el caso de que sean desechos no reciclables, no reutilizables o que su vida útil haya
culminado, estos se dispondrán en el tacho metálico donde se almacenan los desechos
recogidos por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Durán.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
216
MEDIDA N° 23
Nombre de la Medida:
Manejo correcto de los desechos sólidos no peligrosos.
Objetivo:
Aprovechar racionalmente los desechos.
Aspecto Ambiental:
Recurso Suelo e Hídrico.
Requisito Legal:
TULSMA Libro VI: De la Calidad Ambiental, Anexo 2 y Anexo 6.
Medidas Correctoras:
a.- Disposición correcta de los Desechos Sólidos en la Estación de Reciclaje dispuesta en la
empresa, de acuerdo a su origen, naturaleza y posterior uso, para luego ser almacenados en el
Área de Reciclaje hasta su posterior entrega a la empresa recicladora. Todo desecho reciclable
generado será almacenado en el Área de Reciclaje de la empresa.
b.- Continuar con el rehúso de la papelería de oficinas, utilizando ambas carillas de las hojas y
después reciclar la papelería y otros materiales de las oficinas dispuestos en recipientes
debidamente etiquetados.
c.- Los desechos no reciclables, no reutilizables o que su vida útil haya culminado, se
dispondrán en el tacho metálico donde se almacenan los desechos recogidos por el Municipio
de Durán.
Se prohibirá la disposición de desechos sólidos no peligrosos en áreas de la empresa que no se
encuentren dispuestas para su almacenamiento, todo desecho deberá colocarse en las áreas
especificadas para ello.
Resultado Esperado:
Separación y clasificación de los desechos sólidos.
Disminución en la generación de desechos de oficinas.
Medios de Verificación:
Estación de Reciclaje.
Área de Reciclaje.
Área de almacenamiento de desechos no reciclables.
Áreas de la empresa sin desechos dispuestos en áreas no permitidas.
Indicador:
Cantidad de desechos no peligrosos generados/Número de desechos no peligrosos generados
entregados a ente municipal*100
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de Ejecución:
Continua
Costo estimado de la Medida:
$800,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
217
2.6. Programa de Relaciones Comunitarias
MEDIDA Nº 24
Nombre de la medida:
Acercamiento Comunitario
Objetivo:
Desarrollar con normalidad las operaciones de la empresa en un plano de armonía y
sin afectar a la comunidad del área de influencia
Aspecto Ambiental:
Salud y Seguridad del área de influencia
Requisito legal:
N/A
Descripción de la Medida:
La empresa deberá mantener un canal abierto de diálogo con la comunidad para
escuchar sus inquietudes, comentarios y reclamos, con el objeto de disipar las dudas
que pudiesen tener sobre los peligros que entrañan las actividades de la empresa y
mejorar en caso de queja.
Para ello, INARROMESA S.A. deberá de colocar un letrero en el exterior de la empresa
durante la jornada laboral que indique que toda inquietud, duda y/o reclamo, será
receptado a través del email [email protected]
Resultados Esperados:
Comunidad consciente de los cuidados ambientales que realiza la empresa.
Conocimiento de las afectaciones de las actividades de la empresa a la ciudadanía.
Medios de Verificación:
Inquietudes, comentarios y reclamos realizados por la ciudadanía con respecto al
cuidado del ambiente.
Acciones implementadas para resolver el reclamo.
Fotos de las visitas.
Indicador:
Se colocó un letrero en la parte externa de INARROMESA S.A.
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución:
Permanente
Costo estimado de la medida:
N/A
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
218
2.7. Plan de Rehabilitación de Áreas Afectadas
MEDIDA N° 25
Nombre de la medida: Limpieza de las diferentes áreas de la empresa INARROMESA S.A.
Objetivo:
Efectuar la limpieza de las áreas donde se evidenció desechos. Evitar accidentes por la colocación de desechos en áreas no permitidas.
Aspecto Ambiental: Recurso Suelo Recurso Hídrico
Requisito legal: TULSMA, Libro VI: De la Calidad Ambiental. TULSMA, Libro VI, Anexo 2: Norma de calidad ambiental para el manejo y disposición final de desechos sólidos no peligrosos
Descripción de la Medida: La empresa deberá efectuar la limpieza de las diferentes áreas de la empresa donde se evidenciaron desechos no peligrosos (tarrinas, plásticos, madera en desuso, étc.) fuera de sus áreas de almacenamiento temporal, una de las áreas es la que está en la parte posterior de la Bodega de Sacos De ser factible, se realizará inmediatamente la entrega a empresas recicladoras. Caso contrario, estos desechos serán entregados al servicio de recolección de desechos del Cantón Durán.
Resultados Esperados: Áreas afectadas rehabilitadas.
Medios de Verificación:
Desechos no peligrosos almacenados en las áreas dispuestas para su fin.
Indicador:
Cantidad de desechos no peligrosos recogidos/Cantidad de desechos no peligrosos fuera del área de almacenamiento temporal * 100.
Responsable: Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución: Una sola vez
Costo estimado de la medida: $500,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
219
La presente medida únicamente se llevará a cabo si durante las Operaciones de transporte,
almacenamiento y envasado de cilindros de gas licuado de petróleo (GLP) en la empresa
INARROMESA S.A. para abastecimiento del montacargas ocurriera un derrame de
combustible.
MEDIDA 26
Nombre de la Medida:
Remediación del áreas afectadas
Objetivo:
Contar con el procedimiento inmediato y eficaz para mitigar los impactos generados al
ambiente en caso de afectaciones por incendios o derrames.
Aspecto Ambiental:
Recurso atmósfera
Requisito Legal:
Reglamento sustitutivo al reglamento ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el
Ecuador.
Descripción de la medida:
En el caso de que sucediera algún incidente no deseado, de acuerdo con lo que dispone el
Art. 16 del RAOH, la Subsecretaría de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente
coordinará con la Comercializadora, los aspectos técnicos - económicos del monitoreo y control
de los programas de remediación ambiental que, previo a su ejecución, tienen que
presentarse a la entidad de control Ambiental para su respectiva aprobación, sin prejuicio de
las acciones a tomarse inmediatamente después de cualquier incidente.
Los programas de remediación sujetos a aprobación y seguimiento por parte de la entidad de
control ambiental consistirán en la remediación después de accidentes mayores en los que se
hayan derramado más de cinco barriles de combustible.
En los programas de remediación debe constar la siguiente información: 1) Denominación del sitio del incidente y ubicación cartográfica. 2) Razón Social de la Comercializadora y prestataria de servicios, dirección, domicilio,
teléfonos, fax, correo electrónico, representante legal.
3) Diagnóstico y caracterización de la contaminación en base de análisis físico químicos y biológicos del suelo o agua de mar en el sitio contaminada.
4) Descripción de las tecnologías de remediación y técnicas de rehabilitación. Análisis de alternativas tecnológicas
5) Análisis de alternativas tecnológicas
6) Cronograma de los trabajos de remediación
7) Monitoreo de la remediación inclusive cronograma
8) Plazo de ejecución de la remediación.
9) Una vez finalizada la remediación la Comercializadora presentará al MAE el informe inclusive una evaluación técnica del programa de remediación.
Es importante recordar que dado que el GLP tiene un punto de ebullición de - 42 ºC, en el
evento de un derrame éste se evaporaría de manera casi inmediata, haciendo imposible la
recolección o absorción de manera mecánica.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
220
Nombre de la Medida:
Remediación del áreas afectadas
En este evento, el mayor riesgo es la generación de una atmósfera explosiva, la cual se
genera en los siguientes rangos de explosividad: de 2,5% a 9% de mezcla con el aire. Dada la
velocidad con la que el GLP se dispersa en la atmósfera, esta atmósfera explosiva tendría una
duración muy corta, por lo que para hacer frente a este evento (tal como se señala en el
Plan de Contingencia), se confinaría una zona alrededor del derrame y evitaría toda fuente de
ignición hasta que el GLP se evapore por completo.
Por esta razón no se prevé contaminación del suelo y/o agua por derrame de GLP, el
componente impactado sería únicamente la atmósfera.
Resultado esperado:
Cumplimiento con la Normativa.
Medios de Verificación:
Informe de Remediación del Recurso Contaminado, el cual deberá incluir fotos, resultados y
registros.
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de Ejecución:
Cada vez que se requiera
Costo estimado de la Medida:
$900,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
221
2.8. Programa de Seguimiento y Monitoreo
2.8.1. MONITOREOS AMBIENTALES
MEDIDA Nº 27
Nombre de la medida:
Monitoreo de emisiones al aire desde fuentes fijas de combustión (Secadora de arroz).
Objetivo:
Preservar o conservar la salud de las personas, la calidad del aire ambiente, el
bienestar de los ecosistemas y del ambiente en general.
Promover el cumplimiento con los valores de calidad de aire ambiente establecidos en
la normativa pertinente.
Aspecto Ambiental:
Recurso Aire
Salud de los trabajadores
Requisito legal:
Norma de Emisiones al Aire Desde Fuentes Fijas de Combustión
Descripción de la Medida:
INARROMESA S.A. deberá efectuar un monitoreo anual de los gases de combustión
de la secadora de arroz de la empresa, evaluando la concentración de monóxido de
carbono (CO), dióxido de azufre (SO2) y óxidos de nitrógeno (NOX), siguiendo el
método de medición y utilizando los equipos de medición de emisiones desde fuentes
fijas de combustión dispuestos en el Anexo 4, Libro IV del TULSMA.
Resultados Esperados:
Conocer el nivel de afectación del uso de la secadora de arroz de la empresa
INARROMESA S.A.
Cumplir con la Legislación Ambiental Nacional vigente.
Medios de Verificación:
Informe con los resultados del monitoreo realizado.
Indicador:
Cantidad de monitoreos realizados/Número de monitoreos programados*100
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución:
Anual
Costo estimado de la medida:
$900,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
222
MEDIDA Nº 28
Nombre de la Medida:
Monitoreo de los niveles de Material Particulado en el aire ambiente.
Objetivo:
Conocer los niveles de Material Particulado emitidos por la empresa hacia el ambiente.
Aspecto Ambiental:
Recurso Aire
Requisito Legal:
TULSMA. Libro VI, Anexo 4
Descripción de la medida:
Efectuar anualmente con el Método Gravimétrico un monitoreo de Material Particulado
(PM 10) por un laboratorio acreditado ante la SAE, en los siguientes puntos:
Área de Parqueo de Vehículos
Garita
Resultado esperado:
Establecer cumplimiento con los límites máximos permisibles establecidos en la
normativa ambiental vigente.
Medios de Verificación:
Informe final de los monitoreos de Material Particulado.
Indicador:
Cantidad de monitoreos realizados/Número de monitoreos programados*100
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de Ejecución:
Semestral
Costo estimado de la Medida:
$1680,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
223
MEDIDA Nº 29
Nombre de la medida:
Monitoreo del Nivel de Ruido Ambiente
Objetivo:
Control de los niveles de presión sonora
Aspecto Ambiental:
Recurso Aire
Salud Ocupacional
Requisito legal:
Límites permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas y fuentes móviles, y
para vibraciones.
Descripción de la Medida:
Monitoreo de los niveles de ruido ambiente, para la metodología se usará únicamente la
establecida dentro de la Norma: Límites permisibles de niveles de ruido ambiente para
fuentes fijas y fuentes móviles, y para vibraciones.
Los puntos de medición de ruido ambiente serán los siguientes:
Garita. Parte externa.
Parte posterior de la empresa.
Los monitoreos deberán ser realizados por un laboratorio acreditado ante el SAE.
Resultados Esperados:
Que ninguna actividad produzca presión sonora mayor a la permitida, en tal caso proveer
a los trabajadores expuestos los protectores auditivos necesarios para dicha labor.
Medios de Verificación:
Informe con los resultados de los monitoreos realizados.
Indicador:
Cantidad de monitoreos realizados/Número de monitoreos programados*100
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución:
Semestral
Costo estimado de la medida:
$480,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
224
2.8.2. MONITOREOS LABORALES
MEDIDA Nº 30
Nombre de la medida:
Monitoreo del Nivel de Ruido Laboral
Objetivo:
Conocer a cuantos decibeles se encuentran expuestos los trabajadores durante la jornada
laboral.
Establecer en qué áreas de la empresa se debe utilizar obligatoriamente los protectores
auditivos.
Aspecto Ambiental:
Recurso Aire.
Salud Ocupacional.
Requisito legal:
Reglamento de Seguridad y Mejoramiento del ambiente de trabajo.
Descripción de la Medida:
La empresa deberá realizar el monitoreo anual de los niveles de ruido laboral, de acuerdo a lo
requerido dentro del Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del
Medio Ambiente de Trabajo en las diferentes áreas de la empresa.
Los puntos a monitorear serán los siguientes:
Área de procesamiento
Área de secado de cáscara
Adicionalmente, también se deberá de realizar un monitoreo de dosimetría a los operadores del
montacargas.
Los monitoreos deberán ser realizados por un laboratorio acreditado ante la OAE.
Resultados Esperados:
Que ninguna actividad produzca presión sonora mayor a la permitida, en tal caso proveer a los
trabajadores expuestos los protectores auditivos necesarios para dicha labor.
Medios de Verificación:
Informe con los resultados de los monitoreos realizados.
Indicador: Cantidad de monitoreos realizados/Número de monitoreos programados*100
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución:
Anual
Costo estimado de la medida:
$600,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
225
MEDIDA N° 31
Nombre de la Medida:
Monitoreo de los niveles de luminosidad
Objetivo:
Control de los niveles de luminosidad en los diferentes puestos de trabajo de la
empresa
Aspecto Ambiental:
Salud Ocupacional
Requisito Legal:
Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio
Ambiente de Trabajo
Descripción de la medida:
Efectuar anualmente un monitoreo de los niveles de luminosidad en un puesto de
trabajo ubicados en el Área de Oficina o Recepción.
Los monitoreos deberán ser realizados por un laboratorio acreditado ante la OAE.
Resultado esperado:
Establecer cumplimiento con los límites máximos permisibles establecidos en el
Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio
Ambiente de Trabajo.
Medios de Verificación:
Informe final de los monitoreos de Luminosidad.
Indicador:
Cantidad de monitoreos realizados/Número de monitoreos programados*100
Responsable:
Jefe de Planta.
Frecuencia de Ejecución:
Anual
Costo estimado de la Medida:
$525,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
226
2.8.3. Seguimiento de aplicación del Plan de Manejo Ambiental
MEDIDA N° 32
Nombre de la Medida:
Reporte de Monitoreos Ambientales y Laborales de la empresa a la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial del Guayas
Objetivo:
Dar a conocer a la Autoridad Ambiental los resultados de los monitoreos efectuados
Aspecto Ambiental: Recursos Hídricos, de Suelo y Aire
Requisito Legal: Libro VI: De la Calidad Ambiental, TULSMA. CAPITULO V, Art. 81.- Reporte Anual. Norma de Emisiones al Aire Desde Fuentes Fijas de Combustión Acuerdo Nº 026
Descripción de la medida:
Reportar anualmente los monitoreos ambientales y laborales a la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial del Guayas.
Estos reportes permitirán a la entidad ambiental de control verificar que el regulado se encuentra en cumplimiento o incumplimiento del Libro VI De la Calidad Ambiental el cual indica en su Art. 81 “Es deber fundamental del regulado reportar ante la entidad ambiental de control, por lo menos una vez al año, los resultados de los monitoreos correspondientes a sus descargas, emisiones y vertidos de acuerdo a lo establecido en su PMA aprobado. Estos reportes permitirán a la entidad ambiental de control verificar que el regulado se encuentra en cumplimiento o incumplimiento del presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas contenidas en los Anexos, así como del plan de manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental de control”, y sus normas técnicas contenidas en los Anexos, así como el Plan de Manejo Ambiental aprobado por la entidad ambiental de control. Adicionalmente, también deberá reportar anualmente la Generación y Manejo de Desechos Peligrosos al Ministerio del Ambiente, conforme a lo solicitado en el Acuerdo Nº 026, luego de haber obtenido el registro de generador de desechos peligrosos.
Resultado esperado: Cumplimiento de normativa ambiental.
Medios de Verificación: Informes de reportes de monitoreos ambientales y monitoreos laborales entregados la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial del Guayas. Oficio de entrega del registro de Generación y Manejo de Desechos Peligrosos al Ministerio del Ambiente con el sello de recibido de la AAAr.
Indicador:
INARROMESA S.A. ha realizado la presentación de los informes de reportes de monitoreos ambientales y monitoreos laborales a la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial del Guayas
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de Ejecución: Anual
Costo estimado de la Medida:
$180,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
227
MEDIDA Nº 33
Nombre de la medida:
Elaboración de la Auditoría Ambiental de Cumplimiento.
Objetivo:
Cumplir con lo dispuesto en la Legislación Ambiental Nacional vigente.
Conocer el grado de cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental del presente
documento.
Aspecto Ambiental:
Recurso Hídrico, Suelo y Aire
Salud y Seguridad Industrial
Requisito legal:
Ordenanza que pone en vigencia y aplicación el subsistema de evaluación de impactos
ambientales del gobierno provincial del Guayas.
Descripción de la Medida:
La empresa deberá contratar los servicios de una Consultora Ambiental o Consultor
Ambiental independiente registrada ante el Ministerio del Ambiente, el que será el
encargado de realizar la Auditoría Ambiental de Cumplimiento, que constituye la
Auditoría Ambiental Externa, esta acción deberá llevarse a cabo a partir del primer año
de ser emitida su licencia ambiental.
Resultados Esperados:
Comprobar el cumplimiento del PMA.
Medios de Verificación:
Auditoría Ambiental de Cumplimiento
Indicador:
Número de indicadores cumplidos / Número de indicadores planteados*100
Responsable:
Jefe de Planta
Frecuencia de la ejecución:
Al año de ser emitida su licencia ambiental
Costo estimado de la medida:
$4000,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
228
2.9. PLAN DE ABANDONO
2.9.1 Objetivo
Proponer un conjunto de acciones cuando finalicen las actividades de la empresa
INARROMESA S.A., a fin de que estas acciones se desarrollen en una forma técnica y
ambientalmente adecuada, cumpliendo con las normativas ambientales vigentes.
El Plan de Abandono y entrega del área tiene como objetivo devolver el terreno en su
condición original con el mínimo de afectación ecológica, y a su vez reutilizarlo en
actividades compatibles y de esta manera aprovechar el área y/o destinarla a un uso
racional.
2.9.2. Actividades a desarrollarse
Ante todo, el proceso de abandono del área se desarrollará cumpliendo estrictamente las
normas de seguridad industrial. En el caso de que INARROMESA S.A. decida cesar su
funcionamiento, el sitio deberá ser abandonado de manera adecuada, para ello dicha
organización deberá aplicar el presente Plan de Abandono recomendado:
a) Levantar un reporte de la situación actual, antes de efectuar las labores de abandono
(fecha, equipos o instalaciones a desmontarse, tipo de desechos y escombros a
retirarse, identificación de desechos tales como peligrosos y no peligrosos).
b) Comunicar a la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial del Guayas, el
cese definitivo de las actividades desarrolladas en la empresa.
c) Realizar la identificación y segregación de desechos sólidos a evacuarse. Esto
consiste en identificar cuales tipos de desechos son considerados como peligrosos,
tipos de desechos no peligrosos y no reciclables, y tipo de desechos reciclables.
d) Evacuar totalmente todo tipo de desecho peligroso. También se incluirán los residuos
sólidos no peligrosos que se mantuviese en las instalaciones al momento del cese de
actividades.
e) Los desechos identificados como peligrosos (aceites y grasas lubricantes usados,
pilas usadas, focos fluorescentes, neumáticos usados, baterías y absorbentes
utilizados en derrames) deberán recibir la gestión recomendada en la Medida Nº 28
del Plan de Manejo de Desechos.
Además, se deberá registrar esta actividad en un formato en el cual indique: fecha,
tipo de desecho, peso, disposición final. Así como mantener los formatos de
manifiestos únicos de entrega, transporte y gestión de desechos peligrosos.
f) Los desechos reciclables (papeles, cartones, plásticos, madera, cables, vidrio)
deberán recolectarse e inmediatamente coordinar con empresas recicladoras para
entregarse al reciclaje.
Registrar esta actividad en un formato en el cual indique: fecha, tipo de desecho,
peso, disposición final.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
229
g) Toda instalación metálica como tubos, perfiles, tuberías, válvulas, líneas de
transmisión eléctricas, deberán recolectarse y entregarse a una empresa recicladora,
es decir disponerlo como chatarra.
Todos los desechos de chatarra se almacenarán temporalmente en un lugar
destinado previamente para esto. En este lugar se colocará un letrero de
advertencia, a fin de que elementos extraños al proceso de desmontaje no se
acerquen al lugar por condiciones de seguridad.
Registrar esta actividad en un formato en el cual indique: fecha, tipo de desecho,
peso, disposición final.
h) Todos los escombros tales como cemento, restos metálicos, concreto,
electromecánicos y obras civiles en general se almacenarán en un lugar separado,
estableciéndose un registro del total de material de escombros a ser desalojados.
Finalmente se obtendrá el permiso emitido por el Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del Cantón Durán, para disponer los escombros en un
lugar autorizado por la institución.
i) Verificar que el plan de abandono se cumpla según el procedimiento estipulado.
j) Todas las acciones que se realicen durante el presente Plan de Abandono, deberán
ser registrados y documentados mediante fotografías, actas, videos y cualquier otro
medio que sirva de evidencia. Finalmente, reportar las acciones ante Dirección de
Medio Ambiente del Gobierno Provincial del Guayas.
2.10. PLAN DE ACCIÓN
El Plan de Acción contiene las medidas orientadas a remediar de manera emergente las no
conformidades mayores y menores que se identificaron durante el análisis y evaluación del
Cumplimiento Ambiental por parte de los representantes de INARROMESA S.A.
Para ello, primero se estableció las no conformidades mayores y menores de la Legislación
Ambiental Nacional vigente, posteriormente se ha propuesto un Plan de Acción, el cual en
orden de prioridad e importancia determina la(s) medida(s) correctora(s), compensatoria(s) y
de mitigación de impactos a realizarse, indicando con claridad la acción, plazo para su
ejecución, responsable de cada acción a realizarse como el seguimiento que se realizará
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
230
Tabla Nº 25 PLAN DE ACCIÓN
Nº HALLAZGO MEDIDA CORRECTIVA FECHA DE
REALIZACIÓN RESPONSABLE COSTO INDICADOR
MEDIO DE
VERIFICACIÓN
1
INARROMESA S.A. actualmente
cuenta con un Plan de
Contingencia, sin embargo no ha
realizado un simulacro que
pueda probar su efectividad al
momento de una emergencia.
La empresa INARROMESA S.A.
efectuará simulacros anualmente del
Plan de Contingencia que posee, con la
finalidad de que sus trabajadores se
encuentren capacitados para reaccionar
de una manera oportuna ante la
presencia de una emergencia o
contingencia.
Un año Jefe de Planta
Valores
incluidos en
Medida Nº 8
Cantidad de
simulacros
realizados/Número
de simulacros
programados*100
- En INARROMESA S.A.
se efectúa la ejecución
del Plan de
Contingencia de lo cual
se mantienen informes
y registros de
capacitación
2
En las instalaciones de la empresa
INARROMESA S.A. no existe un área
especial que cuente con las
especificaciones técnicas establecidas en la
legislación para el almacenamiento de
desechos peligrosos.
Así también, se evidenció que en
INARROMESA S.A. no se ha efectuado la
entrega de los desechos peligrosos
generados en la empresa (lámparas
fluorescentes, tóneres de impresora y
botellas vacías de productos químicos) a un
gestor autorizado y solamente se mantiene
un registro de la Generación de desechos
peligrosos y no peligrosos en el cual consta
la cantidad, fecha y fact. Sin embargo no
detalla el tipo de desecho generado,
procedencia y disposición final de los
mismos
INARROMESA S.A. realizará la
implementación de área de acopio
temporal de desechos peligrosos. Así
también, efectuará la entrega de los
desechos peligrosos generados en la
empresa (lámparas fluorescentes,
tóneres de impresora y botellas vacías
de productos químicos) a un gestor
autorizado.
Se mantendrá un registro interno de
desechos peligrosos en donde se
evidencie la cantidad, fecha, tipo de
desecho generado, procedencia y
disposición final de los mismos.
Cuatro meses Jefe de Planta
Valores
incluidos en
Medida Nº 6
Cantidad de
desechos peligrosos
entregados a gestor
/ Número de
desechos peligrosos
generados *100
Cantidad de
desechos peligrosos
generados / Número
de desechos
peligrosos
registrados *100
- INARROMESA S.A.
posee un área
exclusiva para el
almacenamiento de
desechos peligrosos.
- Registros de la
generación de estos
desechos en donde
consta la cantidad,
fecha, tipo de desecho
generado, procedencia
y disposición final de
los mismos.
- Cadena de custodia de
los desechos
peligrosos entregados
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
231
Nº HALLAZGO MEDIDA CORRECTIVA FECHA DE
REALIZACIÓN RESPONSABLE COSTO INDICADOR
MEDIO DE
VERIFICACIÓN
3
En las instalaciones de
INARROMESA S.A. no se ha
efectuado un Monitoreo de
Material Particulado (PM 10 y
PM 2.5), con el cual se puede
evidenciar el cumplimiento de
estos parámetros con los límites
máximos permisibles
establecidos en la Legislación
Nacional Ambiental vigente.
INARROMESA S.A. contratará los
servicios de un laboratorio acreditado
ante la SAE quien realizará Monitoreos
de Material Particulado (PM 10 y PM
2.5) en los predios de INARROMESA
S.A.
Seis meses Jefe de Planta
Valores
incluidos en
Medida Nº
28
Cantidad de
monitoreos de
material particulado
realizados / Número
de monitoreos de
material particulado
programados * 100
- Informe de Monitoreo
de Material Particulado
PM 10
- Informe de Monitoreo
de Material Particulado
PM 2.5
4
En las instalaciones de
INARROMESA S.A. no se ha
efectuado un Monitoreo de
Ruido Ambiente, con el cual se
pueda evidenciar el
cumplimiento de este parámetro
con los límites máximos
permisibles establecidos en la
Legislación Nacional Ambiental
vigente
INARROMESA S.A. contratará los
servicios de un laboratorio acreditado
ante la SAE quien realizará Monitoreos
de Ruido Ambiente en los predios de
INARROMESA S.A.
Seis meses Jefe de Planta
Valores
incluidos en
Medida Nº
29
Cantidad de
monitoreos de
Ruido Ambiente
realizados / Número
de monitoreos de
Ruido Ambiente
programados * 100
- Informe de Monitoreo
de Ruido Ambiente
5
En los predios de
INARROMESA S.A. fueron
observados pallets usados en
varios puntos de la empresa sin
que exista un área especial para
su almacenamiento.
INARROMESA S.A. almacenará los
pallets usados, en un área especial
debidamente señalizada
Seis meses Jefe de Planta N/A
Cantidad de pallets
almacenados /
Número de pallets
generados * 100
- INARROMESA S.A.
cuenta con un área de
almacenamiento
temporal de pallets
usados situado dentro
del área de acopio de
desechos no
peligrosos
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
232
Nº HALLAZGO MEDIDA CORRECTIVA FECHA DE
REALIZACIÓN RESPONSABLE COSTO INDICADOR
MEDIO DE
VERIFICACIÓN
6
Durante la visita de auditoría a la
empresa INARROMESA S.A. se
observó la quema de desechos
sólidos a cielo abierto.
Los desechos sólidos no peligrosos que
se generen en las actividades de
INARROMESA S.A. serán entregadas
al ente municipal para su gestión y
disposición final, por lo que en los
predios de INARROMESA S.A. no se
realizará la quema de desechos sólidos
a cielo abierto.
Dos meses Jefe de Planta N/A
Cantidad de
desechos no
peligrosos
gestionados /
Número de
desechos no
peligrosos
generados * 100
- En INARROMESA S.A.
no se realiza la quema
de desechos sólidos a
cielo abierto, estos
desechos son
entregados al ente
municipal.
7
INARROMESA S.A. no ha
adquirido el permiso de
funcionamiento el cual fue
otorgado por el Ministerio de
Salud Pública.
Así también, no posee el
respectivo Registro Sanitario
otorgado por el Ministerio de
Salud Pública dado sus
actividades de producción de
alimentos procesados
Obtención del Registro Sanitario otorgado por el Ministerio de Salud Pública acorde sus actividades de producción.
Cuatro meses Jefe de Planta $100
Registro del
Registro Sanitario
otorgado por el
Ministerio de Salud
Pública
- INARROMESA S.A. ha
obtenido el Registro
del Registro Sanitario
otorgado por el
Ministerio de Salud
Pública
8
Actualmente INARROMESA
S.A. no se encuentra registrada
como empresa generadora de
desechos peligrosos ante el
Ministerio del Ambiente del
Ecuador
INARROMESA S.A. obtendrá el Registro como empresa generadora de desechos peligrosos ante el Ministerio del Ambiente del Ecuador.
Tres meses Jefe de Planta
Valores
incluidos en
Medida Nº 3
Registro de
Generador de
Desechos
Peligrosos
- INARROMESA S.A.
posee el Registro de
Generador de
Desechos Peligrosos
otorgado por el
Ministerio del Ambiente
del Ecuador.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
233
Nº HALLAZGO MEDIDA CORRECTIVA FECHA DE
REALIZACIÓN RESPONSABLE COSTO INDICADOR
MEDIO DE
VERIFICACIÓN
9
INARROMESA no tiene salidas de emergencia ni han colocado letreros de la ruta hacia la salida en caso de contingencia, lo cual los trabajadores desconocen que ruta seguir para evacuar las áreas de trabajo. Si se presenta el caso utilizarían las salidas principales, las cuales tampoco se encuentran debidamente señalizadas. Cabe mencionar que los trabajadores de la empresa no han sido instruidos en el conocimiento de las salidas de emergencia o rutas a utilizar en caso de presentarse una situación de emergencia.
En los predios de INARROMESA S.A. se situarán señalizaciones que indiquen las salidas de emergencia así como rutas de emergencia, las mismas que deberán estar en buenas condiciones y de fácil lectura para ser fácilmente interpretadas durante la existencia de alguna situación de emergencia. Adicionalmente, se capacitará a los trabajadores de INARROMESA S.A. mediante charlas relacionadas a salidas de emergencia o rutas a utilizar en caso de presentarse una situación de emergencia.
Tres meses Jefe de Planta $100
Número de
señalética colocada
/ Cantidad de
señalética
programada a
colocar * 100
Número de
trabajadores
capacitados en
rutas de emergencia
/ Número de
trabajadores de
INARROMESA S.A.
* 100
- Dentro de los predios
de INARROMESA S.A.
se ha situado
señalética que indica
las salidas de
emergencia.
- Se presentan registros
de las capacitaciones
efectuadas a los
trabajadores de
INARROMESA en
temas relacionados a
salidas de emergencia
o rutas a utilizar en
caso de presentarse
una situación de
emergencia
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
234
Nº HALLAZGO MEDIDA CORRECTIVA FECHA DE
REALIZACIÓN RESPONSABLE COSTO INDICADOR
MEDIO DE
VERIFICACIÓN
10
Se evidenció que los tachos metálicos contenedores donde se almacenan los desechos no cuentan con identificación incumpliendo así el Art. 193 del Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Sustancias Químicas Peligrosas, Desechos Peligrosos y Especiales, así también se constató que INARROMESA no realiza la entrega de estos aceites a un gestor autorizado.
En INARROMESA S.A. los tachos metálicos contenedores de aceite usado contarán con la respectiva identificación cumpliendo de esta forma con el Art. 193 del Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Sustancias Químicas Peligrosas, Desechos Peligrosos y Especiales. Adicionalmente, los aceites usados generados en INARROMESA serán entregados a un gestor ambiental de lo cual se mantendrán registro de entrega.
Seis meses Jefe de Planta $200
Cantidad de tachos
contenedores de
aceite usado
rotulados / Número
de tachos
contenedores de
aceite usado
colocados * 100
- Los tachos metálicos
de contenedores de
aceite usado situados
dentro del área de
copio temporal de
desechos peligrosos
de INARROMESA se
encuentran
debidamente rotulados
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO,
BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
235
3. CRONOGRAMA VALORADO DE APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS AMBIENTALES Y
PRESUPUESTO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
En la Tabla 25 se presenta el resumen de las actividades programadas del Plan de Manejo
Ambiental, en el cual se relaciona cada uno de los subplanes considerados con su
respectiva medida ambiental.
Respecto al periodo de implementación del Plan de Manejo Ambiental de la actividad en
funcionamiento identificada como “INARROMESA S.A., en sus fases de Operación,
Mantenimiento y Abandono”, dedicada a la producción de arroz descascarillado, pulido
blanqueado y semiblanqueado es de 3 años.
En cuanto al costo tentativo de la implementación previsto para los tres años está
pronosticado un monto total de $ $ 23.945,00 que básicamente encierra los valores de
colocación de tachos, mantenimientos de equipos y maquinaria, monitoreos ambientales y
capacitaciones.
Los tiempos y plazos seleccionados para el desarrollo de las diferentes medidas han sido
seleccionados tomando en cuenta requerimientos económicos y técnicos (disponibilidad en
el mercado, ofertas, factibilidad de adquisición, etc.).
El objetivo de las diferentes medidas es cuidar el ambiente pero tomando en cuenta la
capacidad de la empresa para poder implementarlas.
A continuación, se presenta de forma completa un cuadro valorado, anualizado con una
proyección para tres años (36 meses):
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
236
TABLA Nº 26
CRONOGRAMA VALORADO DE IMPLANTACIÓN DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LA EMPRESA INARROMESA S.A.
Plan de Manejo
Ambiental Medida propuesta
Tiempo de ejecución de la medida Meses Costo tentativo
(USD) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36
Plan de Prevención,
Control, Mitigación y
Compensación
Mantenimiento de la maquinaria y equipos de la empresa INARROMESA S.A.*
N/A
Ejecución del Cronograma Anual del mantenimiento de la maquinaria y equipos usados en INARROMESA S.A.
N/A
Implementación de registro de los desechos peligrosos generados en la empresa.
N/A
Implementación de registro de los desechos no peligrosos generados en la empresa
N/A
Posesión del permiso de funcionamiento de la empresa proveedora de sustancias químicas.
N/A
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
237
Plan de Manejo
Ambiental Medida propuesta
Tiempo de ejecución de la medida Meses Costo tentativo
(USD) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36
Plan de Prevención,
Control, Mitigación y
Compensación
Calificarse como Generador de Desechos Peligrosos ante el Ministerio del Ambiente
$180,00
Mantenimiento de las maquinarias, equipos y vehículos dentro de áreas pavimentadas e impermeabilizadas*
N/A
Construcción del Área de Acopio de Desechos Peligrosos y Especiales.
$800,00
Construcción de Área de Acopio de Desechos Reciclables y no Reciclables.
$800,00
Limpieza de sistema interno de recolección de aguas lluvias.
$300,00
Gestión de los desechos retirados de la limpieza del sistema interno de recolección de aguas lluvias
N/A
Actualización del permiso de funcionamiento emitido por el Cuerpo de Bomberos de Durán
$200,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
238
Plan de Manejo
Ambiental Medida propuesta
Tiempo de ejecución de la medida Meses Costo tentativo
(USD) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36
Programa de Contingencia y
Riesgos
Realización del simulacro del Plan de Contingencia $1000,00
Mantenimiento del Sistema Contra Incendios*
$600,00
Colocación y mantenimiento de la Señalización de las Rutas de Evacuación como del Punto de Encuentro *
$500,00
Programa de Capacitación
Inducción del Plan de Manejo Ambiental. $1500,00
Capacitación al personal sobre Salud y Seguridad Industrial
N/A
Capacitación al personal sobre Temática Ambiental $1500,00
Instrucción al personal que ingrese por primera vez*
N/A
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
239
Plan de Manejo
Ambiental Medida propuesta
Tiempo de ejecución de la medida Meses Costo tentativo
(USD) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36
Plan de Seguridad y
Salud Ocupacional
Implementación del Programa Anual de Salud Ocupacional Básico*
$1000,00
Colocación y posterior mantenimiento de carteles o avisos de seguridad sobre las precauciones a seguir y prohibición.
$500,00
Información de Situaciones de Emergencia*
$30,00
Entrega de EPP y Ropa de Trabajo*
Incluido dentro de los gastos de
la empresa.
Supervisión del uso de adecuado de la Ropa de Trabajo y el Equipo de Protección Personal
N/A
Identificación de Productos Químicos usados en la empresa.
$500,00
Correcto almacenamiento de materiales peligrosos.
Incluido dentro
de los gastos de la Compañía
Mantener en buen estado de servicio y limpieza las instalaciones, máquinas y herramientas.
Incluido dentro
de los gastos de la Compañía
Programa de Manejo de
Limpieza del Pozo Séptico*
N/A
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
240
Plan de Manejo
Ambiental Medida propuesta
Tiempo de ejecución de la medida Meses Costo tentativo
(USD) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36
Residuos Gestión de los desechos peligrosos y especiales $1200,00
Manejo correcto de los desechos sólidos no peligrosos.
$800,00
Plan de Acercamiento Comunitario
Acercamiento Comunitario N/A
Plan de Rehabilitación
de Áreas Afectadas
Limpieza de las diferentes áreas de la empresa INARROMESA
$500,00
Remediación del áreas afectadas $900,00
Programa de Seguimiento y
Monitoreo
Monitoreo de emisiones al aire desde fuentes fijas de combustión (Secadora de arroz).
$900,00
Monitoreo de los niveles de Material Particulado en el aire ambiente.
$1680,00
Programa de Seguimiento y
Monitoreo
Monitoreo del Nivel de Ruido Ambiente
$480,00
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA
PRODUCCIÓN DE ARROZ DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
241
Plan de Manejo
Ambiental Medida propuesta
Tiempo de ejecución de la medida Meses Costo tentativo
(USD) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36
Monitoreo del Nivel de Ruido Laboral $600,00
Monitoreo de los niveles de luminosidad
$525,00
Reporte de Monitoreos Ambientales y Laborales de la empresa a la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial del Guayas
$60,00
Elaboración de la Auditoría Ambiental de Cumplimiento*
$4000,00
PLAN DE ABANDONO N/A
PLAN DE ACCIÓN $ 4000
TOTAL $ 23.945,00
*Las medidas dispuestas deberán ser realizadas cada vez que requieran ser llevadas a cabo.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
242
CAPÍTULO VIII
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
El Estudio de Impacto Ambiental Ex-Post y Plan de Manejo Ambiental de las
instalaciones donde se desarrolla la actividad en funcionamiento identificada como
“INARROMESA S.A. en sus fases de Operación, Mantenimiento y Abandono” dedicada a
la producción de arroz, descascarillado, pulido, blanqueado y semiblanqueado, ubicada
en el Km 5.5 de la autopista Durán-Boliche (sector que políticamente pertenece a la
Parroquia Eloy Alfaro, Cantón Durán de la Provincia del Guayas) determinó el nivel de
cumplimiento con la normativa ambiental vigente que rigen para sus actividades
industriales y establece la situación actual en que estas actividades interactúan con los
componentes ambientales del área en la cual se encuentra circunscrita.
Las conclusiones obtenidas luego de realizada la evaluación del presente documento,
donde se realizó la determinación del nivel de cumplimiento por parte de la empresa, el
grupo técnico auditor llegó a las siguientes conclusiones y recomendaciones:
1. CONCLUSIONES
- El sector donde se encuentran las instalaciones de la empresa está totalmente
intervenido. La vegetación primaria ha sido retirada, dando paso al posicionamiento
de empresas y asentamientos humanos en el área. En el área de influencia no se
identificó vegetación primaria, zonas extensas de bosques, sitios de intereses
nacionales que sea considerada como de conservación y zonas de patrimonio
cultural nacional.
- Según el Certificado de Intersección obtenido mediante oficio Nº MAE-CGZ5-
DPAG-2012-1136, emitido el 26 de Marzo del 2012 por el Ministerio del Ambiente
del Ecuador se establece que el área donde está el proyecto: Operación de la
Piladora de Arroz INARROMESA S.A., NO INTERSECTA con el Patrimonio de
Áreas Naturales del Estado, Bosques, Vegetación Protectoras y Patrimonio Forestal
del Estado
- En cuanto a la fauna, las aves son habitantes perennes en el medio circundante
donde se desplazan libremente, en cuanto a los mamíferos su situación cambia
totalmente, por encontrarse dentro de la zona urbana solo se evidenciaron animales
domésticos, con respecto a reptiles únicamente se observó una lagartija de cola
azul.
- El informe del Medio Socioeconómico-Cultural se lo ejecutó mediante la obtención
de información disponible en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del
Cantón Durán, en el INEC e información levantada durante la visita de campo al
área de influencia de la actividad en funcionamiento.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
243
- Se determinó que en las instalaciones de la empresa falta reforzar las labores de
control y gestión de desechos no peligrosos, desechos peligrosos, ya que no son
dispuestos de manera ambientalmente viable.
- La empresa no cuenta con áreas de almacenamiento de desechos peligrosos, no
peligrosos y especiales.
- En las instalaciones no se han colocado señales y símbolos de seguridad.
- La empresa cuenta con un montacargas para realizar de manera correcta el
movimiento de materia prima y producto terminado, sin afectar a los trabajadores.
- Con la finalidad de mitigar, prevenir y controlar los impactos ambientales
identificados, en el Plan de Manejo Ambiental se recomienda 38 medidas
ambientalmente viales, las mismas que se subdividen en subplanes de manejo
ambiental.
2. RECOMENDACIONES
- Realizar semestralmente un informe sobre el avance del cumplimiento de las
medidas recomendadas en el Plan de Manejo Ambiental.
- Implementar las medidas ambientalmente viables establecidas en el Plan de
Manejo Ambiental propuesto y registrar oportunamente las actividades de
cumplimiento de estas.
- Efectuar el cierre de cada una de las No Conformidades levantadas por el Equipo
técnico auditor.
- Presentar la Auditoría Ambiental de Cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental,
dando cumplimiento al contenido en los Artículos 60 y 61 de acuerdo al Libro VI, del
TULSMA.
___________________________________
Ing. Sergio Rodríguez Portés
CONSULTOR AMBIENTAL
MAE-004-C.I.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
244
CAPÍTULO IX
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Aguas residuales
Las aguas de composición variada provenientes de la descarga de uso municipales,
industriales, comerciales, de servicios agrícolas, pecuarios, domésticos, incluyendo
fraccionamientos y en general de que cualquier otro uso que hayan sufrido degradación
en su calidad original.
Aspecto ambiental
Elemento de las actividades de la organización, productos o servicios que pueden
interactuar con el ambiente. Un aspecto ambiental significativo es uno que tiene o poco
puede tener un impacto ambiental significativo.
Ambiente/medio ambiente
Comprende los alrededores en los cuales la organización opera, incluye el agua, aire,
suelo, recursos naturales, flora, fauna, seres humanos, y su interrelación.
Control de la contaminación ambiental
Se enfoca en reducir, minimizar o controlar los contaminantes que se han formado en un
proceso o actividad y que son o pueden ser liberados o emitidos al ambiente.
Contaminación
Proceso por el cual un ecosistema se altera debido a la introducción, por parte del
hombre, de elementos sustancias y/o energía en el ambiente, hasta un grado capaz de
perjudicar su salud, atentar contra los sistemas ecológicos y organismos vivientes,
deteriorar la estructura y características del ambiente o dificultar el aprovechamiento
racional de los recursos naturales.
Contaminación del aire
La presencia de sustancias en la atmósfera, que resultan de las actividades humanas o
del procesos naturales, presentes en concentración suficiente, por un tiempo suficiente y
bajo circunstancias tales que interfieren en el confort, la salud o el bienestar de los
humanos o del ambiente.
Contaminante
Cualquier elemento, compuesto, sustancia, derivado químico o biológico, energías,
radiaciones, vibraciones, ruidos, o combinación de ellos; que causa un efecto adverso al
aire, agua, suelo, recursos naturales, flora, fauna, seres humanos, a su interrelación o al
ambiente en general.
Desecho peligroso
Es todo aquel deshecho, en cualquier estado físico que por sus características
corrosivas, tóxicas, venenosas, reactivas, explosivas, inflamables, biológicas, infecciosas
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
245
o irritantes, representan un peligro para la salud humana, el equilibrio ecológico o el
ambiente.
Desecho no peligroso
Denominación genérica de cualquier tipo de productos residuales, restos, residuos o
basuras no peligrosas, originados por personas naturales o jurídicas, industrias,
organizaciones, el comercio, el campo, etc., que pueden ser sólidos o semisólidos,
putrescibles o no putrescibles.
Disposición de residuos peligrosos
Colocación final o destrucción de desechos considerados peligrosos, así como pesticidas
u otros químicos, suelos contaminados, recipientes que han contenido materiales
peligrosos removidos o abandonados.
Disposición final
Es la acción de depósito permanente de los desechos en sitios y condiciones adecuadas
para evitar daños a la salud y al ambiente.
Descarga
Acción de verter, infiltrar, depositar o inyectar aguas residuales a un cuerpo receptor o a
un sistema de alcantarillado en forma continua, intermitente o fortuita.
Efluente
Líquido proveniente de un proceso de tratamiento, procesos productivos o de una
actividad.
Emisión
La descarga de sustancias en la atmósfera proveniente de actividades humanas.
Límite permisible:
Valor máximo de concentración de elemento(s) o sustancia(s) en los diferentes
componentes del ambiente, determinado a través de métodos estandarizados, y
reglamentado a través de instrumentos legales.
Monitoreo
Es el proceso programado de colectar muestras, efectuar mediciones y realizar el
subsiguiente registro de varias características del ambiente, a menudo con el fin de
evaluar conformidad con objetivos específicos.
Medidas ambientales
De mitigación: que se implementan para atenuar y reducir los efectos ambientales
negativo.
De control: que permiten garantizar la mínima ocurrencia de imprevistos que
inciden negativamente sobre el ambiente. Se pueden basar en programas de
control de contaminación, mantenimiento, seguridad industrial, de prevención: que
anticipadamente se implementan para evitar el deterioro del ambiente.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
246
De compensación: que se requieren para compensar y contrarrestar el deterioro
y/o sustracción de algún elemento tangible o intangible del ambiente existente
antes o durante la actividad.
De rehabilitación: para minimizar el deterioro del ambiente y procurar su
mejoramiento durante o después de las actividades.
De contingencia (emergencia): diseñadas para dar respuesta inmediata ante
cualquier siniestro.
Nivel de Presión Sonora Continuo Equivalente
Es aquel nivel de presión sonora constante, expresado en decibeles A [dB(A)], que en el
mismo intervalo de tiempo, contiene la misma energía total que el ruido medido.
Organización
Conjunto de personas e instalaciones con una disposición de responsabilidades,
autoridades y relaciones. Como por ejemplo: compañía, corporación, firma, empresa,
institución, institución de beneficencia, empresa unipersonal, asociación, o parte o una
combinación de las anteriores. Dicha disposición es generalmente ordenada.
Reciclaje
Operación de separar, clasificarse selectivamente a los desechos para utilizarlos
convenientemente. El término reciclaje se refiere cuando lo deshechos clasificados sufren
una transformación para luego volver a utilizarse.
Reúso
Acción de aprovechar un desecho, sin previo tratamiento.
Sustancia química peligrosa
Sustancia o producto que por sus características físico/química y/o toxicas representan
peligros para la salud humana y el medio ambiente en general. Están sujetos a manejos y
precauciones especiales en el almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDAD EN FUNCIONAMIENTO IDENTIFICADA COMO “INARROMESA S.A., EN SUS FASES DE
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO”, DEDICADA A LA PRODUCCIÓN DE ARROZ
DESCASCARILLADO, PULIDO, BLANQUEADO Y SEMIBLANQUEADO
247
CAPÍTULO X
BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA
1. Oropeza Monterrubio Rafael, 1996. Manual práctico de auditorias medio
ambientales, Panorama Editorial, México.
2. Leyes, Reglamentos y Acuerdos Ministeriales que regulan el cuidado del
ambiente, la salud y seguridad de los trabajadores, contenidas dentro de la
Legislación Nacional Vigente.
3. TULAS (Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria), Acuerdo
Ministerial 122, publicado en el RO 514, 28 de enero del 2005, Quito.
4. Ordenanzas impuestas por el M.I. Ilustre Municipio de Guayaquil.
5. Normas Técnicas Ecuatorianas del Instituto Ecuatoriano de Normalización, Quito
– Ecuador.
6. UCE (Universidad Central del Ecuador), 2005. Informe del Proyecto Estudio de la
Calidad del Aire de la Ciudad de Guayaquil, Diagnóstico e investigación
referencial, Petroecuador, Quito.
7. Carter, L. 1998. Manual de Evaluación de Impacto ambiental, Segunda edición.
McGraw-Hill, España. 841 pp.
8. Páez, J. 1996. Introducción a la Evaluación del Impacto ambiental, CAAM, 104 pp.
9. Roldán G., L. Velásquez & T. Machado. 1981. Ecología, La Ciencia del
Ambiente. Editorial Norma, Bogotá- Colombia. 264 pp.
10. Valverde F. M. 1998. Plantas Útiles de Litoral Ecuatoriano, Ministerio de Medio
Ambiente/ECORAE/EcoCiencia. Guayaquil.
11. Corbitt, Robert. 2003. Manual de Referencia de Ingeniería Ambiental. Edt.
McGrawHill, México.
12. Conesa Fernández, Vicente. 1997. Auditorías Ambientales, Guía Metodológica.
Edit. Mundi Prensa. España
13. INP.1998. Comportamiento Temporal y Espacial de las características químicas y
biológicas del Golfo de – Guayaquil y sus afluentes Daule y Babahoyo. Instituto
Nacional de Pesca. Guayaquil, Ecuador.