Estructura de una Asociación Civil

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Estructura de una Asociacin CivilLas asociaciones civiles funcionan regularmente mediante la articulacin de diferentes rganos que la integran:y

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Asamblea de socios o asociados: es el rgano soberano de una asociacin civil. All se adoptan las decisiones de mayor trascendencia como por Ej. Modificacin de estatuto, Aprobacin de Balances, expulsin de algn miembro, etc. La asamblea se divide en Ordinaria y Extraordinaria. La asamblea ordinaria se caracteriza por su periodicidad de tiempo ,fijada por el estatuto, para resolver cuestiones vinculadas los Balances y fija las cuotas sociales. La asamblea extraordinaria es convocada para decidir en situaciones fundamentales de una asociacin civil. Por Ej. Expulsin de socios o modificacin de estatutos. En ambos casos es necesario para convocarla contar con un qurum determinado por el estatuto. Comisin Directiva: Es el rgano que administra y conduce la asociacin. Ejecuta las decisiones de la asamblea de socios. Esta compuesta por un presidente, un tesorero y varios vocales. Las condiciones para ocupar dichas funciones las establece el estatuto. Comisin Revisora de Cuentas: Es el rgano de Fiscalizacin interna que tiene la Asociacin Civil. Esta compuesta, generalmente, por tres miembros que tienen como principal misin controlar las cuentas de la entidad.

ACTA DE CONSTITUCION DE UNA ASOCIACION CIVILEn la ciudad de_______, partido de_______, P cia. de________ , a los__ das del mes de_______ de 20__, a las__, se renen en la calle_______N__, las siguientes personas: Sr.__________ y el Sr._______, con el objeto de ahunar ideas para constituir una entidad destinada a realizar una obra de inters general y que se concretar con el fin de fomentar. Antes de comenzar las deliberaciones se resuelve designar a los seores_______y_______para que acten en carcter de Presidente y Secretario de la presente Asamblea Constitutiva. Acto seguido tom la pala bra el Seor_______, en su carcter de presidente dio una pequea explicacin con respecto al objeto de la asociacin a crear. Tras un cambio de opiniones los asistentes deciden formalizar la creacin de una Asociacin, a la que se le dar el nombre de ___________.De inmediato el Seor Secretario , da lectura al proyecto de estatutos realizado con motivo de esta reunin y que textualmente dice: (transcribir todo el texto de los estatutos), tras pequeas deliberaciones y en razn de considerar que los mismos se ajustan al objeto de la asociacin a crear, se aprueban los mismos por unanimidad. (En caso de realizarse modificaciones al texto expuesto se aplica las siguientes formas: tras deliberaciones se resolvi modificar, por mocin de los Sres. _______ y___ ____, los artculos N__ y N__; que quedan redactados en definitiva de la siguiente manera: "Artculo N__; Artculo N:__" -El texto modificado es aprobado por unanimidad de las personas presentes). Seguidamente se determina a proposicin del Sr._______ conforme lo fijan los estatutos y

aprobados la fijacin de la cuota social en la suma de pesos ___________ ($_____________________ ) mensuales. A continuacin se elige a los miembros titulares de la Comisin Directiva y de la Comisin Revisora de Cuentas q uedando constituida de la siguiente forma : Presidente, Sr._______; Vicepresidente, Sr._______. La Asamblea por unanimidad autoriza al Sr._______ a realizar los trmites necesarios para la obtencin de la personera jurdica y la aprobacin de los estatutos de la inspeccin General de Personas Jurdicas; facultndolos expresamente para que acepten o propongan las modificaciones, suspenciones o adiciones que formule al citada reparticin pblica.FIRMAS

Modelo - Contrato de "ASOCIACIONES"PRIMERO: CONSTITUCION. DOMICILIO. OBJETO. En _____________ a los __ das del mes de _________ de 20__, los Sres. ___________________________ (detalle completo), deciden fundar la asociacin " _________" que tendr su domicilio legal en _________ y su objeto ser el de _________.SEGUNDO: RECURSOS. El patrimonio de la asociacin " _________" se compone de _________ y de todos los bienes que adquiera en lo sucesivo adems de los recursos que obtendr por las cuotas ordinarias, extraordinarias y derecho de ingreso que abonarn los asociados, las rentas de sus bienes, las subvenciones del estado nacional, provincial o municipal, el producido de beneficios, festivales, rifas y toda otra fuente lcita de ingresos de dinero y servicios.TERCERA: DURACION. La duracin de esta asociaci ser por n tiempo indeterminado y no podr ser disuelta mientras un grupo de ___ asociados estn dispuestos a sostenerla.CUARTA: CAPACIDAD. Para la realizacin de su objeto social, la " _________" podr efectuar toda clase de actos jurdicos, operaciones ycontratos permitidos por las leyes y reglamentaciones vigentes que sean convenientes o necesarios para el cumplimiento de sus fines, con plena capacidad jurdica para efectuarlos.QUINTA: ASOCIADOS. Toda persona que desee ingresar en calidad de asociado, d eber cumplir con las condiciones determinadas por este estatuto para cada categora reconocida. La Comisin Directiva podr aceptar o rechazar la solicitud de ingreso, sin estar obligada, en este ltimo caso, a expresar las causas de su rechazo. Esta decisin ser inapelable y el aspirante podr insistir en su solicitud transcurrido __________ das.La asociacin tendr tres categoras de socios: a) activos, b) participantes y c) honorarios: a) Son socios activos los que tengan ms de ____ aos de edad, y s ean aceptados por la comisin directiva en ese carcter. b) Son socios participantes el cnyuge e hijos menores de edad del socio activo y que sean aceptados en ese carcter por la comisin directiva. c) Son socios honorarios las personas designadas por laasamblea, a propuesta de la comisin directiva en razn de reunir determinadas condiciones personales o por servicios prestados a esta asociacin.El ingreso como asociado, en cualquiera de las categoras establecidas, implica el conocimiento y aceptacin, sin reservas de ninguna ndole, de este estatuto, reglamentos y resoluciones de la asamblea y comisin directiva.SEXTA: DERECHOS DE LOS ASOCIADOS. Son derechos de los asociados el usar y gozar de todas las instalaciones y beneficios de esta asociacin, participar con voz y voto en las asambleas cuando tengan una antigedad no menor de ____ aos de asociados y elegir y ser elegido miembro de cualquiera de los rganos sociales cuando tengan una antigedad no menor de ____ aos de asociados y edad no menor de _________. Las antigedades aqu fijadas no rigen para los primeros ___ aos de vigencia de este estatuto.SEPTIMA: DEBERES DE LOS ASOCIADOS. Son obligaciones de los asociados el abonar puntualmente las cuotas sociales y dems contribuciones ordinarias y e xtraordinarias

que e est lezcan; cumpli con todas las obli aciones que se le impongan en este estatuto AVA: las que decida la asamblea comisi n di ecti a en uso de sus at ibuciones. PE A I A ES. El asociado que faltare al cumplimiento de sus deberes, ser penado por la comisi n directi a de acuerdo con la gravedad de la falta cometida las circunstancias particulares del caso, en alguna de las siguientes formas: amonestaci n, suspensi n expulsi n. a suspensi n ser decidida luego de la aplicaci n de dos amonestaciones por el plazo que la comisi n directiva estime conveniente de acuerdo con la gravedad de la falta cometida. El asociado al que se le a impuesto una sanci n disciplinaria, podr apelar ante la asamblea das de notificado. por escrito esa decisi n en el t rmino de a prdida de la condici n de socio activo importar la prdida de la condici n de asociados para todos los familiares del mismo asociados como socios participantes. VE A: A A E . Ante la falta de pago de dos cuotas mensuales, se le remitir al asociado carta PA documento intimando el pago de los adeudado con los intereses que correspondan en el plazo de cinco das biles. Vencido ese plazo sin que el pago se a ya verificado, la comisi n IA. a renuncia del directiva declarar la cesanta del asociado moroso. E I A: E asociado activo deber ser presentada juntamente con el carnet que lo acredita como tal y los que correspondan en su caso a todos los socios participantes. E I P I E A: A IZA I . as autoridades de la asociaci n son: la comisi n directiva, la asamblea, y SE A: ISI I E IVA. a - la comisi n fiscalizadora de cuentas. E I comisi n directiva dirige y administra la asociaci n de conformidad con las decisiones resueltas por la asamblea. Se compone de miembros activos que desempean los siguientes cargos: presidente, secretario tesorero y vocales elegidos en forma directa por mayora simple de todos los votantes. aos pudiendo ser reelegidos. El mandato de los mismos durar En caso de licencia, renuncia, fallecimiento o cualquier otra causa que ocasione la vacancia transitoria o permanente del cargo titular, ser reemplazado por el suplente elegido al efecto. a suplencia durar lo que dure la vacancia y no podr exceder el mandato por el que el suplente fue elegido. E I E E A: I I ES PA A SE IE B . Para ser miembro de la omisi n irectiva se requiere: a) ser asociado activo; b) tener una antiguedad ininterrumpida, inmediata anterior al da de la elecci n de ; c) no estar en mora en el pago de cuotas y cargas sociales, y; d) no encontrarse cumpliendo sanciones disciplinarias. E I A A: E I ES. . a comisi n directiva se reunir una vez cada . El da y la ora sern determinados en su primera reuni n anual. ambin se reunir cada vez que sea citada por el presidente o el secretario tesorero. a citaci n se ar por circulares y con una anticipaci n no menor de___ das biles a la fecha de la reuni n. as reuniones de la omisi n irectiva se celebrarn vlidamente con la presencia de la mayora de sus miembros en un nmero no inferior a ____. Sus decisiones sern tomadas por simple mayora. E I I A: ISI I E IVA. os deberes y atribuciones de A IB I ES Y EBE ES E A la omisi n irectiva son los siguientes: a) ejecutar las resoluciones de la asamblea. umplir y hacer cumplir este estatuto y los reglamentos interpretndolos en caso de duda pero con cargo de dar cuenta a la asamblea.; b) ejercer todas aquellas funciones inherentes a la direcci n, administraci n y representaci n de la asociaci n; c) convocar a asamblea ordinaria y extraordinaria, proponiendo y sometiendo a su consideraci n todo asunto que estime conveniente; d) resolver la admisi n, renuncia, suspensi n o expulsi n de los asociados; e) resolver la admisi n a propuesta de la Asamblea de los miembros honorarios; f) nombrar el personal necesario para el cumplimiento de la finalidad social, fijarle la ! !# ! ! ! ! ! !# " "

remuneraci n, impartirle sus tareas, suspenderlos y despedirlos; g) presentar a la asamblea ordinaria el balance anual, inventario, cuenta de gastos y recursos correspondiente al ejercicio social vencido; h) solicitar autorizaci n a la Asamblea para todo acto de adquisici n y/o enajenaci n de bienes inmuebles y constituci n de gravmenes sobre los mismos; i) dar cumplimiento a todas las disposiciones dictadas por la Inspecci n eneral de usticia en SEX A: P ESI E E. El manera general y particular para esta Asociaci n. E I presidente representa a la asociaci n en todos los actos, ya sea legales o sociales y tiene los siguientes deberes y atribuciones: a) onvocar a las reuniones de la omisi n irectiva y presidirlas con voz y voto. En caso de empate en la votaci n, votar nuevamente para desempatar; b) irmar con el Secretario de actas todas las actas de asambleas y de la comisi n directiva, la correspondencia y todo documento de la asociaci n; c) Autorizar con el tesorero la cuenta de gastos; d) esolver por s cualquier asunto urgente y de soluci n impostergable que pudiera producirse en la asociaci n, debiendo dar cuenta de ello a la omisi n irectiva, en la primera reuni n SEP I A: SE E A I . El secretario tiene las siguientes atribuciones que se realice. E I y deberes: a) asistir a las asambleas y reuniones de la omisi n irectiva, redactando las actas respectivas que luego firmar con el presidente; b) irmar con el presidente la correpondencia y todo documento de la asociaci n; c) onvocar reuniones ordinarias y extraordinarias de la omisi n irectiva; d) redactar la memoria anual para su consideraci n por la omisi n irectiva y la asamblea. E I AVA: ES E . El tesorero tiene los siguientes deberes y atribuciones: a) asistir a las sesiones de la Asamblea y omisi n irectiva; b) levar de acuerdo con el secretario, el registro de asociados; c) cuparse de todo lo relativo al cobro de cuotas sociales; d) llevar en forma debida los libros de contabilidad. e) presentar a la omisi n irectiva balances mensuales y preparar anualmente el balance general y cuenta de gastos y recursos e inventario que la omisi n irectiva deber aprobar para ser presentados a la asamblea ordinaria; f) firmar con el presidente los recibos y dems documentos de tesorera efectuando los pagos resueltos por la omisi n irectiva; g) efectuar en una instituci n bancaria a nombre de la asociaci n y a la orden conjunta del presidente y del e sorero, los depsitos del dinero ingresado en la caja de la asociacin; h) dar cuenta del estado econmico de la asociacin a la omisin irectiva, a la asamblea y al VE A: V A ES. ebern asistir a las asambleas y rgano de fiscalizacin. E I sesiones de la omisin irectiva con voz y voto. esempearn las comisiones y tareas que la omisin irectiva les confe. os vocales suplentes podrn concurrir a las sesiones de la omisin irectiva con voz pero sin voto y su asistencia no ser computable a los efectos del quorum.VI ESI A: A E IS A IZA I . Est compuesto por ___ miembros elegidos por votacin directa de los asociados y con las mismas condiciones que las requeridas para ser miembro de la omisin irectiva. urarn ___ aos en sus funciones, pudiendo ser reelegidos.VI ESI P I E A: I ES. Son funciones del rgano de fiscalizacin: a) examinar los libros y estados contables de la Asociacin con una frecuencia no mayor de _________; b) asistir a las reuniones de la omisin irectiva cuando lo estime conveniente; c) fiscalizar la administracin, comprobando el estado de caja y la existencia de ttulos y valores de toda especie; d) verificar las condiciones en las que se otorgan los beneficios sociales; e) solicitar la convocatoria a asamblea extraordinaria cuando lo juzgue necesario; f) informar, previa comunicacin a la omisin irectiva, a la Inspeccin ral. de usticia$ & $ & $ 13 ' $ % % 2 $ ' ' ' ' $ $ $ $ 1 $ ' ( ( ( 0) ( $ ' $ ' ( ' $ ( ' 0 5 ( ' 30 $ $ $ 02 1 2 ' $ ( ' ( 30 3 4 ( 6 ' ' ( $ 5 ( 02 20 ' 3 ( ( $ 4 ( 030) 5 ' 03 %20 ( )1 2 ) 2 0) 1 ' ( $ ' ' ' ( $ $ 1 00) ' ( ( 0) $ $ $ ( ( 1 ( ) ( ' $ % ' % ' 0 ( 2 4 ( 4 ( 5 (

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cualquier irregularidad que importe una violacin a la ley, estatuto o reglamento de la Asociacin; g) vigilar el procedimiento de liquidacin de la asociacin; h) ejercer sus funciones cuidando de no entorpecer la regularidad de la Administracin Social.VIGESIMO SEGUNDA: ASAMBLEAS. La Comisin Directiva convocar a las asambleas. En caso de renuncia de todos sus miembros, el rgano de fiscalizacin realizar la convocatoria. Fijada la fecha, se la har conocer conjuntamente con el orden del da por circulares remitidas a los asociados y por citaciones expuestas en la Secretara y lugares visibles de la entidad. Habr dos clases de asambleas, ordinarias y extraordinarias. IGESIMO TERCERA: V ASAMBLEAS ORDINARIAS. Las asambleas ordinarias tendrn lugar una vez por ao dentro de los primeros cuatro meses posteriores al cierre del ejercicio, cuya fecha de clausura ser el _________ y en ellas se deber: a) considerar, aprobar o modificar la memoria, balance general, inventario, cuenta de gastos y recursos e informes del rgano de fiscalizacin; b) elegir en su caso los miembros de la Comisin Directiva y del rgano de fiscalizacin, titulares y suplentes; c) tratar cualquier otro asunto incluido en el orden del da; d) tratar los asuntos propuestos por un mnimo de ___% de socios, presentados a la comisin directiva dentro de los _________ das de cerrado el ejercicio social.VIGESIMO CUARTA: ASAMBLEAS EXTRAORDINARIAS. Las asambleas extraordinarias, sern convocadas por la Comisin Directiva o el rgano de fiscalizacin, siempre que lo estimen conveniente. Tambin cuando as lo soliciten el ____% de asociados con derecho a voto.VIGESIMO QUINTA: CONSTITUCION Y QUORUM. Las asambleas se constituirn a la hora fijada, en primera convocatoria con la presencia de la mitad ms uno de los asociados con derecho a voto, y treinta minutos despus con los socios presentes, cuyo nmero no podr ser menor que el de los miembros de la Comisin Directiva. Constituyen las asambleas, con derecho a voz y voto, los asociados activos con un ao ininterrumpido de antigedad como tales, que no adeuden suma alguna a la Tesorera y que figuren inscriptos en el padrn.VIGESIMO SEXTA: VOTACIONES. Las resoluciones de las asambleas se tomarn por simple mayora de votos de asamblestas presentes. Ningn socio podr tener ms de un voto y los miembros de la comisin directiva y del rgano de fiscalizacin no podrn votar en asuntos relacionados con su gestin.VIGES IMO SEPTIMA: ELECCIONES DE AUTORIDADES. Cuando se convoquen asambleas en las que deban realizarse elecciones de autoridades, se confeccionar un padrn con los socios en condiciones de intervenir, el que ser puesto a exhibicin de los asociados con ______ __ das _ de antelacin a la fecha fijada para el acto, pudiendo formularse oposiciones hasta _________ das del mismo. Las impugnaciones que se efectuaren, sern resueltas por la asamblea, antes del acto eleccionario.VIGESIMO OCTAVA: DISOLUCION. La asamblea no podr decretar la disolucin de la asociacin mientras existan _________ socios dispuestos a sostenerla.De hacerse efectiva, la asamblea designar la comisin liquidadora. El rgano de fiscalizacin vigilar las operaciones de liquidacin y una vez pa gadas las deudas sociales, el remanente de los bienes se destinar a

Vision y MisionDOCUMENTO A REDACTAR Indice: Nuestra Misin

Nuest s Val es Nuest as Metas Nuest s Objeti s Al ance Vi i : -Se refiere a lo que la empresa quiere crear, la imagn

futura de la organizacin.

Una declaraci n efecti a de visi n debe ser:y y y y y y y

clara y alejada de la ambi edad que dibuje una escena que describa el futuro que sea fcil de recordar y con la que uno pueda comprometerse que incluya aspiraciones que sean realistas que est alineada con los valores y cultura de la organi aci n que est orientada a las necesidades del cliente (si es para una organi aci n de negocios)

los valores esenciales que deberan ser conocidos, comprendidos y compartidos por todos los individuos que conforman una organizacin. Ejemplos de Misin:

Mi i : - Es el enunciado que sintetiza los principales propsitos estratgicos, as como

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"Proveer productos y servicios superiores a la sociedad, por medio del desarrollo de innovaciones y soluciones que mejoren la calidad de vida y satisfagan las necesidades de los clientes, dar a los empleados trabajo significativo y oportunidades de progreso, y a los inversores un retorno superior." Merck "Una computadora en cada escritorio y en cada hogar, con software de Microsoft." Microsoft "Organi ar el mundo de la informaci n y hacerlos til y accesible universalmente." Google

Objeti : Como entidad sin fines de lucro, entre las elevadas intenciones dela CTiC se cuentan:y y y y y y y

elevar el nivel de la informatica; lograr para sus creaciones un reconocimiento cada vez mayor a nivel regional e internacional; unir a los profesionales del sector; generar iniciativas que contribuyan a mejorar la formaci n de los actuales y futuros miembros; mostrar a todos los actores de la sociedad el valor de las TIC; constituir un foro de debate sobre todas las cuestiones que ataen a las TIC; establecer vnculos con todos los representantes de la cultura que, sin desempearse en la informatica y afines, tienen alguna relaci n con las TI.

Val es: Los valores son aquellos juicios ticos sobre situaciones imaginarias o reales a los cuales nos sentimos ms inclinados por su grado de utilidad personal y social. Los valores de la empresa son los pilares ms importantes de cualquier organizaci n. Con ellos en realidad se define as misma, porque los valores de una organizaci n son los valores de sus miembros, y especialmente los de sus dirigentes. # Libertad Intelectual (Libres Pensadores) # Tolerancia # Honestidad # Transparencia # tica Profesional # Pro-actividad # Motus Propio # Interdisciplina # Responsabilidad Social Empresaria * Solidaridad * Independencia * Integraci n * Servicio * Responsabilidad * Respeto * Compromiso * Honestidad * Lealtad. *** Carolina se ofrece a ayudar en este tema, ya que esta por profundizar estos temas en su materia "Sistema de Informaci n Gerencial" de la Carrera Lic. en Administraci n... vamos a ver si cumple...

---------------------------------Borradores Anotaciones de Organizaciones similaresComunidadTIC es una organizaci n sin fines de lucro dedicada al desarrollo y crecimiento de la comunidad de IT. Su fin es conectar a grupos de usuarios, profesionales, organizaciones estudiantiles y proveedores de soluciones. Tener una comprensi n de las metas y necesidades de cada uno, como tambin los recursos que ellos tienen para ofrecer.7

PROVEEDORES DE SOLUCIONES Un proveedor de soluciones es cualquier individuo u organizaci n quien investiga, documenta y resuelve problemas relacionados con el manejo de la informaci n, o los sistemas y tecnologas de manejo de informaci n. PROFESIONALES TI

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Un profesional de IT es cualquier persona activamente involucrado en el estudio, diseo, desarrollo, implementacin, soporte o administracin de sistemas de computacin.

Reglamento InternoEste texto trata sobre las normas (algunas de hecho) que deben cumplir los miembros de nuestra Comunidad. Normas Fundamentales: - No poltica (partidaria o ideolgica). - No Religin. - No Agresin. - Difundir Informacin Util. Clasificacin de los Miembros. No todas las personas que simpatizan con nuestra comunidad participan de igual manera, algunos colaboran en la organizacin, otros envian material, otros publican comentarios u opiniones y otros participan de manera pasiva. Por este motivo los Clasificaremos en: (podemos usar algn seudnimo, como Oro, Plata, etc) 1. Organizadores :que dedican tiempo a la Organizacin de la Comunidad. 2. Administradores: que dedican tiempo al Funcionamiento de los "Espacios" de la comunidad. 3. Colaboradores: que prestan algn tipo de Colaboracin Especial, pero no continua, ayudando a los Organizadores y Administradores. 4. Redactores: que envian contenido... 5. Participantes: que envian sus opiniones ocasionalmente. 6. Leectores / Usuarios: solo leen, rara ves muestran seales de vida. Pero estan Registrados. 7. Honorem Causa: denominacin, a modo de premio, para pesonasfisicas o juridicas que hagan algun tipo de aporte, y que se les quiera reconocer por mas que no tengan parcipacin en la comunidad.

Sobre Derechos de los Miembros. - Un miembro puede Enviar informacin promocional, a modo de Novedad, sobre un Producto o Servicio, en el cual haya tenido algn grado de particin y que considere de interes para los otros miembros, sin considerarse este hecho co SPAM, o propaganda mo indiscriminada. Debiendo luego atender a las dudas o cuestiones que puedan surgir. - Un miembro debe tener cierto grado de Actividad para poder solicitar y ocupar algun cargo dentro de la Organizacin y/o Administracin de la Comunida d. - Un miembro tiene derecho a solicitar los permisos necesarios para ser Editor (colaborador) de la Agenda. - Un miembro que asista a las reuniones eb, tiene derecho a solicitar acceso a las

Estadsticas de Uso del Sitio. - Un miembro tiene derecho a que se le mejoren los "permisos" en el sitio eb, para poder Enviar noticias y artculos, con mayor comodidad. Para ello primero debe enviar algunos artculos de prueba y demostrar cierto interes por enviar noticias y artculos. - Un miembro puede Solicitar la Creacin de un SubForo y los permisos de Administracin y Moderacin de Mismo, para crear toda una estructura interna dentro de dicho subforo. Un miembro puede solicitar un SubForo Privado o Secreto, por razones justificadas. Sobre las Obligaciones de los Miembros Comprometidos (1,2,3 de la lista temporal) - Respetar y cumplir las normas que fije la comunidad. - Velar por la Moral y las Buenas Costumbres. - Compartir la informacin que pueda ser Relevante para el resto de los miembros "activos". Demostrando coherencia en su compromiso con los objetivos bsicos de la comunidad. - Actuar a modo de Promotor de la Comunidad en los ambientes y situaciones que pueda, o que esten dentro del Alcance lgico de sus posibilidades. Aplicando se esto a sus "actividades personales". - Un miembro que colabora en la Organizacin, dona a la comunidad su tiempo y el valor del mismo, cuando realiza tareas, funciones, dentro de la comunidad. - Un miembro "Moderador", debe prestar especial atencin a su espacio de moderacin, a la ves que debe generar contenido para el mismo.

EstatutosLa Casa De Esperanza C/Primera #45 Urbanisacion Villa Marina, D.N.

Art 1. Nombre Art 1.1 La organizacion que se constituye denominada "La Casa De Esperanza" es una organizacion sin fines de lucro cuyo porposito principal es el de asistir a la communidad son sus problemas sociales y en general y para dar servicion , crear actividades en general para el provecho de todos los individuos. La organizacion La Casa De Esperanza esta organizada al amparo de la ley 122-05 del 8 de Abril del 2005, sobre organizaciones que no tengan por objecto un beneficio pecuniario . La Organizacion La Casa de Esperanza la misma tendra y estara con sujecion a los presentes Estatutos La organizacion se compone hasta el momento de las siguientes personas:: 1. 2. 3. 4. 5. 6. Presidente (a):_____________________________________ Vicepresidente (a):__________________________________ Secretario de Acta :_________________________________ Secretario De Finanzas:____________________ _________ 1*Vocal/Suplente:___________________________________ 2* Vocal/Suplente:__________________________________

Art: i ili ial: Art : 2-1 De conformidad con las disposiciones del articulo 4 de la Ley No. 122-05 del 08/04/05, La Casa de Esperanza establesera su domicilio y podr establecer filiales, seguidas por estos mismos Estatutos en cualquier lugar geogrfico del Pas. - - - Art: 2-2 Domicilio atual: C/Primera #45 Urbanisacion Villa Marina, D.N. Art: III. Misi y Objeti s: Art III. I Los fines de la organizacionseran promover la qualidad de vidad y la dignidad de la communidad. Organizar recursos, fomentar /desarroyar actividades de incidencia para cambiar ciertas politicas , practicas , y leyes desfavorables que crean barreras que impiden incrementar la autosuficiencia y el desarroyo de los individuos de nuestras comunidades. Art:III. II El Objeti : de La Casa de Esperanza es que por medio de sus programas fomentarar ,mejorarar , crear conciencia publica, y ayudarar con sus servicios a que las personas desvalidas alcansen su potencial maximo. Art:III rganos de Direcci n : Art:III. I La Asociaci n estar compuesta por: 1. 2. 3. 4. Socios fundadores Socios Activos Socios Honorarios Socios Benefatores

Art: IV. . Requisitos de membresa, y prdida de la condici n de asociado o asociada Art: IV. I La Casa De Esperanza podr concederle membresia a cualquier persona o sociedad que apoya la misi n, los propsitos de la organizacin y cumplan con los siguientes requisitos de membresia: a) Llenar la ficha de afiliaci n, sin falsear las datos que all se enumeran. b) Fijar domicilio y dar cuenta de su cambio. d) Presentar la renuncia por escrito debiendo hallarse al da sus pagos. e) Respetar y cumplir estos Estatutos, los Reglamentos y Disposiciones de la Asamblea de Asociados o de la Comisi n Directiva. f) Desempear las funciones y comisiones que la Organizacion le encomiende, salvo caso de impedimento. g) Aceptar las indicaciones reglamentadas que formulen las autoridades de la entidad. h) Presentar por escrito a la Comisi n Directiva ideas y proyectos de utilidades que encuadren dentro de los fines de la organizacion. i) Asistir a las reuniones no secretas de la Comisi n Directiva. j) Asistir a las Asambleas, deliberar, votar en las mismas, elegir y ser electo para directivos, con las limitaciones fijadas por este Estatuto.

k) Tener libre acceso a las dependencias de la Instituci n y uso y goce de los beneficios que estos estatutos acuerdan. l) Informar por escrito a la Comisi n Directiva cualquier condici n que se produjera y que le inhabilitara para continuar siendo miembro de la organizacion Art:IV II Obligaciones de la Directi a seran los siguientes hasta ahora: El Presidente: 1. Presidir todas las reuniones de la organizacion. 2. Realizar otras funciones previstas por los presentes estatutos o le asigne el Consejo Ejecutivo. 3. Ser miembro ex-oficio de todos los comits de la toma de fuerza La Casa De Esperanza , con excepci n de la comisi n de nombramientos. 4. Coordinar el trabajo de la Mesa y los comits de la toma de La Casa de Esperanza . 5. Con la entrada de la Junta Ejecutiva, nombrar comisiones permanentes y grupos de trabajo que considere necesarios. 6. Ser responsable en todo momento para la toma de La Casa De Esperanza. 7. Ser una de las firmas autorizadas en todas las transacciones financieras. 8. Responsable de los Planes y elementos presentes en la discusi nes y aprobaci nes de los miembros/empleados. 9. El Presidente emitir un "secreto" de votaci n, que se le mantenga separado de los otros votos, para ser utilizado slo en el caso de un empate. El Vice-Presidente: 1. Actuara como un colaborador del Presidente. 2. Ejercera las funciones del Presidente en ausencia o incapacidad del oficial de servicio. 3. Representara al Presidente conforme a lo solicitado. 4. Realizara otras funciones que le sean asignadas. 5. Mantendra el control de las teclas asignadas a apartado de correos y edificios. 6. Ser una de las firmas autorizadas en todas las transacciones financieras. 7. Servir como representante de la organizacion cuando sea necesario. 8. Trabajar con los representantes de la organizacion cuando sea requerido oh necesario.. El Secretario: 1. 2. Registrara las actas de las reuniones de la Casa De Esperanza y el Consejo Ejecutivo. 3. Ser responsable de toda la correspondencia a la direccin del Presidente. 4. Tener una copia de los estatutos en la mano en todas las reuniones de la Casa de Esperanza con el Consejo Ejecutivo y otras reuniones como sea requerido. 5. Tener una copia de la lista de miembros actuales. 6. Realizar otras funciones que le sean asignadas. 7. Ser responsable de elaborar un acta a disposicin de los miembros ejecutivo oh empleados si es requerido.

8. Mantener el control y responsabilidad de la agenda administrativa. El Tesorero: 1. Ser responsable de todos los fondos pertenecientes de la Casa De Esperanza , teniendo la responsabilidad presisa de todas las finanzas de los ingresos y gastos. 2. Depositar todos los fondos de la organizacin para el crdito de la organizacin en los bancos, sociedades fiduciarias u otros depositarios que el Consejo Ejecutivo podra seleccionar y har los desembolsos que se autorice por el Comit Ejecutivo de conformidad con el presupuesto aprobado por las personas autorizadas .......... 3. Hacer todos los depsitos y / o desembolsos tan pronto como sea posible pero a ms tardar cinco das hbiles (5) a partir de la recepcin de los fondos y / o rdenes de pago. 4. Sea uno de las firmas requeridas en todas las transacciones financieras. 5. Presentar los libros cada ao o en el cambio de Tesorero de revisin o auditora por parte del Comit de Auditora, que considera que los libros son correctos, deber firmar una declaracin que indique este hecho y presentar este informe con los libros del Tesorero. 6. Preparar y presentar los formularios que se requieran por el estado Dominicano y la organizacion. 7. No mantener la posicin como presidente del evento. 8. Presentarainformenes financieros como sea requerido. 9. Mantener el control de toda la documentacin -------------------- y documentacin de exencin de impuestos. 10. Mantener una lista de artculos donados, con la firma del donante, a efectos de contabilidad de artculos valorados ms de $ 250. 11. Trabajar y cooperar con el (a) Director De Programs. Todos los Oficiales Ejecutivo: 1. Realizaran las tareas mencionadas en los presentes Estatutos y los asignados de vez en cuando. 2. Asistiran a todas las reuniones del Consejo Ejecutivo y la toma de La Casa De Esperanza.. Art: IV. II. Prdida de la condicin de asociado o asociada: La Comisin Directiva con el voto de las dos terceras partes de sus miembros, podr declarar cesante, suspender o expulsar al mienbro cuya conducta afectare gravemente los intereses sociales, la organizacion, las disposiciones de los Estatutos o entorpezcan las resoluciones y funciones de la Comisin Directiva. El afectado ser citado a prestar descargo, de la resolucin dictada, podr apelar dentro de los . . . . . das de notificado. .La apelacin ser tratada en la primera Asamblea General Ordinaria a realizarse, la que decidir en definitiva acerca de su situacin. Hasta tanto la Asamblea no se pronuncie, quedar suspendido los derechos de empleado/miembro . Las causas de expulsin son taxativamente enumeradas a continuacin:y y

Falta de cumplimiento de las obligaciones impuestas por estos Estatutos; Observar una conducta contraria a la tica profesional, a la moral o a las buenas costumbres;

Haber cometido actos graves de deshonestidad o engaado o tratado de engaar a la Organizacion para obtener un beneficio econmico a costa de ello. y Hacer voluntariamente dao a la imagen de la Organizacion , provocar desrdenes graves en su seno, observar una conducta notoriamente perjudicial a los intereses de la organizacion; y Haber perdido las condiciones requeridas en estos Estatutos para ser miembro de la Organizacion La Casa De Esperanza. y Cualquier miembro podr renunciar a su cargo la presentacin de una renuncia por escrito ante el Secretario, sin embargo, dicha renuncia no eximir a los miembros para renunciar a la obligacin de trabajo ,transicion __________________________ pagar los impuestos u otros gravmenes devengados y no pagados hasta entonces.y

Terminacin de la membresa. El Consejo de Administracin, por el voto afirmativo de dos tercios de todos los miembros de la Junta, podr suspender o expulsar a un miembro, y puede, por mayora de votos o de los presentes en cualquier reunin constituido , terminar la membresa de cualquier miembro que se convierte en elegible para la adhesin, o suspender o expulsar a cualquier miembro que incurrir en incumplimiento de los EstatutosArt: V. Derechos y deberes de los asociados y asociadas,

Art:V . Derechos y Deberes de los Asociados y Asociadas :

Art: VI . Condiciones y procedimientos para convocar una Asamblea de Asociados y asociadas y reglamentacin correspondiente, La reunin anual de membresa se celebrarn en el mes de cada ao. Un mnimo del 10% de los miembros presentes o representados, constituir el qurum para la transaccin de negocios en una reunin de los miembros. Las reuniones pueden ser convocadas por el Presidente oa solicitud de por lo menos 10% de los miembros, mediante notificacin por correo, telfono o telegrama a cada miembro de no menos de treinta (30) das de anticipacin. rdida de la condicin de asociado o asociada. Art: VII. Condiciones y procedimientos para convocar una Asamblea de Asociados y asociadas y reglamentacin correspondiente, 1. Reuniones Ordinarias. El Consejo de Administracin se reunir al menos dos (2) reuniones ordinarias al ao. Las reuniones sern en las fechas, horas y lugares que la Junta determine. 2. Las reuniones especiales. Las reuniones sern en tales fechas, horas y lugares que la Junta determine. 3. Aviso. Las reuniones pueden ser convocadas por el Presidente oa peticin de cualquiera de los dos (2) directores, mediante notificacin por correo electrnico, por correo, por telfono o telegrama a cada miembro de la Junta no menos de cuarenta y ocho (48) horas antes de la reunin.Qurum. Constituir qurum de la mayora de la Junta de asistir en person.

... Art:VIII. Requisitos que deben cumplirse para modificar los estatutos o para determinar la causa de la disolucin de la Asociacin sin Fines de Lucro. Requisitos que deben cumplirse para modificar los estatutos o para determinar la causa de la disolucin de la Asociacin sin Fines de Lucro, para la organizacion La Casa De Esperanza seran los siguientes: 1. Estos estatutos pueden ser enmendados en cualquier reunin ordinaria de la toma deLa Casa De Esperanza por el voto de dos tercios de los miembros presentes y votantes, a condicin de que la notificacin de propuesta de enmienda (s) se ha dado por lo menos diez (10) das antes de la reunin en la que la enmienda es sometida a votacin. 2. Una copia de los estatutos actuales es que se publicar en la pgina web de la toma de fuerza, en el archivo y puestos a disposicin de cualquier miembro de la toma de fuerza De la Casa De Esperanza para su lectura. 3. 4. Art:VIII. I determinar la causa de la disolucin de la Asociacin sin Fines de Lucro. yyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyArt:IX: Que el director/a, administrador/a o presidente/a, tiene capacidad para solicitar la incorporacin. Art; X. Que el director/a, administrador/a o presidente/a, tiene capacidad para solicitar la incorporacin.

Art: XI. Que se establece el qurum reglamentario para las sesiones tanto de las Asambleas Generales como de la Directiva y el nmero de personas socias que en cada caso, forman la mayora para decidir. Art: XII. Designacin oficial del funcionario o funcionaria autorizado/a para representar a Asociacin en justicia y para firmar a nombre de la asociacin toda clase de contratos. Art XIII. El plazo de duracin de la Asociacin o indicacin de que es por tiempo indefinido. Art:XIV. Las normativas estatutarias para regular la igualdad de derechos entre miembros y miembras, sin distincin de sexo o edad. Que se establece el qurum reglamentario para las sesiones tanto de las Asambleas Generales como de la Directiva y el nmero de personas socias que en cada caso, forman la mayora para decidir Art: XV. Duracin de los mandatos o puestos electivos, renovacin, repostulacin o

reeleccin de los/as directivos/as. Art:XVI. Normas que promuevan la democracia participativa, el uso adecuado y transparente de los recursos por parte de los/las directivos y directivas y . yy Designacin oficial del funcionario o funcionaria autorizado/a para representar a Asociacin en justicia y para firmar a nombre de la asociacin toda clase de contratos. yy El plazo de duracin de la Asociacin o indicacin de que es por tiempo indefinido. y Las normativas estatutarias para regular la igualdad de derechos entre miembros y miembras, sin distincin de sexo o edad. y Duracin de los mandatos o puestos electivos, renovacin, repostulacin o reeleccin de los/as directivos/as. y Normas que promuevan la democracia participativa, el uso adecuado y transparente de los recursos por parte de los/las directivos y directivas. yy Estos estatutos pueden ser enmendados en cualquier reunin ordinaria de la toma deLa Casa De Esperanza por el voto de dos tercios de los miembros presentes y votantes, a condicin de que la notificacin de propuesta de enmienda (s) se ha dado por lo menos diez (10) das antes de la reunin en la que la enmienda es sometida a votacin. y Una copia de los estatutos actuales es que se publicar en la pgina web de la toma de fuerza, en el archivo y puestos a disposicin de cualquier miembro de la toma de fuerza De la Casa De Esperanza para su lectura. yyy i.

Art: II. P Seccin 2.01. . Clases Habr dos clases de miembros: empresas y particulares. Seccin 2.02. Cualificaciones. Membresa podr concederse a cualquier persona o sociedad que apoya la misin y los propsitos de la organizacin, y quin p aga la cuota anual fijada por el Consejo de Administracin. Los miembros no tendrn derecho a voto. Seccin 2.03. Terminacin de la membresa. El Consejo de Administracin, por el voto afirmativo de dos tercios de todos los miembros de la Junta, podr suspender o expulsar a un miembro, y puede, por mayora de votos o de los presentes en cualquier reunin constituido , terminar la membresa de cualquier miembro que se convierte en elegible para la adhesin, o suspender o expulsar a cualquier miembro que incurrir en incumplimiento de los Estatutos Seccin 2.04. Dimisin. Cualquier miembro podr renunciar a su cargo la

presentacin de una renuncia por escrito ante el Secretario, sin embargo, dicha renuncia no eximir a los miembros para renunciar a la obligacin de pagar los impuestos u otros gravmenes devengados y no pagados hasta entonces. Seccin 2.05. Cuotas. Las cuotas para los miembros sern establecidos por el Consejo de Administracin. Seccin 2.06. Reuniones. La reunin anual de membresa se celebrarn en el mes de cada ao. Un mnimo del 10% de los miembros presentes o representados, constituir el qurum para la transaccin de negocios en una reunin de los miembros. Las reuniones pueden ser convocadas por el Presidente oa solicitud de por lo menos 10% de los miembros, mediante notificacin por correo, telfono o telegrama a cada miembro de no menos de treinta (30) das de anticipacin. rdida de la condicin de asociado o asociada, 1. Tras la expiracin del mandato o en caso de renuncia, entregar al Presidente, sin demora, todos los registros, libros y otros materiales pertenecientes a la oficina, y lo devolver a la Tesorera, sin demora, todos los fondos pertenecientes a la oficina. 2. Condiciones y procedimientos para convocar una Asamblea de Miembros de la organizacion reglamentacin correspondiente ------------,yy Requisitos que deben cumplirse para modificar los estatutos o para determinar la causa de la disolucin de la Asociacin sin Fines de Lucro. y Que el director/a, administrador/a o presidente/a, tiene capacidad para solicitar la incorporacin. y Que se establece el qurum reglamentario para las sesiones tanto de las Asambleas Generales como de la Directiva y el nmero de personas socias que en cada caso, forman la mayora para decidir. y Designacin oficial del funcionario o funcionaria autorizado/a para representar a Asociacin en justicia y para firmar a nombre de la asociacin toda clase de contratos. yy El plazo de duracin de la Asociacin o indicacin de que es por tiempo indefinido. y Las normativas estatutarias para regular la igualdad de derechos entre miembros y miembras, sin distincin de sexo o edad. y Duracin de los mandatos o puestos electivos, renovacin, repostulacin o reeleccin de los/as directivos/as. y Normas que promuevan la democracia participativa, el uso adecuado y transparente de los recursos por parte de los/las directivos y directivas. yy Estos estatutos pueden ser enmendados en cualquier reunin ordinaria de la toma deLa Casa De Esperanza por el voto de dos tercios de los miembros presentes y votantes, a condicin de que la notificacin de propuesta de enmienda (s) se ha dado por lo menos diez (10) das antes de la reunin en la que la enmienda es sometida a votacin. y Una copia de los estatutos actuales es que se publicar en la pgina web de la toma de fuerza, en el archivo y puestos a disposicin de cualquier miembro de la toma de fuerza De la Casa De Esperanza para su lectura. yyy Derechos y deberes de los asociados y asociadas,

Art: IV. II. Prdida de la condicin de asociado o asociada: Art: IV. III. La Comisin Directiva con el voto de las dos terceras partes de sus miembros, podr declarar cesante, suspender o expulsar al mienbro cuya conducta afectare gravemente los intereses sociales, la organizacion, las disposiciones de los Estatutos o entorpezca las resoluciones y funciones de la Comisin Directiva. Art: IV. IV. El afectado ser citado a prestar descargo, de la resolucin dictada, podr apelar dentro de los . . . . . das de notificado. Art: IV. V.La apelacin ser tratada en la primera Asamblea General Ordinaria a realizarse, la que decidir en definitiva acerca de su situacin. Hasta tanto la Asamblea no se pronuncie, quedar suspendido sus derechos de empleado/miembro . Las causas de expulsin son taxativamente enumeradas a continuacin: 1. Falta de cumplimiento de las obligaciones impuestas por estos Estatutos; 2. Observar una conducta contraria a la tica profesional, a la moral o a las buenas costumbres; 3. Haber cometido actos graves de deshonestidad o engaado o tratado de engaar a la Organizacion para obtener un beneficio econmico a costa de ello. 4. Hacer voluntariamente dao a la imagen de la Organizacion , provocar desrdenes graves en su seno, observar una conducta notoriamente perjudicial a los intereses de la organizacion; 5. Haber perdido las condiciones requeridas en esos Estatutos para ser miembro de la Organizacion La Casa De Esperanza.

Art: V. Son obligaciones a) Llenar la ficha de afiliacin, sin falsear las datos que all se enumeran. b) Fijar domicilio y dar cuenta de su cambio. d) Presentar la renuncia por escrito debiendo hallarse al da en sus pagos. e) Respetar y cumplir estos Estatutos, los Reglamentos y Disposiciones de la Asamblea de Asociados o de la Comisin Directiva. f) Desempear las funciones y comisiones que la sociedad le encomiende, salvo caso de impedimento. g) Aceptar las indicaciones reglamentadas que formulen las autoridades de la entidad. h) Presentar por escrito a la Comisin Directiva ideas y proyectos de utilidades que encuadren dentro de los fines de la organizacion. i) Asistir a las reuniones no secretas de la Comisin Directiva. j) Asistir a las Asambleas, deliberar, votar en las mismas, elegir y ser electo para directivos, con las limitaciones fijadas por este Estatuto. k) Tener libre acceso a las dependencias de la Institucin y uso y goce de los beneficios que estos estatutos acuerdan. l) Informar por escrito a la Comisin Directiva cualquier condicin que se produjera y que le inhabilitara para continuar siendo miembro de la organizacion

El Presidente: Presidir todas las reuniones de la organizacion. Realizar otras funciones previstas por los presentes estatutos o le asigne el Consejo Ejecutivo.

Ser miembro ex-oficio de todos los comits de la toma de fuerza La Casa De Esperanza , con excepcin de la comisin de nombramientos. Coordinar el trabajo de la Mesa y los comits de la toma deLa Casa de Esperanza . Con la entrada de la Junta Ejecutiva, nombrar comisiones permanentes y grupos de trabajo que considere necesarios. Ser responsable en todo momento para la toma de La casa De Esperanza. Ser una de las firmas autorizadas en todas las transacciones financieras. Plan y elementos presentes en la discusin y aprobacin de los miembros. El Presidente emitir un "secreto" de votacin, que se le mantenga separado de los otros votos, para ser utilizado slo en el caso de un empate. Seccin 2. El Vice-Presidente: Actuar como un colaborador del Presidente. Ejercer las funciones del Presidente en ausencia o incapacidad de que el oficial de servicio. Representar al Presidente conforme a lo solicitado. Realizar otras funciones que le sean asignadas. Mantenga el control de las teclas asignadas a apartado de correos y edificios. Ser una de las firmas autorizadas en todas las transacciones financieras. Servir como representante de la organizacion cuando sea necesario. Trabajar con los representantes de la organizacion cuando sea requerido oh necesario.. . Seccin 3 El Secretario deber: Registrara las actas de las reuniones de la Casa de Esperanza y el Consejo Ejecutivo. Ser responsable de toda la correspondencia a la direccin del Presidente. Tener una copia de los estatutos en la mano en todas las reuniones de la Casa de Esperanza con el Consejo Ejecutivo y otras reuniones como sea requerido.. Tener una copia de la lista de miembros actuales. Realizar otras funciones que le sean asignadas. Ser responsable de elaborar un acta a disposicin de los miembros ejecutivo oh empleados si es requerido. Mantener el control y responsabilidad de la agenda administrativa. Seccin 4. El Tesorero: Ser responsable de todos los fondos pertenecientes de la Casa De Esperanza , teniendo en cuenta precisa de los ingresos y gastos. Depositar todos los fondos de la organizacin para el crdito de la organizacin en los bancos, sociedades fiduciarias u otros depositarios que el Consejo Ejecutivo podra seleccionar y har los desembolsos que se autorice por el Comit Ejecutivo de conformidad con el presupuesto aprobado por la .......... Hacer todos los depsitos y / o desembolsos tan pronto como sea posible pero a ms tardar cinco das hbiles (5) a partir de la recepcin de los fondos y / o rdenes de pago. Sea uno de las firmas requeridas en todas las transacciones financieras. Presentar los libros cada ao o en el cambio de Tesorero de revisin o auditora por parte del Comit de Auditora, que considera que los libros son correctos, deber firmar una declaracin que indique este hecho y presentar este informe con los libros del Tesorero. Preparar y presentar los formularios que se requieran por el estado Dominicano y la organizacion. No mantener la posicin como presidente del evento. Presentara un informenes Tesorero como sea requerido. Mantener el control de toda la documentacin -------------------- y documentacin de exencin de impuestos.

Mantener una lista de artculos donados, con la firma del donante, a efectos de contabilidad de artculos valorados ms de $ 250. Trabajar , cooperar con Director De Programs. Seccin 5. Todos los oficiales Ejecutivo: Realizar las tareas mencionadas en los presentes estatutos y los asignados de vez en cuando. Asistir a todas las reuniones del Consejo Ejecutivo y la toma de La Casa De Esperanza.. Tras la expiracin del mandato o en caso de renuncia, entregar al Presidente, sin demora, todos los registros, libros y otros materiales pertenecientes a la oficina, y lo devolver a la Tesorera, sin demora, todos los fondos pertenecientes a la oficina. g. Condiciones y procedimientos para convocar una Asamblea de Asociados y asociadas y reglamentacin correspondiente, h. Requisitos que deben cumplirse para modificar los estatutos o para determinar la causa de la disolucin de la Asociacin sin Fines de Lucro. i. Que el director/a, administrador/a o presidente/a, tiene capacidad para solicitar la incorporacin. j. Que se establece el qurum reglamentario para las sesiones tanto de las Asambleas Generales como de la Directiva y el nmero de personas socias que en cada caso , forman la mayora para decidir. k. Designacin oficial del funcionario o funcionaria autorizado/a para representar a Asociacin en justicia y para firmar a nombre de la asociacin toda clase de contratos. l. El plazo de duracin de la Asociacin o indicacin de que es por tiempo indefinido. m. Las normativas estatutarias para regular la igualdad de derechos entre miembros y miembras, sin distincin de sexo o edad. n. Duracin de los mandatos o puestos electivos, renovacin, repostulacin o reeleccin de los/as directivos/as. o. Normas que promuevan la democracia participativa, el uso adecuado y transparente de los recursos por parte de los/las directivos y directivas. Estos estatutos pueden ser enmendados en cualquier reunin ordinaria de la toma de fuerza Repblica por el voto de dos tercios de los miembros presentes y votantes, a condicin de que la notificacin de propuesta de enmienda (s) se ha dado por lo menos diez (10) das antes de la reunin en la que la enmienda es sometida a votacin. Una copia de los estatutos actuales es que se publicar en la pgina web de la toma de fuerza, en el archivo y puestos a disposicin de cualquier miembro de la toma de fuerza Repblica para su lectura.

ESTATUTOS de la su organizacin, inc.

ARTCULO I Nombre y objetivos Art. 1. Nombre. La organizacion que se constituye denominada "La Casa De Esperanza" es una organizacion sin fines de lucro cuyo porposito principal es el de asistir a la communidad son sus problemas sociales y en general y para dar servicion /actividades en general para el provecho de todos los individuos. Seccin 1.02. Propsito. La Corporacin est organizado para la educacin y la beneficencia de XXXXXXX. ARTICULO II Miembros Seccin 2.01. . Clases Habr dos clases de miembros: empresas y particulares. Seccin 2.02. Cualificaciones. Membresa podr concederse a cualquier persona o sociedad que apoya la misin y los propsitos de la organizacin, y quin paga la cuota anual fijada por el Consejo de Administracin. Los miembros no tendrn derecho a voto. Seccin 2.03. Terminacin de la membresa. El Consejo de Administracin, por el voto afirmativo de dos tercios de todos los miembros de la Junta, podr suspender o expulsar a un miembro, y puede, por mayora de votos o de los pres entes en cualquier reunin constituido , terminar la membresa de cualquier miembro que se convierte en elegible para la adhesin, o suspender o expulsar a cualquier miembro que incurrir en incumplimiento de los Estatutos Seccin 2.04. Dimisin. Cualquier miembro podr renunciar a su cargo la presentacin de una renuncia por escrito ante el Secretario, sin embargo, dicha renuncia no eximir a los miembros para renunciar a la obligacin de pagar los impuestos u otros gravmenes devengados y no pagados hasta entonces. Seccin 2.05. Cuotas. Las cuotas para los miembros sern establecidos por el Consejo de Administracin. Seccin 2.06. Reuniones. La reunin anual de membresa se celebrarn en el mes de cada ao. Un mnimo del 10% de los miembros presentes o representados, constituir el qurum para la transaccin de negocios en una reunin de los miembros. Las reuniones pueden ser convocadas por el Presidente oa solicitud de por lo menos 10% de los miembros, mediante notificacin por correo, telfono o telegrama a cada miembro de no menos de treinta (30) das de anticipacin. ARTICULO III ATRIBUCIONES Y DEBERES DE LOS DIRECTORES Seccin 3.01. Autoridad de Administracin. El Consejo de Administracin es el rgano de toma de la poltica y puede ejercer todos los poderes y las facultades otorgadas a la Corporacin por la ley.

Seccin 3.02. Nmero, seleccin, y la tenencia. El Consejo estar integrado por no menos de tres (3) directores. Cada director ocupar el cargo por un trmino de tres (3) aos. Las vacantes existentes por razn de la renuncia, fallecimiento, incapacidad o retiro antes de la expiracin de / su trmino ser llenada por un voto mayoritario de los consejeros restantes. En caso de empate, el Presidente escoger el director xito. Administracin elegir a sus sucesores. El director elegido para llenar una vacante ser elegido por el resto del mandato del director de su predecesor en el cargo. Seccin 3.03. Dimisin. renuncias son efectivas a la recepcin por el Secretario de la Corporacin de la notificacin por escrito. Seccin 3.04. Reuniones Ordinarias. El Consejo de Administracin se reunir al menos dos (2) reuniones ordinarias al ao. Las reuniones sern en las fechas, horas y lugares que la Junta determine. Seccin 3.05. Las reuniones especiales. Las reuniones sern en tales fechas, horas y lugares que la Junta determine. Seccin 3.06. Aviso. Las reuniones pueden ser convocadas por el Presidente oa peticin de cualquiera de los dos (2) directores, mediante notificacin por correo electrnico, por correo, por telfono o telegrama a cada miembro de la Junta no menos de cuarenta y ocho (48) horas antes de la reunin. Seccin 3.07. Qurum. Constituir qurum de la mayora de la Junta de asistir en person ...D

Estructura de una Asociacin Civil Las asociaciones civiles funcionan regularmente mediante la articulacin de diferentes rganos que la integran:y

y

Asamblea de socios o asociados: es el rgano soberano de una asociacin civil. All se adoptan las decisiones de mayor trascendencia como por Ej. Modificacin de estatuto, Aprobacin de Balances, expulsin de algn miembro, etc. La asamblea se divide en Ordinaria y Extraordinaria. La asamblea ordinaria se caracteriza por su periodicidad de tiempo ,fijada por el estatuto, para resolver cuestiones vinculadas los Balances y fija las cuotas sociales. La asamblea extraordinaria es convocada para decidir en situaciones fundamentales de una asociacin civil. Por Ej. Expulsin de socios o modificacin de estatutos. En ambos casos es necesario para convocarla contar con un qurum determinado por el estatuto. Comisin Directiva: Es el rgano que administra y conduce la asociacin. Ejecuta las decisiones de la asamblea de socios. Esta compuesta por un presidente, un tesorero y varios vocales. Las condiciones para ocupar dichas funciones las establece el estatuto.

y

Comisin Revisora de Cuentas: Es el rgano de Fiscalizacin interna que tiene la Asociacin Civil. Esta compuesta, generalmente, por tres miembros que tienen como principal misin controlar las cuentas de la entidad.

Qu es una asociacin civil sin fines de lucro? Las asociaciones civiles tienen como caracterstica esencial la de ser sin fines de lucro. Esto implica que la Organizacin no podr tener una finalidad que exceda el bien comn o que persiga un inters personal. Si bien la asociacin regularmente suele efectuar negocios o manejar fondos. Los mismos no pueden tener un destino distinto al bien comn que fija su estatuto. Tampoco sus miembros no pueden percibir remuneracin alguna. Las asociaciones civiles se podrn financiar mediante:y y y y

Cuotas sociales de sus miembros. Se establecen mensualmente. Subsidios otorgados por el estado. Siempre que la misma no sea ,en forma exclusiva, la nica forma de financiamiento de la asociacin. Donaciones efectuadas por particulares o empresas. Este sistema permite a los donantes obtener reducciones al momento de la declaracin de impuestos. Concesiones en sus locales. Consiste en los tpicos contratos que tiene una asociacin civil con un tercero para que este ultimo brinde un servicio, en un espacio de la entidad, a cambio del pago de un canon.

ASOCIACION CIVIL Se denomina asociacin civil a aquella entidad privada sin nimo de lucro y con personalidad jurdica plena integrada por personas fsicas para el cumplimiento de fines culturales, educativos, de divulgacin, deportivos o de ndole similar al objeto de fomentar entre sus socios y/o terceros alguna actividad social. Requisitos de constitucin La legislacin sobre asociacionismo de los distintos pases exige para su constitucin y pleno ejercicio determinados requisitos previos, adems de condiciones en cuanto a objetivos, regulacin interna y disolucin. En lneas generales la mayor parte de las normas estatales requieren: 1. Que haya un nmero mnimo de miembros para su constitucin. 2. Que el acta de su creacin y sus estatutos se presenten o, en su caso, sean aprobados, ante o por un rgano de la administracin pblica. 3. Que las normas internas de funcionamiento establezcan, al menos, un Presidente, un rgano ejecutivo de direccin y una asamblea general compuesta por todos los miembros. 4. Que el procedimiento de elecciones internas se ajuste a un mnimo de reglas democrticas. 5. Que exista una contabilidad de libre acceso a los socios y la administracin. 6. Que se determine el destino de los bienes propios en caso de disolucin.

Contrato de asociacin civil.

CONSTITUCIN DE ASOCIACIN CIVIL

En la Ciudad de ________, a los ......................... das del mes de ......................... de ......................... , yo, el licenciado... notario pblico nmero... del ________, hago constar:

a) La Constitucin de la Asociacin Civil denominada ..............................................., A. C., y

b) La protocolizacin de actas de asambleas generales, a peticin de sus socios y miembros que integran actualmente su mesa directiva, quienes comparecen a este acto, seores ..............................................., ..............................................., ................................. .............., ..............................................., ..............................................., ................. .............................., ..............................................., ..............................................., ........................... ...................., ............................................... y ........................... ...................., conforme a los antecedentes y clusulas estatutarias que a continuacin se expresan.

ANTECEDENTE:

nico. Permiso de Relaciones Exteriores. Los comparecientes, para los efectos de la legal constitucin de la Asociacin Civil "...............................................", A. C., me exhiben el permiso que les ha sido concedido por la Secretara de Relaciones Exteriores, el que se agrega con la letra "A" al apndice de esta escritura, y su tenor literal se inserta a continuacin para todos los efectos legales conducentes: "En el ngulo superior izquierdo un sello con el Escudo Nacional y leyenda que le circunscribe y dice: Secretara de Relaciones Exteriores. Estados Unidos Mexicanos. Direc. General de Asuntos Jurdicos. Dep. Permisos. Art. 27. Nm.... Expediente:... Abajo: timbres fiscales por valor de quinientos pesos, debidamente cancelados. La Secretara de Relaciones Exteriores, en atencin a que el seor Ignacio, de la ciudad de Mxico, en escrito fechado el da... del mes... del ao... solicita permiso de esta secretara para constituir en unin de otras personas una Asociacin Civil, cuyo fin comn no tendr carcter preponderantemente econmico, de acuerdo con el Cdigo Civil del Estado de Mxico, bajo la denominacin: ............................................... , A.C.; duracin: indefinida, y domicilio: en la ciudad de Cuautitln, Estado de Mxico, cuyo objeto ser: agrupar a los propietarios, promisarios y arrendatarios de inmuebles localizados en ..............................................., sin distincin de sexo, raza, religin o nacionalidad, para la realizacin de los siguientes propsitos:

a) Administrar, por s o por medio de personas fsicas o morales designadas para el caso, servicio de utilidad para los asociados;

b) Representar a los asociados, tanto individual como colectivamente, ante las autoridades federales, estatales o municipales, as como ante toda clase de instituciones particulares, personas fsicas, etc., en lo que se relacionen con sus propiedades de

..............................................., o con problemas derivados del hecho de tener su domicilio en dicha ciudad;

c) Pugnar por todos los medios a su alcance por fomentar las relaciones entre todos los habitantes de ...............................................y porque en sta se observen la honestidad y la buena fe;

d) Infundir en los habitantes de ..............................................., conciencia clara de deberes que deben cumplir y esfuerzos que realizar en el aspecto cvico, para el mejoramiento y conservacin de la ciudad;

e) Fomentar el desarrollo de ideas, iniciativas, estudios, proyectos, etctera, de los asociados y aplicarse a la realizacin de los que se consideren benficos para los asociados, y para la ciudad y sus habitantes en general;

f) Proporcionar orientacin a todos los asociados que la soliciten en asuntos relacionados con transacciones de inmuebles, obligaciones fiscales y municipales, servicios pblicos, etc., en lo concerniente a ................................................ Con capital de: $... y para insertar en la escritura constitutiva de la asociacin la siguiente clusula especificada en el artculo 2o. del Reglamento de la Ley Orgnica de la fraccin I del artculo 27 constitucional, por medio de la cual se conviene con el gobierno mexicano, ante la Secretara de Relaciones Exteriores, por los socios fundadores y los futuros que la asociacin pudiera tener, en que: "Todo extranjero que en el acto de la constitucin o en cualquier tiempo ulterior, adquiera un inters o participacin social en la asociacin, se considerar por ese simple hecho como mexicano respecto de uno y otra, y se entender que conviene en no invocar la proteccin de su gobierno, bajo la pena, en caso de faltar a su convenio, de perder dicho inters o participacin en beneficio de la nacin mexicana"; concede al solicitante permiso para constituir la asociacin a condicin de insertar en la escritura constitutiva la clusula arriba transcrita; en cada caso de adquisicin de bienes races o inmuebles en general, deber solicitarse de esta misma secretara el permiso previo. Este permiso se concede con fundamento en el artculo 3o., fraccin VII, de la Ley de Secretaras y Departamentos de estado, en los trminos del artculo 27 constitucional y sus Leyes Orgnicas y Reglamentos. Su uso implica su aceptacin incondicional y obliga al cumplimiento de las disposiciones legales que rigen el objeto de la sociedad; su incumplimiento o violacin origina la aplicacin de las sanciones que determinan dichos ordenamientos legales y el decreto de 29 de junio de 1944. El texto ntegro de este permiso se insertar en la escritura constitutiva; y dejar de surtir efectos si no se hace uso del mismo dentro de noventa das hbiles siguientes a la fecha de su expedicin. Tlatelolco, a... del mes de... del ao... Sufragio efectivo. No reeleccin. P. O. del Secretario. El Director General. Lic. ............................................... Firma y antefirma. F -ac-2o. c/s. Adq. Inm.

Expuesto lo anterior, son de otorgarse los siguientes

ESTATUTOS:

Clusula I

De la Organizacin

Art. 1o. La Asociacin Civil se denominar "...............................................", A. C.

Art. 2o. El domicilio de la asociacin es ..............................................., en trminos del Distrito de Cuautitln, Estado de Mxico.

Art. 3o. La duracin de la asociacin ser por tiempo indefinido, a contar de la fecha del acta constitutiva de la asociacin.

Clusula II

Del objeto de la Asociacin

Art. 4o. La Asociacin "..............................................." A. C., es de carcter no lucrativo y deber mantenerse al margen de cualquier problema o asunto de tipo poltico o religioso, y no dar cabida en su seno a ninguna discriminacin de tipo religioso, social o racial.

Art. 5o. El objeto de la asociacin es: agrupar a los propietarios, promisarios y arrendatarios de inmuebles localizados en ..............................................., sin distincin de sexo, raza, religin o nacionalidad, para la realizacin de los siguientes propsitos:

a) Administrar, por s o por medio de personas fsicas o morales designadas para el caso, servicios de utilidad para los asociados;

b) Representar a los asociados, tanto individual como colectivamente, ante las autoridades federales, estatales o municipales, as como ante toda clase de instituciones particulares, personas fsicas, etc., en lo que se relacione con sus propiedades en ..............................................., o sea con problemas derivados por el solo hecho de tener su domicilio en dicha ciudad;

c) Pugnar por todos los medios a su alcance, por fomentar las buenas relaciones entre todos los habitantes de ...............................................y porque en stos se observen la honestidad y la buena fe;

d) Infundir en los habitantes de ...............................................conciencia clara de los deberes que se deben cumplir y esfuerzos que deben realizar en el aspecto cvico, para el mejoramiento y conservacin de la ciudad;

e) Fomentar el desarrollo de ideas, iniciativas, estudios, proyectos, etc., de los asociados, y aplicarse a la realizacin de los que se consideren benficos para los asociados y para la ciudad y sus habitantes en general;

f) Proporcionar orientacin a todos los asociados que la soliciten en asuntos relacionados con transacciones de inmuebles, obligaciones fiscales o municipales, servicios pblicos, etc., en lo concerniente a ...............................................;

g) Todo extranjero que en el acto de la constitucin o en cualquier tiempo ulterior, adquiera un inters o participacin social en la asociacin, se considerar por ese simple hecho como mexicano respecto de uno y otra, y se entender que conviene en no invocar la proteccin de su gobierno, bajo la pena, en caso de faltar a su convenio, de perder dicho inters o participacin en beneficio de la nacin mexicana.

Clusula III

De los Asociados

Art. 6o. Podrn ser miembros de la asociacin, todos los propietarios promisarios y arrendatarios de uno o ms inmuebles localizados en ..............................................., personas fsicas o morales, previa aceptacin de la mesa directiva de la asociacin. Los asociados se dividen en las siguientes categoras:

a) Socios activos, que sern los propietarios de uno o ms inmuebles en ...............................................; b) Socios afiliados, sern los arrendatarios de uno o ms inmuebles en ..............................................., y c) Socios pasivos sern los familiares de los propietarios que estn registrados en el padrn de la asociacin.

Art. 7o. Las personas arriba numeradas podrn delegar sus derechos de asociados en otra persona. En caso de personas fsicas, el representante deber ser precisamente uno de sus familiares, residente en ................................................

Art. 8o. Para ser miembro de la asociacin, adems de llenar los requisitos arriba enumerados, el aspirante deber llenar y presentar su solicitud de ingreso en la forma que le proporcionar la asociacin.

Art. 9o. Las solicitudes de ingreso sern examinadas por la mesa directiva, la que comprobar la veracidad de los datos que juzgue pertinentes, y rechazar en su caso las que no llenaren los requisitos:

a) Los asociados recibirn una credencial que les acreditar como socios activos, afiliados o pasivos; b) Los aspirantes rechazados. tendrn el derecho de apelar ante la Comisin de Honor y Justicia de la asociacin, sobre la decisin de la mesa directiva.

Art. 10. La firma de la solicitud de ingreso, implica la obligacin de los asociados en el cumplimiento de estos estatutos y en los reglamentos interiores de la asociacin.

Clusula IV

De los Derechos de los asociados

Art. 11. Los asociados tendrn los siguientes derechos:

a) Los socios activos podrn asistir a las asambleas y tendrn derecho a voz y voto;

b) Los socios activos podrn ser electos para desempear cargos de la mesa directiva, de la Comisin de Honor y Justicia, del comit de vigilancia, de representantes de andador, de acuerdo con el artculo 44, inciso b), en vigor, y

c) Los socios activos, afiliados y pasivos, podrn gozar de la representacin, servicios y beneficios de la asociacin, tanto individual como colectivamente.

Clusula V

De las obligaciones de los asociados

Art. 12. Son obligaciones de los asociados:

a) Respetar y hacer respetar lo dispuesto en estos estatutos;

b) Cubrir con puntualidad las cuotas asignadas, y

c) Acatar las decisiones de la asamblea de los asociados, de la mesa directiva y dems rganos de la asociacin.

Clusula VI

De la exclusin de los asociados

Art. 13. Los asociados podrn ser excluidos del seno de la asociacin, por fallo unnime de la Comisin de Honor y Justicia, por los motivos siguientes:

a) Ejecutar actos contrarios al objeto de la asociacin indicados en el artculo 5o;

b) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas por estos estatutos, de las decisiones de las asambleas de asociados, de la mesa directiva y dems rganos de la asociacin, y

c) Prdida de sus derechos civiles.

Art. 14. El asociado que fuere excluido, as como el que se separe voluntariamente de la asociacin, perder automticamente todos los derechos que pudieran corresponderle del patrimonio de la asociacin.

Clusula VII

Del patrimonio de la asociacin

Art. 15. El patrimonio de la asociacin se formar con los siguientes ingresos:

a) Con las cuotas ordinarias; b) Con los donativos que reciba de instituciones o personas ajenas a la asociacin; c) Con el producto de festivales y colectas que se organicen al efecto, y d) El patrimonio de la asociacin figurar en el inventario y en los libros de contabilidad que debern llevarse a cargo especfico del tesorero.

Clusula VIII

De la mesa directiva

Art. 16. La direccin, administracin y dems organismos de la asociacin, estarn a cargo de una Mesa Directiva, de una Comisin de Honor y Justicia, de un comit de vigilancia, de representantes de andador, y vocales integrados por los asociados en la forma siguiente:

Un presidente, un vicepresidente, un secretario de actas, un prosecretario de actas, un tesorero, un protesorero, un secretario de relaciones, un prosecretario de relaciones, un secretario de educacin, un prosecretario de educacin, un secretario de deportes, un prosecretario de deportes, un secretario de sanidad, un prosecretario de sanidad, una Comisin de Honor y Justicia, formada por tres socios, una representacin por andadores, formada por matrimonios, y vocales, que sern nombrados de acuerdo con el artculo 21.

Art. 17. Todos los cargos de la Mesa Directiva y sus organismos sern "honorarios", y se elegirn de acuerdo con la clusula XI, de estos estatutos.

Art. 18. La Mesa Directiva as como sus organismos durarn en funciones dos aos, los cuales no podrn ser reelegidos en el periodo inmediato siguiente, exceptuando a los representantes de andador que podrn asumir cualquier puesto segn el artculo 44 inciso b). ,

Art. 19. Los principales de la Mesa Directiva terminarn sus funciones coincidiendo con parte de la Comisin de Honor y parte del Comit de Vigilancia, de acuerdo con el artculo 44, inciso f).

Art. 20. Los prosecretarios y la otra parte del Comit de Vigilancia y de la Comisin de Honor y Justicia debern ser elegidos a la mitad del perodo de los principales y su duracin de funciones sern de dos aos, su eleccin ser de acuerdo con la clusula XI, artculo 44, incisos f) y g). Los representantes de andador tambin durarn dos aos en sus funciones y se elegirn en cada andador, no as los vocales, que sern elegidos o nombrados de acuerdo con sus funciones.

Art. 21. Los vocales sern los asociados que resulten electos entre los colonos para ocupar puestos principales, tales como: presidente, secretario y tesorero de la junta de padres de familia, comit juvenil, comit de damas, etc., y asociados que sean nombrados para ocupar puestos de servicios municipales.

Art. 22. En el caso de que durante el ejercicio de sus funciones los principales de la Mesa Directiva se vieren en la necesidad de renunciar a su cargo, fueran removidos de sus puestos o excluidos de ellos, automticamente los prosecretarios ocuparn sus puestos, y los puestos vacantes los ocuparn los representantes de andador que tuvieran ms mritos en su labor social, y se elegirn de acuerdo con la clusula XI, artculo 44, inciso i).

Art. 23. Las convocatorias y circulares o cualquier otra comunicacin que gire la Mesa Directiva a los asociados slo sern vlidas si estn firmadas por el presidente y secretario de la asociacin o en ausencia de stos por los suplentes.

Art. 24. Cualquier solicitud de la Mesa Directiva a la Comisin de Honor y Justicia, al comit de vigilancia, o a cualquiera de los dems organismos que funcionen, deber hacerse por escrito y firmada segn el artculo 23, obteniendo el correspondiente acuse de recibo. En caso de que la solicitud sea para aprobacin de actos que as lo requieran, la contestacin deber de ser por escrito y firmada por el principal de cualquiera de los organismos a quien va dirigida o en su caso por cualquiera de los que le siguen, y posteriormente ratificndola los principales. La contestacin a la Mesa Directiva deber ser en un plazo no mayor de diez das a la fecha del acuse de recibo; si pasado ese tiempo no se recibe contestacin alguna, la Mesa Directiva quedar en libertad de actuar segn su criterio.

Clusula IX

De las facultades de la mesa directiva

Art. 25. La Mesa Directiva tendr las siguientes facultades:

a) Representar legalmente a la asociacin, por s o por medio de los apoderados o delegados que designe ante las autoridades federales, estatales o municipales, as como ante toda clase

de instituciones particulares, personas fsicas o morales, etc., con el poder ms amplio y general;

b) Ejecutar actos de dominio en lo relativo a bienes muebles de la asociacin, dentro de, los lmites del presupuesto de ingresos y egresos aprobados por la asamblea general o extraordinaria de asociados de acuerdo con la clusula XII del artculo 52 y previa aprobacin del Comit de Vigilancia;

c) Ejecutar actos de dominio en lo relativo a los bienes inmuebles de la asociacin, previa aprobacin del sesenta por ciento de los asistentes de la asamblea de asociados y de acuerdo con la clusula XII, artculo 52, estableciendo el caso como nico punto de la orden del da y contando de antemano con la autorizacin por escrito del Comit de Vigilancia;

d) Establecer oficinas en ..............................................., as como adquirir en propiedad o tomar en arrendamiento los inmuebles necesarios para la realizacin de los fines de la asociacin, dentro de los lmites del presupuesto de ingresos y egresos aprobado por la asamblea de asociados para cada ejercicio;

e) Celebrar los contratos y ejecutar los actos que tiendan a la realizacin de los fines de la asociacin, de acuerdo con el comit correspondiente en su caso. Los contratos que n o impliquen actos de dominio, debern ser firmados por el presidente y el tesorero de la asociacin. Para los contratos que impliquen actos de dominio, deber seguirse el trmite previsto en los incisos b) y c) de este mismo artculo;

f) Designar las comisiones que estime necesarias para el desarrollo y ejecucin de los trabajos de la asociacin. Todas las comisiones debern estar presididas por un miembro de la mesa directiva;

g) Aceptar y rechazar el ingreso, y decretar provisionalmente la exclusin de asociados, en los trminos de los artculos 9o. y 13 de estos estatutos;

h) Nombrar y renovar libremente a personal de la asociacin, as como sealarles sus obligaciones y sus remuneraciones dentro de los lmites del presupuesto de ingresos y egresos aprobado por la asamblea de asociados en cada ejercicio;

i) Sostener relaciones con otras asociaciones que tengan problemas comunes y persigan los mismos fines, y

j) Convocar a asamblea general extraordinaria de asociados cuando lo consi ere pertinente. d

Clusula X

De las obligaciones de la mesa directiva

Art. 26. Son obligaciones de la Mesa Directiva de la asociacin las siguientes:

a) Celebrar sesin ordinaria cada semana, los principales de la Mesa Directiva; y cada mes, los mismos ms los suplentes, la Comisin de Honor y Justicia, el Comit de Vigilancia y los representantes de andador. En la hora que ms convenga para que asistan todos y de preferencia en el lugar de las oficinas de la asociacin si las hubiere, caso contrario en el lugar que fijen. Los prosecretarios debern asistir a las sesiones semanales en ausencia de los principales;

b) Celebrar reuniones extraordinarias en los casos que lo ameriten a juicio del presidente o vicepresidente en ausencia del primero, o a juicio de tres miembros de la Mesa Directiva. Todos los acuerdos de la Mesa Directiva, se tomarn por mayora de votos de tos presentes. En caso de un empate en la votacin, el presidente de la asociacin, o quien le supla tendr voto de calidad. Las decisiones de la Mesa Directiva sern vlidas cuando se tomen en sesiones ordinarias o extraordinarias con la asistencia del cincuenta por ciento ms uno, de todos los ejecutivos de la propia Mesa Directiva, o en ausencia de algunos de ellos por sus suplentes. De igual manera se proceder en las sesiones mensuales de la Mesa Directiva y dems organismos. La falta injustificada a tres sesiones consecutivas ordinarias de cualquier miembro de la Mesa Directiva, ser motivo para que sea removido de su cargo;

c) Formular los reglamentos interiores de la asociacin;

d) Formular el programa anual de actividades de la asociacin, para someterlo a la consideracin y aprobacin, si se procede, de k asamblea de asociados;

e) Las dems que se deriven de estos estatutos y de los reglamentos interiores de la asociacin, y

f) Editar un rgano informativo de la asociacin.

Art. 27. Son obligaciones del presidente y vicepresidente:

a) A falta de designacin especial de otra persona o comisin te corresponder la representacin legal y ejecucin de las resoluciones de la propia mesa directiva y de las asambleas de asociados;

b) Presidir las sesiones de la Mesa Directiva de la asociacin y firmar las actas correspondientes;

c) Convocar y organizar, conjuntamente con el secretario, las asambleas generales y extraordinarias de los asociados;

d) Presidir las asambleas generales y extraordinarias de asociados y firmar las actas correspondientes, y

e) Rendir un informe en las asambleas generales de asociados, sobre las actividades desarrolladas en los siguientes aspectos: 1o., financiero; 2o., administrativo, y 3o., social.

Art. 28. Al secretario de la asociacin y prosecretario, le correspondern las siguientes obligaciones:

a) Llevar al da: el libro de actas de las sesiones de la Mesa Directiva; 2. El libro de actas de las asambleas de asociados; 3. El registro de asociados; 4. Los dems libros que deba llevar una asociacin civil conforme a la ley; 5. La correspondencia y archivo de la asociacin; 6. Los registros de planillas y candidatos para elecciones;

b) Tener toda la documentacin a su cargo disponible para ser inspeccionada por la Comisin de Honor, el Comit de Vigilancia o por cualquiera de los miembros de la Mesa Directiva, en el momento en que lo consideren stos conveniente;

c) Fungir como secretario en las sesiones de la Mesa Directiva y en las asambleas de asociados convocadas por la Mesa Directiva, y f mar las actas correspondientes, y

d) Colaborar con el presidente de la organizacin de las asambleas ordinarias y extraordinarias de asociados, convocadas por la Mesa Directiva.

Art. 29. Son obligaciones del tesorero y protesorero:

a) Preparar para someter a la consideracin de las asambleas de asociados para su aprobacin, previo examen y autorizacin por parte del Comit de Vigilancia, el presupuesto anual de ingresos y egresos para el prximo ejercicio;

b) Presentar durante las asambleas de asociados un balance detallado de los ingresos y egresos de la asociacin, correspondiente al semestre que termina, aprobado por el Comit de Vigilancia;

c) Llevar al da la contabilidad de la asociacin;

d) Efectuar el manejo de todos los fondos de La Asociacin; dicho manejo deber de ser hecho precisamente a travs de una institucin bancaria por medio de cuentas que sean necesarias. Los fondos que ingresen a la tesorera de La Asociacin, debern ser depositados el mism d o fa o a ms tardar al d fa siguiente hbil.

En efectivo se mantendrn solamente los fondos necesarios para cubrir los egresos menores, dentro de los lmites que fije el Comit de Vigilancia. Para el retiro de fondos se requerirn documentos nominativos con las firmas mancomunadas de los siguientes de La Asociacin: del presidente, tesorero y el principal del Comit de Vigilancia. En ausencia de algunos de ellos, podrn firmar los documentos: el vicepresidente, tesorero y principal del Comit de Vigilancia. El presidente, protesorero y principal del Comit de Vigilancia. El presidente, tesorero y uno de los miembros del Comit de Vigilancia. Posteriormente los principales debern ratificar con su firma los movimientos de los documentos que se firmaron en su ausencia;

e) Cuidar que los asociados se encuentren al corriente de sus cuotas y hacer las gestiones pertinentes para la regulacin de los morosos. Cuidar igualmente que La Asociacin se encuentre siempre al corriente en sus obligaciones y pagos, y

f) Cuidar que la documentacin a su cargo se encuentre siempre al da y disponible para ser inspeccionada por el Comit de Vigilancia en el momento que lo considere pertinente o por cualquier miembro de La Asociacin que lo solicite.

Art. 30. Son obligaciones del secretario y prosecretario de relaciones de La Asociacin:

a) Promover y fomentar por todos los medios a su alcance, las buenas relaciones entre los asociados. Organizar juntas mensuales por andador con la asistencia de uno o ms miembros de la Mesa Directiva, ya sean principales o suplentes, previa orden del da que se aprobar en las sesiones;

b) Fomentar las relaciones entre los representantes de andador y los miembros de la Mesa Directiva;

c) Iniciar las relaciones entre las dems asociaciones similares y las colonias circunvecinas a ..............................................., y

d) Organizar los actos cvicos, sociales y culturales coordinadamente con las secretaras de relaciones, deportes, autoridades civiles y escolares.

Art. 31. Son obligaciones del secretario y prosecretario de Educacin:

a) Fomentar por todos los medios a su alcance la educacin, cultura y enseanza entre los habitantes de ...............................................;

b) Tramitar en coordinacin con el presidente o vicepresidente de la Mesa Directiva o (si la hubiere) o con las dems comisiones que se nombren para el efecto, ante las autoridades educativas federales o estatales, todos los asuntos relacionados con la construccin, ampliaciones, mobiliarios y maestros;

c) Estar siempre en contacto con La Asociacin de padres de familia, e informar de sus problemas a la Mesa Directiva relacionados con cuotas, festivales, etc., as como de la moral de los maestros y directores de la escuela, y

d) Organizar en coordinacin con las secretaras de relaciones, deportes, autoridades civiles y escolares los actos cvicos, sociales y culturales que se proyecten en ............................ ....................

Art. 32. Son obligaciones del secretario y prosecretario de Deportes: | | ) Fomentar el deporte en todos sus aspectos, formando ligas de las distintas ramas del deporte que se practique;

b) Infundir en la juventud conciencia clara de los deberes cvicos y normas de las buenas costumbres y honradez dentro y fuera del deporte;

c) Organizar juntas deportivas con asociaciones y poblados circunvecinos;

d) Organizar en coordinacin con las Secretaras de Educacin y Relaciones, as como con las autoridades civiles y escolares los actos cvicos, sociales y culturales, y

e) En coordinacin con la Mesa Directiva y comisiones que se formen, buscar por todos los medios a su alcance o conseguir campos deportivos para la colonia de ................................................

Art. 33. Son obligaciones del secretario y prosecretario de Sanidad de La Asociacin, vigilar y orientar con amplias facultades, sobre la limpieza y el buen aspecto de la Ciudad, adems:

a) Vigilar la limpieza de la cisterna y el buen funcionamiento de la planta de bombeo y tubos de alimentacin;

b) Organizar el servicio de limpia de acuerdo con las necesidades de la ciudad, y

c) Vigilar y exigir la limpieza de los andadores y calles de la ciudad, y el buen funcionamiento de los drenajes.

Art. 34. El comit de vigilancia estar formado por tres asociados, un principal y dos auxiliares, de preferencia, cuando menos uno de ellos debe de ser contador o auxiliar de contador.

Art. 35. Son facultades del Comit de Vigilancia.

a) Revisar cada vez que lo estime conveniente los libros, documentos o inventarios del patrimonio de La Asociacin;

b) Solicitar de la Comisin de Honor convoque a asamblea general extraordinaria de asociados, para denunciar cualquier irregularidad observada en la administracin del patrimonio de La Asociacin;

c) Vigilar la conducta de cada uno de los miembros de la Mesa Directiva, y

d) Supervisar el desarrollo de las elecciones de la Mesa Directiva y sus organismos.

Art. 36. Son obligaciones del Comit de Vigilancia:

a) Revisar y aprobar en su caso los balances semestrales y presupuestos anuales de La Asociacin;

b) Estudiar y autorizar en su caso las solicitudes de la Mesa Directiva, para ejecutar actos de dominio, sobre bienes muebles de La Asociacin;

c) Estudiar y autorizar en su caso las solicitudes de la Mesa Directiva, para ejecutar actos de dominio, sobre bienes inmuebles de la asociacin, para ser sometidos a la aprobacin de la asamblea general extraordinaria convocada para el efecto, e

d) Intervenir en las sesiones de la Mesa Directiva, con voz pero sin voto, y realizar las comisiones que le encomiende la Mesa Directiva, encaminados a la realizacin de los fines a que se refiere el artculo 5o. de estos estatutos.

Art. 37. Las aprobaciones y autorizaciones de este comit debern ser firmadas por su presidente y uno de sus auxiliares o en ausencia W presidente, bastar con la firma de los dos auxiliares.

Art. 38. Este comit durar dos aos y se renovar de acuerdo con la clusula VIII.

Art. 39. La Comisin de Honor y Justicia, estar integrada en principio por tres miembros activos de La Asociacin.

Art. 40. Son funciones de la Comisin de Honor y Justicia: