El teletrabajo

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EL TELETRABAJO

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EL TELETRABAJO

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1. El Teletrabajo y el Trabajo a Domicilio. ¿Además, en este punto, responda Y SUSTENTE su posición RESPECTO DE LA FACTIBILIDAD de que el teletrabajador tenga acceso a beneficios sociales (GRATIFICACIONES, VACACIONES, CTS?)

Estos 3 elementos necesariamente no concurrir para determinar si alguien es trabajador por lo tanto no tendrá beneficios sociales: :

Existencia una relación personal y

directa

Pago de una remuneración

Subordinación.

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El teletrabajo es confundido normalmente con el trabajo a domicilio la diferencia fundamental entre "trabajo a domicilio" y "teletrabajo" es la preponderancia de la informática y las telecomunicaciones en la realización del teletrabajo. Bien me enfocare a explicar el teletrabajo, el definirlo resultada más difícil de lo que parece. La mayoría de la gente entiende que la palabra implica trabajo a distancia, pero eso no es, evidentemente, todo. La dificultad estriba en la falta de una definición generalmente aceptada. Por un lado la palabra es utilizada con significados ligeramente diferentes, y por otro, términos con significados muy similares al del teletrabajo son de uso común. El Teletrabajo llamado también trabajo a distancia es que es una modalidad de prestación de servicios subordinados sea en el ámbito privado o público que se caracteriza por el uso de las tecnologías de información y comunicación.

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A diferencia de otros países, en el nuestro no es muy utilizado aunque se encuentra regulado recientemente por ley, donde se observa que dicha ley se caracteriza por el desempeño de actividades laborales de manera subordinada sin que medie presencia física del trabajador en el centro de labores, el cual podrá realizar su trabajo mediante el uso de medios informáticos, de telecomunicaciones u otros análogos.

El Teletrabajo permite aprovechar mejor las ventajas que ofrece tanto para la empresa, el empleado y la sociedad en general. Hasta ahora, el hombre buscaba el trabajo. Lo ideal sería que el trabajo buscara al hombre, debiendo ser la persona el que decidiera, en cada momento, sobre qué ámbito o entorno actuar.

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2. El impacto de la nueva Ley sobre Teletrabajo en el Perú (Ley 30036), tanto en la actividad privada pero con MAYORÉNFASIS ENFOQUE el sector público.

Esta ley tiene como propósito regular el teletrabajo como una modalidad de prestación de servicios subordinados caracterizada por el uso de las tecnologías de la información y telecomunicaciones, tanto en el ámbito público como privado.

En la modalidad especial de teletrabajo, la prestación de servicios se efectúa sin presencia física del trabajador en el centro de trabajo, siendo que la empresa se comunica y ejerce su poder de dirección sobre el teletrabajador mediante medios informáticos.

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La Ley N° 30036 ha establecido que el teletrabajo es de carácter voluntario y reversible. Así, el empleador puede variar la prestación de servicios de una modalidad presencial a una de teletrabajo sólo si el trabajador manifiesta previamente su consentimiento.

Ahora bien, la Ley no indica el tiempo que debe mediar entre la aceptación por parte del trabajador del cambio de modalidad a teletrabajo y la solicitud para volver al centro de labores

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La Ley tampoco señala el tipo de razones que el teletrabajador puede presentar para sustentar su pedido, sin embargo, sí indica expresamente que el empleador puede denegar dicha solicitud en uso de su facultad directriz. El empleador puede decidir que el teletrabajador vuelva a prestar sus servicios con asistencia física al centro de labores si acredita que no se han alcanzado los objetivos de la actividad bajo la modalidad de teletrabajo.

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En el Texto Sustitutorio del Proyecto de Ley de fecha 04 de abril de 2013 el empleador sólo podía sustentar la citada variación sobre la base de “razones de organización del trabajo”, sin embargo, las versiones posteriores del Proyecto de Ley ampliaron dicho supuesto, siendo que, de acuerdo a la Ley publicada sólo bastaría que el empleador presente “razones debidamente sustentadas” . En cuanto a la reversibilidad, el teletrabajador, de considerarlo conveniente, puede solicitar al empleador volver a prestar servicios de manera presencial.

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Como ya hemos podido ver, el teletrabajo es una tendencia en auge en Latinoamérica. En la mayoría de los países esta medida de conciliación ha sido impulsada, en primer lugar, por empresas privadas, que han identificado las necesidades de sus empleados relacionadas con la movilidad y un mejor equilibrio entre la vida personal y laboral. Pero además, también ha sido apoyada por los gobiernos nacionales.

Perú es uno de los países donde el teletrabajo está aumentando de forma considerable. En este país existe un proyecto de Ley para regular el teletrabajo

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Hoy en día el mayor impulso del teletrabajo en este país viene del sector privado. Ahora el sector Publico También podrá usar el Teletrabajo para modernizar el Estado, para promover el rendimiento y la productividad de los trabajadores públicos y privados. Ayudará a elevar los niveles de empleo, pues beneficiará a muchos grupos de la población con dificultades para acceder y mantenerse en un empleo, como las personas con discapacidad, las madres solas o con hijos pequeños, los trabajadores de lugares alejados, etcétera. Todo dependerá de una buena reglamentación. La palabra la tiene ahora el Ejecutivo.

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Estaremos vigilantes, fiscalizando. Actualmente el Ministerio de Trabajo está aplicando estas norma con la finalidad que toda persona que tenga impedimento, discapacitados, entre otros tengan acceso a un trabajo, como se mencionó el sector privado dio la iniciativa aplicando el teletrabajo, el sector publico esta recién asimilando estas ley, esperamos en los próximos años se concretice y veremos si realmente se aplica a este sector.