El contrato de trabajo

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Mario Martínez Y Lourdes Lozano

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Mario Martínez Y Lourdes Lozano

1.DEFINICIÓN Y CARACTERISTICAS

• Definición: Es un acuerdo por el que una persona, que es el trabajador, presta sus servicios a cambio de un salario.

• Características: – Bilateral: Son dos partes, el empresario y el trabajador.

– Recíproco: Ambas, se dan mutuamente.– Oneroso: A cambio de partes cambian trabajo se da dinero.– Normando: El contrato es todo legal.– Consensuado: Ambas partes están de acuerdo con el contrato.

Contratos que han de formalizarse por escrito

- Los de prácticas y para la formación.- Los contratos a tiempo parcial.- Contratos por obra o servicio.- Contratos por inserción.- Contratos de trabajo a domicilio.- Contrato de duración superior a 4 semanas.- Contrato celebrado en España por empresas

españolas para prestar servicios en el extranjero.

- Aquellos otros en los que así exija una disposición legal.

2.SUJETOS DEL CONTRATO DE TRABAJO

• El trabajador: Persona física mayor de 18 años que firma un contrato de trabajo.

• El empresario: Toda persona física que contrata a trabajadores.

EDADEDAD: Pueden firmar un contrato de trabajo lo que tienen 18 años, y si tienen 16 los padres deben firmar una autorización.

EMANCIPACIÓNEMANCIPACIÓN: Mayoría de edad, matrimonio al menor, si tus padres firman para que te cuenten como mayor de edad y por concesión legal.

NACIONALIDAD:NACIONALIDAD: -Nacionales: miembros de algún estado de la UE.

-Extranjeros: es necesario que tengan permiso de trabajo y residencia.

3.ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO

1. Lugar de trabajo.

2. Grupo profesional del trabajador.

3. Duración del contrato.

4. Período de prueba.

5. Duración de la jornada.

6. Horario.

7. Duración de las vacaciones.

8. Salario.

4.PERÍODO DE PRUEBA

En un contrato de trabajo existe la posibilidad de establecer un período de prueba.

Este período de prueba favorece al empresario. Este suele necesitar un cierto tiempo para comprobar si el trabajador vale o no para el puesto de trabajo.

La duración del período de prueba será la que las partes acuerden dentro de unos límites máximos que vendrán recogidos en el convenio colectivo de aplicación. De no existir estos la LET recoge unos períodos máximos:

- Seis meses para los técnicos titulados

- Para los demás trabajadores:

1. Dos meses en empresas de 25 o más trabajadores.

2. Tres meses en empresas de menos de 25 trabajadores.

La finalidad de dicho período es comprobar las aptitudes del trabajador.

5.TIPOS DE CONTRATO1. Contrato formativo: contrato para la formación y contrato en prácticas.

2. Contrato temporal: por obra, servicio o eventual.

CONTRATO DE TRABAJO EN PRÁCTICAS

La finalidad es proporcionar práctica profesional adecuada a los estudios cursados por los trabajadores. El puesto de trabajo deberá permitir poner en práctica los conocimientos adquiridos con los estudios cursados por el trabajador.

Requisitos: - Licenciado universitario, ingeniero o arquitecto.

- Diplomado universitario, ingeniero técnico o arquitecto técnico.

- Técnico de grado medio o superior de Formación Profesional Reglada.

Duración: Duración máxima de 2 años y mínimo 6 meses.

Período de prueba: 2 meses para titulados superiores y 1 mes para los medios.

Salarios e indemnizaciones: no puede ser inferior al 60 o 75% durante el 1º o 2º año.

CONTRATO DE TRABAJO

PARA LA FORMACIÓN

- Su finalidad es la formación teórica y práctica necesaria, asociada a un oficio.

Requisitos: El trabajador no deberá tener más de 21 años. El trabajador no ha de tener titulación que guarde relación con el oficio a desempeñar.

Jornada de trabajo: Formación teórica fuera del puesto de trabajo y dentro de la jornada laboral. La formación teórica será inferior al 15 % de la jornada máxima.

6.TRABAJOS EXCLUIDOS DE LA LEGISLACIÓN

LABORAL•Funcionarios públicos.

•Consejeros o miembros del consejo de administración.

•Trabajos realizados a titulo de amistad o benevolencia.

•Trabajos familiares.

•Personas que intervengan en operaciones mercantiles.

•Servicios de transporte.

7.RELACIONES LABORALES DE CARÁCTER ESPECIAL

•Personal de alta dirección.

•Servicio del hogar familiar.

•Penados en instituciones penitenciarias.

•Deportistas profesionales.

•Artistas en espectáculos públicos.

•Personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios sin asumir riegos.

•Minusválidos que presten sus servicios en centros especiales de empleo.

•Estibadores portuarios.

8.VACACIONES

Se reconoce a todos los trabajadores el derecho a las vacaciones anuales retribuidas, estando prohibido su compensación económica.

LA duración de las vacaciones será la fijada por el convenio colectivo o en su caso el contrato de trabajo, no pudiendo ser inferior a 30 días naturales por año trabajado.

La fijación de la fecha de vacaciones será por acuerdo entre el trabajador y el empresario teniendo en cuenta el convenio colectivo. En este sentido, el trabajador tiene derecho a conocer la fecha de disfrute de vacaciones con al menos dos meses de antelación.

9.FIESTAS LABORALES

1º FIESTAS LABORALES NACIONALES:

-25 de diciembre, 1 de enero, 1 de mayo y 12 de octubre.

2º NACIONALES:

-Viernes santo, 15 de agosto, 1 de noviembre, 6 y 8 de diciembre.

3º AUTONOMICAS:

-19 de marzo y 9 de octubre.

4º LOCALES:

-Son las propias de la localidad y como máximo son dos al año.

10.PERMISOS RETRIBUIDOS

1. Matrimonio: 15 días naturales.

2. Nacimiento de hijo, enfermedad grave o fallecimiento de familiar: 2 días.

3. Traslado del domicilio habitual: 1 día.

4. Cumplimiento de deber de carácter público y personal.

5. Funciones sindicales o de representación de personal. Según lo dispuesto en el convenio.

6. Lactancia de un menor de 9 meses: Una hora de ausencia en el trabajo.

7. Cuidado de hijos o cualquier familiar: reducción de jornada y de salario.

8. Permisos para acudir a examen: siempre que se cursen estudios para obtener titulación académica o profesional.

9. Desplazamiento a población distinta de su lugar de residencia: 4 días laborales por cada tres meses de desplazamiento.

10. Durante plazo de preaviso del despido objetivo: 6 horas semanales para buscar empleo.

11. Permiso para exámenes prenatales y reconocimiento preparto: para mujeres embarazadas.