Eficiencia Energética en Edificios - La regulación española

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en ESPAÑOL Barcelona-Spain julio 2008 Paola Pezzini CITCEA-UPC EFICIENCIA ENERGÉTICA EFICIENCIA ENERGÉTICA EDIFICIOS EDIFICIOS

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Durante los últimos años la Comunidad Europea ha puesto mucho énfasis en la necesidad de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, en gran parte relacionadas con el aumento del consumo energético a nivel mundial. Más del 40% del consumo final de energía de la Unión Europea está ligado al sector residencial y terciario. Teniendo en cuenta que este es un sector en expansión, parece evidente que el consumo y en consecuencia las emisiones de CO2 tenderán a aumentar. Con el objetivo de mejorar el rendimiento energético de los edificios se ha lanzado la DIRECTIVA 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo del 16 de Diciembre del 2002 sobre la Eficiencia Energética de los Edificios (DEEE). El sector residencial y terciario tiene el mayor potencial de ahorro y eficiencia energética realizando inversiones económicas razonables. Con tecnología conocida y de eficacia demostrada, las pérdidas energéticas de los edificios pueden ser reducidas hasta un 90%. En España, el nuevo CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN (CTE) responde a algunas de las necesidades anteriormente descritas. Fue publicado el 27/03/2006 para su entrada en vigor 6 meses después. El CTE incluye el Documento Básico de Habitabilidad y Energía (HE), que hace referencia al ahorro energético en la edificación. Establece las reglas y los procedimientos que permitirán cumplir las exigencias básicas de ahorro energético, así como establecer una metodología de cálculo para comprobar si se cumplen los requisitos de limitación de la demanda energética (descritos en el mismo documento).

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Barcelona-Spainjulio 2008

Paola Pezzini

CITCEA-UPC

EFICIENCIA ENERGÉTICA EFICIENCIA ENERGÉTICA EDIFICIOSEDIFICIOS

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Introducción

Durante los últimos años la Comunidad Europea ha puesto mucho énfasis en la necesidad de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, en gran parte relacionadas con el aumento del consumo energético a nivel mundial.

Más del 40% del consumo final de energía de la Unión Europea está ligado al sector residencial y terciario. Teniendo en cuenta que este es un sector en expansión, parece evidente que el consumo y en consecuencia las emisiones de CO2 tenderán a aumentar.

LA EFICIENCIA ENERGÉTICA en este sector es de VITAL IMPORTANCIANecesidad de reducción y racionalización de los consumos energéticos imputables a la gestión de los edificios.

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Introducción

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Introducción: Eficiencia Energética La energía consumida en los edificios sirve para satisfacer

necesidades diversas, tales como la calefacción, la climatización de verano, la producción de ACS, la ventilación, la iluminación y otros sistemas técnicos del género.

Localización geográfica y

geometría del edificio

Condiciones climáticas externas y condiciones internas de

bienestar térmico

Materiales de construcción

utilizados

Instalaciones técnicas de

climatización

4 ÁMBITOS

EFICIENCIA ENERGÉTICA

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Para mejorar el rendimiento energético de los edificios de la CE se ha escrito la DIRECTIVA 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo del 16 de Diciembre del 2002 sobre la Eficiencia Energética de los Edificios (DEEE).

La Directiva tiene su origen en el Protocolo de Kyoto, emitido por la CEE, por el cual se regulan las emisiones de CO2 de los Estados implicados.

Se escoge el sector residencial y terciario ya que es el que tiene un mayor potencial para el ahorro y la eficiencia energética, contando con inversiones económicas razonables. Con tecnología conocida y de eficacia demostrada, las pérdidas energéticas de los edificios pueden ser reducidas hasta un 90%.

Situación Europea: Directiva 2002/91/CE

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Situación Europea: Directiva 2002/91/CE

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Situación Española

El nuevo CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN (CTE) responde a algunas de las necesidades anteriormente descritas. Entrada en vigor en 6 meses a partir de su publicación en el BOE. Aprobado el 17 de Marzo y publicado en el BOE el 27/03/2006.

El CTE incluye el Documento Básico de Habitabilidad y Energía (HE), que hace referencia al ahorro energético en la edificación. Establece las reglas y los procedimientos que permitirán cumplir las exigencias básicas de ahorro energético, así como establecer una metodología de cálculo para comprobar si se cumplen los requisitos de limitación de la demanda energética (descritos en el mismo documento).

REAL DECRETO 47/2007 de CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA de edificios de nueva construcción.

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Situación Española: CTE

Documento compuesto de dos partes:– Documento 1: REQUISITOS BÁSICOS

• Funcionalidad: utilización, accesibilidad, audiovisuales, etc.;• Seguridad: estructural, contra incendios, utilización, etc.;• Habitabilidad: higiene, salud, protección medio ambiente,

ahorro de energía, ruido, etc.;

– Documento 2: METODOLOGÍA PRESCRIPTIVA que asegura el cumplimiento de los RB.

• Se acepta una VISIÓN PRESTACIONAL: deja vías abiertas de innovación siempre y cuando se cumplan los RB establecidos en el Documento 1.

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Capítulo 3, Artículo 15: Exigencias básicas de ahorro de energía (HE):– HE 1: Limitación de demanda energética– HE 2: Rendimiento de las instalaciones térmicas – HE 3: Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación– HE 4: Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria– HE 5: Contribución fotovoltaica de energía eléctrica.

• El CTE deroga las Normas Básicas de la Edificación. (NBE-CT-79: Condiciones Térmicas en los Edificios).

• Se crea Comisión Permanente para el seguimiento del Código: novedad.

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Demanda edificio referencia (DER)

CUMPLE REQUISITO DE DEMANDA ENERGÉTICA, HE1

REQUISITOS MÍNIMOS

Valores límite de cubiertas, suelos y fachadas

¿Cumple requisitos?

NO

Demanda edificio objeto (DEO)

¿DEO<DER?NO

MO

DIF

ICA

R D

ISS

O

Vía simplificada o prescriptiva Vía general o prestacional

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EJEMPLO CTEEJEMPLO CTE

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Situación Española: CTE

EJEMPLO CTEEJEMPLO CTE

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Situación Española: CTE

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Situación Española: R.D. 47/2007• CALIFICACIÓN ENERGÉTICA: Expresión del consumo de energía que se estima

necesario para satisfacer la demanda energética del edificio en unas condiciones normales de funcionamiento y ocupación.

• CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA: Proceso por el cual se verifica la conformidad de la calificación energética obtenida por el edificio con el proyecto y el edificio acabado respectivamente y que conduce a la expedición de un certificado de eficiencia energética del edificio acabado.

– El objetivo del certificado de eficiencia energética es simplemente el de dar información sobre la eficiencia energética del edificio.

CONTROL EXTERNO: Organismos o Entidades de Control acreditadas o técnicos independientes calificados conforme lo que establezca el órgano competente de la Comunidad Autónoma.

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Se APLICA a: todos los edificios de nueva construcción.

Se EXCLUYEN:– Edificaciones que por sus características de utilización tendrán

que permanecer abiertas;– Construcciones provisionales con un plazo previsto de

utilización igual o inferior a 2 años;– Edificios industriales y agrícolas, en la parte destinada a los

procesos industriales, agrícolas o de otro tipo;– Edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50m2.

Situación Española: R.D. 47/2007

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El CERTIFICADO de EFICIENCIA ENERGÉTICA contendrá, como mínimo:

– Identificación del edificio;– Indicación de la normativa energética les es de

aplicación en el momento de su construcción;– Procedimiento de referencia o alternativo utilizado;– Descripción de las características energéticas del

edificio, evolvente térmica, instalaciones, condiciones normales de funcionamiento y ocupación y otros datos utilizados para obtener la calificación energética del edificio;

– Calificación energética del edificio expresada mediante la etiqueta normalizada.

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• ETIQUETA de CERTIFICACIÓN:-Formato normalizado;-Zona climática (HE1 – CTE);-Programa informático empleado;-Plazo de validez;-Consumo energía primaria: -Índice de calificación energética:

kWh/año o kWh/(año·m2)kgCO2/año o kgCO2 /(año· m2)

- Cociente entre el consumo de energía primaria (o emisiones de CO2) del edificio a certificar y el consumo de energía primaria (o emisiones de CO2) del edificio de referencia.- Clasificación A-B-C-D-E-F-G

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La opción simplificada consiste en la obtención de una clase de eficiencia a partir del cumplimiento por parte de los edificios afectados de unas prescripciones relativas tanto a la envolvente del edificio como a los sistemas térmicos de calefacción, refrigeración, agua caliente sanitaria e iluminación.

El conjunto de estas prescripciones se denomina solución técnica.

Para la utilización de la opción simplificada es necesaria la proposición de soluciones específicas que tendrán la consideración de documentos reconocidos previa aprobación de los mismos por parte de la Comisión Asesora par la Certificación Energética de Edificios.

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