Educación y Ciudadanía

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Contenido: Educación y Ciudadanía a.c.Clínica de Litigio Estratégico de la uaslpMecanismo Ciudadano de Seguimiento al sepasevmComité de Auditoría Social al Programa Estatal de Derechos Humanos

Revisión: Jesús Raúl Gutiérrez AmparánJosé de Jesús Pérez Martínez

IlustraciónPerla Sánchez Leija

Diseño de la publicación:César Arnulfo Reyna Ana Álvarez

Dirección:Jesús Rogelio Córdova Nava

Edita:Educación y Ciudadanía A.C.5 de mayo # 620, Barrio de San MiguelitoC.P. 78339, San Luis Potosí, México.www.educiac.org.mxVersión Digital

S u m a r io i lu str a d o de lo s de s ca y l a au ditor í a s o c i a l

Enero de 2020

«Esta publicación fue producida con el apoyo financiero de la Unión Europea. El contenido de esta publicación es responsabilidad exclusi­va de Educiac a.c. y en ningún caso debe considerarse que refleja los puntos de vista de la Unión Europea».

La reproducción parcial o total del contenido está permitida, únicamente solicitamos que cite las fuentes y otorgue los créditos corres­pondientes a Educación y Ciudadanía a.c. (Educiac)

Con ello, reafirmaremos la profesionalización y las contribuciones de la sociedad civil organizada a la generación de investigación cientí­fica con enfoque en derechos humanos, juventudes, interculturalidad y género.

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P r e s e ntac ión de E d u cac ión y C i u da da n í a

Somos una organización civil que surgió en 1998 y se constituyó legalmente en diciembre de 2004. Con otras organizaciones y actores tejemos re des, generamos espacios de participa­ción para que la ciudadanía se involucre de manera activa en la dignificación de sus condi­ciones de vida, resolución de sus conflictos y construcción de una sociedad más equitativa, in cluyente y jus ta.

Con las perspectivas de juventudes, derechos humanos, género e interculturalidad, promo­vemos el ejercicio de la ciudadanía activa, a través de la formación de capacidades ciudada­nas, incidencia en políticas públicas, contraloría social, e investigación. Las juventudes y la sociedad civil son nues tras poblaciones prioritarias.

Nuestra organización reconoce la necesidad de abrir espacios de par ticipación, donde las per sonas jóvenes desarrollen ciudadanía activa, co mo parte de su capital social y se integren a pro cesos colectivos para el reconocimiento de sus derechos en es pacios de incidencia, de ma ne ra que sus necesidades y propuestas se reflejen en la colectividad.

En Educiac trabajamos para:― Promover la educación y el ejercicio de los derechos humanos de diferentes sectores de la población.

― Generar estrategias que favorezcan la intervención de la ciudadanía en el diseño, imple­mentación y evaluación de políticas públicas.

― Participar del fortalecimiento y articulación entre las organizaciones de la sociedad civil. ― Promover la transparencia y rendición de cuentas en la gestión guber namental, median­te ejercicios de contraloría social.

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Auditoria SocialComisión Nacional de Derechos HumanosComisión Federal para la Protección Contra Riesgos SanitariosConsejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo SocialDerechos HumanosDerechos Económicos, Sociales, Culturales y AmbientalesEncuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los HogaresInstituto Nacional de Estadística y GeografíaInstituto Nacional de las MujeresOrganización de la Sociedad CivilPrograma Estatal de Derechos HumanosSecretaría de Gobernación Sistema Estatal para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las MujeresSan Luis PotosíUniversidad Autónoma de San Luis Potosí

A b r e vi at u r a s

ascndh

cofeprisconeval

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I ntrod u c c ión

El creciente número de violaciones a los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Am­bientales (desca) cometidas por acciones y omisiones del Es tado, nos ha hecho reconocer la ne cesidad de establecer mecanismos de seguimiento, evaluación y contraloría social, me­dian te acciones de Au ditoría Social (as) y monitoreo ciudadano para la mejora en sus ga ran ­tías. Ante esto, Educiac y la Maestría en Derechos Humanos de la uaslp, de manera con jun­ta, implementamos el proyecto Auditoria Social y Garantía de los desca, financiado por la Unión Europea. Este proyecto tiene co mo objetivo fortalecer la transparencia y rendición de cuentas a partir del monitoreo y la as de la garantía de los Derechos Humanos en San Luis Po tosí.

El presente Sumario Ilustrado de los desca y la Auditoría Social, tiene como objetivo ser una herra mienta informativa para las personas interesadas en los temas de auditoría social y desca . Para esto, contiene una serie de imágenes que fueron parte del proceso formativo y a su vez, resultado de los procesos participativos del proyecto. Las temáticas representadas son las siguientes: auditoría social como una herramienta de exigibilidad de los desca; liti­gio es tratégico como una alternativa de defensa de derechos humanos; así como la constitu­ción del mecanismo ciudadano de seguimiento al sepasevm y; el Comité de Auditoría Social al pedh, como or ganizaciones ciudadanas de vigilancia a las políticas públicas correspon­dientes a derechos humanos en nuestro estado.

A lo largo de dos años, «Vigilancia Ciudadana de los Derechos Humanos», nom bre público de es­te proyecto, generó estrategias de sensibilización y formación en la temática, impulsó proce­sos ciudadanos de observación y evaluación a la política pública, además que fomentó el dia logo entre di versos actores sociales para conocer la situación de vulneración con respec­to a nuestros desca. Estos procesos forman parte de la representación que a continuación se presenta, material realizado en vinculación con diversos organismos de la sociedad civil quienes se sumaron al trabajo en conjunto.

Las ilustraciones contenidas en este Sumario Ilustrado fueron realizadas por Perla Sánchez, di señadora de Educiac y colaboradora del proyecto.

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La Auditoría Social es un proceso de participación social que busca una manera de medir, entender, reportar y mejorar el desempeño de las instituciones públicas en la ejecución de cualquier plan, programa, estrategia política o presupuesto público de diversos ámbitos, además de cualquier trabajo de empresas privadas contratadas para realizar obras públicas, ayudando a cerrar las brechas entre la meta y la realidad de estas acciones. La auditoría social la puede hacer cualquier persona, de mane-ra individual o grupal, que de forma voluntaria investigue los hechos, pida información y cuentas a las autoridades sobre su gestión, manejo de recursos y eficacia de resultados, propo-niendo y negociando soluciones que beneficien en colectividad.

Es una herramienta que permite a las personas averiguar, cono cer y establecer si los bienes, los recursos y los servicios de la administración pública están siendo utilizados de la mejor manera para beneficiar a la comunidad y si están mejorando la calidad de vida de sus habitantes. Por lo tanto, la auditoría social no busca reemplazar a los órganos de control del Estado ni entorpecer el trabajo del funcionariado público, si no que busca colaborar con éstos y con las entidades públicas en el buen desempeño de sus actividades, evitando la pérdida o mal uso de recursos.

1 . Au ditor í a S o c i a l

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La auditoría social no es una confrontación a la labor de las autoridades, sino un trabajo complementario para el mejor uso de recursos, ya que,

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2. «Las organizaciones civiles y colectivos tienen mayor imaginación que el gobierno para incorporar y atender las problemáticas sociales en las políticas. Uno de los retos es vincular las agendas, políticas y acciones».

Martín Fernando Faz Mora

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Es necesario que las políticas públicas sean legitima-das mediante la participación social, y para eso

3. Necesitamos auditoría social para identificar los de-talles del uso de recursos (financieros o no) por parte de las instituciones públicas, permitiendo a la población participar en la toma de decisiones y exigir rendición de cuentas, mientras que a los entes públicos les permite realizar un verdadero ejercicio de transpa-rencia, para poder hacer un escrutinio a las iniciativas y políticas públicas en general.

Impulsar la gobernanza local democrática dando valor a la voz de las personas interesadas, llevando a cabo la as hasta donde sea posible, con el consenti-miento y entendimiento de quienes participan; así que es un proceso, no un evento.

Subsanar la falta o deficiencia voluntaria o involunta-ria del funcionariado e instituciones que se inclinan hacia el interés propio limitando, dañando y obstacu-lizando el bienestar de la población.

Contar con mecanismos donde la población pueda ejercer su derecho de exigibilidad para que la ad-ministración pública o entidades no estatales que manejan fondos públicos, hagan una gestión con total transparencia.

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A pesar de que la as tiene estas funciones bien definidas, es muy común confundirla con la evaluación de políticas públicas, pero

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4. «¿Cuál es la diferencia entre auditoría y evalua-ción? La Auditoría revisa el programa y la ejecución de su presupuesto basado en la evidencia que se ge-nera. Mientras que la evaluación puede ser de des-empeño, de resultados o de gestión. La evaluación no emite ninguna sanción, la auditoría sí».

Angélica Gay Arellano

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5 . Pa s o s pa r a h ac e r u n aAu ditor í a S o c i a l

a) Etapa previa— Organizar a la comunidad en

un proceso participativo. — Dialogar entre la comunidad e

invitar a las autoridades. — Capacitaciones sobre auditoría

social.— Formar un grupo o comité

auditor.

e) Resultados— Elaborar informes de resultados y hallazgos.— Incluir recomendaciones para mejorar.— Socializar con la ciudadanía y las autoridades.— Presentar los informes públicamente

y retroalimentar.

f ) Etapa posterior— Hacer un monitoreo y seguimiento.— Pensar en su sostenibilidad.— Contemplar los recursos humanos

y financieros que requiere.— Tener un plan de incidencia.

Entonces, ¿Cómo podemos llevar a cabo una auditoría social?

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b) Etapa inicial— Tener claro el objetivo y meta de la auditoría.— Identificar qué se va a auditar (materia o asunto).— Establecer quién será responsable de auditar

imparcialmente. —Calcular los recursos y asegurar los fondos para

continuar.

c) Planificación— Elegir la estrategia y metodología.— Identificar a partes involucradas.— Conocer la política pública relacionada— Colaborar con las autoridades

y comprometerlas.

d) Ejecución— Llevar a cabo el plan.— Recolectar y solicitar la información.— Analizar la información.— Revisar y reajustar el proceso.

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7. Los desca (Derechos Económicos, Sociales, Cultura-les y Ambientales) son Derechos Humanos de carác-ter colectivo y comunitario. Los desca se relacionan con aspectos como la seguridad social; condiciones y lugar de trabajo; la vida familiar, social y cultural; el acceso a vivienda, la alimentación, y la salud; al medio ambiente; al agua y a la educación.

La auditoría social generalmente se implementa por la existencia de alguna afectación y busca la mejora en el cumplimiento de necesidades. Algunas de ellas se vinculan directamente con derechos, por ejemplo, en la defensa de los:

desca

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Son la base mínima de bienestar que debe garantizar progresi-vamente el Estado, para que el ser humano se desarrolle en sus capacidades y tenga un nivel de vida adecuado, en los diferen-

tes ámbitos y contextos en los que se desenvuelve de manera individual y colectiva.

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8. Cuando un Estado firma un tratado Internacional, debe ha-cer efectivos los derechos humanos. Por lo tanto, los Estados deben prevenir e investigar las violaciones, sancionar a los responsables, reparar el daño a las víctimas y garantizar la no repetición.

En cuestión de desca México ha ratificado el Pacto Internacio-nal de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966, elaborado por la Asamblea General de las Naciones Unidas; y en 1998 el Protocolo de San Salvador de la Comisión Intera-mericana de Derechos Humanos, el cual agrega los derechos ambientales y de grupos específicos de población. Con lo que pasan de ser desc a desca.

Garantizar nuestros desca es responsabilidad del Estado y las autoridades.

Desde la reforma constitucional del 2011, los tratados interna-cionales de los que México es parte, están al mismo nivel que la constitución de nuestro país.

Así, México reafirma sus obligaciones de respeto, protección, garantía, y progresividad de los derechos de todas las personas.

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9. Se garantizan los desca cuando el Estado diseña y ejecuta leyes, inversiones, políticas públicas y programas a todas las personas que se encuentren en su territorio.

El Estado respeta, al no interferir en el goce de los derechos; protege, cuando impide que otras personas lo afecten; reali-za, al generar y adoptar medidas que apunten al goce de los derechos; y promueve, al impulsar su realización en los hechos.

Por lo tanto

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El Estado se encarga de prevenir que ocurran violacio-nes al desalentar y reducir factores de riesgo; investi-gar si ocurren bajo escrutinio público; sancionar a los responsables según responsabilidades, con propor-cionalidad al daño; y reparar el daño a las víctimas, restituyendo y no olvidando.

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Las violaciones a derechos humanos también se pueden evitar y/o reconocer con estrategias de difusión que acerquen la infor-mación a toda la población

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10. «En la exigencia en la mejora de servi-cios públicos hay desigualdad, debido que hay personas quienes conocen sus dere-chos y tienen las posibilidades de luchar por ellos, y hay quienes no»

Sergio Alonso Campos González

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En esta lucha, los principales objetivos son mejorar las condi-ciones de vida de las personas, dependiendo del fin que se bus-ca, se puede enfocar la lucha a diferentes bloques de derechos. Entre ellos:

El derecho a la tierra es fundamental en los dere-chos colectivos, sin acceso a la tierra las personas nos encontraríamos en una situación de insostenibilidad económica y explotación. Este derecho constituye la base para el acceso a la alimentación, la vivienda, el bienestar de los pueblos y comunidades.

El derecho a la alimentación adecuada se ejerce al tener acceso sostenible a los medios físicos y econó-micos para la obtención de una alimentación variada, suficiente, balanceada, libre de transgénicos y sustan-cias que afecten y/o modifiquen su composición. La sostenibilidad alimentaria es tener la posibilidad de acceder a los alimentos por parte de las generaciones presentes y futuras.

El derecho a la tierra brinda la garantía de utilizar, cuidar, disfrutar, compartir la tierra y sus recursos para fines colectivos; así como, resistir a procesos de explotación de ésta.

derecho a l a tierra y a l a alimentación.11. Soberanía Alimentaria:

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12. Vida Digna:derecho al trabajo, salud y educación

El Derecho al más alto nivel de salud mental, física y emocional es nuestro derecho a un estado de completo bienestar físico, mental y social, está relacionado con otros derechos, por ejemplo: a la alimen-tación, acceso a agua potable, derechos sexuales y reproductivos, a no ser sometido a torturas, a la vida privada, a la libertad de asociación, un medio ambiente sano, etc.

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El derecho a la educación posibilita la adquisición de conocimiento para la realización de múltiples actividades. La educación es un medio indispensable para gozar de otros derechos humanos, debe orientarse al desarrollo del sentido de la dignidad, debe capacitar a todas las perso-nas para participar efectivamente en una sociedad libre.

El trabajo sirve a la supervivencia de la persona y de su familia, contri-buye a su plena realización y a su reconocimiento en la comunidad. El derecho al trabajo digno corresponde a respetar los derechos funda-mentales de la persona sobre sus condiciones de seguridad laboral y remuneración.

Toda persona tiene el derecho a trabajar para vivir con dignidad.

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13. Buen vivir:el derecho al territorio, agua y medio ambiente

El buen vivir es la relación y conexión que existe entre el territorio y las personas que le habitan, el derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado es nuestro dere-cho a la posibilidad de realizar un plan de vida digna. Nuestra calidad de vida, presente y futura, la salud, nuestro patrimonio material y cultural dependen de la vida del planeta, sus recur-sos y sus especies.

De aquí que el derecho humano al agua es indispensable para vivir dignamente. Es nuestro derecho disponer de agua sufi-ciente, salubre para satisfacer las necesidades de producir ali-mentos; asegurar la higiene ambiental, personal y domés tica.

El derecho al territorio implica la totalidad del hábitat que los pueblos indígenas ocupan o utilizan, incluida la propiedad y posesión de las tierras tradicionalmente ocupadas por ellos; permitiéndoles utilizar, administrar y conservar los recursos naturales existentes en sus tierras, al consultarles para el consentimiento, o no, a los gobiernos antes de que emprendan cualquier proyecto de explotación; y a no desplazarles de las tierras que ocupan.

La dignidad y la autonomía de las personas dependen de la efectiva defensa del medio ambiente, la tierra y el agua ante la deforestación, contaminación y otras acciones humanas que pongan en peligro la naturaleza.

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14. Derecho a l a ciudad, l a vivienda y l a cultura

El derecho a la ciudad es el disfrute equitativo de las ciuda-des dentro de los principios de sustentabilidad, democracia, equidad y justicia social. Es un derecho colectivo de las y los habitantes de las ciudades, que les confiere legitimidad de acción y de organización, basado en el respeto a sus diferencias, expresiones y prácticas cul-turales, con el objetivo de alcanzar el pleno ejercicio del derecho a la libre autodeterminación y a un nivel de vida adecuado.

Incluyendo la participación en la vida cultural de toda persona sola, en asociación con otras o como una comunidad a actuar libremente; a escoger su propia identidad; a identificarse o no con una o con varias comunidades; a participar en la vida política; a ejercer sus propias prácticas culturales y a expresarse en la lengua de su elección. Mientras que la contribución a la vida cultural es el derecho de toda persona a aportar en la creación de las manifestaciones espiri-tuales, materiales, intelectuales y emocionales de la comunidad.

Para que esto sea posible tanto las personas como sus familias tienen derecho a una vivienda adecuada, in-dependientemente de la edad, la situación económi-ca, la afiliación de grupo o de otra índole, la posición social o de cualquier otro de esos factores. El derecho a la vivienda debe considerarse como el derecho a vivir en seguridad, paz y dignidad en el territorio, comunidad y/o contexto.

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1 5 . De r ec ho s de lo s p u e b lo s y c o m u n i da de s i n díg e n a s y eq u i pa r a b l e s

A la tierra y al territorio; a la protección de la propie-dad social de la tierra; a la libre determinación; a la consulta, previa libre e informada y; el respeto a su cultura, usos y costumbres. El derecho al territorio implica la totalidad del hábitat que los pueblos indí-genas ocupan o utilizan de alguna manera, incluida la propiedad y posesión de las tierras tradicionalmente ocupadas por ellos; utilizar, administrar y conservar los recursos naturales existentes en sus tierras a ser consultados y otorgar, o no consentimiento a los go-biernos antes de que emprendan cualquier proyecto de explotación; y a no ser desplazados.

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1 6 . De r ec ho a l a s eg u r i da d s o c i a l

La seguridad social desempeña un papel importante para re-ducir y mitigar la pobreza, prevenir la exclusión social y promo-ver la inclusión social debido a su carácter redistributivo. Pues incluye el derecho a obtener y mantener prestaciones sociales en efectivo, especie o por servicio, sin discriminación, con el fin de obtener protección contra: a) la falta de ingresos proce-dentes del trabajo debido a enfermedad, invalidez, materni-dad, accidente laboral, vejez o muertes familiares b) gastos excesivos de atención de salud c) apoyo familiar insuficiente, en particular para familiares a cargo. El sistema de seguridad social debe abarcar las siguientes nueve ramas principales: atención de salud, enfermedad, vejez, desempleo, accidentes laborales, prestaciones familiares, maternidad, discapacidad, sobrevivientes y huérfanos.

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1 7 . De r ec ho a l de s ca n s o, a l o c io, e s pa rc i m i e nto y r ec r e ac ión

El derecho al juego, la recreación, el descanso, el ocio, así como la participación en la vida cultural y artística no es sólo un derecho fundamental de cada persona, sino que su realización implica importantes beneficios individuales y sociales que contribuyen al desarrollo social, cultural y económico de la sociedad en su conjunto. Son derechos que quizá no considera-mos dentro del ejercicio diario en nuestras vidas, pero cuentan con una importancia, puesto que contribuyen al gozo, la diver-sión y el placer del crecimiento y el desarrollo de los diversos ámbitos de todas las personas. En la garantía del ejercicio de estos derechos es necesario tener conciencia de la importancia del juego y la recreación, del generar ambientes estimulantes y seguros, la necesidad de invertir en áreas locales amigables para la comunidad con horarios menos estructurados y progra-mados, facilitar el acceso a la naturaleza, invertir en oportuni-dades artísticas y culturales.

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1 8 . De r ec ho a l de p orte y a l a c u lt u r a f í s ica

El derecho a la cultura física y al deporte, no sólo se refiere al deporte de alto rendimiento, sino que im-plica la promoción de todas las prácticas deportivas, a todos niveles. Es un derecho que no sólo incide con una dimensión individual, sino sobre todo colectiva, por el papel que puede tener para promover una cultura sana, valores, armonía, la autoestima y una re-lación armónica con las demás personas, es decir, una cultura de paz. Asimismo, debe comprender desde las niñas y niños preescolares, pasando por todos los niveles educativos, las mujeres y los hombres, adultos mayores, personas con discapacidad y de los pue-blos indígenas, lo cual implica no sólo garantizar su acceso en las mismas condiciones, sino de promover a quienes se encuentran en una situación de rezago. Por ello, se han de ofrecer posibilidades inclusivas, adaptadas y seguras de participar en la educación física. El derecho al deporte es interdependiente, guarda estrechas relaciones con otros derechos.

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1 9 . De r ec ho a l a m ovi l i da d

El desarrollo de los espacios urbanos, y en general cualquier espacio geográfico, debe estar condicionado en garantizar la movilidad de las personas que facilite el derecho al acceso a la salud, a un medio ambien-te sano, a reducir el gasto de tiempos en la trasportación que limite la realización de otras acciones productivas o de descanso, así como a la libertad, la igualdad, la seguridad, la inclusión, como es el caso para las personas con discapacidad o adultas mayores, entre otros. Es obligación del Estado ofrecer y contar con transportes seguros, asequibles, accesi-bles y sostenibles, así como mejorar la seguridad vial para las personas en estado de vulnerabilidad, es decir, las personas que van a pie y las que se mueven en bicicleta. El fenómeno de la movilidad no es exclusivo de las grandes ciudades, sino de cualquier ubicación geográfica en la que se encuentre una persona, el libre tránsito o circulación es primordial para el desarrollo de su vida.

Estos bloques de derechos generan las mínimas condiciones para que una vida pueda considerarse digna

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2 0 . P rob l e m ática s a l a q u e no s e n f r e nta m o s s i no c onta m o s c on ga r a ntí a s de lo s de s ca

Al no contar con garantías por parte de los Estados para gozar plenamente de los desca, las personas nos enfrentamos a problemáticas como las siguientes: Desalojo, desplazamiento forzado, gentrificación, falta de vivienda, pérdida de medios de subsistencia, malnutrición, hambre, problemas de salud, discriminación en el acceso al empleo, desempleo, malas condiciones laborales, aumento del trabajo informal, modelos educativos ineficaces, contaminación del agua, sobreexplota-ción y contaminación de los recursos naturales, falta de acceso a servicios públicos básicos, pobreza y pobreza extrema. El significado preciso de «adecuación» viene determinado en bue-na medida por las condiciones sociales, económicas, culturales, climáticas, ecológicas y de otro tipo imperantes en el momen-to, mientras que el de «sostenibilidad» entraña el concepto de disponibilidad y accesibilidad a largo plazo.

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Los desca unen a las personas y propician la realizació común de la libertad y digni-dad humana.

¡Conócelos y Exígelos!

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La lucha de los pueblos y comunidades indígenas para ejercer su dere-cho a la consulta en situaciones en donde se ponga en riesgo su territorio y por ende, sus derechos culturales y ambientales, son un claro ejemplo de la organización comunitaria por la exigibilidad.

21. El Fracking es una técnica para posibilitar la extracción de hidrocarburos del subsuelo:

Una perforación de un pozo vertical a más de 2, 500 metros de profundidad.

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Por el que se inyecta, a alta presión, agua mezclada con mate-rial apuntalante y productos químicos, de modo que perfore la roca y abra una fractura controlada en el fondo del pozo.

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2 2 . ¡ N i aq u í n i a l l á !

! N i a hor a , n i n u nca !

¡ No a l f r ac k i ng e n l a h u steca p oto s i n a !

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23. Megaproyectos como este, aje-nos a la vida comunitaria, traerían consigo

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La anulacion del patrimonio natural cultural y social

Al poner en riesgo el suelo, el agua, el aire y a los orga-nismos vivos de la región.

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24. La huasteca potosina tiene escenarios suficientes (suelo y agua) para hacer pozos de exploración para conseguir petróleo o material gaseoso.

En caso de encontrarse condiciones favora-bles para la explotacion de la zona, se tiene que pensar en la vulnerabilidad de la region.

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El litigio estratégico reconoce que las violaciones a diversos grupos como mujeres, comunidades indíge-nas, jóvenes, migrantes, personas con discapacidad, entre otros, necesitan un acompañamiento integral, más allá de lo legal.

2 5 . L itig io E str atég ic o

Una de las estrategias que han sido efectivas en todo el mundo para buscar la exigencia de los desca ha sido:

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26. El litigio estratégico busca transmitir conocimientos sobre sus derechos a las víctimas, vincular a la sociedad civil y medios de comunicación, visibilizar las fallas en los sistemas de justicia y en el actuar de las autoridades.

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27. «El litigio estratégico es una herramienta de monitoreo ciudadano, que se distingue de otros litigios por reconocer las violaciones his-tóricas a diversos grupos poblacionales vulne-rados. Por lo tanto, ayuda a generar evidencia de la transgresión de los derechos humanos».

Abigail Sarahí Salvatierra Pineda

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Un ejemplo de estos grupos históricamente vulnerados son las comunidades y pueblos indígenas, a quienes se les ha excluido de la toma de decisiones a pesar de que son de los grupos poblacionales con mayor grado de marginación

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De acuerdo con datos del coneval, en el Estado de San Luis Potosí, en 2016 existían 172,290 personas (de 3 años y más) hablantes de lenguas indígenas que viven en situación de pobreza.

2 8 . C on s u lta I n díg e n a

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A pesar de ser una gran proporción de nuestra población, los pueblos y comunidades indígenas no tienen la representación correspondiente en la toma de decisiones.

Las demandas de las comunidades al Estado pueden resumirse en su derecho a participar en la vida pública desde un enfoque propio, a partir de sus propias cosmovisiones, lo cual genera reticencia en los aparatos de gobierno que se orientan común-mente por criterios liberales que presuponen igualdad jurídica y social entre todos los miembros de la sociedad.

2 9 . E l de r ec ho a l a pa rtic i pac ión p ol ítica de lo s p u e b lo s i n díg e n a s

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30. En San Luis Potosí se cuenta con una legislación indigenista producto de reivindicaciones y luchas de los propios pueblos, quienes obtuvieron el reconoci-miento normativo del derecho a la justicia y a la consulta previa. Pese a la existen-cia de leyes de derechos de cultura indígena, su aplicación es apenas incipiente.

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Así que,

31. Los Estados tiene la obligación de garantizar el disfrute de todos los derechos de los pueblos indígenas, sin que ello signi-fique una pérdida de su identidad, por lo que ciertas acciones deben adecuarse a la forma de vida propia de las comunidades indígenas.

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32. Todos los pueblos y comunidades indígenas cuen-tan con derechos humanos como la no discriminación, a elegir y mantener sus formas de organización, a ser consultados antes de aprobar cualquier ley que pue-da afectar sus derechos y forma de vida, a la participa-ción en la vida política del Estado, entre otros.

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Otro grupo poblacional que ha sufrido una violencia histórica a sus dere-chos, son las mujeres, especialmente en cuestiones sexuales y reproduc-tivas. Las mismas instituciones gubernamentales se han encargado de limitar o restringir la garantía de derechos en situaciones que tienen que ver con la manera en que deciden cuidar su cuerpo.

33. En febrero de 2016 la página oficial de la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (cofepris) publicó el documento sobre la Alerta Sanitaria, donde previene una supuesta peligrosidad en el uso de la copa menstrual, sin una aparente investigación científica.

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Lo que vulnera el derecho a la información contenido en el artículo sexto Constitucional, que reconoce como una obliga-ción del Estado y con ello de sus instituciones a garantizar el acceso a la información de la población en materia sanitaria, con criterios científicos y adecuados.

Con esta restricción, la cofepris no garantiza las condiciones materiales para que las mujeres tengan un derecho a la salud de forma plena.

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34. En 2016, cofepris emitió una alerta sanitaria que prohíbe la comercialización de las copas menstruales, fijando multas altísimas para quienes la vendan.

Con un juicio de amparo promovido por la Clínica de Litigio Estratégico de la Maestría en Derechos Humanos de la uaslp, se solicitó la revisión de esta alerta debido a que violenta el de-recho humano a la salud de las mujeres y el derecho al trabajo de quienes la venden; además de que la cofepris excede su competencia de sanción como autoridad administrativa.

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Y aunque se prohíbe el uso de la copa, no se advierte nada sobre los riesgos de otros productos cuyo uso sí representa riesgos para la salud y el medio ambiente, tal como son los tampones y toallas sanitarias desechables.

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35. Existen componentes químicos presentes en los produc-tos desechables como lo son toallas sanitarias, tampones y protectores diarios. Un componente altamente tóxico es el cloro utilizado para blanquearlos. De este proceso industrial se derivan las dioxinas, que afectan severamente los órganos reproductores provocando infertilidad, malformaciones fetales y afectación el sistema inmunitario.

Estos efectos se prolongan aún después del uso de los produc-tos, vulnerando el derecho humano a la salud de las mujeres.

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36. A lo largo de la vida fértil, una mujer consume aproximadamente 17,000 toallas o tampones des-echables. En cambio, con una copa menstrual esta cantidad se reduce entre 4 y 6 copas. La copa es una opción mucho más económica y cuidadosa con el medio ambiente.

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Dentro de las responsabilidades del Estado para garantizar los desca, está prevenir que actores externos como las grandes empresas privadas puedan provocar afectaciones en los dere-chos de la población

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37. «Los derechos humanos son una disputa le-gitima sobre poderes arbitrarios y hoy los pode-res arbitrarios están en empresas privadas. Ahí debemos llevar el reconocimiento de estos de-rechos, es decir, nuestra vigilancia ciudadana. »

Guillermo Luevano Bustamante

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En respuesta a estas afectaciones causadas por las grandes em-presas privadas, han habido posicionamientos internacionales, entre ellos:

38. El Día de la Higiene Menstrual fue creado para reconocer públicamente el derecho de las mujeres a manejar su mens-truación digna e higiénicamente.

Además de los tabúes, mujeres y niñas ven limitado el acceso a materiales sanitarios e higiénicos, incluso a la prohibición del uso de algunos de ellos debido a causas económicas e informa-tivas, afectando la salud física y mental de las mujeres.

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Otro grave problema al que están expuestas las mujeres es la violencia de género, en donde actualmente la política pública no ha generado efectos suficientes para combatirla

En el 2006, el comité sobre la Eliminación de Todas las Formas de Dis-criminación contra la Mujer, emite recomendaciones al inmujeres para garantizar una vida libre de violencia para las mujeres.

Ante el clima de inseguridad y violencia, en San Luis Potosí se emite la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que da pie al sepasevm (Sistema Estatal para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres).

Sin embargo, es derecho de la ciudadanía el vigilar, auditar y evaluar las acciones que surjan de ese sistema.

3 9 . M eca n i s m o s e pa s e vm

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4 0 . ¿ Q u é e s e l s e pa s e vm ?

El Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en el Estado de San Luis Potosí tiene como finalidad coordinar esfuer-zos (sociedad civil, instituciones y academia) que fortalezcan las ca-pacidades en materia de derechos de las mujeres.

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Por lo tanto, sus acciones se deben dirigir a combatir las principales situaciones de violencia que reconocen las mujeres, así como brindar las herramientas para tal reconocimiento.

41. De acuerdo con la endireh (2016), de las mujeres de 15 años y más, el 66.1% han sufrido al menos un incidente de violencia emocional, física, sexual o discriminación a lo largo de su vida en al menos un ámbito y ejercida por cualquier agresor.

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De este grupo de mujeres:— El 49 % Afirmó haber sufrido violencia emocional.— El 34% Afirmó haber sufrido violencia física.— El 41.3% Afirmó haber sufrido violencia sexual.— El 29% Afirmó haber sufrido violencia económicao patrimonial o discriminación en el trabajo.

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Las siguientes cifras nos permiten identificar el crecimiento de la violencia de género ejercida en las relaciones de pareja

42. En México:

-En el año 2006, 43.2% de las mujeres mayores de 15 años asintieron haber sido violentadas por su pareja durante su relación.

-5 años después (en 2011), esta proporción de mujeres se incrementó en 3 puntos porcentuales (46.1%).

-Para el 2016, la cifra de mujeres mayores de 15 años que han enfrentado episodios de violencia ha aumen-tado al 66%.

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Además, las instituciones educativas también son reconocidas como un espacio de riesgo e inseguridad para las mujeres, niñas y adolescentes

43. Según la endireh 2016, de las mujeres de 15 años y más, el 25.3% afirmó haber sufrido algún tipo de violencia en el ámbito escolar. Este porcentaje se integró de la siguiente manera:

— Violencia sexual 10.9%— Violencia emocional 10.4%— Violencia física 16.7%

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Y en el ámbito laboral, las siguientes cifras reflejan la brecha de desigualdad de las condiciones laborales entre hombres y mujeres, donde las principales afectadas en su calidad de vida son las mujeres

44. En el año 2016, el 26.6% de mujeres de 15 años y más, afirmaron haber sufrido de violencia en el ámbito laboral alguna vez a lo largo de su vida. Este porcentaje se integró de la siguiente manera:

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— Violencia emocional 10.6%— Violencia física 1.6%— Discriminación 22.1%— Violencia sexual 11.2%

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El reconocer que las mujeres están expuestas en ma-yor grado a situaciones de violencia e inseguridad, es el primer paso para comenzar a modificar los patro-nes sociales, culturales y políticos para mejorar sus condiciones de vida

45. En el año 2016, el 38.7% de mujeres de 15 años y más, afirmó haber sufrido algún tipo de violencia en el ámbito comunitario.

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Las agresiones ocurridas en la calle son principalmen-te de tipo sexual, representando el 66.8% del total, tales como: piropos, acecho, abuso sexual, violación e intento de violación.

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Por lo tanto, el sepasevm tiene como meta reducir todas las violencias anteriormente mencionadas.

46. El 22 de noviembre de 2016 se llevó a cabo la xxviii Sesión Ordinaria del sepasevm, en la cual quedaron conformadas las Comisiones de trabajo en que se dividirá el Sistema: son la Comisión de Prevención; Atención; Sanción; y Erradicación; además de una Subcomisión de Comunicación.

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Paralelamente la sociedad civil organizada, ha instalado un Consejo Ciudadano de seguimiento para hacer auditoría so-cial al funcionamiento del sepasevm, Programa de Operación y Comisiones.

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Entre los hallazgos del Consejo Ciudadano de as al sepasevm, que no son publicados por las instancias gubernamentales que integran el sepasevm, se encuentra que:

47. El feminicidio no termina cuando una mujer mue-re, el dolor de la pérdida se queda con sus familiares y parejas para siempre. Y el terror acompaña a quienes sobreviven a la violencia feminicida.

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48. Es inverosímil que la compra de camio-netas, o la repartición de cilindros, balones y camisetas, tengan un impacto para prevenir, atender, sancionar o erradicar la violencia contra las mujeres.

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49. El género no se agota con cursos o capacitaciones, es un tema que se minimiza por los medios y las auto-ridades, un pretexto común es la falta de presupuesto.

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Otro grupo ciudadano que se ha organizado para hacer auditoría social se ha enfocado al Programa Estatal de Derechos Humanos, siendo esta política una obligación del Estado.

50. El Programa Nacional de Derechos Humanos en la línea 5.5.3 propone fomentar la elaboración de programas de derechos humanos en estados y muni-cipios, un compromiso que debe asumirse antes que termine 2018. (aunque el Plan Estatal de Desarrollo 2015-2021 señala el compromiso sin indicar la fecha límite).

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51. Un pedh es un instrumento de preven-ción y atención a violaciones de derechos humanos a nivel local.

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5 2 . ¿ C ó m o s e c on f or m a u n P ro g r a m a E stata l de De r ec ho s H u m a no s ?

Tras un diagnóstico estatal en el que participan sociedad civil y academia que permita observar las principales violaciones a derechos humanos, se crea un instrumento de política pública que define las actividades y metas para orientar la acción guber-namental en el cumplimiento de las obligaciones de promoción, protección, respeto y garantía de los derechos humanos.

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A nivel federal, la Secretaría de Gobernación (segob), define el contenido y las etapas para elaborar los pedh.

53. Simplificando la Metodología publicada por segob para un pedh, se debería conside-rar su:

1. Planeación2. Elaboración3. Implementación4. Monitoreo5. Evaluación.

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Este programa es una manifestación de política públi-ca enfocada a satisfacer las necesidades para una vida digna, es por eso la importancia de que cumpla con esa metodología.

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54. En el ámbito de las políticas públicas, un progra-ma debe contener objetivos, estrategias, actividades y metas coherentes y explicitas para conseguir un fin (resolver una necesidad de la sociedad); el Programa Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí publicado el 15 de agosto de 2018 no menciona en su texto las actividades, las metas o el fin que persigue.

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55. Un pedh debe promover la participación y la transparencia, en slp se publicó el Decreto que emitía el programa únicamente en el Periódico Oficial, y no se convocó a una Audiencia para recibir opinión de sociedad civil y academia, por lo que varias organiza-ciones y personas de la academia conformaron la Red Estatal de Derechos Humanos para ser escuchados.

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Dicha Red Estatal de Derechos Humanos hizo un análisis de la construcción del pedh y en varias etapas, incluido el diagnóstico, encontró las siguientes deficiencias:

56. Un Programa Estatal de Derechos Humanos (pedh) se realiza luego de un diagnóstico estatal que permita observar las principales violaciones y proble-máticas de Derechos Humanos.

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En el diagnóstico solo participaron 3 represen-tantes de sociedad civil y 2 de la academia.

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57. Un Programa Estatal de Derechos Humanos (pedh) debe contener indicadores y mecanismos de evaluación, el pedh de slp no contiene indicadores sobre el propio programa, única-mente indicadores como líneas de acción para evaluar otros rubros, tampoco indica mecanismos de evaluación.

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Es importante resolver estas deficiencias con la par-ticipación de toda la sociedad y escuchar sus voces, pues en un escenario ideal:

58. Un Programa Estatal de Derechos Humanos (pedh) activado, permite:

— Generar dialogo con sociedad civil.— Proteger a grupos en situación de discri-

minación.

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— Aportar a la democracia y a la política de Estado en materia de Derechos Humanos.

— Cumplir con las obligaciones del Estado en ma-teria de Derechos Humanos (promover, respetar, garantizar y proteger).

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59. «La exigibilidad de los derechos humanos es un proceso social, político y legal en el que participa la sociedad civil».

Suhey Tristán

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La as es un proceso ciudadano que permite la observación en la planificación y ejecución de proyectos derivados de nuestros recursos públicos y, por lo tanto, orientados a satisfacer las necesidades de la población, esperando que se realicen con la calidad, tiempo y costo efi-cientes. La intención es generar información necesaria para corregir procesos en obras que pueden estar en problemas, además de promover el mejor uso de los recursos públicos, lo que redundará en una mayor y mejor inversión en beneficio de las comunidades y barrios más necesitados. Como resultado pretende mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, so-bre todo a aquella en situación de extrema pobreza, así como generar la transparencia en las acciones gubernamentales que genere la confianza necesaria para la cooperación de la comunidad en los objetivos y proyectos del Estado.

Tener un mínimo de bienestar y dignidad en nuestra vida como personas, implica que se cumplan nuestros derechos individuales y colectivos. También significa que cuando esto no ocurra, existan posibilidades como la que brinda la as para evaluarlos y exigirlos a las autori-dades responsables. En este orden de ideas, los desca, como derechos colectivos, dependen en buena medida del uso efectivo de los recursos públicos; así que cualquier desvío, mal uso o acto de corrupción en su ejercicio, representa una vulneración.

Tradicionalmente la corrupción y el mal uso de recursos se combaten por instancias de go-bierno encargadas de ello; pero esto no ha dado muy buenos frutos. La defensa y exigencia de derechos les importa a las comunidades, a cualquier grupo social, por lo que son quienes deben organizarse para desarrollar capacidades y dar seguimiento a los recursos, además de supervisar el cumplimiento de los programas y políticas públicas en favor de la ciudadanía. La as es una oportunidad para que las sociedades en las que no han funcionado los mecanis-mos tradicionales se organicen, controlen los fondos, tomen decisiones políticas y tengan la información para encarar a las instancias responsables.

C onc lu s ion e s

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Cuando se trata de vigilar el cumplimiento de derechos, la población en general debe ser un agente activo de las decisiones, y esto a su vez, fortalece la gobernabilidad. Vigilar a la autoridad es un derecho y una manera de defender el resto de los derechos. Es importante continuar con la as, ya que desde la experiencia de la sociedad se pueden identificar necesi-dades y tener más claridad de cómo se viven o garantizan los derechos. Si a esto, se agregan las capacidades y la asesoría para auditar, es posible saber lo que deberían estar haciendo las autoridades para garantizar nuestros derechos con los recursos que están destinados para ello, así como lo que se les puede demandar.

Los desca no dependen de un reclamo individual, por lo que, si la sociedad no se organiza para exigirlos, difícilmente el gobierno estará al pendiente. Hacer as es entonces, una forma de incidir en la política a cualquier nivel. Cuando la autoridad se sabe observada, cambia su actitud y sus acciones. Es básico publicar los informes de los resultados de la as y confrontar a la autoridad para escuchar su respuesta.

En suma, la as favorece que la gestión y la toma de decisiones no sean únicamente hechas por el gobierno, promueve la inclusión social en asuntos que son competencia de todas las personas. Hace visibles las acciones de los gobiernos y la participación de la sociedad como agente que vigila la procuración de sus derechos. La as da voz a las personas y, al igual que los desca, son asuntos que deben analizarse en conjunto.

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1, 3, 5:Global Communities. (2014) «La auditoría social. Fortaleciendo capacidades en participación

ciudadana», Global Communities, Nicaragua. Disponible en http://www.globalcommu-nities.org.ni/media/documentos/GMAuditoriasocial190515.pdf

Federación de Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo de Honduras- foprideh. (2016) «Metodología para la Auditoría Social», foprideh, Honduras. Disponi-ble en http://observatoriodescentralizacion.org/descargas/wp-content/uploads/2017/08/metodologia_para_la_auditoria_social.pdf

Yauri, N. «Los ocho pasos para hacer auditoría social». Disponible en https://www.academia.edu/17771341/LOS_OCHO_PASOS_PARA_HACER_AUDITORIA_SOCIAL

Berthin, G. (2011), «Guía práctica para la auditoría social como herramienta participativa para fortalecer la gobernabilidad democrática, transparencia y rendición de cuentas», pnud, Centro Regional para América Latina y El Caribe, Panamá.

2, 4, 6, 10, 23Diplomado Rendición de Cuentas, Auditoría Social y Participación Ciuda-

dana, sesión: «Proyectos de Auditoría Social y Participación de OSC».

7, 8, 9.Observatorio de Política Social y Derecho Humanos. (2018) ¿Qué son los De-

rechos Humanos? Recurso electrónico verificado al 04 de mayo de 2018, disponible en: http://observatoriopoliticasocial.org/que-son-los-desca/

11.Educiac. (2018), «Soberanía alimentaria: Tierra, Campo y Alimentación»(Taller 1), Presenta-

ción en PowerPoint, recurso electrónico.

F u e nte s

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12.Educiac. (2018), «Vida Digna» (Taller 2), Presentación en PowerPoint, recurso electrónico.

13.Educiac. (2018), «El Buen Vivir: Territorio, Agua y Medio Ambiente» (Taller 3), Presentación en

PowerPoint, recurso electrónico.

14 ‒ 19Educiac. (2019) «Cartilla de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales».

20.Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad.Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Huma-

nos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales «proto-colo de san salvador»

Observaciones generales aprobadas por el Comité de Derechos Económi-cos, Sociales y Culturales, movilidad, vivienda y derechos humanos cndh 2016.

25, 26.Clínica de litigio estratégico en derechos humanos de la uaslp (2019), Uni-

versidad Autónoma de San Luis Potosí. Datos internos.

28.Clínica de Litigio Estratégico. (2019), datos internos.

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29 – 32.Clínica de litigio estratégico en derechos humanos de la uaslp. (2019). Da-

tos internos.

33 - 36.Clínica de Fertilidad ProCrear. (2016).Clínica de litigio estratégico en derechos humanos de la uaslp. (2019). Da-

tos internos.

37.Guillermo Luevano Bustamante. (2018), Foro Participación Ciudadana, Auditoría So-

cial y desca. Ponencia «Derechos Humanos y democracia ¿Cuáles derechos humanos y cuál democr cia?».

38.Educiac. (2019), datos internos.

39.Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

40.Programa para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra lasMujeres del Estado de San Luis Potosí 2016-2021.

41 – 45.inegi. endireh, 2016; endireh 2011; endireh 2006.

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47 – 49.Sesiones del Mecanismo Ciudadano de Seguimiento al sepasevm, 9 de mayo

50, 51, 54, 55, 57, 58.Secretaría de Gobernación, ¿Qué es un Programa Estatal de Derechos Humanos?, recurso elec-

trónico verificado al 10 de octubre de 2018, disponible en: https://www.gob.mx/segob/articulos/que-es-un-programa-estatal-de-derechos-humanos

Secretaría de Gobernación, Diagnósticos y Programas Estatales de Derechos Humanos, recurso electrónico verificado al 10 de octubre de 2018, disponible en: https://www.gob.mx/segob/accio-nes-y-programas/diagnosticos-y-programas-estatales-de-derechos-hum anos

Secretaría de Gobernación, Infografías de Programas Estatales de Derechos Humanos, recurso electrónico verificado al 10 de octubre de 2018, disponible en: http://www.gob.mx/cms/uploads/ /attachment/file/393290/Infografi_as_sobre_la_Elaboracio_n_de_Programas_Estatales_de_Dere-chos_Humanos .pdf

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, articulo 1; adicionado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011; recurso electrónico verifica-do al 16 de enero de 2019, disponible en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5194486&-fecha=10/06/2011

Decreto Administrativo por el que se emite el Programa Estatal De Derechos Humanos 2018-2021, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 15 de agosto de 2018. Recurso electrónico ve-rificado al 17 de diciembre de 2018, disponible en https://www.gob. mx/cms/uploads/attachment/file/393265/Programa_Estatal_de_Derechos_Humanos_de_San_Luis_Potos_.pdf

52 y 53.Secretaría de Gobernación, Infografías de Programas Estatales de Derechos Humanos. 2018.

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