Dr Luis Resuelta

download Dr Luis Resuelta

of 12

Transcript of Dr Luis Resuelta

  • 7/25/2019 Dr Luis Resuelta

    1/12

  • 7/25/2019 Dr Luis Resuelta

    2/12

    /. QUE ES LA %OSESI#N LEGAL "E LA )E(ENCIA + QUE ES LA %OSESI#N E0EC!IVA"E LA IS A?

    La delacin de la herencia )que tiene lugar al (allecimiento del causante* con(iere alheredero la posesin legal de aquella art + +,+- ,/0/ del CC

    Esta (igura de posesin legal di(iere del concepto general de posesin material en la cualpresupone el corpus y el animus .!orque en este campo de la delacin sucesoria, aunque el heredero ignore que se la hade(erido la herencia tiene la posesin legal de los bienes.La doctrina ha considerado que esta posesin legal es una especie de adquisicinprovisional de la herencia, la adquisicin de(initiva sobreviene cuando acepta la herencia

    12L#2 !3%E%435 E1EC#462

    . QUE ES LA (E%(ESEN!ACI#N?

    La representacin es una (iccin legal en que se supone que una persona tiene el lugar ypor consiguiente el grado de parentesco y los derechos hereditarios que tendr a su padre omadre si 7sta o aqu7l no quisiese o no pudiese suceder.

    La representacin tiene su (undamento en la equidad cualquier planteamiento que se hagalleva a esa conclusin el gra(ico que se incluye a continuacin da una idea clara

    En tal caso $ulio hereda en nombre propio y recibe el 08 de la herencia los dos hi$os depablo hugo y 9avier hereda por estirpes ello signi(ica que reciben la porcin que lecorresponder a a su padre para dividirle por dos partes iguales

    CON"ICIONES %A(A (E%(ESEN!A(

    2nte todo el representado debe tener vocacin hereditaria respecto del causante , enrelacin con el representado no es necesario que este haya aceptado la herencia . !uedehaberla repudiado. 5o obstante esta circunstancia el representante est" (acultado pararecoger la cuota que le corresponder a al representado en la sucesion.

    3. EN QUE O("ENES ES! %(ESEN!E LA 0IGU(A "E LA (E%(ESEN!ACI#N?

    Luis causante

    JulioHijo de luis

    Pablo hijo de Luis

    premuerto +

    javierhugo

  • 7/25/2019 Dr Luis Resuelta

    3/12

    %e encuentra presente en el primer y el tercer orden.

    4. QUE ES LA !(AS ISI#N?

    !(ANS ISION "E "E(EC)OS SUCESO(IOS . %i el heredero o legatario cuyos derechos a

    la sucesin no han prescrito, (allece antes de haber aceptado o repudiado la herencia o legadoque se le ha de(erido, trasmite a sus herederos el derecho de aceptar dicha herencia o legadoo repudiarlos, aun cuando (allezca sin saber que se le ha de(erido. 5o se puede e$ercer estederecho sin aceptar la herencia de la persona que lo trasmite.

    /0. E;

  • 7/25/2019 Dr Luis Resuelta

    4/12

    1*. QUE ES EL CA(GO "E AL&ACEA

    E$ecutores testamentarios o albaceas son aqu7llos a quienes el testador da el cargo de hacere$ecutar sus disposiciones.

    1/. QUIENES SON IN)&ILES %A(A SE( AL&ACEA5o puede ser albacea el menor, aun habilitado de edad

    1 . 0UNCIONES "EL AL&ACEA

    #oca al albacea velar sobre la seguridad de los bienes

    hacer que se guarde ba$o llave y sello el dinero, muebles y papeles, mientras no hayainventario solemne, y cuidar de que se proceda a este inventario con citacin de losherederos y de los dem"s interesados en la sucesinF salvo que siendo todos losherederos capaces de administrar sus bienes, determinen un"nimemente que no sehaga inventario solemne.

    aviso de apertura de la sucesin y citacin de acreedores

    el pago de deudas.

    13. !I%OS "E AL&ACEA?

    14. CUAN"O SON CON6UN!OS + CUAN"O SUCESIVOS?

    2:. CUAL ES LA (ES%ONSA&ILI"A" "E LOS AL&ACEAS CON6UN!OS?

    Generalmente la responsabilidad de los albaceas es solidaria salvo que el testador hayamani(estado que la responsabilidad no es solidaria o que el $uez haya dividido las(unciones de los albaceas y q cada uno deba ce irse a lo suyo

    21. !E( INO %A(A EL AL&ACEA?

    El albaceazgo durar" el tiempo cierto y determinado que se haya pre(i$ado por el testador.

    %i el testador no hubiere pre(i$ado tiempo para la duracin del albaceazgo, durar" un a o contadodesde el d a en que el albacea haya comenzado a e$ercer su cargo.

    22. CUL ES LA (E UNE(ACI#N "EL AL&ACEA?

    La remuneracin del albacea ser" la que le haya se alado el testador.

    %i el testador no hubiere se alado ninguna, tocar" al $uez regularla, tomando en consideracin elcaudal, y lo m"s o menos laborioso del cargo

    2$. QUE ES EL AL&ACEA 0I"UCIA(IO?

  • 7/25/2019 Dr Luis Resuelta

    5/12

  • 7/25/2019 Dr Luis Resuelta

    6/12

  • 7/25/2019 Dr Luis Resuelta

    7/12

    %e re(iere a alimentos (orzosos los cuales constituyen una ba$a general a la herencia, el art culoI// del CC enumera a las personas que son acreedoras a estos alimentos (orzosos entre ellas(igura como es obvio los descendientes, ascendientes, los hi$os adoptivos y los padres adoptantes

    23. QUE SON LAS E6O(AS? EN QU> O("EN ES!N %(ESEN!ES? CUAN!O ES SUVALO(? QUIENES %UE"EN &ENE0ICIA(SE "E ELLAS? QUIEN %UE"E "IS%ONE(

    EL USO "E ELLAS? A 0AL!A "E !ES!A EN!O QUE SUCE"E CON LAS E6O(AS?La cuarta de me$orar est" presente en el primer orden es una cuarta parte de la herencia liquida,solo se puede bene(iciar con ella aun descendiente del testador, de ella solo puede disponer eltestador.

    %i la persona no otorga testamento estas dos cuartas partes ) las de me$oras y las de libredisposicin* van a engrosar la legitima rigurosa .

    !ES!A EN!O + SUS 0O( ALI"A"ES

    1. QUE ES EL !ES!A EN!O + CULES SON SUS 0O( ALI"A"ES?

    El testamento es un acto m"s o menos solemne en el cual se estipulan las disposiciones de unapersona para cuando esta (allezca que quiere decir que se mas o menos solemne ) quiere decir que es un acto que /00pre es solemne pero que en ocasiones puede ser m"s solemne que enotras*

    2. NES SON IN)&ILES %A(A O!O(GA( !ES!AEN!OS?

    4mpberes4nterdictos por demencia declarados $udicialmenteCualquier persona que no se encuentre en sano $uicio al momento de otorgar el testamentobien sea por estar ba$o el e(ecto de sustancias alucionogenas alcohol etc.

    $. CULES SON LOS "OS G(AN"ES G(U%OS O CLASI0ICACI#N "E !ES!AEN!O

    #estamento solemne : dentro del cual encontramos el testamento abierto y el testamentocerrado los cuales siempre deben estar por escrito.

    J estan los

    #estamentos privilegiados: entre los cuales encontramos el 6E B2L, =4L4#2 J =2 4#4=3.'. %O(QUE "ECI OS QUE ES UN AC!O 6U(7"ICO SIE %(E SOLE NE?

    !orque todos los testamentos aunque algunos sean m"s o menos solemnes que los otros siempredeber"n someterse a una seria de solemnidades, al punto tal de que si se llegare a omitir algunade las solemnidades a las que se re(ieren cada uno de los testamentos incluso los testamentosprivilegiados E%#3% %E 25 5

  • 7/25/2019 Dr Luis Resuelta

    8/12

    *. QUIENES NO %UE"EN SE(VI( "E !ES!IGOS

    Los menores de /- a os Los que se hallaren en interdiccin por causa de demencia #odos los que actualmente se hallaren privados de la razn Los e&tran$eros no domiciliados en el territorio Las personas que no entiendan el idioma del testador Los ascendientes, descendientes y parientes dentro del tercer grado de consanguinidad, o

    segundo de a(inidad del otorgante o del (uncionario pblico que autorice el testamento El sacerdote que haya sido el con(esor habitual del testador, y el que haya con(esado a

    7ste en la ltima en(ermedad. Los herederos y legatarios, y en general, todos aqu7llos a quienes resulte un provecho

    directo del testamento. 'os, a lo menos, de los testigos deber"n estar domiciliados en el lugar en que se otorga el

    testamento y uno, a lo menos, deber" saber leer y escribir, cuando slo concurran trestestigos, y dos cuando concurrieren cinco.

    /. QUE ES LA )A&ILI!ACI#N %U!A!IVA "E !ES!IGOS?

    %i alguna de las causas de inhabilidad, e&presadas en el art culo /0 - del C.C. , no semani(estare en el aspecto o comportamiento de un testigo, y se ignorare generalmente enel lugar donde el testamento se otorga, (und"ndose la opinin contraria en hechospositivos y pblicos, no se invalidar" el testamento por la inhabilidad real del testigo. !erola habilidad putativa no podr" servir sino a uno solo de los testigos.

    4mportante:en virtud de las teor as del error comn y de la buena (e el legislador habilita auno de los testigos instrumentales de un testamento que estuviera comprendido en lashabilitaciones de que trata el arto /0 - del C.C. , Esto por cuanto ni el aspecto ni elcomportamiento de la persona daban lugar a creer que est" inhabilitado y adem"s elconvencimiento que acerca de esta persona tenga el vecindario ) lugar donde se otorgue eltestamento*, llevan a concluir que se trata de una persona comn y corriente y normal aptapara ser testigo. 2unque en realidad no lo sea.

    . QUE ES EL !ES!A EN!O A&IE(!O AN!E NO!A(IO + !(ES !ES!IGOS

    El testamento abierto es aquel en el cual el testador da a conocer sus disposicionestestamentarias tanto a los testigos como al notario ya que este testamento es le do a viva voz por el notario.

    3. CULES SON SUS CA(AC!E(7S!ICAS %(INCI%ALES?

    'eben comparecer tres testigos El notario J el testador El notario lee las disposiciones testamentarias de (orma que todos las oigan y entiendan.

    4. QUE ES EL !ES!A EN!O A&IE(!O O!O(GA"O AN!E CINCO !ES!IGOS SIN LAS%(ESENCIA "EL NO!A(IO?

  • 7/25/2019 Dr Luis Resuelta

    9/12

    En los lugares en que no hubiere notario o en que (altare este (uncionario, podr" otorgarseel testamento solemne, nuncupativo, ante cinco testigos que renan las cualidadese&igidas en este Cdigo.

    1:. EN QU> CASOS %UE"E O!O(GA(SE CO O SE (EALI=A SU %U&LICACI#N?

    %e puede otorgar testamento nuncupativo en aquellos lugares en que no hubiere notario o (altareeste.

    %u publicacin se realiza de la siguiente (orma: el $uez competente cita a los testigos para quereconozcan sus (irmas y la del testador, en caso de que alguno de los testigos no pudiera asistirbastara con que los otros reconozcan sus (irmas, las del testador y las del testigo (altante En casonecesario, y siempre que el $uez lo estimare conveniente, podr"n ser abonadas las (irmas deltestador y de los testigos ausentes, por declaraciones $uradas de otras personas (idedignas.

    En seguida pondr"n el $uez y su secretario sus rbricas en cada p"gina del testamento, y despu7sde haberlo el $uez declarado testamento nuncupativo, e&presando su (echa, lo mandar" pasar conlo actuado, al respectivo notario, previo el correspondiente registro.

    11. QUE ES EL !ES!A EN!O CE((A"O CULES SON SUS CA(AC!E(7S!ICAS%(INCI%ALES?

    El testamento cerrado se otorga ante notario y testigos, en esta el testador presenta ante elnotario y los testigos una escritura cerrada y hace la mani(estacin a viva voz de modo que todosoigan vean y entiendan que este es su testamento, la cubierta del testamento deber" estar cerradao se cerrara de (orma tal que no pueda e&traerse el testamento sino rompiendo dicha cubierta.

    El notario e&presar" sobre la cubierta, ba$o el ep gra(e testamento, la circunstancia de hallarse eltestador en su sano $uicioF el nombre, apellido y domicilio del testador y de cada uno de lostestigos, y el lugar, d a, mes y a o del otorgamiento.

    A"O%CION

    ;ue es la adopcin: la adopcin es principalmente y por e&celencia una medida deproteccin a trav7s de la cual ba$o la suprema vigilancia del estado se establece demanera irrevocable la relacin paterno (ilial entre personas que no la tienen por naturaleza.

    La autoridad central en materia de adopcin es el 4CB1

    %olo podr"n adoptarse menores de /- a os declarados en situacin de adaptabilidad oaquellos cuya adopcin haya sido consentida previamente por sus padres

  • 7/25/2019 Dr Luis Resuelta

    10/12

    E(ectos $ur dicos de la adopcin:

    El adoptante y adoptivo adquieren los derechos por la adopcin y obligaciones de padre omadre e hi$o.

    La adopcin establece parentesco civil entre adoptantes y adoptivo

    El adoptivo llevara los apellidos de los adoptantes en cuanto al nombre solo podr" ser modi(icado cuando el adoptivo sea menor de tres a os o consienta en ello o cuando el

    $uez encontrara $usti(icada las razones de su cambio

    !or la adopcin el adoptivo de$a de pertenecer a su (amilia y se e&tingue todo parentescopor consanguineidad ba$o reserva del impedimento matrimonial

    Acciones ,e reclamacin nadie podr" e$ercer accin alguna para establecer la (iliacinconsangu nea con el adoptivo ni reconocerle como hi$o.

    %in embargo el adoptivo, el adoptivo podr" promover en cualquier tiempo las acciones dereclamacin del estado civil que le corresponda respecto de sus padres biolgicos,nicamente para demostrar que quienes pasaban por tales, al momento de la adopcin,no lo eran en realidad.

    La prosperidad de las pretensiones del adoptivo en este caso, no e&tinguir" los e(ectos dela adopcin, salvo declaracin $udicial que la ordene y previo el consentimiento deladoptivo. El adoptante deber" ser o do en el proceso.

    Art culo //. Del consentimiento. El consentimiento es la mani(estacin in(ormada, libre yvoluntaria de dar en adopcin a un hi$o o hi$a por parte de quienes e$ercen la patriapotestad ante el 'e(ensor de 1amilia, quien los in(ormar" ampliamente sobre susconsecuencias $ur dicas y psicosociales. Este consentimiento debe ser v"lido civilmente eidneo constitucionalmente. !ara que el consentimiento sea v"lido debe cumplir con lossiguientes requisitos:

    /. ;ue est7 e&ento de error, (uerza y dolo y tenga causa y ob$eto l citos.

    . ;ue haya sido otorgado previa in(ormacin y asesor a su(icientes sobre lasconsecuencias psicosociales y $ur dicas de la decisin.

    Es idneo constitucionalmente cuando quien da el consentimiento ha sido debida yampliamente in(ormado, asesorado y tiene aptitud para otorgarlo. %e entender" tener aptitud para otorgar el consentimiento un mes despu7s del d a del parto.

    2 e(ectos del consentimiento para la adopcin, se entender" la (alta del padre o la madre,no solamente cuando ha (allecido, sino tambi7n cuando lo aque$a una en(ermedad mentalo grave anomal a ps quica certi(icada por el 4nstituto 5acional de =edicina Legal yCiencias 1orenses.

    5o tendr" validez el consentimiento que se otorgue para la adopcin del hi$o que est" por nacer. #ampoco lo tendr" el consentimiento que se otorgue en relacin con adoptantes

  • 7/25/2019 Dr Luis Resuelta

    11/12

    determinados, salvo cuando el adoptivo (uere pariente del adoptante hasta el tercer gradode consanguinidad o segundo de a(inidad, o que (uere hi$o del cnyuge o compa eropermanente del adoptante.

    ;uien o quienes e&presan su consentimiento para la adopcin podr" revocarlo dentro delmes siguiente a su otorgamiento.

    Los adolescentes deber"n recibir apoyo psicosocial especializado por parte del 4nstitutoColombiano de Bienestar 1amiliar para que puedan permanecer con su hi$o o hi$a, o paraotorgar el consentimiento libre e in(ormado. El consentimiento del padre o madre menor de dieciocho )/-* a os tendr" validez si se mani(iesta con el lleno de los requisitosestablecidos en el presente art culo. En este caso estar"n asistidos por sus padres, opersonas que los tengan ba$o su cuidado y por el =inisterio !blico.

    Art culo / . Solidaridad familiar . El Estado reconocer" el cumplimiento del deber desolidaridad que e$erce la (amilia di(erente a la de origen, que asume la proteccin demanera permanente de un ni o, ni a o adolescente y le o(rece condiciones adecuadaspara el desarrollo armnico e integral de sus derechos. En tal caso no se modi(ica elparentesco.

    %ar@ raBo.%i alguna persona o pare$a quiere adoptar al ni o que est" al cuidado de la(amilia distinta a la de origen y cumple con las condiciones de adoptabilidad, que e&ige elcdigo, podr" hacerlo, a menos que la (amilia que tiene el cuidado del ni o, ni a oadolescente, decida adoptarlo.

    Art culo /3. Requisitos para adoptar. !odr" adoptar quien, siendo capaz, haya cumplido a os de eda d, tenga al menos / a os m"s que el adoptable, y garantice idoneidad

    ( sica, mental, moral y social su(iciente para suministrar una (amilia adecuada y estable alni o, ni a o adolescente. Estas mismas calidades se e&igir"n a quienes adoptencon$untamente. !odr"n adoptar:

    /. Las personas solteras.

    . Los cnyuges con$untamente.

    . Con$untamente los compa eros permanentes, que demuestren una convivenciaininterrumpida de por lo menos dos ) * a os. Este t7rmino se contar" a partir de lasentencia de divorcio, si con respecto a quienes con(orman la pare$a o a uno de ellos,hubiera estado vigente un v nculo matrimonial anterior.

    I. El guardador al pupilo o e& pupilo una vez aprobadas las cuentas de su administracin.

    . El cnyuge o compa ero permanente, al hi$o del cnyuge o compa ero, que demuestreuna convivencia ininterrumpida de por lo menos dos ) * a os.

    Esta norma no se aplicar" en cuanto a la edad en el caso de adopcin por parte delcnyuge o compa ero permanente respecto del hi$o de su cnyuge o compa eropermanente o de un pariente dentro del tercer grado de consanguinidad y segundo dea(inidad.

  • 7/25/2019 Dr Luis Resuelta

    12/12

    %ar@ raBo 1K. La e&istencia de hi$os no es obst"culo para la adopcin.

    %ar@ raBo 2K %i el ni o, ni a o adolescente tuviere bienes, la adopcin se har" con las(ormalidades e&igidas para los guardadores.

    Art culo /4. Adopcin de mayores de edad. !odr" adoptarse al mayor de edad, cuando eladoptante hubiera tenido su cuidado personal y haber convivido ba$o el mismo techo con7l, por lo menos dos a os antes de que este cumpliera los dieciocho )/-* a os.

    La adopcin de mayores de edad procede por el slo consentimiento entre el adoptante yel adoptivo. !ara estos eventos el proceso se adelantar" ante un 9uez de 1amilia