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Honorable Cámara de Diputados Provincia de Mendoza República Argentina Diario de Sesiones Nº 6 30 DE MAYO DE 2007 “167º PERIODO LEGISLATIVO ANUAL” PERIODO ORDINARIO 6a. REUNIÓN – 5ª SESIÓN DE TABLAS- “INDEMNIZACIÓN CASO MARIO GÓMEZ YARDEZ”

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Honorable Cámara de Diputados Provincia de Mendoza

República Argentina Diario de Sesiones

Nº 6

30 DE MAYO DE 2007

“167º PERIODO LEGISLATIVO ANUAL” PERIODO ORDINARIO

6a. REUNIÓN – 5ª SESIÓN DE TABLAS -

“INDEMNIZACIÓN CASO MARIO GÓMEZ YARDEZ”

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Provincia de Mendoza

Presidencia: DR. ANDRÉS OMAR MARÍN (Presidente) DR. GUILLERMO CARMONA (Vicepresidente 1°)

DR. ALBERTO SÁNCHEZ (Vicepresidente 2°) DR. NÉSTOR PIEDRAFITA (Vicepresidente 3°)

Secretaría: DR. JORGE MANZITTI (Legislativo) SR. ANDRÉS GRAU (Habilitado)

DDIIPPUUTTAADDOOSS PPRREESSEENNTTEESS:: 6ª REUNIÓN – 5ª SESIÓN DE TABLAS – 30 DE MAYO DE 2007 ARENAS, Diego

BAUZÁ, Eduardo Mariano

BIANCHINELLI, Carlos O.

BLANCO, Mario Roberto

CANAL, Alberto César

CARBALLO, Jorge Pablo

CASTELLANO, Mirta

CASTELLER, Mario Augusto

CAZZOLI, Santiago Miguel

CIURCA, Carlos Germán

DÍAZ, Mirta Susana

FICARRA, Mariano Cristian

GANTUS, Juan Antonio

GÓMEZ, Omar Héctor

LAZARO, Rubén Alfredo

LIGONIÉ, Oscar L.

LIRA ÁLVAREZ, Rosa del C.

MARÍN, Andrés Omar

MARTÍNEZ, José María

MARTINI, Nidia Elizabeth

MAYORGA, Verónica Leticia

MAZA, Carlos Alexander

MERINO, Guillermo A.

MILLÁN, Raúl Orlando

MONSERRAT, Amalia Martha

MONTAÑO, José Luis

MONTENEGRO, Humberto Elio

MORALES, Hugo Crhistian

MOYANO, Rubén Jorge

OLDRÁ, Leticia Lourdes

PÉREZ, Delia

PÉREZ, María Cristina

PETRI, Luis Alfonso

PIEDRAFITA, Néstor

PRADINES, Roberto Arturo

RECABARREN, Alberto Luis

ROMERO, Fernando Roque

SÁNCHEZ, Alberto Oscar

SERRANO, Jorge Alfredo

SFREDDO, Yolanda Miriam

SIMÓN, Julio Antonio

SORIA, Gerardo

TORNELLO, Pablo José

VICCHI, Raúl Horacio

VIETTI, Liliana Edith

VILCHEZ, Daniel Jesús

AUSENTES CON LICENCIA:

CARMONA Guillermo R.

DALLA CIA, Eugenio Jesús

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SUMARIO:

I – Izamiento de las Banderas nacional y provincial por los diputados Lazaro y Ligonié. Pág. 4 II – ASUNTOS ENTRADOS. 1 – Acta. Pág. 4 2 – Pedido de Licencia. Pág. 4 3 – Resoluciones de Presidencia. Pág. 5 4 – Comunicaciones Oficiales. Pág. 5 5 – Despachos de Comisión. Pág. 8 6 – Comunicaciones Particulares. Pág. 9 H. Senado de la Provincia: Remite en revisión: 7 - Expte. 45508 del 21-5-07 (H.S. 52912 ac. 53381 -Suárez- 15-5-07) –Incorporando el Art. 40 bis y modificando el Art. 198 de la Ley 6082 de Tránsito –Uso obligatorio de cinturones y cabezales de seguridad en transporte de escolares y de pasajeros. Pág. 9 8 - Expte. 45509 del 21-5-07 (H.S. 52937 ac. 52903 -Hisa- 15-5-07) –Autorizando a la Dcción. de Vías y Medios de Transporte a prorrogar la reinscripción de taxis de los departamentos rurales de la Provincia por el término de 90 días. Pág. 10 9 - Expte. 45582 del 24-5-07 (H.S. 52828 P.E. 22-5-07) –Aprobando el presupuesto anual de gastos y cálculo de recursos para 2007 del EPRE. Pág. 10 Proyectos presentados: 10 - Expte. 45501 del 21-5-07 –Proyecto de ley, con fundamentos del diputado Carmona, creando en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, una comisión de prevención y seguimiento de las consecuencias del cambio climático en la Provincia. Pág. 11 11 - Expte. 45506 del 21-5-07 –Proyecto de ley, con fundamentos de la diputada Oldrá, creando la Dirección de Línea de Nivel Inicial de pendiente de la Dcción. Gral. de Escuelas. Pág. 12 12 - Expte. 45507 del 21-5-07 –Proyecto de ley, con fundamentos de los diputados Dalla Cia y Arenas, creando el régimen de Consorcios Camineros Ganaderos. Pág. 13 13 - Expte. 45512 del 21-5-07 –Proyecto de ley, con fundamentos del diputado Marín, estableciendo por única vez, que los alumnos que se encuentren en proceso de finalización de estudios o ya graduados

del Inst. Universitario de Seguridad Pública y que hayan excedido el límite de edad, podrán incorporarse a la Policía de Mendoza. Pág. 16 14 - Expte. 45524 del 23-5-07 –Proyecto de ley, con fundamentos de las diputadas Sfreddo y Castellano y de los diputados Maza, Soria, Morales, Arenas, Ciurca y Blanco, estableciendo que se realice un puente sobre la margen Sur del río Tunuyán en Colonia San Jorge, La Dormida del Departamento Santa Rosa. Pág. 17 15 - Expte. 45529 del 23-5-07 –Proyecto de ley, con fundamentos de los diputados Carballo, Soria y Vicchi y de la diputada Vietti, creando en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social un régimen provincial de pensiones para personas menores de edad con capacidades diferentes. Pág. 18 16 - Expte. 45533 del 23-5-07 –Proyecto de ley, con fundamentos de la diputada Díaz, creando en el ámbito de la Suprema Corte de Justicia el Registro Público de Causas Penales seguidas contra miembros o ex miembros de la fuerza policial por exceso en delitos que importen violación a los Derechos Humanos en el ejercicio de su función. Pág. 19 17 - Expte. 45534 del 23-5-07 –Proyecto de ley, con fundamentos de la diputada Díaz y del diputado Petri, creando en el ámbito del Ministerio. de Seguridad el Registro Público de Personal Policial que haya sido cesanteado o exonerado de la fuerza policial a causa de violación de derechos humanos. Pág. 21 18 - Expte. 45536 del 23-5-07 –Proyecto de ley, con fundamentos de los diputados Romero, Bianchinelli y Gómez, estableciendo la obligación para los centros comerciales y supermercados que posean playa de estacionamiento, de entregar un comprobante con hora de ingreso y N° de matrícula. Pág. 23 19 - Expte. 45574 del 24-5-07 –Proyecto de ley, con fundamentos de los diputados Cazzoli, Vilches y Petri, creando el Cuerpo Especial para Prevención de Accidentes de Tránsito (CEPAT). Pág. 23 20 - Expte. 45579 del 24-5-07 –Proyecto de ley, con fundamentos de la diputada Monserrat y del diputado Montenegro, modificando el Art. 19 e incorporando los Arts. 19 bis y 19 ter de la Ley 5041 –Régimen Integral de Protección del Discapacitado-. Pág. 25 21 - Expte. 45500 del 21-5-07 –Proyecto de resolución, con fundamentos de las diputadas Vietti y Pérez C., solicitando a la Subsecretaría de Turismo informe sobre la situación de la Empresa Pizarro Expediciones. Pág. 26 22 - Expte. 45505 del 21-5-07 –Proyecto de resolución, con fundamentos del diputado Carmona,

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solicitando al Ministerio de Seguridad que informe sobre la falta de operatividad del Destacamento del Barrio 25 de Mayo, de Rodeo del Medio, Maipú. Pág. 27 23 - Expte. 45518 del 22-5-07 –Proyecto de resolución, con fundamentos de la diputada Pérez C., y del diputado Tornello, solicitando al Ministerio de Turismo y Cultura que informe sobre varios puntos referidos a la actual representación de la CGT, ante el Consejo Asesor de la Actividad Privada. Pág. 27 24 - Expte. 45537 del 23-5-07 –Proyecto de resolución, con fundamentos de los diputados Pradines, Arenas y Casteller, solicitando al Poder Ejecutivo que informe sobre los gastos que serán soportados por el erario nacional que demande la realización del festejo de los actos a realizarse en el anfiteatro Frank Romero Day por la conmemoración del 197 aniversario de la Revolución de Mayo. Pág. 28 25 - Expte. 45575 del 24-5-07 –Proyecto de resolución, con fundamentos del diputado Cazzoli, solicitando a la Dirección de Vías y Medios de Transporte la instalación de un semáforo en la intersección de calle Avellaneda y Pedro del Castillo, Departamento Guaymallén. Pág. 29 26 - Expte. 45576 del 24-5-07 –Proyecto de resolución, con fundamentos del diputado Canal, solicitando al Poder Ejecutivo eleve los informes presentados por la UTN y la UNC, relacionados con el estudio de la Matriz Energética Provincial. Pág. 29 27 - Expte. 45577 del 24-5-07 –Proyecto de resolución, con fundamentos del diputado Canal, solicitando al Poder Ejecutivo informe sobre puntos referidos al Hotel de Potrerillos. Pág. 30 28 - Expte. 45572 del 24-5-07 –Proyecto de declaración, con fundamentos del diputado Casteller, expresando el deseo que la Dirección General de Escuelas procediera a no aplicar la Resolución Nº 2702/06 y la circular N° 14 del 8-3-07, ya que modifican las incumbencias en el bono de puntaje 2005 del Profesorado de la EGB 3 y Polimodal en Psicología. Pág. 31 29 - Orden del Día. Pág. III - Expte. 44405, detección del estreptococo en embarazadas. Pág. 32 IV - Expte. 44721, fomento de la actividad caprina. Pág. 33 V - Expte. 43300, colegio de geógrafos y profesionales en geografía. Pág. 35 VI - Expte. 45535, suspensión de cobros judiciales. Pág. 36

VII - Expte. 34321, aniversario de la fundación de Mendoza. Pág. 37 VIII – Homenaje al Día Mundial sin tabaco. Pág. 38 IX - Expte. 45622, causa “Mario Gómez Yardez”. Pág. 42 X - Expte. 45372, expropiación de terreno en Tunuyán. Pág. 45 XI - Expte. 45524, puente sobre río Tunuyán. Pág. 46 XII - Ingreso y tratamiento sobre tablas. Pág. 54 XIII - APÉNDICE. I – (Sanciones) Pág. 68 II – (Resoluciones) Pág. 82

I

IZAMIENTO DE LAS BANDERAS

- En el recinto de sesiones de la H. Cámara

de Diputados de Mendoza, a 30 de mayo de 2007, siendo las 12.23, dice el SR. PRESIDENTE (Marín) - Con quórum reglamentario declaro abierta la sesión de tablas de la fecha.

Corresponde izar las Banderas nacional y provincial a los diputados Lazaro y Ligonié, a quienes invito a cumplir su cometido y a los demás legisladores y público, a ponerse de pie.

- Así se hace. (Aplausos)

II

ASUNTOS ENTRADOS

1 ACTA

SR. PRESIDENTE (Marín) - Por Secretaría se dará lectura a los Asuntos Entrados. Actas. SR. SECRETARIO (Grau) - (leyendo):

ACTA Nº 5 de la 4ª Sesión de Tablas del Período Ordinario, correspondiente al 167º Período Legislativo Anual de fecha 23-5-07 SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración.

Se vota y aprueba. - (Ver Apéndice Nº 9)

2 LICENCIAS

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SR. PRESIDENTE (Marín) - Corresponde considerar los pedidos de licencia.

Del diputado Bianchinelli, para ausentarse de la Provincia los días 28 y 29 del corriente mes, y del diputado Carmona para ausentarse de la Provincia el miércoles 30 de mayo del corriente año.

Se van a votar si se conceden con goce de dieta.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 10)

3 RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA

SR. PRESIDENTE (Marín) - Por Secretaría se continúa con las Resoluciones de Presidencia. SR. SECRETARIO (Grau) - (leyendo):

RESOLUCIÓN Nº 3 SL VISTO:

La Resolución Nº 11 de fecha 2-5-07, y CONSIDERANDO:

Que los distintos bloques han hecho llegar a Presidencia la nómina de sus integrantes para tal cometido. POR ELLO:

EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA

RESUELVE: Artículo 1º - Designar a los diputados Daniel Vilches, Jorge Serrano y Mirta Díaz (Bloque Radical), Mario Blanco y Yolanda Sfreddo (Bloque Justicialista-Frente para la Victoria), Roberto Pradines (Bloque Demócrata) y Néstor Piedrafita (Bloque ARI) como miembro integrante de la Comisión de Juicio Político (Art. 109 de la Constitución Provincial). Art. 2º - Comuníquese a insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

SALA DE LA PRESIDENCIA, EN MENDOZA, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil siete. JORGE MANZITTI OMAR MARÍN Sec. Legislativo Presidente RESOLUCIÓN Nº 05 SL

Atento a que el suscripto debe ausentarse del Territorio Provincial,

EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE

CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA,

RESUELVE: Artículo 1º - Quede en ejercicio de la Presidencia del H. Cuerpo, el vicepresidente 1º, Diputado Guillermo Carmona, a partir del 26 de mayo de 2007 y hasta el 28 de mayo de 2007, inclusive. Art. 2º - Comuníquese a insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

SALA DE LA PRESIDENCIA, EN MENDOZA, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil siete. JORGE MANZITTI OMAR MARÍN Sec. Legislativo Presidente SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 11) SR. PRESIDENTE (Marín) - En conocimiento de los diputados. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Bianchinelli. SR. BIANCHINELLI (PJ) - Señor presidente: habiendo tomado conocimiento de las Comunicaciones Oficiales y Particulares y de los proyectos entrados en la Comisión de Labor Parlamentaria, es que voy a solicitar que se pase directamente el Orden del Día y comencemos con el punto A) que son las preferencias con despacho de comisión. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar.

- Resulta afirmativa. - El texto de los Asuntos Entrados, es el

siguiente:

4 COMUNICACIONES OFICIALES

A) Poder Ejecutivo de la Provincia: 1-Comunica promulgación de las siguientes sanciones: N° 7695 (Dec. 1016/07) - Autorizando al Minist. de Seguridad a la adquisición de un sistema de inspección por Rayos X móvil. N° 7696 (Dec. 1017/07) - Autorizando al Minist. de Seguridad a la adquisición de un sistema de comparación e identificación balística.

AL ARCHIVO B) Secretaría General de la Gobernación: 1-Remite informe de las siguientes resoluciones:

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N° 600/06 (Expte. 45545/07) –Solicitando la construcción de ciclovía en San Rafael, sobre Ruta 144 entre Ruta Nacional 143 hasta Cuadro Benegas. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 42853 EN EL ARCHIVO (Dip. Delia Pérez) N° 781/06 (Expte. 45548/07) –Solicitando licitación pública nacional para adquirir avión para lucha antigranizo 2006-2007. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 41317 EN EL ARCHIVO (Dip. Roberto Blanco) N° 792/06 (Expte. 45564/07) –Solicitando se declare patrimonio cultural provincial a la Iglesia “San José”, de La Paz. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 43211 EN EL ARCHIVO (Dip. Mirta Castellano) N° 1497/06 (Expte. 45546/07) –Solicitando que el vuelto del pasaje del transporte pudiera ser canjeado para otro viaje. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 44333 EN EL ARCHIVO (Dip. Roque Romero) N° 1571/07 (Expte. 45560/07) –Solicitando se incorpore al plan de obras públicas la pavimentación de la calle Tabanera desde Grenon hasta Ferrari. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 40953 EN EL ARCHIVO (Dip. Omar Marín) N° 1572/07 (Expte. 45543/07) –Solicitando se incorpore al plan de obras publicas la pavimentación de calle Antonielli, entre Bandera de los Andes hasta Godoy Cruz. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 40950 EN EL ARCHIVO (Dip. Omar Marín) N° 1573/07 (Expte. 45542/07) –Solicitando se incorpore al plan de obras publicas la pavimentación de la calle Milagros entre carril Lavalle hasta calle Ferrari. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 40952 EN EL ARCHIVO (Dip. Omar Marín) N° 1575/07 (Expte. 45544/07) –Solicitando se incorpore al plan de obras públicas la pavimentación de la calle Prof. Mathus desde Tirasso hasta Buenos Vecinos. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 40945 EN EL ARCHIVO Dip. Omar Marín) N° 1576/07 (Expte. 45554/07) –Solicitando se incorpore al plan de obras públicas el reencarpetado de 3.500 m. de la Ruta Pcial. 20 entre Severo del Castillo hasta Benjamín Argumedo. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 40949 EN EL ARCHIVO (Dip. Omar Marín) N° 1577/07 (Expte. 45558/07) –Solicitando se incorpore al plan de obras públicas la pavimentación de calle Benjamín Argumedo entre Rodríguez hasta la Ruta Pcial 20.

A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 40948 EN EL ARCHIVO (Dip. Omar Marín) N° 45/06 (Expte. 45566/07) –Solicitando la reducción del precio del boleto de pasajeros para el recorrido Centro-Puente de Hierro en Gllén. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 42069 EN EL ARCHIVO (Dip. Roberto Blanco) N° 1987/07 (Expte. 45551/07) –Sobre la instalación y funcionamiento de salas de juego de banca en el hotel cinco estrellas emplazado frente al Mendoza Plaza Shopping. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 45145 EN COMISIONES (Dip. Carlos Bianchinelli) N° 1775/07 (Expte. 45559/07) –Acepte la observación a la Sanción 6992 –Lengua de Señas Argentinas. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 36468 EN EL ARCHIVO N° 1752/07 (Expte. 45563/07) –Solicitando se declare la emergencia climática en zonas del Depto. Guaymallén afectadas por la tormenta del 25-2-07. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 44814 EN EL ARCHIVO (Dip. Santiago Cazzoli) N° 1748/07 (Expte. 45562/07) –Solicitando se declare de interés provincial la FeriaApyme 2007 en San Rafael. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 44747 EN EL ARCHIVO (Dip. Jorge Serrano) N° 1724/07 (Expte. 45553/07) –Solicitando proyectos para obras aluvionales de infraestructura hídrica, de mitigación de inundaciones o de recuperación de tierras productivas al Fondo Hídrico de Infraestructura. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 44750 EN EL ARCHIVO (Dip. Mario Blanco) N° 1723/07 (Expte. 45549/07) –Sobre el cupo que se otorga en los planes de construcción de viviendas financiadas por el FONAVI a personas discapacitadas. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 44749 EN COMISIONES (Dip. Mario Blanco) N° 1719/07 (Expte. 45552/07) –Solicitando la puesta en marcha de un plan de relevamiento, poda, erradicación y replantación del arbolado que no esté en condiciones en San Rafael. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 44745 EN EL ARCHIVO (Dip. Delia Pérez) N° 1714/07 (Expte. 45569/07) –Sobre distintos planes de lucha y prevención de la Brucelosis, Hidatidosis y Chagas. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 43411 EN COMISIONES (Dip. Alberto Recabarren) N° 1664/07 (Expte. 45550/07) –Sobre varios puntos

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referidos al Hotel de Potrerillos. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 44701 EN COMISIONES (Dip. Alberto Canal) N° 1612/07 (Expte. 45565/07) –Solicitando se declare de interés patrimonial y turístico a la Estación de Cargas Mendoza del FCGB. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 44415 EN EL ARCHIVO (Dip. Pablo Tornello) N° 1588/07 (Expte. 45561/07) –Solicitando se incorpore al plan de obras públicas la pavimentación de calle Cambiaggi entre carril Lavalle hasta calle Milagros A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 40942 EN EL ARCHIVO (Dip. Omar Marín) N° 1587/07 (Expte. 45556/07) –Solicitando se incorpore al plan de obras publicas la pavimentación de calle Grenon entre Tabanera y San Miguel. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 40941 EN EL ARCHIVO (Dip. Omar Marín) N° 1586/07 (Expte. 45557/07) –Solicitando se incorpore al plan de obras públicas la pavimentación de calle Guerrero desde Severo del Castillo hasta San Miguel- A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 40943 EN EL ARCHIVO (Dip. Omar Marín) N° 1584/07 (Expte. 45567/07) –Solicitando se incorpore al plan de obras públicas la pavimentación de calle San Miguel entre Grenon y Ferrari. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 40940 EN EL ARCHIVO (Dip. Omar Marín) N° 1583/07 (Expte. 45568/07) –Solicitando se incorpore al plan de obras públicas la pavimentación de calle La Purísima desde B. de los Andes hasta Godoy Cruz. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 40951 EN EL ARCHIVO (Dip. Omar Marín) N° 1579/07 (Expte. 45555/07) –Solicitando pavimentación de calle Infanta Isabel entre Buenos Vecinos y Severo del Castillo. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 40946 EN EL ARCHIVO (Dip. Omar Marín) N° 1578/07 (Expte. 45547/07) –Solicitando la pavimentación de calle Mitre entre B. Argumedo hasta Serpa. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 40947 EN EL ARCHIVO (Dip. Omar Marín) 2 - Acusa recibo de las Resoluciones Nros. 2080/07, 44/07 y 2061/07.

A SUS ANTECEDENTES EN EXPTES. RESPECTIVOS 3 - Expte. 45541/07 –Remite copia de las Res. 732, 1037, 1038, 1039, 1040, 1041, 1042, 1043, 1044 y 1045/07 del Ministerio de Salud.

A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y

PRESUPUESTO 4- Expte. 45540/07 –Remite copia de las actuaciones N° 504-D-05-03873-E-00-1 caratulado Dcción. de Recursos Naturales Renovables “E/Propuesta de Ceder a la Municip. de Malargüe la Cortina Forestal, que circunda y protege dicha Ciudad. Res. 345/04”.

A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 45391 EN COMISIONES (LAC) 5 -Expte. 45538/07 –Remite copia del Decreto 1054/07 del Minist. de Hacienda.

A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO C) H. Senado de la Provincia: 1 - Remite en revisión: Expte. 45508 del 21-5-07 (H.S. 52912 ac. 53381 –Suárez- 15-5-07) –Incorporando el Art. 40 bis y modificando el Art. 198 de la Ley 6082 de Tránsito –Uso obligatorio de cinturones y cabezales de seguridad en transporte de escolares y de pasajeros. A LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA Expte. 45509 del 21-5-07 (H.S. 52937 ac. 52903 –Hisa- 15-5-07) –Autorizando a la Dcción de Vías y Medios de Transporte a prorrogar la reinscripción de taxis de los departamentos rurales de la Provincia por el término de 90 días. A LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA Expte. 45582 del 24-5-07 (H.S. 52828 P.E. 22-5-07) –Aprobando el presupuesto anual de gastos y cálculo de recursos para 2007 del EPRE. A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO 2 - Comunica las siguientes sanciones definitivas: N° 7699, incluyendo como beneficiarios del subsidio transitorio y complementario establecido por el Art. 35 de la Ley 7650, a los pensionados docentes de la Administración Pública Pcial. transferidos a la Nación en virtud del correspondiente convenio de transferencia. N° 7700, modificando el Art. 3º de la Ley 7373. AL ARCHIVO 3 - Remite copia de las resoluciones: N° 45/07, aceptando la observación realizada por el Poder Ejecutivo a la Sanción N° 7572 –Creación del Consejo Pcial. de Seguridad y Prevención de la violencia en el deporte. EN CONOCIMIENTO DE LOS DIPUTADOS

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N° 46/07, encomendando al presidente del H. Senado la convocatoria a constituir la Comisión Bicameral prevista por Ley 7300 –Sistema de jubilaciones y pensiones para el personal de la Administ. Pública. A LA COMISIÓN DE LABOR PARLAMENTARIA D) Departamento General de Irrigación remite: 1- Expte. 45531/07 -Copia de Res. 242, 243, 244, 245, 267/07 por las que se otorgó el título de concesión para aprovechamiento de aguas subterráneas a titulares de distintas perforaciones en San Carlos, San Martín, Luján de Cuyo y Tupungato.

A LA COMISIÓN DE OBRAS PUBLICAS E INFRAESTRUCTURA 2 - Nota 3727/07 –Informe de gastos de publicidad correspondientes al bimestre marzo-abril 2007.

A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO E) Municipalidades remiten: 1 - Tupungato: Dec. 07/07, adhiriendo a la Dec. 1829/07 del H.C.D. de San Rafael solicitando un proyecto conjuntamente con OSEP, para que los aportes de los afiliados no sean incrementados y cubran la totalidad de las prácticas médicas.

A LA COMISIÓN DE SALUD PÚBLICA 2 - Gral. Alvear, remite informe según lo solicitado por Resolución N° 1333/06, solicitando la remisión de Ordenanzas y Resoluciones relacionadas con la XI Micro Región integrada por San Rafael, Gral. Alvear y Malargüe para fortalecer el desarrollo regional. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 44120 EN EL ARCHIVO (Dip. Eduardo Bauzá) 3 - San Rafael: Res. 2717/07, declarando de interés cultural, educativo y turístico departamental el rodaje y exhibición de la película “Cuando tus ojos llueven”.

EN CONOCIMIENTO DE LOS DIPUTADOS F) Expte. 45520/07 –Obra Social de Empleados Públicos, remite información respecto a trasplantes correspondientes a enero, febrero y marzo de 2007.

A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO G) Ministerio de Seguridad, remite informe de las siguientes resoluciones: N° 1717/07 (Expte. 45514/07), sobre cantidad de automotores secuestrados en operativos de control vial por alcoholemia, desde el 2003 hasta la fecha.

A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 44740 EN COMISIONES (Dip. Eduardo Bauzá) N° 1953/07 (Expte. 45580/07), respecto de la titularidad de los inmuebles lindantes con la Ruta

Provincial N° 86 en el tramo comprendido entre las conas denominadas como Cristo Rey y El Cortijo, Departamento Tupungato.

A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 45083 EN COMISIONES (Dip. Guillermo Carmona) H) Expte. 45581/07 –Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, remite informe solicitado por Resolución N° 1897/07, sobre el tiempo estipulado de entrega del edificio del Centro Polivalente de Arte del Departamento San Rafael. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 44917 EN COMISIONES (Dip. Mario Casteller) I) Expte. 45513/07 –Dirección Nacional de Vialidad, remite informe solicitado por Resolución N° 2051/07, sobre reparaciones en la Ruta Nacional N° 40, Zapata.

A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 42363 EN EL ARCHIVO (Dip. Julio Simón) J) Expte. 45413/07 –Ministerio de Salud, remite informe del Plan Provincial de Adicciones. A LA COMISIÓN DE SALUD PÚBLICA K) Bloque de Diputados Justicialista-Frente para la Victoria, propone a la diputada Nidia Martini, para integrar la Comisión de Distinción Legislativa Sanmartiniana. A LA COMISIÓN DE LABOR PARLAMENTARIA L) Nota 3713/07 –Embajador de la República de Turquía, adjunta un artículo detallando la posición turca acerca de los eventos de 1915 y la editorial publicada por el Diario Argentino La Nación, el 25 de abril de 2007.

A LA COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES

5 DESPACHOS DE COMISIÓN

Expte. 44721/07 –De Economía, Energía, Minería e Industria, en el proyecto de ley de los diputados Gantus y Tornello, adhiriendo a la Ley Nacional N° 26141, ley para la recuperación, fomento y desarrollo de la actividad caprina. (PREFERENCIA N° 19) AL ORDEN DEL DÍA Expte. 45037/07 –De Legislación y Asuntos Constitucionales, en el proyecto de ley venido en revisión del H. Senado (sin modificaciones), regulando el ejercicio de la Educación Física en la Provincia.

AL ORDEN DEL DÍA Expte. 43300/06 –De Legislación y Asuntos Constitucionales, en el proyecto de ley del diputado Canal, creando el Colegio de Geógrafos y

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Profesionales en Geografía. AL ORDEN DEL DÍA

Expte. 34684/03 –De Hacienda y Presupuesto y de Cultura y Educación, en el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, facultando al mismo a incrementar la partida personal de la Dirección General de Escuelas del Presupuesto año 2003, y en consecuencia aumentar el uso del crédito y/o disminuir las partidas amortización de deuda.

AL ORDEN DEL DÍA Expte. 42393/06 –De Cultura y Educación, en el proyecto de resolución de la diputada Pérez D., distinguiendo con un diploma honorífico al destacado Dr. Rafael González y su equipo, por su vocación social y humanística en el Centro de Salud de Punta del Agua, Departamento San Rafael.

AL ORDEN DEL DÍA Expte. 42025/06 –De Cultura y Educación, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 42025/06, proyecto de ley del diputado Urigüen, estableciendo como parte integrante del Patrimonio Cultural de Mendoza al Puestero.

AL ORDEN DEL DÍA Expte. 36383/04 –De Cultura y Educación, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 36383/04, proyecto de resolución del diputado Parisi, citando a la Comisión de Cultura y Educación al Subsecretario de Cultura, a fin que informe sobre la reglamentación de la Ley 5885.

AL ORDEN DEL DÍA Expte. 39182/05 –De Cultura y Educación, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 39182/05, proyecto de resolución de los diputados Pradines, Minelli y Zaragoza, solicitando al Poder Ejecutivo el pago de honorarios regulados en la sentencia de amparo presentada por el SUTE.

AL ORDEN DEL DÍA Expte. 35108/04 –De Cultura y Educación, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 35108/04, proyecto de resolución del diputado Martín S., declarando de interés legislativo el programa radial “Memorias de mi ciudad” de Radio Nihuil.

AL ORDEN DEL DÍA Expte. 42031/06 –De Cultura y Educación, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 42031/06, proyecto de resolución del diputado Moyano, invitando a la directora General de Escuelas a la reunión de la Comisión de Cultura y Educación y de Salud Pública

AL ORDEN DEL DÍA Expte. 37775/04 –De Cultura y Educación, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 37775/04, nota remitiendo anteproyecto de ley referido a la educación en la metodología de la no violencia

AL ORDEN DEL DÍA

Expte. 42348/06 –De Cultura y Educación, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 42348/06, proyecto de resolución del diputado Recabarren, citando a la directora Gral. de Escuelas a la Comisión de Cultura y Educación, a fin de tratar el tema de la falta de gas.

AL ORDEN DEL DÍA Expte. 40810/05 –De Cultura y Educación, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 40810/05, proyecto de resolución del diputado Zaragoza, citando al director de Recursos Humanos de la Dcción. Gral. de Escuelas a la Comisión de Cultura y Educación, a fin de tratar el tema de los celadores.

AL ORDEN DEL DÍA

6 COMUNICACIONES PARTICULARES

1-Expte. 45578/07 –Sindicato de los Periodistas, solicita intervención de la Comisión de DGCPP.

A LA COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES 2-Nota 3712/07 –Asociación de Excombatientes de Malvinas, comunica que han detectado irregularidades en los organismos que otorgan beneficios a Veteranos de Guerra. A LA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES 3-Colegio Proyectar, San Rafael, adhiere al proyecto de ley de la diputada Mirta Díaz, declarando el estado de emergencia de los establecimientos educativos de gestión privada cuya cuota no supere los $150 y que no reciben aportes del Estado Provincial. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 45315 EN COMISIONES

7 PROYECTO DE LEY EN REVISIÓN

(EXPTE. 45508) Artículo 1º - Incorpórase el Art. 40 bis) a la Ley N° 6082, con el siguiente texto:

“Art. 40 bis) - El uso de correajes y cabezales de seguridad es obligatorio para todos los ocupantes, en todos sus asientos y en la totalidad de los vehículos de los servicios de transporte público de pasajeros de media distancia, turismo, contratado y especial. Los vehículos comprendidos deberán poseer cinturones de seguridad que tomen bandolera y cintura en los asientos del conductor y delanteros y en cintura en los demás, en formas y condiciones que establezca la reglamentación”. Art. 2° - Modifícase el Art. 198 de la Ley N° 6082 en su inciso F) que quedará redactado de la siguiente forma:

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“F) Será obligatorio el uso de correajes y

cabezales de seguridad para todos los ocupantes, en todos los asientos delanteros de los vehículos de los servicios del transporte escolar. En los asientos traseros de los vehículos mencionados, será obligatorio el uso de cinturón de seguridad en la cintura y a lo ancho de los asientos del vehículo en forma y condiciones que establezca la reglamentación”. Art. 3º - Esta ley deberá entrar en vigencia a partir de los sesenta (60) días de su promulgación. El Poder Ejecutivo deberá adecuar las reglamentaciones vigentes a las normativas dispuestas en la presente ley. Art. 4° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DEL H. SENADO, en Mendoza, a los quince días del mes de mayo del año dos mil siete. Analía V. Rodríguez Juan Carlos Jaliff Sec. Legislativo Vicegobernador - A LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA

8 PROYECTO DE LEY EN REVISIÓN

(EXPTE. 45509) Artículo 1º - Autorízase a la Dirección de Vías y Medios de Transporte dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos, Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, a prorrogar la reinscripción de taxis de los departamentos rurales de la Provincia de Mendoza por el término de noventa (90) días a partir de la promulgación de la presente ley, cuyas unidades deberán someterse a un régimen de controles técnicos que dispondrá dicha Dirección. Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DEL H. SENADO, en Mendoza, a los quince días del mes de mayo del año dos mil siete. Analía V. Rodríguez Juan Carlos Jaliff Sec. Legislativo Vicegobernador - A LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA

9 PROYECTO DE LEY EN REVISIÓN

(EXPTE. 45582) Artículo 1º - Apruébese el Presupuesto Anual de

Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2007 del Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE), que como Anexo integra la presente ley. Art. 2º - Autorízase al Directorio del EPRE a realizar las reestructuraciones que considere conveniente en los créditos de partidas principales presupuestarias mientras no se altere el total de las erogaciones fijadas, con las siguientes limitaciones:

A) Personal:

1 - Los créditos de la partida de personal podrán transferirse a otro destino cuando el Directorio resuelva suprimir las vacantes que se produzcan durante el ejercicio.

2 - No podrá incrementarse el gasto autorizado de la partida de personal salvo para: a) aumentos y/o variaciones de alícuotas de contribuciones patronales o seguros contratados para el personal, en el marco de la legislación vigente; b) atender a costos patronales originados en el cumplimiento de los convenios colectivos en vigencia que no impliquen modificaciones en las escalas salariales ni incrementos en los cargos autorizados.

3 - Se podrán realizar todas las modificaciones necesarias de las estructuras y cargos previstos en el presente presupuesto mientras no se incremente el total de cargos y el crédito autorizado para la partida de Personal, salvo lo indicado en el inciso anterior. Los nombramientos en la partida de Personal deberán contar con el cargo vacante y los créditos previstos para el año.

B) Locaciones de Obra y/o Servicios: Los créditos de este rubro dentro de la partida principal de Servicios Corrientes podrán incrementarse sólo en la medida que ingresen aportes no reintegrables de Entes Públicos o Privados, Provinciales, Nacionales o Internacionales destinados a tal fin. Las contrataciones de Locaciones de Servicios con cargo a esta partida originará el cómputo anual de los usos a los que se decida aplicar independientemente del momento o período que abarque la prestación.

C) No podrán transferirse a la partida de Erogaciones Corrientes los créditos asignados a Erogaciones de Capital. Art. 3º - Autorízase al Directorio del EPRE disponer aumento del Cálculo de Recursos y, consecuentemente en igual medida, las partidas de erogaciones que considere conveniente, con las limitaciones del artículo anterior, para desarrollar las políticas institucionales manteniendo el equilibrio presupuestario, siempre que durante el Ejercicio la recaudación obtenida supere el cálculo previsto en el presente Presupuesto 2007. Art. 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DEL H. SENADO, en Mendoza, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil siete.

Analía V. Rodríguez Juan Carlos Jaliff Sec. Legislativo Vicegobernador

ANEXO I

ENTE PROVINCIAL REGULADOR ELÉCTRICO Presupuesto 2007 RECURSOS CORRIENTES $7.011.824 Tasa de Fiscalización y Control Art. 63 Ley 6497 $6.889.424 Otros Ingresos $122.400 Financiamiento Aportes no Reembolsables $1.462.200 Aportes para control FPCT $0 Aportes para renegociación de contratos $0 Saldo no comprometido ejercicio anterior $1.462.200 TOTAL RECURSOS $8.474.024 EROGACIONES CORRIENTES $7.806.804 Personal $6.022.106 Bienes Corrientes $116.752 Servicios Corrientes $1.667.946 Servicios Generales $1.172.346 Locación de Obras y Servicios $ 495.600 EROGACIONES DE CAPITAL $667.220 Bienes de Capital $612.220 Muebles y útiles $7.920 Equipos $513.790 Rodados $60.000 Material Bibliográfico $30.510 Instalaciones $55.000 Instalaciones $55.000 Inmuebles $0 Inmuebles $0 TOTAL EROGACIONES $8.474.024

- A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO

10 PROYECTO DE LEY

(EXPTE. 45501)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Recientes investigaciones han afirmado que el cambio climático mundial es una realidad presente, y que sus consecuencias en el corto y

largo plazo pueden resultar gravísimas para la población en general. El cambio climático se presenta entonces, en la actualidad, como uno de los mayores desafíos de la humanidad. No es ya una amenaza de pesimistas ambientales, se evidencia constantemente en furiosos tornados y huracanes, en inundaciones y derretimiento de los polos. Es un desafío al desarrollo sustentable y debe dejar de ser un tema de científicos para pasar al ámbito de la cultura, la política y la economía.

En el debate del resumen para responsables

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políticos del IV Informe de Evaluación del Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático, se planteó la inmediata necesidad de comenzar a planificar este fenómeno y tomar medidas urgentes para frenar sus consecuencias desastrosas, entre las que se prevén la escasez de agua dulce, el desplazamiento de millones de personas, cambios y deterioros en la producción agropecuaria, posibles hambrunas, extinción de especies y severos problemas de salud. intentaremos sucintamente apuntar algunos datos establecidos en el documento “Mitigación del Cambio Climático”, tercer volumen del cuarto informe del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC, en inglés) de la ONU.

El informe, elaborado por científicos y expertos de 150 países, ofrece opciones con medidas concretas para responder al calentamiento de la tierra.

En el informe se recomiendan medidas, entre ellas cambios en el estilo de vida y en el consumo, así como acciones que deben tomar los gobiernos y el sector privado de manera urgente para reducir las emisiones.

El informe del IPCC, sostiene que mantener el actual nivel de concentración de partículas de dióxido de carbono costará cerca del 3% del Producto Interior Bruto (PIB) mundial, de aquí al 2030.

En la actualidad el nivel se sitúa en torno a 445 partículas de CO2 por millón y, según los expertos, evitar que suba podría frenar el alza de la temperatura en 2 grados centígrados.

En otro escenario, el de mantener el nivel de concentración entre 535 partículas por millón y 590 partículas por millón, costaría entre el 0,2% y el 2,5% del PIB mundial, según el dossier.

"Las actuales políticas medioambientales son inadecuadas, y es necesario actuar ahora", advierte el informe.

Los 400 expertos reunidos en Bangkok concluyeron que los próximos 20 ó 30 años serán cruciales para disminuir el calentamiento del planeta. Y exhortaron a la utilización de biocombustibles y el uso de energías como la solar, eólica, y hasta la nuclear como potenciales soluciones.

Las emisiones de dióxido de carbono, que son las principales causantes del efecto invernadero, está previsto que aumenten hasta 110% de aquí a 2030, a menos que se actúe de inmediato.

Si bien es cierto que la dimensión del problema es de carácter global, podemos tener la certeza que la indiferencia es la peor de las actitudes a tomar a nivel local. En nuestra Provincia necesitamos herramientas para abordar este problema. El Estado debe establecer su presencia en este tema que no sólo importa a las condiciones de vida de las generaciones actuales, sino que establecerá las de nuestras generaciones futuras.

Asimismo, las iniciativas improvisadas o espasmódicas pueden también resultar en infructuosas buenas intenciones. Por ello considero imperioso convocar a especialistas y científicos a

que aporten sus conocimientos, a fin de que el poder político se encuentre adecuadamente asesorado para la toma de las decisiones necesarias para hacer frente a este fenómeno.

A tal fin propongo a esta H. Legislatura la creación de una Comisión de Prevención y Seguimiento de las Consecuencias del Cambio Climático en la Provincia de Mendoza, como órgano asesor integrado esencialmente por científicos y técnicos de la Provincia.

Específicamente se le encarga por la Ley que propongo, que en un plazo máximo de 1 años desde su constitución, la Comisión elabore y eleve un informe sobre la problemática conteniendo recomendaciones específicas.

Por estos fundamentos, y los que se darán a conocer en su oportunidad, es que se solicita a esta Honorable Cámara preste sanción favorable al presente proyecto de ley. Mendoza, 21 de mayo de 2007.

Guillermo Carmona

Artículo 1º - Créase, en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, una Comisión de Prevención y Seguimiento de las consecuencias del Cambio Climático en la Provincia de Mendoza. Art. 2º - La Comisión tendrá a su cargo asesorar al Poder Ejecutivo provincial en la implementación de medidas tendientes a prevenir las consecuencias negativas del fenómeno del cambio climático en la Provincia de Mendoza. A tal fin realizará los estudios e investigaciones conducentes al cumplimiento de tales objetivos. Art. 3º - La Comisión será presidida y coordinada en su accionar por una persona designada por el Gobernador, quien deberá acreditar trayectoria y conocimiento en áreas vinculadas a la problemática. Los restantes miembros serán designados por el Gobernador, a propuesta de los organismos científicos, académicos y las organizaciones sociales asentados en la Provincia y vinculados al problema, de las Cámaras de Diputados y Senadores de la Provincia, y de los municipios y sus H. Concejos Deliberantes. Art. 4º - La Comisión deberá elevar al Poder Ejecutivo y a la Honorable Legislatura Provincial, un informe con recomendaciones en un plazo máximo de un (1) año a partir de su constitución. Art. 5º - De forma.

Mendoza, 21 de mayo de 2007.

Guillermo Carmona

- A LA COMISIÓN DE AMBIENTE, URBANISMO Y VIVIENDA

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11 PROYECTO DE LEY

(EXPTE. 45506)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

De acuerdo a lo estipulado en la Ley nacional 26026/06 en sus artículos 18, 19, 20 y 21, como así también en la Ley 6970 en el artículo 23, donde entre otras consideraciones, menciona que el nivel inicial tiene por finalidad garantizar el desarrollo integral de los niños/as a través de una educación temprana de calidad, compensar desigualdades iniciales y asegurar una adecuada incorporación a la educación general básica y dado los objetivos de la educación inicial de incentivar el proceso de estructuración del pensamiento, estimular los hábitos de la integración social, de convivencia grupal, favorecer el proceso de maduración del niño/a en lo sensorio motor, la iniciación deportiva y lúdica, fortalecer la vinculación entre la institución educativa y la familia para optimizar la acción formadora de ambas, etc.

En la actualidad, de la subsecretaría de Gestión Institucional depende la Dirección de Educación Inicial, EGB1 y EGB2.

En razón de los considerando antes esgrimido, es que se entiende la necesidad de que el Nivel Inicial cuente con una Dirección especifica de Línea. La misma subsanaría algunas dificultades que surgen hoy en el gerenciamiento administrativo del nivel como así también clarificaría las asignaciones presupuestarias anuales y tendería a una gestión más eficiente y eficaz.

Por los motivos antes expuestos, es que solicito a esta Honorable Cámara la sanción favorable al siguiente proyecto. Mendoza, 21 de mayo de 2007.

Leticia Oldrá Artículo 1º - Créase la Dirección de línea de nivel inicial dependiente de la Dirección General de Escuelas. Art. 2º - La Dirección de línea de nivel inicial tendrá a su cargo la administración de las salas de cuatro (4) años y los jardines de infantes de acuerdo y a cumplimiento con las funciones que han sido dispuestas en las leyes vigentes, nacional y provincial del nivel, a fin de garantizar el desarrollo integral de los niños/as, a través de una educación general básica, teniendo en cuenta que sus objetivos son: incentivar el proceso de estructuración del pensamiento, estimular los hábitos de la integración social, de convivencia grupal, favorecer el proceso de maduración del niño/a en lo sensorio motor, promover la iniciación deportiva y la familia para optimizar la acción formadora de ambas, etc.

Art. 3º - De forma.

Mendoza, 21 de mayo de 2007.

Leticia Oldrá

- A LA COMISIÓN DE CULTURA Y EDUCACIÓN

12 PROYECTO DE LEY

(EXPTE. 45507)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Los caminos ganaderos en la Provincia, sufren por sus distancias en un sinnúmero de ocasiones, problemas de mantenimiento. Esto es así por considerar que la Dirección Provincial de Vialidad, no logra resolver en tiempo y forma este tema. Los motivos son variados, pero el que más sobresale es la carencia presupuestaria, para llevar adelante la atención de vías primarias y secundarias de las zonas rurales.

La presente ley, viene en este sentido a dar forma a un viejo anhelo de los productores ganaderos de la Provincia. Motivos sobran, ya que la economía en los últimos años ha visto a este sector, como uno de los que más expectativas ha generado.

El crecimiento de la ganadería en las zonas áridas, requiere atención y servicios que le permitan desplegar todo el potencial que muestra, aportando ingresos no tradicionales y de singular importancia en el producto bruto de la Provincia.

A este respecto existe legislación en otras provincias, que ha servido de guía, para dar forma a la presente ley, generando una norma al respecto que resuelva definitivamente el problema de la comunicación, y aporte de esta manera soluciones integrales sobre una materia en la cual aun existen deudas pendientes, en el desarrollo de esta actividad que ocupa un vasto porcentaje del territorio mendocino.

Los productores y el Estado, tienen a través de esta ley una nueva herramienta, que provee una fusión a través de convenios entre productores, Vialidad, Irrigación, municipios y otros, que tiende a resolver en el plazo más corto el problema de la generación de fondos para estos fines específicos, a los que suma una nueva concepción en la provisión de servicios, vinculados a la conservación y creación de vías de comunicación entre los mercados inmediatos y las zonas de producción ganadera. Pero de la misma manera en que se produce el compromiso entre productores y entes públicos con el fin determinado, también se origina la responsabilidad del control, de la ejecución y el manejo de los fondos.

Por eso la naturaleza y finalidad, propósitos, constitución, recursos, liberación de requisitos (tasas, impuestos y garantías), control y

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fiscalización, intervención, fusión o unión y disolución y disposiciones transitorias dispuestas en la presente ley, deben figurar como un núcleo conjunto e indisoluble, a los efectos de permitir operatividad y concreción inmediata de los propósitos dispuestos en la misma.

Por las razones expuestas y las que se pueden sumar al momento de ser considerada, es que propongo el tratamiento y aprobación del presente proyecto de ley.

Mendoza, 21 de mayo de 2007.

Diego Arenas Eugenio Dalla Cia

Artículo 1º - Créase en la Provincia de Mendoza, el régimen de consorcios camineros ganaderos que funcionarán como entidades de bien público, de servicios a la comunidad sin fines de lucro, integrados por vecinos de una zona determinada, con el objeto de aunar esfuerzos y aportes económicos de distinta naturaleza para:

a) Ejecutar y conservar caminos en jurisdicción provincial, específicamente de aquellos que pertenecen a la red terciaria y/o vecinal y/o rural, y en forma excepcional en las redes primarias y secundarias, según la codificación utilizada y definida por la Dirección Provincial de Vialidad.

b) Realizar en forma optativa, y toda vez que las necesidades así lo requieran, con el Departamento General de Irrigación (DGI), mediante firma de convenios suscriptos al efecto, trabajos considerados necesarios para mantenimiento y rehabilitación de canales y toda obra que permita el escurrimiento natural del agua en áreas rurales, en las cuales tendrá responsabilidad exclusiva técnica y legalmente, de todas las cuestiones derivadas del desarrollo de los mismos. Previo a la firma del convenio, el o los consorcios camineros intervinientes deberán dar a conocer su contenido a la Dirección Provincial de Vialidad. Art. 2º - Los consorcios camineros ganaderos serán personas jurídicas de derecho público no estatal, con capacidad para actuar pública o privadamente y para adquirir derechos y contraer obligaciones a partir de su reconocimiento por la Dirección Provincial de Vialidad y la Dirección de Personas Jurídicas. Art. 3º - La Dirección Provincial de Vialidad, queda autorizada por la presente -dada la naturaleza de personas jurídicas públicas no estatales de los consorcios camineros ganaderos-, a contratar con ellos mediante adjudicación directa los trabajos a que se refiere el artículo primero, como así también, el alquiler o venta de equipos viales, materiales y transportes necesarios para los mismos. Art. 4º - Los Municipios de la Provincia podrán contratar en forma directa con los consorcios

camineros ganaderos, trabajos y obras similares a los que dichos consorcios realicen para la Dirección Provincial de Vialidad, siempre que no se impida el cumplimiento de la finalidad específica que origina su creación.

OBJETIVOS Art. 5º - Los consorcios camineros ganaderos, tendrán como objetivo: construir, reconstruir y conservar caminos. También podrán incluir entre ellos, el mantenimiento y rehabilitación de canales y de los sistemas de escurrimiento natural del agua en áreas rurales, para lo cual estarán facultados a:

a) Contratar trabajos afines con reparticiones oficiales, con instituciones públicas o privadas y con particulares, para este ultimo caso se requerirá la aprobación de dos tercios de los miembros de la comisión directiva, con domicilio real en la zona de jurisdicción del consorcio respectivo y también con sus socios consorcistas siempre que no se desvirtúe su finalidad principal;

b) Señalizar, forestar y ejecutar todo otro tipo de mejoramiento en las obras de su jurisdicción en el marco de lo establecido en el articulo primero;

c) Realizar actividades de capacitación y concientización comunitaria orientadas a la seguridad, mantenimiento y conservación del patrimonio vial e hídrico;

d) Colaborar con consorcios vecinos y celebrar acuerdos bi y multilaterales, con el objeto de adquirir y utilizar en común maquinarias, ejecutar obras viales en general, reparar y mantener caminos, construir obras de arte, alcantarillas, puentes y todo tipo de obras de naturaleza vial y de seguridad que mejore las condiciones de las vías de circulación;

e) Convenir con la Provincia, a través de la Dirección Provincial de Vialidad y con destino al cumplimiento de los objetivos fijados, la afectación en comodato o en forma definitiva de equipos viales, maquinarias y herramientas de propiedad de la provincia, como también la provisión de combustibles y lubricantes. Art. 6º - Los consorcios camineros ganaderos, conjuntamente con la Dirección Provincial de Vialidad, la Dirección de Recursos Naturales Renovables y el Ministerio de Economía, podrán convenir por escrito con propietarios rurales aledaños a caminos vecinales, la extracción sin cargo de suelos gratuitos destinados a la reparación de caminos.

Estos convenios solo se realizarán por legitima conveniencia económica para el Estado Provincial y Productores del Consorcio. Art. 7º - Los trabajos que realicen los consorcios camineros ganaderos, podrán hacerlo directamente, o con intervención de terceros. En la ejecución y conservación de caminos, una vez confeccionado el proyecto de obra, lo pondrán a consideración de la

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Dirección Provincial de Vialidad, quien hará las observaciones pertinentes y una vez aprobado, determinará la modalidad de contratación que corresponda según la importancia de la obra, incluyéndose en ella el alquiler de equipos, provisión de materiales y transporte. Para el caso de ejecución de obras de rehabilitación y mantenimiento de canales y de los sistemas de escurrimiento natural del agua en áreas rurales, será responsabilidad de la Departamento General de Irrigación (DGI) la elaboración de los proyectos, el control y la supervisión de los mismos.

CONSTITUCIÓN Art. 8º - La constitución de los consorcios de caminos ganaderos, se establecerán dentro de las normas legales dispuestas por la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Mendoza, respondiendo a:

1- Determinación de la jurisdicción de caminos y kilometraje a cubrir, que pretende atender presentando croquis de los mismos, mediante estudio de conformidad, según lo resuelvan los consorcistas, junto con la Dirección Provincial de Vialidad.

Cumplidos estos requisitos se remitirán copias de los mismos e informes sobre la necesidad de constitución del consorcio a la Dirección Provincial de Vialidad, la que deberá expedirse en un plazo no mayor de sesenta (60) días por resolución fundada.

En el supuesto que en una misma jurisdicción se presentase más de una comisión promotora, tendrá prioridad la primera presentación, salvo en los casos en que ya existieran antecedentes de consorcios en funcionamiento. Art. 9º - El consorcio caminero ganadero, se constituirá en asamblea de personas que cumplan con los requisitos necesarios para ser socios consorcistas, ajustando su funcionamiento a lo establecido en el estatuto tipo que la asamblea apruebe y que deberá definir con precisión los fundamentos y finalidades del consorcio. Art. 10 - El consorcio caminero ganadero, será constituido por los socios consorcistas clasificados en las siguientes categorías:

a) Socios consorcistas activos: serán las personas físicas mayores de veintiún (21) años, hábiles, y las personas jurídicas privadas representadas cada una de estas por una persona física mayor de veintiún (21) años, hábil, que sean propietarios, arrendatarios, inquilinos de propiedades inmuebles rurales ubicados en la jurisdicción del consorcio, con domicilio real o especial en la misma, y que acrediten una antigüedad en ese carácter no menor de un (1) año a la fecha en que se asocie. El socio consorcista activo podrá ser electo para integrar los distintos

órganos de gobierno del consorcio y tendrá voz en las decisiones que se adopten en los mismos, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en el estatuto tipo;

b) Socios consorcistas de representación necesaria: serán las personas físicas, con iguales requisitos que los solicitados en el inciso a) de este artículo, que actuarán en nombre y representación del o los municipios de jurisdicción del consorcio. El socio consorcista de representación necesaria, ocupará una de las vocalías titulares de la comisión directiva, con voz y voto en la toma de decisiones en dicho órgano a igual que en la Asamblea General, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en el estatuto tipo. En el caso de que en la jurisdicción asignada al consorcio, existieran mas de un municipio, los mismos deberán acordar la designación de la persona que lo representará en este carácter de socio;

c) Socios consorcistas adherentes: serán las personas físicas con iguales requisitos que los solicitados en el inciso a) de este artículo, y las personas jurídicas públicas y privadas que posean intereses dentro de la jurisdicción del consorcio, originados en el ejercicio de sus actividades normales y que serán representadas cada una de ellas por una persona, que deberá reunir iguales requisitos que los establecidos en el estatuto tipo. El socio consorcista adherente solo tendrá voz en la Asamblea General, pero en ningún caso podrá ocupar cargos en los órganos de gobierno del consorcio. Art. 11 - El consorcio caminero ganadero, estará regido legalmente, por los organismos ý demás requisitos legales que disponga la Ley de Personas Jurídicas de la Provincia de Mendoza. Art. 12 - Los consorcistas electos en la comisión directiva, son personal y solidariamente responsables del manejo de los bienes que le son confiados, no respondiendo con sus bienes personales por los actos ejecutados u obligaciones contraídas en representación del consorcio, salvo que se determine que hubo dolo o culpa en el ejercicio de sus funciones.

Además no podrán percibir retribución o ventaja alguna, por el desempeño en el cargo. Art. 13 - Se creará un Comité Ejecutivo, que estará formado por 3 (tres) miembros de la comisión directiva, con facultades para tomar decisiones que sean de urgencia, y convenientes a los intereses del consorcio, de las que se dará cuenta a la comisión directiva, en la primera reunión mensual que obligatoriamente debe realizar. Estará constituido por el presidente o vicepresidente, con el secretario y el tesorero. Su constitución deberá decidirse en reunión de comisión directiva y contar en el Acta respectiva a igual que sus modificaciones en todas las oportunidades que se produzca.

RECURSOS

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Art. 14 - Serán recursos de los consorcios de caminos ganaderos de la Provincia de Mendoza:

a) Los fondos recaudados de las cuotas sociales normales y extraordinarias que efectúen los socios activos, de representación necesaria y adherentes, resuelta en Asamblea.

b) Los fondos provenientes de la Dirección Provincial de Vialidad, Ministerio de Economía y municipalidades, o de otra entidad pública, sea ésta de carácter provincial o nacional.

c) Los producidos de toda obra o trabajo que se realice en carácter de consorcio caminero ganadero a particulares y que no respondan al interés general.

d) Los subsidios, donaciones y legados en efectivo, equipos y materiales que reciba de instituciones públicas o privadas o de particulares.

e) Los recursos extraordinarios que sin desvirtuar los fines del consorcio, genere la comisión directiva a efectos de obtener fondos o capitalizar la entidad.

f) Los fondos provenientes de la recaudación de multas o indemnizaciones del daño a la infraestructura vial.

g) Del producto de toda obra que realice en su carácter de consorcio caminero ganadero, la Dirección Provincial de Vialidad, pagará hasta el 80% del precio convenido por trabajos realizados considerándose el restante, como aporte en concepto de contribución realizado por la comunidad a través de este consorcio, para mantenimiento de la red caminera. El pago podrá efectuarse en dinero en efectivo, en alquiler o transferencia de equipos, en suministro de mano de obra, materiales y en transporte de equipos necesarios para los trabajos cuya forma y medio de pago deberá establecerse en el convenio que se suscriba para cada obra. Art. 15 - Los consorcios camineros ganaderos, deberán llevar los registros administrativos y contables requeridos por la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Mendoza.

LIBERACIÓN DE REQUISITOS, TASAS E IMPUESTOS - GARANTÍAS

Art. 16 - Quedan exceptuados de la aplicación de tasas e impuestos provinciales que graven la transferencia de bienes y servi cio a titulo oneroso. Art. 17 - Las entidades comprendidas en el régimen normado por la presente, quedan liberadas del pago de los impuestos y tasas provinciales existentes a la fecha de la sanción de la presente ley o a implementarse en el futuro, que graven los trabajos que ellas realicen. Art. 18 - Los municipios de la Provincia podrán adherirse a la presente, en lo que respecta a lo dispuesto en el artículo precedente.

CONTROL Y FISCALIZACIÓN Art. 19 -La Dirección Provincial de Vialidad será la autoridad de aplicación de la presente ley -independientemente de los contralores que puedan efectuar otros organismos-, y tendrá a su cargo el control de los consorcios camineros, supervisando sujeto a las facultades de gestión general de los mismos y de los trabajos que se realicen por este régimen.

Cuando los consorcios camineros ejecuten obras destinadas al mantenimiento y rehabilitación de canales y de sistema de escurrimiento natural del agua en áreas rurales, será autoridad de aplicación el Departamento General de Irrigación (DGI). La Dirección Provincial de Vialidad, establecerá un régimen común para todos los consorcios camineros, que contemple la forma de efectuar las rendiciones de cuentas de percepción e inversión de fondos y aquellos derivados de la afectación de vehículos particulares. Art. 20 - Para cumplir la función de fiscalización que emana de la ley, la Dirección Provincial de Vialidad tendrá libre acceso a los libros de actas y de movimiento de fondos a que se refiere la reglamentación y el estatuto, y a toda otra información que corresponda ser suministrada por la comisión directiva, aportando la documentación que le sea requerida.

INTERVENCIÓN, FUSIÓN O UNIÓN Y DISOLUCIÓN

Art. 21 - Los consorcios camineros podrán ser intervenidos por la Dirección de Vialidad Provincial, mediante resolución fundada cuando se comprueben violaciones a la presente ley, su reglamentación, acefalía de la comisión directiva o incumplimiento de las obligaciones contraídas. La intervención tendrá el carácter de transitoria para lograr la pronta normalización de la entidad. Art. 22 - El interventor debe pertenecer a la Dirección Provincial de Vialidad y tiene las mismas atribuciones que la comisión directiva; la gestión del interventor tendrá un plazo de tres (3) meses, renovable por un período igual al cabo del cual o de los cuales deberá haber normalizado el consorcio o haber pedido su disolución. En ambos casos deberán determinarse las responsabilidades emergentes a la actualización de las autoridades del consorcio, a los efectos que correspondiere.

En caso de disolución del consorcio cualquiera sea su causa, sus bienes muebles e inmuebles serán transferidos sin cargo a la Dirección de Vialidad Provincial. Art. 23 - Dos (2) o mas consorcios camineros de jurisdicciones linderas pueden fusionarse cuando el funcionamiento de cada uno de ellos en forma individual resulte inconveniente a los intereses comunes. La fusión corresponderá cuando se

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determine que de la unión de esfuerzos y equipos puede resultar un nuevo consorcio de mejor operatividad. La fusión surgirá por solicitud de los consorcios peticionantes ante la Dirección Provincial Vialidad.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Art. 24 - Dentro de los noventa (90) días a contar de la fecha del decreto reglamentario de la presente ley, la Dirección Provincial de Vialidad efectuará la adaptación de los consorcios de caminos ganaderos, al régimen legal instrumentado por la presente ley. Art. 25 - De forma. Mendoza, 21 de mayo de 2007.

Diego Arenas Eugenio Dalla Cía

- A LAS COMISIONES DE ECONOMÍA,

ENERGÍA, MINERÍA E INDUSTRIA, DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA Y DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

13 PROYECTO DE LEY

(EXPTE. 45512)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

El presente proyecto de ley, tiene por finalidad dotar de herramientas necesarias y útiles para acelerar la incorporación de nuevos policías al sistema de seguridad provincial.

Son bien sabidos por todos, los problemas que impiden la incorporación de personal policial a la fuerza, algunos de ellos son de fondo y requieren de un proceso de estudio que logre un cambio de actitud en la sociedad para reducir esta fuerte demanda social.

En otros casos, y en particular éste, queremos dotar de una simple y efectiva herramienta que dé posibilidades al Ministerio de Seguridad de Mendoza, a través del Instituto Universitario de Seguridad Pública, de una incorporación inmediata a la fuerza policial de los aspirantes que por distintos motivos estén en proceso de finalización de estudios o ya graduados pero que a la fecha se encuentren fuera del límite de edad establecido por la Ley 6722.

La Honorable Cámara de Diputados cree necesario establecer, por única vez y como caso de excepcionalidad, ésta solución para el ingreso a la Policía de Mendoza. Por lo expuesto solicito la aprobación del siguiente proyecto de ley.

Mendoza, 21 de mayo de 2007.

Andrés Omar Marín Articulo 1º - Establézcase, por única vez y como caso de excepcionalidad, que los alumnos que se encuentren en proceso de finalización de estudios o ya graduados del Instituto Universitario de Seguridad Pública y que hayan excedido el limite de edad de ingreso dispuesto por Ley 6722 en su artículo 49, inciso 2, podrán incorporarse en forma inmediata a la Policía de Mendoza. El Poder Ejecutivo reglamentará los alcances de esta ley. Art. 2º - La presente ley rige desde el primer día siguiente a la fecha de su sanción. Art. 3º - De forma. Mendoza, 21 de mayo de 2007.

Andrés Omar Marín

- A LA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

14 PROYECTO DE LEY

(EXPTE. 45524)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

El 90% de los caminos del Departamento Santa Rosa son huellas. Esta es una zona altamente ganadera. En los últimos años se agravó el problema para unos 500 pobladores porque el río lleva agua en forma permanente, lo que no ocurría hace tiempo.

La construcción de un puente sobre la margen Sur del río Tunuyán, en Colonia San Jorge, La Dormida del Departamento Santa Rosa, permitiría que el desarrollo económico, educacional y de la salud en esta región estuviese respaldado por las acciones del gobierno provincial.

Debemos recordar que todas estas personas deben caminar muchos kilómetros y en muchos casos cruzar el río exponiéndose al peligro que esto ocasiona, para poder ir al centro de salud, asistir a las escuelas y transportar la producción agrícola-ganadera de la región

Sobre el tema se ha realizado un proyecto para la construcción del puente, desde la Dirección Provincial de Vialidad, a cargo de la Ingeniera Sara Rodríguez quién realizó el relevamiento y el estudio con los costos del mismo.

Del presupuesto municipal existen $100.000 destinados a esta obra.

Los empresarios de la zona han ofrecido su colaboración económica al Poder Ejecutivo provincial para la concreción de dicha obra, que ya no admite más demora.

Por los fundamentos antes expuesto, solicito

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a esta H. Cámara de Diputados la aprobación del presente proyecto de ley.

Mendoza, 21 de mayo de 2007.

Yolanda Sfreddo Hugo Morales Carlos Ciurca Gerardo Soria Diego Arenas

Artículo 1º - Realizar la construcción de un puente sobre la margen Sur del río Tunuyán en Colonia San Jorge, La Dormida del Departamento Santa Rosa; aprovechando el próximo corte de agua de riego, en agosto. Art. 2º - El gasto a que hace referencia el artículo 1º de la presente, deberá ser financiado por Rentas Generales del Presupuesto provincial 2007; autorizando al Poder Ejecutivo a efectuar las modificaciones presupuestarias correspondientes. Art. 3º - Se acompaña al presente proyecto de ley los fundamentos que le dan su origen. Art. 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Mendoza, 21 de mayo de 2007.

Yolanda Sfreddo Hugo Morales Carlos Ciurca Gerardo Soria Diego Arenas

- (Informe de la Dirección provincial, consta

en Expte. original).

- A LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO

15

PROYECTO DE LEY (EXPTE. 45529)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

El presente proyecto de ley tiene por finalidad crear en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social un Régimen Provincial de Pensiones para menores de edad con capacidades diferentes.

En varias provincias argentinas, además de las típicas pensiones por vejez e invalidez se otorgan también pensiones a los menores de edad discapacitados, esto para brindarle a este último una ayuda económica que le implique mayores y mejores posibilidades de inserción laboral, educativa, en fin, que garanticen su desarrollo en sociedad.

Actualmente en Mendoza sólo se le otorgan estas pensiones a discapacitados mayores de edad y no así a los que todavía revisten la calidad de menores. Ante esta laguna legal, creemos necesario que los menores con capacidades diferentes cuenten con este beneficio desde temprana edad para lograr el adecuado progreso y desarrollo a que tienen derecho, en casos en los que de otra forma y por impedimentos económicos, no obtendría.

De esta forma el Estado provincial lograría satisfacer las necesidades de un grupo social de gran importancia, propiciando una más justa distribución de sus recursos, sobre todo en aquellos que más lo necesitan.

Por los motivos expuestos, solicito a la Honorable Cámara preste sanción al presente proyecto de ley.

Mendoza, 17 de mayo de 2007.

Jorge Carballo Raúl Vicchi Liliana Vietti

Gerardo Soria

Artículo 1º - Créase en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social, un Régimen Provincial de Pensiones destinado a personas menores de edad con capacidades diferentes. Art. 2º - Bajo este régimen y una vez cumplidos los requisitos del artículo 2° y demás que establezca la reglamentación de la presente ley, el menor accederá a una pensión mensual cuyo monto fijará la reglamentación de esta norma. Art. 3º - Son requisitos para el otorgamiento del beneficio referido en el artículo precedente , los siguientes:

a) Que el beneficiario sea menor de veintiún (21) años de edad.

b) Acreditar, a través de los medios que determine la reglamentación de la presente, la incapacidad física o psíquica de al menos un 76%, del menor.

c) Poseer residencia ininterrumpida previa al pedido de pensión en la Provincia de Mendoza por el término de dos (2) años, con la única excepción de aquellos menores de dos (2) años de edad, con la condición de que sus padres o representantes legales cumplan con ese requisito al momento de hacer efectiva la solicitud.

d) Que el menor no se encuentre internado en instituciones públicas o privadas.

e) Que el menor no se encuentre amparado en ningún otro régimen asistencial o provisional.

f) Que el beneficiario, sus padres o representantes legales, no posean bienes suficientes, sean registrables o no, que posibiliten la satisfacción de sus necesidades básicas de alimentación, vivienda, salud y esparcimiento.

g) Que el menor, no posea retribución o

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remuneración alguna que a juicio del organismo de aplicación, posibiliten la satisfacción de sus necesidades básicas de alimentación, vivienda, salud y esparcimiento. Por su parte, sus padres o representantes legales no podrán poseer retribuciones o recursos de ninguna índole que le produzcan ingresos superiores a cinco (5) sueldos equivalentes al percibido por la clase inicial correspondiente al régimen salarial del Empleo Público, de acuerdo a. Art. 4º - Para el caso del inciso f del artículo precedente, el límite se elevará a (diez) 10 sueldos equivalentes al percibido por la clase inicial correspondiente al régimen salarial del Empleo Público, para menores comprendidos dentro de los siguientes casos:

a) Que el grupo familiar esté conformado por más de un hijo con capacidades diferentes o, además de este, por más de tres hijos que no revistan dicha condición.

b) Que el menor discapacitado requiera de un transplante de órganos o tratamiento de alta complejidad, debidamente acreditados. Art. 5º - Será autoridad de aplicación de la presente ley el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Mendoza Art. 6º - Cuando el menor cumpliera la mayoría de edad, y subsistiera la incapacidad de acuerdo a los requisitos establecidos por los incisos b, d, e, f y g del artículo 2º de la presente ley, el beneficio acordado se prorrogará en forma automática. El organismo de aplicación de la ley deberá corroborar dicha situación, con una anticipación de seis (6) meses a la fecha en que el beneficiario cumpliere con la edad requerida. Art. 7º - El pago de las pensiones caducará automáticamente cuando se produzca cualquiera de las siguientes circunstancias:

a) Fallecimiento del titular, a partir del día inmediatamente posterior al del deceso.

b) Renuncia del titular, a partir del último pago efectuado.

c) Existencia de domicilio real del beneficiario fuera de la jurisdicción provincial. A partir del momento en que se constate por cualquier medio dicha situación.

d) Cuando el beneficiario dejare de reunir las condiciones establecidas por esta ley, a partir de la toma de conocimiento de tal circunstancia. Art. 8º - En todos los casos la caducidad del beneficio será dispuesta por resolución ministerial y significará la inmediata suspensión del pago Art. 9º - En el supuesto de percepción indebida de la pensión, los beneficiarios deberán restituir el capital con más lo que corresponda por actualización

monetaria sobre la base de la variación del índices de precios al consumidor, con más la caducidad de la pensión y la prohibición de acceder nuevamente al beneficio creado por la presente. Art. 10 - La totalidad de las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente ley, deberán ser contempladas en la Ley de Presupuesto provincial, incluyéndolas en las partidas correspondientes. Art. 11 - De forma.

Mendoza, 17 de mayo de 2007.

Jorge Carballo Raúl Vicchi Liliana Vietti

Gerardo Soria

- A LAS COMISIONES DE DESARROLLO SOCIAL Y HACIENDA Y PRESUPUESTO

16 PROYECTO DE LEY

(EXPTE. 45533)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

En la década del ´70 la Policía de Mendoza como una fuerza de seguridad más no resultó ajena a la situación de las fuerzas de seguridad en Argentina (Policía Federal y policías provinciales). Así, resultó involucrada en una política deliberada del poder que, en todo el país, y con el pretexto de lograr disciplina social, no dudaba en reprimir cualquier muestra de descontento civil, actitud que se vio agravada durante la salvaje e ilegal represión desatada entre 1976 y 1983 durante la dictadura militar, responsable de miles de asesinatos, torturas y desapariciones.

Se acuñaron dos expresiones lingüísticas para manejar colectivamente los fenómenos emergentes: “desaparecidos” y luego (en la época llamada de la “posguerra sucia”) “gatillo fácil”.

Gatillo fácil es el eufemismo (del griego euphemismós, de euphemós que habla bien palabra o expresión suave con la que se sustituye otra que se considera violenta, grosera o malsonante) que se utiliza comúnmente en Argentina para denominar al accionar policial que generalmente deriva en la muerte de detenidos o involucrados en operativos policiales masivos. La Coordinadora contra la represión policial e institucional (Correpi) tipifica a este método como ejecuciones sumarísimas aplicadas por la policía violando los derechos civiles (sin proceder con el juzgamiento de la víctima en un tribunal de justicia, o mediante la privación ilegítima de la libertad) y que por lo general suelen encubrirse como "enfrentamientos". Distingue dos etapas en esta

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"pena de muerte extra-legal": el fusilamiento y el encubrimiento, correspondiendo este último no sólo a camaradas de la fuerza sino también a la complicidad de peritos y jueces que permite la manipulación de las pruebas, derivando la investigación en contra de la víctima, a quien se pretende hacer aparecer como victimario.

La desaparición forzada de personas, entre 1976 y 1983, instaló a la Argentina en el triste lugar de iniciación de este repugnante método (el término "desaparecido" es asociado a nuestro país en cuanto foro o publicación internacional es mencionado).

NO SÓLO DURANTE LA DICTADURA

También en Democracia se continúa aplicando esta metodología.

El documento "Violencia institucional: tortura, muertes y desapariciones a manos de las Fuerzas de Seguridad de la Argentina" presentado por la Correpi al Comité contra la Tortura de la ONU, consigna la continuidad de esta práctica represiva por parte de los integrantes de la Policía y que en la mayoría de los casos se trata de personas arbitrariamente detenidas. Posteriormente fueron torturadas o asesinadas en dependencias policiales y sus cuerpos se hacen desaparecer para evitar la investigación.

Mendoza cuenta con algunos casos de mayor trascendencia nacional e internacional de detenidos y desaparecidos por policías de la Provincia: Pablo Cristián Guardatti, Adolfo y Raúl Garrido y Sebastián Bordón, entre otros.

NO SÓLO LA POLICÍA

El informe de Correpi también responsabiliza al Poder Judicial al denunciar que muchos jueces se encargan de forzar los textos legales para evitar las condenas a prisión perpetua en los casos de tortura seguida de muerte, determinando que se trató de un homicidio en riña ya que "no pueden discernir cuál de todos los uniformados que golpearon a la víctima fue el autor de su deceso."

Según un documento de la misma Organización (Correpi) entre 1983 y 1997 se registraron aproximadamente 400 víctimas de la brutalidad policíaca. En este mismo período hubo sólo 4 condenas a prisión perpetua en todo el país por el delito de tortura seguida de muerte, el resto de las causas fueron sobreseídas o se condenaron sólo delitos menores.

En 1992, año de vigencia de un nuevo Código Procesal, se realizaron en la ciudad de Buenos Aires, 1.700 denuncias por apremios ilegales, de las que solamente 4 llegaron a la etapa del juicio oral.

El promedio de 2,66 muertos por mes a manos de las Fuerzas de Seguridad Argentina nos debe alarmar más en democracia que en los años de la última dictadura militar (1976-1983).

CONCLUSIÓN

Como conclusión cabe señalar que en nuestra Provincia, a la Reforma Policial se ha sumado la puesta en marcha de un nuevo Código Procesal Penal que, a pesar de las críticas que merece su improvisada entrada en vigencia, ha dado un significativo golpe a la potestad policial en la instrucción inicial en la investigación de los delitos, etapa en la que se comenzaba a gestar la impunidad de los crímenes cometidos por miembros de la fuerza. Ahora ese trámite judicial ha pasado a la órbita de los fiscales y jueces de garantías creados por la reforma. Se trata de una transformación en curso y que aún tiene final incierto.

Es así, que a tales auspiciosas iniciativas corresponde continuarlas con medidas complementarias para garantizar la seguridad ciudadana con menor “saldo humano”. Es en este contexto que tiene cabida el presente proyecto.

EL PROYECTO

Tanto desde el aspecto represivo como del preventivo, se percibe la necesidad de contar con un seguimiento formal de estos casos de violación a los derechos humanos. Para ello es necesario un registro que los agrupe y que esté a disposición de todo aquel que desee o necesite consultarlo.

El objeto del presente proyecto es crear, en el ámbito del Poder Judicial de Mendoza, y a través de la Suprema Corte de Justicia, el Registro Público de las Causas Penales seguidas contra miembros o ex miembros de la fuerza policial de seguridad por delitos que importen violación a los derechos humanos en el ejercicio de su función.

A través de un proyecto paralelo se crea también, en el ámbito del Ministerio de Seguridad del Gobierno de la Provincia de Mendoza, y a través de la Inspección General de Seguridad, el Registro público del personal policial que haya sido cesanteado o exonerado de la fuerza policial de seguridad pública a causa de violación de derechos humanos.

Se abarcan así, complementariamente, los dos extremos necesarios para el seguimiento y el control ciudadano de aplicación de la ley.

Como un ejemplo de la implicancia práctica de este proyecto, además de su finalidad inmediata de asegurar la aplicación de la ley, cabe mencionar que el mismo control ciudadano puede contribuir al cumplimiento del inc. i) del Art. 14 de la Ley 6441 de Seguridad Privada (Título V del personal) que menciona, como requisito para poder pertenecer a las organizaciones indicadas en el Art. 1º, el no haber sido exonerado o cesanteado por hechos graves de la Administración Pública Nacional, provincial o municipal, mientras no fuere rehabilitado. No es poca cosa, si se tiene en cuenta dos hechos:

Que una de las fuentes principales de reclutamiento de personal para la Seguridad Privada

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es el haber pertenecido a alguna fuerza de seguridad pública.

Que el gobierno de la Provincia estudia la posibilidad de realizar convenios con agencias de Seguridad Privada a fin de fortalecer algunos aspectos de la Seguridad Pública.

El control ciudadano dificultaría el reciclamiento de la llamada (otro eufemismo) “mano de obra ociosa” en otro sector desde el cual puede resultar igualmente peligroso para la seguridad de las personas.

REFLEXIÓN FINAL

El presente proyecto pretende contribuir al

fortalecimiento de la institución policial, constituida por aquellas personas que, además de la necesidad de contar con un legítimo ingreso económico, sienten un impulso vocacional por el servicio comunitario, al punto de poner en riesgo sus vidas y asumir las consecuencias que por ello puedan sufrir sus propias familias, circunstancias que el Estado jamás podrá compensar adecuadamente.

Por todo ello, solicito a esta Honorable Cámara la aprobación del presente proyecto de ley.

Mendoza, 22 de mayo de 2007.

Mirta Díaz Artículo 1º - Créase, en el ámbito de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza, el “Registro Público de causas penales seguidas contra miembros o ex miembros de la fuerza policial de seguridad pública por exceso en delitos que importen violación a los Derechos Humanos en el ejercicio de su función y que hayan derivado en la pérdida de vidas humanas”. Art. 2º - En dicho registro deberá constar como contenidos mínimos el nombre del imputado, tribunal interviniente, carátula y número del expediente (y acumulados), fecha de iniciación, etapa procesal y resolución final firme, como también cumplimiento efectivo de condena, cuando correspondiere Art. 3º - El registro se iniciará con los datos emergentes a partir del 1 de enero del año 1984, y se actualizará permanentemente. Art. 4º - El registro llevará estadísticas por año calendario, que deberán concretarse antes del 31 de enero del año siguiente al considerado. Dichas estadísticas contemplarán cantidad de imputados, tipos de delitos, áreas policiales en la que prestan o prestaban servicios, cumplimiento efectivo de condena, cantidad de víctimas y toda otra circunstancia que se considere útil para el mejor cumplimiento de la finalidad del registro y para ser tenida en cuenta en la elaboración de recomendaciones o formulación de políticas criminales.

Art. 5º - A partir de la promulgación de esta ley, el Poder Judicial dispondrá de ciento ochenta días (180) para implementar el registro que por la misma se crea. Art. 6º - De forma.

Mendoza, 22 de mayo de 2007.

Mirta Díaz

- LA COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES

17 PROYECTO DE LEY

(EXPTE. 45534)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Por distintos motivos, en el transcurso de las últimas décadas nuestra Policía ha sufrido los avatares de la generalización en cuanto algunos hechos aberrantes -de lesa humanidad- fueron cometidos por algunos de sus integrantes.

En este sentido, y desde una estricta necesidad de justicia, resulta necesario “separar la paja del trigo” y reivindicar en este caso por oposición a todos aquellos efectivos que, con valentía y asumiendo riegos constantes, protegen a toda la ciudadanía.

Ciertamente, en la década del ´70 la Policía de Mendoza, como una fuerza de seguridad más no resultó ajena a la situación de las fuerzas de seguridad en Argentina (Policía Federal y Policías Provinciales). Así, resultó involucrada en una política deliberada del poder que, en todo el país, y con el pretexto de lograr disciplina social, no dudaba en reprimir cualquier muestra de descontento civil, actitud que se vio agravada durante la salvaje e ilegal represión desatada entre 1976 y 1983 durante la dictadura militar, responsable de miles de asesinatos, torturas y desaparecidos.

Se acuñaron dos expresiones lingüísticas para manejar colectivamente los fenómenos emergentes: “desaparecidos” y luego (en la época llamada de la “posguerra sucia”) “gatillo fácil”.

Gatillo fácil es el eufemismo (del griego euphemismós, de euphemós -que habla bien- palabra o expresión suave con la que se sustituye otra que se considera violenta, grosera o malsonante) que se utiliza comúnmente en Argentina para denominar al accionar policial que generalmente deriva en la muerte de detenidos o involucrados en operativos policiales masivos. La Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi) tipifica este método como ejecuciones sumarísimas aplicadas por la policía violando los derechos civiles (sin proceder con el juzgamiento de la víctima en un tribunal de justicia, o

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. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 06 del 30-05-07 (INDEMNIZACIÓN CASO GOMEZ YARDEZ)

mediante la privación ilegítima de la libertad) y que por lo general suelen encubrirse como "enfrentamientos". Distingue dos etapas en esta "pena de muerte extra-legal": el fusilamiento y el encubrimiento, correspondiendo este último no sólo a camaradas de la fuerza sino también a la complicidad de peritos y jueces que permite la manipulación de las pruebas, derivando la investigación en contra de la víctima, a quien se pretende hacer aparecer como victimario.

La desaparición forzada de personas, entre 1976 y 1983, instaló a la Argentina en el triste lugar de iniciación de este repugnante método (el término "desaparecido" es asociado a nuestro país en cuanto foro o publicación internacional es mencionado).

NO SÓLO DURANTE LA DICTADURA

También en Democracia se continúa aplicando esta metodología.

El documento "Violencia institucional: tortura, muertes y desapariciones a manos de las Fuerzas de Seguridad de la Argentina" presentado por la Correpi al Comité contra la Tortura de la ONU, consigna la continuidad de esta práctica represiva por parte de los integrantes de la Policía y que en la mayoría de los casos se trata de personas arbitrariamente detenidas. Posteriormente fueron torturadas o asesinadas en dependencias policiales y sus cuerpos se hacen desaparecer para evitar la investigación.

Mendoza cuenta con algunos casos de mayor trascendencia nacional e internacional de detenidos y desaparecidos por policías de la Provincia: Pablo Cristián Guardatti, Adolfo y Raúl Garrido y Sebastián Bordón, entre otros.

NO SÓLO LA POLICÍA

El informe de Correpi también responsabiliza al Poder Judicial al denunciar que muchos jueces se encargan de forzar los textos legales para evitar las condenas a prisión perpetua en los casos de tortura seguida de muerte, determinando que se trató de un homicidio en riña ya que "no pueden discernir cuál de todos los uniformados que golpearon a la víctima fue el autor de su deceso".

Según un documento de la (Correpi) entre 1983 y 1997 se registraron aproximadamente 400 víctimas de la brutalidad policíaca. En este mismo período hubo sólo 4 condenas a prisión perpetua en todo el país por el delito de tortura seguida de muerte, el resto de las causas fueron sobreseídas o se condenaron sólo delitos menores.

En 1992, año de vigencia de un nuevo Código Procesal, se realizaron en la Ciudad de Buenos Aires 1700 denuncias por apremios ilegales, de las que solamente 4 llegaron a la etapa del juicio oral.

El promedio de 2,66 muertos por mes a manos de las Fuerzas de Seguridad Argentina nos debe alarmar más en Democracia que en los años

de la última dictadura militar (1976-1983).

CONCLUSIÓN

Como conclusión cabe señalar que en nuestra Provincia, a la Reforma Policial se ha sumado la puesta en marcha de un nuevo Código Procesal Penal que, a pesar de las críticas que merece su improvisada entrada en vigencia, ha dado un significativo golpe a la potestad policial en la instrucción inicial en la investigación de los delitos, etapa en la que se comenzaba a gestar la impunidad de los crímenes cometidos por miembros de la Fuerza. Ahora ese trámite judicial ha pasado a la órbita de los fiscales y jueces de garantías creados por la reforma.

Se trata de una transformación en curso que aún tiene final incierto.

Es así y a tales auspiciosas iniciativas que corresponde continuarlas con medidas complementarias para garantizar la seguridad ciudadana con menor “saldo humano”, contexto en el cual tiene cabida el presente proyecto.

EL PROYECTO

Tanto desde el aspecto represivo como del preventivo, se percibe la necesidad de contar con un seguimiento formal de estos casos de violación a los Derechos Humanos. Para ello es necesario un Registro que los agrupe.

El objeto del presente proyecto es crear, en la órbita del Ministerio de Seguridad del Gobierno de la Provincia de Mendoza, y a través de la Inspección General de Seguridad, el Registro Público del personal policial que haya sido cesanteado o exonerado de la fuerza policial de Seguridad Pública a causa de violación de Derechos Humanos.

A través de un proyecto paralelo se crea también, en el ámbito de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, un Registro Público de causas penales seguidas contra miembros o ex miembros de la fuerza policial de seguridad por delitos que importen violación a los Derechos Humanos en el ejercicio de su función.

Se abarcan así, complementariamente, los dos extremos necesarios para el seguimiento y el control ciudadano de aplicación de la ley.

Como un ejemplo de la implicancia práctica de este proyecto, además de su finalidad inmediata de asegurar la aplicación de la ley, cabe mencionar que el mismo control ciudadano puede contribuir al cumplimiento del inc. i) del Art. 14 de la Ley 6441 de Seguridad Privada (Título V del personal) que menciona, como requisito para poder pertenecer a las organizaciones indicadas en el Art. 1º, el no haber sido exonerado o cesanteado por hechos graves de la Administración Pública Nacional, provincial o municipal, mientras no fuere rehabilitado. No es poca cosa, si se tienen en cuenta dos hechos:

1. Que una de las fuentes principales de reclutamiento de personal para la Seguridad Privada

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. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 06 del 30-05-07 (INDEMNIZACIÓN CASO GOMEZ YARDEZ)

es el haber pertenecido a alguna fuerza de Seguridad Pública.

2. Que el Gobierno de la Provincia estudia la posibilidad de realizar convenios con agencias de Seguridad Privada, a fin de fortalecer algunos aspectos de la Seguridad Pública.

El control ciudadano dificultaría el reciclamiento de la llamada (otro eufemismo) “mano de obra desocupada” en otro sector desde el cual puede resultar igualmente peligroso para la seguridad de las personas.

REFLEXIÓN FINAL

Como se pone de manifiesto desde los primeros párrafos, el presente proyecto pretende contribuir al fortalecimiento de la institución policial, constituida por aquellas personas que, además de la necesidad de contar con un legítimo ingreso económico, sienten un impulso vocacional al servicio comunitario, al punto de poner en riesgo sus vidas y asumir las consecuencias que por ello puedan sufrir sus propias familias, circunstancias que el Estado jamás podrá compensar adecuadamente.

Por estas razones y las que daré oportunamente en el recinto, solicito de mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.

Mendoza, 23 de mayo de 2007.

Mirta Díaz Artículo 1º - Créase, en el ámbito del Ministerio de Seguridad del Gobierno de la Provincia de Mendoza, y a través de la Inspección General de Seguridad, el Registro Público del Personal Policial que haya sido cesanteado o exonerado de la fuerza policial de Seguridad Pública a causa de violación de Derechos Humanos en el ejercicio de su función. Art. 2º - Dicho Registro se denominará “Registro Público de Personal Cesanteado o Exonerado por Violación de Derechos Humanos” y consignará como contenidos mínimos:

1. Nombre y apellido del causante, 2. Número y carátula del sumario incoado (y

acumulados), 3. Causa que le dio origen, 4. Fecha de iniciación, 5. Naturaleza de la sanción administrativa

impuesta, 6. Fecha de aplicación de la misma, y 7. Autoridad judicial interviniente.

Art. 3º - El Registro se iniciará con los datos emergentes a partir del 1 de enero de 1984, y se actualizará permanentemente. Art. 4º - El Registro también llevará estadísticas por año calendario, que deberán concretarse antes del 31 de enero del año siguiente al considerado. Dichas estadísticas contemplarán: cantidad de

sumariados, tipos de faltas administrativas, cantidad de víctimas, áreas policiales en la que prestaban servicios, cumplimiento efectivo de condena judicial, y toda otra circunstancia que se considere útil para el mejor cumplimiento de la finalidad del Registro y para ser tenida en cuenta en la elaboración de recomendaciones o formulación de políticas criminales. Art. 5º - A partir de la promulgación de esta ley, el Poder Ejecutivo dispondrá de ciento ochenta días (180) para implementar el Registro que por la misma se crea. Art. 6º - De forma.

Mendoza, 23 de mayo de 2007.

Mirta Díaz - A LA COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES

18 PROYECTO DE LEY

(EXPTE. 45536)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Los centros comerciales cuentan con playas de estacionamiento, que son gratuitas, pero con un fin comercial: atraer clientes que puedan ingresar con sus vehículos, para incrementar las ventas de sus productos. Es necesario tener en cuenta que facilitar un lugar para el estacionamiento configura una prestación accesoria derivada de la actividad negocial principal llevada acabo por el centro comercial o supermercado, consistente en la compraventa de mercaderías, y de ella se desprende un deber de seguridad objetivo e innegable para quien recurre a esa forma de comercialización, convirtiéndose en una ventaja comercial frente a los negocios que no disponen de dicho recurso.

El centro comercial y supermercado, tiene, entonces, la responsabilidad de custodiar los vehículos dejados en sus playas de estacionamiento, ya que se sirve de ello como medio de atraer clientes a su centro de compras. Esto ha sido receptado tanto en la jurisprudencia provincial como nacional, en casos en los que se ha hecho valer los derechos de los clientes, que han sido víctimas del robo de sus rodados en ocasión de haberlos estacionados en los lugares mencionados.

Por estos fundamentos y otros que expondré en su oportunidad es que solicito a este H. Cuerpo dé sanción favorable al presente proyecto de ley.

Mendoza, 22 de mayo de 2007.

Roque Romero

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. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 06 del 30-05-07 (INDEMNIZACIÓN CASO GOMEZ YARDEZ)

Artículo 1º - Establécese la obligación de los centros comerciales y supermercados que posean playas de estacionamiento, con el fin de custodiar los vehículos allí introducidos, deberán entregar un comprobante a los clientes que estacionen, donde conste hora de ingreso y N° de matrícula, el cual deberá ser solicitado a la salida de la playa. En caso de no contar con el mencionado comprobante, la persona que desee retirar el vehículo deberá acreditar la propiedad del automotor o la autorización pertinente. Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Mendoza, 22 de mayo de 2007.

Roque Romero - A LA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

19 PROYECTO DE LEY

(EXPTE. 45574)

FUNDAMENTOS H. Cámara: La Provincia de Mendoza tiene, lamentablemente, la segunda tasa más alta del país en relación muertes por accidentes de tránsito habitantes. Mueren por año aproximadamente 22 mendocinos cada 100.000 habitantes, doblando la medida nacional y triplicando el promedio de otras provincias como Tucumán o Salta. Los accidentes de tránsito en la Provincia de Mendoza son la primera causa de muerte en menores de 35 años y la tercera sobre la totalidad de los habitantes. Mueren acerca de 300 personas por año como consecuencia de los más de 5.000 accidentes de tránsito que protagonizamos anualmente o dicho de otra manera de los 14 accidentes diarios. El gobierno de la Provincia de Mendoza gasta anualmente millones de pesos en atender a personas heridas después de sufrir accidentes de transito, lo que equivale a un muy alto y significativo porcentaje del presupuesto que tiene Ministerio de Salud. Las cifras son elocuentes y preocupantes, denotando la apremiante necesidad de remediar el problema. Después de analizar lo expuesto, deberemos tener en cuenta que al parque automotor nacional se incorporaron alrededor de 500.000 unidades o km, que serán absorbidas durante el año 2007 por una masa de vehículos que no decrece, sino por contrario aumenta diariamente compitiendo por el mismo espacio y tiempo en una infraestructura vial que permanece estática y que poco hace creer que pueda ser ampliada.

Uno de los factores, causal de accidentes, radica en la falta de un eficaz control sobre los conductores. Para que ese control sea realmente efectivo, a no dudarlo, deben implementarse nuevos métodos, además de un cambio trascendental en materia de prevención. Para disminuir la tasa de accidentes, debe haber un aumento de efectivos policiales controlando, sin embargo esto solo no basta. Por ello proponemos un Nuevo Sistema, el cual consiste en que efectivos policiales transiten calles y rutas de la Provincia en autos “Sin identificación”, es decir autos que no se diferencian en nada de los particulares, de diversos olores, distintas marcas, ninguna característica propia que lo distinga de un vehículo civil, teniendo por objeto detectar y denunciar infractores de tránsito. Con esta nueva metodología, los conductores, serán más precavidos no sólo cuando divisan un móvil policial, sino en todo momento, puesto que no saben si delante o detrás de ellos se encuentra un auto de la policía. Sería imposible cubrir todas las calles y rutas de Mendoza con vehículo policiales y sus efectivos, de esta manera tampoco se cubre, sin embargo se aprovecha la duda y el temor de los conductores a ser detectados al cometer una infracción por estos autos “sin identificación”. Estos vehículos actuarán coordinadamente con puestos fijos o móviles quienes serán en definitiva los encargados de detener la marcha del infractor y labrar la correspondiente acta de infracción, de conformidad con los informes o pruebas suministradas por las unidades de este cuerpo especial. Debido al especial momento que atraviesa la seguridad en nuestra Provincia, estas patrullas no podrán detener vehículos infractores, sino solamente informar a los puestos policiales para su detención. Dicho procedimiento deberá ser suficientemente publicitado. Cabe destacar que éste sistema se está implementando recientemente en España y Alemania con ópticos resultados y una notable disminución en los índices de accidentes. Si lo analizamos como un nuevo gasto del Estado, seguramente nos estaremos equivocando, pues e trata nada mas ni mas menos que de prevención, con el correr de los años podremos observar los índices de mortalidad y las partidas que debe destinas la provincia para atender a las víctimas de accidentes, que en algunos casos requieren meses o años para su recuperación. Pérdida de vidas, daños materiales, pérdida de capacidades, afectación de fondos públicos y privados, no harían conocer abultados cifras como consecuencia del mal manejo que practicamos los mendocinos. Durante 10 años forme parte de la Comisión de Tránsito de l Senado de la Provincia, desde donde se originó la actual Ley 6082, la que oportunamente incorporó nuevos temas, sanciones, problemáticas diversas y contemporáneas con el fin

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. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 06 del 30-05-07 (INDEMNIZACIÓN CASO GOMEZ YARDEZ)

de cambiar la realidad de nuestro tránsito, hoy los hechos demuestran que no fue suficiente con un cambio de legislación, creo firmemente que debemos buscar alternativas prácticas y eficientes que sí lo hagan y nos permitan remplazar un mal manejo generalizado, la irresponsabilidad de muchos, luctuosas estadísticas y por encima de todo el desprecio por la vida de los demás y la propia. Por las razones expuestas, es que solicito a la Honorable Cámara la aprobación favorable al presente proyecto de ley. Mendoza, 23 de mayo de 2007.

Santiago Cazzoli Daniel Vilches

Santiago Cazzoli

CREACIÓN DEL CUERPO ESPECIAL

PARA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRANSITO (CEPAT)

CAPÍTULO I:

DEL PERSONAL

Artículo 1º - Créase dentro del Ministerio de Seguridad, Dirección de Seguridad Vial el Cuerpo Especial para Prevención de Accidentes de Tránsito (CEPAT). Art. 2º - Estará a cargo de un jefe y un subjefe con el grado de oficial superior.

CAPÍTULO II: DEL PERSONAL

Art. 3º - Para integrar el Cuerpo Especial para Prevención de Accidentes de Tránsito serán requisitos indispensables: a) ser oficial de la Policía de Mendoza, b) egresado del Instituto Superior de Seguridad Pública, c) no contar en sus legajos con sanciones administrativas firmes impuestas como consecuencias de la comisión de alguna falta prevista en los Artículos 100 y 101 de la Ley 6722, en el lapso de los 5 años anteriores a la solicitud del personal para integrar este cuerpo, d) tener una antigüedad mínima dentro de la policía de Mendoza de 5 años. Art. 4º - Durante las tareas de patrullaje no usarán uniforme reglamentario. Art. 5º - Deberán realizar cursos de capacitación y actualización en aquellos temas ligados al desempeño de sus funciones. Art. 6º - Quienes fueran sancionados administrativamente por la comisión de alguna falta prevista en los artículos 100 y 101 de la Ley 6722, serán excluidos inmediatamente del CEPAT, además de las sanciones que pudieran

corresponder por su inconducta.

CAPÍTULO III: DE LAS UNIDADES AUTOMOTRICES

Art. 7º - Autorícese al Ministerio de Seguridad a la compra de 30 unidades cero Kilómetro sin identificación policial alguna, de distintos colores y mínimamente de tres marcas diferentes, las que serán destinadas al CEPAT. Art. 8º - Los vehículos asignados al CEPAT no contarán con identificación policial externa, estarán provistos con equipos de radiocomunicación, baliza de color azul del tipo imantada, para cuando el caso lo requiera, radar homologado con impresión de lectura la cual será aportada como elemento de prueba, y cartel lumínico portátil con las inscripciones “Policía” y “Deténgase”.

CAPÍTULO IV: DISPOSICIONES GENERALES

Art. 9º - Quedan derogados los artículos de la Ley 6082 que se opongan a la implementación de la presente ley. Art. 10 - Los operativos del CEPAT serán diagramados y programados por la Dirección de Seguridad Vial y tendrán como objetivo tramos urbanos, accesos, rutas provinciales, nacionales y caminos secundarios. Sin embargo, deberá procurarse una constante rotación de los operativos, a fin que los mismos no sean indivi dualizados por los conductores. Art. 11 - La Dirección de Seguridad Vial deberá coordinar el accionar del CEPAT con puestos fijos o móviles de control policial, a fin que estos procedan a la detención de aquellos vehículos cuyos conductores hubiesen violado las normas de tránsito y que hayan sido detectados por las unidades sin identificación. Art. 12 - Los efectivos del CEPAT, no podrán durante sus recorridos, ordenar la detención de los vehículos infractores, salvo en aquellos casos en que exista un peligro cierto e inminente para terceras personas. Art. 13 - Autorícese al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Mendoza a celebrar convenios con Organismos Nacionales y/o municipios, a fin de lograr una plena implementación y complementación de los fines de esta ley. Mendoza, 23 de mayo de 2007.

Daniel Vilches Santiago Cazzoli

Luis Petri

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. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 06 del 30-05-07 (INDEMNIZACIÓN CASO GOMEZ YARDEZ)

- A LAS COMISIONES DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES Y DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

20 PROYECTO DE LEY

(EXPTE. 45579)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Las personas discapacitadas que utilizan el transporte público de pasajeros urbano, de media y larga distancia, lo hacen a través de un pase sin costo, que deben renovar anualmente. EL requisito para obtener este beneficio, como mecanismo de certificación de la discapacidad, es la presentación del certificado que actualmente expide la Dirección de Niñez, Adolescencia, Ancianidad, Discapacidad y Familia DINAADyF. Asimismo, en este certificado se establece la necesidad o no de viajar con acompañante, situación que también debe reflejar el pase sin cargo que porta el beneficiario, a fin de hacer extensivo el beneficio a su acompañante.

Si bien la Ley provincial 5041/85, establece en su artículo 19 el pasaje gratuito para las personas discapacitadas, hemos considerado oportuno reformar el mencionado artículo en función de que el mismo es restrictivo en cuanto al uso del pase sin cargo cuando expresa “… en el trayecto que medie entre el domicilio del discapacitado y el establecimiento educacional, laboral, sanitario y/o de rehabilitación y talleres protegidos a los que deben concurrir”.

Las personas discapacitadas viajan sin costo y esta restricción es de imposible cumplimiento ya que no se puede controlar el lugar o motivo por el cual viajan, si lo hacen desde su domicilio o si la razón es simplemente esparcimiento, situación que también debe ser contemplada.

Ante esto, el presente proyecto elimina dicho párrafo y destaca además que el beneficio es para el transporte urbano, de media y larga distancia concesionadas en la provincia.

El Decreto 2541/88 que reglamenta el Art.19 de la Ley 5041 vigente, no determina claramente la condición que debe cumplir el discapacitado para obtener el pase que los habilite al uso gratuito del servicio, cuando dice: “…bastará acompañar el certificado de discapacidad o exhibir el carnet y un comprobante expedido por el establecimiento donde deba concurrir en forma regular.” Es decir, no menciona el organismo que debe otorgar el certificado y deja abierta una segunda opción que actualmente no se utiliza.

Consideramos importante, entonces, que la ley especifique que para obtener el pase gratuito es condición suficiente la presentación del certificado de discapacidad, que el mismo debe ser emitido por un organismo estatal y que anualmente se deben renovar ambos instrumentos.

En cuanto a larga distancia, es decir cuando el discapacitado reside en Departamentos alejados del gran Mendoza, la reglamentación determina la necesidad de solicitar una “orden oficial de pasaje para personas discapacitadas”. Trámite por demás engorroso, que condiciona a los discapacitados que deben viajar desde zonas rurales y distantes del Gran Mendoza, que además suele tropezar con los inconvenientes prácticos que aducen los concesionarios o los mismos chóferes, cuando los pasajes y/o asientos ya están vendidos y/u ocupados.

Esta problemática de los discapacitados que cuentan con el beneficio y utilizan el servicio de larga distancia, es subsanada en el presente proyecto de ley, resolviendo así la inequidad que estos tenían con respecto a las personas que cuentan con el mismo derecho y lo hacen valer en el transporte urbano por residir en el Gran Mendoza. En consecuencia, por los inconvenientes descriptos, la ley debe unificar el trámite para la obtención del beneficio y además, obligar a las Empresas de Transporte a arbitrar los medios para que los beneficiarios puedan acceder a su asiento al solicitarlo en su primera oportunidad.

Por lo expuesto, en los Artículos 19 bis y 19 ter, se establece claramente cual es la condición para acceder al pase libre en el transporte público de pasajeros urbano, de media y larga distancia, destacando además el alcance del beneficio para el acompañante cuando el organismo que otorga el certificado y el pase libre así lo determina. Se incluye además como obligatorio para las Empresas de Transporte, arbitrar los medios para que los beneficiarios puedan acceder a su asiento al solicitarlo en su primera oportunidad.

Por las razones expuestas, solicitamos dar tratamiento favorable al presente proyecto de ley.

Mendoza, 24 de mayo de 2007.

Humberto Montenegro Amalia Monserrat

Artículo 1º - Modifícase el artículo 19 de la Ley 5041, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Art. 19: Las Empresas de Transporte Público

terrestre que operen regularmente en los servicios urbanos, de media y larga distancia concesionadas en la Provincia de Mendoza, deberán transportar gratuitamente a toda persona discapacitada. La reglamentación establecerá las comodidades que deben otorgarse a los discapacitados, las características de la documentación que deberán exhibir y las sanciones a los transportistas en caso de inobservancia o cumplimiento irregular de esta norma. Art. 2º - Incorpórese como artículo 19 bis de la Ley 5041, el siguiente:

Artículo 19 bis: Es condición para ser

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. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 06 del 30-05-07 (INDEMNIZACIÓN CASO GOMEZ YARDEZ)

beneficiario de lo establecido en el artículo 19 de la presente ley, la presentación anual del certificado de discapacidad ante la autoridad que determine la reglamentación. Dicho certificado será otorgado por la Dirección de Niñez, Adolescencia, Ancianidad, Discapacidad y Familia (DINAADyF) o el organismo que en el futuro lo reemplace. El beneficio será extensivo al acompañante únicamente cuando el certificado así lo determine. Art. 3º - Incorpórese como artículo 19 ter de la Ley 5041, el siguiente:

Artículo 19 ter: Conforme a lo establecido en los artículos 19 y 19 bis de la presente Ley todas las Empresas de Transporte urbano, de media y larga distancia concesionado por la Provincia de Mendoza deberán arbitrar los medios para que los beneficiarios puedan acceder a su asiento al solicitarlo en su primera oportunidad. EL incumplimiento de lo establecido en el presente artículo será responsabilidad exclusiva del transportista y pasible de las sanciones que indique la reglamentación. Art. 4º - De forma.

Mendoza, 24 de mayo de 2007.

Humberto Montenegro Amalia Monserrat

- A LAS COMISIONES DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO

21 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

(EXPTE. 45500)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Hace unos días se produjo un accidente dentro del predio que el Ejército Argentino posee en la Villa de Uspallata, en la zona conocida como Quebrada del Telégrafo.

Por la tarde del 9 de mayo, un camión Unimog se dio vuelta y como consecuencia 12 personas resultaron heridas.

El camión Unimog 416 le fue alquilado, según lo trascendido en diversos medios de comunicación, al Ejército por la empresa de turismo Pizarro Expediciones para transportar a turistas provenientes de Buenos Aires y Rosario.

La causa está caratulada como “averiguación lesiones graves” por el juez Alfredo Manuel Rodríguez, titular del Tercer Juzgado Federal. El magistrado tratará de determinar las causas del accidente y la gravedad de las lesiones pero no intervendrá en el tema de la unidad siniestrada ya que deberá estar encuadrado dentro

de la órbita militar. Por la gravedad de lo sucedido y, a fin de

determinar responsabilidades se presenta el siguiente proyecto de resolución.

Mendoza, 21 de mayo de 2007.

María Cristina Pérez Liliana E. Vietti

Artículo 1º - Solicitar a la Subsecretaría de Turismo Provincial dependiente del Ministerio de Turismo y Cultura, informe acerca de la situación actual de la Empresa Pizarro Expediciones (prestadora de la excursión) en cuanto a las diferentes exigencias emanadas de los organismos competentes, Secretaría de Turismo de la Nación y esa Subsecretaría y conforme a la Resolución de Turismo Aventura 492/96. Art. 2º - Informar acerca de la competencia de este tipo de empresas para celebrar contratos de locación de rodados a particular o entes oficiales, ajenos a la empresa con el fin de tercerizar el servicio y de ser posible bajo que exigencias y enmarcado en que legislación. Art. 3º - Informar si el tipo de vehículo utilizado en la excursión se encuentra autorizado según la Ley de Transporte 7480 (y su ampliatoria), para realizar este tipo de servicios.

Mendoza, 21 de mayo de 2007.

María Cristina Pérez Liliana Vietti

- A LA COMISIÓN DE TURISMO Y DEPORTES

22 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

(EXPTE. 45505) Artículo 1º - Solicitar al Ministerio de Seguridad que informe con carácter de urgente sobre la falta de operatividad del Destacamento del Bº 25 de Mayo, distrito Rodeo del Medio, Departamento Maipú. Art. 2º - De forma. Mendoza, 21 de mayo de 2007.

Guillermo Carmona - A LA COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES

23 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

(EXPTE. 45518)

Page 28: Diario de Sesiones€¦ · VIII – Homenaje al Día Mundial sin tabaco. Pág. 38 IX - Expte. 45622, causa “Mario Gómez Yardez”. Pág. 42 X - Expte. 45372, expropiación de terreno

30 de mayo de 2007 -6ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 5ª Sesión de Tablas Pág. 28

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 06 del 30-05-07 (INDEMNIZACIÓN CASO GOMEZ YARDEZ)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

El 16 de mayo pasado, se presentaron ante la Comisión de Turismo de esta Honorable Cámara los señores Jorge Córdoba (Secretario General CGT – Mendoza) y Mario Montivero (Secretario de Turismo y Relaciones Internacionales de la misma entidad), realizando una denuncia escrita acerca de algunas presuntas situaciones irregulares que se estarían produciendo en el seno del Ministerio de Turismo y Cultura. Entre uno de los puntos que denunciaban se encontraba el tema de la Promoción Turística de nuestra Provincia.

Mediante Expte. 42421 se presento en junio del año pasado, un proyecto de resolución de la Diputada Pérez, en que se le solicitaba al Ministerio de Turismo y Cultura informara sobre algunos puntos referentes al Fondo de Promoción Turística. Ello debido en que en aquella oportunidad existían quejas de parte de varios municipios con respecto al tema planteado.

La promoción Turística es una de las estrategias en donde más se debería tener en cuenta algunos puntos importantes, ya que la primera atracción se fundamenta en una buena promoción que muestre en un solo espacio la multiplicidad de atractivos y actividades para realizar. En este campo es valioso el aporte y la participación de las entidades intermedias, (empresas, cámaras, etc.) que contribuyen al desarrollo del sector en el corto, mediano y largo plazo.

A los efectos de cumplir con el deber de funcionarios públicos y conocer en detalle las características generales de la promoción turística utilizada por el Ministerio de Turismo y Cultura de Mendoza, es que solicitamos se preste sanción favorable al presente proyecto de resolución.

Mendoza, 21 de mayo de 2007.

Pablo Tornello María Cristina Pérez

Artículo 1º - Solicitar al Ministerio de Turismo y Cultura informe por escrito a la mayor brevedad posible, sobre los siguientes puntos:

a) La Ley 5349, que crea el Consejo Asesor de la actividad privada, prevé la incorporación de un representante de la CGT, ante la denuncia recibida y por notificaciones que obran en nuestro poder (adjuntamos copia), se solicita:

1- Actual representación fehaciente de la Confederación General del Trabajo (CGT) del Sector Gremial ante el consejo asesor de la actividad privada.

b) Representatividad de la Provincia ante El Primer Encuentro Costa Rica – Mendoza de Turismo

Aventura, Turismo Rural y Ecoturismo. c) Informe del viaje a Costa Rica, comitiva

que lo acompañó, resultados obtenidos y cuales son los esperados para el futuro.

d) Según la denuncia de los representantes de la CGT, La Dirección de Turismo Social, creada por Ley 5349, se encontraría inactiva, por lo que solicitamos:

1 - Situación actual, director a cargo y proyectos desarrollados de las mencionada dirección.

e) De acuerdo a lo manifestado por el Sr. Montivero, en orden a que se estaría violando Art. 1º de la Ley 18829, en relación al stand que se encuentra en la Subsecretaría De Turismo, se solicita:

1- A que institución corresponde el mismo. 2 - Cuántas y cuáles son la empresas que

están representadas. 3 - Qué función específica cumple el mismo. 4 - Y a cargo de quien se encuentra el

control.

f) Con respecto al material utilizado para la Promoción Turística:

1 - Material con que se cuenta actualmente. 2 - Periodicidad de las licitaciones. 3 - Criterios y montos de entrega de

subsidios que otorga la Subsecretaría para la promoción turística de la Provincia Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 21 de mayo de 2007.

Pablo Tornello María Cristina Pérez

- A LA COMISIÓN DE TURISMO Y DEPORTES

24

PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. 45537)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

Se festejará el 197 Aniversario de la Revolución de Mayo en la Provincia de Mendoza. Con motivo de ello visitará la Provincia, el Presidente de la Nación, quien presidirá el festejo.

En tal sentido se han previsto diferentes actos, desde la inauguración de las obras de Restauración del Monumento al Ejército de los Andes, en el Cerro de la Gloria de la Ciudad de Mendoza, y también se ha previsto lo que ha dado en llamarse Acto Nacional Festejo Patriótico

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Popular, a realizarse en el Anfiteatro Frank Romero Day, con la presencia del Presidente de la República, autoridades nacionales y provinciales.

En tal sentido, también se ha dicho desde los medios nacionales y provinciales, que de este llamado Festejo Patriótico Popular, como es de público conocimiento el viernes 25 de mayo próximo seguidores del presidente, gobernadores K, intendentes K, y por supuesto el gobierno K de la Provincia, pretenden transformarlo en un gran acto político, llegando a decirse que se movilizarán a Mendoza desde distintas provincias argentinas y especialmente desde el conurbano bonaerense aproximadamente 35.000 personas, a lo que deberá agregarse los aproximadamente 15.000 que se estiman se movilizarán desde distintos puntos de la Provincia de Mendoza, a lo que se debe las aproximadamente 5.000 personas o más, que se dice llegarían desde la vecina provincia de San Juan. Estamos en las postrimerías del inicio de la campaña política, y nadie quiere perder la oportunidad de anotarse, o de intentar confirmarse frente al Presidente.

No compartimos en absoluto el tenor que se le ha dado al pretendido festejo de nuestra fecha patria, transformándola en un gran acto político de campaña.

El Presidente y sus seguidores están en su derecho de organizar los actos políticos de campaña que consideren necesarios, pero no compartimos utilizar el 25 de Mayo para ello. Tampoco compartimos y creemos que no se pueden mezclar las cosas, además de interpretar que la sociedad tiene otras carencias tanto sea en el ámbito de la Provincia como de la Nación, para montar un espectáculo de estas características con costos que verdaderamente escapan de la realidad.

Por estas sencillas razones y las que se sumarán, es que solicitamos se dé tratamiento y posterior aprobación, al presente proyecto de resolución.

Mendoza, 23 de mayo de 2007.

Roberto Pradines Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial, informe a esta Honorable Cámara, sobre los siguientes puntos relacionados al Festejo del 197º Aniversario de la Revolución de Mayo, a realizarse en el Anfiteatro Frank Romero Day, el próximo 25 de mayo de 2007:

1. Personal policial y Civil afectado a la Seguridad del Acto del 25 de Mayo, a realizarse en el Anfiteatro Frank Romero Day.

2. De haberse contratado seguros por accidentes, ya sea estos contra bienes muebles, personas y/o bienes del estado Provincial y Municipal, enumere Compañías Aseguradoras Contratadas, Monto de las Pólizas y alcance de las coberturas.

3. Especifique gastos de la movilidad contratada (Automóviles, traffics, colectivos entre

otros), afectados para el referido evento, explicitando: Contratos realizados, seguros contratados, cantidad de móviles y el costo respectivo.

4. Cantidad de personas e importe de la contratación de promotores.

5. Costo de Escenario, Sonido, locución, papelería, afiches y otros gastos generados para la realización del referido acto.

6. Contratación de Empresas con destino a la realización de Comidas, informando: cantidad de viandas, lugar de entrega, control bromatológico de las mismas, y el costo respectivo.

7. informe además si existe personal municipal indicando de que comuna y/o personal de la administración central, afectados a la realización del evento, detallando el costo en personal, movilidad, comunicaciones y otros. Art. 2º - Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial, para que informe y detalle, de los gastos que serán soportados por el Erario Nacional, detallando a su vez los gastos de movilidad, alimentos, seguridad, transporte y otros, que demande la realización del festejo de los actos a realizarse en el Anfiteatro Frank Romero Day, por la conmemoración del 197º Aniversario de la Revolución de Mayo. Art. 3º - De forma.

Mendoza, 23 de Mayo de 2007.

Mario Casteller Roberto Pradines

- A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO

25 PROYECTO DE DECLARACIÓN

(EXPTE. 45575)

FUNDAMENTOS H. Cámara: El excesivo número de accidentes viales, en muchos casos fatales, registrados este año. Convierten al tránsito de la provincia en un problema mayor. La disminución de los mismos es posible en la medida en que respeten las leyes vigentes, se sancionen a los infractores, aumente la educación vial, se promueva la responsabilidad de los conductores y se cuente con una correcta señalización que permita evitar accidentes. La disminución de los mismos es posible en la medida en que respeten las leyes vigentes, se sancionen a los infractores, aumente la educación vial, se promueva la responsabilidad de los conductores y se cuente con una correcta señalización que permita evitar accidentes.

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La falta de semáforos en zonas de gran circulación, multiplica las probabilidades de accidentes. En este sentido es que se hace necesaria la instalación de un semáforo en la intersección de las calles Avellaneda y Pedro del Castillo del Departamento Guaymallén, debido a que se ha incrementado notablemente la afluencia de vehículos en estas arterias, asociado al crecimiento comercial de la zona, por lo que al haber aumentado el flujo vehicular se han producido accidentes fatales, con la consecuente pérdida de vidas. Debemos tener en cuenta que en horarios escolares, la afluencia a la misma es notable, por la gran comunidad escolar existente en las cercanías. A esto debemos agregar la existencia de dos paradas de colectivos de gran concurrencia escolar en los horarios de mayor circulación. Por las razones expuestas, es que solicito a la Honorable Cámara la aprobación del presente proyecto de declaración. Mendoza, 23 de mayo de 2007.

Santiago Cazzoli Artículo 1º - Solicitar a la Dirección de Vías y Medios de Transporte de la Provincia de Mendoza, la instalación de un semáforo en la intersección de calle Avellaneda y Pedro del Castillo del Departamento Guaymallén. Art. 2º - De forma. Mendoza, 23 de mayo de 2007.

Santiago Cazzoli - A LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA

26 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

(EXPTE. 45576)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Desde hace algunos años el desarrollo industrial de Mendoza se encuentra limitado por la falta de energía necesaria para la radicación, ampliación y funcionamiento de plantas industriales, derivada fundamentalmente de la carencia de electricidad y gas.

Ambas necesidades no pueden ser satisfechas por la falta de la infraestructura para el transporte de dichos elementos, ya sean redes eléctricas como gasoductos suficientes.

En función de ello, existen desde hace varios años proyectos que tienden a solucionar los inconvenientes mencionados, tales como Portezuelo del Viento en lo referido al suministro eléctrico y el Gasoducto de San Luis a La Dormida (Mendoza)

para la provisión de gas. Ambos proyectos, en caso de ser concluidos, ampliarán considerablemente la capacidad de transporte y uso industrial tanto en la Provincia de Mendoza como en la de San Juan, pero el lento e ineficaz accionar de los responsables de su gestión, hacen que la grave situación continúe latente en nuestra Provincia.

Nuestro territorio provincial es consumidor de gas, que en su gran mayoría debe ser importado de otras regiones, no obstante la posibilidad de ser gran productora en la Cuenca Neuquina, sitio que se comparte con la Provincia de Neuquén y hacia donde se deriva la producción de esa región.

En conocimiento de que la Universidad Tecnológico Nacional y la Universidad Nacional de Cuyo, a pedido del Gobierno Provincial, han realizado un estudio para estimar las necesidades presentes y futuras de energía que permitan acompañar el crecimiento provincial, como así también analizar y medir la matriz energética, es necesario que los integrantes de esta H. Cámara de Diputados conozcan las conclusiones del mismo.

Por estos fundamentos y los que se darán en su oportunidad, es que se solicita se dé sanción favorable al presente proyecto de resolución

Mendoza, 24 de mayo de 2007.

Alberto Canal Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través del Ministerio que corresponda, eleve a esta Honorable Cámara copia de los informes presentados por la Universidad Tecnológica Nacional y la Universidad Nacional de Cuyo relacionados con el estudio de la Matriz Energética Provincial. Art. 2º - De forma.

Mendoza, 24 de mayo de 2007.

Alberto Canal - A LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, ENERGÍA, MINERÍA E INDUSTRIA

27 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

(EXPTE. 45577)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Es por todos conocido el auge de la actividad turística producida en los últimos años en nuestra Provincia de Mendoza. Sin duda uno de los lugares de atracción para quienes nos vistan es la región de montaña, impulsado por su natural paisaje y el denominado turismo de aventura que se realiza en la zona.

Diversos factores han incidido en este

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crecimiento, tales como el valor monetario favorable para los visitantes del exterior, una adecuada promoción del sector tanto en lo público como en lo privado y fundamentalmente la inversión que grupos económicos han efectuado, valorizando la zona.

Con la construcción del Dique Potrerillos, esta zona de Luján de Cuyo, se ha tornado en un lugar predilecto tanto para los mendocinos, como para los turistas que nos visitan.

Justo frente a la nueva Villa Potrerillos, en lo alto, se encuentra el tradicional Hotel Potrerillos. Posee una vista incomparable hacia el espejo de agua y un paisaje natural que lo hacen ser codiciado por quienes desean descansar y disfrutar de la montaña.

Resulta inaceptable que el mencionado Hotel, luego de tres equivocadas, erróneas y frustradas licitaciones para la concesión de su explotación, hace ya casi 10 años que se encuentra cerrado y en situación irregular tanto en su mantenimiento edilicio, como en el parque que lo bordea.

El estado actual es mas que deplorable y lejos de alegrar y embellecer la zona de ubicación, trae tristeza y desazón a todos los mendocinos que vemos abandonado este emprendimiento de montaña y que fuera en otras épocas un ejemplo emblemático mendocino.

Un letrero en su frente anunciaba “Gran Hotel Potrerillos”, “Club Hotel Potrerillos, náutica y deportes de aventura”, “Habilitación diciembre de 2004”. Una triste foto del mismo inspira al autor de este proyecto a elevar el presente pedido de informes.

Por estos fundamentos y los que se darán en su oportunidad, es que se solicita se dé sanción favorable al presente proyecto de resolución.

Mendoza, 24 de mayo de 2007.

Alberto Canal Artículo 1º - Dirigirse al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio que corresponda, informe sobre los siguientes puntos referidos al Hotel de Potrerillos:

a) Causas de los fracasos de las tres licitaciones efectuadas y si las mismas fueron concurrentes.

b) Todo lo actuado desde la última adjudicación.

c) Perjuicio y responsabilidades emanadas por la falta de cumplimiento de las condiciones establecidas en los pliegos y decreto de adjudicación.

d) Informe del accionar del actual Interventor designado por el Ministerio de Turismo consignando gestiones realizadas, estado actual del edificio y parque aledaño, inventarios de bienes muebles y toda otra información que crea de interés para el conocimiento de la situación actual del hotel.

e) Acciones previstas y tiempo estimado necesario para su reapertura.

Art. 2º - De forma.

Mendoza, 24 de mayo de 2007.

Alberto Canal - A LA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES

28

PROYECTO DE DECLARACIÓN (EXPTE. 45572)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

Los docentes del Tercer Ciclo de la EGB y de la Educación Polimodal en Psicología, realizan el siguiente planteo: a partir de la circular Nº 14 del 8 de marzo del 2007, donde se tomó conocimiento de la “modificación en la competencia”, para cubrir las horas de coordinador pedagógico (desde el 1/1/07), estos llamados a suplencias deberán ser remitidos a Junta Calificadora de Méritos, para ser tabulados por ese organismo.

A tal efecto la escuela deberá enviar el Acta de ofrecimiento de las horas y la fotocopia legalizada del Bono de Puntaje de los docentes participantes de dicho concurso y de la citación a junta. Los periódicos de la provincia han publicado la información, y la misma dice que, para la modificación de las incumbencias en el bono de puntaje 2005, exponen, “El porque de la actualización, el cual tiene 2 años de antigüedad, cuando ya se realizaron con ese bono ingresos, traslados concentraciones, acrecentamientos e innumerables llamados a cubrir horas vacantes y suplentes en el presente ciclo lectivo”. Por lo tanto está en plena vigencia el bono de puntaje otorgado en su oportunidad, por lo que no debe ser reemplazado después de dos año de su uso. En virtud de lo expuesto por los docentes, se solicita la no aplicación de la resolución Nº 2702/06, por considerarla arbitraria e injusta.

Por estos fundamentos, y los que oportunamente se darán, es que solicito el tratamiento y posterior aprobación del presente proyecto de declaración.

Mendoza, 24 de mayo de 2007.

Mario Casteller Artículo 1º - Que vería con agrado que la Dirección General de Escuelas, proceda a no aplicar la Resolución Nº 2702/06 del 20 de setiembre 2006 y la circular Nº 14 del 8 de marzo de 2007, ya que modifican las incumbencias en el bono de puntaje 2005 del Profesorado de la EGB 3 y Polimodal en Psicología.

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Art. 2º - De forma.

Mendoza, 24 de mayo de 2007.

Mario Casteller - A LA COMISIÓN DE CULTURA Y EDUCACIÓN

29 ORDEN DEL DÍA

A) PREFERENCIAS CON DESPACHO DE COMISIÓN: 1- Expte. 43290/06 –Proyecto de ley de las diputadas Díaz y Monserrat y del diputado Marín, regulando el mecanismo de Acceso a la Información Pública. 2- Expte. 43483/06 –Proyecto de ley de la diputada Díaz, creando en el ámbito del Ministerio de Gobierno, la Oficina Anticorrupción. 3- Expte. 44691/07 –Proyecto de ley del diputado Carmona, creando la Empresa Provincial de Biodiesel S.A. 4- Expte. 43947/06 –Proyecto de ley de los diputados Blanco, Canal, Bauzá, Pradines y Marín, estableciendo la Ley Provincial de Catastro. 5- Expte. 43839/06 –Proyecto de ley de la diputada Monserrat, disponiendo la elaboración de un Digesto Legal. 6- Expte. 43649/06 –Proyecto de Ley del diputado Gantus, modificando la Ley 6722 –Seguridad Rural-. 7- Expte. 45198/07 –Proyecto de ley del diputado Petri, estableciendo que los locales comerciales que realicen compraventa de equipos o terminales móviles de comunicaciones, nuevos o usados, deberán poseer documentación que acrediten la procedencia legítima de los mismos. 8- Expte. 44405/06 –Proyecto de ley del diputado Arenas, estableciendo que toda mujer embarazada tendrá derecho a que se le realice el estudio para la detección de infección por Estreptococo Grupo B y creando el Programa Provincial Permanente para su detección.(ORDEN DEL DÍA N° 34) 9- Expte. 35441/04 –Proyecto de ley del diputado Canal, constituyendo la reserva natural y área de protección del Cordón del Plata. 10- Expte. 26457/00 –Proyecto de ley venido en segunda revisión del H. Senado, prohibiendo en el territorio de la Provincia de Mendoza la comercialización y distribución de productos que contengan tolueno y/o sus derivados.

11- Expte. 45173/07 –Proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, sustituyendo los Arts. 3º, 4º, 8º, 10, 13 y 17 de la Ley 6444 y sus modificatorias –Diversión nocturna de los jóvenes-. 12- Expte. 45395/07 –Proyecto de ley del diputado Gantus, modificando el Art. 112 de la Ley 7650 –Presupuesto General 2007-. 13- Expte. 45405/07 –Proyecto de ley del diputado Petri, creando el Programa Provincial de “Juego Responsable” en el ámbito del Plan Provincial de Adicciones. 14- Expte. 45432 del 14-5-07 –Proyecto de ley de los diputados Ciurca, Petri y Bauzá, modificando el Art. 108 de la Ley 3365 -Código de Faltas-. 15- Expte. 45334/07 –Proyecto de ley de los diputados Ciurca, Petri, Bianchinelli, Romero, Bauzá y de las diputada Martini, modificando las Leyes 6721 y 6722, referidas a la Inspección General de Seguridad. 16- Expte. 45315/07 –Proyecto de ley de las diputadas Díaz, Sfreddo y de los diputados Lázaro, Ciurca, Millán, Recabarren, Tornello y Merino, declarando el estado de emergencia de los establecimientos educativos de gestión privada, cuya cuota no supere los $150, que no reciben aporte del Estado. 17- Expte. 45319/07 y su acum. 45445/07 –Proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, concediendo a Potasio Río Colorado S.A., el uso especial de las aguas del río Colorado para uso industrial minero. 18- Expte. 26457/00 –Proyecto de ley venido en segunda revisión del H. Senado, prohibiendo en todo el territorio de la Provincia de Mendoza la comercialización y distribución de productos que contengan tolueno y/o sus derivados. 19- Expte. 44721/07 y su acum. 43571/06 –Proyecto de ley de los diputados Gantus y Tornello, adhiriendo a la Ley Nacional Nº 26141, para la Recuperación, Fomento y Desarrollo de la Actividad Caprina. (DESPACHO DE COMISIÓN) 20- Expte. 43300/06 –Proyecto de ley del diputado Canal, creando el Colegio de Geógrafos y Profesionales en Geografía de la Provincia como un organismo de derecho público no estatal. 21- Expte. 44524/07 –Proyecto de ley de la diputada Monserrat, creando el Programa de recolección, acopio y transporte de botellas de plásticos y latas de aluminio. 22- Expte. 45120/07 –Proyecto de ley de la diputada Monserrat, eximiendo del pago del Impuesto a los Ingresos Brutos a los pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Electores de

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Desarrollo Local y Economía Social. 23- Expte. 45429/07 –Proyecto de ley de la diputada Monserrat, regularizando la documentación de los loteos y fraccionamiento en los que el Instituto Provincial de la Vivienda o la Municipalidad con jurisdicción sobre el inmueble, certifiquen que se encuentran comprendidos en el PROMEBA, en el Programa Federal de Mejoramiento de Viviendas “Mejor Vivir” y en el Programa Federal de Construcción de Viviendas. 24- Expte. 45535 del 23-5-07 –Proyecto de ley de los diputados Millán, Moyano, Recabarren, Bianchinelli, Maza, Martini, Pérez D., Carmona, Sfreddo, Lázaro, Vicchi, Merino y Díaz, ordenando la suspensión por el término de 90 días todos los procedimientos de cobro judiciales o extrajudiciales iniciados por la DAABO, incluyendo los encomendados a la entidad cobradora CERECRED en todo el ámbito de la Provincia. B) DESPACHOS: N° 33 - Expte. 34321/03 –De Cultura y Educación, en el proyecto de ley venido en revisión del H. Senado (con modificaciones), instituyendo como fecha conmemorativa en todo el ámbito de la Provincia de Mendoza, el 2 de marzo, por cumplirse el aniversario de la Fundación de la Ciudad de Mendoza por Don Pedro del Castillo. EN CONSIDERACIÓN N° 34 - Expte. 44405/06 –De Salud Pública, en el proyecto de ley del diputado Arenas, estableciendo que toda mujer embarazada tiene derecho a que le realice el estudio para detección de infección por Estreptococo Grupo B, y creando el Programa Provincial Permanente para su detección. (PREFERENCIA N° 8) EN CONSIDERACIÓN SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Arenas. SR. ARENAS (PD) - Señor presidente: es para justificar la inasistencia a esta sesión del diputado Dalla Cia. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 12)

III

EXPTE. 44405. DETECCIÓN DEL ESTREPTOCOCO

EN EMBARAZADAS SR. PRESIDENTE (Marín) - Pasamos al punto A) del Orden del Día, preferencias con despacho de comisión. Por Secretaría se informa que las

preferencias 8, 19 y 20 tienen despacho. Vamos a considerar la preferencia número 8. Tiene la palabra el diputado Arenas.

SR. ARENAS (PD) - Señor presidente: brevemente el expediente que está en tratamiento tiene la intención de crear un programa para que a todas las mujeres embarazadas se les realice el estudio para la detección del estreptococo grupo B, que es ni más ni menos un virus que se instala en la vagina, esto puede traer serias consecuencias al recién nacido. Este es un programa para las mujeres que cursan entre la semana 27 y 34 de embarazo, con lo cual estamos seguros que vamos a mejorar el sistema de salud en el nacimiento de cada uno de los bebes que nazcan en la Provincia de Mendoza. Por eso, entendemos, que es una ley con un extraordinario objetivo y que persigue proteger al recién nacido de virus y bacterias que pueden llegar a afectar posteriormente su nacimiento, por eso es que lo ponemos a consideración de la Honorable Cámara para su sanción. SR. PRESIDENTE (Marín) - Si ningún diputado desea hacer uso de la palabra, por Secretaría se tomará votación nominal para la aprobación en general.

-Al requerírseles el voto lo hacen por la afirmativa los diputados: Arenas, Bauzá, Bianchinelli, Blanco, Castellano, Casteller, Cazzoli, Díaz, Gantus, Lázaro, Ligonié, Lira Álvarez, Marín, Martínez, Maza, Merino, Millán, Montenegro, Morales, Moyano, Oldrá, Pérez Delia, Pérez M. Cristina, Petri, Piedrafita, Pradines, Romero,, Sánchez, Serrano, Sfreddo, Soria, Vicchi, Vietti y Vilches. SR. PRESIDENTE (Marín) - Treinta y cinco votos por la afirmativa, ninguno por la negativa, en consecuencia ha sido aprobado en general.

Corresponde su tratamiento en particular. Tiene la palabra el diputado Petri.

SR. PETRI (UCR) - Señor presidente: solicito un cuarto intermedio de hasta 5 minutos. SR. PRESIDENTE (Marín) - Presidencia invita al Cuerpo a pasar a un cuarto intermedio de hasta cinco minutos.

- Así se hace, a las 12.32. -A las 12.40, dice el

SR. PRESIDENTE (Marín) - Se reanuda la sesión.

Tiene la palabra el diputado Petri. SR. PETRI (UCR) - Señor presidente: en este cuarto intermedio, hicimos algunas modificaciones al articulado, particularmente en el artículo 2º, que obra con modificaciones y se suprimió “establecimientos asistenciales”, que deberá reemplazarse por “establecimientos de salud”. SR. PRESIDENTE (Marín) - Con las modificaciones

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realizadas por el diputado Petri al artículo 2º, se va a votar en particular el expediente 44405.

Por Secretaría se dará lectura al articulado y artículo que no sea observado, se dará por aprobado.

-Se enuncian y aprueban sin observación los Arts. 1º al 7º inclusive.

-El Art. 8º es de forma. SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa al Senado en revisión. (Ver Apéndice Nº 3)

IV

EXPTE. 44721. FOMENTO DE LA ACTIVIDAD CAPRINA

SR. PRESIDENTE (Marín) - Corresponde considerar el Despacho 19.

-El texto es el siguiente:

DESPACHO DE COMISIÓN

Expte. 44721/07 H. Cámara:

Vuestra Comisión de ECONOMÍA, ENERGÍA, MINERÍA E INDUSTRIA, ha considerado el proyecto de ley presentado por el diputado Juan Gantus, mediante el cual “SE ADHIERE A LA LEY NACIONAL Nº 26141 DE RECUPERACIÓN, FOMENTO Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD CAPRINA”, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Adhiérase a la Ley Nacional Nº 26141, ley para la recuperación, fomento y desarrollo de la actividad caprina. Art. 2º - El Poder Ejecutivo, reglamentará la presente ley, dentro de los treinta (30) días de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, designado un organismo responsable de la aplicación de la Ley Nº 26141, con los alcances establecidos en su artículo 20. Art. 3º - Comuníquese el Poder Ejecutivo. Sala de Comisiones, 3 de mayo de 2007 .

Roberto Blanco, Santiago Cazzoli, Raúl Millán, Néstor Piedrafita, Juan Gantus, Leticia Mayorga SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Gantus. SR. GANTUS (PJ) - Señor presidente: es a los efectos de hacer algunas aclaraciones respecto de este proyecto.

No se ha considerado cuando se lo ha citado, el proyecto corresponde 43671 del 2006, al diputado Moyano, acompañado por el diputado Tornello y posteriormente el expediente 44721, que es de mi autoría con el diputado Tornello.

Este proyecto de ley trata y vamos a comentar algunos aspectos de la ley y pedimos la adhesión de la Ley 26141, Ley Nacional de Recuperación, Fomento y Desarrollo de la Actividad Caprina.

Nosotros hemos tratado de complementar con leyes anteriores que sancionó esta Legislatura, la Ley 6122 que trataba de aportar algunos fundamentos para programar, canalizar la comercialización y producción de ganado caprino. Una segunda Ley, la 7074/02, y con esta Ley, la 26141 sancionada en agosto de 2006, se restituye el régimen de recuperación, fomento y desarrollo de la actividad caprina, destinado a la adecuación y movilización de los sistemas productivos en un marco sostenible en el tiempo y que permite incrementar y desarrollar fuentes de trabajo.

Posteriormente en su Capítulo II, habla de los beneficiarios y de la obligación de estos, de presentar un plan de trabajo; y el artículo 16 nos habla de la autoridad de aplicación y de la comisión asesora técnica, el artículo 20 dispone que las provincias que adhieran al presente régimen expresamente gozarán de los beneficios que establece la ley mencionada.

Por estos breves considerandos, proponemos la adhesión a la Ley 26141 y a su vez que el Poder Ejecutivo reglamentara la presente ley de autoridad de aplicación en los términos del artículo 20 de la Ley 26141. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Casteller. SR. CASTELLER (PD) - Señor presidente: si bien después de haber escuchado los fundamentos que ha dado el diputado preopinante, entendemos que el objetivo, como lo establece el artículo , es incrementar las fuentes de trabajo de la población rural, atendiendo la mejor calidad de vida. Lo que nos parece es que, si bien los objetivos de la ley 26141, son loables, hay cuestiones que en su momento desde este bloque hemos manifestado nuestra oposición. Por ejemplo a la Ley 24156, que e otorga súper facultades al jefe de gabinete, y dentro de esta ley en el artículo 15 de alguna manera se comparte ese criterio, en esta ley Nacional, cuando le dice al jefe de gabinete de

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ministros que lo deja hacer las reestructuraciones presupuestarias que fueren necesarias.

Entendemos que, en este aspecto, mantenemos el mismo criterio por supuesto, no vamos a poder modificar una ley nacional, pero somos consecuentes en manifestar que nos parece que las facultades de le corresponden al Congreso deben ser respetadas.

Queremos hacer otras salvedades, que no implican la no adhesión a la ley, pero establecer que en orden a una correcta técnica legislativa, hubiera sido más propicio que dentro de esta norma se estableciera expresamente qué organismo es el que va a quedar en cargado de la aplicación, como lo establece el artículo 20 de la ley nacional, que deja la facultad a las provincias que adhieran a designar un organismo provincial. En este caso le estamos dando la facultad al organismo del Ejecutivo, entendemos que hubiera sido oportuno establecer que organismo es el encargado y que después en el orden sucesivo fuera el Ejecutivo el que reglamentara la facultad del organismo.

En aras al beneficio de la activi dad caprina, entiendo que salvando estas objeciones que nos parecen oportunas realizar, la ley tiene el objetivo fundamental de colaborar con la gente en el campo que se dedica a este tipo de ganado y a beneficiar la gente de escasos recursos, en ese sentido vamos a acompañar, con la objeciones que realizamos. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Gantus. SR. GANTUS (PJ) - Señor presidente: a los efectos de aclarar esto que expuso el diputado Casteller, si bien es cierto que en artículo 15, respetando las observaciones con respecto a los superpoderes del gabinete, el segundo párrafo de este artículo hace referencia a los recursos que se destinan a este programa, esta hablando que se incorpore al presupuesto general de la Nación de 10.000.000 de pesos. Esto ha motivado a los autores del proyecto a considerar el tratamiento, con la correspondiente adhesión de la ley, a los efectos de gozar de estos beneficios.

Con respecto a la autoridad de aplicación hemos entendido que es el Ministerio de Economía de la Provincia, no se nos ocurre que sea otra área del Poder Ejecutivo la encargada de aplicarlo porque los programas de desarrollo estratégico que lo está llevando a cabo este sector del gobierno provincial. Considero que estas aclaraciones son suficientes para considerar el proyecto. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar en general el despacho del expediente 44721 y su acumulado. Por Secretaría se tomará votación nominal.

-Votan por la afirmativa los siguientes

diputados: Arenas, Bianchinelli, Blanco, Canal y Castellano.

-Al requerírsele el voto, dice el

SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Casteller. SR. CASTELLER (PD) - Señor presidente: es para manifestar el voto positivo con las objeciones planteadas.

- Votan por la afirmativa los siguientes

diputados: Díaz, Ficarra, Gantus, Lazaro, Lira Álvarez, Marín, Martínez, Martini, Maza, Merino, Millán, Montenegro, Moyano, Oldrá, Pérez Delia, Pérez María Cristina, Petri, Piedrafita, Recabarren, Romero, Sánchez, Serrano, Sfreddo, Simón, Soria, Tornello, Vicchi, Vietti y Vilches.

SR. PRESIDENTE (Marín) - El resultado de la votación es el siguiente: 36 votos por la afirmativa. Ha sido aprobado en general.

Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

- Se enuncian y aprueban sin observación los Arts. 1º y 2º.

- El Art. 3º es de forma. SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa al Honorable Senado en revisión.

- (Ver Apéndice Nº 4)

V

EXPTE. 43300. COLEGIO DE GEÓGRAFOS

SR. PRESIDENTE (Marín) - Corresponde considerar la preferencia Nº 20, del expediente 43300.

Tiene la palabra el diputado Canal. SR. CANAL (PD) - Señor presidente: la Ley de Colegio para Profesionales en Geografía, agrupará a un nutrido grupo de personas que han aportado a la Provincia sus conocimientos, a través de sus servicios, consultorías, asesoramiento técnico y científico desde la década del ‘70.

Se calcula que más de 350 personas han trabajado en forma profesional y una treintena de ellos firman la nota de elevación del presente proyecto.

Desde hace más de 35 años, comenzaron a realizar trabajos profesionales en colaboración con otras disciplinas como arquitectos, ingenieros, economistas, ordenadores territoriales, planificadores urbanos, para cubrir un nicho profesional y otras disciplinas que no pueden cubrir y que tiene estrecha correspondencia con la visión integradora de la geografía, frente a un mercado de trabajo real y progresivamente creciente.

La geografía es una disciplina que permite conocer y comprender la complejidad de los procesos socioeconómicos, como también el

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impacto que ejerce la sociedad en el medio ambiente.

Los que la practican generan información, analizan, diagnostican situaciones, problemas, y ofrecen alternativas de solución y líneas estratégicas en materia de urbanismo, desarrollo territorial, regional y local, medio ambiente, transporte, turismo, utilizando como herramientas la cartografía del territorio, nuevas tecnologías informáticas que facilitan la interrelación de variables para la comprensión de los fenómenos y procesos socioeconómicos, ambientales y territoriales.

Una tarea que los profesores y licenciados en geografía vienen desarrollando en forma silenciosa en los más diversos ámbitos de las Provincia de Mendoza. El territorio es un campo de trabajo profesional, el enfoque integrado la característica que los distingue y la capacidad que ponen a disposición de la sociedad, a través de la actividad profesional que hoy intenta regularse con esta norma.

Con esta colegiatura, se intenta regular estas actividades en Mendoza, donde los geógrafos han demostrado cubrir una demanda en crecimiento del sector socioproductivo al ofrecer una alternativa profesional fuertemente vinculada con el desarrollo regional y nacional y la organización y control del territorio.

Los profesores y licenciados y profesionales en geografía podrán incorporarse a este nuevo colegio, logrando así el objetivo de cumplir las obligaciones propias de una actividad profesional con responsabilidad civil, un fuerte compromiso social con Mendoza y una propuesta concreta para mejorar la calidad de los servicios que prestan a la comunidad y al sector de decisiones públicas y privadas.

Por supuesto, el Reglamento y los Estatutos que se ponen a consideración y que lo regirán, reúnen todas las características y condiciones técnicas, legales y específicas que harán práctico el funcionamiento de este colegio al igual que a las tantas colegiaturas que existen en la Provincia de Mendoza. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Casteller. SR. CASTELLER (PD) - Señor presidente: es para solicitarle que cuando ponga en consideración en particular el presente proyecto me facilite el uso de la palabra, en los artículos 3º y 56 del proyecto. SR. PRESIDENTE (Marín) - Por Secretaría se tomará lista para la votación nominal.

- Votan por la afirmativa los siguientes

diputados: Arenas, Bianchinelli, Blanco, Canal, Castellano, Casteller, Díaz, Ficarra, Gantus, Lazaro, Ligonié, Lira Álvarez, Marín, Martínez, Martini, Mayorga, Maza, Merino, Millán, Monserrat, Montenegro, Morales, Moyano, Oldrá, Pérez Delia, Pérez María Cristina, Petri, Piedrafita, Pradines,

Recabarren, Romero, Serrano, Sfreddo, Simón, Soria, Tornello, Vicchi, Vietti y Vilches. SR. PRESIDENTE (Marín) - La votación arrojó el siguiente resultado 39 votos por la afirmativa.

En consecuencia, ha quedado aprobado en general.

Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

- Se enuncian y aprueban sin observación los Arts. 1º y 2º.

- Se enuncia el Art. 3º, y dice el

SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Casteller. SR. CASTELLER (PD) - Señor presidente: como he hecho la salvedad en otros proyectos, mi voto es por la negativa, por el tema de mantener la obligatoriedad por la matriculación. SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración el artículo 3º con el voto negativo del diputado Casteller.

- Se vota y dice el SR. PRESIDENTE (Marín) - Ha quedado aprobado el artículo 3º por mayoría.

Por Secretaría se continúa con la votación del articulado.

Se enuncian y aprueban sin observación los Arts. 4º al 55 inclusive.

Se enuncia el Art. 56, y dice el

SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Casteller. SR. CASTELLER (PD) - Señor presidente: por las mismas razones que expresara en el artículo anterior que objeté, mi voto es por la negativa al artículo 56. SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración el artículo 56 con el voto por la negativa del diputado Casteller.

- Se vota y dice el SR. PRESIDENTE (Marín) - Ha quedado aprobado el artículo 56 por mayoría.

Por Secretaría se continúa con la votación del articulado.

Se enuncian y aprueban sin observación los Arts. 57 al 90 inclusive.

El Art. 91 es de forma. SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa al Senado en revisión. - (Ver Apéndice Nº 5) SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Millán.

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SR. MILLÁN (PJ) - Señor presidente: quería pedir un cuarto intermedio para hablar sobre el expediente 45535 que es el Despacho Nº 24, que trata sobre el tema de la DAABO. SR. PRESIDENTE (Marín) - Presidencia hace suyo el cuarto intermedio solicitado. - Así se hace, a las 13.05.

-A las 13.10, dice el

VI

EXPTE. 45535. SUSPENSIÓN DE COBROS JUDICIALES

SR. PRESIDENTE (Marín) - Se reanuda la sesión.

Por Secretaría se informa que la preferencia número 24 cuenta con el despacho correspondiente, con modificaciones.

Tiene la palabra el diputado Millán. SR. MILLÁN (PJ) - Señor presidente: efectivamente este expediente que en principio era un proyecto de ley, quedaría el artículo 1º como el proyecto original, que trata sobre la suspensión por 90 días de todos los trámites de cobranza y ejecución sobre el programa Agrisol que viene llevando adelante la DAABO o la concesionaria tercerizada CERECRED, y luego con la segunda parte del original proyecto de ley, haríamos una resolución de la Cámara citando al presidente, en donde se le requerirá la información solicitada en el proyecto original. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar entonces en general y en forma nominal el proyecto de ley obrante en el expediente 45535 con las modificaciones que obran en Secretaría.

-Al requerírseles el voto lo hacen por la

afirmativa los diputados: Bauzá, Bianchinelli, Blanco, Canal, Castellano, Casteller, Cazzoli, Díaz, Ficarra, Gantus, Lazaro, Ligonié, Lira Álvarez, Marín, Martínez, Martini, Mayorga, Maza, Merino, Millán, Montenegro, Morales, Moyano, Oldrá, Pérez Delia, Pérez M. Cristina, Petri, Piedrafita, Pradines, Recabarren, Romero, Sánchez, Serrano, Sfreddo, Simón, Soria, Tornello, Vicchi, Vietti y Vilches. SR. PRESIDENTE (Marín) - Aprobado en general por 42 votos.

Tiene la palabra el diputado Canal. SR. CANAL (PD) - Señor presidente: es para verificar si se había tomado mi voto, por supuesto, afirmativo, porque no me expresé. SR. PRESIDENTE (Marín) - Sí, está tomado su voto, diputado.

Tiene la palabra el diputado Casteller. SR. CASTELLER (PD) - Señor presidente: es para manifestar mi voto negativo al artículo 1º.

SR. PRESIDENTE (Marín) - Es un proyecto de un solo artículo. SR. CASTELLER (PD) - Señor presidente: según el expediente que cotejé antes de la votación, habían varios artículos en el mismo. No tengo el de un solo artículo. SR. PRESIDENTE (Marín) - Si me permite diputado, le leo el artículo 1º: “Ordénese la suspensión en el término de 90 días todos los procedimientos de cobros judiciales, extrajudiciales, iniciados por la DAABO, incluyendo lo encomendado a la entidad cobradora CERECRED en todo el ámbito de la Provincia de Mendoza, correspondiente, derivado de la operatoria denominada “Plan Agrisol”. El artículo 2º es de forma. Tiene la palabra el diputado Bianchinelli. SR. BIANCHINELLI (PJ) - Señor presidente: el diputado Casteller vio el proyecto que tiene varios artículos, el despacho tiene solo uno.

El tiene razón, porque se demostró el proyecto y quizás no analizamos el despacho como había salido de la comisión. SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo sido aprobado en general por 42 votos, corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

-Se enuncia y aprueba sin observación el Art.1º.

-El Art. 2º es de forma. SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa al Senado en revisión.

- (Ver Apéndice Nº 6)

SR. PRESIDENTE (Marín) - Conforme a la propuesta del diputado Millán, si el Cuerpo así lo dispone, se autoriza a la Presidencia a realizar una resolución, invitando para el martes al señor Sánchez, de la DAABO, a reunirse con la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales y la de Hacienda y Presupuesto.

Si no hay oposición, así se hará. Se dictará la resolución correspondiente.

Tiene la palabra el diputado Vilches. SR. VILCHES (UCR) - Señor presidente: es para pedir que la citación se haga para el martes a las 17.30, extensiva a los presidentes de las Comisiones de Economía, de Legislación y Asuntos Constitucionales y la de Hacienda y Presupuesto y a todos sus integrantes. SR. PRESIDENTE (Marín) - Si hay asentimiento, así se hará.

Asentimiento. -(Ver Apéndice Nº 13)

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SR. PRESIDENTE (MARÍN) - Tiene la palabra el diputado Casteller. SR. CASTELLER (PD) - Señor presidente: quiero manifestar que no habiendo tenido conocimiento de la modificación realizada, y habiendo entonces modificado sustancialmente el proyecto, en razón de que había varios artículos, a los cuales iba a adherir en su mayoría, menos al primero, le pido la posibilidad de que se haga constar mi voto negativo al proyecto. SR. PRESIDENTE (Marín) - Hay una moción concreta del diputado Casteller, de reconsiderar en general ...

Tiene la palabra el diputado Vicchi. SR. VICCHI (UCR) - Señor presidente: haga constar en actas la oposición del diputado Casteller, al artículo 1º y al contenido general de la ley, tal cual salió. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se está tomando constancia, en el momento en que figura en la Versión Taquigráfica. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Canal. SR. CANAL (PD) - Señor presidente: usted acaba de notificar y se ha aprobado una reunión conjunta de varias comisiones para el próximo martes con el titular de la DAABO. Quiero recordarle que hay una reunión previa a pedido de este diputado, de citar al ministro y al titular de la DAABO previamente.

Considero que si a esta citación viene el titular de la DAABO y satisface las inquietudes que presenten los diputados, podemos dejar de lado la resolución anterior que usted firmó, caso contrario, si esto no ocurre, quiero dejar presente que sigue vigente la citación al ministro. SR. PRESIDENTE (Marín) - Efectivamente. Ustedes informarán el miércoles el resultado de esa reunión. Pasamos al punto B del Orden del Día, despacho Nº 33.

Me informa Secretaría que no hemos votado en particular el expediente 45535; lo habíamos aprobado en general por 42 votos por la afirmativa y la posterior aclaración del diputado Casteller.

Se va a votar, a los efectos de salvar cualquier formalidad, el artículo 1º.

- Se vota y dice el SR. PRESIDENTE (Marín) - Se enuncia y aprueba sin observación el artículo 1º, con el voto negativo del diputado Casteller.

El artículo 2º es de forma. SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo sido aprobado en general y en particular con el voto negativo del diputado Casteller, pasa al Senado en

revisión. - (Ver Apéndice Nº 6)

VII

EXPTE. 34321.

2 DE MARZO, DÍA DEL ANIVERSARIO DE LA FUNDACIÓN DE MENDOZA

SR. PRESIDENTE (Marín) - Ahora tratamos el punto B, despachos de comisión.

Despacho 33. -El texto es el siguiente:

DESPACHO DE COMISIÓN 33

Expte. 34321/03

H. Cámara:

Vuestra Comisión de CULTURA Y EDUCACIÓN, ha considerado el proyecto de ley, venido en revisión del H. SENADO, mediante el cual "SE DECLARA DÍA FESTIVO EN TODO EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA, EL 2 DE MARZO, POR CUMPLIRSE EL ANIVERSARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA CIUDAD DE MENDOZA POR DON PEDRO DEL CASTILLO”, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable CON MODIFICACIONES a la sanción dada por el H. SENADO en fecha catorce de octubre del año dos mil tres, al siguiente

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Institúyese como fecha conmemorativa en todo el ámbito de la Provincia de Mendoza el 2 de marzo, por cumplirse el aniversario de la Fundación de la Ciudad de Mendoza por Don Pedro del Castillo.

Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de Comisiones, 8 de mayo de 2007. Yolanda Sfreddo, Leticia Oldrá, Mirta Díaz, Mirta Castellano, Rubén Lazaro, Pablo Tornello, Raúl Millán, Mario Casteller SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra la diputada Sfreddo. SRA. SFREDDO (PJ) - Señor presidente: es para recordarle a los diputados, que el 2 de mayo fue

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fundada Mendoza por don Pedro del Castillo en el año 1561, en el Valle de Huentata, región que era ocupada por los primitivos Huarpes. A través de este proyecto que viene del Senado, se establece el 2 de mayo en el calendario escolar para recordar la fundación de nuestra Provincia. SR. PRESIDENTE (Marín) - Si nadie más desea hacer uso de la palabra, se va a votar en general.

Por Secretaría se tomará votación nominal. - Votan por la afirmativa, los siguientes

diputados: Bauzá, Bianchinelli, Blanco, Canal, Castellano, Casteller, Díaz, Ficarra, Gantus, Lazaro, Ligonié, Lira Álvarez, Marín, Martínez, Martini, Mayorga, Maza, Millán, Monserrat, Montenegro, Morales, Moyano, Oldrá, Pérez Delia, Pérez María Cristina, Petri, Piedrafita, Recabarren, Romero, Sánchez, Serrano, Sfreddo, Soria, Tornello, Vicchi, Vietti, y Vilches. SR. PRESIDENTE (Marín) - 37 votos por la afirmativa y ninguno por la negativa, por lo que resulta aprobado.

Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

- Se enuncia y aprueba sin observación el Art. 1º.

- El Art. 2º es de forma.

SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa a la Cámara de Senadores en segunda revisión.

- ( Ver Apéndice Nº 7)

VIII

HOMENAJES DÍA MUNDIAL SIN TABACO

SR. PRESIDENTE (Marín) - Corresponde el Período para rendir Homenajes.

Tiene la palabra el diputado Vilches. SR. VILCHES (UCR) - Señor presidente: hoy es un día bastante particular para nosotros, muchas de las personas que están en las gradas tiene alguna cuestión vinculada con el tema del ambiente, por lo cual hablaremos de ello, en virtud que la próxima semana y mañana vienen dos fechas paradigmáticas para el aire puro.

Mañana se conmemora el Día Mundial Sin Tabaco, se celebra el 31 de mayo en todo el mundo, con el objeto de mostrar la importancia que tiene la lucha contra la epidemia que implica el tabaquismo, y que además, es la principal causa de muerte previsible y prevenible en el mundo.

Desde el año 1987, se escoge un tema para trabajar, un lema y se aprovecha para informar al público de los peligros que implica el consumo de tabaco. Para este año se ha elegido el lema, “sin humo dentro”, esto es sin duda producto de la

certeza que tenemos que los ambientes libres de humo de tabaco son la única medida efectiva para proteger a toda la población, a la que fuma y también a la que no lo hace.

Quiero rescatar que el gobierno de la provincia, está haciendo con el liderazgo del ministro de Salud de la Provincia, Caletti, a quien hemos invitado, y a la subsecretaria, en virtud de que en los próximos meses se realizará un congreso argentino de tabaquismo y de sus consecuencias nocivas. Desde el 22 al 25 se reunirán los especialistas que tratan la problemática, es un congreso de carácter multidisciplinario, en adhesión a este tema, en adhesión al día de mañana y a la voluntad que muchos tenemos de que esta Provincia sea una de las provincias libres del humo de tabaco.

Pedimos y reclamamos el tratamiento de la media sanción que falta, por parte de la Cámara de Diputados de la ley que trata esta problemática, es la modificación de la Ley 5374, desde hace algún tiempo está en la Cámara de Diputados y que merece el tratamiento rápido, haber si llegamos a noviembre, a este Congreso Argentino, con una ley que acompañe la voluntad de la mayoría de los mendocinos. Quiero resaltar algunas cuestiones que tienen que ver con la tendencia que hay en el mundo: “en un número creciente de países la norma está cambiando. Antes fumar estaba permitido en prácticamente todos lados, ahora la tendencia son los ambientes 100% libres de humo. Y así lo han adoptado Estados Unidos, Francia, Irlanda, Tailandia, Italia, Gran Bretaña y Uruguay, entre otros que tienen ambientes públicos cien por ciento libres de humo.

En nuestro país, las provincias de Córdoba, Santa Fe y Tucumán lo han logrado. En la ciudad de Buenos Aires y también en varios municipios como Corrientes, Comodoro Rivadavia, Villa María, Río Cuarto, San Martín, Mar del Plata, Bahía Blanca y Tandil.

En virtud de ello, estoy pidiendo esta adhesión, este homenaje por lo cual solicito un cuarto intermedio de un minuto porque el ministro en persona ha querido acompañar esta iniciativa de la diputada Martín, y quien les habla, para que todos nos comprometamos con los ambientes libres de humo. SR. PRESIDENTE (Marín) - Presidencia hace suyo el pedido de cuarto intermedio.

- Así se hace a las 13.30. -A las 13.37, dice el

SR. PRESIDENTE (Marín) - Se reanuda la sesión.

Tiene la palabra la diputada Martini. SRA. MARTINI (PJ) - Señor presidente: creo que este Día Mundial del Ambiente libre de humo de tabaco, es buena esta adhesión, esta propuesta desde el Ministerio, que fue sugerida por el diputado Vilches, y es bueno recordar que en el Congreso de la Nación está desde hace 2 años demorado un proyecto, presentado por el ministro de Salud, Gines

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González García. Sabemos que toda esta concientización por

el daño que produce el tabaco, el humo en el ambiente, es una tarea sumamente difícil relacionada con cambios culturales.

Sabemos también que el niño lo primero que aprende es que la gente fuma, ve a la gente fumar, las no restricciones al consumo enseñan que hay quienes no fuman porque no lo necesitan, lo segundo que el niño aprende, antes de ir a la escuela, es que el consumo del tabaco es dañino, si nadie fuma no conociendo el daño que el tabaco produce.

Esto es así, como lo son también los graves problemas de accidente de tránsito que nos llevan y son las primeras causas de muerte, algo vinculado con la educación y la cultura.

Voy a citar una frase que me pareció muy importante y que dice así: “Fumar es una apuesta en la que cada imbécil pone a prueba su pertenencia en el mundo de los invulnerables ganadores, que tan bien han representado la publicidad del tabaco”. Con disculpas a los que fuman.

Creo que el tomar conciencia de la necesidad de no fumar y de bajar las muertes evitables, como decía el diputado que me precedió en el uso de la palabra, es una tarea que nos debemos todos, para nuestras niños, para nuestras generaciones futuras y para realmente disminuir las muertes evitables y ocuparnos de aquellas que todavía no tienen solución.

Por ello, adhiero a este Día Mundial del Aire Libre de 100% libre de humo, y que sigan con la tarea todos estos jóvenes desde el Ministerio, porque es una tarea que no tiene que ser de un partido ni de una ideología, sino de todos nosotros para recuperar la salud. SR. PRESIDENTE (Marín) - S i ningún diputado de-sea hacer uso de la palabra, se va a dar por clausurado el Período de Homenajes.

Clausurado. Pasamos a considerar los Asuntos Fuera del Orden del Día.

Tiene la palabra la diputada Díaz. SRA. DÍAZ (FISCAL) - Señor presidente: solicito tratamiento sobre tablas para el expediente 45315, que habla de la emergencia educativa en los colegios privados que no reciben aportes del Estado, y como sé que hay algunas dudas, quisiera pedir un cuarto intermedio para acordar cómo sigue el tratamiento de este proyecto. SR. PRESIDENTE (Marín) - Presidencia hace suyo el pedido de cuarto intermedio.

- Así se hace a las 13.42. - A las 13.48, dice el SR. PRESIDENTE (Marín) - Se reanuda la sesión.

Tiene la palabra la diputada Díaz. SRA. DÍAZ (FISCAL) - Señor presidente: solicito que

el expediente mencionado, acordado ya con los presidentes de bloque, pase a la Comisión de Hacienda y se cite al ministro a quien hoy designe para ver si esto afectaría o de qué manera afectaría el Presupuesto.

Quiero agregar a esto que hemos mantenido reuniones con la directora general de Escuelas, con la directora de Educación Media y con todos los directores de las escuelas mencionadas que vinieron a solicitar esto específicamente; no sólo no hubo respuesta, sino también, llamativamente, después de la presentación del proyecto de ley y de la difusión por los medios de comunicación, varias escuelas pidieron, atemorizadas, que se las sacara del proyecto. Esto realmente es preocupante, porque son escuelas que están en crisis, en la Provincia hay 756 instituciones de educación privada entre el Nivel Inicial, EGB, Polimodal, Educación Especial, Terciarios, los CENS y los Jardines Exclusivos. De ellas, hay 202 escuelas que dictan la EGB y el Polimodal, el 65% de esas escuelas, es decir 137, reciben prácticamente el 100% de subsidios del Estado; estamos hablando de un tema de equidad, hay 155 escuelas que quedan afuera, y si bien algunas de esas escuelas pueden autoabastecerse y pueden hacerlo, hay muchas que no.

Hay una equivocación en el concepto de la educación, es decir, hay un baluarte en nuestra Nación, que es el concepto de educación pública y esto implica la gestión estatal y la gestión privada.

La Dirección de Escuelas debe hacerse cargo de los kioscos y ella debe controlarlos en las escuelas, y hacer que funciones correctamente. O solicito al Cuerpo que sea un tema que lo tratemos con seriedad y nos aboquemos a escuchar esto del presupuesto, porque hay escuelas que tienen serias dificultades y están subiendo mucho sus cuentas, y ya no le están pagando a los docentes. SR. PRESIDENTE (Marín) - Diputada ese expediente ha sido girado a las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Hacienda y Presupuesto, así es que sería redundante girarlo nuevamente. Lo que debería hacer la Comisión de Presupuesto y Hacienda, es citar a las autoridades que usted plantea para de evacuar las dudas que los legisladores tienen.

Tiene la palabra la diputada Pérez. SRA. PÉREZ (PJ) - Señor presidente: es para solicitar preferencia con despacho para la próxima sesión del expediente 42393, que trata sobre entregar una distinción al médico del Centro de Salud de Punta del Agua. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar el pedido de preferencia.

- Resulta afirmativa. -(Ver Apéndice Nº 14) SR. PRESIDENTE (Marín) - Cuenta con preferencia.

Tiene la palabra el diputado Soria.

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SR. SORIA (UCR) - Señor presidente: había solicitado la palabra para la hora de homenajes, pero usted cerró ese período, así es que no me queda la posibilidad de hablar... SR. PRESIDENTE (Marín) - Diputado, si usted lo solicita podemos reconsiderar el punto homenajes. SR. SORIA (UCR) - No, gracias, señor presidente. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Bianchinelli. SR. BIANCHINELLI (PJ) - Señor presidente: es para solicitar preferencia con despacho de comisión para el expediente 45037, proyecto venido en revisión del Senado. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar el pedido de preferencia para el citado expediente.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 15)

SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra la diputada Pérez. SRA. PÉREZ (PJ) - Señor presidente: parece que estamos un poco apurados, y la verdad es que quería referirme al tema que planteaba la diputada Díaz respecto al tema de la educación que está en el tapete desde hace mucho tiempo y que está relacionado con el país que queremos, entonces me parece muy bien que lo veamos en términos económicos respecto de cuánto hay y cuánto vale, pero debemos tomar en cuenta que la educación privada está cubriendo, y es lo debería hacer el Estado desde hace mucho tiempo, por lo tanto me parece que deberíamos tratarlo con un poco más de cuidado y tiempo, no solamente en términos económicos, sino también en lo que las escuelas privadas le están brindando a la Provincia desde hace mucho tiempo y vuelvo a decir, están cubriendo algo que debería ser del Estado. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Tornello. SR. TORNELLO (PJ) - Señor presidente: es para solicitar preferencia con despacho para los expedientes 45530 y 45528, que ya cuentan con despacho favorable de la Comisión de Cultura, y se refieren a la creación de dos escuelas en el Departamento Lavalle. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se van a votar los pedidos de preferencias solicitado por el diputado Tornello.

- Resulta afirmativa. -(Ver Apéndice Nº 16) SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra la diputada Monserrat.

SRA. MONSERRAT (UCR) - Señor presidente: en realidad, había pedido en Labor Parlamentaria el tratamiento sobre tablas del expediente 45579, pero entiendo que es lógico que los diputados quieran saber de qué se trata. Entonces, voy a solicitar preferencia con o sin despacho en la próxima sesión. Es un proyecto mío y del diputado Montenegro, donde lo que estamos intentando hacer es la modificación de la ley que habla del transporte sin costos del discapacitado, dado que en las zonas alejadas, como Malargüe, San Rafael, General Alvear y el Este, se presentan ciertas dificultades para el transporte del mismo, dado que no es para nada claro el artículo 19 de la Ley 5041, que realmente está inhibiendo el uso, diciendo que estas personas tienen que demostrar que se trasladan a lugares laborales, educacionales, sanitarios o de rehabilitación, y esto no es el modo en que se está haciendo y creo que de esta manera se siguen discriminando y también establecemos esta condición fundamental para los Departamentos alejados de la Provincia, porque no es posible que cuando un discapacitado intente viajar desde las zonas rurales a la Provincia, tenga que dar muchas vueltas para que se le dé lugar en el asiento.

Pensamos que modificando la ley que origina el pase libre de los discapacitados, vamos a lograr que se dé cumplimiento a la misma como corresponde. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Arenas. SR. ARENAS (PD) - Señor presidente: comparto el proyecto, por supuesto, soy discapacitado y por lo tanto, mal podría hacer no compartirlo, pero no me parece apropiado que sea tratado sin despacho. Aceptaría la preferencia con despacho, porque acá colisionan un montón de normas: existe la ley nacional, la ley provincial, la Ley de Transporte, por cuanto entiendo que debiera contar con el despacho pertinente, a los efectos de no cometer equivocación o error. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Soria. SR. SORIA (UCR) - Señor presidente: vamos a ser claros y no voy a coincidir con el presidente del bloque demócrata, porque estamos hablando de una Ley Provincial.

Nosotros, y acá hay muchos legisladores que son del interior de la Provincia, que no pertenecemos al cono urbano y vemos con mucha necesidad que muchas familias del interior de la Provincia tienen que asistir y, sobre todo, con niños discapacitados y cuando vemos esa falta de equilibrio que puede tener el interior de la Provincia con el cono urbano, tenemos una diferencia y cuando decimos diferencia, estamos hablando de kilómetros, y cuando hablamos de kilómetros, hablamos que no hay igualdad.

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Le decía al presidente de la Comisión de Obras Públicas, que quizá mucho esto no tenga que ver con dicha comisión; es más, tendrá que ver con la Comisión de Hacienda y de Legislación y Asuntos Constitucionales, seguramente, pero que hubiera una posibilidad que estemos debatiendo si tiene que ir con despacho para la próxima semana, 15 ó 20 días, cuando seguramente ha faltado una legislación de este Cuerpo. Pero hoy, que tenemos la posibilidad que un legislador de Malargüe y que una legisladora de la Provincia, de la Capital esté presentando este proyecto. Qué dificultades tenemos para no tratarlo ahora? Hemos tratado un montón de proyectos y no le voy a decir que no han tenido quizás la envergadura de éste, pero como legislador del interior y viendo la necesidad que tienen muchos discapacitados de nuestra Provincia, y que se tienen que trasladar hasta la Ciudad de Mendoza, porque en la Ciudad de Mendoza se encuentran los grandes centros de salud, en este caso los hospitales, y no les estamos dando esta posibilidad. No es que no coincida con el presidente del bloque demócrata, le estoy pidiendo que si tenemos la posibilidad y la voluntad de por qué no estar dándole tratamiento en esta sesión, así tengamos que pasar a un cuarto intermedio de 10 minutos, pero que lo trabajemos y le demos la posibilidad para que en la próxima semana lo esté tratando la Cámara de Senadores. Gracias, y les pido disculpas a los legisladores por la manera de hablar. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra la diputada Monserrat. SRA. MONSERRAT (UCR) - Señor presidente: agradezco el apoyo brindado por el diputado preopinante. Realmente, es un tema donde nos tenemos que sensibilizar frente a aquellas personas que les cuesta movilizarse y que sufren distintas discapacidades. No era para nada crear una polémica; el diputado Arenas pide ver la ley, el despacho es de la Comisión de Obras Públicas, a la cual pertenezco, y considero que si todos me acompañan en la comisión, podemos sacar el despacho y sí me comprometo y les prometo a los presidentes de bloque, y así se lo manifesté al diputado Bianchinelli, remitir por e-mail el proyecto. Les pido agilidad, y a eso me refería cuando pedí que se trate el próximo miércoles. SR. PRESIDENTE (Marín) - Hay dos mociones. Tiene la palabra el diputado Romero. SR. ROMERO (PJ) - Señor presidente: es para solicitar un cuarto intermedio. SR. PRESIDENTE (Marín) - Presidencia hace suyo el pedido de cuarto intermedio.

-Así se hace a las 14.03. - A las 14.06, dice el

SR.. PRESIDENTE (Marín) - Se reanuda la sesión.

Tiene la palabra el diputado Petri. SR. PETRI (UCR) - Señor presidente: después de haber consultado a los autores del proyecto y a las autoridades de los distintos bloques legislativos, hemos acordado hacer una moción por la cual se otorgue preferencia con o sin despacho para la próxima sesión del expediente de referencia. SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración la preferencia con o sin despacho para la próxima sesión del expediente 45579.

-Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 17) SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Martínez.

SR. MARTÍNEZ (UCR) - Señor presidente: solicito que el expediente 41477 que obra en la Comisión de Salud, pase a la Comisión de Hacienda y Presupuesto, ya que trata un tema de incumbencia de esa comisión. También solicito que el expediente 30527 y su acumulado 30154, que obra en la Comisión de Educación, pase a LAC. SR. PRESIDENTE (Marín) - Si no hay oposición, se da por aprobado. - Resulta afirmativa

- (Ver Apéndices Nros. 18 y 19) SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra la diputada Vietti. SRA. VIETTI (UCR) - Señor presidente: es para solicitar la acumulación del expediente 45157 al expediente 44010, que trata de la creación de un banco de leche materna y solicitar preferencia con despacho de comisión. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar la moción formulada.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 20)

IX

EXPTE. 45622. CAUSA “MARIO GÓMEZ YARDEZ”

SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar la toma de estado parlamentario y tratamiento sobre tablas del expediente 45622.

- Resulta afirmativa. -(Ver Apéndice Nº 21) - El texto es el siguiente:

PROYECTO DE LEY

(EXPTE. 45622)

Artículo 1º - Ratifícase el DECRETO N° 1107 de

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fecha 24 de mayo de 2007, por el que se aprueba lo resuelto por la Comisión Asesora, designada de acuerdo al Acta sobre gestiones de Solución Amistosa, de la causa Nº 11796 de la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS caratulada “Mario Gómez Yardez Vs. Argentina”, integrada por los doctores: Susana Albanese, Aída Kemelmajer de Carlucchi y José L. Sabatini; y que obra en copia certificada a fojas 36/42 del Expediente Nº 932-S-2007-00100 originario del Ministerio de Gobierno, caratulado “Subsecretaría de Justicia, REF/CASO Nº 11796, YARDEZ MARIO GÓMEZ”; y por el que se autoriza el pago de la suma total de PESOS CIENTO DIEZ MIL ($110.000), que comprende: a) Una indemnización de PESOS SETENTA MIL (70.000), a favor de las menores Natalia Carolina Gómez Álvarez y Tamara Andrea Fernández, en su carácter de únicas y universales herederas del señor Mario Gómez Yardez, en un 50% (cincuenta por ciento) para cada una; b) La suma de PESOS DIEZ MIL ($10.000), en concepto de reintegro de costas efectuadas con motivos de los procesos internos e internacional; y c) La suma de PESOS TREINTA MIL ($30.000) correspondientes a los honorarios profesionales de los abogados Carlos Varela Álvarez y Diego Jorge Lavado. Art. 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DEL H. SENADO, en Mendoza, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil siete. Analía Rodríguez Juan C. Jaliff Sec. Legislativo Vicegobernador SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Piedrafita. SR. PIEDRAFITA (ARI) - Señor presidente: este expediente ha tenido media sanción del Senado ayer, y urge que tenga aprobación, habida cuenta que está corriendo un plazo procesal. La verdad es que pocos expedientes he visto en esta Cámara en toda mi actuación que produzcan tanta tristeza como éste.

Muchos seguramente recuerdan el caso. El expediente que terminó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con la conformación de una comisión de solución amistosa de conflictos, lleva el nombre de Mario Eduardo Yardez.

Este caso se inició el 27 de junio de 1990, se había producido un hecho delictivo en el Departamento Lavalle y en esa ocasión la división motorizada allanó el domicilio de esta persona sin orden judicial, porque se indicaba como que podía haber sido autor de ese delito.

Fue retirado de su casa y trasladado a Lavalle. En el camino fue obligado a bajar del auto policial, se lo obligó a cavar una fosa, en dos ocasiones se simuló su fusilamiento, le dispararon

cerca de la cabeza dos veces para que confesara que había sido autor del delito, pero Yardez no confesó, porque luego se va a probar que no tenía ninguna relación con el mismo, fue trasladado a Investigaciones, torturado durante 10 días, y se comprobó que se lo mantenía colgado de pies y manos durante la noche, se le aplicó la picana eléctrica en los genitales, en la boca, las pericias médicas que obran en el expediente voluminoso que hoy comprueba que eso fue así; luego fue detenido 13 meses en la penitenciaria, a pesar de comprobar las pericias médicas que se había obtenido una declaración por estar sometido a tormentos.

Luego de 13 meses fue sobreseído, todos los imputados que en total eran 11 fueron sobreseídos a través de una deficiente actuación judicial, hubo recusaciones, nulidades, apelaciones, hasta que 5 años después en 1995, la jueza Guarda por prescripción, por paso del tiempo, y no porque se hubiera aprobado otra cosa sobreseyó a 11 de los inculpados de tortura, con una cantidad de irregularidades en el medio que demuestran el deterioro institucional de la Policía, del Poder Judicial y del propio Poder Ejecutivo. Desaparecieron libros de guardia, libros de atenciones médicas, se produjeron hechos visibles de la detención de los imputados, el juez se apersonó en la Sección Infantería, que era el lugar de detención de los policías imputados y no había allí ninguno de los 11, se lo había autorizado ir a la feria en un auto de la Policía a comprar comida para que se hicieran el almuerzo.

Tres años después fueron liberados, a los 8 años tuvo lugar el debate, por el 2x1, fueron beneficiados, fueron todos absueltos y hubo cosas tan terribles, como ascensos policiales durante el período del proceso, es decir, que ascendieron a policía que estaban procesados por estos hechos y está probado, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, hasta que luego de 16 años, el año pasado la Provincia de Mendoza reconoce su responsabilidad ante este fuero internacional por todos los hechos sucedidos y que narró esta pobre persona.

Habían violados distintos artículos de la Convención de los Derechos Humanos, el 5º, el 7º, referidos al derecho de la libertad y a la integridad física.

Siguen buscando ser responsables, entre otros, el Poder Judicial y ojalá termine bien esto, se está analizando la conducta de funcionarios que intervinieron en esto, en los distintos procesos caratulados “Sánchez Daniel Ricardo, Carmona Oscar Fabián, Ferreira Carlos Oscar, Illanes Jorge Omar, Moyano Daniel Mario, Río Daniel Fernando, Lemos Raúl Mario, por tortura y participación criminal”, quienes fueron en realidad responsables de una serie de errores, irregularidades y violación de normas procesales que han entorpecido el desarrollo del proceso y la búsqueda de la verdad.

Lo que tenemos para aprobar hoy es una indemnización acordada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con la participación de una

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Comisión que presidió Aída Kemelmajer de Carlucci, que la verdad es una indemnización, pero después de estos hechos tan tremendos, terroríficos que sucedieron en el año ‘90, en el año 2007 se les va a pagar 70.000 pesos a las dos hijas menores de esta persona, a uno le da casi vergüenza y 10.000 pesos de costas de honorarios profesionales de los doctores Lavado y Varela, que fueron quienes asumieron la defensa de esta persona y han logrado esta sentencia. Junto con el pedido que le demos aprobación a este expediente, he consultado sobre la fecha luego de que usted me informara, tomé contacto con los letrado para ver si era correcto y me informaron que sí, que es a lo que se pudo llegar en una conversación amigable. Perdón, le voy a pedir en nombre de la Provincia de Mendoza, a Natalia Carolina y a Tamara Andrea, que son las dos hijas de este hombre. Creo que más allá de aprobar la indemnización, es lo menos que podemos hacer, todos aquellos que la verdad, nos sentimos -sin haber tenido ninguna participación-, corresponsales de este acto de barbarie ejecutado en pleno proceso democrático. SR. PRESIDENTE (Marín) - Esta Presidencia propone que se dicte una resolución, aceptando esta media sanción venida en revisión del Honorable Senado.

Se va a votar. - Resulta afirmativa. -(Ver Apéndice Nº 22)

SR. PRESIDENTE (Marín) - Aprobada. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

-(Ver Apéndice Nº 1) SR. PRESIDENTE (Marín) - Presidencia dispone un cuarto intermedio de un minuto.

- Así se hace a las 14.18. - A las 14.21 dice el

SR. PRESIDENTE (Marín) - Se reanuda la sesión.

Se va a votar la toma de estado parlamentario del expediente 45636.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 23)

PROYECTO DE LEY DEL P.E.

(EXPTE. 45636)

NOTA N° 1156 A LA H.LEGISLATURA DE LA PROVINCIA S / R

Elevo a vuestra consideración un Proyecto de Ley por el que se modifica el inciso 2) del artículo 49 de la Ley 6722.-

El artículo 49 de la Ley 6722 estipula los requisitos de ingreso a la fuerza policial, y específicamente el inciso 2) del mentado cuerpo

legal establece el rango de edad en el que se permite el ingreso a las filas de la institución de marras.-

Actualmente resulta necesario el reclutamiento de mayor cantidad de personas a las Policías de Mendoza, para lograr mejorar las tareas de prevención, control y represión de los delitos contravenciones.-

Por lo expuesto resulta necesario establecer mecanismos tendientes a lograr la flexibilización de los requisitos de ingreso, pero que no afecten la capacitación y profesionalismo del personal policial.

En esa inteligencia se advierte la conveniencia de ampliar el tope máximo del rango de edad de ingreso a la Fuerza Policial, de 30 a 35 años inclusive.

Dios Guarde a V. H.

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Modificase el inciso 2), del artículo 49, de la Ley Nro. 6722, el que quedara redactado de la siguiente manera:. “2) Tner entre 18 y 35 años de edad inclusive” Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Julio C. Cobos Gobernador

SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración el tratamiento sobre tablas.

Tiene la palabra el diputado Arenas. SR. ARENAS (PD) - Señor presidente: digo que lo que se solicita aquí es una modificación central a la Ley de Policías, 6722. Se habla nada menos que de la modificación de las condiciones de ingreso de las personas que quieran ser policías en la Provincia de Mendoza. Por ello, entiendo que esto debe tratarse con un poco más de profundidad; acá hay que tener en cuenta las condiciones físicas y psíquicas, se modifica la estructura que originariamente se había establecido en la Ley 6722.

Originariamente en la Escuela de Policía, los que ingresaban, debían tener hasta 25 años inclusive, cuando se modificó la 6722 se llevó hasta 30 años inclusive, y ahora lo que se quiere es llevarlo a 35 años, es decir que estamos modificando el personal que queremos tener en la Policía de Mendoza, por lo tanto esto tiene que ser estudiado con un poco más de profundidad, consultada la División Sanidad Policial para que nos informen cuáles serían las consecuencias no sólo físicas de una persona que tiene más de 30 años, sino psíquicas para ser policía y tener un arma en su cintura y para ejercer la defensa de los derechos de los demás.

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Por lo tanto, lo que solicitamos es que pase a Comisión para ser evaluado y estudiado en la serenidad de la misma. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Piedrafita. SR. PIEDRAFITA (ARI) - Señor presidente: en el mismo sentido que el presidente del bloque demócrata, nosotros pediríamos un tiempo mínimo para estudiar esta norma. Estamos trabajando sobre algunas medidas que está tomando el Poder Ejecutivo y que, la verdad, las está tomando sin el debido debate en esta Cámara que tiene que ver justamente con este tema; el tema de las guardias urbanas civiles, que no puedo dar precisiones, porque todo lo que uno escucha son rumores, porque no tenemos informes al respecto, hablan que ya habría una selección de aproximadamente 700 personas para ser incorporadas como guardias civiles urbanas, pero en realidad nosotros deberíamos debatir en esta Cámara si nos parece que la creación de estos Cuerpos son convenientes, si van a dar resultados y lo vimos con el tema de las condiciones para ingresar y ascender a la Policía.

Quiero que el expediente sea girado por una semana, por lo menos, a la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales para poder analizarlo. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Petri. SR. PETRI (UCR) - Señor presidente: la verdad que no es una modificación significativa de que la comprensión que hoy por hoy plantea el Poder Ejecutivo plantea respecto de la Ley 6722; claramente se modifica un inciso donde se eleva la edad de ingreso a la Policía de Mendoza de 30 a 35 años. Esto responde a una necesidad, que se tiene, de incorporar mayor cantidad de efectivos, y darle la posibilidad a una mayor cantidad de gente que tenga vocación de servicio, que tenga un compromiso ciudadano y no se vea coartada su decisión por un impedimento como el de la edad. No solamente estamos hablando de personas que ya alcanzaron los 35 años, sino también de personas que tienen 31, 32, etcétera, que hoy por hoy se encuentran impedidas de ingresar a la Policía, por simplemente no contar con la edad que la ley establece. Entonces, si nosotros asumimos tener un déficit de más de 5.000 policías y, que a su vez, queremos una policía que sea profesional, eficiente y capacitada, y no queremos menguar esos requisitos, necesariamente, tenemos que ajustar, en el requisito del ingreso, a la edad. Aquí no se está hablando de condiciones psíquicas y físicas, va a tener que cumplir las mismas condiciones físicas y psíquicas que aquella persona que tenga 21 ó 22 años, va a tener que pasar por los mismos exámenes. Pero pareciera que esto se plantea en términos de capacidad o incapacidad por el sólo hecho de tener 30 años para ingresar en la carrera policial. Me pregunto: si una persona que tiene 34 años de vida

y que, en definitiva, es mayor la cantidad de años que va a poder prestar de servicios como población efectivamente económicamente activa, una persona capacitada para trabajar en el Estado y además cumplir la función de policía, por qué le vamos a negar esa posibilidad si además cumple con la idoneidad y los requisitos que la ley establece. Entonces, me parece que siendo una cuestión tan mínima, pero que a la vez tanto frutos puede dar a la hora de reforzar al personal policial que cumple tareas en la actualidad, creo que es necesario darle tratamiento para que rápidamente sea implementado por el Ministerio de Justicia y Seguridad. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Vicchi. SR. VICCHI (UCR) - Señor presidente: siento mucho que este tipo de leyes aparezcan a último momento cuando en realidad debe ser parte de una discusión y ameritan por lo menos un estudio básico más importante.

No es un tema simple, no lo calificaría así, por el sólo hecho que cuando se estableció una edad en el marco original, es sobre la base del pensamiento del régimen jubilatorio natural para una persona que trabaja en la Administración, y bajo este régimen están hablando que cuando una persona entre en el límite máximo de la edad de 35 años, va a tener que hacer un aporte de 30 años mínimo en la Administración, con las sujeciones especiales que pueda tener el régimen policial para el retiro efectivo. Si uno incorpora a personas de 35 años, estamos calculando que esa persona va a pasar prácticamente hasta los 65 años como vida útil en la actividad, y no creo que exista eficiencia en marco de los 65 años para una persona que está en la actividad policial.

Recuerden ustedes que en la época de Felipe Llaver cuando hicimos un régimen especial sobre los maestros, llegamos a la conclusión después de mucho estudio, que por ejemplo los maestros no podían superar los 52 años en la administración efectiva y tenían que pasar al régimen de jubilación después de los 52 años, por el desgaste natural que se tiene en la actividad, y con una de las cosas que se comparaba es precisamente el tema de la Policía. Más allá del estiramiento en el tiempo de la expectativa de vida de las personas y precisamente con el avance de la ciencia, el marco de la salud de cada uno de los seres humanos que componen nuestra sociedad, hacen que tengan un promedio de vida mucho más largo y útil. También todo esto amerita que haya toda una serie de estudios antes de tomarla con total improvisación sobre este tema, el estiramiento de la edad. Es más, pienso en este marco si no convendría hacer al revés el régimen y decir que toda persona que superando la edad de 30 años, cumple con todos los requisitos psíquicos y físicos, pueda ser incorporada como un régimen de excepción, a lo mejor sería un mecanismo mucho más idóneo para que esto sí se produzca. Pero esto,

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fruto del estudio y del análisis en la comisión. No me opongo al tratamiento si esto es

urgente, pero a mi entender tendría que quedar abierto a que pueda haber otra redacción. Y éste es el conflicto que planteo, y lo planteé anteriormente con la sanción de otras leyes que vinieron con carácter de urgente y que aparecieron en el Senado, y vino la orden distinta para que la tiraran para atrás y todo este Cuerpo quedó como que había actuado con absoluta negligencia y una falta de sapiencia total, como que éramos unos improvisados en el tema.

En síntesis, no hubo ninguna ley, porque dos abogados que vinieron dijeron que no correspondía sancionarlas; hubo cambio de actitud política en el Ejecutivo y nosotros quedamos fuera o descolocados en este tema.

Como presidente de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, con todo el respeto que se merecen los legisladores, que haya, por lo menos, una semana de estudios en este marco, para saber qué es más conveniente: si sacarlo así o como un régimen de excepción después de los 30 años y si esto se justifica o no, pero con la seguridad de este Cuerpo que la decisión se haya tomado por un despacho, lo cual también nos da el aval, para después ratificar lo que nosotros tenemos que decir en defensa de cada uno de los proyectos sancionados como ley de este Cuerpo o como media sanción del mismo. SR. PRESIDENTE (Marín) - Hay dos mociones: una, que vaya a comisión y la otra, que se trate sobre tablas.

En primer lugar, se va a votar el tratamiento sobre tablas, teniendo en cuenta que debe contar con la mayoría especial de dos tercios.

-Se vota y dice el SR. PRESIDENTE (Marín) - Ha sido rechazado el tratamiento sobre tablas. Pasa a la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales. -(Ver Apéndice Nº 24)

X

EXPTE. 45372. EXPROPIACIÓN DE TERRENO EN TUNUYÁN

SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar el tratamiento sobre tablas del expediente 45372.

Tiene la palabra el diputado Arenas. SR. ARENAS (PD) - Señor presidente: solicito un cuarto intermedio. SR. PRESIDENTE (Marín) - Presidencia invita al Cuerpo a pasar a un cuarto intermedio.

-Se pasa a cuarto intermedio a las 14.36. -A las 14.37, dice el

SR. PRESIDENTE (Marín) - Se reanuda la sesión.

En consideración el tratamiento sobre tablas

del expediente 45372. Se va a votar. - Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 25) -El texto es el siguiente:

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1°- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el predio de treinta y tres hectáreas (33 ha), pertenecientes al señor Delfín Gregorio Casado, sito en el Distrito La Primavera, Departamento Tunuyán, Provincia de Mendoza, inscripto en el Registro de la Propiedad Raíz al N° 948, Fs. 985, T° 38, P de Tunuyán donde actualmente se encuentra enclavado el vertedero municipal. Art. 2° - Autorízase a la Municipalidad de Tunuyán a realizar todos los trámites tendientes a hacer efectiva la expropiación referida mencionada en el artículo 1º, en las instancias que correspondiesen de acuerdo a la ley objeto de la expropiación. Art. 3° - El resarcimiento al expropiado como así también todos los gastos devengados por dicha expropiación serán a cargo exclusivo de la Municipalidad de Tunuyán.

Art. 4° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DEL H. SENADO, en Mendoza, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil siete. Analía V. Rodríguez Juan Carlos Jaliff Secretario Legislativo Presidente SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Vicchi. SR. VICCHI (UCR) - Señor presidente: este es un pedido concreto de la Municipalidad de Tunuyán para proceder a expropiar un terreno baldío que es el basural actual de esta Municipalidad, motivo por el cual dicha expropiación tiene que hacerse cargo y pagarla el mismo municipio.

Como ustedes saben, por las leyes vigentes, la Legislatura tiene que otorgarle la autorización específica para que pueda proceder a realizar dicha expropiación. Esta ley tiene ese contenido, para que en principio puede realizar las obras necesarias, de infraestructura, para arreglar el mismo, ya que ha generado distintos problemas por sucesivos incendios que se han producido en dicho basural y que provocan serios inconvenientes de contaminación en la ciudad cabecera del

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Departamento. Por esto, solicitamos el tratamiento sobre

tablas y la aprobación para que la Municipalidad pueda hacerse cargo del pago de esta expropiación. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Millán. SR. MILLÁN (PJ) - Señor presidente: quiero ampliar el panorama que ha dado el diputado Vicchi, este terreno está en la cuenca del arroyo Claro, es un basural desde hace más de 20 años, es el basural oficial de la Municipalidad de Tunuyán, y todo el exudado de la basura va a este arroyo, lo que quiere decir que va a El Carrizal produciendo una contaminación importante.

De igual manera, es un lugar que está con comodato de la Municipalidad, se ha empezado a ocupar con cría de cerdos, además por el aprovechamiento de la basura periódicamente se lo incendia, como está muy cerca de los primeros barrios genera una contaminación continua por el humo que produce la quema de plásticos en ese basural.

Teniendo en cuenta que la Municipalidad de Tunuyán, conjuntamente con las otras dos comunas del Valle de Uco, San Carlos y Tupungato, han hecho un convenio para el manejo de la basura de todo el Valle de Uco, es oportuno que el municipio de haga cargo de racionalizar lo que hasta hoy es el basural. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Simón. SR. SIMÓN (UCR) - Señor presidente: ya se ha detallado la situación, agrego que por el año 1977, con el titular de este predio que son aproximadamente 20 hectáreas, es una ciénaga, se produjo un comodato de uso, en donde el compromiso era realizar un vertedero controlado, es decir, ir depositando basura, rellenado hacia atrás, forestando y poniendo respiradores y salidas de humo. Esto no se ha cumplido de ninguna manera, la Municipalidad permanentemente ha tenido que ir haciendo aportes, porque la parte privada nunca cumplió con este comodato, más lo que se dijo de la contaminación y el desarrollo de estas villas inestables y cría de animales, creo apropiado darle sanción inmediata a este proyecto. SR. PRESIDENTE (Marín) - Presidencia propone que se dicte una resolución, aceptando la media sanción de la Cámara de Senadores.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

- (Ver Apéndice Nº 26)

XI

EXPTE. 45524. PUENTE SOBRE EL RÍO TUNUYÁN

SR. PRESIDENTE (Marín) - En consideración el tratamiento sobre tablas del expediente 45524. . Se va a votar.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 27)

-El texto es el siguiente:

PROYECTO DE LEY (EXPTE. 45524)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

El 90% de los caminos del Departamento Santa Rosa son huellas. Esta es una zona altamente ganadera. En los últimos años se agravó el problema para unos 500 pobladores porque el río lleva agua en forma permanente, lo que no ocurría hace tiempo.

La construcción de un puente sobre la margen Sur del río Tunuyán, en Colonia San Jorge, La Dormida, del Departamento Santa Rosa, permitiría que el desarrollo económico, educacional y de la salud en esta región estuviese respaldado por las acciones del gobierno provincial.

Debemos recordar que todas estas personas deben caminar muchos kilómetros y en muchos casos cruzar el río exponiéndose al peligro que esto ocasiona, para poder ir al centro de salud, asistir a las escuelas y transportar la producción agrícola-ganadera de la región.

Sobre el tema se ha realizado un proyecto para la construcción del puente, desde la Dirección Provincial de Vialidad, a cargo de la Ingeniera Sara Rodríguez, quien realizó el relevamiento y el estudio con los costos del mismo.

Del presupuesto municipal existen $100.000 destinados a esta obra.

Los empresarios de la zona han ofrecido su colaboración económica al Poder Ejecutivo provincial para la concreción de dicha obra, que ya no admite más demora.

Por los fundamentos antes expuestos, solicito a esta H. Cámara de Diputados la aprobación del presente proyecto de ley.

Mendoza, 21 de mayo de 2007.

Yolanda Sfreddo Hugo Morales Carlos Ciurca Gerardo Soria Diego Arenas

Artículo 1º - Realizar la construcción de un puente sobre la margen Sur del río Tunuyán en Colonia San Jorge, La Dormida, del Departamento Santa Rosa; aprovechando el próximo corte de agua de riego en el mes de agosto. Art. 2º - El gasto a que hace referencia el artículo 1º de la presente, deberá ser financiado por Rentas

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Generales del presupuesto provincial 2007; autorizando al Poder Ejecutivo a efectuar las modificaciones presupuestarias correspondientes. Art. 3º - Se acompaña al presente proyecto de ley los fundamentos que le dan su origen. Art. 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Mendoza, 21 de mayo de 2007.

Yolanda Sfreddo Hugo Morales Carlos Ciurca Gerardo Soria Diego Arenas

SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar en general el proyecto contenido en el expediente 45524. Por Secretaría se tomará votación nominal.

-Votan por la afirmativa los diputados

Arenas, Bauzá, Blanco, Canal, Castellano, Casteller, Cazzoli, Ciurca, Ficarra, Gantus, Gómez, Lázaro, Lira Alvarez, Marín, Martínez, Martini, Maza, Merino, Millán, Monserrat, Montaño, Montenegro, Morales, Moyano, Oldrá, Pérez Delia, Pérez Cristina, Pradines, Recabarren, Romero, Sfreddo, Simón, Soria, Tornello, Vicchi, Vietti y Vilches. SR. PRESIDENTE (Marín) - Treinta y siete votos afirmativos. Queda aprobado en general.

Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado, se dará por aprobado.

-Se enuncian y aprueban sin observación los Arts. 1º, con modificaciones obrantes en Secretaría, 2º y 3º.

-El Art. 4º es de forma. SR. PRESIDENTE (Marín) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa al Honorable Senado en revisión. -(Ver Apéndice Nº 8) SR. PRESIDENTE (Marín) -Tiene la palabra el diputado Blanco. SR. BLANCO (PJ) - Señor presidente: es para solicitar la acumulación del expediente 45443 al expediente 43947, que tratan temas similares. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar la acumulación solicitada.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 28) SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Montenegro. SR. MONTENEGRO (UCR) - Señor presidente: es para solicitar el tratamiento en conjunto del expediente 45319, que está en las Comisiones de

Ambiente, Legislación y Economía, y es sobre el otorgamiento de la concesión de un metro cúbico de agua para la empresa Río Tinto para un emprendimiento en el Departamento Malargüe. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar para que las tres comisiones en conjunto mencionadas por el diputado den tratamiento al proyecto.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 29) SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Bauzá. SR. BAUZÁ (PJ) - Señor presidente: es para solicitar el tratamiento sobre tablas del expediente 45633, proyecto de resolución de la diputada Pérez, Pradines, Bianchinelli, Tornello y Bauzá, es una solicitud de la Fiscalía de Estado para que le solicite al Poder Ejecutivo la correcta reglamentación de la Ley 7480. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar el estado parlamentario y el tratamiento sobre tablas de dicho expediente.

- Resulta afirmativa. -(Ver Apéndice Nº 27) -El texto es el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

(EXPTE. 45633)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

La Provincia sanciona en diciembre de 2005 la Ley Nº 7480 que introdujo modificaciones a la Ley Nº 6082 (Ley de Tránsito), en lo referente al Servicio de Transporte Turístico (STT). Esta ley fue reglamentada por Decreto Nº 2760/06, en el que se dispone la forma en que se implementarán las exigencias del nuevo régimen legal.

Entendemos que la citada reglamentación introduce cambios sustanciales en las condiciones de contratación del servicio de transporte por parte de las Empresas de Viajes y Turismo (EVT), especialmente para aquellas que no cuentan con unidades propias. Y ello es así, pues del modo en que se ha instrumentado el nuevo régimen, se desprende que las Empresas de Transporte Turístico sólo podrán prestar sus servicios para una sola EVT y previo contrato que los vincula con ella en forma exclusiva.

En su articulo 2º reza: “El servicio de transporte turístico será prestado exclusivamente por empresas habilitadas bajo la aplicación de la ley nacional Nº 18829 o la que pudiere remplazarla en el futuro, utilizando unidades propias o de terceros contratadas para tal fin, debidamente autorizadas”.

Empresas habilitadas: De la norma transcripta precedentemente se desprenden entonces dos condiciones: a) ser empresa habilitada

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conforme a la Ley Nº 18829 y b) utilizar unidades propias o contratadas.

De ellas surge el punto de análisis. Las empresas habilitadas que menciona el

artículo 2º -que serán las únicas que puedan prestar el Servicio de T.T.- son aquellas que realizan alguna de las actividades enumeradas por la Ley 18.829 (de “Operadores Turísticos”) y que han obtenido su registro y habilitación bajo alguna de las categorías que contempla el artículo 4º de su Decreto Reglamentario Nº 2.182/1972, es decir: a) Empresas de viajes y turismo; b) Agencias de turismo; c) Agencias de pasajes.

De esta manera, el Servicio de Transporte no será prestado concretamente por la Empresa de Transporte, sino por la Empresa de Turismo habilitada para tal servicio, sea que lo realice con unidades propias o contratadas a un tercero. Lo expuesto no significa una modificación trascendente en relación a la forma en que han venido trabajando hasta el momento. En efecto, cada vez que una EVT necesitaba transporte (no poseyendo movilidades propias, o bien teniéndolas pero requiriendo una capacidad mayor para un momento determinado), contrataba una empresa de transporte habilitada que cubría este aspecto del servicio y terminaba allí el vínculo contractual.

¿Cuál es entonces el problema que se presenta para las EVT con la nueva reglamentación? … ya que de una interpretación literal del artículo 2º de la Ley 7480 no se puede concluir que la situación se haya modificado, pues pareciera que las EVT podrán seguir cubriendo el transporte con unidades propias o contratándolas tal como lo hacían hasta el momento.

El inconveniente se advierte, sin embargo, al analizar la forma en que se ha instrumentado en el Decreto Reglamentario 2760/06 el segundo de los supuestos, es decir, el de contratación del servicio de transporte.

De esta manera, el parque automotor de vehículos disponibles para el transporte turístico, y por ende las opciones alternativas para las EVT sin movilidad propia, quedaba conformado por:

a) Empresas de transporte turístico independientes (a las que se suman las grandes empresas con habilitación para turismo (Ej.: CATA, Andesmar);

b) EVT con movilidades propias con quienes se podía tercerizar el traslado de pasajeros; (aunque no fuere por su puesto una alternativa atractiva para las demás EVT, pues en definitiva están confiando clientes propios a la competencia); y

c) Empresas de “Servicio Contratado” que particularmente en temporada alta se sumaban como una opción para las agencias de turismo. Es importante tener en cuenta que estas empresas no realizan propiamente actividad turística, sino que cubren una faceta que aquella necesita como lo es el traslado de pasajeros.

El Dec. Reg. 2760/06: Con la nueva reglamentación, la modalidad de contratación del Transporte Turístico cambiará y con ello las

opciones se reducirán, no sólo en cuanto a las alternativas posibles, sino también en cuanto al número de unidades de transporte disponibles.

En primer lugar, porque de acuerdo al artículo 2º inc. 4º del Decreto 2760/06, el propietario de vehículos que desee afectar su unidad al turismo, deberá firmar un contrato con alguna EVT interesada en prestar este servicio, contrato que deberá ser presentado ante la autoridad de aplicación en las condiciones requeridas por el Decreto (Certificación Notarial de firmas y sellado de la DGR).

Para empadronar las unidades de trasporte la Ley 7480 en su Art. 6º expresa que deberá satisfacer las exigencias técnicas de la Dirección de Vías y Medios de Transporte (DVMT), siendo el objetivo final conseguir la Tarjeta Única de Control (TUC, de vigencia trimestral) que acredita haber cumplimentado todos los requisitos que, tal cual indica la ley son: revisión técnica, desinfección y seguros.

El decreto a nuestro criterio excediéndose, solicita además la asignación de un número que individualizará a la unidad como Transporte Turístico (TT Nº 0001).

Este número correlativo, se consigna asimismo en la TUC y tal identificación vincula la unidad de transporte exclusivamente a una sola agencia de turismo, a aquella con la cual contrató, no pudiendo en adelante brindar el servicio para otra EVT ni iniciar un nuevo empadronamiento mientras esté vigente el anterior, pues ya tiene emitida una habilitación (Registro, TUC y TT Nº 0001). Por ello, aunque ni la Ley 7480/05 ni el Dec. Reg. 2760/06 contengan una disposición expresa al respecto, la exclusividad del vínculo existe y se genera de la forma explicada.

Tal cual los hechos expuestos, entendemos que la problemática que ocasiona esta regulación, provoca una distorsión del mercado y, sin lugar a dudas, si se avanza en este sentido, estamos en presencia de un grave problema para las innumerables pymes del sector, con todas las consecuencias indirectas que ello trae consigo.

Además, el Decreto Reglamentario 2760/06 viene a poner más dudas e inconvenientes, desnaturalizando la regulación legal, y por lo tanto dará lugar a diversos planteos judiciales, entre otros, la posibilidad de interponer acción de amparo en los términos del Decreto Ley Nº 2589/75 mod. por la Nº 6504, reclamos administrativos y/o acciones judiciales por daños y perjuicios, todo lo cual ocasionará un perjuicio económico para el Fisco Provincial.

Creemos estar frente ante un hecho de fragante arbitrariedad

Los autores que se han ocupado de la Filosofía del Derecho, han definido la arbitrariedad como la negación del derecho como legalidad y cometida por el propio custodio de la misma, es decir, por el propio poder público y sus distintos órganos. La arbitrariedad es la conducta antijurídica de los órganos del Estado: a) por alteración del procedimiento con arreglo al cual debe ser

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establecida una norma determinada; b) por desconocimiento del contenido específico que una norma inferior debe desarrollar con relación a una norma superior; c) por transgresión, de la esfera propia de la competencia ejecutiva (Cf. Legaz y Lacambra, Luis, Filosofía del Derecho, 5 Ed., Barcelona, Bosch, 1979, pág. 630).

Conforme lo expuesto, no encontramos en presencia de una reglamentación irrazonable y arbitraria por ser violatoria de los derechos constitucionales de propiedad, de ejercer industria lícita y de trabajar, además de avasallar los principios de legalidad y razonabilidad constitucional.

Otras consideraciones que avalan la solicitud que oportunamente realizaremos, tienen su fundamento en la siguiente contradicción .

Mientras en el artículo 1º de la Ley 7480, que sustituye al 185 de la Ley 6082, se expresa “Denomínese Servicio de Transporte Turístico al transporte colectivo de pasajeros que se realiza con el objeto de satisfacer la demanda de viajes que requiere una programación previa con una finalidad de conocimiento recreación y/o placer, referidos al turismo. Los viajes serán realizados en viajes especialmente habilitadas que cumplirán sus recorridos en circuitos cerrados, rotativos o multimodales que incluyen necesariamente además del conductor autorizado un guía profesional inscripto en el registro de profesionales de la Subsecretaría de Turismo del Ministerio de Turismo y Cultura; sin embargo en la Resolución Nº 309, que amplía el decreto aludido, deja exento de la obligación de contar con el servicio de guía habilitado las empresas de transporte turístico cuando realicen exclusivamente el servicio de traslado de turistas a un punto determinado que no implique excursión, de esto se desprende que el Transporte Turístico sí podrá cumplir funciones de Transporte Contratado.

No podemos desconocer que el turismo ha crecido en gran magnitud en la República Argentina, y que sus repercusiones han marcado un nuevo rumbo en la economía del país, ya lo expresa la reciente Ley Nacional Nº 25997, Art. 1º, en el cual declara como de “interés nacional al turismo como actividad socioeconómica, estratégica y esencial para el desarrollo del país. La actividad resulta prioritaria dentro de las políticas de Estado. El turismo receptivo es una actividad de exportación no tradicional para la generación de divisas, resultando la actividad privada una aliada estratégica del Estado…”. Mendoza no es ajena a esta realidad, todos apreciamos con beneplácito el crecimiento que el turismo ha tenido en todas las épocas del año (no sólo vacaciones de invierno, Vendimia y Semana Santa) y los funcionarios públicos no podemos desconocer que la infraestructura es insuficiente y se desarrolla más lentamente que la demanda. ¿Es posible que con escasas 120 unidades de trasporte turístico con que cuenta la Provincia podamos atender aproximadamente 26.000 plazas disponibles que con frecuencia se encuentran casi al 100% de ocupación , según lo informado, por los entes que

regulan la actividad, en los medios de comunicación?

Es que en definitiva "....no es apreciación privativa de la administración desconocer ni omitir lo que la realidad exhibe y denuncia en forma manifiesta, la misma irregularidad se repetirá si agrega un elemento o hecho que la realidad demuestra que no existe o está ausente. No es patrimonio de la administración pública declarar la existencia de aquello que no existe o declarar la inexistencia de un hecho, cosa o conducta que se presenta como objeto real y vigente; la discrecionalidad administrativa no tiene el privilegio de destruir u ocultar la realidad...." (B. Fiorini, Manual de Derecho Administrativo, T.I, pág. 248/249).

Todo lo expuesto ut supra encuentra apoyo jurisprudencial, así se ha dicho que: “... El acto administrativo, ya sea que su emisión corresponda a una actividad reglada o discrecional, debe siempre basarse en hechos ciertos, verdaderos y existentes al momento de emitirse; de lo contrario, estaría viciado por falta de causa o motivo. La causa o motivo constituye un elemento esencial del acto administrativo...” (ST Chaco, 31/5/82 "SPASOEVICH Hnos. SRL. Por los fundamentos expuestos, y por los que oportunamente daré en el recinto, es que solicito se dé sanción favorable al presente proyecto de resolución.

Mendoza, 29 de mayo de 2007.

Cristina Pérez Artículo 1º - Solicitar al fiscal de Estado ordene al Poder Ejecutivo la correcta reglamentación de la Ley Nº 7480/05, cuyo Decreto Reglamentario Nº 2760/06 y la Resolución Nº 309/06 que amplía el mismo, se apartan del espíritu y la letra de norma mencionada. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 29 de mayo de 2007.

Cristina Pérez SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra la diputada María Cristina Pérez. SRA. PÉREZ (PJ) - Señor presidente: la verdad que parece que cada miércoles vamos a tratar el mismo tema, estamos un poco azorados y preocupados por la situación en la que estamos implicados.

Tenemos una pequeña historia que contar: en diciembre cuando salió este famoso decreto reglamentario, con el cual tenemos bastantes problemas.

Empezamos a trabajar con mucha gente relacionada en el tema, el cual perjudica a los transportistas y a las agencias de turismo. Trabajamos en la Comisión de Turismo en Diputados juntamente con el Senado, con el

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ministro, y quiero poner de manifiesto la buena voluntad en este tema, para solucionar los problemas que veíamos todos; con el autor de la ley, el senador Guerra, y llegamos a la conclusión que en poco tiempo, también con la gente de la Comisión de LAC en la que estuvo el ministro, y quedamos en acuerdo en cosas que se iban a solucionar.

La verdad: dilatamos el tiempo y nada más, para llegar a una situación que en pocos días entra en vigencia el decreto reglamentario después que nos prometieron que las cosas iban a cambiar. Qué hicimos, esperamos y esperamos. La semana pasada sacamos una resolución transformada en declaración pidiendo la buena voluntad para solucionar el problema. La respuesta la tuvimos en 2 días, a la buena voluntad que entendiéramos que las cosas no estaban bien, el viernes era que saliera en el Boletín Oficial y el Senado ayer aprobó -y parece que es menos reglamentarista esta Cámara que la nuestra- un proyecto de resolución para que no se ponga en vigencia el decreto reglamentario.

La verdad que cuando uno trabaja mucho en esto, y ayer se lo decía a la Subsecretaria que se reunió con nosotros, recibe amenazas, apretadas, y vuelve a salir en el Boletín 104 de Promotur, agresiones serias con nombres y apellidos a esta diputada en donde para no ser muy duro, dicen que soy una improvisada, y puede que lo sea, pero la verdad es que he trabajado con muchos profesionales que sí entienden del tema, con muchos que están de alguna manera siendo perjudicados con esto y sí entienden del tema.

El Vicegobernador nos dejó de manifiesto que esto no estaba bien. La directora de Vías y Medios de Transporte nos dijo: esto no está bien. Los diputados de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales dijeron esto no está bien; el ministro dijo, esto no está bien; resulta que los únicos que no entendemos somos todos los demás.

Parece que es una sola persona la que entiende, y es quien está a cargo de la Subsecretaría de Turismo de la Provincia.

Ella personalmente me dijo a mí: “Te tengo que explicar porque vos no entendés de qué se trata”. La verdad es que me molesta porque en el Boletín de Promotur dice exactamente lo mismo, parece que se lo hubiese dictado la subsecretaria.

Por eso digo que cuando uno se quema con leche, ve una vaca y huye. Hoy estamos pidiendo una resolución para presentarla como otro paso en la Fiscalía de Estado, porque vamos a tener problemas, porque el Fisco en la Provincia va a tener problemas, porque van a haber demandas, van a haber recursos de amparo, porque nos estamos metiendo con el trabajo de la gente, con una industria lícita, con una cosa que iba funcionando bien y ahora por intereses mezquinos está siendo perjudicada.

Vamos a pedir que, con la buena voluntad de los legisladores, podamos sacar hoy la resolución, le voy a solicitar, señor presidente, que mañana por la mañana esta resolución esté firmada porque tenemos decidido presentarla

inmediatamente en Fiscalía de Estado, para que ellos tomen conocimiento y estudien si estamos tan equivocados o somos tan improvisados los que decimos que esto no sólo va a perjudicar a muchas familias, a muchas empresas, al turismo de Mendoza, sino también al Fisco de la Provincia.

Pero no nos vamos a quedar ahí, porque solamente no podemos contar con la buena voluntad, sino que vamos a seguir trabajando en la derogación de los artículos de la ley que estén mal, o en la misma ley vamos a presentar una ley, aunque generemos un conflicto de poderes, no me importa, que anule este bendito decreto reglamentario, porque sabemos que estamos hablando por la Justicia de una cosa que no está bien. Solamente quiero ponerlo en conocimiento.

Pido de todo corazón que cada uno va a tener la carpeta que le hemos entregado para que estudien con claridad, y hasta el que no entienda demasiado de esto o no se haya metido demasiado en el tema, se va a dar cuenta a ojos vista, que acá hay algo que no funciona bien, que estamos pidiendo la exclusividad del transporte poniéndolo en manos de unos pocos, creando un monopolio del turismo en Mendoza, cuando hay lugar para todos.

Apelo a la buena voluntad de todos para que lo estudien ...(Aplausos) ... son muchos, mucha es la gente afectada por este tema y nosotros vamos a seguir trabajando y vuelvo a expresar, éste es un paso más, que estamos pidiendo acompañen todos los legisladores, además de todos los que han sido autores junto con quien habla, de esta resolución.

Es un paso más, vamos por la Fiscalía de Estado, por favor, vamos a pedirle que estudien el decreto reglamentario y la resolución que lo amplía, que va a traer problemas. Vamos la semana que viene, con otros diputados que irán a trabajar en la derogación de los artículos de la Ley 7480 ó 6082 que hagan falta, o con la anulación del decreto reglamentario, vamos a seguir todos los miércoles hablando esto, hasta que se entienda que estamos protegiendo no solamente el trabajo, sino el turismo en Mendoza, que de verdad le está dando muchos dividendos a la Provincia.

Vuelvo a pedirle, señor presidente, si esta resolución que estoy segura va a ser aprobada por los legisladores, se apruebe ahora, mañana en la mañana desearíamos tenerla firmada, para poder presentarla inmediatamente en la Fiscalía de Estado.

Muchas gracias. (Aplausos). SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Vicchi. SR. VICCHI (UCR) - Señor presidente: es para acotar una explicación técnica en concordancia con la diputada.

Hubo una reunión con el ministro en la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, precisamente para darle entendimiento al marco de la regulación de la ley, sabiendo que el decreto que se había dictaminado estaba en contra del espíritu

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de la misma ley y de la letra. Esto se entendió así, y llegamos a un acuerdo con tres o cuatro puntos que se trataron y en los cuales coincidimos, partiendo de ella se iba a realizar una nueva reglamentación que efectivamente después no se hizo lo que se acordó en esa comisión, hoy estamos en este punto muerto de la situación que desencadena pedirle a la Fiscalía de Estado que recurra al Poder Ejecutivo para plantearle que reglamente como corresponde los términos de la ley, de acuerdo a los términos de la ley, vaya paradoja el desentendimiento que existe en ese tema. Alguien está diciendo, en este momento, que existiría una especie de conflicto de Poderes si planteamos que sacamos una ley donde derogamos el decreto reglamentario del Poder Ejecutivo, eso es una mentira; este Cuerpo liberativo y legislativo si se ha apartado del espíritu de la ley, antes de recurrir a la Justicia, el Poder Legislativo puede acometer la solución del tema con una sanción de una ley donde derogamos la reglamentación, y después nos reservamos el derecho de revisar las futuras que se puedan realizar sobre el tema.

En síntesis, hoy lo que vamos a aprobar es una medida rápida, decente y de buenos vecinos; lo que vamos a pedir es que se omita hacer una reglamentación negando los términos de la ley, si esto no ocurre así desgraciadamente nos vamos a ver obligados, la semana que viene, a plantear una ley que derogue la reglamentación, lo cual significaría en otros términos, poner cada cosa en su lugar en el órgano que corresponde que es éste, la Legislatura. (Aplausos en la barra.) SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Piedrafita. SR. PIEDRAFITA (ARI) - Señor presidente: hemos participado en una serie de reuniones, algunos como bloque, con los afectados, en otros casos en la Comisión de Legislación, en conjunto con Turismo y lo que me parece es que es un tema más grave de lo que parece a primera vista, porque si hay un sector económico en donde la Provincia de Mendoza ha tenido una evolución favorablemente notable, es en el sector del Turismo. Una provincia que tiene recursos naturales, recursos de servicios, no se lanzaba a conquistar el turismo en el país como un centro de recepción, hoy esto es una realidad y hay una inversión visible, especialmente en lo que es la hotelería y demás que va a ser que la ciudad de Mendoza evolucione, favorablemente en los próximos años, como un centro turístico en nuestro país, en tanto no empiecen a aparecer intereses cuasi mafiosos desde el turismo. El no avanzar sobre la modificación de la reglamentación, a esta altura, lo tengo que decir con todas las letras, no tiene otra explicación de que hay intereses y negociados. La Provincia de Mendoza, en algunos campos de su actividad económica, procesos de concentración que probablemente como en el caso de la vitivinicultura haya tenido algunos efectos positivos, pero en el caso de quienes trabajamos

alguna vez en la vitivinicultura sabemos los efectos tremendos que tuvo sobre el tejido social de Mendoza, haber terminado casi con la pequeña y mediana empresa.

Cuando miro a las personas que vinieron a verme, que son en su gran mayoría jóvenes que están apostando al desarrollo del turismo en Mendoza, que en muchos casos se trata de inversiones familiares o de pequeños grupos que comenzaron como amigos pero que termina asociados para prestar distintos servicios turísticos, cuando veo que estas iniciativas que deberíamos preservar y alentar, porque hay países que no solamente las preservan sino que las alientan, entonces nosotros no podemos cortar esas iniciativas tan valiosas de nuestra gente joven, porque este todavía es un país en crisis, es un país en donde no hay proyecto de vida, y cuando viene alguien que tiene un proyecto de vida quizás chiquito, pero basado en que tiene una trafic para prestar un servicio y empiezan a aparecer grandes intereses económicos, monopólicos, hegemónicos, que se quieren quedar con toda la torta, yo digo no. Por eso apoyo el proyecto de la diputada preopinante y todos los que se presenten en el Senado y también estoy de acuerdo con Vicchi, de que si no se produce una modificación de la actitud del Poder ejecutivo en relación a este tema, tenemos que presentar y aprobar un proyecto para que quede derogado el Decreto Reglamentario para que se preserve la libertad de comercio que contempla la Constitución. (Aplausos) SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Lazaro. SR. LAZARO (UCR) Señor presidente: voy a ir un poco más allá, porque nosotros como representantes del pueblo tenemos que hacer respetar las decisiones que acá se toman, y si no tengo mal entendido, acá se acordó con el ministro la aplicación del verdadero espíritu de esta ley que se sancionó oportunamente y la letra con que fue redactado el Decreto Reglamentario va en contra del espíritu de lo sancionado por este Cuerpo. Entonces, como legislador de esta Cámara pido que se apliquen las sanciones que corresponden a los funcionario que redactaron el Decreto, por incumplimiento en los deberes de funcionarios públicos. Lo hago como moción y le pido a usted que se tramite por la vía que corresponda. SR. PRESIDENTE (Marín) - Diputado, usted hizo una imputación y se tiene que presentar ante la Justicia y denunciar lo que usted crea conveniente.

Tiene la palabra el diputado Vilches. SR. VILCHES (UCR) - Señor presidente: nos toca tratar este tema que nos preocupa a todos, fundamentalmente por lo que nosotros entendemos como República. Aquí no es el hecho concreto de que un determinado sector esté más o menos afectado, se está planteando concretamente que

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hay una reglamentación desde el gobierno, concretamente redactada por algún funcionario, que de alguna manera subvierte el sentido de la ley, tanto como lo mencionó el diputado Vicchi, en su alocución anterior.

Pero creo que debemos tener muchísimo cuidado, cuando hacemos estas imputaciones que como siempre digo, parece que se hacen para la tribuna y que seguramente si no hubiesen algunas personas que escuchan aquí, no seríamos tan elocuentes. Me parece muy grave que un diputado de la Provincia haga una acusación tan grave, como decir que hay negociados, pero si realmente sabe de su existencia, tiene los estrados para hacer las denuncias que correspondan, porque eso también es mal desempeño de la función pública y si tiene conocimiento, que vaya y lo haga, porque nosotros, en esta Cámara, no venimos aquí a prolijar ningún negociado de la Provincia. Es más, el ingeniero Cobos desde el 2003 viene demostrando como se levanta una Provincia y lo ha hecho también con el turismo. De manera tal que no venimos a defender una cuestión puntual y ni hacer tribuna. Digo, si realmente hay una cuestión que tiene que ver con que un funcionario ha excedido el marco de sus funciones, deberá corregir el error, y si no tenemos el mecanismo constitucional, como bien dijo el diputado Vicchi, para que esto se corrija. Pero que se venga a decir aquí, gratuitamente, que este Gobierno incurre en negociados, y que hay algún diputado que tiene la intención de decir que se impongan las sanciones, pues, que vaya y lo haga; nosotros vamos a estar esperando y lo vamos a acompañar a hacer la denuncia, pero gratuitamente no vamos a permitir que se manche el honor y buen nombre de nuestro Gobierno, porque si no la mayoría de los mendocinos que hoy opinan a favor del ingeniero Cobos y de sus funciones, inclusive el gobierno nacional, estaría equivocado. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Pradines. SR. PRADINES (PD) - Señor presidente: realmente no iba a hacer uso de la palabra, porque íbamos a acompañar el proyecto de resolución de la diputada Pérez, pero mire, entiendo, y lo hemos conversado en comisiones y con algunos legisladores y con los actores de este proceso, que son precisamente quienes colocan su pequeño o gran capital, pero fundamentalmente colocan su trabajo y junto con eso colocan sus sueños, y lo que comienzan a hacer para el futuro y verdaderamente, como bien se ha dicho aquí, que para la Provincia de Mendoza el turismo en los últimos años ha sido una fuente importante de ingresos y precisamente esto se ha producido y en gran medida, y en eso, seguramente que coincidimos todos, ha sido fundamentalmente por la evaluación y el esfuerzo de los privados, quienes han hecho las inversiones, como los muchachos de acá han invertido en forma particular y de su sacrificio en conjunto con sus familias, para tener en este caso, los vehículos para trasladar a las

gentes. Entonces, que no se vengan a colgar ningún brazalete cuando no corresponde. Lo que acá ha sucedido es que como consecuencia de este incremento que ha generado una actividad lícita, como es el turismo y que ha sido generado, vuelvo a reiterarlo, como consecuencia de las inversiones, del trabajo, de la voluntad, de la pujanza de los privados, precisamente cuando tiene que meterse el Estado, se mete de esta manera.

A nadie le consta de que existe un negocio. Por supuesto que nadie tiene las pruebas –al menos es lo que creo-, pero sí tenemos determinadas circunstancias como para poder pensar que precisamente de eso se trata, porque si en este lugar, que es la Legislatura, tienen funcionarios con poder de decisión y establecen y le dicen delante de los representantes del pueblo “que está mal hecho el decreto reglamentario” y no producen las modificaciones a las que se comprometieron, entonces ... ¡pues! ... , ¿qué puedo llegar a decir? Tengo que inventar algo que se cae de maduro y obviamente que voy a tratar de no incurrir con algunos términos que tranquilamente lo puedo llegar a decir, pero la realidad es la que existe. Y por eso hoy tenemos este problema, no con la tribuna que alude algún diputado por ahí, acá lo que tenemos, es el problema con una de las actividades que en este momento le está haciendo mucho hincapié en la sustentación de este Estado, porque no solamente se generan ingresos que pagan los turistas, porque la gente que está en las tribunas, también paga sus impuestos (Aplausos)...Entonces no tiene sentido que vengamos a hablar para la tribuna, acá tenemos que resolver los problemas de esta actividad.

Como dice el diputado Vicchi, ésta es una resolución de buenos oficios mandándola a la Fiscalía de Estado, donde espero que el fiscal de Estado resuelva prontamente, porque tenemos una fecha cierta que es el 14 de junio. Por eso, en forma rápida e inmediata se resolvió presentar esta resolución ayer.

También quiero aprovechar estas palabras, señor presidente y estimados legisladores, que asumamos el compromiso que si el fiscal de Estado no revisa la actuación la semana que viene, entonces el próximo miércoles vamos a contar con los 2/3 de los votos sentados en este lugar, para poder, de esta forma, avalar una ley que necesariamente vamos a tener que sancionar, para derogar el decreto reglamentario.

Ese es el compromiso que hoy debemos asumir, y no hace falta tribuna para asumirlo; simplemente vamos a hacerlo porque los funcionarios que vinieron a este lugar avalaron con su palabra y su inteligencia, que habían cometido errores. Lo único que vamos a hacer nosotros, es que con una ley derogamos el decreto, hagan uno nuevo, como corresponde, de acuerdo con el espíritu de la 7480, que fue sancionada por el año 2005, y después de más de un año se vino a reglamentar en forma amañada.

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Claro que vamos a avalar con toda la fuerza esta resolución, pero muchos de los que estamos hoy sentados en las bancas, nos hemos comprometido también a que si no se produce lo que debe producirse en los próximos días, vamos a estar sancionando una ley para derogar el decreto reglamentario. (Aplausos). SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Piedrafita. SR. PIEDRAFITA (ARI) - Señor presidente: en el Imperio Romano había una frase que decía: “la mujer del César no sólo debía ser honesta, sino que debía parecerlo”; entonces si no queremos poner en duda la honestidad de determinado funcionario, digo que tiene que parecer honesto. Y en esto tiene que ver su rapidez en corregir lo que las autoridades del sector y el gobierno, han admitido como un error. Y lo dice el diputado Pradines, se va acercando el plazo y el error no se arregla.

Esto es lo que hace pensar mal a uno. Otro que no es un secreto, y quizá muchos de los están acá lo sepan y lo conversan entre ellos, se va produciendo una concentración de 4 ó 5 grupos en la Provincia, que se verían beneficiados con esta norma. No es que hablemos en el aire, hay grupos económicos concentrados, más organizados, que están avanzando y se verían directamente beneficiados por esta disposición, y a su vez perjudicaría a una cantidad de pequeños y medianos empresarios que están empezando.

La diferencia entre negocio y negociado, es que el negocio es conseguir recursos, dinero, rentas, con absoluta transparencia, esto a veces ni siquiera viola lo legal, pero viola lo ético, lo correcto la transparencia. En este caso, no veo que haya delito, pero sí hay grupos que están tratando de influir sobre determinadas disposiciones legales para obtener ganancias que no les corresponde, como dice “Mafalda”, en realidad no hay fortuna que no se amase con harina de los demás, entonces les hace harina de esta gente, después del 14, y esos 4 ó 5 grupos concentrados terminen quedándose con el esfuerzo de todos. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra la diputada Pérez. SRA. PÉREZ (PJ) - Señor presidente: la verdad es que no estamos discutiendo si hay negociado o no lo hay, se desprende con toda claridad que algo no esta bien, algo sucede. Que me expliquen por qué le ponemos un corset al transporte contratado si sólo tenemos 120 trafic para cubrir 26.000 plazas de hotel que tiene Mendoza, si cada vez que uno prende el televisor ve algún funcionario de la Subsecretaría diciendo que tenemos cubierta la capacidad casi al 100%. ¿Con qué lo vamos a cubrir? Resulta que corremos al transporte contratado, no sólo eso, dejamos que el transporte turístico que está en manos de muy pocos, pueda también ser transporte contratado. Esto sale en la

resolución que amplía el decreto reglamentario, les decimos: “ustedes transporte turístico sí pueden hacer transporte contratado, pero ustedes transporte contratado no pueden hacer transporte turístico”, algo está mal, tenemos 120 trafic, más de mil lugares para transportar 26.000 personas, algo está mal. ¿Esto lo hacemos para declarar en algún momento en emergencia a Mendoza? Esto va a servir para que algunos puedan conseguir movilidades a tasa cero, y con 6 ó 7 meses de gracia, porque hay planes como ése, el SETUR en Buenos Aires.

Hay cosas que están muy mal y que se huelen de lejos, no hace falta ni si quiere hablarlo, todos lo saben, nosotros por nuestros fueros tenemos al posibilidad de decirlo, pero todo el mundo lo sabe ¿Por qué esta persecución de los mail de las personas de Promotur, por qué las cosas que se dicen, por qué las amenazas telefónicas? Si éstos no son métodos “cuasimafiosos”, ¿cómo se llaman?

Solucionemos un problema que va a declarar en emergencia a la Provincia de Mendoza, en una de las cosas que más dividendos le está trayendo a la Provincia.( Aplausos). SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Vilches. SR. VILCHES (UCR) - Señor presidente: no estamos en contra, simplemente es que tenemos mecanismos constitucionales para llamar a los funcionarios del Poder Ejecutivo que cometen estos excesos y coincido. Hay muchos amigos míos, algunos ex compañeros de trabajo que fueron expulsados de un esquema de trabajo y no les quedó otro camino que encontrar otro laburo lícito, lo hacen todos los días en mantener sus familias y en apoyar al crecimiento de Mendoza, por lo cual les tengo mucho respeto.

Vamos a apoyar, pero debemos que tener cuidado porque esta Legislatura tiene un mecanismo para llamar al orden a los funcionarios que actúan mal, si algo huele mal, tenemos mecanismos constitucionales para que la cosa no huela tan mal.

En defensa del honor y buen nombre de la gente, si tenemos algo para decir, aunque no parezca, una cosa es que no parezca y otra que tengamos certezas. De hecho estamos de acuerdo y vamos a acompañar esto, y la solución se tiene que transformar en la libertad de todos para trabajar dignamente, como lo dice la Constitución Nacional. (Aplausos). SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Arenas. SR. ARENAS (PD) - Señor presidente: comprendo que le estemos dando vueltas y vueltas al asunto. El primer mecanismo que tiene el ser humano, es saber reconocer sus propios errores. Lo han dicho los diputados Vicchi, Piedrafita, Pérez, Pradines. Lo que todos estábamos esperando, es que el primer

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mecanismo era saber reconocer los errores. Esto no ha ocurrido, el decreto está vigente

y lo que estamos pidiendo aquí es que el fiscal de Estado intervenga porque esto le va a generar a la Provincia un perjuicio.

Por lo tanto, solicito que se vote, aprobar la resolución y terminemos ya con este tema. (Aplausos). SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar la moción del diputado Arenas que se cierre el debate y pasemos a la votación.

- Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar la resolución contenida en el expediente 45633, con las modificaciones que obran en Secretaría.

Aprobado por unanimidad. Se dará cumplimiento. (Aplausos).

- (Ver Apéndice Nº 30)

XII

INGRESO Y TRATAMIENTO SOBRE TABLAS

SR. PRESIDENTE (Marín) - Por Secretaría se dará lectura a los expedientes que deberán tomar estado parlamentario y posterior tratamiento sobre tablas, y su posterior votación: 45584, 45590, 45616, 45617, 45500, 45602, 45585, 45587, 45599, 45600. 45601, 45632, 45624, 45621, 45619 y su acumulado 45630.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 31) - El texto es el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

(EXPTE. 45589)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

La libertad de prensa es uno de los cimientos básicos de la de democracia. No obstante, en Venezuela , en nombre de la democracia, cierran la posibilidades de seguir comunicando con libertad a una emisora de televisión privada que lleva cincuenta y tres (53) años informando con la objetividad posible a los venezolanos.

Legalmente, el gobierno es el organismo que renueva o no las concesiones; legítimamente, ha hecho uso de ese derecho y de su poder para silenciar un medio de prensa claramente opositor a su gestión, mientras renovó la concesión de otras cadenas televisivas cuyos contratos también vencían ayer. El abuso de poder, lejos de ser un acto democrático, es el camino hacia una forma de totalitarismo que los argentinos repudiamos y nos duele ver que ocurra en territorio latinoamericano.

Por estas razones, y las que daré oportunamente en el recinto, solicito de mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.

Mendoza, 28 de mayo de 2007

Mirta Díaz

Artículo 1º - Repudiar enérgicamente la decisión del Presidente Hugo Chávez de Venezuela, de no renovar la concesión de Radio Caracas Televisión (RCTV), prestigioso medio periodístico de más de cincuenta (50) años de trayectoria en el país, para pasar a ocupar su señal con un canal estatal. Art. 2º - De forma.

Mendoza, 28 de mayo de 2007. Mirta Díaz

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

(EXPTE. 45590)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

La libertad de prensa es la existencia de las garantías con las que los ciudadanos tienen el derecho de organizarse para la edición de medios de comunicación cuyos contenidos no estén controlados por los poderes del Estado. Por otro lado, como garantía constitucional constituye un colofón de un largo proceso de luchas en pos de la preservación de la libertad de expresión, como derecho inalienable del ser humano.

En nuestro país, la libertad de prensa forma parte del ideario de los hombres de Mayo, tuvo recepción en importantes precedentes y fue plasmada en la Constitución de 1853. Con el correr de los años, vivió los golpes de los cambios de gobierno, sufriendo medios y personas que ejercían la labor periodística, innumerables consecuencias propias de gobiernos totalitarios.

Los argentinos no queremos volver más a esas épocas de persecuciones y censuras a la prensa, que no son más que ataques al pueblo mismo. Para nosotros, uno de los cimientos básicos de la democracia es, justamente, la libertad de prensa; razón por la cual la defendemos con patriótico convencimiento.

Recientemente, el director de una emisora local, LV8 Radio Libertador, fue objeto de amenazas intimidatorias por hacer uso de la libertad de prensa. Este hecho debe ser repudiado por toda la ciudadanía mendocina.

Por estas razones, y las que daré oportunamente en el recinto, solicito de mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución, repudiando las mencionadas amenazas.

Mendoza, 28 de mayo de 2007.

Mirta Díaz

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. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 06 del 30-05-07 (INDEMNIZACIÓN CASO GOMEZ YARDEZ)

Artículo 1º - Repudiar las amenazas de muerte recibidas por el director de LV8 Radio Libertador, en virtud de haber expresado el poder hegemónico de la comunicación. Art. 2º - Necesidad de plantear una profunda investigación para averiguar de dónde provienen dichas amenazas. Art. 3º - De forma.

Mendoza, 28 de mayo de 2007.

Mirta Díaz

PROYECTO DE DECLARACIÓN (EXPTE. 45616)

H. Cámara: Muestra Fotográfica “Violencia Argentina 1980-2003” De Eduardo Longoni

En el marco del Bicentenario 1810-2010, se realizará en el ámbito de nuestra Legislatura, el jueves 31 de mayo, la muestra fotográfica “Violencia Argentina 1980-2003” de Eduardo Longoni, en la cual se expondrá imágenes de hechos violentos que forman parte de nuestra historia y hacen a la memoria argentina.

Eduardo Longoni es un reconocido periodista gráfico, quien se desempeña desde 1990 como jefe de fotografía del diario Clarín. Nació en Buenos Aires en 1959, y luego de cursar 3 años de licenciatura en Historia en la UBA, comenzó su actividad profesional como fotógrafo en la Agencia Noticias Argentinas, en la cual llegó a desempeñarse como editor de fotografía.

En 1987, el mencionado periodista gráfico creó su propia Agencia (EPD/PHOTO) realizando coberturas para publicaciones tanto nacionales como extranjeras. Sus fotografías, sobre todo las referidas a la violenta dictadura militar argentina, han sido expuestas en Argentina, Brasil, Chile, Uruguay, México, Venezuela, Cuba, EEUU, Francia, España, Italia, Noruega, Suecia, Dinamarca, Bélgica, Egipto, Japón y la ex Unión Soviética.

En 1981, Longoni fue uno de los fundadores de la exposición El Periodismo Gráfico Argentino, la muestra de mayor prestigio del fotoperiodismo argentino.

Sus obras han sido galardonadas con la Medalla de Bronce en el Interpress Photo de Moscú (1985), el segundo premio del Concurso Jóvenes Latinoamericanos organizado por la OEA (1987) y el premio ADEPA (Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas) al mejor trabajo de fotografía de prensa del año (1993).

Sus trabajos fueron incluidos en los libros:

Interpress Photo (Interpress, Moscú, 1985).

Fotografía Argentina (Secretaría de Cultura de la Nación, Buenos Aires, 1987). Democracia Vigilada (Fondo de Cultura Económico, México, 1988).

Argentina en Fotos (Ediciones B, Buenos Aires, 1992). La fotografía en la Argentina (La Azotea, Buenos Aires, 1995).

Desde los años ´90, Eduardo Longoni se ha dedicado a la realización de libros de fotografía:

En 1994, realizó el primero de ellos, Sábato Fotografías, acompañado con textos del escritor argentino Ernesto Sábato (Seix Barral, Buenos Aires).

Es coautor, junto a Miguel Ángel Cuarterolo del libro El Poder de la Imagen, apuntes sobre Fotoperiodismo (Foto Zoom, Buenos Aires, 1996).

Junto al escritor uruguayo Mario Benedetti, realizó en 1988 el libro Poemas Revelados ( Losada-Océano, Barcelona).

En 2001, apareció el volumen Utopías en Foco (Losada, Barcelona) también con poesías de Mario Benedetti.

En 2003, publica Aires de Buenos Tangos (Losada, Barcelona), un libro de imágenes de la ciudad de Buenos Aires y letras de tangos clásicos. En 2004 realizó Imágenes en vuelo (Losada; Oviedo), un libro con poesías inéditas del poeta argentino Oliverio Girando.

También en 2004 aparece Patagonia, un paraíso de siete lagos (Neuquentur, Buenos Aires) un volumen con fotos color del camino de los siete lagos junto a leyendas mapuches.

En 2005, edita fotográficamente el libro La Fotografía en la Historia Argentina (Clarín, Buenos Aires). Una verdadera enciclopedia de la fotografía en nuestro país que alcanza la cifra récord de 1.000.000 de ejemplares.

Refiriéndose a su obra, Longoni expresó: “Cuando hablo de violencia, no sólo me refiero a imágenes de represión en la calle, me refiero a la violencia juvenil, al hambre de los que perdieron todo, a las mafias enquistadas en los poderes de turno.

Como fotoperiodista y ciudadano de este país, veo que la violencia estuvo arraigada entre nosotros desde los albores del país, y que hemos repetido historias, no debe haber mucha diferencia entre La Mazorca de la época de Rosas en el siglo XIX y la Triple A de López Rega a fines del siglo XX.

No creo que esto cambie abruptamente, si bien es cierto que de una tragedia como la de los 30.000 desaparecidos, algo entre todos tenemos que haber aprendido.

El tiempo, y sólo el tiempo, dirá si marchamos hacia una sociedad más justa y democrática”. En razón de estos fundamentos, y los que oportunamente se expondrán, solicito a esta H. Cámara la aprobación del presente proyecto de declaración.

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30 de mayo de 2007 -6ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 5ª Sesión de Tablas Pág. 57

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 06 del 30-05-07 (INDEMNIZACIÓN CASO GOMEZ YARDEZ)

Mendoza, 29 de mayo de 2007. Carlos Ciurca

Luis Petri

Artículo 1º - Declarar de interés legislativo la muestra fotográfica “Violencia Argentina 1980-2003”, de autoría del periodista gráfico Eduardo Longoni, que se realizará en el ámbito de la Legislatura Provincial, el jueves 31 de mayo de 2007, en el marco de los festejos por el Bicentenario de Mendoza. Art. 2º - Solicitar al Poder Ejecutivo declare de interés provincial el mencionado proyecto. Art. 3º - Distinguir a Eduardo Longoni con una plaqueta de reconocimiento por retratar sucesos históricos en sus fotografías y mantener activa la memoria argentina. Art. 4º - De forma.

Mendoza, 29 de mayo de 2007. Carlos Ciurca

Luis Petri

PROYECTO DE DECLARACIÓN (EXPTE. 45617)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

El presente proyecto tiene por finalidad declarar de interés legislativo de la Honorable Cámara de Diputados de Mendoza, y a su vez solicitar al Poder Ejecutivo la declaración de interés provincial del 40º Acto Académico de Agasajo a las Mejores Egresadas de todas las universidades de la Provincia que en Mendoza se realiza desde 1967. Para el presente año, la actividad se llevará a cabo el sábado 9 de junio, a las 10.30, en el Salón de Grado de la Universidad Juan A. Maza.

La Federación Argentina de Mujeres Universitarias, es una organización no gubernamental que tiene como misión agrupar a las diplomadas universitarias sin discriminación alguna, con el objeto de promover el reconocimiento de la capacidad profesional y los valores de las mujeres universitarias, estimular en ellas el estudio, la investigación científica y su formación humanística y volcar estos conocimientos a la comunidad. Asimismo, aboga por la paz mundial, la solidaridad y el cuidado del medio ambiente.

Cabe destacar que FAMU es una rama de la Federación Internacional de Mujeres Universitarias (FIMU) con sede en Ginebra, Suiza, la que fue creada el 11 de julio de 1919, al finalizar la 1ª Guerra Mundial, por las doctoras Carolina Spurgeon y Rose Siwiack, de Organización Internacional Femenina Universitaria que contribuyera con ideales de paz, a

evitar otra catástrofe similar. En la actualidad, FIMU está compuesta por 77 federaciones y asociaciones de distintos países, desde los más poderosos a los mas pequeños de la tierra. Cada socia de la FAMU lo es también de la FIMU.

En Argentina, la FAMU nace en Buenos Aires el 11 de junio de 1936, por iniciativa de María E. Ferrari de Caudino, primera médica de nuestro país y de América Latina, que accedió por concurso a una cátedra universitaria de la Universidad de Buenos Aires.

Actualmente, la FAMU cuenta con asociaciones en Buenos Aires, Córdoba, Chaco, La Plata, Mar del Plata, Mendoza, Rosario, Tres Arroyos y Tucumán. En nuestra Provincia, se fundó el 7 de junio de 1956, bajo la presidencia de la Licenciada Elvira Calle de Antequera, y actualmente cuenta con numerosas socias de distintas profesiones que, desde cada disciplina especifica, trabajan activamente en el logro de los ideales de la institución.

La Asociación Mendoza realiza todos los años, desde 1967, un Acto Académico para agasajar a las mejores egresadas de carreras de más de 4 años de cursado, tanto de universidades públicas como privadas de la Provincia, en reconocimiento a su capacidad y voluntad puesta al servicio de una vocación.

En el marco del Acto Académico, se hace entrega de diplomas a las egresadas que obtienen el mejor promedio de cada una de las carreras y se distingue con una medalla a la profesional que posee el mayor de todos los puntajes.

Por lo expuesto, la H. Cámara de Diputados no puede permanecer ajena al desarrollo de esta labor, y se hace necesario la declaración de interés legislativo y el pedido de declaración de interés provincial por parte del Poder Ejecutivo, para lo cual solicito la aprobación del presente proyecto.

Mendoza, 29 de mayo de 2007.

Andrés Omar Marín

Artículo 1º - Declarar de interés de la H. Cámara de Diputados de Mendoza el 40º Acto Académico de Agasajo a las Mejores Egresadas de todas las Universidades de la Provincia, organizado por la Federación Argentina de Mujeres Universitarias, a realizarse el sábado 9 de junio, a las 10.30, en el Salón de Grado de la Universidad Juan A. Maza. Art. 2º - Solicitar al Poder Ejecutivo de Mendoza declare dicho acto de interés provincial. Art. 3º - De forma.

Mendoza, 29 de mayo de 2007.

Andrés Omar Marín

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

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30 de mayo de 2007 -6ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 5ª Sesión de Tablas Pág. 58

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 06 del 30-05-07 (INDEMNIZACIÓN CASO GOMEZ YARDEZ)

(EXPTE. 45602)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Las informaciones recabadas con respecto a la atención dispensada a la Escuela Nº 1-260 Salvador Reta, del Distrito Algarrobo Grande, del Departamento Junín, indican falta de preocupación, ya sea en el edificio como en la atención de los alumnos que allí concurren.

Ya en el inicio del ciclo lectivo del año 2003, se solicitaba al H. Concejo Deliberante del Departamento Junín la intervención a efectos de solucionar algunos de los muchos inconvenientes con que contaba la escuela; falta de aulas por su carácter de jornada completa; el salón de usos múltiples utilizado como comedor escolar; patio descubierto con el riesgo de realizar al aire libre la recreación física necesaria, con las bajas temperaturas imperantes en la zona durante la época de invierno, además de no poseer zepellín para almacenamiento de gas envasado, utilizando a cambio salamandras y braseros de leña para calefaccionar.

En abril de 2006, la directora de la Escuela insistió ante las autoridades de la delegación administrativa de la zona Este, solicitando se le aumentara el monto asignado para bienes y servicios, ya que los designados eran insuficientes, y el consumo de gas era elevadísimo por tener que usar tubos de gas de 45 kg., y garrafas de 15 kg., para la cocción de los alimentos para el comedor escolar, además de tener que comprar leña para las salamandras de las aulas.

Posteriormente, durante mayo de 2006, se comunicó que esta escuela y otra del Departamento Junín habían sido las únicas en las cuales no se había instalado el servicio de gas con depósitos tipo zepellín, además de tener escasa provisión de agua, ya sea potable o para el mantenimiento de los alrededores del edificio escolar (patios, etc.), todo esto en virtud de considerar que el pozo de perforación tiene la electrobomba quemada. Sumado a esto el deficitario sistema eléctrico en general, ya que el mismo data de muchos años y por su antigüedad no permite el uso de estufas eléctricas, pues las mismas transforman en un peligro permanente a todos quienes se encuentran en el edificio escolar.

En octubre de 2006, la Dirección de la Escuela solicito a la Dirección de Mantenimiento y Reparaciones de la Dirección General de Escuelas, la construcción de aulas, ya que el salón de usos múltiples había sido dividido con tabiques de madera, para atender a la gran cantidad de alumnos con que cuenta la escuela; razón por la cual se solicitaba la construcción de una superficie techada sobre uno de los patios, a los efectos de proteger a los alumnos durante la época invernal, ya que durante los recreos, los talleres y las clases de actividad física, no cuentan con el lugar apropiado

para realizar estas tareas al resguardo de los eventos climáticos que se desarrollan en la región.

Por último, una nota de enero de 2007 en donde solicitan la provisión de módulos para desarrollar tareas áulicas, por lo cual el espacio es escaso y los niños almuerzan y meriendan en el mismo lugar en el cual se imparten clases, con los consabidos riesgos higiénicos que esta modalidad acarrea. Se suma a lo antes indicado, la instalación de Internet (a la fecha aún sin respuestas de equipamiento) en una de las aulas destinadas a impartir clases, ya que la misma por una cuestión de espacio también ha debido ser ocupada,

Las respuestas han sido escasas a la fecha, y por lo tanto nos vemos motivados a consultar cuáles son las razones, las causas y/o las circunstancias por las que la Dirección General de Escuelas no ha tomado una determinación efectiva con respecto a las necesidades planteadas durante el transcurso de tantos años, y sólo respondiendo a soluciones pasajeras y sin estructura. Es dable destacar que ésta es una de las escuelas pioneras en la Provincia en el servicio de comedores escolares, ya que más de 150 niños reciben allí su merienda y almuerzo además de su educación básica.

Por las razones expuestas, y las que se sumarán, es que solicito el tratamiento y posterior aprobación del presente proyecto de resolución.

Mendoza, 28 de mayo de 2007.

Eugenio Dalla Cia

Artículo 1º - Solicitar a la Dirección General de Escuelas, informe a esta H. Cámara sobre el estado actual del edificio, las instalaciones sanitarias, la provisión de agua potable, el estado general de las aulas, la actual provisión de los elementos de informática y el deficitario sistema de calefacción de la Escuela 1-260 Salvador Reta, del Distrito Algarrobo Grande, del Departamento Junín, todo en virtud de no contar a la fecha con respuestas a las notas presentadas en fecha: 17 de abril de 2006, 25 de octubre de 2006 y 8 de enero de 2007 ante la Delegación Administrativa Regional Este, a la Dirección de Mantenimiento y Reparaciones de la Dirección General de Escuelas. Art. 2º - En virtud del tiempo transcurrido de las solicitudes indicadas en el artículo 1º, solicitamos las respuestas se cursen en forma inmediata atento a lo indicado por los plazos de ley, caso contrario se interpretará la carencia como la incursión en la falta a los deberes de funcionario público. Art. 3º - De forma.

Mendoza, 28 de mayo de 2007.

Eugenio Dalla Cía

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. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 06 del 30-05-07 (INDEMNIZACIÓN CASO GOMEZ YARDEZ)

PROYECTO DE DECLARACIÓN (EXPTE. 45585)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

Se considera que lengua y matemáticas son las herramientas básicas culturales en cualquier nivel de aprendizaje, y por lo tanto, son objetivos mínimos indispensables para interpretar información de cualquier índole de otra disciplina, por ende sin el conocimiento básico de estas materias, no es posible una integración activa en la sociedad, aprovechando los beneficios y oportunidades que le brinda.

El no poseer un buen manejo de estas materias deriva en el principal factor de exclusión social y laboral en la vida adulta.

Por tal motivo, elevo una propuesta a la Dirección General de Escuelas, para que se realice un censo en los distintos niveles educativos provinciales urbanos, urbanos marginales y rurales.

Por las razones expuestas, es que solicito al H. Cuerpo la aprobación del presente proyecto de declaración.

Mendoza, 24 de mayo de 2007.

Delia Pérez Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Escuelas, realice un censo sobre logros de aprendizaje en lengua y matemáticas, en los niveles EGB 1, EGB 2 y Polimodal de la Provi ncia de Mendoza. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 24 de mayo de 2007.

Delia Pérez

PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. 45587)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

El 21 de mayo de 2007, el Consejo Asesor de Políticas de Seguridad Pública, presidido por Roberto Godoy Lemos, en reunión plenaria de su comité ejecutivo y consultivo, aprobó por unanimidad los lineamientos generales del Plan Integral de Seguridad Pública para la Provincia de Mendoza, como asimismo la tarea desarrollada por el CAPSP.

Dicha labor se ha realizado, conforme lo establecido por el Art. 2º de la Ley 6653 en “...el estudio y la investigación de la problemática de la seguridad pública, así como la elaboración de

propuestas en la materia y realizará también el análisis del proceso de reforma del sistema provincial de seguridad pública”; arrojando como resultado un documento integral, que tiene como objetivo primordial que la demanda de seguridad se transforme en un tema de discusión permanente y constante en nuestra Provincia.

Por todo ello, en el documento se encuentran plasmadas propuestas que han sido abordadas desde una perspectiva multidisciplinaria, que revela con grado de demostrativa certeza meridiana, cuáles son las causas que llevan a la generalización del delito y a partir de ello, generar un ineludible debate con los sectores gubernamentales y no gubernamentales implicados en la búsqueda y concreción de soluciones a la problemática abordada.

El trabajo desarrollado, el esfuerzo compartido y los resultados obtenidos por el CAPSP plasmados en el documento, hacen mérito suficiente para fortalecer esta herramienta que busca proponer lineamientos y políticas, convencidos en la importancia del tema para el desarrollo integral de nuestra Provincia, meta que sólo podrá concretarse con el compromiso de acción conjunta de los tres poderes del Estado, los partidos políticos y la sociedad toda.

Por estos motivos, y los que en su momento se expondrán, solicitamos aprobación al presente proyecto de resolución.

Mendoza, 28 de mayo de 2007.

Carlos Ciurca

Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo declare de interés provincial el “Plan Integral de Seguridad Pública para la Provincia de Mendoza”, diseñado por el Consejo Asesor de Políticas de Seguridad Pública, en base a los aportes y participación de la comunidad y sus diversos actores, funcionarios públicos municipales y provinciales, Comisión Bicameral de Seguridad, empresarios, profesionales, docentes, investigadores, representantes de organizaciones no gubernamentales y trabajadores, bajo la presidencia de Roberto Godoy Lemos; cuyo objetivo es fijar los lineamientos y elevar propuestas para implementar políticas en materia de seguridad pública en la Provincia de Mendoza, con el fin de mejorar la calidad de vida de todos sus habitantes. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 28 de mayo de 2007.

Carlos Ciurca

PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. 45599)

FUNDAMENTOS

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. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 06 del 30-05-07 (INDEMNIZACIÓN CASO GOMEZ YARDEZ)

H. Cámara:

Los representantes de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Cuyo, alumnas Romina Ronda y Analía Zanessi, obtuvieron el Primer Puesto en la Competencia Interamericana de Derecho Humanos, organizada por la American University Collage of Law de Estados Unidos. También formó parte del equipo ganador como couch el Lucas Lecour, graduado de la misma Casa de Estudios y que posee una reconocida trayectoria en este tipo de certámenes internacionales.

La competencia se desarrolló en la capital estadounidense entre los días 20 y 25 de mayo, y es la doceava edición que se realiza de esta prestigiosa competencia, en la cual la Facultad de Derecho ha participado por segundo año consecutivo, obteniendo también por segundo año consecutivo, el Primer Puesto de la mano de sus representantes. En el certamen 2007, compitieron más de 64 universidades de todo el continente americano, representando a cada uno de los países de la región. El equipo representante de la UNCuyo midió esfuerzos en las rondas clasificatorias con equipos de Colombia y Nigeria, luego en semifinales y finales contra representantes de Colombia. En el año 2006, la Facultad de Derecho y la UNCuyo participan por primera vez en el citado evento, con un equipo formado por los alumnos Andrés Rousset Siri y Daniel Rodríguez Infante, quienes contaron con el asesoramiento técnico-jurídico del decano de la Facultad de Derecho, Roberto Godoy Lemos, obteniendo el primer puesto. La “Interamerican Human Right Moot Court Competition”, es un concurso Interamericano de Derechos Humanos organizado por la American University College of Law, es una competencia trilingüe única (inglés, español y portugués), establecida para entrenar a estudiantes de Derecho, en la utilización del sistema legal interamericano de derechos humanos, como una instancia legítima para reparar violaciones de derechos humanos. Desde su creación en 1995, la competencia anual ha educado a más de 1000 estudiantes y profesores participantes de más de 100 universidades de América y fuera de ella. El caso hipotético opera como la base del concurso, y trata temas que se debaten actualmente dentro del sistema interamericano. Los estudiantes discuten el caso mediante la presentación de un memorial escrito y la preparación de argumentos orales frente a expertos en la materia quienes actúan como la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Por estos motivos, y los que en su momento se expondrán, solicitamos aprobación al presente proyecto de resolución.

Mendoza, 28 de mayo de 2007.

Carlos Ciurca

Artículo 1º - Declarar de interés de esta H. Cámara de Diputados la participación y obtención del primer puesto en la Competencia Interamericana de Derechos Humanos, organizada por la American University College of Law, de las alumnas Romina Ronda y Analía Zanessi, estudiantes de la Facultad de Derecho de la UNCuyo. Art. 2º - Entregar una distinción legislativa en la H. Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, reconociendo y premiando el esfuerzo y la dedicación de las participantes en tan prestigiosa competencia. Art. 3º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 28 de mayo de 2007.

Carlos Ciurca

PROYECTO DE DECLARACIÓN (EXPTE. 45600)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

Los representantes de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Cuyo, alumnas Romina Ronda y Analía Zanessi, obtuvieron el Primer Puesto en la Competencia Interamericana de Derecho Humanos, organizada por la American University Collage of Law de Estados Unidos. También formó parte del equipo ganador como couch el Lucas Lecour, graduado de la misma Casa de Estudios y que posee una reconocida trayectoria en este tipo de certámenes internacionales.

La competencia se desarrolló en la capital estadounidense entre los días 20 y 25 de mayo, y es la doceava edición que se realiza de esta prestigiosa competencia, en la cual la Facultad de Derecho ha participado por segundo año consecutivo, obteniendo también por segundo año consecutivo, el Primer Puesto de la mano de sus representantes.

En el certamen 2007, compitieron más de 64 universidades de todo el continente americano representando a cada uno de los países de la región. El equipo representante de la UNCuyo midió esfuerzos en las rondas clasificatorias con equipos de Colombia y Nigeria, luego en semifinales y finales contra representantes de Colombia.

En el año 2006, la Facultad de Derecho y la UNCuyo participan por primera vez en el citado evento, con un equipo formado por los alumnos Andrés Rousset Siri y Daniel Rodríguez Infante, quienes contaron con el asesoramiento técnico-jurídico del Decano de la Facultad de Derecho, Roberto Godoy Lemos, obteniendo el primer puesto.

La “Interamerican Human Right Moot Court

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. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 06 del 30-05-07 (INDEMNIZACIÓN CASO GOMEZ YARDEZ)

Competition”, es un concurso Interamericano de Derechos Humanos organizado por la American University College of Law, es una competencia trilingüe única (inglés, español y portugués) establecida para entrenar a estudiantes de derecho, en la utilización del sistema legal interamericano de derechos humanos, como una instancia legítima para reparar violaciones de derechos humanos. Desde su creación en 1995, la competencia anual ha educado a más de 1000 estudiantes y profesores participantes de más de 100 universidades de América y fuera de ella. El caso hipotético opera como la base del concurso y trata temas que se debaten actualmente dentro del sistema interamericano. Los estudiantes discuten el caso mediante la presentación de un memorial escrito y la preparación de argumentos orales frente a expertos en la materia, quienes actúan como la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Por estos motivos, y los que en su momento se expondrán, solicitamos aprobación al presente proyecto de declaración.

Mendoza, 28 de mayo de 2007.

Carlos Ciurca Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo declare de interés provincial, la participación y obtención del Primer Puesto en la Competencia Interamericana de Derechos Humanos, organizada por la American University College of Law, de las alumnas Romina Ronda y Analía Zanessi, estudiantes de la Facultad de Derecho de la UNCuyo. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 28 de mayo de 2007. Carlos Ciurca

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

(EXPTE. 45601)

FUNDAMENTOS H. Cámara:

El 21 de mayo de 2007, el Consejo Asesor de Políticas de Seguridad Pública presidido por Roberto Godoy Lemos, en reunión plenaria de su Comité Ejecutivo y Consultivo, aprobó por unanimidad los lineamientos generales del Plan Integral de Seguridad Pública para la Provincia de Mendoza, como asimismo la tarea desarrollada por el CAPSP.

Dicha labor se ha realizado, conforme lo establecido por el Art. 2º de la Ley 6653 en “..el estudio y la investigación de la problemática de la seguridad pública, así como la elaboración de propuestas en la materia y realizará también el

análisis del proceso de reforma del sistema provincial de seguridad pública”; arrojando como resultado un documento integral, que tiene como objetivo primordial que la demanda de seguridad se transforme en un tema de discusión permanente y constante en nuestra Provincia.

Por todo ello, en el documento se encuentran plasmadas propuestas que han sido abordadas desde una perspectiva multidisciplinaria, que revela con grado de demostrativa certeza meridiana, cuáles son las causas que llevan a la generalización del delito y a partir de ello, generar un ineludible debate con los sectores gubernamentales y no gubernamentales implicados en la búsqueda y concreción de soluciones a la problemática abordada.

El trabajo desarrollado, el esfuerzo compartido y los resultados obtenidos por el CAPSP plasmados en el documento, hacen mérito suficiente para fortalecer esta herramienta que busca proponer lineamientos y políticas, convencidos en la importancia del tema para el desarrollo integral de nuestra Provincia, meta que sólo podrá concretarse con el compromiso de acción conjunta de los tres poderes del Estado, los partidos políticos y la sociedad toda. Por estos motivos, y los que en su momento se expondrán, solicitamos aprobación al presente proyecto de resolución.

Mendoza, 28 de mayo de 2007.

Carlos Ciurca Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo declare de interés provincial el “Plan Integral de Seguridad Pública para la Provincia de Mendoza”, diseñado por el Consejo Asesor de Políticas de Seguridad Pública, en base a los aportes y participación de la comunidad y sus diversos actores, funcionarios públicos municipales y provinciales, Comisión Bicameral de Seguridad, empresarios, profesionales, docentes, investigadores, representantes de organizaciones no gubernamentales y trabajadores, bajo la presidencia del Roberto Godoy Lemos; cuyo objetivo es fijar los lineamientos y elevar propuestas para implementar políticas en materia de seguridad pública en la Provincia de Mendoza, con el fin de mejorar la calidad de vida de todos sus habitantes. Art. 2º - Regístrese, archívese y hágase saber.

Mendoza, 28 de mayo de 2007. Carlos Ciurca

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

(EXPTE. 45632)

FUNDAMENTOS

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H. Cámara:

Habiendo tomado conocimiento a partir del pasado 24 de mayo de 2007, por comunicación de Carlos Marziali, integrante del Subcomité Científico Técnico del Comité Consultor (artículo 13 de la Ley 6044), el que se reproduce en el presente a sus efectos:

Mendoza, 23 de mayo de 2007. Señor Presidente del Ente Provincial de Agua y Saneamiento Provincia de Mendoza

Los abajo firmantes, miembros del Subcomité Científico Técnico del Comité Consultor (artículo 13, Ley 6044), nos dirigimos a usted para cumplir con el análisis de la documentación que se nos ha entregado.

Conforme lo dispuesto por nuestro reglamento interno, en lo que existe unanimidad consta la firma de todos los representantes de las instituciones científicas y técnicas de la Provincia, y en el caso de existir disidencia se hace constar el voto por separado en lo que difiere.

Antecedentes: Desde el año 2002 este Subcomité viene informando incumplimientos por parte del concesionario que causan perjuicio económico a la Provincia, y son causal de caducidad y rescisión del contrato de concesión de Obras Sanitarias Mendoza por culpa exclusiva del concesionario. Los informes realizados por el EPAS, las universidades nacionales (Universidad Tecnológica Nacional y Universidad Nacional de Cuyo) han confirmado la exactitud de los informes anteriores, quedando plasmado en el artículo 2º de la Resolución EPAS Nº 139/2006 que el concesionario ha desinvertido y arruinado el patrimonio provincial con un grado de mantenimiento de regular a malo en prácticamente la totalidad de la infraestructura. El Subcomité ha tomado conocimiento de un informe firmado por un abogado denunciando incumplimiento de los deberes de funcionario público (artículo 1112 del Código Civil), en razón de lo cual ha decidido deslindar su responsabilidad poniendo en conocimiento de la Justicia, la Legislatura, y los órganos pertinentes el contenido de los informes anteriormente elevados para no ser cómplices por omisión en el irregular cumplimiento de las obligaciones legales de los funcionarios involucrados.

Análisis de la relación del Estado con la concesionaria: Se ha caracterizado por no exigir el cumplimiento de las obligaciones contractuales y fiscales. No se cobró el canon, no se exigió la integración de la garantía, no se sancionó el incumplimiento del Plan de Operación y Expansión, no se pidieron cuentas por los mandatos asumidos, no se emitieron las boletas de deuda por falta de pago de impuesto de sellos e impuesto a los ingresos brutos ni se persiguió su cobro por vía de

apremio, etc. Se ha caracterizado por el deseo constante de los tres poderes de agradar a la empresa, firmando reconocimientos de deuda en contra de los informes técnicos obrantes en los expedientes, abriendo negociaciones sobre lo que la concesionaria solicita desoyendo cualquier reclamo del EPAS sobre la necesidad de asegurar el ejercicio de las funciones de regulación y control, y aprobando leyes que condonan todas las deudas e incumplimientos de la concesionaria para con la Provincia (Ley 7491). Los hechos descriptos han salido en todos los diarios y no ha existido ninguna investigación de oficio que haya determinado responsabilidades. Nota del 10 de diciembre de 2002:

a) El Subcomité Científico Técnico informa que existen las siguientes causales de rescisión del contrato por culpa exclusiva del concesionario, que además causan un perjuicio patrimonial a la Provincia (artículo 177 y 128 incisos 1, 10 y 22 de la Constitución Provincial):

Incumplimiento del POE. Falta de pago del canon de concesión. Falta de pago de los impuestos provinciales. Falta de pago de la Tasa de Sostenimiento y

Control.

b) El Subcomité Científico Técnico informa que existen las siguientes causales de rescisión del contrato por culpa exclusiva del concesionario, sin perjuicio patrimonial directo:

Falta de información del contrato con el operador técnico. Cambios societarios no autorizados.

Nombramientos de personal extranjero no informado.

Falta de presentación al EPAS de los planes exigidos por el contrato.

Falta de presentación al EPAS de la información exigida por el contrato.

Transferencia de bienes muebles afectados al servicio sin autorización.

Recepción de desagües industriales no autorizados.

Obstaculizar deliberadamente la función de control del EPAS.

Nota del 29 de enero de 2003:

El Subcomité Científico Técnico informa de los siguientes incumplimientos:

Falta de pago de canon, artículo 17 del contrato.

Omisión de proporcionar información al EPAS, artículo 2.6.2 del contrato.

Falta de información sobre la idoneidad del operador, artículo 2.6.3 del contrato.

Incumplimiento de la obligación de informar contrataciones, artículo 2.7.5 del contrato.

Cambios no autorizados en la conformación societaria, artículo 2.11 del contrato.

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Incumplimiento de información sobre planes de trabajo, artículo 3.2.9 del contrato (con perjuicio directo para los futuros usuarios).

Falta de consentimiento para la recepción de efluentes industriales, artículo 3.2.5.2 del contrato.

Falta de información sobre prestación de servicios en bloque, artículo 3.2.6 del contrato.

Falta de publicación de la información relativa al servicio para conocimiento de los usuarios, artículo 3.8 del contrato.

Falta de entrega al EPAS de los registros sobre calidad del agua, artículo 5.2 del contrato.

Incumplimiento del relevamiento de calidad del servicio, artículo 5.4.2 del contrato.

Falta de planes de emergencia, artículo 5.4.3 del contrato.

Falta de presentación del presupuesto, artículo 5.4.4 del contrato.

Incumplimiento de la presentación del Informe Anual de Avance del POE, artículo 5.5.2 del contrato.

Falta de autorización para adquirir bienes inmuebles, artículo 6.3.1 del contrato.

Contratación de personal extranjero sin autorización, artículo 7.4 del contrato.

Falta de información sobre el cumplimiento de la Ley 24.028, artículo 7.5 del contrato.

Incumplimiento de la presentación de la Nómina de Bienes Inmuebles, artículo 14.3.1.3 del contrato.

Esta nota de fecha 29/1/2003 fue entregada al fiscal de Estado, artículo 177 de la Constitución, y al asesor de Gobierno, artículo 178 de la Constitución, para que cumplieran con su obligación constitucional de defender el patrimonio provincial y asesorar sobre la forma de percibir el canon.

Responsabilidad personal y solidaria de los funcionarios involucrados: Conforme al artículo 1112 del Código Civil las omisiones de los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, están comprendidas en el título de los hechos ilícitos, y la obligación de indemnizar está regida por las disposiciones relativas a los delitos del derecho civil (artículo 1109 del Código Civil).

En virtud de lo expuesto, este Subcomité Científico Técnico entiende que el Gobernador, el fiscal de Estado, el director general de Rentas y los funcionarios menores encargados de percibir el canon de concesión y la tasa de sostenimiento son responsables solidarios con la empresa concesionaria por la falta de pago de los mismos. Por ello, todos los conceptos que se perdonan al concesionario deben ser ingresados por los funcionarios mencionados, con más sus intereses. El perjuicio para la Provincia que detalla el EPAS en la Resolución 139/2006, en base a los informes de las universidades nacionales, que surge del estado de deterioro de la infraestructura debe ser resarcido por los funcionarios anteriores que permitieron ese deterioro.

El actual Gobernador y el actual fiscal de

Estado deben excusarse de intervenir en condonaciones de deuda, perdones o reducciones de las obligaciones del concesionario, por ser parte interesada en los mismos dada su responsabilidad solidaria por la parte no cobrada de Impuesto a los Ingresos Brutos y Canon de Concesión correspondiente a su gestión.

Facultades del Gobernador: Este Subcomité Científico Técnico entiende que las leyes que autorizan la renegociación de los contratos conforme a los hechos ocurridos en diciembre de 2001 y enero de 2002, lo autorizan a renegociar para el futuro atendiendo la especial situación provocada por la devaluación, y la consiguiente inflación y aumento de costos, pero de ninguna manera lo autorizan a perdonar incumplimientos anteriores a la devaluación ocurridos durante los años 1998, 1999, 2000 y principios del año 2001.

Las leyes autorizan la renegociación de los contratos hacia el futuro, no el aumento de las tarifas sin renegociación de ninguna de las cláusulas del contrato que son de interés del EPAS.

Lo que se hará con el contrato es político, es exclusivo del Gobernador. Lo que la empresa concesionaria debe por impuestos anteriores al 2001, no es político, es dinero de la Provincia, que no se puede regalar y debe ser pagado.

Análisis de la Carta de Entendimiento de fecha 16/5/2007:

Ley 7491: Este Subcomité Científico Técnico entiende que la Ley del Perdón es abstracta e inútil y no puede fundar absolutamente nada. Fue presentada a la Legislatura la última semana de diciembre de 2005 para ser operativa si se firmaba el Convenio y se pagaba lo adeudado antes del 31 de diciembre (Carta Entendimiento, III Cláusulas Generales, punto 2, difiere la eficacia al cumplimiento de todo al 31 de diciembre “del corriente año”). Dado que fue aprobada el 10 de enero de 2006 cuando no se había firmado el Convenio ni pagado nada de lo adeudado, la misma es inútil desde su nacimiento porque aprueba cosas que estaban incumplidas, sujetas a una condición que ya se había incumplido.

Continuidad de la gestión y administración de la concesionaria: Rechazamos esta afirmación. El Estado no debe comprometerse a generar las condiciones adecuadas para que la concesionaria continúe, cuando ha incumplido con las obligaciones contractuales, y cuando existen causales contractuales suficientes para rescindir el contrato por su exclusiva culpa, anteriores a los hechos de diciembre de 2001. El Estado puede poner sus esfuerzos para que la concesionaria se comprometa a cumplir en el futuro lo que ha incumplido antes, pero debe reservarse en todo momento la posibilidad de aplicar las causales de caducidad y entregar la gestión y administración del servicio a quien otorgue garantías de cumplir las obligaciones que asume.

El estudio de las universidades no cubre de

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ninguna manera los aspectos que son objeto de la renegociación. Se les encargaron estudios técnicos totalmente acotados por los términos de referencia, y sin relación alguna con las modificaciones contractuales reclamados por el EPAS. Estaban orientados a la tarifa, no al estudio jurídico administrativo del contrato, que sólo ha sido realizado por el Subcomité Científico Técnico y el EPAS.

La Resolución Nº 139/2006 avala que las universidades cumplieron con los términos de referencia para poder pagarles el estudio realizado, y hace una referencia a que las universidades avalaron las denuncias de desinversión y defectuoso mantenimiento del patrimonio provincial ya denunciado por el EPAS, de ninguna manera es favorable a la concesionaria como se pretende hacer aparecer en la confusa redacción.

El CIADI sólo condena si hay incumplimiento del Estado. En este caso, hay incumplimiento de la concesionaria anterior al 2001. Firmar una carta entendimiento de características similares a la Ley del Perdón 7491 les dará a los inversores internacionales fundamentos jurídicos para ocurrir ante el CIADI. Azurix no tiene legitimación procesal activa para ir ante el CIADI, porque no es inversor, ya que compró las acciones de ENRON en violación del contrato por no tener autorización de la Provincia para la transferencia. Al perdonar la Provincia esa transferencia de acciones en violación del contrato, le está autorizando la transferencia y dando a Azurix y a los que a ella le compraron acciones legitimación para ingresar en el contrato y reclamar por los incumplimientos que puedan haber habido.

Respecto de SAUR, no renuncia a las acciones ante el CIADI, lo sujeta a condiciones varias. Y SAUR no puede ir al CIADI con éxito si tiene incumplimientos anteriores que permiten rescindir el contrato por su culpa. Si es una renegociación para evitar una demanda cuyo texto no ha sido hecho conocer al Subcomité Científico Técnico ni a la comunidad mendocina, no se entiende que no se establezca expresamente que renuncia a la demanda.

Por lo demás, la posibilidad que se pueda recurrir al CIADI ha sido cuestionada por algunos economistas en razón de no haberse respetado el procedimiento establecido en la Constitución de 1994 para la aprobación de tratados que delegan soberanía.

Inversiones: Si el concesionario debe a la Provincia $48.572.169,49 más IVA, está claro que ha incumplido con sus obligaciones, y de ninguna manera puede amenazar con ir al CIADI. Y está claro que los funcionarios responsables de no haber exigido ese dinero en tiempo oportuno, deben responder con su patrimonio personal en forma solidaria por esta deuda (artículos 1109 y 1112 del Código Civil). El concesionario no ha cumplido hasta hoy con las obras comprometidas, por lo que no puede ponerse en sus manos el cumplimiento futuro, el dinero debe ir a una cuenta especial administrada por el EPAS para pagar las obras que licite el

Ministerio de Obras y Servicios Públicos, no a manos del concesionario para que vuelva a incumplir (no se ha previsto ninguna función de control en manos del EPAS). La Provincia no puede comprometerse a pagar lo que OSM SA le facture por jubilados y carenciados, y menos con intereses de tasa activa más el incremento previsto por el artículo 25 del contrato. Las obras especificadas no pueden estar en la Carta Entendimiento como inversiones, son deudas de OSM SA. Sobre los juicios iniciados por OSM SA, no pueden considerarse inversiones, y respecto de la conveniencia de su desistimiento con costas por su orden, se requiere dictamen legal previo.

Además, la forma de pago de las obras donde se establece un 13,37% para los primeros 5 años de una deuda que ya lleva 10 años de atraso, y todo el grueso al final, perjudica a la Provincia. No hay garantía alguna que el concesionario pondrá el dinero en los últimos años de la concesión, cuando no ha puesto el dinero de las obras correspondientes a los primeros años. No corresponde que se ponga una tasa del 5% anual para actualizar el capital de las obras, cuando la inflación actual supera ampliamente ese interés, produciendo una licuación de la obligación del concesionario. Puede ponerse que el capital se actualizará un 5% por encima de la inflación, pero como está redactado se está licuando la deuda del concesionario con perjuicio patrimonial directo para la Provincia.

Modelo de determinación de tarifas: El estudio de la UNC no incluye en el capital a remunerar el cambio de titularidad de acciones producida. Para aplicar el modelo de la UNC, en una situación en que se aprueba la transferencia accionaría, no debe considerarse como capital inicial el integrado por ENRON y sus socios, debe considerarse el valor pagado por los actuales accionistas para adquirir esas acciones, porque es el dinero que han puesto los actuales accionistas el que hay que remunerar, ya que el que pusieron ENRON y sus socios recibió la remuneración que ellos esperaban al vender las acciones por el precio de mercado.

No pueden cobrar una rentabilidad sobre un capital que nunca pusieron.

Tarifa: La Audiencia Pública (no vinculante) puede plantear cualquier escenario y terminar aprobado por las autoridades competentes un porcentaje distinto al señalado, con lo cual al concesionario no le sería exigible ninguna inversión. El canon y la tasa deben calcularse sobre facturación, no sobre ingresos, porque la mala administración no se le puede cargar a la Provincia. Debe determinarse si la tasa de rentabilidad es sobre la inflación o sobre valor nominal. La inversión anual debe ser fija, no promedio. La reducción del canon de concesión debe justificarse sobre la base del artículo 41 de la Constitución Nacional, y sobre el derecho a la vida y al agua y saneamiento de quienes carecen de ella, ya que en parte está destinado a extender el servicio fuera del área de

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concesión, para quienes carecen de él, y reducirlo significa dejar a esas personas sin agua y sin cloacas.

Causal de revisión tarifaria: Lo establecido en el anexo II.B no puede admitirse como está planteado. Los gastos y comisiones bancarias por préstamos y descubiertos en cuenta corriente no pueden influir en la tarifa, son mala administración. Si un banco le aumenta la comisión por cobro de facturas, deberá negociar un mejor precio con otro banco, no cargarlo al usuario por ineptitud de la concesionaria para negociar. La actividad bancaria no es monopólica en Argentina, y si lo fuera debe hacer la denuncia correspondiente ante las autoridades de control. Los incrementos en los honorarios tampoco se pueden cargar directamente, deben analizarse.

El plazo para expedirse por parte del EPAS, es el que surge de la Ley 3909, de ninguna manera puede considerarse 10 días corridos, en los que no hay posibilidad de reunir a los comités Consultor y Municipal y al Directorio, ni consultar a los órganos técnicos del EPAS sobre una cuestión tan compleja. No se debe establecer un plazo fuera de la Ley 3909.

El auditor externo no debe ser elegido por el concesionario como establece la Carta Entendimiento. El auditor externo debería ser designado por el EPAS, luego de un proceso de concurso público. El concesionario no debería tener la atribución de permitir que lo auditen, debería preverse en la renegociación del contrato que el EPAS le designe una auditoria externa en forma permanente a costa del concesionario.

La rentabilidad real por sobre la inflación que se asegura elimina el riesgo empresario, y no prevé la posibilidad que aparezcan sistemas de calculo más perfectos por avances técnicos científicos.

Actualización de la base catastral (ABC): Deben analizarse los fundamentos de las resoluciones que impusieron la suspensión de la actualización de la base catastral, ya que los actos administrativos son fundados, y en caso de haber serios errores en la actualización como fue denunciado por las organizaciones de consumidores, no es culpa de la Provincia sino de la empresa la suspensión. Además, debe valorarse que el cobro por base presunta similar al impuesto inmobiliario viola el espíritu de la concesión que se hizo con la idea del ahorro de agua y la micromedición. Hay un cambio en este punto que hace dudar de la conveniencia de la subsistencia de la concesión, y la falta de micromedición es un incumplimiento de la empresa, además de haber causado daño patrimonial a la Provincia por haber dejado sin mantener el sistema de macromedición.

Deudas con OSM SE: No se debe excluir la falta de cumplimiento de la concesionaria en este punto. Debe determinarse, ya que OSM SA debe todo lo no cobrado. Si OSM SA iba a cobrar lo que el Estado no pudo cobrar, y no lo cobró, además de la responsabilidad por incumplimiento del mandato, surgen dudas de su capacidad para cobrar sobre la

propia facturación (esto es importante porque influye sobre el flujo de fondos, a efectos de determinar la rentabilidad del capital y la tarifa).

Garantía: La garantía no debe disminuirse con una empresa que no ha cumplido con las obligaciones. Debe aumentarse teniendo en cuenta que ya es incumplidora. No debe permitirse un seguro de caución que hay que ir a discutir con la compañía de seguros para que lo pague. No es verdad que hubo situaciones que impidieron a OSM SA depositar la garantía de 18.000.000 de dólares en 1998, no lo hizo porque no quiso y los gobernadores de 1998, 1999, 2000 y 2001 lo permitieron (y deben la diferencia por incumplimiento de sus obligaciones, artículo 1112 y 1109 del Código Civil). La empresa debe depositar los 18.000.000 de dólares ahora más que nunca, ya que es la única garantía de que cumplirá con lo prometido para dentro de 16 años, teniendo en cuenta que no cumplió en los últimos 10 años. No se debe permitir que deposite una garantía de apenas 3.000.000 de pesos en un seguro de caución, ya que el dinero debió tenerlo previsto desde el año 1998, y si no lo previó en el balance como deuda a cumplir, todos sus balances serían falsos, y no sirven de base para calcular ninguna revisión tarifaria.

Cuando hay un deudor moroso de más de un año, categoría 5 ó 6 del BCRA, ningún banco le va a dar crédito sin garantías. ¿Y la Provincia le va a dar un crédito de más de $ 48.572.169 con una garantía de apenas $3.000.000? ¿La garantía no debería ser al menos del importe de las obras que se compromete a hacer dentro de 16 años?

Canon de concesión y afectación: La reducción del canon es improcedente si hay un aumento tarifario. Además, el canon de concesión es el pago que hace la empresa por la concesión, que es onerosa, y es su riesgo empresario. El canon de concesión no es trasladable al usuario en la tarifa. No debe haber un compromiso de sacar una ley con un porcentaje de aumento tarifario. No debe pagarse el canon con obras no realizadas. OSM SA debe presentar el plan de obras para el año siguiente porque lo establece el contrato de concesión, no debe hacer un plan de obras con el canon. El canon es para extender por parte de la Provincia el servicio de agua y saneamiento al resto de la Provincia, no para que OSM SA haga contrataciones directas sin licitación. La Provincia pierde la herramienta financiera para extender la cobertura del servicio. Las pérdidas de OSM SA han sido reconocidas en otros puntos del acuerdo, por lo que no debe haber un doble reconocimiento con la reducción del canon. No hay ningún fundamento aceptable para disminuir el canon, estando el mismo fijado en el contrato, y habiendo interesados en la compra de acciones en el estado actual. Acuerdo de compensación: No debe considerarse válido lo dispuesto por la Ley del Perdón 7491, porque expresamente establecía que se dejaba sin efecto si no se cumplía, y no se cumplió. Respecto del Anexo III, donde OSM SA reconoce haber incumplido inversiones por $76.111.000 (informe de

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la UTN), y se compromete a realizar inversiones por $124.745.000 (con una garantía de $3.000.000 en un seguro de caución), deberá computarse que OSM SA ganó el dinero necesario para realizar esas obras, ya que estaban computadas en la tarifa al momento de la concesión. No puede considerarse que el concesionario va a cumplir en el futuro si no ha cumplido durante la negociación, al punto que hay que hacer una nueva compensación. Deben establecerse los mecanismos contractuales como parte de la renegociación para que esto no vuelva a ocurrir.

Créditos internacionales: El 6% anual de interés debe ser real, sobre capital actualizado, para no generar una licuación de deuda a favor de la empresa en perjuicio de la Provincia. Dado que es igual a la rentabilidad, la empresa concesionaria no pierde nada.

Cambio de operador: No puede reducirse el patrimonio neto mínimo del nuevo operador, ya que si es un operador nacional (en pesos) no tiene sentido mantener todo el sistema de contratación de personal extranjero. Tampoco hay motivos para reducir el mínimo de personal en relación de dependencia, ya que debe estar capacitado para manejar una planta de personal como la que tenía OSM SA cuando operaba bien el sistema, no la planta reducida actual que ha provocado la desinversión y deficiente mantenimiento denunciado por los informes de las universidades. El operador técnico actual era el encargado de hacer que la empresa funcionara bien, dado que ha funcionado mal (falta de inversión por más de $76.000.000, deficiencias de mantenimiento), deben aumentarse los recaudos no disminuirlos.

Metas: No se deben ratificar metas de calidad de servicio a partir del aumento tarifario. La calidad de servicio debe cumplirse como está pactada en el contrato de concesión.

Transacción de acciones: La Provincia se compromete a transar todos los procesos en los que reclama multas e impuestos no pagados. No dice en qué condiciones OSM SA y sus accionistas se comprometen a transar, si reclamando el capital sin intereses, o haciendo cualquier otra cosa. Lo único que está claro es que la Provincia no podrá continuar con los procesos administrativos y judiciales contra OSM SA y sus accionistas hasta que los abogados de OSM SA digan que están de acuerdo con lo que la Provincia y el EPAS reclaman. El EPAS no podrá cobrar ninguna multa a OSM SA. La Provincia no podrá hacer ningún acto administrativo contra OSM SA por incumplimientos del contrato de concesión o falta de pago de impuestos. A cambio OSM SA se compromete a no seguir acciones contra la Provincia (¿cuáles si se le compensaron todos los reclamos?) y a hacer que sus accionistas no continúen los juicios contra la Provincia (¿qué juicios han interpuesto los accionistas de OSM SA contra la Provincia y por qué no están detallados?). Este punto número 15 deja atado de pies y manos al EPAS y a la Provincia a cambio de nada.

Conclusión:

El Subcomité Científico Técnico del Comité

Consultor del EPAS mantiene su postura de que existen elementos suficientes para dictar el acto administrativo que declare extinguida la concesión por culpa exclusiva del concesionario.

Del análisis realizado surge que los intereses de la Provincia no han sido contemplados en la Carta Entendimiento.

Se estima necesario analizar si verdaderamente ha existido perjuicio patrimonial para la Provincia por el que deban responder los funcionarios involucrados (artículos 1109 y 1112 del Código Civil).

Atentamente. Se eleva a consideración de la Honorable

Cámara el siguiente proyecto: Mendoza, 30 de mayo de 2007.

Juan Antonio Gantus Artículo 1º - Solicitar a las autoridades del EPAS, un informe detallado de todos los puntos enunciados en la nota de los fundamentos, remitida por Carlos Marziali, integrante del Subcomité Científico Técnico del Comité Consultor (artículo 13, de la Ley Nº 6044). Art. 2º - Remitir copia del presente, con sus fundamentos al fiscal de Estado y asesor de Gobierno de la Provincia a los efectos de su dictamen. Art. 3º - Regístrese, hágase saber y archívese. Mendoza, 30 de mayo de 2007.

Juan Antonio Gantus

PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. 45624)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

La propuesta que elevamos por este medio a la consideración de los legisladores responde al propósito de conocer distintos puntos referidos que hacen a la autorización correspondiente por parte del Poder Ejecutivo, para la apertura de las locaciones petroleras en todo el territorio provincial.

La actividad petrolera, una de las principales fuentes económicas de nuestra Provincia, se encuentra sujeta a la demora en la autorización para la apertura de las respectivas locaciones, lo que hacen que la producción petrolera se vea reducida gradualmente.

Esta disminución de la producción lleva también a el traslado del personal que trabaja en los

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respectivos pozos, citando como ejemplo los pertenecientes a Repsol YPF, desde Mendoza. a otras provincias en los últimos seis meses.

Existen fundadas versiones sobre el traslado del personal de nuestra Provincia a Neuquén, por la falta de autorización para el funcionamiento de los pozos petroleros, puntualmente en el Departamento Malargüe. Esto origina un deterioro de los intereses económicos de la Provincia, por lo cual es necesario e indispensable además del informe, arbitrar los medios para que se aceleren los trámites para que las empresas petroleras con sus respectivas baterías puedan funcionar normalmente evitando el traslado del personal a otra Provincia.

Se hace importante conocer si la demora de la apertura de los pozos petroleros se ha debido a la falta del informe que debe realizar la Subsecretaría de Medio Ambiente, como también cuál es el plazo estipulado para emitir dicha autorización.

Otro de los puntos de los cuales se requiere información es en cuanto a los mecanismos de control de las inversiones por parte de las operadoras petroleras y de las inversiones realizadas hasta el momento por parte de las mismas. Agregando el informe de la periodicidad y resultado de las auditorias realizadas por el Ejecutivo.

Por todo esto, y en la seguridad que los argumentos expuestos serán sabiamente interpretados por la Honorable Cámara, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de resolución.

Mendoza, 30 de mayo de 2007

Alberto Recabarren Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo que informe y comunique, a través de la Subsecretaría de Medio Ambiente y la Subsecretaría de Energía, Minería e Hidrocarburos, la suspensión de las inversiones por parte de los diferentes operadores petroleros en la Provincia de Mendoza, debido a la falta o demora del informe que se debe realizar por estas secretarías para su correspondiente autorización. Art. 2º - Especificar el tiempo límite que posee dicha Subsecretaría para emitir la autorización de los pozos petroleros, que exige todos los elementos para su apertura. Art. 3º - Causas de la demora en la autorización para el funcionamiento de los terrenos denominados locaciones en la Provincia de Mendoza. Art. 4º - Detalle de los mecanismos de control de las inversiones por parte de las operadoras petroleras y detalles de las inversiones realizadas por éstas durante los últimos 2 años. Art. 5º - Detalle e informe del total de auditorías realizadas a cada operadora petrolera en toda la Provincia, durante los 2 últimos años.

Art. 6º - Determinar como plazo de entrega del presente pedido de informe 15 días hábiles después de haber sido aprobado en la H. Cámara. Art. 7º - De forma.

Mendoza, 30 de mayo de 2007.

Alberto Recabarren

PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. 45621)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

La propuesta que elevamos por este medio a la consideración de los legisladores responde a solucionar en forma urgente la situación que se ha presentado en los pacientes del Centro de Rehabilitación de la DINAADyF en Villa Hipódromo, de Godoy Cruz.

Los niños y adolescentes con discapacidades motrices eran atendidos en el Hospital Lencinas, pero desde abril, la situación cambió con la inauguración del Centro de Rehabilitación, ubicado en la ex Colonia 20 de Junio.

Dicha habilitación, publicada por medios gráficos como un centro modelo especialmente diseñado para tal fin, se encuentra para sorpresa de pacientes y sus padres, aun hoy sin el equipamiento adecuado, con ausencia de rampas de acceso, con techos y baños en pésimas condiciones y sin caminos no acondicionados a las necesidades de circulación particulares a los discapacitados y sus medios de locomoción.

El centro de rehabilitación es fundamental para 67 niños y adolescentes, ya que a través del trabajo con los profesionales, reciben un tratamiento para paliar las dificultades que las distintas patologías presentan, algunas de ellas que requieren de una estricta continuidad para evitar posibles deterioros psicofísicos e involuciones en las diferentes terapias. Por lo tanto, esta situación requiere un urgente tratamiento.

En la seguridad que los argumentos expuestos serán sabiamente interpretados por la Honorable Cámara, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de resolución.

Mendoza, 30 de mayo de 2007.

Alberto Recabarren Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo que, por intermedio del Ministerio de Desarrollo Social, ponga en funcionamiento en forma urgente el Centro de rehabilitación para chicos con Discapacidad que está ubicado en el predio que tiene la Dirección Provincial de la Niñez, Adolescencia, Ancianidad, Discapacidad y Familia (DINAADyF), en Villa Hipódromo, de

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Godoy Cruz. Art. 2º - Asimismo, en caso de no realizarse lo manifestado en el artículo precedente, habilitar en forma urgente un Centro de rehabilitación sustituto o derivar a los pacientes a alguno que esté funcionando, a los efectos de no cortar los tratamientos de rehabilitación. Art. 3º - Asimismo, presentar ante ésta H. Cámara un informe detallado de los gastos ocasionados por la puesta en funcionamiento del mencionado centro de rehabilitación y la razón de la demora de su apertura. Art. 4º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 30 de mayo de 2007

Alberto Recabarren

PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. 45619)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

Dado el espíritu de la Ley 7496 sobre mitigar de alguna forma el costo social que significaron las acciones del proceso militar. Acción que fue digna de destacar en su momento, pero al pasar el tiempo son innumerables las personas cesanteadas que en su diario peregrinar al Ministerio de Gobierno, no encuentran eco a sus consultas e inquietudes, viendo sus posibilidades inciertas con respecto a la posibilidad de ser titular del derecho al subsidio que determina la presente ley.

Son éstas las razones por las cuales solicito que la H. Cámara de Diputados apruebe el presente proyecto de resolución.

Mendoza, 29 de mayo de 2007.

Rosa Lira Álvarez

Artículo 1º - Solicitar al Ministerio de Gobierno que informe a esta H. Cámara el estado, con su correspondiente informe, de los siguientes expedientes iniciados de acuerdo a lo reglamentado por la Ley 7496.

Luis Enrique Lucero - Expediente 723 Carlos Fiorentini - Expediente 1287 Oscar Ramón Gómez - Expediente 2724 Ramón B. Martínez – Expediente 1014 Luis Raimundo - Expediente 1488

Sergio Miranda - Expediente 674 Alejandro W. Acuaro - Expediente 2716 Sadi Julia Yunes - Expediente 2771 Carlos Bonada - Expediente 1650 Blanca G. Bonil - Expediente 2720

Manuel Rincón - Expediente 1218 Ángela Ferreyra Carlos Delbono Antonio Cutrena Roberto Flores Cristina Caluru Carlos Olivera Hugo Orlando Ramos - Expediente 3909

Art. 2º: Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 29 de mayo de 2007.

Rosa Lira Álvarez

PROYECTO DE RESOLUCIÓN (EXPTE. 45630)

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

El presente proyecto tiene por motivo acceder a información que puede suministrar el Poder Ejecutivo de la Provincia de Mendoza, respecto de la aplicación y alcance de la Ley N° 7496, que regula los subsidios a los que pueden acogerse todos los ex agentes de la Administración provincial o sus entes descentralizados, cesanteados por razones políticas o gremiales durante la dictadura militar por aplicación de los decretos-ley 93/76 y 177/76.

El interés radica en la importancia respecto al efectivo cumplimiento de la ley y poder reconocer cuántos damnificados han accedido a los beneficios de la Ley 7496 y cuántos quedaron fuera del mismo por no haber presentado la documentación en el tiempo establecido por la misma.

Por estos motivos, y los que en su momento se expondrán, solicitamos aprobación al presente proyecto de resolución.

Mendoza, 30 de mayo de 2007. Carlos Ciurca

Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo para que, a través del organismo que corresponda, informe lo siguiente:

a) El número de cesanteados provinciales y municipales que presentaron en tiempo y forma los requisitos exigidos en la Ley 7496 para acceder a los beneficios indicados en la misma.

b) El número de cesanteados provinciales y municipales que no accedieron al beneficio por presentar la documentación fuera de los plazos establecidos.

c) Si la suma de seis millones de pesos ($6.000.000) fue utilizada en su totalidad, y de no ser así, cuál fue el remanente.

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. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 06 del 30-05-07 (INDEMNIZACIÓN CASO GOMEZ YARDEZ)

Art. 2º - Regístrese, archívese y hágase saber.

Mendoza, 30 de mayo de 2007.

Carlos Ciurca

SR. PRESIDENTE (Marín) - Se van a votar los expedientes leídos por Secretaría.

Aprobados. SR. PRESIDENTE (Marín) - Se va a votar el tratamiento sobre tablas de los expedientes 45537, 45572, 45576 y 45577.

- Resulta afirmativa.

Expte. 45500, consultar Asuntos Entrados Nº 21 Expte. 45537, consultar Asuntos Entrados Nº 24 Expte. 45572, consultar Asuntos Entrados Nº 28 Expte. 45576, consultar Asuntos Entrados Nº 26 Expte. 45577, consultar Asuntos Entrados Nº 27

SR. PRESIDENTE (Marín) - Se van a votar los expedientes leídos por Secretaría.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndices 32 al 50) SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene la palabra el diputado Canal. SR. CANAL (PD) - Señor presidente: es para solicitar que el expediente 45577, que acaba de ser aprobado sobre tablas, es un proyecto de resolución sobre informes del Hotel Potrerillos que hace tiempo se solicitaron, que el mismo sea remitido a la Comisión porque en la fecha se ha recibido un informe anterior y figura en este Orden del Día, se ha recibido la documentación que había sido requerida hace tiempo. SR. PRESIDENTE (Marín) - Tiene que haber un pedido de reconsideración. SR. CANAL (PD) - Señor presidente: como no están satisfechas todas las preguntas y hay tres licitaciones frustradas... SR. PRESIDENTE (Marín) - Si han sido reiteradas las consideraciones y han sido contestadas, dejémoslo así... SR. CANAL (PD) - Está bien, señor presidente, dejémoslo así. SR. PRESIDENTE (Marín) - No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión de la fecha.

- Son las 15.28. Manuel Brondo Jorge Zingaretti a/c Cuerpo de Director Taquígrafos Diario de Sesiones

XIII

APÉNDICE

I

(Sanciones)

1 (Ley Nº 7710)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Ratifícase el DECRETO N° 1107 de fecha 24 de mayo de 2007, por el que se aprueba lo resuelto por la Comisión Asesora, designada de acuerdo al Acta sobre gestiones de Solución Amistosa, de la causa Nº 11796 de la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS caratulado: “Mario Gómez Yardez Vs. Argentina”, integrada por los doctores: Susana Albanese, Aida Kemelmajer de Carlucchi y José L. Sabatini; y que obra en copia certificada a fojas 36/42 del Expte. Nº 932-S-2007-00100, originario del Ministerio de Gobierno, caratulado: “Subsecretaría de Justicia, REF/CASO Nº 11796, YARDEZ MARIO GÓMEZ”; y por el que se autoriza el pago de la suma total de PESOS CIENTO DIEZ MIL ($110.000), que comprende: a) Una indemnización de PESOS SETENTA MIL (70.000), a favor de las menores Natalia Carolina Gómez Álvarez y Tamara Andrea Fernández, en su carácter de únicas y universales herederas de Mario Gómez Yardez, en un cincuenta por ciento (50%) para cada una; b) La suma de PESOS DIEZ MIL ($10.000), en concepto de reintegro de costas efectuadas con motivos de los procesos internos e internacional; y c) La suma de PESOS TREINTA MIL ($30.000) correspondientes a los honorarios profesionales de los abogados Carlos Varela Álvarez y Diego Jorge Lavado. Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil siete. JORGE MANZITTI OMAR MARÍN Sec. Legislativo Presidente

2

(Ley 7711)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

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30 de mayo de 2007 -6ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 5ª Sesión de Tablas Pág. 70

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 06 del 30-05-07 (INDEMNIZACIÓN CASO GOMEZ YARDEZ)

LEY:

Artículo 1º - Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el predio de treinta y tres hectáreas (33 has), perteneciente a Delfín Gregorio Casado, sito en el Distrito La Primavera, Departamento Tunuyán, Provincia de Mendoza, inscripto en el Registro de la Propiedad Raíz al N° 948, Fs. 985, T° 38 P de Tunuyán donde actualmente se encuentra enclavado el vertedero municipal. Art.. 2º - Autorízase a la Municipalidad de Tunuyán, a realizar todos los trámites tendientes a hacer efectiva la expropiación referida mencionada en el artículo primero, en las instancias que correspondiesen de acuerdo a la ley objeto de la expropiación. Art. 3º - El resarcimiento al expropiado como así también todos los gastos devengados por dicha expropiación serán a cargo exclusivo de la Municipalidad de Tunuyán. Art. 4º- Comuníquese al Poder Ejecutivo. -

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil siete. JORGE MANZITTI OMAR MARÍN Sec. Legislativo Presidente

3

(Expte. 44405)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Toda mujer embarazada tiene derecho a que se le realice el estudio para la detección de infección por Estreptococo Grupo B. Art. 2º - Será obligatoria la realización del estudio de referencia a toda mujer embarazada entre la semana 28 y la 37. Toda paciente que ingrese a establecimientos asistenciales de la salud, sean éstos de carácter público o privado, en trabajo de parto sin el estudio para la detección de infección por Estreptococo Grupo “B”, se le realizará tratamiento profiláctico. Asimismo toda paciente que ingrese a estos establecimientos con rotura de membranas, previa a las veintisiete (27) semanas, también se le realizará el cultivo para la determinación de infección provocada por el estreptococo Grupo “B”.

Art. 3º - El estudio se llevará a cabo bajo la reglamentación que el órgano de aplicación estime conveniente. Las características de dicho estudio serán de aplicación para toda clase de establecimiento asistencial, sea éste de naturaleza pública o privada que se dedique a la atención de mujeres embarazadas. Art. 4º - Se aceptarán otros tipos de estudios que optimicen o amplíen los alcances de la detección de infección por Estreptococo B siempre y cuando la autoridad de aplicación lo autorice. Art. 5º - Se crea en el ámbito de la Provincia de Mendoza el “Programa Provincial Permanente para la detección de infección por Estreptococo “B””. Será el órgano de aplicación y reglamentación el Ministerio de Salud de la Provincia. Art. 6º - Sin perjuicio de las pautas que la autoridad de aplicación fije, serán tareas prioritarias de este programa:

a) Asumir la plena responsabilidad en todo lo referente al Estreptococo B, su detección, tratamiento y seguimiento en mujeres embarazadas.

b) Informar a la población en general, priorizando a las mujeres embarazadas, a través de medios de comunicación radial, televisiva e impresiones gráficas, con un contenido didáctico sobre la prevención para la detección de infección por Estreptococo Grupo “B”, poniendo a su vez en conocimiento de la creación en la Provincia de Mendoza, de un programa para la prevención, diagnóstico y tratamiento neonatal precoz por Estreptococo B Hemolítico del Grupo “B”.

c) Realizar los estudios estadísticos que tiendan a mantener un registro actualizado en tiempo real del cuadro de situación de los recién nacidos en la Provincia de Mendoza. d) Disponer los medios adecuados para que la totalidad de la información respecto del “Programa Provincial Permanente para la detección por infección del Estreptococo “B”” esté disponible para cualquier autoridad médica, sea ésta de origen internacional, nacional, provincial o municipal. Art. 7º - Se establece que en un plazo no superior a los noventa (90) días de sancionada la presente, el Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza, procederá a la reglamentación de la presente ley. Art. 8º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADO EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil siete. JORGE MANZITTI OMAR MARÍN Sec. Legislativo Presidente

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(Expte. 44721)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Adhiérese a la Ley Nacional Nº 26141, ley para la recuperación, fomento y desarrollo de la actividad caprina. Art. 2º - El Poder Ejecutivo, reglamentará la presente ley, dentro de los treinta (30) días de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, designado un organismo responsable de la aplicación de la Ley Nº 26141, con los alcances establecidos en su artículo 20. Art. 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADO EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil siete. JORGE MANZITTI OMAR MARÍN Sec. Legislativo Presidente

5 (Expte. 43300)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO TERRITORIAL DE ACTUACIÓN

Artículo 1º - El Colegio de Geógrafos y Profesionales en Geografía de la Provincia de Mendoza se constituye por libre voluntad de sus asociados. El Colegio carece de fines de lucro. El régimen del Colegio se determinará por lo dispuesto en el presente Estatuto.

Se constituye en la Ciudad de Mendoza el Colegio de Geógrafos y Profesionales en Geografía de la Provincia de Mendoza como un organismo de derecho público no estatal, con personería jurídica y con capacidad para actuar pública y privadamente, sometido a los controles correspondientes. Art. 2º - El Colegio de Geógrafos y de Profesionales en Geografía de la Provincia de Mendoza gozará de plena autonomía en la programación y realización de sus actividades, de conformidad con su Estatuto.

El Colegio de Geógrafos y Profesionales en Geografía de la Provincia de Mendoza estará integrado por todas las personas que se hallen debidamente matriculadas, habilitadas e inscriptas en el Colegio y que ejerzan su profesión y función en el territorio de la Provincia de Mendoza.

El Colegio, no obstante lo establecido en el apartado anterior, podrá adherirse a otras entidades ya constituidas siempre que tengan idénticos objetivos y fines. Art. 3º - Los fines y atribuciones del Colegio son:

a) Intervenir necesaria y obligatoriamente en el otorgamiento de la matrícula de todas las personas físicas que desempeñen sus actividades como Geógrafos Profesionales en la Provincia de Mendoza, con la supervisión y contralor que el Poder Ejecutivo Provincial establezca a tal efecto en la re-glamentación.

b) Ejercer el control o poder de policía sobre la actividad profesional, sin perjuicio de la facultad del Poder Ejecutivo Provincial al respecto y conforme a la reglamentación que se dicte.

c) Contribuir a la formación de la conciencia nacional y territorial, al sentimiento de la Patria y a la formación intelectual, cívica y moral.

d) Fomentar la solidaridad, consideración, asistencia y ética recíproca entre profesionales con formación geográfica.

e) Representar a los asociados ante las diferentes administraciones y entidades públicas y privadas.

f) Administrar y disponer de los bienes y recursos del Colegio.

g) Defender los intereses económicos, sociales y profesionales de los asociados.

h) Resolver, a requerimiento de los interesados y en carácter de amigable componedor, las cuestiones que se susciten entre los Geógrafos profesionales y sus comitentes. Es obligatorio para los Geógrafos someter al Colegio de Mendoza las diferencias, que se produzcan entre sí, relativas al ejercicio de la profesión, también en carácter de amigable componedor, sin perjuicio del ejercicio de las acciones que correspondan para evitar la caducidad o prescripción del derecho.

i) Contribuir al impulso de la profesión de profesional en geografía en todos aquellos ámbitos e instancias públicas y privadas que se considere oportunos.

j) Promover la identificación social del Geógrafo profesional en la Provincia de Mendoza y en el resto del país. Velar por el prestigio, indepen-dencia, respeto y jerarquización del trabajo profesional de los Geógrafos.

k) Informar, orientar y asistir profesionalmente a sus miembros. Mejorar la capacidad profesional de los asociados y facilitar el intercambio de experiencias. Para ello, el Colegio propiciará la realización de cursos, talleres, seminarios, conferencias, congresos, coloquios, publicaciones, etc., la creación de bancos de datos

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de interés para el desarrollo de la actividad; mecanismos de difusión de información, etc.

l) Promover sistemas de información específica a la formación, consulta y práctica profesional.

m) Desarrollar programas tendientes a lograr la plena ocupación de la matrícula, fomentando el justo acceso a las fuentes de trabajo.

n) Fomentar y difundir los conocimientos y estudios geográficos referidos a la Provincia de Mendoza.

o) Promocionar y dar apoyo a las actividades del Profesional Geógrafo en el campo de aplicación del análisis geográfico, planificación y ordenamiento territorial, aplicación de tecnologías para el uso de información geográfica y elaboración cartográfica, realizaciones de evaluaciones de impacto ambiental entre otras.

p) Asesorar a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, a las Municipalidades, a las Empresas del Estado y a toda persona jurídica o real ya sea pública o privada, a su requerimiento o de oficio, en asuntos relacionados con el ejercicio de la profesión de Geógrafo.

q) Formular su opinión crítica respecto a los problemas que afecten a la comunidad en las áreas de su competencia, excepto expresiones de carácter partidario, religiosos o racial.

r) Promover y fiscalizar concursos que afecten el ejercicio de la profesión de Geógrafo en todas sus modalidades y actividades, tanto en el orden público como en el privado.

s) Asesorar en la estructuración de las Carreras de profesionales en geografía que se dicten a nivel de grado y postgrado en la Provincia de Mendoza, en la adecuación y formulación de sus planes de estudio acorde con los requerimientos del medio.

t) Colaborar con las Autoridades Universitarias correspondientes en lo relativo al alcance del título profesional.

u) Proponer al Poder Ejecutivo el Código de Ética para el ejercicio de la profesión de Geógrafo.

v) Proyectar la reglamentación del presente Estatuto así como sus modificaciones y adecuaciones que serán sometidas a consideración del Poder Ejecutivo. Art. 4º - El domicilio social del Colegio se fija en la Ciudad de Mendoza, en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional de Cuyo.

Por acuerdo del Consejo Ejecutivo se podrá modificar el domicilio social, dando cuenta a la Asamblea General para su aprobación.

Se requerirá acuerdo de la Asamblea General para establecer Colegios Regionales y Delegaciones en ciudades y localidades. Art. 5º - El ámbito territorial de actuación del Colegio será la Provincia de Mendoza.

CAPÍTULO II EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE GEÓGRAFO

Art. 6º - El ejercicio profesional de Geógrafo solo será permitido a las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Poseer el título de Geógrafo Profesional, Licenciado, Doctor, profesional universitario con título de postgrado en Geografía o Profesor de Enseñanza Superior en Geografía.

b) Haber desarrollado actividades de asesoramiento, consultoría, capacitación, programación, gestión, evaluación, planificación e intervención en el campo de aplicación del análisis y diagnóstico geográfico, planificación territorial y ambiental, ordenamiento territorial, desarrollo urbano y rural, evaluación de impacto ambiental, aplicación de tecnologías para el manejo de información geográfica, elaboración de cartografía, arbitrajes, tasaciones y peritajes territoriales y toda otra actividad de geografía que sea aplicada en el libre mercado profesional.

c) En todos los casos, deberá poseer título expedido por universidades oficiales o privadas, reconocidas por el estado o extranjeras que hubieran revalidado su título en universidad oficial o estuvieran dispensadas en virtud de algún Tratado Internacional. La mención del título profesional se hará exactamente, sin omisiones, ni agregados o abreviaturas que puedan inducir a error. Art. 7º - Se considerará ejercicio profesional a toda actividad técnica, científica y su consiguiente responsabilidad, que sea realizada en forma pública o privada, libremente o en relación de dependencia y que requiera la capacitación que otorga el título obtenido por quien ejerce dicha actividad en función de lo establecido en el artículo 7º del presente Estatuto, y sea propia de los graduados universitarios de la carrera de Geografía.

El ejercicio profesional de Geógrafo, en cualquiera de los aspectos enunciados en el artículo 7º y los derivados de estos que se detallen en todas las normas reglamentarias y complementarias que dicten las autoridades competentes, deberá llevarse a cabo mediante la prestación personal de los servicios a través de personas de existencia física, legalmente hábiles y bajo la responsabilidad de su sola firma.

Son incumbencias de los profesionales en geografía:

a) Asesorar en el campo de aplicación del análisis y diagnóstico geográfico, planificación territorial y ambiental, ordenamiento territorial, aplicación de tecnologías para el uso de información geográfica y elaboración cartográfica.

b) Contribuir al conocimiento del espacio o sus equivalentes conceptuales: superficie terrestre, territorio y lugar desde los componentes de la es-tructura territorial (medio físico, población, ac-tividades económicas, comunicaciones y medios de transporte, marco jurídico legal, contexto institucional).

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c) Proporcionar sólidos conocimientos para el manejo del territorio, desde la interrelación de los sistemas físico ambiental, económico, social, cultural y de la definición de sus estructuras, que permitan comprender e insertarse en la dinámica de los cambios que los adelantos de la ciencia, la tecnología y la globalización exigen.

d) Analizar e interpretar las interrelaciones entre los diversos procesos y sistemas sociales, económicos, ambientales, rurales o urbanísticos que se producen en una región, así como también entre las distintas escalas territoriales (procesos globales y actuaciones locales)

e) Analizar e identificar las potencialidades de desarrollo de un territorio; localización de activi -dades y recursos económicos, dinamización social y económica de áreas desfavorecidas.

f) Generar información, analizar y diagnosticar situaciones problema y ofrecer alternativas de solución y líneas estratégicas en materia de urbanismo, ordenamiento territorial, desarrollo rural, regional y local, ambiente, transporte, turismo, preservación y conservación de recursos naturales, prevención de impactos producidos por desastres de origen antrópico, tecnológico y natural y otros campos vinculados con la actividad profesional del Geógrafo.

g) Analizar la estructura, proyección y dinámica de la población. Realizar estudios de migración; problemática específica de grupos sociales, niveles de renta; cohesión e integración social y de género.

h) Elaborar cartografía base y temática a partir de la interpretación geográfica del territorio.

i) Aplicar las nuevas tecnologías informáticas (SIG, teledetección) para facilitar la interrelación de variables en la comprensión de los fenómenos y procesos socio económicos y territoriales.

j) Dirigir y participar en la elaboración de planes, programas y proyectos de intervención territorial desde la perspectiva de los sistemas naturales y ambientales, los fenómenos humanos y sociales y de los avances de la tecnología de información territorial

k) Integrar y realizar la coordinación de equipos interdisciplinarios que se desempeñen en el ámbito público, privado y/u ONGs en temas relacionados con el manejo de recursos naturales, la vinculación entre ambiente-recursos, ambiente-sociedad, actividades económicas, sociales, ambientales, gestión del territorio, manejo del riesgo, gestión de información y de cartografía y temas vinculados a ellos.

l) Coordinar equipos de trabajo en el ámbito público y privado para efectuar estudios que propenden a intervenir y optimizar el desarrollo local y regional.

m) Participar en las fases de análisis, evaluación y gestión de políticas públicas relacionadas con el desarrollo territorial y la prestación de servi cios públicos con incidencia territorial.

n) Participar en la programación y

distribución territorial de las inversiones públicas y privadas, teniendo en cuenta los criterios de eficiencia social y económica, de solidaridad territorial y de impacto ambiental.

o) Dirigir y participar en estudios y evaluaciones de impacto ambiental.

p) Asesorar en certificaciones de usos del suelo y calidad ambiental.

q) Elaborar y realizar la gestión de bases de datos territoriales, económicos y sociales.

r) Introducir la dimensión territorial en los estudios de mercado. Entre otros, elaboración y gestión de planes estratégicos de expansión territo-rial de cadenas comerciales, cadenas empresariales, etc.; análisis de mercados potenciales y hábitos de consumo; estudios de áreas de influencia comercial, empresarial, etc.

s) Realizar estudios, informes, dictámenes, pericias, consultas, documentación técnica y desarrollar programas y proyectos sobre asuntos es-pecíficos de la profesión, sea ante autoridades administrativas ejecutivas, judiciales o legislativas, o a requerimientos particulares.

t) Desempeñar cargos o funciones en comisiones o cuerpos y en empresas o reparticiones públicas, privadas u ONGs, en forma permanente u ocasional para cuya designación o ejercicio se requiera el título de profesional en geografía.

u) Ejercer cargos o funciones en comisiones o cuerpos y en empresas o reparticiones públicas cuyas políticas tengan incidencia territorial. Art. 8º - Para ejercer la profesión de Geógrafo en la Provincia de Mendoza, se requiere como condición indispensable la obtención de la matrícula en el Colegio de Geógrafos y Profesionales en Geografía de Mendoza. Art. 9º - El Geógrafo o profesional en Geografía que desee obtener su matriculación en el Colegio de Geógrafos y Profesionales en Geografía de Mendoza, deberá reunir los siguientes requisitos:

Categoría 1:

a) Poseer el título de Geógrafo Profesional, Licenciado, Doctor, profesional universitario con título de postgrado en Geografía o Profesor de Enseñanza Superior en Geografía. Salvo en el caso del primer título, en los demás deberá cumplir con los requisitos impuestos por el artículo 7 del presente Estatuto.

b) Acreditar la identidad personal y registrar su firma.

c) Fijar domicilio legal en la Provincia de Mendoza.

d) No encontrarse suspendido en el ejercicio de la profesión por decisión de autoridad competente.

Categoría 2:

a) Ser técnico universitario egresado de

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carreras de Geografía. En todos los casos, deberá poseer título expedido por universidades oficiales o privadas, reconocidas por el estado o extranjeras que hubieran revalidado su título en universidad ofi-cial o estuvieran dispensadas en virtud de algún Tratado Internacional.

b) Acreditar la identidad personal y registrar su firma.

c) Fijar domicilio legal en la Provincia de Mendoza.

d) No encontrarse suspendido en el ejercicio por autoridad competente. Art. 10 - A los efectos de este Estatuto, el registro de profesionales que llevará el Colegio de Geógrafos y Profesionales en Geografía de Mendoza, será único en la Provincia. Anualmente el Colegio enviará a los poderes públicos la nómina de los profesionales inscriptos en su registro y que se encuentren habilitados para el ejercicio de la profesión. Además, deberá hacer conocer cualquier modificación que se produjera durante el transcurso del año. Los poderes públicos no autorizarán la tramitación de trabajos que estén a cargo de profesionales en Geografía no inscriptos en el registro creado por el presente Estatuto y que no se encuentren habilitados para el ejercicio de la profesión en la oportunidad de solicitar tal autori-zación. Art. 11 - No podrán matricularse en el registro:

a) Los incapaces e inhabilitados por sentencia judicial firme.

b) Los condenados a penas que lleven como accesoria la inhabilitación profesional, hasta el cumplimiento de la misma.

c) Los excluidos o suspendidos en la profesión por un fallo disciplinario de cualquier Colegio o Consejo Profesional de la República, mientras dure su sanción. Art. 12 - No se podrá ejercer la profesión de Geógrafo en los siguientes casos:

a) Los no matriculados. b) Los suspendidos en el ejercicio de su

profesión por el Colegio de Geógrafos y Profesionales en Geografía de Mendoza.

c) Los que tienen su matrícula definitiva cancelada, tanto en la Provincia de Mendoza como en cualquier otra jurisdicción del país por sanción disciplinaria, mientras no sean objeto de rehabilitación.

d) Los inhabilitados por condena judicial.

CAPÍTULO III DE LOS SOCIOS

Art. 13 - El Colegio de Geógrafos y Profesionales de Geografía de Mendoza estará constituido por cuatro clases de socios: socios activos, socios colaboradores, socios honorarios y socios por

convenio. Art. 14 - Serán socios activos aquellas personas físicas matriculadas que lo soliciten y que lo integren con todos los derechos y obligaciones. Art. 15 - Para ser socio activo se requiere reunir las siguientes condiciones:

a) Poseer el título de Geógrafo Profesional, Licenciado, Doctor, profesional universitario con título de postgrado en Geografía o Profesor de Enseñanza Superior en Geografía que desarrollen las actividades detalladas en el Art. 7º.

b) Ser técnico universitario egresado de carreras de Geografía. En todos los casos, deberá poseer título expedido por universidades oficiales o privadas, reconocidas por el estado o extranjeras que hubieran revalidado su título en universidad ofi-cial o estuvieran dispensadas en virtud de algún Tratado Internacional.

c) Haber solicitado su admisión y reunir, a juicio del Consejo Ejecutivo del Colegio alguna condición similar a las anteriores. Art. 16 - Se requiere la condición de socio activo por aceptación del Consejo Ejecutivo, previa solicitud y justificación de reunir las condiciones requeridas. El Secretario del Colegio deberá tener constancia en cada caso de las posibles altas y bajas del socio para incluirlo en la Memoria Anual. Art. 17 - Serán derechos de los socios activos:

a) Participar en las decisiones generales del Colegio con voz y voto. El voto será personal e intransferible, no admitiéndose voto por delegación. Se admitirá voto por correo en los casos y formas que se establezcan en el Reglamento del Estatuto.

b) Tomar parte en todas las reuniones que organice el Colegio en las condiciones que acuerde la Asamblea General, o en su defecto al Consejo Ejecutivo cuando las circunstancias así lo exijan.

c) Elegir y ser elegido para los cargos del Consejo Ejecutivo, y ser designado para las misiones que le pueda encomendar el Colegio, así como para representarlo en cualquier organismo o entidad que requieran las circunstancias.

d) Proponer dentro de los fines del Colegio cuestiones referentes a su mayor efectividad, modificaciones de los estatutos y normas de actuación.

e) Estar informado de los acuerdos de la Asamblea General Ordinarias y Extraordinarias del Colegio, de la actividad del Consejo Ejecutivo, de las Comisiones de Trabajo y de las Delegaciones Regionales a través de los medios de difusión del Colegio.

f) Tener acceso a los libros contables y del Colegio para su examen y consulta.

g) Disfrutar de todos los beneficios del Colegio, según las normas y disposiciones reglamentarias de la misma, o cuantos otros le sean

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concedidos al Colegio por entidades públicas o privadas.

h) Recabar del presidente y de los demás órganos de Gobierno del Colegio la ayuda o colaboración que consideren oportuna en defensa de sus intereses. Art. 18 - Serán obligaciones de los socios activos:

a) Abonar puntualmente las cuotas en el plazo que se fije.

b) Vigilar y contribuir a los fines, prestigio, buen funcionamiento y afianzamiento del Colegio.

c) Participar en las actividades del Colegio y prestar la ayuda o colaboración que, para la realiza-ción de los fines asociativos, le sea solicitada por los órganos de Gobierno.

d) Prestar cuantos servicios determine el Estatuto, el Reglamento de Régimen Interino y los acuerdos de los órganos de Gobierno.

e) Asistir a la Asamblea General. f) Desempeñar los cargos para los que

fueron elegidos. g) Cumplir el Estatuto, el Reglamento del

mismo y los acuerdos de los órganos de Gobierno. Art. 19 - Podrán tener la condición de socios colaboradores alumnos de carreras universitarias de Geografía con el 75% de las materias aprobadas. Así como también aquellas personas físicas y jurídicas, tanto públicas como privadas, que no reuniendo las condiciones exigidas en el artículo 16 del presente Estatuto quieran contribuir o ayudar al fomento del Colegio. Carecerán de voto pero podrán asistir a la Asamblea General, y tendrán derecho a recibir información y publicaciones que pueda realizar el Colegio; y siempre se les hará reconocimiento público de su colaboración ayuda. Art. 20 - El Colegio podrá establecer la distinción de socios honorarios para aquellas personas físicas jurídicas que reúnan alguna de las condiciones siguientes:

a) Prestar ayuda material o moral importante al Colegio.

b) Tratarse de Geógrafos de gran relevancia nacional o internacional, que hayan dedicado una meritoria tarea en aplicar la Geografía en Argentina o mostrado su interés por el desarrollo del Colegio de Geografía de Mendoza. Art. 21 - La designación de socios honorarios se hará previa propuesta por el Consejo Ejecutivo o por un grupo de socios de acuerdo con el reglamento que para ello se fija y por votación en la Asamblea General. Art. 22 - Los socios por convenio son aquellos Geógrafos extranjeros y de otras provincias argentinas, miembros de Asociaciones o Colegios de Geógrafos con las que el Colegio de Geógrafos y Profesionales en Geografía de Mendoza haya

establecido convenio y que lo soliciten formalmente. Los derechos y obligaciones de los socios

por convenio serán los estipulados por el correspondiente convenio.

Se adquiere la condición de socio por convenio por aceptación del Consejo Ejecutivo, previa solicitud y justificación de reunir las condiciones requeridas. Art. 23 - Se perderá la condición de socio por los siguientes motivos:

a) A petición del propio interesado, comunicado por escrito al Consejo Ejecutivo. Dicha renuncia no eximirá el pago de las cuotas y prestaciones devengadas a su cargo en favor del Colegio.

b) Por no abonar la cuota correspondiente en el período que se establezca, salvo por causas justificada.

c) Los socios que fueran dados de baja por el motivo expresado precedentemente, si quisieran ingresar del nuevo al Colegio, deberán abonar las cuotas pendientes.

d) Por acción u omisión que suponga un incumplimiento grave o reiterado de los Estatutos y acuerdos de los órganos de gobierno del Colegio o por cualquier otra actitud que produzcan un quebranto grave o desprestigio del Colegio o entre en contradicción con sus fines.

e) Por resolución fundada del Tribunal de Ética y Disciplina. Art. 24 - La pérdida de la condición de socio, a que se hace referencia en el artículo 18, será acordada por mayoría simple de la Asamblea General Extraordinaria a propuesta de Consejo Ejecutivo. Previamente a la propuesta de expulsión se abrirá un expediente, que instruirá el Secretario del Consejo Ejecutivo, con los cargos existentes. Se dará traslado del expediente al socio para que, en el plazo de 8 días hábiles, alegue por escrito todo cuanto convenga a su derecho; pasado este plazo el Secretario remitirá el expediente al consejo Ejecutivo para su inclusión en el Orden del Día de la Asamblea Extraordinaria.

La Asamblea General Extraordinaria resolverá de forma definitiva, sin posterior recurso, debiéndose dar cumplimiento inmediato de la decisión previa comunicación al interesado.

CAPÍTULO IV AUTORIDADES DEL COLEGIO

Y FORMA DE ADMINISTRACIÓN Art. 25 - Son autoridades del Colegio de Geógrafos y Profesionales de Geografía de Mendoza:

a) El Consejo Ejecutivo. b) La Asamblea General de Socios. c) El tribunal de Ética y Disciplina. d) La Comisión Revisora de Cuentas.

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Art. 26 - El Consejo Ejecutivo estará integrado en sus dos terceras partes por matriculados categoría 1 Sus miembros serán un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y nueve vocales.

En caso de la creación de Colegios Regionales, serán miembros del Consejo Ejecutivo un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero, los presidentes de los directorios de los Colegios Regionales en carácter de vocales titulares y un miembro representante por cada Colegio Regional, también en carácter de vocales titulares, los secretarios de los directorios de cada Colegio Regional, actuarán en calidad de vocales suplentes y reemplazarán automáticamente a los presidentes de sus respectivos colegios en caso de ausencia de los mismos. Cada Colegio Regional estará representado por un vocal suplente que reemplazará automáticamente al vocal titular en ausencia de éste. El presidente, el vicepresidente, el secretario y el tesorero constituirán la mesa directiva y serán elegidos por el voto directo y obligatorio de todos los colegiados que se encuentren inscriptos en el padrón electoral del Colegio de Geógrafos. Los vocales titulares y suplentes serán elegidos por el voto directo y obligatorio de los colegiados con domicilio en la región a la que representan e incluidos en el respectivo padrón electoral.

La elección del Consejo Ejecutivo corresponderá a la Asamblea General.

Si se produjera por cualquier razón la ausencia permanente de un consejero titular, deberá convocarse a elecciones para sustituirlo y para completar el período del mandato del mismo.

Los cargos del Consejo Ejecutivo serán ad honorem. Art. 27 - Todos los miembros del Consejo Ejecutivo deberán ser socios del Colegio. Los miembros del Consejo Ejecutivo, durarán cuatro años en su función y se renovarán por mitades cada dos años de la siguiente forma: dos de la mesa directiva y un vocal titular y uno suplente por cada región. Los mandatos de los presidentes y secretarios de los Colegios Regionales en calidad de vocal titular y vocal suplente respectivamente, cesarán coincidentemente con los del directorio del Colegio Regional al que pertenecen, a los efectos de la renovación parcial de la mesa directiva se establecen dos grupos, uno constituido por el pre-sidente y el secretario y otro constituido por los dos miembros restantes determinándose por sorteo aquel que deba ser reemplazado en la primera renovación. Art. 28 - El Consejo Ejecutivo sesionará como mínimo cada tres meses y siempre que la convoque su Presidente, o lo propongan al menos, la mitad más uno de sus miembros.

Las sesiones se realizarán en la sede del Colegio de Geógrafos y Profesionales en Geografía de Mendoza, pudiendo circunstancialmente y por su propia decisión, sesionar en cualquier lugar de la

Provincia, en cuyo caso citará especialmente a sus miembros consignando el lugar preciso donde se realizará la sesión.

La convocatoria se realizará con siete días como mínimo de antelación, en la que se hará constar la fecha, el lugar y el orden del día de la convocatoria.

El Consejo Ejecutivo sesionará con quórum, es decir la mitad más uno de sus miembros titulares. Las sesiones serán presididas por su Presidente. En caso de ausencia de éste, lo reemplazará el Vicepresidente, y si faltaren ambos, los miembros presentes elegirán un presidente ad hoc. Los miembros titulares y suplentes que actúen en calidad de titulares tendrán voz y voto. Quien ejerza la presidencia, tendrá doble voto en caso de empate. Los miembros suplentes podrán asistir a las deliberaciones con voz únicamente, actuarán como titulares, en forma automática en caso de ausencia de los vocales titulares representantes del Colegio Regional al que pertenecen. Las decisiones del Consejo Ejecutivo se adoptarán por simple mayoría de votos de los presentes.

De cada reunión del Consejo Ejecutivo se levantará un acta en la que se recoja las deliberaciones habidas y los acuerdos adoptados. Art. 29 - Corresponde al Consejo Ejecutivo:

a) Representar al Colegio en todas las ocasiones y motivos que lo requieran.

b) Realizar las acciones necesarias para el normal desenvolvimiento del Colegio, alcanzar los fines establecidos en el Estatuto, llevar la gestión ad-ministrativa y económica del Colegio y hacer cumplir los acuerdos de la Asamblea General. Designar, suspender y remover a sus empleados.

c) Intervenir en el otorgamiento de la matrícula, ejercer la representación institucional de los Colegiados de la provincia y llevar el registro de la matrícula.

d) Ejercer el poder de policía sobre los matriculados y sobre aquellos que ejerzan ilegalmente la profesión, sin perjuicio de las facultades del Poder Ejecutivo al respecto.

e) Instruir sumarios de oficio o por denuncia de terceros que involucren a los colegiados y elevar las actuaciones al Tribunal de Ética y Disciplina. Aplicar las sanciones provistas en el Estatuto, previa instrucción del sumario correspondiente.

f) Hacer cumplir las sanciones que disponga la justicia, que afecten a los colegiados en el ejercicio de su profesión y registrarlas en su legajo personal.

g) Asesorar a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial y municipalidades, sus reparticiones, empresas y dependencias en asuntos de cualquier naturaleza relacionados con el ejercicio de la profesión.

h) Velar por el prestigio, independencia, jerarquización y respeto del trabajo profesional del Geógrafo.

i) Atender las peticiones y formulación de

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problemas que pueda presentar cualquier socio, y que por la premura de tiempo u otras circunstancias no puedan ser tratados en Asamblea General. Estas peticiones tendrán que hacerse por escrito al Secretario del Colegio.

j) Resolver como amigable componedor en las cuestiones que se susciten entre colegiados, o entre éstos y terceros cuando ambos acepten expresamente su mediación o arbitraje.

k) Propender a la ilustración general de los profesionales en particular y de los habitantes en ge-neral, promoviendo para ello mediante el auspicio, la coordinación y la realización de actividades y publicaciones que tiendan al progreso profesional, científico, técnico y cultural.

l) Decidir la adhesión a congresos y reuniones que propendan al progreso y elevación profesional en el orden científico, técnico, cultural, sin delegar ni comprometer la autonomía del Colegio.

m) Convocar a la Asamblea General de colegiados.

n) Proponer a la Asamblea General para su aprobación el presupuesto anual, el balance de cuentas y la memoria de gestión.

o) Someter para la aprobación de la Asamblea el Código de Ética y ponerlo a consideración del Poder Ejecutivo.

p) Proponer a la Asamblea General la modificación del Estatuto.

q) Proponer a la Asamblea General la admisión de nuevos socios.

r) Llevar el registro de la propiedad intelectual de los trabajos profesionales de los colegiados.

s) Nombrar delegados para alguna determinada actividad del Colegio y designar a los socios que puedan ostentar la representación del Colegio en organismos nacionales o en reuniones de carácter científico, tanto dentro como fuera del país.

t) Realizar gestiones tendientes a conseguir subvenciones de entidades públicas o privadas.

u) Cualquier otra facultad que no sea de competencia de la Asamblea General. Art. 30 - Las funciones del Presidente serán las siguientes:

a) Representar legal y oficialmente al Colegio.

b) Dirigir y ordenar los debates, tanto del Consejo Ejecutivo como de la Asamblea General.

c) Asumir la dirección y gestión del Colegio. d) Velar por el cumplimiento de los fines del

Colegio. e) Convocar al Consejo Ejecutivo y a la

Asamblea General, fijar el Orden del Día y presidir sus sesiones. f) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Ejecutivo y Asamblea General.

g) Ordenar los gastos y pagos de la Entidad, firmando con el Tesorero los talones, recibos y otros

documentos análogos. h) Autorizar con su firma cuantos escritos y

comunicaciones exija la marcha de la Entidad, así como visar los documentos autorizados por el Secretario, especialmente si tienen el carácter de certificaciones. Art. 31 - El vicepresidente sustituirá al presidente con sus mismas facultades en caso de vacante, ausencia o enfermedad. Asimismo, desempeñará aquellas funciones que el mismo le delegue. Art. 32 - El secretario tendrá a su cargo el funcionamiento administrativo del Colegio. Sus funciones serán:

a) Tener bajo su responsabilidad el archivo y custodia de todos los documentos, sellos y ficheros de la entidad.

b) Redactar las actas de las reuniones del Consejo Ejecutivo y de la Asamblea General, asistiendo al Presidente durante las mismas, así como cursando las convocatorias a dichas reuniones.

c) Redactar la Memoria anual del Colegio y demás documentos.

d) Llevar al día un registro de entrada y salida de la correspondencia y un fichero con los nombres y datos de afiliación de socios, así como el registro de altas y bajas.

e) Redactar y anotar en los libros correspondientes las actas de las reuniones del Consejo Ejecutivo y de la Asamblea General.

f) Expedir certificaciones con el visto bueno del presidente. Art. 33 - El tesorero recaudará y custodiará los fondos del Colegio, preparará el Balance de cuentas y el presupuesto anual y dará cumplimiento a las órdenes de pago que expida el presidente. Llevará el libro de contabilidad del Colegio en el que quedarán claramente especificados los ingresos y gastos de la misma. Vigilará que los socios estén al día en el pago de las cuotas anuales correspondientes.

Los fondos del Colegio deberán estar depositados en una entidad bancaria, a nombre del presidente y del tesorero. El número de cuenta se pondrá en conocimiento de todos los socios para que puedan satisfacer las cuotas del modo más cómodo posible. Art. 34 - Los vocales tendrán a su cargo las funciones que le encomiende el Consejo Ejecutivo. Art. 35 - En el seno del Consejo Ejecutivo se constituirá una Comisión Permanente formada por el presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, que se reunirá en cuantas ocasiones sea necesario para el correcto funcionamiento del Colegio.

El cometido de la Comisión será coordinar la acción del Consejo Ejecutivo y velar por el cumplimiento de los acuerdos que adopten el

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Consejo Ejecutivo y la Asamblea General. Art. 36 - La Asamblea General de Colegiados es la Autoridad máxima del Colegio de Geógrafos de Mendoza. Estará integrada por todos los Geógrafos matriculados por el Colegio y habilitados para el ejercicio de la profesión.

La Asamblea sesionará en la Capital de la Provincia de Mendoza. Existirán dos clases de Asambleas: las ordinarias y las extraordinarias.

Las Asambleas ordinarias y extraordinarias serán convocadas por el Consejo Ejecutivo con una anticipación mínima de treinta (30) días corridos a la fecha de su realización, mediante citación personal u otro medio que garantice el conocimiento de la convocatoria, (publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza y por lo menos en un período del ámbito provincial). En la convocatoria se hará constar la fecha, el lugar y el Orden del Día de la reunión.

Las Asambleas ordinarias y las extraordinarias se constituirán con la asistencia de por lo menos un tercio de los profesionales que las integran. Si transcurriera una hora desde la establecida en la convocatoria y no se reúne el quórum precedentemente señalado, sesionará con los miembros presentes.

Las Asambleas sesionarán bajo la presidencia del presidente del Consejo Ejecutivo, en caso de ausencia de éste, la presidencia será ejercida por el vicepresidente del Consejo Ejecutivo y en ausencia de ambos, los asambleístas presentes elegirán, de entre los asistentes, un presidente ad hoc. Actuará como secretario, el secretario del Consejo Ejecutivo y en caso de ausencia, los asambleístas presentes elegirán entre los asistentes, un secretario ad hoc.

La Asamblea Ordinaria se realizará una vez al año y serán convocadas dentro de los tres meses posteriores a la fecha de cierre del ejercicio anual, que se establece los días 30 de junio de cada año.

Las Asambleas extraordinarias serán convocadas cuando lo estime necesario el Consejo Ejecutivo, lo solicite el Tribunal de Ética y Disciplina, lo peticione el 10 % (diez por ciento) de los matriculados y/o el Directorio de uno de los colegios Regionales. Las solicitudes de convocatoria deben ser resueltas por el Consejo Ejecutivo dentro de los quince días corridos de presentadas las mismas y celebrarse dentro de los treinta (30) días corridos posteriores. Art. 37 - Serán facultades de la Asamblea General Ordinaria:

a) Dar lectura, consideración y aprobación de la memoria, balance e inventario del ejercicio cerrado el 30 de junio anterior al de su celebración.

b) Aprobar el presupuesto general de gastos y recursos para el ejercicio siguiente.

c) Aprobar el plan de actividades. d) Elegir la Junta Electoral que se encargará

de organizar y convocar a elecciones de autoridades

conforme lo establece la presente ley. e) Determinar los derechos de inscripción de

socios. f) Los demás temas que se hayan incluido

en la convocatoria por parte del Consejo Ejecutivo o a pedido de por lo menos el 10 % de los matriculados y habilitados por el ejercicio de la profesión por el Colegio de Geógrafos de Mendoza.

g) Aprobar el Código de Ética del Colegio. h) Acordar las distinciones y sanciones a los

socios. i) Resolver los asuntos que resultan del

Estatuto y que no están atribuidos expresamente a la Asamblea General Extraordinaria o al Consejo Ejecutivo.

j) Censurar la gestión del Consejo Ejecutivo o de cualquiera de sus miembros.

k) Estudiar, deliberar y aprobar, en su caso, las propuestas que sean presentadas por el Consejo Ejecutivo. Art. 38 - Serán facultades de la Asamblea General Extraordinaria:

a) Aprobar y modificar el Estatuto del Colegio de Geógrafos Profesionales de Mendoza y el Código de Ética.

b) Elegir a los miembros del Consejo Ejecutivo, de la junta Electoral y del Tribunal de Disciplina.

c) Crear Colegios y Delegaciones Regionales.

d) Autorizar al Consejo Ejecutivo a adherir a colegios o entidades de segundo o tercer grado de Geógrafos y profesionales universitarios, debiéndose preservar la autonomía del Colegio.

e) Acordar la disolución del Colegio. f) Acordar la expulsión de socios. g) Remover a los miembros del Consejo

Ejecutivo del Tribunal de Ética y Disciplina y de los directorios de los Colegios regionales por grave inconducta o inhabilidad para el desempeño de sus funciones por decisión de los dos tercios de los asambleístas presentes.

h) Decidir sobre la enajenación de bienes inmuebles del Colegio de Geógrafos y la contratación de cualquier derecho real sobre los mismos, con los votos favorables de los dos tercios de los miembros presentes

i) Resolver todos aquellos asuntos que, a petición de la tercera parte de los socios, se

j) Cualesquiera otras cuestiones no conferidas expresamente a la Asamblea General Ordinaria o al Consejo Ejecutivo, siempre que estén incluidas en el Orden del Día. Art. 39 - La Asamblea General adoptará sus acuerdos por mayoría simple de los socios que concurran a la misma. En caso de empate decidirá el voto del presidente.

Será necesario el voto favorable de los dos tercios de los socios que concurran a la Asamblea General, cuando se trate de los siguientes casos:

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a) Modificar el Estatuto. b) Adherir a colegios o entidades de

segundo o tercer grado de Geógrafos y profesionales universitarios, debiéndose preservar la autonomía del Colegio.

c) Disolver el Colegio. d) Acordar la adquisición, enajenación o

gravamen de bienes inmuebles. Art. 40 - Se podrá modificar el orden del día de la Asamblea General siempre que concurran a ella la mayoría del censo de socios. Art. 41 - A cada socio le corresponde un voto en la Asamblea General.

Se podrá efectuar el voto por correo o mediante sobre cerrado en el que se haga constar, de manera inequívoca, la identificación del socio. Art. 42 - El Secretario de la Asamblea General, que será el mismo que el del Consejo Ejecutivo, deberá levantar acta de las deliberaciones y de los acuerdos adoptados en cada sesión, indicando la votación obtenida.

Las actas serán firmadas por el presidente y el secretario, trasladándose su contenido a un libro de actas. Art. 43 - Los socios podrán impugnar los acuerdos de la Asamblea General o la del Consejo Ejecutivo que sean contrarios al Estatuto, dentro del plazo de cuarenta días a partir de la fecha de adopción de los mismos, instando su anulación y, en su caso, suspensión preventiva.

CAPÍTULO V DEL TRIBUNAL DE ÉTICA Y DISCIPLINA

Art. 44 - El Tribunal de Ética y Disciplina es el órgano del Colegio de Geógrafos y Profesionales de Geografía de Mendoza, con potestad para sancionar las transgresiones de los matriculados en el ejercicio de su profesión, a cuyo efecto las considerara de oficio o por denuncias de terceros y las analizará en el ejercicio del poder de policía profesional de acuerdo con la presente ley y normas de ética, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles y penales. El tribunal tiene dentro del procedimiento, un poder autónomo de investigación. Podrá requerir asesoramiento jurídico en todo proceso. Los fallos serán asentados en libros similares a los libros de actas del Consejo Ejecutivo. Art. 45 - Estará constituido por cuatro miembros titulares y cuatro suplentes. Art. 46 - Para ser miembro del Tribunal se requieren iguales condiciones que para ser miembro del Consejo Ejecutivo, y una antigüedad de ocho años en el ejercicio de la profesión. Art. 47 - Los miembros titulares y suplentes del

Tribunal durarán tres años en sus funciones, pudiendo ser reelectos por un período. Continuarán en pleno desempeño de sus cargos hasta que los nuevos designados tomen posesión de los mismos. Deberán desempeñarse con la mayor diligencia. Podrán excusarse o ser recusados de sus funciones por las mismas causas que los jueces de los Tribunales Ordinarios de la Provincia. Deberán reunirse por lo menos una vez al mes, salvo cuando no hubiere asunto a considerar. Art. 48 - El Tribunal, de entre sus miembros titulares elegirá a un presidente, un vicepresidente y un secretario. El vicepresidente reemplazará al presidente en caso de ausencia temporaria y quien ejerza la presidencia tendrá doble voto en caso de empate. Los miembros suplentes concurrirán a las sesiones con voz solamente y asistirán a los titulares en las deliberaciones, pero la responsabilidad de las decisiones será únicamente en estos últimos. Las reuniones del Tribunal serán válidas con la presencia de tres miembros en ejercicio de la titularidad y las decisiones se adoptarán por simple mayoría de los votos presentes. Art. 49 - Los miembros suplentes reemplazarán a los titulares en caso de ausencia de estos. A este efecto serán elegidos en orden y asumirán la titularidad en el orden en que han sido elegidos. Art. 50 - En caso de ausencia definitiva del presidente, el tribunal deberá elegir a uno nuevo para completar el período. Igual temperamento se seguirá con el vicepresidente o el secretario. En caso de ausencia temporaria del presidente y del vicepresidente, ejercerá la presidencia el miembro titular de mayor edad. El presidente, el vicepresidente y el secretario durarán en sus funciones un año y podrán ser reelegidos. La elección se realizará en la primera sesión que realice el Tribunal después de la caducidad del mandato de las autoridades anteriores y serán elegidos por simple mayoría de votos. Art. 51 - El presidente presidirá las sesiones del Tribunal y convocará a las sesiones del mismo, las que también podrán ser convocadas ante el pedido de dos miembros titulares. Art. 52 - El secretario asistirá al presidente en las sesiones e informará a los miembros del Tribunal en los asuntos que deba considerar. Será junto con el presidente el responsable de llevar al día el libro de fallos. Art. 53 - Si el número de miembros recusados o excusados no permite la constitución del Tribunal aún con sus miembros suplentes, para sesionar válidamente, deberá ser integrado con los miembros que a tal efecto designe la Asamblea extraordinaria que deberá convocarse a ese efecto.

CAPÍTULO VI

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DEL EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESIÓN Art. 54 - Se considerará ejercicio ilegal de la profesión a la realización de las actividades previstas en el artículo 7º del presente Estatuto, sin el correspondiente título académico otorgado en debida forma. Por ser delito de acción o a pedido de parte, está obligado a denunciar al infractor a la justicia ordinaria competente. Art. 55 - Asimismo, será ejercicio ilegal de la profesión cuando el Geógrafo realice sus actividades específicas sin estar inscripto en la matrícula o estar suspendido en el ejercicio de la profesión. Corresponderá en este acto su juzgamiento por el Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio.

CAPÍTULO VII DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Art. 56 - El Consejo Ejecutivo someterá a consideración de la Asamblea general, el proyecto de Código de Ética profesional que deberá ser definitivamente aprobado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Mendoza. Art. 57 - Las transgresiones del presente Estatuto, sus reglamentaciones y del Código de Ética profesional, serán pasibles de las siguientes sanciones:

a) Advertencia privada por escrito. b) Amonestación privada por escrito. c) Multa en efectivo. d) Multa en efectivo y publicidad de la

sanción. e) Suspensión en el ejercicio de la profesión

y publicidad de la sanción. f) Cancelación de la matrícula y publicidad

de la sanción. Art. 58 - La tipificación de la conducta transgresora y su correspondiente sanción, será objeto de la reglamentación del presente Estatuto.

CAPÍTULO VIII DE LA COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS

Art. 59 - La Comisión Revisora de Cuentas estará integrada por tres miembros titulares y un suplente, como mínimo, elegidos en la oportunidad y con las modalidades de los miembros del Consejo Ejecutivo, por lista separada. Durarán dos años en sus funciones pudiendo ser reelectos solamente por otro período consecutivo. Para ser miembro de la Comisión Revisora de Cuentas se deberán cumplir con los mismos requisitos para ser miembros del Consejo Ejecutivo. Art. 60 - Son deberes y atribuciones de la Comisión Revisora de Cuentas:

a) Ejercer el control de la legalidad del

colegio. b) Examinar los libros y demás documentos

de la misma. c) Asistir con voz pero sin voto a las

reuniones del Consejo Ejecutivo. d) Realizar arqueos de caja y existencia de

títulos y valores cuando lo estime conveniente. e) Toda otra función realizada con los

incisos anteriores que le asigne la Asamblea del Colegio de Geógrafos.

CAPÍTULO IX DE LOS COLEGIOS REGIONALES

Art. 61 - A los efectos de la constitución de Colegios Regionales, se divide la Provincia de la siguiente manera; Zona Centro: Capital, Lavalle, Guaymallén, Las Heras, Luján, Maipú y Godoy Cruz; Zona Este: San Martín, Junín, Rivadavia, Santa Rosa y La Paz; Zona Valle de Uco: Tunuyán, San Carlos y Tupungato; Zona Sur: General Alvear, San Rafael y Malargüe. Originalmente se constituirán en la Provincia un solo Colegio Provincial con posibilidad de constituirlos regionalmente si así fuera solicitado y se cumpliera con los requisitos enunciados en el presente Estatuto. Art. 62 - Para la constitución de los Colegios Regionales es requisito previo e indispensable la radicación de por lo menos veinte (20) Profesionales en Geografía matriculados y con domicilio real en esas jurisdicciones. Art. 63 - Los Colegios Regionales, en caso de conformarse, desarrollarán las actividades que por este capítulo se les encomienda, así como aquellas que expresamente les asigne el Colegio de Geógrafos y Profesionales de Geografía de Mendoza en el ejercicio de sus facultades. Art. 64 - Corresponde a los Colegios Regionales:

a) Cumplir las obligaciones emergentes del presente Estatuto, que no hubieran sido atribuidas expresamente al Consejo Ejecutivo y al Tribunal de Ética y Disciplina.

b) Ejercer el contralor de la actividad profesional en la región, cualquier sea la modalidad de trabajo y en cualquier etapa del mismo.

c) Verificar el cumplimiento de las sanciones que imponga el Tribunal de Ética y Disciplina.

d) Efectuar las inspecciones y toda otra diligencia que le encargue el Tribunal de Ética y Disciplina dentro de la región.

e) Responder a las consultas que le formulen las entidades públicas o privadas de la región acerca de los asuntos relacionados con la profesión, siempre que las mismas no sean de competencia del Colegio Geógrafos y Profesionales en Geografía de Mendoza, todos los antecedentes de las faltas y violaciones a la ley, a su reglamentación o a las demás normas com-plementarias que en su consecuencia se dicten, en

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que hubiera incurrido o se le imputare a un cole-giado de la región.

f) Elevar al Colegio de Geógrafos y Profesionales en Geografía toda iniciativa tendiente al mejor cumplimiento de la presente ley, su reglamentación o de las normas complementarias que se dicten.

g) Desarrollar en sus respectivas jurisdicciones las actividades que se indican en el ART. 30 del presente Estatuto.

h) Proyectar el presupuesto anual de la región y someterlo a consideración del Consejo Ejecutivo para su compatibilización con el proyecto general del Colegio de Mendoza, el que en definitiva será considerado y sometido a aprobación de la Asamblea general de colegiados.

i) Celebrar convenios con los poderes públicos de la región, en acuerdo con el Consejo Ejecutivo.

j) Organizar cursos, conferencias, muestras, exposiciones, concursos y toda otra actividad social, cultural y técnico-científica para el mejoramiento profesional, intelectual y cultural de los Geógrafos y la comunidad.

k) Establecer delegaciones en su jurisdicción, de acuerdo con las normas que dicte el Consejo Ejecutivo del Colegio de Geógrafos y Profesionales de Geografía de Mendoza. Art. 65 - Serán autoridades de los Colegios Regionales:

a) La Asamblea de colegiados. b) El Directorio de la Región.

Art. 66 - La Asamblea es la autoridad máxima de los Colegio Regionales y estará integrada por los colegios habilitados para el ejercicio de su profesión con domicilio real en jurisdicción de la región. Las Asambleas pueden ser de carácter ordinario o extraordinario y deberán convocarse con no menos de quince (15) días corridos de anticipación explicitando el orden del día a considerar. Art. 67 - La Asamblea ordinaria se reunirá una vez cada año dentro de los tres (3) meses posteriores al cierre del ejercicio anual cuya fecha de clausura será el 30 de junio de cada año. En las Asambleas solo podrán tratarse temas incluidos en el orden del día. Art. 68 - Las Asambleas sesionarán válidamente con la presencia de la mayoría absoluta de los colegiados con domicilio en la región. Transcurrida una hora desde la fijada en la citación, se constituirá válidamente con un tercio de colegiados. Las resoluciones se adoptarán por simple mayoría de votos. Art. 69 - El Directorio de los Colegios Regionales, estará constituido por un presidente, un secretario, un tesorero, un vocal titular y un vocal suplente que reemplazará en forma automática a cualquiera de los titulares que se encuentre ausente. Se

renovarán por mitades cada dos (2) años, de manera tal que los mandatos del presidente y del secretario caduquen en forma simultánea y los del tesorero y vocales titular y suplente en la otra oportunidad en que se produzca una renovación parcial. Podrán ser reelegidos siempre y cuando hayan transcurrido por lo menos dos (2) años, desde que cesó el mandato anterior. Cuando se reúna por primera vez determinará por sorteo quienes durarán en sus funciones cuatro (4) años y quienes dos (2). El Directorio sesionará por lo menos una vez al mes pudiendo, si lo considera conveniente, establecer un receso anual. El quórum mínimo para sesionar será de tres miembros y las decisiones se adoptarán por simple mayoría de miembros y las decisiones se adoptarán por simple mayoría de miembros presentes. Quien ejerza la presidencia tendrá doble voto en caso de empate. El miembro suplente podrá concurrir a las sesiones y tendrá voz exclusivamente. Solo tendrá voto cuando actúe como titular. Art. 70 - Para ser miembro del Directorio Regional se requerirá:

a) Tener cuatro (4) años de antigüedad en el ejercicio profesional de la Geografía, como mínimo.

b) Una antigüedad mínima de dos (2) años de domicilio en la región.

c) Estar habilitado para el ejercicio de la profesión en la provincia por el Colegio de Geógrafos y Profesionales en Geografía de Mendoza, con una antigüedad mínima de cuatro (4) años.

d) No haber sido sancionado con las sanciones previstas en el artículo 70 inc. e) y f). Si durante el ejercicio de su mandato algún miembro del directorio regional quedare incurso en los presupuestos que se derivan de los requisitos exigidos, cesará automáticamente en su función. Art. 71 - Si se produjere por cualquier razón la ausencia permanente de un director titular, el mismo será reemplazado por el vocal suplente. En el caso de que produjera la ausencia permanente de más de un director titular, deberá convocarse a elecciones para sustituirlos y para completar el período de quienes se hayan alejado.

CAPÍTULO X DE LAS ELECCIONES

Art. 72 - La Asamblea ordinaria designará la Junta Electoral quien se encargará de organizar y convocar a elecciones a los cargos electivos de acuerdo con lo establecido por el presente Estatuto. La convocatoria a elecciones deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza y en un periódico del ámbito provincial, durante por lo menos tres días. En la misma se determinará el calendario electoral: plazos de presentación de candidaturas, requisitos de las mismas, fecha de votación y plazos de reclamaciones e impugnaciones.

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Art. 73 - La Junta Electoral estará constituida por tres miembros titulares y tres suplentes. Art. 74 - Las elecciones de autoridades del Colegio se realizarán cada dos años y las listas que habrán de participar estarán compuestas por un número de candidatos, igual al número de cargos a cubrir y deberán ser oficializadas diez días antes de la fecha fijada para el acto. Las listas deben estar avaladas con las firmas de sus integrantes y patrocinadas por lo menos por el cinco por ciento (5 %) de los incluidos en el padrón electoral para elegir los miembros del Consejo Ejecutivo y del Tribunal de Ética y Disciplina y por igual porcentaje, pero como mínimo de diez electores de los padrones electorales de cada una de las regiones para elegir el directorio de los Colegios Regionales y los representantes de éstos en el Consejo Ejecutivo. Art. 75 - Las elecciones serán acordes a los principios democráticos. El derecho de voto del matriculado habilitado, será obligatorio y secreto. Art. 76 - La denuncia interrumpe el curso del plazo de prescripción de los candidatos. Cuando se presentare con defectos formales o ante órgano incompetente, se suspende el plazo por un lapso de noventa (90) días corridos. Art. 77 - La candidaturas del Consejo Ejecutivo se presentarán por escrito ante la Asamblea General y cada candidatura deberá incluir tantos candidatos como el número de miembros de la Junta. La candidatura irá encabezada por aquel socio que aspira al cargo de Presidente. Art. 78 - La lista para las elecciones provinciales que haya obtenido la mayoría simple, consagrará la mesa directiva. La lista que obtenga la mayoría simple en las regionales, consagrará el vocal titular y el suplente. Art. 79 - Los miembros del Tribunal de Ética y Disciplina serán elegidos en el mismo acto electoral, por la lista completa presentada de la misma forma que para el Consejo Ejecutivo. Art. 80 - Las autoridades electas deberán asumir sus cargos a la expiración del período anterior. Art. 81 - Las funciones del miembro del Consejo Ejecutivo, del Tribunal de Ética y Disciplina, de la Junta Electoral y del directorio de los Colegios Regionales son incompatibles entre sí, excepto las de presidente y secretario de los colegios regionales que son vocales titulares y suplentes respectivamente del Consejo Ejecutivo.

CAPÍTULO XI PATRIMONIO FUNDACIONAL Y RECURSOS ECONÓMICOS

Art. 82 - El Colegio carece en el momento de su constitución de patrimonio fundacional. Art. 83 - Los recursos para el cumplimiento de los fines del Colegio serán:

a) Los derechos de inscripción que fije anualmente la Asamblea General ordinaria y que deberán ser abonados por todos los matriculados.

b) Ingresos que por servicios se presten a matriculados o a terceros.

c) Multas y/o recargos por intereses. d) Las aportaciones voluntarias. e) Los ingresos del patrimonio que pueda

poseer. f) Los donativos o subvenciones que les

puedan ser concedidos por Administración o entidades públicas y privadas, así como de particulares.

g) Las donaciones, subsidios y legados que sean aceptados.

h) Los ingresos obtenidos del desarrollo de sus propias actividades.

i) Los intereses, frutos, rentas y productos de los fondos anteriores.

CAPÍTULO XII DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Art. 84 - Los derechos de propiedad intelectual de todo estudio, proceso o cualquier otra creación intelectual que produjeran los Geógrafos en el ejercicio de su profesión se regirán por las disposiciones de las leyes de fondo. Art. 85 - A los efectos de acreditar la propiedad intelectual de la labor profesional de los geógrafos, el Colegio de Geógrafos y Profesionales en Geografía de Mendoza, organizará y llevará el res-pectivo registro, sin perjuicio de las disposiciones legales de fondo.

CAPÍTULO XIII DISOLUCIÓN Y APLICACIÓN

DEL CAPITAL SOCIAL Art. 86 - La Asociación podrá disolverse por acuerdo de las dos terceras partes de los socios, convocados en Asamblea General extraordinaria. Art. 87 - El Consejo Ejecutivo, una vez decidida la disolución, efectuará la liquidación, enajenando los bienes sociales, pagando sus deudas, cobrando sus créditos y fijando el haber líquido resultante, si lo hubiese. Art. 88 - El haber resultante, una vez efectuada la liquidación, se donará a las entidades benéficas o asociaciones sin ánimo de lucro que determine la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución.

CAPÍTULO XIV

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DISPOSICIONES TRANSITORIAS Art. 89 - Este Estatuto entrará en vigencia a partir de los treinta (30) días de su publicación. Art. 90 - Aprobada y publicada la ley que apruebe la creación del Colegio de Geógrafos y Profesionales en Geografía de la Provincia de Mendoza, cinco Profesionales Geógrafos que designe el Departa-mento de Geografía de la Facultad de Filosofía y Le-tras -Universidad Nacional de Cuyo- integrarán la junta organizadora del Colegio de Geógrafos de Mendoza, la que tendrá la misión de elaborar el padrón de electores, convocar a Asamblea, preparar el proyecto de reglamentación del Colegio y someterla a consideración de la Asamblea, en un plazo no mayor a un año Art. 91 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADO EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil siete. JORGE MANZITTI OMAR MARÍN Sec. Legislativo Presidente

6 (Expte. 45535)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Ordénase la suspensión por el término de noventa (90) días de todos los procedimientos de cobro judiciales o extrajudiciales iniciados por la DAABO, incluyendo los encomendados a la entidad cobradora CERECRED, en todo el ámbito de la provincia de Mendoza, correspondientes o derivados de la operatoria del denominado PLAN AGRISOL. Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADO EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil siete. JORGE MANZITTI OMAR MARÍN Sec. Legislativo Presidente

7 (Expte. 34321)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Institúyese como fecha conmemorativa en todo el ámbito de la Provincia de Mendoza, el 2 de marzo, por cumplirse el aniversario de la Fundación de la Ciudad de Mendoza por Don Pedro del Castillo. Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADO EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil siete. JORGE MANZITTI OMAR MARÍN Sec. Legislativo Presidente

8 (Expte. 45524)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - El Poder Ejecutivo de la Provincia deberá realizar la obra de construcción de un puente sobre la margen Sur del Río Tunuyán en Colonia San Jorge, Distrito La Dormida, Departamento Santa Rosa; aprovechando el próximo corte de agua de riego en el mes de junio que tiene una duración de cuarenta y cinco (45) días. Art. 2º - El gasto a que hace referencia el artículo 1º de la presente, deberá ser financiado por Rentas Generales del Presupuesto Provincial 2007; autorizando al Poder Ejecutivo a efectuar las modificaciones presupuestarias correspondientes. Art. 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADO EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil siete. JORGE MANZITTI OMAR MARÍN Sec. Legislativo Presidente

II (Resoluciones)

9

(Acta) RESOLUCIÓN Nº 192

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LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Aprobar el Acta Nº 5 de la 4ª Sesión de Tablas del Período Ordinario, correspondiente al 167° Período Legislativo Anual, de fecha 23-5-07. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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10 RESOLUCIÓN Nº 193

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Autorizar al diputado Carlos Bianchinelli, a hacer uso de licencia los días 28 y 29 de mayo del corriente año y ausentarse de la Provincia. Art. 2º - Autorizar al diputado Guillermo Carmona a faltar a la sesión del día de la fecha. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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11 RESOLUCIÓN Nº 194

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Ratificar la Resolución de Presidencia Nº 3 SL de fecha 9-5-07. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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12 RESOLUCIÓN Nº 195

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Autorizar al diputado Eugenio Dalla Cia, a faltar a la sesión del día de la fecha. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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13 (Exte. 45535)

RESOLUCIÓN Nº 196

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Autorizar a la Presidencia del H. Cuerpo a invitar para el martes 5 de junio del corriente año al presidente de la DAABO, a una reunión de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Hacienda y Presupuesto, a fin de tratar temas respecto a los Arts. 2º, 3º, 4º y 5º del despacho de Comisión del Expte. 45535/07. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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14 (Expte. 42393)

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RESOLUCIÓN Nº 197

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Fijar preferencia para su tratamiento CON DESPACHO DE COMISIÓN, para la próxima Sesión de Tablas y subsiguientes (Art. 115 Reglamento Interno) al siguiente expediente:

Nº 42393/06 -Proyecto de resolución de la diputada Pérez D., distinguiendo con un diploma honorífico al Dr. Rafael González y su equipo por su trabajo en el Centro de Salud de Punta de Agua, Departamento San Rafael. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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15 (Expte. 45037)

RESOLUCIÓN Nº 198

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Fijar preferencia para su tratamiento CON DESPACHO DE COMISIÓN, para la próxima Sesión de Tablas y subsiguientes (Art. 115 Reglamento Interno) al siguiente expediente:

Nº 45037/07 -Proyecto de ley venido en revisión del H. Senado, regulando el ejercicio de la educación física, de los egresados de la carrera. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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16 (Exptes. 45530 y 45528)

RESOLUCIÓN Nº 199

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Fijar preferencia para su tratamiento CON DESPACHO DE COMISIÓN, para la próxima Sesión de Tablas y subsiguientes (Art. 115 Reglamento Interno) a los siguientes expedientes:

Nº 45528 del 23-5-07 -Proyecto de ley del diputado Tornello, creando en la localidad de “El Cavadito”, Distrito “La Asunción”, Departamento Lavalle, una escuela primaria doble escolaridad (no albergue), con modalidad en Nivel Inicial, EGB 1 y EGB 2.

Nº 45530 del 23-5-07 -Proyecto de ley del diputado Tornello, creando en la localidad de “El Puerto”, Distrito “San Miguel de los Sauces”, Departamento Lavalle, una escuela primaria doble escolaridad (no albergue), con modalidad en Nivel Inicial, EGB 1 y EGB 2. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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17 (Expte. 45579)

RESOLUCIÓN Nº 200

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Fijar preferencia para su tratamiento CON O SIN DESPACHO DE COMISIÓN, para la próxima Sesión de Tablas y subsiguientes (Art. 115 Reglamento Interno) al siguiente expediente:

Nº 45579 del 24-5-07 -Proyecto de ley de la diputada Monserrat y del diputado Montenegro, modificando el Art. 19 e incorporando los Arts. 19 bis y 19 ter de la Ley 5041 -Régimen Integral de Protección de Discapacitados-. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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mes de mayo del año dos mil siete. JORGE MANZITTI OMAR MARÍN Sec. Legislativo Presidente

18 (Expte. 41477)

RESOLUCIÓN Nº 201

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Girar a la Comisión de Hacienda y Presupuesto el Expte. 41477/06. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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19 (Exptes. 30527 y 30154)

RESOLUCIÓN Nº 202

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Girar a la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales los Exptes. 30527/02 y 30154/02. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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20 (Expte. 44010)

RESOLUCIÓN Nº 203

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Acumular el Expte. 45157/07 al Expte. 44010/06. Art. 2º - Fijar preferencia para su tratamiento CON DESPACHO DE COMISIÓN, para la próxima Sesión de Tablas (Art. 116 Reglamento Interno) al siguiente expediente:

Nº 44010/06 y su Acum. 45157/07 -Proyecto de ley del diputado Petri y de la diputada Díaz, creando el Banco de Leche Humana Pasteurizada que funcionará en los hospitales públicos. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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21 (Expte. 45622)

RESOLUCIÓN Nº 204

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Apartarse del Reglamento a fin de permitir el ingreso al H. Cuerpo del siguiente expediente:

N° 45622 del 30-5-07 (H.S. 53471 29-5-07 –PE-) -Proyecto de ley venido en revisión del H. Senado, ratificando el Decreto Nº 1107/07 por el que se aprueba lo resuelto por la Comisión Asesora designada de acuerdo al Acta sobre gestiones de Solución Amistosa, de la causa Nº 11796 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos caratulada: “Mario Gómez Yardez Vs. Argentina”. Art. 2º - Dar tratamiento sobre tablas al expediente mencionado en el artículo anterior. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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22

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30 de mayo de 2007 -6ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 5ª Sesión de Tablas Pág. 87

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(Expte. 45622) RESOLUCIÓN Nº 205

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Aceptar la sanción del H. Senado de fecha 29-5-07, obrante a fs. 53/63 del Expte. 45622/07 -Proyecto de ley venido en revisión del H. Senado, ratificando el Decreto Nº 1107/07 por el que se aprueba lo resuelto por la Comisión Asesora designada de acuerdo al Acta sobre gestiones de Solución Amistosa, de la causa Nº 11796 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos caratulada: “Mario Gómez Yardez Vs. Argentina”. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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23 (Expte. 45636)

RESOLUCIÓN Nº 206

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Apartarse del Reglamento a fin de permitir el ingreso al H. Cuerpo del siguiente expediente:

N° 45636 del 30-5-07 -Proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, modificando el inciso 2) del Art. 49 de la Ley 6722 -Funcionamiento de los Cuerpos Policiales-. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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24 (Expte. 45636)

RESOLUCIÓN Nº 207

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Girar a la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales el Expte. 45636/07, proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, modificando el inciso 2) del Art. 49 de la Ley 6722 -Funcionamiento de los Cuerpos Policiales-. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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25 (Expte. 45372)

RESOLUCIÓN Nº 208

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Dar tratamiento sobre tablas al Expte. 45372/07. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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26 (Expte. 45372)

RESOLUCIÓN Nº 209

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Aceptar la sanción del H. Senado de fecha 8-5-07, obrante a fs. 13 del Expte. 45372/07 -Proyecto de ley venido en revisión del H. Senado, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación un predio perteneciente a Delfín

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30 de mayo de 2007 -6ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 5ª Sesión de Tablas Pág. 88

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Gregorio Casado, sito en el Distrito La Primavera, Departamento Tunuyán, donde actualmente se encuentra enclavado el vertedero municipal. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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27 (Exptes. 45633 y 45524)

RESOLUCIÓN Nº 210

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Apartarse del Reglamento a fin de permitir el ingreso al H. Cuerpo del siguiente expediente:

N° 45633 del 30-5-07 -Proyecto de resolución de las diputadas Pérez M. y de los diputados Pradines, Bauzá, Tornello y Bianchinelli, solicitando al fiscal de Estado estudie y dictamine respecto de la constitucionalidad del Decreto Nº 2760/06, reglamentario de la Ley 7480, así como de la Resolución Nº 309/06 que amplía el mismo. Art. 2º - Dar tratamiento sobre tablas a los Exptes. 45524/07 y 45633/07. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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28 (Exptes. 45443 y 43947)

RESOLUCIÓN Nº 211

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Acumular el Expte. 45443/07 al Expte. 43947/06.

Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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29 (Expte. 45319)

RESOLUCIÓN Nº 212

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar a las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; Economía, Energía, Minería e Industria y de Ambiente, Urbanismo y Vivienda, que en conjunto, den tratamiento al Expte. 45319/07, proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, concediendo a Potasio Río Colorado S.A., el uso especial de las aguas del río Colorado para uso industrial minero. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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30 (Expte. 45633)

RESOLUCIÓN Nº 213

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al fiscal de Estado estudie y dictamine respecto de la constitucionalidad del Decreto Nº 2760/06, reglamentario de la Ley 7480, así como de la Resolución Nº 309/06 que amplía el mismo. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

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30 de mayo de 2007 -6ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 5ª Sesión de Tablas Pág. 89

. Servidor H.C.D.D/Diario de Sesiones/ORD N° 06 del 30-05-07 (INDEMNIZACIÓN CASO GOMEZ YARDEZ)

PROVINCIA DE MENDOZA, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil siete. JORGE MANZITTI OMAR MARÍN Sec. Legislativo Presidente

31 (Exptes. 45589, 45590, 45616, 45617, 45602, 45585, 45587, 45599, 45600, 45601, 45632,

45624, 45621, 45619, 45630 y 45619) RESOLUCIÓN Nº 214

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Apartarse del Reglamento a fin de permitir el ingreso al H. Cuerpo de los siguientes expedientes:

Nº 45589 del 28-5-07 -Proyecto de resolución de la diputada Díaz, repudiando la decisión del Presidente Hugo Chávez de la República de Venezuela, de no renovar la concesión de Radio Caracas Televisión (RCTV), prestigioso medio periodístico de más de 50 años de trayectoria en el país.

Nº 45590 del 28-5-07 -Proyecto de resolución de la diputada Díaz, repudiando las amenazas de muerte recibida por el Director de L.V.8 Radio Libertador en virtud de haber expresado el poder hegemónico de la comunicación.

Nº 45616 del 29-5-07 -Proyecto de resolución de los diputados Petri y Ciurca, declarando de interés de esta H. Cámara la muestra fotográfica “Violencia Argentina 1980-2003”, de autoría del periodista gráfico Eduardo Longoni, a realizarse en la H. Legislatura el 31 de mayo de 2007, en marco de los festejos por el Bicentenario de Mendoza.

Nº 45617 del 26-05-07 -Proyecto de resolución de los diputados Marín, Arenas, Bianchinelli y Petri, declarando de interés de esta H. Cámara el 40ª Acto Académico de Agasajo a las Mejores Egresados de todas las Universidades de la Provincia, organizado por la Federación Argentina de Mujeres Universitarias, a realizarse el 9 de junio de 2007 en el Salón de Grado de la Universidad Juan A. Maza.

Nº 45602 del 29-5-07 -Proyecto de resolución del diputado Dalla Cia, solicitando a la Dirección General de Escuelas informe sobre el estado actual del edificio de la Escuela Nº 1-260 “Salvador Reta”, Distrito Algarrobo Grande, Departamento Junín.

Nº 45585 del 28-5-07 -Proyecto de

declaración de la diputada Pérez D., expresando el deseo que el Poder Ejecutivo realizara un censo sobre logros de aprendizaje en lengua y matemáticas en los niveles EGB 1, EGB 2 y Polimodal de la Provincia.

Nº 45587 del 28-5-07 -Proyecto de resolución de los diputados Ciurca, Piedrafita, Petri y Arenas, declarando de interés de esta H. Cámara el “Plan Integral de Seguridad Pública para la Provincia de Mendoza”, cuyo objeto es fijar los lineamientos y elevar propuestas para implementar políticas en materia de seguridad pública, con el fin de mejorar la calidad de vida de todos los habitantes.

Nº 45599 del 28-5-07 -Proyecto de resolución de los diputados Ciurca y Petri, declarando de interés de esta H. Cámara la participación y obtención del primer puesto en la Competencia Interamericana de Derechos Humanos, organizada por la American University College of Law, de las alumnas Romina Ronda y Analía Zanessi, estudiantes de la Facultad de Derechos de la UNC.

Nº 45600 del 28-5-07 -Proyecto de declaración de los diputados Ciurca y Petri, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo declarara de interés provincial la participación y obtención del Primer Puesto en la Competencia Interamericana de Derechos Humanos, organizada por la American University College of Law, de las alumnas Romina Ronda y Analía Zanessi, estudiantes de la Facultad de Derechos de la UNC.

Nº 45601 del 28-5-07 -Proyecto de declaración de los diputados Ciurca y Petri, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo declarara de interés provincial el “Plan Integral de Seguridad Pública para la Provincia de Mendoza, cuyo objeto es fijar los lineamientos y elevar propuestas para implementar políticas en materia de seguridad pública, con el fin de mejorar la calidad de vida de todos los habitantes.

Nº 45632 del 30-5-07 -Proyecto de resolución del diputado Gantus, solicitando a las autoridades del Ente Provincial del Agua y de Saneamiento, informe todos los puntos enunciados en la nota de los fundamentos, remitida por Carlos Marziali, integrante del subcomité científico técnico del comité consultor (Art. 13 de la Ley 6044).

Nº 45624 del 30-5-07 -Proyecto de resolución del diputado Recabarren, solicitando al Poder Ejecutivo, informe sobre la suspensión de las inversiones por parte de los diferentes operadores petroleros en la Provincia de Mendoza.

Nº 45619 del 30-5-07 -Proyecto de resolución de la diputada Lira Álvarez, solicitando al Ministerio de Gobierno informe sobre los expedientes iniciados de acuerdo a lo reglamentado

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30 de mayo de 2007 -6ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS – 5ª Sesión de Tablas Pág. 90

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por la Ley 7496.

Nº 45630 del 30-5-07 -Proyecto de resolución del diputado Ciurca, solicitando al Poder Ejecutivo informe sobre el número de cesanteados provinciales y municipales que presentaron en tiempo y forma los requisitos exigidos en la Ley 7496 para acceder a los beneficios indicados en la misma.

Nº 45621 del 30-5-07 -Proyecto de resolución del diputado Recabarren, solicitando al Poder Ejecutivo ponga en funcionamiento el centro de rehabilitación para chicos con discapacidad en el predio que tiene la DINAADyF, en Villa Hipódromo, Departamento Godoy Cruz. Art. 2º - Acumular el Expte. 45630/07 al Expte. 45619/07. Art. 3º - Dar tratamiento sobre tablas a los expedientes mencionados en el artículo anterior. Art. 4º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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32 (Expte. 45589)

RESOLUCIÓN Nº 215

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Repudiar enérgicamente la decisión del Presidente de Venezuela, Hugo Chávez, de no renovar la concesión de Radio Caracas Televisión, prestigioso medio periodístico de más de 50 años de trayectoria en ese país, para ocupar su señal con un canal estatal. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil siete. JORGE MANZITTI OMAR MARÍN Sec. Legislativo Presidente

33 (Expte. 45590)

RESOLUCIÓN Nº 216

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Repudiar las amenazas de muerte recibidas por el director de LV.8 Radio Libertador, en virtud de haber expresado el poder hegemónico de la comunicación. Art. 2º - Expresar la necesidad de plantear una profunda investigación para averiguar de dónde provienen dichas amenazas. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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34 (Expte. 45616)

RESOLUCIÓN Nº 217

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Declarar de interés de esta H. Cámara de Diputados la muestra fotográfica “Violencia Argentina 1980-2003”, de autoría del periodista gráfico Eduardo Longoni, que se realizará en el ámbito de la Legislatura Provincial, el 31 de mayo de 2007, en el marco de los festejos por el Bicentenario de Mendoza. Art. 2º - Remitir copia de la presente al Poder Ejecutivo, a fin de que considere la posibilidad de declarar la muestra mencionada de interés provincial. Art. 3º - Distinguir a Eduardo Longoni con un diploma en reconocimiento por retratar sucesos históricos en sus fotografías y mantener activa la memoria argentina. Art. 4º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil siete.

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35 (Expte. 45617)

RESOLUCIÓN Nº 218

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Declarar de interés de la H. Cámara de Diputados el 40ª Acto Académico de Agasajo a las Mejores Egresadas de todas las Universidades de la Provincia, organizado por la Federación Argentina de Mujeres Universitarias, a realizarse el sábado 9 de junio a las 10.30, en el Salón de Grado de la Universidad Juan A. Maza. Art. 2º - Remitir copia de la presente al Poder Ejecutivo, a fin de que considere la posibilidad de declarar de interés provincial al acto académico mencionado. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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36 (Expte. 45500)

RESOLUCIÓN Nº 219

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar a la Subsecretaría de Turismo que informe sobre la situación de la empresa de turismo Pizarro Expediciones (prestadora de la excursión accidentada en la Villa de Uspallata), en cuanto a las diferentes exigencias emanadas de los organismos competentes -Secretaría de Turismo de la Nación y esa Subsecretaría- y conforme a la Resolución de Turismo Aventura 492/96. Art. 2º - Asimismo, informe acerca de la competencia de este tipo de empresas para celebrar contratos de locación de rodados a particulares o entes oficiales, ajenos a la empresa, con el fin de tercerizar el servicio y de ser posible bajo qué exigencias y enmarcado en qué legislación.

Art. 3º - También informe, si el tipo de vehículo utilizado en la excursión se encuentra autorizado, según la Ley de Transporte 7480 (y su ampliatoria), para realizar este tipo de servicios. Art. 4º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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37 (Expte. 45537)

RESOLUCIÓN Nº 220

LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1 - Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial que informe sobre el 197º Aniversario de la Revolución de Mayo, realizado en el Anfiteatro Frank Romero Day, el 25 de Mayo del corriente año, lo siguiente:

a) Personal policial y civil afectado a la seguridad del acto realizado.

b) De haberse contratado seguros por accidentes, ya sean éstos contra bienes muebles, personas y/o bienes del Estado provincial y municipal, enumere Compañías Aseguradoras contratadas, monto de las pólizas y alcance de las coberturas.

c) Especifique gastos de la movilidad contratada (automóviles, traffics, colectivos, entre otros), afectados para el referido evento, explicitando: contratos realizados, seguros contratados, cantidad de móviles y el costo respectivo.

d) Cantidad de personas e importe de la contratación de promotores.

e) Costo de escenario, sonido, locución, papelería, afiches y otros gastos generados para la realización del referido acto.

f) Contratación de empresas con destino a la realización de comidas, informando: cantidad de viandas, lugar de entrega, control bromatológico de las mismas, y el costo respectivo.

g) Si hubo personal municipal, indicando de qué comuna, y/o personal de la administración central, afectados a la realización del evento, detallando el costo en personal, movilidad, comunicaciones y otros. Art. 2º - Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial, para que informe y detalle, de los gastos que serán

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soportados por el Erario Nacional, detallando a su vez los gastos de movilidad, alimentos, seguridad, transporte y otros, que demande la realización del festejo de los actos a realizarse en el Anfiteatro Frank Romero Day, por la conmemoración del 197º Aniversario de la Revolución de Mayo. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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38 (Expte. 45572)

RESOLUCIÓN Nº 221

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que la Dirección General de Escuelas, procediera a no aplicar la Resolución Nº 2702/06 del 20 de setiembre 2006 y la Circular Nº 14 del 8 de marzo de 2007, ya que modifican las incumbencias en el bono de puntaje 2005 del profesorado de la EGB 3 y Polimodal en psicología. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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39 (Expte. 45576)

RESOLUCIÓN Nº 222

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través del Ministerio que corresponda, eleve a esta H. Cámara, copia de los informes presentados por la Universidad Tecnológica Nacional y la Universidad Nacional de Cuyo, relacionados con el estudio de la Matriz Energética Provincial.

Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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40 (Expte. 45577)

RESOLUCIÓN Nº 223

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través del Ministerio que corresponda, informe sobre los siguientes puntos referidos al hotel de Potrerillos:

a) Causas de los fracasos de las tres (3) licitaciones efectuadas, y si las mismas fueron concurrentes.

b) Todo lo actuado desde la última adjudicación.

c) Perjuicio y responsabilidades emanadas por la falta de cumplimiento de las condiciones establecidas en los pliegos y decreto de adjudicación.

d) Accionar del actual Interventor designado por el Ministerio de Turismo, consignando gestiones realizadas, estado actual del edificio y parque aledaño, inventarios de bienes muebles y toda otra información que crea de interés para el conocimiento de la situación actual del hotel.

e) Acciones previstas y tiempo estimado necesario para su reapertura. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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41 (Expte. 45602)

RESOLUCIÓN Nº 224

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

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RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar a la Dirección General de Escuelas que informe sobre el estado actual del edificio, las instalaciones sanitarias, la provisión de agua potable, el estado general de las aulas, la actual provisión de los elementos de informática y el sistema de calefacción de la Escuela 1-260 “Salvador Reta”, Distrito Algarrobo Grande, Departamento Junín, todo en virtud de no contar a la fecha con respuestas a las notas presentadas en fecha 17 de abril de 2006, 25 de octubre de 2006 y 8 de enero de 2007 ante la Delegación Administrativa Regional Este, a la Dirección de Mantenimiento y Reparaciones de la Dirección General de Escuelas. Art. 2º - En virtud del tiempo transcurrido de las solicitudes indicadas en el artículo 1º, solicitamos que las respuestas se cursen en forma inmediata, atento a lo indicado por los plazos de ley, caso contrario se interpretará la carencia como la incursión en la falta a los deberes de funcionario público. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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42 (Expte. 45585)

RESOLUCIÓN Nº 225

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Escuelas, realizara un censo sobre logros de aprendizaje en lengua y matemáticas, en los niveles EGB 1, EGB 2 y Polimodal de la Provincia de Mendoza. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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43 (Expte. 45587)

RESOLUCIÓN Nº 226

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Declarar de interés de esta H. Cámara el “Plan Integral de Seguridad Pública para la Provincia de Mendoza”, diseñado por el Consejo Asesor de Políticas de Seguridad Pública, en base a los aportes y participación de la comunidad y sus diversos actores, funcionarios públicos municipales y provinciales, Comisión Bicameral de Seguridad, empresarios, profesionales, docentes, investigadores, representantes de organizaciones no gubernamentales y trabajadores, bajo la presidencia del Dr. Roberto Manuel Godoy Lemos y cuyo objetivo, es fijar los lineamientos y elevar propuestas para implementar políticas en materia de seguridad pública en la Provincia de Mendoza, con el fin de mejorar la calidad de vida de todos sus habitantes. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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44 (Expte. 45599)

RESOLUCIÓN Nº 227

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Declarar de interés de esta H. Cámara de Diputados la participación y obtención del Primer Puesto por parte de las alumnas Romina Ronda y Analía Zanessi, estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Cuyo, en la Competencia Interamericana de Derechos Humanos, organizada por la American University College of Law. Art. 2º - Entregar una distinción legislativa en la H. Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, reconociendo y premiando el esfuerzo y la dedicación de las participantes en tan prestigiosa competencia. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de

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Resoluciones del H. Cuerpo.

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45 (Expte. 45600)

RESOLUCIÓN Nº 228

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo declarara de interés provincial, la participación y obtención del primer puesto por parte de las alumnas Romina Ronda y Analía Zanessi, estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Cuyo, en la Competencia Interamericana de Derechos Humanos, organizada por la American University College of Law. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil siete. JORGE MANZITTI OMAR MARÍN Sec. Legislativo Presidente

46 (Expte. 45601)

RESOLUCIÓN Nº 229

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, declarara de interés provincial el “Plan Integral de Seguridad Pública para la Provincia de Mendoza”, diseñado por el Consejo Asesor de Políticas de Seguridad Pública, en base a los aportes y participación de la comunidad y sus diversos actores, funcionarios públicos municipales y provinciales, Comisión Bicameral de Seguridad, empresarios, profesionales, docentes, investigadores, representantes de organizaciones no gubernamentales y trabajadores, bajo la presidencia del Dr. Roberto Godoy Lemos, cuyo objetivo es fijar los lineamientos y elevar propuestas para

implementar políticas en materia de seguridad pública en la Provincia de Mendoza, con el fin de mejorar la calidad de vida de todos sus habitantes. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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47 (Expte. 45632)

RESOLUCIÓN Nº 230

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar a las autoridades del ente provincial del Agua y de Saneamiento, un informe detallado de todos los puntos enunciados en la nota de los fundamentos, remitida por Carlos Marziali, integrante del subcomité científico técnico del comité consultor (artículo 13º, Ley Nº 6044). Art. 2º - Remitir copia de la presente resolución con sus fundamentos al fiscal de Estado y asesor de Gobierno de la Provincia a los efectos de su dictamen. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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48 (Expte. 45624)

RESOLUCIÓN Nº 231

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo que informe y comunique, a través de la Subsecretaría de Medio Ambiente y la Subsecretaría de Energía, Minería e Hidrocarburos, la suspensión de las inversiones por parte de los diferentes operadores petroleros en la

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Provincia de Mendoza, debido a la falta o demora del informe que se debe realizar por estas secretarías para su correspondiente autorización, lo siguiente:

a) Tiempo límite que posee dicha Subsecretaría para emitir la autorización de los pozos petroleros, que exige todos los elementos para su apertura.

b) Causas de la demora en la autorización para el funcionamiento de los terrenos denominados locaciones en la Provincia de Mendoza.

c) Detalle de los mecanismos de control de las inversiones por parte de las operadoras petroleras y detalles de las inversiones realizadas por éstas durante los últimos dos años.

d) Detalle e informe del total de auditorias realizadas a cada operadora petrolera en toda la Provincia, durante los 2 últimos años.

e) Determinar como plazo de entrega del presente pedido de informe, 15 días hábiles después de haber sido aprobado en la H. Cámara. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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49 (Expte. 45621)

RESOLUCIÓN Nº 232

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo que por intermedio del Ministerio de Desarrollo Social, ponga en funcionamiento el Centro de rehabilitación para chicos con discapacidad que está ubicado en el predio que tiene la Dirección Provincial de la Niñez, Adolescencia, Ancianidad, Discapacidad y Familia (DINAADyF), en Villa Hipódromo, Departamento Godoy Cruz. Art. 2º - Asimismo, en caso de no realizarse lo manifestado en el artículo precedente, habilitara un Centro de rehabilitación sustituto o derivar a los pacientes a alguno que esté funcionando, a los efectos de no cortar los tratamientos de rehabilitación. Art. 3º - También, que presentara ante esta H. Cámara un informe detallado de los gastos

ocasionados por la puesta en funcionamiento del mencionado centro de rehabilitación y la razón de la demora de su apertura. Art. 4º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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50 (Exptes. 45619 y 45630)

RESOLUCIÓN Nº 233

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo para que, a través del organismo que corresponda, informe lo siguiente:

a) El número de cesanteados provinciales y municipales que presentaron en tiempo y forma los requisitos exigidos en la Ley 7496 para acceder a los beneficios indicados en la misma. b) El número de cesanteados provinciales y municipales que no accedieron al beneficio por presentar la documentación fuera de los plazos establecidos.

c) Si la suma de seis millones de pesos ($ 6.000.000) fue utilizada en su totalidad, y de no ser así, cuál fue el remanente.

Estado en que se encuentran los siguientes cesanteados:

Luis Enrique Lucero -Expte. 723 Carlos Fiorentini -Expte. 1287 Oscar Ramón Gomez -Expte. 2724 Ramón B. Martinez -Expte. 1014 Luis Raimundo -Expte. 1488 Sergio Miranda -Expte. 674 Alejandro W. Acuaro -Expte. 2716 Sadi Julia Yunes -Expte. 2771 Carlos Bonada -Expte. 1650 Blanca G. Bonil -Expte. 2720 Manuel Rincón -Expte. 1218 Ángela Ferreyra Carlos Delbono Antonio Cutrena Roberto Flores Cristina Caluru Carlos Olivera Hugo Orlando Ramos -Expte. 3909.

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Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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