Derecho civil Bienes -Ocupacion

7
¿QUE ES LA OCUPACION? Según El Art 685 C.C Por la ocupación se adquiere el dominio de las cosas que no pertenecen a nadie, y cuya adquisición no es prohibida por la ley o derecho internacional. Doctrina : La ocupación como modo originario crea la propiedad y no la transfiere, puesto que no se recibe de nadie. (Velásquez Jaramillo)

Transcript of Derecho civil Bienes -Ocupacion

Page 1: Derecho civil Bienes -Ocupacion

¿QUE ES LA OCUPACION? Según El Art 685 C.C Por la ocupación se adquiere el dominio de las cosas que no pertenecen a nadie, y cuya adquisición no es prohibida por la ley o derecho internacional.

Doctrina : La ocupación como modo originario crea la propiedad y no la transfiere, puesto que no se recibe de nadie. (Velásquez Jaramillo)

La ocupación como modo originario crea la propiedad y no la transfiere, puesto que no se recibe de nadie. (Velásquez Jaramillo)

Page 2: Derecho civil Bienes -Ocupacion

-MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO

- OCUPACION : ES UN MODO ORIGINARIO DE ADQUIRI EL DOMINIO DE LAS COSAS MUEBLES QUE A NADIE LE PERTENECE. Por ocupación solo se puede adquirir bienes muebles , 1 res nullius y 2 res derelicta . RES NULLIUS : COSA DE NADIE .RES DERELICTA : COSA ABANDONADA .APRENSION MATERIAL : La aprehensión puede ser real o presunta. Es real cuando el ocupante toma la cosa en su poder; es presunta cuando realiza actos que evidencian su actitud de adquirir aun cuando no la tenga físicamente en su pode

Page 3: Derecho civil Bienes -Ocupacion

LA OCUPACION.

EL ADQUIRIRENTE DEL DERECHO REAL NO TIENE VINCULO CON NADIE NO HAY UN ANTECESOR DE ESO QUE PASA A OCUPAR .

ORIGINARIO: Es el destinado por la ley para adquirir, en forma original, un derecho, por lo cual en él solo actúa la voluntad unilateralmente expresada del interesado, manifestada por el hecho de haberse colocado en determinadas circunstancias previstas en la misma ley. Tal sucede con la ocupación, la accesión y la prescripción, conforme a los términos del artículo 675 del Código Civil

Page 4: Derecho civil Bienes -Ocupacion

REQUISITOS PARA ADQUIRIR LA OCUPACION

1. QUE LA COSAS “MUEBLE” CAREZCA ACTUALMENTE DE DUEÑO2. APRENSION MATERIAL CON INTENCION DE ADQUIRIRLA 3 .QUE LA OCUPACION MATERIAL ESTE PERMITIDA POR LA LEY 4. ANIMUS Y CORPUS

Page 5: Derecho civil Bienes -Ocupacion

DIVISION DE LA OCUPACION

ANIMADA*CAZA*FAUNA SILVESTRE *PESCA

INANIMADA *COSAS PERDIDAS-TESOROS*LAS ESPECIES NAUFRAGAS *HALLAZGOS

Page 6: Derecho civil Bienes -Ocupacion

Ocupación inanimada Descubrimiento

de tesoros El descubrimiento de un tesoro es una especie de invención o hallazgo.Se llama tesoro la moneda o joyas u otros efectos preciosos que, elaborados por el hombre, han estado largo tiempo sepultados o escondidos, sin que haya memoria ni indicio de su dueño

Las especies naufragas

De acuerdo a los artículos 710 y 711 “son bienes muebles que se encuentran en el mar y en los caudales navegables como consecuencia de un naufragio

Cosas perdidas   Los artículos 704 y 705 del código civil establecen que  estas son cosas corporales que salen del patrimonio de una persona ya sea porque se perdieron o fueron olvidadas por su dueño, además estas presentan señales de dominio anterior.

Page 7: Derecho civil Bienes -Ocupacion

Ocupación Animada

CAZASegún el artículo 250 y ss del Decreto 2811 de 1974 la caza es “todo acto dirigido a la captura de animales silvestres ya sea dándoles muerte, mutilándolos o atrapándolos vivos, y a la recolección de sus productos

FAUNA SILVESTRE se entiende el conjunto de animales que no han sido objeto de domesticación, mejoramiento genético o cría y levante regular o que han regresado a su estado salvaje excluidos los peces y todas las demás especies que tienen su ciclo total de vida dentro del medio acuático

PESCA De acuerdo al artículo 671 del decreto 2811 de 1974 se entiende por pesca el aprovechamiento de cualquiera de los recursos hidrobiológicos o de sus productos mediante captura, extracción o recolección, agrega el artículo 270 que son recursos hidrobiológicos el conjunto de organismo animales y vegetales cuyo ciclo de vida de cumple totalmente en el medio  acuático, y sus productos