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1 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE ENTIDADES ESPECIALIZADAS EN LA IMPARTICIÓN DE CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD DE LA FAMILIA SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA LOCAL DE APOYO AL EMPLEO, COFINANCIADO POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Expediente nº 16/2015) I DISPOSICIONES GENERALES CLÁUSULA PRIMERA: Objeto del contrato El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares tiene por objeto la adjudicación a entidades especializadas y con acreditada experiencia en la impartición de formación, la realización de las actividades formativas conducentes a la obtención del módulo formativo del Certificado de Profesionalidad que se relaciona a continuación, acorde con su normativa reguladora, Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, el Real Decreto 189/2013, que lo modifica así como sus disposiciones de desarrollo: SSCS0208: ATENCIÓN SOCIOSANITARIA A PERSONAS DEPENDIENTES EN INSTITUCIONES SOCIALES o MF1018_2 Intervención en la atención sociosanitaria en instituciones - 70 Horas o MF1019_2 Apoyo psicosocial, atención relacional y comunicativa en instituciones 130 horas Total: 200 horas Deberá haber un número de 17 alumnos mínimo en el módulo. Para compensar posibles bajas de alumnos, se podrá admitir, a coste del licitador, un número mayor de alumnos, con un máximo de 20 alumnos siempre que no se supere la capacidad autorizada del aula acreditada por el Servicio Canario de Empleo en el correspondiente certificado de profesionalidad de cada lote del presente pliego. El 100% de estos alumnos deberá encontrarse sin empleo en el momento de iniciar la actividad formativa y al menos el 50% del alumnado, como mínimo, deberá pertenecer a alguno de los siguientes colectivos: personas desempleadas menores de 30 años, desempleados de larga

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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE ENTIDADES ESPECIALIZADAS EN LA

IMPARTICIÓN DE CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD DE LA FAMILIA SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA LOCAL DE APOYO AL

EMPLEO, COFINANCIADO POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO

Expediente nº 16/2015)

I DISPOSICIONES GENERALES

CLÁUSULA PRIMERA: Objeto del contrato

El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares tiene por objeto la adjudicación a entidades especializadas y con acreditada experiencia en la impartición de formación, la realización de las

actividades formativas conducentes a la obtención del módulo formativo del Certificado de Profesionalidad que se relaciona a continuación, acorde

con su normativa reguladora, Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, el Real Decreto 189/2013, que lo modifica así como sus disposiciones de

desarrollo: SSCS0208: ATENCIÓN SOCIOSANITARIA A PERSONAS

DEPENDIENTES EN INSTITUCIONES SOCIALES

o MF1018_2 Intervención en la atención sociosanitaria en

instituciones - 70 Horas

o MF1019_2 Apoyo psicosocial, atención relacional y comunicativa en

instituciones – 130 horas

Total: 200 horas

Deberá haber un número de 17 alumnos mínimo en el módulo. Para compensar posibles bajas de alumnos, se podrá admitir, a coste del licitador, un número mayor de alumnos, con un máximo de 20 alumnos

siempre que no se supere la capacidad autorizada del aula acreditada por el Servicio Canario de Empleo en el correspondiente certificado de

profesionalidad de cada lote del presente pliego.

El 100% de estos alumnos deberá encontrarse sin empleo en el momento

de iniciar la actividad formativa y al menos el 50% del alumnado, como

mínimo, deberá pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:

personas desempleadas menores de 30 años, desempleados de larga

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duración, personas desempleadas con cargas familiares, desempleados

mayores de 45 años u personas inactivas, lo cual habrá de acreditarse

mediante documento acreditativo de dicha condición por la oficina de

empleo o por certificado, en este último caso, de la vida laboral.

Los alumnos deberán cumplir una asistencia mínima del 80% de la

duración del curso.

La organización e impartición de las acciones formativas, que se desarrollarán de acuerdo a las condiciones técnicas de cada especialidad formativa, comprende las operaciones de puesta en marcha de la acción

formativa, la selección de participantes, la impartición, gestión y seguimiento de la formación, así como el suministro de cuanta

información fuere requerida por la contratante. Dicho programa deberá proporcionar a las personas participantes las competencias acreditadas y reconocidas en el módulo formativo que se relaciona en esta cláusula,

sujeto a sus condiciones técnicas.

El objeto de la presente licitación incluye la inserción laboral del número de alumnos recogidos en la cláusula 8.2 del Pliego de Cláusulas Técnicas, debiendo tener el contrato de trabajo una duración mínima de seis

meses. Además, el periodo de seis meses obligatorio para que se considere la inserción como exitosa tendrá que finalizar antes del 15 de

marzo del 2016. El licitador tiene la obligación de realizar la inserción laboral, acción que va unida indisolublemente con la formación recibida por los alumnos.

La ejecución del objeto del contrato deberá adecuarse a las

prescripciones técnicas anexas que tienen carácter contractual. CLÁUSULA SEGUNDA: Órgano de Contratación

El Órgano de Contratación es el compuesto por la Directora General, el

Director Financiero y el Tesorero de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Navegación y Servicios de Gran Canaria, conforme a las Instrucciones Internas de Contratación aprobadas por la Corporación.

El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente

contrato y en consecuencia, para interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo, y acordar su resolución,

determinando sus efectos, con sujeción a la normativa aplicable. CLÁSULA TERCERA: Régimen jurídico y jurisdicción

El artículo 2.1 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras

Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación configura a las Cámaras de Comercio, como Corporaciones de Derecho público, con

personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el

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cumplimiento de sus fines, y el régimen de contratación de la Cámara es

el propio de Derecho Privado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.2 de la citada Ley.

La contratación a realizar se califica como contrato de servicios de carácter privado, de conformidad con lo establecido en los artículo 10 y

20 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

La preparación y adjudicación de los contratos no sujetos a regulación armonizada, se rigen por las Instrucciones Internas de Contratación de la Corporación, aprobadas el 28 de febrero de 2013, estando adaptadas a

las modificaciones introducidas por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de

Contratos del Sector Público, habiendo sido modificado el artículo 4 en Pleno de fecha 31 de marzo de 2014.

Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse que afecten a la preparación y adjudicación de este contrato privado se resolverán en el

orden jurisdiccional civil conforme a lo establecido en el artículo 21.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Se resolverán igualmente en el orden jurisdiccional civil las cuestiones

litigiosas derivadas de la interpretación, modificación, resolución, cumplimiento y extinción del contrato.

Documentos Contractuales En relación con la ejecución del presente contrato, tendrán carácter contractual los siguientes documentos:

El presente Pliego de Cláusulas Administrativas. El Pliego de Prescripciones Técnicas. El Contrato La Oferta presentada por el contratista.

En caso de discrepancia entre lo recogido en algunos de los anteriores documentos, tendrá prioridad lo que se disponga en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

CLÁUSULA CUARTA: Capacidad para contratar

Podrán contratar con la Cámara de Comercio las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar,

no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

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La actividad de las empresas debe tener relación directa con el objeto del

contrato, según sus estatutos o reglas fundacionales, deben disponer de una organización con elementos materiales y personales suficientes para

la debida ejecución del contrato y contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.

Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea y

las restantes empresas extranjeras deberán asimismo acreditar capacidad de obrar.

Además, los licitadores deberán acreditar su solvencia, técnica,

económica y financiera, a través de los medios que se reseñan a continuación:

Solvencia económica y financiera, mediante alguno de los documentos

siguientes:

a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras. b) Las cuentas anuales presentada en el Registro Mercantil o Registro

oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar cuentas pueden aportar los libros de contabilidad legalizados.

c) Declaración sobre el volumen anual de negocios en el ámbito de

actividad al que se refiera el contrato, referido a los tres últimos ejercicios.

Solvencia técnica, aportando todos los documentos siguientes:

a) Declaración responsable de los principales servicios realizados en

los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos

efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto

privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.

b) Declaración responsable indicando las titulaciones académicas y experiencia profesional y docente de la empresas y del personal responsable de la ejecución del contrato

c) Declaración responsable indicando las titulaciones académicas y experiencia del personal directivo de la empresa

d) Declaración responsable en la que se indiquen las instalaciones, medios, material y equipamiento que se dedicarán para la ejecución del contrato.

Al margen de acreditar su solvencia, los licitadores deberán asumir el

compromiso de adscribir a la ejecución del contrato las instalaciones, medios personales y materiales suficientes para llevarla a cabo

adecuadamente.

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CLÁUSULA QUINTA: Presupuesto base de licitación

El presupuesto máximo del contrato asciende a la cantidad de TREINTA Y CUUATRO MIL EUROS (34.000,00 €).

La oferta formulada deberá comprender la totalidad de los costes directos e indirectos precisos para la impartición de la formación, tales como

desplazamientos, material didáctico, aulas, y costes sociales y tributarios, que se requieran para la realización de las prestaciones incluidas en el contrato, y aquellas que la adjudicataria haya establecido en su oferta.

CLÁUSULA SEXTA: Revisión de precios

Dadas las características del contrato y el periodo de ejecución, el precio de la presente contratación no tendrá revisión de precios.

CLÁUSULA SÉPTIMA: Duración del contrato. Plazo de Duración

Las obligaciones del contratista respecto del objeto del contrato se extenderán hasta el día 16 de marzo de 2016, dado el compromiso de

inserción, si bien la impartición de la formación deberá estar finalizada a 15 de agosto de 2015.

El plazo de la ejecución de la formación podrá ser ampliado por quince

días.

II

ADJUDICACION DEL CONTRATO

CLÁUSULA OCTAVA: Procedimiento de adjudicación

A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de contratación,

el valor estimado de la contratación asciende a la cantidad de treinta y cuatro mil euros.

El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto, tomando como base los criterios de adjudicación que se detallan en la siguiente clausula.

CLAUSULA NOVENA: Criterios de adjudicación

Los criterios, con su correspondiente ponderación de puntuación que han de servir de base para la adjudicación del contrato, son los siguientes:

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En caso de igualdad entre dos o más proposiciones, desde el punto de vista de los criterios objetivos, tendrá preferencia en la adjudicación la empresa que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, se

encuentre en alguna de las circunstancias siguientes:

a) Que, empleando a menos de cincuenta trabajadores, cuente en su plantilla con un número de trabajadores fijos discapacitados no inferior al

2%.

b) Que, empleando a cincuenta o más trabajadores, cuente en su plantilla con un número de trabajadores fijos discapacitados superior al 2%.

c) Que, empleando a cincuenta o más trabajadores y encontrándose en

alguno de los supuestos de excepcionalidad previstos en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, cuente en su

plantilla con un número de trabajadores fijos discapacitados no inferior al 2%, siempre que tales circunstancias de excepcionalidad hayan sido debidamente declaradas por el Servicio Público de Empleo competente.

Procedimiento de Evaluación de las Proposiciones:

La valoración de las ofertas se realizará de acuerdo con el siguiente procedimiento:

En primer lugar, se realizará la evaluación de las ofertas respecto a los

criterios señalados con los números 2.1 a 2.6., que no se pueden valorar mediante la aplicación de fórmulas aritméticas.

A tal efecto, se seguirá el siguiente procedimiento:

CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PUNTOS

1. CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA POR APLICACIÓN DE FÓRMULA

55

1.1. Precio del Servicio 30

1.2. Mejoras Ofertadas 25

2. CRITERIOS NO EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA 45

2.1. Instalaciones 10

2.2. Personal docente 10

2.3. Personal no docente 9

2.4. Evaluación 6

2.5. Programación 5

2.6. Metodología 5

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1º.- Todas las ofertas serán valoradas de mejor a peor respecto a dichos criterios, en función de sus características y de su comparación con el

resto de las ofertas, teniendo en cuenta su mayor adecuación a la mejora y perfeccionamiento de la ejecución del objeto del contrato. El resultado de dicha valoración deberá ser argumentado y justificado en el informe

de valoración.

2º.- A la que se considere mejor oferta respecto de un criterio se le asignará el valor 10, al que corresponderá el máximo de los puntos de ponderación correspondiente a dicho criterio.

3º.- Al resto de las ofertas se les asignará un valor de cero a diez,

otorgándoles, en consecuencia, los puntos de ponderación que proporcionalmente les correspondan por su diferencia con la mejor oferta, de acuerdo con la siguiente fórmula: P=(pm*O)/10, donde "P"

es la puntuación a obtener, "pm" es la puntuación máxima del criterio de que se trate, "O" será la valoración sobre 10 asignada a la oferta

que se está puntuando, y "10" es la valoración correspondiente a la mejor oferta.

En un acto posterior, el órgano de contratación realizará la

valoración de las ofertas respecto a los restantes criterios

evaluables en cifras o porcentajes.

Obtenida la valoración de las ofertas respecto de dichos criterios, se

asignará a cada una de ellas los puntos de ponderación

correspondientes a cada criterio, asignándole a la mejor oferta el

máximo de los puntos correspondientes al criterio de que se trate.

A las ofertas siguientes en el orden de prelación de cada criterio, se les

asignarán los puntos que proporcionalmente correspondan por su

diferencia con la mejor oferta, de acuerdo con la siguiente fórmula:

P=(pm*mo)/O, o bien P=(pm*O)/mo, según se trate,

respectivamente, de proporción inversa o proporción directa con la

mejor oferta, (donde "P" es la puntuación, "pm" es la puntuación

máxima, "mo" es la mejor oferta y "O" es el valor cuantitativo de la

oferta que se valora).

Obtenida la puntuación de todas las ofertas respecto a cada uno de

los criterios, se sumará la puntuación total de cada una de ellas, resultando seleccionada la que obtenga mayor puntuación.

En caso de producirse empate en la puntuación final, la adjudicación recaerá en la oferta que en su conjunto se considere más beneficiosa,

teniendo en cuenta el orden de prelación de los criterios de adjudicación y la ponderación de su incidencia en la valoración de las

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ofertas empatadas, así como el criterio preferencial para las empresas

con trabajadores fijos discapacitados, antes expuesto.

En la valoración de los criterios se tendrán en consideración los

siguientes aspectos:

CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA POR

APLICACIÓN DE FÓRMULAS:

1 . 1 . PRECIO DEL SERVICIO: 30 puntos.

Descartándose aquellas ofertas en las que se aprecien bajas

desproporcionadas, entendiendo como tales aquellas ofertas que

excedan a la baja de un c inco por c ien to (5%) de l p rec io

máx imo de l i c i tac ión .

1.2. MEJORAS OFERTADAS: 25 puntos.

El licitador podrá ofertar aquellas mejoras que mejoren sustancialmente la oferta, pudiendo consistir, entre otras, en: - Medidas de refuerzo y atención al alumnado con necesidad específica de apoyo. - La propuesta de actividades complementarias - Herramientas didácticas Estas mejoras deberán detallarse y cuantificarse económicamente de forma independiente, a precio de mercado, indicando, además, cual es el valor añadido que aporten al certificado a impartir. Las mejoras relacionadas con medios humanos a aportar, deberán ir cuantificadas con el número de horas y atendiendo al precio de la hora del profesional correspondiente según convenio colectivo, y las mejoras relacionadas con materiales y fungibles por sus costes unitarios debiendo presentarse, en caso de que ello sea posible, factura pro forma.

CRITERIOS N O EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA POR

APLICACIÓN DE FÓRMULAS:

2.1. INSTALACIONES. 10 puntos

La entidad deberá contar con un número de instalaciones adecuado y

suficiente para cumplir con los objetivos del contrato.

Se deberá aportar una memoria de todas las instalaciones e

infraestructuras con las que cuenta la entidad adscritas a la ejecución de

este contrato.

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2.2. PERSONAL DOCENTE. 10 puntos

Se debe indicar a todo el personal docente con el que cuenta la entidad

para participar directamente en la ejecución del contrato.

En el caso del personal docente, se valorarán aquellos aspectos que

ofrezcan un valor añadido a los requisitos mínimos de formación

y experiencia exigida por el certificado de que se trate.

Se debe cuantificar y detallar para cada uno de los docentes, la titulación,

la formación complementaría, la formación en metodología didáctica, la

experiencia profesional y la experiencia didáctica en el certificado a

impartir (la experiencia se debe presentar cuantificada en meses).

2.3. PERSONAL NO DOCENTE. 9 puntos

La entidad deberá contar con un equipo humano suficiente para

la ejecución del proyecto. Se debe aportar una memoria de los

recursos humanos con los que cuenta la entidad y de ellos, los que

pone a disposición para la gestión y ejecución del contrato,

distinguiendo entre:

2.3.1.- RESPONSABLE / COORDINADOR Se valorará la existencia de un responsable o coordinador de la ejecución de la formación en general.

Se debe cuantificar y detallar para cada uno de estos recursos humanos, la titulación, formación y experiencia (experiencia cuantificada en meses), así como las funciones que realizan

2.3.2.- PERSONAL DE APOYO / GESTOR DE FORMACIÓN

Entendemos por personal de apoyo el personal que realiza tareas de

administración y de gestión, proveedores, gestión captación de

alumnos, atención al público, recibiendo, registrando, transmitiendo

información y documentación.

Se debe cuantificar y detallar para cada uno de estos recursos

humanos, la titulación, formación y experiencia (experiencia

cuantificada en meses), así como las funciones que realizan.

2.4. EVALUACIÓN. 6 Puntos

Se valorarán los criterios e instrumentos de evaluación

planteados, así como su adecuación a los contenidos

formativos. Se valorará el nivel de evaluación que se va a realizar

y el desarrollo de los mecanismos de seguimiento y control que

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se van a emplear valorando si se describe por cada opción elegida:

quién es el responsable del proceso o del desarrollo de la evaluación,

en qué plazos o momentos se lleva a cabo cada fase, y las

herramientas o pruebas creadas o utilizada para realizar el proceso. 2.5. PROGRAMACIÓN. 5 Puntos

Se valorará la presentación de la programación de la oferta, con

indicación expresa del contenido a impartir, objetivos a alcanzar por módulo formativo y la temporización de los contenidos diarios,

distribuidos en horas teóricas y prácticas. 2.6. METODOLOGÍA. 5 Puntos Se valorará el detalle de la metodología utilizada en el desarrollo de la acción formativa tanto en la parte teórica como práctica. La metodología es el conjunto de técnicas y medios utilizados en la impartición de una acción formativa, es decir, la forma en que el formador da conocer el contenido de la misma. El desarrollo de la metodología debe ser apropiado al nivel de dificultad de la formación a impartir.

CLAUSULA DECIMA: Garantía provisional

Los licitadores no deberán constituir garantía provisional.

CLAUSULA UNDECIMA: Plazo y presentación de proposiciones

Las proposiciones y la documentación complementaria se presentarán en la forma indicada en los apartados siguientes, en el lugar y plazo señalado en el anuncio de licitación.

Las solicitudes deberán presentarse en el registro de la sede de la

Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Gran Canaria, en la calle León y Castillo, número 24, 1ª planta, 35003, Las Palmas de Gran Canaria.

Transcurrido este plazo, sin haberse recibido la oferta con la

correspondiente documentación, ésta no será admitida en ningún caso.

En caso de que el licitador envíe su solicitud de participación por correo,

deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos

y anunciar al Órgano de Contratación la remisión de la solicitud mediante

fax (únicamente habilitado el fax número 928 43 37 51) antes de las 14

horas del último día del plazo. Sin la concurrencia de ambos requisitos o

si la comunicación de la remisión es recibida con posterioridad al plazo

máximo fijado en esta cláusula, la solicitud de participación en cuestión

no será admitida. Transcurridos, no obstante, tres (3) días naturales

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siguientes al indicado plazo sin haberse recibido por la Cámara la

solicitud de participación, ésta no será admitida en ningún caso.

Los licitadores podrán presentar sus proposiciones utilizando el modelo

que consta en el Anexo I del presente Pliego.

CLÁUSULA DUODÉCIMA: Solicitud de participación en el

expediente de contratación. Ofertas: Contenido necesario Los licitadores deberán presentar, ante el Registro de la Cámara, dentro

del plazo máximo previsto, sus ofertas (que podrán presentar conforme al modelo que se adjunta), y que, además, de contener toda la

información solicitada, se deberán atener a lo siguiente:

- La oferta deberá señalar expresamente un único domicilio válido a

efecto de notificaciones en este procedimiento de contratación, así como una dirección de correo electrónico a tal efecto.

- Cada licitador solo podrá presentar una propuesta, que deberá ser determinada y concreta, sin incluir opciones o alternativas. Tampoco podrá un licitador suscribir ninguna propuesta en unión

temporal con otros si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará

lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. - Mediante la presentación de la oferta, el licitador aceptará

incondicionalmente todas las clausulas del Pliego de Cláusulas

Administrativas Particulares y Técnicas correspondientes y quedará vinculado a lo establecido en su oferta.

En la oferta el licitador deberá además acreditar que:

- Es titular de los derechos, autorizaciones y poderes necesarios para el desarrollo y ejecución del objeto del contrato.

- Se encuentra al día en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. Además, el licitador deberá estar al día en el recurso cameral permanente de las cuotas emitidas hasta su

derogación. - No se encuentra incurso en litigio en cuanto a derechos de uso,

licencias, patentes, utilización de marcas o nombres comerciales, u otro tipo de propiedades industriales o intelectuales.

- Se compromete a subsanar, por su cuenta y riesgo, los errores y/o

defectos que sean imputables a su actuación, sin cargo alguno para la Cámara.

Las ofertas serán secretas, y se presentarán en TRES SOBRES cerrados y

firmados por el licitador o por quien le represente (lo que acreditará mediante poder bastante y suficiente), y acompañando hoja independiente en la que conste el contenido de cada uno de ellos.

En cada uno de los tres sobres, deberá señalarse:

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La referencia del procedimiento (“EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN PARA LA LICITACION MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DE ENTIDADES

ESPECIALIZADAS EN LA IMPARTICIÓN DE CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD DE LA FAMILIA SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA LOCAL DE

APOYO AL EMPLEO, COFINANCIADO POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO”, expediente nº 16/2015).

1. El nombre del participante.

2. Su dirección, teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico

a efectos de notificaciones y comunicaciones.

En los tres sobres deberá constar, respectivamente, la siguiente mención:

En el sobre número 1: "DOCUMENTACIÓN GENERAL”, expediente nº

16/2015, conteniendo un ejemplar de la documentación).

En el sobre número 2: “PROPOSICIÓN TÉCNICA RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN NO EVALUABLES MEDIANTES CIFRAS O

PORCENTAJES”, expediente nº 16/2015, (conteniendo un juego de documentación).

En el sobre número 3: "PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES MEDIANTE CIFRAS O PORCENTAJES”,

expediente nº 16/2015, (Conteniendo dos ejemplares en papel)

En el SOBRE 1 se recogerá la siguiente DOCUMENTACIÓN GENERAL:

- Fotocopia del DNI en caso de empresario individual. - Fotocopia de escritura o documento de constitución, en caso de ser

persona jurídica, fotocopia del DNI del representante de la empresa y en este caso fotocopia del documento donde obre su representación.

- Preceptiva licencia fiscal para la realización de la actividad. - Alguno de los documentos admitidos para justificar los requisitos

de solvencia económica o financiera. - Los documentos exigidos para justificar la solvencia técnica o

profesional.

- Declaración responsable de no estar el licitador incurso en prohibición de contratar (conforme al Anexo II).

- Declaración por la que se compromete a subsanar, por su cuenta y riesgo, los errores y/o defectos que sean imputables a su actuación, sin cargo alguno para la Cámara (Anexo II).

- Declaración de no encontrarse incurso en litigio en cuanto a derechos de uso, licencias, patentes, utilización de marcas o

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nombres comerciales, u otro tipo de propiedades industriales o

intelectuales (Anexo II). - Compromiso de adscribir a la ejecución del contrato las

instalaciones y los medios materiales y humanos adecuados para llevar a cabo la contratación. (Anexo II)

- Certificados de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias y

frente a la Seguridad Social.

La documentación deberá ser original o estar debidamente compulsada. En el SOBRE 2 se recogerá la DOCUMENTACIÓN TÉCNICA RELATIVA A

LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN NO EVALUABLES MEDIANTES CIFRAS O PORCENTAJES.

La documentación deberá ser original o estar debidamente compulsada.

Y en el SOBRE 3 se recogerán la PROPOSICION ECONOMICA Y LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES MEDIANTE CIFRAS O

PORCENTAJES (pudiendo utilizarse en cuanto a la oferta del precio, el modelo que se adjunta como Anexo III). CLÁUSULA DECIMOTERCERA: Apertura de proposiciones. Apertura y Calificación de Sobres Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se calificarán, previamente a la valoración de las ofertas, los documentos presentados en tiempo y forma por las empresas interesadas. A estos efectos, el Responsable del contrato ordenará la apertura del Sobre 1. La documentación aportada será calificada por el Responsable del contrato, con la asistencia del Departamento Jurídico y del Financiero, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no sea considerada bastante. El acto de apertura de los sobres 2 y 3 se efectuará en la fecha prevista por el responsable del contrato, quien iniciará el estudio técnico de las proposiciones admitidas. El responsable del contrato podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del procedimiento de contratación. CLÁUSULA DECIMOCUARTA: Subsanación de errores Si, antes de la apertura del Sobre 2, el responsable del contrato observare en la documentación defectos materiales subsanables en la documentación presentada por alguno de los ofertantes, concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el interesado subsane el error bajo apercibimiento de su exclusión definitiva si, en el plazo concedido, no lo lleva a cabo.

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En el supuesto del citado requerimiento, el candidato deberá presentar la documentación requerida en el citado plazo en la sede de la Cámara de Comercio de Gran Canaria (Calle León y Castillo, número 24, 1ª planta, 35003, Las Palmas).

CLAUSULA DECIMOQUINTA: Apertura de sobres y adjudicación.

El órgano de contratación una vez calificada la documentación del sobre 1 y realizadas en su caso las subsanaciones o aclaraciones, procederá a

celebrar en acto público, en el lugar y hora señalados en el anuncio de licitación, la apertura de los sobres número 2 de los licitadores.

En primer lugar, se dará cuenta a los asistentes de las proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la

calificación de la documentación general, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de exclusión, invitando a los

asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas que serán reflejadas en el acta.

A continuación se procederá a la apertura de los sobres número 2 de los licitadores admitidos, dando lectura a la relación de los documentos

aportados respecto a los criterios de adjudicación a que se refiere el citado sobre.

Concluida la apertura de los sobres, se invitará a los licitadores asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas que serán

reflejadas en el acta. A continuación se dará por concluido el acto público.

Realizada por el Órgano de Contratación la evaluación de los criterios del

sobre 2, y tras solicitar los informes técnicos que estime pertinentes, se notificará por correo electrónico a los interesados el lugar, fecha y hora en que se celebrará la apertura de los sobres 3. La convocatoria deberá

realizarse con una antelación mínima de dos días naturales, debiendo publicarse, con la misma antelación en el perfil del contratante.

Iniciado el acto público, se dará cuenta del resultado de la evaluación relativa a las proposiciones contenidas en el sobres 2, invitándose a los

licitadores asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas que serán reflejadas en el acta.

Seguidamente, se procederá a la apertura de los sobres 3 de los

licitadores admitidos, dando lectura a la oferta económica y a la relación de documentos aportados respecto de los demás criterios de adjudicación evaluables mediante cifras o porcentajes.

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Concluida la apertura de las proposiciones, se invitará a los invitándose a

los licitadores asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas que serán reflejadas en el acta.

A continuación se dará por concluido el acto público.

El Órgano de Contratación, tras solicitar, en su caso, los informes

técnicos que estime oportunos, dictará resolución de adjudicación, que

incluirá la ponderación de los criterios señalados en este Pliego.

La adjudicación deberá notificarse a los licitadores y publicarse en el

perfil del contratante de la página web de la Cámara.

CLAUSULA DECIMOSEXTA: Garantía Definitiva

El licitador o licitadores que hayan resultado adjudicatarios deberán constituir y presentar, antes del 15 de septiembre de 2015, Aval bancario

a favor de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Gran Canaria, por un importe igual al del precio del

contrato y por una duración de hasta el día 15 de abril de 2016, inclusive, para responder de la inserción laboral a la que se han obligado y resto de las obligaciones que le competen y que se relacionan en este

Pliego y en el Pliego de Condiciones Particulares.

Si el número de alumnos que finalizan el certificado es inferior al exigido,

si su perfil no se ajusta a lo previsto en la clausula decimonovena de este

Pliego (también especificado en el Pliego de Condiciones Particulares), si

el alumno no finaliza el 80% mínimo de la formación, si se incumple el

número mínimo de alumnos insertados, si el adjudicatario no presenta la

totalidad de la documentación que le exija la Cámara o si se produce

cualquier otra causa imputable o no al licitador que impida la justificación

del proyecto en la parte que le corresponda al adjudicatario, la Cámara

calculará el importe que deberá devolver el adjudicatario en proporción a

sus incumplimientos.

El adjudicatario deberá reintegrar dicha cantidad en la cuenta que le

indique la Contratante en el plazo que, asimismo, se le establezca y que

no será inferior a quince días a contar desde el requerimiento.

No se producirá la devolución del aval bancario hasta que se produzca

dicho reintegro, pudiendo ser ejecutado el aval en la proporción que se

corresponda con el incumplimiento.

Se acompaña a este Pliego, como Anexo IV, modelo de aval al que se

deberá ajustar el presentado por el adjudicatario.

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CLAUSULA DECIMOSÉPTIMA: Retirada de la oferta en la

adjudicación

Cuando no proceda la adjudicación del contrato al licitador que hubiese resultado propuesto como adjudicatario por no suscribir el contrato, se entenderá que el licitador retira su oferta, el Órgano de Contratación

podrá realizar una nueva propuesta de adjudicación al licitador o licitadores siguientes por el orden en que sus ofertas hayan quedado

clasificadas.

III

EL CONTRATO

CLÁUSULA DÉCIMOOCTAVA: Formalización del contrato

El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo de cinco días

naturales siguientes a la notificación de la adjudicación, el documento de

formalización del contrato, al que se unirá su oferta y los pliegos de

prescripciones administrativas y técnicas debidamente firmados.

CLÁUSULA DECIMONOVENA: Forma de pago

El pago del precio se realizará una vez finalizada y justificada la

impartición de los cursos, presentada la totalidad de los contratos de

trabajo recogidos en la cláusula 8.2 del Pliego Técnico y previa entrega

del aval recogido en la cláusula decimosexta.

A dichos efectos, el contratista deberá presentar memoria justificativa en

la que conste y se acredite documentalmente lo siguiente:

- La impartición del curso a un número mínimo de 17 alumnos que,

además cumplan los siguientes requisitos:

a) Que el 100% de estos alumnos se encontraba sin empleo en el

momento de iniciar la actividad formativa.

b) Acreditación de que al menos el 50% del alumno pertenece a

alguno de los siguientes colectivos: personas desempleadas

menores de 30 años, desempleados de larga duración,

personas desempleadas con cargas familiares, desempleados

mayores de 45 años u personas inactivas, lo cual habrá de

acreditarse mediante documento acreditativo de dicha condición

por la oficina de empleo o por certificado, en este último caso,

de la vida laboral.

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c) Acreditación, mediante certificados de asistencia, suscritos por

los alumnos en el que conste una asistencia mínima del 80% de

la duración del curso.

- Copia de los contratos de trabajo

- Aval bancario previsto en la cláusula decimosexta

- Toda aquella relacionada con el objeto de este Pliego que le sea

requerida por la contratante.

Una vez presentada esta documentación, se procederá en el plazo de un

mes al pago del importe total del precio del contrato. El pago se realizará

contra factura expedida de conformidad con la normativa vigente.

CLAUSULA VIGESIMA: Subcontratación

El contratista no podrá subcontratar con terceros la ejecución del

contrato.

CLAUSULA VIGESIMOPRIMERA: Comisión de Seguimiento

Se creará una comisión de seguimiento de tres (3) miembros de Cámara

Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Gran Canaria, que podrá

estar asistida por personal técnico de la Corporación, que velará por el

correcto desarrollo del presente proyecto, pudiendo el adjudicatario

solicitar su convocatoria ante posibles controversias o alteraciones,

incidencias, etc. en la ejecución del servicio. Esta Comisión, asimismo,

podrá requerir al adjudicatario información sobre el seguimiento de los

cursos y de la inserción laboral, así como requerirle cualquier

documentación que precise para la justificación de la correcta ejecución

del programa.

CLAUSULA VIGESIMOSEGUNDA: Protección de datos y

Confidencialidad

En atención a lo dispuesto en el artículo 5 de la LOPD, la Cámara de

Comercio de Gran Canaria informa que los datos personales aportados para la licitación contenida en el presente Pliego, pasarán a formar parte

de un fichero responsabilidad de esta entidad denominado proveedores, siendo tratados de acuerdo con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

La finalidad de dicho fichero es llevar a cabo las gestiones necesarias para

dar satisfacción al procedimiento de licitación establecido legalmente con el objeto de proceder a su tramitación, adjudicación y posterior contratación, en su caso, así como respecto a las circunstancias que para

las mismas y de las mismas se deriven necesarias, incluidas en su caso, las de facturación, gestión de pagos y contabilidad.

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Los licitadores podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que les asisten respecto a sus datos de carácter

personal de conformidad con lo dispuesto en los arts.23 y siguientes del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de

Carácter Personal (RLOPD).

Asimismo, con objeto de conceder las máximas facilidades para la formulación de sus peticiones, la Cámara de Comercio de Gran Canaria ha ubicado a su disposición formularios de ejercicio de dichos derechos en los

respectivos Servicios o Áreas de esta entidad.

En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, LOPD), el adjudicatario se obliga a respetar todas las obligaciones que pudieran

corresponderle con arreglo a las disposiciones de la misma, y cualquier otra disposición o regulación complementaria que le fuera igualmente

aplicable, y en particular, si tuviera la condición de encargado por cuenta de terceros, lo indicado en su artículo 12, referido al Acceso a datos por cuenta de terceros. En este último supuesto, además, deberán tenerse en

cuenta las previsiones contenidas en los arts. 20-22 y 82 del RLOPD.

Asimismo, si el servicio a adjudicar incluye la elaboración, desarrollo o realización de productos software destinados al tratamiento automatizado

de datos personales, de igual forma, se deberá cumplir lo dispuesto en la Disposición Adicional Única del RDLOPD.

En virtud de la citada normativa, el adjudicatario se compromete a custodiar la información que le sea proporcionada por la Cámara de

Comercio de Gran Canaria con las debidas condiciones de seguridad y protección contra terceras personas y dentro de las normas de seguridad existentes, especialmente las contenidas en el RLOPD.

El adjudicatario quedará expresamente obligado a mantener absoluta

confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá reproducir total o parcialmente, o utilizar con fin

distinto al que figura en este Pliego, ni divulgarlos, transferirlos, o de cualquier forma comunicarlos, ni siquiera para su conservación, a otras

personas. El adjudicatario quedará igualmente obligado al cumplimiento de las

medidas técnicas de seguridad que correspondan al nivel de seguridad exigido respecto a los datos de carácter personal que en este caso tienen

nivel básico y siempre siguiendo las instrucciones dictadas al efecto por la Cámara de Comercio de Gran Canaria.

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El adjudicatario sólo permitirá el acceso a los datos a aquellos de sus

empleados que tengan la necesidad de conocerlos para la prestación del servicio, debiendo informarle de las medidas adecuadas de seguridad y

confidencialidad. De conformidad con lo dispuesto en el art.10 de la LOPD, las obligaciones

de confidencialidad establecidas en el presente documento tendrán una duración indefinida, manteniéndose en vigor con posterioridad a la

finalización, por cualquier causa, de la relación entre la Cámara de Comercio de Gran Canaria y el adjudicatario.

CLÁUSULA VIGÉSIMOTERCERA: Calendario Previsto

Fecha de publicación: 19 de mayo de 2015 Fecha límite de recepción de ofertas: 1 de junio de 2015 Fecha de apertura del Sobre Dos: 8 de junio de 2015

Fecha tope de adjudicación del contrato: 30 de junio de 2015

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ANEXOS AL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS

PARTICULARES DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE ENTIDADES ESPECIALIZADAS EN LA IMPARTICIÓN DE

CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD DE LA FAMILIA SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA LOCAL DE APOYO AL EMPLEO, COFINANCIADO POR

EL FONDO SOCIAL EUROPEO.

ANEXO I: Modelo de presentación de oferta

ANEXO II: Modelo de declaración responsable

ANEXO III: Modelo de oferta económica

ANEXO IV: Modelo de Aval

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ANEXO I MODELO DE PRESENTACIÓN DE OFERTA

Don/Dña ........................... , con D.N.I. núm. . ... , mayor de edad, en

nombre y

representación de …………………………….con C.I.F núm…………..y domicilio en

………………………………………………, en su calidad de……………………………….,

Declara que es conocedor/a del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares

y del Pliego de Prescripciones Técnicas que ha de regir la “CONTRATACIÓN DE

ENTIDADES ESPECIALIZADAS EN LA IMPARTICIÓN DE CERTIFICADOS DE

PROFESIONALIDAD DE LA FAMILIA SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA

COMUNIDAD, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA LOCAL DE APOYO AL

EMPLEO, COFINANCIADO POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO”, según

procedimiento aprobado por ésta, y aceptando íntegramente el contenido de los

mismos:

a) Manifiesta su interés en participar, como licitador en el citado procedimiento.

b) Presenta la documentación exigida por el Pliego de Cláusulas Administrativas,

en TRES sobres cuyo contenido es el siguiente:

Sobre número 1: "DOCUMENTACIÓN GENERAL”, expediente nº 16/2015.

[Índice del Sobre 1]

Sobre número 2: “PROPOSICIÓN TÉCNICA RELATIVA A LOS CRITERIOS

DE ADJUDICACIÓN NO EVALUABLES MEDIANTE CIFRAS O

PORCENTAJES””, expediente nº 16/2015. [Índice del Sobre 2]

Sobre número 3: "PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y CRITERIOS DE

ADJUDICACIÓN EVALUABLES MEDIANTE CIFRAS O PORCENTAJES”,

expediente nº 16/2015. [Índice del Sobre 2]

c) Solicita que se tenga por presentada dicha documentación y por reconocida la

condición de participante en este proceso de selección a [él mismo / a la

sociedad …].

En …, a … de … de …

[Firma]

Datos de contacto:

—Teléfono y fax:

—Dirección:

—Correo electrónico:

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ANEXO II

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE

Don/ña ........................... , con D.N.I. núm. . , mayor de edad, en

nombre y representación de …………………………….con C.I.F núm…………..y

domicilio en ………………………………………………, en su calidad

de……………………………….,

Declara que es conocedor/a del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares

y Técnicas que ha de regir la “CONTRATACIÓN DE ENTIDADES ESPECIALIZADAS

EN LA IMPARTICIÓN DE CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD DE LA FAMILIA

SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD, PARA LA EJECUCIÓN DEL

PROGRAMA LOCAL DE APOYO AL EMPLEO, COFINANCIADO POR EL FONDO

SOCIAL EUROPEO””, según procedimiento aprobado por ésta, y aceptando

íntegramente el contenido del mismo,

DECLARA, BAJO SU RESPONSABILIDAD

1. Que ni la Sociedad …, a la que representa, ni ninguno de sus administradores

ni apoderados se hallan incursos en ninguna de las prohibiciones e

incompatibilidades establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la

Ley de Contratos del Sector Público ni su normativa de desarrollo.

2. Que ni la Sociedad …, a la que representa, ni ninguno de sus administradores

ni apoderados se hallan incursos en ninguna de las prohibiciones e

incompatibilidades establecidas en los apartados 1 y 2 del artículo 45 de la

Directiva 2004/18/CE, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los

procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de

suministro y de servicios.

3. Que la Sociedad ………… se encuentra al corriente del cumplimiento de las

obligaciones tributarias con el Estado e, igualmente, está al corriente del

cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, impuestas por la

las disposiciones vigentes, no habiendo causado baja en la matrícula del

impuesto sobre Actividades Económicas.

4. Que, en caso de resultar adjudicataria, la Sociedad se compromete a

subsanar, por su cuenta y riesgo, los errores y/o defectos que sean

imputables a su actuación, sin cargo alguno para la Cámara.

5. Que la Sociedad … no se encuentra incursa en litigio en cuanto a derechos de

uso, licencias, patentes, utilización de marcas o nombres comerciales, u otro

tipo de propiedades industriales o intelectuales.

Y para que así conste, firmo esta declaración,

En …, a … de … de … [Firma y rubrica]

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ANEXO III

MODELO DE OFERTA ECONÓMICA

Don/Dña ....................... , con D.N.I. núm. . , mayor de edad, en nombre y representación de …………………………….con C.I.F número…………..y domicilio en ………………………………………………, en su calidad de……………………………….,

Declara que es conocedor/a del Pliego de Cláusulas Administrativas

Particulares y Técnicas que ha de regir la “CONTRATACIÓN DE ENTIDADES ESPECIALIZADAS EN LA IMPARTICIÓN DE CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD DE LA FAMILIA SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A

LA COMUNIDAD, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA LOCAL DE APOYO AL EMPLEO, COFINANCIADO POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO””,

según procedimiento aprobado por ésta, y aceptando íntegramente el contenido del mismo, manifiesta que se compromete a ejecutar el servicio objeto del procedimiento de contratación, por el precio global, (IGIC

exento), que se señala a continuación:

PRECIO ……………………….. EUROS

IGIC EXENTO

En……………, a………….de……………….de …

FDO:

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ANEXO IV MODELO DE AVAL

La entidad ________________________ (razón social de la entidad de crédito), con CIF _________________, con domicilio (a efectos de

notificaciones y requerimientos) en ________________, en la calle ______________, CP, y en su nombre (nombre y apellidos de los

apoderados) __________________________, con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que

se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA

A (nombre y apellidos o razón social del avalado)

___________________, con NIF/CIF ______________________, ante La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de

Gran Canaria, en virtud de los dispuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas y Particulares que rigen el expediente nº __/2015, que rigen la contratación “en la impartición de certificados de profesionalidad

de la familia Servicios socioculturales y a la Comunidad, para la ejecución del programa local de apoyo al empleo, cofinanciado por el fondo social

europeo”, para responder de las obligaciones siguientes: si el número de alumnos que finalizan el certificado es inferior al exigido, si su perfil no se ajusta a lo previsto en la clausula decimonovena del Pliego de Clausulas

Administrativas (también especificado en el Pliego de Condiciones Particulares), si el alumno no finaliza el 80% mínimo de la formación, si

se incumple el número mínimo de alumnos insertados, si el adjudicatario no presenta la totalidad de la documentación que le exija la Cámara o si se produce cualquier otra causa imputable o no al licitador que impida la

justificación del proyecto en la parte que le corresponda al adjudicatario. El aval se constituye por importe de __________________ euros

(____,__€). Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con

renuncia expresa al beneficio de división, orden y excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de La Cámara Oficial de

Comercio; Industria, Servicios y Navegación de Gran Canaria. El aval tendrá validez hasta el día 15 de abril de 2016, inclusive.

El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro

Especial de Avales con número __________________

(Lugar y fecha) (Razón social de la entidad)

(Firma de los apoderados)