Criterios para establecer los agrupamientos del alumnado
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Los criterios para establecer los agrupamientos del alumnado yla asignación de las tutorías, de acuerdo con las líneasgenerales de actuación pedagógica del centro y orientados afavorecer el éxito escolar del alumnado.
Referentes normativos
Orden de 25 de julio de 2008 (BOJA 22-08-2008); Art. 2.5 ; 12.3;
14.4
Orden de 24 de julio de 2006 (BOJA 11-08-2006) Art. 3.3
Orden de 20 de agosto de 2010 (BOJA 30-08-2010). Art. 20
Criterios de formación de grupos:
Agrupamiento en una sección del alumnado que no da religión católica,
con la finalidad de optimizar recursos humanos.
En Infantil de tres años y 1º: reparto igualitario de alumnado según su
trimestre de nacimiento.
Reparto igualitario de niños y de niñas en todas las secciones.
Reparto igualitario de alumnado según su expediente.
Ajustes finales de agrupamientos según compatibilidades de alumnos/as
con la aprobación de la Jefatura de Estudios y el visto bueno de la
Dirección
Para el alumnado que se incorpora durante el curso, la sección de destino
será la que acuerden los tutores/as, si no lo hubiese, lo hará a la sección
que menor número de alumnado tenga y en caso de igualdad, por sorteo
teniendo en cuenta que debe cumplirse el criterio 1. Deberá contar con la
aprobación de la Jefatura de Estudios y el visto bueno de la Dirección
Los grupos se mezclarán al inicio de cada ciclo.
Temporalización:
Los listados de los niveles 1º, 3º y 5º los realizarán los tutores de
I5años, 2º y 4º respectivamente según los criterios anteriores y se
entregarán en Jefatura de Estudios antes de finalizar el curso
académico.
El alumnado repetidor se asignará a las secciones de 2º, 4º y 6º en los
primeros días de septiembre en reunión de los/as tutores actuales con
los anteriores, con la aprobación de la Jefatura de Estudios y el visto
bueno de la Dirección.