CONTRATO DE ACCESO A UN MERCADO ELECTRÓNICO CERRADO
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CONTRATO DE ACCESO A UN MERCADO ELECTRÓNICO CERRADO
(E-Marketplace)
En «lugar», «fecha».
REUNIDOS
DE UNA PARTE, […] S.A, debidamente representada por Don […] «datos
personales y NIF», con domicilio en […].
En adelante, la Gestora
DE OTRA PARTE, […] S.L., debidamente representada por Don […] «datos
personales y NIF», con domicilio en […].
En adelante el Usuario
Reconociéndose mutuamente la capacidad legal para el otorgamiento del presente
documento,
ACUERDAN
Formalizar el presente contrato de acceso a un Mercado Electrónico Cerrado, y llevarlo
a efecto a tenor de las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Objeto del contrato
El objeto del presente contrato es regular las condiciones de acceso y de utilización de
la/s plataforma/a actuales o futuras de la Gestora por parte del Usuario. La Gestora
podrá prestar los servicios objeto de este contrato ya sea directamente o a través de
empresas de su mismo grupo.
La Gestora es una sociedad constituida el día […] de […] de […], ante el Notario de
[…], está inscrita en el Registro Mercantil de […] al Tomo […], Folio […], Hoja[…],
con domicilio social en […], provista del CIF[…] y es la propietaria de la marca y
dominios […]
Mediante la marca y el dominio […], como Mercado Electrónico Cerrado
especializado en el sector de […]. al que se accede a través de Internet, los usuarios
registrados pueden: buscar, ofertar y contratar «objeto del Mercado Electrónico
Cerrado», obtener información acerca de las actividades de otras empresas registradas,
recabar información de solvencia de otras empresas, intercambiar información entre sus
clientes y colaboradores, y en definitiva beneficiarse de todos los servicios que el
Mercado Electrónico Cerrado promueva, actualmente o en el futuro, para sus
miembros. En ningún caso la Gestora u otras empresas del grupo responden, no
obstante los controles que realizan, del buen fin de las operaciones, ni de la veracidad de
la información facilitada por los propios miembros o empresas colaboradoras. La
Gestora únicamente pone a disposición de los miembros el Mercado Electrónico
Cerrado para la realización de dichas actividades, arrendando dichos espacios a los
mismos y facilitando las relaciones con empresas colaboradores, y poniendo a
disposición de aquellos y de éstas su estructura para facilitar sus relaciones comerciales.
SEGUNDA.- Definiciones
1. Gestora significa la persona jurídica que pone a disposición del Usuario el
Mercado Electrónico Cerrado, prestando a través del mismo los servicios
previstos en el presente contrato.
2. Usuario significa la persona física o jurídica admitida por la Gestora como
miembro del Mercado Electrónico Cerrado, para acceder y utilizar el mismo
bajo las condiciones previstas en el presente contrato.
3. Mercado Electrónico Cerrado es el espacio virtual bajo el formato de una
plataforma telemática o página web, al cual solo podrán acceder los Usuarios y
donde éstos últimos podrán utilizar los servicios que la Gestora les presta
directamente o a través de empresas de su mismo grupo.
Normativa y modificación del contrato
Serán objeto también del presente contrato, los nuevos servicios a los que el Usuario
tenga acceso y se somete desde este momento a la normativa que se publique en las
paginas web propiedad de la Gestora bajo el apartado denominado “Normativa del
Mercado Electrónico Cerrado”.
Las condiciones de uso de los servicios, actuales o futuros, así como cualquier
modificación, será comunicada al Usuario a través de la propia página web, en el
apartado “Normativa” o en la información del propio servicio, sirviendo este medio de
comunicación fehaciente al Usuario que ha entrado en la página mediante su clave de
acceso personal e intransferible.
El Usuario tendrá un plazo de 10 días desde la publicación de la modificación de las
condiciones para comunicar, de forma expresa y por escrito –mediante fax o correo
electrónico- su intención de resolver el contrato.
La falta de comunicación expresa por parte del Usuario de su disconformidad con las
nuevas condiciones y de su voluntad de dar por resuelto el contrato, implica la
aceptación de las nuevas condiciones.
TERCERA.- Duración
El contrato tendrá la duración que el Usuario haya contratado, contado a partir del día
de aceptación del contrato como nuevo miembro del Mercado Electrónico Cerrado.
La duración del contrato se entenderá tácitamente prorrogada por períodos de igual
duración al último transcurrido salvo que, con 10 días de antelación a la expiración del
mismo, fuese denunciado por cualquiera de las partes y comunicado a la otra mediante
carta certificada, fax o correo electrónico.
CUARTA.- Precio y pago de los servicios
Salvo que las partes hayan pactado otra forma de pago, el importe contratado que figura
en la factura correspondiente al abono al servicio será satisfecho de una sola vez
mediante domiciliación bancaria a los 10 días siguientes de la efectiva utilización del
programa por primera vez por parte del Usuario.
Las cuotas se pagarán por adelantado al período mensual, trimestral o anual pactado.
En el supuesto de otros servicios distintos a […], que tengan otras tarifas o condiciones
de pago, éstas serán publicadas en la propia web en el apartado correspondiente a
información sobre estos servicios, entendiéndose que el Usuario acepta someterse a
estas condiciones cuando hace uso del servicios en cuestión.
La cuota de abono podrá ser modificada de forma unilateral por la Gestora, sirviendo
de comunicación de la nueva cuota la propia factura de renovación, teniendo el Usuario
el derecho a no aceptar la nueva cuota mediante comunicación por escrito –fax o correo
electrónico – antes del vencimiento del pago indicado en la factura-
Las cuotas pueden ser incrementadas anualmente hasta el límite del IPC anual, sin
necesidad de comunicación expresa al efecto.
El Usuario acepta desde este momento que le sea emitida y enviada la factura según la
normativa que regula la factura electrónica, en el supuesto que el Mercado Electrónico
Cerrado decida utilizar este medio de envío de las facturas.
QUINTA.- Claves de acceso
La Gestora facilitará al Usuario el nombre de usuario (login), único e irrepetible, así
como una clave - password (serie de letras o números) que le permitirán el acceso al
área privada del Mercado Electrónico Cerrado.
Las claves de acceso a las áreas privadas son personales e intransferibles, asignadas a la
persona/empresa que ha solicitado ser miembro y que ha aceptado el presente contrato.
El Usuario se compromete a dar tratamiento confidencial a dichas contraseñas, no
pudiendo prestarlas o comunicarlas a ningún tercero.
La Gestora se reserva el derecho a establecer los medios de identificación necesarios
para la entrada al servicio o servicios, incluyendo la firma electrónica u otras
tecnologías que identifiquen al Usuario de forma fehaciente, sin que ello signifique una
modificación de este contrato.
Toda persona que utilice las claves de acceso en nombre de la empresa deberá tener
facultades suficientes para obligarla en todas las actuaciones y contrataciones que
realice dentro del Mercado Electrónico Cerrado, haciéndose responsable la empresa
de las consecuencias producidas en caso de utilización por persona no facultada.
Asimismo, el Usuario se hace responsable del mal uso que pudieran hacer del Mercado
Electrónico Cerrado sus empleados y terceras personas/empresas a las que facilitara
sus claves para acceder al sistema. La utilización de la base de datos del Mercado
Electrónico Cerrado queda exclusivamente limitada al uso del Mercado Electrónico
Cerrado, así como la extracción y reutilización total o parcial de los datos.
El Usuario se compromete a comunicar a la Gestora, a la mayor brevedad posible, la
pérdida o robo de las claves de acceso, así como cualquier sospecha de riesgo de acceso
a las mismas por un tercero y especialmente en los supuestos de cambio o baja de
empleados que tenían acceso.
La Gestora tiene derecho a ejercitar cuantas acciones estime oportunas, judicial o
extrajudicialmente, contra cualquier uso fraudulento o inconsentido del sistema, que
tenga como causa la falta de la debida diligencia por parte del Usuario. La
responsabilidad será solidaria tanto para el Usuario que lo ha permitido como contra la
empresa y personas que se han beneficiado del uso fraudulento del sistema.
El Usuario, además de abstenerse de prestar las claves de acceso al sistema, se
abstendrá de facilitar la información contenida en el área privada por cualquier medio,
ya sea telefónico oral o escrito, a empresas no usuarias y que por tanto no han superado
los filtros que este contrato establece para devenir clientes y usuarios de los servicios.
La trasmisión de información contraviniendo lo anterior tendrá la consideración de
comunicación de claves que también resulta prohibida por este contrato.
SEXTA.- Requisitos para ser miembro
1. La persona o empresa que vaya a ser miembro del Mercado Electrónico
Cerrado, debe presentar la documentación que identifique a la persona o
sociedad desde el punto de vista jurídico y que el personal de la Gestora le
requiera: entre otros, DNI, CIF, Escritura de Constitución de la sociedad o
cooperativa y acreditación de estar inscrito en el registro mercantil o en
cualquier otro registro pertinente.
2. Debe presentar y mantener vigente toda la documentación administrativa que la
normativa actual exija para el ejercicio de la actividad en su país, así como los
permisos y/o seguros adicionales también exigidos según la actividad. A estos
efectos, el Usuario autoriza a que la Gestora publique en la web del Mercado
Electrónico Cerrado la información sobre la documentación que el Usuario
posee y el Usuario acepta las normas de uso contenidas en la web.
3. En el supuesto de ser una persona o empresa que va a contratar servicios dentro
del Mercado Electrónico Cerrado, y en consecuencia, tener que pagar facturas
a otros miembros, el Usuario deberá gozar de una calificación de crédito
positiva en la entidad o entidades con las que la Gestora trabaje en cada
momento. De no ser así y previa petición de la Gestora al respecto, el Usuario
deberá presentar un aval bancario o cualquier otra garantía satisfactoria para la
Gestora que complemente o supla la falta de crédito. Igualmente, el Usuario no
debe tener facturas pendientes de pago con otras empresas asociadas o no al
Mercado Electrónico Cerrado.
4. A las personas o empresas que vayan a utilizar el servicio únicamente como
oferentes de bienes y/o servicios, en el supuesto que las empresas aseguradoras o
de informes con las que el Mercado Electrónico Cerrado trabajan no les
otorguen crédito positivo, puede serles requeridas referencia de empresas con las
que trabajen que avalen su ética y calidad en su trabajo.
5. La información proporcionada por empresas del mercado, y en especial los
demás miembros del Mercado Electrónico Cerrado, una vez contrastada,
puede dar lugar a la no admisión como miembro a una empresa en concreto, o a
su baja si la información es posterior. Tratándose de un nuevo asociado, si ya se
hubiera procedido a dar de alta y esta información negativa fuera proporcionada
después de haberlo presentado como nuevo asociado, la factura que se hubiera
emitido sería anulada y emitida otra de abono por la parte proporcional al tiempo
no consumido.
6. La empresa que haya sido asociada anteriormente y que haya cesado su relación
contractual por cualquiera de las causas establecidas en la cláusula Undécima
del presente contrato, no podrá darse de alta nuevamente ni la misma empresa,
ni ninguna persona o empresa con alguna relación presente o pasada con la
citada empresa.
7. La Gestora se reserva el derecho de admisión de nuevos miembros en base al
principio de libre contratación, y que puede estar motivado por sospechas de que
la empresa o personas relacionadas con la misma habían sido ya asociados y
habían causado problemas con otros asociados o con la Gestora u otras
empresas del grupo, o bien sin haber estado asociados, que se hayan recibido
informaciones previas de que son personas o empresas “no gratas” en el sector.
SEPTIMA.- Obligaciones del usuario
1. Los Usuarios y miembros deberán respetar las reglas aplicables a su actividad y
abstenerse de realizar actos de cualquier tipo que contravengan la salvaguarda
del orden público, la investigación penal, la seguridad pública, la defensa
nacional, la dignidad de la persona, la no discriminación por motivos de raza,
religión, sexo, opinión, nacionalidad que afecten a cualquier otra circunstancia
personal social o que sean contrarios o afecten de cualquier modo a la protección
de la salud y de la infancia, declinando la Gestora cualquier tipo de
responsabilidad en caso contrario.
2. El Usuario se compromete :
A no reproducir, total o parcialmente, bajo ninguna forma de soporte, la
información contenida en la aplicación del Mercado Electrónico Cerrado.
Los servicios prestados por el Mercado Electrónico Cerrado así como la
información contenida en el mismo, incluida la base de datos, sólo se podrá
utilizar para el uso propio del Mercado Electrónico Cerrado. El Usuario
no podrá revender dichos servicios e información ni cederlos (tampoco
gratuitamente) a terceros bajo ningún concepto. Está expresamente prohibido
almacenar datos, direcciones, teléfonos, o e-mails en cualquier tipo de
soporte ya sea físico o informático y utilizarlo para fines distintos a los
contemplados en este contrato así como la revelación de los mismos a
cualquier tercero.
A no extraer o reutilizar datos fuera de lo expresamente autorizado por el
contrato.
No introducir ofertas o demandas ficticias.
Retirar inmediatamente de la base de datos todas aquellas ofertas sobre las
que ya se haya llegado a un acuerdo definitivo.
No introducir ofertas o demandas de productos o servicios contrarios a la ley
o a las buenas costumbres.
Cumplir con los compromisos adquiridos con otras empresas en sus
contrataciones, en especial los compromisos de pago, en cuanto al importe y
el plazo pactado.
Mantener la ética profesional en sus relaciones con otras empresas asociadas
y con la Gestora u otras empresas del grupo.
Mantener en todo momento vigente la documentación contemplada en el
apartado 2 de la cláusula SEXTA.
En toda transacción que se realice dentro del ámbito del Mercado
Electrónico Cerrado y/o con otros miembros se atenderá y respetara la
normativa sobre el uso del servicio que se publica en la web y la ética y
buena fe contractual.
Realizar sus contrataciones por escrito y tener unas condiciones de pago que
permitan a los demás usuarios utilizar las herramientas de garantía de cobro
que tenga establecidas el Mercado Electrónico Cerrado cuando contrate
con ella.
No provocar daños o perjuicios que puedan menoscabar o alterar la
aplicación y se obliga a observar y seguir las instrucciones del Mercado
Electrónico Cerrado relativas al uso de las aplicaciones.
OCTAVA.- Limitación de responsabilidad
Ni la Gestora ni ninguna empresa de su grupo se hacen responsables de los daños y
perjuicios ocasionados por el su indebido del servicio. Los servicios que ofrece la
Gestora cumplen con la normativa vigente.
La Gestora mantendrá operativa la plataforma del Mercado Electrónico Cerrado las
veinticuatro horas del días todos los días del año. No obstante lo anterior, se reserva el
derecho de suspender el servicio de mantenimiento del ordenador central del sistema o
los servidores de Internet o de aplicaciones. En la medida de lo posible, se compromete
a avisar a los usuarios si la importancia de la parada lo precisa.
La propiedad intelectual del programa del Mercado Electrónico Cerrado y todos los
derechos de autor que derivan del aplicativo informático y del “look & feel”
(apariencia) de la página web pertenecen en exclusiva a la Gestora quién se reserva el
derecho de realizar en todo momento cualquier modificación que suponga, a su juicio,
una mejora del programa y del servicio.
La Gestora no será responsable y en consecuencia no estará obligada a reparar los
daños o perjuicios, directos o indirectos, que sean consecuencia de una información
incompleta o incorrecta suministrada por los miembros a la aplicación del Mercado
Electrónico Cerrado ni por el propio comportamiento de los Usuarios, ni por las
situaciones de insolvencia que puedan ocasionarse a pesar de los controles que la
Gestora tiene establecidos.
La Gestora no participa en el beneficio obtenido por los usuarios en las contrataciones
realizadas dentro del Mercado Electrónico Cerrado. En consecuencia la Gestora
tampoco será responsable de los eventuales daños y perjuicios o pérdidas de
oportunidad de negocio que pudieran resultar a los usuarios de la imposibilidad
momentánea de acceder al servicio del Mercado Electrónico Cerrado y especialmente
cuando dicha imposibilidad sea consecuencia de circunstancias ajenas, como –y sin que
se considere limitativo- la interrupción de las comunicaciones, de servicios eléctricos, o
averías en la red de Internet.
La Gestora no estará obligada tampoco a reparar los daños y perjuicios, directos o
indirectos, que sean consecuencia de servicios prestados por compañías externas con las
que haya alcanzado acuerdos de colaboración y en las que la Gestora actúa como mero
intermediario.
NOVENA.- Tratamiento de las incidencias entre usuarios
En el Mercado Electrónico Cerrado se proponen unas normas y herramientas
destinadas a minimizar la posibilidad de conflictos entre miembros y garantizar que las
empresas cumplan con sus compromisos pactados. La Gestora aunque no puede ni se
responsabiliza de las actuaciones de los usuarios ni resuelve las controversias, en casos
de incidencias, actuará de la forma siguiente:
Los Usuarios pueden llamar antes de contratar, para saber si una empresa tiene
incidencias registradas.
Cuando hay una incidencia, se comprueba que la contratación se haya realizado
dentro del ámbito del Mercado Electrónico Cerrado y que ambas empresas
fueran clientes en el momento de la contratación. La incidencia se registra en la
ficha del usuario.
Se habla con las partes instando que lleguen a un acuerdo.
Si el conflicto se debe a la falta de pago de una factura, y no hay motivo
justificado para el retraso, se envía un fax o un e-mail dando un plazo al deudor
para que proceda al pago y pasado el mismo se bloquea el acceso hasta que haya
saldado la deuda. Una vez saldada, se restablece el servicio pero la suspensión
no supondrá un paralización en la obligación del pago de la cuota contratada.
Si en el plazo otorgado para el pago, no se procede al ingreso del importe en la
cuenta del acreedor, la Gestora ejecutará la garantía (en el supuesto que la
factura estuviera garantizada) y en cualquier caso, la empresa deudora será dada
de baja del sistema.
Si se trata de cualquier otra incidencia o si hay desacuerdo en el importe de la
factura y las partes no llegan a un acuerdo, la Gestora se queda al margen e
insta a las partes a resolver la controversia en la junta arbitral.
Si el departamento de incidencias debe intervenir en más de una ocasión con una
misma empresa, pasará nota al Comité Auditor de Asociados para que emita el
dictamen que estime conveniente pudiendo llegar incluso a la resolución del
contrato en caso de reincidencias o incidencias graves.
La Gestora no responderá de las actuaciones de los usuarios, ni de los resultados de
esta intermediación o del acuerdo que de haya alcanzado entre las partes que estaban en
conflicto.
DÉCIMA.- Comité Auditor de Asociados
La Gestora constituirá y presidirá un Comité Auditor de Asociados, que estará
conformado por los diez (10) miembros del Mercado Electrónico Cerrado que mayor
facturación obtengan en el mismo anualmente.
El Usuario acuerda someterse a los dictámenes que el Comité Auditor de Asociados
pueda emitir en los supuestos de incumplimiento de los compromisos adquiridos con la
Gestora y con los demás asociados, por comportamientos inadecuados, utilizaciones
incorrectas del servicio o servicios o actuaciones contrarias a la normativa que rige la
bolsa o la ética y buena fe contractual.
El Comité Auditor de Asociados tiene potestad para suspender el acceso a todos o solo a
algunos servicios determinados del Mercado Electrónico Cerrado, así como
suspender o prohibir la utilización de todos o alguno de ellos cuando el Usuario de
forma manifiesta o repetitiva utilice incorrectamente los mismos en perjuicio de otros
usuarios, de ella misma o de la Gestora u otras empresas del grupo.
UNDÉCIMA.- Resolución del contrato
El presente contrato podrá ser resuelto por las partes previa comunicación a la otra de la
voluntad de resolverlo, según lo establecido en la cláusula tercera del presente contrato.
Adicionalmente, la Gestora tendrá derecho a resolver el contrato de forma inmediata y
antes de la finalización de la duración pactada en los siguientes supuestos:
1. Cuando de acuerdo a lo establecido en la condición Novena, se haya suspendido
el acceso al servicio y no se resuelva la situación que motivó la suspensión en el
transcurso de un mes.
2. Por la disminución significativa de los parámetros de seriedad o solvencia o
problemas de tesorería –bien porque así se lo comunique la empresa o empresas
de informes de crédito o aseguradoras con las que la Gestora trabaje- bien
porque se lo comuniquen otros asociados, o por reiterados retrasos en los pagos
gestionados por el departamento de incidencias. En el supuesto de retirada del
crédito por parte de la aseguradora con la que en cada momento trabaje la
Gestora, éste puede ser sustituido por la presentación de un aval bancario u otra
garantía temporal satisfactoria para la Gestora, que garantice las operaciones
realizadas con otros miembros del Mercado Electrónico Cerrado.
3. Por incumplimiento de cualquier de las obligaciones del Usuario establecidas en
la cláusula Séptima del presente contrato.
4. Por la concurrencia de cualquiera de las actuaciones prohibidas en relación a las
claves de acceso contempladas en la cláusula Quinta del presente contrato.
5. Por la falta de pago de la cuota o de cualquier factura generada como
consecuencia de la utilización de cualquiera de los servicios ofrecidos dentro del
Mercado Electrónico Cerrado.
6. Por reiterados retrasos o la falta de pago e incumplimiento de cualquiera de los
compromisos pactados con otros miembros del Mercado Electrónico Cerrado.
7. Por dejar de cumplir cualquiera de los requisitos necesarios para ser miembro
del Mercado Electrónico Cerrado, establecidos en la cláusula Sexta.
8. Por la utilización fraudulenta y contraria al espíritu de los servicios que ofrece el
Mercado Electrónico Cerrado.
9. Por quejas de otros asociados que, valorada su gravedad por parte del Comité
Auditor de Asociados, éste emita dictamen resolviendo el contrato.
La resolución del contrato de forma anticipada por cualquiera de las causas indicadas se
notificará al Usuario mediante fax o correo electrónico, teniendo la resolución efectos
inmediatos desde la constancia de recepción del escrito.
La resolución anticipada por estas causas no dará derecho al Usuario a indemnización
alguna ni devolución de la cuota de abono satisfecha, sin perjuicio de las acciones
legales que la Gestora pueda emprender.
DUODÉCIMA.- Cesión del contrato
Ninguna de las partes podrá ceder el presente contrato a un tercero sin el consentimiento
previo y por escrito de la otra parte.
No obstante, el Usuario autoriza expresamente a la Gestora a ceder todo o parte de este
contrato a cualquier sociedad que tenga participación en su capital social, o que la
Gestora, tenga participación en su capital social así como en los supuestos de fusión o
escisión a cualquier sociedad resultante o en caso de venta del negocio de la Gestora.
DECIMOTERCERA.- Protección de datos
El Usuario registrado consiente expresamente y autoriza a la Gestora para que le
incluya en sus ficheros de usuarios registrados y trate los datos de carácter personal que
declara ser ciertos y que voluntariamente facilita en el formulario de registro así como
aquellos datos que pueda obtener indirectamente a través de facturación, informes
comerciales e información de otros miembros, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley
Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en la Directiva 95/46/CE, para finalidades
propias de la Gestora u de otras empresas de su grupo.
Asimismo autoriza expresamente a la Gestora o demás empresas de su grupo para que
le remitan comunicaciones comerciales (por correo postal, e-mail y mensajes sms)
relativas a noticias, ofertas, productos y servicios del grupo que entienda pueden ser de
su interés.
Todo lo cual es accesible a través de la web del Mercado Electrónico Cerrado: […], en
el apartado política de privacidad. La no aceptación de la presente cláusula supondrá la
no aceptación del Usuario como miembro del Mercado Electrónico Cerrado.
El Usuario podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y
oposición dirigiéndose al domicilio legal de la Gestora sito en […] o a través de las
herramientas pertinentes a disposición en la plataforma del Mercado Electrónico
Cerrado. Si el Usuario ejerce el derecho de cancelación o de rectificación, la Gestora
podrá rescindir el presente acuerdo, dando de baja al Usuario sin derecho a reclamación
alguna por parte de éste último.
DECIMOCUARTA.- Datos a efectos de notificaciones
Las notificaciones o comunicaciones al Usuario se realizarán a la dirección indicada
por el mismo en el momento de darse de alta o en comunicaciones de variaciones de
datos posteriores realizadas a través de la propia página web del Mercado Electrónico
Cerrado, o a través de otros medios escritos, fax o correo electrónico. La comunicación
de cambio tendrá efectos 8 días más tarde de la comunicación por los medios citados.
Las notificaciones o comunicaciones a la Gestora se realizarán a la dirección que
aparece en la página web del Mercado Electrónico Cerrado.
DECIMOQUINTA.- Legislación y Fuero.
El presente contrato queda sujeto a las leyes españolas.
Las partes acuerdan que cualquier litigio, discrepancia, o reclamación, resultantes de la
ejecución o interpretación del presente contrato o relacionados con él directa o
indirectamente, se resolverán con sometimiento expreso a los tribunales de […] / corte
de arbitraje de […] y a su reglamento arbitral.
Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente Contrato por triplicado
ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
El Usuario La Gestora