Contabilización y Divulgación del Impuesto Diferido

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“CONTABILIDAD Y DIVULGACION DEL IMPUESTO DIFERIDO” RESUMEN EJECUTIVO DEFINICIÓN El impuesto diferido consiste en la cantidad a pagar o recuperar en períodos futuros, por el impuesto sobre las utilidades, provenientes de los valores en libros de los activos y pasivos, siempre y cuando sus valores en libros difieran de la base fiscal de los mismos. ASPECTOS TECNICOS Y LEGALES La sección 29 Impuestos a las Ganancias de la NIIF para Pyme establece los lineamientos a seguir en el reconocimiento y medición de los activos o pasivos por impuestos diferidos así como su divulgación en los Estados Financieros. Mientras que la Ley del Impuesto sobre la Renta y su respectivo Reglamento establecen las reglas fiscales que determinan la tasa imponible del impuesto. METODOLOGÍA EMPLEADA El presente documento es el resultado del análisis de fuentes bibliográficas técnicas, legales y académicas relacionadas con la contabilización y divulgación de los impuestos

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“CONTABILIDAD Y DIVULGACION DEL IMPUESTO DIFERIDO”

RESUMEN EJECUTIVO

DEFINICIÓN

El impuesto diferido consiste en la cantidad a pagar o recuperar en períodos

futuros, por el impuesto sobre las utilidades, provenientes de los valores en libros

de los activos y pasivos, siempre y cuando sus valores en libros difieran de la base

fiscal de los mismos.

ASPECTOS TECNICOS Y LEGALES

La sección 29 Impuestos a las Ganancias de la NIIF para Pyme establece los

lineamientos a seguir en el reconocimiento y medición de los activos o pasivos por

impuestos diferidos así como su divulgación en los Estados Financieros. Mientras

que la Ley del Impuesto sobre la Renta y su respectivo Reglamento establecen las

reglas fiscales que determinan la tasa imponible del impuesto.

METODOLOGÍA EMPLEADA

El presente documento es el resultado del análisis de fuentes bibliográficas

técnicas, legales y académicas relacionadas con la contabilización y divulgación

de los impuestos diferidos complementadas con la consulta a profesionales en el

campo y con los aportes que los mismos estudiantes han hecho.

CONCLUSIÓN

Existe una apremiante necesidad de que el estudiante de Contaduría actual se

interese por desarrollar la disciplina de la investigación académica de los temas

técnicos porque solamente es de esta manera que hacemos crecer nuestra

profesión.

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE EL SALVADOR

“CONTABILIDAD Y DIVULGACION DEL IMPUESTO DIFERIDO”

TRABAJO DE INVESTIGACIÓN PRESENTADO POR:

Medardo Melquisedec Ruano Martínez

Gerson Noé Soriano

SEPTIEMBRE, 2012

SAN SALVADOR, EL SALVADOR, CENTROAMÉRICA

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INDICE

INTRODUCCIÓN

CONTABILIDAD Y DIVULGACIÓN DEL IMPUESTO DIFERIDO

1. Antecedentes 1

2. Impuestos Diferido 2

3. Principales Definiciones Utilizadas 7

4. Aspectos Técnicos Aplicables 8

5. Aspectos Tributarios Aplicables 9

6. Caso Práctico 10

7. Metodología Empleada 13

8. Conclusiones del Trabajo 14

9. Referencia Bibliográfica 15

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INTRODUCCIÓN

Hablar de impuestos siempre ha sido motivo de polémica y dolores de cabeza

cuando se trata de establecer un parámetro entre lo contable y fiscal, y es que los

intereses fiscales del gobierno nunca realmente llegarán a consensuar con la

información financiera de las empresas y si a esto le sumamos que en cada país

existe una cultura fiscal y contable diferente, comenzamos a vislumbrar el

problema en que nos enfrascamos al estudiar el impuesto diferido y su aplicación

contable.

Sin embargo estudiarlo no solamente es importante sino de notoria obligatoriedad

pues a partir del año 2011 se entiende que la mayoría de empresas salvadoreñas

debieron adoptar las Normas Internacionales de Información Financiera para

Pequeñas y Medianas Entidades o en su defecto la versión completa (NIC/NIIF).

La también conocida como NIIF para Pymes, es el criterio en el cual el contador

público basa su trabajo para confeccionar la información financiera de aquellas

empresas en nuestro país que no cotizan en mercados bursátiles. Es esta norma

la que también nos indica la aplicación del impuesto diferido por las diferencias

surgidas entre la medición de activos o pasivos contable y fiscalmente.

Bajo el marco del XIII Congreso de Estudiantes de Contaduría Pública y Ciencias

Económicas, pretendemos por medio de la presentación de este documento,

aportar nuestro granito de arena al estudio de los impuestos diferidos, de la

manera más sencilla pero puntual que hemos podido elaborar.

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CONTABILIDAD Y DIVULGACION DE LOS IMPUESTOS DIFERIDOS

1. Antecedentes.

Normas Internacionales.

1973, Nace el IASC (Comité de Normas Internacionales de Contabilidad) su

principal tarea la emisión de Normas Internacionales de Contabilidad. (NIC)

1977, Nace IFAC (Federación Internacional de Contadores).

1981, IASC e IFAC convienen en que IASC tendría autonomía completa para

fijar estándares Internacionales, todos los miembros de IFAC se hicieron

miembros de IASC.

1995, IOSCO y el IASC firman un convenio para el entendimiento mutuo con el

objeto de conseguir un núcleo de normas que fuera aceptado en la bolsa de

valores.

2001, IASC se convierte en Fundación y delega en IASB la facultad de regular

las Normas Internacionales de Contabilidad.

2009, El IASB emite las Normas Internacionales de Información Financiera para

Pequeñas y Medianas Entidades.

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Normas Aplicables en El Salvador

1930, Se crea la primera Asociación de Contadores de El Salvador hoy conocida

como Corporación de Contadores de El Salvador.

1940, Se crea el decreto que le da vida a la ley del Ejercicio de las Funciones

del Contador Público.

1996, se realiza la IV Convención Nacional de Contadores. Y se revisan las 18

NCF (Normas de Contabilidad Financiera) existentes y se agregan otras 10 (28

en total).

2002, según acuerdo del CVCPA se amplia el plazo para la aplicación de NIC.

Hasta el ejercicio que comienza el 1° enero de 2004.

2011, Entra en vigencia la aplicación de Normas Internacionales de Información

Financiera para Pymes para las empresas que no cotizan en la bolsa de valores.

Impuestos a las Ganancias en El Salvador.

En El Salvador la primera Ley de Impuesto sobre la Renta se promulgó el 19 de mayo

de 1915, la que fue publicada en el Diario Oficial No. 118, Tomo 78, del 22 de mayo del

mismo año.

Después de la emisión de ésta primera ley, hubieron reformas, modificaciones y

emisiones de nuevas Leyes de Impuesto sobre la Renta, introduciendo a través de

éstas nuevas reglamentaciones que no se habían incluido en los anteriores decretos,

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quedando al final la Ley de Impuesto sobre la Renta actual, la que entró en vigencia a

partir del año 1992. Asimismo, esta ley ha sido modificada y reformada.

A partir de la emisión de esta Ley de Impuesto sobre la Renta, se marca una nueva

etapa para el sistema tributario del país, ya que ésta contribuiría a la modernización en

la administración de los tributos y permitiría ampliar la base tributaria.

2. Impuesto Diferido

El impuesto diferido consiste en la cantidad a pagar o recuperar en períodos

futuros, por el impuesto sobre las utilidades, provenientes de los valores en libros de

los activos y pasivos, siempre y cuando sus valores en libros difieran de la base fiscal

de los mismos.

Lo que debe reflejarse bajo el rubro de impuesto sobre la renta en el estado de

resultados, es el gasto apropiadamente aplicable a la utilidad incluida dentro de él.

El impuesto diferido, proviene de las diferencias derivadas de partidas de

ingresos, costos y gastos que son reconocidos contablemente en un período y

reportados para propósitos fiscales en otro.

Base fiscal de los Activos y Pasivos

La base fiscal de un activo o pasivo es de gran importancia en el estudio del impuesto

sobre la renta diferido, ya que es el “concepto clave” que permite la correcta

determinación de las diferencias temporarias, tanto imponibles como deducibles;

es decir, es el punto de partida para el cálculo y contabilización de los pasivos y activos

por impuesto diferido.

La definición general de base fiscal de un pasivo o activo es:

“el importe atribuido, para fines fiscales, ha dicho pasivo o activo” ; a partir de

ello, se deducen dos definiciones Específicas:

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Base fiscal de un activo

Base fiscal de un pasivo

Diferencias en el tiempo

En ocasiones, la Ley de Impuesto Sobre la Renta no concuerda con los lineamientos

de la técnica contable, desatendiendo las situaciones reales que ocurren en la

operación de los negocios, lo que resulta improbable esperar que la cifra de impuesto

sobre la renta esté en relación directa con la utilidad contable.

La contabilización del efecto impositivo se puede fundamentar teóricamente según

dos enfoques:

1.Enfoque basado en la cuenta de resultados: contempla las diferencias entre

ingresos, costos y gastos contable y fiscalmente. Dichas diferencias pueden ser

“temporales” o “permanentes”.

2. Enfoque basado en el balance: contempla las diferencias entre las

valoraciones contables y fiscales de los elementos de activo y pasivo, dichas

diferencias son denominadas “temporarias”.

En base a lo anterior, las diferencias entre la utilidad contable y la utilidad

gravable pueden dividirse en las Siguientes categorías:

1. Diferencias Permanentes

2. Diferencias Temporales

3. Diferencias Temporarias

Reconocimiento de pasivos y activos por impuesto diferido

Cuando existen diferencias temporarias, ya sean imponibles o deducibles, debe de

reconocerse un activo o pasivo por impuesto sobre la renta diferido cuando la

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recuperación o liquidación del importe en libros de un activo o pasivo de lugar a pagos

futuros mayores o menores, de los que se tendría si tal recuperación o liquidación no

tuviera consecuencias fiscales.

Pasivos por impuestos diferidos

Son las cantidades de impuestos sobre las utilidad a pagar en periodos futuros,

relacionados con las diferencias temporarias imponibles. Un pasivo por impuesto

sobre la renta diferido representa un aumento en la cantidad de impuestos a pagar

en años futuros como resultado de las diferencias temporarias imponibles que existen

al final de un ejercicio corriente.

Activos por impuestos diferidos

Son las cantidades de impuestos sobre las utilidades a recuperar en periodos futuros,

relacionados con diferencias temporarias deducibles, o sea, disminuyen dicho

impuesto en ejercicios futuros.

Se reconocerá un activo por impuesto sobre la renta diferido en la medida en que

resulte probable que la entidad disponga de utilidades fiscales futuras contra las

que cargar esas diferencias temporarias deducibles.

La reversión de las diferencias temporarias deducibles dará lugar a reducciones

en la determinación de las utilidades fiscales de periodos posteriores. No

obstante, los beneficios económicos, en forma de reducciones en pagos de

impuestos, llegarán a la entidad sólo si es capaz de obtener ganancias fiscales

suficientes como para cubrir las posibles deducciones.

Presentación de los activos y pasivos por impuestos Diferidos

Los estados financieros se elaboran con el objeto de presentar un informe

verídico de la situación financiera de una entidad y se refieren a la situación que

guarda la posición financiera y resultados logrados durante el periodo.

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Presentación en el balance general

Los activos y pasivos derivados del impuesto a las ganancias deben presentarse por

separado de otros activos o pasivos del balance. Asimismo, los activos y pasivos por

impuestos diferidos no deben ser descontados.

Presentación en el estado de resultados

Los impuestos, tanto si son del periodo corriente como si son diferidos deben ser

reconocidos como gasto o ingreso, en el Estado de Resultados e incluidos en la

determinación de la ganancia o pérdida neta del periodo.

El gasto por impuesto sobre la renta corriente, es la cantidad a pagar que corresponde

a la renta imponible obtenida en el ejercicio corriente. Es decir el gasto por impuesto

corriente constituye el total del activo (Efectivo o su equivalente), que la empresa debe

sacrificar para darle cumplimiento a la obligación tributaria sustantiva.

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3. PRINCIPALES DEFINICIONES DE LOS CONCEPTOS UTILIZADOS

Impuesto a las Ganancias

Incluye los impuestos nacionales o extranjeros que estén basados en ganancias fiscales.

Impuesto Corriente

Es la Cantidad a pagar o recuperar por el impuesto a las ganancias relativo a la ganancia

fiscal del periodo actual o de periodos contables anteriores.

Impuesto Diferido

Es el impuesto que surge de la diferencia entre los importes reconocidos por los activos y

pasivos de la entidad y el reconocimiento de los mismos por parte de las autoridades

fiscales.

Base Fiscal.

La Base fiscal de un activo o pasivo es el importe atribuido, para fines fiscales, a dicho

activo o pasivo.

Diferencia Temporaria

Son aquellas diferencias que darán lugar a mayores cantidades a pagar o menores

cantidades a devolver por impuestos a la ganancia en ejercicios futuros a medida que se

recuperen los activos o se liquiden los pasivos de los que se derivan.

Tasa Impositiva

Porcentaje que se aplica sobre la base imponible, para el cálculo de un determinado

impuesto de acuerdo a dispositivos legales vigentes.

Ganancia Fiscal (Pérdida Fiscal)

Ganancia (pérdida) para el periodo sobre el que se informa por la cual los impuestos a las

ganancias son pagaderos o recuperables, determinada de acuerdo con las reglas

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establecidas por las autoridades impositivas. La ganancia fiscal es igual al ingreso fiscal

menos los importes deducibles de éste.

Gasto por Impuesto

Importe total incluido en el resultado integral total o en el patrimonio para el periodo sobre

el que se informa con respecto al impuesto corriente y al diferido.

4. ASPECTOS TECNICOS APLICABLES

NIIF PARA PYMES, SECCION 29 IMPUESTOS A LA GANANCIAS

Fases en la contabilización del Impuesto a

las Ganancias

p.29.3

Reconocimiento de Impuestos Corrientes P29.4 - p29.8

Reconocimiento de Impuestos Diferidos P29.9 – 29.10

Diferencias Temporarias P29.14

Pasivos y Activos por impuestos Diferidos P29.15 – 29.17

Tasa Impositiva P29.18 – 29.20

Corrección Valorativa P29.21 – 29.22

Medición de impuestos Corrientes y

Diferidos

P29.23 – 29.25

Presentación P29.27 – 29.29

Información a Revelar 29.30 – 29.32

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5. ASPECTOS LEGALES

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA:

INGRESOS.

Según el art. 1- de la ley del impuesto sobre la renta, el hecho generador del impuesto es la

obtención de rentas por parte de los contribuyentes. Es decir la obtención de cualquier tipo de

ingresos que generen productos, utilidades, rendimiento, ganancias, etc.

GASTOS:

La ley del impuesto sobre la renta también muestra los diferentes gastos deducibles y no

deducibles para efectos del cálculo del impuesto sobre la renta en sus art. 29 y 29A

respectivamente.

GASTOS Y COSTOS DEDUCIBLES (ART 29):

Gastos del negocio

Remuneraciones

Arrendamientos

Primas de seguros.

Tributos y cotizaciones de seguridad social.

Combustible

Mantenimiento

Intereses

Costos

Depreciación (art. 30 LISR):

Además de estos la ley establece un apartado en el art 30 exclusivo para la depreciación. En

cuando a la depreciación al ley solo permite utilizar un método de depreciación tal como lo es

el método de línea recta, además de ello estable límites máximos para el cálculo de la

depreciación de los activos dependiendo de su vida útil, la cual predetermina de igual manera

la ley para cada tipo de bienes. Es decir que al utilizar un método de depreciación diferente o

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un periodo de vida útil diferente para fines contables, se generara de seguro una diferencia, ya

sea gravable o deducible dependiendo de que el monto por depreciación sea mayor o menor

en la base contable comparado con el de la base fiscal.

Art. 30.- Es deducible de la renta obtenida, el costo de adquisición o de fabricación, de los

bienes aprovechados por el contribuyente, para la generación de la renta computable

El contribuyente aplicará un porcentaje fijo y constante sobre el valor sujeto a depreciación.

Los porcentajes máximos de depreciación permitidos serán:

Edificaciones 5%

Maquinaria 20%

Vehículos 25%

Otros Bienes Muebles 50%

Los métodos que establece son los siguientes:

• Método de línea Recta.

6. CASO PRÁCTICO

La Empresa Ejemplo, S.A. de C.V. adquiere un vehículo para su equipo de Distribución a

un valor de $ 10,000.00, esta empresa tiene como política contable depreciar los vehículos

nuevos durante una vida útil de 10 años sin valor residual. Suponiendo una ganancia del

periodo de $ 1,000.00 para el año 200x

Realice el cálculo del impuesto diferido y los registros contables correspondientes.

Costo $ 10,000.00

Vida Útil 10 años

Vida Útil Fiscal 4 años*

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1. Calculo del Impuesto Corriente200x

Ganancia Contable 5,000.00$

Depreciacion Contable s/ Empresa (+) 1,000.00$

Deducción Fiscal (-) 2,500.00$

Ganancia Fiscal 3,500.00$

Gasto por el Impuesto Corriente (25%) 875.00$

2. Calculo del Impuesto Diferido200x

Importe en Libros $ 10,000.00- 1,000.00 9,000.00$

Base Fiscal (Deducciones Futuras) $ 10,000.00 - $ 2,500.00 6,500.00$

Diferencia Temporaria 2,500.00$

Pasivo por Impuesto Diferido $ 2,500.00 x 25% 625.00$

Gasto por Impuesto Diferido 625.00$

Calculo

A

B

A B

3. Presentación en el Estado de Resultados200x

. . .Utilidad antes de Impuestos 5,000.00$

Gasto por ISLR (Impto Corriente + Diferido) 1,500.00$

Utilidad del Periodo 3,500.00$

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4. Registros Contables

31/12/200x

Impuestos Fiscales 875.00$

Impuestos Corrientes

Impuestos por PagarPasivo por Impuesto Corriente 875.00$

C/ Para reconocer el gasto por impuesto

corriente para el año 200x

31/12/200x

Impuestos Fiscales 625.00$

Impuestos Diferidos

Activos por Impuestos Diferidos

625.00$

C/ Para reconocer el cambio en los Activos

por impuestos diferidos para el año 200x

Pda X

Pda X+1

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09. METODOLOGÍA EMPLEADA

Para la elaboración del presente trabajo se utilizó la siguiente metodología, se consultaron

diversas fuentes bibliográficas como las distintas Normas técnicas y tributarias que se

aplican al Impuesto Diferido. Se consultó a profesionales expertos en la materia para

conocer de primera mano los aspectos relevantes de estas operaciones, y para

complementar la información también se utilizó parte de la experiencia práctica de los

alumnos.

De la información obtenida se desarrolló la ponencia del tema, tratando de resumir la

información y enfocándola en los aspectos técnicos, que se aplican en las operaciones de

Impuesto Diferido.

Para efectos de hacer más comprensible el tema se elaboró un caso práctico a manera de

ejemplo, cuyo aspecto fundamental sigue siendo la contabilidad y

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CONCLUSIONES DEL TRABAJO

Una vez concluido el presente documento, el equipo de trabajo hace las siguientes

conclusiones.

Existe un desconocimiento por parte de la mayoría de estudiantes acerca de la

aplicación correcta de la sección 29 de la NIIF para PYMES, en materia de Impuesto

Diferido.

Una de las razones de las deficiencias en la implementación de la Sección 29 de la

NIIF para PYMES y todas las demás secciones, es la carencia de literatura propia

contable que sirva de guía para una aplicación uniforme en el país, elaborado por los

principales organismos reguladores del país.

En muchos de los casos las empresas solamente reconocen el impuesto corriente en

sus Estados Financieros, y no se reconocen los efectos del impuesto diferido. Lo que

trae como consecuencia que no exista una implementación de NIIF para PYMES o en

su defecto la versión completa.

Como estudiantes de Contaduría Pública, nos hemos dado cuenta de lo importante que

es adoptar una actitud de diligencia en la investigación de temas técnicos. Ya que esto

nos permite obtener un criterio amplio sobre temas de interés profesional que no solo

nos pueden beneficiar personalmente sino a toda la comunidad profesional de nuestro

país, si dedicamos esfuerzos para compartir esta información.

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REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA

International Accounting Standard Board (IASB). (2009). Normas Internacionales de

Información financiera para pequeñas y medianas Entidades. UK. IASC Foundation

Publications department.

International Accounting Standard Board (IASB). (2010). Normas Internacionales de

Información financiera (NIC/NIIF). UK. IASC Foundation Publications department.

Molina Fajardo, Mario Augusto. Impuesto sobre la Renta Diferido (2006).

(Tesis).Universidad San Carlos de Guatemala, Facultad de Ciencias Económicas.

Bulnes, Paula. Impuesto Diferido: Regulación Contable 1° Edición, Buenos Aires:

Aplicación Tributaria S.A. 2008.

Impuesto Sobre La Renta Diferido. (2010, July 10). BuenasTareas.com. Retrieved

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Hernandez, Ana Verónica; Lozano Oscar Armando; Rodriguez Lemus, Erick

Alberto; Guía Práctica sobre el reconocimiento, medición, contabilización y

presentación del Impuesto sobre la Renta Corriente y Diferido. 2008 Tesis. Universidad

Nacional de El Salvador, Facultad de Ciencias Económicas, Escuela de Contaduría

Pública.

Fundación IFRS; Material de Formación sobre la NIIF para PYMES, Modulo 29:

Impuesto a las Ganancias (2010). IFRS Foundation Publications Department. London,

United Kingdom

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