Contabilidad Gubern Cuentas

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Universidad de Oriente Núcleo Bolívar Unidad Experimental Puerto Ordaz Cátedra: Contabilidad Gubernamental Sección: 01 PLAN DE CUENTAS INTEGRANTES Yisel Cedeño C.I 20.299.396 Isabel Rosario C.I 21.496.239 Daniela Muñoz C.I 22.590.534 Annys Contreras C.I 20.222.582 Josymar Liendro C.I 19- 910.496 PROFESORA: Reyes Angélica

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Universidad de OrienteNúcleo Bolívar

Unidad Experimental Puerto OrdazCátedra: Contabilidad Gubernamental

Sección: 01

PLAN DE CUENTAS

INTEGRANTES

Yisel Cedeño C.I 20.299.396Isabel Rosario C.I 21.496.239Daniela Muñoz C.I 22.590.534Annys Contreras C.I 20.222.582Josymar Liendro C.I 19-910.496

PROFESORA:

Reyes Angélica

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Ciudad Guayana mayo del 2015.

INDICE

PÁG.

1.- INTRODUCCION.............................................................................................................4

2.- PLAN DE CUENTAS.......................................................................................................6

3.- CATALOGO DE CUENTAS...........................................................................................7

4.- SIGNIFICADO Y EMPLEO DE LAS CUENTAS........................................................11

5.- LA CONTABILIDAD FISCAL PARA LOS ESTADOS Y MUNICIPIOS...................12

6.NORMAS Y CONVENCIONES GENERALES.............................................................14

7.- ESTRUCTURA DE LAS CUENTAS DEL BALANCE...............................................14

8.- VENTAJAS DE LOS SISTEMAS CONTABLES........................................................16

9.- CONTABILIDAD PARA UNIDADES BASICAS Y OPERATIVAS...........................18

10.- EMPRESAS PUBLICAS DE SERVICIOS MEDICOS ASISTECIALES………..……20

CONCLUSION…………………………………………………………………….………..21

BIBLIOGRAFIA.........................................................................................................................21

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Introducción

La Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, se establece que el Sistema de Contabilidad Pública, comprende el conjunto de principios, órganos, normas y procedimientos técnicos que permiten valorar, procesar y exponer los hechos económicos financieros que afecten o puedan llegar a afectar el patrimonio de la República o de sus entes descentralizados.

La contabilidad del Estado tiene como objetivo primordial contribuir a la mejora permanente de la toma de decisiones en los distintos niveles y sectores de gobierno, en el marco de la diversidad de transacciones que las entidades gubernamentales deben registrar y procesar para la oportuna elaboración de la información contable, como sustento de la transparencia en las rendiciones de cuentas por la gestión de los recursos públicos, lo que comprende su programación, su obtención y su utilización para el cumplimiento de los objetivos sociales.

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PLAN DE CUENTAS

El plan de cuentas es un listado que presenta las cuentas necesarias para

registrar los hechos contables. Se trata de una ordenación sistemática de todas las

cuentas que forman parte de un sistema contable. Para facilitar el reconocimiento

de cada una de las cuentas, el plan de cuentas suele ser codificado. Este proceso

implica la asignación de un símbolo, que puede ser un número, una letra o una

combinación de ambos, a cada cuenta.

El sistema mnemotécnico más usual para codificar un plan de cuentas es

el numérico decimal, que permite agrupaciones ilimitadas y facilita la tarea de

agregar e intercalar nuevas cuentas. Por ejemplo:

1 Activo,

1.1 Activo corriente,

1.1.1 Caja y bancos

1.2 Activo no corriente,

1.1.2 Inversiones corrientes.

Por lo general, el plan de cuentas se complementa con un manual de cuentas, que

presenta las instrucciones necesarias para la utilización de las cuentas que forman

parte del sistema contable.

El plan de cuentas, en definitiva, brinda una estructura básica para la organización

del sistema contable, por lo que aparece como un medio para

obtener información de manera sencilla. Un plan de cuentas debe cumplir con

varios requisitos, como la homogeneidad, la integridad (tiene que presentar todas

las cuentas necesarias), la sistematicidad (debe seguir un cierto orden) y la

flexibilidad (tiene que permitir el agregado de nuevas cuentas).

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Por otra parte, es importante que, a la hora de elaborar un plan de cuentas, se

utilice una terminología clara para designar a cada cuenta y se parta desde lo

general hacia lo particular.

El plan de cuentas, sus finalidades y procedimientos

Entre las finalidades de un plan de cuentas podemos mencionar:

La contribución al cumplimiento de los objetivos planteados por la

contabilidad.

La plasmación de toda la información referente a los objetivos la facilitación

del control de todos los ingresos y egresos.

La provisión de unos registros contables que faciliten la imputación.

Para realizar correctamente un plan de cuentas deben sistematizarse de forma

ordenada los datos, con una flexibilidad tal que permita que en un futuro podamos

agregar nuevas cuentas; además, debe hacerse con la suficiente claridad como

para permitir que otros usuarios comprendan lo que en ellas se ha plasmado.Debe

tenerse en cuenta que el fin fundamental que se persigue en este tipo de

documento es facilitar la lectura de las características de cada cuenta. Además,

muchos sistemas vienen provistos de un esqueleto que les permite ordenar los

diferentes datos y agruparlos, tomando en cuenta la codificación que distingue a

cada uno de ellos.

Existen algunos conceptos cuya comprensión puede ser sumamente necesaria

para comprender la forma en la que se desarrollan los planes de cuenta.

Disponibilidades: Hacen referencia a la existencias tanto de dinero, como

cheques, depósitos bancarios y todo aquello que pueda tener la particularidad de

ser cierto, efectivo o líquido.

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Créditos: Son aquellos derechos que la empresa tiene sobre terceros y que le

permite percibir determinadas sumas de dinero, servicios particulares o bienes.

Hay que recordar que aquellos créditos que provienen de prestaciones realizadas

sobre determinadas actividades de la empresa deben ser expuestas en forma

particular, separada del resto de las operaciones y deben ser presentados de

forma separados deudores comunes y deudores documentados.

Bienes   de cambio : Hacen referencia a aquellos bienes que se obtienen a partir de

la venta o comercialización de bienes producidos por la propia empresa.

Bienes de Uso : Dentro de esta clasificación entran todos aquellos elementos que

son utilizados para realizar la actividad principal de la empresa; los mismos deben

tener una vida útil superior a un año y no deben estar destinados a la venta. Son

bienes de uso los inmuebles, vehículos y muebles que intervienen en el proceso

de producción.

Intangibles : Son aquellos bienes que son representativos de la compañía y que

pueden brindarle algún tipo de privilegio con un potencial de generar ganancias en

el futuro. Dentro de esta clasificación entran patentes, valor de la llave, marca, etc.

CATALOGO DE CUENTAS

El conjunto de cuentas y las instrucciones para su uso, constituyen el catálogo de

cuentas de la contabilidad general. Las cuentas de la contabilidad, por su efecto,

pueden ser patrimoniales o de orden. Se adopta el sistema numérico para

codificar las cuentas, el cual es Flexible con el objeto de permitir la incorporación

de otras que resulten necesarias a los propósitos que se persiguen.

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Su estructura permite formar agrupaciones que van de conceptos generales a

particulares, la cual se conforma de cinco posiciones y de ocho dígitos, que se

representan de la siguiente forma:

GRUPO SUBGRUPO CUENTA SUBCUENTA SUBCUENTA

AUXILIAR

X X XX XX XX

Grupo: Primera posición del Catálogo de Cuentas, integrada por un dígito.

Constituye una de las partes principales que identifican la naturaleza de las

cuentas. Los grupos de cuentas, que se representan con los números uno (1) al

siete (7), son:

1------------- ACTIVO

2------------- PASIVO

3------------- PATRIMONIO

4------------- INGRESOS

5------------- GASTOS

6------------- CUENTAS DE CIERRE

7------------- CUENTAS DE ORDEN

Subgrupo: Constituye la segunda posición del catálogo de cuentas la cual se

utiliza para identificar la clasificación del grupo previsto en la primera posición,

esta integrado por un digito.

1.1-----------------Activo Circulante

1.2-----------------Activo no Circulante

2.1-----------------Pasivo Circulante

2.2-----------------Pasivo no Circulante

4.1-----------------Ingresos Tributarios

4.2-----------------Ingresos no Tributarios

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5.1-----------------Gastos de Consumo

5.2-----------------Rentas de la Propiedad

5.3-----------------Transferencias Otorgadas

5.4-----------------Gastos de Defensa y Seguridad del Estado

5.5-----------------Asignaciones no Distribuidas

5.9-----------------Otras Pérdidas

7.1-----------------Cuentas de Orden Deudoras

7.2-----------------Cuentas de Orden Acreedoras

Cuenta: Determina el ámbito del universo en rubros compatibles con el género en

forma estratificada, permitiendo conocer a niveles agregados su composición. Esta

clasificación, ubicada en la tercera posición e integrada por dos dígitos, identifica

la cuenta de mayor en la cual se registra la transacción. Ejemplo: Activo, Activo

Circulante, Bancos.

Subcuenta: Ubicada en la cuarta posición e integrada por dos dígitos identifica la

clasificación de la cuenta prevista de la tercera posición. Ejemplo: Activo, activo

circulante, banco, Cuentas Recaudadoras.

Subcuenta Auxiliar: Compuesta de dos dígitos, y ubicada en la quinta posición, se

utiliza para reflejar el detalle de la subcuenta respectiva. Ejemplo: Activo, Activo

Circulante, Bancos, Cuentas recaudadoras, Banco Central de Venezuela.

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ESTRUCTURA DEL PLAN DE CUENTAS O CATALOGO DE CUENTAS

Género Grupo Rubro

1 ACTIVO

1 Activo Circulante

1 Efectivo y Equivalentes2 Derechos a Recibir Efectivo o Equivalentes3 Derechos a Recibir Bienes o Servicios4 Inventarios5 Almacenes6 Estimación por Pérdida o Deterioro de Activos Circulantes9 Otros Activos Circulantes

2 Activo No Circulante

1 Inversiones Financieras a Largo Plazo2 Derechos a Recibir Efectivo o Equivalentes a Largo Plazo3 Bienes Inmuebles, Infraestructura y Construcciones en Proceso4 Bienes Muebles5 Activos Intangibles6 Depreciación, Deterioro y Amortización Acumulada de Bienes e Intangibles7 Activos Diferidos8 Estimación por Pérdida o Deterioro de Activos no Circulantes9 Otros Activos no Circulantes

2 PASIVO

1 Pasivo Circulante

1 Cuentas por Pagar a Corto Plazo2 Documentos por Pagar a Corto Plazo3 Porción a Corto Plazo de la Deuda Pública a Largo Plazo4 Títulos y Valores a Corto Plazo5 Pasivos Diferidos a Corto Plazo6 Fondos y Bienes de Terceros en Garantía y/o Administración Corto Plazo7 Provisiones a Corto Plazo9 Otros Pasivos a Corto Plazo

2 Pasivo No Circulante

1 Cuentas por Pagar a Largo Plazo2 Documentos por Pagar a Largo Plazo3 Deuda Pública a Largo Plazo4 Pasivos Diferidos a Largo Plazo5 Fondos y Bienes de Terceros en Garantía y/o Administración a Largo Plazo6 Provisiones a Largo Plazo

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ESTRUCTURA DEL PLAN DE CUENTAS

Género Grupo Rubro

3 HACIENDA PÚBLICA/ PATRIMONIO

1 Hacienda Pública/Patrimonio Contribuido

1 Aportaciones2 Donación de Capital3 Actualización de la Hacienda Pública/ Patrimonio

2 Patrimonio Generado

1 Resultados del Ejercicio (Ahorro/ Desahorro)2 Resultados de Ejercicios Anteriores3 Revalúos4 Reservas5 Rectificaciones de Resultados de Ejercicios Anteriores

3 Exceso o Insuficiencia en la Actualización de la Hacienda Pública / Patrimonio

1 Resultado por Posición Monetaria

2 Resultado por Tenencia de Activos no Monetarios

4 INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS

1 Ingresos de Gestión

1 Impuestos2 Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social3 Contribuciones de Mejoras4 Derechos5 Productos de Tipo Corriente6 Aprovechamientos de Tipo Corriente7 Ingresos por Venta de Bienes y Servicios9 Ingresos no Comprendidos en las Fracciones de la Ley de Ingresos Causados en Ejercicios Fiscales Anteriores Pendientes de Liquidación o de Pago

2 Participaciones, Aportaciones, Transferencias, Asignaciones, Subsidios y otras Ayudas

1 Participaciones y Aportaciones

2 Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas

3 Otros Ingresos y Beneficios

1 Ingresos Financieros2 Incremento por Variación de Inventarios3 Disminución del Exceso de Estimaciones por Pérdida o Deterioro u Obsolescencia4 Disminución del Exceso de Provisiones 9 Otros Ingresos y Beneficios Varios

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ESTRUCTURA DEL PLAN DE CUENTAS

Género Grupo Rubro

5 GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS

1 Gastos de Funcionamiento1 Servicios Personales2 Materiales y Suministros3 Servicios Generales

2 Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas

1 Transferencias Internas y Asignaciones al Sector Público2 Transferencias al Resto del Sector Público3 Subsidios y Subvenciones4 Ayudas Sociales5 Pensiones y Jubilaciones6 Transferencias a Fideicomisos, Mandatos y Contratos Análogos7.Transferencias a la Seguridad Social

8. Donativos

9 Transferencias al Exterior

3 Participaciones y Aportaciones

1 Participaciones2 Aportaciones3 Convenios

4 Intereses, Comisiones y Otros Gastos de la Deuda Pública

1 Intereses de la Deuda Pública2 Comisiones de la Deuda Pública3 Gastos de la Deuda Pública4 Costo por Coberturas5 Apoyos Financieros

5 Otros Gastos y Pérdidas Extraordinarias

6 Inversión Pública

1 Estimaciones, Depreciaciones, Deterioros, Obsolescencias y Amortizaciones2 Provisiones 3 Disminución de Inventarios4 Aumento por Insuficiencia de Estimaciones por Pérdida o Deterioro u Obsolescencia 5 Aumento por Insuficiencia de Provisiones9 Otros Gastos

1 Inversión Pública no Capitalizable

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ESTRUCTURA DEL PLAN DE CUENTAS

Género Grupo Rubro

6 CUENTAS DE CIERRE CONTABLE

1 Resumen de Ingresos y Gastos2 Ahorro de la Gestión3 Desahorro de la Gestión

7 CUENTAS DE ORDEN CONTABLES

1 Valores2 Emisión de Obligaciones3 Avales y Garantías4 Juicios5 Inversión Pública6 Bienes en Concesionados o en Comodato

8 CUENTAS DE ORDEN PRESUPUESTARIAS

1 Ley de Ingresos

1 Ley de Ingresos Estimada2 Ley de Ingresos por Ejecutar3 Modificaciones a la Ley de Ingresos Estimada4 Ley de Ingresos Devengada5 Ley de Ingresos Recaudada

2 Presupuesto de Egresos

1 Presupuesto de Egresos Aprobado2 Presupuesto de Egresos por Ejercer3 Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado4 Presupuesto de Egresos Comprometido5 Presupuesto de Egresos Devengado 6 Presupuesto de Egresos Ejercido7 Presupuesto de Egresos Pagado

9 CUENTAS DE CIERRE PRESUPUESTARIO

1 Superávit Financiero2 Déficit Financiero3 Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores

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SIGNIFICADO Y EMPLEO DE LAS CUENTAS

A fin de permitir el registro detallado de las transacciones económico - financieras y presupuestarias de los entes del Gobierno, y la elaboración de los estados financieros y presupuestarios, debe observarse la dinámica prevista en cada una de las cuentas del Plan Contable Gubernamental.

Las operaciones deberán ser registradas en las cuentas cuyo título corresponde a su naturaleza, sin establecer compensación entre éstas.

Las entidades utilizaran las cuentas principales a cuatro dígitos y las que a más dígitos se precisan en la lista de cuentas del Plan Contable Gubernamental.

Los códigos libres serán utilizados para implementar nuevas cuentas en el futuro, de acuerdo a las necesidades y el requerimiento de las entidades usuarias al Órgano Rector del Sistema Contable.

Cuentas del Balance

Activo : Recursos controlados por un ente público, identificados, cuantificados en términos monetarios y de los que se esperan, beneficios económicos y sociales futuros, derivados de operaciones ocurridas en el pasado, que han afectado económicamente a dicho ente público.

Activo Circulante: Constituido por el conjunto de bienes, valores y derechos, de fácil realización o disponibilidad, en un plazo menor o igual a doce meses.

Activo No Circulante: Constituido por el conjunto de bienes requeridos por el ente público, sin el propósito de venta; inversiones, valores y derechos cuya realización o disponibilidad se considera en un plazo mayor a doce meses.

Pasivo: Obligaciones presentes del ente público, virtualmente ineludibles, identificadas, cuantificadas en términos monetarios y que representan una disminución futura de beneficios económicos, derivadas de operaciones ocurridas en el pasado que le han afectado económicamente.

Pasivo Circulante: Constituido por las obligaciones cuyo vencimiento será en un período menor o igual a doce meses.

Pasivo No Circulante: Constituido por las obligaciones cuyo vencimiento será posterior a doce meses.

Hacienda Pública/ Patrimonio neto: El patrimonio fiscal o propio, según corresponda a la naturaleza jurídica de la entidad, se incluye la hacienda nacional adicional, las reservas, el resultado de la gestión económica

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Cuenta de Gestion: Presenta los resultados de las operaciones de negocios realizadas durante un periodo, mostrando los ingresos generados por ventas y los gastos en los que haya incurrido la entidad.

Gastos Corrientes: Representados por todos aquellos rubros que la entidad requiere para su normal funcionamiento y desempeño.

Ingresos Corrientes: En estas cuentas se incluyen los hechos económicos derivados de Cuentas por Cobrar contabilizados como devengados por concepto de imposiciones previsiones; transferencias del gobierno; ingresos tributarios y municipales; intereses y multas; rentas de inversión; ventas de bienes y servicios.

Cuentas del Resultado

Superavit y Deficit: Resultados de operación, ingresos extraordinarios, ingresos y gastos de ejercicios anteriores etc.

Cuentas de Presupuesto: omprende las cuentas que registran el control presupuestal e informan permanentemente sobre los resultados de la programación y ejecución presupuestaria

Cuentas de Orden: Comprende las eventuales responsabilidades o derechos por compromisos y garantías, que no afectan la estructura patrimonial.

Cuentas de Costos: En esta parte es conveniente mencionar que la ex Contaduría Pública de la Nación ahora Dirección Nacional de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, en el año 2004, con Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N° 032-2004-EF/93.01 dio carácter oficial al Manual de Contabilidad de Costos y de Gestión

LA CONTABILIDAD FISCAL PARA LOS ESTADOS Y MUNICIPIOS.

El sistema consiste en el registro contable tanto de las operaciones del Tesoro,

como las referentes a los bienes, derechos y obligaciones que conforman la

Hacienda Pública Nacional, tales como: los ingresos y egresos de los fondos

ordinarios y del Situado Coordinado; las retenciones y devoluciones de depósitos

de terceras personas y el manejo de los fondos especiales con destinación

específica; las inversiones transitorias y permanentes del Fisco Municipal; La

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situación de la Deuda Pública Municipal cuando exista; los fondos girados en

calidad de avance y los anticipos a contratistas; las operaciones relativas a los

activos fijos del Municipio; las responsabilidades fiscales; las reservas de

previsión; los gastos por pagar de la vigencia y los correspondientes a ejercicios

anteriores; las deudas administrativas sin disponibilidad presupuestaria.

La Contabilidad Municipal deberá llevarse en los registros principales y auxiliares

que se describen a continuación:

Regitros Principales: Los libros “Diario” y “Mayor” constituyen los registros

principales que han de ser llevados por la Administración Municipal. En el libro

“Diario” se registrarán al final de cada mes un resumen de las operaciones

mensuales que afectan a cada cuenta de Mayor, sobre la base de la información

contenida en los respectivos comprobantes y en los listados y resúmenes que se

preparen en relación con los mismos. Posteriormente se efectuarán los pases al

“Mayor” en los rubros correspondientes. El resultado del movimiento mensual de

las operaciones se reflejará en la forma prevista en los “Balances de

Comprobación” y Balance General” comprendidos en el Anexo N° 3.

Registros Auxiliares: Los registros auxiliares básicos a utilizarse son los previstos

en las Publicaciones N° 15 y 19 de la Contraloría General de la República relativos

a la contabilidad de proveedurías y almacenes y de deuda pública,

respectivamente. Se llevará asimismo un “Libro Auxiliar de Tesorería” y los

formularios “Resumen Mensual del Movimiento de Tesorería” y “Movimiento de la

Columna Varios” cuyo modelo e instrucciones para su uso figuran en el Anexo

N°1.

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OPERACIONES OBJETO DE REGISTRO CONTABLE

El sistema comprende el registro de:

1. Los ingresos y egresos de los fondos ordinarios y del Situado Coordinado.

2. Los ingresos presupuestarios liquidados.

3. Los fondos especiales con destinación específica y las retenciones y

devoluciones de depósitos de terceras personas.

4. Las inversiones transitorias del Fisco Municipal en cédulas, bonos, pagarés,

etc. y las de carácter permanente realizadas en empresas, entes autónomos, etc

5. Los Fondos girados en calidad de avance y los anticipos concedidos a

contratistas.

6. Los gastos por pagar y los préstamos a corto plazo.

7. La situación financiera del Tesoro resultante de comparar el activo corriente, por

una parte, con el pasivo exigible y las reservas de previsión, por la otra, la cual

muestra cada mes y al cierre del ejercicio, el estado de liquidez del Tesoro, en su

conjunto.

8. La situación de la deuda pública municipal, cuando exista, y la de los intereses

relativos a la misma.

9. Las operaciones relativas a los activos fijos del Municipio, tales como bienes

muebles, inmuebles y materias en depósito, así como las que se refieren a las

responsabilidades físicas establecidas a cargo de funcionarios.

10. Los ingresos de lenta y difícil recaudación.

11. Las operaciones correspondientes a otros activos, tales como deudas a favor

del Municipio a largo plazo, etc.

12. Las deudas administrativas sin disponibilidad presupuestaria y la constitución

de reservas para activos dudosos.

13. El resultado anual de la ejecución presupuestaria obtenido por comparación

entre los ingresos y los gastos presupuestarios.

14. La creación y mantenimiento de las reservas de previsión.

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NORMAS LEGALES, REGLAMENTARIAS Y SUBLEGALES APLICABLES AL

SISTEMA DE CONTABILIDAD PÚBLICA

Ley Orgánica de Hacienda Pública. Ley contra la Corrupción. Reglamento de la LOAFSP Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público (sistema

de crédito público, sistema de contabilidad pública, sistema de tesorería). Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema

Nacional de Control Fiscal. Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la

República.   Reforma del Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de

la República. La carta Magna y todas las leyes orgánicas, estatales y ordenanzas

municipales. Reglamento Parcial Nº 1, 2, 3 y 4 de la Ley Orgánica. de la

Administración Financiera del Sector. Público. Normas generales de Contabilidad de la Contraloría General de la

República y la Superintendencia Nacional de Control Interno y Contabilidad Pública.

PRINCIPIOS Y CONVENCIONES EN QUE SE FUNDAMENTA LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL EN VENEZUELA

La Contraloría General de la República, siendo el órgano rector de los sistemas de control externo e interno de la administración Pública Nacional, Centralizada y Descentralizada, dictará las normas e instrucciones que considere necesarios para el funcionamiento de dichos sistemas.

Como puede observarse, la disposición Constitucional, establece las atribuciones y funciones de la Contraloría General de la República, de manera pues, que como Entidad Fiscalizadora Superiores una institución de facultades muy amplias, y todo lo que constituya Patrimonio Público está sujeto al control y vigilancia de ese Organismo.

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Dichas normas se dieron con el objeto de que la Contraloría General de laRepublica transfiera la competencia de examinar las cuentas de gastos, bienes e ingresos de esas dependencias a las entidades de la administración central, los ministerios y demás organismos que manejan fondos a través del tesoro nacional.

Sujeción a la ley: Tanto el sistema general como los procedimientos auxiliares y especiales de la contabilidad oficial deben ceñirse a las disposiciones constitucionales y las leyes vigentes, así como a las respectivas estructuras administrativas, buscando, en todo caso, las mejores y adelantos técnicos que permiten unificarlas, para los fines de centralización.

La normativa procedimental esta consignada en los Reglamentos Publicaciones Oficiales de la Contraloría General de la Republica.

Adaptación a la estructura administrativa: Debe adaptarse a la estructura administrativa de la correspondiente entidad, cuyas operaciones y situaciones trata de reflejar.

Es posible que muchos de los servicios administrativos y de las normas legales que los rigen requerirán modificaciones y reformas, pero estas solo pueden ser ordenadas por el legislativo o el ejecutivo; mientras tanto, los programas de contabilidad deben someterse a las disposiciones en vigor, a la estructura gubernamental y a las practicas administrativas existentes.

Aplicación de la partida doble: Es necesario destacar que, para los fines de la contabilidad gubernamental, es no sólo conveniente sino indispensable la aplicación del principio de la partida doble. Es fundamental la necesidad de la aplicación del principio digráfico para cualquier sistema moderno de contabilidad, conviene formular algunas aclaraciones y ciertas salvedades al respecto, en lo que tocante a las cuentas oficiales.Dentro de la organización administrativa de los gobiernos existen numerosas dependencias que realizan operaciones elementales y uniformes, que bien pueden registrarse mediante simples relaciones de partida sencilla, pero dentro de la contabilidad general del respectivo ente público, tosa operación o transacción, cambio o mutación puede o debe tener registro digráfico.

Universalidad, unidad y uniformidad: Estos principios en que se fundamenta la contabilidad integral del estado, exigen que el sistema contable central sea uno solo y abarque, en ultimo termino, todas las cuentas de la administración publica, incluyendo institutos, establecimientos autónomos, empresas, fondos, servicios públicos, haciendas estadales y municipales, en forma concordante con el conjunto de procedimientos auxiliares que se prescriban para cada tipo de dependencia o entidades.

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La universidad de la contabilidad publica, tiene restricciones que fijan el límite o marco convencional de su proyección o alcance.

En cuanto a las riquezas naturales (baldíos, playas y bosque, minas y yacimientos etc.) son por su índole imponderables y por consiguiente no es factible expresar su valor en cifras, ya que es imposible su evaluación, lo cual por otra parte, seria inoperante, pues no se trata en este caso de formar un balance de los recursos económicos de la nación, sino de presentar las situaciones financieras y patrimoniales del fisco.

La contraloría General de la Republica ha sostenido la tesis de que la contabilidad del estado ha de ser integral, las finanzas del estado deben considerarse como un todo, sin perjuicio de la natural división de sus actividades, la separación legal de presupuestos y patrimonios de las entidades de derecho publico y sin menoscabo de la descentralización de muchos de sus servicios.

Una presentación contable parcial e inconexa de los diversos sectores de la administración publica no solo impide la apreciación de las situaciones generales y de sus problemas específicos, sino que hace muy difícil la solución de estos últimos.

La unificación contable requiere la normalización de los sistemas en cuanto a la estructura de los balances y la nomenclatura de cuentas de las entidades de derecho público y de sus dependencias, pero conservando, la amplitud y elasticidad necesarias que demanden las modalidades especiales de los distintos servicios del gobierno y sus entes descentralizados a los niveles nacionales, regionales y locales.

El sistema contable debe ser de aplicación uniforme, en el sentido de que los procedimientos que han de utilizarse en las dependencias que realizan las operaciones, sean los mismos que deben emplearse para la centralización a nivel nacional, con las variaciones que exige la técnica de consolidación.

Valoración de los bienes y obligaciones: La contabilidad del estado debe reflejar el valor de los bienes públicos con cifras actualizadas y no históricas o convencionales, ya que tales activos se valorizan o desvalorizan a través del tiempo.

Incorporación de los Institutos Autónomos y Empresas del Estado: La Ley Orgánica de la Hacienda Pública Nacional dispone que los bienes pertenecientes a los institutos o Establecimientos Oficiales Autónomos no estén sometidos al régimen fiscal ordinario previstos para los bienes nacionales, pero es necesario advertir que el patrimonio neto de aquellos entes en todo caso pertenece a la Nación. En efecto, la independencia que a tales entidades concede la ley, debe entenderse en cuanto a la administración y disposición de los recursos económicos de que se les dotado, a los fines de servicios públicos que motivaron su creación, pero ello no desvincula el derecho de pertenencia por parte de la nación.

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Otros Requerimientos de la Contabilidad Integral del Estado: A demás de los fundamentos ya expresados, que tienden a la demostración integral de las finanzas públicas a través de unidad y la universalidad de los procedimientos contables, se considera hacer mención de ciertas cuestiones básicas para el logro de los objetivos propuestos.

El buen éxito de un sistema unificado de contabilidad consiste en su sencillez y claridad, así como su versatilidad y posibilidad de adaptación; deben regirse por normas definidas, ser de fácil implantación en las unidades primarias que realizan las operaciones y estructurarse para facilitar los procesos de la centralización contable.

  La ubicación de la Contabilidad General de la Nación: El registro inicial de las operaciones es un acto que, naturalmente, compete a las dependencias y organismos que las efectuó; pero la dirección de la contabilidad, la preinscripción del sistema, el examen de las cuentas, y su certificación previa deben corresponder a organismos determinados, en cada estamento de la administración.

En Venezuela por mandato legal, la centralización de la contabilidad nacional esta a cargo de la Contraloría General de La Republica.

ESTRUCTURA DE LAS CUENTAS DEL BALANCE

CONTABILIDAD PARA UNIDADES BASICAS Y OPERATIVAS

Unidades Básicas: Se consideran unidades básicas las unidades administrativas que reciben créditos presupuestarios para cubrir sus propios gastos. También se puede decir que son destinatarias de una autorización anual para comprometer.

Unidades Operativas:Son aquellas unidades administrativas que reciben créditos por cantidades relativamente pequeñas, destinadas a gastos de funcionamiento de su propia dependencia. Estas unidades administrativas solo reciben órdenes de avances o cheques con indicación de la imputación presupuestaria.

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El sistema de contabilidad pública está organizado bajo el principio de centralización normativa y desconcentración operativa. A tal efecto, el órgano rector del sistema de contabilidad pública dictara las normas y procedimientos técnicos de aplicación general y de uso obligatorio por las unidades básicas y operativas, calificadas como tales por la máxima autoridad de los ordenadores de compromisos y pagos de los órganos de la Republica y de sus entes descentralizados funcionalmente, así como las unidades liquidadoras de ingresos públicos nacionales, las cuales contaran con los correspondientes centros de registro.

Las atribuciones de la Oficina Nacional de Contabilidad Pública (ONCOP) están definidas en la Ley Orgánica de la Administración Financiera (LOAFSP). Estas incluyen la elaboración de normas técnicas de contabilidad para todos los sistemas de registros financieros que se empleen en los organismos, incluso en los Estados y Municipios. La ONCOP es la administradora del Sistema Integrado de Gestión y Control de las finanzas públicas (SIGECOP).

El sistema de Contabilidad Pública es el núcleo de la Administración Financiera. En el convergen o se registran todos los hechos económicos financieros que afecten o puedan afectar al patrimonio de la Republica.

De acuerdo con la naturaleza de la entidad , se define y establece como metodología del registro, aquella determinada por el registro único de las transacciones económicas financieras mediante la utilización de los Catálogos de Cuentas nacionales, Clasificadores Presupuestarios de Recursos, gastos y lo relacionado a las cuentas que permiten obtener información integrada a partir del ingreso único de la información , aspecto técnico definido por la Dirección General de Contaduría.En cumplimiento de los requisitos de la Contabilidad Gubernamental, para operar como Sistema Integrado de Información Financiera, se establece que las entradas al sistema están determinados por los comprobantes de contabilidad que en general registran recursos, gastos, movimientos de contabilidad patrimonial, movimientos de contabilidad presupuestaria y movimientos de tesorería , además de los consiguientes registros de transacciones y cambios presupuestarios en sujeción a catálogos específicos para el efecto. Las salidas de información también consideran a parte de los informes básicos y complementarios , información adicional de consistencia y verificación del funcionamiento del sistema en sus módulos contables, presupuestarios, de tesorería, mantenimiento de catálogos y en la integración de la información del sistema , aparte del modulo de gestión y salvaguarda de la información en sus diferentes bases de datos que componen el sistema en su totalidad.

Empresas Públicas de Servicios Medico-Asistenciales.

A este despacho ministerial le corresponde, entre otros aspectos, la regulación, formulación y seguimiento de las políticas, la planificación y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia de salud integral, así como en el desarrollo social de la Nación. Su

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estructura financiera la integran: la unidad administradora central (unidad básica), 7 unidades administradoras desconcentradas y 7 servicios autónomos sin personalidad jurídica (unidades operativas).

Ley Orgánica de Salud (Gaceta Oficial Nº 36.579 de fecha 11 de noviembre de 1998) establece en el capítulo III, la normativa sobre el aspecto financiero de los Establecimientos de Atención Medica:

CAPITULO III

Del Financiamiento de los Establecimientos de Atención Médica.

Artículo 45.- Cada establecimiento de atención médica tendrá su propia e independiente asignación presupuestaria, de acuerdo con los lineamientos señalados en esta Ley.

La operación básica, pago de personal, dotación y mantenimiento, se financiará con recursos provenientes del Presupuesto Nacional para la Salud y, complementariamente, con recursos de los presupuestos estadales y municipales, de otros fondos de asignaciones especiales y, de la recuperación de costos sufragados por los Fondos de la Seguridad Social Integral, la Asistencia Social y otros, según el caso.

Las construcciones, remodelaciones, reemplazo de instalaciones y equipos fijos de los establecimientos de atención médica, serán financiadas a través de planes especiales de inversiones, sin perjuicio de otros fondos especiales asignados al efecto.

Artículo 46.- El dinero queobtengan dichos establecimientos de atención médica por las asignaciones presupuestarias nacionales, estadales y municipales que le sean concedidas, los aportes de los miembros de la comunidad que se integren a la gestión, subvenciones, asignaciones especiales, donaciones, beneficios económicos derivados de actividades desarrolladas y los ingresos por retribución, quedarán afectados al programa presupuestario de los mismos.

Cuando se anticipe el incumplimiento de una meta programada en el presupuesto, por falta o insuficiencia de recursos en una o varias partidas, o se requiera una rectificación de partidas o la utilización y aprovechamiento de ingresos disponibles no previstos en el programa presupuestario, esto será informado por la Junta Directiva a la administración estadal y/o municipal.

Artículo 47.- Para los efectos de gestión presupuestaria, los establecimientos de atención médica propiedad del Estado tendrán carácter de unidad básica. Se creará un registro de costos por la facturación de los servicios médicos prestados por cada una de las áreas que conforman sus unidades médico-sanitarias.

Artículo 48.- Los establecimientos de atención médica propiedad del Estado prestarán asistencia, sin discriminación alguna, a todo ciudadano que acuda a los mismos en demanda de servicios de salud.

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Artículo 51.- El Presupuesto Nacional para la Salud se formulará en función de las siguientes variables fundamentales: los objetivos en salud para cada entidad territorial, el nivel demográfico, la epidemiología en términos de daño y riesgo, el estado social de la población y las demás variables o situaciones de la salud propias de cada localidad.