Consejo provincial
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UNIVERSIDAD NACIONEL DE CHIMBORAZO
FACULTAD DE CINCIAS POLITICAS Y ADMINISTRATIVAS
ESCUELA DE CONTABILIDAD Y AUDITORIA
ANTEPROYECTO DE TRABAJO DE INVESTIGACION PARA LA NOTA DE
PROMEDIO EN LA MATERIA DE ESTADISTICA.
TITULO:
INSIDENCIA DE LA REMUNERACION DE LOS EMPLEADOS EN SU
CALIDAD DE VIDA DEL HONORABLE CONSEJO PROVINCIAL DE
CHIMBORAZO EN LA SECCION DE TRABAJADORES POR CONTRATO,
DE LA CIUDAD DE RIOBAMBA DURATE EL PERIODO 2009.
AUTORES:
ANDREA PATRICIA MERA ZARATE
YOLANDA MARIA TOAPANTA CUJI
TUTOR:
MASTER MARCO VELASCO
RIOBAMBA – ECUADOR
2009 – 2010
ii
DEDICATORIA
AL HACER PUBLICA ESTE PROYECTO DE INVESTIGACIÓN, NOS CABE EL
INMENSO HONOR DE DEDICARLES CON TODO NUESTRO AMOR Y CARIÑO
A NUESTROS QUERIDOS PADRES QUIENES CON SU AMOR, COMPRENSIÓN
Y APOYO TANTO ECONÓMICO COMO MORAL HAN CONTRIBUIDO
DECIDIDAMENTE A LA CONSECUCIÓN DEL OBJETIVO TRAZADO
III
AGRADECIMIENTO
LOS AUTORES DE ESTE TRABAJO EXPRESAN SU PROFUNDO
AGRADECIMIENTO AL ABOGADO DAVID JAVIER ZARATE JEFE DEL ÁREA
DE RECURSOS HUMANOS DEL HONORABLE CONSEJO PROVINCIAL DE
CHIMBORAZO DE LA CIUDAD DE RIOBAMBA POR HABER DADO
OPORTUNIDAD DE CONTRIBUIR CON ESTA INVESTIGACIÓN .
INDICE
DEDICATORIA ............................................................................................................... II
AGRADECIMIENTO .................................................................................................... III
RESUMEN ..................................................................................................................... IV
SUMMARY ..................................................................................................................... V
INTRODUCCION .......................................................................................................... VI
1.1. PLANTEAMINETO DEL PROBLEMA ....................................................... - 2 -
1.2. FORMULACION DEL PROBLEMA ........................................................... - 2 -
1.3. OBJETIVO GENERAL ................................................................................. - 3 -
1.4. OBJETIVOS ESPECIFICOS ......................................................................... - 3 -
1.5. JUSTIFICACION E IMPORTANCIA ........................................................... - 4 -
2.1. ANECEDENTES DE LA INVESTIGACION ............................................... - 5 -
2.2. FUNDAMENTACION TEORICA ................................................................ - 5 -
2.2.1. BIOGRAFIA DEL PREFECTO ..................................................................... - 6 -
2.2.3. REMUNERACION DE LOS TRABAJADORES ......................................... - 7 -
2.2.3.1. DE LA ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS Y
REMUNERACIONES DEL ESTADO. ......................................................... - 8 -
2.2.4. DE LA UNIFICACION Y HOMOLOGACION DE REMUNERACIONES E
INDEMNIZACIONES DEL SECTOR ........................................................ - 10 -
2.2.5. ORGANISMOS DE GESTION REGULACION Y CONTROL DE LAS
REMUNERACIONES ................................................................................. - 14 -
2.3. DEFINICION DE TERMINOS BASICOS ................................................. - 15 -
3.1. METODO CIENTIFICO .............................................................................. - 17 -
3.1.1. TIPO DE INVESTIGACION ....................................................................... - 17 -
3.1.1.1. DISEÑO DE LA INVESTIGACION ........................................................... - 17 -
3.2. POBLACION Y MUESTRA ....................................................................... - 18 -
3.2.1. POBLACION ............................................................................................... - 18 -
3.2.2. MUESTRA ................................................................................................... - 18 -
3.2.3. TABULACION ............................................................................................ - 19 -
3.3. TECNICAS E INSTRUMENTOS DE RECOLECCION DE DATOS ........ - 29 -
3.4. TECNICAS DE PROCESAMIENTO PARA EL ANALISIS. ..................... - 30 -
3.5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ........................................... - 30 -
3.5.1. CONCLUCIONES ....................................................................................... - 30 -
3.5.2. RECOMENDACIONES .............................................................................. - 31 -
RECURSOS ............................................................................................................... - 33 -
RECURSOS HUMANOS .......................................................................................... - 33 -
RECURSOS MATERIALES ..................................................................................... - 33 -
RECURSOS TECNOLOGICOS ................................................................................ - 33 -
ESTIMACION DE COSTO ....................................................................................... - 34 -
EGRESOS .................................................................................................................. - 34 -
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES ..................................................................... - 34 -
BIBLIOGRAFIA Y WEBGRAFIA ............................................................................ - 35 -
FOTOGRAFIAS ......................................................................................................... - 36 -
INDICE DE ILUSTRACIONES
ILUSTRACIÓN 1 .............................................................................................................. - 6 -
ILUSTRACIÓN 2 .............................................................................................................. - 7 -
ILUSTRACIÓN 3 ............................................................................................................ - 20 -
ILUSTRACIÓN 4 ............................................................................................................ - 21 -
ILUSTRACIÓN 5 ............................................................................................................ - 22 -
ILUSTRACIÓN 6 ............................................................................................................ - 23 -
ILUSTRACIÓN 7 ............................................................................................................ - 24 -
ILUSTRACIÓN 8 ............................................................................................................ - 25 -
ILUSTRACIÓN 9 ............................................................................................................ - 26 -
ILUSTRACIÓN 10 .......................................................................................................... - 27 -
ILUSTRACIÓN 11 .......................................................................................................... - 28 -
ILUSTRACIÓN 12 .......................................................................................................... - 29 -
INDICE DE TABLAS
TABLA 1 ...................................................................................................................... - 18 -
TABLA 2 ...................................................................................................................... - 19 -
TABLA 3 .................................................................................................................... - 20 -
TABLA 4 .................................................................................................................... - 21 -
TABLA 5 ...................................................................................................................... - 22 -
TABLA 6 .................................................................................................................... - 23 -
TABLA 7 .................................................................................................................... - 24 -
TABLA 8 .................................................................................................................... - 25 -
TABLA 9 .................................................................................................................... - 26 -
TABLA 10 .................................................................................................................. - 27 -
TABLA 11 .................................................................................................................. - 28 -
IV
RESUMEN
El presente estudio tiene como propósito fundamental determinar y analizar la
incidencia de cómo la remuneración de los empleados del consejo provincial de
Chimborazo afecta en la calidad de vida de los mismos. Si el sueldo que perciben les
alcanza para poder satisfacer las necesidades de alimentación, salud, vestuario.
También conocer si la remuneración de los empleados está de acuerdo con el escalafón
vigente del país ya que existen muchos empleados que ocupan cargos que no van acorde
a su grado de preparación y muchas veces estos trabajadores no conocen de las leyes
vigentes en el país y son estafados en el campo laboral.
Con este estudio podremos determinar si el sueldo que perciben los trabajadores esta a
nivel de la canasta familiar ya que así los trabajadores podrán solventar los gastos de sus
hogares y tener una vida más digna y cómoda de acuerdo a las necesidades de las
mismas.
Con el presente trabajo investigativo se va a tratar de motivar a los trabajadores a que
estudien para que puedan aspirar a un sueldo mejor y así mejorar su estatus de vida y
que puedan crecer tanto profesionalmente como humanamente .
V
SUMMARY
The purpose of this study is essential to identify and analyze the impact of how the
compensation of employees of the provincial council of Chimborazo affects the quality
of life for themselves. If the wages they earn enough to meet the needs of food, health,
clothing.
We also know whether the compensation of employees agree with the current ranking
of the country because there are many employees in positions that are not
commensurate with their level of preparation and these workers often unaware of
existing laws in the country and are cheated in the workplace.
With this study we will determine if the salary paid to workers is at the level of the food
basket as well the workers may pay the expenses of their homes and have a more
dignified and comfortable life according to the needs of them.
The present research work is to try to motivate workers to study so they can aspire to a
higher income and thus improve their living status and can grow both professionally and
humanely. .
VI
INTRODUCCION
El Consejo Provincial de Chimborazo, se crea el primero de enero de 1946, bajo un
análisis somero y efectivo de los gobernantes de aquella época, como medio de solución
a las necesidades y requerimientos de los pueblos más alejados por el Poder Central. Su
historia ha sido dilatada desde el inicio de su gestión, por carencia de un cuerpo legal
que norme sus responsabilidades, derechos y obligaciones.
Su funcionamiento físico-administrativo se desarrolló en lo que hoy, es la sala de
recepciones de la Gobernación de Chimborazo, contando con un equipo de servidores
de un Secretario, un Auxiliar de Secretaría, un Jefe de Obras, un Tesorero, un Conserje
y dos Choferes. Las asignaciones económicas a la época siempre fueron limitadas, como
aporte del Gobierno Nacional. Sus Consejeros estuvieron elegidos por votación popular
y de entre ellos se elegía un Presidente, un Vicepresidente y un Presidente Ocasión,
hasta 1974 en que toma otra forma administrativa, designándose un Prefecto Provincial
y siete Consejeros mediante Elección Popular.
El 24 de Enero de 1969, la Comisión Legislativa Permanente del H. Congreso Nacional
deroga el Título VI de la Ley de Régimen Administrativo y todas las leyes y decretos
que se opongan a la Ley de Régimen Provincial, recibiendo el Ejecútese del Señor
Presidente de la República del Ecuador, Dr. José María Velasco Ibarra, en el Palacio de
Gobierno, en Quito al 4 de Febrero de 1969.
- 2 -
1.1. PLANTEAMINETO DEL PROBLEMA
Los salarios son uno de los factores de mayor importancia en la vida económica y social
de toda comunidad. Los trabajadores y sus familias dependen casi enteramente del
salario para comer, vestirse, pagar el alquiler de la casa en que viven y subvenir a todas
sus demás necesidades. En la industria, los salarios constituyen una parte importante de
los costos de producción de los empleadores. A los gobiernos les interesan sobremanera
las tasas de salarios porque repercuten en el ambiente social del país y en aspectos tan
importantes de la economía como el empleo, los precios y la inflación, la productividad
nacional y la posibilidad de exportar bienes en cantidad suficiente para pagar las
importaciones y así mantener el equilibrio de la balanza de pagos.
La remuneración salarial es uno de los aspectos de las condiciones de trabajo que más
directamente influyen en la vida diaria de los trabajadores. Desde sus primeros años de
existencia, el centro de la acción la Organización Nacional de Trabajo ha girado en
torno al nivel de los salarios y la Organización ha luchado constantemente por
establecer normas que garanticen y protejan el derecho de los trabajadores a percibir un
salario justo. Según la Constitución de la (1919) "la garantía de un salario vital
adecuado" es uno de los objetivos cuya consecución es más urgente.
Los salarios representan algo muy diferente para trabajadores y empleadores. Para estos
últimos, aparte de ser un elemento del costo, es un medio que permite motivar a los
trabajadores. En cambio, para los trabajadores representa el nivel de vida que pueden
tener, un incentivo para adquirir calificaciones y, por último, una fuente de satisfacción
frente al trabajo realizado. La negociación colectiva en la empresa o en el sector y un
diálogo social tripartito en el plano nacional son las mejores vías para determinar el
nivel de los salarios y resolver conflictos potenciales.
1.2. FORMULACION DEL PROBLEMA
¿Cuál es la incidencia de la remuneración de los empleados en su calidad de vida del
honorable consejo provincial de Chimborazo en la sección de trabajadores por contrato,
de la ciudad de Riobamba durante el periodo 2009?
- 3 -
1.3. OBJETIVO GENERAL
Investigar a través de la utilización de métodos de investigación como la
remuneración de los empleados de dicha institución incide en la calidad de vida
de los mismos.
1.4. OBJETIVOS ESPECIFICOS
Realizar un análisis si los sueldos de los empleados está de acuerdo con el
escalafón salarial vigente en el país.
Determinar si el sueldo que perciben satisfacen todas las necesidades del
empleado.
- 4 -
1.5. JUSTIFICACION E IMPORTANCIA
La generalizada crisis que en los actuales momentos está atravesando nuestro país, está
envuelta en varios ámbitos, siendo estos, económicos, políticos, social, cultural
educativo; y en estos tres últimos factores donde localizamos la esencia de la
problemática social por una falta de reconocimiento de un escalafón salarial que pueda
percibir el trabajador para poder así satisfacer sus necesidades más elementales y poder
llevar una vida más cómoda y sin privaciones para él y su familia.
En este sentido y pensando en el bienestar de los trabajadores será de que conozcan que
sistema de remuneración aplica el Honorable consejo provincial y puedan hacer
comparación si con su grado de profesión su salario es el correcto.
También nuestro propósito será el de que las familias tomen conciencia de cómo gastar
su dinero en prioridades como lo es educación salud y vivienda ya que a veces el ser
humano da preferencias a cosas secundarias y no da la importancia debida a lo
primordial.
Por su naturaleza la presente investigación será caracteriza por ser descriptiva con un
enfoque social, pues toda investigación tiene su fin y este es la transformación de la
sociedad en este sentido la presente investigación a de lograr superar los inconvenientes
o problemas que se detecten en el problema de investigación.
- 5 -
2.1. ANECEDENTES DE LA INVESTIGACION
Después de realizar una investigación profunda en las bibliotecas de la ciudad de
Riobamba y en especial de la Universidad Nacional de Chimborazo hemos detectado
que no se encuentra un trabajo o estudio parecido a nuestro tema de investigación.
2.2. FUNDAMENTACION TEORICA
Para poder empezar a desarrollar nuestro tema de estudio creemos necesario conocer un
poco más a fondo sobre el Honorable Consejo Provincial de Chimborazo de la cuidad
de Riobamba y en nuestra investigación recopilamos la siguiente información:
El Consejo Provincial de Chimborazo, se crea el primero de enero de 1946, bajo un
análisis somero y efectivo de los gobernantes de aquella época, como medio de solución
a las necesidades y requerimientos de los pueblos más alejados por el Poder Central. Su
historia ha sido dilatada desde el inicio de su gestión, por carencia de un cuerpo legal
que norme sus responsabilidades, derechos y obligaciones.
Su funcionamiento físico-administrativo se desarrolló en lo que hoy, es la sala de
recepciones de la Gobernación de Chimborazo, contando con un equipo de servidores
de un Secretario, un Auxiliar de Secretaría, un Jefe de Obras, un Tesorero, un Conserje
y dos Choferes. Las asignaciones económicas a la época siempre fueron limitadas, como
aporte del Gobierno Nacional. Sus Consejeros estuvieron elegidos por votación popular
y de entre ellos se elegía un Presidente, un Vicepresidente y un Presidente Ocasión,
hasta 1974 en que toma otra forma administrativa, designándose un Prefecto Provincial
y siete Consejeros mediante Elección Popular.
El 24 de Enero de 1969, la Comisión Legislativa Permanente del H. Congreso Nacional
deroga el Título VI de la Ley de Régimen Administrativo y todas las leyes y decretos
que se opongan a la Ley de Régimen Provincial, recibiendo el Ejecútese del Señor
Presidente de la República del Ecuador, Dr. José María Velasco Ibarra, en el Palacio de
Gobierno, en Quito al 4 de Febrero de 1969.
- 6 -
Ilustración 1
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. OPERACIONALIZACION DE LAS VARIABLES
FECHA: 24-01-2010
2.2.1. BIOGRAFIA DEL PREFECTO
Empieza una vida de servicio público vinculado con los diferentes niveles de la
organización indígena desde su juventud, tanto a nivel comunitario, parroquial,
cantonal, provincial y nacional, planteando siempre el criterio de la interculturalidad
como estrategia de desarrollo de los pueblos.
Mariano Curicama, como todo el pueblo indio, para sobrevivir desarrolló estrategias de
sobrevivencia de acuerdo con las circunstancias, carpintero como su padre, albañil
como el abuelo, chofer profesional, alfabetizador y otras fueron las actividades que le
impulsaron hacia un trabajo social mediatizado siempre por un profundo compromiso
con los sectores de donde provenía; esta actitud abre espacios de participación a otros
indígenas, y para él, después de ser el primer Concejal indígena, alterno del Municipio
de Guamote, es elegido por dos períodos consecutivos como el Primer Alcalde runa en
la historia política del ecuador y de Latinoamérica.
Su proyecto político de corte participativo inspira grandes expectativas en otros
Municipios indígenas del país que asumen el liderazgo de esos gobiernos locales, a
quienes asesoraría luego, hasta asumir la Subsecretaría de Bienestar Social y la de
Vivienda, en un hecho insólito porque era la primera ocasión que un representante del
pueblo indio era requerido para desempeñar funciones tan importantes en el Gobierno
nacional.
Su experiencia como administrador y funcionario del estado fue enriquecida con la
visita a varios países de América y Europa, donde además dio a conocer las capacidades
y potencialidades de los Gobiernos locales ecuatorianos.
A la Prefectura de Chimborazo llega después de un largo proceso de aprendizaje y
preparación pública, sustentado en su proyecto político, plantea objetivos definidos para
promover una nueva forma de hacer gobierno, con la idea de cambiar:
- 7 -
• La cultura política de lo representativo a lo participativo.
• De lo inequitativo de los presupuestos a una acción equitativa.
• De una gestión lenta y burocrática a una gestión ágil y eficiente.
• De una gestión pública Vertical a una de participación ciudadana.
Los resultados, pese a las circunstancias propias de un esquema público tradicional,
empiezan a vislumbrarse y se espera que esta propuesta política se consolide de
acuerdo con los objetivos del milenio y los intereses de la ciudadanía de Chimborazo.
Ilustración 2
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. OPERACIONALIZACION DE LAS VARIABLES
FECHA: 24-01-2010
Otro punto importante es conocer acerca de las leyes vigentes en nuestro país para así
poder saber si la remuneración de los empleados del consejo provincial es el adecuado
al escalafón salarial y a loscca de acuerdo a las leyes planteadas en esta nueva
constitución.
2.2.3. REMUNERACION DE LOS TRABAJADORES
LOSCA(LEY ORGANICA DE SERVICIO CIVIL Y CARRERA ADMINISTRATIVA
Y DE UNIFICACION Y HOMOLOGACION DE LAS REMUNERACIONES DEL
SECTOR PÚBLICO)
DEL SERVICIO CIVIL Y CARRERA ADMINISTRATIVA
- 8 -
Art. 1.- Objetivo.- El servicio civil y la carrera administrativa tienen por objetivo
propender al desarrollo profesional y personal de los servidores públicos, en búsqueda
De lograr el permanente mejoramiento de la eficiencia, eficacia y productividad del
Estado y sus instituciones, mediante el establecimiento, funcionamiento y desarrollo de
un sistema técnico de administración de recursos humanos.
Art. 2.- Principios.- La presente Ley se sustenta en los principios de unicidad,
transparencia, igualdad, equidad, lealtad, racionalidad, descentralización y
desconcentración, productividad, eficiencia, competitividad y responsabilidad
Art. 3.- Ámbito.- Las disposiciones del presente Libro son de aplicación obligatoria en
todas las instituciones, entidades y organismos del Estado. Además son aplicables a las
corporaciones, fundaciones, empresas, compañías y en general sociedades en las cuales
las instituciones del Estado tengan mayoría de acciones o un aporte total o parcial de
capital o bienes de su propiedad al menos en un cincuenta por ciento.
Art. 4.- Servidores comprendidos en el servicio civil.- El servicio civil ecuatoriano
comprende: a) A los ciudadanos ecuatorianos que ejerzan funciones públicas
remuneradas en las instituciones, entidades y organismos previstas en el artículo
anterior; y,
b) A los ciudadanos ecuatorianos que ejerzan funciones en instituciones del Estado en
concordancia con lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 35 de la Constitución Política
de la República.
2.2.3.1. DE LA ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS Y
REMUNERACIONES DEL ESTADO.
DE LOS ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS
HUMANOS Y REMUNERACIONES DEL ESTADO.
Art. 52.- Organismos de aplicación.- La aplicación de la presente Ley en lo relativo a
la administración de los recursos humanos y remuneraciones del Estado, estará a cargo
de los siguientes organismos:
a) La Secretaría Nacional Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y
Remuneraciones del Sector Público; y,
b) Unidades de administración de recursos humanos de cada entidad pública.
- 9 -
SECRETARÍA NACIONAL TÉCNICA DE DESARROLLO DE RECURSOS
HUMANOS Y REMUNERACIONES DEL SECTOR PÚBLICO
Art. 53.- De la Secretaría Nacional Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y
Remuneraciones del Sector Público.- Créase la Secretaría Nacional Técnica de
Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector Público, SENRES, con
personería jurídica de derecho público, autonomía técnica, funcional, administrativa y
financiera, con jurisdicción nacional y domicilio en la ciudad de Quito. El Secretario
Nacional será nombrado por el Presidente de la República y ejercerá la representación
legal y extrajudicial.
Art. 54.- Competencia de la Secretaría Nacional Técnica de Desarrollo de Recursos
Humanos y Remuneraciones del Sector Público, SENRES.- La Secretaría Nacional
Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector Público,
SENRES, a más de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de
Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de las
Remuneraciones del Sector Público y su reglamento general, tendrá las siguientes
atribuciones:
a) Ejercer la rectoría de la administración del desarrollo institucional y de recursos
humanos del sector público.
b) Proponer las políticas de Estado y de Gobierno relacionadas con la administración de
desarrollo institucional de recursos humanos del sector público.
c) Emitir normas e instrumentos de desarrollo administrativo sobre diseño, reforma e
implementación de estructuras organizacionales por procesos y recursos humanos,
mediante resoluciones que serán publicadas en el Registro Oficial a aplicarse en las
instituciones, organismos y dependencias del sector público.
d) Evaluar y controlar la aplicación de las políticas, normas e instrumentos de desarrollo
administrativo, antes referidos.
e) Remitir estudios técnicos relacionados a la gestión de remuneraciones del sector
público.
f) Administrar el sistema nacional de información de desarrollo institucional, recursos
humanos y remuneraciones de los servidores y trabajadores del sector público.
g) Determinar, evaluar y controlar la aplicación de las políticas y normas remunerativas
del sector público, así como establecer mediante resoluciones de carácter obligatorio
para todas las instituciones públicas reguladas por esta Ley, el cumplimiento de dichas
políticas.
h) Preparar y expedir los reglamentos de aplicación general de gestión organizacional
por procesos y de recursos humanos.
- 10 -
i) Establecer los programas de capacitación generales que deberán ejecutar las
respectivas unidades competentes dentro de cada unidad u organismo del Estado y
coordinar los programas específicos de cada una de tales entidades, los mismos que se
formularán de acuerdo a la naturaleza de sus funciones.
j) Determinar los montos máximos obligatorios que se asignarán para cubrir los
incrementos salariales y los demás beneficios económicos y sociales, que se pacten en
los contratos colectivos y actas transaccionales.
k) Las demás que le asigne la ley. En las instituciones, entidades y organismos del
sector público, el porcentaje de incremento de las remuneraciones y cualquier otro
beneficio que cause un egreso de un ejercicio a otro, como máximo, será el que, previo
informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas respecto de la disponibilidad
económica, determine la SENRES.
2.2.4. DE LA UNIFICACION Y HOMOLOGACION DE
REMUNERACIONES E INDEMNIZACIONES DEL SECTOR
PUBLICO Y ENTIDADES DE DERECHO PRIVADO EN LAS CUALES LAS
INSTITUCIONES DEL ESTADO TENGAN PARTICIPACION MAYORITARIA DE
RECURSOS PUBLICOS.
Art. 101.- Ámbito.- Las disposiciones de este Libro, son de aplicación obligatoria en
todas las instituciones, entidades y organismos del sector público determinadas en el
Art. 118 de la Constitución Política de la República, incluidos todos aquellos
organismos y dependencias del gobierno central, los organismos electorales, de control
y regulación así como las entidades que integran el régimen seccional autónomo. Se
extenderá a las entidades de derecho privado, cuyo capital social, patrimonio, fondo o
participación esté integrado en el cincuenta por ciento o más por instituciones del
Estado o recursos públicos. Exceptuase únicamente al personal docente e investigadores
universitarios, técnico-docente, profesional y directivo que están sujetos a la Ley de
Educación Superior, Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional; y,
funcionarios y servidores de las Funciones Legislativa y Judicial, Ministerio Público,
Tribunal Constitucional, Cuerpo de Vigilancia de la Comisión de Tránsito de la
Provincia del Guayas y funcionarios del servicio exterior que se encuentran en
funciones fuera del país, miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional,
que se rigen por sus propias leyes.
UNIFICACIÓN DE LAS REMUNERACIONES
Art. 103.- Unificación de ingresos.- Unificase todos los componentes que constituyen el
ingreso de los dignatarios, autoridades, funcionarios, servidores y trabajadores que
prestan sus servicios en las entidades y organismos previstos en el Art. 101 de esta Ley.
- 11 -
Art. 104.- Remuneración mensual unificada.- Establéese la remuneración mensual
unificada, la misma que resulta de dividir para doce la suma de todos los ingresos
anuales que el dignatario, autoridad, funcionario, servidor y trabajador, tenga derecho y
que se encuentre presupuestado. En esta remuneración mensual unificada no se sumarán
aquellos ingresos que correspondan a los siguientes conceptos:
a) Décimo tercer sueldo o remuneración.
b) Décimo cuarto sueldo o remuneración.
c) Viáticos, subsistencias, dietas, horas suplementarias, extraordinarias, encargos y
subrogaciones.
Art. 105.- Décimo tercer sueldo o remuneración.- El décimo tercer sueldo o
remuneración de los servidores públicos y trabajadores de las entidades y organismos
contempladas en el Art. 101 de esta Ley, consiste en una remuneración Mensual
unificada adicional, que deberá ser pagada hasta el 24 de diciembre de cada año.
Art. 106.- Décimo cuarto sueldo o remuneración.- El décimo cuarto sueldo o
remuneración de los servidores públicos y trabajadores de las entidades y organismos
contempladas en el Art. 101 de esta Ley, consiste en una remuneración básica mínima
unificada que será pagada hasta el 15 de abril de cada año, en las regiones de la Costa e
Insular; y, hasta el 15 de septiembre en las regiones de la Sierra y Oriente, de
conformidad con el Art. 113 del Código del Trabajo.
Art. 107.- Unificación de las remuneraciones para los trabajadores del sector público y
de las entidades de derecho privado en las cuales las instituciones del Estado tienen
participación mayoritaria de recursos públicos.- Para los trabajadores del sector público
y de las entidades de derecho privado en las cuales las instituciones del Estado tienen
participación mayoritaria de recursos públicos, se unifican en sus remuneraciones, el
respectivo valor mensual izado de las: decimoquinta y decimosexta remuneraciones, de
la bonificación complementaria y de la compensación por el incremento del costo de
vida, así como, todos los haberes que perciban por cualquier concepto a excepción de
los señalados en el segundo inciso del Art. 104 de esta ley.
Art. 108.- Unificación de las pensiones para jubilados patronales.- Súmase a las
pensiones jubilares que se encuentren percibiendo los jubilados patronales, el respectivo
valor mensual izado del decimoquinto y decimosexto sueldos o remuneraciones.
Art. 109.- Unificación de las remuneraciones de los dignatarios, autoridades y
funcionarios que conforman el nivel jerárquico superior.- La remuneración mensual
unificada que conste en la escala que se expedirá mediante decreto ejecutivo, previo el
estudio, análisis y resolución que emita la Secretaría Nacional Técnica de Desarrollo de
Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector Público, constituye el ingreso que les
corresponde percibir al Presidente de la República, al Vicepresidente de la República y
a las demás autoridades y funcionarios, que ocupen puestos comprendidos en el nivel
jerárquico superior que señale la Secretaría Nacional Técnica de Desarrollo de Recursos
- 12 -
Humanos y Remuneraciones del Sector Público. Los dignatarios, autoridades y
funcionarios cuando hubiere lugar, tendrán derecho a percibir viáticos, subsistencias,
dietas, encargos y subrogaciones, de conformidad con la ley y las políticas y normas
que para el efecto establezca la Secretaría Nacional Técnica de Desarrollo de Recursos
Humanos y Remuneraciones del Sector Público, sin que estos ingresos constituyan parte
de la remuneración mensual unificada.
Art. 110.- Obligación previa para sociedades y sus administradores.- Los
administradores de las entidades de derecho privado en las cuales las instituciones del
Estado tienen participación mayoritaria de recursos públicos y de las sociedades
constituidas al amparo de otras leyes o de la Ley de Compañías, previo a la suscripción
y revisión de contratos individuales y colectivos, actas transaccionales, actas de
finiquito u otra modalidad en que se determinen pagos, que impliquen egresos
económicos, deberán sujetarse a las regulaciones que para tales fines establezca la
Secretaría Nacional Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del
Sector Público. Los miembros de directorios, administradores y quienes ejerzan la
representación en estas entidades, empresas o sociedades tendrán la calidad de
mandatarios y no les vinculará relación de dependencia laboral con las mismas.
Art. 111.- Escala de remuneraciones mensuales unificadas.- La escala de
remuneraciones mensuales unificadas y los niveles estructurales de los puestos serán
aprobados mediante resolución expedida por la Secretaría Nacional Técnica de
Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector Público, SENRES, en
base del informe y proyecto que presentará en un plazo no mayor a ciento ochenta días,
desde la publicación de la presente Ley en el Registro Oficial. Se deberá contar con el
dictamen técnico presupuestario del Ministerio de Economía y Finanzas. Su revisión
posterior se efectuará siempre que existan justificativos técnicos y disponibilidades o
recursos del Estado, dictaminados por el Ministerio de Economía y Finanzas.
RÉGIMEN DE REMUNERACIONES Y DE LOS INGRESOS
COMPLEMENTARIOS
Art. 112.- Del sistema de remuneraciones.- Es el conjunto de políticas, normas,
métodos y procedimientos orientados a racionalizar, armonizar y determinar la
remuneración de los servidores de las entidades y organismos contemplados en el Art.
101 de esta Ley.
Art. 113.- Principios.- Los puestos serán remunerados sobre la base de un sistema que
garantice el principio de que la remuneración del servidor y trabajador será proporcional
a sus funciones, eficiencia y responsabilidades, observando el principio de que a igual
trabajo corresponde igual remuneración.
Art. 114.- Preeminencia del presupuesto.- La norma o acto decisorio, o la acción de
personal, o el contrato que fi je la remuneración de un servidor o trabajador, no podrá
ser aplicada si no existe la partida presupuestaria con la disponibilidad efectiva de
fondos.
- 13 -
Art. 115.- Pago por mensualidades vencidas.- El pago de remuneraciones se hará por
mensualidades vencidas.
Art. 116.- Primer día de remuneración.- La remuneración se pagará desde el primer
día del mes siguiente al de la fecha de registro del nombramiento o contrato, salvo el
caso en que éste se haya llevado a cabo el primer día hábil del mes. La remuneración del
Presidente de la República, del Vicepresidente de la República, de los ministros de
Estado, y de los miembros de la fuerza pública, se pagará desde el día en que entren en
ejercicio efectivo de sus funciones. La remuneración de los miembros del servicio
exterior se pagará desde el día en que salgan al lugar de su destino. Si residieren en el
lugar del ejercicio de sus funciones, percibirán su remuneración desde el día en que
comiencen a ejercerlas.
Art. 117.- Pago de honorarios.- Cuando dentro de un mes quedare vacante un puesto
comprendido en la regla del inciso primero del artículo anterior, y la persona designada
para tal cargo entrare al servicio después del primer día hábil de dicho mes, el pago de
los servicios prestados en la fracción del mes se hará en forma de honorarios en relación
con el tiempo de labor, aplicando el gasto a la partida correspondiente.
Art. 118.- Aplicación a la partida de gastos de personal.- Si no hubiere fondos
disponibles en la partida específica para el pago de servicios prestados durante una
fracción de mes, tal pago se efectuará por dicha fracción aplicando a la partida
presupuestaria establecida para el efecto dentro del grupo de gastos de personal de la
respectiva entidad, en forma de honorarios.
Art. 119.- Pago hasta el último día del mes.- La remuneración de una persona que
estuviere en ejercicio de un puesto, será pagada hasta el último día del mes en que se
produzca la separación, cualquiera que fuese la causa de ésta. Por tanto, las
remuneraciones no serán fraccionables dentro de un mismo mes entre dos individuos,
sino que el servidor cesante percibirá la remuneración íntegra correspondiente al mes en
que se produzca la separación. En el caso de los contratos se estará a lo que los mismos
estipulen.
Art. 120.- Creación de cargo o aumento de remuneración.- En caso de creación de
un nuevo cargo o de aumento de la remuneración de uno ya existente, la creación y el
aumento se someterán a las normas presupuestarias vigentes sobre la materia.
Art. 121.- Pago por horas extraordinarias o suplementarias.- Cuando las necesidades
institucionales lo requieran y existan las disponibilidades presupuestarias
correspondientes, la autoridad nominadora podrá disponer y autorizar, al servidor o
trabajador de las entidades y organismos contemplados en el Art. 101 de esta Ley, a
laborar hasta un máximo de sesenta horas extraordinarias o suplementarias al mes. En
los términos de este artículo, no se obligará al servidor público a trabajar horas
extraordinarias o suplementarias sin el pago correspondiente.
- 14 -
Art. 122.- Prohibición.- A más de su remuneración presupuestariamente establecida,
ningún servidor o trabajador de las entidades y organismos contemplados en el Art. 101
de esta Ley, podrá pedir al Estado o a los particulares, ni aceptar de éstos, pago alguno
en dinero, especie u otros valores, ventajas o beneficios, por el cumplimiento de sus
deberes oficiales. En caso de que el servidor o trabajador reciba de los particulares
algún pago en dinero, especie u otros valores por el cumplimiento de sus deberes
oficiales, o acepte de ellos obsequios, a cualquier pretexto, beneficios o ventajas para sí
o para su cónyuge o conviviente en unión de hecho, o pariente hasta el cuarto grado de
consanguinidad o segundo de afinidad, será destituido con arreglo a la ley, sin perjuicio
de las responsabilidades civiles o penales que correspondan.
El funcionario competente, impulsará inmediatamente el procedimiento que conduzca a
la destitución en el puesto de ese servidor o trabajador y dará cuenta del hecho, en su
caso, a la autoridad que expidió el nombramiento o suscribió el contrato.
Art. 123.- Prohibición de pluriempleo y de percibir dos remuneraciones.- Sin
perjuicio de lo prescrito por la Constitución Política de la República, a ningún título, ni
aún el de contrato, comisión u honorarios, ninguna autoridad, funcionario, servidor o
trabajador percibirá dos remuneraciones provenientes de funciones, puestos o empleos
desempeñados en las entidades y organismos contemplados en el Art. 101 de esta Ley.
2.2.5. ORGANISMOS DE GESTION REGULACION Y CONTROL DE
LAS REMUNERACIONES.
Art. 134.- Organismos.- Son organismos de gestión, regulación y control de las
remuneraciones de los dignatarios, autoridades, funcionarios, servidores y trabajadores
de las entidades y organismos previstos en el Art. 101 de esta Ley:
La Secretaría Nacional Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y
Remuneraciones del Sector Público.
El Ministerio de Economía y Finanzas.
El Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos.
La Contraloría General del Estado, en el ámbito de su competencia.
- 15 -
2.3. DEFINICION DE TERMINOS BASICOS
ATRIBUCION.- Cada una de las facultades o poderes que corresponden a cada
parte de una organización pública o privada según las normas que las ordenen.
AUTONOMO.- Que trabaja por cuenta propia.
BUROCRACIA.- Organización regulada por normas que establecen un orden
racional para distribuir y gestionar los asuntos que le son propios.
CESANTE.- Dicho de una persona: Que ha quedado sin trabajo.
COMPENSACION.- Igualar en opuesto sentido el efecto de una cosa con el de
otra.
CONSOLIDE.-
DESTITUCION.- Separar a alguien del cargo que ejerce.
DICTAMEN.- Opinión y juicio que se forma o emite sobre algo.
DIGNATARIO.- Persona investida de una dignidad.
EFICIENTE.- Capacidad de disponer de alguien o de algo para conseguir un
efecto determinado.
EMITIR.- Arrojar, exhalar o echar hacia fuera algo.
ENTIDAD.- Colectividad considerada como unidad. Especialmente, cualquier
corporación, compañía, institución, etc., tomada como persona jurídica.
EQUIDAD.- Igualdad de ánimo.
ESCALAFON.- Lista de los individuos de una corporación, clasificados según su
grado, antigüedad, méritos, etc.
EXCEPCION.- Cosa que se aparta de la regla o condición general de las demás de
su especie.
EXCEPTUAR.- Excluir a alguien o algo de la generalidad de lo que se trata o de
la regla común.
EXPEDIR.- Dar curso a las causas y negocios.
FRACCION.- División de algo en partes.
GESTION.- Hacer diligencias conducentes al logro de un negocio o de un deseo
cualquiera.
INDEMNIZACION.- Resarcir de un daño o perjuicio.
INSOLVENCIA.- Falta de solvencia, incapacidad de pagar una deuda.
JERARQUICO.- Perteneciente o relativo a la jerarquía.
MODALIDAD.- Modo de ser o de manifestarse algo.
NEPOTISMO.- Desmedida preferencia que algunos dan a sus parientes para las
concesiones o empleos públicos.
ORGANISMO.- Conjunto de leyes, usos y costumbres por los que se rige un
cuerpo o institución social.
PATRIMONIAL.- Perteneciente o relativo al patrimonio.
POTENCIALIDAD.- Equivalencia de algo respecto de otra cosa en virtud y
eficacia.
PROMOVER.- Iniciar o impulsar una cosa o un proceso, procurando su logro.
REMUNERACION.- Recompensar, premiar, galardonar.
- 16 -
SALARIO.- En especial, cantidad de dinero con que se retribuye a los
trabajadores por cuenta ajena.
SOMERO.- Casi encima o muy inmediato a la superficie.
SUBROGAR.- Sustituir o poner a alguien o algo en lugar de otra persona o cosa.
SUPLEMENTARIA.- Que sirve para suplir algo o completarlo.
UNIFICAR.- Hacer de muchas cosas una o un todo, uniéndolas, mezclándolas o
reduciéndolas a una misma especie.
- 17 -
3.1. METODO CIENTIFICO
En la presente investigación utilizaremos el método inductivo y analítico.
La aplicación del método inductivo, nos permite estudiarle al problema de manera
particular para posteriormente diseñar conclusiones generales. Por su parte el método
analítico, nos ayudara a revisar y analizar ordenadamente las particularidades del
problema a estudiarse a de lograra llegar a constituir las relacione entre sí.
3.1.1. TIPO DE INVESTIGACION
La investigación se caracteriza por ser de tipo explicativa-descriptiva.
Descriptiva: porque una vez que exista un estudio profundo de la problemática a
investigarse, podre escribir un fundamente de causa al fenómeno estudiando.
Explicativa: porque sobre la base del procesamiento e interpretación de la información
recabada en textos libros, registros estadísticos, etc.; se podrá explicar la causa y
consecuencias que está produciendo el fenómeno en un contexto determinado.
3.1.1.1. DISEÑO DE LA INVESTIGACION
Nuestra investigación es documental, de campo, y no experimental.
Documental: porque en base al análisis crítico de la información recabada en textos,
libros, registros, se podrá elaborar la fundamentación teórica que a su vez permitirá que
el investigador posea un conocimiento científico sobre lo que va a investigar.
Campo: es de campo por que el proceso investigativo se lleva a cabo en un lugar
específico en este caso el Honorable Consejo Provincial de Riobamba.
No-experimental: porque el problema a investigarse se lo observara tal como se da en
el contexto, es decir no habrá una manipulación deliberada de variables.
- 18 -
3.2. POBLACION Y MUESTRA
3.2.1. POBLACION
La población de la presenta investigación la integran todo el personal que están
involucradas en el Honorable Consejo Provincial de la ciudad de Riobamba que son un
total de 354 trabajadores
3.2.2. MUESTRA
En vista que nuestra población, no es extensa procedemos a trabajar con los
involucrados a quienes les aplicaremos los diferentes instrumentos de investigación, a
fin de recabar información del fenómeno
Tabla 1
EXTRACTO Nº
Ayudante de Topografía 2
Ayudante de Maquina 5
Chofer 23
Lavador Engrasador 1
Operador 2
Ayudante de Mecánica 1
Ayudante 6
Proveedora 1
Ayudante-Cadenero 1
Vulcanizador 1
TOTAL 43
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. POBLACION DE LA INVESTIGACION
FECHA: 24-01-2010
Contabilizada la población de un total general de 44 trabajadores en el proceso
investigativo.
- 19 -
3.2.3. TABULACION
La tabulación del trabajo de investigación lo realizamos de la siguiente manera :
Tabla 2
QUE CARGO OCUPA USTED EN EL HONORABLE CONSEJO
PROVINCIAL
CARGOS FRECUENCIA PORCENTAJE
Ayudante de Topografía 2 5%
Ayudante de Maquina 5 12%
Chofer 23 53%
Lavador Engrasador 1 2%
Operador 2 5%
Ayudante de Mecánica 1 2%
Ayudante 6 14%
Proveedora 1 2%
Ayudante-Cadenero 1 2%
Vulcanizador 1 2%
TOTAL 43 100%
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. TABLA DE FRECUENCIAS
FECHA: 24-01-2010
- 20 -
Ilustración 3
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. GRAFICO DE PORCENTAJES
FECHA: 24-01-2010
QUE SUELDO PERCIBE EN DICHA
INSTITUCION
TABLA 3
CARGOS FRECUENCIA SUELDO
Ayudante de Topografía 2 $265,00
Ayudante de Maquina 5 $209,83
Chofer 23 $300,00
Lavador Engrasador 1 $265,00
Operador 2 $230,65
Ayudante de Mecánica 1 $265,00
Ayudante 6 $209,83
Proveedora 1 $265,00
Ayudante-Cadenero 1 $209,83
Vulcanizador 1 $265,00
TOTAL 43 $2.485,14
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. TABLA DE FRECUENCIAS
FECHA: 24-01-2010
0%10%20%30%40%50%60%
PORCENTAJE DE CARGOS
- 21 -
Ilustración 4
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. GRAFICO DE PORCENTAJES
FECHA: 24-01-2010
TIENE USTED TITULO PROFECIONAL
TABLA 4
SI NO ESTUDIANDO TOTAL
23 12 8 43
54% 27% 19% 100%
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. TABLA DE FRECUENCIAS
FECHA: 24-01-2010
$0.00
$50.00
$100.00
$150.00
$200.00
$250.00
$300.00
Series1
- 22 -
Ilustración 5
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. GRAFICO DE PORCENTAJES
FECHA: 24-01-2010
CONOCE USTED SI SU SUELDO ESTA DE ACUERDO AL ESCALAFON
SALARIAL
Tabla 5
SI NO TOTAL
33 10 43
77% 23% 100%
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. TABLA DE FRECUENCIAS
FECHA: 24-01-2010
54%27%
19%
TITULO PROFECIONAL
SI NO ESTUDIANDO
- 23 -
Ilustración 6
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. GRAFICO DE PORCENTAJES
FECHA: 24-01-2010
EL SUELDO QUE PERCIBE CUBRE TODOS LOS GASTOS DE SU FAMILIA
TABLA 6
SI NO TOTAL
26 17 43
0,60 0,40 1,00
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. TABLA DE FRECUENCIAS
FECHA: 24-01-2010
77%
23%
PORCENTAJE DE CONOCIMIENTO
SI
NO
- 24 -
Ilustración 7
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta TITULO. GRAFICO DE PORCENTAJES
FECHA: 24-01-2010
LOS INGRESOS QUE PERCIBEN DE QUE MANERA UD LOS DISTRIBUYE
(PORCENTAJE DEL 100%)
am = 100-1
i=99/7+1
ni=1+3.33log(100)
am = 9
i=15
Ni = 7
TABLA 7
VESTUARIO f fa fr f%
1% - 15% 4 4 0,093 9%
16% - 30% 6 10 0,140 14%
31% - 45% 12 22 0,279 28%
46% - 60% 16 38 0,372 37%
61% - 75% 2 40 0,047 5%
76% - 90% 2 42 0,047 5%
91% - 105% 1 43 0,023 2%
43 1 100%
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. TABLA DE FRECUENCIAS
FECHA: 24-01-2010
60%
40%
PORCENTAJE DE GASTOS
SI NO
- 25 -
Ilustración 8
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. GRAFICO DE PORCENTAJES
FECHA: 24-01-2010
TABLA 8
SALUD f fa fr f%
1% - 15% 6 4 0,140 14%
16% - 30% 9 13 0,209 21%
31% - 45% 15 28 0,349 35%
46% - 60% 10 38 0,233 23%
61% - 75% 1 39 0,023 2%
76% - 90% 1 40 0,023 2%
91% - 105% 1 41 0,023 2%
43 1 100%
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. TABLA DE FRECUENCIAS
FECHA: 24-01-2010
0
2
4
6
8
10
12
14
16
1 2 3 4 5 6 7
FREC
UEN
CIA
S
PORCENTAJE
- 26 -
Ilustración 9
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. GRAFICO DE PORCENTAJES
FECHA: 24-01-2010
TABLA 9
EDUCACION f fa fr f%
1% - 15% 1 4 0,023 2%
16% - 30% 7 11 0,163 16%
31% - 45% 9 20 0,209 21%
46% - 60% 4 24 0,093 9%
61% - 75% 7 31 0,163 16%
76% - 90% 5 36 0,116 12%
91% - 105% 10 46 0,233 23%
43 1 100%
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. TABLA DE FRECUENCIAS
FECHA: 24-01-2010
14%
21%
35%
23%
3% 2% 2%
PORCENTAJE SALUD
1% - 15% 16% - 30% 31% - 45% 46% - 60%
61% - 75% 76% - 90% 91% - 105%
- 27 -
Ilustración 10
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. GRAFICO DE PORCENTAJES
FECHA: 24-01-2010
TABLA 10
ALIMENTACION f fa fr f%
1% - 15% 6 4 0,140 14%
16% - 30% 8 12 0,186 19%
31% - 45% 3 15 0,070 7%
46% - 60% 9 24 0,209 21%
61% - 75% 2 26 0,047 5%
76% - 90% 7 33 0,163 16%
91% - 105% 8 41 0,186 19%
43 1 100%
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. TABLA DE FRECUENCIAS
FECHA: 24-01-2010
0
2
4
6
8
10
1 2 3 4 5 6 7
FREC
UEN
CIA
PORCENTAJE
PORCENTAJE DE EDUCACION
- 28 -
Ilustración 11
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. GRAFICO DE PORCENTAJES
FECHA: 24-01-2010
EL SUELDO QUE PERCIBE CUBRE TODOS LOS GASTOS DE SU FAMILIA
TABLA 11
SI NO TOTAL
26 17 43
0,60 0,40 1,00
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. TABLA DE FRECUENCIAS
FECHA: 24-01-2010
14%
18%
7%
21%
5%
16%
19%
POECENTAJE DE ALIMENTACION
1% - 15% 16% - 30% 31% - 45% 46% - 60%
61% - 75% 76% - 90% 91% - 105%
- 29 -
Ilustración 12
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta TITULO. GRAFICO DE PORCENTAJES
FECHA: 24-01-2010
3.3. TECNICAS E INSTRUMENTOS DE RECOLECCION DE DATOS
Las técnicas e instrumentos que se utiliza para la recolección de la información, datos y
más pertinente serán:
Fichaje
Entrevista
Los instrumentos que empleamos para la recolección de datos fueron:
Fichas nemotécnicas: nos sirvió para recabar información sobre teorías y
conceptos, estipulados en libros, textos que guardan relación con la problemática.
Fichas bibliográficas: esta ficha se utilizamos para archivar la bibliografía que
hemos utilizado en el desarrollo de la fundamentación teórica e investigación.
Entrevista: este instrumento de investigación se aplico especialmente a los
trabajadores en el área de contrato ya que para mayor facilidad de los
colaboradores nos sugirieron la entrevista antes que la encuesta ya que por sus
labores no contaban con el tiempo de llenar las encuestas como es el ejemplo del
chofer que lo realizamos
60%
40%
PORCENTAJE DE GASTOS
SI NO
- 30 -
3.4. TECNICAS DE PROCESAMIENTO PARA EL ANALISIS.
La información recabada en los diferentes instrumentos de investigación será procesada
y analizados a través de técnicas estadísticas y técnicas lógicas. Para el procesamiento
de la información se utilizara Excel que es paquete contable Excel que permitirá
procesar la información que al mismo tiempo permite obtener frecuencias y porcentajes
y para analizar los resultados se utiliza las técnicas lógicas como la deducción.
3.5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
3.5.1. CONCLUCIONES
Los sueldos en el Honorable Concejo Provincial son los adecuados comparando al
escalafón salarial vigente en el país
Algunos de los trabajadores de dicha institución el sueldo que perciben no les
alcanzan para cubrir todos sus gastos
A otros trabajadores el sueldo a percibir cubre con todas sus necesidades
primordiales de su hogar.
Algunos de los colaboradores de esta prestigiosa institución se encuentran
estudiando para poder subir de escalafón y así ganar más para poder llevar una
vida más cómoda.
Muchos de los trabajadores no están de acuerdo con el sueldo que perciben ya que
comentan que ellos tienen un grado de estudio superior y deben ganar más que un
trabajador con un grado menos de estudio.
Un 77% de los trabajadores conocen del escalafón salarial que se aplica en dicha
institución.
Muchos de los empleados del consejo gastan su dinero en cosas que no son de
primera necesidad haciendo que esto no les alcance para cubrir las demás
necesidades primordiales,
Algunos colaboradores de la institución no dan el grado de importancia que tiene
la educación de sus familias ya que prefieren gastar lo mínimo para esta
necesidad.
- 31 -
3.5.2. RECOMENDACIONES
Se recomienda que el Honorable Consejo Provincial de Chimborazo se siga
manteniendo bajo la ley vigente en el ecuador para la remuneración de sus
trabajadores.
Los trabajadores deben realizar un análisis personal si sus ingresos son
justificados o si gasta demasiado en cosas sin importancias y esto produce que el
sueldo que perciban no les alcance.
Se motivar a los trabajadores que saben gastar su dinero en cosas primordiales ya
que ellos saben cómo llevar su economia equilibradamente.
El Consejo Provincial debe dar todas las facilidades a los trabajadores que se
encuentran estudiando para que puedan superarse ya que así la institución
también se beneficiara a largo corto de esto.
Se debe dar charlas de la nueva ley vigente de la LOSCCA a los colaboradores de
esta institución para que ellos estén informados de que si el sueldo que perciben
está de acuerdo al título profesional que ellos tienen.
Los empelados de esta institución deben de realizar una lista de cuáles son sus
necesidades más primordiales y el costo de estas necesidades para que así
conozcan de cuánto y en que deben gastar,
- 33 -
RECURSOS
RECURSOS HUMANOS
Las personas directamente con esta investigación son:
Investigadores
Tutor
Trabajadores
Jefe de Recursos Humanos
RECURSOS MATERIALES
Los materiales que se requiere para la cristalización de la investigación son los que a
continuación se detallan:
Útiles fe oficina
Bibliografía
Copias Xerox
Reproducción de documentos
Alquiler de computadora
Flash memory
Impresiones
Anillado de proyecto
RECURSOS TECNOLOGICOS
Computadora
Cámara fotográfica
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ESTIMACION DE COSTO
EGRESOS
Cuadro 1
DETALLE VALOR
UTILES DE OFICINA 6.00
COPIAS XEROX 4.00
REPRODUCCION DOCUMENTOS 10.00
FLASH MEMORY 12,00
IMPRESIONES 8.00
ANILLADO 3.00
ALQUILER DE COMPUTADORA 5,00
TRANSPORTE 3.00
TOTAL GENERAL 41.00
AUTOR: Andrea Mera y María Toapanta
TITULO. EGRESOS
FECHA: 24-01-2010
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
ACTIVIDADES DICIEMBRE ENERO
BUSCAR LA AYUDA DE LA INSTITUCION X
FORMULACION DE PROBLEMA X
TUTORIAS X
CONSULTAR TEORIA X
REALIZACION DE ENTREVISTA X
TABULACION DE LA INFORMACION X
ELABORACION DEL PROYECTO X
ENTREGA DE PROYECTO 29 DE ENERO X
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BIBLIOGRAFIA Y WEBGRAFIA
Diccionario de la lengua española - Vigésima segunda edición
http://buscon.rae.es/draeI/
Ley LOSCCA (Ley Orgánica de Servicio civil y Carrera Administrativa)
www.google.com
www.monografias.com
Métodos de Investigación y Técnicas de Estudio
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FOTOGRAFIAS
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