CONSEJO NACIONAL 8 AYUDANTES TECNICOS SANITARIOS · 2012-05-29 · Para España el...
Transcript of CONSEJO NACIONAL 8 AYUDANTES TECNICOS SANITARIOS · 2012-05-29 · Para España el...
u-..o
CONSEJO NACIONAL 8 AYUDANTES TECNICOS SANITARIOS
septobiol •
Una terapéutica segura para las broncopatíasinflamatorias porque asocia en su fórmula:
Dos antibióticos de amplio espectro en una sola molécula,Balsámicos solubles,Analgésicos, antipiréticos, antiflogfsticos y vitamina c.
en dos presentaciones
Fórmula septobiol..SOON-pirrolidinometiltetraciclina cloranfenicol succinato 500 mg.Vitamina C . . . . . 200 11
Guayacolglicolato sódico . . 100 11
Dipirona. . • 200 11
Lidocaína CIH . . . . • 40 "Agua destilada apirógena c. s. p. . 4 c.C.
septobiol~niños300 mg.120 11
60 11
100 11
20 11
5 c.C.
septobiol niños Cajas de dos viales con mitad de la fórmula en cada vial de la molécula,tetraciclina-cloranfenicol y vitamina C, y dos ampollas de disolvente de2'5 c.c. con el resto de componentes, en igual forma. Presentación ésta, muypráctica para pediatría.
([ID LABORATORIOS JORBA Madrid - Barcelona -
MEDICINAy.CIRUGIAAUXILIAR
•UmarlO-
EVISTA MENSUAL
6
5
21
Págs.
Avi/a , "Mirador de Castilla" .-Ayer, hoy y ma-
ñana de Avila, Ciudad de los Caballeros ... 35
Má/aga.-Ciclo de conferencias ... ... 34
El aspecto humano, factor predisponente del
éxito en la relación médico-enfermo 30
PREVISION ... ... ... ... 25
Medicina del Trabajo.-Exégesis del artrcu
lo 89 del Reglamento de Servicios Médicos
de Empresa ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... 27
EDITORIAL.-Polltica activa ... ... . ..
SECCION OFICIAL ...
CONSEJO NACIONAL
de Montes y Ferreiro
órgano oficial delconsejo nacional deayudantestécnicos sanitarios
••••••••••••••••••••••••••••••••••••
¡¡••••••••••••••••••••••••••
iEDACCION y ADMINISTRACION:uesta de Santo Domingo, 6eléfonos 2410022 y 2470022
RID - 13
• DICIEMBRE 1969
Imprenta FARESOaseo de la Dirección, 3ADRID - 20
....
)OMENIKOS THEOTOKOPOULOS, "EL GRECO": La adoración de los pastores.-Museo del Prado.-Madrid.
9~( QEonsejo 9[1acío~a( de 1flyudanles ca¡::écnicos cJDanifarios desea
a fados sus co(aboradores, compañeros, amigos y fam([iares muy
FELICES 'AS
POLITICA ACTIVA
Es posiblé que muchos de nuestros compañeros, al conocer el profundo cambio de Gobierno querecientemente se ha producido en España, se hayan intranquilizado un tanto, pesimistamente impresionados, no porque consideren peores o mejores a los nuevos titulares de muchas de las carteras ministeriales, a los que, seguramente, no conocen a fondo, sino más bien porque sospechen o haya nacido en ellos el temor de que todas nuestras anteriores gestiones, nuestra concienzuda labor, nuestrosno pequeños esfuerzos con objeto de interesar a la Superioridad en los problemas de la Clase se hayanvenido abajo, se hayan derrumbado en pocas horas y ahora sea necesario volver a empezar.
Desde nuestro punto de vista. procurando pensar objetivamente, creemos con toda sinceridad queno hay motivo para alarmarse ni puede resultar estéril lo mucho comenzado porque nuevos hombresvayan a regir desde este momento los destinos de nuestra Patria. Sin considerarnos en modo algunopotiticos, simplemente como españoles, razonemos un poco.
Para España el franquismo-creemos que tiene derecho a ser denominado así-ha venido a serla encarnación, nueva y revolucionaria, de un verdadero sistema político o, si se quiere, de un verdadero sistema social. Una figura de la talla, de la envergadura de nuestro Caudillo, que durante treinta años lleva empuñando el timón del Estado y que ha conseguido una tan absoluta, radical y beneficiosapromoción nacional, no puede ser considerado solamente como un buen ¡efe de Gobierno. No. Contraviento y marea, venciendo infinidad de dificultades, luchando contra la incomprensión exterior y la rebeldía interior innata en nuestra raza, ha creado una España nueva, absolutamente nueva, y la ha hecho recobrar un rango europeo perdido ya para nosotros desde los lejanos tiempos de los últimos Austrias.
Como el socialismo, como el comunismo, como la democracia cristiana, como el laborismo inglés,como la Monarquía y como en su día lo fueron el fascismo y el nacionalsocialismo, el franquismo tienevida propia, constituye un modo sui generis de gobernar, posee caracteres específicos e inmutables,una finalidad perfectamente concreta, absolutamente carqcterizada, que no puede modificar determinada persona o determinado equipo de personas.
Una de las cosas más maravillosas que tiene la visión política del Generalísimo Franco es suconstante preocupación por la continuidad, su obsesión por garantizar el porvenir de España. Francoha venido a ser la contrafigura de aquel rey franeis que, según se dice, exclamó al morir: «¡Despuésde mí, el Diluvio!» Franco ha pensado siempre en el mañana, en ese mañana eterno de las naciones,a cuyo lado, por comparación, la vida de un hombre resulta una cosa efímera, lamentablemente pasajera.
Franco ha creado un sólido cuerpo inmutable, ha modelado de nuevo la apariencia física ymoral de la Patria, ha esculpido en granito la nueva Matrona Ibérica y la ha colocado en un robustopedestal al que, como al de la españolísima Virgen del Pilar, no se encuentra el cimiento.
Los ochenta y pico de ministros que, según la prensa, han pasado por el Gobierno a partirde 1939, aun siendo relativamente un número corto, demuestran lo que acabamos de decir.
Lo mismo debe ocurrir ahora. Franco, como siempre, sabe muy bien lo que tiene que hacer. Fran·co sabe que los hombres se gastan, que los entusiasmos se oxidan, que las energías se consumen por encima de nuestra voluntad. Franco sabe que el cambio radical que se avecina para España-y Dios quiera tarde lo más posible-necesita de hombres nuevos, de hombres descansados; de hombres ya entrenados,pero con toda su potencialidad almacenada. I
Las líneas generales de la política no han de cambiar. Los problemas, las reformas urp.entes.las soluciones prontas serán las mismas. Y lo que no pudieron terminar aquéllos serán éstos quienes lo terminen. Ha llovido mucho desde los tiempos- en que, con un ritmo casi mecánico, Sagasta V Cánovas alternaban en el Poder, y, jugando al tenis con la desdichada nación, cada vez que mandaba el uno, hacíaprecisamente lo contrario de lo que había iniciado el otro.
El que sea éste o aauél el ministro de la Gobernación o el ministro de Trabajo, a nosotros nodebe inquietarnos. Si aquéllos nos atendieron, también éstos nos atenderán. Si aquéllos dejaron en víasde arreglo y recomposición un asunto, a éstos les corresponderá terminarlo. Lo esencial es que lo quesolicitemos sea justo, equitativo, razonable y positivamente necesario.
Claro es- que será preciso recordar, insistir, efectuar un cúmulo de visitas, informar a la nueva Superioridad, Pero a eso, amigos, ya estamos acostumbrados a lo largo de estos aíios.
No hay motivo para asustarse. Verdad no hay más que una. justicia no hay más que una. Yquienes tienen, en sus manos la gobernación del Estado, a ello deben atenerse.
MEDICINA y CIRuofA AUXILIAR ,
Segundo eiereicio(Práctico)
Consistirá en la realización práctica, durante veinte minucomo máximo, de uno de los cuarenta temas que figuranel programa para este segundo ejercicio.
Art. 8.0 Los que no se presenten al examen el día quetengan' señalado se entenderá que renuncian al mismo, petodiendo todos los derechos a tomar parte en la convocatoria.
Los que después de comenzado el examen desistieran decontinuarlo, se entenderá que renuncian a la oposición.
Art. 9.0 Terminados los exámenes, los aspirantes que hayan demostrado suficiencia serán relacionados por riguroso 01den de puntuación, resultando ésta de la suma de las •caciones obtenidas en los ejercicios de la oposición, expedieaescolar y valoración de méritos profesionales que sean acreditados.
En caso de empate serán establecidas las siguientes prefe-rencias:
a) Entre dos militares, se antepondrá el más antiguo.b) Entre militar y paisano, el militar.e) Entre dos paisanos, el hijo de militar profesional, en SIl
caso.d) En igualdad de condiciones, el de más edad.Art. 10. La relación de los aspirantes .que resulten selec.
cionados por su mejor calificación y con arreglo al númentde plazas convocadas será expuesta en la Secretaría del IJII.tituto de' Medicina Clínica y Aeroespacial, considerándose ea.minados de la oposición los que no tengan cabida en dichonúmero de plazas.
Por dicha Secretaría será notificado a los seleccionadosefectos y equipos con que han de contar a su ingreso en •Ejército, así como la obligación de completar, en el plazo baoprorrogable de treinta días hábiles, los documentos siguientlf,acreditativos de las condiciones y requisitos exigidos en ipresente convocatoria.
a) Certificado del acta de inscripción de nacimiento delaspirante.
b) Certificado del Registro de Penados y Rebeldes del iDteresado.
cJ Declaración jurada. suscrita por el interesado, de nclhallarse procesado ni haber sido expulsado de algún Cuerplldel Estado o Centro Oficial de Enseñanza.
d) Certificado de buena conducta expedido por la Comlsarfa de Policía Provincial 9 9t! Disttltg corrll'i¡lnnflir.ntl I 11re51denlilla del intlrllado.
El opositor extraerá, a la suerte, cuatro temas de los bl>cluidos en el programa, uno de cada grupo, que desarrolJaGsucesivamente en el plazo máximo de diez minutos por telllly siguiendo el orden en que figuran en dicho programa. Mepodrá pasar al tema siguiente sin haber concluido el anter!
Los temas que hayan sido desarrollados por un opositor ..podrán repetirse por otro en la misma sesión.
Primer ejercicio(Oral)
presentación de las mismas, y que se comprometen a ~
acatamiento a los Principios del Movimiento Nacional y dLeyes Fundamentales del Reino.
Art. 4.0 La lista provisional de admitidos y excluidospublicada en el Boletín Oficial del Estado, concediéndoseperíodo de reclamaciones de quince días, a tenor del alo 121 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Art. 5.0 La lista definitiva de admitidos y excluidos seblicará igualmente en el Boletín Oficial del Estado, indidía, hora y lugar en que se efectuará el sorteo para deterel orden de actuación de los opositores admitidos, publidose asimismo la composición del Tribunal que ha de julas pruebas de la oposición, y que constará de un Presidtres Vocales y un Secretario, con sus respectivos suplentes.
Art. 6.0 En el Boletín Oficial del Estado se publicaráresultado del sorteo para determinar el orden de actuaciónlos opositores y se anunciará la fecha y hora en queadmitidos han de efectuar su presentación para ser sometía reconocimiento médico en el Centro de InvestigaciónMedic(na Aeroespacial (e. I. M. A).
Art. 7.0 Los que resulten calificados aptos en el recocimiento médico comenzarán las pruebas de examen enreferido Centro, que consistirán en los dos ejercicios si~uien
ambos eliminatorios, con arreglo al programa publicado enBoletín Oficial del Estado número 297, de 11 de dicide 1968, y Boletín Oficial del Ministerio del Aire número lde 14 de diciembre de 1968, y corrección de erratas del mipublicada en el Boletín Oficial del Estado número 7, de 8enero de 1969, y Boletín Oficial del Ministerio del Aire nmero 5, de 11 de enero de 1969:
SECCIÓNOFICIAL
Concurso-oposición para cubrir diezplazas de la Escala Auxiliar delCuerpo de Sanidad delEjército del Ai re
Orden de 27 de octubre de 1969 por la que se convoca concurso-oposición para cubrir diez plazas de la Escala Auxiliardel Cuerpo de Sanidad del Ejército del Aire.
Con el fin- de atender las necesidades del Ejército del Aire,se convoca concurso-oposición para cubrir diez plazas de laEscala Auxiliar del Cuerpo de Sanidad de dicho Ejército, deacuerdo con lo que preceptúa el artfculo 3.0 de la Ley 149/1963,de 2 de diciembre (Boletín Oficial del Estado núm. 291), conarreglo a las siguientes bases:
Artículo 1.0 Los aspirantes a esta convocatoria deberán reunir las condiciones siguientes:
a) Ser español, varón y estar en posesióñ del título deAyudante Técnico Sanitario.
b) Haber nacido después' del 31 de diciembre de 1939.e) Contar con el consentimiento paterno o del tutor, los
aspirantes que tengan menos de veintiún años.d) Tener buena conceptuación moral y social.e) No hallarse procesado ni haber sido expulsado de al
gún Cuerpo del Estado o Centro oficial de enseñanza.f) Alcanzar los requisitos psicofísicos exigidos en las nor
mas médicas vigentes para el Ejército del Aire.Art. 2.0 Las instancias solicitando tomar parte en esta con
vocatoria serán dirigidas al excelentísimo señor General Director del Instituto de Medicina Clínica y Aeroespacial (Pabellón de Fisiología, Facultad dé Medicina, Ciudad Universitaria,Madrid-3), con arreglo al modelo que se inserta al final de lapresente Orden y las formalidades que a continuación se indican:
a) El plazo de admisión de instancias será de treintadías hábiles, contados a partir del día siguiente al de lapublicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial delEstado».
b) Las instancias serán acompañadas de cuatro fotografíasdel interesado, una de ellas pegada a la instancia. Estas fotografías serán de fecha reciente, tamaño carnet, hechas de frente y descubierto, figurando al reverso de las mismas, en formalegible, el nombre y apellidos.
e) Dentro del plazo señalado en el apartado a) de esteartículo, deberá ser abonada en el mencionado Instituto lacantidad de 150 pesetas en concepto de derechos de examen.
d) Con las instancias se remitirán: expediente escolar, comprensivo de las asignaturas cursadas en su carrera y calificaciones obtenidas en todas ellas y cuantos documentos acreditenméritos profesionales.
e) No serán admitidas las instancias que lleguen insuficientemente reintegrailas o fuera del plazo señalado.
f) La Secretaría del Instituto de Medicina Clínica y Aeroespacial facilitará el oportuno recibo de la documentación yderechos que les sean entregados personalmente.
g) Los aspirantes que pertenezcan a alguno de los tres Ejércitos cursarán sus instancias por conducto reglamentario, acompañadas de informe reservado de su conducta y espíritu militar,copia de la Hoía de Servicios y de la de Hechos o Filiacióny Hoja de Castigos del interesado. Estos aspirantes comunicarán por escrito a la Secretaría del lnstituto de Medicina CIí-
. nica y Aeroespacial el Organismo o Dependencia militar por elque havan cursado sus instancias.
h) Las instancias enviadas por correo deberán ser certifi~
cadas, valiéndole al aspirante el recibo del certificado comocomprobante ele su envío.
Art. 3.0 Para ser admitido y, en su caso, tomar parte enel concurso-oposición bastará que los aspirantes manifiestenen Sus instancias que reunen todas las condiciones exigidas,referida!! :t la fecha de expirilslén del Ol¡UIEl ~eBalaQo l)ara la
8 M ~ 11" Y c;: 'latA AUlmoWl
e) Certificado del título profesional o resguardo de haberefectuado el depósito para su expedición.
f) Autorización del padre o tutor ante el Juez municipal,para los que sean menores de veintiún años.
Toda la documentación será reintegrada con arreglo a lasdisposiciones vigen tes.
Quienes dentro del plazo indicado de treinta días no presentasen su documentación, así como los que hubieran cometido cualquier falsedad en los documentos, perderán todos susderechos adquiridos en esta convocatoria, sin. perjuicio de lasresponsabilidades a que haya lugar.
Art. 11. Expirado el plazo de treinta días dispuesto enel artículo anterior, será publicada en el Boletín Oficial delMinisterio del Aire la relación definitiva de los que resultenseleccionados, nombrándoseles alumnos y determinando lugary fecha de presentación, al objeto de recibir las instruccionesnecesarias.
Art. 12. Los aspirantes nombrados alumnos realizarán unperíodo de formación militar de dos meses de duración, aproximadamente, en la Escuela de Suboficiales de Los Alcázares(Murcia), efectuando su presentación en dicha Escuela en lafecha que oportunamente se indicará.
Los que no efectúen su incorporación en la fecha fijadasin la debida justificación, se entenderá que renuncian, perdiendo todos los derechos.
Terminado el período' de formación militar a que se refiere
MODELO DE
(Primer apellido)
(Segundo apellido)
el párrafo primero de este artículo, efectuarán a continuaciónun período de formación profesional de dos meses de duración, aproximadamente, en el Centro de Investigación de Medicina Aeroespacial (C. 1. M. A.), Madrid.
Art. 13. Los alumnos que superen los períodos de formación militar y profesional serán promovidos a Sargentos dela Escala Auxiliar del Cuerpo de Sanidad del Ejército delAire, colocándose en el Escalafón por el orden que les corresponda, según la puntuación obtenida, de acuerdo con cuanto determina la Ley 149/1963, de 2 de diciembre (BoletínOficial del Estado núm. 291), y en el Rrtículo 6.° de la Ordenministerial de 19 de diciembre de 1963 (Boletín Oficial delMinisterio del Aire núm. 153).
Los alumnos procedentes de los Ejércitos de Tierra, Maro Aire que causen baja en el curso volverán a sus Cuerpos,escalas y situación militar con los empleos que poseyeran alpresentarse a este concurso-oposición.
Art. 14. Por rígido precepto de uniformidad,' los alumnosno ostentarán sobre el uniforme divisa alguna, propia o circunstancial, distinta al de su empleo como tal.
Art. 15. El personal militar realizará los viajes de ida yregreso para examinarse y el de incorporación de los seleccionados, en su caso, por cuenta del Estado.
Madrid, 27 de octubre de 1969.
LACALLE
1 N S T A N e 1 lA,
Pólizade trespesetas
(Nombre)
citado concurso-oposición........................ , de de de 1969.
(Firma)
Natural de , provincia de , nacido el de .de 19 , con domicilio en , provincia de , calle o plaza de ,
. número , hijo de y de , provisto del documento nacional de identidad nú-mero .
A los efectos de tomar parte en el concurso-oposición convocado en el Boletín Oficial del Estado núme-ro , de fecha de último, para ingreso en la Escala Auxiliar del Cuerpo de Sanidad delEjército del Aire,
DECLARA reunir las condiciones siguientes:1. Las establecidas en los apartados a). b), c), d) y e) del artículo primero de la convocatoria, comprome
tiéndose a jurar acatamiento a los Principios del Movimiento Nacional y demás Leyes Fundamentales del Reino.2. Es casado, viudo o soltero (1).3. Se halla en posesión del título de Ayudante Técnico Sanitario o está en condiciones de obtenerlo antes
de finalizar el plazo de admisión de la instancia (1).4. Si es militar, Ejército al que pertenece , empleo , Arma o Cuer-
po , destino .
Si es civil:- ¿Ha finalizado el Servicio Militar? (1).- ¿Ha realizado la Milicia Universitaria? (1).- Ejército en que 10 ha efectuado , empleo alcanzado , situación
. actual (1).La cantidad de ciento cincuenta pesetas en concepto de derechos de examen es entregada (personalmente,
por giro postal o telegráfico número , de fecha de , impuesto en la Esta-feta ) (1).
Por lo que solicita ser admitido en el
EXCMO. SR. GENERAL DIRECTOR DEL INSTITUTO DE MEDICINA CLÍNICA y AEROSSPACIAL. (Pabellón de Fisiología,Facultad de Medicina, Ciudad Universitaria.)-MADRID-3.
(1) Hágase constar lo que corresponda.
(Del B, (J, 6, gt 12 de noviembre de 1969.)
Oposición al Cuerpo deSanidad Militar
Orden de 15 de noviembre de 1969 por la que se anunciaoposición para cubrir ocho plazas en el Cuerpo Auxiliar dePracticantes de Sanidad MilitílL
Se anuncia oposición para cubrir ocho plazas de Practicantesen el Cuerpo Auxiliar de Practicantes de Sanidad Militar, quese regirán por las Instrucciones aprobadas por Orden de 3 defebrero de 1967 (Boletín Oficial del Estado núm. 47 y DiarioOficial del Ministerio del Ejército núm. 32) y Programas aprobados por Orden de 29 de enero de 1965 (Boletín Oficial delEstado núm. 37 y Diario Oficial del Ministerio del Ejércitonúmero 27).
La convocatoria se desarrollará con arreglo al siguiente calendario:
Presentación de instancias documentadas: desde la fecha delanuncio de esta oposición hasta el 31 de diciembre de 1969.
Sorteo de tandas: 8 de enero de 1970.Comienzo de la oposici6n: 20 de enero de 1970.Incorporaci6n a la Academia de Sanidad Militar: 2 de mar-
zo de 1970.Fin del curso de capacitaci6n: 30 de junio de 1970.Los emolumentos que disfrutarán durante su estancia en la
Academia los alumnos que no tuvieran por su empleo sueldo deSargento serán fijados oportunamente.
Madrid, 15 dr noviembre de 1969.CASTA~ON DE MENA
(Del B. O. E. núm. 287, de 1 de diciembre de 1969.)
NOTA DE LA REDACCI6N.-Las disposiciones que se citan sepublicaron, respectivamente, en los números de esta Revistade los meses de marzo de 1967 y marzo de 1965.
Convocaforia de'concurso defrasra dos de Asisfencia Pública
DomiciliariaOrden de 4 de noviembre de 1969 por la que se publican las
bases que han de regir en la convocatoria de concurso de Practicantes Titulares.
Ilmo. Sr.: Para proveer vacantes en la plantilla del Cuerpode Practicantes Titulares,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer que por esa Dirección General de Sanidad se proceda, de conformidad conlo dispuesto en el Reglamento de Personal de los Servicios Sanitarios Locales de 27 de noviembre de 1953, y de acuerdo conlas normas establecidas en el Decreto l41I/1968, de 27 de junio, a la convocatoria de un concurso para la provisi6n de todas las plazas de la plantilla del referido Cuerpo que hayanquedado vacantes hasta 31 de diciembre de 1967 y no hayande proveerse por el sistema de oposici6n, según 10 dispuesto enel artículo 1I6 del citado Reglamento.
La convocatoria del concurso a que se refiere la presenteOrden se ajustará a las siguientes bases:
-Cuando el enfermo devuelve todo alimento, el
"CEREGUMIL" es siempre tolerado.
FERNANDEZ y CANIVELL, S. A. - MALAGA
• M lemA y Cl1I.TJ"CA ÁVxILw..
l.a Las plazas a proveer son las que se publicarán coaResoluci6n de convocatoria, las cuales quedarán sujetas arectificaciones de clasificaci6n aprobadas o que se aprodurante la tramitaci6n del concurso.
2." Podrán tomar parte exclusivamente los Practicantespertenezcan al Cuerpo de Titulares y se encuentren en sición de actividad, desempeñando plaza de plantilla en prodad o con carácter interino y aquellos que se encuentreosituación de excedentes activos o en excedencia voluntsiempre que haya transcurrido un año desde la fecha deconcesi6n de esta situación.
3." Los funcionarios de este Cuerpo que se encuentrensituación de excedentes forzosos deberán obligatoriamentemar parte en este concurso solicitando todas las vacantesigual categoría a la plaza que desempeñaran en propiedad,si de no hacerlo así no se les adjudicase plaza, pasarán asituaci6n de excedencia voluntaria.
4." Las plazas comprendidas en el concurso se dividirán,efectos de su adjudicaci6n, en dos grupos: plazas de Pracantes titulares (comprendiendo distritos, Casas de SocorroHospitales Municipales) y plazas de Practicantes femeninos CGItítulo de Puericultor.
Todas ellas podrán ser solicitadas por todos los concur.tes, si bien tendrán prioridad para las del segundo grupo aqullos Practicantes femeninos que tengan el título de Puericultor.
5." Los solicitantes serán incluidos en los grupos que a CODotinuaci6n se expresan:
1. Excedentes voluntarios o activos.n. Excedentes forzosos.
In. Interinos de la plaza solicitada.IV. Derecho de consorte.V. Concursantes generales.
Estarán comprendidos en el grupo 1 aquellos que solicitaren la plaza vacante que causaron al pasar a la situación deexcedencia voluntaria o activa o, en su defecto, a otra delmismo Municipio que figure en la convocatoria.
Los aspirantes al grupo n tendrán preferencia a las plazasde igual categoría de la que venían desempeñando al pasar •
OPOSICIONESPARA PRACTICANTES Y AYUDANTESTECNICOS SANITARIOS DE ZONA YDELOS SERVICIOS DE URGENCIA DE LASEGURIDAD SOCIAL (Ministerio de Tra·
bajo)
Se remiten a reembolso de 650 pesetas.
LAS OPOSICIONES DEL CUERPO DEASISTENCIA PUBLICA DOMICILIARIA(A. P. D.), MEDIO RURAL Y CASAS DESOCORRO (Dirección General de Sanidad)SE CONFECCIONARAN TAN PRONTOSE CONOZCA EL PROGRAMA DEFINI·TIVO QUE HA DE REGIR EN ELLAS,YA QUE TODAVIA NO SE CONOCE.
(Rogamos a los señores Practicantes interesados en estas Oposiciones de A. P. D. ¡,que nos envíen su dirección para informar·les directamente.)
DOCTOR RUIZ GALANAvenida de Alfonso XIII, núm. 104
Madrid ·16
esta situación. Para hacer uso de ella tendrán que solicitartodas las vacantes de dicha categoría, siempre que no tenganreservada la plaza que desempeñaban al pasar a aquella situación.
Serán incluidos en el grupo III los que en la fecha de publicación de la convocatoria del concurso dispuesto en la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado lleven desempeñando interinamente, y sin interrupción, la plaza solicitada porespacio de un año, siempre que ésta sea la única del Cuerpoen el Municipio o Agrupación a que pertenezcan.. Los que se acojan al grupo IV deberán reunir las circuns
tancias exigidas en la Orden ministerial de 25 de enero de 1943.Serán incluidos en el grupo V, concursantes generales, todos
los aspirantes que no reúnan las condiciones de los grupos depreferencia señalados anteriormente, así como todos los quese presenten al concurso como concursantes generales.
Los concursantes harán constar al margen de su instanciael grupo o grupos en que desean ser incluidos, y de no hacerloasí se considerarán como concursantes generales.
Los excedentes voluntarios o activos que soliciten plaza quedejaron al pasar a dicha situación u otra del mismo Mun~cipio,
si toman parte en el concurso como comprendidos en el grupo I, de preferencia, ésta alcanzará solamente a la plaza quedejaron al pasar a tal situación, entendiéndose las demás comocomprendidas en el grupo de concursantes generales.
Las plazas de Practicantes titulares femeninos con título dePuericultor que no se cubran por los que reúnen las circunstancias exigidas en este grupo, pasarán al grupo de plal':as dePracticantes titulares, cubriéndose en dicho turno.
6.& Las instancias solicitando tomar parte en el concurso,debidamente reintegradas con ar:'eglo a la vigente Ley delTimbre, se tendrán que adaptar forzosamente al modelo queapruebe esa Direción General, y que se publicará en la convocatoria, en el que se exigirá que los interesados hagan constar que reúnen todas las condiciones que se requieren paraacudir al concurso. Dichas solicitudes serán presentadas en lasJefaturas Provinciales de Sanidad correspondientes a la residencia de los interesados o en los Organismos y en la formaque establece el artículo 66 de la vigente Ley de Procedimien-
ALLERES CARRIOOfIcina, _tu 1 exposición:
reep. 361, l.', 3.' • Tcl~f. 2S8 18 69(junto a Lauria)
TALLD: C.I Oro, 2 bis • Tel. 227 7040BARCELONA-12
hlteclalldades eléctrica.
....alleiooas compl8las para'000lO&08
~oli[ftenllS.foll~tDt~m[io~ J[oD~i[ioDes
!le.r
to Administrativo en el plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial'del Es.'lado de la convocatoria con la relación de plazas a proveeren la misma, y en las horas de servicio que rijan en cada unode dichos Centros. Estarán escritas y redactadas con toda claridad y corrección gramatical, sin abreviaturas ni signos convencionales en la relación de plazas solicitadas, no debiendollevar enmiendas ni tachaduras; en el acto de la presentaciónen las Jefaturas Provinciales de Sanidad abonarán cincuentapesetas en .concepto de derechos de concurso, o en los Organismos en la forma que establece el artículo antes mencionadode la vigente Ley de Procedimiento Administrativo.
Los Practicantes que soliciten su inclusión en alguno delos grupos de preferencia acompañarán a la instancia antesdicha el justificante que acredite el derecho que invocan. Asimismo los Practicantes femeninos con título de Puericultor queaspiren a las plazas de este grupo unirán a la instancia eldiploma correspondiente o el resguardo de haber abonado losderechos o copia notarial del mismo.
Los solicitantes acompañarán también a la solicitud los certificados acreditativos de servicios prestados con posterioridada 1 de enero de 1954, expedidos por las Jefaturas .Provincialesde Sanidad correspondientes a los partidos donde tales servicioshubiesen sido prestados, sin que sean computados los que nosean acreditados en la forma indicada, con el fin de determinarel tiempo de servicios que han de computárseles y ser ordenados para la adjudicación de plazas con arreglo a las normasque se señalan en la base que sigue.
Las instancias serán presentadas en duplicado ejemplar, haciendo constar en ellas los documentos que se acompañan. Porlas Jefaturas Provinciales de Sanidad, previas las comprobaciones pertinentes, se sellarán y diligenciarán todas las hojasy documentos que sean presentados, devolviendo la copia alinteresado, la que le servirá de justificante de haberla presentado y abonado los derechos de concurso correspondientes.
7.a Para determinar el orden de adjudicación de plazas dentro del grupo de concursantes generales y en los de preferencia se tendrá en cuenta la mayor antigüedad en el Cuerpode los solicitantes, computándose a estos efectos los serviciosprestados en propiedad desde la fecha de ingreso del concursante en el Cuerpo hasta 1 de enero de 1954, cualquiera quehubiera sido la situación administrativa del funcionario de quese trata en el período indicado, y a partir de esta última fecha se computarán únicamente los servicios prestados en propiedad o con carácter interino en plazas de la plantilla delCuerpo hasta la fecha de publicación de la convocatoria en elBoletín Oficial del Estado que se acredite con las certificaciones expedidas por las Jefaturas Provinciales de Sanidad correspondientes y que se acompañen a la solicitud, cuyos certificados, como se ha dicho en el apartado anterior, se unirán a la instancia. En el cómputo de servicios se tendrán encuenta las sanciones de postergación en el escalafón del Cuerpo, impuestas por resolución de expediente disciplinario o deaplicación de preceptos legales.
Los ingresados en el Cuerpo y escalafón con posterioridad a1 de enero de 1954 les serán computados los servicios prestados en propiedad o interinamente en las referidas plazas a partir de su inclusión en el Cuerpo hasta la fecha de 'publicaciónde la convocatoria en el Boletín. Oficial del Estado y quejustifiquen con certificados de las Jefaturas Provinciales deSanidad en la forma indicada.
Los empates en cualquiera de los grupos indicados seránresueltos teniendo en cuenta el número que ostentan en elescalafón los Practican tes interesados.
Las instancias solicitando modificación de la petición formulada en una primera petición o retirándose del concursoserán presentadas también en la Dirección General de Sanidad, o en la forma que establece el artículo 66 de la vigenteLey de Procedimiento Administrativo, y sólo serán admitidaslas presentadas durante el plazo de treinta días concedido para
Concurso de trasladosAnte la imposibilidad de publicar en este número,
por su extensión, los datos relativos a las vacantesanunciadas en el concurso de traslados, que nos hanfacilitado los Colegios, este Consejo Nacional ha con.feccionado un fascículo con dichos datos, del cualha enviado un ejemplar a los distintos Colegios Pro.vinciales,
Tal ejemplar se encue,ntra en los Colegios respec.tivos a disposición de sus colegiados. A aquellos comopañeros que lo soliciten se les enviaría, contra reem.bolso de 100 pesetas, por este Consejo Nacional unejemplar de dicho fascículo.
MEDICINA y CIRUGíA AUXILIAR 9
• Rulos mecállicos.• Bicicletas eléctricas J
mecánicas.• Sillones vibI'atorios.• Tira.comedones.• TOl'llOS de podología,
etcétera.
IMPORTACION
APARATOS
VENTA DE APAiRATOS y ACADEMIACalle Infanta Mercedes, 43 • Teléfono 2799515
MADRID-ZO
poroREHABILITACION, GIMNASI S
eINSTITUTOS DE BELLEZA
NICOLAESCU
• Nemectroterapia.• Ozonoterapia.• Aerosonoterapia.• Mesas d~ tracción.• Masaje bajo agua.• Saunas individuales.• Vibromasor G. 5.• Planchas abdominales.
(EXTRANJEROS Y DE FABRICACION NACIO 'JL)"i'~'"
tomar parte en el concurso, devengando las primeras los mismos derechos que los abonados con la instancia primitiva. Lasinstancias retirándose del concurso podrán ser presentadas únicamente hasta el momento de la propuesta de resolución provisional del concurso.
8.& No será estimada la petición de aquellos Practicantesque desempeñando plaza en propiedad de la plantilla de titulares en Municipios clasificados con más de una plaza de Practicante titular soliciten plaza del propio Ayuntamiento comprendida en la convocatoria a la cual hubieran podido optarmediante concursillo local de traslado a que se refi,ere el artículo 112 del Reglamento de Personal de los Servicios Sanitarios Locales de 27 de noviembre de 1953.
9.& Las Jefaturas Provinciales de Sanidad y de Sanidad Civilde Ceuta y Melilla remitirán directamente las instancias y documentaciones presentadas a la Dirección General de Sanidad,una vez que haya expirado el plazo de convocatoria, debiendotener entrada en dicho Organismo en el plazo de cinco díashábiles, a contar desde el día en que finalice el de convocatoria,no admitiéndose instancia ni documentación alguna relacionadacon el concurso de que se trata después de transcurrido dichoperíodo de tiempo, siendo responsable el funcionario de la Jefatura encargado de este Servicio si no remitiera a su debidotiempo las instancias y documentaciones presentadas dentrode plazo.
Las instancias con sus documentaciones irán acompañadasde una relación nominal de las mismas, y, separadamente ymediante oficio, será remitida también a la Dirección Generalp:Jr la propia Jefatura un duplicado de dichas relaciones, dando cuenta al propio tiempo del envío del giro correspondientea los derechos de concurso abonados por los Practicantes interesados, indicando el número y fecha de imposición, no admi·tiéndase la documentación de aquellos que no hubieran hechoefectivos los citados derechos dentro del plazo de convocatoria.
10. Los Practicantes que tomen parte en este concurso nopodrán solicitar excedencia ni permuta de su plaza durantela tramitación del mismo.
ll. Hecha la adjudicación de plazas y publicada en el Boletín Oficial del Estado con carácter provisional, se concederá un plazo de treinta días hábiles, a partir de la fecha de suinserción, para que los Practicantes que se creyeran perjudicados puedan entablar la reclamación correspondiente ante eseDepartamento.
Los Practicantes que se encuentran en servicio activo desempeñando plaza de plantilla en propiedad o con carácter interino y figuren en la propuesta provisional tendrán que presentar durante el período expresado de tiempo certificaciónexpedida por la Jefatura 'Provincial de Sanidad correspondienteen que se haga constar la situación de propietario o interinoen plaza de plantilla, fecha de toma de posesión y que continúa en el cargo en la fecha de expedición de dicho documento, quedando con ello exceptuados de justificar los requisitos expresados a continuación. Por el contrario, los que seencuentren en situación de excedentes activos, voluntarios oforzosos y figuren en la propuesta provisional habrán de acreditar que reúnen los siguientes requisitos:
a) Encontrarse sin prohibición de solicitar cargos vacantes en virtud de sanción impuesta por resolución de expediente, ni se encuentren inhabilitados para el ejercicio de cargospúblicos por sentencia firme de un Tribunal competente, queserá acreditado el día que sea requerido mediante declaraciónjurada.
b) No encontrarse en el primer año de la situación de excedencia voluntaria en el plazo en que termine la convoca,
. toria.c) Tener aptitud física necesaria para el desempeño del
cargo de Practicante titular, que será acreditado por certificación facultativa expedida en el papel correspondiente con arreglo a los preceptos del Reglamento de la Organización MédicaColegial.
d) Carecer de antecedentes penales, acreditándose mediante la certificación correspondiente.
12. Los Practicantes que figurando en la propuesta provisional no presenten todos los documentos en el plazo que seles señala, aun cuando reúnan 'las condiciones requeridas, seentenderá como renuncia a la plaza que les fue adjudicadaprovisionalmente, siéndoles de aplicación lo dispuesto en elartículo 139 del Reglamento de Personal de los Servicios Sanitarios Locales de 27, de noviembre de 1953, causando baja enel escalafón; si en dichos documentos no se acreditase suficientemente que los interesados reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria, quedarán excluidos de dicha propuesta, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podidoincurrir por falsedad en la instancia.
Los Practicantes nombrados desempeñarán por sí mismos laplaza respectiva y fijarán necesariamente su residencia dentro del Municipio al que aquélla pertenezca o en el que ce-
10 MEDICINA y CIRUGfA AUXILIAR
Resolución de la Dirección General de Sanidad por la quese convoca concurso de traslado entre Practicantes titulares yque pertenezcan a dicho Cuerpo.
En cumplimiento de lo dispuesto por Orden ministerial de4 de noviembre del presente año, se anuncia convocatoria deconcurso de provisión de destinos en propiedad de las plazasque se relacionan pertenecientes a la plantilla del Cuerpo dePracticantes Titulares.
termine la Jefatura Provincial de Sanidad si se hallara formada por agrupación de Municipios, a excepción de aquelloscasos en que sean autorizados por la Dirección General de Sanidad para fijar su residencia en otra localidad.
Los nombrados para una plaza que vinieran desempeñandootla en propiedad de la plantilla del Cuerpo, aunque no tomenposesión de aquélla cesarán en propiedad de la plaza anteriora todos los efectos el día que finalice el plazo posesorio, sin'tener en cuenta la prórroga que por causa justificada pudieraconcedérseles.
Los que no tomen posesión de la plaza que se les adjudicadentro del período reglamentario sin causa justificada, que deberán acreditar durante el plazo de toma de posesión, y losque después de posesionados no se presenten a hacerse cargode los servicios en el Ayuntamiento dentro de los tres díassiguientes al de la toma de posesión y los que renuncien, seacualquiera el tiempo de ejercicio en la misma y el censo depoblación del Municipio o Agrupación a que se corresponda,quedarán cesantes, causando baja en el Cuerpo y escalafón,según se determina en los artículos 139 y 181 del Reglamentode Personal de los Servicios Sanitarios Locales de 27 de noviembre de 1953.
Lo que comunico a V. 1. para su conocimiento y efectos.Dios guarde a V. 1. muchos años.Madrid, 4 de noviembre de 1969.
Para tomar parte en el concurSo será indispensable que losaspirantes pertenezcan al Escalafón y Cuerpo de PracticantesTitulares y reúnan, además, las condiciones establecidas en lareferida Orden ministerial.
Este concurso se regirá por las bases establecidas en lamisma.
Las instancias solicitando tomar parte en el concurso, debidamente reintegradas, se tendrán que adaptar forzosamente auno de lo~ modelos que se insertan en la presente convocatoria,según la situación del solicitante, si desempeña cargo en plazade plantilla o, por el contrario, se encuentra en situación deexcedencia, y de no ajustarse al modelo referido no será estimada la petición. Dichas solicitudes serán presentadas en lasJefaturas Provinciales de Sanidad correspondientes a la residencia de los interesados en los Organismos y en la forma establecida en el artículo 66 de la vigente Ley de ProcedimientoAdministrativo, en el plazo de treinta días hábiles, a partir dela publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta convocatoria, en las horas de servicio que rijan en cada uno dedichos Centros. Estarán escritas y redactadas con toda claridady corrección gramatical, sin abreviaturas en la relación de plazos solicitadas, no debiendo llevar enmiendas ni tachaduras.
Las instancias que se presenten en las Jefaturas Provinciales de Sanidad lo serán a mano y abonarán los interesados,al propio tiempo, en concepto de derechos de concurso, 50 pe-
GARICANO GO~I setas. Quienes utilicen otro medio de los autorizados en la Ley,.--.Sr.-.J)irector ~eneraLd~Sanidad. el abono de derechos lo harán por giro al Negociado de Caja
- - - - - - - - - -del<iDlreCCi6n Generaidr5aflictact1¡J!aza-cte-España,---i7-,-Ma--• • • drid), uniendo el resguardo del giro a la instancia. Los Prac
ticantes que' soliciten su inclusión en alguno de los grupos depreferencia acompañarán a la instancia antes dicha el justificante del derecho que invocan.
Las instancias solicitando modificación de la petición formulada en una primera solicitud serán presentadas durante elplazo de convocatoria, devengando los mismos derechos que lainstancia primitiva. Las peticiones retirándose del concurso serán presentadas en la Dirección General de Sanidad, RegistroGeneral, o en los Organismos y en la forma establecida en el
._--_._----- -
ORGANIZACION MUNDIAL PARA EL CONFORT DE LOS PIES
• Plantillas ortop6dloas a medIda y pre-fabrloadas, en cualquIer tipo omedida; de metal, plástloo, goma, etc., para pie plano, metatarsalgla,pes-oavus, espolón de calcáneo y otras anormalidades del pie.
• Medias para varices, tobilleras y rodilleras.• Taloneras - Protectores de Juanetes - Separadores de dedos.• Almohadillas y plantillas de latex espumoso para plantas senslbl...• Sales, Polvos y Crema Pédlco para la higiene de los pies.• Polvos 8romidrosil para excesiva transplraolón maloliente.• Parches y discos protectores (SIN CALLICIDA).• Crema SOLVEX para pie-atleta.• Vendaje elástico ARCH BINDER para pie abierto.• Vendaje ehistlco con elevación para apoyo de arco metatarsiano.• Almohadillado adhesivo PROTECTO PAD para proteger cualqul.r punto
sensible del pie.• Reductor de hallux-valgus BUNION SPRINa.• Reductor de dedo en martillo HAMMER TOE SPRlNa.• Vendajes tubulares patentados GASATUB (Tubegauz).• Sandalias fisiológicas PESCURA con diseño especial patentado.
FABRICAS Y GABINETES DE APLlCACION EN LAS PRINCIPALES POBLACIONES DEL MUNDOSe honra en colaborar con los Sres. Podólogos, poniendo.a suservicio su larga experiencia en la especialidad y las reco - ~-::.~.~nocldas, calidad y eficiencia técnicas de sus .preparados, .re- ::::::~~::::;:~.~'.
~ _ ~edio~ aparatos para~la~higienede lo~ pies, la corrección ::::::::...:.:~.:::;::::::§::~:;::::..~~de sus de-¡ectos y eTa1ivlo de slTs-molestras;- - - - - - - - -::::::t- - - - ~.......~:-....~. ......,..Amplia información técnica de carácter general o sobre cualquier :::::::•......caso particular. Visítenos. :::::::
:::::~.:.:.:......'...........;.:.~•.........•.........ti·.·.....••••....•....~:..~
:::........'..'••:-o·~.
o'o'o'....
MEDlCmA y CIRuolA AUX1LlAR 11-------------------------------------------
artículo 66 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo,antes que sea realizada la propuesta de resolución provisional.
No será estimada la petición de aquellos Practicantes quedesempeñando plaza en propiedad de la plantilla de titulares enMunicipios clasificados con más de una de dichas plazas,soliciten otra del propio Ayuntamiento comprendida en la convocatoria a la cual hubieran podido optar mediante el concurso local de traslado a que se refiere el artículo 112 del Reglamento de Personal de los Servicios Sanitarios Locales, de 27de noviembre de 1953.
Una vez expirado el plazo de convocatoria, las JefaturasProvinciales de Sanidad remitirán directamente las instanciasy documentaciones presentadas a esta Dirección General. debiendo tener entrada en el plazo de cinco días hábiles, contadosdesde el día siguiente en que finalice la convocatoria, no admitiéndose instancia ni documentación alguna relacionada con elconcurso de que se trata después de transcurrido dicho períodode tiempo, siendo responsable el funcionario de la Jefatura en-
cargado de este serVICIO, si no remitiera a su debido tiempOinstancias con el número de registro de entrada en la ley documentación unida a las mismas presentadas dentroplazo.
Las instancias con las certificaciones presentadas se rerán acompañadas de una relación nominal de las mismas,separadamente y mediante oficio será remitida también aDirección General por la propia Jefatura un duplicado de .relación, dando cuenta del envío del giro correspondiente aderechos de concurso abonado por los Practicantes interesaindicando el número y fecha de imposición, no admitiéndosedocumentación de aquellos que no hubieran hecho efectivocitados derechos dentro del plazo de convocatoria.
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y efeDios guarde a V. S. muchos años.Madrid, 6 de noviembre de 1969.-EL DIRECTOR GENERAL, pOI
delegación. el SECRETARIO GENERAL, Enrique Mata Coros/iza
Sr. Subdirector general de Servicios.
MODELO DE INSTANCIA PARA LOS PRACTICANTES TITULARES QUE ACUDAN AL CONCURSO Y OCUPPLAZA DE PLANTILLA DEL CUERPO DE PRAICTICANTES TITULARES
propietarioDon , de años de edad, Practicante titular ~----- del AyuDo
interinotamiento de perteneciente al Cuerpo de Practicantes Titulares, a V. L. con todo respeto 1consideración.
EXPONE: Que publicada. en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden ministerial de de del presenteaño, Resolución de esa Dirección General convocando concurso de antigüedad para cubrir vacantes del Cuerpo dePracticantes Titulares entre los pertenecientes al Escalafón del mismo, de conformidad a lo determinado en la COIlo
vocatoria. declara el que suscribe reúne todas y cada una de las condiciones exigidas y. en consecuencia,
SUPLICA a V. 1. tenga a bien su admisión al concurso de antigüedad de que se trata y su inclusión en el grupo ,por lo que une a esta solicitud los certificados de las Jefaturas Provinciales de Sanidad correspondientes de sem.cios prestados en propiedad o interinos, a partir de 1 de enero de 1954. aspirando a las plazas que se relaciOnaDal dorso. por orden de preferencia.
Es gracia que espera alcanzar de V. 1., cuya vida Dios guarde muchos años............... de de ..
ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE SANIDAD.-MADRID.
------. -------------------_._--------..;...;-
MODELO DE INSTANCIA PARA LOS PRACTICANTES QUE ACUDEN AL CONCURSO Y SE ENCUENTRAEN SITUACION DE EXCEDENCIA
Don , de años de edad, con domicilio en ,provincia de calle de , número , perteneciente al Cuerpode Practicantes Titulares, a V. 1., con todo respeto y consideración,
EXPONE: Que publicada, en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden ministerial de de del pre·sente año, Resolución de esa Dirección General convocando concurso de antigüedad para cubrir vacantes del Cuerpode Practicantes Titulares entre los pertenecientes al Escalafón del mismo. de conformidad a lo determinado en la con.vocatoria. declara el que suscribe reúne todas y cada una de las condiciones exigidas y. en consecuencia,
SUPLICA a V. 1. tenga a bien su admisión al concurso de antigüedad de que se trata y su inclusión en el grupo .para lo que adjunta certificados acreditativos, expedidos por las Jefaturas de Sanidad correspondientes, de los servi.cios prestados en propiedad o interinos en las plazas del Cuerpo de Practicantes Titulares a partir de 1 de enerode 1954, aspirando a las plazas que se relacionan al dorso por orden de preferencia. y de corresponder alguna deellas se compromete a presentar en la Dirección General de Sanidad. en el plazo de treinta días hábiles. a partir dela publicación de la propuesta provisional con la adjudicación de plazas. los documentos que se relacionan a conti·nuación, a fin de no incurrir en las sanciones señaladas en la convocatoria:
1.0 Declaración jurada en que conste no encontrarme sin prohibición de solicitar cargos vacantes en virtudde sanción impuesta por resolución de expediente ni encontrarme inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos porsentencia de Tribunal.
2.0 Certificación facultativa que acredite aptitud 'física necesaria para el desempeño del cargo de Practicante,en papel correspondiente con arreglo a los preceptos del Reglamento de la Organización Médica Colegial.
3.0 Certificación expedida por el Ministerio de Justicia que acredita carecer de antecedentes penales.4.0 Certificación expedida por la Alcaldía correspondiente en la que acredite haber observado buena con.
ducta.Es gracia que espero alcanzar de V. 1., cuya vida Dios guarde muchos años.
..................... , de de
ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE SANIDAD.-MADRID.
12 MEDICINA y CIRUGíA AUXILIAR
PL.'lIZAS v ACAN'rES DE PRACTICANTES TITULARES A PROVEER POR CONCURSO
ALAVA
Primera categoría
Vitoria, distrito segundo.Vitoria, Casa de Socorro y Hospital Mu
nicipal.
Tercera categoría
Foronda y agregados, distrito único.Lanciego y agregado, distrito único.Santa Cruz de Campezo y agregado, dis
trito único.Valdegovia y agregado, distrito único.
ALBACETE
Primera categoría
Hellín, distrito Issi.
Segunda catego1"Ía
Alrnansa, distrito primero.~Practicantefemenino Puericultor.
El Bonillo, distrito único.Villarrobledo, distrito segundo. - Practi
cante femenino Puericultor.Villarrobledo, Casa de Socorro.
Tercera categoría
Alcalá del Júcar, distrito único.Carcelén, distri to único.Casas de Juan Núñez, distrito único.Casas de Lázaro y agregado, distrito se-
gundo (Masegoso).Casas de Ves, distrito único.Corralrubio, distrito único.Chinchilla, distrito segundo (Pedanía de
Villar de Chinchilla).Fuensanta y agregado, distrito único.Higueruela, distrito único.Navas de Jorquera, distrito único.Nerpio, distrito único.Peñas de San Pedro, distrito único.Peñascosa, distrito único.Pozohondo, distrito único.Pozuelo, distrito único.El Robledo, distrito único.Socovos, distrito único.Valdeganga, distrito único.Vianos, distrito único.Villaverde del Guadalirnar, distrito único.Yeste, distrito segundo.
Cuarta categoría
Motilleja, distrito único.
ALICANTE
Primera categoría
Alcoy, Casa de Socorro.Alicante (isla de Tabarca), distrito quinto.Alicante, Casa de Socorro.Alicante, Casa de Socorro.Alicante, Casa de Socorro.Alicante, Casa de Socorro.Almoradí y agre~ado, distrito quinto.Elche, Casa de Socorro.Orihuela (La Murada), distrito quinto.Orihuela, Casa de Socorro.Villena, distrito segundo.Villena, Casa de Socorro.
Segunda categoría
Benisa y agregado, distrito únice.Dolores, distrito único.
Tercera categoría
AIgueña, distrito único.Callosa de Ensarriá, distrito único.Cañada, distrito único.CastalIa, distrito único.Daya Nueva y agregados, di trilO único.
Muro de Alcoy y agregados, distrito único.Petrel, distrito único.Redován, distrito único.San Fulgencio, distrito único.Teulada, distrito único.
Cuarta categoría
Benijofar, distrito único.Torremanzanas, distrito único.
ALMERfA
Primera categoría
Almería, Hospital Municipal.Huércal-Overa, distrito segundo.
Segunda categoría
Albolodúy y agregado, distrito único.Vélez-Blanco, distrito segundo.
Tercera categoría
Alcolea, distrito único.Alhama, distrito único.Canjáyar, distrito único.Félix y agregado, distrito unrco.Los Gallardos, distrito primero (Los Ga
llardos) y agregado.Los Gallardos y agregado, distrito segun-
do (Bedar).Láujar, distrito único.Lubrín, distrito único.Lucainena de las Torres y agregado, dis-
trito único.Ohanes, distrito único.Olula del Río, distrito único.Pulpí, distrito único.Rioja, distrito único.Roquetas de Mar, distrito segundo.Sierro y agregado, distrito único.Tahal y agregados, distrito único.
AVILA
Primera categoría
Avila, distri to primero.
Segunda cateoría
La Adrada, distrito único.Cebreros, distrito único.Horcajada y agregado, distrito único.Mijares, distrito único.San Miguel de Corneja y agregados, dis
trito único.
Tercera categoría
Cardeñosa y agregado, distrito único.Casavieja y agregado, distrito único.Mingorría y agregado, distrito único.Navacepeda de Tormes y agregado, dis-
trito único.San Bartolomé de Pinares, distrito único.San Juan del Olmo y agregados, distrito
único.Santa Cruz del Valle, distrito único.Santo Torné de Zabarcos y agregados, dis-
tri to único.Solosancho, distrito único.El Tiemblo, distrito único.Umbrías y agregado, distrito unrco.Velayos y agregado, distrito único.Zapardiel de la Cañada y agregado, dis-
tri to único.
Cuarta categoría
Berlanas y agregado, distrito único.Casillas, distrito único.Cuevas del Valle, distrito único.Hoyocasero, distrito único.Navalosa, distrito único.Navarredonda de la Sierra, distrito único.Navarrevisca, distrito único.
Riofrío, distrito único.Medinilla, distrito único.
BADAJOZ
Primera categoría
Azuaga, distrito tercero.-Practicante fe-menino Puericultor.
Badajoz, Casa de Socorro.Fregenal de la Sierra, distrito segundo.Jerez de los Caballeros, distrito tercero.
Practicante femenino Puericultor.Llerena, distrlto primero.Mérida, Casa de Socorro y Hospital Mu
nicipal.Mérida, Casa de Socorro y Hospital Mu
nicipal.Mérida, Casa de Socorro y Hospital Mu
nicipal.VilIafranca de los Barros, distrito prime
ro. Practicante femenino Puericultor.Villanueva de la Serena, distritos tercero
y cuarto de Médico.-Practicante femenino Puericultor.
Segunda categoría
Aceuchal, distinto único.Barcarrota, distrito segundo.Berlanga, distrito único.Fuente del Maestre, distrito tercero y mi
tad del primero de Médico.San Vicente de Alcántara, distrito prime
ro y mitad del segundo de Médico.Zahinos, distrito único.
Tercera categoría
La Albuera, distrito único.Benquerencia de la Serena y agregado,
distrito único.Casas de Reina y agregado, distrito único.Entrín Bajo y agregado, distrito único.Esparragalejo, distrito único.Garlitos, distrito único.La Garrovilla, distrito único.Hinojosa del Valle, distrito único.Lob6n, distrito único.Magacela, distrito único.Malcocinado, distrito único.Medellín y agregado, distrito unrco.Monterrubio de la Serena, distrito único.No~ales, distrito único.Puebla del Maestre, distrito único.Retamal, distrito único.La Roca de la Sierra, distrito único.Salvatierra de los Barros, distrito único.San Pedro de Mérida, distrito único.Talavera la Real, distrito único.Táliga, distrito único.Torremayor, distrito único.Valdetorres, distrito único.Valverde de Llerena, distrito unrco.Valle de la Serena, distrito único.VilIar del Rey, distrito único.
BALEARES
Primera categoría
Palma de Mallorca, Casa de Socorro.
Segunda categoría
Formentera, distrito único.Ibiza. distrito único.Ll1Jchmavor, distrito único.Mercadal, distrito único.Santa Eulalia del Río, distrito único.C;:anta María, distrito único.Selva y agregado, distrito único.
Tercera categoría
tloret de Vista Alegre. distri to único.Santa. Eugenia, distrito único.
MEDICINA y CII\\JofA AlIXlltAI\ 13
BARCELONA
Primera categoría
Badalona, Casa de Socorro.Badalona, Casa de Socorro.Badalona, Casa de Socorro.Hospitalet de Llobregat, distrito primero.Hospitalet de Llobregat, Casa de Socorro.Manresa y agregado, distrito segundo.Manresa y agregado, distrito tercero.Manresa, Casa de Socorro.Sabadell, Casa de Socorro.SabadeIl, Casa de Socorro.
Segunda categoría
Las Franquesas, distrito único.Granollers y agregado, distrito segundo.Prat de Llobregat, distrito único.Santa Marfa de Palautordera y agrega
dos, distrito único.
Tercera categoría
Argentona y agregado, distrito UDlCO.
Bruch y agregado, distrito único.Calders y agregado, distrito único.Casserras y agregados, distrito único.CasteIlví de la Marca, distrito único.Centellas y agregado, distrito único.Cerve1l6 y agregado. distrito único.Dosríus y agregado, distrito único.Esplugas de Llobregat, distrito único.Gavá, distrito único.Martorell, distrito único.Masnou, distrito único.Moyá y agregados, distrito único.Ripollet, distrito único.San Cugat del Vallés, distrito único.San Hip6lito de Voltregá y agregados, dis
trito único.San Martín Sarroca. distrito único.San Martín de Tous y agregado, distrito
único.San Pedro de Ribas y agregados, distrito
único.San Quirico de Besara y agregados, dis
tri to único.Subirats y agregado, distrito único.
Cuarta categoría
Aguilar de Segarra. y agreg¡¡do, distritoúnico.
Carme v al!re,:!ado. distrito único.CastellhisbaJ, distrito único.San Quintín de Mediana, distrito único.San Vicente de Montalt. distrito único.Santa María de Barbará, distrito único.
BURGOS
Primera categoría
Burgos. Casa de Socorro.Miranda de Ebro y agregados, distrito se
,:!undo.Villadiego y agregados, distrito único.
Segunda categoría
Belorado y agregado, distrito único.Busto de Bureba y a~re~adosJ distúto
único.Castrojeriz y agregados, distrito único.Cogollos y agregados, distrito único.Condado de Treviño, distrito primero.Estepar, distrito único, y agregados.Merindad de Montija, distrito único.Merindad de Valdeporres, distrito único.Palacios de la Sierra, distrito único.Pampliega y agregados, distrito único.Quintanadueñas y agregados, d i s tri t o
único.Quintanar de la Sierra, distrito único.Santa Gadea del Cid y agregados, distri
to único.Tardajos y agregados, distrito único.Valle de Valdebezana, distrito único.
Tercera categoría
Espinosa de los Monteros, distrito único.Gumiel del Mercado, distrito único.Mecerreyes y agregado, distrito único.Medina de Pomar y agregado, distrito
único.Merindad de Castilla la Vieja, distrito
único.Merindad de Cuesta Urria, distrito único.Merindad de Sotoscueva, distrito único.Quintanilla del Agua, distrito único.
Cuarta categoría
Castrillo de la Vega, distrito único.Pancorbo y agregados, distrito único.
CÁCERES
Primera categoría
Cáceres, Casa de Socorro.Malpartida de Plasencia, distrito primero.Malpartida de Plasencia, distrito segundo.
Segunda categoría
Montánchez, distrito único..zorita, distrito primero.Zorita, distrito segundo.
Tercera categoría
Aldea del Cano, distrito único.Casar de Pa.lomero, distrito único.Casas del Monte y agregado, distrito
único.Casatejada, distrito UOlCO.
Deleitosa, distrito único.Eljas, distrito único.La Garganta, distrito único.El Gordo, distrito único.Herguijuela, distrito único.
Hoyos, distrito único.Mohedas y agregario, distrito único.NaTaconcejo y agregado, distrito únicI.Olln de Plasencia, distrito único.Palomero y agregado, distrito único.Pasar6n de la Vera, distrito único.Peraleda de San Román, distrito único.Portaje, distrito único.Ríolobos, distrito único.Santa Cruz de Paniagua, distrito único.Santiago del Campo, distrito único.Serrej6n, distrito único.Talaván, distrito único.Tejeda de Tiétar, distrito único.Torre de Don Miguel, distrito único.Torrecillas de la Tiesa, distrito único.Torrej6n el Rubio, distrito único.Torrejoncillo, distrito segundo.Torreorgaz, distrito único.Valdeobispo, distrito único.Zarza de Granadilla, distrito único.
Cuarta categoría
Abertura, distrito único.Aceituna, distrito único.Alcollarín, distrito único.Almaraz, distrito único.Arroyomolinos de la Vera, distrito único.Bohonal de Ibor. distrito único.Cabezabellosa. distrito único.Cadalso, distrito único.Carcaboso y agregado, distrito único.Casillas de Coria, distrito único.Descargamaría y agregado, distrito único.Gargantilla. distrito único.Guijo de Granadillas, distrito único.Guijo de Santa Bárbara. distrito único.Herrera de Alcántara. distrito único.Navezuelas, distrito único.Pescueza y a~regado, distrito único.Puerto de Santa Cruz. distrito único.i~anta Ana. nistrito único.~antibáñez el Alto. distrito único.Torre de Santa Marfa. distrito único.Villa del Campo, distrito único.
CÁDIZ
Primera categoría
Algeciras, Casa de Socorro.Arcos de la Frontera. Casa de Socorro.Arcos de la Frontera. Casa de Socorro.Cádiz, Casa de Socorro de la calle Ben·
iumeda.Cádiz, Casa de Socorro de la calle BeD·
iumeda.Cádiz. Casa ne Socorro de Extramuros.Terez de la Frontera. Hospital Municipal.:Jerez de la Frontera, Casa de Socorro del
Hosoital.Jerez de la Frontera, Casa de Socorro del
Hospital.
Es la última novedad terapéutica en el tratamiento de heridas de cualquieretiología y de cicatrizaci6n t6rpida, quemaduras, grietas, fisuras, erosiones, escoceduras y demás afecciones de la piel.
Su fórmula actúa ...
ANTJGRJETUN POMADA
• Por su acci6n BACTERICIDA y ANTIMICOSICA (9-Aminoacridina), muy eficaz en heridas infectadas y eccemas engeneral.
• Por su acción ANTIINFLAMATORIA (Prednisolona) suprime el dolor y facilita su descongesti6n.• Por su acci6n QUERATOPLASTICA (Alantoína y Bálsamo del Perú) regenera el epitelio, favoreciendo la cicatri
zaci6n.• Por su EXCIPIENTE HIDRO-OLEOSO, que no mancha, permite coadyuvar las acciones reseñadas, facilitando las
curas con menor número de ap6sitos.Las propiedades del ANTIGRIETUN aseguran sus éxitos.Le ofrecemos muestras y literatura, con el convencimiento de que si lC!l &Rsay-a le resultará insustituible en el ejercicio de su profesi6n.
Laboratorios CASBN • Apartado de Correos 200. ZARAGOZA
14 MIlDIClNA y CIJlUIl/4 AUXILIAII
Jerez de la Frontera, Casa de Soco¡;ro dela calle de Alvar Núñez.
Jerez de la Frontera, Casa de Socorro dela calle de Alvar Núñez.
La Línea de la Concepción, Hospital Municipal.
La Línea de la Concepción, Hospital Municipal.
La Línea de la Concepción, Casa de Socorro.
La Línea de la Concepción, Casa de Socorro.
La Línea de la Concepción, Casa de Socorro.
La Línea de la Concepción, Casa de Socorro.
Puerto de Santa María, Hospital Municipal.
Sanlúcar de Barrameda, Hospital MunIcipal.
Segunda categoría
Barbate de Franco, distritos primero y segundo.
Barbate de Franco, distrito tercero (Aldeade Zahara de los Atunes).
Prado del Rey, distrito único.Puerto Real, distrito único.Vejez de la Frontera, distrito primero y
mitad del tercero.
Tercera categoría
Algar, distrito único.Benaocaz y agregado, distrito único.Castellar, distrito único.
CASTELLÓN
Primera categoría
Almazara, plaza de Practican te, femenino.-Distrito primero.
Castell6n de la Plana. Practicante feme-nino Puericultor.-Distrito primero.
Caste1l6n de la Plana, distrito cuarto.Caste1l6n de la Plana, distrito Grao.Caste1l6n de la Plana, Casa de Socorro.Villarreal de los Infantes, Casa de Soco-
rro.Villarreal de los Infantes, Casa de Soco
rro.Villarreal de los Infantes, Casa de Soco
rro.Segunda categoría
Chert, distrito único.Lucena del Cid, distrito único.Onda, distrito único.Sierra Engarcerán, distrito único.Villahermosa del Río, distrito único.
Tercera categoría
Alcora, distrito único.Algimia de Almonacid y agregado, distri-
to único.Calig, distrito único.Canet lo Roig, distrito único.Caudiel y agregados, distrito único.Cervera del Maestro, distrito único.
Cirat, distrito único.Montanejos y agregado, distrito único.Soneja, distrito único.Toga y agregados, distrito único.Villafames, distrito único.
Cuarta categoría
Eslida, distrito único.Ribesalbes, distrito único.San Jorge, distrito único.
CIUDAD REAL
Primera categoría
Alcázar de San Juan, Casa de Socorro.Valdepeñas, Casa de Socorro.
Segunda categoría
Bolaños de Calatrava, distrito único.Herencia, distrito segundo.Malagón, distrito segundo.Mestanza, distrito primero.Mestanza, distrito segundo (El Hoyo de
Mestanza).Torrenueva, distrito primero.
Tercera categoría
Alamillo, distrito único.Alhambra, distrito único.Chillón, distrito único.Granátula de Calatrava, distrito único.Montiel, distrito único.Retuerta del Bullaque, distrito único.Solana del Pino, distrito único.Torre de Juan Abad, distrito único.Viso del Marqués, distrito segundo.
Cuarta categoría
Ballesteros de Calatrava, distrito único ..'puerto Lápice, distrito único.Santa Cruz de los Cáñamos, distrito único.Terrinches, distrito único.
CÓRDOBA
Primera categoría
Castro del Río, distrito tercero.Córdoba, Casa de Socorro.C6rdoba, Casa de Socorro.Córdoba, Casa de Socorro.Lucena (Jauja), distrito quinto.Montilla, Casa de Socorro.Montara, distrito segundo.Pozoblanco, distrito segundo.Puente Genil, Casa de Socorro.Puente Geni!, Casa de Socorro.
Segunda categoría
Luque, distrito segundo.Pedroche, distrito único.Villanueva del Duque y agregado, distrito
único.ViIlaviciosa de C6rdoba, distrito único.
Tercera categoría
Alcaracejos, distrito único.Añora, distrito único.Palenciana, distrito único.San Sebastián de los Ballesteros, distrito
único.Valenzuela, distrito único.
Cuarta categoría
La Granjuela, distrito único.Valsequillo, distrito único.
LA CORUÑA
Primera categoría
La Coruña, Casa de Socorro.La Coruña, Casa de Socorro.La Coruña, Casa de Socorro.El Ferrol, Casa de Socorro.El Ferrol, distrito séptimo.Santiago, distritos sexto y séptimo. Prac
ticante femenino, Puericultor.
Segunda categoría
La Baña, distrito único.Bergondo, distrito único.Cambre, distrito único.Capela, distrito único.Camota, distrito único.Cerdido. distrito único.Cesures, distrito único.Finisterre, distrito único.Frades, distrito único.Laracha, distrito segundo. Practicante fe
menino, Puericultor.Muros, distrito segundo. Practicante [e
menino, Puericultor.Negreira, distrito primero.Oleiros, distrito segundo. Practicante fe-
menino, Puericultor.Puenteceso, distrito único.Poentedeume, distrito único.Puerto del Son, distrito segundo.Santa Comba, distrito segundo. Practican-
te femenino, Puericultor.Sobrado de los Monjes, distrito único.Somozas, distrito único.Tea, distrito único.Toques, distrito único.Vi!asantar, distrito único.
CUENCA
Prímera categoría
Cuenca, Casa de Socorro.
Segunda categoría
Almod6var del Pinar y agregados, distritoúnico.
Cañaveras y agregados, distrito único.Casas de Benítez y agregados, distrito
único.Gascueña y agregados, distrito único.Moya y agregados, distrito único.San Clemente, distrito único.
Laboratorio FarlllacéuticoPrecisa representantes a comisión con opción a pertenecer a la plantilla de la Empresa en plena expansión,según resultados obtenidos. Edad de veinte a treinta y cinco años. Sólido porvenir para señores Practicantesque se sientan atraídos por estas actividades comerciales. Las plazas vacantes radican en:
TARRAGONA, SALAMANCA, VALLADOLID, LUGO y ORENSE
ESCRIBIR DANDO LAS MAXIMAS REFERENCIAS A:
D. MANUEL DE MURCalle Provenza. 469. 2.". 2: BARCELONA
:dEDICINA y CIRuolA AUXILIAR 15
Tercera categoríaAlcázar del Rey y agregados, distrito
único.Buenache de Alarcón y agregado, distrito
único.Casasimarro, distrito único.Fuente de Pedro Naharro, distrito UlllCO.
Gabaldón y agregados, distrito único.Garcinarro .Y agregados, distrito único.Graja de Iniesta y agregados, distrito
único.Henarejos y agregados, distrito único.Motilla del Palancar, distrito único.Olmeda del Rey y agregado, distrito único.Talayuelas y agregado, distrito único.Tragacete y agregado, distrito único.Valera de A b a j o y agregado, distrito
único.Valeria y agregado. distrito único.Vara de Rey, distrito único.ViIlaescusa de Haro y agregado, distrito
único.Villarejo Sobrehuerta y agregados, distri
to único.
Cuarta categoría
Almonacid del Marquesado, distrito UDlCO.Canalejas del Arroyo y agregado, distrito
único.Casas de Haro, distrito único.Hontanaya, distrito único.Olivares de Júcar, distrito único.Osa de la Vega, distrito único.El Peral. distrito único.Puebla de Almenara, distrito único.~~nta Marfa de los Llanos, distrito único.Tinajas, distrito único.ViIlar del Humo, distrito único.
Quinta categoría
Cañizares, distrito único.
GERONA
Primera categoría
Blanes, distrito único.
Segunda categoría
Camprodón y agregados, distrito único.Ger y agregados, distrito único.San Gregorio y agregados, distrito único.
Tercera categoría
Báscara y agregado, distrito único.Besalú y agregados, distrito único.Bescano, distrito único.Borrassá y agregados, distrito único.Caldas de MalaveJIa y agregado, distrito
único.Castellfullit de la Roca y agregado, dis
trito único.CorneJlá de Terri y agregados, distrito
único.Cuarta categoría
Flassá y agregados, distrito único.Perelada y agregado, distrito único.San Clemente Sasebas y agregados, dis
trito único.
GRANADA
Primera categoría
Alfacar y agregados, distrito único.Algarinejo y agregado, distrito primero.Al~arinejo y agregado, distrito segundo.Atarfe, distrito único.Baza, distri to segundo.Baza. distrito tercero.Bal':a. Casa de Socorro.Benalúa de Guadalix. distrito único.r:astilléjar, distrito único.Cogollos de Guadix y agregado, distrito
único.
Chauchina, distrito segundo.Fonelas y agregado, distrito único.IIlora y agregado, distrito cuarto.loja y agregado, Casa de Socorro.Loja y agregado, Casa de Socorro.Monachil y agregados, distrito primero.Monachil y agregados, distrito segundo.Otura y agregado, distrito único.Pedro Martínez, distrito segundo.Puebla de Don Fadrique, distrito tercero.Puebla de Don Fadrique, distrito segundo.Santa Cruz del Comercio y agregado, dis-
trito únicoSantafé, distrito segundo.Ugíjar y agregado, distrito segundo.
Segunda categoría
Albuñuelas y agregado, distrito único.Aldeire, distrito único.Cadiar y agregados, distrito único.Chite Talara y agregados, distrito único.Jayena y agregado, distrito único.MocHn y agregados, distrito único.Pinos del Valle y agregados, distrito único.(¡uentar y agregado, distrito único.VilIanueva de las Torres, distrito único.
Tercera categoría
A:amedilIa, distrito único.Cenes de la Vega y agregado, distrito
único.Deifontes, distrito único.Freila, distrito único.Itrabo, distrito único.Polopos y agregado, distrito segundo.Torrecardela y agregado, distrito único.Ventas de Zafarraya, distrito único.
GUADALAJARA
Primera categoría
Guadalajara, Casa de Socorro.Guadalajara, Casa de Socorro.Guadalajara, Casa de Socorro.Sigüenza y agregados, distrito único.
Segunda categoría
Atienza y agregados, distrito único.Canredondo y agregados, distrito único.Checa y agregado, distrito único.Mandayona y agregados, distri to único.Trillo y agregados, distrito único.
Tercera categoría
Alcolea del Pinar y agregados, distritoúnico.
Almoguera, distrito único.Almonacid de Zorita y agregado, distrito
único.Anguita y agregados, distrito único.Hiendelaencina y agregados, distrito único.Jadraque y agregado, distrito único.Matillas y agregados, distrito único.Riba de SaeJices y agregados, distrito
único.Tartanedo y agregados, distrito único.
Cuarta categoría
Casar de Talamanca, distrito único.Yebra, distrito único.
GUIPÚZCOA
Primera categoría
Rentería, distrito único.
Segunda categoría
Andoain. distrito único.Cizurquil y agregado, distrito único.Deva, distrito únIco.Legazpia, distrito único.Legorreta y agregado, distrito único.Motrico, distrito único.Placencia de las Armas, distrito único.
Tercera categoría
Amezqueta y agregado, di,strito único.Cegama, distrito único.Urnieta, distrito único.
HUELVA
Primera categoría
Huelva, Casa de Socorro.Valverde del Camino, distrito primero.
Segunda categoría
Aljaraque, distrito único.Alosno, distrito único.Calañas, distrito único:Chucena, distrito único.Rociana, distrito único.
Tercera categoría
Cabezas Rubias, distrito único.Corte Concepción y agregado, distrito
único.Santa Ana la Real, distrito único.
HUESCA
Tercera categoría
Ainsa y agregados, distrito único.Berbegal y agregados, distrito único.Boltaña y agregados, distrito único.Gavín y agregados, distrito único.Grañén y agregados, distrito único.Graus y agregados, distrito único.Javierregay y agregados, distri to único.Ontiñena, distrito único.Peñalba, distrito único.Pomar de Cinca y agregado, distrito único.La Puebla de Castro y agregados, distrito
único.Selgua y agregados, distrito único.
Cuarta categoría
Arbaniés y agregados, distrito umco.Botaya y agregados, distrito único.Candasnos, distrito único.Estopiñán, distrito único.Peralta de ta Sal v agregado, distrito único.Sena, distrito único.
JAÉN
Primera categoría
Alcalá la Real, distrito segundo.Cazorla, distrito segundo.~Praclicantefe.
menino. Puericultor.Huesa, distrito único.Ibros, distri to único.Porcuna, Casa de Socorro.Quesada. distrito primero. - Practicante
femenino, Puericultor.Quesada, distrito segundo.
Segunda categoría
Bailén, distrito segundo.Bedmar, distrito único.Chilluevar, distrito único.La Guardia de Jaén. distrito único.Hornos, distrito único.Montiz6n, distrito único.Noalejo, distrito único.Siles, distrito único.
Tercera categoría
Arquillos, distrito único.
Cuarta categoría
Escañuela, distrito único.Fuerte del Rey, distrito único.Garciez, distrito único.Higuera de Calatrava, distrito único.Solera, distrito único.
LEÓNPrimera categoría
Astorga, distrito segundo.León, Casa de Socorro.La .Pola de Gordón, distrito UnlCO.
Ponferrada, distrito segundo.~Practicante
femenino, Puericultor.Ponferrada, Casa de Socorro.La Vecilla y agregados, distrito único.
Segunda categoría
Almanza y agregado, distrito único.Armunia, distrito único.El Burgo Ranero, distrito único.Cebreros del Río y agregado, distrito
único.Cebanico y agregado, distrito único.Crémenes y agregado, distrito único.Garrafe de Torio, distrito único.Lucillo, distrito único.Luyego, distrito único.Quintana del Castillo, distrito único.La Robla, distrito único.Santa Colomba de Curueño, distrito único.Soto de la Vega, distrito único.Vega de Infanzones, distrito único.Vegaquemada, distrito único.Villazanzo de Valderaduey, distrito únic.:o.
Tercera categoría
Barjas, distrito único.Ben'uza, distrito único.Carrizo de la Ribera, distrito UnlCO.
Castrillo de la Cabrera, distrito único.Encinedo, distrito único.Grajal de Campos y agregado, distrito
único.Igüeña, distrito único.Mansilla de las Mulas, distrito UOlCO.
Matadeón de los Oteros, distrito único.Onzonilla y agregado, distrito único.Quintana y agregado, distrito único.Santa María del Monte Cea, distrito único.Vegarienza, distrito único.Villabraz y agregado, distrito único.VilIadangos, distrito único.Villamontán de la Valduerna, distrito
único.VilIaobispo de Otero, distrito único.Zotes del Páramo, distrito único.
Cuarta categoría
Laguna Dalga, distrito único.Villaquejida, distrito único.
QlIinta categoría
Pobladura Pelayo García, distrito único.
L~RIDA
Primera categoría
Lérida, Casa de Socorro.lérida, Casa de Socorro.
Segunda categoría
Pobla de Segur y agregados, distrito único.Sant Ramón, distrito único.
Seo de Urgel, distrito único.Solsona, distrito único.
Tercera categoría
Aibesa, distrito único.Alcarrás, distrito único.Alcoletge, distrito único.Bellpuig, distrito único.Camarasa, distrito único.Castelldans, distrito único.Granadella, distrito único.Moyals, distrito único.Soleras y agregado, distrito UnlCO.
Sudanell y agregado, distrito único.
Cuarta categoría
Paláu de Anglesola, distrito único.
lOGROÑO
Segunda categoría
Aguilar del Río Alhama, distrito único.Rincón de Soto, distrito único.
Tercera categoría
Alberite y agregado, distrito único.Badarán y agregados, distrito único.Bañares y agregados, distrito único.Baños de Río Tobía y agregado, distrito
único.Cenicero y agregado, distrito único.San Millán de la Cogolla y agregados, dis
trito único.San Vicente de la Sonsierra, distrito
único.
Cuarta categoría
Albelda de Iregua, distrito único.Casalarreina, distrito único.Herce y agregado, distrito único.Hormilla y agregado, distrito único.Igea, distrito único.Lardero, distri to único.Tudelilla, distrito único.
LUGO
Primera categoría
Lugo, distrito tercero.Monforte de Lemas, distrito primero.Monforte de Lemas, distrito segundo.Los Nogales, distrito único.Pantón, distrito único.Quiroga, distrito único.Saber, distrito único.
Segunda categoría
Begonte, distrito único.Bóveda, distrito único.Castro de Rey, distrito único.Lorenzana, distrito único.Taboada, distrito único.Trabada, distrito único.
Tercera categoría
Meira, distrito único.Vicedo, distrito único.
ClIarla categoría
San Vicente de Rábade, distrito único.
MADRID
Primera categoría
Aranjuez, Casa de Socorro.Getafe, distrito único.
Segunda categoría
San Martín de Valdeiglesias, distrito "Ca·rredera".
Tercera categoría
Algete, distrito único.Ambite y agregado, distrito único.Fuente el Saz y agregado, distrito UnlCO.
Gascones y agregados, distrito único.Velilla de San Antonio, distrito único.VilIaconejos, distrito único.Villalbilla "Los Hueros", distri to único.
Cuarta categoría
Alpedrete, distri to único.Buitrago y agregado, distrito único.Collado Villalba, distrito único.Gargantilla y agregados, distrito único.Hoyo de Manzanares, distrito único.Meco, distrito único.Los Molinos, distrito único.Paracuellos de Jarama, distri la único.Pezuela de las Torres, distrito único.Talamanca del Jarama y agregado, distri·
to único.Torres de la Alameda, distrito único.Valdilecha, distrito único.Villamanta, distrito único.VilIaviciosa de Odón, distrito único.Zarzalejo, distrito único.
MÁLAGA
Primera categoría
Alhaurín de la Torre, distrito único.Cofn, Casa de Socorro.Competa, distrito único.Pizarra, distrito único.Ronda, distrito cuarto r;.¡ral "Scrratv".Ronda, distrito quinto rural "Monte Coro
to".Ronda, Casa de Socorro y Hospital Mu
nicipaLRonda, Casa de Socorro y Hospital Mu
nicipaLSan Pedro de Alcántara-Benahavia. dis
trito único.Vélez-Málaga, distrito tercero.-Practican
te femenino, Puericultor.VilIanueva de Algaidas, distrito único.
Segunda categoría
,Alameda, distrito único.Almogía, distrito único.Benaoján, distrito único.Canillas de Aceituno, distrito único.Montejaque, distrito único.Sierra de Yeguas, distrito único.Tolox, distrito único.
HALIBUTPÓMADAI ~"~
~~.~
LABORATORIO:
LASA
ACELERA LA CICATRIZACiÓN DE TODAS LAS HERIDA!MEDICINA y CIRUGIA AUXILIAR 17
Tercera categoría
Salamanca, Casa de Socorro.Salamanca, Casa de Socorro.
SANTA CRUZ DE TENERIFE
Primera categoría
Cuartd categoría
Salmoral, distrito único.
Casa de Socorro.Casa de Socorro.Casa de Socorro.Casa de Socorro.
de Tenerife,de Tenerife,de Tenerife,de Tenerife,
Los Llanos de Aridane (isla de La Palma),distrito único.
Mazo (isla de La Palma), distrito único.Los Realejos (isla de Tenerife), distrito
bajo.Santa CruzSanta CruzSanta CruzSanta Cruz
Breña Baja (isla de La Palma), distritoúnico.
Candelaria (isla de Tenerife), distritoúnico.
Santiago del Teide (Tenerife), distritoúnico.
El Sauzal (isla de Tenerife), distritoúnico.
Valverde (isla del Hierro), Casa de So·corro.
Valverde (isla del Hierro), Casa de So.corro.
Valle del Gran Rey (Gomera), distritoúnico.
Tercera categoría
La Alberca, distrito único.Alberguería de Argañán y agregado, dis-
trito único.Aldeatejada y agregados, distrito único.Anaya de Alba y agregados, distrito único.Arapiles y agregados, distrito único.Barruecopardo, distrito único.Cabrillas, distrito único.Cubo de Don Sancho, distrito único.Fuentes de Oñoro, distrito único.Gallegos de Argañán, distrito único.Martín de Yel tes, distri to único.Miranda del Castañar, distrito único.Navales y agregado, distrito único.La Sagrada y agregado, distrito único.San Esteban de la Sierra y agregado, dis-
tri to único.San Felices de los Gallegos, distrito único.Santiago de la Puebla, distrito único.Sobradillo, distrito único.Vilvestre, distrito único.
Segunda categoría
Barlovento (La Palma), distrito UOlCO
Fuencaliente (isla de La Palma), distintoúnico.
Garafia (isla de La Palma), distrito único.San Sebastián de la Gomera, distrito
único.San Sebastián de la Gomera, Casa de So
corro.San Sebastián de la Gomera, Casa de So
corro.Santa Ursula (isla de Tenerife), distrito
único.Tegueste (isla de Tenerife), distrito único.
Segunda categoría
Alba de Tormes y agregados, distrito primero.
Alba de Tormes y agregados, distrito se-gundo.
Béjar y agregado, distrito primero.Ciudad Rodrigo, distrito primeroFuenteguinaldo, distrito único.Vitigudino y agregados, distrito único.
PONTEVEDRA
Primera categoría
Arbó, distrito único.Cuntis, distrito único.Lalín, distrito primero.Las Nieves, distrito único.Pontevedra, distrito Puente Sa;npayo.El Rosal, distrito único.Vigo, Hospital Municipal.Vigo, Hospital Municipal.Vigo, Hospital Municipal.Vigo, Hospital Municipal.
Segunda categoría
Bayona, distrito único.Campo Lameiro, distrito único.Cerdedo, distrito único.Dozón, distrito único.La Lama, distrito único.Moaña, distrito segundo.Nigrán, distrito único.Ribadurnia, distrito único.Sotomayor, distrito único.
Segunda categoría
Firgas, distrito único.Teguise (isla de Lanzarote), distrito único.
SALAMANCA
Primera categoría
Salamanca, Casa de Socorro.
Tercera categoría
Artenara, distrito único.San Bartolomé de Tirajana, distrito único.Tinajo (isla de Lanzarote), distrito único.
Las Palmas de Gran Canaria, Casa de Socorro "Vegueta".
Las Palmas de Gran Canaria, Casa de Socorro "Triana".
Las Palmas de Gran Canaria, distritorural de San Lorenzo.
Telde, Casa de Socorro.Telde, Casa de Socorro.
Segun~a categoría
Soto bañado y agregados, distrito único.
LAS PALMAS
Primera categoría
PALENCIA
Primera categoría
Palencia, Casa de Socorro.Palencia, Casa de Socorro.Palencia, Casa de Socorro.
Quinta categoría
Quintana del Puente y agregados, distritoúnico.
Tercera categoría
Cuarta categoría
Cisne ros, distri to único.
Segunda categoría
Allande, distri to único.Carreño. distrito único.Ribadesella, distrito segundo.
Aguilar de Campoo y agregados, distritoúnico.
Carrión de los Condes, distrito único.Grijota, distrito único.Paredes de Nava, distrito primero.-Saldaña y agregados, distrito único.Salinas de Pisuerga y agregados, distrito
único.Torquemada, distrito único.
Tercera categoría
Acebedo del Río, distrito único.Chandreja de Queija, distrito único.Junquera de Espadañedo, distrito único.Laroco, distrito único.Paderne de AlIariz, distrito único.Piñor de Cea, distrito único.Puentedeva, distrito único.Taboadela, distrito único.ViIlar de Santos, distrito único.
MURCIA
Primera categoría
Cartagena, distrito primero urbano.Cartagena, distrito 10 rural.Cartagena, Casa de Socorro.Jumilla, Casa de Socorro.Lorca, distrito sexto.Molina de Segura, distrito primero.Murcia, distrito séptimo.Murcia, distrito 19 rural.Murcia, distrito 21 rural.Murcia, distrito 22 rural.-Practicante fe-
menino, Puericultor.Murcia, Casa de Socorro.Murcia, Casa de Socorro.Murcia, Casa de Socorro.Yecla, distrito primero.
Tercera categoría
Ceutí, distrito único.
Tercera caiegoría
Algatocín y agregado, distrito único.Borge-Cutar, distrito único.Cuevas del Becerro, distrito único.Monda, distrito único.Sedella y agregado, distrito único.Totalán, distrito único.Villanueva del Rosario, distr~to único.Villanueva del Trabuco, distrito único.Yunquera, distrito úni,co.
ORENSE
Primera categoría
Castro Caldelas y agregado, distrito primero.
Castro Caldelas y agregado, distrito segundo "La Teijeira".
Segunda categoría
Amoeiro, distrito único.Calvos de Bandin, distrito único.,carballeda de Avia, distrito único.,Cenlle, distrito único.!cualedro, distrito único.Lovios, distrito único.ViIlamarín, distrito único.Villar de Barrio, distrito único.
Segunda categoría
Cehegín, distrito primero.Mazarrón, distrito primero.San Pedro de Pinatal', distrito único.
OVIEDO
Primera categoría
Avilés, Casa de Socorro.Belmonte de Miranda, distrito UlllCO.Cangas de Onís, distrito segundo "Margo-
lles".-Practicante femenino, Puericultor.
Cudillero, distrito primero.Luarca, distrito tercero.~Practicante fe
menino, Puericultor.Piloña, distrito segundo.-Practicante fe
menino, Puericultor.Riosa, distrito único.Tineo, distrito tercero, "Gera".-Practi-
- cante femenino, Puericultor.
18 MEDICINA y CIRUGíA AUXILIAR
SANTA DER
Primera categoría
Liérganes, distrito único.Santander, Casa de Socorro (Policlínica).
Segunda categoría
Ampuero, distrito único.Val de San Vicenfe, distrito único.Vega de Pas, distrito único.
Tercera categoría
Campoo de Yuso, distrito único.Cillorigo y agregado, distrito único.Hermandad de Campoo de Suso, distrito
único.Limpias, distri to único.Puente Viesgo, distrito único.
SEGOVIA
Primera cat/!~orí.
Se¡ovia, Casa de Socorro.
Se~unda cate~oría
Cuéllar, distrito primero.Cuéllar, distrito segundo.Fuente el Olmo de Fuentidueña y a¡re
gado, distrito único.Hontalbilla, distrito único.Montejo de Arévalo y agregados, distrito
único.Pedraza de la Sierra y agregado, distrito
único.San Ildefonso y agregado, distrito único.Sepúlveda y agregados, distrito único.Urueñas y agregados, distrito único.
Tercera categoría
Aguilafuente, distrito único.Bercimuel y agregados, distrito único.Coca, distrito único.Fuentepelayo, distrito único.Lovingos y agregados, distrito un\co.Otero de Herreros, distrito único.Torreadrada y agregado, distrito único.
SEVILLA
Primera categoría
Castillo de los Guardas, distrito único.Dos Hermanas, Casa de Socorro.Ecija, Casa de Socorro.Ecija, Casa de Socorro.Estepa, distrito segundo.Estepa, distrito primero.Mor6n de la Frontera, Casa de Socorro.Mor6n de la Frontera, Casa de Socorro.Mor6n de la Frontera, Casa de Socorro.Osuna, Casa de Socorro.Osuna, Casa de Socorro.Utrera, Casa de Socorro.
Segunda cate~oríl1
Aguadulce, distrito único.Benacaz6n, distrito único.Cantillana, distrito único.El Rubio, distrito primero.Tocina, distrito único.
Tercera categoría
Alcalá de Guadaira, Casa de Socorro.La Algaba, distrito único.Burguillos, distrito único.Guadalema de los Quinteros y agregado
distrito único. 'Guillena (aldeas), distrito segundo.Herrera, distrito único.Pedrera, distrito único.Valencina de la Concepci6n y al:rcl:ado
distrito único. '
SORtA
Primera categoría
Soria, Casa de Socorro.Soria, Casa' de Socorro.
Segunda c.ategoría
Gomara y agregados, distrito único.Olvegay agregado, distrito único.
Tercera categoría
Almazán y agregados, distrito único.Almazán y agregados, distrito único.Bayubas de Abajo y agregados, distrito
único.Borobia y agregados, distrito único.Candilichera y agregados, distrito único.Cidones y agregados, distrito único.Deza y agregado, distrito único.Espeja de San Marcelino y agregado, dis
tri to único.Fuentearmegil, distrito único.Montejo de Tiermes y agregados, distrito
único.Navaleno, distrito único.Ser6n de Nagima y agregados, distrito
único.Tarancueña y agregados, distri to único.Villar del Río y agregados, distrito único.
Cuarta categoría
San Lorenzo de Yagüe, distrito único.
Quinta categoría
Arcos de Jalón y agregado, distrito único.
TARRAGONA
Primera categoría
Tarragona, distrito segundo.
Segunda categoría
Valls, distrito segundo.
Tercera categoría
Aiguamurcia, distrito único.Alforja y agregado, distrito único.Alió y agregado, distrito único.Bisbal del Panadés, distrito único.Borjas del Campo, distrito único.Falset y agregado, distrito único.Montroig y agregado, distrito único.Mora la Nueva, distrito único.Riudoms, distrito único.Roda de Bará y agregado, distrito único.San Jaime Domenys, distrito único.Santa Coloma de Queralt y agregados
distrito único. 'Tivenys, distrito único.Torredembarra, distrito UDlCO.Vilaseca, distrito único.Vimbodi y agregado, distrito único.
Cuarta categoría
Altafulla, distrito único.Castellvell y agregado, distrito único.
TERUEL
Segunda categoría
Albalate del Arzobispo, distrito único.Calamocha, distrito único.Cantavieja, distrito único.Castellote y agregado, distrito UDlCO.
Estercuel y agregado, distrito único.Híjar, distrito único.Monroyo y agregado,' distrito único.Mora de Rubielos, distrito único.Terriente y agregados, distrito único.
Tercera categoría
Alcalá de la Selva y agregado, distritoúnico.
~añ6n y agregados, distrito único.
Cretas y agregado, distrito línico.Hu~s~ del Común y agregados, distrito
UDlCO.
Jar~~e de la Val· y agregados, distritoumco.
Loscos y agregados, distrito único.Mazaleón, distrito úilÍco.OJiete, distrito único.Sarrión, distrito único.Valdealgorfa, distrito único.V~llalba Baja y agregados, distrito único.Vlvel del Río y agregados, distrito único.
Cuarta categoría
Ariño, distrito único.Blancas y agregados, distrito único.Martín del Río y agregado, distrito único.Valjunquera, distrito único.
TOLEDO
Primera categoría
Talavera de la Reina, Casa de Socorro.Talavera de la Reina, Casa de Socorro.Talavera de la Reina, Casa de Socorro.
Segunda categoría
Añover de Tajo, distrito único.Casarrubios del Monte, distrito único.Las Herencias, distrito único.Huerta de Valdecarábanos, distrito único.Illescas, distrito único.Madridejos, di.strito segundo.Navahermosa y agregado, distrito único.Los Navalucillos, distrito único.Oropesa, distrito único.Puente del Arzobispo y agregado, distrito
único.Valdeverdeja, distrito único.Villacañas, distrito primero.
Tercera categoría
Calzada de Oropesa, distrito único.Carmena, distrito único.Escalona, distrito único.Mazarambroz, distrito único.Pueblanueva, distrito único.Santa Cruz de la Zarza, distrito primero.El Toboso, distrito único.Velada, distrito único.Villa de Don Fadrique, distrito único.
Cuarta categoría
Alcabón, distrito único.Aldeanueva de San Bartolomé, distrito
único.Caleruela, distrito único.Casar de Escalona, distrito único.Cobeja, distrito único.Herreruela de Oropesa, distrito único.LuciJIos, distri to único.Magán, distrito único.Mascaraque, distrito único.Mohedas de la Jara, distrito único.Montesclaros, distrito único.Puerto de San Vicente, distrito único.Segurilla, distrito único.ViJlamuelas, distrito único.Villaminaya, distrito único.Yuncler, distrito único.
Quinta categoría
Cabañas de la Sagra, distrito único.
VALENCIA
Primera categoría
Alcira, Casa de Socorro.Sagunto, Casa de Socorro.Sagunto, Casa de Socorro.Sueca, Casa de Socorro.
Segunda categoría
Ademuz y agregado, distrito único.Chelva, distrito único.
MEDICINA y C,RuelA AUXILIAR 19
Gandía, distrito primero. .Oliva, distrito segundo.-Practlcante fe-
menino, Puericultor. .Utiel, distrito primero.-Practlcante feme
nino, Puericultor.
Tercera categoría
Adzaneta de Albaida y agregado, distritoúnico.
Alboraya, distrito único.Alcácer, distrito único.Aldaya, distrito único.Almácera, distrito único.Almoines, distrito único.Alpuente, distrito único.Benifairó de Valldigna, distrito único.Casinos, distrito único.Castielfabib, distrito único.Cofrentes, distrito único.Cuart de Poblet, distrito único.Chella, distrito único.Cheste, distrito primero.Chirivella, distrito único.Domeño y agregado, distrito único.Godella, distrito único.Jeresa, distrito único.L!ombay, distrito único.Mislata, distrito único.Mureros, distrito único, y agregado.Navarrés, distrito único.Paiparta, distrito único.Picasent, distrito único.Rafelbuñol, distrito único.Rotgla y agregados, distrito único.Simat de Valldigna, distrito único.Sollana, distrito único.Turís, distrito único.Villamarchante, distrito único.
Cuarta categoría
Alcudia de Crespins, distrito único.Alfarp, distrito único.Algimia de Alfara y agregado, distrito
único.Bárig, distrito único.Beniarjó y agregado, distrito único.Bicorp, distrito único.Bolbaite, distrito único.Canet de Berenguer, distrito UDlCO.
Cuart de les Valls, distrito único.Dos Aguas, distrito único.La Eliana, distrito único.GUet, distrito único.Macastre, distrito único.Palomar y agregado, distrito UDlCO.
Puebla de Farnals, distrito único.Sumacárcel, distrito único.Teresa de Cofrentes, distrito único.Titaguas, distrito único.
Quinta categoría
Cortes de Pallás, distrito único.Marines, distrito único.
VALLADOLID
Primera categoría
Medina del Campo, distrito primero.Valladolid, Casa de Socorro.Valladolid, Casa de Socorro.Valladolid, Casa de Socorro.
Segunda categoría
Campaspero, distrito UlllCO.
Fresno el Viejo, distrito único.Pedrajas de San Esteban, distrito UlllCO.
Quintanilla de Onésimo, distrito único.Sieteiglesias de Trabancos, distrito único.Villalón de Campos, distrito único.
20 MEDICINA y CIRUGíA AUXILIAR
Tercera categoría
Aguijar de Campos y agregado, distritoúnico.
El Carpio, distrito único.CigaJes, distrito único.Mucientes, distrito único.Pollos, distrito único.Torrecilla de la Orden y agregado, distri
to único.Zara tán, distrito único.
Cuarta categoría
San Román de Hornija, distrito único.Santovenia de Pisuerga, distrito único.Villavicencio de Jos Caballeros, distrito
único.
VIZCAYA
Primera categoría
Baracaldo, distrito segundo.Guecho, distrito Algorta.Sestao, distrito Sur.-Practícante femeni
no, PuericuJtor.
Segunda categoría
Ceberio, distrito único.Güeñes, distrito único.Marquina - Jemein y agregado, distrito
único.VaJmaseda, distrito único.
Tercera categoría
Abadiano y agregado, distrito único.Amorato y agregado, distrito único.Arcentales, distrito único.Arrieta y agregado, distrito único.Busturia y agregado, distrito único.Carranza y agregado, distrito único.Ea, distrito único.Gatica y agregado, distrito único.Górliz, distrito único.Larrabezúa, distrito único.Múgica y agregados, distrito UDlCO.
Mundaca y agregado, distrito único.Murélaga y agregado, distrito único.Trucios, distrito único.
Cuarta categoría
Baquio, distrito único.Vedia, distrito único.
Quinta categoría
Zarátamo, distri to único.
ZAMORA
Segunda categoría
Fuentesaúco, distrito único.Morales del Rey y agregados, distrito
único.Pereruela y agregados, distrito único.
Tercera categoría
Arcos de la Polvorosa y agregados, distrito único.
Cerecinos de Campos y agregado, distritoúnico.
Corrales del Vino, distrito únicoGalende, distrito único.Moraleja del Vino, distrito único.Muelas del Pan, distrito único.Pobladura del Valle y agregados, distrito
único.Rabanales y agregado, distrito único.Trefacio y agregados, distrito único.
Villabuena del Puente, distrito único.Villalube y agregado, distrito unico.Villarrín de Campos, distrito único.
Cuarta categoría
Mahide y agregado, distrito único.San Vicente de la Cabeza, distrito único.
ZARAGOZA
Primera categoría
Zaragoza, barrio de Juslibol.
Segunda categoría
La Almunia de Doña Godina, distritoúnico.
Daroca y agregados, distrito úruco.Paniza y agregados, distrito único.Sos del Rey Católico, distrito único.Tarazana y agregados, distrito segundo.
Tercera categoría
Agon y agregados, distrito único.Almonacid de la Sierra, distrito único.Cetina, distrito único.Epila, distrito primero.Gallor, distrito único.Gelsa de Ebro, distrito Ul1lCO.
Jarque y agregados, distrito único.Maella, distrito único.Mores y agregado, distrito único.Pedrola y agregado, distrito único.Pina de Ebro, distrito único.Pinseque y agregado, distrito único.La Puebla de Alfinden y agregado, distri·
ro único.Uncastillo, distrito único.Villafefiche y agregado, distrito UDlCO.
Villafranca de Ebro y agregado, distritoúnico.
Villarroya de la Sierra, distrito único.
Cuarta categoría
Alfajarín, distrito único.Alfamén, distrito único.Bujaraloz, distrito único.El Burgo de Ebro, distrito único.Longares, distrito único.Luceni, distrito único.Lumpiaque, distrito único.Remolinos, distri to único.Saviñán, distrito único.Terrer, distrito único.Torrellas y agregado, distrito UDlCO.
Torres de Berrellen, distrito único.Villanueva de Huerva, distrito único.
Quinta categoría
Pradilla de Ebro, distrito único.
CEUTA
Primera categoría
Ceuta, Clínica de Urgencia, Casa de So·corro.
Ceuta, Clínica de Urgencia, Casa de Socorro.
MELILLA
Primera categoría
Melilla, Casa de Socorro.Melilla, Casa de Socorro.Melilla, Casa de Socorro.Mejilla, distrito.Melilla, distri tooMelilla, distrito.
sima señor, señale día y hora en que podría ser recibidopor V. E. en una breve visita.
Con la gratitud por anticipado de este Consejo Nacional y sus representados, se reitera suyo afmo. s. s.,
Fdo.: ENRIQUE RlUDAVETS DE MONTES.
RS 2701
Madrid, 10 de noviembre de 1969.
EXCMO. SR.
D. FERNANDO LUIS DE YBARRA Y LÓPEZ-DóRIGADirector general de Administración LocalMADRID
EXCMO. SR.D. TOMÁS GARICANO GOÑI
Ministro de la GobernaciónMADRID
I
Escritos que el Conseio
ha dirigido a los
Excmos. Sres. Ministro
de la Gobernación y
Director general de
Administración Local
RS 2767
Madrid, 14 de noviembre de 1969.
Mi distinguido Sr. Director:
Al saludar a V. E. muy atentamente y felicitarle porsu nombramiento como Director general de Administración Local, deseo, por lo urgente del caso, exponerle elmalestar reinante entre los Ayudantes Técnicos Sanitarios, dependientes de las Corporaciones Locales, al correr el rumor de que en las nuevas retribuciones enAdministración Local se les asignará el coeficiente 1,9.
Es posible, Sr. Director, que al hacerse usted cargode la Dirección General de Administración Local le hayan informado de los diferentes escritos que las Juntasde Gobierno de los Colegios Provinciales de AyudantesTécnicos Sanitarios, como asimismo el de este Consejo,enviaron a su antecesor, haciéndole ver lo injusto y discriminatorio que sería el asignar a estos profesionalescon Título de Grado Medio, y que no son auxiliares, elcoeficiente 1,9.
Espero, Excmo. Sr., que con todo -cariño y justiciaestudie la conveniencia de que se fije a los AyudantesTécnicos Sanitarios el coeficiente que les correspondecomo Técnicos de Grado Medio, calificación otorgada, enrazón de sus estudios, por Disposición Ministerial.
Agradeceré, Sr. Director, me conceda unos minutosde su tiempo para exponerle en una brevísima visitacuanto antecede.
Mientras tanto, reciba con mis deseos de éxito el testimonio de mi consideración y respeto.
Fdo.: ENRIQUE RlUDAVETS DE MONTES
Mi distinguido y respetado Sr. Ministro:
Es para mí un obligado deber, como Presidente delConsejo Nacional de Ayudantes Técnicos Sanitarios, eldar a conocer a V. E. la intranquilidad reinante entrenuestros representados, los compañeros dependientes dela Administración Local, al llegar a conocimiento delos mismos que se les piensa aplicar el coeficiente 1,9 enlas próximas retribuciones que han de percibir estosfuncionarios.
En nombre de este Consejo Nacional, en el mío propioy en el de la totalidad de los compañeros que pudieranser afectados por tal retribución, le suplico muy encarecidamente nos preste su valiosa ayuda para que el coeficiente que les vaya a ser aplicado' corresponda a su condición de Técnicos de Grado Medio, que el AyudanteTécnico Sanitario tiene concedido por Disposición Ministerial, y que reciban el mismo trato que otros profesionales (Peritos, Ayudantes de Ingeniero) también deGrado Medio a quienes se les va a aplicar un coeficienteque guarda una relación más justa con el que se fija asu inmediato superior.
Para poderle informar personalmente- sobre este asunto de tanta trascendencia, me permito rogarle, excelentÍ-
Circular 39/69
(REMITIDA A TODOS LOS COLEGIOS)
CONCURSO TRASLADOS CUERPO TITULARES
Publicada en el Boletín Oficial del Estado número 280, correspondiente al día 22 de los corrientes, la tan esperada convocatoria de concurso de traslado entre Practicantes Titulares, seruega a esa Presidencia lo ponga en conocimiento de todo elCuerpo colegial.
Aunque en el número de nuestra Revista del próximo diciembre se reproducirán tanto la convocatoria del concurso con larelación de plazas a cubrir, que son las que estaban vacantes eldía 31 de diciembre de 1967, y modelos de solicitudes, comola Orden del Ministerio de la Gobernación de 4 del actual, publicada en el mismo Boletín Oficial del Estado, debe hacersesaber a los interesados que el plazo de presentación de instancias,en la Jefatura Provincial de Sanidad, termina el día 29 del próximo mes de diciembre, recomendándoles las presenten con laantelación posible a dicha fecha.
Acuse recibo.Dios guarde a usted muchos años.Madrid, 24 de noviembre de 1969.-EL SECRETARIO.-V.o B.O;
EL PRESIDENTE. .
Sr. Presidente del Colegio de Ayudantes Técnicos Sanitarios.
MEDICINA y CIRUGfA AUXILIAR 21
Reclamaciones por trieniosEscritos y modelos remitidos a los
Colegios Provinciales para su
divulgación entre los colegiados
Madrid, 13 de noviembre de 1969.SR. PRESIDENTE DEL COLEGIO PROVINCIAL
DE AYUDANTES TÉCNICOS SANITARIOS
Estimado amigo:
Como consecuencia de la cuestíón planteada por las Ordenes de 16 de junio de 1967 y 11 de abrildel corriente año sobre plus de antigüedad a los Practicantes-Ayudantes Técnicos Sanitarios afectos ala Seguridad Social y la interpretación dada a las mismas por el Instituto Nacional de Previsión, inter·pretación que estimamos lesiva a los intereses de los Ayudantes Técnicos Sanitarios, nos ha movido a estudiar detenidamente este problema y obrar en consecuencia.
Con independencia de que, como sabes, en su día se interpuso recurso contencioso-administrativocontra la Orden de 11 de abril de 1969, se plantea la necesidad de interrumpir el plazo de prescripciónen orden a las reclamaciones que por trienios corresponda realizar a los compañeros a los que no se [eshaya hecho el cómputo real que les corresponde.
La interrupción de la prescripción deberá hacerse de forma individual por cada uno de los interesados antes del próximo día 31 de diciembre.
Es obvio que ese Colegio y sus colegiados pueden llevar a cabo la reclamación con plena independencia. Ahora bien, ante la trascendencia del problema planteado, este Consejo Nacional ha con·tratado los servicios profesionales de varios letrados en ejercicio, que en compañía del letrado asesorde este Consejo han estudiado detenidamente el procedimiento a seguir y responsabilizado de llevar adelante las reclamaciones que se presenten por conducto de este Consejo Nacional, tanto en [a vía administrativa como ante la Magistratura del Trabajo.
A tal fin se acompaña información sobre el procedimiento a seguir y modelos de instancias quelos colegiados de esa provincia deben dirigir al Ilmo. Sr. Director provincial del Instituto Nacional dePrevisión en ésa, según se trate de Practicante-Ayudante Técnico Sanitario de A.sistencia Pública Domiciliaria y de la Seguridad Social, o solamente de la Seguridad Social.
Ese Colegio Provincial puede solicitar de este Consejo Nacional el número de ejemplares deinstancia que necesite-de cada uno de los modelos-, en la seguridad de que se le enviarán segui.damente.
Recibe un fuerte abrazo de tu buen amigo,
Fdo.: ENRIQUE RIUDAVETS DE MONTES.
Procedimiento a seguir para la reclamación de trienios
en el Seguro Obligatorio de Enfermedad
A fin de dar efectividad a 10 dispuesto en la Orden del Ministerio de Trabajo de 16 de juniode 1967 sobre plus de antigüedad, sería conveniente que todos y cada uno de los Practicantes-AyudantesTécnicos Sanitarios al servicio de la Seguridad Social que estén en posesión de nombramiento defini·tivo y a los que no se les haya reconocido los trienios que les corresponda, lleven a cabo las actuacionessiguientes:
Prímera.-Deberán rellenar y firmar el modelo de instancia que corresponda, por duplicado, yuna vez reintegrada (con póliza de tres pesetas el original y 0,50 el duplicado) presentarla en el Insti·tuto Nacional de Previsión de esa provincia, recogiendo sellado el duplicado, en el que deberá constarla fecha de presentación.
Segunda.-Dicha instancia deberá presentarse en el Instituto Nacional de Previsión de esa provincia antes del día 31 de diciembre del corriente año.
Tercera.-En el caso de que sea denegada la reclamación o transcurra un mes, a partir de [afecha de la presentación, sin haber sido notificada resolución alguna, y en el caso de que desee utilizar
12 MEDICINA y CIRUGIA AUXILIAR
los servIcIos de los letrados contratados por este Consejo Nacional-pues cada colegiado puede utilizarlos servicios profesionales del letra40 que desee-, deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento delConsejo Nacional (<<Asesoría Jurídica»), acompañando el duplicado de la instancia en la que conste lafecha en que fue presentado el original ante el Instituto Nacional de Previsión y manifestando su deseode que se formalice demanda ante la Magistratura de Trabajo de Madrid.
Cuarta.-Se insiste nuevamente en que pueden ser utilizados los servicios profesionales de cualquier letrado. Ahora bien, los que deseen ser dirigidos por el grupo de letrados de este Consejo Nacional deberán remitir a la cuenta RECLAMACION LABORAL, CONSEJO NACIONAL DE AYUDANTESTECNICOS SANITARIOS, que a tal fin se ha abierto en el Banco Coca, sito en la avenida de José Antonio, número 30, de esta capital, la cantidad de DOS MIL QUINIENTAS PESETAS, cuyo importe,con destino a satisfacer los honorarios de los letrados que intervengan en estas reclamaciones, podráser hecho efectivo en cinco mensualidades de QUINIENTAS PESETAS cada una, la primera antes deldía 15 de enero de 1970 y las siguientes antes de los días 15 de febrero, marzo, abril y mayo delcitado año.
Quinta.-La citada cantidad de 2.500 pesetas destinada a pagar los servicios de los letradosque intervengan "e entiende única; es decir, que con el pago de dicho importe quedan cubiertos todos los honorarios que se devenguen, tanto en vía administrativa como en la jurisdiccional, ante laMagistratura de Trabajo y, en su caso, ante el Tribunal Central de Trabajo.
Modelo para los compañeros pertenecientes a
Asistencia Pública Do~iciliaria (A. P. D.) Y Seguridad Social
Ilmo. Sr.:
Don , Practicante-Ayu-dante Técnico Sanitario de Asistencia Pública Domiciliaria y de la Seguridad Social,en posesión de nombramiento en propiedad y con destino en ,ante V. I. comparece y como mejor proceda DIGO:
Primero.-Que desde el día de de 19 , en quetomé posesión del nombramiento en propiedad como Practicante-Ayudante Técnico Sanitario de Asistencia Pública Domiciliaria, vengo prestando servicios ininterrumpidamente en el Seguro Obligatorio de Enfermedad de acuerdo con la Orden conjunta de los Ministerios de Gobernación y Trabajo de 31 de enero de 1949.
Segundo.-Que, por consiguiente, ell.O de enero de 1967 contaba con una anti-güedad de años, a la que correspondían trienios; a pesar de lo cual, alcomenzarse a aplicar la Orden de 16 de junio de 1967, se me abonó un solo trienio enlugar de los que en aquel momento tenía consolidados.
Tercero.-Esta situación se ha venido manteniendo durante los años 1967, 1968Y meses transcurridos del corriente año, con el consiguiente perjuicio que se cifra en lacantidad de pesetas, importe total de las diferencias en-tre las cantidades abonadas como retribución de la antigüedad y las que hubiera debidopercibir de acuerdo con los trienios devengados.
Cuarto.-La correcta interpretación de la Orden de 16 de junio de 1967 ha sidoestablecida por el Tribunal Central de Trabajo en su sentencia de 23 de abril de 1969,según la cual «el premio es natural que se adapte a la antigüedad de cada uno y noque iguale las antigüedades con perjuicio para los que posean la mayor».
Procede, pues, el abono de las diferencias resultantes entre lo percibido entre losaños 1967, 1968 y meses transcurridos del presente año como premios de antigüedady 10 que me corresponde realmente percibir a tenor de la totalidad de los trienios consolidados.
Por todo 10 cual, y a los efectos previstos en los artículos 138 y 145 de la Leyde Procedimiento Administrativo,
S U P L 1 C O a V. 1. que, mediante el presente escrito, tenga por formulada reclamación previa ala vía judicial laboral y, en su virtud, dicte resolución declarando el derecho a percibir lacantidad de pesetas más los intereses legales de la misma desdela fecha de reclamación en concepto de diferencias por el premio de antigüedad correspondiente a los años 1967, 1968 Y meses transcurridos del corriente año y acuerde 10necesario para su abono.
Es de justicia que no dudo en alcanzar de la reconocida rectitud de V. l., cuyavida guarde Dios muchos años.
................. de de 1969.
ILMO. SR. DELEGADO GENEltAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVISION.-MADRID.
MEDICINA y CIRUGfA AUXILIAR 23
Mo dalo para los compañeros pertenecientes
. a la Seguridad Social
Ilmo. Sr.:
Don , Practicante-Ayu·dante Técnico Sanitario de la Seguridad Social, en posesión de nombramiento en pro-piedad y con destino en , ante V. I. comparece y como mejorproceda DIGO:
Primero.-Que desde el día de de 19 , en quetomé posesión del nombramiento en propiedad como Practicante-Ayudante Técnico Saonitario del Seguro Obligatorio de Enfermedad, vengo prestando servicio ininterrumpida·mente, y, por consiguiente, elLo de enero de 1967 contaba con una antigüedad de......... años, a la que correspondían trienios.
Segundo.-Pese a ello, al comenzar a aplicarse la Orden de 16 de junio de 1967,se me abonó exclusivamente un trienio en lugar de los que en aquel momentotenía consolidados. Esta situación se ha venido manteniendo durante los años 1967, 1968Y meses transcurridos del corriente año, con el consiguiente perjuicio, que se cifra en lacantidad de pesetas importe total de las diferencias exis-tentes entre las cantidades abonadas como retribución de la antigüedad y las que hubiera debido percibir de acuerdo con los trienios devengados.
Tercero.-La correcta interpretación de la Orden de 16 de junio de 1967 hasido establecida por el Tribunal Central de Trabajo en su sentencia de 23 de abrilde 1969, según la cual «el premio es natural que se adapte a la antigüedad de cadauno y no que iguale las antigüedades con perjuicio para los que posean la mayor».
Procede, pues, el abono de las diferencias resultantes entre lo percibido durantelbs años 1967, 1968 Y meses transcurridos del corriente año como premio de antigüedady lo que me corresponde realmente percibir a tenor de la totalidad de los trienios con·solidados.
Por todo lo cual, y a los efectos previstos en los artículos 138 y 145 de la Leyde Procedimiento Administrativo,
S U P L I C O a V. I. que, mediante el presente escrito, tenga por formulada reclamación previa a lavía judicial labbral y, en su virtud, dicte la resolución declarando el derecho a percibirla cantidad de pesetas, más los intereses legales de la misma,desde la fecha de reclamación en concepto de diferencias por el premio de antigüedadcorrespondiente a los años 1967, 1968 Y meses transcurridos del corriente año y acuerdelo necesario para su abono.
Es de justicia que no dudo en alcanzar de la reconocida rectitud de V. l., cuyavida guarde Dios muchos años .
.............................. de de 1969.
ILMO. SR. DELEGADO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVISION.-MADRlD.
re •221 90.
M A D R I D (10) 221 ••40n. oPALM.A,Mándelas a
..También
Reparamos
, .: \. las jeringas deVETERINARIA~ Il'EGlSTAADO ro~ " "P'ALMA, 40· MADRIO'
Mándelas por correo BIEN EMBALADAS' evitando más roturasNosotros a reembolso las enviaremos arregladas
NO tiRE VD. LAS JERINGAS~
ROlAS de PUNTA
24 MEDICINA y CIRUGlA AUXILIAR
guno de los candidatos, que no existe más que un antecedente de haber sido amonestado por una discusión sostenida con otros Ayudantes Sanitarios en una reunióncelebrada en un Colegio, y que tal amonestación partíade la Dirección General de Seguridad y no del CoJeRiola que no podía considerarse como tal, toda vez que' laOrden de 30 de julio de 1954 determina que ·la facultrdpara poner sanciones a los Practicantes en el orden profe~ional ~orresponde a la presidencia de los Colegios, yaSl lo estImó la Asamblea; que las papeletas exigidas prra elegir los cargos vacantes de la Asociación Mutual fueron normales, eX'ceptuando dos que consignaron un candidato más para las vacantes de las vocalíéJs y una en laque se tachaba un nombre; que en las papeletils que figuraban tres candidatos para vocales se crJIlsideró invalidado el que figuraba en tercer lugar; que el escrutiniofue totalmente correcto y arrojó el siguiente resultado:
Para 'los cargos de vocales:D. Juan Cabrera Centeno ... J6D. José Castillo Montes 6D. Santiago liménez Blázquez 25D. José Martín de Eugenio 8D. Ramón Martínez Martín OD. Angel Palomeque de Migue! 22D. Juan Quiralte Aguado 6D. Alfonso Ramos Salcedo 35D. Teófilo Salmador Segovia 33
Como consecuencia de ello, resultaron elegidos:Presidente: don Antonio LOPEZ HmRRERA.Tesorero: don Juan SANABRIA ROMAN.Vocales: don Alfonso RAMOS SALCEDO y don Teófilo
SALMADOR SEGOVIA.
Que la Asamblea acordó, por unanimidad, aceptor laelección del señor Ramos Salcedo como vocal, toda vezque el artículo 95 del Estatuto de la Mutua determina quepodrá acordarse su compatibilidad con otro cargo de laOrganización Colegial, con ·la aprobación del Conseio Nacional de Ayudantes Técnicos Sanitarios, no teniendo conocimiento de que dicho Consejo se hubiera pronunciadosobre el particular, finalizando el informe de la Inspección en el sentido de que se realizaron las elecciones connormalidad, así como el recuento de votos y demás requisitos; que se notificaron los nombramientos a la Dirección General de Previsión y al Consejo Nacional deAyudantes Técnicos Sanitarios; que se ha comprobadola cinta magnetofónica de la reunión y que los escritosde denuncia carecen de fundamento para anular unaselecciones celebradas con toda normalidad; q']e debenQonsiderarse cama válidas y legítimas.
Después de lo anterior, considera la Dirección Genera-l
MIDIC:DlA y CIAVotA AUXII-IAR 25
. ~n la pa~llla 12 del número correspondiente al mes deJU!I~ del .ano 1969 de esta publicación, el Consejo dp AdmIlllstraclón de "PREVISION" insertó una nota dandocuenta a todo el Cuerpo Social de los asuntos tratados enla Asamblea General de Representantes celebrada enMadrid, el día 30 de marzo de 1969. '
En esta sesión tuvo lugar la elección de las penonasque han de desempeñar en el próximo perlodo los cargo,;que quedélllan vacantes reglamentariamente, y se inIormab~ de ¡xluéllos en quienes había recaído la desigm~ciénelectIva.
La. redacción de la Revista publicó una nota a continyaclón de, este. art~culo haciendo constar que dichas elecclOn~s hablan sIdo Impugn;:¡das por dos de los candidatos,precIsamente don JOSE AVALOS ANDRES y don SAN-TIAGO JIMENEZ BLAZQUEZ. .
Co::noq~iera que han sido resueltas las denuncias porla DIreccIón General de Previsión, con escrito número1.587, de fecha 3 de octubre de 1969, vamos a dar él conocer a nuestros compañeros un estracto de tal Resoluciónque sucintamente dice así: '
que el <;onsejo N~cion.al de Ayudantes Técnicos Sanita~lOs remIte a la DIreccIón General de Previsión los eó'cntos de d?n José Avalos Andrés y don Santiago JiménezBlázquez, Jmpugnando las elecciones celebradas por laAsaml?lea ge~~ral de nuestra entidad, y que el cit2doConseJo méllllflesta Que había comprobado los extremosa que se referían tales escritos.. La denuncia del se~or Avalos se basaba en que la elec
cIón celebr:lda adoleCla de defectos formales que no concreta; que Pera. figurar en las candidaturas se exigía noh.aber sIdo. sancIOnado. por)a Mutualidad ni la OrganizacIón C?legléll en los dlee: anos anteriores, ~o que se hvbíaprojucldo en alguno de los candidatos; que algunos representantes de los Colegios emitieron diez o más votosen representé',CiÓn de otros Colegios, y entiende que nose puede votar más que en representación del Colegio aque pertenece, etc.
El señor Jiménez Blázquez expone a su vez una seriede hechos, como que en las elecciones había candidaturascon mayor número de nombres que los que correSDonpondían a las vocalías vacantes: que se anularon al0'11nosvotos; qu~ existe incompatibilidad entre los elegioos;que la actItud del secretario de la Mutualidad la estimaarbitraria, por lo que pedía se le designara vocal cuyac;:mdidatura había presentado y para la que no f~e elegido.
Dice la Dirección Genenll de Previsión en su Resoluc~ón: Que. los referidos. escritos se enviaron a ,la InspeccIÓn Téclllca de TrabaJo para su comprobación e informe y que ésta informa del tenor siguiente:. Que la Asamblea general para elegir los cargos direc
tIVOS que se celebró el 30 de marzo. previa circular a todos los pre,;identes de todos los Colegios provinciales deAuxiliares Sanitarios. como delegados de la Mutualidaden. donde se les señalaba los requisitos que habían de r~Ulllr los re¡1resentantes y, entre ellos, que si rppresent;=>ban a más de un Colegio debían tener la credencial deaquellos otros que les confiriese su representación' ql1ela Asamblea fue presidida por el vicepresidente, p~i renuncia expresa del presidente, señor López Herrera, elcual, como se presentaba a la elección. consideró que nodebía actual'; que no se había comprobado se pusieranreparos a los que representaban a más de un Colegio, yque este hecho no fue impugnado en la reunión de laA amblea; en cuanto a -que hubiera sido sancionado al·
Para el cargo de presidente:D. Antonio López HerreraD. Rafael Femández Cauil .D. José Avalos Andrés .
Para el cargo de tesorero:D. Juan Sanabria Román
Votos
38352
72
de Previsión que los escritos de los denunciantes, señoresAvalas y Jiménez Blázquez, no aportan prueba -11gunade sus denuncias, ni tampoco el Consejo Nacional deAyudantes Técnicos Sanitarios que las remite, pese a SU8afirmaciones, limitándose a expresar puntos de vista subjetivos frente a los que el informe de la Inspección Técnica de Trabajo hace fe, salvo prueba en contrario queno se ha producido, por lo que procede declarar la faltade base de las denuncias mencionadas, y, por ello, la Dirección General de Previsión resuelve DESESTIMAR losescritos formulados por los Auxiliares Técnicos 3,mitarios don JOSE AVALOS ANDRES y don SANTIAGOJIMENE'Z BLAZQUEZ y declarar válidas las eleccionescelebradas por la Asamblea General de la Mutua de "Pre-
visión y Socorros Mutuos de Auxiliares Sanitarios", de30 de marzo último, para €legir varios cargos directivos,facultando a las partes interesadas para entablar recursode alzada ante· el excelentísimo señor ministro de Trz·bajo, en el términQ de quince días desde la Rewlución.
Consideramos de sumo interés la publicación de estaResolución que deja en claro el buen nombre de la Asamblea general de nuestra "PREVISION" y de todos y radauno de los representantes asistentes a la misma, en con·tra de afirmaciones carentes de base, según hace COnstarel Centro Directivo del Ministerio de Trabajo a que noshemos referido.
EL CONSEJO DE ADMINISTHACION
RELACION DE ASOCIADOS FALLECIDOS, CON DETALLE DE LAS PRESTACIONES ABONADAS DEL 10 DE OCTUBRE
HASTA EL OlA DE LA FECHA
I DEJA HUERFANOS QUEIMPORTE TENIA COBRARAN HASTA LOS
NOMBRES SOCORRO COBRADAS CATORCE AÑOS TOTALY APELLIDOS DELEGACIONES PORDEFUNCION PENSION
A 300 PTAS. A 225 PTAS.
-----D. Juan Selfa Monerri ... ... ... ... ... ... ... .. Granada ... ... 24.000 - - - 24.000D.' Dolores Muñoz Morales .. ... ... .. . ... .. Jaén ... ... ... 24.000 - - - 24.000D. José Luis Amos Arizmendi Delgado ... .. Logroño ... .. . 25.000 - - - 25.000D. Diego Jiménez Barajas ... ... ... ... ... .. Madrid ... ... ... 25.000 - - - 25.000D. José Reina Agudo ... ... ... ... ... ... ... .. Málaga· ... ... ... 10.000 . 46.393 - - 56.393D. Pascual Zamora Carruesco ... ... ... ... .. Zaragoza ... .. . 23.000 29.900 - - 52.900D. Luis Santo Pérez '" ... ... ... ... ... ... .. Alicante ... ... 9.000 29.876 - - 38.876D. Juan Tortellá Oliver ... ... ... ... .. . ... .. Baleares ... .. . 24.000 - - - 24.000D. Rafael Macías Carrera ... ... ... ... ... ... .. Cádiz ... ... ... 18.000 33.850 - - 51.850D. Luis Balongo Partido ... ... ... ... ... ... .. Córdoba ... ... 25.000 4.833 - - 29.833D. Antonio González Iglesias ... ... ... ... .. Huelva ... ... ... 25.000 - - - 25.000D. Diego García Rosso ... . .. ... ... ... '" .. Málaga ... ... ... 23.000 54.780 - - 77.780D. José Ramón Valles Vergel ... ... ... .. . ... . .'Melilla .. . ... .. . 15.000 45.368 - - 60.368D. Antonio Rodríguez Jiménez ... ... ... . .. .. ISevilla ... ... '" 23.000 - 31.520 6.990 61.510
----- ----- -------- -TOTALES ... ... ... ... .. . .. . 293.000 245.000 31.520 6.990 576.510
OBSERVACIONES.-De estos 14 asociados fallecidos, la media de prestaciones recibidas ha sido de 41.179 pesetas, y de cuotas
abonadas, 102.861 pesetas, siendo 15.485 pesetas la mayor cantidad satisfecha por cuotas y 2.605 pesetas la
menor, haciendo constar que uno de los asociados ha satisfecho el período de carencia para percibir la peno
sión de jubilación.
Madrid, 14 de noviembre de 1969.
---,------------------------------------.-----------7
ijLABORATORIOS
LASA arnitina LasaESTIMULANTE DEL APETITO Y DEL DESARROLLO
24 MmlCINA y Cll\uofA AUXILIAI\
Medicino del Trobo¡o
Exégesis del artículo 89 del Reglamentode Servicios Médicos de Empresa
Para la defensa de los derechos e intereses de cuantosAyudantes Técnicos Sanitarios de Empresa españoles noshonran con su confianza, adoptamos siempre como puntode partida en la interpretación del ya famoso precepto,su ratio juris o ratio legis radicante en la propia organización estatal de los Servicios Médicos de Empresa porDecreto de 10 de junio de 1959 y Reglamento aprobadopor Orden ministerial del 21 de noviembre del mismo año.Destaca éste (artículos 39 al 53) la importancia y amplitudde tales servicios, tanto que de ellos depende en gran parte el aumento de productividad de los trabajadores, requiriéndose una especial capacitación para el desempeño eficaz de las funciones encomendadas al personal sanit~rio,
mediante preparación profesional ad hoc demostrada enla Escuela Nacional de Medicina del Trabajo, con laspruebas de suficiente aptitud y obtención del diplomacorrespondiente a la persona que ejerce la nueva actividadcomo Ayudante Técnico Sanitario de Empresa. No era nies bastante para esa actividad el título profesional delantiguo Practicante, la retribución del cual en las antiguasReglamentaciones del Trabajo pudo ser adecuada habiendo en cuenta su limitada función, inherente a los deberesque éstas le señalan.
Mandó dicho precepto, en su redacción originaria, quelos Ayudantes Técnicos Sanitarios "percibirán como remuneración mínima la correspondiente a los Técnicos Auxiliares o Ayudantes Técnicos de las empresas en quepresten sus servicios" (equiparación absoluta) "y disfrutando de todos los beneficios concedidos a este personalpor las Reglamentaciones de Trabajo vigentes y las costumbres establecidas". Pero nuevamente redactado porOrden ministerial de 12 de mayo de 1960, hoy vigente(a través de la de 3 del mismo mes), se da prevalencia alp:icto con la empresa, naturalmente válido si no pugnacon los inalienables derechos de estos trabajadores; mas,teniendo en consideración el tiempo dedicado a la funcióny el carácter liberal de la profesión", la retribución noserá comparativamente inferior a la que como mínimaasignan los Reglamentos laborales a los Técnicos Auxiliares o Ayudantes Técnicos de las mismas empresas" (peritos en general, es decir, técnicos titulados del mismogrado profesional-0rden ministerial de 24 de mayo de1963----, como ha aclarado la jurisprudencia), "computándose además-expresa la reforma-proporcionalmente losbeneficios complementarios concedidos por las disposiciones vigentes y las costumbres establecidas" en favor delos peritos, según evidencia lo que ha de ser objeto ele lacomparación ordenada.
Nos hallamos. pues, ante una norma de equiparaciónrelativa, resultado de comparar las asignaciones mínimasprevenidas para los peritos en los Reglamentos laborales(concepto más amplio que el de las Reglamentaciones delTrabajo), las que han de complementarse con otros dossumandos: los beneficios que les conceden las "disposiciones vigentes" (sin duda, Convenios Colectivos. Normasde Obligado Cumplimiento, etc.) y las "costumbres establecidas" para ellos. El total, económicamente valorado,representa el minuendo de una comparación, y el sustraen-
do se halla significado por las percepciones reales de losAyudantes Técnicos Sanitarios de Empresa: éstOIS tienenderecho a la diferencia.
El Reglamento advierte-artículo l3-que a la Organización de los Servicios Médicos de Empresa (InstitutoNacional de Previsión) le corresponde la interpretaciónde la expresada norma y, según ésta, en caso de discrepancia interpartes, un arbitraje ilustrado-dados sus magnos conocimientos y experiencia en la materia-que orienta y resuelve siempre con las mayores garantías de aciertobajo la inspiración de criterios de inmaculada justicia.fundamento de su prestigio. Mas su laudo es recurribleen alzada ante la Dirección General de Previsión, que fallasin ulterior recurso, aunque conceda el contencioso-administrativo, si bien-se utilice o no-pone expedito d camino de la jurisdicción laboral, fallo que frecuentementese basa en hermenéutica contraria pensando que la comparación de retribuciones hay que referirla a las asignadasa los Practicantes por "la Reglamentación" de Trabajoaplicable, pues sólo cuando no se contienen en ésta es observable el artículo 89, entendiéndole norma de supletoriaaplicación; reiteradísimo pensamiento rechazado por elTribunal Supremo, ya que tal no se deduce del precepto,pero sí que la comparación es con los Técnicos Auxiliareso Ayudantes Técnicos y conduciría al desatino de establecerse retribuciones distintas para sanitarios con la misma capacidad e idéntica función, según que "la Reglamentación" previese o no la retribución del Practicante.
Por todo ello, sostenemos que no es lícito, sino antijurídico, dislocar la equivalencia que la norma dispone.constriñéndola a los emolumentos "reglamentarios", y excluir los "beneficios complementarios" que las disposiciones vigentes y costumbres establecidas conceden a los demás Técnicos Auxiliares o Ayudantes Técnicos de la misma empresa: esa tesis conduciría, inexorablemente, a lapráctica inefectividad del artículo 89 y al anquilosamientoy petrificación del Derecho Laboral, contrarian}lo su naturaleza progresista y tutelar del trabajador, fomentandodiferencias económicas clasistas, en pugna con el pensamiento del legislador de 12 de mayo de 1960 y con elespíritu y el texto de la Orden de esta fecha.
En recta interpretación del artículo 89 que comentamos, la jurisprudencia del Tribunal Supremo (sentenciasde la sala sexta, fechas 6 de abril de 1961, 24 de diciembre de 1964, 18 de junio y 8 de noviembre de 1965, 30 dejunio, 25 de noviembre y 22 de diciembre de 1966, 7 demarzo, 11 y 19 de abril, 13 de octubre y 8 de noviembrede 1967 y 22 de noviembre de 1968, entre otras, y de lasala cuarta, fechas 13 de octubre de 1961, 26 de febre-"0de 1963, 8 de febrero de 1964, 23 de diciembre de 1967 y18 de octubre de 1968, a vía de ejemplos) ha venido enseñando con magisterio jurídico perfecto erigido en a"Jténtico cuerpo de doctrina legal por lo reiterada, prescindiendo de la que no lo es, aun abundante pero desuniforme :
A. Que dicho precepto ES NORMA DE PREFERENTE APLlCACION
B. Que los Ayudantes Técnicos en general (peritos)y los Ayudantes Técnicos Sanitario~ están incluidos en
MEDICINA y CII\l1GfA AUXILIAlI. 27
una REGLA COMUN que les da el mismo tratamientode equiparación a efectos retributivos, como titulados delmismo grado profesional.
C. Que, contra lo dispuesto en esa norma, QUE ESDISPOSICION REGLAMENTARIA GENERAL DEORDENACION DEL TRABAJO, no puede prevalecerlo que se acuerde en Convenios Colectivos, ni en Normasde Obligado Cumplimiento, ni en pactos particulares, nien resoluciones de las Direcciones Generales, PUES SERIA NULO.
D. Que esos Convenios y Normas han venido a sustituir a las vetustas y anticuadas Reglamentaciones del Trabajo, siendo equivalentes a éstas, de cuya naturaleza participan como disposiciones generales vigentes.
E. Que no puede pretenderse la práctica anulación dela Orden reglamentaria mediante una CONVENCIONALELABORACION DE PLANTILLAS, es decir, PORQUEEN TALES ACUERDOS SE ESTABLEZCAN Y CALIFIQUEN CATEGOR1AS PROFESIONALES (ji las quese asignen ciertas retribuciones... si así se disminuyen omenoscaban los derechos adquiridos por el trabajador.
F. Que el rolo hecho de variar las retribuciones básicas en BENEFICIO DE LOS PERITOS Y técnicos industriales SOBRE LOS DEMAS TITULADOS DE GRADO MEDIO ya sería suficiente modificación para dcclarar la NULIDAD DE AQUEL ACTO.
G. Que ninguna disposición administrativa puede vulnerar los preceptos de otra de rango superior, siendo mllas de pleno derecho las que infrinjan lo establecido alrespecto, a tenor de los artículos 5.° Qel Código Civil y15 y 20 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado de 20 de julio de 1957 y 23 y 28 del textorefundido fecha 26 del mismo mes.
H. Que integran el miaria objeto de comparaci6nGRATIFICACIONES, PLUSES Y PRIMAS a:orgadpor las empresas CON CARACTER GENERAL a delerminado GRUPO de trabajadores, Y SON COMPUTABLES A EFECTOS COMPARATIVOS Y consiguientesfines de retribución.
Las extractad:ls declaraciones jurisprudenciales del máAlto Tribunal de Justicia en España responden a insos·layables exigencias de un Estado de Derecho. En efecto,y aparte de que regulado el signo idél1JtÍco a fines de ('oli·zación por seguros sociales (Deoreto de 16 de agosto de1968 y Orden de 20 de septiembre siguiente) irritaría a lajusticia que fU:9ran desiguales para la percepción, máximesiendo ésta base de aquélla, aparte de esto--<lecimosresulta evidente que, dispuesta por una Orden ministerial(la de Trabajo, fecha 12 de mayo de 1960), la retribuciónmínima de los Ayudantes Técnicos Sanitarios de Empresaequiparándola a la de los demás técnicos del mismo grado,"OPE LEGIS"" QUEDO HECHA LA CALIFlCAC/ONLA BORAL, ES DECIR, LA DEL PUESTO DE TRA·BAJO a c.1ectos retributivos, en el grado que el ministroestimó de justicia. Ninguna autoridad de rango inferiorpuede alterar esa calificación disponiendo grados dife·rentes o acordando con ellos o con cualquier otro sistemaelaborado convencionalmente o mediante normativa distinta, retribuciones diversas: eso significaría desequipararaquello que el ministro de Trabajo equiparó.
Lo prohíben terminantemente el ordenamiento jurídicoinvocado y la doctrina legal examinada.
FÉLIX LóPEZ RODRfGUEz-MoNSALv[
Abogado del l. C. de Madrid
PRESTIGIA AL CIRUJANO V A SU TECNICA
NORDlCA DE ADHESIVOS, VENDAJES YESPARADRAPOS, S. A.Tres Torres, 29 BARCELONA (11) Teléfono 230 81 45
t7,
VENDA"'EELASTICOADHESIVO
EN CIRUGIA, TRAUMATOLOGIA..•V EN TODA ESPECIALIDAD
MEDIDAS:4 m, I 8 cm.4 m. I 8 cm.5 m. I 10 cm.
'O m. II 10 cm.2 m, I 20 cm.
28 MEDICINA y CIRUO(A AUXILIAR
HISPANO ICO. S. A.,BARCELONA-16 • e ..
fábrica dematerialquirúrgico
AGUJA ICO 18/8-T ACERO INOXIDABLE
~"~-
~[f';-
~l' ! -lo--..,.
r.--
1 ,f'"to... -.'W
I
1 ........ .,.11... ;........;
~ ..-~ ...
1] ~_ ':¡lj
-
AGUJAICOINDOLORE
TRIPLEAFILADO
I
JUUUUUUUU ~,1 I V
[Q]
MEDICINA y CrRuGIA AUXILIAR 29
El aspecto humano, factor predisponente deléxito en la relación médico-enfermo
El aspecto humano en la relaciónmédico-enfermo lo podemos entendercomo el resultado de una colaboración que debería ser siempre íntimay confiada, desinteresada. Está muypor encima de la filantropía y de lacaridad, de esa caridad ca'llejera sentimental con que a vece,;; nos dedicamos hacia el desvalido. El grado dp.humanidad que pueda surgir de unarelación médico-enfermo es algo másqUe una sincronización sentimental.Presupone un conocimiento mutuomuy intenso, una apertura al diálogo,un disponer de tiempo.
El aspecto humano de todas nuestras actividades debe vislumbrarse enesa elevación que sufren las cosas,ya que, en opinión de Th. de Chardin, nuestra visión es llevar a toda lacreación hasta los pies del Padre. Mucho más todavía si es el barro humano el que tenemos que recomponer yreorganizar. Entre médico y enfermotiene que haber diálogo, un diálogomucho más r.nimado que la simpleanamnesis. Para que el profesionalllegue a sentir tanto interés en la curación como el propio enfeTmo, tieneque haber tenido lugar ese clima confidencial en el que uno pone todoslos detalles de su vida que pudierantener relación con la dolencia. Otroofrece los recursos de la ciencia conuna actitud de augurar todas sus posibilidades, con un afán denodado yvaliente, que no Se para en riesgospropios... Pero seamos realistas; esta predisposición no se da corrientemente. El diálogo es difícil. Influyenlas circunstancias, no sólo lr.s personales y familiares o económicas, sinoincluso las relativas al medio social yprofesionc.l. Se produce por doquieresta situación paradójica: por un lado, el paciente que llega angustiado,con el espíritu abierto a fuerza demiedo, que pone en manos del médicolos datos humanos, concomitrntes ono. Por el otro lado, profesional, unafalta de tiempo, un herme~ismo quegarantiza contra errores de pclabra,una receta multicopiada, estandardizada: una inyección. O peor, una píldora, una pomada, una serie de cosasque no debe comer... Se olvida demasiado que el enfermo necesita consuelo, esperanza. Unas palabras estimulantes que le suban el ánimo. Pero para esto hay que saber de qué piecojea, cuáles son sus ilusiones má.sdoradas; pero no hay tiempo para
30 MEDICINA y ClRualA AmOLlAR
eso ... y el enfermo trz.spone la consulta hacia la farmacia, oyendo a tn.:smuros: "i Que pase el siguiente!"
Se abusa del medicamento. El enfermo, con su angustia en el cuerpo,apenas si aprovecha las virtudes <lelfármaco. Terminado el tratamiento,los mismos errores de vida l€ volverán a la enfermedad, a la consulta, atornarse el siguiente de otro prójimodesencantado...
Se ha llegado a querer sustituir conantibióticos el sano consejo. "Tomeesto o aquello." Se olvidan los recursos naturales del ejercicio físico, lasrespiraciones ... Los vestidos, los muebles y la cama en que dormimos setransforman, siguiendo el dictado dela estética, la economía y de espaldascompletamente a su influencia salutífera ... Se lucha contra el síntoma y seolvida la enfermedad. Se trata el dolorfísico y se desdeña el dolor moral psicológico. Males del alma que nece.sitan diálogo, comprensión, desprendimiento.
Contra esta corriente de frío profesionalismo han luchado denodadamente muchos hombres preclaros, queinfundieron en su medicina Un calorhumano predisponente y catalizadorde dormidas posibilidades. El psicoanálisis, la hipnosis, la psicoprofilz.xis, la sofrología. Todas ellas englobadas en la psicosomática y que sevan imponiendo poco a poco, luchando contra tanta superficialidad, contr3ese ignorar que el hombre es algomás que un conjunto de órganos equilibrados dentro de la dinámica hormonal.
Si miramos a la estimativa de lagente, asombra ver cómo alaban al'médico qUe manda muchas medicinasy caras. El médico que sólo recetaaspirinas o cualquier otra cosa sencilla queda automáticamente bajo elfuego de la difamación y el menosprecio. Es como una especie de venganza del estamento social de los enfermos. Por falta de tiempo se recortó el diálogo, se olvidó el ambientesocial y psicológico. Se combatió elsíntoma y se lograron victorias espectaculares con el "amplio espectro".Muerto el diálogo, al soma hay quec u r al' 1o con medicinas materiales.Cuantas más y más caras, mucho mejor médico es... Por la otra vertiente,el médico que espera situarse pnrapoder racionar su número de clientesi para poder dialogar! Pero hay que
cobrar mucho más; es natural. E·tamedicina humana no nos llega él todos; es cara, tiene que ser cara. Poreso hay quien se asusta ante el panorama futuro de una medicina socia·lizada en la que cada síntoma va atener su tratamiento integral y ex<c·to, como calculado en una ordenadora electrónica. Pero las personas seguiremos enfermas y decepcion¡;dascon nuestra psicopatología, con nuestros reflejos condicionados, con nuestras crispaciones, con nuestro nudoen la boca del estómago, alimentadode las mil angustías, de la insatisfrcción, de la intemperancia, del confort excesivo, de la falta de ejercicio,sacudidos y movidos en todas las di·recciones de la rosa de la publicidad,que ya hasta se ríe de los tiempos enque bebíamos agua.
Falta diálogo que dé lugar a másfrondosa relación humana entre losque dirigen y los que son dirigidos.En todos los campos los que más saben deberían enseñar él los otros. Enel campo de la salud, en el que irrumpen las nuevas generaciones sin teneridea de cómo prevenir trastornos ¡¡si·cológicos, sin saber el daño que "cpuede alcanzar de lo que se fuma ybebe, sin tener ni siquiera una h¡,semediana en el terreno de la sexuali·dad, que es, sin duda, el más apasionante y definitivo. Mujeres que lleganal matrimonio sin saber cómo es un
Plantillas Ortopédicas Elásticas«FERRIZ»
Medalla de Plata en el X SalónInternacional de Bruselas
Nueva y sensacional presentaciónConserva íntegramente su eficaz
rendimiento.Pueden modificarse en todo momen
to con la misma facilidad y comodidad que con el sistema anterior.
Se mantienen los mismos precios.Cualquier duda o problema exis
tente será resuelto con prontitudy sin desembolso extra alguno.
Ofrecemos instalación completa (maquinaria, pegamento, forros, et·cétera), viaj e y estancias totalmente gratis.
Las plan tillas se presentan connueva fórmula química y estántratadas con SANITIZED.
Ofrecemos y exigimos garantía yseriedad comercial.
Se precisan representantes enexclusiva en poblaciones de toda
España
embarazo y, mucho menos, un parto,con esos conocimientos de la fisiología aprendidos en esquemas sin seso.No parece sino que hay quien quiereque la masa sea así de ignorante para que haya trastornos que remediar. .. Y ya está bien. Está bien quese ordene y organice una medicinasocial integral, masiva, gratuita. Peroesta acción no -llega más allá que a lapuerta de la persona. Si se quiererelación humana tiene que haber diálogo. Este diálogo tiene que ser interesante, glolJal, intuitivamente objetivo con el aspecto humano de cadaenfermedad y con el enfermo. No haynada más interesante que las nuevasideas. La inédita aplicación de unaidea, de un principio universal sobreeste individuo angustiado. Una accióndocente sobre quienes necesitan yquieren sc:ber más de sí mismos, conel apremio no sólo del dolor o el trastorno que se quiere evitar, sino connoble afán de conocer mejor nUestrocuerpo para mejor cuidarlo, segúnnos obliga el quinto mandamiento.
y aquí damos de mano con la medicina preventi va, que es la verd deramente humana porque implica unaenseñanza, una educación, un dominio del soma y de la psiquis para evitar el trastorno y la enfermedad.Principios generales que pueden y deberían ser de dominio público graciasa un enfoque profesional menos hermético, más docente. Consolar al triste vale tanto como enseñar al que nosabe.
Vista así la cosa, desde el ángulopreventi VO, se ve la necesidad de quela medicina se apoye en la pedagogíapara llegar a todos los rincones, difundiendo las ideas y los conocimientos de los que la masa está tan necesitada, pues prevenir es mejor quecurar. j Y más barato! Es de desearque el Estado, que tanta ilusión ydinero está poniendo en la SeguridadSocial, procure desgajarse de esas corrientes tan apegadas al medicamento y al síntoma en las que han caídotantos profesionales. Que desde el
plano oficial se estimule la promociónhumana, fomentando unas relacionesmédico-enfermo más racionaIes, másde conjunto, más educativas, tal ro·mo viene ocurriendo en la obstetricia,en la que, por iniciativas particulares,las pacientes y un corto número deprofesionales han encontrado, a fuerza de educación y entrenamiento, soluciones al dolor y a ciertas distocias,en los qUe los tratamientos medicamentosos, con ciertos riesgos añadidos, habían venido fracasando. Estenuevo enfoque de la medicina no encuentra terreno abonado en todas partes. Ni entre la gente ni entre todoslos profesionales. Por eso me temoque este escrito vuelva a resucitar lapolémica de diciembre pasado, en laque un profesional de la medicina,acérrimo defensor de la técnica medicamentosa y enemigo del diálogo yla educación de las embarazadas, recibió los ataques de varias madres conocedoras de los beneficios de la educación prenataI, entre las que sUTgieron una doctora en pediatría, una azafata, una maestra y, también, algunos comentaristas masculinos, entreellos un profesor de la Vniversidad.
Por lo demás, resulta dramático elcontraste de actitudes oficiales anteeste asunto de la prepaación de lasgestantes, que. en nuestra patria sigUe encontrando indiferencia y re<;istencia pasiva y, en cambio, en paísescomo la Unión Soviética, de tanta dictadura, de tanta despersonalización,donde tanto se desprecian los valoreseternos de la persona que inspirannuestra legislación, por ejemplo, yque, sin embargo, llevan implantadoobligatoriamente esta educación delas embarazadas desde hace cerca deveinte años. i Y no hay forma másdigna y elevada de tratar a las personas que educándolas, comprendiéndoias!
No puedo terminar este modestotrabajo sin nombrar a un prohombrecanario qUe supo impregnar su ejercicio de la medicina can un sentido
profundamente humano, que conocióen su carne el dolor de la enfermedaden que luego se especializó, que comprendió mejor que nadie las angustias de hombre enfermo por haberlasvivido y vencido. Médico en cuyo despacho el tiempo estaba parado enLrelas cuatrc, paredes atestadas de libros,cuya fama traspasó sus fronteras ybajo cuya sombra se reúnen hoy toodavía sus discípulos en el institutoque fundó. Su libro, "Medicina huma·nística", no permitirá que me olvidede quien me animó en mi enfermedady me estimuló como amigo: doctordon Tomás Cerviá Cabrera.
AÑATERVE VrLAR
(De El Día', de Santa Cruz de TE.nerife.)
Banderines
conmemorativosCon motivo del 1 Congreso Nacional
de Ayudantes Técnicos Sanital'ios de
la Seguridad Social, ha sido confeccio.
nado un número limitado de bandeo
rines, en tela, conmemorativos del
mismo.
Quienes deseen adquil'irlos pueden
dirigir sus peticiones al Consejo Na.
cional, que se los enviará contra
l'eembolso de 30 pesetas cada uno.
Dado lo limitado de las existencias,
los pedidos se remitirán por riguroso
orden de recepción.
Descuentos a señores Practicantes
Carmen, 12 Y 14 - Avda. José Antonio, 16 - Alcalá, 147Avda. de la Albufera, 12 - Bravo Murillo, 151 y 256
P.O de Extremadura, 55 - Hortaleza, 56 - Alberto Aguilera, 43P.o de las Delicias, 16 - Luchana, 36 - Avda. Donostiarra, 19
_--1r----- :"(on"_"-[3 :1\ VlIA"'NA ~ :
l'~\,:\M~~ ~ :
U TABLETA QUE DA BIENESTAR....:..----------- iíiiiiiiiiíiiiiiiiíl
ULLOA OPIICO
MEDICINA y CIRuofA AUXILIAR 31
uUI
1111 ~
Art.716-EGran reloj - joyaDUWARD, todo enORO DE LEY (18Kts.) Con pulsera(también de ORODE LEY) reforzada. Totalmente ga·rantizado.P.V. P. 6.800 ptas.En esta venta especial, sólo 408 ptaa.al mes durante 15meses.
Art. 422Reloj - joya brazalete DUWARD enORO DE LEY (18Kts.) Cristal zafiro.P. V. P. 11.000 pts.En esta venta especial sólo 9.940 pts.A pagar 710 pts. almes durante 14meses. Garantizado totalmente, incluso golpes.
ORO DE lEYI
Art. 722Reloj SeñoraD U WA R D enORO DE LEY (18Kts.). Zafiro facetado auténticoP.V. P. 2.900 pts.En esta venta especial, sólo 260pts. al mes durante 10 meses. Garantizado totalmente.
Art. 420Moderno reloj deSeñora DUWARDDiplomatic. Chapado oro inalterable.Totalmente garantizado, incluso golpes. P. V. P. 1.669ptas. En esta ventaespecial só101.500ptas. a pagar 150ptas. al mes durante 10 meses.
¡AHORRE DINEROICOMPRE CON MAYORES VENTAJAS:
Art. 615Colgante moneda "Victorina"
• ORO OELEY(18Kts.) Diámetro35 mm. P.V.P.2.173 pts. En esta venta especial,sólo 1.900 pts. Apagar190 pts. almes durante 10meses.
Arl. 503Bellísimo juego de pendientes ysortija en ORO DE LEY (18 Kts.)y legflima P E R L A cultivada.P.V. P. 2.025 pts. En esta ventaespecial sólo 152 ptas. al mesdurante 12 meses.
Art. 26Vistosos pendientes enORO DE LEY (18 Kts.)y Perla legítima cultivadaorlada por esmeraldas.P.V.P. 2.460 pts. En estaventa especial, sólo 184pts. al mes durante 12 meses. Hacen juego con lasortija, art. 27.
Art.27Vistosa sortija en ORO DELEY (18 Kts.) y Perla legítima cultivada rodeada deesmeraldas. P.V. P. 1.824pts. En esta venta especial,sólo 138 pts. al mes durante 12 meses. Hace juegocon los pendientes 26
Arl. 610Valiosos pendientes PERLAS JAPONESAS en Orode Ley (18 Kts.) 14 mm.diámetro. Perla de primera calidad. P. V. P. 5.915pts. En esta venta especialsólo 5.320 pts. A pagar380 pts. al mes durante 14meses.
Art. 611Valiosa sortija PERLA JAPONESA en Oro de Ley(18 Kts.) 14 mm. diámetro.Perla de primera calidad.P.V.P. 3.360 pts. En estaventa especial sólo 3.024pts. A pagar 216 pts. almes durante 14 meses.Hace juego con los pendientes 610.
Art. 507Moderna pulsera ORO DE LEY (18 Kts.) artísticamente lapidada al diamante. Largo 200 m/m. ancho 12 m/m. y alto 3 m/m. p.v. P. 4.300 pts. Enesta venta especial 3.864 pts. A pagar 322 pts. almes durante 12 meses.
Art. 612Clásica pulsera en ORO DE LEY (18 Kts.) Ancho: 10 mm.Alto: 6 mm. y largo 190 mm. Muy vistosa y resistente. Aptapara colgar monedas, fetiches, etc. P.v.P. 8.100 pts. En estaventa especial, sólo 7.280 pts. A pagar 458 pts. al mes durante 16 meses.
Art. 298
Art.502Soberbio Sello caballero "GranRubí" en ORO DE LEY (18 Kts.)y elegante piedra RUBI. P. V. P1.700 ptas. En esta venta especial, sólo 153 ptas. al mes durante 10 meses;
Art. 190-10Extraordinario collar de auténticasPERLAS CULTIVADAS de finooriente importadas del Japón.Provisto de bello broche en ORODE LEY (18 Kts) P.V.P. 4.800 pts.En esta venta especial, sólo 4.320pts. A pagar 360 pts. al mes durante 12 meses.
Medalla-joya VIRGENDEL CARMEN (28mm. de diámetro) enOro de Ley (18 Kts.) ycadena de 60 cm. reforzada. La imagen enalto relieve y reflejosde diamante. P. V. P.2.242 pts. En esta venta especial sólo 2.000pts. A pagar 200 pts.mes durante 10 meses.
Clásico solitario en ORODE LEY (18 Kts.) bellamente cincelado, provisto de unBrillante reconstituido.P. V.P. 2.184 ptas. En estaventa especial, sólo 196ptas. al mes durante 10meses.
r--------------------,aOLETIN DE PEDIDOI (con derecho a REGALO) •
l. CoO.PIE °RECORTE YMANOElO ahora mismo ACOMERCIAL DISTRIBUIOORA. Bta. Cuatro Caminos, 4·1.' Madrid-20 l._____________________Eslado civil _
I de profesión Calle II
núm.-- Localidad Provincia IAdquiere el articulo n.o _ _ que pagara en plazos de ptas.
I Caso de no agradarme. podré devolverlo en el plazo de UN MES II _de de 19_ Firma II Deseo el regalo de: ENCENDEDQR·BOLfGRAfD I
(Tache lo que no interese)L ~
IS!
Art. 415
Soberbio reloj caballero ZENITH, primerpremio mundial deexactitud. En ORO DELEY(18 Kts.)Automático yCalendario. Protegido especialmentecontra golpes.Garantizado totalmente incluso caídas. P. V. P.12.000 ptas. En estaventa especial, sólo720 ptas. al mes durante 15 meses.
Arl. 910P.V.P. 3.780 pts. En estaventa especial, sólo 3.390pts. A pagar 283 pts. almes durante 12 meses.
Extraordinarios sellos de caballero enORO DE LEY (18 Kts.) muy fuertes y pesados
Arl. 909P.V.P. 3.325 pts. En estaventa especial, sólo 2.988pts. A pagar 249 pts. almes durante 12 meses.
Art. 906Caballero DUWARD,"Diplomatic" (Superlujo). ORO DE LEY(18 Kts.) Automático(no precisa dárselecuerda) Calendario yprotegido especialmente contra golpesP.V. P. 5.600 pts. Enesta venta especial,sólo 5.040 pts. a pagar 336 pts. al mesdurante 15 meses.
En 22 mm. de diámetro y cadena reforzada de 60 cm.1.524 pts. En esta venta especial, sólo 137 pts. al mes durante 10 meses.
En 26 mm. de diámetro y cadena reforzada de 60 cm.1.770 pts. En esta venta espe'cial, sólo 159 pts. al mes durante 10 meses.
Art. 617
Medalla Escapulario artísticamente calado, en ORODE LEY (18 Kts.) con su correspondiente cadena:
En 20 mm. de diámetro y cadena reforzada de 50 cm.1.317pts. En esta venta especial,sólo 118 pts. al mes durante10 meses.
Arl. 618Elegante sello decaballero en ORODE LEY (18 Kts.) dediseño muy moderno. P.V.P. 2.084 pts.En esta venta especial, sólo 187 pts. almes dUI"ante 10 meses.
Ref. 519Caballero POTENS.Chapado oro inalterable (también enacero). Automático(no precisa dárselecuerda). Calendario.Antichoque 25 rubíes. P.V.P.2. 520 pts.En esta venta 'especial, sólo 2.268 ptas.A pagar 189 ptas. almes durante 12 meses.
Un práctico encendedor de gas FLAMINAIRE o un bonito bolígrafo legitimo PARKER,le regalaremos haciendo la compra de cualquiera de los presentes artículos.
¡Apresúrese a realizar su encargo! Estos regalos sólo se pueden hacer durante UNMES a partir de la recepción de la revista.
tes Técnicos Sanitarios, dotado con2.000 pesetas, y el de los laboratoriosFernández - Canivell ("Ceregum il"),con 2.000 pesetas, correspondieron porsu calificación a los trabajos que figuraban con los lemas "Dormir paradespertar", "E v o 1u ció n", "Eto" y"Mensaje", cuyos autores resultaronser los Ayudantes Técnicos Sanitariosdon José Montero Rosado, don LuisUtrera Figueroa, don Miguel Siles Cabrera y don Fernando Muñoz Campos, respectivamente. Además se lesconcedieron diplomas ho,norífjcos alos mismos.
Finalmente, los galardonados sostuvieron un coloquio acerca de las ideasexpuestas en los mencionados traba·jos.
Cofradíade la Sanidadde Cádiz
Con motivo del Primer CongresoNacional de Ayudantes Técnicos Sanitarios de la Seguridad Social cebbradorecientemente en Madrid, asistieronlos señores don Miguel Cabello Nú·ñez, don Luis García Jiménez y donJosé Sánchez Villegas, los cuales, como miembros de la Junta de gobiernode la venerable y nacional Cofradía dePenitencia de Nuestro Padre Jesús delMayor Dolor y María Santísima de laSalud (vulgo de la Sanidad), de Cá·diz, y que está integrada en su mayoría por profesionales de las distintasramas sanitarias, efectuaron una visita de cortesía al ilustrísimo señor donEnrique Riudavets de Montes y Ferreira, presidente del Consejo Nacional de Ayudantes Técnicos Sanitarios,a quien como viceprioste de honor dela citada cofradía hicieron entrega deun artístico cuadro en el que figuraban los titulares de dicha cofradía.
El señor Riudavets de Montes hizopatente a los citados señores su agradecimiento por dicho obsequio, rogándoles lo transmitieran a sus ~ompañe·
ros de Junta de gobierno.
adjudicaronde
A continuación se procedió a laapertura de los sobres para conocerlos nombres de los autores de los trabajos presentados en el Ce r t a m e nCientífico-Literario, c u y o s premios,otorgados por el ilustrísimo señor jefeprovincial de Sanidad, d o t a d o con2.000 pesetas; el ilustre Colegió Ofi·cial de Médicos, dotado con 1.500 ¡:e·setas ¡ el Colegio Ofi~ial ~e Ayudan.
CQHFERENCIASDE
Se entregaron diplomas ypremios en el Colegio Oficial
Ayudantes Técnicos Sanitarios
CICLO
Málaga
El señor Godoy Canela, tras unaspalabras de ~lutación, agradeció lapresencia de los asistentes al acto. Evidenció su satisfacción por el brillanteresultado con que culminó este ciclocultural, gracias al interés que muchí·simos colegiados prestaron al mismo,apoyándolo con asistencia y participación.
En primer lugar se procedió a la en-
En el centro, el señor Godoy Canela.
Bajo la presidencia de don José Go- trega de diplomas a los siguientes condoy Canela, don Joaquín Claudia ferenciantes: doctor don Manuel MarKraus y don Rafael Rodríguez Muñoz nnez González, por su conferencia tituvo lugar el pasado mes, en el salón tulada "Diabetes". Al Ayudante Técde actos del Colegio Oficial de Ayu- nieo Sanitario don Fernando Ramirezdantes Técnicos Sanitarios de Málaga, Torres, podólogo, por su disertaciónun solemne acto con motivo de la en- referida a "Hallux Valgus". Al Ayutrega de diplomas a los señores di- dante Técnico Sanitario don Antoniosertantes' que intervinieron en el ciclo Sánchez Pérez, fisioterapeuta, por sude conferencias organizado por dicho conferencia "Tratamientos poliomielíColegio, correspondiente al c u r s o ticos agudos". Al Ayudante Técnico1968-1969. Asimismo se adjudicaron Sanitario don José Godoy Canela, po
premios a aquellos que participaron dólogo, por su disertación "Colegioen el Certamen Científico-Literario y Sindicato; institución e instrumentoconvocado en su día. de la Clase".
34 l\úD1C:INA y ClJluo!A AUlIll.Wl
Avila «Mirador de Castilla»
Ayer. hoy y mañana de Avila. Ciudad de los CaballerosAl pie del Guadarrama, frente al Valle de Amblés y junto a1
río Adaja, re aIza majestuosamente la histórica muralla románica.que, integrada por 90 esbeltas torres y 10 puertas, rodea y defiende, en una extensión de dos kilómetros y medio, como sifuese un colosal centinela en permanente vigilancia, a la bellaciudad de "Avila", capital de la provincia del mismo nombre.También es conocida desde el año 1857, fecha en que aparecepublicado el primer censo de población de España. con la denominación de "Avila de los Caballeros", honroso título que hayque lamentar esté en desuso a partir de principios del siglo actual,en razón a que nunca fue derogado este privilegio.
Su fundación es muy remota, se pierde en los siglos, no habiendo sido posible determinarla por los historiadores; si bien laleyenda la fija en tiempos de los caldeos, reinando precisamenteNabucodonosor.
En cuanto a su nombre, y a pesar de las vicisitudes lógicasimpuestas por el paso del tiempo y por loo diversos autores quehan tratado el tema, podemos afirmar que se denominó, indistintamente, "Obila" (Ptolomeo\ "Abila" (San Jerónimo) y "Abula"(el Cronicón de Idacio).
Sin embargo, cuando se formó la confederación para lucharcontra los remanos, al mando de Yiriato, ya figuraban los naturales de Avib con el nombre de "abileses".
También bay constancia de la ciudad, como plaza fuerte yamurallada, durante la campaña del moro Muza, en el año 742,en que fue asaltada por sus huestes.
A través de los siglos ha sido escenario de solemnes acontecimientos históricos. en los que fueron protagonistas principales,entre otras muchas egregias personas, Isabel la Católica, Felipe n, Carlos 1, Santa Teresa de Jesús, San Juan de la Cruz, etc.
La tierra de Avila ha sido cuna de santos. AHí nacieron, entr('otros, dos de renombre universal: Teresa de Cepeda y Ahumada(15J5), la que fue Santa Teresa de Jesús, "La Santa", corno se lallama popularmente en la ciudad, y Juan de Yepes, natural deFontiveros (1542), más tarde San Juan de la Cruz. Nada tienede extraño, pues. que se haya denominado también a la capital"Avila de lo, Santos y de los Caballeroo".
En la actualidad es una ciudad de gran importancia, tanto porsus monumentos históricos y artísticos como por sus recias casassolariegas, de incomparable belleza arquitectónica. Está construida a 1.130 metros de altitud sobre el nivel del mar. Es, por tanto,la ciudad más elevada de todas las capitales españolas, y se encuentra a 113 kilómetros de Madrid (como dato curioso, exclusivamente, mencionaremos que también la estación de ferrocarrilmás alta de España corresponde a un pueblo abulense. HerracónLa Cañada, situado a 1.360,1 metros sobre el nivel del mar).
La geografía abulense es ·rica, bella y variada. Entre sus importantes pueblos o lugares gozan de fama singular: El Barco,por sus sabrosas judías; Cebreros. por su excelente vino; Arévalo, Piedrahita. Arenas de San .pedro y Madrigal de las AltasTorres, todos ellos de tradicionales costumbres y notable historia: la soberbia y agreste Sierra de Gredos, hoy con su confortable parador nacional como excelente plataforma natural parala práctica de muy variados deportes (alpinismo. en todas susmoda·lidades; caza mayor, con el aliciente de la cabra hispánica;esquí, pesca, etc.); los famosos embalses de Burguillo y el Charcodel Cura, en el río Alberche, que proporcionan anualmente másde cien millones de kilovatios hora, amén de su abundante pesca;el no menos famoso Valle del Tiétar, cruzado por el río de sumismo nombre, que es el más extenso y rico de la provincia;Las Navas del Marqués y Piedralaves, y otros lugares ideales deveraneo, etc.
Ya con este telón de fondo de la capital y de su provincia,trataremos lieguidamente del "Ayer, hoy y mañana de Avila,Ciudad de los CaballeTos". Este es, cn d·efinitiva, el tema a tratar.
Para ello estimamos necesario el establecer un adecuado paralelismo entre su próximo pasado,. no, el remoto, y su presente.para así poder deducir o intuir su futuro.
En efecto, si elegimos el reinado de Carlos ni, a mediados delsiglo XVIlT, y los años posteriores a éste como primera época, y laactual, a partir de nuestra guerra de Liberación y sus treintaaños siguientes como segunda, veremos que hay una seTie depuntos de contacto de -grande analogía.
Expondremos, pues, la primera época:Los años anteriores próximos a Carlos III fueron desastrosos
para España como consecuencia del mal gobierno de Carlos n,empeñado en la guerra civil de Sucesión, con ejércitos mercenarios e internacionales, que culminó en el Tratado de Utrecht; laeconomía española estaba francamente deshecha y sus súbditosvivían en lamentable miseria. Consciente y preocupado Carlos Inpor estas pésimas condiciones de vida, que suponía lID graveproblema, decidió mejorarlas, para lo cual inició un conjuntode obras de verdadera envergadura en toda España. Alguna deellas, como fue la construcción de carreteras, por ejemplo, afectaron directamente a Avila-inC'luso la de Madrid a La Coruña(1749), aunque atraviesa exclusivamente la provincia por el oroeste y en su límite con la de Segovia-. Como evidente pmebade ello basta con observar esos testigos mudos de piedra queson los mojones o postes indicadores de distancia que, cada medialegua, pregonan a los cuatro vientos que el camino fue construido, precisamente, "reinando Carlos IU".
Exactamente igual sucede con sus sólidas y ya clásicas fuentes,construidas en recias columnas de piedra rematadas en pirámide,las cuales, diseminadas por todos los rincones de la provincia,proclaman también, con su escueta inscripción 'labrada en elfrente de las mismas, que fueron construid:ls por "Carlos lIT"
La admirable y fecunda labor de este magnífico rey, indebidamente detractado por su "mal de piedra"-¡ojalá otros rey('~ ygobiernos hubiesen padecido idéntico mal!-, queda suficientemente demostrada con los ejemplos precedentes; pue, aunque existenotras importantes obras, como fue la creación de una fábrica detejidos en la propia capital, entre otras, entendemos que su urolija enumeración haría demasiado extenso el presente trabajo yse saldría del marco panorámico que se pretende abarcar.
Sin embargo, este deseo de Carlos 111 de mejorar las condiciones de vida no fue aprovechado adecuadamente, puesto que esevidente que todo plan general, para que sea verdaderamentefructífero, ha de ser sin solución de continuidad. Y la realidades que su sucesor, su hijo, el rey Carlos I'Y, 'no ~0Iamentt' noprosiguió su obra, sino que tampoco' hizo el más mínimo esfuerzopor acometer alguna otra, aunque ésta fuese independiente delplan general trazado por su progenitor. Pero hay más: los posteriores cienro cincuenta años fueron de auténtico letargo paraEspaña: sopor económico, social, cultural. .. , hasta que Españadespertó dolorosamente, entre el ensordecedor estruendo del cañón y el olor a pólvora en todos sus caminos, con el gloriosoalzamiento nacional, años 1936 a 1939, fecha en que entramosde lleno en el "hoy" o el presente, habida cuenta de que, comoya indicamos al iniciar esta exposición, elegimO'l como segunda
.época nuestra Cruzada de Liberación y sus treinta años siguientes. es decir, desde 1939 a 1969.
Pues bien: aunque de todos es sobradamente conocido el gravequebranto económico de España al finalizar la cruenta ¡!tierra,con los campos asolados, sin industria, expoliado el oro de sus
'WLABORATORIOS
LASAREPARALR PA AL SIM ·LE
2 ..Reguladores~ del aparato pigestivo.
d()c()mp/'/;"/ÜtJ~
.Y 2tJ grogeQ$
RAFAEL MERCADER FERNÁNDEZ
BIBLIOGRAFIA
INSTALACIONES - DECORACIONMOBILIARIO
BARCElONA:OfiCINAS VENTA Y EXPOSICIONel. C6,cego. 361, \",3.' • Teléf. 25818 69TALLER - ej. 0'0, 2 bis· Teléf. 27170 40CONSULTORIO DE ORIENTACIONP.' Gral. Molo, 76. enllo.· Te"'. 2555703
BA1\lOS de SUDÁCIONSAUNAS
MECANOTERAPIA
Solicí/tllOS información
~~TALLE'RES~CA'R'RIQS.L.
TODO PARA LA BELLEZA
A vila. ES[Yaña en paz. Publicaciones Españolas. Madrid, 1964.(Crónica de veinticinco años, de José Antonio Vaca de Osma.)
La historia como espejo, por José Antonio Vaca de Osma. Diputación Provincial, Instituto "AIonso de Madrigal",. Avila, 1960.
No obstante, y con in.dependencia del fáctor humano, hay quetener muy presente esos serios y ambiciosos proyectos, todos in·teresantísimos y mediante los cuales se convertirá el Valle deAmblés, al ser regado profusamente po-r las aguas dél Adaja, enun extenso y fértil vergel de ensueño.
Y, por último, también debemos tomar en consideración laproximidad a Madrid, habida cuenta de que la distancia quedaráreducida considerablemente con la autopista Villalba-Avila, yamuy adelantada y con algún tramo abierto a la circu-Iación, cuyorecorrid{) afecta directamente a una serie de pueblos que hancrecido vertiginosamente, a un ritmo prodigioso, y entre los cua·les, como claro ejemplo, citaremos a Herradón-La Cañada y aNavalperal de Pinares, los cuales, en solamente un par de años,han multiplicado la construcción de chalets y ventas de parcelas,dando origen a unas extensas y numerosas colúnias de veraneo-algunas acondicionadas tamhién para el invierno--que, a nuestrl'juicio, están elevando Tápidamente el nivel de vida de los mismos.nivel que seguirá progresando en razón directa al incremento desus habitantes.
,pero esta reper-cusi6n no sólo influirá ~n los pueblos, sino queafectará t3Jnbién, muy directamente, a la propia f\vila, porqueuna vez abierta la autopista al ·tránsito 00 toda su extensión, conuna rápida y cómoda comunicación directa a la ciudad, se pro·du'Cirá.. lógicamente, un turismo sumamente peculiar y completamente nacional, al margen del internacional, claro está, y ellocomo consecuencia de los frecuentes y periódicos desplazamientosque han de realizarse desde todas estas colonias citadas.
Avila tiene un porvenir excepcional. Sus paisajes, sus monumentos, su historia, su ·geografía única, por lo variada en con·trastes y producciones, su proximidad a Madrid, tqdo, ciclo ytierra, la hacen bella, digna de ser visitada. A sus hijos corresponde, muy singularmente, la empresa y el mimo de cautivarla, cui·dar la y conservarla.
arcas, con sus ciu·dades maltrechas, etc., conviene destacar latrágica süuaci6n de aquellos años para estimar, en todo su j~lsto
valor y mérito, la clara visión y el esfuerzo titánico del Caudillode España, el cual, a pesar de las grandeS ·dificultades existentes,ver·daderas barreras que par.ecían infranqueables--segunda guerramundial, O. N. U. en contra de España, etc-, concibió y emprendió un plan genera'l sumamente ambicioso, guiado únicamente por su amor a España y por su constante y honda preocupación de elevar el nivel de vida de t'Gdos los españoles, a fin deque España se situase en el lugar que le ca respondía .como unanación europea más de primer orden.
Para desarrollar este plan general. vasto y ambicioso en aquellascircunstancias, fue preciso subdividirlo ~n complejos planes quinquenales, que afectaron a todo el territorio nacional.
Este desarrollo ininterrumpido, paso a paso y año tras año,con .grandes sacrificios en determinadas etapas, terminó fructificando en una próspera economía; pues han sido muchas y muydiversas las obras realizadas y las aspiraciones logradas, si bienes verdad que aún falta mucho por conseguir, especialmente enlo que se refiere a Avila y su provi,ncia, habida cuenta de que elnivel de vida de la misma. en comparación con otras provinciasespañolas y dentro de los límites de rentas intermedias, que sonla's que más nos interesan, se mantiene lig·eramente por debajo dela media nacional, ya que el 65 por 100 de la población abulense'está integrado en estas categorías intermedias. <
No obstante. podemos afirmar que la ·tierra de "santos y can.!tos" ha experimentado una notable y total transformación. Hasido, en efecto, un salto prodigioso. Basta con exponer unoscuantos hechos, claros y escuetos, para comprender perfectamentela magnitud de la empresa llevada a cabo a partir del año 1939:
Simplemente en el abastecimiento de agua, incluidas las obrasde reparación y ampliación de lavaderos ,públicos, abrevaderópara e,1 ganado, etc., se ha inveTtido una cifra superior a los se~
tenta y dos millones de pesetas (1964).Asimismo, en la construcción de caminos rurales, locales y ve
cinales. aparte de las obras del Estado en sus carreteras. lo inve'rtido se aproxima a los set-enta millones de pesetas (1964).
También podemos mencionar la franca evolución experime'ntada en el campo, en relación con la mecanización y los cultivosmodernos, que ha dado lugar a una concentración parcelaria queabarca a más de treinta pueblos, con una extensión aproximadaa las cien mil hectáreas. La concentración parcelaria situada enMadrigal de las Altas Torres es la más extensa que se conoce,modelo en su género y que alcanza a unas nueve mil hectáreas.
Tampoco debemos olvidar, aunque solamente sea de pasada,la extra{)rdinaria y ac-ertada repoblación forestal llevada a cabo,cuya inversión global ha sido, incluidas obras y servicios, demás de cincuenta y nueve miHones de pesetas. Dentro de estainversión, pues no pretendemos discriminar la distribución dela misma, reseñaremos que en la simple construcción de caminosforesta'les-200 kilómertos-. al objeto de facilitar directamentela retirada y tranSDorte maderero y resinero, la inversión ha sidoalrededor de los diez miHonesde pesetas.
y en 10 que respecta a la ciudad, ¿qué ha sucedido desde1939? Algo igualmente increíble. que hace que la pregunta sea,en efecto, innecesaria, pues sin facilitar cifra alguna, con un simple paseo por la ciudad podremos observar, entre otras muchascosas, las siguientes: una nueva y espléndi,da estación de ferrocarril; aleQres y amp·lias avenidas: ca·lles bien pavimentadas;jardines cuidados con esmero; una iluminación de primer orden;comercios modernos yótros modernizándose; casas solariegascon sus nobles fachadas restauradas... Pero hay algo más importante, muchísimo más, de verdadera trascendencia, per{) nopor sU" edificios, aunque éstos son modernos, alegres y funcionales, sino por 10 que encierran y representan en ola vida de laciudad, ya que fueron concebidos y construidos, ex profeso, paracentros de enseñanza, como indi·can las inscripciones grabadasen sus respectivas fachadas: "Cole,gio de Huérfanos de Ferroviarios". "Seminario Conciliar". "Instituto de Segunda Enseñanza","Instituto Laboral". "Escuela de Magisterio", "Escuela de Maestrí'\ Industrial", "Casa de la Cultura-<:on arohivo, biblioteca.mll'eo y salas de conferencias y condertos-, un nuevo "Ca~ino"
v los edificios inaugurados hace poco tiemDo 'Para C{)rreos, TeJé'U'afos y Teléfonos, ejemplos de sobriedad, sencj,JIez y eficacia.También hay otras construociones aue, repartidas por los distintos barrios, oatentizan igualmente la eficaz labor realizada durante estos año~: grupos escolares. oentros de ·higiene rural, zonasdeoortivas. centros recreativos, estaciones de servicio. etc.
Todo ello es imoortante y trascendente. El futuro tiene asegurada una abundante cosecha que recoger, muy próxima e inmediata. Se trata. en efecto. de las nuevas generaciones, semillashoy y cosechas mañana. Ellas serán las que. con savia nueva ycon el bagaie de nuevas técnicas sobre sus espaldas. han ce recorrer las calles y los cami.nos de Avila, sin olvidar sus agrestessier·ras y hermosos valles, ni tampoco sus dilatadas llanuras. parair prodigando el bienestar y la nrosperidad a que tienen di!rechoen ·todos .Jos rincones más humildes de Avila.
38 MBDICIKA y CIRuoíA AUXILJAI\
NUEVA
• • •cuslmlclnabalsámica
• Antitusígena
~ Balsámica
~ Antibacteríana
Frasco de 120 c. c.
INSTITUTO e U S I
LABORATORIOS DEL NORTE DE ESPAÑA, S. A.
MASNOU (BARCELONA)
MIIPICINA y CllluofA ÁUl(U,1AIo 31
BplETIN DE PEDIDO(Re'llenar con claridad)
a Santiago Jiménez BlázquezAyudante Técnico Sanitarioel. Mercedes Arteaga, 49Tfn o. 269 60 24 . Madrid·19
Residencia ..
Dirección .
:D. . ..
Desea recibir a reembolso de 352 plas. elEsluche SEfE.y reslo de '900 p.esetas en giro postal oen 30,69 Y90 días.
• Termómetro, tubo de ensayo y otrosaccesorios incluidos.
• PlAFON DE CUERO portátil, en interior, para materiar quirúrgico y otrasespec ial idad es.
• DIMENSIONES muy estéticas: 19cms. de ancho y alto por 9 cms. defon do.
• ESTUCtlE de cuero, grabado en oro,'con cierres metálicos y proteccióninterna.
• DOTACION COMPLEMENTARIA: Un parde guant~s de cirugía, talla 7,. y 6dediles de reconocimiento. Dos sondas uretrales de POllVINllO, tallas16 y 18.
VENTAJOSO PRECIO1.252 ptas., 352 ptas contra reembolso y resto a 30, 60 Y90 'días SIN RECARGO,
11 11
UN BOTIQUIN SEFEel botiquín COMPLETO que garantiza la asepsia
PIDALO HOY MISMO
ilo que su profesión le exige...!
• R8sistente en su esterilización hastalos 130 0 en autoclaves, hornos decocina a gas o electridad, etc.EBUlLlCION en ollas de presión, e·tc.Depósito de jeringas independiente,€n suspensión esterilizada, equipado con jeringas de 20, 10 Y5 C.c. yla especial de insulina de 1 c. c.
• Depósito para la suspensión de 24agujas, con las agujas incluidas.
• Depósito especial para la suspensión de ampollas de EMERGENCIA, yaislamiento de agujas usadas.
• Depósito de 40 c. C., provisto de tapón hermético de goma con agujaperforadora de 120 mm., para aguaESTERIL.
• Depósito para sondas uretrales.• Depósitos ASEPTICOS para compre·
sas, algodón, dediles, etc.• Bandejas de curas yesterilizaciones,
¡Ya están a' la venta los dos Tomos del
DICCIONARIO ~L~~~~~~~I~~ MEDICINA, CIRUGIA y ESPECIALIDADESPOR EL DR. PIMULIER
SEGUNDA EDICIONaumentada, corregida y puesta al díamediante un Apéndice general dela obra e índices correspondien-tes a los diferentestemas de la misma.(Datos que se insertan en el Tomo D.)
CARACTERISTICAS
* 2 tomos
* 13.000 vOces médicas másapéndice e ín.dices
* 2.100 páginas
* 1. 7 6 8 i1ustracio.nes, varias deellas en color
* Encua d e r n a d oen Guaflex conestampa ci ó nen oro y verdeen lomo y tapa
* Tamaño: 25 x 19
* Lujosa presenta_ción
* Impl'eso en papelde primel'a calidad
Esta obra ofrece en conjunto un resumen claroy concreto de los conocimientos médicos en laactualidad. Cuidadosamente revisada, comprende
por orden alfabético toda la terminología médica, síntomas, síndromes,medicamentos técnicos, diagnósticosy tratamientos, con la descripciónadecuada de las distintas materias ydisciplinas de la Medicina, Cirugíay Especialidades; Biología general ehistología humana, Anatomía funcional, Microbiología y Parasitología, Higiene y Profilaxis, Patologíamédica y quirúrgica. Técnicas diagnósticas y de terapéutica médico-quirúrgicas (cuidado y asistencia de enfermos y operados, técnicas de laboratorio, curas, inyecciones, anestesias, reanimaciones, recuperación yrehabilitación, instrumental de instrumentación quirúrgica, vendajes,etcétera), Terapéutica y Farmacología, Medicina y Cirugía de urgencia,Medicina social, Psicología médica,primeros auxilios, intoxicaciones, historia y moral profesional y especialidades (Oftalmología, Otorrinolaringología, Obstetricia y Ginecología,Cirugía, Traumatología, Cirugía plástica, Urología, Puericultura, etc., etc.)
De gran utilidad para
SERVICIOS MEDlCOS DE URGENCIA,MEDlCOS DE A. P. D.
y para toda clase de
SANITARIOSEsparteros, 4 MADRID (12)
AYUDANTES TECNICOSEDICIONES ALONSO
BOLETlN DE PEDIDO que hace D oo ••••••• oo ..
.......... , residente en .calle , núm , provincia ..
a EDICIONES ALONSO (Esparteros, 4, Madrid.12) de un ejemplar completo (los dos tomos), del({DICCIONARIO ENCICLOPEDICO ILUSTRADO DE MEDICINA, CIRUGIA y ESPECIALIDA.DES», del Dr. Pimulier. Comprometiéndose a abonar el importe total de la obra en el precio ycondiciones siguientes: indique con una X en el recnadro la forma de pago que se adopte.D Al contado 1.600 pesetas, contra entrega de la obra completa.
En cnatro plazos, 1.650 pesetas los dos tomos. El primero de 450 pesetas contra entrega de laD obra, y los otros tres restantes, de 400 pesetas cada uno, a treinta, sesenta y novenÍ<1. días
fecha factura, mediante giro bancarJo.
1,760 pesetas en ocho plazos. El primero de 360 pesetas, a la entrega de la obra completa,D y los otros siete restantes de 200 pesetas cada uno al día primero de cada mes, mediante
giro bancario... de de 19 ..
Firma del in teresadú