CONCRECIÓN CURRÍCULO EN CENTROS DOCENTES Proyecto Educativo y Programaciones Didácticas

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CONCRECIÓN CURRÍCULO EN CONCRECIÓN CURRÍCULO EN CENTROS DOCENTES CENTROS DOCENTES Proyecto Educativo y Proyecto Educativo y Programaciones Didácticas Programaciones Didácticas PONENTE: PONENTE: Beatriz Gallego López Beatriz Gallego López Castronuño, enero- febrero de 2009 Castronuño, enero- febrero de 2009 PROYECTO EDUCATIVO PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS

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CONCRECIÓN CURRÍCULO EN CENTROS DOCENTES Proyecto Educativo y Programaciones Didácticas. PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS. PROYECTO EDUCATIVO. PONENTE: Beatriz Gallego López Castronuño, enero- febrero de 2009. ESQUEMA DE TRABAJO. Justificación (22/01/09) - PowerPoint PPT Presentation

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CONCRECIÓN CURRÍCULO EN CONCRECIÓN CURRÍCULO EN CENTROS DOCENTESCENTROS DOCENTES

Proyecto Educativo y Programaciones Proyecto Educativo y Programaciones Didácticas Didácticas

PONENTE:PONENTE:

Beatriz Gallego LópezBeatriz Gallego López

Castronuño, enero- febrero de 2009Castronuño, enero- febrero de 2009

PROYECTO EDUCATIVOPROGRAMACIONES

DIDÁCTICAS

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ESQUEMA DE TRABAJO

Justificación (22/01/09)

El Proyecto Educativo: concreciones curriculares (22/01/09)

La Programación Didáctica (breve introducción UD) (varios días)

Referencias Bibliográficas (05/02/09)

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JUSTIFICACIÓN

Toda Ley Orgánica de Educación parte de un artículo sobre el currículo y otro de enseñanzas mínimas y del desarrollo del currículo, que se producirá por la administración educativa de la Comunidad, en nuestro caso Castilla y León.

Toda Ley que regula un cambio en el sistema educativo ha de tener un calendario de aplicación progresiva que se regula con un RD.

El desarrollo del currículo se hace efectivo mediante los niveles de concreción curricular.

La concreción realizada en cada nivel se plasma en los documentos que dotan de autonomía pedagógica a los centros educativos.

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JUSTIFICACIÓN

Toda Ley Orgánica de Educación parte de un artículo sobre el currículo y otro de enseñanzas mínimas y del desarrollo del currículo, que se producirá por la administración educativa de la Comunidad, en nuestro caso Castilla y León.

En el momento actual, esto se traduce en lo siguiente:

Currículo

EEMM

Desarrollo Currículo

CyL

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE)- Art. 6.

Conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación.

RD 1630/2006, de 29 de diciembre, enseñanzas mínimas del segundo ciclo de Educación Infantil.RD 1513/2006, de 7 de diciembre, enseñanzas mínimas de Primaria.

D 122/2007, de 27 de diciembre, currículo del segundo ciclo de Educación Infantil.D 40/2007, de 3 de mayo, currículo de Primaria.

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JUSTIFICACIÓN

Toda Ley que regula un cambio en el sistema educativo ha de tener un calendario de aplicación progresiva que se regula con un RD

RD 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de implantación: 2007/2008: 1º y 2º de Primaria. 2008/2009: Segundo Ciclo Educación Infantil y 3º

y 4º Primaria. 2009/2010: 5º y 6º Primaria.

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JUSTIFICACIÓN

El desarrollo del currículo se hace efectivo mediante los niveles de concreción

Curricular.

Primer Nivel: Enseñanzas Mínimas/Decreto Currículo CyL

Segundo Nivel: Proyecto Educativo de Centro (concreciones curriculares).

Tercer Nivel: Programaciones Didácticas.

Cuarto Nivel: Adaptaciones Curriculares Individualizadas (para algunos autores).

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JUSTIFICACIÓNLa concreción realizada en cada nivel se plasma en los documentos que dotan de autonomía pedagógica a los centros educativos.

Proyecto Educativo Centro (PEC). Programación General Anual (PGA). Programaciones Didácticas (PD). Adaptaciones Curriculares (DIAC).

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ESQUEMA DE TRABAJO(04/11/08)

Justificación

El Proyecto Educativo: concreciones curriculares ¿Qué es? ¿ Qué necesitamos? Elementos Proceso de elaboración y aprobación

Trabajo práctico

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JUSTIFICACIÓN(PROYECTO EDUCATIVO)

Anteriormente, según lo establecido en el RD 82/1996, los documentos de un centro eran el PEC y el PCC (Vigente por Disposición Transitoria Undécima).

En el momento actual, la LOE unifica estos dos documentos en un único documento que será el Proyecto Educativo.

Por tanto, el presente PE recogerá aspectos de ambos documentos (PEC y PCC).

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¿Qué es el Proyecto Educativo?

Puede ser definido desde el punto de vista científico y desde el punto de vista legal.

Desde el punto de vista científico, existen muy diversas definiciones. Nosotros nos quedamos con la propuesta por Antúnez y Gairín (1999):

<< Documento oficial del centro donde se explicitan los acuerdos adoptados por el conjunto de la comunidad escolar en relación con las opciones educativas básicas y la organización general del centro>>

Responde a determinadas cuestiones básicas: ¿Quiénes somos?, ¿Qué queremos? y ¿Cómo nos organizamos?

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¿Qué es el Proyecto Educativo?

Desde el punto de vista legal, hemos de remitirnos al:

Artículo 48 del RD 82/1996 que regula el ROC de las Escuelas de Infantil y de los Colegios de Primaria (vigente por disposición transitoria undécima).

Artículo 121 de la Ley Orgánica de Educación (2006).

En CyL, en los Decretos de Currículo de Educación Infantil y Educación Primaria (D122/2007 y D40/2007). Y de forma más concreta, en las Órdenes de Implantación y Desarrollo de estas etapas:

ORDEN EDU/721/2008, de 5 de mayo, por la que se regula la implantación, el desarrollo y la evaluación del segundo ciclo de la educación infantil en Castilla y León.

ORDEN EDU/1045/2007, de 12 de junio, por la que se regula la implantación y el desarrollo de la educación primaria en Castilla y León.

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¿Qué necesitamos?(PROYECTO EDUCATIVO)

Algunos de los materiales básicos que necesitaremos serán:

Principales disposiciones legales que regulan nuestro sistema educativo.

Los documentos existentes en el centro hasta este momento: PEC, PCC, PGA…

Otra documentación que nos pueda aportar información interesante (manuales, artículos, información cursos, Páginas Web, etc.).

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¿Qué elementos lo conforman?

Este apartado vendrá determinado por aquellas disposiciones legales o documentos en los que se hace presente el Proyecto Educativo:

Artículo 121 de la Ley Orgánica de Educación (2006).

ORDEN EDU/721/2008, de 5 de mayo, por la que se regula la implantación, el desarrollo y la evaluación del segundo ciclo de la educación infantil en Castilla y León.

ORDEN EDU/1045/2007, de 12 de junio, por la que se regula la implantación y el desarrollo de la educación primaria en Castilla y León.

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¿Qué elementos lo conforman?

En cuanto a lo expuesto en el artículo 121 de la LOE:

<< (...) El Proyecto educativo del centro recogerá los valores, los objetivos y las prioridades de actuación. Asimismo, incorporará la concreción de los currículos establecidos por la Administración educativa que corresponde fijar y aprobar al Claustro, así como el tratamiento transversal en las áreas, materias o módulos de la educación en valores y otras enseñanzas.

Deberá tener en cuenta las características del entorno social y cultural del centro, recogerá la forma de atención a la diversidad del alumnado y la acción tutorial, así como el plan de convivencia, y deberá respetar el principio de no discriminación y de inclusión educativa (…)

(…) favorecer la coordinación entre los proyectos de los centros de primaria y los de educación secundaria obligatoria (…)

(…) promover compromisos educativos entre las familias o tutores y el propio centro.>>

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¿Qué elementos lo conforman?

En cuanto a lo expuesto en la ORDEN EDU/721/2008 (Implantación EI) y ORDEN EDU/1045/2007 (Implantación EP), el PE incluirá al menos:

•Introducción (definición , justificación del documento, filosofía del centro, epígrafes del documento, etc.).•Marco legislativo (marco legal en el que se fundamentan las decisiones acordadas).•Análisis de las características del entorno escolar y las necesidades educativas que, en función del mismo, ha de satisfacer.•La organización general del centro.•La adecuación de objetivos generales de las etapas educativas que se imparten al contexto socioeconómico y cultural del centro y las características del alumnado. •La concreción del currículo y el tratamiento transversal de la educación en valores en las diferentes áreas. •Los principios de la orientación educativa, las medidas de atención a la diversidad del alumnado y el plan de acción tutorial. •El reglamento de régimen interior y el plan de convivencia.•Los medios previstos para facilitar e impulsar la colaboración entre los distintos sectores de la comunidad educativa.•Las medidas de coordinación con otras etapas. •Las decisiones sobre la coordinación con los servicios sociales y educativos del municipio y las relaciones previstas con otras instituciones.•Las directrices generales para elaborar el plan de evaluación de la práctica docente.•Las medidas organizativas para los alumnos que no hayan optado enseñanzas de religión.

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DESARROLLO NORMATIVO LOGSE (1996) DESARROLLO NORMATIVO LOE (2006)

PEC (RD 82/1996) PCC (RD82/1996) PE (LOE 2006) // CyL ORDENES IMPLANTACIÓN y DES.

• Organización general del centro.

• Adecuación de los objetivos generales de las etapas.

• Reglamento de Régimen Interior.

• Medios para facilitar e impulsar la colaboración entre los distintos sectores de la comunidad educativa.

• Decisiones de coordinación con los servicios sociales y educativos del municipio y las relaciones con otras instituciones.

• Condiciones en las que podrán estar representados los alumnos con voz, pero sin voto, en el Consejo Escolar.

• Adecuación de los objetivos generales de la educación infantil y primaria al contexto socioeconómico y cultural del centro y a las características de los alumnos.

• Distribución de los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de las distintas áreas.

• Decisiones sobre metodología didáctica, los criterios para el agrupamiento de alumnos y para la organización espacial y temporal de las actividades.

• Criterios generales sobre evaluación de los aprendizajes y promoción de los alumnos.

• Orientaciones para incorporar, a través de las distintas áreas, los contenidos de carácter transversal.

• La organización de la orientación educativa y el plan de acción tutorial.

• Criterios y procedimientos para realizar las adaptaciones curriculares.

• Materiales y recursos didácticos que se van a utilizar, incluidos los libros de los alumnos.

• Criterios para evaluar y, en su caso, revisar los procesos de enseñanza y la práctica docente.

• La programación de las actividades complementarias y extraescolares.

• Análisis de las características del entorno escolar y las necesidades educativas que, en función del mismo, ha de satisfacer. PEC

• La organización general del centro. PEC

• La adecuación de objetivos generales de las etapas educativas que se imparten al contexto socioeconómico y cultural del centro y las características del alumnado. PCC

• La concreción del currículo y el tratamiento transversal de la educación en valores en las diferentes áreas. PCC

• Los principios de la orientación educativa, las medidas de atención a la diversidad del alumnado y el plan de acción tutorial. PCC

• El reglamento de régimen interior y el plan de convivencia. PEC

• Los medios previstos para facilitar e impulsar la colaboración entre los distintos sectores de la comunidad educativa. PEC

• Las medidas de coordinación con otras etapas. PGA

• Las decisiones sobre la coordinación con los servicios sociales y educativos del municipio y las relaciones previstas con otras instituciones. PEC

• Las directrices generales para elaborar el plan de evaluación de la práctica docente. PCC

• Las medidas organizativas para los alumnos que no hayan optado enseñanzas de religión. PGA

¿Qué elementos lo conforman?Cuadro comparativo…

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¿Qué elementos lo conforman?De todos ellos seleccionamos los siguientes por su vinculación con las PD

Adecuación de los objetivos generales de las etapas educativas que se imparten al contexto socioeconómico y cultural del centro y las características del alumnado: [Tradicional PCC] Se puede introducir este apartado partiendo de los principios y fines

que establece la LOE (2006), priorizando aquellos que se consideren en relación a nuestra realidad.

Educación Infantil (2º ciclo): Partir del Art. 4 del D 122/2007 y en Educación Primaria: Partir del Art. 4 del D 40/2007. Se trataría de ir ajustando estos objetivos a nuestra realidad: priorizando, realizando comentarios de ellos, agrupándolos por bloques que faciliten su relación y comprensión, añadiendo alguno, etc.

Ejemplo referido a Educación Infantil: Al objetivo “Relacionarse con los demás y adquirir progresivamente pautas elementales de convivencia (…)” se podría añadir el siguiente comentario: Orientando a los padres sobre los valores que deben inculcar a sus hijos en casa y teniendo presente el Plan de Convivencia desarrollado en nuestro centro.

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¿Qué elementos lo conforman?De todos ellos seleccionamos los siguientes por su vinculación con las PD

La concreción del currículo y el tratamiento transversal de la educación en valores en las diferentes áreas: [Tradicional PCC] Para Educación Infantil (en cada una de las áreas establecidas por

ciclo):o Objetivos.o Contenidos.o Tratamiento transversal educación en valores (especial referencia a la

convivencia y en la igualdad entre hombres y mujeres); una primera aproximación a la lectura y escritura; iniciación a las habilidades numéricas, en las TIC y en la expresión visual y musical.

o Metodología (de áreas, espacios y tiempos).o Evaluación (criterios). o “Criterios de promoción de ciclo y de etapa”.

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¿Qué elementos lo conforman?Vamos a ir viendo cada uno de ellos…

La concreción del currículo y el tratamiento transversal de la educación en valores en las diferentes áreas: [Tradicional PCC]

Para Educación Primaria (en cada una de las áreas establecidas por ciclo):

o Objetivos.o Competencias básicas. o Contenidos.o Tratamiento transversal educación en valores (moral y cívica, paz y convivencia,

ambiental, del consumidor, igualdad de oportunidades entre los sexos, sexual, educación salud y vial); comprensión lectora, expresión oral y escrita, comunicación audiovisual y TIC.

o Metodología (metodología de áreas, espacios y tiempos).o Evaluación (criterios). o “Criterios de promoción de ciclo y de etapa”.

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Proceso de elaboración y aprobación

Según lo dispuesto en el RD 82/1996 (vigente por la disposición transitoria undécima de la LOE) y la propia LOE (2006) se establece:

Corresponde la elaboración al Equipo Directivo de acuerdo con las directrices establecidas por el Consejo Escolar y las propuestas por el Claustro y los Equipos de Ciclo.

Corresponde a la aprobación: de todo el documento el Consejo Escolar // de las concreciones curriculares y de los aspectos educativos el Claustro.

En cuanto a la difusión: Dado que es un documento que afecta a toda la Comunidad Educativa, todos los sectores de la misma tendrán que estar debidamente informados del proceso de elaboración y de aprobación. Una vez aprobado, los centros buscarán estrategias para fomentar la participación y difusión de dicho documento.

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MUCHAS GRACIAS POR MUCHAS GRACIAS POR

LA ATENCIÓN PRESTADALA ATENCIÓN PRESTADA

Tonucci, 1989