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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE IMPLANTACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE RED WI-FI EN LAS ZONAS DE GRAN AFLUENCIA TURÍSTICA DE PALMA DE MALLORCA FUNDACIÓN TURISMO PALMA DE MALLORCA 365 (FTPM365) Técnicos redactores: Biel Escarrer Lorente, responsable de telecomunicaciones de la Policía Local de Palma. Bartomeu Alorda Ladaria, coordinador del Grupo de Trabajo SmartCity/SmartDestination de la Universidad de las Islas Baleares. Bartomeu Crespí Seguí, técnico de innovación e Ingeniero en Organización industrial del Consorcio de la Platja de Palma. Martí Serra Capó, jefe de sección de comunicaciones del Instituto Municipal de Innovación. Jorge Martín Jiménez, jefe de calidad e innovación de la Autoridad Portuaria de Baleares. Miguel Ruano Martínez, técnico de promoción turística de la Fundación Turismo Palma de Mallorca 365. Joana Bibiloni Castelló, técnico jurídico-administrativo de la Fundación Turismo Palma de Mallorca 365.

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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE

IMPLANTACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE RED WI-FI EN LAS ZONAS DE GRAN AFLUENCIA TURÍSTICA DE

PALMA DE MALLORCA  

FUNDACIÓN TURISMO PALMA DE MALLORCA 365 (FTPM365)

Técnicos redactores: Biel Escarrer Lorente, responsable de telecomunicaciones de la Policía Local de Palma. Bartomeu Alorda Ladaria, coordinador del Grupo de Trabajo SmartCity/SmartDestination de la Universidad de las Islas Baleares. Bartomeu Crespí Seguí, técnico de innovación e Ingeniero en Organización industrial del Consorcio de la Platja de Palma. Martí Serra Capó, jefe de sección de comunicaciones del Instituto Municipal de Innovación. Jorge Martín Jiménez, jefe de calidad e innovación de la Autoridad Portuaria de Baleares. Miguel Ruano Martínez, técnico de promoción turística de la Fundación Turismo Palma de Mallorca 365. Joana Bibiloni Castelló, técnico jurídico-administrativo de la Fundación Turismo Palma de Mallorca 365.

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ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN .......................................................................................................................................................................4 2. ENTIDAD CONVOCANTE DEL CONCURSO Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN ....................................................... 7 3. RÉGIMEN JURÍDICO ...............................................................................................................................................................8 4. OBJETO DEL CONTRATO .....................................................................................................................................................8 5. MEMORIA TÉCNICA DEL PROYECTO ...............................................................................................................................9

5.1. Características generales .............................................................................................................................9 5.2. Fases del proyecto ........................................................................................................................................10 5.3. Escenario, objetivo y replanteo ................................................................................................................. 11 5.4. Características de la arquitectura de red................................................................................................ 11 5.5. Servicios ofrecidos y soportados por la red ......................................................................................... 13 5.6. Arquitectura de la red .................................................................................................................................. 15 5.7. Características técnicas punto acceso de exteriores ........................................................................ 16 5.8. Sistemas centrales ........................................................................................................................................ 16 5.9. Relación de servicios necesarios para el funcionamiento de la red ............................................. 17 5.10. Garantía y mantenimiento.......................................................................................................................... 18

6. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.................................................................................................................................... 20 7. SOLVENCIA. CLASIFICACIÓN............................................................................................................................................ 21 8. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO.................................................................................... 21

8.1. Otros gastos ....................................................................................................................................................22 8.2. Pago del precio...............................................................................................................................................22

9. EXISTENCIA DE CRÉDITO ..................................................................................................................................................23 10. REVISIÓN DE PRECIOS......................................................................................................................................................23 11. DURACIÓN DEL CONTRATO Y PLAZO DE EJECUCIÓN.............................................................................................23 12. PUBLICIDAD DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN .....................................................................................23 13. INFORMACIÓN Y CONSULTAS........................................................................................................................................24 14. SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN ................................................................................................................................24

14.1. Lugar de presentación .................................................................................................................................24 14.2. Plazo de presentación..................................................................................................................................24 14.3. Forma de presentación................................................................................................................................24 14.4. Contenido de las solicitudes ......................................................................................................................25

15. CRITERIOS DE EXCLUSIÓN ..............................................................................................................................................32 16. SELECCIÓN DE LA PERSONA CONTRATISTA Y ADJUDICACIÓN .........................................................................33

16.1. Recepción de la documentación. .............................................................................................................33 16.2. Mesa de contratación...................................................................................................................................33 16.3. Comisión Técnica ..........................................................................................................................................33 16.4. Apertura y calificación de la documentación general ......................................................................34 16.5. Apertura y valoración de los criterios de adjudicación que dependan de un juicio de valor

.............................................................................................................................................................................34 16.6. Apertura y valoración de los criterios de adjudicación que dependan de la aplicación de

fórmulas ...........................................................................................................................................................35 17. ADJUDICACIÓN Y DEVOLUCIÓN DE LOS TRABAJOS ..............................................................................................35

17.1. Clasificación de las proposiciones y propuesta de adjudicación ..................................................35 17.2. Documentación que debe presentar el licitador seleccionado para la adjudicación ............ 36 17.3. Devolución de los trabajos .........................................................................................................................38

18. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO .............................................................................................................................. 39 19. DERECHOS DE PROPIEDAD............................................................................................................................................ 39 20. OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL ADJUDICATARIO ............................................................................................ 39

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20.1. Obligaciones del adjudicatario ................................................................................................................ 39 20.2. Derechos del adjudicatario ....................................................................................................................... 41

21. OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LA FTPM365..........................................................................................................42 21.1. Obligaciones de la FTPM365......................................................................................................................42 21.2. Derechos de la FTPM365.............................................................................................................................42

22. DIRECCIÓN, SUPERVISIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO.43 22.1. Junta de Control de funcionamiento ......................................................................................................43

23. INFORMES ........................................................................................................................................................................... 44 24. EJECUCIÓN DEL CONTRATO ......................................................................................................................................... 44 25. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO Y CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO................................45 26. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ................................................................................................................................. 46 27. EXTINCIÓN DEL CONTRATO.......................................................................................................................................... 46

27.1. Cumplimiento del contrato ....................................................................................................................... 46 27.2. Resolución del contrato ..............................................................................................................................47

28. PLAZO DE GARANTÍA .......................................................................................................................................................47 29. DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA .........................................................................47 29. CONFIDENCIALIDAD........................................................................................................................................................ 48 30. FUERO PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS .................................................................................................... 48 31. ACEPTACIÓN DE LAS NORMAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN ................................................. 48 32. CUADRO ANEXO................................................................................................................................................................ 49 35. ANEXO I. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIR LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON ADMINISTRACIONES Y ENTIDADES PÚBLICAS Y NO ESTAR SOMETIDO A LAS PROHIBICIONES PARA CONTRATAR CON ESTAS .......................................................................53 36. ANEXO II. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA Y MANTENIMIENTO DE LAS CIRCUNSTANCIAS QUE DIERON LUGAR A LA CLASIFICACIÓN ..................................................................................................................... 56 37. ANEXO III. COMPROMISO DE DEDICAR O ADSCRIBIR A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO LOS MEDIOS PERSONALES O MATERIALES SUFICIENTES PARA LLEVARLO A CABO .................................................................57 38. ANEXO IV. COMPROMISO DE ACREDITACIÓN DE LA PÓLIZA DE SEGURO DE RESPOSABILIDAD CIVIL....................................................................................................................................................................................................... 58 39. ANEXO V. DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL LICITADOR EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (procedimiento para la coordinación de actividades empresariales) .......................................... 59 40. ANEXO VI. PREVISIÓN DE SUBCONTRATACIÓN ....................................................................................................60 41. ANEXO VII. COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESARIOS ........................ 61 42. ANEXO VIII. DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD ........................................................................................... 63 43. ANEXO IX. DECLARACIÓN DE SOMETIMIENTO A LA JURISDICCIÓN ESPAÑOLA ........................................ 64 44. ANEXO X. AUTORIZACIÓN DE NOTIFICACIONES POR CORREO ELECTRÓNICO .......................................... 65 45. ANEXO XI. DECLARACIÓN SOBRE PERTENENCIA A UN GRUPO EMPRESARIAL .......................................... 66 46. ANEXO XII. CERTIFICADO EN RELACIÓN A PERSONAS TRABAJADORAS CON DISCAPACIDAD .............67 47. ANEXO XIII. DECLARACIÓN SOBRE LA PROMOCIÓN DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES..... 68 48. ANEXO XIV. OFERTA ECONÓMICA ............................................................................................................................. 69 49. ANEXO XV. FIANZA DEFINITIVA.................................................................................................................................. 70 50. ANEXO XVI. AVAL DE GARANTÍA DEFINITIVA......................................................................................................... 71 51. ANEXO XVII. PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LA PLATAFORMA DE PLAYA DE PALMA ...................72 52. ANEXO XVIII. DECLARACIÓN DE INTENCIONES DE COLABORACIÓN ENTRE LA FTPM365 Y LA AUTORIDAD PORTUARIA DE BALEARES PARA LA IMPLANTACIÓN DE UNA RED WI-FI EN DETERMINADAS ZONAS DEL MUNICIPIO DE PALMA DE MALLORCA.......................................................................................................74 53. ANEXO XIX. ZONAS DE COBERTURA IMPRESCINDIBLE DE LA SMARTWIFIPALMA.....................................77

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1. INTRODUCCIÓN El término municipal de Palma de Mallorca tiene una extensión de 208,63 km2, situada en el centro de la Bahía de Palma, en el lado más oriental de Mallorca. La población residencial de la ciudad de Palma ronda los 427.000 habitantes (2015) y se constituye como la capital de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. La ciudad de Palma de Mallorca ha sido siempre un punto estratégico en el Mediterráneo. Gracias a sus excelentes comunicaciones por mar y aire, constituye un destino próximo: a una media de dos horas de las capitales europeas en avión. Palma de Mallorca es una ciudad con una larga tradición turística que se refleja en una gran oferta de equipamientos y servicios. Sin embargo, lo que la hace realmente única es la mezcla de influencias y tradiciones de los pueblos que se han instalado en ella durante siglos. Civilizaciones como la fenicia, la romana, la vándala, la bizantina, la musulmana y la cristiana han marcado la evolución de la ciudad. Con los años, Palma de Mallorca se ha transformado en una ciudad moderna, cosmopolita y rica en propuestas, que recibe a su visitante con los brazos abiertos durante todo el año, tanto para estancias cortas como para unas vacaciones más prolongadas. El número de plazas hoteleras del municipio de Palma supera las 40.000, albergando al año más de un millón de personas. La capacidad de plazas hoteleras del centro urbano de Palma llega hasta 8.566, distribuidas en 52 hoteles. No obstante, la ciudad de Palma es la “visita obligada” de los turistas que vienen a pasar su vacaciones a Mallorca, 9.672.313 personas en el año 2014 según las estadísticas de IBESTAT, por lo que el número de turistas que visitan y se mueven por Palma no se puede calcular únicamente midiendo las plazas hoteleras del municipio y sus tasas de ocupación o la llegada de cruceristas, ya que las estimaciones sobrepasan esos cálculos. Desde el punto de vista empresarial, tradicionalmente se ha promocionado y comercializado el producto de “Sol y Playa” del litoral de Playa de Palma y zonas costeras de la isla de Mallorca, sin poner en valor la gran riqueza patrimonial, cultural, artística y gastronómica de la ciudad de Palma. A su vez, las motivaciones de viaje de los turistas han ido evolucionando y ampliándose a lo largo de estas décadas. Si bien, en el pasado el modelo de negocio se basaba en satisfacer las necesidades de sol y de playa del turismo de masas, a medida que nos acercamos al periodo actual, los turistas han ido desarrollando otras motivaciones e inquietudes, diferentes pero a su vez compatibles con “el sol y la playa”, tales como descubrir la artesanía y gastronomía local, la oferta cultural y museística, el paisaje y paisanaje del destino, o realizar pequeñas escapadas de city break y conocer la oferta de otras ciudades. La iniciativa privada y empresarial ha ido acompañando en todo este proceso de cambio a su cliente, el turista, adaptando su oferta y creando nueva para satisfacer sus necesidades y motivaciones. En este contexto de cambios globales, la ciudad de Palma de Mallorca no se ha quedado atrás, y podemos ver como en la última década se ha iniciado un proceso de renovación de la ciudad y su posicionamiento como destino urbano entre los mejores destinos europeos. Resulta cuantioso y difícil contabilizar el gran número de iniciativas privadas que han ido invirtiendo en la ciudad, desde los casi 40 hoteles boutique y urbanos de alta categoría que han aparecido, restaurantes, tiendas boutique, galerías de arte o grandes marcas que han abierto sus establecimientos en el núcleo urbano de Palma. La Administración Pública también ha ido acompañando estas iniciativas privadas, reformando y renovando el mobiliario urbano y su fisionomía, declarando Zonas de Gran Afluencia Turística, etc. y debe continuar realizando acciones que propicien la competitividad del destino turístico. Los destinos turísticos son competitivos cuando son capaces de ofrecer al mercado un alto valor (experiencias, “feelings” y calidad de los procesos de servicio) a cambio de pocos esfuerzos (incomodidades, inseguridades y precio).

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Cuando miramos al futuro cercano: la demanda será mucho más sofisticada y exigente y los otros destinos competidores pueden ofrecer al mercado más valor que Palma si no continúa adaptándose. Desde el Ajuntament de Palma y el Consorcio de Playa de Palma se está trabajando para renovar de forma integral el destino turístico maduro de Playa de Palma, y muchos de sus logros, como en este caso se hace referencia a la implantación del servicio WiFi gratuito, sirven como experiencia piloto para valorar la ampliación de su implantación en el resto del litoral del municipio y en el casco antiguo de Palma (zona esencialmente turística). Asimismo, desde el punto de vista de tecnologías, infraestructuras y recursos tecnológicos, se ha apreciado una elevada disociación entre las diferentes actuaciones que se realizan en un mismo territorio para la mejora de la calidad de los servicios orientados al turismo por parte de las entidades tanto privadas como públicas. La multiplicidad de competencias de cada una de las organizaciones que tanto en el ámbito privado y como en el público intentan dar salida a determinados servicios o peticiones del sector pueden llegar a crear tanto vacíos de servicio, como duplicidades de los mismos en un mismo territorio y tiempo debido a la descoordinación. Por otra parte, la amplia diversidad de orígenes de turistas y visitantes, así como, el poco conocimiento y la complejidad de las administraciones del país pueden llegar a ejercer una imagen negativa a la hora de resolver denuncias, descubrir un destino o acceder a los servicios públicos/privados que se ofrecen. Así pues, se observó precisa la ejecución de mecanismos de coordinación de la información efectivos y simples, orientados a la unificación de contenidos teniendo en cuenta las necesidades personales (entiéndase ciudadano, visitante, turista o trabajador). Creando un entorno que propicie elevados niveles de tranquilidad (seguridad) favorables al sector turístico y mejore la percepción de los niveles de eficacia de los servicios puestos a disposición de la ciudadanía. En la actualidad, multitud de dispositivos personales poseen facilidades para el acceso a datos de telefonía móvil que posibilitarán las aplicaciones descritas mediante el uso de redes establecidas. La mayoría de dispositivos también tienen acceso a redes WIFI y poseen recepción de posicionamiento mediante el sistema GPS. Por otra parte, la mayoría de ciudadanos del mundo desarrollado hacen uso de las redes sociales (Facebook, Twiter, etc.) desde los terminales móviles con los que se desplazan, teniendo accesos directos a dichas plataformas. El uso combinado de estos recursos de comunicación conectados a la red SmartWIFI que interrelacione a todos los servicios, tanto públicos como privados en el ámbito de actuación, creará una red que mantendrá comunicados a los diferentes sectores que participan del territorio y a visitantes mientras permanezcan en dicho ámbito territorial. El objetivo ha sido fundamentalmente que visitantes, comerciantes, hoteleros, servicios públicos en general y de seguridad en concreto pudiesen interactuar con sus dispositivos habituales dentro de la zona que comparten mediante una red de comunicación eficaz y compartida. Las Administraciones Públicas, en particular las entidades locales y autonómicas tienen un papel decisivo en el desarrollo de las tecnologías de la información y deben contribuir a desarrollar redes y servicios de telecomunicaciones en sus respectivos territorios, mediante iniciativas que afecten especialmente a la conectividad de banda ancha. Este trabajo de las administraciones territoriales por dotar a sus ciudadanos de accesos a los servicios de la sociedad de la información y evitar los efectos negativos de la denominada “brecha tecnológica”, debe traducirse en la creación de redes destinadas al uso tanto interno de las propias administraciones, como de los ciudadanos y turistas que visitan el territorio. En los casos donde no existe competencia real o potencial, normalmente la Administración opta por la constitución de empresas públicas para la explotación de estas redes, aunque también puede optar por incentivar a los operadores privados para que las desarrollen. También puede suceder que las redes desplegadas por las Administraciones Públicas compitan directamente con otras establecidas, incluso con anterioridad, por operadores privados. Una y otra forma de intervención en el sector de las telecomunicaciones tiene que ser compatible con la normativa que regula las telecomunicaciones como servicios prestados en libre competencia, así como con el marco constitucional y comunitario de la intervención pública en la economía.

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La ciudad de Palma de Mallorca está inmersa en un proceso de cambio hacia las smartcities/smart destination, prueba de ello son el desarrollo de 5 iniciativas públicas han marcado el despegue hacia la transformación y reconversión de Palma de Mallorca y Playa de Palma en un destino turístico innovador e inteligente. 1. Proyecto de Reconversión de la Playa de Palma: (2005-Actualidad)

El consorcio urbanístico de la Playa de Palma presentó en 2010 el plan de acción integral en que se recogen las claves y las estrategias generales para la revalorización integral de la Playa de Palma.

2. El Plan Director Palma Smart City / Smart Destination: (2013-Actualidad)

El Plan director tiene la misión de construir un modelo de ciudad y destino inteligente, innovador y abierto que ofrezca a los ciudadanos y turistas servicios de calidad, eficientes y colaborativos con su entorno, mediante el despliegue de las nuevas tecnologías y que propicie y estimule la continuidad, creación y asentamiento de un ecosistema económico que permita nuevas actividades empresariales.

3. La Smart Office Palma de Mallorca: (2013-Actualidad) La Smart Office Palma nace como una necesidad de coordinar y centralizar todas las actuaciones Smart que plantea el Ayuntamiento para la ciudad de Palma de Mallorca. Así como garantizar el correcto desarrollo del Plan director. La Smart Office Palma está formada por un equipo coordinador y representantes técnicos de cada regiduría, departamento municipal y empresas públicas del ayuntamiento.

4. Smart Wifi Playa de Palma del Consorcio Playa de Palma: (2014-Actualidad)

El proyecto Smart Wifi PdP: infraestructura wifi en la Playa de Palma, ha sido uno de los proyectos más pioneros de España que el Consorcio Playa de Palma ha puesto en marcha en colaboración con el sector privado en 2014, dentro del contexto sobre Destinos turísticos inteligentes, impulsado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y por la Sociedad Española de la innovación en Tecnologías turísticas, SEGITTUR. La red WiFi de la Playa de Palma, la más grande de Europa en un espacio público, con 49 puntos de acceso a lo largo de 5 kilómetros, y con una capacidad de gestión de 100.000 conexiones diarias, ha cerrado la temporada turística con unos resultados de auténtico récord.

5. Fundación Turismo Palma de Mallorca 365: (2011-Actualidad)

Organismo mixto público privado cuya finalidad es la promoción y el fomento del turismo en la ciudad de Palma de Mallorca en temporada media y baja. Destaca la implantación del Plan de marketing.

La ciudad de Palma de Mallorca está presente desde el 2013 en la Red Española de Ciudades Inteligentes (RECI), una red que en los últimos años se ha consolidado como un punto de encuentro para las ciudades Españolas líderes en el desarrollo y la trasformación de su actual modelo de ciudad hacia las Smart Cities o ciudades inteligentes. Actualmente Palma de Mallorca a través del Consorcio Playa de Palma lidera el subgrupo de destinos inteligentes o smart destination. Palma recibe la distinción de destino turístico inteligente. El ministerio de Industria y Turismo reconoce el esfuerzo realizado en Palma en materia de innovación turística con el objetivo de reconvertir los destinos turísticos maduros en destinos innovadores Las nuevas tendencias turísticas que la ciudad deberá afrontar serán; realidad aumentada, nuevas fórmulas en turismo colaborativo, Open Data & Big data ciudad, wifi en toda la ciudad, Apps a medida, explosión de los servicios por geolocalización, certificación y normalización ciudad inteligente, internet de las cosas en la cadena de valor de servicios turísticos o también la digitalización de la cadena de valor turística.

Las políticas públicas en el ámbito municipal están obligadas a incorporar el concepto de Smart City, incentivar la transformación de los espacios en los que residimos, siguiendo los principios del desarrollo sostenible, aplicando una gestión eficiente a todas las escalas y tomando la I+D y la innovación tecnológica como un importante punto de apoyo.

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Gracias al cada vez mayor calado de la filosofía Smart City en todos los sectores de la sociedad, se espera que se generen un número importante de oportunidades de negocio en numerosas áreas del mercado de trabajo: sector energético, sector TIC, al conjunto de servicios públicos, etc. Basándonos en la experiencia piloto desarrollada en Playa de Palma, la implantación del servicio WiFi en las principales zonas turística de Palma de Mallorca puede aportar beneficios tanto para el visitante como para la ciudad. Por un lado, el visitante podrá tener acceso a datos y seguir conectado con su entorno y redes sociales. Su estancia en la ciudad será más grata y será atendida esta necesidad de mercado, además podrá acceder a tiempo real a Internet y buscar la información que necesite para sacar el máximo provecho a su visita, todo al mismo momento, sin tener que ir a buscar un local con WiFi gratuito. Por otro lado, la ciudad de Palma ofrecerá una imagen de ciudad moderna, se verá beneficiada de la difusión de los usuarios mediante el uso de redes sociales a tiempo real de la visita, y se podrá conocer cuales son los flujos y tendencias de los visitantes, también a tiempo real, así como poder crear una base de datos y estadísticas que permitan conocer mejor los mercados y por lo tanto, la FTPM365 e iniciativa privada podrán encaminar los recursos y las acciones hacia las estrategias más certeras. Por este motivo, la FTPM365 consciente de la necesidad de mejorar el destino turístico de Palma, y adaptarlo a los cambios y necesidades del mercado emisor turístico visitante, en este caso concreto con la iniciativa de implantación de infraestructuras de nuevas tecnologías y de smart cities (ciudades inteligentes) con el servicio WiFi enfocado al turista, por lo que se convoca este procedimiento de contratación y se invita a todas las personas que estén interesadas en presentar sus propuestas para la implantación de este servicio, con el fin de consolidar la imagen de la ciudad como un destino urbano atractivo, moderno, adaptado al visitante, y abierto los 365 días del año. 2. ENTIDAD CONVOCANTE DEL CONCURSO Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN La FTPM365 es una entidad pública sin ánimo de lucro de gestión mixta o público-privada, en materia de turismo y promoción exterior, compuesta por el Ayuntamiento de Palma, de forma mayoritaria, la Autoridad Portuaria de Baleares y numerosas empresas privadas, todas de reconocido prestigio y/o líderes del sector turístico a nivel nacional e internacional, que tiene por finalidad promocionar y fomentar el turismo de la ciudad de Palma de Mallorca y, en su caso, de la isla de Mallorca. Desde la FTPM365 se concibe la gestión y la estrategia de la promoción turística, la comunicación exterior, y el impulso y mejora del destino de Palma de Mallorca y su oferta, como servicios esenciales a través de los cuales se transmite una imagen positiva de la ciudad. Entre las funciones y actividades de la FTPM365 se encuentran las de mejorar la oferta turística del destino mediante la creación, el desarrollo y la promoción de productos turísticos, innovadores y diferenciadores; promover actividades encaminadas a incrementar la demanda turística y comercial de la ciudad; velar para que el patrimonio cultural, arquitectónico, natural, así como la identidad y tradiciones propias de la ciudad de Palma de Mallorca, sean un elemento clave para diversificar la oferta turística, de forma que esta singularidad cultural se convierta en una herramienta más para superar la desestacionalización y atraer turistas todo el año; planificar, gestionar, promover y realizar todas aquellas actividades que puedan beneficiar el incremento de la calidad de la oferta turística del destino; gestionar y promover la innovación y la mejora continuada de la calidad de los servicios turísticos y no turísticos del destino, tanto públicos como privados, así como el desarrollo sostenible; coordinar y armonizar iniciativas públicas y privadas relacionadas con el turismo siempre que estén en línea con las políticas turísticas establecidas; exponer a las autoridades y entidades competentes las necesidades y sugerencias que consideren de interés para contribuir a la mejora de la planificación turística del destino; promover y elaborar análisis y estudios que ayuden a conocer la situación del turismo en el destino, ofreciendo la información obtenida a todos los interesados; apoyar el desarrollo de la infraestructura turística de los servicios complementarios; así como realizar por sí misma todas las actividades, incluidas en su caso las mercantiles, que conduzcan directa o indirectamente a la consecución los fines de la FTPM365.

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De acuerdo con lo regulado en el artículo 25 de los estatutos de la FTPM365, la Comisión Ejecutiva es el órgano con competencia para aprobar la autorización y disposición del gasto y la concertación de operaciones de crédito, así como desarrollar el contenido y la consecución de las finalidades fundacionales y la contratación de los servicios necesarios para llevar a cabo dichas finalidades. Es por ello que la Comisión Ejecutiva de la FTPM365, en sesión ordinaria de día xx de xxx de 2015 aprobó la contratación del servicio de relaciones públicas y comunicación exterior en España, por lo que se convoca este concurso y se invita a todas las personas que estén interesadas en presenta r sus propuestas. Asimismo, la Comisión Ejecutiva del FTPM365 facultó al vicepresidente para proseguir con los trámites necesarios para su adjudicación. Así pues, es éste quien tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente. 3. RÉGIMEN JURÍDICO La contratación a realizar se cualifica como contrato de servicios de carácter privado, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 20 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (RDL 3/2011), quedando sometida a este texto legal, así como en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en la medida que continúe vigente (RD 1098/2001), el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 31 de octubre, de Contratos del Sector Público, o en las normas reglamentarias que los sustituyan, y en las cláusulas contenidas en este documento. Serán de aplicación las disposiciones estatales que regulen la contratación de entes, organismos y entidades del sector público que no reúnan la condición de administraciones públicas, y las dictadas por la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y por el Ayuntamiento de Palma, en el marco de sus respectivas competencias. Este pliego y los documentos anexos, así como el documento de formalización del contrato, revestirán carácter contractual y, como tales, formarán un único documento que deberá ser firmado en prueba de conformidad por la empresa adjudicataria en el acto de formalización. El desconocimiento del presente Pliego, de los documentos anexos, o de las instrucciones o normas de toda índole aprobadas por la FTPM365, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento. 4. OBJETO DEL CONTRATO El presente documento tiene por objeto la exposición y adjudicación del contrato para la ejecución, implantación y explotación de la infraestructura de comunicación Wifi o SmartwifiPalma en diferentes ubicaciones de la Ciudad de Palma de Mallorca, estableciéndose, y posicionándose a nivel nacional e internacional como el ejemplo a seguir en la utilización eficiente, racionalizada y alineado hacia los destinos turísticos inteligentes. Para ello se han de definir cuáles han de ser las prescripciones de instalación, funcionamiento y mantenimiento de la estructura a instalar, así como las condiciones económicas en las que se fundamenta la propuesta de instalación para otorgarle la viabilidad económica necesaria, con el objetivo de poder ejecutar el proyecto de forma segura para el instalador y fiable para el poder adjudicador que la propone, y en los plazos de tiempo razonables según las necesidades.

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Se pretende pues la instalación de una infraestructura de comunicación que ofrezca cobertura WIFI 802.11 a/b/g/n/ac o superior, en todas las ubicaciones que se definirán en el presente documento, implantándose según los condicionantes que se exponen. La red instalada, una vez realizada, pasará a ser de titularidad pública (FTPM365-Ajuntament de Palma) y gestionada en la parte destinada a servicio público y seguridad por la Policía Local de Palma y la parte destinada a explotación de servicios de telecomunicaciones y publicidad por el adjudicatario del presente contrato por un tiempo definido según se establezca en el presente documento y en la oferta. El mantenimiento de la red de comunicación será responsabilidad del adjudicatario del contrato. Dicha red será soportada en alimentación eléctrica e infraestructuras de soporte de equipamiento principalmente por el Ajuntament de Palma y la Autoridad Portuaria de Balears en el ámbito de sus competencias, de conformidad con la declaración de intenciones de colaboración suscrita entre ambas entidades para la implantación de una red Wi-Fi en determinadas zonas del municipio de Palma de Mallorca, el pasado 3 de febrero de 2015. Esta declaración de intenciones determina, además, que una vez ejecutada la implantación de la red Wi-Fi, se pondrá a disposición de la Autoridad Portuaria de Baleares un mínimo de tres canales de la misma para uso interno, uno de los cuales deberá posicionarse en primer lugar cuando los usuarios se encuentren en la zona de servicio del Puerto de Palma de Mallorca, así como que la Autoridad Portuaria de Baleares dispondrá de acceso en tiempo real del rango de horarios de tráfico, el porcentaje de fidelización de clientes, número de usuarios conectados, números de puntos de acceso, cantidad de tráfico servicio, número SSID y los datos de carácter general, que se generen en la red Wi-Fi (ver este documento en el Anexo XVIII). 5. MEMORIA TÉCNICA DEL PROYECTO

5.1. Características generales

Independientemente de que el adjudicatario deberá redactar el correspondiente proyecto técnico, se describen, a continuación, las características generales en forma de un proyecto de soporte y diseño de instalación: 1. Objetivo: Establecimiento de una red WIFI de alta capacidad, para dar servicio a dispositivos electrónicos (PC’s, smartphones, tablets, sensores, etc.) en dicha tecnología de comunicaciones, en vía pública en ubicaciones o zonas turísticas de Palma de Mallorca, cubriendo el territorio definido en el presente documento y perteneciente al término municipal de Palma y zonas definidas como portuarias de la ciudad. Dicha red es licitada por la FTPM365, con la finalidad de dotar de una infraestructura de comunicaciones como servicio turístico avanzado tanto con finalidad lúdico y de información a los turistas como de coordinación de servicios de seguridad y servicios públicos de la zona a definir como de cobertura de red. 2. Inversión, Instalación, explotación: La instalación de la red de comunicación será proyectada de acuerdo a la normativa legal para estos supuestos y los protocolos de ingeniería al efecto para obtener el funcionamiento y calidades previstas. Dicha instalación la deberá realizar una empresa con la adecuada experiencia en instalaciones similares, responsabilizándose de lo instalado y cumpliendo con los plazos y garantía establecidos; la empresa a quien se le otorga el concurso, deberá realizar íntegramente la instalación de la red y para usos públicos y la explotación legal y asegurada del otro 50% de las capacidades de la red para los usos comerciales que dicha empresa considere adecuados a fin de recuperar la inversión realizada en los plazos del contrato. 3. Mantenimiento: La empresa que obtenga dicha licitación mantendrá en funcionamiento la red y de haberla instalado en fases temporales, ira realizando inversiones puntuales a fin de cubrir la totalidad de la cobertura de red para la zona turística. 4. Especialidad de red: La red a instalar, deberá cumplir como un condicionamiento técnico ineludible, el establecimiento de interoperabilidad entre las redes ya existentes de servicio a turistas en establecimientos

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turísticos de la zona y las redes similares ya instaladas en el término municipal de Palma de similar forma de explotación y uso por turistas y residentes; el objetivo es el intercambio de informaciones de utilidad para la mejora del destino turístico en cuanto a imagen, seguridad, prevención y actualización de información entre las diferentes organizaciones, tanto públicas como privadas, que mantienen relación con los turistas de la zona. 5. Orientación del servicio: La red a Instalar se orienta como una herramienta para la seguridad y la información de los turistas y residentes de la zona, ofertando servicios de acceso a internet en vía pública y el acceso a las redes corporativas de las organizaciones públicas responsables de los servicios hacia turistas y residentes, definiéndose que servicios serán de pago si debiera haberlos, y cuáles serán de acceso exclusivo de servicios públicos.

5.2. Fases del proyecto

5.2.1. Estudio de coberturas La ejecución del proyecto, se podrá realizar por fases establecidas de acuerdo con el poder adjudicador, por lo cual, los planeamientos de coberturas se realizaran según las fases acordadas. No obstante, el estudio deberá contemplar siempre que la aplicación final de la infraestructura cubra la totalidad de las zonas turísticas definidas en el presente documento, por lo cual dicho condicionante será premisa específica para este tipo de estudio. A fin de no causar injerencias con otras redes ya existentes, gestionadas por otras entidades públicas o privadas y destinadas o no a uso comercial, el estudio deberá contemplar minimizar en la medida de lo posible las interferencias con dichas redes, orientando su cobertura a zonas de concurrencia pública y vías públicas.

5.2.2. Elaboración, tramitación y presentación del proyecto para la CMT

El Instalador de la red deberá realizar y tramitar la documentación y el proyecto preciso, para obtener la autorización de la explotación comercial de la red por parte de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.

5.2.3. Implantación inicial del servicio de red inalámbrica

Tras la ejecución (instalación, pruebas y certificaciones) de la red SmartwifiPalma se establecerán las capacidades de servicio entre el que será el explotador comercial de los servicios de la red y la administración que pasara a considerarse titular de la misma; dichas capacidades quedarán establecidas como se describe: 50% de la capacidad para uso exclusivo en explotación comercial de servicios de operador de

telecomunicaciones a dispositivos finalistas. 40% de la capacidad para uso exclusivo de la Administración pública (Ajuntament de Palma,

Autoridad Portuaria de Baleares y UIB en el ámbito de sus competencias) y sus servicios.

10% de la capacidad a intercambio de datos entre servicios privados y públicos, dicho porcentaje, cuando no sea aprovechado en tiempo real para dicho cometido, podrá servir como ampliación tanto para el servicio de explotación comercial como los servicios de la administración balanceándose según necesidades de ambos usuarios.

El 100% de la red quedara en uso exclusivo de los servicios de seguridad y emergencias en los

casos de emergencia localizada con grave peligro para la integridad de personas en la zona de cobertura, catástrofe o calamidad pública.

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El 100% de la red podrá ser monitorizado a voluntad por el laboratorio turístico multidisciplinar sin

interferir en modo alguno en los contenidos de seguridad y privacidad propios de las actividades, obteniéndose datos (nunca de carácter personal) para poder extrapolarlos de forma estadística y en usos propios de investigación y aplicación de mejoras técnicas dentro del marco de la FTPM365, así como el departamento de I+D+I de la UIB en materia turística.

5.2.4. Explotación comercial del servicio de red

El adjudicatario deberá poseer la capacidad legal de ofrecer servicio de telecomunicaciones a terceros mediante contraprestación económica al usuario final o mediante el sistema de financiación que considere más oportuno, siempre que disponga de la licencia de operador de servicio de telecomunicaciones, estando dicha licencia de operador en vigor durante la explotación de la red.

Podrá ofertar el servicio o servicios que considere oportunos en la franja de capacidad de red igual al 50%. Tendrá total libertad para aplicar el modelo de negocio que considere adecuado para el mantenimiento de su explotación en condiciones de continuidad según las necesidades económicas que precise; no obstante deberá informar a la entidad propietaria de la red, por si dicho modelo de negocio fuera abusivo o claramente excesivo para el usuario final o si pusiera en peligro, por exceso o por defecto, la continuidad de la red y los niveles de mantenimiento mínimos que deberá aportar para asegurar su funcionamiento. El explotador comercial deberá ampliar la cobertura de la red cada periodo establecido, hasta conseguir dar cobertura al 100% de la zona turística definida. La Junta de control y el adjudicatario deberán establecer qué zonas deberán ser objeto de ampliación anual de cobertura o de dotación de cobertura, se establecerán de acuerdo con y atendiendo las necesidades turísticas del municipio, así como de los estamentos responsables de la seguridad integral de las zonas en las que se haya implantado la red, además de Policía Local de Palma, Bomberos de Palma, 061, u otras entidades, debiéndose llegar a una acuerdo sobre las necesidades de cada sector y el plazo para su desarrollo.

5.3. Escenario, objetivo y replanteo

La red de comunicaciones deberá cubrir un escenario hostil desde el punto de vista medioambiental, dadas las características del entorno, un alto grado de humedad ambiental y con azote de mar y viento (salinidad) especialmente durante el invierno; en cuanto a temperaturas, los equipamientos deben estar situados en zonas con escasa protección lumínica y con una exposición media a temperaturas entre 25 y 45 grados durante el verano. Se establece una cobertura imprescindible que debe ofrecer el servicio de comunicaciones inalámbricas. Dicha cobertura debe incluir las zonas que se detallan en el Anexo XIX. Tal y como se especifica con mayor detalle en el punto 5.4., en todas las zonas cubiertas por las diferentes fases, los puntos de acceso de la red deberán soportar un mínimo teórico de 300 conexiones concurrentes, a excepción de la del Dique del Oeste y Muelle Poniente, en la cual pueden llegar a concentrarse más de 4.000 personas en temporada alta, por lo que se establece un mínimo teórico de 900 conexiones concurrentes durante este período. Las fases establecidas, las zonas de cobertura y la capacidad del sistema instalada en estas podrán ser objeto de modificación, previo análisis de la Junta de control, no prolongándose en su ejecución el tiempo establecido por esta Junta, y siempre que ello no suponga un perjuicio para el adjudicatario. 5.4. Características de la arquitectura de red

5.4.1. Escalabilidad

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El sistema pretende ampliarse en cobertura y capacidades así como en la adaptación a la evidente evolución tecnológica, en la misma medida en que las necesidades de los usuarios y su movilidad en la zona turística lo requieran; para ello, se valorará positivamente que la plataforma de comunicación decidida en cuanto a tecnología, marca y dispositivos finales, sea altamente compatible entre sus diferentes elementos y no obligue a modificar partes fundamentales y esenciales de su arquitectura a la hora de acometer futuras adecuaciones técnicas o innovaciones.

Dicho requisito será fundamental en el planteamiento final de la instalación a elegir, apostándose por plataformas homogéneas en equipamiento y compatibles en modelación de la infraestructura a la hora de acometer un escalamiento de sus capacidades, funciones y prestaciones.

5.4.2. Redundancia y alta disponibilidad

Dada la finalidad a la que se destina la Red, esta deberá estar soportada por las redundancias de equipamiento y disponibilidad de materiales de sustitución necesarios, a fin de mantener un funcionamiento continuado que cubra 24 x 7 x 365; dichas redundancias se especificaran al definir el tipo de equipamiento, características y robustez del sistema a implantar.

5.4.3. Diseño radioeléctrico

La red deberá ser coincidente con los accesos Wifi de los terminales móviles actuales, SmartPhones u otros dispositivos comerciales disponibles en cada momento, atendiendo a sus prestaciones y capacidades técnicas.

Se protocolizará la red según lo establecido en las normas de la ETSI para los estándares internacionales 802.11 a/b/g/n/ac priorizando modos de transmisión MIMO a fin de optimizar las capacidades de transferencia de datos en movilidad entre los puntos de acceso de la Red y los terminales cliente. Los AP’s (acces Point), emitirán en las modulaciones protocolizadas para estos servicios de red Wifi con un máximo de 300 mW. en la banda de 2,4 Ghz y 250 mW para la banda de 5,6 Ghz, todo ello por estación y atendiendo a lo establecido normativamente y sus posteriores modificaciones de producirse protocolariamente. Definición de las frecuencias máximas y mínimas de transmisión.

Identificador de Canal

Frecuencia en MHz

Dominios Reguladores

EMEA (-E) Identificador

de Canal Frecuencia

en MHz

Dominios Reguladores

EMEA (-E) 1 2412 × 36 5180 × 2 2417 × 38 5190 — 3 2422 × 40 5200 × 4 2427 × 42 5210 — 5 2432 × 44 5220 × 6 2437 × 46 5230 — 7 2442 × 48 5240 × 8 2447 × 52 5260 — 9 2452 × 56 5280 — 10 2457 × 60 5300 — 11 2462 × 64 5320 — 12 2467 × 149 5745 — 13 2472 × 153 5765 — 14 2484 — 157 5785 — 34 5170 — 161 5805 —

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5.4.4. Capacidad del sistema

Deberá ser capaz de interconectar otras redes privadas establecidas en la zona para el intercambio de información entre servicios públicos y privados que sean de interés para el mantenimiento de una correcta atención al turista, tanto en su seguridad como en la calidad del servicio en la zona. La propia arquitectura del sistema deberá soportar dispositivos electrónicos de colaboración o nuevos servicios desarrollados por la UIB, resultado de proyectos de innovación, e integrarse en la red como un componente más de la misma. Debiendo conectarse utilizando protocolos standards con estos sin conexiones externas o intermedias de acceso.

Cada punto de acceso de la red deberá soportar un mínimo teórico de 300 conexiones concurrentes (aprox. 150 usuarios por WIFI) y ser capaz de transferir un tráfico mínimo de 600 Mbps, a excepción de las zonas del Dique del Oeste y del Muelle Poniente, en las que se establece un mínimo teórico de 900 conexiones concurrentes durante la temporada alta. La simetría de estos caudales será respetada para los servicios públicos y de seguridad integral, pudiéndose destinar caudales de forma asimétrica para los accesos a Internet y servicios de publicidad.

5.5. Servicios ofrecidos y soportados por la red

5.5.1. Tipos de servicios soportados por la red

Deberá proveer de servicio de Internet a su zona de cobertura en explotación económica o financiada según el modelo que establezca el explotador (Internet Inalámbrico), cuando se dirija a turistas y residentes, y dar acceso a la red para los servicios públicos que en ella se coordinen; del mismo modo acceder a las intranets propias de los servicios públicos y de seguridad que hagan uso de la misma respetando los criterios de autentificación de cada organismo y asegurando su invulnerabilidad. La red dispondrá de sistemas de balanceo de capacidades, a fin de asegurar siempre una correcta gestión de información con el caudal adecuado para situaciones de emergencia localizada, catástrofe o calamidad pública. Dichos servicios se orientan a un uso en espacios públicos con alta movilidad de usuarios dentro de la zona de cobertura.

La red se diseña como una red de servicio público, para soportar aplicaciones propias, todas ellas destinadas a seguridad integral, coordinación de organismos públicos, emergencias e información básica de eventos y servicios, promovidos por la administración tanto a residentes como a Turistas.

5.5.2. Servicios encaminados a los Turistas y Residentes

Los servicios que deberá ofrecer la red a Turistas y Residentes deberán ser los siguientes:

Ofrecer acceso a Internet mediante pago por servicio o de forma gratuita, en las condiciones que el

explotador del servicio considere oportunas para su correcta explotación económica. Ofrecer servicios de publicidad al turismo en modo generalista y/o sectorial o mediante dispositivos

de captación comercial tipo “beacom” o similares (publicidad de actividades comerciales cercanas). Acceder a plataformas y aplicaciones de información pública sin coste alguno y sin restricciones de

tiempo para el usuario (horarios de transporte público, aplicaciones de seguridad, E-Denuncia, E-Alert etc.).

Difusión en red abierta de recomendaciones, avisos y alertas de seguridad y emergencia a la

población conectada en la red sin coste alguno.

5.5.3. Servicios encaminados a la administración

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La Administración pública requerirá en la red, de servicios diferentes a los establecidos en modo de explotación comercial. Fundamentalmente la Administración pública, encaminará el uso de la red hacia los siguientes aspectos: Coordinación operativa entre los diferentes cuerpos de seguridad (FyCS) que operan en la zona

turística, dependientes de cualquiera de las administraciones públicas. La red dará acceso a aplicaciones de seguridad como E-Denuncia o E-Alert u otras que fomenten el sentimiento de seguridad de Turistas y Residentes.

Coordinación de aquellos servicios públicos destinados al mantenimiento de la zona turística, a su

conservación y mejora (infraestructuras, alumbrado público, limpieza etc.) Información pública del municipio de Palma de Mallorca (eventos, horarios de monumentos,

cadencia del transporte público, estado del tiempo, información a bañistas, medioambiente etc.). Difusión de alertas a la población turística y/o residentes en coordinación con los servicios de

Protección civil y el 112. Coordinación de servicios sanitarios, cualesquiera sea su dependencia funcional (061, Cruz Roja,

etc.) posibilitando el intercambio de información de carácter vital para una correcta actuación ante urgencias sanitarias en atención a Turistas y Residentes, en tiempo real en la zona de cobertura de la red.

Posibilitar a las unidades de Emergencia (Bomberos, Protección Civil, etc.) obtener información

actualizada y básica para actuar de forma eficaz sobre el terreno en aras a potenciar sus niveles de eficacia (ocupación real de hoteles, vías de evacuación, planimetría de edificios etc.).

Aplicaciones de sensorización para alumbrado, suministros diversos y el uso de nuevas tecnologías

y energías alternativas (vehículos eléctricos, bicicletas etc.). Facilitar en la zona las aplicaciones de I+D+I orientadas a destinos turísticos.

5.5.4. Servicios encaminados a la Empresa privada

La iniciativa privada es el eje primordial de la actividad turística de la ciudad de Palma y por tanto la red que se pretende establecer en la zona deberá contar con las necesidades de dichas empresas sean hoteles, comercios o establecimientos de hostelería y ocio; para ello la red deberá poder ser capaz de ofrecer:

Servicios de publicidad mediante explotación económica en la red, de forma dinámica y respetando

la zonificación entre los diferentes dispositivos de acceso, de tal manera que se priorice aquella publicidad que sea concordante con la ubicación de los anunciantes.

La red deberá tener la capacidad de externalizar los accesos contratados en el interior de hoteles u

otros, para que puedan ser operados desde vía pública ofertándolos mediante explotación económica; el objetivo que se pretende es, que aquel turista que contrate un servicio de acceso a Internet inalámbrico no deba contratar dos servicios diferentes, uno en el interior del Hotel y otro en el exterior de la zona turística.

Las diferentes empresas turísticas y comercios podrán usar de la red para obtener otros servicios

de seguridad, tales como alarmas de robo en proceso y otras cualesquiera tendentes a aumentar la colaboración activa en materia de seguridad e intercambio de información sensible para el correcto mantenimiento de los niveles de tranquilidad de la zona, pudiendo interactuar con las FyCS, o los

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servicios de emergencias y el 112. Los servicios propios de seguridad privada, tales como gestión de alarmas privadas en establecimientos, control remoto de accesos o domótica en establecimientos, estos servicios podrán ser gestionados por la empresa que asuma la instalación y explotación de la red como otra forma de modelo de negocio.

Posibilitará llegado el caso, el comercio electrónico mediante el uso de Smartphones en la zona de

cobertura de red.

5.5.5. Servicios encaminados a mantener un laboratorio turístico de I+D+I

Existe un laboratorio turístico multidisciplinar, a fin de obtener un seguimiento de la actividad turística de la zona, y como laboratorio de aplicación de nuevas tecnologías que puedan implicar una mejora e innovación permanente del destino turístico de Palma de Mallorca. Dicho laboratorio actualmente tiene su sede en el edificio de la Policía Local sito en la Av. América, 11, de Palma de Mallorca. Asimismo, como parte de las iniciativas de cooperación con la Universidad de las Islas Baleares para promover la innovación y la investigación en la ciudad de Palma, la Red SmartWifiPalma, junto con la SmartwifiPdP ya instalada en la zona de la Playa de Palma, servirá de soporte y herramienta para cualquier aplicación, innovación estudio o proyecto de mejora del municipio de Palma de Mallorca como destino turístico inteligente, ya sea iniciativa de la UIB o mediante convenio público-privado con dicha universidad. Las actividades derivadas del laboratorio turístico serán prioritarias en la infraestructura de comunicaciones, para lo cual se podrán reservar accesos preferentes al caudal de la red precisos para estas actividades de forma puntual, que nunca podrán interferir la normal actividad económica del explotador de la red.

5.6. Arquitectura de la red

5.6.1. Arquitectura de la red troncal

El explotador de la red, establecerá mediante su proyecto de instalación la arquitectura más adecuada a fin de establecer un funcionamiento óptimo de la misma. No obstante se aconseja que la red en su arquitectura presente una continuidad de enlace desde extremo a extremo. Se trata de evitar que la red este compuesta por zonas aisladas entre si y basadas únicamente en un punto de acceso por zona sin continuidad entre ellas; esta estructura deberá poder nutrirse en accesos de servicio de internet desde cualquier acceso exterior a fin de asegurar una correcta fortaleza ante caídas de suministro de servicio en algún punto pudiendo redundarse entre si en todas sus ubicaciones de puntos de acceso a clientes finales o usuarios.

5.6.2. Arquitectura de red de acceso inalámbrica

Un aspecto importante de la infraestructura a realizar, será su homogeneidad en las capacidades de acceso para todos los lugares de cobertura, por ello se desechará el uso extensivo o sistemático de sistemas MESH o similares para comunicaciones entre los diferentes puntos de acceso (AP’s) dado que se ampliaría espacio de cobertura pero sacrificando las capacidades de caudal de datos.

Para cualquier tipo de ampliación de coberturas de red usará de radio-enlaces de alta capacidad ya sean radio-eléctricos u ópticos y serán solo mejorados por nuevas instalaciones de fibra óptica oscura u otra tecnología que asegure dicha anterior premisa y nunca se usará de infraestructuras alquiladas a otros operadores, a fin de mantener siempre la gobernanza e integridad de la red de forma propietaria.

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Del mismo modo, el explotador de la red no podrá utilizarla para suministrar acceso a internet u otros servicios de comunicación a terceras empresas o iniciativas privadas, debiendo asegurarse que la infraestructura se destina de forma exclusiva a los servicios finalistas especificados.

Lo anteriormente expuesto no será de consideración, en el supuesto de utilización de algoritmos de transmisión Mesh o similares de última generación que demuestren perdidas de enlace inferiores al 20% de la capacidad total del acceso inicial.

5.7. Características técnicas punto acceso de exteriores

Los elementos de red que deban permanecer en vía pública deberán atenerse a lo establecido en la norma internacional de estándares IEC 60529.

Se establece como grado de protección mínimo el IP 54 y como aconsejable el IP 67. Los elementos auxiliares (cableados, cajas de protección, anclajes) serán de una calidad suficiente para soportar las características climáticas del entorno y se valorará de forma positiva el cumplimiento de los máximos estándares de aplicación para este tipo de elementos. Se procurará causar el menor impacto visual en la instalación/es a realizar, valorándose los procedimientos de mimetización de estructuras en el entorno, con atención a los edificios de carácter histórico-cultural o protegidos. Todos los AP’s poseerán las capacidades de doble radio (2,4 y 5,6 Ghz). Los elementos radio destinados a dotar de prolongación de red (radio-enlaces, enlaces ópticos u otros), se establecerán en las mismas ubicaciones de los AP. Los elementos a instalar, deberán ser homogéneos de origen o fabricante y sus protocolos de comunicación deberán cumplir con estándares de interoperabilidad entre plataformas a fin de evitar incompatibilidades en un futuro. Los radiantes se adaptaran en cada lugar a las coberturas que precise la zona, aplicándose los elementos adecuados para cumplir con los siguientes requisitos: Máximo aprovechamiento de la señal radiada. Evitar interferencias con redes domesticas o que estas se puedan ver afectadas de forma tan negativa

que imposibilite su uso. Que respondan, en su despliegue y orientación a las concentraciones humanas de la zona.

Los AP’s deberán proporcionar caudales (por capacidad propia, no de red de acceso) de hasta 300 Mbps por punto de los cuales entre 80 y 100 Mbps deberán ser estables. Los puntos de acceso deberán proporcionar servicio de red como mínimo a 100 usuarios al mismo tiempo en explotación económica y a 50 usuarios como mínimo de servicios públicos, valorándose aquellas aplicaciones tecnológicas de superiores prestaciones.

5.8. Sistemas centrales

La capa lógica de la red, deberá proveerla de los sistemas de encriptación, autentificación y control de caudal de datos, así como el establecimiento de identificadores de red, suficientes en número (SSID’s) para hacer de la misma un sistema extremadamente seguro y otorgarle una eficacia de funcionamiento permanente, con una fiabilidad y calidad contrastable. Para ello se deberá tener presente las siguientes electrónicas y software:

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Software de gestión de red compartimentado según privilegios de usuario. Bases de registro de conectividades e históricos de alertas compartimentadas según actividad comercial o

de servicios públicos. SAI y sistemas de aseguramiento eléctrico para alimentar la capa lógica y evitar disfunciones por

alteraciones o inestabilidades de alimentación eléctrica. Electrónicas opto eléctricas robustas para la distribución de red en modo de estrella de ser la estructura

adoptada. Asimismo el adjudicatario debe tener en cuenta las siguientes premisas: En el caso en que deba manejar datos de carácter personal, debe tratarlos aplicando las garantías que

establece la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal. Debe facilitar al órgano de contratación, o persona en quien delegue, las claves y privilegios para acceder

a los datos que la Junta de Control requiera, a efectos de asegurar el adecuado cumplimiento del contrato. Debe cumplir con todas las instrucciones y directrices establecidas por la CMT.

La gestión de los AP’s podrá realizarse utilizando servidores y programas ubicados en la nube.

5.9. Relación de servicios necesarios para el funcionamiento de la red

Los elementos de red, y sus componentes serán los más adecuados a tenor de las condiciones del entorno, no obstante cabe reseñar los servicios de que deberá disponer la red para su correcto funcionamiento: Alimentación eléctrica de la red: Actualmente los tendidos eléctricos instalados en vía pública de uso

para servicios municipales tales como alumbrado u otros servirán de soporte básico para poder obtener la energía precisa en vía pública para alimentar los diferentes elementos a instalar. El coste de dicha energía será soportado por las Administraciones a quien beneficie el uso de la red (Ayuntamiento de Palma de Mallorca y Autoridad Portuaria Balears en las áreas de su competencia respectiva).

No obstante, el adjudicatario, previa conformidad del órgano de contratación y/o de la Junta de Control, deberá redactar el proyecto de instalación y conexiones eléctricas necesarias para la implantación de la red, así como obtener los certificados o boletines de instalaciones de baja tensión, de conformidad con lo establecidos en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria; en el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión; y en el Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009 y a la Ley 25/2009, relativas al libre acceso a las actividades de servicios. Los costes de la elaboración del proyecto y de las tasas para la obtención de los correspondientes certificados preceptivos de la Dirección General de Industria y Competitividad del Govern de les Illes Balears serán a cargo del adjudicatario.

Accesos a Internet: Los accesos a Internet orientados al servicio finalista o clientes, los realizará el

explotador de la red según sus necesidades y correrán a su cargo. Por parte de la Administración el acceso a internet se realizará a través del acceso a sus propias redes (intranets) debiendo estar los accesos diferenciados y con los niveles de seguridad requeridos en cada caso. La arquitectura global del sistema a desplegar deberá contar como mínimo, con un circuito de acceso redundado a Internet. Estos circuitos deberán garantizar un caudal simétrico de 70 Mbps. cada uno.

Soportes físicos: El trazado urbano de la ciudad de Palma de Mallorca en su conjunto será de

aprovechamiento para todos los elementos de mobiliario urbano ya instalados como soportes para la instalación de antenas y habitáculos de registro para diversas electrónicas que se precisen, siempre que ello no suponga una alteración de sus características y funcionamiento de estos elementos y previa conformidad por parte de las autoridades competentes, de acuerdo con la normativa urbanística y

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patrimonial. La FTPM365 se encargará de realizar las solicitudes pertinentes para la obtención de las autorizaciones pertinentes.

Canalizaciones: podrán ser puestas a disposición de la red: Una parte de las líneas de fibra óptica

oscura disponibles del Ajuntament de Palma y de la Autoridad Portuaria de Baleares, y las canalizaciones ordinarias de alimentación eléctrica de alumbrado público de estas entidades; del mismo modo las canalizaciones de evacuación o suministro de aguas que están siendo implementadas con instalaciones orientadas a canalizaciones de telecomunicaciones que pueden ser aprovechadas para los recorridos de distribución de red que sean preciso realizar para distribuir la señal de red por las diferentes AP’s, que deberán suministrar señal a los usuarios finales.

Elementos auxiliares de instalación y mantenimiento: Los departamentos públicos apoyaran con

su logística las tareas de instalación en la medida de sus disponibilidades reales, en el tiempo y en el lugar de actuación. La FTPM365 será la encargada de solicitar a las áreas municipales competentes los recursos de logística necesarios para facilitar las instalaciones de red; del mismo modo que los permisos, licencias y certificaciones que dependan de las diferentes administraciones.

5.9.1. Aplicación de la normativa vigente

El instalador/explotador de la red, deberá cumplir obviamente, lo establecido en leyes y reglamentos vigentes en todas sus actividades en la red, tanto de servicio, instalaciones y procedimientos; el incumplimiento manifiesto de las normas establecidas de forma reiterada invalidará la concesión de la explotación de forma automática, previa decisión de la Junta de Control de la Red*.

5.9.2. Plazos de ejecución y desarrollo del Proyecto Según se establece en apartados anteriores, la ejecución del proyecto, atendiendo a su complejidad y coste económico, podrá realizarse en fases temporales que deberán ser especificadas para la adjudicación y que serán valoradas de acuerdo con lo establecido en este pliego. En el Anexo XIX de este documento se fijan los plazos máximos de ejecución y zonas de desarrollo del proyecto esenciales para su implantación que deberán completarse antes de la finalización del contrato. De forma específica dichas fases de definen según el siguiente criterio temporal: FASE 1ª: Plazo máximo de dos años (2015-2017). FASE 2ª: Plazo máximo de un año (2018). FASE 3ª: Plazo máximo de un año (2019).

Los tiempos se computaran desde la fecha de adjudicación. No obstante, estas fases podrán redefinirse en base a la experiencia y necesidades que se vayan requiriendo tanto por los diferentes servicios de la Administración como los propios de la Empresa explotadora de la red, que serán consensuados a través de la Junta de Control de la Red.

5.10. Garantía y mantenimiento

5.10.1. Plan de mantenimiento

El Licitador y Explotador de la red, es el primer interesado en disponer de la misma al máximo de sus capacidades, en todo momento y lugar para asegurarse el rendimiento adecuado de su explotación, no obstante deberá desarrollar y cumplir con un plan de mantenimiento programado que deberá acompañar a la instalación y estar sometido al control de la Administración mediante la realización de informes simples sobre las tareas efectuadas a tal fin

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Por su parte la Administración, aportara su apoyo logístico para hacer efectiva y rápida cualquier reparación urgente cuyo origen no esté en una manifiesta falta de mantenimiento.

No obstante lo expuesto se deberá establecer como adecuada una respuesta ante averías o imprevistos que asegure la resolución de conflictos en un periodo no superior a las 36 h. durante los 365 días del año estableciéndose un sistema de contacto de incidencias por parte del explotador de la red en donde se darán por notificadas las incidencias al hacer uso de dicho sistema, que servirá a su vez de control de los tiempos entre notificación y resolución de la incidencia. Para los casos de situaciones de emergencia por imponderables climáticos u otro tipo de catástrofes, la administración colaborará de forma efectiva en la rápida resolución de la incidencia responsabilizándose a partes iguales de las tareas de restablecimiento de la red en el periodo de tiempo más corto posible, atendiendo al uso de la infraestructura como elemento de gestión y coordinación de respuesta a emergencias en la zona de cobertura.

5.10.2. Infraestructura de centro de operación y mantenimiento A fin de obtener una monitorización y registros adecuados de la actividad de la red, el adjudicatario debe facilitar los medios informáticos precisos y las suficientes garantías de seguridad para poder acceder a los datos de control de la red. En este sentido, el contratista dotará como mínimo al laboratorio turístico, situado actualmente en el edificio de la Policía Local de Palma de Av. América, 11, de un ordenador personal de características adecuadas para llevar a cabo este control. Dicha infraestructura formará parte de la red y deberá ser tenida en cuenta a la hora de planificar la ejecución de la misma. El mantenimiento, configuración y actualización, así como los registros de conectividad, deberán ser ejecutados y accesibles desde dicha ubicación con las adecuadas medidas de autentificación de acceso por parte de los administradores de red, que lo serán en número limitado y de pleno conocimiento tanto por los responsables de la explotación comercial como por los responsables públicos de la red que serán nombrados por la FTPM365. 5.10.3. Stock de seguridad Para una rápida respuesta ante las posibles averías que se produzcan se obligará a la empresa instaladora y/o explotadora a mantener un stock suficiente para responder dentro de los tiempos establecidos en el punto 5.10.1 de este mismo apartado. Dicho stock se deberá ubicar a una distancia no superior a los 50 Km de la ciudad de Palma de Mallorca. El contenido del Stock deberá ser informado a modo de inventario de forma anual a los responsables de la parte de la Administración pública, debiendo consensuarse en contenido y cantidad con dicho responsable. 5.10.4. Open data El Proyecto SmartwifiPalma supone un proyecto de infraestructura turística que se ha demostrado imprescindible en la digitalización de la cadena de valor del sector turístico, puesto que permite el desarrollo o mejora de otros proyectos importantes de la comunidad como es el reciente Escaparate Turístico Balear, o plataforma aglutinadora de la información turística estratégica de las islas. Dentro de este contexto, cada vez más re-utilizadores del sector privado nos requieren y solicitan un OPEN DATA corporativo para suplir sus necesidades de esta información estratégica actualizada de calidad para sus aplicaciones y Web's. Por ejemplo en movilidad, donde multinacionales como NOKIA facilitan de serie en todos sus terminales una aplicación de movilidad que funciona también en nuestra

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ciudad (consulta información directamente a la EMT), otras empresas con aplicaciones de millones de usuarios como MOOVIT, así como también guías turísticas de elaboración local. Si bien de momento las peticiones mas insistentes vienen de empresas e instituciones con más medios y recursos, prevemos que esta demanda crecerá de forma exponencial, lo cual nos plantea toda una serie de retos. En resumen, la publicación y actualización de la información municipal y territorial (actos culturales, mercadillos, paradas de taxi, etc.) conlleva un gran esfuerzo y constancia, pero de escaso retorno si cada uno lo publica en diferentes formatos o no re-utilizables (como PDF's) y en tanto nuestros turistas en su visita, rara vez se mantienen solo en el municipio donde han contratado su alojamiento. Ya existen incluso antecedentes a nivel europeo, para mirar de establecer un standard sobre consulta de información turística o participación ciudadana (CItySDK), así como otras a nivel nacional como la "Smart Region" en municipios catalanes. Así pues, para poder distinguirnos como un destino de mayor valor añadido no solo es fundamental poder suplir estas necesidades de información estratégica sino que también, es imprescindible poder disponer de las herramientas tecnológicas necesarias que puedan supervisar el consumo de toda esta información, perfilando la trazabilidad del comportamiento digital de nuestros visitantes. Tras el despliegue de la SmartwifiPalma y tras poder interpretar los primeros datos de su telemetría, este nuevo tipo de información relacionada con el comportamiento del turista, se considera ahora fundamental para la toma de decisiones ponderadas sobre datos objetivos en la gestión municipal. Por todo ello, consideramos de capital importancia que en los pliegos técnicos del despliegue (y renovación) de cualquier infraestructura de comunicaciones inalámbricas promovidas por este ayuntamiento (mediante concesión, concurso, convenio etc.) exija la titularidad municipal de los datos de telemetría o monitorización de las comunicaciones o en su defecto, la posibilidad del rescate de los mismos mediante sistemas automáticos y los protocolos OPEN DATA más comunes o estandarizados. También recomendamos incluir como punto de valor añadido a las ofertas, la valoración de la calidad y precisión de los datos de telemetría suministrados así como la facilidad de acceso u otras herramientas relacionadas que se puedan aportar. Si bien este rescate automático precisa de unas infraestructuras de BIG-DATA de las que ahora mismo carece este ayuntamiento e independientemente de la exigencia de titularidad municipal de esta telemetría, consideramos recomendable que por lo menos los distintos adjudicatarios suministren de forma periódica estos datos al laboratorio turístico y a la SmartOffice Palma todos estos datos de uso de los dispositivos electrónicos conectados, con el objeto de evitar la pérdida del histórico de todas las temporadas hasta disponer de las infraestructuras capaces de gestionar esta ingente información.

6. CAPACIDAD PARA CONTRATAR Pueden contratar con la FTPM365 las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del RDL 3/2011, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos que así lo exija la normativa se encuentren debidamente clasificadas. Asimismo, deben contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas físicas o jurídicas sólo pueden licitar si su finalidad o actividad tiene relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la ejecución del contrato.

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Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea tienen capacidad para contratar siempre que, de acuerdo con la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación que constituya el objeto del contrato. Las restantes empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuren inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúen con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato, así como el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55 del RDL 3/2011. Pueden también contratar con la FTPM365 las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente a este efecto. Estos empresarios quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo. A efectos de la licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyen y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de formalizarse en escritura pública en caso de resultar adjudicatarios del contrato. En cualquier caso, es condición indispensable para poder participar en este procedimiento de contratación que la empresa explotadora de la red Wi-Fi asuma el coste de la instalación de la misma, por lo que serán rechazadas aquellas propuestas que insten a una financiación compartida o exclusiva del poder adjudicador. No podrán concurrir a la licitación aquellas personas participantes en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal, siempre que su participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado respecto del resto de licitadores. Si durante la tramitación del procedimiento y antes de la adjudicación se produce la extinción de la personalidad jurídica del licitador por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, le sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que cumpla las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la clasificación y/o la solvencia en las condiciones exigidas en este Pliego para participar en el procedimiento de adjudicación. 7. SOLVENCIA. CLASIFICACIÓN La solvencia económica y financiera y la técnica o profesional, y/o la clasificación exigible en este procedimiento de contratación, se regula en el apartado 14.4.1 de estos Pliegos, especificándose en el Cuadro Anexo, en el que, además, se indica la documentación requerida para acreditar las mismas. La FTPM365 puede pedir a los licitadores las aclaraciones sobre los certificados y los documentos presentados que estime pertinentes, o requerirles para que presenten otros complementarios.

8. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO El presupuesto de licitación es el que figura en el Cuadro Anexo, en el que se indica como partida independiente el importe del IVA. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente, el IVA. En el precio del contrato se consideraran incluidos todos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, la redacción del proyecto técnico, así como todos los gastos que se originen para la

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persona adjudicataria como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en este documento. En el supuesto de precio a un tanto alzado sin precios unitarios, el Cuadro Anexo indica el presupuesto máximo de licitación. En el supuesto de precio referido a unidades de ejecución o de tiempo y importe total indeterminado, el Cuadro Anexo indica los precios máximos unitarios de licitación, así como el presupuesto de gasto máximo o indicativo que se prevé para el contrato. El gasto efectivo estará condicionado por las necesidades reales de la FTPM365 que, por tanto, no resta obligada a llevar a cabo una determinada cuantía de unidades, ni a gastar la totalidad del importe indicado. Además, como que se trata de un importe meramente indicativo, las necesidades reales podán determinar un incremento. En el supuesto que se utilice otro sistema de determinación del precio del contrato, se debe indicar dicho sistema en el Cuadro Anexo, así como el presupuesto de gasto máximo que se prevé para el contrato. En el spuesto de licitación por lotes, el Cuadro Anexo desglosa el presupuesto máximo de licitación para cada uno de los lotes e indica el presupuesto de gasto máximo de la totalidad de los lotes. Las anualidades en que se distribuye el gasto, así como la financiación del contrato consta en el Cuadro Anexo. El órgano de contratación tiene la facultad de reajustar las anualidades cuando las exigencias de ejecución presupuestaria lo hagan recomendable.

8.1. Otros gastos

Asimismo, la FTPM365-Ajuntament de Palma y la Autoridad Portuaria de Baleares, en el ámbito de sus competencias, agilizarán y facilitarán al adjudicatario la obtención de los permisos y autorizaciones necesarias para la implementación del proyecto, en los términos recogidos en la declaración de intenciones de colaboración suscrito entre ambas entidades para llevar a cabo este proyecto, además de una serie de servicios necesarios para el correcto funcionamiento de la red, regulados en el apartado 5.9 de este documento.

8.2. Pago del precio

El adjudicatario tiene derecho al abono del precio convenido, de acuerdo con las condiciones establecidas en el contrato, correspondiente al proyecto técnico realizado y formalmente recibido por la FTPM365. El pago del precio se podrá realizar de manera total o parcial, mediante abonos a cuenta o, en el caso de contratos de trato sucesivo, mediante el pago en cada uno de los vencimientos que se hayan estipulado. El pago del precio se hará contra factura, expedida de acuerdo con la normativa vigente, siempre que cuente con el informe favorable o la conformidad del órgano de contratación o el responsable de la FTPM365 que reciba o supervise el servicio. Dicha conformidad, se debe de llevar a cabo dentro de los treinta días siguientes a su recepción en el registro. Asimismo, la FTPM365 tiene la obligación de abonar el precio dentro del plazo de treinta días a contar desde la fecha de su conformidad. En caso de demora por la FTPM365 en el pago del precio, esta deberá de abonar al contratista, a partir del cumplimiento de este plazo de treinta días, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los plazos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

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El contratista podrá ceder a un tercero, por cualquiera de los medios establecidos legalmente, su derecho a cobrar el precio del contrato, pero para que esta cesión tenga efectos, y la FTPM365 expedida el mandato de pago a favor del cesionario, debe de notificarse fehacientemente al poder adjudicador el acuerdo de cesión.

9. EXISTENCIA DE CRÉDITO Existe el crédito preciso para atender las obligaciones económicas que se deriven para la FTPM365 del contrato a que se refiere el presente documento. En el supuesto de que el presupuesto se financie con Fondos Europeos, consta en el Cuadro Anexo el tipo de fondos y el porcentaje de cofinanciación. 10. REVISIÓN DE PRECIOS La necesidad o no de la revisión de precios, el sistema de fórmula de revisión de precios aplicable a esta contratación, así como el sistema de aplicación, en su caso, se indican en el Cuadro Anexo. El sistema o fórmula indicados también se aplicarán en el caso de prórroga del contrato. Los licitadores podrán proponer otro sistema más ventajoso para el FTPM365. La revisión de precios tendrá lugar, en su caso, cuando haya transcurrido un año desde la formalización del contrato. 11. DURACIÓN DEL CONTRATO Y PLAZO DE EJECUCIÓN La duración y el plazo de ejecución del contrato, así como los plazos parciales que, en su caso, se establecen, están fijados en el Cuadro Anexo, o la oferta presentada por el adjudicatario, si son más favorables, y empezarán a contar a partir de la fecha que se establezcan a este efecto en el contrato. Asimismo, el contrato se podrá prorrogar por acuerdo mutuo de las partes, si así lo indica el Cuadro Anexo. En este caso, la prórroga deberá ser solicitada por cualquiera de las partes con una antelación no inferior a 30 días naturales a la fecha de vencimiento del contrato. La duración del contrato, excepto en el supuesto de la prórroga, será improrrogable, salvo que la FTPM365 no haya adjudicado uno nuevo por el mismo objeto. En este caso el servicio contratado se continuará llevando a cabo hasta que se produzca la nueva licitación, a fin de no perjudicar el funcionamiento de las prestaciones contratadas. 12. PUBLICIDAD DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a este procedimiento de contratación, sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad la FTPM365 publicará un anuncio informativo en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB) y en su perfil de contratante de la web del Ayuntamiento de Palma.

En el perfil del contratante se publicarán también las bases y la documentación complementaria correspondiente, la apertura de sobres, la adjudicación, así como cualquier otro dato e información referente al procedimiento de contratación. Asimismo, si la FTPM365 detecta cualquier error, imprecisión, omisión o defecto administrativo o de cualquier otro tipo en el texto de la convocatoria, antes o después de finalizar el plazo de presentación de propuestas, informará a los interesados a través del perfil del contratante de la FTPM365. El acceso al perfil del contratante se realiza a través de la web del Ayuntamiento de Palma www.palmademallorca.es o a través de la web turística de Palma de Mallorca www.palmavirtual.es

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13. INFORMACIÓN Y CONSULTAS Las solicitudes de aclaraciones relativas a determinados aspectos de este concurso podrán dirigirse, hasta el día que finalice el plazo para presentar propuestas, por correo electrónico a [email protected] 14. SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN Las solicitudes de participación y, en su caso, la documentación complementaria se presentarán en la forma, lugar y plazo establecidos en los siguientes apartados. Cada licitador sólo podrá presentar una proposición, por lo que no podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si ya lo ha hecho individualmente. La infracción de esto hará que no se admitan las proposiciones que haya suscrito. Los interesados pueden examinar los pliegos en el lugar o lugares señalados en el anuncio de licitación.

14.1. Lugar de presentación Los interesados deberán presentar sus propuestas en las oficinas de la FTPM365, de lunes a viernes y de 9 a 14 horas, durante el plazo establecido: Fundación Turismo Palma de Mallorca 365 Carrer de la Victoria, 2, principal 07001 Palma de Mallorca Islas Baleares España Si el último día de presentación es sábado, festivo o inhábil se entenderá prorrogado al siguiente día hábil, sin perjuicio de la posibilidad de presentar las ofertas por correo o por mensajería. En este último caso el interesado deberá enviar a la FTPM365, a través de un medio que deje constancia, preferiblemente correo electrónico ([email protected]) o fax (+34 971 225 993), el justificante del envío de la documentación antes de que finalice el plazo de presentación. Sin embargo, si una vez transcurridos 10 días naturales desde que se envíe el justificante de envío de la documentación por correo no se ha recibido la propuesta en las dependencias de la FTPM365, ésta no será admitida. Las propuestas remitidas por correo o por mensajería deberán enviarse libres de costes, en el sentido de que ni la FTPM365 ni el Ayuntamiento de Palma asumirán ningún tipo de costes de trámites en concepto de aduanas, mensajería o similares, ni aceptarán, por tanto, envíos que lleguen en estas condiciones. 14.2. Plazo de presentación Las solicitudes, junto con la documentación preceptiva, debe presentarse dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación publicado en los correspondientes boletines, así como en el perfil del contratante. Si el interesado no presenta la documentación en el plazo establecido será motivo de exclusión del concurso. 14.3. Forma de presentación

Las proposiciones serán secretas hasta el momento de la licitación pública, esto supone que la documentación requerida deberá presentarse en dos sobres cerrados, señalados con las letras A y B, dentro de los cuales se

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incluirá única y exclusivamente los documentos establecidos para cada uno de ellos en el apartado 13.4 . En cada sobre se deberá indicar el título de la licitación, el nombre de la entidad licitadora o razón social, NIF (o equivalente), los números de teléfono y fax, dirección de correo electrónico y la firma del licitador o persona que lo represente. Si se trata de una unión temporal de empresas, se indicarán los datos de cada uno de los empresarios, y los sobres deben firmarse por los representantes de cada una de las empresas integrantes de la unión. Todos los licitadores deberán presentar la documentación traducida de forma oficial a alguno de los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, catalán o castellano.

Una vez presentada la propuesta ésta no se podrá retirar, completar o modificar bajo ningún pretexto.

Las proposiciones se ajustarán a lo mencionado anteriormente y presentarlas supone que el licitador acepta de forma incondicionada el contenido de todas estas cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva. Si no se cumplen estos requisitos no se admitirá la proposición. Los licitadores deberán presentar, si lo consideran necesario, una declaración designando qué documentos y datos presentados en cada uno de los sobres son, según su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 140 del RDL 3/2011. Los documentos y datos presentados pueden ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceros pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos, perjudicar la leal competencia entre las empresas del sector o bien estén comprendidas en las prohibiciones establecidas en la Ley de protección de datos de carácter personal. De no aportarse esta declaración se considerará que ningún documento o dato posee ese carácter. La documentación de las proposiciones contenida en cada uno de los sobres también debe aportarse obligatoriamente en formato digital (CD, DVD, USB, etc.), la cual se incluirá por separado en cada uno de ellos o de forma conjunta en el sobre B.

14.4. Contenido de las solicitudes

14.4.1. Sobre A. Documentación general A efectos de la licitación, y con el objetivo de facilitar los trámites a los interesados, los documentos incluidos en este sobre serán fotocopia del original, a la que se debe acompañar declaración del representante legal del empresario que declare la autenticidad de la documentación presentada, y su correspondencia con la documentación original. A efectos de la adjudicación, la entidad seleccionada deberá presentar en el plazo que se le otorgue, los correspondientes originales o copias auténticas, así como otros documentos que sean necesarios para llevar a cabo la adjudicación. Para contratos de servicios inferior a 90.000 €, se exime al licitador de aportar la documentación relativa a los puntos 2, 3 y 4 de este sobre, correspondientes a la personalidad y capacidad del licitador, la representación y la clasificación y solvencia, sin perjuicio de la obligación de presentarla antes de la adjudicación, y en cualquier caso, cuando así lo requiera el FTPM365. 1. Índice Relación de todos los documentos incluidos en este sobre. 2. Personalidad y capacidad del licitador

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Cuando se trate de una persona física debe presentar copia del NIF o del documento que lo sustituya reglamentariamente. Si se trata de una persona jurídica española, debe presentar copia del NIF y de la escritura de constitución y de modificación, en su caso, debidamente adaptada a la Ley e inscrita o con asiento de presentación en el Registro Mercantil, cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no es exigible, deberá presentar copia de la escritura o documento de constitución, de modificación, de los estatutos o el acta fundacional en el que consten las normas que regulan su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro público. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea deben acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en el RDL 3/2011. Además, deben acreditar que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del contrato, de acuerdo con la legislación del Estado en el que se encuentren establecidas, cuando dicho Estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización. El resto de empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o la Oficina Consular en cuyo ámbito radique el domicilio la empresa. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española relativo a que el Estado de procedencia admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con las entidades y administraciones públicas, en forma sustancialmente análoga . En las uniones temporales de empresarios, cada uno de ellos tiene que acreditar su personalidad y capacidad. En cualquier caso las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas en los fines, el objeto o el ámbito de actividad que, de acuerdo con sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propias.

3. Representación

Las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro deben presentar poder de representación, que acredite que quien firma la proposición tiene poder bastante para comparecer ante la FTPM365 y contratar en nombre y representación de la persona o entidad de que se trate, y copia de su NIF o documento que lo sustituya reglamentariamente. Si el licitador es una persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si es un poder especial para un acto concreto no es necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil. En el caso de unión temporal de empresarios, debe designarse un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y para cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo. Si representa a una asociación deberá aportar la inscripción administrativa de la constitución, la inscripción administrativa del nombramiento de quien firma como presidente de la asociación y un certificado del acuerdo de la asociación de presentarse a la contratación. 4. Clasificación y solvencia

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Cuando sea exigible la clasificación administrativa de acuerdo con la ley, esta circunstancia deberá constar en el Cuadro Anexo, debiendo presentar el licitador el certificado de clasificación administrativa exigido, emitido por la Junta Consultiva de Contratación, acompañado de una declaración sobre su vigencia y de las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la misma, conforme el Anexo II. Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportar el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo que a tal efecto se le conceda para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación. La clasificación del licitador acredita su solvencia para la celebración de contratos del mismo tipo que aquellos para los que la haya obtenido en los que no se exija estar en posesión de la misma. Las uniones temporales de empresarios deben acreditar que todas las empresas que integran la unión han obtenido clasificación como empresa contratista de servicios, salvo aquellos no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, los cuales no necesitan disponer de la clasificación exigida, sin perjuicio de su obligación de acreditar su solvencia económica y financiera y la técnica o profesional establecidas. En el caso de las uniones temporales de empresarios se acumulan las clasificaciones individuales de sus miembros, al efecto de poder acreditar la clasificación global exigida en el procedimiento de contratación. En los casos en que se exija una clasificación en un grupo correspondiente a la ejecución de una parte de la prestación objeto del contrato que deba ser realizada por empresas especializadas que cuenten con una determinada habilitación o autorización profesional, la clasificación en este grupo puede suplirse por el compromiso del empresario de subcontratar la ejecución de esta parte con otros empresarios que dispongan de la habilitación y, en su caso, la clasificación necesaria, siempre que el importe de esta parte a ejecutar no exceda del 50 por ciento del importe del contrato. Si no se exige clasificación, los licitadores deben aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional que se indica en el Cuadro Anexo. En este caso, las empresas que liciten en unión temporal deben acreditar individualmente los requisitos de solvencia económica y financiera y de técnica o profesional. Las características acreditadas por cada una se acumularán al efecto de determinar la solvencia de la unión. Cuando no sea exigible la clasificación, para acreditar la solvencia necesaria el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de estos medios, debiendo aportar certificado emitido por el órgano de dirección de la empresa que preste la citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en el que contenga además aceptación expresa de los efectos señalados en el artículo 1257 del Código Civil por la empresa que preste su solvencia. En caso de que el citado certificado sea aceptado, la FTPM365 podrá exigir el cumplimiento por la empresa prestataria de su solvencia de aquello a lo que se comprometió con la entidad contratista.

5. Declaración expresa responsable de cumplir las condiciones establecidas legalmente para

contratar con administraciones y entidades públicas y no estar sometido a las prohibiciones para contratar con éstas.

Mediante este documento el licitador declara que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con administraciones y entidades públicas y que no está afectado por ninguna de las

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prohibiciones e incompatibilidades para contratar con estas, que está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y que no tiene deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Palma, de acuerdo con los artículos 60 y 73 del RDL 3/2011 (véase el ejemplo o modelo de esta declaración responsable en el Anexo I). 6. Garantia provisional

Esta documentación sólo se aportará si así se indica en el Cuadro Anexo y, en su caso, por la cuantía que en este mismo se establezca, junto con las razones por las que se estima procedente su exigencia. Cuando se exija la garantía provisional, ésta puede prestarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del RDL 3/2011 y constituirse de acuerdo con las normas establecidas en el artículo 103 de este mismo precepto, de lo cual se debe presentar una copia. Los licitadores que tuvieran constituida una garantía global conforme a lo establecido en el artículo 98 del RDL 3/2011, deben aportar certificación expedida por la caja de depósitos comprensiva de la existencia de la garantía global y de la suficiencia de la misma. En el caso de las uniones temporales de empresarios, la garantía provisional puede constituirse por una o varias de las empresas que concurren agrupadas, siempre que en conjunto llegue a la cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión. La garantía provisional responde del mantenimiento de las ofertas de los licitadores hasta la adjudicación del contrato, momento en el que será devuelta. En todo caso, la garantía será retenida al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva. Si algún licitador retira su proposición injustificadamente antes de la adjudicación, su oferta es considerada desproporcionada o anormal, no contesta a las solicitudes de información, reconoce que su proposición contiene errores o es inconsistente y, por tanto, inviable, se procederá a la incautación de la garantía provisional. 7. Compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o

materiales suficientes para llevarlo a cabo

Los licitadores deben presentar un compromiso formal que si resulta adjudicatario dedicará o adscribirá a la ejecución del contrato los medios personales y/o materiales suficientes para ejecutarlo. Se considera obligación esencial y su incumplimiento será causa de resolución del contrato (ver ejemplo o modelo de este documento en el Anexo III).

8. Seguro de responsabilidad civil.

Compromiso formal que si resulta adjudicatario aportará un documento que acredite la cobertura de responsabilidad civil por el importe señalado en el cuadro anexo (ver ejemplo o modelo de este documento en el Anexo IV). 9. Declaración responsable de cumplir las medidas de prevención de riesgos laborales

Mediante este documento el licitador declara que cumple en relación con sus trabajadores las medidas de prevención de riesgos laborales establecidas en la normativa vigente, incluidas las obligaciones en materia de formación y vigilancia de la salud, protección y emergencia. A este efecto la declaración deberá de expresar el compromiso por parte del licitador de aportar la documentación necesaria y suficiente que lo justifique antes de firmar el contrato, en caso de ser seleccionada, y deberá constar que

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conoce y acepta que la adjudicación quedará sin efecto si no aporta esta documentación o, aunque la haya presentado, no cumple íntegramente la normativa citada. Para justificar este requisito se puede utilizar el modelo del Anexo V del procedimiento para la coordinación de actividades empresariales. 10. Subcontratación

En caso de que se prevea la posibilidad de subcontratación en el Cuadro Anexo, los licitadores deben indicar la parte del contrato que tienen previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica de las personas subcontratistas a las que se encomendará su realización (ver ejemplo o modelo de este documento en el Anexo VI). Asimismo, si así se establece en el Cuadro Anexo, puede imponerse al adjudicatario la subcontratación con terceros no vinculados a éste, de determinadas partes de la prestación que no excedan en su conjunto del 50 por ciento del presupuesto global del contrato. 11. Uniones temporales de empresarios

Los empresarios que concurren a la licitación agrupados en uniones temporales deben presentar una declaración de compromiso de constitución en unión temporal, indicando los nombres y circunstancias de los que la suscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato y designando a la persona o personas que durante la vigencia del contrato deben ostentar la plena representación de todos ante la FTPM365 (ver ejemplo o modelo de este documento en el Anexo VII). 12. Declaración de confidencialidad

Los licitadores pueden presentar una declaración, designando qué documentos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales (ver ejemplo o modelo de este documento en el Anexo VIII). 13. Empresas extranjeras Las empresas extranjeras deben aportar una declaración expresa de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de manera directa o indirecta pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que les pueda corresponder (ver ejemplo o modelo de este documento en el Anexo IX). Por otra parte, las empresas extranjeras no comunitarias deben acreditar, además, que tienen abierta una sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que están inscritas en el Registro Mercantil.

14. Dirección de correo electrónico De acuerdo con el art. 28 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, el licitador puede admitir que las notificaciones se le practiquen por correo electrónico, para ello deberá incluir una dirección de correo electrónico a este efecto (ver ejemplo o modelo de este documento en el Anexo X). 15. Empresas vinculadas Los licitadores deben presentar declaración, bien de que no pertenecen a ningún grupo de empresas o bien de que se encuentran en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de

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Comercio y pertenecen a un grupo de empresas, con indicación de la relación de las empresas de este grupo y de las que presenten proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación (ver ejemplo o modelo de este documento en el Anexo XI).

16. Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de calidad y de gestión

medioambiental En los casos en que así se señale en el Cuadro Anexo, los licitadores deben presentar los certificados a los que se refieren los artículos 80 y 81 del RDL 3/2011, relativos al cumplimiento por el empresario de las normas de garantía de la calidad, así como de las normas de gestión medioambiental. En cualquier caso, los licitadores podrán aportar un documento que justifique el grado de compromiso medioambiental de la entidad, a efectos de lo establecido para los supuestos de empate en la clasificación de las ofertas. 17. Personas trabajadoras con discapacidad De acuerdo con la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de minusválidos, los licitadores que tengan un número de 50 trabajadores o más en su plantilla deben contar con un 2% de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas previstas en el RD 364/2005, de 8 de abril, que regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad. A este efecto y de acuerdo con la disposición adicional cuarta del RDL 3/2011, los licitadores deben aportar un certificado de la empresa en el que conste tanto el número global de trabajadores de plantilla como el particular de trabajadores con discapacidad que forman parte o, si se ha optado por cumplir las medidas alternativas legalmente previstas, una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las medidas concretas aplicadas a este efecto. Asimismo, los licitadores que tengan en la plantilla menos de 50 trabajadores deben aportar un certificado de la empresa donde conste el número global de trabajadores Estas certificaciones se pueden acreditar conforme al ejemplo o modelo de este documento en el Anexo XII. 18. Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres Los licitadores que tengan más de doscientas cincuenta personas trabajadoras deben acreditar la elaboración y aplicación efectiva del Plan de igualdad previsto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. En este Plan se fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. A tal efecto, los licitadores deben aportar este Plan, así como los acuerdos adoptados en relación al mismo. Asimismo, a efectos de lo establecido para los supuestos de empate de la clasificación de ofertas, los licitadores pueden presentar declaración acreditativa de tener el distintivo "Igualdad en la Empresa" o desarrollar otras medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades, siempre que las medidas de igualdad aplicadas permanezcan en el tiempo y mantengan la efectividad (ver ejemplo o modelo de este documento en el Anexo XIII).

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19. Empresas de inserción Los licitadores pueden aportar, en su caso, un documento que acredite que se trata de una empresa de inserción de las reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, a efectos de lo establecido para los supuestos de empate en la clasificación de las ofertas. Legalización de documentos extranjeros Los documentos expedidos en el extranjero que quieran hacerse valer en este procedimiento, además de ser traducidos de forma oficial a alguno de los idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, catalán o castellano, deberán estar debidamente legalizados. No se exige ningún tipo de legalización para los documentos expedidos en Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. En los demás casos, deberán estar debidamente legalizados de acuerdo con las siguientes condiciones: 1. Documentos expedidos en países que han suscrito el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961: deberán aportar la Apostilla de la Haya extendida por las autoridades competentes del país. Además de los países del Espacio Económico Europeo, son los siguientes: Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Armenia, Australia, Azerbaiyán, Bahamas, Barbados, Belice, Bielorrusia, Bosnia y Herzegovina, Botswana, Brunei-Darussalam, Bulgaria, Colombia, Croacia, Dominica, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos de América , Federación de Rusia, Fidji, Granada, Honduras, Hong Kong, Islas Marshall, Israel, Japón, Kazajstán, Lesotho, Liberia, Macao, Mónaco, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Malawi, Malta, Isla Mauricio, Islas Cook, México, Namibia , Nueva Zelanda, Isla Niue, Panamá, Puerto Rico, República Checa, San Vicente y Las Granadinas, Samoa Occidental, San Cristóbal y Nieves, San Marino, Santa Lucía, Seychelles, Suiza, Sudáfrica, Surinam, Swazilandia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania, Venezuela, Serbia y Montenegro. Extensiones: Países Bajos (Antillas Holandesas, Aruba), Reino Unido (Anguila, Jersey, Bailiazgo de Guernsey, Isla de Man, Bermuda, Territorio Antártico Británico, Islas Caimán, Islas Malvinas, Gibraltar, Montserrat, Santa Elena Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes). 2. Documentos expedidos en países que han suscrito el Convenio Andrés Bello: (art. 2.6 de la Resolución 006/98, aprobada por la XIX Reunión de Ministros de Educación del Convenio Andrés Bello): deberán ser legalizados por vía diplomática. Países acogidos: Bolivia, Colombia, Cuba, Chile, Ecuador, España, Panamá, Paraguay, Perú y Venezuela. 3. Los documentos expedidos en el resto de los países deberán legalizarse por vía diplomática. Los documentos expedidos por autoridades diplomáticas o consulares de otros países en España deben legalizarse en el Ministerio Español de Asuntos Exteriores. 14.4.2. Sobre B. Documentación relativa a los criterios de adjudicación valorados mediante un

juicio de valor (propuesta técnica) El licitador debe presentar la documentación relativa a los criterios de adjudicación no evaluables automáticamente indicados en el Cuadro Anexo, acompañada, en su caso, de la declaración de confidencialidad (ver ejemplo o modelo de este documento en el Anexo VIII) y del soporte digital.

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Si el licitador no aporta la documentación relativa a alguno de estos criterios de adjudicación o ésta no cumple todos los requisitos exigidos su propuesta no se valorará respecto del criterio de que se trate.

En el caso de que se permita la presentación de mejoras, en relación con la documentación contenida en este sobre, en el Cuadro Anexo se establecerá sobre qué elementos y en qué condiciones queda autorizada la presentación de estas mejoras y si pueden tener o no repercusión económica. Estas mejoras, en el supuesto de ser aceptadas por el FTPM365, formarán parte del contrato y se recogerán expresamente en el mismo.

14.4.3. Sobre C. Documentación relativa a los criterios de adjudicación valorados mediante la

aplicación de fórmulas El licitador ha de presentar su oferta económica según el modelo del Anexo XXX de este documento. Así mismo, ha de incluir, en su caso, la declaración de confidencialidad (ver ejemplo o modelo de este documento en el Anexo) y del soporte digital. La oferta econóica debe ir firmada por quien tenga poder suficiente para hacerlo, y expresar en nombre y letras el importe de licitación, IVA excluido, y, a continuación, como partida independiente, el importe del IVA que se debe repercutir. También debe indicarse el tipo impositivo de IVA aplicable en la prestación y el importe total de la oferta. En la propuesta se entienden incluidos todos los efectos de los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se origien por el adudicatario, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en este documento. En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, prevalece esta última. No se aceptarán aquellas propuestas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la FTPM365 estime fundamental para la oferta. En el caso de que se permita la presentación de mejoras, en relación con la documentación contenida en este sobre, en el Cuadro Anexo se debe establecer sobre qué elementos en en qué condiciones queda autorizada la presentación de estas mejoras y si pueden tener o no repercusión económica.

Estas mejoras, en el supuesto de ser aceptadas por la FTPM365, formarán parte del contrato y se recogerán expresamente en el mismo.

15. CRITERIOS DE EXCLUSIÓN La existencia de defectos u omisiones en la documentación o su presentación con defectos si no se subsanan en el plazo que conceda la FTPM365 será, asimismo, causa de exclusión de la licitación. También se excluirá del presente procedimiento los licitadores que se encuentren en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del RDL 3/2011, los que ofrezcan una oferta económica que no se ajuste a los límites establecidos en la licitación, así como aquellos que incluyan documentación relativa a los criterios de adjudicación valorados mediante la aplicación de fórmulas en otro sobre que no sea el establecido a tal efecto. Por otra parte, no se adjudicará el contrato a los licitadores que durante el procedimiento de adjudicación: a) Incurran en conflicto de intereses.

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b) Hayan cometido falsedad al facilitar la información exigida por la FTPM365 para poder participar en el procedimiento o no hayan facilitado dicha información.

Todo intento de un licitador de obtener información confidencial, firmar acuerdos ilícitos con los competidores o influir en la FTPM365 o en el jurado, durante el proceso de apertura, aclaración, evaluación y comparación de ofertas implicará el rechazo automático de su oferta y podrá dar lugar a la imposición de sanciones administrativas. Asimismo, quedarán excluidas, si así se indica en el Cuadro Anexo, las propuestas que no superen la puntuación mínima establecida en los criterios de adjudicación no evaluables automáticamente. 16. SELECCIÓN DE LA PERSONA CONTRATISTA Y ADJUDICACIÓN

16.1. Recepción de la documentación. Finalizado el plazo de recepciones de proposiciones, el responsable del Registro General de la FTPM365 ha de expedir una certificación donde se relacionen las proposiciones recibidas, las presentadas por correo con los requisitos de la cláusula 14 pero aún no recibidas o, si es el caso, sobre la ausencia de licitadores, que, junto con los sobres, remitirá a la Mesa de contratación designada por el órgano de contratación, la composición del cual se publicará en el perfil del contratante antes de la celebración de la reunión de la Mesa para la apertura del sobre A. 16.2. Mesa de contratación La Mesa de contratación estará constituida por un Presidente, un mínimo de tres vocales (entre los que debe figurar necesariamente una persona que tenga atribuida las funciones de asesoramiento jurídico y una que tenga atribuida el control económico-presupuestario), y un Secretario. La Mesa será convocada por su Presidente. El quórum para la constitución válida, las deliberaciones y la emisión de la propuesta de resolución del procedimiento de contratación requerirá la presencia de como mínimo el Presidente y el Secretario o personas en quienes deleguen, y la mitad de los vocales. No puede formar parte de la Mesa de contratación o de la Comisión Técnica, quienes se encuentren en alguna de las situaciones siguientes: a. Guarde una estrecha relación profesional actual con alguno de los licitadores. b. Tenga con cualquiera de los licitadores o los administradores de estas entidades licitadoras relaciones

personales o vínculos familiares hasta el tercer grado.

En el acto de constitución de la Mesa y, en su caso, de la Comisión Técnica, o desde la incoporación como miembros de estos si no están presentes en la sesión constitutiva, sus miembros deberán de declarar si existe alguna de las incompatibilidades previstas con carácter general en el RDL 3/2011 o en las específicas establecidas en este documento con alguno de los licitadores. Si hay alguna incompatibilidad el miembro afectado por ésta lo deberá comunicar inmediatamente y delegar su figura en otra persona que tenga atribuidas funciones similares a las suyas. 16.3. Comisión Técnica

En su caso, podrá ser designada una Comisión Técnica de apoyo a la Mesa de contratación encargada de elaborar sus correspondientes informes técnicos en relación con la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorados mediante un juicio de valor. Esta Comisión debe contar con un mínimo de tres miembros, todos ellos expertos no integrados en la FTPM365 y con cualificación apropiada de acuerdo con el objeto del contrato.

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La valoración de los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor corresponderá, en todo caso a la Comisión Técnica, cuando este criterio tenga una mayor ponderación que la atribuida a los evaluables mediante la aplicación de fórmulas.

16.4. Apertura y calificación de la documentación general Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación, en acto interno, analizará la documentación general contenida en los sobres A presentados por los licitadores. Si observa defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo notificará al licitador correspondiente, dejando constancia de ello en el expediente, y se le concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que los subsane. Esta notificación se podrá realizar por teléfono, fax o correo electrónico. La falta de subsanación en el plazo señalado de los defectos u omisiones advertidos dará lugar a la exclusión. Si la documentación de un licitador contiene defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitida a la licitación. Asimismo, la Mesa de contratación podrá recabar de los licitadores las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios en el plazo máximo de tres días hábiles y siempre antes de la declaración de admisión de las proposiciones. Posteriormente la Mesa de contratación se reunirá para adoptar el oportuno acuerdo sobre la admisión definitiva de los licitadores, del cual se dará cuenta en el perfil del contratante.

16.5. Apertura y valoración de los criterios de adjudicación que dependan de un juicio de valor

La Mesa de contratación, una vez adoptado el acuerso sobre la admisión definitiva de los licitadores, realizará en acto público la apertura de los sobres B, correspondientes a la documentación de las proposiciones relativas a los criterios de adjudicación que dependen de un juicio de valor, en el lugar, día y hora señalados en el perfil del contratante. Seguidamente se analizará que esta documentación no contiene ningún defecto u oimisión que suponga causa de exclusión de alguno de los licitadores y se dará por finalizado el acto público. Posteriormente la Mesa remitirá a la Comisión Técnica, en el caso de que hubiera sido designada, la documentación de estos sobres, a fin de que ésta la valore y emita el correspondiente informe tècnico. Este informe tècnico, junto con la documentación, se elevará a la Mesa con anterioridad al acto de apertura del sobre C, correspondiendo a la Mesa la evaluación de las distintas propuestas, así como su clasificación. El resultado de la valoración deberá ser argumentado y justificado en el correspondiente informe de valoración que se incorporará al expediente. La evaluación de las distintas proposiciones se llevará a cabo de conformidad con los criterios de adjudicación establecidos en el Cuadro Anexo, en el que también se expresará, en su caso, el umbral mínimo de puntuación exigido a los licitadores para continuar en el proceso de selección. Asimismo, la Mesa de contratación podrá recabar de los licitadores las aclaraciones que estimen oportunas sobre la documentación presentada, así como requerir de complementaria para su mejor entendimiento. Dicha documentación se debe de presentar en el plazo indicado en el correspondiente requerimiento y en ningún caso puede suponer una modificación de la oferta.

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16.6. Apertura y valoración de los criterios de adjudicación que dependan de la aplicación de fórmulas

Evaluados los criterios de adjudicación que dependan de un juicio de valor, la Mesa de contratación realizará en acto público la apertura de los sobres C de los licitadores que continuen en el procedimiento, correspondientes a la documentación de las proposiciones relativas a los criterios de adjudicación que dependan de la aplicación de fórmulas, en el lugar, día y hora señalados en el perfil del contratante. Una vez analizado que dicha documentación no contiene ningún defecto u omisión que suponga causa de exclusión de alguno de los licitadores, se dará lectura de las ofertas econóicas y, en su caso, de la relación de los documentos aportados respecto del resto de criterios de adjudicación que dependan de la aplicación de fórmulas, dándose por finalizado el acto público. La Mesa, después de valorar las propuestas de conformidad con los criterios de adjudicación establecidos en el Cuadro Anexo, y de solicitar, en su caso, los informes y aclaraciones que consideren oportunos en el plazo que establezca a tal efecto, procederá a la clasificación de las proposiciones y a formular la correspondiente propuesta de adjudicación. En el Cuadro Anexo se incluyen los parámetros objetivos en función de los cuales se puede apreciar, en su caso, que las proposiciones no pueden ser cumplidas como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados. En tal caso se deberá dar audiencia al licitador para que justifique la valoración de su oferta y solicitar el asesoramiento técnico del servicio correspondiente. Si después de su justificación se estima que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de estos valores anormales o desproporcionados, se le excluirá del procedimiento.

17. ADJUDICACIÓN Y DEVOLUCIÓN DE LOS TRABAJOS

17.1. Clasificación de las proposiciones y propuesta de adjudicación Obtenida la puntuación respecto de los criterios de adjudicación de todas las ofertas aceptadas y no declaradas desproporcionadas o anormales, se sumará la puntuación total de cada una de ellas, clasificándolas por orden decreciente El órgano de contratación podrá declarar desierta la licitación, a propuesta de la Mesa de contratación, cuando no haya ninguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en este Pliego o no hayan alcanzado un cierto nivel de calidad. En el caso de que dos o más proposiciones obtengan una misma puntuación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya presentado la siguiente documentación acreditativa, de conformidad con lo establecido en el punto 13.4.1 de este Pliego: a. Personas trabajadoras con discapacidad. Tendrá preferencia el licitador que disponga de un mayor

porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. b. Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres. Tendrá preferencia el licitador que disponga del

distintivo "Igualdad en la Empresa" o desarrolle otras medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

c. Empresas de inserción. Tendrá preferencia la entidad licitadora reconocida como de inserción, de acuerdo con lo establecido en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.

d. Compromiso medioambiental. Tendrá preferencia el licitador que presente un adecuado compromiso medioambiental.

Si aún así persiste la igualdad, la adjudicación recaerá en la oferta que en su conjunto se considere más beneficiosa para el interés público, teniendo en cuenta el orden de prelación de los criterios de adjudicación y

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la ponderación de su incidencia en la valoración de las ofertas empatadas. Y si a pesar de ello aún persiste la igualdad, el adjudicatario será seleccionado mediante un sorteo, que se llevará a cabo en un acto público. De acuerdo con el artículo 155 del RDL 3/2011, si el órgano de contratación renuncia a suscribir un contrato para el que haya efectuado su correspondiente convocatoria, o decide reiniciar el procedimiento para adjudicarlo, lo notificará a los candidatos o licitadores e informará también a la Comisión Europea de esta decisión cuando el contrato se haya anunciado en el Diario Oficial de la Unión Europea. Renunciar a suscribir el contrato o desistir del procedimiento sólo podrá acordarse por el órgano de contratación antes de la adjudicación, por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. En este caso no se podrá promover una nueva licitación con el mismo objeto mientras subsistan las razones alegadas para fomentar la renuncia. El desistimiento del procedimiento deberá fundamentarse en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. El desistimiento no impedirá que se inicie inmediatamente un nuevo procedimiento de licitación.

17.2. Documentación que debe presentar el licitador seleccionado para la adjudicación

El órgano de contratación requerirá al licitador que haya obtenido una mayor puntuación, o preferencia en el supuesto de empate, para que dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación que a continuación se detalla:

1. Originales o copias auténticas, en su caso, de la documentación presentada en el sobre A, conforme a lo

establecido en la cláusula 13 4.1, si no se le hubiera requerido con anterioridad. En los casos de contractos de servicios inferiores a 90.000 €, la entidad seleccionada deberá aportar

también, si no lo ha hecho con anterioridad, los originales o copias auténticas de los puntos 2, 3 y 4 de la documentación general, correspondientes la personalidad y capacidad del licitador, la representación y la clasificación y solvencia, los cuales se trasladarán a la Mesa de contratación para su análisis.

En este caso, si la Mesa observa defectos u omisiones subsanables, lo comunicará a ésta por teléfono, fax

o correo electrónico, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que los subsane. Si dentro de este plazo no procede a su subsanación, la entidad será excluida del procedimiento de adjudicación.

2. Certificación expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse al corriente en el

cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.

3. Certificación expedida por la Agencia Tributaria de las Islas Baleares de encontrarse al corriente en el

cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.

4. Certificación expedida por el Ayuntamiento de Palma justificativa de hallarse al corriente en el pago y de la

inexistencia de deudas de naturaleza tributarias en periodo ejecutivo. De acuerdo con el comunicado expedido por el Departamento Financiero del Ayuntamiento de Palma, de

1 de septiembre de 2011, el requisito de presentación del certificado de estar al corriente en el pago con el Ayuntamiento puede ser sustituido por una autorización expresa para la comprobación del mismo órgano de contratación.

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5. Certificación expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.

6. Justificante de estar dado de alta en el impuesto sobre actividades económicas en el epígrafe

correspondiente al objeto del contrato y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula de este impuesto.

En caso de estar exento de este impuesto presentará el documento de alta y una declaración justificativa

al respecto.

7. Constitución de la garantía definitiva por importe del 5% del precio de la adjudicación, IVA excluido, o del presupuesto de licitación, cuando la cuantía del contrato se determine en función de precios unitarios; o del precio máximo fijado, en el caso de los contratos con precios provisionales (Cuadro Anexo). Este porcentaje se calculará a partir de los importes con exclusión del IVA.

La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96.1 del RDL 3/2011.

Poniendo a disposición del licitador el Anexo XV para el caso en que ésta se constituya en efectivo o en valores de deuda pública, y el Anexo XVI para el caso en que se haya constituido mediante aval.

Asimismo, la garantía podrá constituirse en forma de retención en el precio, de acuerdo con el art. 96.2 del

RDL 3/2011. En este caso la retención se llevará a cabo en el primer abono o, en su caso, en el pago del importe total del contrato según lo establecido en el art. 61.5 del RD 1098/2001.

El adjudicatario también podrá aplicar, en los casos en que se haya exigido, el importe de la garantía

provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en este último caso, la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.

Cuando como consecuencia de una modificación del contrato su precio varíe deberá ajustar la garantía

para que guarde la debida proporción en el nuevo precio, en el plazo de quince días contados desde que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En caso contrario se incurrirá en causa de resolución contractual. A este efecto no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan debido a una revisión de este acuerdo con los arts. 89 y siguientes del RDL 3 / 2011.

8. Seguro de responsabilidad civil, aportando al efecto la póliza y el último recibo. 9. Acreditación del cumplimiento de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, para lo

cual el licitador debe:

a) Aportar la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva para la realización del objeto del contrato.

b) Suscribir una declaración expresa responsable del cumplimiento de las obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que tengan que desarrollar y ejecutar el objeto del contrato.

c) Suscribir una declaración expresa responsable de que los trabajadores tienen un estado de salud compatible con las tareas a realizar.

d) Informar sobre los riesgos específicos de las actividades que puedan afectar a los trabajadores de la FTPM365 y/o del Ayuntamiento de Palma, así como de otras empresas colaboradoras o de las que se sirva el adjudicatario para llevar a cabo el objeto del contrato.

e) Informar a la FTPM365 sobre los accidentes de trabajo que se produzcan como consecuencia de los riesgos de las actividades concurrentes.

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f) Comunicar cualquier situación de emergencia que pueda afectar la salud o la seguridad de los trabajadores que se encuentren en el centro o centros de trabajo de alguna de las tareas o trabajos objeto del contrato.

g) Suscribir una declaración expresa responsable, en su caso, de que se han establecido los medios de coordinación necesarios entre el adjudicatario y el subcontratista.

10. Si la adjudicación se otorga a una unión temporal de empresarios, estos deberán acreditar la constitución

en escritura pública, cuya duración será como mínimo la del plazo de garantía, el alta en el impuesto de actividades económicas y el NIF asignado a la agrupación, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas que la integran.

Se tendrá en cuenta no sólo la cantidad de entrevistas y reportajes sino la calidad de los medios a los que

vayan dirigidos en función de los diferentes niveles a los que pertenezcan, (siguiendo el mismo criterio que en el punto anterior).

11. Soporte digital. El licitador seleccionado deberá presentar en soporte digital y debidamente escaneada

toda la documentación correspondiente a los apartados anteriores.

Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por la autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Asimismo, deberá presentar certificación, también expedida por la autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda esta documentación ha tenido que ser expedida dentro de los 12 últimos meses. Asimismo, la FTPM365 podrá exigir al adjudicatario las variaciones del proyecto que hayan sido sugeridas por la Mesa de contratación o Comisión Técnica, en su caso, o las que puedan ser necesarias en función de las necesidades y los objetivos que, en el momento de la contratación, a juicio de la FTPM365, se requieran por razones técnicas, económicas o de otro tipo, si estas variaciones no alteran sustancialmente la propuesta ganadora. De no presentarse toda la documentación requerida en el plazo señalado y/o la no-aceptación por el adjudicatario de las variaciones establecidas por la FTPM365, se entiende que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a solicitar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, y así se procederá sucesivamente hasta que se presente correctamente la documentación exigida. Una vez recibida, por parte del licitador requerido, la documentación solicitada en tiempo y forma, el órgano de contratación le adjudicará el contrato mediante resolución, la cual deberá ser motivada y notificada directamente al adjudicatario y al resto de licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante. Esta notificación se realizará por correo electrónico a la dirección que los licitadores hayan designado al presentar sus proposiciones.

17.3. Devolución de los trabajos

En el plazo de un mes desde que se comunique la adjudicación los licitadores podrán retirar la documentación de las propuestas no ganadoras, salvo el soporte digital, que quedará en poder de la entidad convocante durante un tiempo indefinido. Una vez transcurrido este plazo la FTPM365 podrá destruir la documentación no retirada. La propuesta de adjudicación del órgano correspondiente no creará derecho alguno a favor del empresario propuesto, mientras no se haya formalizado el correspondiente contrato.

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18. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

El contrato se perfeccionará con su formalización. De acuerdo con el artículo 156 del RDL 3/2011, los contratos deben formalizarse en un documento, al que se unirá, formando parte del contrato, la oferta del adjudicatario y un ejemplar de este Pliego. El contrato constituye título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el adjudicatario podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública. En este caso, los gastos correspondientes serán a su cargo. No se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación. Así pues, en el supuesto de que el adjudicatario opte por formalizar el contrato en documento público notarial llevará a cabo las actividades necesarias para el otorgamiento de la escritura pública ante el notario que designe el Colegio Notarial de las Islas Baleares, y en cuyo caso irán a su cargo todos los gastos que suponga otorgar la escritura notarial. El adjudicatario deberá entregar a la FTPM365 una copia legitimada y una simple de la escritura en el plazo máximo de un mes desde que se haya formalizado. El artículo 156 del RDL 3/2011 establece que si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación no se puede formalizar antes de quince días hábiles contados desde que se tramite la notificación de la adjudicación a los licitadores. Una vez transcurrido este plazo sin que se haya interpuesto recurso que suponga la suspensión de la formalización del contrato o desde que se dictó resolución con levantamiento de la suspensión del acto de adjudicación, el órgano de contratación requerirá al adjudicatario que formalice el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde del día siguiente al que se haya recibido el requerimiento. De acuerdo con el artículo 156.4 del RDL 3/2011, cuando por causas imputables al adjudicatario no se haya formalizado el contrato en el plazo indicado, la FTPM365 podrá acordar confiscar sobre la garantía definitiva el importe de la garantía provisional que en este caso se haya exigido. Si las causas de la no-formalización fueren imputables a la FTPM365, se indemnizará al adjudicatario de los daños y los perjuicios que la demora le pueda ocasionar. No se podrá iniciar la ejecución del contrato sin formalizarlo previamente, salvo en los casos previstos en el art. 113 del RDL 3/2011. 19. DERECHOS DE PROPIEDAD Al finalizar el contrato la red instalada pasará a ser de titularidad pública. 20. OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL ADJUDICATARIO

20.1. Obligaciones del adjudicatario

a) El contrato se ejecutará con sujeción a sus cláusulas y a las estipulaciones contenidas en este Pliego, así como de acuerdo con las instrucciones que desde la FTPM365 se dé a la entidad adjudicataria.

b) El contratista está obligado a cumplir el plazo de ejecución previsto en la licitación, o al ofrecido por el

adjudicatario, si éste fuera más favorable. c) La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, respondiendo éste de la calidad

técnica de los trabajos que lleve a cabo y de las prestaciones y servicios realizados, así como de los vicios ocultos que pudieran apreciarse durante el período de garantía.

d) Es obligación del contratista indemnizar a terceros de todos los daños y perjuicios que les causen, por sí

o por el personal o los medios dependientes del mismo, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.

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e) El contratista será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se produzcan durante la ejecución del contrato, tanto en la FTPM365 como a terceros, incluidos el lucro cesante y daño emergente, por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que el trabajo haya incurrido. Por tanto, el adjudicatario deberá contar con las pólizas de seguro que sean necesarias para cubrir los riesgos dimanantes de su actividad, de la ejecución de los servicios o prestaciones de este contrato y la responsabilidad civil.

Estos seguros requerirán la conformidad de la FTPM365 respecto de la naturaleza de los riesgos objeto

de cobertura y las cuantías aseguradas, y se deberán contratar con compañías aseguradoras con solvencia reconocida. El adjudicatario facilitará a la FTPM365 una copia de las pólizas y una prueba fehaciente del pago de las primas para todo el periodo de duración del contrato.

f) El contratista deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de

seguridad e higiene en el trabajo, y deberá tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, del cual pondrá a disposición de la FTPM365 todos los documentos necesarios para su verificación. En este sentido, el contratista debe facilitar a la FTPM365, en cualquier momento en que ésta lo solicite, un certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social que está al corriente de las obligaciones sociales, los boletines TC1 y TC2 de su personal correspondiente, los contratos y los recibos de pago de los salarios de los trabajadores a su cargo y cualquier certificado y/o documento a los que en cualquier momento se refiera la legislación sobre Seguridad Social, responsabilidad de cualquier tipo de contratistas y responsabilidades y/o deudas de carácter social o laboral de sus subcontratistas o empresas proveedoras. Incumplir esta obligación facultará a la FTPM365 a resolver el contrato.

g) El personal que el contratista destine a la ejecución del contrato no tendrá vinculación laboral o de otro

tipo con la FTPM365, ni durante la vigencia del contrato ni cuando éste haya finalizado, y serán a cargo del adjudicatario todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que origine la resolución del contrato. Este personal quedará exclusivamente bajo el poder de dirección del contratista, sin perjuicio de las facultades que la normativa de contratación reconoce al órgano de contratación. De modo que el contratista será responsable de los accidentes que puedan sobrevenir a su personal y libera al FTPM365 de toda responsabilidad en este tema.

h) Si el adjudicatario subcontrata a terceros alguna de las obligaciones asumidas en el contrato los

subcontratistas deben estar debidamente habilitados y cualificados para prestar estas funciones, sin que en ningún caso la FTPM365 tenga ninguna responsabilidad por esta elección, por la falta de ejecución o por la ejecución negligente de las obligaciones asumidas por el contratista o los subcontratistas que haya seleccionado. Los contratos que se suscriban al efecto con terceros deberán obtener el consentimiento previo de la FTPM365 y respetar, en todo caso, las garantías, los derechos y las obligaciones establecidas en el contrato.

En cualquier caso, el contratista exime a la FTPM365 de cualquier tipo de responsabilidad por

incumplimiento por parte de cualquiera de sus subcontratistas de sus obligaciones laborales, mercantiles o de otro tipo que puedan asumir. La FTPM365 repercutirá en el contratista cualquier cantidad que hubiera que abonar en virtud de resolución judicial o administrativa derivadas de estas obligaciones, sin que ésta sea firme.

i) Serán a cargo del adjudicatario los gastos, los impuestos, los anuncios, ya sean en boletines, diarios

oficiales o cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública y de las licencias, las autorizaciones y, en su caso, los permisos que sean necesarios para ejecutar el objeto del contrato. También deberá satisfacer todos los gastos en que la empresa pueda incurrir para el cumplimiento del contrato, como las generales, financieras, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que para la realización de la

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actividad pudiera corresponder y cualesquiera otras que puedan derivarse de la ejecución del contrato durante su vigencia.

El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato, tanto en los boletines o los

diarios oficiales como en otros medios de difusión, se especifican en el Cuadro Anexo. j) Cuando el contrato se adjudique a una empresa en virtud de algún criterio preferencial para deshacer

un empate, el contratista está obligado a mantener el factor por el que se le ha adjudicado durante el tiempo que dure la ejecución de la prestación objeto del contrato. El incumplimiento de tal condición será causa de resolución del contrato.

k) Designar un responsable del servicio que tenga la representación en orden a la ejecución y la buena

marcha de los trabajos, ponga en práctica las órdenes recibidas del responsable de la FTPM365 y colabore con ésta en la resolución de los problemas que se planteen durante la ejecución. Este responsable debe de tener capacidad suficiente para ejercer la representación del contratista cuando sea necesaria su actuación o su presencia, y la FTPM365 se reserva la facultad de aceptar su designación o pedir al adjudicatario su sustitución y, en su caso, de cualquier facultativo que de él dependa, cuando así lo justifique la marcha de los trabajos.

l) Proporcionar la documentación necesaria para informar a la FTPM365, si ésta se lo solicita, sobre los

procedimientos de trabajo aplicados por el adjudicatario en el cumplimiento de sus obligaciones asumidas en virtud del contrato.

En este sentido, si la FTPM365 se lo requiere, el adjudicatario deberá acreditar y justificar el

cumplimiento de las obligaciones asumidas como consecuencia del contrato exhibiendo la documentación solicitada, y reconocer expresamente a la persona que la FTPM365 designe el derecho de inspección y comprobación a este efecto de los libros, los documentos y los archivos del adjudicatario, para ejercer el derecho a la supervisión del contrato.

m) El adjudicatario deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o

notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo.

n) El contratista deberá respetar el carácter confidencial de la información y documentación a que tenga

acceso a causa de la ejecución del contrato. o) Aceptar las modificaciones que proponga la FTPM365 respecto de las zonas de cobertura, fases para su

implantación, capacidad del sistema, así como, otras cuestiones consensuadas entre el adjudicatario y la Junta de control, o derivadas del objeto de este expediente de contratación en pro del interés público, en el plazo máximo de diez días naturales contados desde que se le notifique, sin perjuicio de los derechos adquiridos por el adjudicatario.

20.2. Derechos del adjudicatario

a) Llevar a cabo el objeto del contrato durante su plazo de vigencia. b) Que le sea facilitada la información o las directrices que resulten necesarias o convenientes para

asegurar el desarrollo del contrato de forma eficaz. c) Que se le dé audiencia antes que la FTPM365 adopte cualquier medida o resolución, en virtud de las

facultades que le confiere la normativa de aplicación y las condiciones de este Pliego, relacionadas con las obligaciones objeto del contrato.

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d) De otros que, en su caso, se especifiquen en este Pliego y en la documentación complementaria, así como aquellos que se consideren irrenunciables y estén previstos en la legislación vigente.

21. OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LA FTPM365 Los deberes y las obligaciones originariamente contraídos por la FTPM365 en relación con el desarrollo y la ejecución del contrato, y los derechos que se deriven, continuarán vigentes ante la posible delegación de éstos a favor del Ayuntamiento de Palma y/o de un organismo autónomo o dependiente del mismo, para una mejor coordinación. En este caso, el organismo o institución en la que se deleguen será el sucesor de estos derechos y estas obligaciones.

21.1. Obligaciones de la FTPM365

a. Poner a disposición del adjudicatario la información necesaria para llevar a cabo el objeto de este contrato y permitirle el desarrollo durante el tiempo que esté en vigor.

b. Otorgar al adjudicatario la protección oficial adecuada, de acuerdo con sus atribuciones, para que pueda llevar a cabo debidamente el contrato.

c. Devolver al adjudicatario la fianza definitiva si una vez concluido el contrato no se le deben exigir responsabilidades.

d. Indemnizar al adjudicatario por la suspensión temporal del contrato si se produce por motivos de interés público, independientemente de la culpa en que pueda incurrir el adjudicatario antes de que acabe el plazo fijado, salvo que se produzca por motivo disciplinario.

21.2. Derechos de la FTPM365

a. Ordenar discrecionalmente las modificaciones que se consideren pertinentes, sin perjuicio de los derechos

adquiridos por el adjudicatario.

b. No aceptar el equipo propuesto por la entidad adjudicataria si no se considera adecuado, así como solicitar el cambio de los ejecutivos que lleven a cabo el contrato si no está satisfecho con su desempeño.

c. Inspeccionar cualquier actividad o aspecto relacionado con el contrato y dictar las órdenes necesarias para

mantener o restablecer las condiciones que lo regulan.

d. Asumir temporalmente la gestión o el desarrollo del objeto del contrato cuando el adjudicatario no la lleve a cabo o no la pueda llevar, por circunstancias que se le puedan imputar o no. En caso de incumplimiento de las normas establecidas en este Pliego, al segundo aviso o advertencia la FTPM365 tendrá potestad para contratar personal para llevar a cabo las tareas objeto de este contrato, que, subsidiariamente, abonará el adjudicatario.

e. Imponer las correcciones pertinentes al adjudicatario por razón de las infracciones que cometa.

f. Dejar sin efecto el contrato antes de que venza, si lo justifican circunstancias de interés público sobrevenidas, y resarcirse, en su caso, de los daños que se causen.

g. No renovar el contrato.

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22. DIRECCIÓN, SUPERVISIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO La difusión o la utilización de la imagen y la denominación SmartWifiPalma, así como cualquier otro aspecto relacionado con el cumplimiento de las obligaciones consignadas en el contrato, estará bajo la dirección, la supervisión, el seguimiento y el control o inspección por parte de la FTPM365 y de la Junta de control de funcionamiento constituida a tal efecto, por lo que la empresa adjudicataria deberá facilitar su práctica a esto, quienes, además, podrán dirigir instrucciones al adjudicatario, si no suponen modificaciones de la prestación no autorizadas ni se oponen a las disposiciones en vigor o a las cláusulas del presente Pliego y demás documentos contractuales. La FTPM365 tiene la facultad de inspeccionar el desarrollo del objeto de contrato y de ser informada. También podrá ordenar o realizar por sí misma, si es necesario, ensayos y pruebas; establecer sistemas de control de calidad, y dictar las disposiciones que considere oportunas para el estricto cumplimiento del contrato. El adjudicatario será responsable de la calidad, el desarrollo y las prestaciones objeto de este procedimiento de contratación durante todo el contrato, como también de las consecuencias que se deriven para la FTPM365, el Ayuntamiento de Palma o terceros de los defectos, las omisiones, los errores y las negligencias del personal a su cargo; una deficiente organización y/o realización de la ejecución del contrato, etc. Asimismo, el adjudicatario será responsable del personal que contrate para la actividad y del cumplimiento de las obligaciones respecto de éste en materia laboral y de Seguridad Social. La FTPM365 y/o el Ayuntamiento de Palma quedan exonerados de toda responsabilidad, contratación, subrogación, liquidación u otros que puedan derivar de las relaciones laborales mencionadas. Será rechazada y, por tanto, se exigirá que no se ponga en marcha cualquier acción que no sea aprobada por la FTPM365 y la Junta de Control, no cumpla las características especificadas en este Pliego o en las especificaciones ofertadas por el adjudicatario y que la FTPM365 haya aceptado. Ante cualquier incidencia detectada por la FTPM365 y la Junta de Control se informará por escrito al adjudicatario, con las instrucciones precisas y detalladas para solucionar las faltas o defectos observados, haciendo constar en dicho escrito el plazo para subsanarlos y las observaciones que se consideren oportunas.

22.1. Junta de Control de funcionamiento

La libertad en el modelo de negocio que establezca el instalador y/o explotador de la red deberá ser respetado por las Administraciones públicas en donde dicha red establezca su cobertura con la fiscalización exclusiva de la Junta de Control de funcionamiento.

Dicha Junta se reunirá, como mínimo, de forma semestral, en sesión ordinaria, y de forma extraordinaria todas las veces que sean necesarias, a propuesta de la FTPM365 o a propuesta de una tercera parte de sus miembros. En cualquier caso las reuniones de la Junta de Control de funcionamiento serán convocadas por la FTPM365. Las competencias de esta Junta de Control de funcionamiento son:

Control del servicio prestado hacia los turistas y residentes por parte de la red, analizando la calidad, continuidad y quejas recibidas por el funcionamiento, las cuales serán elevadas al órgano de contratación.

Propuestas de mejora del servicio prestado y control de las fases de ejecución de la red y ampliación de la cobertura.

Recibir información sobre el modelo de negocio del explotador a fin de poder alertar sobre decisiones erróneas que pongan en peligro la continuidad del funcionamiento de la infraestructura.

Autorizar el cambio del titular de la explotación comercial de la infraestructura llegado el caso. Colaborar en la propuesta de medidas correctoras a fin de evitar sanciones por parte de organismos

responsables de las telecomunicaciones si se llegase a ello y proponer a la Administración/es la rescisión

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de la concesión de la explotación en los casos de incumplimiento de normas o reglamentos que afecten a los servicios de telecomunicaciones prestados u otros incumplimientos que afecten a los extremos redactados en el presente pliego.

Atender las peticiones del explotador de la red en cuanto a dilación de plazos de ejecución o necesidades de colaboración por parte de las Administraciones.

Establecer cánones por la explotación del servicio cuando el explotador sea persona jurídica diferente al instalador.

Cualquier otra que afecte de forma directa al funcionamiento o mantenimiento de la infraestructura.

Dicha junta de control de funcionamiento estará formada por los siguientes miembros, o personas en quienes deleguen:

Un representante técnico de la FTPM365. Un representante técnico del Consorcio de la Platja de Palma. Un representante del Ayuntamiento de Palma de Mallorca. Un representante técnico de la Policía Local de Palma. Un representante del Instituto Municipal de Innovación. Un representante de la Autoridad Portuaria de Baleares. Un representante técnico de la UIB Un representante de la empresa Instaladora y/o explotadora.

Una vez realizada la concesión de la instalación objeto del presente contrato dicha Junta deberá constituirse y reunirse en una única sesión en donde establecerá sus estatutos de funcionamiento. No obstante, podrán ser convocadas otras personas ajenas a la Junta, que tendrán la consideración de invitados con voz pero sin voto, que informarán o asesorarán a ésta sobre los asuntos para los cuales se requiera su presencia.

23. INFORMES El adjudicatario deberá facilitar a la persona designada por la FTPM365, en la forma y los plazos establecidos y, en todo caso, cuando ésta lo requiera, información sobre la realización, ejecución y toda la que sea de interés sobre el objeto del contrato, así como un documento en el que ponga de manifiesto de manera detallada las características de gestión del contrato y propuestas de mejora. 24. EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contrato se tendrá que ejecutar con sujeción a sus cláusulas y también a este Pliego que rigen este procedimiento, las especificaciones o condiciones de la propuesta presentada por el adjudicatario, si estas son más favorables, así como de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación establezca la FTPM365 al adjudicatario. El adjudicatario deberá de cumplir el contrato dentro del plazo fijado para su realización y los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. Si una vez transcurrido cualquiera de los plazos citados ha incurrido en mora por causas que se le pueda imputar, la FTPM365 podrá optar por resolver el contrato o imponer penalidades económicas, basándose en los importes que el órgano de contratación determine en el contrato. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la FTPM365, originados por la demora del adjudicatario. Si el objeto del contrato padece un retraso en su ejecución por motivos no imputables al adjudicatario y éste ofrece cumplir sus compromisos si se prorroga el tiempo inicialmente señalado, el órgano de contratación concederá un plazo mínimo igual al tiempo perdido, salvo que el adjudicatario solicite uno menor. Su petición se regulará de acuerdo con el artículo 100 del RD 1098/2001.

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El adjudicatario deberá indicar los nombres de las personas adscritas a la empresa que prevé designar y que cumplen los requisitos exigibles en el momento de su aceptación por la FTPM365. Así pues, deberá de asignar para la ejecución de las actividades o tareas a que se refiere este Pliego los facultativos cuyos nombres figuran en su oferta, con la dedicación que se definió. Asimismo, no podrá sustituir al personal facultativo establecido en su oferta sin autorización expresa de la FTPM365, y siempre que el sustituto cumpla los mismos requisitos que el sustituido. Si se produce una suspensión de contrato se estará a lo establecido en el art. 220 del RDL 3/2011 y sus normas de desarrollo. Si la FTPM365 acuerda suspender el objeto del contrato se extenderá la correspondiente acta de suspensión. El adjudicatario ejecutará el contrato con las responsabilidades establecidas en el art. 305 del RDL 3/2011. Cuando el contrato consista en la elaboración íntegra de un proyecto de obra y se compruebe la existencia de defectos, insuficiencias técnicas, errores o desviaciones procederá incoar un expediente de subsanación, de acuerdo con los arts. 310 a 312 del RDL 3/2011. El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el adjudicatario se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y su cumplimiento. A tal fin dispondrá de las prerrogativas establecidas en el art. 307 del RDL 3/2011. La recepción se realizará de acuerdo con los apartados 1, 2 y 4 del art. 222 del RDL 3/2011, y los arts. 203 y 204 del RD 1098/2001. 25. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO Y CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO El adjudicatario será responsable de las obligaciones establecidas en esta contratación y de las consecuencias que produzcan a la FTPM365, al Ayuntamiento de Palma, al destino o a terceros las omisiones, los errores o las actuaciones incorrectas en la ejecución del contrato. Para ello se compromete a poner a disposición de la FTPM365 el equipo humano y material especificado en su oferta y a proporcionar la documentación necesaria para informar de los procedimientos de trabajo aplicados en cumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud del contrato. El adjudicatario está obligado a cumplir las condiciones establecidas en este Pliego o de otras que haya ofrecido en su oferta si son más favorables para la FTPM365 Si el adjudicatario no las cumple por causas imputables al mismo, la FTPM365 podrá optar por resolver el contrato o imponer penalidades económicas, de acuerdo con el art. 212 del RDL 3/2011. Las sanciones, en función de su gravedad, pueden equivaler como máximo al importe de la obligación incumplida de acuerdo con el presupuesto económico detallado presentado (véase la cláusula 10.1.3), con un incremento del 20% para cada reincidencia y también con un incremento del 20% en aquellos casos en que se produzcan consecuencias o perjuicios. Para la graduación de las penalizaciones se tendrán en cuenta:

1) La naturaleza y la gravedad de la infracción. 2) La intencionalidad y la responsabilidad del adjudicatario. 3) El perjuicio causado al objeto de este contrato ya la imagen de la FTPM365 y/o la ciudad de Palma de

Mallorca. 4) La repercusión sobre los turistas, los excursionistas y los residentes. 5) La reincidencia, entendiendo como tal la comisión durante el período de vigencia del contrato de más de

una infracción de la misma naturaleza. El importe de las penalidades se incluirá en las facturas. Así pues, el incumplimiento de sus obligaciones por parte del adjudicatario, a juicio de la FTPM365, podrá dar lugar a un decremento del importe de éstas por las penalidades o sanciones impuestas, sobre la facturación objeto del contrato. Si fuera necesario el pago del adjudicatario del

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importe pendiente de las penalizaciones y/o incumplimientos, será exigible por vía de apremio administrativo, en el supuesto de no pagar en periodo voluntario. 26. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO El órgano de contratación tiene las prerrogativas de dirección, resolución de dudas o interpretación, modificación, suspensión o resolución del contrato y determinación de sus efectos, en la forma y condiciones establecidas por la normativa de contratación aplicable. Los acuerdos o resoluciones que adopte en el ejercicio de dichas prerrogativas serán inmediatamente ejecutivos. Si durante el desarrollo del objeto del contrato se detecta la conveniencia o la necesidad de modificarlo o de llevar a cabo actuaciones no contratadas se actuará en la forma prevista por la normativa vigente. La FTPM365 se reserva la potestad de hacer reducciones y/o ampliaciones del contrato, hasta un 20% de su importe, siempre por causas motivadas, sin que suponga una modificación esencial y respetando las limitaciones previstas en la legislación vigente. El cumplimiento será obligatorio para el adjudicatario. El contrato podrá ser modificado por las causas establecidas en este Pliego y documentación complementaria, así como por razones de interés público, en los casos y en la forma prevista en los artículos 105 a 108 del RDL 3/2011. Cuando las modificaciones afecten al régimen financiero del contrato la FTPM365 deberá compensar al adjudicatario de forma que se mantenga el equilibrio de los supuestos económicos que se consideraron básicos en la adjudicación del contrato. Si los acuerdos que dicte la FTPM365 respecto del desarrollo del objeto del contrato no tienen trascendencia, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por razón de los mismos. 27. EXTINCIÓN DEL CONTRATO El contrato se extingue por cumplimiento o por resolución. En todo caso, a la extinción del contrato no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la FTPM365.

27.1. Cumplimiento del contrato

El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad del objeto, acorde con lo establecido en este Pliego y, en su caso, en la documentación complementaria, previa conformidad de la Junta de Control que elevará al órgano de contratación, quien hará constar dicha aceptación de forma expresa en el plazo de un mes de haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato. Si los servicios no se encuentran en condiciones de ser recibidos o no se han llevado a cabo correctamente, se dejará constancia expresa de tal circunstancia y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados, o proceda a una nueva ejecución de acuerdo con lo que se haya pactado. Si pese a ello, los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, la FTPM365 podrá rechazarla, quedando exenta de la obligación de pago, y teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho hasta entonces. Podrá realizarse recepción parcial de las partes del contrato susceptibles de ser ejecutadas por fases y de ser utilizadas de forma separada o independiente. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la conformidad, deberá acordarse y notificar al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonarle, en su caso, el saldo resultante.

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27.2. Resolución del contrato

Son causas de resolución, además de las generales previstas por los artículos 223 y 308 del RDL 3/2011, el abandono por parte del adjudicatario del servicio objeto del contrato, así como las específicas del contrato y las que, en su caso, se puedan mencionar en este Pliego y/o documentación complementaria, como la obstrucción a las facultades de dirección e inspección de la FTPM365; el incumplimiento de la obligación del adjudicatario de guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo; la negativa a presentar, a requerimiento de la FTPM365, la acreditación del cumplimiento de la normativa en materia de protección y prevención de riesgos laborales, incluidas las obligaciones en materia de formación, vigilancia de la salud y coordinación de actividades empresariales, entre otros. Se entenderá producido el abandono cuando la prestación no se desarrolle con regularidad adecuada o con los medios humanos o materiales precisos para la normal ejecución del contrato en el plazo estipulado. No obstante, cuando se dé este supuesto, la FTPM365, antes de declarar la resolución requerirá al contratista para que regularice la situación en el plazo que otorgue ésta a tal efecto. La realización de cualquiera de estas causas, conllevará la resolución del contrato, debiendo indemnizar la entidad adjudicataria a la FTPM365 los daños y perjuicios ocasionados, con los demás efectos que proceda conforme a la normativa aplicable.

La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del adjudicatario, de acuerdo con el artículo 287 del RDL 3/2011.

En cuanto a los efectos de la resolución se ajustará a los artículos 225 y 288 del RDL 3/2011 y al artículo 113 del RD 1098/2001.

Si el adjudicatario resuelve motu propio el contrato deberá comunicarlo al órgano de contratación mediante documento de preaviso, al menos con treinta días naturales de anticipación. El preaviso es un requisito imprescindible para la resolución unilateral por parte del adjudicatario; de lo contrario será aplicable la indemnización oportuna.

28. PLAZO DE GARANTÍA El objeto del contrato quedará sujeto al plazo de garantía indicado en el Cuadro Anexo, o el que, en su caso, se haya establecido en el contrato por mejora del adjudicatario, a contar desde la fecha de recepción o conformidad del trabajo, plazo durante el cual la FTPM365 podrá comprobar que el trabajo realizado se ajusta a lo contratado y a lo estipulado en este Pliego y, en su caso, documentación complementaria. Si el plazo de garantía transcurre sin que se hayan formulado objeciones a los trabajos ejecutados, la responsabilidad del contratista quedará extinguida, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 310 a 312 del RDL 3/2011 respecto de los contratos que tengan por objeto la elaboración de proyectos de obra. Durante el periodo de garantía, el contratista estará obligado a subsanar, a su costa, todas las deficiencias que se puedan observar en lo ejecutado, con independencia de las consecuencias que se puedan derivar de las responsabilidades en que haya podido incurrir, de acuerdo con lo establecido en este Pliego y documentación complementaria, así como a los artículos 225.4 y 305 del RDL 3/2011. 29. DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no hay responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, y transcurrido el periodo de garantía, en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelación.

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La garantía se devolverá o se cancelará de acuerdo con el artículo 102 del RDL 3/2011, siguiendo los trámites de solicitud de informes al responsable del contrato asignado por la FTPM365, anuncio en el perfil del contratante y, si no hay ninguna reclamación pendiente, acuerdo del órgano de contratación de devolución de la fianza definitiva. 29. CONFIDENCIALIDAD Ninguna información ni documentación obtenida para desarrollar el objeto de este procedimiento de contratación por parte del contratista podrá ser facilitada a ninguna persona o entidad ajena sin el consentimiento expreso de la FTPM365. Tanto la entidad adjudicataria como el personal asignado por ésta se compromete a guardar una reserva absoluta sobre cualquier dato o información que pueda conocer de la FTPM365, del Ayuntamiento de Palma y, en general, de cualquier cosa relacionada con el contrato y los servicios prestados. Para ello el adjudicatario se comprometerá por escrito a respetar esta cláusula. 30. FUERO PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación y resolución del contrato, y los efectos de ésta, serán resueltas por el órgano de contratación, y serán inmediatamente ejecutivos, pudiendo ser recurridos ante el orden jurisdiccional civil. Las empresas extranjeras, aportarán declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 31. ACEPTACIÓN DE LAS NORMAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN La participación en este procedimiento de contratación implica aceptar total e íntegramente los términos y condiciones especificados en estas bases, en sus anexos y, si se procede, en la documentación complementaria. La FTPM365 no reembolsará los posibles gastos en que haya incurrido el licitador para elaborar y presentar la oferta. Tampoco reembolsará los gastos en que pueda incurrir por la asistencia a la apertura de sobres.

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32. CUADRO ANEXO EXPEDIENTE : INN 15 004 PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN : Servicio TIPO DE PROCEDIMIENTO: Abierto. TRAMITACIÓN : Ordinaria CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA : No A. OBJETO DEL CONTRATO: A1. DESIGNACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS LOTES: No procede. B. PRESUPUESTO DE LA LICITACIÓN B1. PRECIO DE LICITACIÓN MÁXIMO (TOTAL): Precio de licitación (IVA excluido): 3.000 € IVA (21%): 630 € B2. PRESUPUESTO POR LOTES: No procede. B3. OTROS SISTEMAS DE DETERMINACIÓN DE PRECIOS No procede. C. FINANCIACIÓN: Grupo contable 607 (40.000 €, impuestos excluidos). D. REVISIÓN DE PRECIOS: No procede. E. PAGO DEL PRECIO: Dentro de los 30 días siguientes a la conformidad de la factura por el órgano de contratación o por el responsable que reciba o supervise el proyecto técnico.

F. DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA DE QUIEN SOLICITA: RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Solvencia económica y financiera La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse con los tres medios siguientes: a) Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. b) Cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el registro oficial que corresponda.

Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.

c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente con la finalidad del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.

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Solvencia técnica o profesional La solvencia técnica o profesional del empresario deberá apreciarse teniendo en cuenta los conocimientos técnicos, la eficacia y la habilidad, que deberá acreditarse con los tres medios siguientes: a) Relación de los principales servicios o trabajos similares al objeto del contrato, efectuados

durante los tres últimos años, indicándose importe, fechas y el destinatario, público o privado. Estos servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante copia de los contratos llevados junto con los certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, si es un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, en defecto de éste, mediante una declaración del empresario.

b) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa, con indicación del personal directivo y técnico, incluyendo las titulaciones académicas o profesionales, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.

c) Declaración que indique una descripción de las instalaciones, la maquinaria, el material y otros equipamientos del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se deberá adjuntar la documentación acreditativa pertinente.

G. CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA UNITARIO Y POR LOTES: No procede. H. GARANTÍAS H1. GARANTÍA PROVISIONAL: No procede su exigencia. H2. GARANTÍAS PROVISIONALES LOTES: No. H3. GARANTÍA DEFINITIVA: 5% del valor de adjudicación, IVA excluido. i. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES: No. J. SUBCONTRATACIÓN: J1. POSIBILIDAD DE SUBCONTRATACIÓN: No se admite. J2. SUBCONTRATACIÓN OBLIGATORIA: No procede. K. ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE GARANTÍA DE CALIDAD Y DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL: No procede. L. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN: L 1. NO EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE. TOTAL: 95 puntos: a. Servicio al Turista. Valoración: Hasta 30 puntos

Se valora: la gratuidad y/o las tarifas de conexión de los usuarios, niveles de reconexión, tiempos de conexión, publicidad, capacidades de acceso en Mbps y ergonomía de acceso al servicio en la infraestructura, debiéndose reseñar dichos conceptos en las propuestas aportadas; teniendo que objetivizar los siguientes parámetros: 1. Capacidad de conexión (Mbps). 2. Tiempo de conexión máx. 3. Relación entre acceso a la red y Publicidad 4. En caso de aplicarse, tarifas a clientes y a entidades en interoperabilidad de redes.

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b. Fases de Ejecución. Valoración: Hasta 15 puntos

Según se establece en el presente pliego, las propuestas deberán atenerse a lo dispuesto como plazos de ejecución, no obstante cualquier mejora temporal o aportación que mejore dichos requisitos será valorada en el presente punto.

c. Capacidades de conectividad. Valoración: Hasta 15 puntos En este apartado se valora la capacidad real de los puntos de acceso, número de usuarios al mismo tiempo y su nivel de cobertura real sobre el terreno, pudiendo aportar cuantas mediciones o valores se consideren oportunos para ser valorados de forma objetiva.

d. Plataforma tecnológica de la instalación. Valoración: Hasta 10 puntos Se valorará la calidad de los componentes, (marca, protocolo, capacidades, robustez y arquitectura) de la plataforma utilizada para establecer la red y su funcionamiento. Para tener criterios objetivos se establecerán como plataformas mejor valoradas aquellas con mayor y mejor calidad de implantación siendo las siguientes: 1. Categoría: Cisco, Aruba, o similares. 2. Categoría: Ubiquiti Networks, D-Link, Lobometrics o similares.

e. Niveles de adaptación tecnológica. Valoración: Hasta 10 puntos Se analizarán las plataformas propuestas desde su capacidad de adaptación tecnológica (agilidad), a tenor de la rápida evolución de los servicios y capacidades de los actuales desarrollos en electrónica y las demandas de servicio de los particulares en esta área; debiéndose especificar las plataformas tecnológicas con las que se pretende mejorar la red así como proyectar un plan de adaptación permanente a los servicios demandados y ofrecidos por y para los usuarios finales, en un entorno de tecnologías de ciclo corto.

f. Capacidad del sistema. Valoración: Hasta 10 puntos Según se establece en el presente pliego, cada punto de acceso de la red deberá soportar un mínimo teórico de 300 conexiones concurrentes (aprox. 150 usuarios por WI-FI) y ser capaz de transferir un tráfico mínimo de 600 Mbps, a excepción de las zonas del Dique del Oeste y del Muelle Poniente, en las que se establece un mínimo teórico de 900 conexiones concurrentes durante la temporada alta, no obstante cualquier mejora o aportación que mejore este requisito será valorada en el presente punto.

g. Integración de otras redes instaladas. Valoración: Hasta 5 puntos Se valorará la capacidad de la infraestructura para ampliar la zona de cobertura, mediante la interoperación y comunicación con otras redes instaladas (hoteles, establecimientos de oferta complementaria etc.) a fin de externalizar los servicios de estos a través de la infraestructura SmartWIFIPalma obviamente mediante contraprestación económica.

L2. PUNTUACIÓN MÍNIMA QUE DEBEN OBTENER LAS PROPOSICIONES RESPECTO LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN NO EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE: No se establece. L3. EVALUABLE DE FORMA AUTOMÁTICA. TOTAL: 5 puntos. Se otorgaran 0 puntos a aquellos licitadores que no rebajen el precio máximo inicial y 5 puntos a aquel cuya oferta económica sea la más ventajosa. El resto de proposiciones se valorará de forma proporcional.

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M. PARÁMETROS OBJETIVOS PARA APRECIAR VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS: No se establecen. N. DURACIÓN DEL CONTRATO Y PLAZO DE EJECUCIÓN : N1. DURACIÓN DEL CONTRATO: 4 años desde su formalización. N2. PRÓRROGAS PERMITIDAS: Anualmente, por acuerdo mutuo de las partes antes de que finalice el contrato, hasta un máximo de 2 años. N3. PLAZO DE EJECUCIÓN TOTAL : 4 años. N4. PLAZOS DE EJECUCIÓN PARCIALES: 50% de la implantación de la fase 1ª del proyecto en el período máximo de 3 meses desde la formalización del contrato. N5. FECHA DE INICIO DEL SERVICIO: Período máximo de un mes desde la formalización del contrato. O. PLAZO DE GARANTÍA: Tres meses desde que finalice el contrato. P. LÍMITE MÁXIMO DE GASTOS DE PUBLICIDAD: //300,00 €// Q. CUANTÍA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL : //100.000,00 €//

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35. ANEXO I. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIR LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS

LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON ADMINISTRACIONES Y ENTIDADES PÚBLICAS Y NO ESTAR SOMETIDO A LAS PROHIBICIONES PARA CONTRATAR CON ESTAS

D./Dña. (Representante legal) _____________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

con NIF (o equivalente) ____________________________________________________________________________________, actuando en nombre de

(entidad/persona) ___________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

y domicilio en ________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

del municipio de ____________________________________________________________________________________________________________________________,

CP _____________________________________________________.

DECLARO RESPONSABLEMENTE Y EXPRESAMENTE/BAJO JURAMENTO Que la entidad licitadora a la que represento cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con administraciones y entidades públicas y que no me encuentro en ninguno de los casos de incapacidad o incompatibilidad que determina el art. 60 del RDL 3/2011, que a continuación se transcribe: 1. No podrán contratar con el sector público las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes:

a. Haber sido condenadas mediante sentencia firme por delitos de asociación ilícita, corrupción en transacciones económicas internacionales, tráfico de influencias, cohecho, fraudes y exacciones ilegales, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, malversación y receptación y conductas afines, delitos relativos a la protección del medio ambiente, o a pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio. La prohibición de contratar alcanza a las personas jurídicas cuyos administradores o representantes, vigente su cargo o representación, se encuentren en la situación mencionada por actuaciones realizadas en nombre o a beneficio de dichas personas jurídicas, o en las que concurran las condiciones, cualidades o relaciones que requiera la correspondiente figura de delito para ser sujeto activo del mismo.

b. Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declaradas insolventes en cualquier

procedimiento, hallarse declaradas en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

c. Haber sido sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia de disciplina de mercado, en

materia profesional o en materia de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad, o por infracción muy grave en materia social, incluidas

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las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, así como por la infracción grave prevista en el artículo 22.2 del mismo, o por infracción muy grave en materia medioambiental, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos; en la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas; en la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres; en la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases; en la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos; en el Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.

d. No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas

por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determinen.

e. Haber incurrido en falsedad al efectuar la declaración responsable a que se refiere el artículo 146.1.c) o al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia, o haber incumplido, por causa que le sea imputable, la obligación de comunicar la información prevista en el artículo 70.4 y en el artículo 330.

f. Estar incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en alguno de los supuestos de

la Ley 5/2006, de 10 de abril, de Regulación de los Conflictos de Intereses de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones públicas o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma.

La prohibición alcanzará a las personas jurídicas en cuyo capital participen, en los términos y cuantías establecidas en la legislación citada, el personal y los altos cargos de cualquier Administración Pública, así como los cargos electos al servicio de las mismas

La prohibición se extiende igualmente, en ambos casos, a los cónyuges, personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva y descendientes de las personas a que se refieren los párrafos anteriores, siempre que, respecto de los últimos, dichas personas ostenten su representación legal.

g. Haber contratado a personas respecto de las que se haya publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el

incumplimiento a que se refiere el artículo 18.6 de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de Regulación de los Conflictos de Intereses de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, por haber pasado a prestar servicios en empresas o sociedades privadas directamente relacionadas con las competencias del cargo desempeñado durante los dos años siguientes a la fecha de cese en el mismo. La prohibición de contratar se mantendrá durante el tiempo que permanezca dentro de la organización de la empresa la persona contratada con el límite máximo de dos años a contar desde el cese como alto cargo.

2. Además de las previstas en el apartado anterior, son circunstancias que impedirán a los empresarios contratar con las Administraciones Públicas las siguientes:

a. Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con una Administración Pública.

b. Haber infringido una prohibición para contratar con cualquiera de las Administraciones públicas.

c. Estar afectado por una prohibición de contratar impuesta en virtud de sanción administrativa, con arreglo

a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

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d. Haber retirado indebidamente su proposición o candidatura en un procedimiento de adjudicación, o haber imposibilitado la adjudicación del contrato a su favor por no cumplimentar lo establecido en el artículo 151.2 dentro del plazo señalado mediando dolo, culpa o negligencia.

e. Haber incumplido las condiciones especiales de ejecución del contrato establecidas de acuerdo con lo

señalado en el artículo 118, cuando dicho incumplimiento hubiese sido definido en los pliegos o en el contrato como infracción grave de conformidad con las disposiciones de desarrollo de esta Ley, y concurra dolo, culpa o negligencia en el empresario.

3. Las prohibiciones de contratar afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas Además de todo lo expresado anteriormente, declaro bajo mi responsabilidad:

i. Que la entidad/persona no está afectada por ningún conflicto de intereses en relación con el contrato, entendiendo que el conflicto de intereses podría plantearse en particular como consecuencia de intereses económicos, afinidades políticas o nacionales, vínculos familiares o afectivos o cualquier otros vínculos relevantes o intereses compartidos.

ii. Que no tengo deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento de Palma.

iii. Que informar al órgano de contratación, sin demora, de cualquier situación que constituya conflicto de

intereses o pueda dar lugar.

iv. Que no he hecho ni haré ningún tipo de oferta de la que pueda derivarse alguna ventaja en virtud del contrato.

v. Que no he concedido ni concederé, no he indagado ni indagaré, no he intentado ni intentaré obtener y no

he aceptado ni aceptaré ningún tipo de ventaja, financiera o en especie, a favor de nadie ni por parte de nadie, cuando esta ventaja constituya una práctica desleal o implique corrupción, directa o indirectamente, para que sea un incentivo o recompensa relacionados con la adjudicación del contrato.

vi. Que la información facilitada a la F TPM365 en el marco de esta convocatoria es exacta, veraz y completa.

Asimismo, al firmar este anexo acepto las sanciones administrativas y financieras descritas a continuación:

1. Sin perjuicio de la aplicación de sanciones contractuales, los licitadores y los contratistas que hayan realizado declaraciones falsas, cometido errores sustanciales, irregularidades o fraude, o infringido gravemente sus obligaciones contractuales podrán ser excluidos de la concesión de contratos y subvenciones otorgados por la FTPM365 por un período de tiempo máximo de cinco años a partir de la fecha del acta de constatación de la infracción.

2. A los licitadores y a los contratistas que hayan realizado declaraciones falsas o cometido errores

sustanciales, irregularidades o fraude se les podrán imponer, además, sanciones financieras de un importe entre un 2 y un 10% de la cuantía total estimada del contrato en curso de adjudicación.

 _____________________________________________________, ________________ de _____________________________________________________________ de 2015 Firma:    ________________________________________________________________________________ (Nombre y apellidos) 

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36. ANEXO II. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA Y MANTENIMIENTO DE LAS CIRCUNSTANCIAS

QUE DIERON LUGAR A LA CLASIFICACIÓN

  Sr./Sra. (representante legal) ______________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

con NIF (o equivalente) ________________________________________________________________________________________, en calidad de (cargo)

_____________________________________________________________________________________________ actuando en nombre de (entitat/persona)

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

con NIF ____________________________________________________________________ y domicilio en ________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

del municipio de ____________________________________________________________________________________________________________________________,

CP _____________________________________________________.

DECLARO RESPONSABLEMENTE Y EXPRESAMENTE/BAJO JURAMENTO Que la vigencia del certificado de clasificación y que las condiciones y circunstancias en las que se basó la

concesión de la clasificación de la entidad licitadora a la que represento, de fecha

________________________________________________________, con código de expediente administrativo de otorgamiento de

clasificación _____________________________________________________________ se mantienen a fecha de hoy, no habiendo

experimentado variación o modificación alguna.

_____________________________________________________, ________________ de _____________________________________________________________ de 2015 Firma:      ________________________________________________________________________________ (Nombre y apellidos) 

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37. ANEXO III. COMPROMISO DE DEDICAR O ADSCRIBIR A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO LOS MEDIOS

PERSONALES O MATERIALES SUFICIENTES PARA LLEVARLO A CABO Sr./Sra. (representante legal) ______________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

con NIF (o equivalente) _______________________________________________________________________________________, en calidad de (cargo)

___________________________________________________________________________________________ actuando en nombre de (entidad/persona)

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

con NIF ____________________________________________________________________ y domicilio en ________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

del municipio de ____________________________________________________________________________________________________________________________,

CP _____________________________________________________.

MANIFIESTA / BAJO RESPONSABILIDAD Adscribir a la ejecución del contrato, en caso de resultar adjudicatario de la convocatoria de la licitación por

procedimiento ________________________________________________________________________________________________ del (objeto del contrato)

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

todos los recursos materiales y humanos que resulten necesarios para llevar a cabo la prestación del servicio en

los términos señalados en el pliego de prescripciones técnicas particulares.

_____________________________________________________, ________________ de _____________________________________________________________ de 2015 Firma:    ________________________________________________________________________________ (Nombre y apellidos) 

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38. ANEXO IV. COMPROMISO DE ACREDITACIÓN DE LA PÓLIZA DE SEGURO DE RESPOSABILIDAD CIVIL Sr./Sra. (representante legal) ______________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

con NIF (o equivalente) ________________________________________________________________________________________, en calidad de (cargo)

___________________________________________________________________________________________ actuando en nombre de (entidad/persona)

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

con NIF ___________________________________________________________________ y domicilio en _________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

del municipio de ____________________________________________________________________________________________________________________________,

CP _____________________________________________________.

MANIFIESTA / BAJO RESPONSABILIDAD A constituir y mantener en vigor, en caso de resultar adjudicatario de la convocatoria de la licitación por

procedimiento __________________________________________________ del (objeto del contrato) _____________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

una póliza de seguro de responsabilidad civil y de las que sean necesarias, con una entidad de reconocida

solvencia, por cuantía suficiente para hacer frente a las responsabilidades que por su actividad y para la ejecución

de los trabajos objeto del contrato pudieran ocasionar, cubriendo el referida seguro de responsabilidad civil, la

cuantía mínima de (en letras, el importe establecido al efecto en el Cuadro Anexo)

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

euros (________________________________________ €).

_____________________________________________________, ________________ de _____________________________________________________________ de 2015 Firma: ________________________________________________________________________________ (Nombre y apellidos) 

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39. ANEXO V. DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL LICITADOR EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

LABORALES (procedimiento para la coordinación de actividades empresariales) Sr./La Sra. _____________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

como (cargo) ________________________________________________________________________________________________________________________________

de la empresa ________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

DECLARO QUE:

La empresa cumple, en materia de prevención, la normativa vigente. Los trabajadores de la empresa han recibido la información y la formación de riesgos del lugar del trabajo. Los trabajadores tienen un estado de salud compatible con las tareas a realizar. Aportará la lista de los riesgos específicos que la empresa pueda originar en el desarrollo de la actividad a

los centros en los que se lleve a cabo cada una de las correspondientes actividades objeto de contrato. Informará a la FTPM365 sobre los accidentes de trabajo que se produzcan como consecuencia de los

riesgos de las actividades concurrentes. Comunicaré cualquier situación de emergencia que pueda afectar a la salud o la seguridad de los

trabajadores de las empresas presentes en los centros de trabajo en los que se lleve a cabo las actividades

o trabajos objeto del contrato. Aportaré toda la documentación necesaria y suficiente para acreditar todos los puntos anteriores antes de

firmar el contrato de adjudicación. Actualizaré esta información cuando se produzcan cambios en las actividades contratadas u otros

cambios que sean relevantes a efectos preventivos. Sé que la adjudicación quedará sin efecto si no aporto la documentación necesaria o no cumplo la

normativa vigente en materia de prevención.

_____________________________________________________, ________________ de _____________________________________________________________ de 2015 Firma:     ________________________________________________________________________________ (Nombre y apellidos)

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40. ANEXO VI. PREVISIÓN DE SUBCONTRATACIÓN Sr./Sra. (representante legal) ______________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

con NIF (o equivalente) _______________________________________________________________________________________, en calidad de (cargo)

___________________________________________________________________________________________ actuando en nombre de (entidad/persona)

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

con NIF ____________________________________________________________________ y domicilio en ________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

del municipio de ____________________________________________________________________________________________________________________________,

CP _____________________________________________________.

DECLARO Que en caso de resultar adjudicatario de la convocatoria de la licitación por procedimiento ______________________________

del (objeto del contrato) ___________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

durante la ejecución del contrato tengo previsto realizar las subcontrataciones siguientes:

Parte del servicio Importe %1 Nombre del subcontratista

_____________________________________________________, ________________ de _____________________________________________________________ de 2015 Firma: _______________________________________________________________________________ (Nombre y apellidos)

1 El importe y el porcentaje que se debe reflejar se entiende relacionado con el presupuesto de la licitación, siendo motivo de exclusión indicar cualquier dato en referencia a la oferta económica del licitador.

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41. ANEXO VII. COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESARIOS Sr./Sra. (representante legal) ______________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

con NIF (o equivalente) _______________________________________________________________________________________, en calidad de (cargo)

___________________________________________________________________________________________ actuando en nombre de (entidad/persona)

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

con NIF ____________________________________________________________________ y domicilio en ________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

del municipio de ____________________________________________________________________________________________________________________________,

CP _____________________________________________________.

Sr./Sra. (representante legal) ______________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

con NIF (o equivalente) _______________________________________________________________________________________, en calidad de (cargo)

___________________________________________________________________________________________ actuando en nombre de (entidad/persona)

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

con NIF ____________________________________________________________________ y domicilio en ________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

del municipio de ____________________________________________________________________________________________________________________________,

CP _____________________________________________________.

MANIFIESTAN / BAJO RESPONSABILIDAD Constituir una unión temporal de empresarios, de conformidad con lo establecido en el RDL 3/2011, a efectos de

participar en la convocatoria de la licitación por procedimiento __________________________________________________________________

del (objeto del contrato) ___________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________.

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En caso de resultar adjudicatarios se comprometen a formalizar en escritura pública esta unión, la cual está

constituida por un porcentaje de participación de (en letras) _____________________________________________________________________

(_______________%) de la empresa ____________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

y por un porcentaje de participación de (en letras) ______________________________________________________________ (_______________%)

de la empresa ________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

Asimismo se nombra al/a la Sr./Sra.. _____________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

como representante de esta agrupación.

_____________________________________________________, ________________ de _____________________________________________________________ de 2015 Firmas:       ________________________________________________________________________________ (Nombre y apellidos de los representantes de cada una de las entidades de la unión temporal de empresarios)

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42. ANEXO VIII. DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD Sr./Sra. (representante legal) ______________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

con NIF (o equivalente) _______________________________________________________________________________________, en calidad de (cargo)

___________________________________________________________________________________________ actuando en nombre de (entidad/persona)

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

con NIF ____________________________________________________________________ y domicilio en ________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

del municipio de ____________________________________________________________________________________________________________________________,

CP _____________________________________________________.

DECLARO Que los documentos y datos que a continuación se relacionan, presentados en el sobre __________2, se consideran

de carácter confidencial.

1.

2.

3.

4.

5.

_____________________________________________________, ________________ de _____________________________________________________________ de 2015 Firma: __________________________________________________________________________________________________________________________________________________ (Nombre y apellidos) 

2 Indicar el número del sobre, teniendo en cuenta que ha de presentarse, en su caso, una declaración para cada sobre.

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43. ANEXO IX. DECLARACIÓN DE SOMETIMIENTO A LA JURISDICCIÓN ESPAÑOLA Sr./Sra. (representante legal) ______________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

con NIF (o equivalente) _______________________________________________________________________________________, en calidad de (cargo)

___________________________________________________________________________________________ actuando en nombre de (entidad/persona)

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

con NIF ___________________________________________________________________ y domicilio en _________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

del municipio de ____________________________________________________________________________________________________________________________,

CP _____________________________________________________.

DECLARO A RESPONSABLEMENTE Y EXPRESAMENTE / BAJO JURAMENTO Que la entidad extranjera a la que represento se somete a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles

en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir de la preparación,

adjudicación, efectos y extinción derivados del procedimiento de contratación del (objeto del contrato)

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder.

_____________________________________________________, ________________ de _____________________________________________________________ de 2015 Firma:      ________________________________________________________________________________ (Nombre y apellidos) 

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44. ANEXO X. AUTORIZACIÓN DE NOTIFICACIONES POR CORREO ELECTRÓNICO Sr./Sra. (representante legal) ______________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

con NIF (o equivalente) _______________________________________________________________________________________, en calidad de (cargo)

___________________________________________________________________________________________ actuando en nombre de (entidad/persona)

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

con NIF ____________________________________________________________________ y domicilio en ________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

del municipio de ____________________________________________________________________________________________________________________________,

CP _____________________________________________________.

AUTORIZA RESPONSABLEMENTE Y EXPRESAMENTE A la FTPM365 a que las notificaciones que proceda efectuar durante la tramitación de la convocatoria de la

licitación por procedimiento _________________________________________ del (objeto del contrato) _____________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

sean realizadas a través de la dirección de correo electrónico y/o número de fax indicados a continuación:

Correo electrónico: _________________________________________________________________________________________________________________________

Fax: _____________________________________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________, ________________ de _____________________________________________________________ de 2015 Firma:     ________________________________________________________________________________ (Nombre y apellidos) 

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45. ANEXO XI. DECLARACIÓN SOBRE PERTENENCIA A UN GRUPO EMPRESARIAL Sr./Sra. (representante legal) ______________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

con NIF (o equivalente) _______________________________________________________________________________________, en calitat de (cargo)

___________________________________________________________________________________________ actuando en nombre de (entidad/persona)

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

con NIF ___________________________________________________________________ y domicilio en _________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

del municipio de ____________________________________________________________________________________________________________________________,

CP _____________________________________________________.

DECLARO A RESPONSABLEMENTE Y EXPRESAMENTE / BAJO JURAMENTO

Que la entidad a la que represento:

a) No pertenece a ningún grupo de empresas.

b) Pertenece al grupo empresarial.

En este último caso, se indica que:

No concurren a la licitación otras empresas del grupo que se encuentran en alguno de los supuestos del

artículo 42 del Código de Comercio.

Concurren a la licitación otras empresas del grupo que se encuentran en alguno de los supuestos del

artículo 42 del Código de Comercio, de las que se da cuenta a continuación (indicar el nombre de las

otras empresas):

1.

2.

3.

_____________________________________________________, ________________ de _____________________________________________________________ de 2015 Firma:  ________________________________________________________________________________ (Nombre y apellidos) 

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46. ANEXO XII. CERTIFICADO EN RELACIÓN A PERSONAS TRABAJADORAS CON DISCAPACIDAD Sr./Sra. (representante legal) ______________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

con NIF (o equivalente) _______________________________________________________________________________________, en calidad de (cargo)

___________________________________________________________________________________________ actuando en nombre de (entidad/persona)

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

con NIF ___________________________________________________________________ y domicilio en _________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

del municipio de ____________________________________________________________________________________________________________________________,

CP _____________________________________________________.

CERTIFICO

Que la entidad a la que represento:

a) Tiene un número de 50 ó más trabajadores en su plantilla, siendo el número global de trabajadores de

plantilla de ____________, el número particular de trabajadores con discapacidad de ____________ y el porcentaje de

personas trabajadoras fijas con discapacidad de __________3, por lo que:

Cuenta con al menos un dos por ciento de trabajadores con discapacidad.

Ha optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, a cuyo efecto presenta

una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración con las concretas medidas aplicadas.

b) Tiene menos de 50 trabajadores en su plantilla, siendo el número global de trabajadores de plantilla de

__________, el número particular de trabajadores con discapacidad de _____________ y el porcentaje de personas

trabajadoras fijas de ___________3,.

c) No cuenta con trabajadores en plantilla.

_____________________________________________________, ________________ de _____________________________________________________________ de 2015 Firma: __________________________________________________________________________________________________________________________ (Nombre y apellidos)

3 La indicación del número global de personas trabajadoras fijas con discapacidad es optativa, pero se valorará a efectos de lo establecido para los supuestos de empate en la clasificación de las ofertas.

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47. ANEXO XIII. DECLARACIÓN SOBRE LA PROMOCIÓN DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES Sr./Sra. (representante legal) ______________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

con NIF (o equivalente) _______________________________________________________________________________________, en calitat de (cargo)

___________________________________________________________________________________________ actuando en nombre de (entidad/persona)

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

con NIF ___________________________________________________________________ y domicilio en _________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

del municipio de ____________________________________________________________________________________________________________________________,

CP _____________________________________________________.

DECLARO

El compromiso de la entidad a la que represento en el establecimiento y desarrollo de políticas que integren la igualdad en el trato y oportunidades entre mujeres y hombres, sin discriminación directa o indirectamente por razón de sexo, así como el impulso y fomento de medidas para conseguir la igualdad real en esta entidad, estableciendo la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como un principio estratégico de su política corporativa y de recursos humanos, de acuerdo con la definición de este principio regulado en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Y, de que conforme a esta Ley, la entidad licitadora desarrolla medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades, tales como 4:

Distintivo "Igualdad en la Empresa". Convenio suscrito a algún programa de planes de igualdad de empresas con administraciones y/o entidades

públicas. Medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Elaboración y aplicación de un plan de igualdad en la empresa. Representación equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de selección y valoración, así como el resto

de los grupos y categorías profesionales. Medidas de acción positiva en el acceso al trabajo y a la promoción profesional en los niveles en los que las

mujeres estén subrepresentadas. Medidas efectivas para eliminar cualquier discriminación retributiva, directa o indirecta, por razón de sexo, y

garantizar la igualdad de retribución por trabajos de igual valor. Implantación de medidas adecuadas de prevención y sanción contra la violencia de género, acoso sexual y por

razón de sexo. Implementación de actuaciones de responsabilidad social en materia de igualdad de oportunidades.

_____________________________________________________, ________________ de _____________________________________________________________ de 2015 Firma: __________________________________________________________________________________________________________________________ (Nombre y apellidos)

4 La entidad debe aportar con esta declaración el Plan de Igualdad implantado y la documentación necesaria para acreditar la veracidad de esta declaración.

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48. ANEXO XIV. OFERTA ECONÓMICA Sr./Sra. _________________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

con domicilio en (municipio) _____________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

calle ____________________________________________________________________________________________________________________________________________,

CP __________________________________________________, en nombre propio o en representación de ____________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

con domicilio social en _____________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

manifesto que, conocedor del anuncio publicado en el BOIB/DOUE núm. __________________________________________ de fecha

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

referente a la convocatoria de la licitación por procedimiento ____________________________________________________________________

del (objeto del contrato) ________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

y teniendo capacidad legal para ser adjudicatario, me comprometo, con sujeción total e íntegra a los pliegos que

rigen este procedimiento de contratación, que conozco y acepto a expresamente, a tomar a mi cargo esta

contrata, de conformidad con las condiciones ofertadas, por una cantidad de base imponible (en letras)

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

(en cifras) ________________________________________________________ €, cantidad a la que corresponde un IVA de (en letras)

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

(en cifras) _________________________________________________ €.

_____________________________________________________, ________________ de _____________________________________________________________ de 2015 Firma:  ________________________________________________________________________________ (Nombre y apellidos) 

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49. ANEXO XV. FIANZA DEFINITIVA Sr./ Sra. ________________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

en los términos y condiciones que establece la normativa en materia de contratación con el sector público y ante

la Fundación Turismo Palma de Mallorca 365 deposita como fianza definitiva la cantidad de (en letras)

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

(________________________________________ €), en metálico (o mediante título de deuda pública) para responder de las

obligaciones derivadas de la licitación para la adjudicación de (objeto del contrato) _________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________.

Esta fianza tendrá validez hasta que la FTPM365 autorice cancelarla.

_____________________________________________________, ________________ de _____________________________________________________________ de 2015 Firma:     ________________________________________________________________________________ (Nombre y apellidos) 

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50. ANEXO XVI. AVAL DE GARANTÍA DEFINITIVA La entidad ____________________________________________________________________________________________________________________________________

con NIF/CIF _________________________________________________________________ y domicilio para notificaciones y requerimientos en

(municipio) ___________________________________________________________________________________________________________________________________

calle ____________________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________,

CP ____________________________________________, y en su nombre ____________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________.

con poderes suficientes para este acto según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de

este documento,

AVALA

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________, con NIF/CIF __________________________________________________,

de acuerdo con los arts. 95 y siguientes del RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto

refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, relativo a garantías definitivas, para responder de las

obligaciones derivadas de la licitación de (objeto del contrato) ___________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

ante la Fundación Turismo Palma de Mallorca 365, por un importe de (en letras) ____________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

euros, (en números) ___________________________________________________ €.

Este aval se otorga solidariamente respecto del obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión

de bienes y con el compromiso de pago al primer requerimiento de la FTPM365. Si se incumple el requerimiento

de pago se ejecutará este aval siguiendo la vía administrativa de constricción y tendrá validez hasta que el

FTPM365 no autorice cancelarlo. _____________________________________________________, ________________ de _____________________________________________________________ de 2015 Firma: ____________________________________________________________________________________ (Nombre y apellidos)

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51. ANEXO XVII. PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LA PLATAFORMA DE PLAYA DE PALMA Equipamiento El equipamiento de Red es del fabricante americano líder mundial CISCO (Gama Meraki: meraki.cisco.com). Se apuesta por una plataforma homogénea en equipamiento, en la que todos sus elementos de Hardware de Red y Software de Gestión son del mismo fabricante y utilizan la misma tecnología, siendo por tanto 100% compatibles entre sí, garantizando una Solución de Alta Disponibilidad y Capacidad y una Red Wi-Fi desplegada robusta, fiable, flexible y escalable

Equipamiento de red inalámbrica de exterior - Gama de puntos de acceso WiFi: MR Series, MR62, MR66, OD2, PoE Injector, Antenas Omnidireccionales y Sectoriales Dispositivos de seguridad administrados en la nube - MX Cloud Managed Security Appliances, paquete integral de servicios de gestión y seguridad de red de clase empresarial entre los que se incluye un Firewall de última generación, filtrado de contenido, filtrado de búsqueda web, prevención de intrusiones basada en SNORT, almacenamiento en caché web, optimización de WAN, varios uplinks WAN y tolerancia a fallos 4G. Switches administrados en la nube “Cloud Networking”: - MS Cloud Managed Switches, paquete integral de funciones esenciales de control de red de clase empresarial entre los que se incluye visibilidad profunda de aplicaciones de capa 7, apilado virtual, calidad de servicio para aplicaciones críticas, control de acceso 802.1X, herramientas en tiempo real cómo pruebas de cables para aislar problemas de capa física, alertas ante pérdidas de potencia/inactividad/cambios de configuración/accesos no autorizados.

Arquitectura servicios de Software administrados en la nube “Cloud Networking”: - Conjunto de servicios y software de gestión administrados en la nube que garantizan una absoluta seguridad, fiabilidad y privacidad de la información. - Servicio Cloud Management (Visibilidad y control de toda la red). - Servicio Traffic Shapping (Control de ancho de banda por aplicación) - Servicio Auto RF (Analizador de Espectro RF con optimización en tiempo real) - Servicio Location Services (Localización de dispositivos, etiquetas WiFi en tiempo real) - Servicio Air Marshal (Sistema de prevención y detección de intrusiones en tiempo real) - Servicio System Manager (Plataforma de gestión y monitorización centralizada de dispositivos móviles: smartphones, tablets, etc ideal para entornos BYOD). - Servicio NAC Solution (Prevención de Accesos dispositivos sin software antivirus verificado) - Servicio CMX (Cisco Mobile Experience): Analítica de Presencia y Localización - Servicio de Confianza, diseño de centros de datos. - Servicio en centros de datos Europeos “EU Cloud” (Cumplimiento normativa vigente de la CEE en materia de privacidad, en referencia a que todos los datos registrados deben ser salvaguardados/almacenados obligatoriamente en servidores Europeos).

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Cobertura del Servicio Equipos de red necesarios para garantizar cobertura en las ubicaciones planteadas en las diferentes fases del proyecto. 300 puntos de acceso de Alta Capacidad y Alta Densidad (con sus correspondientes antenas, alimentadores, controladores, elementos de sujeción, cajas estancas, cableado Ethernet, etc) los cuáles podrán verse incrementados/complementados con los puntos de acceso adicionales que se instalen para “interoperar” con otras redes wifi instaladas/existentes (tanto públicas como privadas), así como con los puntos de acceso adicionales que se precisen para reforzar la cobertura y/o las capacidades de servicio en aquella/s zona/s en los que se detecte su necesidad. Número máximo de conexiones concurrentes El número máximo teórico de conexiones concurrentes por nodo y/o punto de acceso instalado es de aprox. 100 usuarios por radio, variando por tanto la capacidad total en cada zona o punto de cobertura, en función del tipo de nodo operativo (radio única de una banda, doble radio / doble banda, triple radio / doble banda). Mediante la plataforma el propio punto de acceso adapta la cifra de usuarios concurrentes para garantizar una adecuada calidad de servicio en función del tipo de carga/transferencia realizada por cada dispositivo cliente y del tipo de conectividad a Internet disponible. Todos los puntos de acceso disponen de la habilidad de forzar a los dispositivos más avanzados y rápidos que utilizan el protocolo 802.11n en banda de 5Ghz a utilizar por defecto la radio de 5Ghz liberando la radio de banda 2,4Ghz para trabajar con los dispositivos más antiguos y lentos. El sistema tiene la habilidad de enrutar los dispositivos Wi-Fi clientes a puntos de acceso más lejanos que dispongan de menor intensidad de señal pero de mejor capacidad (por menor saturación o concurrencia de usuarios/datos) lo que mejora notablemente la capacidad global de adaptación y gestión del tráfico de toda la infraestructura. Gran flexibilidad de una red con arquitectura Mesh, dado que con esta tipología de red los nodos permiten un alto grado de interacción entre sí mejorando notablemente la capacidad y calidad de acceso (a mayor densidad de nodos, mayor capacidad de selección de rutas alternativas y de tolerancia a fallos e interferencias). La plataforma WISP Carrier Class con gestión Cloud Networking de CISCO MERAKI permite escalar el hardware de acceso en cada red “Zona WiFi” diferenciada hasta un máximo de 1.000 nodos por red con capacidad de gestión de hasta 20.000 conexiones concurrentes por red.

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52. ANEXO XVIII. DECLARACIÓN DE INTENCIONES DE COLABORACIÓN ENTRE LA FTPM365 Y LA

AUTORIDAD PORTUARIA DE BALEARES PARA LA IMPLANTACIÓN DE UNA RED WI-FI EN DETERMINADAS ZONAS DEL MUNICIPIO DE PALMA DE MALLORCA

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53. ANEXO XIX. ZONAS DE COBERTURA IMPRESCINDIBLE DE LA SMARTWIFIPALMA

Fase 1ª (2015-2017)

Fase 2ª (2018)

Fase 3ª (2019)

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FASE 1ª (2015-2017) Se considera adecuado para esta primera fase iniciar la cobertura en la zona portuaria de Palma, por ser un lugar de recepción de pasajeros de cruceros que accederán de forma directa a la zona comercial de Palma, así como el acceso al centro de la ciudad a través de la zona de gran afluencia turística. Así, pues, esta fase debe comprender como mínimo, las zonas de: Dique del Oeste y Muelle de Poniente: Estaciones Marítimas 1, 2, 3 y 4, Muelle Poniente Norte, Muelle Poniente Sur, ampliación del Muelle de Poniente y Muelle Paraires. Muelles Comerciales: Muelle Nuevo, prolongación del Muelle Nuevo y Muelle Adosado. Paseo de Sagrera y acceso al centro de la ciudad: Muelle Viejo, Capitanía Marítima, Aduanas, Av. Antoni Maura, Plaza de la Reina, Paseo del Born hasta la Plaza de Joan Carles I. Además de Catedral de Mallorca, Palacio de la Almudaina, calle del Mirador, Paseo de Dalt Murada y Ses Voltes.

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FASE 2ª (2018): En esta segunda fase se consolidará y amplificará la cobertura de las zonas definidas en la fase 1ª, por lo que el adjudicatario deberá facilitar en estas una cobertura garantizada del 100%, así como su ampliación en la fachada marítima desde la zona del Muelle de Poniente hasta el Paseo de Sagrera (confluencia con Av. Argentina) y las calles con mayor concurrencia de visitantes del centro histórico de la ciudad o zona intramuros, declarada, mediante resolución del Consejero de Economía y Competitividad, de 19 de diciembre de 2014, como zona de gran afluencia turística durante todo el año, a efectos de exclusión de la limitación de horarios comerciales. Por tanto, entre las vías en las que deberá implantarse la red en esta segunda fase se encuentran: Av. Jaume III, Paseo Mallorca, Plaza Porta de Santa Catalina. Además de la calle Unió, Plaza del Mercat, Plaza Mayor, calle Colom, calle Jaume II, Plaza de Cort y calle Palau Reial.

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FASE 3ª (2019): En esta última fase se consolidará y amplificará la cobertura de las nuevas zonas definidas en la fase 2ª, obteniendo una cobertura garantizada del 100%, además de ampliar la instalación a otras zonas turísticas y comerciales más estratégicas del municipio, tales como el Parque del Mar, la Playa de Can Pere Antoni, Palacio de Congresos, calle de Joan Maragall y el Dársena de Portixol; calle de Sant Miquel, Mercado de L’Olivar, Plaza de la Porta Pintada, Plaza de España y la Estación Intermodal; además de reforzar la capacidad del sistema en algunas zonas ya implantadas u otras nuevas, a definir entre el adjudicatario y la Junta de Control según impacto turístico.

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Palma de Mallorca, 14 de abril de 2015 Biel Escarrer Lorente Responsable de Telecomunicaciones de la Policía Local de Palma

Bartomeu Alorda Ladaria Coordinador del Grupo de Trabajo SmartCity/SmartDestination de la Universidad de las Islas Baleares

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Bartomeu Crespí Seguí Técnico de Innovación e Ingeniero en Organización Industrial del Consorcio de Platja de Palma

Martí Serra Capó Responsable de Telecomunicaciones del Instituto Municipal de Innovación

Jorge Martín Jiménez Jefe de Calidad e Innovación de la Autoridad Portuaria de Baleares

Miguel Ruano Martínez Técnico de Promoción Turística de la Fundación Turismo Palma de Mallorca 365

Joana Bibiloni Castelló Técnico Jurídico-Administrativo de la Fundación Turismo Palma de Mallorca 365