Comision refuladora de servicios publicos domiciliarrios
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ENERGÍA ELÉCTRICA
• para llevar la energía eléctrica a los diferentes lugares (residencias, oficinas, colegios, hospitales, hoteles, parques, almacenes, entre otros) es necesario realizar un proceso que comienza en la forma como se produce, hasta la forma como se vende.
• El proceso de la energía eléctrica está conformado básicamente por cuatro etapas (generación, transmisión, distribución y comercialización)
GAS NATURAL
• Para llevar el gas natural a los diferentes lugares (residencias, oficinas, colegios, hospitales, hoteles, entre otros) es necesario realizar un proceso que comienza en la forma como se produce, hasta la forma como se vende.
• El proceso del gas natural está conformado básicamente por cuatro etapas (producción, transporte, distribución y comercialización).
COSTO TARIFARIO
J = Rango j de consumo.
M = Mes de prestación del servicio.
Gm = costo promedio máximo unitario en $/m3 para compras de gas natural destinado a usuarios regulados, aplicable en el mes m.
Tm = costo promedio máximo unitario en $/m3 para el transporte de gas en el Sistema Nacional de Transporte destinado a usuarios regulados aplicable en el mes m.
• p = porcentaje reconocido de pérdidas de gas en el Sistema Nacional de Transporte y en el Sistema de Distribución, equivalente a 3.5%, desagregado en un 1% para el Sistema Nacional de Transporte y un 2.5% para el Sistema de Distribución.
• Dvjm = componente variable del cargo de distribución en $/m3 permitido al distribuidor por uso de la red aplicable en el mes m, correspondiente al rango j de consumo. No incluye la conexión.
• Dfjm = componente fijo del cargo de distribución, expresado en $/factura, aplicable en el mes m correspondiente al rango j de consumo. El componente fijo para los usuarios del primer rango de consumo de la canasta de tarifas será igual a cero.
• Cm = cargo máximo de comercialización del mes m expresado en pesos por factura.
LEGISLACIÓN
• Decreto1261-2013 Por el cual se modifica la planta de personal de la Comisión de Regulación de Regulación de Energía y Gas – CREG
• Decreto2260-2012 Por el cual se liquida la Ley 1587 de 2012 que decreta unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2012.
• Decreto2246-2012 Por el cual se reglamenta el artículo 21 de la Ley 1450 de 2011 y se dictan otras disposiciones.
• Decreto2096-2012 Por el cual se unifica el Programa Especial de Protección Integral para dirigentes, miembros y sobrevivientes de la Unión Patriótica y el Partido Comunista Colombiano y se dictan otras disposiciones.
• Decreto1954-2012 Por el cual se dictan disposiciones para implementar el sistema de información de pacientes con enfermedades huérfanas.• Decreto1859-2012 Por el cual se
reglamenta la atención de controversias internacionales de inversión y se dictan otras disposiciones.• Decreto1832-2012 Por el cual se modifica la
estructura del Departamento Nacional de Planeación.
CÁLCULOS TARIFARIOS
• CÁLCULO DE LOS COSTOS DE VINCULACIÓN (CV).
Donde:i = Cada costo de vinculación. i = 1,2,…ncv = Costo de vinculación i
• CÁLCULO DE COSTOS CORRESPONDIENTES A CADA CICLO DE FACTURACIÓN CONJUNTA (CFC)
Donde:i = Cada costo de facturación conjunta. i = 1,2, , ncfc = Costo de facturación conjunta iLos costos de facturación conjunta son tales como:Costo de procesamientoCosto de ImpresiónCosto de distribuciónCosto de reportesCosto de Recaudos
LEGISLACIÓN
• Resolución CRA 413 de 2006. Artículo 14. Suspensión y corte del servicio• Resolución CRA 413 de 2006. Artículo 15.
Entrega de los bienes del suscriptor o usuario en el caso de corte• Resolución CRA 413 de 2006. Artículo 13. Retiro
del medidor. Nota. Este artículo fue modificado por el artículo 4 de la Resolución CRA 457 de 2008
COSTO TARIFARIO
•VFI= CFI +VCIVFI: valor de la factura del Usuario por extractoCFI: cargo fijo del usuario por extractoVCI: valor del consumo del usuario
• la Ley 142 de 1994. procedimiento para atender las solicitudes de información efectuadas por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico a los prestadores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, de conformidad con lo establecido en el inciso
• Se encuentra actualmente definido en la resolución CTR 1250 DEL 2005.• El valor fijo mensual a pagar por los usuarios
suscritos aun plan tarifario, varia según el plan tarifario diseñado por el operador.
• Es el contrato consensual, en virtud del cual el operador de TPBC presta a los usuarios sus servicios a cambio de un precio definido en dinero, de conformidad con estipulaciones definidas por él para ofrecerlas a muchos usuarios