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Colegio Politécnico Nuestra Señora De La PresentaciónVargas # 290 - Fono. 2-8323136 - Melipilla www.delapresentacion.cl Unidad Técnico Pedagógica Prof. Hugo Cáceres Herrera 2018 Reglamento Interno de Evaluación y Promoción Escolar Para Estudiantes De 7°EB, 8°EB y 1º a 4º Año De Enseñanza Media. D. L. Nº 511 de 8 de mayo 1997, 112 del 20 Abril 1999, D. L. Nº158 del 21 de junio de 1999 Y D. L. Nº 83 del 06 Marzo 2001

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Reglamento Interno de Evaluación y Promoción Escolar

Para Estudiantes De 7°EB, 8°EB y 1º a 4º Año De Enseñanza Media.

D. L. Nº 511 de 8 de mayo 1997, 112 del 20 Abril 1999, D. L. Nº158 del 21 de junio de 1999

Y D. L. Nº 83 del 06 Marzo 2001

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Índice de Materias Página

I. Introducción

I.1. Ideal pedagógico del Proyecto Educativo Institucional……………………... 3

I.2. Los principios rectores de las políticas educativas………………….............. 3

I.3. Los Decretos rectores de las políticas educativas…………………………… 3

I.4. Marco referencial de la evaluación educacional…………………….............. 3

II. Título I: Disposiciones Generales

II.1. Sobre el período académico: Art.2………………………………….............. 4

II.2. Plan de estudio Art.3 ……………………………………………………….. 4

II.3. Función del Departamento de Coordinación Académica: Art.4……….......... 4

II.4. Preparación de la Enseñanza: Arts. 5,6... …………………………………… 5

II.5. Reuniones de CC.PP.: Arts. 7,8…………………………………………….. 5

III Título II: Criterios,, contenidos e instrumentos de evaluación

III.1. Criterios de la Evaluación para el Aprendizaje……………………………… 5

III.2. Contenidos de la evaluación ………………………………………………… 6

III.3 Tipos de Evaluación…………………………………………………………. 6

III.4 Procedimientos de evaluación……………………………………………….. 7

III.5 Instrumentos de evaluación………………………………………………….. 8

III.6 Otras situaciones evaluativas………………………………………………... 9

III.7 Procedimientos de autoevaluación y coevaluación………………………….. 9

IV Título III: de las calificaciones e informes de resultado

IV.1. Calificaciones parciales……………………………………………………… 9

IV.2 Calificaciones semestrales…………………………………………………... 10

IV.3 Calificaciones finales del sector……………………………………………... 10

IV.3 Informe de resultados ……………………………………………………….. 10

IV.5 Protocolos para situaciones especiales :

IV.5.1. De la inasistencia a evaluaciones…………………………......... 11

IV.5.2. De la eximición…………………………………………………. 11

IV.5.3. De la evaluación diferenciada ………………………………….. 12

IV.5.3.1. Evaluación diferenciada de alumnas con NEE………………… 12

IV.5.3.2. Evaluación diferenciada para alumnas madres y embarazadas.... 13

IV.5.3.3. Período académico de alumnas NEE, madres y embarazadas….. 13

V Título IV: De la promoción escolar

V.1. Requisitos de promoción escolar: arts.42, 43……………………………....... 14

V.2. Asistencia mínima. art.44……………………………………………………. 14

V.3. Reforzamiento y nivelación: art.45………………………………………….. 14

V.4 Solicitud de validación de estudios Art. 46 …………………………………. 15

V.5 Correlación de estudios de NM3 – NM4 Art. 47 …………………………... 15

V.6 Situaciones no previstas por el reglamento Art.48 ………………………….. 15

Anexos: Protocolos de actuación: Cultura Evaluativa………………………. 16

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INTRODUCCIÓN

El presente Reglamento Interno de Evaluación se articula de acuerdo a la facultad que le confiere la Ley

General de Educación, Nº 20.370, Arts. 39ss., a los Establecimientos Educacionales, para que en el

contexto del la normativa y políticas educativas, tomen sus propias decisiones con respecto al proceso de

evaluación de los aprendizajes y las oficialice a través de una normativa interna.

La evaluación es el medio por el cual el profesor/a y la estudiante pueden verificar sus logros o

deficiencias en el proceso de aprendizaje. Al medir los resultados, el profesor/a estará en condiciones de

orientar a la estudiante en la consecución de los aprendizajes esperados, como también de autorregular la

eficacia del diseño metodológico.

Conscientes de la responsabilidad que cada uno de los actores tiene frente a la propuesta de mejorar la

calidad educativa, el Consejo de Profesores, el Consejo Escolar, el Equipo Directivo y la Dirección del

establecimiento, llevan a cabo una serie de iniciativas que facilitan el análisis de las factores que inciden

en los resultados de la Institución, adoptando acuerdos sobre los criterios que regulan y sustentan el

proceso evaluativo en el Colegio.

En qué se Fundamenta el Reglamento de Evaluación:

1.- Ideal pedagógico y sellos institucionales dispuestos en el Proyecto Educativo Institucional PEI

En lo medular , el Ideal pedagógico del PEI está centrado en entregar una formación integral a las

jóvenes : en lo intelectual, en lo espiritual y en lo social, inmersas en un ambiente de calidad, de exigencia

académica y disciplinaria; con valores cristianos, capacidades, destrezas y habilidades, que les faciliten la

elaboración y compromiso con un proyecto de vida personal y trascendente , que les permita ser personas

socialmente competentes, con habilidades y actitudes que las lleve a incorporarse exitosamente en un

mundo global cambiante y de exigencias diversas.

2.- Los Principios Rectores de las Políticas Educativas.

Planteados por las políticas educacionales de Estado que impulsa el Gobierno de Chile, orientadas

hacia el logro de objetivos de “Mejorar la Calidad y Equidad de las oportunidades educativas.”

3.- Los Decretos Supremos Nº220/ 98, 254/2009, 614/ 2013, 369/2015 y, 452/2013, que establecen:

Objetivos de Aprendizaje expresados en términos de competencias y Contenidos Mínimos Obligatorios

que se refieren a conocimientos específicos y experiencias de aprendizaje para que las estudiantes

desarrollen destrezas y actitudes.

4.- Los Decretos Exentos de Evaluación: D.L. Nº 511/1997 para 7°EB y 8°E; D.L N° 112/ 1999 para

1°EM y 2°EM, D.L. Nº158/ 1999 ; y D.L. Nº 83/ 2001 para 3° y 4° de ambas modalidades - EMHC -

EMTP. Los cuales, son normativos y contienen disposiciones generales relativas a evaluación,

calificación y promoción que deben cumplir todos los establecimientos educacionales del país. Además,

le entregan facultades a cada unidad educativa para que elabore sus propias normativas internas.

5.- Marco referencial de la evaluación educacional. La teoría evaluativa, afincada en la premisa que,

“sólo mejora lo que se evalúa, mide u observa”, concibe al sujeto de evaluación a quien es capaz de

movilizar repertorios personales para la generación de sentido, construcción de relaciones de significado

entre ámbitos epistemológicos, además de involucrar el acto de “reconstruir la realidad” (Cassasus: 2007).

En este contexto, tanto la investigación como la política educativa proponen dentro de las actuales

competencias de los docentes directivos y profesionales de la educación, la capacidad de diseñar

programas evaluativos que incorporan estrategias para escenarios de aprendizaje diverso, de modo que, las

estudiantes puedan movilizar no sólo competencia específicas asociadas al curriculum escolar, sino

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además, aquellas que le posibiliten el ingreso y desarrollo en la sociedad del conocimiento e información,

en un mercado socio ocupacional en permanente cambio.

La evaluación es parte del proceso de aprendizaje enseñanza, con ello el Colegio Politécnico Nuestra

Señora de la Presentación, propone como marco referencial de la evaluación educacional, el paradigma de

la evaluación autentica y/o evaluación para el aprendizaje; la que facilita la recogida de información no

sólo del proceso, sino además de las diversas evidencias y productos de aprendizaje a través de

instrumentos, procedimientos y actividades centrados en el proceso, la metacognición y la autonomía del

sujeto frente a su propio aprendizaje.

TÍTULO I. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1°: Este reglamento se aplicará de Séptimo Enseñanza Básica a Cuarto de Enseñanza Media Técnico

Profesional.

Art. 2°: El año escolar comprenderá dos períodos lectivos denominados semestres.

Art. 3°: En la evaluación y promoción de las estudiantes, se considerarán todas las asignaturas y

módulos de especialidad de los planes de estudio correspondiente a cada nivel de enseñanza, y el

porcentaje de asistencia a clases del año académico respectivo.

Art. 4°: La supervisión del proceso de evaluación estará a cargo de Coordinación Académica, quien entre

sus funciones priorizará en los aspectos que a continuación se detallan:

- Implementación del currículum y preparación de la enseñanza.

- Evaluación de la implementación curricular.

- Revisión de las planificaciones de clases y su desarrollo curricular.

- Retroalimentación tanto a la preparación de la enseñanza como a las estrategias y procedimientos

de evaluación por cada departamento de asignatura y especialidad.

- Supervisión de la gestión docente en el aula y la observación de clases.

- Formas de evaluación y carácter de los procedimientos.

- Instrumentos evaluativos.

- Gestionar instancias de trabajo del departamento para estandarizar instrumentos de evaluación por

observación.

- Calendarización de evaluaciones y situaciones especiales.

- Pautas de evaluación y % de exigencia

- Control de Calificaciones por mes.

- Informes de avance académicos

- Coordinación del proceso de reconocimiento y validación de estudios de las estudiantes extranjera

y aquellas provenientes de especialidades de otro o del mismo sector económico, según lo

dispuesto por el Decreto Exento Nº 2272 del 2007.

- Control de asistencia a evaluaciones calendarizadas como de los instrumentos y procedimiento

evaluativos de alumnas pendientes.

- Gestión de procedimientos para evaluación de la cobertura curricular de cada asignatura y sector de

aprendizaje.

- Registro de actividades en libros de clases y su coherencia con la planificación y los

- Programas de Estudio de las asignaturas para el nivel o ciclo.

Art. 5°: Para el Colegio Politécnico Nuestra Señora de la Presentación, el proceso de preparación de la

enseñanza debe comprender los siguientes aspectos, componentes y herramientas:

- Planificación anual por semestres y unidades

- Planificación de unidades de aprendizajes o proyectos de aula, los cuales contendrán los estándares

de Aprendizaje (niveles de logro) , estándares de conocimiento asociados a progresiones claras y

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contextualizadas y competencias comprensión lectora, resolución de problemas y de ciudadanía

correspondientes a los Planes de Mejoramiento Educativos de la Subvención Escolar Preferencial.

- Planificación de aula semanal para el Área de Formación General

- Plan de adecuación curriculares para estudiantes con evaluación diferenciada

- Planificación por Diseño de Actividades de Aprendizaje para el Área de Formación Diferenciada

Técnico Profesional.

- Otras herramientas del curriculum: Planes de estudio, Programas de estudio, Libros de Texto,

Bases Curriculares, Estándares de Aprendizaje, Guías Didácticas para la Articulación de los Ejes

Curriculares.

- Carta Gantt con plazos y estructura de los AE por asignatura, unidad de aprendizaje y nivel

educativo.

- Elaboración de programa semestral de evaluación por asignatura.

- Evaluación e informe de cobertura curricular por docente y asignatura según cada curso y nivel

educativo.

Art. 6°: Los diseños curriculares de aula o planificación de clases, considerará los Objetivos de

Aprendizaje (O.A.), Aprendizajes Esperados (A.E.), Competencias (habilidades, conocimientos y actitudes)

y los CMO propuestos en las Bases Curriculares para 7°EB, 8°EB, 1°EM y 2°EM ( DFL 614/2013 , DFL

N°369/2015), 3°EM y 4°EM (D.S.E. N° 452/2013) y el Marco Curricular , Decretos N° 220/ 2005 y

254/2009, que define los aprendizajes esperados de cada nivel de enseñanza para cada asignatura según

corresponda ; además de lo dispuesto por los planes y programas de estudio para cada nivel de enseñanza:

7°EB y 8°EB (D.L.N°628/2016), 1°EM y 2°EM ( D.F.L.N°1264/2016), 3°EM y 4°EM (DE N° 1147/2015

y DL N° 954/2015) .

Art. 7°: Las fechas de reuniones padres y apoderados serán calendarizadas anualmente, y en ellas cada

profesor(a) jefe entregará un informe escrito sobre desempeño académico, convivencia escolar, con las

calificaciones y observaciones positivas o negativas obtenidas por las estudiantes.

Art. 8°: El Establecimiento ha contemplado en su propuesta educativa la realización de Jornadas de

Evaluación de Gestión Curricular, las cuales se realizarán al término de cada semestre, con el propósito de

conocer el estado de avance y los posibles ajuste al ciclo de mejora continua de resultados de aprendizaje ,

y cobertura curricular por cada asignatura, curso y nivel educativo; posibilitando, además, el análisis

colegiado del conjunto las situaciones especiales..

TÍTULO II. CRITERIOS, CONTENIDOS, PROCEDIMIENTOS

E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN

1. Criterios de la evaluación para el aprendizaje.

Art. 9: El Proyecto Educativo Institucional a través del Ideario Pedagógico, conciben la evaluación desde

una modalidad criterial, integrada al proceso de enseñanza y aprendizaje. De esta forma, entendemos por

evaluación un proceso intencionado, sujeto de diálogo entre los diferentes actores sociales y educativos,

cuya finalidad es recoger y analizar información para tomar decisiones y ajustes al curso de las políticas y

estrategias empleadas para el aprendizaje de todas las jóvenes. En consecuencia, para sustentarla sobre

bases empíricas es necesario explicitar algunos de sus criterios. A modo de síntesis, evaluar para nosotros

significa:

a. Determinar el punto de partida más conveniente para iniciar el proceso de aprendizaje.

b. Informar a las estudiantes sobre sus propias fortalezas o debilidades en el logro de aprendizajes

significativos para dirimir formas remediales.

c. Retroalimentar y planificar estrategias de mejoramiento.

d. Disponer de información válida y confiable para la toma de decisiones.

e. Determinar el estado de avance y de logro de los OA ,CMO y competencias del curriculum.

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f. Cuantificar evidencias de desempeño y productos de aprendizaje.

g. Dar centralidad a la evaluación de proceso y formativa.

h. Monitorear los instrumentos, el curriculum, las estrategias, los recursos y el sistema.

i. Profundizar estrategias de evaluación diferenciada para las estudiantes con NEE, diversos ritmos y

estilos de aprendizaje.

2. Contenidos de la evaluación.

Art. 10: La evaluación está orientada a recabar información sobre el nivel logro de los objetivos de

Aprendizaje OA, ejes temáticos de la asignatura, habilidades y actitudes del programa de estudio y

competencias transversales; de modo de evidenciar los desempeños de las estudiantes según cursos, niveles

y módulos de especialidad correspondientes a los decretos de las bases curriculares, planes y programas de

estudio.

3. Tipos de evaluación.

Art. 11: La Evaluación como proceso tiene un carácter continuo, habitual y sistemático, puesto que,

permite al docente conocer el impacto tanto de las estrategias como del diseño curricular de aula;

constatando, de este modo, la congruencia entre los diseños metodológicos y didácticos con los ritmos,

estilos de aprendizajes e intereses y necesidades educativas de las estudiantes. Al respecto, constatamos

que el proceso evaluativo contiene los siguientes momentos y funciones:

a. Evaluación Inicial.

La evaluación cumple una función diagnóstica pues permite orientar los estilos enseñanza;

conocer los ritmos y estilos de aprendizaje, las necesidades educativas y conocimientos previos

de las estudiantes. Está centrada en las estudiantes evaluadas y en sus características.

b. Evaluación Formativa.

La evaluación cumple una función formativa que permite regular la acción pedagógica para

facilitar los aprendizajes de las estudiantes. Está centrada sobre los procesos pedagógicos y las

actividades de producción de cada adolescente.

c. Evaluación de proceso.

Se refriere a los procedimientos, instrumentos y actividades que tanto el docente como la

estudiante emplean para regular y autorregular su propio proceso de enseñanza o aprendizaje.

Basados en el principio de la metaevaluación, el/la adolescente, puede analizar la efectividad de

los métodos, técnicas y recursos que utiliza para aprender en contextos diversos. De igual modo,

el/la docente puede evaluar, a través de una reflexión colectiva permanente, la efectividad,

coherencia y atingencia de los procedimientos, instrumentos y programas de evaluación aplicados

durante el período.

En consecuencia, la evaluación de proceso favorece la metacognición, la autorregulación

aprendizaje y la adquisición de los hábitos mentales productivos en todas las niñas y jóvenes, de

modo que se alcance un creciente compromiso con el aprendizaje y una alta motivación por el

logro.

d. Evaluación Sumativa.

La evaluación permite una visión global de los aprendizajes alcanzados y del desarrollo

personal. Es el conjunto de procedimiento que se aplicará al término de una subunidad, unidad,

cuyo propósito es comprobar el logro de los aprendizajes intencionados, analizando la relación

que debe existir entre los aprendizajes esperados y aprendizajes logrados. Esta evaluación será

cuantificada a través de una calificación parcial (nota), para posteriormente, ser registrada en folio

dispuesto para la asignatura en el libro de clases y en el sistema administrativo de la institución y

comunicada oportunamente a cada estudiante.

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Para efecto de este reglamento, se distinguirá dos tipos de calificaciones y dos tipos de

evaluaciones para situaciones especiales personales y generales asociadas al curriculum escolar

técnico profesional:

Calificación Parcial: Es aquella que se le atribuye a la estudiante como resultado de una

prueba de término de una unidad o del tratamiento de dos o más objetivos. También podrá

considerarse algunas tareas y trabajos específicos que el profesor determine para el período

académico.

Calificación Acumulativa: Es aquella que se le atribuye a la estudiante como resultado de

trabajos prácticos, participación en clase, investigación bibliográfica, disertaciones,

interrogaciones, autoevaluaciones y co evaluaciones. La calificación parcial se obtendrá de la

suma de hasta cuatro eventos evaluativos.

Evaluación Integrativa: Este tipo de evaluación se aplica al término de un período

académico, donde se observan habilidades y destrezas en proyectos interdisciplinarios entre

asignaturas del Área de Formación General; y proyectos basados en retos de aprendizaje para

evaluar competencias laborales: genéricas y específicas de cada especialidad para NM3-

NM4 . La rúbrica se traducirá en una calificación semestral. El objetivo de esta evaluación es

dar la oportunidad a que las estudiantes integren los conocimientos, habilidades y actitudes

del perfil profesional presentes en los diferentes módulos del plan de estudio.

Evaluación diferenciada: es producto de una adecuación curricular, permitiendo diseñar y

movilizar procesos evaluativos diversos para estudiantes con necesidades educativas

especiales , situaciones judiciales no resueltas, licencias médicas y otras situaciones asociadas

a contextos sociales de desprotección respaldadas por informes emitido por un (a)

profesional especialista externo o del equipo de profesionales de apoyo educativo contratados

por la unidad educativa.

4. Procedimientos de evaluación:

Art.12: Para el Colegio Politécnico Nuestra Señora de la Presentación, la recogida de información sobre

desempeños escolares se realizara a través de variados procedimientos, los que, una vez definidos y

contextualizados, serán estandarizados según criterios institucionales por los diferentes equipos de trabajo

de los docentes. Los procedimientos más utilizados y conocidos son:

a. Procedimientos Evaluativos por observación: Se utilizan para observar desempeños,

reacciones, realizaciones de tareas, trabajo individual y grupal, interacciones en proyectos y

diferentes formas de actuación: manipulación y organizan elementos, representación,

dramatización, creación y recreación, sustentación ideas, participación y resolución de

problemas en diferentes situaciones de aprendizaje. Estos registros se realizan a través de

procedimientos tales como:

a.1. Observación sistémica:

Escala de observación

Lista de control

Registro anecdótico

Diarios de clase

a.2. Análisis de las producciones de las estudiantes:

Monografías

Resúmenes

Cuadernos de trabajo

Textos escritos

Producciones orales

Producciones escritas: papers, ensayos, minutas, informes

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Investigaciones

Maquetas u objetos construidos.

a.3. Intercambios orales con las estudiantes:

Diálogo

Entrevistas

Debates

Asambleas

Puesta en común

b. Procedimientos evaluativos de informe: Son aquellos utilizados con el propósito de

conocer y mediar y resolver positivamente dificultades o situaciones personales o de contexto

familiar o escolar. Estos informes serán registrados bajo la modalidad de cuestionarios e

inventarios. Por lo mismo, cada Equipo de Trabajo dispondrá de un registro en el que, bajo

el nombre de cada estudiante, anotará regularmente las apreciaciones respecto de sus

avances y dificultades.

5. Instrumentos de evaluación:

Art.13: Cada Departamento de asignatura diseña los instrumentos de evaluación de acuerdo a las

competencias, criterios evaluativos, metas de comprensión e indicadores de evaluación propuestos por los

programas de estudio de la asignatura o módulo de especialidad, los cuales no inhibirán la creatividad e

innovación metodológica y didáctica de los/as docentes . Algunos de estos procedimientos, actividades e

instrumentos son:

a. Test de papel y lápiz, o bien, aplicados en forma virtual:

- Pruebas de respuesta abierta, donde las estudiantes pueden producir textos para argumentar y

sustentar ideas y puntos de vista.

- Pruebas de respuesta Semiestructurada, de enunciados abiertos o de ensayo o composición, de

localización, de resolución de problemas o situación dilemática…

- Pruebas de respuesta estructurada o fijas: pruebas que incluyen ítems de selección simple y

múltiple con reactivos dicotómicos, términos pareados, texto cloze, respuestas alternas, etc.

b. Pautas, que permiten objetivar los aprendizajes que se pretenden medir.

- Lista de cotejo

- Escala de apreciación

- De observación

- De trabajo en equipo

- De trabajo individual

- De desarrollo de una investigación

- De entrevista

- De exposición oral

- De debates

- De aplicación en contextos similares, etc.

c. Pruebas de desempeño, que permitan evaluar en forma práctica diferentes actividades que

evidencien un cierto aprendizaje.

d. Rúbrica, referida al conjunto de criterios expresados claramente en una escala que define el

rango de ejecución o desempeño aceptable. Por lo mismo, estos instrumentos se estandarizarán

por los docentes de cada subsector y el equipo técnico pedagógico , como holísticas o integrada

y analíticas o de experiencias de aprendizaje en específicos.

e. Mapas conceptuales u organizadores gráficos, que permitan analizar los procesos de

pensamiento y el grado de diferenciación que el estudiante establece entre los conceptos.

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f. Portafolio, que contengan la recopilación de los trabajos realizados, permitiendo al estudiante

evaluar su propia actividad de aprendizaje, documentando los procedimientos seguidos.

6. Otras situaciones evaluativas.

Art.14: Los diferentes ritmos y estilos de aprender, las formas de comunicar aprendizajes y el uso de

diversas estrategias metodológicas para mediar en el desarrollo de destrezas, habilidades, contenidos

conceptuales y factuales, implica para el profesor(a) diversificar las estrategias y procedimientos

evaluativos adaptándolos a las metodologías y tipo de intervención educativa. Desde esta perspectiva, las

estudiantes comprenden y producen respuestas diferentes utilizando el lenguaje oral o escrito en :

dramatizaciones, disertaciones , recitaciones , elaboración y producción de planos , maquetas , gráficos ,

esquemas , monografías, proyectos, análisis de casos y también en la creación y recreación en lenguaje

visual, auditivo o corporal ( actividades deportivas , musicales, plásticas etc.. )

Estos eventos son programados, de acuerdo al calendario escolar o como respuesta a situaciones

emergentes. Ellos dan ocasión para poner en práctica la autoevaluación y coevaluación en el marco de

una evaluación auténtica que permita la regulación del aprendizaje a cada estudiante.

7. Procedimiento de autoevaluación y coevaluación

Art.15: Éstos se constituyen en una práctica habitual en los sectores aprendizaje y departamento de

asignatura, de modo que las estudiantes participen en el proceso de evaluación y puedan autoevaluarse y

evaluar a sus pares, para ello cada profesor (a) expondrá, en forma clara y precisa, los aprendizajes

esperados, criterios de evaluación y la pauta de evaluación a utilizar, en términos porcentuales, asignándole

la ponderación o peso atingente a la experiencia o actividad de aprendizaje diseñada.

TÍTULO III. DE LAS CALIFICACIONES E INFORMES DE RESULTADOS.

Art.16: Las estudiantes serán calificadas en períodos semestrales en todas las asignaturas y módulos del

plan de estudio correspondiente al nivel, curso y área de formación, mediante escala numérica de 1.0 a

7.0, con un decimal.

Art. 17: La calificación mínima de aprobación para todas las asignaturas y módulos de especialidad es 4.0.

Art. 18: Las estudiantes durante cada período académico obtendrán calificaciones parciales, semestrales,

anuales y finales.

1. Calificaciones Parciales.

Art. 19: Se refiere a las calificaciones obtenidas y registradas en el libro de clase y sistema administrativo

digital, correspondientes a pruebas, proyectos de investigación, disertaciones, interrogaciones, de

producción y/o comprensión oral o escrita, etc., que se aplicaron durante el semestre; las cuales, son

proporcionales al número de horas semanales de la asignatura o módulo de especialidad según el plan de

estudio vigente a la fecha. A continuación se detalla su distribución:

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A. Distribución de las Calificaciones de 1°EM a 4°EM

HORAS PLAN

DE ESTUDIO

MÍNIMO DE

CALIFICACIONES

1° SEMESTRE

CALIFICACIONES

2° SEMESTRE

1° a 3°

Medio

Cuarto

Medio

2 4 4 4

3 5 5 4

4 6 6 5

5 – 8 7 7 6

B. Distribución de las Calificaciones de 7°EB y 8°EB

HORAS PLAN DE

ESTUDIO

MÍNIMO DE

CALIFICACIONES

1° SEMESTRE

2 4

3 5

4 5

6 6

2. Calificaciones semestrales:

Art.20: Corresponden en cada asignatura o módulo de especialidad, al promedio aritmético con

aproximación y expresado con un decimal. El promedio semestral se obtendrá de la sumatoria del total de

las calificaciones parciales del período. Consecuentemente, cada departamento de asignatura y especialidad

deberá elaborar y supervisar el programa de evaluaciones para cada periodo académico, para lo cual

considerará los siguientes criterios organizadores:

El 50% de las notas corresponderá a pruebas parciales de unidad (teóricas o prácticas).

El 25% de las notas corresponde a evaluaciones de producción oral, escrita o gráfica …

El 25% de las notas corresponderá a evaluaciones acumulativas o de proceso.

Los dos últimos criterios pueden considerar evaluación sumativa acumulativa.

3. Calificación Final de la asignatura o módulo de especialidad:

Art. 21: La calificación final en todas las asignaturas y módulos de las especialidades, corresponde al

promedio aritmético de los dos semestres, con aproximación y expresado con un decimal. Art. 22: Las calificaciones de la asignatura Religión debe ser registrada en escala numérica; sin embargo,

el promedio anual será expresado en una escala conceptual equivalente , no incidiendo en la promoción de

la estudiante ; sin embargo, dicha asignatura puede integrar proyectos interdisciplinarios, de aprendizaje

basados en retos EMTP, participando en el diseño de material didáctico, instrumentos y procedimientos de

evaluación que deriven en una calificación, la que será registrada como calificación parcial en el semestre

correspondiente.

Art.23: El estándar mínimo de desempeño para la calificación mínima aprobatoria (4.0), es el 60% de

logro, para ello se utilizará una escala común.

Art. 24: Las estudiantes deben ser informadas de forma oportuna y transparente sobre los resultados

obtenidos en pruebas escritas u orales, trabajo teóricos o prácticos, y en otros procedimientos aplicados

al curso, en un plazo no superior a 8 días hábiles.

Art. 5: Todos los resultados de evaluaciones aplicadas deben ser informadas a Coordinación Académica

con el fin de verificar los niveles de logros de los aprendizajes observados. Sin embargo, se autorizará el

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registro en el libro de clases y sistema computacional , aquellos resultados de evaluaciones que no excedan

el 30% de calificaciones bajo el mínimo de aprobación 4.0

4. Informes de resultados.

Art. 26: Los informes de logros respecto de los OA, AE y CMO se entregarán a la familia transcurrido

50% del semestre , al término del mismo, y de forma parcial en las reuniones mensuales para padres y

apoderados, de acuerdo a lo dispuesto por el calendario escolar interno visado por el Consejo Escolar y la

Dirección, el Consejo de Profesores y el Equipo Técnico Pedagógico.

Art. 27: La evaluación de los Objetivos de Aprendizaje (OA) Transversal (OAT) , de las Bases

Curriculares y Programas de Orientación, se implementará a través de procedimientos por observación e

informe. Por lo mismo, éstas no incidirán en la promoción escolar - Art. Nº 7 D. L. 112/ 1999 y Art. Nº 4

D. L. 83/2001. Sin embargo, al término de cada período académico, se entregará a los padres y apoderados

el informe sobre desarrollo y logro alcanzados por las jóvenes en las diferentes áreas que comprenden los

OAT. La escala de evaluación de estos objetivos será la siguiente:

S: Siempre = Continuidad en la actitud.

F: Frecuentemente = Discontinuidad en la actitud.

R: Rara vez = Esporádicamente se manifiesta la actitud.

Art. 28: Los talleres JECD, correspondientes a la horas de libre disposición (Aprendizaje en Ambientes

Virtuales , Aprendizaje Autónomo, Matemática Aplicada, Competencias Lectoras, Desarrollo personal y

Vocacional, Computación, Expresión Corporal, Vida Sana y Autocuidado),serán evaluados

formativamente, pero pueden vincularse a la asignatura de origen, pero no incidirán en la promoción de las

estudiantes.

Art. 29: Los instrumentos, procedimientos y actividades evaluativas deben ser visadas por el personal

técnico pedagógico de la institución, anexando a ellos una tabla de especificaciones, criterios de

evaluación de pruebas de respuestas abiertas y las claves de corrección de pruebas de respuesta fija.

5. Procedimientos para Situaciones Especiales:

5.1. Sobre la Copia y Plagio de evaluaciones

Art. 30: La copia en pruebas, plagio de trabajos de investigación u otro tipo de anomalía, autoriza la

anulación del procedimiento e instrumento aplicado y la aplicación de una estrategia evaluativa que

contemple instancias reparatorias.

1. Situaciones Escolares Que Contempla La Norma

Serán situaciones de copia y/o plagio algunas de las siguientes situaciones:

a. Reproducir información de otra estudiante en una prueba o actividad evaluativa.

b. Recibir o enviar información o claves de repuesta de terceros a través de diferentes

dispositivos técnológicos u otros, durante una prueba o actividad evaluativa.

c. Reproducción total o parcial de trabajos o producciones de otras estudiantes del colegio.

d. Reproducción total o parcial de información ubicada en diferentes sitios web, imágenes o

libros.

e. Usurpación de nombre y propiedad de producciones escolares de otras alumnas.

f. Cambio de equipo de trabajo o grupo durante el transcurso o al final de la actividad de

aprendizaje, sin evidenciar participación en el mismo.

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2. Criterios De Actuación.

Frente a las diferentes modalidades de copia o plagio e situaciones evaluativas, se contemplan los

siguientes criterios pedagógicos:

a. Restringir, durante la prueba o evaluación, el uso de dispositivos tecnológicos, elementos gráficos

tales como cuaderno, fotocopias, libros , resúmenes personales (“torpedo”), etc.

b. Los/as docentes pueden utilizar diferentes tipos de estrategias que inhiban el plagio y la copia,

algunas de las cuales pueden ser, utilizar más de una forma, enumeración de los formularios para

cada estudiante, reordenamiento de los grupos habituales de trabajo o afinidad, etc.

c. Ante una situación de copia o plagio , se procederá de la siguiente forma:

i. Retirar el instrumento evaluativo.

ii. Dialogo con la estudiante y registro en el libro de clases, observaciones, sobre la situación.

iii. Una vez evidenciado el caso, calificar con nota mínima.

iv. Informar a UTP sobre el caso y adoptar medidas pedagógicas

5.2. Sobre la inasistencia a evaluaciones.

Art.31: La inasistencia a evaluaciones calendarizadas por el profesor(a), deben justificarse personalmente

por el/ apoderado/a. Estas evaluaciones se aplicarán en un plazo no superior a 10 días, en un día y hora

coordinado semanalmente por el establecimiento y supervisado por un profesional designado para cada

nivel. Para el caso de las estudiantes con licencias médicas se seguirá los protocolos del proyecto de

inclusión, art. 36ss. del presente reglamento.

1. Situaciones Escolares Que Contempla La Norma

A continuación se detallan algunas situaciones de relativa frecuencia en el establecimiento:

a. Inasistencia a un día de evaluación calendarizada,

b. El evadir interna como externamente todo tipo de actividades evaluativas del colegio

c. El retiro de la estudiante, por parte de apoderado, en día con actividad evaluación calendarizada.

d. Salidas a terreno durante evaluaciones calendarizadas

e. Inasistencia o no participación de salidas a terreno autorizadas que involucren evaluación sumativa

y/o formativas.

f. No entrega de trabajo o presentación oral calendarizada

g. Ausentarse en actividades de trabajo colaborativo

h. No participar o ausentarse a ensayos PSU – SIMCE u otras mediciones de cobertura tanto interna

como externamente.

i. Calificación de estudiantes en períodos de ausencia en el colegio

2. Criterios Pedagógicos De Actuación.

Las estrategias, medidas pedagógicas y criterios evaluativos sugeridos frente a cada situación:

a. La inasistencia a una evaluación calendarizada debe ser justificada por el/a apoderado/a a través del

medio oficial de comunicación, o en otra circunstancia, presentando la licencia médica, el certificado

de consulta del servicio de salud local.

b. Las evaluaciones fuera de plazo, según lo estipulado por el calendario interno de evaluaciones del

establecimiento, deben diseñarse e implementarse según la normativa interna presente en este

reglamento.

c. Las evaluaciones atrasadas por ausencia de la estudiante se diseñarán bajo los criterios de relevancia,

pertinencia y diversidad.

d. La institución educativa designará a un/a profesional responsable del proceso, el cual dispondrá

semanalmente de un horario para administrar los instrumento/procedimientos de evaluación.

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e. Los instrumentos evaluativos serán visado, al igual que todos los otros, por el equipo técnico

pedagógico.

f. Para los casos de licencias médicas, el equipo técnico pedagógico junto con los coordinadores de

departamento de asignatura/especialidad, proveerán de un dispositivo de adecuación curricular y

evaluación diferenciada según el caso.

g. La impuntualidad en la entrega de evaluaciones tales como investigación monográfica, ensayos

producciones literarias, artísticas, proyectos colaborativos, productos específicos de la especialidad,

exposiciones orales, producción audiovisual, etc., es motivo para revisar los criterios de evaluación

iniciales, recalendarizar adicionando otras exigencias para una mejora progresiva de la calidad del

producto y aprendizaje y, en último caso; recepcionar el producto descontando calificación

proporcionalmente a la demora en la entrega.

h. La inasistencias a salidas a terreno, visitas guiadas a otros espacios de aprendizaje, aprendizajes en

contextos laborales y profesionales, será reemplazada por otra actividad de la misma índole y en

similares criterios evaluativos sean estos formativos o sumativos.

Art. 32: Para las estudiantes que se encuentren en los siguientes casos especiales, se procederá de acuerdo

a los criterios que se mencionan.

a. Las estudiantes que alcanzaren un porcentaje de asistencia inferior al 85% , se evaluarán los

certificado médicos y otros informes presentados para justificar la inasistencia a clases.

b. Para las situaciones, incorporación tardía a clases, ausencia de períodos prolongados, finalización

anticipada del año escolar y otros de similar índole, se solicitarán documentos que justifiquen el

caso, tales como: certificado médico, informe psicológico, asistente social, contrato de trabajo.

5.3. De la eximición:

Art.33: Las estudiantes de 7°EB, 8°EB, 1°EM y 2°EM deberán ser evaluadas en todas las asignaturas del

plan de estudio del nivel o curso (Art.5ºDSE. de Educación Nº511/1997, y Art.4° DSE. de Educación

N°112/1999); sin embargo, la presente normativa interna validará los “requisitos y motivos que permitan

autorizar la eximición de hasta una asignatura a las alumnas que acrediten tener dificultades de aprendizaje

o problemas de salud debidamente fundamentados'' (Art. 1 letras a) b) DSE de Educación N°158/1999) . En

consecuencia, las estudiantes que adscriben este derecho educativo, lo acreditarán siguiendo los siguientes

aspectos:

a. Participar del proceso de evaluación realizada por los profesionales del Departamento Psicosocial

del establecimiento, o en otro caso, acreditar la necesidad educativa o situación a través de informe

de profesional especialista del área correspondiente.

b. Recibir y adherir a la adecuación curricular que le diseñe el colegio tanto en los tiempos como en

las exigencias y actividades de aprendizaje sugeridas en el diseño curricular.

c. Adscribir el plan de evaluación diferenciada que el colegio le entregue tanto en la cantidad como la

diversidad de evaluaciones propuestas.

Art. 34: Las estudiantes de 3° y 4° de Enseñanza Media, con Necesidades Educativas Especiales (NEE),

según el Art. 6 DSE. 83/2001, pueden ser eximidas por la dirección del colegio de hasta una asignatura

del Área de Formación General. Art. 35: Frente a la imposibilidad de una estudiante de realizar actividad física, se procederá del siguiente

modo:

a. El apoderado(a) debe presentar una solicitud de eximición de la actividad física práctica deportiva.

b. La estudiante debe acreditar la eximición a través de un certificado médico en un plazo no superior

a quince días del ingreso a clases o de la causa que genere dicha dificultad.

c. Las actividades físicas deben ser sustituidas por investigaciones bibliográficas o de terreno, las

cuales serán calificadas según las normativas expuestas anteriormente en este reglamento.

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5.3. De la Evaluación Diferenciada:

Art. 36: Para efecto de este reglamento, constituyen Evaluación Diferenciada, los procedimientos que

facilitan la atención a la diversidad de las estudiantes, las que en forma temporal o permanente, presentan

impedimentos que dificultan la cobertura y/o profundización de los aprendizajes esperados del programa

de estudio de la asignatura o módulo de especialidad.

La evaluación diferenciada permite conocer los cambios que cada una de las jóvenes va

experimentando a través del tiempo, posibilita respetar los estilos y ritmos de las estudiantes, cómo

aprovechar sus potencialidades para seguir aprendiendo, y también, conocer las estrategias pedagógicas que

les resulten más favorables.

La evaluación diferenciada incluye la evaluación diagnóstica, formativa y sumativa. Se aplicará a

aquellas estudiantes que necesitan del colegio una atención especial por motivos de enfermedad,

situación social y económica desmejorada, NEE, embarazo, pre o postnatal o alguna situación judicial no

resuelta o emergente que le impiden participar normalmente de las actividades de la asignatura o módulo de

especialidad . El tiempo de aplicación será temporal o permanente, sustentado con un informe emitido por

un profesional idóneo del área, sea éste externo o interno al establecimiento.

Art. 37: Coherente con lo expuesto en el artículo anterior, el presente reglamento establece como objetivos

de la evaluación diferenciada, los siguientes:

1. Determinar el logro de los aprendizajes esperados a evaluar.

2. Facilitar el logro de los aprendizajes a estudiantes con NEE a través de una adecuación del

currículo y

de las estrategias , tiempos , procedimientos e instrumentos evaluativos.

3. Favorecer que todas las adolescentes desarrollen al máximo sus capacidades,

habilidades, destrezas, valores y actitudes.

4. Afianzar la misión del colegio a través de una educación inclusiva y de género.

5.3.1. Evaluación diferenciada para estudiantes con Necesidades Educativas Especiales

(NEE) Transitorias o Permanentes (Ley N° 20201 y DL N° 170).

Art.38: Se considera pertinente y adecuado implementarla en niñas y jóvenes que, en forma transitoria o

permanente, presenten impedimentos o dificultades para el desarrollo normal del estudio en la (s)

asignatura(s) del Plan de Estudio. Sin embargo, la solicitud de evaluación diferenciada por parte del/la

apoderado/a, debe ser acreditada a través de informes y certificados otorgados por un profesional

especialista interno o externo en las siguientes situaciones:

1. Situaciones Escolares que Contempla la Norma

A continuación se detallan algunas situaciones que se presentan en el establecimiento y que considera la

norma interna:

a. Estudiantes con lentitud para aprender.

b. Estudiantes con dificultades de retención.

c. Estudiantes con déficit sensoriales.

d. Estudiantes con trastornos específicos del aprendizaje.

e. Estudiantes con problemas motores.

f. Estudiantes con problemas físicos: columna, asma, fracturas, etc.

g. Estudiantes con ritmos de aprendizaje sobre el promedio del curso.

h. Estudiantes con licencias médicas por problemas físicos: columna, asma, fracturas, etc.

i. Estudiantes con ritmos de aprendizaje sobre el promedio del curso.

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j. Estudiantes con licencia médica problemas de salud mental.

k. Estudiantes con situaciones judiciales pendientes o no resueltas.

l. Estudiantes en situación de riesgo social asociado a factores de contexto: violencia intrafamiliar,

deterioro psicoemocional asociado acoso y abusos …

2. Criterios Pedagógicos de Actuación.

Ante cada caso, la comunidad educativa debe considerar los siguientes criterios pedagógicos de

actuación:

1. Las situaciones anteriormente señaladas en las letras a – l, constituyen motivos suficientes de

ingreso a los procesos de adecuación curricular y evaluación diferenciados.

2. El ingreso a los procesos de adecuación curricular y evaluación diferenciadas deben ser

solicitados por el/a apoderado.

3. La solicitud de ingreso a los procesos anteriormente indicados se realiza con anexo de informes,

certificados y documentación de profesionales que realizaron el diagnóstico y las indicaciones

académicas(letras a-f, h-j), y otros documentos si se trata de situaciones afectas a las letras j, k. l.

4. Los/as docentes deben diseñar dispositivos curriculares y evaluativos para cada caso en específico

los cuales serán visados por el equipo técnico pedagógico.

5. La institución dispondrá de profesionales que gestionarán el proceso de acompañamiento y tutoría

de las estudiantes en conjunto con la UTP, el departamento de asignatura y el/a profesor/a jefe.

6. La familia será regularmente informada de los desempeños y avances experimentados por la

estudiante respecto de la adecuación curricular y calendario de actividades y evaluaciones.

7. El plan diferenciado de evaluación contemplará un diseño especial de evaluaciones, a saber,

estrategias y actividades según cada caso, una disminución de la frecuencia y secuencia de las

calificaciones. 8. Cada estudiante evidenciará los niveles de logro y desempeño a través de un portafolio escolar o

bitácora.

9. La estudiante conjuntamente con su apoderado/a participará de entrevistas con el/a profesional

encargado/a del proceso.

10. Los departamento de asignatura y especialidades rendirán cuenta dos veces en el año dispositivos

pedagógico y evaluativos implementados en el periodo académico.

5.3.2. Evaluación diferenciada para estudiantes embarazadas y madres.

Art. 39: Para los casos de embarazo, se aplicará la normativa dispuesta en la Ley Nº 19.688 del 10 de julio

del 2000 y en el Decreto Ley Nº 79 del 12 de marzo del 2004 del Ministerio de Educación de Chile; la

cual ha sido incorporada tanto en el manual de convivencia escolar como en el presente reglamento.

Consecuentemente, el procedimiento a seguir, una vez solicitada la evaluación diferenciada, contempla las

siguientes situaciones y/o criterios pedagógicos de actuación:

1. Situaciones Escolares Que Contempla La Norma

A continuación se detallan algunas situaciones que se presentan en el establecimiento y que considera la

norma interna:

a. Estudiante con embarazo normal de un a cuatro meses

b. Estudiante con embarazo normal de un a cinco a siete meses

c. Estudiante con embarazo de alto riesgo

d. Estudiantes madres de niños/as menores de un año

e. Estudiantes madres de niños/as mayores de un año

f. Estudiantes madres de niños/as con enfermedades crónicas

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2. Criterios Pedagógicos de Actuación.

Ante cada caso, la comunidad educativa debe considerar los siguientes criterios pedagógicos de actuación:

1. Las situaciones anteriormente señaladas, constituyen motivos suficientes de ingreso a los procesos

de adecuación curricular y evaluación diferenciados.

2. El ingreso a los procesos de adecuación curricular y evaluación diferenciadas deben ser

solicitados por la estudiante y el/a apoderado.

3. La solicitud de ingreso a los procesos anteriormente indicados se realiza con anexo de informes,

certificados y documentación de profesionales.

4. Los/as docentes deben diseñar dispositivos curriculares y evaluativos para cada caso en específico

los cuales serán visados por el equipo técnico pedagógico.

5. La institución dispondrá de profesionales que gestionarán el proceso de acompañamiento y tutoría

de las estudiantes en conjunto con la UTP, el departamento de asignatura y el/a profesor/a jefe.

6. La familia será regularmente informada de los desempeños y avances experimentados por la

estudiante respecto de la adecuación curricular y calendario de actividades y evaluaciones.

7. El plan diferenciado de evaluación contemplará un diseño especial de evaluaciones por unidades de

aprendizaje, a saber, estrategias y actividades según cada caso, una disminución de la frecuencia y

secuencia de las calificaciones. 8. Cada estudiante evidenciará los niveles de logro y desempeño a través de un portafolio escolar o

bitácora.

9. El/a apoderado/a recibirá informes de avance de parte del profesional encargado/a del proceso.

10. Los departamento de asignatura y especialidades rendirán cuenta dos veces en el año dispositivos

pedagógico y evaluativos implementados en el periodo académico.

3. Derechos y deberes de las estudiantes madres y embarazadas

a. Participar de una entrevista con el profesor coordinador del “Proyecto de Inclusión para

Estudiantes Embarazadas y Madres”, con la finalidad de acreditar la documentación del

profesional especialista, el estado de embarazo y las indicaciones para el proceso académico.

b. Recibir la adecuación curricular en cada asignatura o módulo de especialidad correspondiente

c. Recibir el programa de evaluación para el semestre conjuntamente con las unidades de aprendizaje:

guías de actividades y/o criterios y procedimientos de evaluación.

d. Participar, recibir y firmar la calendarización de asistencia a las tutorías de los docentes.

e. Respetar los plazos y fechas del programa de evaluación.

f. Mantener contacto con el establecimiento por los canales de comunicación que se acuerden con el

coordinador del proceso de inclusión

g. Cumplir y/o aprobar al menos uno o dos períodos académicos (semestre, trimestre), según la

situación o estados de embarazo.

h. Hacer uso responsable de los espacios educativos y recursos de aprendizaje que dispone el colegio.

i. Conocer la situación evaluativa una vez concluida la unidad y el período académico.

j. El no cumplimiento con programa evaluativo contemplado en la adecuación curricular de la

asignatura, será resuelto por el equipo técnico pedagógico y la dirección del establecimiento,

quienes informarán a la estudiante y apoderados/a de la misma en los plazos contemplados en la

Resolución Exenta N°3928/2017 de Calendario Escolar para la R.M. .

Art.40: Los diseños de programas de evaluación para estudiantes embarazadas y madres, incluirán los

criterios pedagógicos y evaluativos contemplados en el “Proyecto de Inclusión de Estudiantes Embarazadas

y Madres”; como también, se sustentarán en el contexto de las funciones del profesional responsable del

proyecto; el cual, asumirá las siguientes funciones:

a. Mantener actualizado en coordinación académica archivos individuales de las alumnas del programa

de inclusión

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b. Entrevistar y atender a las estudiantes y apoderadas.

c. Coordinar las monitorias de los docentes a cada estudiante.

d. Recepcionar y organizar las unidades de aprendizajes, procedimientos de evaluación y actividades

de aprendizaje.

e. Organizar y actualizar el banco de datos del proyecto de inclusión de estudiantes embarazadas y

madres.

f. Informar los logros y procesos de la estudiante a la comunidad educativa.

g. Mantener actualizado el registro de calificaciones en el sistema administrativo.

h. Mantener actualizado el libro de asistencia a tutorías con las respectivas firmas de la estudiante.

i. Actualizar redes de apoyo externa e interna para las estudiantes del programa

5.3.3. El período académico para estudiantes con NEE, embarazadas y madres con

evaluación diferenciada.

Art. 41: Las estudiantes serán evaluadas en períodos semestrales según las necesidades personales de cada

estudiante, organizados por unidades de aprendizaje, las cuales, deben incorporar estrategias,

procedimientos e instrumentos diversos, según los conocimientos, destrezas y habilidades que contemplen

los AE - OA. Por consiguiente, las calificaciones serán distribuidas con un piso mínimo, de acuerdo a la

estructura del plan de estudio. En siguiente cuadro, contiene el programa evaluativo respecto del número y

peso de las calificaciones.

HORAS DEL

PLAN DE ESTUDIO

CALIFICACIONES

SEMESTRALES

2 3

3 4

4 ó más 4

TÍTULO IV. DE LA PROMOCIÓN, VALIDACIÓN Y HOMOLOGACIÓN DE

ESTUDIO

Art. 42: Son promovidas todas las estudiantes de 7°EB a 4ºEM que hubieren aprobado todos las

Asignaturas de sus respectivos planes de estudio (Art. 11 letra a) DSE N°511/1997; art.8 letra a) DSE

N°112/1999; art.5 letra a) DSE N° 83/2001)

Art. 43: a. Serán promovidas las estudiantes, de Séptimo Enseñan Básica a Cuarto Enseñanza Media,

que hubieren reprobado una asignatura o módulo de especialidad, siempre que su nivel general de logro

corresponda a un promedio 4,5 o superior. Para efecto del cálculo se considerará la calificación de la

asignatura o módulo reprobado (Art. 11 letra b) DSE N°511/1997; art.8 letra b) DSE N°112/1999; art.5

letra b) DSE N° 83/2001)

b. Serán promovidas las estudiantes que hubieren reprobado dos asignaturas o módulos de

especialidad aprendizaje, asignatura o módulo de la especialidad, siempre que su nivel general de logro

corresponda a un promedio sea igual o superior a 5,0. Para efecto del cálculo de este promedio se

considerarán las calificaciones de todas las asignaturas o módulos incluyendo aquellas reprobados. (Art. 11

letra c) DSE N°511/1997; art.8 letra c) DSE N°112/1999; art.5 letra b) DSE N° 83/2001)

c. No obstante lo establecido en el párrafo anterior, si entre las dos asignaturas o módulos

reprobados se encuentran las asignaturas Lenguaje y Comunicación y/o Matemática, las alumnas de 3º

Medio y 4º Medio, ambas modalidades, serán promovidas si su promedio general de notas es igual o

superior 5,5. Para efecto del cálculo de este promedio se considerará la calificación de las dos asignaturas

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o módulos de especialidad reprobadas(Art.5 letra b) DSE N° 83/2001).

Art. 44: La estudiante debe asistir a lo menos al 85% de clases establecidas en la Resolución Exenta Nº

3928 14 de diciembre del 2017 que fija el Calendario Escolar para el 2018. No obstante lo anterior, la

dirección del colegio y el consejo de profesores, evaluarán la promoción con un porcentaje inferior de

asistencia según cada caso en particular.

Art. 45: Período de reforzamiento y nivelación de aprendizajes. Es el tiempo asignado para

reforzar y consolidar Aprendizajes Esperados y Objetivos de Aprendizaje que no han sido alcanzados

durante el transcurso del año escolar. Al término del período de apresto, las estudiantes deberán rendir

una evaluación aprobatoria, la que definirá la situación académica final.

Participarán de este proceso educativo, las estudiantes que solicitaren dicha excepción y

reúnan los siguientes requisitos:

a. Haber reprobado dos subsectores de aprendizaje o módulos de la especialidad, y encontrarse en

situación de repitencia. Para lo cual, podrán optar a rendir una evaluación aprobatoria en las

asignaturas reprobadas. Si en el instrumento o actividad evaluativa aplicada la estudiante

calificara con un 4.0 o superior aprobarán la asignatura o módulos de la especialidad con un

promedio final de 4.0.

b. Mantener un 85% de asistencia.

c. Presentarse al proceso con una nota mínima de 3.5 o superior.

Art.46: Las solicitudes de matrícula provisoria y posterior validación del estudios realizados en el

extranjero, se regirán por las disposiciones emanadas del D.E Nº 2.272 del 2007, Arts. 5, 6, 9,14 y 15 ,

según lo cual, el establecimiento educacional se hace responsable de administrar el proceso de exámenes y

levantamiento de acta de calificaciones en un plazo no superior a dos meses.

Art. 47: Las Situaciones no previstas en este reglamento serán resueltas por La Dirección del

Colegio con la Asesoría de los organismos Técnicos del Establecimiento. Aquellos casos que no se

puedan resolver se solicitará instrucciones a la Secretaría Ministerial de Educación.

Unidad Técnico Pedagógica Melipilla, marzo del 2018.

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ANEXOS: PROTOCOLOS DE CULTURA EVALUATIVA

1. Principios o Políticas Institucionales sobre evaluación.

La teoría evaluativa, afincada en la premisa que, “sólo mejora lo que se evalúa, mide u observa”, concibe

al sujeto de evaluación a quien es capaz de movilizar repertorios personales para la generación de sentido,

construcción de relaciones de significado entre ámbitos epistemológicos, además de involucrar el acto de

“reconstruir la realidad” (Cassasus: 2007).

De este modo, la comunidad educativa diseña programas y/o dispositivos evaluativos para escenarios de

aprendizaje diverso, facilitando a los actores sociales y educativos el movilizar no sólo las competencias

específicas asociadas al curriculum escolar, sino además, aquellas de carácter general que les posibiliten el

acceso y desarrollo en la sociedad del conocimiento e información, el ingreso a un mercado socio

ocupacional en permanente cambio, y la formación permanente a lo largo de la vida.

En consecuencia, la comunidad educativa Colegio Politécnico Nuestra Señora de la Presentación, concibe

la evaluación como un componente central del proceso de aprendizaje enseñanza; para lo cual, propone

como marco referencial la evaluación educacional y el paradigma de la evaluación autentica y/o

evaluación para el aprendizaje. Lo anterior, supone la recogida de información del proceso, de las

diversas evidencias y productos de aprendizaje, por medio de instrumentos, procedimientos y actividades,

tanto internos como externos, centrados en los diferentes desempeños en cada una de las etapas del

proceso de aprendizaje enseñanza, la metacognición y la autonomía del sujeto frente a su propio

aprendizaje.

I. La evaluación en el contexto de la estudiante.

Las estudiantes del Colegio Politécnico Nuestra Señora de la Presentación de Melipilla, participarán de

constantes y diferentes procesos evaluativos. La finalidad es habilitar a éstas en estrategias para hacer

frente evaluaciones estandarizadas, utilizar la información psicométrica como un elemento de conocimiento

y gestión de sí mismas, y hacer de la evaluación un componente habitual tanto de la vida académica como

laboral. Tipos de evaluaciones:

a. Evaluaciones externas: evaluaciones de cobertura curricular por asignatura de Asistencia Técnica

Educativa, de extensión para preparación SIMCE y PSU (Matemática, Lenguaje, Historia y Ciencias TP),

de preuniversitarios y redes de apoyo externa; SIMCE y PSU; evaluaciones psicométricas externas tanto

del Mineduc como de las redes de apoyo del establecimiento.

b. Evaluaciones internas: son las evaluaciones curriculares correspondientes a programas de estudio de las

asignatura y módulos de la especialidad definidas por el Colegio.

II. De la evaluación en el contexto del/a docente: los estándares

Los/as docentes del Colegio Nuestra Señora de la Presentación de Melipilla, según la normativa Ley N°

20.903 / 2016, el DFL N°352/2004, que rige las funciones profesionales del docente, no sólo poseen

idoneidad profesional en materias como metodología, didácticas y manejo del conocimiento disciplinario,

sino que además están facultados y/o capacitados para:

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1. Diseñar, elaborar e implementar diversos instrumentos de evaluación inicial, procesual y final,

supervisados por la Unidad Técnico Pedagógica. Para ello, los profesores ocuparán las instancias de

trabajo colaborativo que sugiere el colegio para discutir y consensuar los criterios de calidad e

indicadores de evaluación a considerar al momento de diseñar instrumento o reactivos.

2. Realizar gestión de aula según los estándares del nuevo Marco para la Buena Enseñanza, el Proyecto

Educativo Institucional y los Estándares Indicativos de Desempeño. Para contextualizar las estrategias

de enseñanza y aprendizaje, se consensuará una pauta de observación de desempeño de aula, de

monitoreo del portafolio docente, programación de aula y de las evaluaciones por observación y de

papel y lápiz.

3. Un tercer elemento definitorio del estándar de profesor/a dice relación la unificación de criterios a

evaluar en diversos instrumentos por observación de aprendizajes esperados. Se trata de sistematizar el

proceso evaluativo de modo de darle más rigor y objetividad, salvaguardando los derechos de los/as

estudiantes.

Es política del Colegio Politécnico Nuestra Señora de la Presentación, la elaboración conjunta de

algunos criterios, formalidades, rúbricas, procedimientos, pautas que faciliten la estandarización para

un alto nivel de calidad de las exigencias evaluativas. De este modo, se elaborará un manual de

procedimientos tanto para el consenso como para la elaboración de instrumentos evaluativos:

A. Rúbrica de las exposiciones orales. Exigencias para los informes escritos.

1. Papers

2. Investigación Monográfica

3. Ensayos

4. Minutas o memos

B. Presentaciones de apoyo audiovisual:

4. Al término de cada período, los docentes rendirán una cuenta pública de los niveles de logro de los

aprendizajes esperados de la asignatura, de la cobertura curricular, y de las alternativas de mejora para

el siguiente período.

2. Protocolos de evaluación diferenciada

Para efecto de este reglamento, constituyen Evaluación Diferenciada, los procedimientos que facilitan la

atención a la diversidad de las estudiantes, las que en forma temporal o permanente, presentan

impedimentos que dificultan la cobertura y/o profundización de los aprendizajes esperados del programa

de estudio del Sector o Subsectores de aprendizaje.

La evaluación diferenciada permite conocer los cambios que cada una de las jóvenes va experimentando a

través del tiempo, posibilita respetar los estilos y ritmos de las estudiantes, cómo aprovechar sus

potencialidades para seguir aprendiendo, y también, conocer las estrategias pedagógicas que les resulten

más favorables.

La evaluación diferenciada incluye la evaluación diagnóstica, formativa y sumativa. Se aplicará a aquellas

estudiantes que necesitan del Colegio una atención especial por motivos de enfermedad, situación social

y económica desmejorada, NEE, embarazo, pre o postnatal o alguna situación emergente que le impiden

participar normalmente de un determinado Sector o Subsector de aprendizaje. El tiempo de aplicación será

temporal o permanente, sustentado con un informe emitido por un profesional idóneo en el área, sea éste

externo o interno al establecimiento.

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Objetivos de la Evaluación Diferenciada

A. Favorecer el desarrollo integral y promoción social de la mujer, asegurando aprendizajes de calidad

y continuidad de estudios.

B. Facilitar el logro de los aprendizajes a estudiantes con NEE a través de una adecuación del

currículo y de las estrategias, tiempos, procedimientos e instrumentos evaluativos.

C. Favorecer que todas las adolescentes desarrollen al máximo sus capacidades, habilidades,

destrezas, valores y actitudes.

D. Determinar los aprendizajes centrales y el nivel de logro de los mismos a evaluar.

E. Afianzar la misión del colegio a través de una educación inclusiva y de género.

1. Evaluación diferenciada para estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE)

Transitorias o Permanentes (Ley N° 20201 y DL N° 170).

Para efectos de este protocolo, se entenderá por Evaluación Diferenciada, un proceso de investigación para

la recolección, análisis e interpretación de información sobre una estudiante que permita la intervención

integral. Se aplicará el Art. 38 del Reglamento Interno de Evaluación, sobre Evaluación Diferenciada en los

siguientes casos:

A. Estudiantes con lentitud para aprender.

B. Estudiantes con dificultades de retención.

C. Estudiantes con déficit atencional y/o sensoria.

D. Estudiantes con dificultades específicas del aprendizaje.

E. Estudiantes con problemas motores.

F. Estudiantes con problemas físicos: columna, asma, fracturas, etc.

G. Estudiantes con interese diversos

H. Estudiantes con ritmos de aprendizaje sobre el promedio del curso.

I. Estudiantes con problemas de salud mental.

J. Estudiantes embarazadas.

K. Estudiantes madres con Post natal.

L. Estudiantes con situaciones judiciales pendientes o no resueltas.

Para ingresar a los programas de Evaluación Diferenciada, la estudiante conjuntamente con la familia y

apoderado deberá seguir el siguiente procedimiento:

1. Elevar la solicitud de evaluación diferenciada por parte del/la apoderado/a.

2. Acreditada situación social y educativa a través de informes y certificados otorgados por un

profesional especialista interno o externo al establecimiento.

3. Entrevista con el profesional a cargo del proceso

4. Recibir la adecuación curricular pertinente con su respectivo cronograma de actividades, en un

programa de aprendizaje en modalidad presencial o semipresencial.

5. Firmar un compromiso de cumplimiento de la adecuación curricular.

6. Recibir de parte del colegio la asignación de un tutor y/o profesional.

7. Recibir apoyo pedagógico en aquellos sectores de aprendizajes que presenta más dificultades.

8. Recibir reportes periódicos de calificaciones y avances.

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2. Evaluación diferenciada para estudiantes embarazadas y madres.

Para los casos de embarazo, se aplicará la normativa dispuesta en la Ley Nº 19.688 del 10 de julio del 2000

y en el Decreto Ley Nº 79 del 12 de marzo del 2004 del Ministerio de Educación de Chile; la cual ha sido

incorporada tanto en el manual de convivencia escolar como en el presente reglamento. Consecuentemente,

el procedimiento a seguir, una vez solicitada la evaluación diferenciada, contempla las siguientes

responsabilidades para la estudiante:

1. Solicitar ingreso al Programa de Inclusión para estudiantes embarazadas y madres.

2. Participar de una entrevista con el profesor(a) coordinador(a) del “Proyecto de Inclusión para

Estudiantes Embarazadas y Madres”.

3. Acreditar la documentación del profesional especialista, el estado de embarazo y las indicaciones

para el proceso académico.

4. Recibir la adecuación curricular pertinente con su respectivo cronograma de actividades, en un

programa de aprendizaje en modalidad presencial o semipresencial para el período académico

conjuntamente con las unidades de aprendizaje: guías de actividades y/o criterios y

procedimientos de evaluación.

5. Participar, recibir y firmar la calendarización de asistencia a las tutorías de los docentes.

A. Respetar los plazos y fechas del programa de evaluación.

B. Cumplir y/o aprobar al menos uno o dos períodos académicos (semestre, trimestre), según

la situación o estados de embarazo.

C. Hacer uso responsable de los espacios educativos y recursos de aprendizaje que dispone el

colegio.

D. Recibir de parte del colegio la asignación de un tutor y/o profesional.

E. Recibir apoyo pedagógico en aquellos sectores de aprendizajes que presenta más

dificultades.

F. Recibir reportes periódicos de calificaciones y avances.

G. Conocer la situación evaluativa una vez concluida la unidad y el período académico.

2. Otras situaciones especiales.

Para el caso de situaciones evaluativas especiales tales como plagio de un trabajo o una prueba,

inasistencias a una evaluación, incumplimiento con las fechas de entrega de trabajos, incumplimiento en

trabajos colaborativos, eximiciones, etc. , se procederás según lo dispuesto en el presente reglamento Arts.

30, 31, 33 y 35.