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PROCEDIMIENTO Servicio de Medicina Laboral CÓMO ACTUAR ANTE UNA ENFERMEDAD INCULPABLE 2014 Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo” CNC-MLAB-PO 001 Versión: 1.0 Vigencia desde: Noviembre / 2014 Aprobado por Acta CyMAT-CNC Tercera Reunión Extraordinaria 2014

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  • PROCEDIMIENTO Servicio de Medicina Laboral

    CMO ACTUAR ANTE UNA ENFERMEDAD INCULPABLE

    2014 Ao de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo

    CNC-MLAB-PO 001

    Versin: 1.0 Vigencia desde: Noviembre / 2014

    Aprobado por Acta CyMAT-CNC Tercera Reunin Extraordinaria 2014

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    INDICE

    1. TITULO ................................................................................................................... 22. OBJETIVOS............................................................................................................ 23. ALCANCE............................................................................................................... 24. REVISIN DEL DOCUMENTO .............................................................................. 25. MARCO NORMATIVO............................................................................................ 36. RESPONSABLES................................................................................................... 37. CARCTER ............................................................................................................ 38. PASOS A SEGUIR ANTE UNA ENFERMEDAD INCULPABLE (TITULAR O FAMILIAR A CARGO) SEGN EL CASO .................................................................. 38.1. CASO I: AUSENCIA POR ENFERMEDAD (TITULAR O FAMILIAR) .................. 48.2. CASO II: RETIROS ANTICIPADOS y LLEGADAS TARDAS POR ENFERMEDAD......................................................................................................... 118.3. CASO III: OCURRENCIA DE ENFERMEDAD EN COMISIN DE SERVICIO.. 128.4. CASO IV: CONSULTAS Y TRATAMIENTOS MDICOS PROGRAMADOS (TITULAR Y FAMILIAR)............................................................................................ 148.5. CASO V: LICENCIAS PROLONGADAS POR ENFERMEDAD ......................... 148.6. CASO VI: ENFERMEDADES INFECTOCONTAGIOSAS.................................. 158.7. CASO VII: DETECCIN DE PATOLOGAS EN CONTROLES PERIDICOS DEL SERVICIO DE MEDICINA LABORAL............................................................... 158.8. CASO VIII: DETECCIN Y AYUDA ANTE SITUACIONES ESPECIALES DE SALUD...................................................................................................................... 169. QU ES UNA ENFERMEDAD INCULPABLE....................................................... 1610. EVALUACIONES MDICAS............................................................................... 1611. COBERTURA ..................................................................................................... 1712. ROLES y RESPONSABILIDADES ..................................................................... 1813. CONTACTOS: .................................................................................................... 20

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    1. TITULO

    CMO ACTUAR ANTE UNA ENFERMEDAD INCULPABLE

    2. OBJETIVOS

    Que el personal de la CNC logre: - Conocer los pasos a seguir ante la ocurrencia de una enfermedad

    inculpable. - Unificar criterios respecto al procedimiento a cumplimentar.

    El presente procedimiento tiene el propsito de asegurar una adecuada asistencia, formalizacin, seguimiento y alta de la enfermedad, as como la prevencin de enfermedades por contagio.

    El Servicio de Medicina Laboral llevar adelante los controles y monitoreos psicofsicos que sean necesarios a los efectos de asegurar la salud y el bienestar de los trabajadores del organismo. Esto permitir adems la generacin de estadsticas para trabajar en prevencin de enfermedades.

    3. ALCANCE

    A todo el personal que presta servicios en la Comisin Nacional de Comunicaciones (CNC), ante cualquier situacin o estado de salud inculpable.

    4. REVISIN DEL DOCUMENTO

    El presente documento fue desarrollado en el marco de la Comisin de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo de la CNC (CyMAT-CNC), estando el mismo sujeto a un proceso se revisin ordinaria y mejora continua por dicha comisin.

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    5. MARCO NORMATIVO

    - LEY N 20.744 Ley de Contrato de Trabajo - Decreto 390/1976. - Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administracin Pblica Decreto 214/06. - Actas Comisin de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT-CNC). - Ley 24557 Ley de Riesgos de Trabajo. - Ley 19587 Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo Decreto 351/79, modificatorias y complementarias. - Ley 25.327 Ley de Proteccin de los Datos Personales - Ley 17.132 Rgimen Legal del Ejercicio de la Medicina, Odontologa y Actividades Auxiliares de las mismas - Decr. 6216/76 - Ley 26.529 - Ley del Derecho del Paciente

    6. RESPONSABLES

    El empleado, Jefes de Sector, Jefes de rea, Administracin de Personal - UARH y el Servicio de Medicina Laboral (MLab) Seguridad e Higiene, Salud y Medio Ambiente (SHSyMA) - UARH.

    IMPORTANTE: Segn el procedimiento cada uno deber ejecutar la parte que le compete

    7. CARCTER

    Procedimiento de CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO

    8. PASOS A SEGUIR ANTE UNA ENFERMEDAD INCULPABLE (TITULAR O FAMILIAR A CARGO) SEGN EL CASO

    A continuacin se describe el procedimiento a seguir clasificado por tipologa de casos, indicando los pasos a cumplimentar por las partes involucradas.

    En el punto 12 se encuentran los contactos para la ejecucin del presente procedimiento.

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    Estos casos contemplan distintas situaciones de salud, indicando cmo proceder ante una enfermedad inculpable que padezca el personal del organismo, o ante la necesidad de requerir estar al cuidado por enfermedad de algn familiar con parentesco consanguneo de primer grado en lnea ascendente, descendente y colateral y/o cnyuge y/o concubino debidamente acreditado (padre, madre, hijos, hermanos/as, cnyuge/concubino), o familiar a cargo de su cuidado que sin ser de primer grado se encuentre debidamente declarado. Podrn bajar el formulario de DDJJ de familiar a cargo de la intranet o solicitarlo a [email protected] y entregarlo debidamente conformado a Administracin de Personal-UARH.

    8.1. CASO I: AUSENCIA POR ENFERMEDAD (TITULAR O FAMILIAR)

    I. LLAM A TU JEFE DIRECTO PARA INFORMAR TU AUSENCIA DEBIDO

    A UNA ENFERMEDAD

    Ante la ocurrencia de una enfermedad inculpable que te impida presentarte a prestar servicio o ante la necesidad de tener que quedarte al cuidado de un familiar por cuestiones de salud que as lo ameriten, tu responsabilidad es dar aviso telefnicamente a tu superior inmediato (puede ser tu jefe directo o quin este designe segn el caso). Esto contempla tanto la modalidad de trabajo presencial en el establecimiento como la de Teletrabajo.

    En los casos en los que te encuentres en un domicilio diferente al declarado a Administracin de Personal - UARH, debers informar sobre dicha situacin a tu jefe al realizar la llamada, indicando claramente la direccin eventual en la que te encontrs.

    En caso de imposibilidad de realizar la llamada personalmente, la misma podr ser efectuada por la persona que lo est asistiendo.

    Sin perjuicio de lo establecido por el art. 209 de la Ley de Contrato de Trabajo, por motivos operativos y de logstica de los procesos que esta notificacin dispara en el organismo, te solicitamos que dicha llamada la realices antes de las 11hs.

    Si la enfermedad detectada es INFECTOCONTAGIOSA segu lo indicado en el punto 7.6. Caso VI.

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    II. TU JEFE REGISTRAR TU AUSENCIA POR ENFERMEDAD EN EL SISTEMA

    Tu jefe (o la persona que ste designe para tal funcin) registrar en el sistema DIGICARD el concepto de Ausencia por enfermedad (TITULAR o FAMILIAR), dando aviso de esta forma al Servicio de Medicina Laboral de tu inasistencia por enfermedad.

    En los casos en que te encuentres en un domicilio diferente al que se encuentra en tu DDJJ de Domicilio, tu jefe notificar esta situacin al correo de [email protected] y [email protected] , indicando el domicilio que informaste telefnicamente.

    Los avisos de ausencias por enfermedad sern procesados diariamente por el Servicio de Medicina Laboral, que podr remitir la correspondiente auditora mdica al domicilio declarado (el obrante en la DDJJ de Domicilio o el remitido en el e-mail de la jefatura por ser domicilio transitorio en el cual se encuentra el paciente).

    Conforme lo establecido por la Unidad de Administracin de Recursos Humanos del organismo, la cantidad de das de licencia mdica con goce de haberes para cuidado familiar es de 20 das hbiles por ao calendario. Cumplido dicho lmite, el sistema Digicard no permitir cargar el concepto de ausencia por enfermedad familiar, debiendo remitir un e-mail a [email protected] para analizar los pasos a seguir.

    III. SOLICIT ATENCIN MDICA

    El Servicio de Medicina Laboral podr enviar una auditora mdica domiciliaria, la cual consiste en la visita de un profesional mdico, quin deber detectar la existencia de patologa que amerite el ausentismo, brindarte asistencia e indicar, en caso de corresponder, los das de reposo laboral que considere convenientes.

    Si no se realiza la carga del registro de ausente por enfermedad el Servicio de Medicina Laboral no podr ejecutar los procedimientos correspondientes.

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    Una vez realizada la auditora, el mdico deber confeccionar un certificado -el cual te entregar- que deber contener mnimamente los siguientes datos: Nombre y Apellido del agente evaluado, nmero de documento de identidad, diagnstico, cantidad de das de reposo laboral, si corresponde, fecha de alta mdica, nombre y apellido del mdico auditor, con su firma y sello.

    Cabe destacar que el auditor mdico podr pasar por tu domicilio particular por cuestiones operativas de logstica hasta las 21:00 hs, no siendo obligatorio permitirle el acceso fuera de dicho horario.

    No obstante lo expuesto precedentemente, y con el objeto primario de que recibas la asistencia mdica que necesits, se recomienda solicitar atencin mdica en forma particular, ya sea concurriendo a una Clnica, Hospital o Centro de Salud solicitando mdico a tu domicilio por medio de tu Prepaga u Obra Social.

    Toda atencin mdica genera el derecho al otorgamiento de un certificado mdico de tu atencin, el cual deber ser legible y contar con tus datos personales (Nombre y Apellido, DNI, Obra Social o Prepaga, N de Socio), fecha y hora de atencin, diagnstico, da/s de reposo (de corresponder), firma, sello y matrcula del mdico asistente/tratante.

    Te recordamos que es TU DERECHO como paciente la obtencin de un certificado de atencin mdica e indicaciones de asistencia, el cual esta amparado en la Ley 17.132 art.2 inc.a), el cual indica que es inherente al ejercicio de la medicina prescribir e indicar el tratamiento de las enfermedades de las personas, as como tambin en el art. 19 de dicha ley, en el cual se contempla dentro de las obligaciones de los mdicos la de prescribir o certificar formularios, indicando el contenido especfico de los mismos.

    De igual modo, conforme el Decreto Reglamentario a la precitada ley surge la obligacin de llevar una Historia Clnica del paciente (Decr. 6216/76, art. 40 incs. i y m), reforzado tambin por la ley 26.529, art. 12 respecto a la obligatoriedad y carcter de la historia clnica, y el art. 14 de dicha ley que le otorga al paciente el derecho a obtener constancia escrita de las prescripciones e indicaciones que constan en su HC.

    Un certificado mdico particular te permitir contar con un documento que justifique tu ausencia por enfermedad que podrs aportar para que junto con la evaluacin del estado de salud que realicen los profesionales del Servicio

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    de Medicina Laboral sea/n validado/s el/los da/s de enfermedad y se determine tu alta.

    En caso que tengas algn tipo de inconveniente para conseguir la documentacin requerida con la informacin indicada anteriormente, podrs exponer esta situacin ante el Servicio de Medicina Laboral del Organismo, quin evaluar cada caso en particular.

    IV. LUEGO DE RECIBIR ATENCIN MDICA, INFORM A TU JEFE PARA NOTIFICAR CUL ES LA SITUACIN.

    Te solicitamos que en cuanto tengas novedades del cuadro mdico y das probables de licencia, te comuniques con tu jefatura para ponerlo al tanto de la situacin. De esta forma se contar a la brevedad con la informacin necesaria que permitir reprogramar de una forma ms efectiva las tareas para los prximos das y mejorar la organizacin interna de la Unidad funcional.

    Adems, al conocer la indicacin de da/s de reposo, tu jefe deber cargar el concepto de ausencia por enfermedad titular o familiar por dicha cantidad de das, y acompaar con un e-mail a [email protected], informando los particulares del caso.

    V. SEGU LA INDICACIN DE REPOSO DEL MDICO Y RECORD QUE CUALQUIER CONSULTA PODS COMUNICARTE CON EL SERVICIO DE MEDICINA LABORAL PARA ACLARAR TUS DUDAS.

    Durante este proceso, el Servicio de Medicina Laboral realiza el seguimiento de los casos segn la informacin remitida.

    Cada jefe podr observar el estado de las validaciones de las licencias mdicas a travs del sistema DIGICARD, las cuales son actualizadas por el Servicio de Medicina Laboral diariamente.

    Ante cualquier duda, consulta y asistencia que requieras, o ante cualquier aclaracin que quieras hacer relacionada con tu estado de salud podrs dirigirte al Servicio de Medicina Laboral, contactndote al e-mail y telfonos

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    indicados en este procedimiento, o concurriendo personalmente al consultorio mdico en Per 103, en el horario de atencin correspondiente.

    VI. SI CUMPLIDA LA INDICACIN MDICA DE REPOSO CONTINAN LOS SNTOMAS, DEBERS INFORMAR NUEVAMENTE A TU JEFE, QUIEN REGISTRAR TU AUSENCIA POR ENFERMEDAD.

    Si cumplida la indicacin de reposo por los das determinados por tu mdico particular y/o por la auditora mdica domiciliaria (debidamente informados) continan los sntomas de la enfermedad, comuncate nuevamente con tu jefe, quin deber volver a cargar el concepto de Ausencia por Enfermedad, para que sea procesado por el Servicio de Medicina Laboral.

    Solicita nuevamente atencin mdica conforme lo indicado en el punto III.

    Una vez que te encuentres en condiciones de retomar tus tareas, al inicio de tu jornada laboral, debers contactarse con el Servicio de Medicina Laboral, donde se analizar la situacin, se evaluar el alta y se validar la ausencia, de corresponder, conforme se indica en el punto VII del presente procedimiento.

    VII. AL VOLVER A TOMAR SERVICIO DEBES CONTACTARTE CON EL SERVICIO DE MEDICINA LABORAL PARA QUE EVALE TU ALTA:

    Segn la dependencia en la que te desempees debers proceder de la siguiente forma:

    RECORD: Toda informacin mdica tratada en el Servicio de Medicina Laboral, forma parte del Secreto Mdico Profesional.

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    - Si prestas servicios en los establecimientos de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires (CABA):

    Debers dirigirte al Servicio de Medicina Laboral, en Per 103, piso 17 al inicio de tu jornada laboral, presentando el/ los certificado/s correspondiente/s. De esta forma, el mdico laboral podr evaluar tu estado de salud y el alta.

    El horario de atencin del consultorio mdico se encuentra publicado en Encontacto y en el consultorio.

    -Si prestas servicios en Delegaciones Provinciales o Centros de Comprobacin Tcnica de Emisiones:

    Debers enviar copia escaneada de los certificado/s que justifique/n la/s ausencia/s a [email protected], al inicio de tu jornada laboral, y remitir los originales al Servicio de Medicina Laboral SHSyMA - UARH.

    De esta forma, se podrn contactar desde el Servicio de Medicina Laboral para evaluar tu estado de salud y el alta.

    La remisin de los originales las realizar cada Unidad Funcional por trmite interno, debiendo contar la nota de remisin con la siguiente informacin: Nombre, Apellido y DNI del Empleado y si es una enfermedad de un familiar, indicar el parentesco del mismo. Dicha nota debe ser acompaada por un sobre cerrado que contenga el certificado y dems documentacin mdica respaldatoria.

    En el caso de enfermedad de familiar, si el certificado original es requerido por el paciente para ser presentado ante el servicio de medicina laboral de su empleador, ante establecimiento educativo y otro particular, bastar con remitir la copia del mismo.

    En todos los casos, debers presentar toda la documentacin mdica atinente: certificados entregados por tu mdico tratante (originales), estudios, informes, otros (contctate previamente con el Servicio de Medicina Laboral para determinar la necesidad de la remisin de estudios e informescomplementarios al certificado en original o copia, segn el caso), el mismo da que retoms servicios. Por esta razn, luego de una licencia mdica,

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    debers siempre contactarte con el Servicio Mdico, PREVIO a realizar cualquier actividad laboral.

    DE ESTA FORMA, EL MDICO LABORAL EVALUAR TU ALTA:

    En persona o telefnicamente, hablando con vos y con la informacin obrante en los certificados, estudios e informes pertinentes, evaluar el alta para verificar que te encuentres en condiciones de retomar tus tareas.

    Segn el caso, el Servicio de Medicina Laboral podr requerir ampliacin de informacin o estudios especficos para la evaluacin del alta.

    Asimismo, dicho servicio podr determinar un programa de evaluacin y seguimiento del estado de salud del empleado, el cual es de carcter obligatorio, asistencial y preventivo. Por lo cual si te encontrs en esta situacin debers asistir a todas las consultas a las que seas convocado.

    VIII. ALTA CON RESTRICCIONES Y/O RECALIFICACIN LABORAL:

    Si al evaluar el alta, se indica una restriccin mdica en funcin de alguna/s tarea/s que habitualmente llevas a cabo, el Servicio de Medicina Laboral lo dejar asentado en tu historia clnica, y se analizar en forma conjunta con el Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo qu tipo de tareas podes realizar.

    Se remitirn las comunicaciones sobre dichas restricciones a vos, a tu jefe, y a Administracin de Personal, para asegurar el cumplimiento de las mismas.

    Cabe aclarar que dichas restricciones, segn el caso, podrn ser de carcter permanente o transitorio.

    IMPORTANTE: Si no presents los certificados en tiempo y forma la ausencia no podr ser justificada por el Servicio de Medicina Laboral. Dicha situacin deber ser evaluada por Administracin de Personal en funcin del anlisis de cada caso.

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    8.2. CASO II: RETIROS ANTICIPADOS y LLEGADAS TARDAS POR ENFERMEDAD

    Si durante tu jornada laboral, no te encontrs en condiciones de salud para cumplir el horario completo, debers contactarte con el Servicio de Medicina Laboral, informando la situacin para ser evaluada.

    - Si prests servicios en establecimientos de la CABA, debers concurrir al consultorio mdico en Per 103 Piso 17.

    - Si prests servicios en el resto de las dependencias del organismo, debers contactarte con el Servicio de Medicina Laboral, por correo electrnico o de manera telefnica.

    En casos de sufrir una URGENCIA o EMERGENCIA INCULPABLE suscitada durante el horario laboral en establecimientos de la CNC, adems de dar aviso al Servicio de Medicina Laboral, el grupo de persona que est en presencia de esta situacin deber colaborar con la asistencia, manteniendo la calma y, de ser necesario, llamando al servicio de urgencias y emergencias de la obra social o medicina prepaga del empleado que requiere la atencin mdica. Asimismo, una vez encausada la asistencia, el jefe del empleado deber remitir un mail al Servicio de Medicina Laboral, describiendo la situacin, indicando el horario de retiro y cualquier otra informacin que se considere relevante segn el caso.

    Si la emergencia o urgencia es de un familiar y has recibido una comunicacin que requiere tu retiro anticipado por esta situacin, contactate con el Servicio de Medicina Laboral. Asimismo, si debido a la urgencia/emergencia se te hace imposible contactar al servicio citado, inform de esta situacin a tu jefe directo, para que ste remita un e-mail al Servicio de Medicina Laboral notificando esta situacin.

    Por otra parte, si por razones de salud ingresas ms tarde a prestar servicios, debers contactarte con el Servicio de Medicina Laboral al inicio de tu jornada, de las formas anteriormente mencionadas.

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    8.3. CASO III: OCURRENCIA DE ENFERMEDAD EN COMISIN DE SERVICIO

    Las enfermedades ocurridas en Comisiones de servicio, entendindose en este marco a las actividades laborales realizadas fuera de establecimientos de CNC, debern ser tratadas, recibiendo la atencin mdica correspondiente de tu Obra Social, Prepaga o del Sistema de Salud Pblica, e informando sobre esta situacin a tu jefe quien a su vez notificar sobre dicha novedad al Servicio de Medicina Laboral.

    Si te encontrs de comisin en el Exterior del pas debers contactarte con el servicio de asistencia mdica al viajero o de tu Obra Social o Prepaga, segn corresponda. Para ello, previamente a tu salida del pas, debers verificar con estos servicios el tipo y forma de cobertura.

    Asimismo, podrs contactarte a la brevedad con el Servicio de Medicina Laboral para brindar detalles del cuadro y recibir las indicaciones pertinentes.

    Se destaca que el servicio mdico de asistencia al viajero es gestionado por el rea Relaciones Pblicas, Ceremonial y Protocolo de la GRII, quienes previamente a tu primer viaje te van a entregar el voucher de la asistencia al viajero, con los particulares de la cobertura y los telfonos de asistencia para cada pas.

    En aquellos casos en los que por el destino del viaje se requiera la aplicacin de alguna vacuna u cualquier duda que surja en relacin al destino al que fueras asignado, contactarse con el Servicio de Medicina Laboral previo al viaje para evaluar la situacin.

    A modo complementario, a continuacin se detalla el procedimiento relativo a la gestin del seguro de asistencia al viajero mencionado:

    Seguro de Asistencia al Viajero

    Se recuerda que el Sector Relaciones Pblicas, Ceremonial y Protocolo de la Gerencia de Relaciones Internacionales e Institucionales gestionar la contratacin del seguro de asistencia al viajero para cada funcionaria/o que deba desplazarse al exterior del pas en comisin/misin oficial. La asistencia se contrata con el primer desplazamiento, tiene una vigencia de 1 ao y el funcionario titular de la misma tendr cobertura en todas las comisiones/misiones oficiales que realice durante ese perodo.

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    Previo a su viaje, la/el funcionaria/o recibir un voucher (con sus datos personales, plazo de vigencia del contrato y un detalle de las prestaciones incluidas, con los montos mximos cubiertos para cada prestacin), un instructivo (con un detalle de los nmeros telefnicos a contactar, segn el pas donde se encuentre) y las condiciones de contratacin, que deber tener consigo mientras se encuentre en el exterior.

    Entre las distintas prestaciones contratadas, se encuentra la de asistencia mdica. En caso de sufrir un accidente o contraer una enfermedad (inculpables) repentina luego de iniciada la comisin/misin oficial, el titular de la asistencia deber contactarse telefnicamente con la prestadora del servicio (ver datos de la empresa de asistencia al viajero contratada) donde le indicarn como proceder en cada caso. Si por razones de fuerza mayor no pudiese contactar telefnicamente a la prestadora antes de utilizar el servicio, deber hacerlo indefectiblemente en un plazo de 24 hrs. de ocurrido el hecho.

    En la mayora de los casos, las consultas mdicas coordinadas previamente con la prestadora del servicio no debern ser abonadas por el titular de la asistencia. No obstante, en algunas ciudades puede no haber convenios de prepago, por lo que la prestadora orientar al cliente, indicndole que abone la consulta y tramite el reintegro a su regreso. Para ello deber conservar los comprobantes de pago de la consulta, medicamentos y cualquier otro tratamiento pertinente, como as tambin un diagnstico escrito por el mdico interviniente.

    Si la/el funcionaria/o debiera trasladarse a un pas que tuviese como requisito sanitario la aplicacin de alguna vacuna, el Sector Relaciones Pblicas, Ceremonial y Protocolo se lo informar previamente, a fin de que pueda aplicrsela en tiempo y forma, as como tambin debers contactarte con el Servicio de Medicina Laboral tal como se indic anteriormente.

    Por cualquier consulta con relacin a este servicio, contactarse al Sector Relaciones Pblicas, Ceremonial y Protocolo y/o al Servicio de Medicina Laboral, segn la consulta.

    Se recuerda que en caso de sufrir un Accidente de Trabajo debers seguir el procedimiento correspondiente, quedando la asistencia dentro del marco de cobertura de la ART por la asistencia internacional y no del seguro de asistencia al viajero.

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    Realizado por:

    Servicio de Medicina Laboral

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    8.4. CASO IV: CONSULTAS Y TRATAMIENTOS MDICOS PROGRAMADOS (TITULAR Y FAMILIAR)

    Las consultas con mdicos y otros profesionales de la salud, debers solicitarlas por fuera del horario laboral, salvo excepciones que debers informar con antelacin para ser evaluadas por el Servicio de Medicina Laboral del organismo.

    En los casos en los que requieras realizar algn tratamiento especfico, estudio o intervencin quirrgica en da y horario laboral, debers informarlo con anticipacin al Servicio de Medicina Laboral.

    Es muy importante comunicar y mantener al tanto del seguimiento y novedades de las distintas patologas que ests cursando, al Servicio de Medicina Laboral.

    8.5. CASO V: LICENCIAS PROLONGADAS POR ENFERMEDAD

    Las licencias por enfermedad son consideradas prolongadas cuando superan los 30 das corridos de licencia por una misma patologa.

    El Servicio de Medicina Laboral realizar un seguimiento del caso, pudiendo solicitar de ser necesarias interconsultas con especialistas o Juntas Mdicas, siendo todo seguimiento realizado desde este servicio de carcter obligatorio.

    Durante el curso de la licencia y llegado el momento del alta, previo a retomar tus tareas laborales, debers contactarte con el Servicio de Medicina Laboral, de las maneras anteriormente detalladas, segn te encuentres en CABA o en las otras dependencias de la CNC.

    De esta forma, el mdico laboral evaluar la situacin y determinar el alta. En este caso tambin se evaluar si el alta es con o sin restricciones (temporales o definitivas).

    Dado que se trata de una licencia prolongada, ante la reincorporacin se podr requerir el control mdico de ley correspondiente.

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    8.6. CASO VI: ENFERMEDADES INFECTOCONTAGIOSAS

    Ante la ocurrencia de una patologa infectocontagiosa (por ejemplo tuberculosis, meningitis, hepatitis, entre otros) se debe comunicar dicha situacin de manera inmediata al Servicio de Medicina Laboral quien luego actuar en consecuencia, tomando las medidas necesarias para el cuidado del paciente y del medio ambiente en el cual se desempea.

    8.7. CASO VII: DETECCIN DE PATOLOGAS EN CONTROLES PERIDICOS DEL SERVICIO DE MEDICINA LABORAL

    El Servicio de Medicina Laboral lleva adelante la gestin de la fase mdica de los controles y monitoreos peridicos de salud ocupacional. En el marco de estos controles se ejecutan dos procesos importantes, siendo estos los siguientes:

    - Controles Peridicos del Programa de Prevencin de Enfermedades Ocupacionales: cuya finalidad es monitorear el estado de salud del trabajador para prevenir enfermedades ocupacionales en funcin de su exposicin a riesgos, siendo estos realizados por la ART segn el mapa de riesgos realizado por el Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

    - Controles Peridicos del Programa de Prevencin de Accidentes: cuya finalidad es monitorear el estado de salud del trabajador para prevenir accidentes de trabajo en funcin de su exposicin a riesgos, siendo estos realizados por el Servicio de Medicina Laboral (psicofsicos) segn el mapa de riesgos realizado por el Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

    Si producto de estos controles se detecta alguna patologa inculpable, se proceder a brindar la asistencia correspondiente y a evaluar el caso, a los efectos de determinar la necesidad de emitir las restricciones laborales que correspondan.

    Si de lo contrario, se detectare una enfermedad pasible de constituir enfermedad ocupacional, se proceder en cada caso segn corresponda, quedando as fuera del alcance del presente procedimiento por no constituir una enfermedad inculpable.

    Los monitoreos y controles preventivos que se realizan desde el Servicio de Medicina Laboral son de carcter obligatorio, ya que constituyen parte de los procedimientos de prevencin de riesgos ordinarios en materia de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional.

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    8.8. CASO VIII: DETECCIN Y AYUDA ANTE SITUACIONES ESPECIALES DE SALUD

    En aquellos casos en los que detectes alguna conducta, actitud o alteracin de la salud que afecte a tu grupo de trabajo, es importante que comuniques esta situacin al Servicio de Medicina Laboral, para que se pueda evaluar el caso y brindar la asistencia que se requiera.

    El propsito preservar la salud personal y grupal de todos los integrantes del organismo, trabajando as de modo preventivo desde el Servicio de Medicina Laboral, resguardando toda informacin bajo el secreto mdico profesional.

    9. QU ES UNA ENFERMEDAD INCULPABLE

    Es toda aquella alteracin del estado de salud que presenta el trabajador, no originada por el trabajo, que le impide en forma temporaria o permanente, poner su capacidad laborativa al servicio del empleador, sin que esto haya constituido un accidente de trabajo o enfermedad laboral.

    10. EVALUACIONES MDICAS

    El Servicio de Medicina Laboral cuenta con un plantel de profesionales especialistas (Mdico Laboral y Lic. en Psicologa) para realizar las evaluaciones psicofsicas correspondientes, y segn la especificidad y complejidad del caso lo requieran, se podrn solicitar Interconsultas con otras especialidades mdicas o constituir Juntas Mdicas interdisciplinarias.

    El propsito de estas evaluaciones es realizar un seguimiento del estado de salud del empleado y evaluar el alta si el empleado se encuentra con licencia mdica.

    Cabe destacar que en todos los casos el Alta Laboral es otorgada por los profesionales que conforman el Servicio de Medicina Laboral del organismo.

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    11. COBERTURA

    Las enfermedades inculpables son cubiertas por la obra social del empleado o por su medicina prepaga. Es fundamental contar siempre con la credencial a mano, siendo imprescindible para la atencin mdica y considerando que en la misma se encuentran los nmeros telefnicos a los cuales llamar en caso de urgencias o emergencias.

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    12. ROLES y RESPONSABILIDADES

    En el marco de este procedimiento, las responsabilidades que tienen asignadas cada uno de los actores involucrados se encuentran detalladas en el punto 7, asimismo a modo complementario a continuacin se detallan aspectos generales y destacados de cada uno de ellos a modo de resumen:

    - El Empleado:

    Ante la ocurrencia de una enfermedad, debers dar aviso a tu jefe directo informando de tu ausencia por enfermedad y solicitar atencin mdica a travs de tu obra social o prepaga (avisando claramente el domicilio donde te encontrs, en caso de estar en uno domicilio diferente al de tu DDJJ de domicilio).

    Una vez recibida la atencin mdica necesaria, debers informar a tu jefe acerca de las novedades, indicando los das previstos de baja.

    Una vez que ests en condiciones de retomar servicio debers dirigirte al Servicio de Medicina Laboral para que evale el caso y otorgue el alta (Present o remit, segn corresponda, los certificados y estudios correspondientes).

    En casos de consultas y tratamientos mdicos programados, retiros anticipados, llegadas tardas por cuestiones de salud debers contactarte con el Servicio de Medicina Laboral.

    Debers proceder de forma anloga para los casos de enfermedad de familiar a cargo.

    - Jefes de Sector/ rea:El rol de los jefes directos es de suma importancia para cumplimentar con el procedimiento detallado anteriormente, cuya funcin principal es la de ingresar la novedad de Ausencia por Enfermedad Titular o Familiar, segn corresponda, en el Sistema Digicard.

    En los casos en los que el empleado se encuentre en un domicilio diferente al declarado, el jefe deber informarlo al correo de Novedades de Asistencia y al de Medicina Laboral.

    Asimismo, es fundamental que los jefes informen al Servicio de Medicina Laboral ante la deteccin o presuncin de algn problema de salud en los

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    empleados a su cargo, para que este servicio pueda prestar la asistencia que corresponda.

    - Administracin de Personal - UARH:Entre otras tareas, Administracin de Personal es quin lleva adelante el proceso de Administracin de Estados de Novedades de Asistencia del Personal, estando tercerizada la carga de novedades en el sistema Digicard en las jefaturas y las validaciones de las ausencias por enfermedad en el Servicio de Medicina Laboral. Por esta razn, en caso de no poderse justificar mdicamente la ausencia desde el Servicio de Medicina Laboral, la misma ser evaluada por Administracin de Personal en el marco de sus procesos.

    - Servicio de Medicina Laboral SHSyMA - UARH: Entre otras tareas, se encarga de gestionar diariamente todas las novedades sobre el estado de salud de los empleados, evaluar el estado de salud psicofsico de los empleados y el alta mdica, registrar las validaciones mdicas de las ausencias por enfermedad en el sistema Digicard, realizar el seguimiento de licencias prolongadas, llevando el registro del seguimiento del estado de salud de los empleados en las historias clnicas y legajos mdicos. Asimismo, en funcin del estado de salud de cada particular se determina si est en condiciones de prestar servicio, pudindose indicar segn el caso restricciones (transitorias o permanentes) de tareas o de duracin de jornada laboral, con el propsito de asegurar la salud psicofsica de los trabajadores y un ambiente laboral saludable en el organismo.

    - Sector Relaciones Pblicas, Ceremonial y Protocolo - GRII: Entre otras tareas, se encarga de gestionar la contratacin de un seguro de asistencia al viajero para cada funcionaria/o del organismo que se desplaza en comisin/misin oficial al exterior y que, entre otros servicios, cubre la asistencia mdica por accidente o enfermedad repentina. El seguro se contrata con el primer desplazamiento, tiene una vigencia de 1 ao y el funcionario titular de la misma tendr cobertura en todas las comisiones/misiones oficiales que realice durante ese perodo. Por otro lado, si la/el funcionaria/o debiera trasladarse a un pas que tuviese como requisito sanitario la aplicacin de alguna vacuna, este Sector se lo informar previamente, a fin de que pueda aplicrsela en tiempo y forma.

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    - Comisin de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT-CNC):

    Entre otras tareas, se encarga de acordar procedimientos y recibir propuestas

    y denuncias de los trabajadores en materia de higiene y seguridad en el

    trabajo y medicina laboral, para ser analizadas y canalizar una respuesta,

    asegurando las condiciones de anonimato y garanta requeridas por las

    personas denunciantes.

    13. CONTACTOS:

    Administracin de Personal UARH:

    Correo: [email protected]

    Telfonos: (011) 4347-9814/9904

    Sector Relaciones Pblicas, Ceremonial y Protocolo - GRII:

    Telfonos: [email protected] (011) 4347-9557 / 9320

    Servicio de Medicina Laboral (MLAB) SHSyMA - UARH:

    Correo: [email protected]

    Telfonos: (011) 4347-9825/9419/9334/9317

    Comisin de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT-CNC):

    Correo: [email protected]

    Telfonos paritarios:

    - Empleador: (011) 4347-9766

    - UPCN: (011) 4347-9970

    - ATE: (011) 4347-9974