Chiclayo, viernes 08 de marzo del 2019 - Amazon S3...2019/03/08  · diente (traer copia...

8

Transcript of Chiclayo, viernes 08 de marzo del 2019 - Amazon S3...2019/03/08  · diente (traer copia...

Chiclayo, viernes 08 de marzo del 2019 PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV2 AVISOS JUDICIALESCRÓNICA JUDICIAL

Telf: 481030 - 239182

Chiclayo, viernes 08 de marzo del 2019

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUEMG. OSCAR MANUEL BURGA ZAMORA

PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV

1. REMATE JUDICIAL

PRIMER REMATE JUDICIALEn los seguidos con la Coperativa de Ahorro y Crédito Cre-disol contra Celene Balcázar Mendoza sobre Obligación de Dar Suma de Dinero Exp. N° 02997-2017-0-1706-JP-CI-18 por orden del Segundo Juzgado de Paz Letrado Santa Vic-toria de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque A cargo de la Señora Magistrada Dr. Giuliana Victoria Vásquez Car-rasco, Especialista Legal Víctor Arbulú Norabuena, la suscrita Martillera Pública, rematará en Primera Convocatoria el bien inmueble ubicado en: Pueblo Joven Medio Mundo Calle Hum-boldt n° 1966-Manzana 047-Lote 015-Distrito de José Leon-ardo Ortíz- Chiclayo-Lambayeque. Bien Inmueble no inscrito, suyas características se indican en el informe pericial.VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 19, 879. 52 (diecinueve mil ochocientos setenta y nueve y 52/100) dólares americanos.BASE DEL REMATE: US$ 13, 253.01 (trece mil doscientos cincuenta y tres y 01/100) dólares americanos, equivalente a los 2/3 partes de la tasación.GRAVÁMENES Y CARGAS: Embargo, Resolución n° 3 del 18 de abril de 2018, Dra. Giuliana Victoria Vásquez Carrasco, Juzgado de Paz Letrado Santa Victoria, Especialista Legal Víctor Manuel Arbulú Norabuena, hasta por S/. 12, 000.00, inmueble no inscrito.DÍA Y HORA DEL REMATE: 22 de Marzo de 2019 a las 12.00 m. (hora exacta).LUGAR: Sala de remates sita en Calle San José 1070, 2do. piso, Distrito de Chiclayo, Departamento de Lambayeque.POSTORES: Oblaran al 10% del Valor de Tasación en efec-tivo o cheque de gerencia sin sello de No Negociable girado a nombre del mismo postor y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo, a nombre del Juzgado consig-nando el número del Expediente, el número de Documento de Identidad, fi rma y adjuntando fotocopia simple de todos los documentos, mostrar DNI y tratándose de personas jurídicas deberán además entregar la Vigencia de Poderes correspon-diente (traer copia fotostática de la Tasa, del DNI y de la vi-gencia de poderes de ser el caso); el adjudicatario abonará el saldo del precio del remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Además deberá adjuntar tasa judicial (CÓDIGO 07153). Los Honorarios del MARTILLERO Público son por cuenta del adjudicatario y serán cancelados a la fi rma del Acta, de acuerdo a la escala de comisiones de-terminada en el artículo 18° del D.S. 008-2005-JUS y están afectados al IGV. Chiclayo, 28 de enero del 2019.DR. VÍCTOR M. ARBULU NORABUENASECRETARIO JUDIDICIAL1° JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVILPODER JUDICIAL - CSJLAMERCEDES N. TELLO FLORESMARTILLERO PÚBLICOREG. N° 331P/ 7332830F/ 7755FP/ 08, 11, 12, 13, 14, 15 mar.S/. 85.00

TERCER REMATE JUDICIALExp. 00146-2012-0-1706-JR-CO-08, en los seguidos por CO-OPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SAN FRANCISCO DE MOCUPE LTDA. contra JORGE ALBERTO GONZALES YEN, MARITA IVONNE RIVERO PRADA Y MICAELA YEN MANRIQUE, sobre Ejecución de Garantías. El Octavo Juz-gado Especializado en lo Civil Subespecialidad Comercial de Chiclayo que Despacha el Sr. Juez Dr. Juan Francisco Agu-inaga Holguin, Especialista Legal Dra. Betty Varias Cespedes; ha dispuesto sacar a remate en TERCERA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble:INMUEBLE: Ubicado en la Manzana 20, Lote 26 (Hoy Calle Los Combatientes N° 860), de Ja Urbanización Popular de Interés Social Cruz Del Perdón, Distrito, Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque inscrito en la Partida N° P10045729, Zona Registral N° II, Sede Chiclayo,Ofi cina Registral Chiclayo. VALOR DE TASACIÓN: Asciende a la suma de suma de US$. 86,987.90 (OCHENTISEIS MIL NOVECIENTOS OCHEN-TISIETE Y 90/100 DÓLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: Se efectúa sobre las dos terceras partes del valor de la tasación menos las deducciones de Ley, la misma que asciende a la suma de US$. 41,899.17 (CUAR-ENTIUN MIL OCHOCIENTOS NOVENTINUEVE Y 17/100 DÓLARES AMERICANOS). DIA Y HORA DE REMATE: 21 de marzo del año 2019 a horas 10:15 de la mañana. CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento 00005 de la Partida N° P10045729). Los propietarios constituye hipoteca a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Francisco de Mocupe Ltda., hasta por la suma de S/. 80,000.00 Nuevos Soles, según Escritura Pública, de fecha05/07/2011. LUGAR DEL REMATE: Sala de remates, sito en la Calle San

José N° 1052, Segundo Piso, Provincia de Chiclayo y Depar-tamento de Lambayeque. LOS POSTORES: Oblaran en efectivo o en cheque de ger-encia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación, adjuntar la tasa judicial correspondiente a la orden del Octavo Juzgado Civil Comercial de Chiclayo, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, el acto procesal a re-alizar y copia de D.N.I. y fi rmas. El presente remate estará a cargo del Martillero Público Cesar Armando Zapata Obando, con Reg. 241. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario según la tabla establecida en el De-creto Supremo N° 008-2005-JUS más IGV. CEL. 947400080 CESAR ARMANDO ZAPATA OBANDOMARTILLERO PÚBLICOREG. 241BETTY VARIAS CESPEDESESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL -COMERCIAL- CHICLAYOPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 7332453F/ 7740FP/ 07, 08, 11 mar.S/. 57.80

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA

En el expediente No. 88-2017 por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C. contra JOSE LE-ONCIO HUACHEZ CRUZ, sobre Ejecución de Garantías, el Segundo Juzgado Civil de Jaén a cargo del señor Juez Dr. Julio Rafael Suyon Lingan asistido por la Especialista Legal Bruno Ramiro Lopez Lopez, ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzáles Barzotti con Registro N° 195 para llevar a cabo el REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVO-CATORIA del predio rural denominado El Mango ubicado en el sector La Manga Área Ha. 2.4400 U.C. 91804-165 del dis-trito de la Coipa, Provincia de San Ignacio, Departamento de Cajamarca, cuyo dominio, medidas perimétricas, se encuen-tran inscritas en la Partida electrónica número 02091598 del Registro de Predios Rurales de la Ofi cina Registral de Jaén.TASACIÓN: US$ 11,000.00 (Once mil y 00/100 dólares ameri-canos).BASE DE REMATE: US$ 7,333.33 (Siete mil trescientos tre-inta y tres con 33/100 Dólares Americanos) que son las dos terceras partes del valor de la Tasación por ser la Primera Convocatoria.AFECTACIONES: 1) Hipoteca.- A favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. hasta por la suma de US$ 24,400.00 dólares americanos, así consta inscrito en el Asien-to D00001; 2) Embargo.- Ordenado por Resolución N° Dos de fecha 23/11/2015 (recaída en el Exp. 604-2015-66-1703-JR-CI-02) expedida por el Juez del Segundo Juzgado Civil de Jaén que despacha el Dr. Rudecindo José Damian Sandoval, Secretario Edinson Soberon Hoyos, se resuelve trabar em-bargo en forma de inscripción registral sobre el bien inmueble inscrito en esta partida de propiedad del demandado José Leoncio Huachez Cruz, por un monto de 42,000.00 soles, así consta inscrito en el asiento D00002, los asientos antes descritos corren registrados en la Partida electrónica número 02091598 del Registro de Predios Rurales de la Ofi cina Reg-istral de Jaén.DIA Y HORA DEL REMATE: 14 de marzo del 2019 a horas 08:45 A.M. (Ocho con cuarenta y cinco minutos de la ma-ñana).LUGAR DE REMATE: Diligencia que se llevará a cabo en la sala de remates, ubicada en calle Mariscal Castilla N°490, segundo piso - Sede poder judicial - Jaén.LOS POSTORES: Depositaran el 10% de la tasación en Cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando DNI en original y copia, adjuntando tasa judicial por derecho a participar en remate judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI, los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Articulo 732 del Có-digo Procesal Civil y Articulo 18 del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS y están afectos al IGV. Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Publico Registro N° 195; Especialista Legal Bruno Ramiro López López, Segundo Juzgado Civil de Jaén.CARLOS ALBERTO GONZALES BARZOTTIMARTILLERO PÚBLICOREGISTRO NO. 195BRUNO RAMIRO LÓPEZ LÓPEZSECRETARIO JUDICIALSEGUNDO JUZGADO MIXTO CIVIL JAÉNPODER JUDICIALP/ 7332474F/ 2790FP/ 06, 07, 08, 11, 12, 13 mar.S/. 105.00

PRIMER REMATE PUBLICOEn autos sobre Ejecución de Garantías Reales, seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU, contra empresa PACHAMAMA SRL Y sus fi adores solidarios don SANTOS RAMOS DE BALLONA, doña GLORIA QUETY SANTAMA-RIA INOÑAN, Don HORACIO GUSTAVO GARCÍA MUN-DACA, doña MARÍA ISABEL FERNANDEZ GUTIERRES

3Chiclayo, viernes 08 de marzo del 2019PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV AVISOS JUDICIALESCRÓNICA JUDICIAL

DE CAMPOS, doña IRIS ALINA ROJAS BERECHE, don PA-BLO YESQUEN NUÑEZ, don JOSE AURELIO CARRANZA ENEQUE; doña CELIA YOVERA INOÑAN, VILMA DORIS YOVERA INOÑAN y MARCO IVAN YOVERA INOÑAN, suce-sores procesales de don AUGUSTO YOVERA ROCIO y doña MANUELA INOÑAN SUCLUPE DE YOVERA (o Manuela Inoñan Suclupe), don LUIS MIGUEL GARCIA MUNDACA y doña CARMEN JULIA TORRES AYUDANTE DE GARCIA, Abogado Henry Freddy Serquén Seclén como Curador Pro-cesal de doña MARIA AMERICA AYUDANTE SONO, don FERMIN BALLONA SENCIE y don MANUEL NATIVIDAD CAMPOS FUSTAMANTE, El Octavo Juzgado Civil Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, a cargo del señor Juez Juan Francisco Aguinaga Holguín, y como Espe-cialista Legal Yessenia Milagros Godrillo Carbonel, según lo ordenado en el Expediente N° 00057-0-2008-0-1706-JR- CO-08, dispuso la Subasta Pública de 08 bienes inmuebles:INMUEBLE 01.- DESCRIPCION:PREDIO RUSTICO “EL CARMEN”, PARCELA N° 22; en el distrito de PITIPO, provincia de FERREÑAFE, departamento de LAMBAYEQUE, cuyas características corren inscritas en la Partida N° 02239497 del Registro de Propiedad Inmubele- Registro de Predios de la Zona Registral N° II Sede- Chiclayo, de propiedad de Aurelio Carranza Eneque.VALOR DE TASACIÓN.- S/ 346,500.00.(Trescientos cuarenta y seis mil quinientos con 00/100 Soles).BASE DEL REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA.- S/. 231,000.00.(Doscientos treinta y un mil con 00/100 Soles), equivalente a 2/3 del valor de tasación.DÍA Y HORA.- MARTES 26 DE MARZO DEL 2019, a las 8:30 A.M. AFECTACIONES - AS. 2: HIPOTECA - A favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por US$. 21,560.00. AS. D-2: MODIFICACION DE HIPOTECA- Modifi ca el As. 2, a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por US$.223,602.00 Dólares Americanos.INMUEBLE 02.- DESCRIPCION:PREDIO RUSTICO “EL TRIUNFO”, PARCELA N° 26; en el distrito de PITIPO, provincia de FERREÑAFE. departamento de LAMBAYEQUE. cuyas características corren inscritas en la Partida N° 02200614 del Registro de Propiedad Inmue-ble - Registro de Predios de la Zona Registral N° II Sede - Chiclayo, de propiedad de Augusto Yovera Rocío y Marieta Suclupe de Inoñan. VALOR DE TASACIÓN.- S/. 216,000.00.(Doscientos dieciséis mil con 00/100).BASE DEL REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA.- S/. 144,000.00(Ciento cuarenta y cuatro mil con 00/100 Soles), equivalente a 2/3 .del tasación.DÍA Y HORA.- MARTES 26 DE MARZO DEL 2019, a las 8:45AMAFECTACIONE S.- AS. 2 HIPOTECA.- A favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por US$. 13,680.00. AS. D-2: MODIFICACION DE HIPOTECA- Modifi ca el As. 2, a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por US$. 223,602.00 Dólares Americanos.INMUEBLE 03.- DESCRIPCION:PARCELA N° 10234 /UC 107391), provincia de FER-REFÑAFE, departamento de LAMBAYEQUE, cuyas cara-cterísticas corren inscritas en la Partida N° 02208226 del Registro de Propiedad Inmueble - Registro de Predios de la Zona Registral N° II Sede - Chiclayo, de propiedad de Pablo Yesquén Nuñez.VALOR DE TASACION.- S/. 229,500.00.(Doscientos veintinueve mil quinientos con 00/100 Soles).BASE DEL REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA.- S/.153,000.00.(Ciento cincuenta y tres mil con 00/100 Soles), equivalente a 2/3 del valor de tasaciónDÍA Y HORA.- MARTES 26 DE MARZO DEL 2019, a las 9:00 A.M.AFECTACIONES - AS. 2: HIPOTECA.- A favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por US$. 14,280.00. AS. D-2: MODIFICACION DE HIPOTECA. - Modifi ca el As. 2, a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por US$.223,602.00 Dólares Americanos.INMUEBLE 04.- DESCRIPCION:PARTE DE LA PARCELA N° 42 (UC 47753) QUE ES PARTE DEL PREDIO “SAN JUAN”; en el distrito de PUEBLO NUEVO, provincia de FERREÑAFE, departamento de LAM-BAYEQUE, cuyas características corren inscritas en la Par-tida N° 11029813 del Registro de Propiedad Inmueble - Reg-istro de Predios de la Zona Registral N° II Sede - Chiclayo, de propiedad de Fermín Ballona Sencie y Santos Ramos Acosta.VALOR DE TASACIÓN.- S/180,000.00.(Ciento ochenta mil con 00/100 Soles)BASE DEL REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA.- S/. 120,000.00.(Ciento veinte mil con 00/100 Soles), equivalente a 2/3 del valor de tasación.DÍA Y HORA.- MARTES 26 DE MARZO DEL 2019, a las 9:15 A.M. AFECTACIONES - AS. D-2: HIPOTECA - A favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por US$ 11, 600.00. AS. D-3. MODIFICACIÓN DE HIPOTECA. Modifi ca el As. D-2, a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por US$.223,602.00 Dólares Americanos.INMUEBLE 05.- DESCRIPCION:PARCELA N° 10847 (UC 25241) DEL PREDIO RUSTICO “HOYADA DE MENDOZA”; en el distrito y provincia de FERREÑAFE, departamento de LAMBAYEQUE, cuyas características corren inscritas en la Partida N° 02182537 del Registro de Propiedad Inmueble - Registro de Predios de la Zona Registral N° II Sede - Chiclayo, de propiedad de Iris Alina Rojas Bereche.VALOR DF TASACIÓN - S/. 225,000 00 (Doscientos vein-ticinco mil con 00/100 Soles).BASE DEL REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA.- S/. 150,000.00.(Ciento cincuenta mil con 00/100 Soles), equivalente a 2/3 del valor de tasación.DÍA Y HORA.- MARTES 26 DE MARZO DEL 2019. a las 9:30. A.M.AFECTACIONES.- AS. D-2. HIPOTECA.- A favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por US$ 14,000.00 AS. D-3: MODIFICACIÓN DE HIPOTECA.- Modifi ca el AS. D-2, a fa-vor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por US$.

14,000.00. AS. D-3: MODIFICACION DE HIPOTECA.- Modi-fi ca el As. D-2, a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por US$. 223,602.00 Dólares Americanos.INMUEBLE 06.- DESCRIPCION:PARCELA UC 12929 PARTE INTEGRANTE DEL PREDIO SIALUPE, HUAMANTANGA SECTOR 1; en el distrito, provin-cia y departamento de LAMBAYEQUE, cuyas características corren inscritas en la Partida N° 02293228 del Registro de Propiedad Inmueble - Registro de Predios de la Zona Reg-istral N° II Sede - Chiclayo, de propiedad de Carmen Julia Torres Ayudante y Horacio Gustavo García Mundaca.VALOR DE TASACIÓN - S/. 118,560.00.(Ciento dieciocho mil quinientos sesenta con 00/100 Soles).BASE DEL REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA.- S/.79,040.00.(Setenta y nueve mil cuarenta con 00/100 Soles) equivalente a 2/3 del valor de tasación.DÍA Y HORA.- MARTES 26 DE MARZO DEL 2019, a las 9:45 A.M.AFECTACIONES - AS. D-2: HIPOTECA - A favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por US$. 7,310.00. AS. D-3: MODIFICACION DE HIPOTECA.-Modifi ca el AS. D-2, a fa-vor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por US$. 223, 602.00 Dólares Americanos. AS. D00001: EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION a favor de SUNAT, hasta por S/. 330,000.00 Nuevos Soles. AS. D00002: EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION hasta por S/. 140,000.00 Nuevos Soles, derivados del procedimiento coactivo.INMUEBLE 07.- DESCRIPCION:INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE UNION N° 945 - 947 (Manzana 126, Lote 05); en el distrito y provincia de FER-REÑAFE, departamento de LAMBAYEQUE, cuyas carac-terísticas corren inscritas en la Partida N° P10083414 del Registro de Propiedad Inmueble - Registro de Predios de la Zona Registral N° II Sede - Chiclayo, de propiedad de Luis Miguel García Mundaca.VALOR DE TASACIÓN.- US$. 75,967.77.(Setenta y cinco mil novecientos sesenta y siete con 77/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA.- US$. 50,645.18.(Cincuenta mil seiscientos cuarenta y cinco con 18/100 Dólares Americanos) equivalente a 2/3 del valor de tasación.DÍA Y HORA.- MARTES 26 DE MARZO DEL 2019, a las 10:00 A.M.AFECTACIONES - AS. N° 00005: HIPOTECA.- A favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por US$. 19,372.65 Dólares Americanos. AS. N° 00006:EMBARGO.- A favor de SUNAT- INTENDENCIA REGIONAL LAMBAYEQUE, hasta por S/. 45,000.00 Nuevos Soles. AS. N° 00007: EMBARGO - A favor de SUNAT - INTENDENCIA REGIONAL LAMBAYEQUE, hasta por S/. 60,000.00 Nuevos Soles. INMUEBLE 08.- DESCRIPCION:INMUEBLE UBICADO EN EL LOTE 18, MANZANA 118, ACTUALMENTE CALLE UNION N° 404 Y CALLE SUCRE N°500; en el distrito y provincia de FERREÑAFE, departa-mento de LAMBAYEQUE, cuyas características corren inscritas en la Partida N° P10083369 del Registro de Propiedad inmueble - Registro de Predios de la Zona Registral N° II Sede - Chiclayo de propiedad de María América Ayudante Sono. VALOR DE TASACIÓN- US$. 74,500.00.(Setenta y cuatro mil quinientos con 00/100 Dólares Ameri-canos).BASE DEL REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA.- US$. 49,666.66.(Cuarenta y nueve mil seiscientos sesenta y seis con 66/100 Dólares Americanos), equivalente a 2/3 del valor de tasación.DÍA Y HORA.- MARTES 26 DE MARZO DEL 2019, a las 10:15 A.M.AFECTACIONES - AS. N° 00007: HIPOTECA - A favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por US$. 16,227.50 Dólares Americanos. AS. N° 00008: MODIFICACION DE HIPOTECA - Modifi ca el As. N° 00007, a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por US$ 16, 227.50 Dólares Americanos. AS. N° 00008: MODIFICACION DE HI-POTECA.- Modifi ca el AS. N° 00007, a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, según Escritura Pública N° 4231 del 06/12/2007, otorgada ante Notario Público Caballero Burgos Carlos Alberto (Chiclayo).LUGAR.- SALA DE REMATES (DONDE SE LLEVARAN A CABO TODOS LOS REMATES), ubicada en Calle San José N° 1070, Segundo Piso (Sede Antigua); en el distrito, provin-cia de Chiclayo, departamento de Lambayeque.POSTORES.- Presentarán por cada inmueble, en el que de-see participar: A)Original de su Documento de Identidad y/o RUC, si corre-sponde, con documentos de Representación. B) Arancel por participación en remate judicial de bienes inmuebles (Banco de la Nación), indicando el Juzgado, el número de expedi-ente, y número de DNI o RUC según postor. C) Monto no menor al 10% del valor de tasación, en efectivo o Cheque de Gerencia girado a su nombre, que será devuelto a los no benefi ciados.POSTOR PREFERENTE.- Se considerará preferente al pos-tor que ofrezca adquirir conjuntamente los 08 bienes inmue-bles, siempre que el precio no sea inferior a la suma de las ofertas individuales.Antes del Remate, El Postor debe validar el Arancel por par-ticipación en remate judicial de bienes inmuebles en la Ofi cina REPEJ - REMAP. (Frente a la Sala de Remates).El Adjudicatario cancelará los Honorarios del Martillero, al concluir la diligencia, según D.S. N° 008-2005-JUS. El remate de los 08 bienes inmuebles será (efectuado por Jairzinho Jorge Arturo Arce Almirón, Martillero Público con Registro N° 347. Informes al 995904045. Chiclayo, 26 de diciembre, 2018.JAIRZINHO JORGE ARTURO ARCE ALMIRÓNMARTILLERO PÚBLICO REG. N° 347YESSENIA MILAGROS GORDILLO CARBONELSECRETARIA JUDICIALOCTAVO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIALCSJLA- PODER JUDICIALP/ 7296292F/ 7670FP/ 06, 07, 08, 11, 12, 13 mar.S/. 387.00

2. EDICTOS CLASIFICADOS

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVADOMINIO

PRESCRIPCION ADQUSITIVA DE DOMINIOEn el expediente 3-2019-0-1708-JM-CI-01 seguido por NORA ISABEL VALENCIA SANDOVAL contra empresa LA NEGO-CIACIÓN BATANGRANDE S.A, LA COOPERATIVA AGRAR-IA CAHUIDE LTDA, GRACIELA LA ROSA VDA DE SANCHEZ ELIAS sobre DEMANDA DE PRESCRIPCION ADQUSITIVA, el señor Juez del Juzgado CIVIL PERMANENTE DE LAM-BAYEQUE, DOCTOR RONALD SAAVEDRA GUZMAN, y EL ESPECIALISTA DR. MAXANDRE TABOADA RAMON, ha ordenado la notifi cación mediante edictos, con la demanda y su admisorio como se sigue:- ADMISORIO DE LA DEMANDA, MEDIANTE RESOLUCION UNO DE FECHA DIECISEIS DE ENERO DEL AÑO EN CURSO: ADMITIR a trámite, en la vía del PROCESO ABREVIADO, la demanda interpuesta por NORA ISABEL VALENCIA SANDOVAL contra empresa LA NEGOCIACIÓN BATANGRANDE S.A, LA COOPERATIVA AGRARIA CAHUIDE LTDA, GRACIELA LA ROSA VDA DE SANCHEZ ELIAS sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, TENER POR OFRECIDOS los medios probatorios, CONFIÉRASE TRASLADO a los demandados por el plazo de TREINTA DÍAS para que comparezcan al proceso, bajo aper-cibimiento de nombrárseles curador procesal; para tal efecto NOTIFÍQUESELES mediante edictos, debiendo publicarse un extracto de la demanda y resolución admisorio por el plazo de tres días en el diario “La República”, por tratarse de de-mandados con domicilio desconocidos. NOTIFÍQUESE a los colindantes en las direcciones indicadas.Lambayeque, 05 de Marzo del 2019.P/ 7333942B/ 12841FP/ 08, 11, 12 mar.S/. 26.00

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO En el Expediente 02733-2018-0-1707-JP-CI, materia Pre-scripción Adquisitiva de Dominio, demandante María Virginia Fernández Acosta; Juez del Juzgado Especializado Civil de Ferreñafe, E. Purihuamán Díaz y Especialista Legal L. Torres Alvarado, ha ordenado la publicación del siguiente edicto: Fer-reñafe, dieciséis de enero del año dos mil diecinueve. - Reso-lución número Dos: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite VÍA PROCESO ABREVIADO sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, interpuesta por María Virginia Fernández Acosta contra Socorro Candelaria Vigo Sandoval, CONFIÉRASE TRASLADO por el termino de DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de declararse REBELDE; y nombrarle Curador Procesal; PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por tres veces conforme lo señala en el artículo 506° del Código Proc-esal Civil. Ferreñafe. 05 de Marzo del 2019.LUCÍA FIORELLA TORRES ALVARADOSECRETARIA JUDICIALJUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL FERRÑAFECSJLA- PODER JUDICIALP/ 7332686B/ 12830FP/ 07, 08, 11 mar.S/. 20.00

3. NOTIFICACIONES POR EDICTOS

DECLARACION DE MUERTE PRESUNTA En el expediente 247-2018-0-1708-JM-CI-01 seguido por SANDOVAL SANTISTEBAN JUAN Y ACOSTA BANCES MARIA NATIVIDAD contra SANDOVAL ACOSTA WALTER Y OTROS, sobre DECLARACION DE MUERTE PRESUNTA, el señor Juez del Juzgado CIVIL PERMANENTE DE LAM-BAYEQUE, DOCTOR RONALD SAAVEDRA GUZMAN, y EL ESPECIALISTA DR. MAXANDRE TABOADA RAMON, ha or-denado la notifi cación mediante edictos, con la demanda y su admisorio como se sigue: ADMISORIO DE LA DEMANDA ME-DIANTE RESOLUCION UNO DE FECHA VEINTE DE DIC-IEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO : ADMITIR a trámite la demanda sobre DECLARACION DE MUERTE PRESUNTA interpuesta por don JUAN SANDOVAL SANTISTEBAN y doña MARÍA NATIVIDAD ACOSTA BANCES, debiendo sustanci-arse en la vía procedimental correspondiente al PROCESO NO CONTENCIOSO, con citación del representante de MIN-ISTERIO PUBLICO y del Representante legal de la RENIEC, teniéndose por ofrecidos los medios probatorios que se indi-can .SEÑALESE la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLAR-ACION JUDICIAL para el VEINTISIETE DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUEVE a horas DIEZ DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado , hora exacta .Notifíquese la presente resolución a los muertos presuntos: WALTER SANDOVAL ACOSTA y JOSÉ LUIS SANDOVAL ACOSTA mediante EDICTOS a pub-licarse en el Diario Ofi cial y en otro de mayor circulación, por el plazo de tres días, en el lugar del último domicilio del citado, así como a aquellos que puedan tener derechos sucesorios.Lambayeque, 06 de marzo de 2019MAXANDRE CESAR FELIX TABOADA RAMONSECRETARIO JUDICIALJUZGADO CIVIL PERMANENTE DE LAMBAYEQUEPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 7334007B/ 12843FP/ 08, 11, 12 mar.S/. 30.00

DECLARACION DE MUERTE PRESUNTAEn el expediente 248-2018-0-1708-JM-CI-01 seguido por VALDERA SUCLUPE CELESTINA contra SIESQUEN SAN-

Chiclayo, viernes 08 de marzo del 2019 PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV4 AVISOS JUDICIALESCRÓNICA JUDICIAL

DOVAL WILMER, sobre DECLARACION DE MUERTE PRESUNTA, el señor Juez del Juzgado CIVIL PERMANENTE DE LAMBAYEQUE, DOCTOR RONALD SAAVEDRA GUZ-MAN, y EL ESPECIALISTA DR. MAXANDRE TABOADA RAMON, ha ordenado la notifi cación mediante edictos, con la demanda y su admisorio como se sigue: ADMISORIO DE LA DEMANDA MEDIANTE RESOLUCION UNO DE FECHA VEINTE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO : ADMITIR a trámite la demanda sobre DECLARACION DE MUERTE PRESUNTA interpuesta por doña CELESTINA VAL-DERA SUCLUPE, debiendo sustanciarse en la vía procedi-mental correspondiente al PROCESO NO CONTENCIOSO , con citación del representante del MINISTERIO PUBLICO y del Representante legal de la RENIEC , teniéndose por ofre-cidos los medios probatorios que se indican . SEÑALESE la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACION JUDICIAL para el VEINTE DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUEVE a horas DIEZ DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado, hora exacta . Notifíquese la presente resolución al muerto presunto don WILMER SIESQUEN SANDOVAL mediante EDICTOS a publicarse en el Diario “La República”, por el plazo de tres días, en el lugar del último domicilio del citado, así como a aquellos que puedan tener derechos sucesorios.MAXANDRE CESAR FELIX TABOADA RAMONSECRETARIO JUDICIALJUZGADO CIVIL PERMANENTE DE LAMBAYEQUEPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 7334005B/ 12842FP/ 08, 11, 12 mar.S/. 29.00

DECLARACION DE MUERTE PRESUNTA El señor Juez del Juzgado Civil Permanente de Lam-bayeque Dr. RONAL ORLANDO SAAVEDRA GUZMAN y Especialista Legal Dra. MAGALY HUAMAN CARO, en el Exp. N° 249-2018-0-1708-JM-CI-01; proceso seguido por CHAPOÑAN TEJADA, MARIA ARACELY, contra CARLOS ENRIQUE SANDOVAL SUCLUPE, sobre DECLARACION DE MUERTE PRESUNTA, se ha ordenado publicar un ex-tracto de la demanda y Resolución que la Admite a Trámite: “DEMANDA: interpuesta por CHAPOÑAN TEJADA, MARIA ARACELY, sobre DECLARACION DE MUERTE PRESUNTA, solicitando se declare judicialmente la muerte presunta de don Carlos Enrique Sandoval Suclupe, la misma que se dirige con-tra CARLOS ENRIQUE SANDOVAL SUCLUPE y; Mediante Resolución N° UNO, de fecha 20- 12-2018, se Resuelve: AD-MITIR A TRÁMITE en la VÍA NO CONTENCIOSA la demanda interpuesta por MARIA ARACELY CHAPOÑAN TEJADA sobre DECLARACION DE MUERTE PRESUNTA; en conse-cuencia, CONVÓQUESE a la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día DOCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECINUEVE A HORAS DOCE DEL MEDIODIA, debiendo acudir al local del Juzgado debidamente acreditada y a la hora exacta; disponiéndose la publicación del presente edicto por tres veces con intervalos en una y otra de tres días.MAGALY HUAMÁN CAROESPECIALISTA LEGALJUZGADO CIVIL PERMANENTEPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 7334014B/ 12844FP/ 08, 14, 20 mar.S/. 26.00

4. EDICTOS PENALES

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 428-2018-JPU-SICARPETA FISCAL: 397-2017-2° FPPCSIACUSADO: MARILU SANDOVAL GOMEZDELITO: LESIONES LEVESAGRAVIADO: SARA NUÑEZ OJEDAJUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAESP. JUDICIAL: Magíster: PEDRO DE JESUS ESCAJA-DILLO PZASan Ignacio, 26 de Noviembre del 2018.El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emplaza al acusado: MARILU SANDOVAL GOMEZ, con la RESOLU-CIÓN NÚMERO CINCO, donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTICINCO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA ■ HORAEXACTA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del lo-cal de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha orde-nado se notifi que al acusado MARILU SANDOVAL GOMEZ, en el EXP. N° 428-2018 seguido por el delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, en su fi gura de LESIONES LEVES, en agravio de SARA NUÑEZ OJEDA. Se le notifi ca para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el dia-rio Ofi cial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal.MARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ DEL JUZGADO PENALUNIPERSONAL Y JUZGADO PENALLIQUIDADOR- SAN IGNACIOFP/ 08, 11, 12 mar.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 408-2018-JPU-SICARPETA FISCAL: 487-2017-2° FPPCSIACUSADO: EDUAR PAREDES QUISPEDELITO: LESIONES CULPOSAS GRAVESAGRAVIADO: ELIANA SEHEY CORDOVA OLANOJUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAESP. JUDICIAL: Magíster: PEDRO DE JESUS ESCAJA-DILLO LIZASan Ignacio, 14 de Noviembre del 2018.El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emplaza ai acusado: EDUAR PAREDES QUISPE, con la RESOLU-CIÓN NÚMERO SIETE donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTICINCO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL ü>üQ«.’(\£ A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA - HORA EXACTA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado se notifi que al acusado EDUAR PARE-DES QUISPE, en el EXP. N° 408-2018 seguido por el delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, en su fi gura de LESIONES GRAVES, en agravio de ELIANA SEHEY COR-DOVA OLANO. Se le notifi ca para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Ofi cial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal.MARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ DEL JUZGADO PENALUNIPERSONAL Y JUZGADO PENALLIQUIDADOR- SAN IGNACIOFP/ 08, 11, 12 mar.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: N°09477-2018-l 1-1706-JR-PE-02JUZGADO: TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: Dr. JORGE LUIS ROJAS CRUZSe NOTIFICA al acusado en ROONY ANDERSON GONZA-LES RIAAAPA, identifi cado N° 47897427, con el acta de audi-encia número seis de fecha catorce de enero del año dos mil diecinueve, en la cual se ha RESUELTO:L- CITAR A JUICIO ORAL para el día para el DÍA VEINTISI-ETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE a las DOCE HORAS DEL MEDIODIA (HORA EXACTA1 en esta misma salade audiencia número nueve, ubicada en el tercer piso de la Cote Superior de Justicia de Lambaveaue. (Av. José Leonardo Ortiz 155 - Plaza Cívica - Chiclavo, Chiclayo). bajo apercibi-miento de ser declarado reo contumaz y ordenarse su ubi-cación y captura en caso de inasistencia.2.- Por haberse dispuesto así en el EXPEDIENTE N°09477-2018-11-1706-JR-PE-02, causa seguida el acusado ROONY ANDERSON GONZALES RIMAPA como presunto autor del delito contra La Familia en la fi gura de Omisión de Asistencia Familiar en la modalidad de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGA-CION ALIMENTARIA, tipifi cado en el primer párrafo del artícu-lo 149° del Código Penal, en agravio de DULCE MARIA DE JESUS GONZALES VASQUEZ; representado por su madre SANDY ISABEL VASQUEZ TRUJILLANO 3.- La presente publicación se deberá realizar por TRES DIAS.JORGE LUIS ROJAS CRUZJUEZTERCER JUZGADO PENAL UNIPEROSNALPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 08, 11, 12 mar.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 31-2018-JPU-SI.ACUSADO: YANGUA ADRIANZEN NINO LEODAN Y OTRO.DELITO: HURTO AGRAVADO.AGRAVIADO: FLORES GRANDA MIRIAM ESPERANZA Y OTROS.JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAESP. JUDICIAL: PEDRO ESCAJADILLO LIZA.San Ignacio, 22 de Enero del 2019.El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Igna-cio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emplaza al acusado: YANGUA ADRIANZEN NINO LEO-DAN Y SINARAHUA PINCHI MICHEL con la RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA 27 DE MARZO DEL 2019 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado en el ara que se notifi que al acusado YANGUA ADRIANZEN NINO LEODAN Y SINARAHUA PINCHI MICHEL, en el EXP. N° 31-2018 seguido por el delito de HURTO AGRAVADO, en agravio de FLORES GRANDA MIRIAM ESPERANZA Y OTROS; Se le notifi ca para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se en-cuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el dia-rio Ofi cial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal.MARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ DEL JUZGADO PENALUNIPERSONAL Y JUZGADO PENALLIQUIDADOR- SAN IGNACIO

FP/ 08, 11, 12 mar.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 426-2018- JPU- SICARPETA FISCAL: 478-2018-10 FPPCSIACUSADO: LUIS MIGUEL JIMENEZ GARCIADELITO: OMISION DE ASISTENCIA FAMILIARAGRAVIADO: JHON MATIAS JIMENEZ ARBAIZAJUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAESP. DE JUZGADO ; Magíster: PEDRO DE JESUS ESCA-JADILLO LIZASan Ignacio, 26 de Noviembre del 2018.El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente edicto judicial, cita y emplaza al acusado: luis Miguel JIMENEZ GARCIA, con la RESOLU-CIÓN NÚMERO CUATRO donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTISI-ETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A HO-RAS DOCE DEL MEDIO DIA - HORA EXACTA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de in-concurrencia, por cuanto se ha ordenado en el para que se notifi que al acusado LUIS MIGUEL JIMENEZ GARCIA, en el EXP. N° 426-2018 seguido por el delito CONTRA LA FAMILIA, en su fi gura de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de JHON MATIAS JIMENEZ ARBAIZA. Se le notifi ca para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Pena! Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el dia-rio Ofi cial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal.MARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ DEL JUZGADO PENALUNIPERSONAL Y JUZGADO PENALLIQUIDADOR- SAN IGNACIOFP/ 08, 11, 12 mar.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 427-2018 — JPU — SICARPETA FISCAL: 415-2018-2° FPPCSIACUSAD: MARCOS CLEVER CASTILLO FERNANDEZDELITO: OMISION DE ASISTENCIA FAMILIARAGRAVIADO: GERARD SNAIDER CASTILLO OLIVERAJUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAESP. DE JUZGADO: Magíster: PEDRO DE JESUS ESCAJA-DILLO LIZASan Ignacio, 26 de Noviembre del 2018.El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emp-laza al acusado: MARCOS CLEVER CASTILLO FERNAN-DEZ, con la RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO DONDE SE DISPONEPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA - HORA EX-ACTA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Igna-cio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado en el para que se notifi que al acusado MARCOS CLEVER CASTILLO FERNANDEZ, en el EXP. N° 427-2018 seguido por el delito CONTRA LA FAMILIA, en su fi gura de OMISION A LA ASIST-ENCIA FAMILIAR, en agravio de GERARD SNAIDER CAS-TILLO OLIVERA. Se le notifi ca para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Ofi cial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal.MARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ DEL JUZGADO PENALUNIPERSONAL Y JUZGADO PENALLIQUIDADOR- SAN IGNACIOFP/ 08, 11, 12 mar.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: N°06077-2018-55-1707-JR-PE-01JUZGADO: TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ : Dr. JORGE LUIS ROJAS CRUZSe NOTIFICA al acusado en CORONADO PASCO, LINO JAVIER, identifi cado N° 17427039, con el acta de audien-cia de número cinco fecha catorce de enero del año dos mil diecinueve, en la cual se ha RESUELTO:1.- CITAR A JUICIO ORAL para el día para el DÍA VEINTISI-ETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE a las TRECE HORAS DE LA TARDE (HORA EXACTAf-01 :OOPM, en esta misma sala de audiencia número nueve, ubicada en el tercer piso de la Cote Superior de Justicia de Lambayeque ÍAv. José Leonardo Ortiz 155 - Plaza Cívica - Chiclayo, Chiclayo), bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordena-rse su ubicación y captura en caso de inasistencia.2.- Por haberse dispuesto así en el EXPEDIENTE N°06077-2018-55-1707-JR-PE-01, causa seguida contra el acusado CORONADO PASCO UNO JAVIER como presunto autor del delito contra La Seguridad Pública en la fi gura de Peligro Común en la modalidad de CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, tipifi cado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio de la SOCIEDAD.

5Chiclayo, viernes 08 de marzo del 2019PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV AVISOS JUDICIALESCRÓNICA JUDICIAL

JORGE LUIS ROJAS CRUZJUEZTERCER JUZGADO PENAL UNIPEROSNALPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 08, 11, 12 mar.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 294-2018-JPU-SI.ACUSADO: REYNALDO FRANKLIN HERRERA NEIRADELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR.AGRAVIADO: NEY FRADILTER HERRERA COELLO.JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA.ESP. JUDICIAL: PEDRO ESCAJADILLO LIZA.San Ignacio, 12 de DICIEMBRE del 2018.El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emplaza al acusado:’REYNALDO FRANKLIN HERRERA NEIRA, con la RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO donde se dispone PRO-GRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE a horas UNA DE LA TARDE (01:00 p.m) - HORA EXACTA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado en el ara que se notifi que al acusado REYNALDO FRANKLIN HER-RERA NEIRA, en el EXP. N° 294-2018 seguido por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de IMEY FRADILTER HERRERA COELLO; Se le notifi ca para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se en-cuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Primera Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Ofi cial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁ-BILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. ̂ 28° del Código Procesal Penal.MARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ DEL JUZGADO PENALUNIPERSONAL Y JUZGADO PENALLIQUIDADOR- SAN IGNACIOFP/ 08, 11, 12 mar.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 443 - 2018 - JPU - SICARPETA FISCAL: 376-2018-1° FPPCSIACUSADO: JUAN FRANIO PEÑA JULCADELITO: OMISION DE ASISTENCIA FAMILIARAGRAVIADO: ALONDRA GIOVANNA PEÑA QUESADAJUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAESP, DE JUZGADO: Magíster: PEDRO DE JESUS ESCAJA-DILLO LIZASan Ignacio, 31 de Diciembre del 2018.El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Igna-cio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita Y emplaza al acusado: JUAN FRANIO PEÑA JULCA, con la RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO DONDE SE DISPONE PROGRAMAR LAAUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A HORAS TRES DE LA TARDE - HORA EXACTA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado en el ara que se notifi que al acu-sado JUAN FRANIO PEÑA JULCA, en el EXP. N° 443-2018 seguido por el delito CONTRA LA FAMILIA, en su fi gura de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de ALON-DRA GIOVANNA PEÑA QUESADA. Se le notifi ca para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se en-cuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Primera Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Ofi cial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁ-BILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. ̂ 28° del Código Procesal Penal.MARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ DEL JUZGADO PENALUNIPERSONAL Y JUZGADO PENALLIQUIDADOR- SAN IGNACIOFP/ 08, 11, 12 mar.

5. CRÓNICA JUDICIAL

CRONICA DEL VEINTICUATRO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHOCon los señores Silva Muñoz, Salazar Fernández y Terán Arrunátegui, vieron y votaron:10653-2017-69-1706-JR-FC-01, Juan Vega Sotelo / Jadhira Rengifo Lau. Ejecución de acta de conciliación. CONFIR-MARON la resolución uno que declara improcedente la me-dida cautelar sobre el fondo.Con los señores Rodríguez Tanta, Salazar Fernández y Terán Arrunátegui, vieron y votaron:01318-2007-0-1706-JR-CI-01, Rosa Barba de Medina / ONP. Impug Res. Adm.Declararon NULA la resolución cincuenta y ocho, SE DIS-PONE se emita nueva resolución.ENRIQUE EDUARDO SALAZAR FERNANDEZJUEZ SUPERIOR SSEC. CSJLAMARIBEL EMILIA SAMILLÁN RUIZRELATORA SSEC. CSJLAGRACIELA CUIQUITA CONTRERAS

RELATORA SSEC. CSJLA

CRONICA DEL TREINTA DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIO-CHOCon los señores Silva Muñoz, Rodríguez Tanta y Salazar Fernández, vieron y votaron: 02724-2016-0-1706-JR-FC-04, Roxana del Milagro Orosco Palma / Erick Franklin Jacinto Torres. Divorcio. APROBARON la consulta de la sentencia (resolución trece) que declara fundada la demanda.04575-2015-0-1706-JR-FC-02, Víctor Wilder Torres Sala-varria / María Isabel Iparraguirre Alfaro. Divorcio por causal. CONFIRMARON la sentencia (resolución nueve) que fi ja la indemnización, APROBARON la consulta en el extremo que declara fundada la demanda. 01675-2016-0-1706-JR-CI-07, Carla Yanira Díaz Paredes / Caja Municipal de Ahorro y Crédito Sullana S.A. Hábeas Data. CONFIRMARON la sentencia (resolución tres que declara fundada la demanda).00109-2017-0-1706-SP-CI-02, Jockey Club Chiclayo / Em-presa Dhmont SAC. Anulación de laudos arbitrales. Declara-ron IMPROCEDENTE la pretensión de recurso de anulación de laudo arbitral, debiendo archivarse lo actuado.01772-2015-0-1706-JR-FC-02, Janet Roxana Urcia Maradiegue / Rosa Elena Maradiegue de Urcia y otros. In-terdicción. APROBARON la sentencia (resolución dieciséis) que declara fundada la demanda.02073-2013-0-1706-JR-FC-02, Sonia Mejía Seijas / Carlos Castillo Miranda y otro. Divorcio por causal. REVOCARON la sentencia (resolución seis) en ele extremo que declara fundada la pretensión de asignación de alimentos, REFOR-MANDOSE declararon improcedente la asignación de alimentos a favor de Alvaro Gerardo Castillo Mejía, APRO-BARON de ofi cia la sentencia con relación a los demás extremos.00079-2017-0-1707-JM-FT-01, Jorge Torres Chavarry / María Fátima Plaza Barrios. Régimen de visitas. CONFIR-MARON la sentencia (resolución ocho) que declara fundada la demanda.08901-2008-0-1706-JR-CI-09, Miguel Huancaruna Cubas / SUNAT. Impug. De Res. Adm. CONFIRMARON la sentencia (resolución veintisiete) que declara infundada la demanda.02301-2011-0-1706-JR-CI-04, Sofía Ortiz Prieto y otro / Luis Panduro Caballero y otra. Mejor derecho a la posesión. CONFIRMARON en parte la sentencia (resolución treinta y ocho) en cuanto declara infundada la demanda en contra de COFOPRI, REVOCARON la misma en cuanto declara infun-dada la demanda contra Luis Panduro Caballero, REFOR-MANDOLA se declara fundada en parte, DECLARARON que los demandantes tienen un mejor derecho a la posesión sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 02190318 que el demandado.06141-2016-0-1706-JR-FC-01, Guísela Juárez Fernández / Everth Segundo Valverde. Divorcio por causal. APROBAR-ON la sentencia (resolución si^té) que declara fundada la demanda, CONFIRMARON la sentencia en cuanto dispone que/él demandado debe pagar a la demandante la suma de cuatro mil soles por indemnización^02231-2015-0-1706-JR-FC-03, Alejandro Sa-lazar/Burga / Blanca Arévalo Zegarra.Divorcio. APROBARON la sentencia (resolución doce) ooe declara fundada la demanda00112-2017-0-1706-SP-CI-02, Angel Montenegro Castro / Seguro Social tte Salud. Revisión Judicial de procedimiento de ejecución coactiva. Declararon INFUNDADA la demanda.02322-2016-19-1706-JR-CI-02, José Palermo Suyón Cas-tillo / José Aguilar Burga y otra. Prescripción Adquisitiva. CONFIRMARON la resolución catorce en el extremo que declara improcedente el ofrecimiento de medios probatorios extemporáneos.00084-2009-88-1706-JR-CI-04, José Ramírez Reyes / Juana Ramírez Rodríguez. Nulidad de acto jurídico. CON-FIRMARON la resolución veintisiete que fi ja los puntos con-trovertidos, con lo demás que contiene.00033-2010-15-1708-JM-CI-01, José Severino Bonilla / Comunidad Campesina San Julián de Motupe. Exclusión de propiedad. Declararon IMPROCEDENTE la apelación de la resolución nulo, en consecuencia NULO el concesorio de apelación.01779-2017-0-1706-JR-CI-01, José Orlando Burga Guevara / Empresa Agroindustrial Turnan S.A.A y otros. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución uno que declara im-procedente el proceso de amparo.00078-2017-0-1707-JP-CI-01, Patricia Sánchez Quispe. Rectifi cación de partida. Declararon INSUBSISTENTE el ofi cio del presente expediente, devuélvase al Juzgado ofi -ciante.01008-2017-0-1706-JR-CI-02, Luis Yesquen Usquiano / ONP. Proceso de amparo. CONFIRMARON la resolución seis que declara fundada la excepción de litispendencia.00857-2015-29-1706-JR-CI-01, José Asunción Reyes / Colegio de Abogados de Lambayeque. Habeas Data. REVOCARON la resolución trece que aprueba los costos del proceso, REFORMANDOLA regularon los costos en mi quinientos soles que deberá pagar la parte demandada a favor del demandante.02544-2005-0-1706-JR-CI-04, Juan Sorogastua Leyva / ONP. Impug. Res. Adm. CONFIRMARON la resolución cuarenta que deja sin efecto la resolución veintiocho.01958-2010-79-1706-3R-FC-03, Patricia Gerónimo Villegas / José Saldaña Saldaña. Declaración de unión de hecho. CONFIRMARON la resolución sesenta y cuatro que declara improcedente el pedido de suspensión del proceso.03755-2014-0-1706-JR-CI-04, Alodia Coronado Hernández / Carmen Roda Cóndor de Vidarte y otros. Nulidad de resolu-ción administrativa. CONFIRMARON en parte la resolución diecinueve que declara fundada la excepción de caducidad, REVOCARON en el extremo que declara fundada la excep-ción de falta de legitimidad para obrar activa, REFORMAN-DOSE declararon infundada dicha excepción.01828-2012-62-1706-JR-CI-03, Constructora e inmobiliaria Pacifi co Norte SAC / Banco de Crédito del Perú. Indemni-zación. CONFIRMARON la resolución treinta y cinco que declara improcedente el ofrecimiento de medios probatorios extemporáneos.00155-2012-0-1714-JM-CI-01, Andrés Suyón Tesen / Cesar P^sco Farro y otros. Prescripción adquisitiva. APROBARON la consulta de la resolución veintisiete, REMITASE el expe-diente al Juzgado de J.L.O para que continúe conociendo

el proe01161-2013-75-1706-JR-CI-05, Demetrio Pi-minchumo L^ña / COFOPRI. Prescripciónadquisitiva. Declararon NULA la resolución cuarenta y siejo que declara improcedente el ‘pedido de litisconsorcio nec-esario activo, DISPUSIERON que el Juez proceda a emitir nueva resolución.02491-2017-1-1706-JR-CI-02, Melchor Acosta Santamaría y otros / Asoc. Departamental de Cesante y Jubilados de Lam-bayeque. Impug. Dé acuerdos. REVOCARON la resolución dos en el extremo que efectiviza el apercibimiento y rechaza la demanda, REFQKMANDLA declararon su nulidad y PRO-CEDA a califi car la demanda.00127-2017-0-1708-JM-CI-01, Rosa Elena Díaz de Nieto y otro / Melisa Analy Guevara Bances y otro. Reivindicación. CONFIRMARON la resolución tres que declara impro-cedente la devolución de cédulas.00143-2013-62-1708-JM-CI-01, Jane Serrato Bances / No-lberta Monja Bances y otra. Reivindicación. REVOCARON la resolución diez que declara infundada la nulidad, REFOR-MANDOSE se declara improcedente la nulidad.00112-2017-63-1708-JM-CI-01, Peter Edwar Dulanto Balan-dra / Comunidad Campesina San José y otro. Rectifi cación de Transferencia de propiedad. CONFIRMARON la resolu-ción cuatro que corrige de ofi cio la resolución tres y declara improcedente la nulidad de la resolución tres.01013-2016-0-1706-JIR-CO-08, Banco de Crédito del Perú / Jean Baca Balarezo. Ejecución de garantías. CONFIR-MARON la resolución cinco que declara fundada en parte la contradicción.00701-2013-66-1706-3R-CO-08, Zoila Basuri Apaestegui / Octavo Juzgado CivilComercial de Chiclayo. Recurso de queja. FUNDADO el recurso de queja de derecho, CONCEDASE el recurso de apelación sin efecto suspensivo contra la resolución vein-ticuatro.02843-2015-15-1706-JR-CI-07, Javier Gonzales Rodas / María Chilón Pérez y otro. Nulidad de acto jurídico. CON-FIRMARON la resolución siete que declara infundadas las oposiciones a la medida cautelar.00241-2014-17-1706-JR-CO-08, Industria Arrocera de Amé-rica SAC / Rubén Montenegro Segura. Obligación de dar suma de dinero. CONFIRMARON la resolución diecisiete que declara infundado el pedido de nulidad.04233-2014-30-1706-JR-CI-03, María León Hernández y otro / Enrique López Sánchez y otros. Reivindicación. CON-FIRMARON la resolución dieciocho que declara infundado el pedido de nulidad de la inspección judicial.01888-2009-0-1706-JR-CI-10, José Estrada Pacheco / ONP. Proceso de Amparo. REVOCARON la resolución veintiocho que declara infundada la observación contra la pensión de jubilación, y REFORMANDOSE se declara fundada la ob-servación.02722-2017-0-1706-JR-CI-04, María Jesús Burgos Carlos / María Flores de Gonzales y otros. Nulidad de acto jurídico. CONFIRMARON la resolución uno que declara impro-cedente la demanda.00136-2015-0-1707-JM-CI-01, Antonio Muro Ruiz / Ugel Ferreñafe. Proceso de amparo. CONFIRMARON la resolu-ción uno que declara improcedente la demanda.01522-2017-0-1706-JR-CI-04, Jorge Ricardo Pastor Gue-vara / Juez del Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque. Proceso de amparo. CONFIRMARON la resolución uno que declara improcedente la demanda.01029-2015-22-1706-JR-CI-04, Santos García Mego / C ente de la Red Asistencial de Lambayeque del Seguro So-cial de Salud. Proceso de cumplimiento. CONFIRMARON la resolución dieciocho que impone multa a la demandada.00390-2007-62-1707-JM-CI-01, Agropucalá SA // Julio Arévalo Cabrera. Oposición a la inscripción registral. CON-FIRMARON la resolución diecinueve que declarara infun-dada la nulidad.00346-2017-87-1706-JR-CI-02, José Antonio Alvarado Orlandini / Luis Dávila Montenegro. Acción revocatoria. CONFIRMARON la resolución once que declara fundada la solicitud de desafectación de medida cautelar.01150-2016-0-1706-JR-CI-06, Procurador Pub. Reg. De Lambayeque / Caja de ahorro y crédito Señor de Lurén . Indemnización. CONFIRMARON la resolución cuatro que declara la nulidad de todo lo actuado y concluido el proceso.02187-2017-0-1706-JR-CI-02, Carlos Manuel Gamarra Urca / Banco Interamericano de Finanzas PEN. Proceso de am-paro. CONFIRMARON la resolución uno que declara impro-cedente la demanda.05591-2004-80-1706-JR-CI-06, José Bar-raque Imán / ONP. Proceso de amparo.Declararon la nulidad de la resolución cuarenta y nueve, OR-DENARON que el juez emita nueva resolución.02640-2017-0-1706-JR-CI-04, Luis Delgado Castro / CNM y otros. Proceso de amparo. CONFIRMARON la resolución uno que declara improcedente la demanda.0030 2-2014-0-1707-JM-FT-01, Fiscalía Mixta de Ferreñafe / Enma Yanari Purihuaman Chinchay. Violencia de Familiar. APROBARON la sentencia (resolución cuatro) que declara infundada en todos sus extremos la demanda.Con los señores Silva Muñoz, Salazar Fernández y Rivera Palomino vieron y votaron en discordia:0293 2-2013-0-1706-JR-CI-03, Carlos Ar-mando Peña Montenegro / EmpresaAgroindustrial Pomalca S.A. Acción de Amparo. REVOCA-RON la resolución doce que declara fundada la demanda, REFORMANDOLA la declararon improcedente.Con los señores Silva Muñoz, Figueroa Gutarra y Salazar Fernández vieron y votaron en discordia:01791-2017-0-17060R-CI-02, Ernesto Florea Vílchez/ BBVA Continental Agencia Open Plaza Chiclayo. Habeas Data. REVOCARON la sentencia (resolución cuatro) que declara fundada la demanda. ENRIQUE EDUARDO SALAZAR FERNANDEZJUEZ SUPERIOR SSEC. CSJLAMARIBEL EMILIA SAMILLÁN RUIZRELATORA SSEC. CSJLAGRACIELA CUIQUITA CONTRERASRELATORA SSEC. CSJLAFP/ 08 mar.

Chiclayo, viernes 08 de marzo del 2019 PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV6 AVISOS JUDICIALESCRÓNICA JUDICIAL

7Chiclayo, viernes 08 de marzo del 2019PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV AVISOS JUDICIALESCRÓNICA JUDICIAL

Chiclayo, viernes 08 de marzo del 2019 PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV8 AVISOS JUDICIALESCRÓNICA JUDICIAL