Caso Relativo Al Derecho de Asilo

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  • 8/7/2019 Caso Relativo Al Derecho de Asilo

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    CASO RELATIVO AL DERECHO DE ASILO

    Texto Creado por IUS FRATERNITIS de la Universidad Andrs Bello

    A.N.I.F.U.

    C.B.I.F.H.

    D.V.I.F.G.

    Z.F.I.F.Y

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    Colombia le da asilo en 1949, a Vctor Ral Halla de la Torre, dirigente de un partido

    revolucionario, en 1948 hay una rebelin militar y l es perseguido como responsable

    de haberla dirigido. El se asilo en la embajada de Colombia, y el embajador de

    Colombia lo dio a conocer al Per lo que trajo controversias y desacuerdos, en donde

    ambas partes mandaron el caso a la corte internacional.

    Dictmenes de la Corte:

    1- Colombia no tenia derecho a calificar unilateralmente y de modo obligatoriopara el Per la ndole del delito

    2- Declaro que el Per no estaba obligado a entregar un salvoconducto al a silado.3- Rechazo la tesis del Per de que fuera un delito comn, ya que la rebelin

    militar no era un delito comn.

    4- Segn la convencin de la Habana, el asilo no puede oponerse a las autoridadesjudiciales que funcionan conforme a la ley.

    5- Cuando el embajador le dio el asilo a Haya de la Torre no se cumplan con todoslas condiciones que establecan los tratados.

    Lo que nunca contesto la corte por que no se lo preguntaron fue si deba Colombia

    entregarle el asilado a Per, ni si Per deba exigir la entrega del asilado.

    Respecto a la Costumbre, Colombia no pudo probar la costumbre de que entre ambos

    pases estuviera notificado unilateralmente el derecho de asilo y la obligacin del otro

    estado para respetar esto como estado territorial. Por eso Per critico y dijo que

    podan haber conveniencias polticas.

    Actos Unilaterales: Manifestaciones de voluntad que emanan de un solo sujeto en

    derecho internacional que genera obligaciones solo para aquel que realiza el acto.

    Pero en el texto Colombia falla en el requisito llamado Notificacin que es otro actounilateral, manifestacin mediante el cual un estado pone en conocimiento a otro

    sujeto del derecho internacional, de determinada situacin, acto o documento.

    Ejemplo: puedo notificar un tratado, un mapa, notificar que acepto la jurisdiccin de

    un tribunal internacional.

    Costumbre: Reiteracin de actos en el tiempo de manera constante con la obligacin

    de que se esta cumpliendo con una obligacin jurdica. Estos actos emanan de los

    estados y de las organizaciones internacionales. De los poderes del estado emanan

    estos actos reiterados.

    Clasificacin de la Costumbre

    Costumbre Universal: Es aquella que es practicada por la generalidad de la comunidad

    internacional. Ejemplo: La inmunidad de jurisdiccin (se rigen por el derecho de su

    propio estado y no pueden ser juzgados por cualquier tribunal, desde el jefe de estado

    hacia abajo).

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    Costumbre Regional: Es practicada por uno grupo limitado de pases. Tienen que ser

    delitos polticos, sobretodo cuando er es seguido por tus ideas. Ejemplo: El asilo

    diplomtico.

    Costumbre Local: La que llevan a cabo 2 estados.

    La costumbre se debe probar, pero solo la local o regional. Quien debe probar la

    costumbre es quien la invoca.