Anteproyecto Ley Bibliotecas (ABNB)

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PROYECTO PROYECTO LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE BIBLIOTECAS Y DE BIBLIOTECAS Y DE FOMENTO DEL LIBRO Y LA FOMENTO DEL LIBRO Y LA LECTURA LECTURA

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PROYECTOPROYECTO

LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE BIBLIOTECAS Y DE BIBLIOTECAS Y DE

FOMENTO DEL LIBRO Y LA FOMENTO DEL LIBRO Y LA

LECTURALECTURA

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CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALESArt. 1. ObjetoArt. 2. Alcance Art. 3. Definiciones

CAPITULO IIESTRUCTURA DEL SISTEMAArt. 4. Sistema Nacional de Bibliotecas y de Fomento del libro y la lecturaArt. 5. Principios del sistemaArt. 6. Órganos del sistema nacional de bibliotecas y fomento al libro y la lectura

CONSEJO NACIONAL (Componentes)Art. 7. El Consejo Nacional Art. 8. Atribuciones del Consejo Nacional

ORGANO ASESOR TECNICO – ABNBArt. 9. El Archivo y Biblioteca Nacionales de Bolivia Art. 10. Atribuciones del Archivo y Biblioteca Nacionales de BoliviaCONSEJOS DEPARTAMENTALES (Componentes)Art. 11 Integrantes de los Consejo:

ATRIBUCIONES DE LOS CONSEJOS DEPARTAMENTALESArt. 12. Son atribuciones:Art. 13. Registro Nacional de Bibliotecas

CAPÍTULO IIINORMAS PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA BIBLIOTECOLOGÍAArt. 14. Para el ejercicio de la profesión Art. 15. Acreditación de la profesión de bibliotecólogo.

CAPÍTULO IVRECURSOS ECONÓMICOS E INFRAESTRUCTURAArt.16. Recursos económicosArt. 17. Infraestructura

CAPÍTULO VINFRACCIONES Y SANCIONESArt. 18. Daño al patrimonio documental

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CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALESCAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1. OBJETOArt. 1. OBJETO

Crear el Sistema Nacional de Bibliotecas y de Crear el Sistema Nacional de Bibliotecas y de Fomento del Libro y la Lectura y establecer las Fomento del Libro y la Lectura y establecer las normas y principios generales que regulen su normas y principios generales que regulen su funcionamiento, así como las funciones que le funcionamiento, así como las funciones que le correspondan al Estado y a los particulares para la correspondan al Estado y a los particulares para la promoción de la educación, la ciencia, la tecnología promoción de la educación, la ciencia, la tecnología y la cultura a través de este sistema.y la cultura a través de este sistema.

Art. 2. ALCANCEArt. 2. ALCANCE

Art. Art. 3. DEFINICIONES 3. DEFINICIONES

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CAPITULO 2 ESTRUCTURA DEL SISTEMACAPITULO 2 ESTRUCTURA DEL SISTEMA

Bibliotecas privadas

y particulares

Hemerotecas

Centros de Documentación

BibliotecasEspeciales

Bibliotecas Especializadas

Bibliotecas Depositarias

Bibliotecas Universitarias

Bibliotecas Escolares

Bibliotecas Públicas

Biblioteca Nacional

S.N.B.

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Art. 5. PRINCIPIOS DEL SISTEMAArt. 5. PRINCIPIOS DEL SISTEMA

Unidad normativa

Descentralización administrativa

Coordinación

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Art. 6. ORGANOS DEL SISTEMA NACIONAL DE Art. 6. ORGANOS DEL SISTEMA NACIONAL DE BIBLIOTECAS Y FOMENTO AL LIBRO Y LA LECTURABIBLIOTECAS Y FOMENTO AL LIBRO Y LA LECTURA

Consejo Nacional

Órgano Técnico AsesorA.B.N.B.

Consejos Departamentales

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CONSEJO NACIONAL CONSEJO NACIONAL Ministerio de Educación y Culturas, Presidente del Consejo Ministerio de Educación y Culturas, Presidente del Consejo Director/a del Archivo y Bibliotecas Nacionales de BoliviaDirector/a del Archivo y Bibliotecas Nacionales de Bolivia Nueve Representantes de las PrefecturasNueve Representantes de las Prefecturas Nueve Representantes de las Asociaciones de Municipios Nueve Representantes de las Asociaciones de Municipios

DepartamentalesDepartamentales Nueve Representantes de las Redes Departamentales de Nueve Representantes de las Redes Departamentales de

BibliotecasBibliotecas Representante de la Cámara Boliviana del LibroRepresentante de la Cámara Boliviana del Libro Representante de la Sociedad Boliviana de EscritoresRepresentante de la Sociedad Boliviana de Escritores Representante de la Cámara Boliviana de la Industrian GráficaRepresentante de la Cámara Boliviana de la Industrian Gráfica Representante del Colegio de Profesionales en Ciencias de la Representante del Colegio de Profesionales en Ciencias de la

InformaciónInformación Representante de la Asociación Nacional de BibliotecasRepresentante de la Asociación Nacional de Bibliotecas Director/a del Servicio Nacional de la Propiedad Intelectual Director/a del Servicio Nacional de la Propiedad Intelectual

SENAPISENAPI Asociación Boliviana de Protección de Obras Literarias y Asociación Boliviana de Protección de Obras Literarias y

Científicas (Abopol) Científicas (Abopol)

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Art. 8. Atribuciones del Consejo NacionalArt. 8. Atribuciones del Consejo Nacional Definir la política nacional de información del Sistema y en material de fomento Definir la política nacional de información del Sistema y en material de fomento

del Libro y la Lectura y hacer cumplir dichas políticas en todos los niveles del del Libro y la Lectura y hacer cumplir dichas políticas en todos los niveles del sistema.sistema.

Asesorar y servir como órgano consultivo del Poder Ejecutivo en la formulación Asesorar y servir como órgano consultivo del Poder Ejecutivo en la formulación de planes y programas de desarrollo del sistema, de fomento y promoción del de planes y programas de desarrollo del sistema, de fomento y promoción del libro y la lecturalibro y la lectura

Espacio de encuentro, participación y concertación de diferentes actores Espacio de encuentro, participación y concertación de diferentes actores vinculados al sector de las bibliotecas, al libro y la lectura.vinculados al sector de las bibliotecas, al libro y la lectura.

Impulsar la conformación de redes de bibliotecas y de fomento al libro y la Impulsar la conformación de redes de bibliotecas y de fomento al libro y la lecturalectura

Propiciar la capacitación del personal de las bibliotecas, promotores de lectura Propiciar la capacitación del personal de las bibliotecas, promotores de lectura y gestores de programas relacionados con el libro y la lectura. Así como y gestores de programas relacionados con el libro y la lectura. Así como propiciar el desarrollo de investigaciones y estudios en estas áreas.propiciar el desarrollo de investigaciones y estudios en estas áreas.

Fomento, incentivos y apoyos económicos que contribuyan al objetivo de Fomento, incentivos y apoyos económicos que contribuyan al objetivo de ampliación y mantenimiento de la infraestructura y dotación bibliotecaria y a ampliación y mantenimiento de la infraestructura y dotación bibliotecaria y a los objetivos de democratización del acceso al libro y a la lectura, y de los objetivos de democratización del acceso al libro y a la lectura, y de fortalecimiento y competitividad de la industria editorial.fortalecimiento y competitividad de la industria editorial.

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ORGANO ASESOR TECNICO – ABNBORGANO ASESOR TECNICO – ABNB

Art. 10. Atribuciones del Archivo y Biblioteca Nacionales de BoliviaArt. 10. Atribuciones del Archivo y Biblioteca Nacionales de BoliviaAtribuciones Generales Atribuciones Generales

Conservar, proteger, registrar, organizar, incrementar y difundir el Conservar, proteger, registrar, organizar, incrementar y difundir el patrimonio bibliográfico y hemerográfico nacional.patrimonio bibliográfico y hemerográfico nacional.

Velar por la preservación del patrimonio bibliográfico nacional y Velar por la preservación del patrimonio bibliográfico nacional y participar en programas de preservación con otros organismos en el participar en programas de preservación con otros organismos en el ámbito nacional e internacionalámbito nacional e internacional

Prestar servicios de consulta a los investigadores, velando en todo Prestar servicios de consulta a los investigadores, velando en todo momento por la función eminentemente conservadora de la BNB momento por la función eminentemente conservadora de la BNB

Organizar y dirigir y coordinar el Depósito Legal y la Red de Bibliotecas Organizar y dirigir y coordinar el Depósito Legal y la Red de Bibliotecas Depositarias Depositarias

Publicar la Bibliografía Boliviana y dirigir otras publicaciones que Publicar la Bibliografía Boliviana y dirigir otras publicaciones que contribuyan a la difusión del patrimonio bibliográfico y hemerográficocontribuyan a la difusión del patrimonio bibliográfico y hemerográfico

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Atribuciones como parte del SistemaAtribuciones como parte del Sistema

Proponer al Consejo Nacional de Bibliotecas normas y Proponer al Consejo Nacional de Bibliotecas normas y disposiciones legales que aseguren el desarrollo integral del disposiciones legales que aseguren el desarrollo integral del Sistema, así como expedir informes y normas que éste le Sistema, así como expedir informes y normas que éste le deleguedelegue

Asesorar en aspectos técnico normativos a las redes y Asesorar en aspectos técnico normativos a las redes y unidades que integran el Sistemaunidades que integran el Sistema

Establecer mecanismos que faciliten la cooperación entre Establecer mecanismos que faciliten la cooperación entre los servicios bibliotecariolos servicios bibliotecario

Capacitación y actualización del personal de Bibliotecas que Capacitación y actualización del personal de Bibliotecas que integran el Sistema integran el Sistema

Promover estudios e investigaciones acerca del estado Promover estudios e investigaciones acerca del estado situacional las bibliotecas y elaborar periódicamente las situacional las bibliotecas y elaborar periódicamente las estadísticas nacionales de la producción editorial en estadísticas nacionales de la producción editorial en coordinación con la CBLcoordinación con la CBL

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CONSEJOS DEPARTAMENTALES (Componentes)CONSEJOS DEPARTAMENTALES (Componentes)

Prefecto del Departamento, Prefecto del Departamento, Presidente del Consejo DepartamentalPresidente del Consejo Departamental

Un Representante de la Asociación Un Representante de la Asociación Departamental de Gobierno Departamental de Gobierno Municipales Municipales

Representantes de la redes de Representantes de la redes de Bibliotecas y Centros de Bibliotecas y Centros de DocumentaciónDocumentación

Un Representante del Servicio Un Representante del Servicio Departamental de Educación o su Departamental de Educación o su equivalenteequivalente

Un Representante Asociación Un Representante Asociación Departamental de BibliotecariosDepartamental de Bibliotecarios

Un Representante de la Sociedad Un Representante de la Sociedad Departamental de EscritoresDepartamental de Escritores

Un Representante de Comité Un Representante de Comité Departamental del LibroDepartamental del Libro

Un Representante de la Industria Un Representante de la Industria Editorial y/o GráficaEditorial y/o Gráfica

Un Representante Departamental del Un Representante Departamental del SENAPISENAPI

1. Ejecutar la política nacional referente al Sistema en el ámbito de su jurisdicción territorial

2. Servir de espacio de encuentro y concertación entre las instituciones públicas y privadas departamentales

3. Promover y fomentar la creación de Redes de Bibliotecas y de bibliotecas públicas.

4. Coordinar, el funcionamiento de la Red de Bibliotecas Públicas y Escolares y fortalecerla mediante estrategias de financiación, dotación y sostenimiento.

5. Elaborar y ejecutar planes y programas de fomento y promoción del libro y la lectura

6. Coordinar con los gobiernos municipales la dotación de los recursos suficientes financieros para establecer, ampliar y mantener la infraestructura y dotación bibliotecaria en cofinanciación con el Ministerio de Educación y Cultura.

7. Promover la adopción de incentivos y apoyos económicos, que contribuyan al objetivo de ampliación y mantenimiento de la infraestructura bibliotecaria, de democratización del acceso al libro y a la lectura y la competitividad de la industria editorial.

atribuciones:

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Registro Nacional de BibliotecasRegistro Nacional de Bibliotecas

Art. 13.Art. 13. Es obligación de todas las bibliotecas que Es obligación de todas las bibliotecas que

integran el Sistema Nacional de Bibliotecas integran el Sistema Nacional de Bibliotecas registrarse ante el Órgano Técnico Asesor registrarse ante el Órgano Técnico Asesor (ABNB), mediante los Consejos (ABNB), mediante los Consejos Departamentales.Departamentales.

Ninguna biblioteca integrante del Sistema Ninguna biblioteca integrante del Sistema podrá tener acceso a los beneficios podrá tener acceso a los beneficios regulados en esta ley, sin su previo regulados en esta ley, sin su previo registro. Igualmente deberá efectuarse el registro. Igualmente deberá efectuarse el registro de cierre de las respectivas registro de cierre de las respectivas bibliotecas integrantes bibliotecas integrantes

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Capítulo IIICapítulo IIINORMAS PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA NORMAS PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA

BIBLIOTECOLOGÍABIBLIOTECOLOGÍA

Art. 14. Para el ejercicio de la profesión de bibliotecólogo se requiere haber obtenido el título universitario en bibliotecología, haber efectuado el registro del título ante la autoridad competente

Art. 15. Acreditación de la profesión de bibliotecólogo. Para los efectos de la ley se considera bibliotecario:

a. Quien obtenga título profesional en pregrado o postgrado en bibliotecología, en Universidad reconocida por el Estado.

b. Quienes obtengan homologación o reconocimiento en el territorio nacional, del título profesional en bibliotecología otorgado en el exterior.

c. Quienes hayan ejercido cargos en bibliotecas públicas, escolares, universitarias, centros de documentación o en bibliotecas del Estado por cinco (5) años y aprueben examen ante el Ministerio de Educación dentro del año siguiente a la entrada en vigencia de esta ley.

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Capítulo IVCapítulo IVRECURSOS ECONOMICOS E INFRAESTRUCTURARECURSOS ECONOMICOS E INFRAESTRUCTURA

Art.16. Todas las instituciones cuyas bibliotecas que sean parte del Sistema deberán incluir en sus POA un presupuesto para el funcionamiento de su biblioteca así como para el incremento permanente de su acerco

Art. 17. Todas las instituciones cuyas bibliotecas que sean parte del Sistema deberán garantizar el establecimiento, ampliación y mantenimiento de la infraestructura de la biblioteca.

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Capítulo IVCapítulo IVINFRACCIONES Y SANCIONESINFRACCIONES Y SANCIONES

Art. 18. Son pasibles a las sanciones Art. 18. Son pasibles a las sanciones establecidas en los artículos 223, 224 establecidas en los artículos 223, 224 y 358 inciso 3 y 4 del Código Penal y 358 inciso 3 y 4 del Código Penal quienes ocasionaren los daños quienes ocasionaren los daños previstos en estos preceptos legales previstos en estos preceptos legales

DAÑO AL PATRIMONIO DOCUMENTAL